acta administrativa de rescisión en la relacion de trabajo

2
En la ciudad y puerto de Acapulco, Gro., siendo las 9:00 horas, del día 05 de Marzo de 2015, se encuentran reunidos en el departamento de Recursos Humanos los C.C. Christopher Humberto Juárez Nava, Rafael Chona Gallardo, Abraham García Rodríguez y Leonardo Rocha de Jesús, el primero en su carácter de Jefe de Recursos Humanos, el segundo en su carácter de Jefe Encargado de Almacén y los dos últimos como Auxiliares de Almacén, lo anterior a efecto de levantar: ACTA ADMINISTRATIVA , en contra del C. Leonardo Rocha de Jesús en virtud de que el mismo encuadra en el supuesto señalado por el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, el cual a la letra dice lo siguiente: (…) X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada; ANTECEDENTES: I.- El día 1 de marzo del 2015, se levantó acta administrativa en contra del C. Leonardo Rocha de Jesús, ante la inasistencia no justificada a la fuente de empleo, quedando debidamente apercibido de que si reiteraba su conducta de acción omisiva a su responsabilidad laboral, podría dar pauta a la rescisión de la relación de trabajo, si esta se reiterara hasta en tres ocasiones. II.- Con fecha 3 de marzo del presente año, y pese al apercibimiento realizado al C. Leonardo Rocha de Jesús, volvió nuevamente a reincidir en no asistir a su fuente de empleo sin causa justificada, exponiéndole a un último aviso que si volvía nuevamente a reiterar su inasistencia justificada, generaría la rescisión total del trabajo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, y en los artículos 14, 15, 16 y 17 del Reglamento Interno del Hotel FIESTA AMERICANA, al configurarse las tres inasistencias en un periodo de treinta días sin que para ello mediare causa justificada, se da por rescindida la relación patronal entre el C. Leonardo Rocha de Jesús y el Hotel FIESTA AMERICANA.

Upload: christopher-juarez

Post on 11-Jan-2016

215 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

ghjggjgjgjgjhghggjhgjhg

TRANSCRIPT

Page 1: Acta Administrativa de Rescisión en La Relacion de Trabajo

En la ciudad y puerto de Acapulco, Gro., siendo las 9:00 horas, del día 05 de Marzo de 2015, se encuentran reunidos en el departamento de Recursos Humanos los C.C. Christopher Humberto Juárez Nava, Rafael Chona Gallardo, Abraham García Rodríguez y Leonardo Rocha de Jesús, el primero en su carácter de Jefe de Recursos Humanos, el segundo en su carácter de Jefe Encargado de Almacén y los dos últimos como Auxiliares de Almacén, lo anterior a efecto de levantar: ACTA ADMINISTRATIVA , en contra del C. Leonardo Rocha de Jesús en virtud de que el mismo encuadra en el supuesto señalado por el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, el cual a la letra dice lo siguiente:

(…)

X. Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada;

ANTECEDENTES:

I.- El día 1 de marzo del 2015, se levantó acta administrativa en contra del C. Leonardo Rocha de Jesús, ante la inasistencia no justificada a la fuente de empleo, quedando debidamente apercibido de que si reiteraba su conducta de acción omisiva a su responsabilidad laboral, podría dar pauta a la rescisión de la relación de trabajo, si esta se reiterara hasta en tres ocasiones.

II.- Con fecha 3 de marzo del presente año, y pese al apercibimiento realizado al C. Leonardo Rocha de Jesús, volvió nuevamente a reincidir en no asistir a su fuente de empleo sin causa justificada, exponiéndole a un último aviso que si volvía nuevamente a reiterar su inasistencia justificada, generaría la rescisión total del trabajo.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 47, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo, y en los artículos 14, 15, 16 y 17 del Reglamento Interno del Hotel FIESTA AMERICANA, al configurarse las tres inasistencias en un periodo de treinta días sin que para ello mediare causa justificada, se da por rescindida la relación patronal entre el C. Leonardo Rocha de Jesús y el Hotel FIESTA AMERICANA.

Remítase está tercer acta administrativa y de rescisión laboral a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para que mediante jurisdicción voluntaria sea notificado el trabajador en su domicilio ubicado en calle Francisco Zarco, Col. Vicente Guerrero, No. 19-A, Acapulco de Juárez, Guerrero , lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.

Siendo las 10 horas, del día 5 de marzo del presente año, se da por cerrada la presente acta administrativa, firmando al calce y margen todos los que intervinieron en ella.