acciones y pronunciamientos en materia de servicios financieros

46
ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS FINANCIEROS 9 DE OCTUBRE DE 2012 HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo

Upload: giovanna-abbott

Post on 15-Mar-2016

59 views

Category:

Documents


4 download

DESCRIPTION

ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo. 9 DE OCTUBRE DE 2012. El INDECOPI y el Sistema Financiero. Funciones e importancia del INDECOPI. Defensa y Protección de Derechos - PowerPoint PPT Presentation

TRANSCRIPT

Page 1: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROSMATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

9 DE OCTUBRE DE 2012

HEBERT TASSANO VELAOCHAGAPresidente del Consejo Directivo

Page 2: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

El INDECOPI y el El INDECOPI y el Sistema Financiero Sistema Financiero

Page 3: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

• Defensa y Protección de Derechos

• Prevención, Fiscalización y Sanción

• Promoción y Difusión

• Consumidor

• Competencia

• Concursal

• Propiedad Intelectual

• Infraestructura de la calidad

FUNCIONES MATERIAS USUARIOS USUARIOS POTENCIALESPOTENCIALES

• Ciudadanía

• Empresariado

• Estado

Población Económicamente Activa (PEA) al 2011:15 946 921personas.Fuente: INEI

Número de Contribuyentes con RUC activos a junio de 2012:5 899 392Fuente: SUNAT

Entidades de Gobierno Nacional, Regional y Local: 2 044 (no incluye municipalidades de centros poblados).Fuente: PCM, MEF, INEI

Funciones e importancia del INDECOPIFunciones e importancia del INDECOPI

Page 4: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Crecimiento de la demanda de los servicios de defensa de consumidor

…y de los otros procedimientos y servicios del INDECOPI

Crecimiento significativo de la demanda de servicios del INDECOPI, pero recursos limitados para atender demanda futura

0

70

140

210

280

350

0

10

20

30

40

50

60

70

2006 2011 2016 p/

mile

s de

millon

es d

e so

les

de 1

994

mile

s de

recl

amos

o d

enun

cias

reclamos (izquierda) denuncias (izquierda) PBI real (derecha)

0

70

140

210

280

350

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

2006 2011 2016 p/

mile

s de

millon

es d

e so

les

de 1

994

mile

s de

exp

edie

ntes

o s

ervi

cios

prop. intelectual y competencia (izq.) eval. conformidad (izq.) PBI real (derecha)

Page 5: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Reclamos Recibidos Julio 2011 – Agosto 2012 Reclamos Recibidos Julio 2011 – Agosto 2012

•Los reclamos por servicios financieros representan casi el 40% de todos los reclamos que recibe Indecopi.

•Debe tenerse en cuenta que es el sector que mas transacciones presenta y eso incrementa los niveles de reclamo.

•No obstante, el Indecopi no puede desconocer la relevancia del problema y por ende la necesidad de tomar acciones.

Page 6: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Diagnóstico institucional en octubre de 2011Diagnóstico institucional en octubre de 2011

INDECOPI, una entidad que enfrenta una demanda creciente por sus servicios a nivel nacional, en especial fuera de Lima.

Recursos Limitados para hacer frente a esa demanda.

Necesidad de un cambio de orientación: de ser una entidad reactiva a una más proactiva.

Page 7: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Acciones Implementadas en Acciones Implementadas en Materia de Servicios Financieros: Materia de Servicios Financieros:

Prevención y DifusiónPrevención y Difusión

Page 8: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

ACCIONES DE PREVENCIÓN Y SUPERVISIÓN ACCIONES DE PREVENCIÓN Y SUPERVISIÓN

Fortalecer la prevención, supervisión y fiscalización, con el Fortalecer la prevención, supervisión y fiscalización, con el fin de evitar, corregir y disuadir las conductas que afecten al fin de evitar, corregir y disuadir las conductas que afecten al

consumidor en el mercadoconsumidor en el mercado

Page 9: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

ACCIONES DE PREVENCIÓN: AMPLIACIÓN DE COBERTURA ACCIONES DE PREVENCIÓN: AMPLIACIÓN DE COBERTURA

Page 10: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

(*) En Lima, las oficinas locales del Indecopi son:

• Gamarra

• Congreso de la República

• Aeropuerto internacional Jorge Chávez - Zona Nacional e Internacional

• San Juan de Lurigancho

• En el mes de marzo del 2010, Indecopi inicio funciones en la sede Lima Norte, distrito de los Olivos, oficina que depende de la Gerencia General.

• Arequipa y Trujillo, cuentan con delegación de la DSD en examen de forma de las solicitudes de signos distintivos.

• En los meses de mayo y junio de 2012, se inauguraron las oficinas de Tumbes, Ayacucho, Ucayali, Huánuco, Abancay, Huancavelica, Chachapoyas, Madre de Dios, Moquegua, Cerro de Pasco y la oficina del VRAEM. Dichas oficinas brindan todos los servicios propios del Servicio de Atención al Ciudadano – SAC.

* Información proporcionada por la GOR al 03 de julio de 2012

CEB = Comisión de Eliminación de Barreras BurocráticasCPC = Comisión de Protección al ConsumidorCCD = Publicidad Comercial de la Comisión de Represión de la Competencia DeslealSAC = Servicio de Atención al CiudadanoCCO = Comisión de Procedimientos Concursales DSD = Examen de Forma de las solicitudes de registros presentados en la Dirección de Signos Distintivos

Piura

Lambayeque

La Libertad

Junín

Cusco

PunoArequipa

Loreto

Cajamarca

Tacna

CCO, CEB, CPC, CCD y

SAC

CPC y SAC

CCO, CCD, CPC, CEB y SAC

CPC, CCD,CEB y

SAC

CPC,CEB CCD y

SAC

CEB, CCD,CCO, CPC, SAC y DSD

San MartínCPC, CCD y

SAC

CPC, CCD, CEB

y SAC Ica

CPC, CCD y SAC

AncashSede Huaraz

CEB,CCD,CCO, CPC, SAC y DSD

CEB, CCD,CCO, CPC y SAC

CCO, CPC, CCD y SAC

AncashSede Chimbote

Ayacucho (4)

Tumbes (1)

Ucayali (2)Huánuco (3)

Lima (*)

Oficina VRAE

Apurímac

Madre de DiosHuancavelica

Pasco

Amazonas

ACCIONES DE PREVENCIÓN: AMPLIACIÓN DE COBERTURA ACCIONES DE PREVENCIÓN: AMPLIACIÓN DE COBERTURA

Page 11: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

FORTALECIMIENTO DE LAS ACCIONES DE DIFUSIÓN FORTALECIMIENTO DE LAS ACCIONES DE DIFUSIÓN

Logros en redes, en sólo 3 meses:TWITTER: A la fecha, 4,717 seguidores.

FACEBOOK: A la fecha, 1,369 seguidores. YOUTUBE: A la fecha, 31 videos institucionales, 5, 211 reproducciones, 31 suscripciones.

INDECOPI EN LAS REDES SOCIALES:

Herramienta de difusión y contacto con los consumidores.

Permite conocer intereses y preocupaciones de los consumidores respecto de distintos sectores de consumo.

Page 12: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Acciones Implementadas en Acciones Implementadas en Materia de Servicios Financieros:Materia de Servicios Financieros:

Alianzas EstratégicasAlianzas Estratégicas

Page 13: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

ALIANZAS ESTRATÉGICAS – BANCO DE LA NACIÓN ALIANZAS ESTRATÉGICAS – BANCO DE LA NACIÓN

Impacto calculado:Impacto calculado: 3 000 ciudadanos.3 000 ciudadanos.

Page 14: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

14

Vía de solución de conflictos ágil y eficiente.

Surgió como una iniciativa conjunta de INDECOPI y ASBANC

Se trata de una cabina telefónica ubicada en las 04 principales sedes de INDECOPI en la que el usuario podrá comunicarse directamente con un ejecutivo de su banco que le ayudará a resolver su reclamo.

ALIANZAS ESTRATÉGICAS – ALÓ BANCO ALIANZAS ESTRATÉGICAS – ALÓ BANCO

• Las cabinas de Aló Banco se encuentra en las siguientes sedes:

Sede Central Lima Sur Sede LambayequeSede Lima Norte Sede La Libertad

• Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:30 am – 4:30 pm.• Las cabinas de Aló Banco cuentan con un directorio con los anexos

de cada uno de los bancos y financieras que participan de este servicio.

• Apoyo permanente de una orientadora en cada una de las 04 sedes.• Plazo de atención del reclamo: 07 días hábiles, máximo 30 días

calendario.

Page 15: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

15

Periodo: 20 de julio de 2011 al 31 de agosto de 2012Periodo: 20 de julio de 2011 al 31 de agosto de 2012

ALÓ BANCO - Resultados

27

74 6238 43 47

63 65

148121

152

197

274 272

0

50

100

150

200

250

300

Jul-11

Ago-11

Sep-11

Oct-11

Nov-11

Dic-11

Ene-12

Feb-12

Mar-12

Abr-12

May-12

Jun-12

Jul-12

Ago-12

Meses

Total Reclamos Ingresados por mes(1583)

Reclamo

USO CRECIENTE DE LA HERRAMIENTA POR PARTE DE LOS CONSUMIDORES

Page 16: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

16

ALÓ BANCO - Resultados

LA MAYOR PARTE DE RECLAMOS SE

RESUELVEN DENTRO DEL

PLAZO DE 7 DÍAS Y A FAVOR DEL CONSUMIDOR

Page 17: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Acciones Implementadas en Acciones Implementadas en Materia de Servicios Financieros:Materia de Servicios Financieros:

Supervisión y Fiscalización Supervisión y Fiscalización

Page 18: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN

El fortalecimiento de las labores de supervisión y fiscalización a través de la

creación de la gerencia destinada a tal fin permite que a la fecha se vengan

desarrollando investigaciones globales al mercado financiero.

Page 19: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN

Sector Banca y Finanzas

  TEMA DESCRIPCIÓN

Nº Empresas/expedient

es

1

Cajeros automáticos: Deber de informar comisiones y gastos

La SBS emitió una resolución disponiendo que en los cajeros automáticos se coloquen avisos en los que se indique que las operaciones de retiro o disposición de efectivo podrán estar sujetas al cobro de una comisión o gasto

14

2

Tarjetas de crédito: Comisiones por gestión de cobranzas

Verificar que los montos cobrados por gestión de cobranza en tarjetas de crédito, correspondan a servicios o acciones efectivamente realizadas por la entidad para el requerimiento de pago

16

3

Tarjetas de crédito: Entrega de estados de cuenta en la forma y plazo establecidos

Verificar que los estados de cuenta de tarjetas de crédito son entregados oportunamente a los consumidores y en la forma establecida legalmente

10

4Métodos abusivos de cobranza

Verificar si las empresas aplican métodos abusivos para obtener el cobro de la deuda 11

Page 20: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN EXPEDIENTES DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN

  TEMA DESCRIPCIÓN

Nº Empresas/expedie

ntes

5Aplicación de seguro de desgravamen en tarjetas de crédito

Verificar que los cargos por seguro de desgramen en tarjetas de crédito, hayan sido previamente informados y autorizados por el cliente

1

6Reportes indebidos a centrales de riesgo

Verificar que los reportes a las centrales de riesgo correspondan a consumidores que registran deudas impagas y/o se ajusten a la clasificación crediticia prevista en la normatividad vigente

6

7

Atención de reclamos presentados por los consumidores financieros

Verificar que los reclamos presentados por los consumidores sean atendido dentro del plazo legal 6

Total de investigaciones de oficio 64EN TRAMITE 52CONCLUIDOS 12

Page 21: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Pronunciamientos enPronunciamientos en Materia de Servicios FinancierosMateria de Servicios Financieros

Page 22: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Producto Financiero a Persona con Discapacidad

CASO 1CASO 1

Planteamiento del problema:

Una persona con imposibilidad para utilizar su mano derecha y, por ende, dificultad para firmar, , solicitó la renovación de su tarjeta de crédito. El Banco negó la renovación aduciendo que la firma no era igual a la de su DNI, no obstante, realizó la cancelación de la tarjeta que se encontraba vencida. El Banco dio como alternativa el que la contratación se haga a través de un representante, quien sería el titular de su tarjeta.

Page 23: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Producto Financiero a Persona con Discapacidad

CASO 1CASO 1

“Por ello, en el presente caso, la Sala estima que la similitud de la firma utilizada por la señora Cueva y la consignada en su DNI no es el único medio para corroborar la identidad de la denunciante, a efectos de entregarle su nueva tarjeta de crédito. En efecto, el Banco identificó a la señora Cueva a quien permitió la anulación de su anterior tarjeta de crédito tal como obra en la constancia suscrita por la denunciante –a fojas 29 del expediente–.En dicho caso, eventualmente se debió haber advertido que la denunciante era la misma persona que aparecía como titular de la tarjeta de crédito y que autorizó directamente la anulación del plástico.De este modo se advierte que el Banco sí consideró haber verificado la identidad de la señora Cueva para la anulación de la tarjeta de crédito, mientras que, por otro lado, no consideró esa misma situación de hecho para efectos de la entrega de un nuevo plástico, evidenciando así una conducta contradictoria.”

RESOLUCIÓN 001-2011/SC2

Page 24: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Producto Financiero a Persona con Discapacidad

CASO 1CASO 1

CONCLUSIÓN: CONCLUSIÓN:

La Sala declaró fundada la denuncia al considerar que la empresa contaba con otros mecanismos para verificar la identidad de la denunciante y no sólo la firma, mas aun teniendo en cuenta que sí había podido verificarse su identidad para otros actos tales como la anulación de su actual tarjeta.

Ello, teniendo en cuenta los tratados internacionales de derechos de las personas con discapacidad y el marco constitucional.

Page 25: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Seguro a Persona con Discapacidad

CASO 2CASO 2

Planteamiento del problema:

Un consumidor solicitó seguro de asistencia médica para su hija quien padecía de Sindrome de Down ante lo cual la aseguradora responde que no emitiría la póliza de seguro pues en ejercicio de su autonomía privada determinaba libremente las políticas de suscripción de sus productos, prefiriendo los riesgos de baja siniestralidad, por lo que al presentar las personas con Síndrome de Down una probabilidad superior de padecer patologías colaterales, tal riesgo no sería asegurable.

Page 26: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Seguro a Persona con Discapacidad

CASO 2CASO 2

“En este contexto, los Vocales que suscriben el presente voto consideran que si Rímac no deseaba asumir supuestas pérdidas económicas por asegurar riesgos a los que afirma se encontraría expuesta la señorita Céliz por el hecho de padecer del Síndrome de Down, podría haberla asegurado y luego hacer valer las exclusiones de riesgos concretos contenidas en su respectiva póliza, o, en todo caso, elevar el monto de la prima en dichos supuestos – tal como ha sido aceptado incluso por el propio denunciante16 – no siendo prudente negarle de plano la contratación del seguro de asistencia médica“Red Salud”.

Si bien podría alegarse la imposibilidad, o extrema dificultad, de realizar estudios actuariales a fin de concretar las exclusiones de cobertura o elevaciones de prima antes señaladas, ello queda desvirtuado por el hecho acreditado en autos por declaraciones expresas de la propia emplazada, en el sentido que, en determinados casos concretos, Rímac asegura a personas con Síndrome de Down en el seguro de asistencia médica “Red Salud”, lo cual deja establecido que, a su entender y sin lugar a dudas, el referido aseguramiento es posible y válido.”

RESOLUCIÓN 2135-2012/SC2

Page 27: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Negativa de Contratación de Seguro a Persona con Discapacidad

CASO 2CASO 2

CONCLUSIÓN: CONCLUSIÓN:

La Sala declaró fundada la denuncia por discriminación, al considerar que no existía motivo justificado para negar de plano el acceso de personas con discapacidad a seguros de asistencia médica, siendo que si le preocupada el posible mayor índice de siniestralidad de las mismas, podría haber hecho valer las exclusiones o elevar el monto de la prima.

Ello, teniendo en cuenta los tratados internacionales de derechos de las personas con discapacidad, el marco constitucional y el hecho de que la propia empresa reconoció que tenía a personas con discapacidad aseguradas en sus planes.

Page 28: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Usuarios del Banco de la Nación también son protegidos por INDECOPI

Planteamiento del problema:

El Banco de la Nación sostenía que su producto “Préstamo Multired” otorgado a los trabajadores y pensionistas del sector público, en atención a la política estatal dictada por el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Decreto Supremo 207-2004-EF, constituía un crédito de carácter asistencial, puesto que se dirigía a permitir el acceso al crédito a personas que percibían bajos ingresos o que debido a su avanzada edad no calificaban como sujetos de crédito por la banca privada; por lo que no resultaban de aplicación las normas de protección al consumidor y el Indecopi carecería de competencia para su evaluación.

CASO 3CASO 3

Page 29: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

“11. El producto “Préstamo Multired” no es el único medio de acceso con el que los trabajadores y pensionistas del sector público de bajos ingresos cuentan para participar en el sistema financiero, considerando que esta demanda es satisfecha por otras empresas que otorgan créditos a personas de similares ingresos: Financieras, Cajas Municipales, Cajas Rurales, Edypmes e, incluso, productos específicos de la banca tradicional.

12. Si bien el Banco pretende demostrar que sus tasas de interés se encuentran por debajo del mercado, la información proporcionada en cuanto a las tasas de interés de otras entidades financieras resulta incompleta, dado que cualquier análisis comparativo requiere disponer de información específica sobre la tasa de interés cobrada a aquella personas que perciben su remuneración en la misma institución financiera, siendo ella una condición necesaria para el otorgamiento del producto “Préstamo Multired”; que es sabido tiene incidencia en el valor de la tasa de interés en cuanto disminuye el riesgo crediticio del otorgante”.

Resolución 3449-2011/SC2-INDECOPI

Usuarios del Banco de la Nación también son protegidos por INDECOPI

Page 30: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

CONCLUSIÓN CONCLUSIÓN Los préstamos Multired no califican como actividades asistenciales, por lo que se encuentran sujetos a las normas de protección al consumidor.

Usuarios del Banco de la Nación también son protegidos por INDECOPI

Page 31: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Prórrogas o renovaciones automáticas

Planteamiento del problema:

“Artículo XXº: PLAZOS Y RENOVACIÓN13.1. Inicio del Seguro y Renovación AutomáticaLa presente Póliza inicia su vigencia en el día hora señalados en las Condiciones Particulares de la Póliza, y se renueva automáticamente en los mismos términos y condiciones pactados originalmente, salvo que alguna de las partes manifieste su decisión en contrario por escrito, dentro de los treinta (30) días anteriores al vencimiento.

13.2. Pago de Primas Producida la Renovación AutomáticaSalvo que las partes estipulen por escrito lo contrario, producida la renovación automática de la Póliza, la prima correspondiente deberá ser abonada en los mismos términos y condiciones y plazos acordados originalmente, salvo que en dicha oportunidad se hubiese pactado el pago por el íntegro de la prima, en cuyo caso EL ASEGURADO, CONTRATANTE o ENDOSATARIO contará con un plazo de quince (15) días para pagar la prima.”

Page 32: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Prórrogas o renovaciones automáticas

Planteamiento del problema:

“Decreto Legislativo 1045, Artículo 18.- Reglas generales sobre contratos de consumo.- En los contratos entre consumidores y proveedores: (…)d. En las cláusulas generales de contratación y en los contratos por adhesión, se tendrán por no puestas las cláusulas que, entre otros, tengan por objeto: (…)(ii) Establecer la prórroga del contrato sin contar con el consentimiento explícito e informado del consumidor; Para la evaluación de las cláusulas antes señaladas, se tendrá en cuenta la naturaleza de los bienes o servicios objeto del contrato, las circunstancias que concurran en el momento de su celebración y la información que el proveedor ha suministrado al consumidor. Se tendrán por no pactadas las cláusulas, condiciones y estipulaciones que infrinjan el presente artículo.” (el subrayado es agregado).

CASO 4CASO 4

Page 33: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Prórrogas o renovaciones automáticas

“18. A criterio de esta Sala, la intención de la norma no es prohibir de manera absoluta cláusulas que prevean la posibilidad de prorrogar o renovar automáticamente un contrato, sino que la abusividad de este tipo de cláusulas debe ser evaluada considerando el resto del contrato (“circunstancias que concurran en el momento de la celebración”), específicamente, si en el propio contrato se han previsto medios que permitan al consumidor no aceptar la prórroga en un plazo razonable.

21. (…) si bien la renovación de la póliza se realiza de manera automática, conforme a lo pactado por las partes, esto no significa que el consumidor se vea impedido de no renovar la póliza; sino que, por el contrario, en la misma cláusula se establece un plazo considerable (30 días antes del término de la cobertura) para que cualquiera de las dos partes pueda manifestar su decisión de no continuar con el seguro y, de esa manera, desvincularse del contrato”.

Resolución 1247-2011/SC2-INDECOPI

Page 34: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Prórrogas o renovaciones automáticas

Código de Protección y Defensa del ConsumidorArtículo 50º.- Cláusulas abusivas de ineficacia absolutaSon cláusulas abusivas de ineficacia absoluta las siguientes:(…)d. Las que establezcan a favor del proveedor la facultad unilateral de prorrogar o renovar el contrato.

Artículo 51º.- Cláusulas abusivas de ineficacia relativaDe manera enunciativa, aunque no limitativa, son cláusulas abusivas atendiendo al caso concreto, las siguientes:(…)c. Las que establezcan la prórroga automática del contrato fijando un plazo excesivamente breve para que el consumidor manifieste su voluntad de no prorrogarlo.

Page 35: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Prórrogas o renovaciones automáticas

CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN

La Sala revocó la resolución que declaró fundada la denuncia respecto a la renovación automática de la póliza del seguro vehicular privado que contrató el denunciante y, reformándola, se la declara infundada, al haber quedado acreditado que dicha forma de renovación fue previamente pactada por las partes en el contrato de Seguro de Automóviles que celebraron, siendo que el consumidor contaba con los mecanismos adecuados para evitar que se produzca la prórroga y desvincularse de la póliza.

Page 36: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Oportunidad del Servicio de Bloqueo de Tarjetas de Crédito

Planteamiento del problema:

Se verificó que la entidad financiera ponía a disposición de los clientes un número telefónico para el reporte del robo o extravío de la tarjeta de crédito XXX; sin embargo, las llamadas realizadas a dicho número entre las 22:00 y 8:00 horas no eran atendidas por el personal de la financiera.

CASO 5CASO 5

Page 37: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

“Si bien podría ser válido que el horario para el reporte y el bloqueo de una tarjeta de crédito por pérdida o extravío se programara en función del horario de atención de la única empresa o tienda por departamentos donde pudiera utilizarse la misma; en el supuesto que esta también pudiera ser empleada para la realización de transacciones en establecimientos con horarios de atención ininterrumpida (como es el caso de algunos grifos o estaciones de servicio y farmacias) era obligación de la empresa garantizar el acceso continuo a la posibilidad de bloquear la tarjeta”.

Resolución 1704-2012/SC2-INDECOPI

Oportunidad del Servicio de Bloqueo de Tarjetas de Crédito

Page 38: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN

La Sala declaró fundada la denuncia al considerar que las herramientas para el bloqueo de las tarjetas emitidas por una casa comercial deben estar disponibles durante el horario en que dicha tarjeta pueda ser usada y no sólo en el horario de atención de la casa comercial que la emite.

Oportunidad del Servicio de Bloqueo de Tarjetas de Crédito

Page 39: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Vinculación de una tarjeta de crédito a una tarjeta de débito

Planteamiento del problema:

Un consumidor es víctima de robo y secuestro, viéndose obligado a entregar la clave secreta de su tarjeta de débito. Los delincuentes no solo disponen de los fondos de su cuenta de ahorros, sino de su línea de crédito a través de la clave secreta de la tarjeta de débito, posibilidad que nunca le fue informada ni autorizada.

CASO 6CASO 6

Page 40: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Vinculación de una tarjeta de crédito a una tarjeta de débito

“(…) la vinculación de ambos productos es una condición que debió ser informada al cliente de manera previa a la contratación de los mismos y el consumidor debió autorizar esta opción al momento de contratar. Ello, dado que en la práctica general un usuario que posee una tarjeta de débito y una tarjeta de crédito, enlaza el uso de cada una de ellas a una clave específica, entendiendo que sólo con el uso conjunto de la tarjeta y clave que le corresponde podrá acceder a las operaciones inherentes a cada una; es decir, que ambas operan en forma independiente”.

Resolución 3265-2011/SC2-INDECOPI

Page 41: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Vinculación de una tarjeta de crédito a una tarjeta de débito

CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN

Cuando Se ofrecen productos con características distintas a las que comúnmente son percibidas por los consumidores, ello debe se informado claramente a éstos a fin de que tomen las previsiones del caso de presentarse nuevos riesgos.

Por ejemplo, en este caso se contaba con una tarjeta de crédito afiliada a una misma tarjeta de débito y a una misma clave, por lo que ante el hurto de la principal se ponía en riesgo los fondos de ambos productos.

La Sala declaró fundada la denuncia al considerar que las características especiales del producto no habían sido debidamente informada al denunciante.

Page 42: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Incremento Unilateral de Línea de Crédito

Planteamiento del problema:

Consumidor obtiene una línea de crédito inicial de S/. 900,00, sin embargo la misma fue ampliada sin su autorización a S/. 30 000,00.

CASO 7CASO 7

Page 43: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Incremento Unilateral de Línea de CréditoCASO 7CASO 7

CLAUSULA CONTRACTUAL “SEGUNDO: LA LÍNEA DE CRÉDITO: Para hacer uso de la tarjeta de crédito, solicito una línea de crédito rotativa por la suma que ustedes señalen, que conforme a las condiciones del mercado, podrán variar periódicamente o aun ser suprimida en cualquier momento.”

PRONUNCIAMIENTO: “Sobre el particular, este colegiado ha señalado en anteriores pronunciamientos que no se encuentra prohibido que las entidades financieras modifiquen el importe de las líneas de crédito de sus clientes, siempre y cuando esta facultad se encuentre pactada; sin embargo, dicha facultad unilateral únicamente podrá hacerse efectiva en tanto el consumidor sea informado de la decisión del proveedor de hacer uso de dicha condición y de los términos de la misma, a fin que sea el consumidor quien opte por acogerse al cambio propuesto o, en todo caso, decida rechazarlo al no ser acorde a sus intereses.En el presente caso, el Banco ha admitido que no comunicó dicha modificación previamente al denunciante, con lo cual la modificación unilateral pactada, que involucraba un incremento en la línea de crédito, no podía hacerse efectiva; configurándose un supuesto de infracción a la Ley de Protección al Consumidor.”

Page 44: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Incremento Unilateral de Línea de CréditoCASO 7CASO 7

CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN

La Sala declaró fundada la denuncia al considerar que a efectos de incrementar de manera unilateral la línea de crédito, no bastaba que dicha facultad se encontrara establecida en una clausula contractual, sino que era necesario además que exista una comunicación expresa del Banco respecto de que iba a implementar dicha modificación contractual.

Ello a fin de que el consumidor evalúe la conveniencia de dicha modificación y opte por su aceptación o no.

Cabe mencionar que para algunos consumidores dicha modificación puede significar un incremento del riesgo en el uso del producto crediticio.

Page 45: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

En SíntesisEn Síntesis• Los reclamos de servicios financieros constituyen cerca del 40% del total de reclamos que se presentan en INDECOPI.•A partir de dicha problemática, el INDECOPI viene adoptando medidas importantes a fin de prevenir que se presenten infracciones a las normas de protección al consumidor. •Asimismo, se viene incidiendo fuertemente en la difusión y cobertura a mas consumidores para que éstos conozcan y defiendan sus derechos. •Se viene promoviendo las alianzas estratégicas con empresas del sector financiero que redundan en beneficio de los consumidores. •Se ha fortalecido la capacidad de supervisión y fiscalización de las infracciones que se presentan en el mercado. •Lo anterior, confirma el cumplimiento del mandato constitucional de defensa de los consumidores por parte del INDECOPI, tanto de la actual gestión como de los órganos resolutivos, lo que se refleja de los pronunciamientos expuestos.Y seguimos trabajando en beneficio de los consumidores …Y seguimos trabajando en beneficio de los consumidores …

Page 46: ACCIONES Y PRONUNCIAMIENTOS EN MATERIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

Octubre, 2012

HEBERT TASSANO VELAOCHAGAPresidente del Consejo Directivo