abrogación y derogación

2
Abrogación: Abrogar significa quitar su fuerza a la ley en todas sus partes. Abolición o anulación total de una ley, que puede ser expresa ó tácita. Ejemplo: Cuando un Código Civil sustituye a otro anterior. Derogación: Derogar quiere decir abolir la ley sólo en alguno de sus preceptos. Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede ser expresa ó tácita. Ejemplo: Cuando se suprime un determinado artículo de la Constitución para sustituirlo por otro. La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior. (Art. 9 del Código Civil para el Estado de México). ¿Cómo puede ser tanto la abrogación como la derogación? Pueden ser expresas o tácitas. Expresas cuando en la nueva ley se declara que la antigua queda privada de su fuerza obligatoria. Tácita cuando la nueva ley contiene preceptos contradictorios respecto de la anterior o cuando no declare de manera expresa que la anterior queda abrogada, o qué preceptos concretos han quedado derogados por la nueva ley. Ejemplo de Expresas: ¿Quién puede Derogar o Abrogar? CAPITULO VI DE LAS CONTROVERSIAS DE ORDEN FAMILIAR (DEROGADO) ARTICULO TERCERO. Al entrar en vigor el nuevo sistema de justicia penal, quedará abrogado el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México publicado en el Periodo Oficial

Upload: karla-de-la-luz

Post on 01-Feb-2016

3 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

¿Cómo es la abrogación y derogación en México?

TRANSCRIPT

Page 1: Abrogación y Derogación

Abrogación:Abrogar significa quitar su fuerza a la ley en todas sus partes.Abolición o anulación total de una ley, que puede ser expresa ó tácita.Ejemplo: Cuando un Código Civil sustituye a otro anterior.

Derogación: Derogar quiere decir abolir la ley sólo en alguno de sus preceptos. Privación parcial de la vigencia de una ley, que puede ser expresa ó tácita. Ejemplo:Cuando se suprime un determinado artículo de la Constitución para sustituirlo por otro.

La ley sólo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior. (Art. 9 del Código Civil para el Estado de México).

¿Cómo puede ser tanto la abrogación como la derogación?Pueden ser expresas o tácitas.

Expresas cuando en la nueva ley se declara que la antigua queda privada de su fuerza obligatoria.

Tácita cuando la nueva ley contiene preceptos contradictorios respecto de la anterior o cuando no declare de manera expresa que la anterior queda abrogada, o qué preceptos concretos han quedado derogados por la nueva ley.

Ejemplo de Expresas:

¿Quién puede Derogar o Abrogar?Puede proponerse por el Presidente, los Gobernadores y Presidentes Municipales pero es al poder Legislativo a quien corresponde, por mandato de la Constitución y el Congreso de la Unión (Diputados), quitar a las leyes su fuerza obligatoria.

CAPITULO VIDE LAS CONTROVERSIAS DE ORDEN FAMILIAR(DEROGADO)

ARTICULOS 2.234. al 2.140. Derogados.

ARTICULO TERCERO. Al entrar en vigor el nuevo sistema de justicia penal, quedará abrogado el Código de Procedimientos Penales para el Estado de México publicado en el Periodo Oficial Gaceta del Gobierno, el veinte de marzo del año dos mil.