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1 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016 A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR ARCELORMITTAL, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo ArcelorMittal (anuncia las condiciones de su emisión de derechos), comunica el siguiente hecho relevante: ArcelorMittal announces the terms of its c.USD 3bn ( The subscription price in euros has been set to generate gross proceeds in EUR equivalent to approximately USD 3bn i.e. EUR 2.78 bn, based on the currently published European Central Bank euro/USD exchange rate) rights issue 11 March 2016 - 7 for 10 Rights issue of 1,262,351,531 new shares at a subscription price of EUR 2.20 per new share. - Subscription price represents a 35.3% discount to the theoretical ex-rights price, based on the closing price of ArcelorMittal’s shares on Euronext Amsterdam on 10 March 2016. - Mittal family trust entities have committed to exercise their Rights for new shares pro rata to their current shareholding of 37.38%. - Record date for allocation of Rights is set at 14 March 2016 at 5:00 pm EST for shares traded on the New York Stock Exchange and the close of trading in each other market. - Rights will be credited to clearing systems and to the accounts of shareholders directly registered in the European share register and the New York share register on 15 March 2016. Mailing of certificates evidencing Rights directly registered in the New York rights register will begin on 15 March 2016. Rights exercise periods run from 15 March 2016, until: 5.00 pm EST on 29 March 2016 for Rights held via book entry in DTC or in the New York Rights register; 5.00 pm CET on 30 March 2016 for Rights held in the European clearing systems, other than for Rights traded on the Spanish stock exchanges and Rights held directly through the European Rights register, for which the deadline will be 12.00pm CET ArcelorMittal SA (“ArcelorMittal” or the “Company”) announces the terms of its c.USD 3bn rights issue, the principle of which was announced on 5 February 2016 (the “Offering”), following the adoption of enabling resolutions by the Extraordinary General Meeting of shareholders on 10 March 2016. The Offering is underwritten by a syndicate of banks led by Goldman Sachs International, BofA Merrill Lynch and Crédit Agricole Corporate and Investment Bank acting as Joint Global Coordinators and Joint Bookrunners. Barclays, BNP Paribas, Citigroup, J.P. Morgan and Société Générale Corporate & Investment Banking are acting as Joint Bookrunners. ArcelorMittal intends to use the net proceeds from the exercise of Rights attributed in the Offering to reduce its indebtedness and to strengthen its balance sheet. Mittal family trust entities have committed, subject to customary conditions, to exercise the Rights allocated to them based on their current shareholding of 37.38%. The Company and the Mittal family trust entities have agreed with the Underwriters to a 180-day lock-up following the settlement of the Offering, subject to certain exceptions.Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos. Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

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viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR ARCELORMITTAL, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo ArcelorMittal (anuncia las condiciones de su emisión de derechos), comunica el siguiente hecho relevante: “ArcelorMittal announces the terms of its c.USD 3bn (The subscription price in euros has been set to generate gross proceeds in EUR equivalent to approximately USD 3bn i.e. EUR 2.78 bn, based on the currently published European Central Bank euro/USD exchange rate) rights issue 11 March 2016 - 7 for 10 Rights issue of 1,262,351,531 new shares at a subscription price of EUR 2.20 per new share. - Subscription price represents a 35.3% discount to the theoretical ex-rights price, based on the closing price of ArcelorMittal’s shares on Euronext Amsterdam on 10 March 2016. - Mittal family trust entities have committed to exercise their Rights for new shares pro rata to their current shareholding of 37.38%. - Record date for allocation of Rights is set at 14 March 2016 at 5:00 pm EST for shares traded on the New York Stock Exchange and the close of trading in each other market. - Rights will be credited to clearing systems and to the accounts of shareholders directly registered in the European share register and the New York share register on 15 March 2016. Mailing of certificates evidencing Rights directly registered in the New York rights register will begin on 15 March 2016. Rights exercise periods run from 15 March 2016, until:

5.00 pm EST on 29 March 2016 for Rights held via book entry in DTC or in the New York Rights register;

5.00 pm CET on 30 March 2016 for Rights held in the European clearing systems, other than for Rights traded on the Spanish stock exchanges and Rights held directly through the European Rights register, for which the deadline will be 12.00pm CET ArcelorMittal SA (“ArcelorMittal” or the “Company”) announces the terms of its c.USD 3bn rights issue, the principle of which was announced on 5 February 2016 (the “Offering”), following the adoption of enabling resolutions by the Extraordinary General Meeting of shareholders on 10 March 2016. The Offering is underwritten by a syndicate of banks led by Goldman Sachs International, BofA Merrill Lynch and Crédit Agricole Corporate and Investment Bank acting as Joint Global Coordinators and Joint Bookrunners. Barclays, BNP Paribas, Citigroup, J.P. Morgan and Société Générale Corporate & Investment Banking are acting as Joint Bookrunners. ArcelorMittal intends to use the net proceeds from the exercise of Rights attributed in the Offering to reduce its indebtedness and to strengthen its balance sheet. Mittal family trust entities have committed, subject to customary conditions, to exercise the Rights allocated to them based on their current shareholding of 37.38%. The Company and the Mittal family trust entities have agreed with the Underwriters to a 180-day lock-up following the settlement of the Offering, subject to certain exceptions.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

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2 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR CAIXABANK, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Caixabank, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: “CaixaBank, S.A. comunica que su Consejo de Administración en la sesión celebrada hoy ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en el Recinto de Gran Vía de Fira de Barcelona, Pabellón 8 – Centro de Convenciones Gran Vía, calle del Foc 35, Barcelona, el día 28 de abril de 2016 a las 11:30 horas en primera convocatoria y, para el caso en que, por no haberse alcanzado el quorum de asistencia necesario, dicha Junta no pudiera celebrarse en primera convocatoria, se celebrará en el mismo lugar y hora, el día 29 de abril de 2016, en segunda convocatoria. Previsiblemente la Junta General tendrá lugar el 28 de abril de 2016, en primera convocatoria. De conformidad con la normativa aplicable, la convocatoria será objeto de publicación próximamente, en cuyo momento se pondrá a disposición de los accionistas e inversores toda la documentación de la Junta General que también estará accesible en la web corporativa www.CaixaBank.com” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR CAIXABANK, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Caixabank, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: “CaixaBank informa que su Consejo de Administración celebrado hoy ha acordado que la remuneración al accionista correspondiente al ejercicio 2016 se realice mediante el pago de tres dividendos en efectivo y un scrip dividend, que permita al accionista optar entre la adquisición de acciones de nueva emisión o un importe equivalente en efectivo, bajo el Programa Dividendo/Acción, manteniendo la política de remuneración trimestral de la sociedad. En línea con el Plan Estratégico 2015-2018, CaixaBank reitera su intención de remunerar a sus accionistas distribuyendo un importe en efectivo igual o superior al 50% del beneficio neto consolidado.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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A V I S O

HECHO RELEVANTE SOBRE “BONOS LÍNEAS ICO SERIE 36-2014”. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Banco

Popular Español, S.A., comunica el siguiente hecho relevante:

“En relación con la Emisión “Bonos Líneas ICO Serie 36-2014” emitida por Banco Popular Español, S.A. con

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3 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

ISIN ES0313790380, Banco Popular comunica la amortización anticipada parcial de la referida emisión, que tuvo lugar el día 10 de marzo de 2016, por un importe de 1.577.566,83 euros, como consecuencia del ejercicio por parte del suscriptor de su opción de amortización anticipada. En consecuencia, el saldo vivo en circulación después de la amortización es de 123.375,36 euros. Se amortizan 5.908,49 euros por título y el nominal unitario resultante por título pasa a ser de 462,08 euros. Las próximas amortizaciones por título han sufrido el reajuste detallado a continuación: 10/03/2016 12.198,00 10/09/2016 462,08 Asimismo, se hace constar que se han cumplido todas las obligaciones legales y formales recogidas en el ejemplar de Condiciones Finales registrado el 16 de septiembre de 2014 en la CNMV.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRID

A V I S O ADMISION A NEGOCIACION DE 1 EMISIÓN DE WARRANTS TURBO REALIZADA EL 17 DE FEBRERO DE 2016 POR SG ISSUER. De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, el vigente Reglamento de las Bolsas y el artículo 11 del Real Decreto 726/1989, de 23 de junio, se ha acordado admitir a negociación en esta Bolsa, con efectos a partir del día 14 de marzo de 2016, inclusive, los siguientes valores emitidos por SG ISSUER, Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Luxemburgo: 1 emisión de Warrants Turbo realizada el 17 de febrero de 2016, al amparo del Folleto de Base relativo al Programa de Emisión de Warrants registrado ante el regulador luxemburgués, la Commission de Surveillance du Secteur Financier (CSSF), con fecha 31 de julio de 2015 bajo el número de visa C-17625 y cuyo pasaporte comunitario se notificó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 4 de agosto de 2015, con las siguientes características; CODIGOS DE CONTRATACION: 57441

Tipo Activo

Subyacente Precio de Ejercicio

Nivel de Barrera

Fecha vencimiento

Nº Warrants Turbo

Ratio Precio Emisión

Fecha Emisión

Moneda Ejercicio

Tipo Ejercicio

Código ISIN

Turbo Call

lbex 35 8.500,00

8.500,00 17-jun-16 1.000.000 0.001 0,03 17-feb-16 EUR E LU1327708167

Vencimiento: según se especifica en la Tabla Ejercicio mínimo: 1 Warrants Cotización: Se solicitará la admisión a cotización en las Bolsas de Madrid, Barcelona y Valencia. Ampliaciones: La presente emisión es susceptible de ser ampliada por el Emisor mediante la emisión de Warrants con derechos idénticos y por lo tanto fungibles con los Warrants inicialmente emitidos. Representación de los valores: Los Warrants estarán representados por un título global al portador depositado en Société Générale, Sucursal en España, a los efectos de su inclusión en Iberclear y de su

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4 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

negociación en las bolsas españolas. Los Warrants inscritos en el registro contable de Iberclear estarán representados por anotaciones en cuenta. Compromiso de liquidez: Société Générale, Sucursal en España se compromete a cotizar bajo condiciones normales de mercado, durante toda la vida del Warrants y en tiempo real en una página Reuters, precios de compra y venta, para un mínimo de 1.000 Warrants o de 1.000 euros. Société Générale, Sucursal en España en su calidad de especialista en Warrants, certificados y otros productos introducirá permanentemente órdenes de compra y de venta en el sistema de negociación que en cada momento resulte de aplicación en el segmento de negociación de warrants, certificados y otros productos, respetando las limitaciones que, en su caso, impusiere la Sociedad de Bolsas y, en particular, las relativas al número de mensajes susceptibles de ser enviados al referido sistema de negociación, así como las que, en su caso, se derivaren de las normas que rigen el funcionamiento de aquel. Agente de Cálculo: Société Générale Colectivo de suscriptores: Todo tipo de inversores. Ley aplicable: Inglesa. El resto de las características de los referidos Warrants se recogen en las Condiciones Finales de la emisión y en el Programa.

Las emisiones se admiten a negociación en el segmento de warrants, certificados y otros productos en el Sistema de Interconexión Bursátil. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

A V I S O Esta Sociedad Rectora ha recibido de Sociedad de Bolsas para su publicación el siguiente escrito:

“Instrucción Operativa nº 33/2016 INCORPORACIÓN DE EMISIONES DE TURBO WARRANTS DE SG ISSUER, AL SISTEMA DE INTERCONEXIÓN BURSÁTIL. Cuando así lo acuerde la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de conformidad con el artículo 49 de la Ley 24/1988 de 28 de julio, la emisión de turbo warrants de SG ISSUER, detallada a continuación, se negociará en el Sistema de Interconexión Bursátil, en el segmento de negociación de Warrants, Certificados y Otros Productos en la modalidad “Otros Productos”. Los Turbo Warrants incorporan un mecanismo de toque de barrera, por el cual, si el precio del activo subyacente toca o sobrepasa un determinado nivel de barrera prefijado en sus mercados de referencia en cualquier momento durante la vida del warrant, vencerán anticipadamente. El toque de barrera determinará la interrupción de la negociación de los warrants por vencimiento anticipado y su baja definitiva del sistema al cierre de mercado de la sesión bursátil coincidente con el toque de barrera. El toque de barrera será comunicado por el emisor al Departamento de Supervisión. Los eventuales cruces de órdenes que hubieran podido producirse tras el vencimiento anticipado de los warrants serán dados de baja por el Departamento de Supervisión.

La citada emisión, se negociará en el Sistema bajo el código detallado a continuación, a partir del día de su incorporación al Sistema de Interconexión Bursátil, previsto para el próximo 14 de Marzo de 2016.

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5 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A partir de dicho día, la contratación de la referida emisión, se desarrollará de acuerdo a las Normas de Funcionamiento del Segmento de Negociación de Warrants, Certificados y Otros Productos en el Sistema de Interconexión Bursátil, y quedará sometida al procedimiento de Supervisión en ellas previsto. Las operaciones bursátiles especiales que pretendan realizarse sobre las citadas emisiones deberán cumplir las normas recogidas en el Real Decreto 1416/1991 y Orden Ministerial de 5 de Diciembre de 1991. La Comisión de Contratación y Supervisión de esta Sociedad de Bolsas, S.A., a la vista de las circunstancias que concurren en la incorporación de las citadas emisiones, aplicará el día de su incorporación, las siguientes medidas: 1.- Tomar como precio de referencia para la fijación del primer precio de cada emisión, el precio de emisión. 2.- Los rangos aplicables a las emisiones que se incorporan serán los recogidos en la Instrucción Operativa número 102/2015 de 6 de Julio de Sociedad de Bolsas. Si las circunstancias del mercado lo aconsejaran, la Comisión de Contratación y Supervisión de la Sociedad de Bolsas, S.A., podrá proceder a aplicar las medidas necesarias para facilitar el normal funcionamiento de la oferta y la demanda.

Código Código ISIN Nombre Corto Precio Títulos Tipo Barrera Tipo

Subasta

57441 LU1327708167 SGI IBX35 8500,0 Call 0616 0,03 1.000.000 TURBO 8500,0 2

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRID

A V I S O

ADMISION A NEGOCIACION DE 102.113 ACCIONES EMITIDAS POR AIRBUS GROUP, S.E. De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, el vigente Reglamento de las Bolsas y el artículo 11 del Real Decreto 726/1989, de 23 de junio, se ha acordado admitir a negociación en esta Bolsa, con efectos a partir del día 14 de marzo de 2016, inclusive, los siguientes valores emitidos por AIRBUS GROUP, S.E., con número de identificación fiscal, sociedad pública de responsabilidad limitada, constituida de conformidad con la legislación de los Paises Bajos, domiciliada en Mendelweg, 30, Países Bajos,2333 CS Leiden, inscrita en la Cámara de Comercio e Industria de Den Haag con el número 24288945: 102.113 acciones, de 1 euro de valor nominal cada una, Código Isin NL0000235190, todas ellas de la misma clase y con plenos derechos políticos y económicos, procedentes del Plan de empleados denominado “Airbus Group 2015 Share Incentive Plan (2015 Airbus Group SIP)”, aprobado por el Consejo de Administración de 26 de febrero de 2015, de conformidad con el acuerdo de la Junta General celebrada el 27 de mayo de 2014. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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6 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRID

A V I S O

ADMISION A NEGOCIACION DE 104.477.612 ACCIONES EMITIDAS POR ARCELORMITTAL De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, el vigente Reglamento de las Bolsas y el artículo 11 del Real Decreto 726/1989, de 23 de junio, se ha acordado admitir a negociación en esta Bolsa, con efectos a partir del día 14 de marzo de 2016, inclusive, los siguientes valores emitidos por ARCELORMITTAL, con domicilio social en 24-26 Bolulevard DÁvranches L-1160, Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo e inscrita en el Registro de sociedades y actividades mercantiles de Luxemburgo con el número B102468: 104.477.612 acciones, código Isin LU0323134006, procedentes de la Ampliación de Capital febrero 2013 combinada de acciones ordinarias y pagarés subordinados obligatoriamente convertibles (MCNs), por un importe total de 455.203.128,04 euros nominales. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE MADRID

A V I S O

ADMISION A NEGOCIACION DE 137.967.116 ACCIONES EMITIDAS POR ARCELORMITTAL De conformidad con lo establecido en el Código de Comercio, el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, el vigente Reglamento de las Bolsas y el artículo 11 del Real Decreto 726/1989, de 23 de junio, se ha acordado admitir a negociación en esta Bolsa, con efectos a partir del día 14 de marzo de 2016, inclusive, los siguientes valores emitidos por ARCELORMITTAL, con domicilio social en 24-26 Bolulevard DÁvranches L-1160, Luxemburgo, Gran Ducado de Luxemburgo e inscrita en el Registro de sociedades y actividades mercantiles de Luxemburgo con el número B102468: 137.967.116 acciones, código Isin LU0323134006, procedentes de la Ampliación de Capital enero 2016 por conversión de Bonos Subordinados Obligatoriamente Convertibles con vencimiento 2016, por un importe total de 570.231.887,14 euros nominales. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

4.532 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Caminos S.A.

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

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7 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

9.262 ACCS IBERDROLA. Entidad Depositaria Caixabank S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

3.300 ACCS TELEFONICA. Entidad Depositaria Deutsche Bank S.A.

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

6.000 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banca March S.A. 12.247 ACCS TELEFONICA. Entidad Depositaria Banca March S.A. 6.177 ACCS IBERDROLA. Entidad Depositaria Banca March S.A. 3.345 ACCS REPSOL. Entidad Depositaria Banca March S.A. 25.500 ACCS BME. Entidad Depositaria Banca March S.A.

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

397.728 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A.

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

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8 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

Constitución de Prenda En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

268.635 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

180.534 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

55.542 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda

En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

4.000 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. 110 ACCS BBVA. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. 727 ACCS IBERDROLA. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. 1.650 ACCS TELEFONICA. Entidad Depositaria Banco Santander S.A.

Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

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9 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

Constitución de Prenda En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

41.177 ACCS TELEFONICA. Entidad Depositaria Bankoa S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

Constitución de Prenda En virtud de lo previsto por la Circular de esta Sociedad Rectora 4/1991 de 3 de Abril, se ha recibido la acreditación de constitución de prenda sobre los siguientes valores:

19.900 ACCS BANCO SANTANDER. Entidad Depositaria Banco Santander S.A. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DE AREA DE MERCADO

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR MAPFRE, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Mapfre, S.A., comunica el siguiente hecho relevante: “MAPFRE informa de que en la Junta General Ordinaria de Accionistas, celebrada el 11 de marzo de 2016, se han aprobado todos y cada uno de los acuerdos cuyos textos íntegros fueron puestos a disposición de los accionistas el 10 de febrero de 2016 con ocasión de la convocatoria de la reunión y comunicados en idéntica fecha mediante hecho relevante n.º 234.760 (CNMV)”. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

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10 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Mediaset España Comunicación S.A., comunica el siguiente hecho relevante: “Se hace público el texto íntegro de la Convocatoria de la Junta General Ordinaria de accionistas, que se reproduce a continuación.

MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A. CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

El Consejo de Administración de MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en Madrid, en el domicilio social, sito en la Carretera de Fuencarral a Alcobendas, nº 4, a las 12:00 horas del día 13 de abril de 2016, en primera convocatoria, o el día 14 de abril de 2016, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para debatir y adoptar los acuerdos sobre el siguiente

ORDEN DEL DIA Primero.- Examen y aprobación de las Cuentas Anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y del Informe de Gestión, tanto de “MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A.”, como de su Grupo Consolidado de Sociedades, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. Segundo.- Aplicación del resultado del ejercicio 2015. Tercero.- Examen y aprobación de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio 2015. Cuarto.- Reducción del capital social de la Compañía mediante la amortización de acciones propias en autocartera. Quinto.- Entrega de acciones de la Sociedad a los Consejeros con funciones ejecutivas y a la Alta Dirección, como parte de la retribución variable que hayan devengado en el ejercicio 2015. Sexto.- Autorización al Consejo de Administración para que, en su caso, pueda establecer un sistema de retribución dirigido a Consejeros Ejecutivos y Directivos del Grupo de Sociedades referenciado al valor de las acciones de la Sociedad. Séptimo.- Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Mediaset España Comunicación, S.A. Octavo.- Autorización al Consejo de Administración para que, en su caso, pueda acordar la adquisición derivativa de acciones propias por parte de la Sociedad en los términos previstos por la legislación vigente, con expresa facultad para aplicarlas a la ejecución de programas retributivos y/o proceder a su enajenación o amortización con reducción de la cifra de capital social; dejando sin efecto, en la cuantía no utilizada, la delegación acordada por las Juntas Generales de ejercicios anteriores. Noveno.- Designación de auditores de cuentas, tanto de “MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A.” como de su grupo consolidado de sociedades. Décimo.- Delegación de facultades para formalizar, interpretar, subsanar y ejecutar los anteriores acuerdos, así como para sustituir las facultades que el Consejo de Administración reciba de la Junta.

COMPLEMENTO DE CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, aquellos accionistas que representen, al menos, un tres por ciento (3%) del capital social podrán: - Solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de la Junta General de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de

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una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. - Presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que deberá recibirse en el domicilio social, a la atención de la Secretaría General, dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación de la presente convocatoria.

DERECHO DE ASISTENCIA Podrán asistir a la Junta General los accionistas titulares de cualquier número de acciones con derecho a voto. Se requiere que los accionistas tengan inscrita la titularidad de las acciones en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco (5) días de antelación a la fecha de celebración de la Junta General y que se provean de la correspondiente Tarjeta de Asistencia-Delegación expedida por la propia Sociedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de los Estatutos Sociales, artículo 7 del Reglamento de la Junta General y 179 de la Ley de Sociedades de Capital. A los efectos de acreditar la identidad del accionista o de quien válidamente lo represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General, se podrá solicitar a los asistentes, junto con la tarjeta de asistencia, los documentos que acrediten la condición de representante del accionista persona jurídica, la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial que haga las veces.

DERECHO DE REPRESENTACIÓN De acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de los Estatutos Sociales, 12 del Reglamento de la Junta General y en la presente convocatoria, los accionistas con derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona aunque no sea accionista. La representación podrá otorgarse cumplimentando el apartado de delegación incluido en la Tarjeta de Asistencia-Delegación o por cualquier otra forma admitida por la Ley. El documento en el que conste la representación deberá contener o llevar anejo el Orden del Día, la identificación del representante, la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas, sujeto en su caso, a lo previsto en la Ley. En caso de no especificarse, se entenderá que la representación ha sido otorgada a favor del Presidente de la Junta. En caso de solicitud pública de representación, el representante no podrá ejercitar el derecho de voto correspondiente a las acciones representadas en aquellos puntos del Orden del Día en los que se encuentre en situación de conflicto de interés, salvo que hubiese recibido del representado instrucciones de voto precisas para cada uno de dichos puntos y sin perjuicio de la posibilidad de designar otro representante para dichos supuestos. Existirá conflicto de interés en los casos establecidos en la legislación aplicable. En cualquier caso, se entenderá que los administradores se encuentran en situación de conflicto de interés en los supuestos recogidos en la Ley de Sociedades de Capital. Salvo mención expresa en contra, cuando los administradores formulen una solicitud pública de representación, el ejercicio de los derechos de voto correspondientes a las acciones representadas será ejercido por el Presidente de la Junta. Salvo mención expresa en contra, se considerará que el representado imparte instrucciones precisas de voto a favor de las propuestas que formule en el Consejo de Administración en cada Junta. La delegación podrá también incluir aquellos puntos que, aun no previstos en el Orden del Día de la convocatoria, sean tratados en la Junta general, considerándose que salvo indicación expresa en contra, el representado imparte instrucciones precisas para que el representante se abstenga. Si la delegación no los incluyera, se entenderá que el accionista representado instruye a su representante para abstenerse en la votación de esos puntos.

DERECHO DE INFORMACIÓN A partir de la publicación de la presente convocatoria y en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, los accionistas podrán examinar en el domicilio social de la Sociedad (sito en Madrid, Carretera de

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12 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

Fuencarral a Alcobendas, nº 4), consultar en la página web de la Sociedad (http://www.inversores.telecinco.es/es/) y/o solicitar la entrega o envío gratuito, a través de la Oficina de Atención del Accionista en el teléfono 91 358 87 17, de copia de los siguientes documentos: 1.- Texto íntegro de las propuestas de acuerdos correspondientes a los puntos del Orden del Día, sometidos por el Consejo de Administración. 2.- Texto íntegro de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión de la Sociedad y su Grupo Consolidado, correspondientes al ejercicio social 2015, así como los respectivos Informes del Auditor de Cuentas. 3.- Informe justificativo del Consejo de Administración relativo a la propuesta de acuerdo consignada en el punto cuarto del Orden del Día: reducción del capital social de la Compañía mediante amortización de acciones propias en autocartera. 4.- Informe Anual sobre remuneraciones de los consejeros de Mediaset España Comunicación, S.A. e Informe de verificación del mismo emitido por una entidad independiente correspondiente al ejercicio 2015. 5.- Informe justificativo del Consejo de Administración relativo a la propuesta de acuerdo consignada en el punto octavo del Orden del Día: Autorización al Consejo de Administración para que, en su caso, pueda acordar la adquisición derivativa de acciones propias por parte de la Sociedad en los términos previstos por la legislación vigente, con expresa facultad para aplicarlas a la ejecución de programas retributivos y/o proceder a su enajenación o amortización con reducción de la cifra de capital social. 6.- Informe Anual de Gobierno Corporativo e Informe de verificación del mismo emitido por una entidad independiente, correspondiente al ejercicio 2015. 7.- Reglas aplicables para la delegación y el voto a través de los medios de comunicación a distancia. 8.- Tarjeta de Asistencia-Delegación. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General, desde el día de publicación de la presente convocatoria y hasta el quinto (5) día anterior al previsto para su celebración, los accionistas podrán solicitar aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de los puntos comprendidos en el Orden del Día o sobre cualquier información pública remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General de Accionistas, el día 15 de abril de 2015 y, acerca del Informe del Auditor.

INSTRUMENTOS ESPECIALES DE INFORMACIÓN De conformidad con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad dispone de una página web (http://www.inversores.telecinco.es/es/) para atender el ejercicio del derecho de información por parte de los accionistas y para difundir la información relevante exigida por la legislación sobre el mercado de valores. En la página web de la Sociedad se habilitará un Foro Electrónico de Accionistas, al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales, como las asociaciones voluntarias que, al amparo de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, puedan constituirse, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta General.

VOTACIÓN Y DELEGACIÓN A TRAVÉS DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA El Consejo de Administración ha decidido, al amparo de lo previsto en los artículos 27 y 33 de los Estatutos Sociales y en los artículos 16 y 26 del Reglamento de la Junta General, autorizar el ejercicio de los derechos de voto y representación mediante los medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta, siempre que cumplan con los requisitos legalmente exigidos y con los previstos en la presente convocatoria. 1. Voto mediante medios de comunicación a distancia: Los accionistas con derecho de voto que no asistan a la Junta General podrán, con carácter previo a su celebración, emitir su voto a través de los siguientes medios de comunicación a distancia: (i) Medios electrónicos:

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Procedimiento: Para emitir el voto a distancia con anterioridad a la celebración de la Junta General mediante comunicación electrónica, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (http://www.inversores.telecinco.es/es/), accediendo al espacio dedicado a la Junta General Ordinaria de Accionistas año 2016, apartado “Delegación y Voto a Distancia”, siguiendo el procedimiento allí establecido. Identificación: Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que ejercita el derecho de voto con anterioridad a la celebración de la Junta mediante comunicación electrónica, son la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste su revocación (ii) o en el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla con uno de los requisitos indicados y se identifique con ella podrá emitir su voto en relación con los puntos del Orden del Día. Requisitos: Serán considerados válidos únicamente los votos emitidos por el accionista y recibidos por la Sociedad dentro del plazo previsto en el apartado 3 siguiente. (ii) Correo postal: Procedimiento: Para la emisión del voto con anterioridad a la celebración de la Junta General mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado “Voto a Distancia” de la Tarjeta de Asistencia-Delegación emitida por la Sociedad. Una vez que la Tarjeta haya sido cumplimentada y firmada el envío de la misma, podrá realizarse en los modos que se indican a continuación: a. Mediante correo postal a la atención de “MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A.”, Secretaría General, (Junta General Ordinaria de Accionistas 2016), Carretera de Fuencarral a Alcobendas, nº 4, 28049 Madrid. b. Mediante el sobre “franqueo en destino” que, en su caso, acompañe a la Tarjeta. c. Mediante entrega en mano en la dirección antes indicada. Requisitos: Serán considerados válidos únicamente los votos remitidos por el accionista y recibidos por la Sociedad dentro del plazo previsto en el apartado 3 siguiente. 2. - Delegación mediante medios de comunicación a distancia: Los accionistas de la Sociedad con derecho de voto que no asistan a la Junta General podrán, con carácter previo a su celebración, conferir su representación a través de los siguientes medios de comunicación a distancia: (i) Medios electrónicos: Procedimiento: Para conferir su representación con anterioridad a la celebración de Junta General mediante comunicación electrónica, los accionistas deberán hacerlo a través de la página web de la Sociedad (http://www.inversores.telecinco.es/es/) accediendo al espacio dedicado a Junta General Ordinaria de Accionistas año 2016, apartado “Delegación y Voto a Distancia”, siguiendo el procedimiento allí establecido. Identificación: Las garantías que, al amparo de lo previsto en el artículo 26 del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración estima adecuadas para asegurar la autenticidad e identificación del accionista que otorgue su representación con anterioridad a la celebración de la Junta mediante comunicación electrónica a distancia son la firma electrónica reconocida y la firma electrónica avanzada, en los términos previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, siempre que estén basadas en (i) el Certificado Electrónico de Usuario emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, respecto al cual no conste

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14 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

su revocación (ii) o en el certificado electrónico reconocido incorporado al Documento Nacional de Identidad electrónico emitido de conformidad con el Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica. Todo accionista que disponga de una firma electrónica que cumpla con uno de los requisitos indicados y se identifique con ella podrá otorgar su representación a través de los medios electrónicos de comunicación a distancia. Requisitos: Serán consideradas válidas únicamente las representaciones conferidas por el accionista y recibidas por la Sociedad dentro del plazo previsto en el apartado 3 siguiente. El accionista que otorgue su representación por medios electrónicos se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida para su aceptación. La aceptación de la delegación se entenderá realizada cuando el representante se identifique mediante su documento nacional de identidad o pasaporte en el día y lugar de celebración de la Junta, dentro de las dos horas anteriores a su celebración, con el fin de que el personal encargado del registro de accionistas pueda comprobar la delegación conferida, acompañando, en su caso, copia de dicha delegación electrónica. Cuando la representación se confiera al Presidente de la Junta la comunicación y aceptación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad de dicha delegación electrónica en forma y plazo. El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la Junta. (ii) Correo postal: Procedimiento: Para el otorgamiento de la representación con anterioridad a la celebración de la Junta mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado “Delegación” de la Tarjeta Asistencia-Delegación emitida por la Sociedad. Si delega la representación en el Presidente de la Junta, el accionista deberá enviar al domicilio social la Tarjeta de Asistencia-Delegación debidamente cumplimentada y firmada. Si delega la representación en un tercero, deberá enviar al domicilio social fotocopia de la Tarjeta de Asistencia-Delegación debidamente cumplimentada y firmada. Una vez que la Tarjeta haya sido cumplimentada y firmada el envío del original o de la fotocopia, en su caso, podrá realizarse en los modos que se indican a continuación: a. Mediante correo postal a la dirección “MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A.” (Junta General Ordinaria de Accionistas 2016), Carretera de Fuencarral a Alcobendas, nº 4, 28049 Madrid. b. Mediante el sobre “franqueo en destino” que, en su caso, acompañe a la Tarjeta. c. Mediante entrega en la dirección antes indicada. Requisitos: Serán consideradas válidas únicamente las representaciones conferidas por el accionista y recibidas por la Sociedad dentro del plazo previsto en el apartado 3 siguiente. El accionista que otorgue su representación por correo postal se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida para su aceptación. La aceptación de la delegación se entenderá realizada cuando el representante se identifique mediante su documento nacional de identidad o pasaporte en el día y lugar de celebración de la Junta, dentro de las dos horas anteriores a su celebración, con el fin de que el personal encargado del registro de accionistas pueda comprobar la delegación conferida, acompañando original de dicha delegación. Cuando la representación se confiera al Presidente de la Junta, esta comunicación se entenderá realizada mediante la recepción por la Sociedad del original de la Tarjeta. El representante sólo podrá ejercer el voto de su representado asistiendo personalmente a la Junta. 3. Plazo para el ejercicio de los derechos de voto y representación por medios de comunicación a distancia: Para su validez, tanto las delegaciones conferidas como los votos emitidos con anterioridad a la celebración de la Junta General por medios de comunicación a distancia (ya sean mediante medios electrónicos o

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correo postal) deberán recibirse por la Sociedad en el domicilio social o a través de su página web, en su caso, antes de las 24 horas del día 12 de Abril de 2016. En caso contrario, la delegación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido.

REGLAS COMUNES AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y DE VOTO POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA.

1.- Prioridades entre delegación/voto por medios de comunicación a distancia y asistencia física a la Junta General: (a) La asistencia personal a la Junta General del accionista que hubiera delegado o votado por medios de comunicación a distancia con carácter previo a su celebración, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, dejará sin efecto dicha delegación o voto. (b) Asimismo, el voto, sea cual fuere el medio utilizado para su emisión, hará ineficaz cualquier delegación por medios de comunicación a distancia, ya sea anterior, que se tendrá por revocada, o posterior, que se tendrá por no efectuada. 2. En el caso en que un accionista realice válidamente varias delegaciones por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta, prevalecerá la última recibida por la Sociedad. 3. En el caso en que un accionista emita varios votos a través de los medios de comunicación a distancia respecto de los mismos puntos del Orden del Día prevalecerá el último voto que haya sido recibido por la Sociedad, quedando invalidados los recibidos en fecha anterior. 4. En caso de emplear medios electrónicos para la emisión del voto o el otorgamiento de la representación con carácter previo a la celebración de la Junta General, sólo cabrá una actuación electrónica para cada tipo de operación (una votación o una delegación). 5. Tanto la emisión del voto como la delegación emitidos por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta General quedarán sin efecto por la enajenación de las acciones que confieren el derecho de asistencia. Es responsabilidad exclusiva del accionista la custodia de su firma electrónica para votar o delegar a través de los medios electrónicos. 6. Los accionistas personas jurídicas y los no residentes en España deberán consultar a la Oficina de Atención del Accionista para examinar la posibilidad de, en su caso, adaptar a sus peculiaridades, los mecanismos de voto y delegación a través de los medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la Junta General. Asimismo, en caso de que el accionista sea persona jurídica deberá notificar de forma fehaciente a la Sociedad cualquier modificación o revocación en las facultades que ostente su representante, declinando la Sociedad cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación. 7. La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de voto y delegación por medios electrónicos cuando razones técnicas o de seguridad así lo demanden. 8. La Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse al accionista derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión, mal funcionamiento del servicio de correos o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a su voluntad, que impidan la utilización de los mecanismos de voto y delegación a través de los medios de comunicación a distancia. Para cualquier aclaración sobre la entrega de documentación y cualquier otro extremo referente a esta convocatoria, los accionistas pueden dirigirse al domicilio social, sito en Madrid, Carretera de Fuencarral a Alcobendas, n° 4 (Departamento Relaciones Inversores) o llamar a la Oficina de Atención del Accionista, en el teléfono 91 358 87 17.

PRESENCIA DE NOTARIO En aplicación de lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y el Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha acordado requerir la intervención de un Notario para que levante Acta de la reunión.

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PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Los datos de carácter personal que los accionistas faciliten a la Sociedad para el ejercicio o delegación de sus derechos de asistencia y voto en la Junta General o que sean facilitados a estos efectos por las entidades bancarias y sociedades y agencias de valores en las que dichos accionistas tengan depositadas o custodiadas sus acciones, serán tratados por la Sociedad con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General de Accionistas. A estos efectos, los datos se incorporarán a ficheros cuyo responsable es “MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION, S.A. El titular de los datos tendrá, en todo caso y cuando resulte legalmente procedente, derecho de acceso, rectificación, oposición o cancelación de los datos recogidos por la Sociedad. Dichos derechos podrán ser ejercidos, en los términos y cumpliendo los requisitos establecidos al efecto en la legislación vigente, dirigiendo un escrito a la Sociedad, Carretera de Fuencarral a Alcobendas, n° 4 (28049 Madrid). En caso de que en la tarjeta de asistencia o delegación el accionista incluya datos de carácter personal referentes a otras personas físicas, el titular deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la Sociedad, sin que la Sociedad deba realizar ninguna actuación adicional.

INFORMACIÓN GENERAL

La Junta General se celebrará previsiblemente en primera convocatoria.

Las Tarjetas de Asistencia-Delegación sólo serán emitidas por la Sociedad.

No habrá prima por asistencia a la Junta General ni obsequio. En Madrid, a 11 de marzo de 2016. El Secretario del Consejo de Administración, D. Mario Rodríguez Valderas.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., comunica el siguiente hecho relevante:

ACUERDOS ADOPTADOS POR LA

Junta General de Accionistas de

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.,

Que se ha celebrado hoy, día 11 de marzo de 2016

Se acompaña a la presente comunicación el texto íntegro de los acuerdos adoptados:

ACUERDOS SOBRE EL PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA 1.1. Aprobar, en los términos que se recogen en la documentación legal, las cuentas anuales e informe de gestión de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2015, así como las cuentas anuales e informe de gestión consolidados del Grupo Banco Bilbao Vizcaya Argentaria correspondientes al mismo ejercicio.

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17 viernes, 11 de marzo de 2016 Friday, March 11, 2016

Facultar al Presidente, D. Francisco González Rodríguez, y al Secretario General y del Consejo, D. Domingo Armengol Calvo, indistintamente y con facultades de sustitución, para efectuar el depósito de las cuentas anuales, informes de gestión e informes de auditoría, individuales y consolidados, correspondientes al Banco y a su Grupo, así como para expedir los certificados correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 279 de la Ley de Sociedades de Capital y 366 del Reglamento del Registro Mercantil. 1.2. Aprobar la propuesta de aplicación del resultado de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. correspondiente al ejercicio de 2015 por importe de 2.863.610.105,77€ (dos mil ochocientos sesenta y tres millones seiscientos diez mil ciento cinco euros con setenta y siete céntimos de euro), en los siguientes términos: - La cantidad de 19.143.430,05€ (diecinueve millones ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta euros con cinco céntimos de euro) a la dotación de la reserva legal. - La cantidad de 1.013.753.450,40€ (mil trece millones setecientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cincuenta euros con cuarenta céntimos de euro) al pago de dividendos, que ya han sido satisfechos en su integridad con anterioridad a esta Junta General de Accionistas como cantidades a cuenta de los dividendos del ejercicio, conforme a los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración del Banco en sus reuniones de fecha 1 de julio y 22 de diciembre de 2015. A este respecto, se acuerda ratificar en todo lo necesario los mencionados acuerdos del Consejo de Administración del Banco por los que se aprobó la distribución de cantidades a cuenta del dividendo del ejercicio 2015. - La cantidad de 130.587.153,42€ (ciento treinta millones quinientos ochenta y siete mil ciento cincuenta y tres euros con cuarenta y dos céntimos de euro) al pago en efectivo derivado de la adquisición por el Banco de los derechos de asignación gratuita de los accionistas que así lo solicitaron en las ampliaciones de capital con cargo a reservas acordadas en ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas celebrada el 13 de marzo de 2015, en los apartados 4°.1 y 4°.2 del punto cuarto del orden del día, para la implantación del sistema de retribución al accionista denominado “Dividendo Opción”. - La cantidad de 211.927.256,71€ (doscientos once millones novecientos veintisiete mil doscientos cincuenta y seis euros con setenta y un céntimos de euro) al pago correspondiente a la remuneración de los instrumentos de Capital de Nivel 1 Adicional emitidos en mayo de 2013, febrero de 2014 y febrero de 2015 realizado durante el ejercicio 2015. - El resto del resultado, esto es, la cantidad de 1.488.198.815,19€ (mil cuatrocientos ochenta y ocho millones ciento noventa y ocho mil ochocientos quince euros con diecinueve céntimos de euro), a la dotación de reservas voluntarias de la Sociedad. 1.3. Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. correspondiente al ejercicio social 2015.

ACUERDOS SOBRE EL SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA En este punto del orden del día, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos, la Junta General ha aprobado la reelección, por el período estatutario, de D. Francisco González Rodríguez, como miembro del Consejo de Administración, en su condición de consejero ejecutivo. También ha sido aprobada por la Junta General, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos, la ratificación del acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en su reunión celebrada el día 4 de mayo de 2015, por el que se designó por cooptación a D. Carlos Torres Vila miembro del Consejo de Administración del Banco, con la condición de consejero ejecutivo; y su nombramiento, por el período estatutario, como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero ejecutivo. Finalmente, siguiendo la propuesta realizada al Consejo de Administración por la Comisión de Nombramientos, la Junta General ha aprobado el nombramiento, por el período estatutario, de D. James Andrew Stott y D. Sunir Kumar Kapoor, como nuevos vocales del Consejo de Administración, con la condición de consejeros independientes, en las vacantes de los cargos de don Ramón Bustamante y de la Mora y de don Ignacio Ferrero Jordi que se han producido en esta Junta General. Todas las reelecciones y nombramientos aprobados cuentan con el informe justificativo del Consejo de

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Administración establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital y, en el caso de la propuesta de reelección del Sr. González Rodríguez y la propuesta de ratificación y nombramiento del Sr. Torres Vila, con el informe favorable de la Comisión de Nombramientos. Estos informes se han puesto a disposición de los accionistas desde la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General. En consecuencia, la Junta General ha adoptado los siguientes acuerdos: 2.1. Reelegir como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero ejecutivo, por el período estatutario de tres años, a D. Francisco González Rodríguez, mayor de edad, casado, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en la calle Azul n° 4, de Madrid. 2.2. Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en su reunión celebrada el día 4 de mayo de 2015, por el que se designó por cooptación a D. Carlos Torres Vila, mayor de edad, casado, de nacionalidad española y con domicilio a estos efectos en la calle Azul n° 4, de Madrid, como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero ejecutivo; y nombrarle como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero ejecutivo, por el período estatutario de tres años. 2.3. Nombrar como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero independiente, por el período estatutario de tres años, a D. James Andrew Stott, mayor de edad, casado, de nacionalidad británica, con domicilio a estos efectos en calle Azul n° 4, de Madrid y con N.I.E. vigente n° X0269318B. 2.4. Nombrar como miembro del Consejo de Administración, con la condición de consejero independiente, por el período estatutario de tres años, a D. Sunir Kumar Kapoor mayor de edad, casado, de nacionalidad estadounidense, con domicilio a estos efectos en calle Azul n° 4, de Madrid y con Pasaporte vigente n° 469334505. Conforme a lo dispuesto en el párrafo 2° del artículo 34 de los Estatutos Sociales, establecer en 15 el número de consejeros integrantes del Consejo de Administración de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A.

ACUERDOS SOBRE EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA 3.1 Aumento de capital social mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de 0,49€ de valor nominal cada una, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas voluntarias. Previsión de suscripción incompleta. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita a un precio fijo garantizado. Solicitud de admisión a negociación. Delegación de facultades en el Consejo de Administración. 1. Aumento de capital social con cargo a reservas.- Se acuerda aumentar el capital social de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (“BBVA”, la “Sociedad” o el “Banco”), con cargo a reservas voluntarias en un importe igual al resultado de multiplicar (a) el número determinable de acciones nuevas a emitir que resulte de la fórmula que se indica a continuación por (b) 0,49€ (equivalente al valor nominal de una acción ordinaria de BBVA). El aumento de capital se realizará mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, que serán de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 0,49€ de valor nominal cada una de ellas, representadas por medio de anotaciones en cuenta, para su asignación gratuita a los accionistas del Banco. Se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital conforme a lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de producirse dicha suscripción incompleta, el capital social se aumentará en la cuantía que corresponda. El número de acciones ordinarias nuevas a emitir será el resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente inferior:

NAA / NDA

Donde: NAA (número de acciones antiguas) es el número total de acciones en las que se divide el capital social de BBVA en la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital; y NDA (número de derechos de asignación) es el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva, que será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente superior:

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NDA = PR x NAA / VMR

Donde: PR (precio de referencia) es el precio de cotización de referencia de las acciones de BBVA a efectos del presente aumento de capital, que será igual a la media aritmética de los precios medios ponderados de la acción de BBVA en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo) en las cinco (5) sesiones bursátiles anteriores a la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. En ningún caso, PR podrá ser inferior al valor nominal de las acciones de la Sociedad, de tal forma que si el resultado de dicho cálculo fuese inferior a 0,49€ por acción, PR será igual a 0,49€. VMR es el valor de mercado de referencia máximo del aumento de capital, que no podrá superar la cifra de 900 millones de euros. 2. Balance de referencia.- A los efectos de lo previsto en el artículo 303 de la Ley de Sociedades de Capital, el balance que sirve de base a la operación es el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015, debidamente auditado por el auditor de cuentas del Banco, y aprobado por esta Junta General Ordinaria de Accionistas en el primer punto del orden del día. 3. Reservas utilizadas.- El aumento de capital se realizará íntegramente con cargo a reservas voluntarias, cuyo importe a 31 de diciembre de 2015 ascendía a 6.970.821.339,21 euros. 4. Derecho de asignación gratuita.- Cada acción de la Sociedad otorgará un derecho de asignación gratuita. Será necesario un número de derechos de asignación gratuita igual a NDA para recibir una acción nueva. A los efectos de que todos los derechos de asignación gratuita sean efectivamente ejercitables y el número de acciones nuevas sea un número entero, BBVA o una entidad de su Grupo renunciará al número de sus derechos de asignación gratuita que corresponda. 5. Asignación y transmisibilidad de los derechos de asignación gratuita.- Los derechos de asignación gratuita se asignarán a quienes se encuentren legitimados para ello de acuerdo con la normativa aplicable, al término del día de la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven y podrán ser negociados en el mercado durante el plazo que se determine de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas se mantendrán en depósito a disposición de quienes puedan acreditar su legítima titularidad. Transcurridos tres años, las acciones nuevas que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta se mantendrá a disposición de los interesados en la forma establecida por la legislación aplicable. 6. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita.- BBVA se comprometerá a adquirir los derechos de asignación gratuita, cumpliendo las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación, exclusivamente a quienes les hayan sido asignados originalmente y únicamente en relación con los derechos inicialmente asignados, no siendo posible ejercitar el compromiso de adquisición respecto de los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en el mercado. El precio por el que se comprometerá BBVA a adquirir cada derecho de asignación gratuita será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior:

PR / (NDA + 1)

El compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita por parte de BBVA al precio resultante

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de la fórmula anterior estará vigente y podrá ser ejercitado por quienes se encuentren legitimados para ello durante el plazo que se determine, dentro del periodo de negociación de dichos derechos. A tal efecto, se acuerda autorizar al Banco para adquirir tales derechos de asignación gratuita, con el límite máximo del total de los derechos que se emitan, debiendo cumplir con las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación. 7. Representación y derechos de las acciones nuevas.- Las acciones nuevas estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), que ejerce esta función junto con sus entidades participantes. Las acciones nuevas conferirán a sus titulares los mismos derechos que las restantes acciones ordinarias de BBVA. 8. Admisión a negociación.- Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), así como realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios o convenientes y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes de las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión (actualmente, Londres y México y, a través de ADSs (American Depository Shares), en la Bolsa de Nueva York, así como en la Bolsa de Lima, en virtud del acuerdo de intercambio existente entre ambos mercados), para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, haciéndose constar expresamente el sometimiento de BBVA a las normas que existan o puedan dictarse en materia bursátil y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial. Se hace constar expresamente, a los efectos legales oportunos, que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de BBVA, ésta se adoptará con las formalidades requeridas por la normativa aplicable y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas que se opongan o no voten el acuerdo de exclusión, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, en la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones aplicables. 9. Ejecución del acuerdo y delegación de facultades.- Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, autorizándole para delegar a su vez en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto, la cual se determinará, con observancia de las previsiones contenidas en este acuerdo, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del presente acuerdo, y para dar la nueva redacción que proceda a los Estatutos Sociales en cuanto a la nueva cifra de capital social y al número de acciones en que éste se divida. Conforme a lo previsto en el citado artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración podrá abstenerse de ejecutar el presente aumento de capital en consideración a las condiciones del mercado, del propio Banco o de algún hecho o acontecimiento con transcendencia social o económica que aconsejen tal decisión, informando de ello en la primera Junta General de Accionistas que se celebre una vez transcurrido el plazo fijado para su ejecución. Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, también de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, autorizándole igualmente para delegar en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo y en especial, sin carácter exhaustivo y sin que suponga limitación o restricción alguna, se delegan las facultades precisas para: i) Determinar el importe del aumento de capital, el número de acciones nuevas, el valor de mercado de referencia (que será, como máximo, de 900 millones de euros) y el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva; todo ello de conformidad con lo previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo. ii) Determinar la concreta cuenta o subcuentas de reservas voluntarias con cargo a las cuales se efectuará el aumento de capital.

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iii) Establecer la duración del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita de conformidad con el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. iv) Fijar, dentro del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita que se establezca, el plazo durante el cual estará vigente y podrá ser ejercitado, en los términos indicados anteriormente, el compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita. v) Renunciar al número de derechos de asignación gratuita que sea necesario para cuadrar la proporción de asignación de las acciones nuevas, a los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en virtud del compromiso de adquisición y a cualesquiera otros derechos de asignación gratuita a los que sea necesario o conveniente renunciar. vi) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital una vez finalizado el referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, determinando, en su caso, la suscripción incompleta y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital. vii) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente relativa a la emisión y admisión a negociación de las acciones nuevas y los derechos de asignación gratuita ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores o cualquier otra autoridad u organismo nacional o extranjero competente, asumiendo la responsabilidad del contenido de dicha documentación, así como redactar, suscribir y presentar cuanta información adicional, suplementos o documentación complementaria sea requerida o precisa, pudiendo solicitar su verificación y registro. viii) Realizar cualquier actuación, declaración o gestión ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España, el Banco Central Europeo, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas, IBERCLEAR y cualquier otro organismo o entidad o registro público o privado, nacional o extranjero, para obtener, cuando fuere necesario o conveniente, la autorización, verificación y ejecución de la emisión, así como la admisión a negociación de las acciones nuevas. ix) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto. x) Redactar, suscribir, otorgar y, en su caso, certificar, cualquier tipo de documento relativo al aumento de capital, incluyendo sin limitación alguna, cuantos documentos públicos y privados se requieran. xi) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente así como realizar todos los actos o trámites que sean necesarios o convenientes para que las nuevas acciones objeto del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de IBERCLEAR y de sus entidades participantes y sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), y en las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión. xii) Y realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes para llevar a cabo la ejecución y formalización del aumento de capital, ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. 3.2 Aumento de capital social mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de 0,49€ de valor nominal cada una, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas voluntarias. Previsión de suscripción incompleta. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita a un precio fijo garantizado. Solicitud de admisión a negociación. Delegación de facultades en el Consejo de Administración. 1. Aumento de capital social con cargo a reservas.- Se acuerda aumentar el capital social de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (“BBVA”, la “Sociedad” o el “Banco”), con cargo a reservas voluntarias en un importe igual al resultado de multiplicar (a) el número determinable de acciones nuevas a emitir que resulte de la fórmula que se indica a continuación por (b) 0,49€ (equivalente al valor nominal de una acción ordinaria de BBVA). El aumento de capital se realizará mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, que serán de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 0,49€ de valor nominal cada una de ellas, representadas por medio de anotaciones en cuenta, para su asignación gratuita a los accionistas del Banco.

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Se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital conforme a lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de producirse dicha suscripción incompleta, el capital social se aumentará en la cuantía que corresponda. El número de acciones ordinarias nuevas a emitir será el resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente inferior:

NAA / NDA

Donde: NAA (número de acciones antiguas) es el número total de acciones en las que se divide el capital social de BBVA en la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital; y NDA (número de derechos de asignación) es el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva, que será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente superior:

NDA = PR x NAA / VMR

Donde: PR (precio de referencia) es el precio de cotización de referencia de las acciones de BBVA a efectos del presente aumento de capital, que será igual a la media aritmética de los precios medios ponderados de la acción de BBVA en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo) en las cinco (5) sesiones bursátiles anteriores a la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. En ningún caso, PR podrá ser inferior al valor nominal de las acciones de la Sociedad, de tal forma que si el resultado de dicho cálculo fuese inferior a 0,49€ por acción, PR será igual a 0,49€. VMR es el valor de mercado de referencia máximo del aumento de capital, que no podrá superar la cifra de 700 millones de euros. 2. Balance de referencia.- A los efectos de lo previsto en el artículo 303 de la Ley de Sociedades de Capital, el balance que sirve de base a la operación es el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015, debidamente auditado por el auditor de cuentas del Banco, y aprobado por esta Junta General Ordinaria de Accionistas en el primer punto del orden del día. 3. Reservas utilizadas.- El aumento de capital se realizará íntegramente con cargo a reservas voluntarias, cuyo importe a 31 de diciembre de 2015 ascendía a 6.970.821.339,21 euros. 4. Derecho de asignación gratuita.- Cada acción de la Sociedad otorgará un derecho de asignación gratuita. Será necesario un número de derechos de asignación gratuita igual a NDA para recibir una acción nueva. A los efectos de que todos los derechos de asignación gratuita sean efectivamente ejercitables y el número de acciones nuevas sea un número entero, BBVA o una entidad de su Grupo renunciará al número de sus derechos de asignación gratuita que corresponda. 5. Asignación y transmisibilidad de los derechos de asignación gratuita.- Los derechos de asignación gratuita se asignarán a quienes se encuentren legitimados para ello de acuerdo con la normativa aplicable, al término del día de la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven y podrán ser negociados en el mercado durante el plazo que se determine de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas se mantendrán en depósito a disposición de quienes puedan acreditar su legítima titularidad. Transcurridos tres años, las acciones nuevas que aún se hallaren pendientes de

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asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta se mantendrá a disposición de los interesados en la forma establecida por la legislación aplicable. 6. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita.- BBVA se comprometerá a adquirir los derechos de asignación gratuita, cumpliendo las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación, exclusivamente a quienes les hayan sido asignados originalmente y únicamente en relación con los derechos inicialmente asignados, no siendo posible ejercitar el compromiso de adquisición respecto de los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en el mercado. El precio por el que se comprometerá BBVA a adquirir cada derecho de asignación gratuita será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior:

PR / (NDA + 1)

El compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita por parte de BBVA al precio resultante de la fórmula anterior estará vigente y podrá ser ejercitado por quienes se encuentren legitimados para ello durante el plazo que se determine, dentro del periodo de negociación de dichos derechos. A tal efecto, se acuerda autorizar al Banco para adquirir tales derechos de asignación gratuita, con el límite máximo del total de los derechos que se emitan, debiendo cumplir con las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación. 7. Representación y derechos de las acciones nuevas.- Las acciones nuevas estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), que ejerce esta función junto con sus entidades participantes. Las acciones nuevas conferirán a sus titulares los mismos derechos que las restantes acciones ordinarias de BBVA. 8. Admisión a negociación.- Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), así como realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios o convenientes y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes de las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión (actualmente, Londres y México y, a través de ADSs (American Depository Shares), en la Bolsa de Nueva York, así como en la Bolsa de Lima, en virtud del acuerdo de intercambio existente entre ambos mercados), para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, haciéndose constar expresamente el sometimiento de BBVA a las normas que existan o puedan dictarse en materia bursátil y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial. Se hace constar expresamente, a los efectos legales oportunos, que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de BBVA, ésta se adoptará con las formalidades requeridas por la normativa aplicable y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas que se opongan o no voten el acuerdo de exclusión, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, en la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones aplicables. 9. Ejecución del acuerdo y delegación de facultades.- Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, autorizándole para delegar a su vez en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto, la cual se determinará, con observancia de las previsiones contenidas en este acuerdo, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del presente acuerdo, y para dar la nueva redacción que proceda a los Estatutos Sociales en cuanto a la nueva cifra de capital social y al número de acciones en que éste se divida. Conforme a lo previsto en el citado artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración podrá abstenerse de ejecutar el presente aumento de capital en consideración a las condiciones del mercado, del propio Banco o de algún hecho o acontecimiento con transcendencia social o económica que

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aconsejen tal decisión, informando de ello en la primera Junta General de Accionistas que se celebre una vez transcurrido el plazo fijado para su ejecución. Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, también de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, autorizándole igualmente para delegar en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo y en especial, sin carácter exhaustivo y sin que suponga limitación o restricción alguna, se delegan las facultades precisas para:

i) Determinar el importe del aumento de capital, el número de acciones nuevas, el valor de mercado de referencia (que será, como máximo, de 700 millones de euros) y el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva; todo ello de conformidad con lo previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo. ii) Determinar la concreta cuenta o subcuentas de reservas voluntarias con cargo a las cuales se efectuará el aumento de capital. iii) Establecer la duración del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita de conformidad con el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. iv) Fijar, dentro del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita que se establezca, el plazo durante el cual estará vigente y podrá ser ejercitado, en los términos indicados anteriormente, el compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita. v) Renunciar al número de derechos de asignación gratuita que sea necesario para cuadrar la proporción de asignación de las acciones nuevas, a los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en virtud del compromiso de adquisición y a cualesquiera otros derechos de asignación gratuita a los que sea necesario o conveniente renunciar. vi) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital una vez finalizado el referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, determinando, en su caso, la suscripción incompleta y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital. vii) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente relativa a la emisión y admisión a negociación de las acciones nuevas y los derechos de asignación gratuita ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores o cualquier otra autoridad u organismo nacional o extranjero competente, asumiendo la responsabilidad del contenido de dicha documentación, así como redactar, suscribir y presentar cuanta información adicional, suplementos o documentación complementaria sea requerida o precisa, pudiendo solicitar su verificación y registro. viii) Realizar cualquier actuación, declaración o gestión ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España, el Banco Central Europeo, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas, IBERCLEAR y cualquier otro organismo o entidad o registro público o privado, nacional o extranjero, para obtener, cuando fuere necesario o conveniente, la autorización, verificación y ejecución de la emisión, así como la admisión a negociación de las acciones nuevas. ix) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto.

x) Redactar, suscribir, otorgar y, en su caso, certificar, cualquier tipo de documento relativo al aumento de capital, incluyendo sin limitación alguna, cuantos documentos públicos y privados se requieran. xi) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente así como realizar todos los actos o trámites que sean necesarios o convenientes para que las nuevas acciones objeto del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de IBERCLEAR y de sus entidades participantes y sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), y en las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión. xii) Y realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes para llevar a cabo la ejecución y formalización del aumento de capital, ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados,

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españoles o extranjeros, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. 3.3 Aumento de capital social mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de 0,49€ de valor nominal cada una, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas voluntarias. Previsión de suscripción incompleta. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita a un precio fijo garantizado. Solicitud de admisión a negociación. Delegación de facultades en el Consejo de Administración. 1. Aumento de capital social con cargo a reservas.- Se acuerda aumentar el capital social de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (“BBVA”, la “Sociedad” o el “Banco”), con cargo a reservas voluntarias en un importe igual al resultado de multiplicar (a) el número determinable de acciones nuevas a emitir que resulte de la fórmula que se indica a continuación por (b) 0,49€ (equivalente al valor nominal de una acción ordinaria de BBVA). El aumento de capital se realizará mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, que serán de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 0,49€ de valor nominal cada una de ellas, representadas por medio de anotaciones en cuenta, para su asignación gratuita a los accionistas del Banco. Se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital conforme a lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de producirse dicha suscripción incompleta, el capital social se aumentará en la cuantía que corresponda. El número de acciones ordinarias nuevas a emitir será el resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente inferior:

NAA / NDA

Donde: NAA (número de acciones antiguas) es el número total de acciones en las que se divide el capital social de BBVA en la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital; y NDA (número de derechos de asignación) es el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva, que será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente superior:

NDA = PR x NAA / VMR

Donde: PR (precio de referencia) es el precio de cotización de referencia de las acciones de BBVA a efectos del presente aumento de capital, que será igual a la media aritmética de los precios medios ponderados de la acción de BBVA en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo) en las cinco (5) sesiones bursátiles anteriores a la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. En ningún caso, PR podrá ser inferior al valor nominal de las acciones de la Sociedad, de tal forma que si el resultado de dicho cálculo fuese inferior a 0,49€ por acción, PR será igual a 0,49€. VMR es el valor de mercado de referencia máximo del aumento de capital, que no podrá superar la cifra de 700 millones de euros. 2. Balance de referencia.- A los efectos de lo previsto en el artículo 303 de la Ley de Sociedades de Capital, el balance que sirve de base a la operación es el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015, debidamente auditado por el auditor de cuentas del Banco, y aprobado por esta Junta General Ordinaria de Accionistas en el primer punto del orden del día. 3. Reservas utilizadas.- El aumento de capital se realizará íntegramente con cargo a reservas voluntarias, cuyo importe a 31 de diciembre de 2015 ascendía a 6.970.821.339,21 euros. 4. Derecho de asignación gratuita.- Cada acción de la Sociedad otorgará un derecho de asignación gratuita.

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Será necesario un número de derechos de asignación gratuita igual a NDA para recibir una acción nueva. A los efectos de que todos los derechos de asignación gratuita sean efectivamente ejercitables y el número de acciones nuevas sea un número entero, BBVA o una entidad de su Grupo renunciará al número de sus derechos de asignación gratuita que corresponda. 5. Asignación y transmisibilidad de los derechos de asignación gratuita.- Los derechos de asignación gratuita se asignarán a quienes se encuentren legitimados para ello de acuerdo con la normativa aplicable, al término del día de la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven y podrán ser negociados en el mercado durante el plazo que se determine de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas se mantendrán en depósito a disposición de quienes puedan acreditar su legítima titularidad. Transcurridos tres años, las acciones nuevas que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta se mantendrá a disposición de los interesados en la forma establecida por la legislación aplicable. 6. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita.- BBVA se comprometerá a adquirir los derechos de asignación gratuita, cumpliendo las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación, exclusivamente a quienes les hayan sido asignados originalmente y únicamente en relación con los derechos inicialmente asignados, no siendo posible ejercitar el compromiso de adquisición respecto de los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en el mercado. El precio por el que se comprometerá BBVA a adquirir cada derecho de asignación gratuita será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior:

PR / (NDA + 1)

El compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita por parte de BBVA al precio resultante de la fórmula anterior estará vigente y podrá ser ejercitado por quienes se encuentren legitimados para ello durante el plazo que se determine, dentro del periodo de negociación de dichos derechos. A tal efecto, se acuerda autorizar al Banco para adquirir tales derechos de asignación gratuita, con el límite máximo del total de los derechos que se emitan, debiendo cumplir con las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación. 7. Representación y derechos de las acciones nuevas.- Las acciones nuevas estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), que ejerce esta función junto con sus entidades participantes. Las acciones nuevas conferirán a sus titulares los mismos derechos que las restantes acciones ordinarias de BBVA. 8. Admisión a negociación.- Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), así como realizar los trámites y actuaciones que sean necesarios o convenientes y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes de las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión (actualmente, Londres y México y, a través de ADSs (American Depository Shares), en la Bolsa de Nueva York, así como en la Bolsa de Lima, en virtud del acuerdo de intercambio existente entre ambos mercados), para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, haciéndose constar expresamente el sometimiento de BBVA a las normas que existan o puedan dictarse en materia bursátil y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial. Se hace constar expresamente, a los efectos legales oportunos, que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de BBVA, ésta se adoptará con las

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formalidades requeridas por la normativa aplicable y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas que se opongan o no voten el acuerdo de exclusión, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, en la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones aplicables. 9. Ejecución del acuerdo y delegación de facultades.- Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, autorizándole para delegar a su vez en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto, la cual se determinará, con observancia de las previsiones contenidas en este acuerdo, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del presente acuerdo, y para dar la nueva redacción que proceda a los Estatutos Sociales en cuanto a la nueva cifra de capital social y al número de acciones en que éste se divida. Conforme a lo previsto en el citado artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración podrá abstenerse de ejecutar el presente aumento de capital en consideración a las condiciones del mercado, del propio Banco o de algún hecho o acontecimiento con transcendencia social o económica que aconsejen tal decisión, informando de ello en la primera Junta General de Accionistas que se celebre una vez transcurrido el plazo fijado para su ejecución. Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, también de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, autorizándole igualmente para delegar en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo y en especial, sin carácter exhaustivo y sin que suponga limitación o restricción alguna, se delegan las facultades precisas para: i) Determinar el importe del aumento de capital, el número de acciones nuevas, el valor de mercado de referencia (que será, como máximo, de 700 millones de euros) y el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva; todo ello de conformidad con lo previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo. ii) Determinar la concreta cuenta o subcuentas de reservas voluntarias con cargo a las cuales se efectuará el aumento de capital. iii) Establecer la duración del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita de conformidad con el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. iv) Fijar, dentro del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita que se establezca, el plazo durante el cual estará vigente y podrá ser ejercitado, en los términos indicados anteriormente, el compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita. v) Renunciar al número de derechos de asignación gratuita que sea necesario para cuadrar la proporción de asignación de las acciones nuevas, a los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en virtud del compromiso de adquisición y a cualesquiera otros derechos de asignación gratuita a los que sea necesario o conveniente renunciar. vi) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital una vez finalizado el referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, determinando, en su caso, la suscripción incompleta y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital. vii) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente relativa a la emisión y admisión a negociación de las acciones nuevas y los derechos de asignación gratuita ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores o cualquier otra autoridad u organismo nacional o extranjero competente, asumiendo la responsabilidad del contenido de dicha documentación, así como redactar, suscribir y presentar cuanta información adicional, suplementos o documentación complementaria sea requerida o precisa, pudiendo solicitar su verificación y registro. viii) Realizar cualquier actuación, declaración o gestión ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España, el Banco Central Europeo, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores,

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la Sociedad de Bolsas, IBERCLEAR y cualquier otro organismo o entidad o registro público o privado, nacional o extranjero, para obtener, cuando fuere necesario o conveniente, la autorización, verificación y ejecución de la emisión, así como la admisión a negociación de las acciones nuevas. ix) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto. x) Redactar, suscribir, otorgar y, en su caso, certificar, cualquier tipo de documento relativo al aumento de capital, incluyendo sin limitación alguna, cuantos documentos públicos y privados se requieran. xi) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente así como realizar todos los actos o trámites que sean necesarios o convenientes para que las nuevas acciones objeto del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de IBERCLEAR y de sus entidades participantes y sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), y en las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión. xii) Y realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes para llevar a cabo la ejecución y formalización del aumento de capital, ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo. 3.4 Aumento de capital social mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de 0,49€ de valor nominal cada una, sin prima de emisión, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, con cargo a reservas voluntarias. Previsión de suscripción incompleta. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita a un precio fijo garantizado. Solicitud de admisión a negociación. Delegación de facultades en el Consejo de Administración. 1. Aumento de capital social con cargo a reservas.- Se acuerda aumentar el capital social de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (“BBVA”, la “Sociedad” o el “Banco”), con cargo a reservas voluntarias en un importe igual al resultado de multiplicar (a) el número determinable de acciones nuevas a emitir que resulte de la fórmula que se indica a continuación por (b) 0,49€ (equivalente al valor nominal de una acción ordinaria de BBVA). El aumento de capital se realizará mediante la emisión de nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, que serán de la misma clase y serie y con los mismos derechos que las actualmente en circulación, de 0,49€ de valor nominal cada una de ellas, representadas por medio de anotaciones en cuenta, para su asignación gratuita a los accionistas del Banco. Se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital conforme a lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de producirse dicha suscripción incompleta, el capital social se aumentará en la cuantía que corresponda. El número de acciones ordinarias nuevas a emitir será el resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente inferior:

NAA / NDA

Donde: NAA (número de acciones antiguas) es el número total de acciones en las que se divide el capital social de BBVA en la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital; y NDA (número de derechos de asignación) es el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva, que será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado al número entero inmediatamente superior:

NDA = PR x NAA / VMR

Donde: PR (precio de referencia) es el precio de cotización de referencia de las acciones de BBVA a efectos del presente aumento de capital, que será igual a la media aritmética de los precios medios ponderados de la acción de BBVA en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo) en las cinco (5) sesiones bursátiles anteriores a la fecha en que se acuerde llevar a efecto el aumento de capital,

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redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior. En ningún caso, PR podrá ser inferior al valor nominal de las acciones de la Sociedad, de tal forma que si el resultado de dicho cálculo fuese inferior a 0,49€ por acción, PR será igual a 0,49€. VMR es el valor de mercado de referencia máximo del aumento de capital, que no podrá superar la cifra de 700 millones de euros. 2. Balance de referencia.- A los efectos de lo previsto en el artículo 303 de la Ley de Sociedades de Capital, el balance que sirve de base a la operación es el correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2015, debidamente auditado por el auditor de cuentas del Banco, y aprobado por esta Junta General Ordinaria de Accionistas en el primer punto del orden del día. 3. Reservas utilizadas.- El aumento de capital se realizará íntegramente con cargo a reservas voluntarias, cuyo importe a 31 de diciembre de 2015 ascendía a 6.970.821.339,21 euros. 4. Derecho de asignación gratuita.- Cada acción de la Sociedad otorgará un derecho de asignación gratuita. Será necesario un número de derechos de asignación gratuita igual a NDA para recibir una acción nueva. A los efectos de que todos los derechos de asignación gratuita sean efectivamente ejercitables y el número de acciones nuevas sea un número entero, BBVA o una entidad de su Grupo renunciará al número de sus derechos de asignación gratuita que corresponda. 5. Asignación y transmisibilidad de los derechos de asignación gratuita.- Los derechos de asignación gratuita se asignarán a quienes se encuentren legitimados para ello de acuerdo con la normativa aplicable, al término del día de la publicación del anuncio del aumento de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Los derechos de asignación gratuita serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven y podrán ser negociados en el mercado durante el plazo que se determine de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. Finalizado el periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, las acciones nuevas que no hubieran podido ser asignadas se mantendrán en depósito a disposición de quienes puedan acreditar su legítima titularidad. Transcurridos tres años, las acciones nuevas que aún se hallaren pendientes de asignación podrán ser vendidas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital, por cuenta y riesgo de los interesados. El importe líquido de la mencionada venta se mantendrá a disposición de los interesados en la forma establecida por la legislación aplicable. 6. Compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita.- BBVA se comprometerá a adquirir los derechos de asignación gratuita, cumpliendo las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación, exclusivamente a quienes les hayan sido asignados originalmente y únicamente en relación con los derechos inicialmente asignados, no siendo posible ejercitar el compromiso de adquisición respecto de los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en el mercado. El precio por el que se comprometerá BBVA a adquirir cada derecho de asignación gratuita será igual al resultado de la siguiente fórmula, redondeado a la milésima de euro más próxima y, en caso de la mitad de una milésima de euro, a la milésima de euro inmediatamente superior:

PR / (NDA + 1)

El compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita por parte de BBVA al precio resultante de la fórmula anterior estará vigente y podrá ser ejercitado por quienes se encuentren legitimados para ello durante el plazo que se determine, dentro del periodo de negociación de dichos derechos. A tal efecto, se acuerda autorizar al Banco para adquirir tales derechos de asignación gratuita, con el límite máximo del total de los derechos que se emitan, debiendo cumplir con las limitaciones legales que, en su caso, resulten de aplicación. 7. Representación y derechos de las acciones nuevas.- Las acciones nuevas estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los

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Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR), que ejerce esta función junto con sus entidades participantes. Las acciones nuevas conferirán a sus titulares los mismos derechos que las restantes acciones ordinarias de BBVA. 8. Admisión a negociación.- Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las acciones nuevas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), así como realizarlos trámites y actuaciones que sean necesarios o convenientes y presentar los documentos que sean precisos ante los organismos competentes de las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión (actualmente, Londres y México y, a través de ADSs (American Depository Shares), en la Bolsa de Nueva York, así como en la Bolsa de Lima, en virtud del acuerdo de intercambio existente entre ambos mercados), para la admisión a negociación de las acciones nuevas emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, haciéndose constar expresamente el sometimiento de BBVA a las normas que existan o puedan dictarse en materia bursátil y, especialmente, sobre contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial. Se hace constar expresamente, a los efectos legales oportunos, que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de BBVA, ésta se adoptará con las formalidades requeridas por la normativa aplicable y, en tal supuesto, se garantizará el interés de los accionistas que se opongan o no voten el acuerdo de exclusión, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, en la Ley del Mercado de Valores y demás disposiciones aplicables. 9. Ejecución del acuerdo y delegación de facultades.- Se acuerda delegar en el Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, autorizándole para delegar a su vez en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para señalar la fecha en la que el acuerdo adoptado de aumentar el capital social deba llevarse a efecto, la cual se determinará, con observancia de las previsiones contenidas en este acuerdo, en el plazo máximo de un (1) año a contar desde la fecha del presente acuerdo, y para dar la nueva redacción que proceda a los Estatutos Sociales en cuanto a la nueva cifra de capital social y al número de acciones en que éste se divida. Conforme a lo previsto en el citado artículo 30.c) de los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración podrá abstenerse de ejecutar el presente aumento de capital en consideración a las condiciones del mercado, del propio Banco o de algún hecho o acontecimiento con transcendencia social o económica que aconsejen tal decisión, informando de ello en la primera Junta General de Accionistas que se celebre una vez transcurrido el plazo fijado para su ejecución. Asimismo, se acuerda delegar en el Consejo de Administración, también de conformidad con lo establecido en el artículo 297.1.a) de la Ley de Sociedades de Capital, autorizándole igualmente para delegar en la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución; en el Presidente del Consejo de Administración; en el Consejero Delegado; en cualquier otro administrador; y facultar a cualquier apoderado de la Sociedad; para fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo y en especial, sin carácter exhaustivo y sin que suponga limitación o restricción alguna, se delegan las facultades precisas para: i) Determinar el importe del aumento de capital, el número de acciones nuevas, el valor de mercado de referencia (que será, como máximo, de 700 millones de euros) y el número de derechos de asignación gratuita necesarios para la asignación de una acción nueva; todo ello de conformidad con lo previsto en los apartados precedentes del presente acuerdo. ii) Determinar la concreta cuenta o subcuentas de reservas voluntarias con cargo a las cuales se efectuará el aumento de capital. iii) Establecer la duración del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita de conformidad con el artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital. iv) Fijar, dentro del periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita que se establezca, el plazo durante el cual estará vigente y podrá ser ejercitado, en los términos indicados anteriormente, el compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita. v) Renunciar al número de derechos de asignación gratuita que sea necesario para cuadrar la

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proporción de asignación de las acciones nuevas, a los derechos de asignación gratuita que sean adquiridos en virtud del compromiso de adquisición y a cualesquiera otros derechos de asignación gratuita a los que sea necesario o conveniente renunciar. vi) Declarar ejecutado y cerrado el aumento de capital una vez finalizado el referido periodo de negociación de los derechos de asignación gratuita, determinando, en su caso, la suscripción incompleta y otorgando cuantos documentos públicos y privados sean convenientes para la ejecución total o parcial del aumento de capital. vii) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente relativa a la emisión y admisión a negociación de las acciones nuevas y los derechos de asignación gratuita ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores o cualquier otra autoridad u organismo nacional o extranjero competente, asumiendo la responsabilidad del contenido de dicha documentación, así como redactar, suscribir y presentar cuanta información adicional, suplementos o documentación complementaria sea requerida o precisa, pudiendo solicitar su verificación y registro. viii) Realizar cualquier actuación, declaración o gestión ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España, el Banco Central Europeo, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas, IBERCLEAR y cualquier otro organismo o entidad o registro público o privado, nacional o extranjero, para obtener, cuando fuere necesario o conveniente, la autorización, verificación y ejecución de la emisión, así como la admisión a negociación de las acciones nuevas. ix) Redactar y publicar cuantos anuncios resulten necesarios o convenientes al efecto.

x) Redactar, suscribir, otorgar y, en su caso, certificar, cualquier tipo de documento relativo al aumento de capital, incluyendo sin limitación alguna, cuantos documentos públicos y privados se requieran. xi) Redactar, suscribir y presentar la documentación necesaria o conveniente así como realizar todos los actos o trámites que sean necesarios o convenientes para que las nuevas acciones objeto del aumento de capital sean inscritas en los registros contables de IBERCLEAR y de sus entidades participantes y sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia, a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (Mercado Continuo), y en las bolsas de valores extranjeras en las que coticen las acciones de BBVA en el momento de su emisión. xii) Y realizar cuantas actuaciones fueren necesarias o convenientes para llevar a cabo la ejecución y formalización del aumento de capital, ante cualesquiera entidades y organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, incluidas las de aclaración, complemento o subsanación de defectos u omisiones que pudieran impedir u obstaculizar la plena efectividad del presente acuerdo.

ACUERDOS SOBRE EL CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA 1.- Prorrogar por un periodo adicional de cinco años a contar desde la fecha de celebración de esta Junta General el plazo de duración establecido para el sistema de retribución de los consejeros no ejecutivos de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. (en adelante “BBVA”), basado en la entrega diferida de acciones de BBVA, que fue aprobado por acuerdo de la Junta General de Accionistas celebrada el 18 de marzo de 2006, como punto 8° de su Orden del Día, y prorrogado por cinco años adicionales por acuerdo de la Junta General de Accionistas celebrada el 11 de marzo de 2011, como punto 8° de su Orden del Día (en adelante el “Sistema de retribución con entrega diferida de acciones” o el “Sistema”), e incrementar el número máximo de acciones a entregar establecido en dichos acuerdos; manteniendo, en todos los demás extremos, los mismos términos y condiciones. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 33 bis de los Estatutos Sociales de BBVA y en la Política de remuneraciones de los consejeros de BBVA, con arreglo a lo siguiente: (a) Descripción: El sistema de retribución con entrega diferida de acciones consiste en la asignación anual a los consejeros no ejecutivos del Banco, como parte de su remuneración, de “acciones teóricas” de BBVA que serán objeto de entrega, en su caso, en la fecha de su cese en su condición de consejeros por cualquier causa que no sea debida al incumplimiento grave de sus funciones. A estos efectos anualmente se procederá a asignar un número de “acciones teóricas” a los consejeros no ejecutivos que sean designados como beneficiarios del Sistema por el Consejo de Administración del Banco, de un valor equivalente al 20% de sus retribuciones totales percibidas en el año anterior según la media de los precios de cierre de la acción de BBVA durante las sesenta (60) sesiones bursátiles anteriores a las fechas de las respectivas Juntas Generales Ordinarias de Accionistas que aprueben los estados

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financieros correspondientes a los ejercicios que comprende el Sistema. (b) Beneficiarios: El Sistema de retribución con entrega diferida de acciones se dirige a los consejeros no ejecutivos de BBVA que lo sean en cada momento y que sean designados como beneficiarios por el Consejo de Administración. (c) Duración: El plazo de duración del Sistema inicialmente establecido en el acuerdo de la Junta General de 18 de marzo de 2006 en cinco años y prorrogado por acuerdo de la Junta General de 11 de marzo de 2011 por cinco años más, se prorroga por un plazo adicional de cinco años a contar desde la fecha de celebración de esta Junta General, sin perjuicio de las liquidaciones parciales que del mismo se hagan en los términos y condiciones expuestos en el apartado a) anterior, y de que el Sistema de retribución con entrega de acciones diferida pueda ser nuevamente prorrogado por acuerdo de la Junta General de Accionistas. (d) Número de Acciones: El número de acciones establecido para el Sistema por acuerdo de las Juntas Generales de 18 de marzo de 2006 y 11 de marzo de 2011 (1.000.000 de acciones), se amplía en un número adicional de 600.000 acciones ordinarias de BBVA, representativas del 0,01% del capital social a la fecha de este acuerdo, por lo que el número total de acciones asignado al Sistema desde su inicio en 2006 será de 1.600.000, las cuales representan un 0,03% del capital social del Banco a la fecha de este acuerdo. (e) Cobertura: La Sociedad podrá destinar a la cobertura del Sistema las acciones que componen o compongan su autocartera o bien recurrir a otro sistema financiero adecuado que determine la Sociedad. 2.- Facultar al Consejo de Administración de la Sociedad para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 249 de la Ley de Sociedades de Capital, pueda sustituir las facultades que le han sido delegadas por la Junta General en relación a los anteriores acuerdos a favor de la Comisión Delegada Permanente, con expresas facultades de sustitución, del Presidente del Consejo de Administración, del Consejero Delegado o de cualquier otro consejero o apoderado de la Sociedad; y para que desarrolle, formalice y disponga la ejecución y liquidación del Sistema de retribución con entrega diferida de acciones, adoptando cuantos acuerdos sean necesarios para ello, y en particular, a título meramente enunciativo, para lo siguiente: (a) Designar a los beneficiarios del Sistema de retribución con entrega diferida de acciones en cada momento y determinar el número de “acciones teóricas” que se asignen a cada uno de ellos en los términos del presente acuerdo. (b) Desarrollar y fijar las condiciones concretas del Sistema en todo lo no previsto en el presente acuerdo. (c) Autorizar para otorgar contratos de contrapartida y liquidez con las entidades financieras que libremente designe, en los términos y condiciones que estime adecuados. (d) Adaptar el contenido del Sistema a las circunstancias u operaciones societarias que pudieran darse durante su vigencia de producirse algún evento que en su opinión afectase de forma significativa a los objetivos y condiciones básicas inicialmente establecidos.

ACUERDOS SOBRE EL QUINTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA Reelegir como Auditores de Cuentas de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. y del Grupo Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, para el ejercicio 2016, a la firma Deloitte, S.L., con domicilio en Madrid, Plaza Pablo Ruiz Picasso nº 1 - Torre Picasso y C.I.F. B-79104469, número S-0692 del Registro Oficial de Auditores de Cuentas de España, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 13.650, folio 188, sección 8, hoja M-54414.

ACUERDOS SOBRE EL SEXTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA Delegar en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución en la Comisión Delegada Permanente o en el Consejero o Consejeros que estime pertinente, así como en cualquier otra persona a la que el Consejo apodere expresamente al efecto, las facultades necesarias y tan amplias como se requiera en derecho para fijar, interpretar, aclarar, completar, modificar, subsanar, desarrollar y ejecutar, en el momento que estime más conveniente, cada uno de los acuerdos aprobados en esta Junta General; redactar y publicar los anuncios exigidos por la Ley; y realizar cuantos trámites sean necesarios para obtener las autorizaciones o inscripciones que procedan del Banco de España; el Banco Central Europeo;

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los Ministerios de Economía y Competitividad, de Hacienda y de Administraciones Públicas; la Comisión Nacional del Mercado de Valores; la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta; el Registro Mercantil; o cualquier otro organismo público o privado, nacional o extranjero. Asimismo, facultar al Presidente, D. Francisco González Rodríguez; al Consejero Delegado, D. Carlos Torres Vila; y al Secretario General y del Consejo, D. Domingo Armengol Calvo, para que cualquiera de ellos indistintamente, pueda realizar cuantos actos sean procedentes para ejecutar los acuerdos aprobados en esta Junta General, en orden a la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil y en cualesquiera otros Registros, incluyendo, en particular, y entre otras facultades, la de comparecer ante Notario para otorgar las escrituras públicas y actas notariales necesarias o convenientes a tal fin; subsanar, ratificar, interpretar o complementar lo acordado; y formalizar cualquier otro documento público o privado que sea necesario o conveniente hasta conseguir la ejecución y plena inscripción de los acuerdos adoptados, sin necesidad de nuevo acuerdo de la Junta General, así como para proceder al preceptivo depósito de las cuentas anuales individuales y consolidadas en el Registro Mercantil.

ACUERDOS SOBRE EL SÉPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a esta Junta General desde la fecha de su convocatoria. Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

A V I S O

HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., comunica el siguiente hecho relevante: “BBVA comunica información relativa al aumento de capital con cargo a reservas voluntarias acordado por la Junta General Ordinaria de Accionistas de BBVA celebrada el 11 de marzo de 2016, en el apartado 3.1 del punto tercero de su orden del día, para el desarrollo del sistema de retribución al accionista denominado “Dividendo Opción”. Se acompaña una nota informativa sobre el mencionado aumento de capital.

NOTA INFORMATIVA La Junta General Ordinaria de Accionistas de BBVA celebrada el 11 de marzo de 2016 acordó, en el apartado 3.1 del punto tercero de su orden del día, un aumento de capital con cargo a reservas voluntarias (el “Aumento de Capital”) para el desarrollo del sistema de retribución al accionista denominado “Dividendo Opción”, ofreciendo a los accionistas de BBVA la posibilidad de percibir su retribución en acciones de nueva emisión de BBVA o, a su elección, en efectivo. La ejecución del Aumento de Capital se propondrá a la consideración del Consejo de Administración de BBVA, y de ser aprobada, está previsto que se lleve a cabo de acuerdo con el siguiente calendario (Las fechas indicadas son tentativas y están sujetas a la ejecución del Aumento de Capital por parte del Consejo de Administración de BBVA y a la obtención de las autorizaciones correspondientes. Asimismo, las fechas tentativas indicadas podrían sufrir modificaciones o presentar particularidades respecto de las acciones o ADRs de BBVA admitidos a negociación en mercados fuera de España.)

31 de marzo de 2016: Comunicación del número de derechos de asignación gratuita necesarios para recibir una acción nueva, así como del importe definitivo del compromiso de adquisición de los derechos de asignación gratuita por parte de BBVA.

4 de abril de 2016 (23:59 hora de Madrid): Fecha de referencia (record date) para la asignación de los

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derechos de asignación gratuita.

5 de abril de 2016: Comienzo del período de negociación de los derechos de asignación gratuita.

14 de abril de 2016: Fin del plazo para solicitar la retribución en efectivo (venta de derechos de asignación gratuita a BBVA).

19 de abril de 2016: Fin del período de negociación de los derechos de asignación gratuita.

22 de abril de 2016: Fecha de pago a los accionistas que hayan solicitado su retribución en efectivo (venta de derechos de asignación gratuita a BBVA).

26 de abril de 2016: Asignación de las nuevas acciones a los accionistas.

27 de abril de 2016: Inicio de la contratación ordinaria de las nuevas acciones en las bolsas de valores españolas (Se solicitará igualmente la admisión a negociación en las bolsas extranjeras en las que cotiza la acción o los ADRs de BBVA). Por último, se estima que, de ser finalmente aprobada por el Consejo de Administración la ejecución del Aumento de Capital, el precio de compra aproximado por parte de BBVA de cada derecho de asignación gratuita, de acuerdo con la fórmula aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas, se situaría en el entorno de los 0,13 euros brutos por derecho.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO

BNP PARIBAS

NOTIFICA

En relación con los siguientes Turbos emitidos por BNP Paribas Arbitrage Issuance B.V.:

SIBE ISIN Producto Call/Put Subyacente

Precio

de

Ejercicio

Barrera

Knock-

Out

Divisa Paridad Ratio Fecha de

Vencimiento

57387 NL0011661798 TURBO PUT BBVA 6.5 6.5 EUR 2 0.5 17/06/2016

Por la presente se comunica que las Barreras Knock-Out de los citados Turbos han sido alcanzadas durante la sesión del 11/03/16, por lo que dichos Turbos han expirado automáticamente sin valor y serán excluidos de cotización en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE). Lo anterior se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

En Madrid, a 11 de Marzo de 2016.

A V I S O HECHO RELEVANTE COMUNICADO POR DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A.

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En virtud de lo previsto por el artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y por la circular de esta Bolsa 2/1993 de 3 de marzo

Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., comunica el siguiente hecho relevante:

“El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas de DIA, que previsiblemente se celebrará el próximo día 22 de abril de 2016, en segunda convocatoria, en la Casa de América, Plaza de Cibeles s/n, 28014, Madrid, con el siguiente orden del día: 1. Examen y aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del resultado y la gestión social: 1.1 Examen y aprobación de las cuentas anuales individuales de la Sociedad (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) y de las consolidadas de la Sociedad con sus sociedades dependientes (estado de situación financiera, cuenta de resultados, estado del resultado global, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria, todos ellos consolidados), así como del informe de gestión individual de la Sociedad y del informe de gestión consolidado de la Sociedad con sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015. 1.2 Propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015. 1.3 Examen y aprobación de la gestión y actuación del Consejo de Administración durante el ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2015. 2. Ratificación y reelección de miembros del Consejo de Administración: 2.1 Reelección de Dª. Ana María Llopis Rivas como Consejera de la Sociedad. 2.2 Reelección de D. Ricardo Currás de Don Pablos como Consejero de la Sociedad. 2.3 Reelección de D. Julián Díaz González como Consejero de la Sociedad. 2.4 Reelección de Dª. Rosalía Portela de Pablo como Consejera de la Sociedad. 2.5 Ratificación y reelección de D. Juan María Nin Génova como Consejero de la Sociedad. 2.6 Ratificación y reelección de Dª. Angela Lesley Spindler como Consejera de la Sociedad. 3. Modificación de los siguientes artículos de los Estatutos Sociales para su adaptación a las modificaciones introducidas por la normativa recientemente aprobada, así como para introducir determinadas mejoras de carácter técnico: 3.1 Propuesta de modificación de los siguientes artículos incluidos en el “Título I. Capítulo I.– Disposiciones generales”: artículo 2 (“Objeto social”) y artículo 3 (“Domicilio social”). 3.2 Propuesta de modificación del siguiente artículo incluido en el “Título II.- Del gobierno de la Sociedad. Capítulo I.– De la junta general”: artículo 19 (“Derecho de información”). 3.3 Propuesta de modificación del siguiente artículo incluido en el “Título II.– Del gobierno de la Sociedad. Capítulo II.– De la administración de la Sociedad. Sección 1ª.– Del consejo de administración”: artículo 34 (“Duración”). 3.4 Propuesta de modificación del siguiente artículo incluido en el “Título II.– Del gobierno de la Sociedad. Capítulo II.– De la administración de la Sociedad. Sección 2ª.– De los órganos delegados del consejo de administración”: artículo 41 (“La comisión de auditoría y cumplimiento”). 3.5 Propuesta de modificación del siguiente artículo incluido en el “Título II.– Del gobierno de la Sociedad. Capítulo II.– De la administración de la Sociedad. Sección 3ª.– Del informe anual de gobierno corporativo y de la página web”: artículo 44 (“Página web”). 4. Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo máximo de cinco años, para ampliar el capital social conforme a lo establecido en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, hasta la mitad del capital social en la fecha de la autorización.

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Delegación de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en relación con las ampliaciones de capital que pueda acordar al amparo de esta autorización, quedando limitada, junto con la misma facultad prevista en el punto quinto del Orden del Día, a un importe nominal máximo, en conjunto, igual al 20% del capital social en la fecha de la autorización. 5. Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo máximo de cinco años, para emitir obligaciones o bonos canjeables y/o convertibles por acciones de la Sociedad u otras sociedades de su Grupo o no, y warrants sobre acciones de nueva emisión o acciones en circulación de la Sociedad u otras sociedades de su Grupo o no, con el límite máximo de 480.000.000 euros. Fijación de los criterios para la determinación de las bases y modalidades de la conversión, canje o ejercicio. Delegación a favor del Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, de las facultades necesarias para establecer las bases y modalidades de la conversión, canje o ejercicio, así como, en el caso de las obligaciones y bonos convertibles y los warrants sobre acciones de nueva emisión, para aumentar el capital en la cuantía necesaria para atender las solicitudes de conversión de obligaciones o de ejercicio de los warrants, con la facultad, en el caso de las emisiones de valores convertibles y/o canjeables, de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas de la Sociedad, quedando esta facultad limitada, junto con la misma facultad prevista en el punto cuarto del Orden del Día, a un importe nominal máximo, en conjunto, igual al 20% del capital social en la fecha de la autorización. 6. Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, por el plazo máximo de cinco años, para emitir: a) bonos u obligaciones simples y otros valores de renta fija (distintos de los pagarés) con el límite máximo de 1.200.000.000 euros, y b) pagarés con el límite máximo en cada momento de 480.000.000 euros, si bien el total de la deuda representada en cada momento por los valores emitidos al amparo de los subapartados (a) y (b) anteriores no podrá ser superior al límite conjunto de 1.200.000.000 euros. Autorización para que la Sociedad pueda garantizar, dentro de los límites anteriormente señalados, las nuevas emisiones de valores que efectúen las sociedades dependientes. 7. Aprobación del Plan de Incentivos a Largo Plazo (2016-2018) mediante entrega de acciones a directivos de la Sociedad (incluyendo al Consejero Ejecutivo). 8. Aprobación, en su caso, de la entrega en acciones de la Sociedad de toda o parte de la remuneración de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, en su condición de tales. 9. Delegación de facultades para la subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos adoptados por la Junta General para su formalización e inscripción y para llevar a cabo el preceptivo depósito de cuentas.

PUNTO DE CARÁCTER CONSULTIVO

10. Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros de la Sociedad correspondiente al ejercicio 2015. En los próximos días se publicará el correspondiente anuncio de convocatoria y se pondrá a disposición de los accionistas la documentación relativa a la Junta General en la web corporativa www.diacorporate.com En Madrid, a 11 de marzo de 2016. DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A. D. Miguel Ángel Iglesias Peinado Vicesecretario del Consejo de Administración.” Lo que se pone en conocimiento del público en general a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de marzo de 2016 EL DIRECTOR DEL AREA DE MERCADO