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PORTADA FINAL sep-octubre EDITABLE OK.indd 1 29/08/18 14:31

www.faseasesores.mxAv. Río San Joaquín, #406, Col. Ampliación Granada, 5To Piso. C.P. 11529

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CIUDAD DE MEXICO

Blvd. Francisco Eusebio Kino #315,Suite 706, Col. Lomas Del Pitic, C.P. 83010

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HERMOSILLO, SONORA

Calle 16 #235 B Por 27 Y 29Col. México Oriente, C.P. 97137

(999) 926 22 01

MÉRIDA, YUCATÁN

EditorialEditorialMéxico enfrenta tres

grandes retos: econo-mía, política y Estado de Derecho. Para brin-dar soluciones a tales vertientes, la adminis-

tración morenista deberá reducir la deuda, la in-seguridad y la corrupción. El licenciado Andrés Manuel López Obrador, con la disminución de los salarios de servidores públicos anunciada, ha dado una alentadora señal de su compromi-so con la reducción de la deuda gubernamental. En cuanto a la inseguridad y a la corrupción, el inicio de los trabajos que ha iniciado –gracias a que por primera vez se tiene un gabinete con-solidado antes de la toma de protesta presiden-cial–, ofrece expectativas positivas.

Más allá de que comulguemos con las po-líticas de nuestro próximo presidente, no po-demos negar que la democracia no es posible sin el vínculo de comunicación entre los po-líticos y los ciudadanos y, en esta relación, la atención de la ciudadanía es el primer requi-sito para tener éxito. Mientras la figura del li-cenciado Enrique Peña Nieto se desvanece, el poder mediático de AMLO crece y se fortalece.

En la actualidad, la política mexicana se ha corrompido: ha enmascarado la transparen-cia con el espectáculo, sometido su compro-miso social a los intereses de una oligarquía, evadido la congruencia con demagogia y des-pojado al país de un liderazgo ejecutivo que vele por la soberanía nacional.

Si bien es cierto que López Obrador debió su éxito electoral a los fracasos de los últi-mos tres presidentes, hoy, el propio resultado arrollador en las casillas lo ha fortalecido con el sentir nacional que impera, debido a una convergencia democrática sin precedentes.

Un voto de castigo conlleva un correctivo; nadie aplica una sanción sin que al menos haya una esperanza de que las cosas van a cambiar. Este sentir popular, acompañado de una acti-tud serena y reconciliadora de nuestro presi-dente electo, ha tranquilizado a los mercados, a las cámaras empresariales, e incluso, a los opo-sitores acérrimos del líder tabasqueño.

El próximo presidente, ahora sí legítimo, debe apuntalar su liderazgo contra los ata-ques políticos que tradicionalmente se han enquistado en la vida nacional: insertar di-famaciones en la opinión pública, adueñarse y corromper instancias claves para la procu-ración e impartición de la justicia e inventar argucias legales para incriminar falazmente a perseguidos políticos.

En dicho tenor, luego de estar más de cinco años presa, acusada por la PGR por desviar recursos públicos del sindicato de maestros, Elba Esther Gordillo fue absuelta de todos los cargos. De esta manera se dio una de las últimas señales del legado que deja el gobierno saliente, específicamente, en procuración de justicia.

Es una vergüenza que la PGR –respon-sable del 2017 que rompió récord históri-co en tasa de homicidios–, no haya podido sostener los elementos para construir el expediente contra la exlíder sindical de los maestros. De paso, quedó de manifiesto que la acusación fue totalmente inventada, ya que, nos guste o no, no puede imputárse-le lavado de dinero, cuando el sindicato fue desde el inicio, institucionalmente consti-tuido por mafiosos que apuntalaron su sa-queo con toda legalidad.

La educación de México no debe some-terse a los intereses gremiales. La sombra de “La Maestra” amenaza a nuestros jóvenes y al futuro de México, reinsertada en un cam-po donde las fuerzas de sus enemigos están diezmadas: priistas y panistas que implemen-taron una reforma educativa contraria a los intereses del Sindicato Nacional de Trabaja-dores de la Educación (SNTE).

Al tener mayoría absoluta en el Poder Le-gislativo y arrasar en estados y municipios, el licenciado Andrés López Obrador se encuen-tra en una situación tan conveniente que el juicio de la opinión pública que resulte por su administración será igualmente de abruma-dor y tajante que el que le dio la victoria, sea bueno o malo. Esperemos que la culpa de un hombre no sea la condena del pueblo.

SEPTIEMBRE – OCTUBRE 2018

Contenido

; la nueva bolsa INSTITUCIONAL de valores

Proactividad: La ventaja desperdiciada en México

10

28

EL COMERCIO EN LA ERA DE LAS REDES SOCIALES: EL NUEVO ORDEN

América Latinaofrece oportunidadesde inversión en infraestructura por USD 4.500 miles de millones en los próximos 10 años

14

18LA VERDAD RESPECTO A LA “DESCENTRALIZACIÓN” DE DEPENDENCIAS PROPUESTA POR AMLO

LA FUENTE DE PELIGRO ACTUAL PARA LAS EMPRESAS: LOS DELITOS

22

34

LA PÉRDIDA DE PRIVACIDAD EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES40

Fundamentación y motivación: ¿realidad o ficción en órdenes de visita?44Panorama del emprendimientoen México50LA JUSTICIA EN NUESTROS TIEMPOS Y SU IMPACTO EN LA ECONOMÍA54

La protección de datos personales; un derecho fundamental

62La evolución del marketing mix

66

LA PRESTACION MÉDICA INDIRECTA DE SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS, UNA ALTERNATIVA AL IMSS58

MISIÓN COMERCIAL México Rusia70

Por: María Ariza

Por: Aline Arbesú Ovín

Por: Carlos Santiago Zetina Cardona

Por: Juan Manuel González Montiel

Por: Arturo de Villanueva Martinez Z.

Por: Edgar Leonardo Espejel / Abraham Coronado Mejía

Por: Jorge Marcos García Landa

Por: Héctor Raúl Tello Velázquez

Por: Jairo Enrique Herrera Pérez

Por: Joan Borbolla Ballescá

Por: Julio Ernesto Martínez Pantoja

Por: Juan Ignacio Martínez Valero

Por: Dora Isabel González Ayala

Por: CAF Banco de Desarrollo de América Latina

Director GeneralAlfonso Guzmán Santander

coorDinaDor De eDiciónPaul Rodríguez Barragán

DeSarrollo orGaniZacionalCarlos Carsolio Larrea

Directora De arte y DiSeñoAlejandra Jessica Bifano Palacios

Directora De conGreSoSEsperanza Solís de la Llave

atención a clienteSAna Karen Muñoz Maxil

circulaciónMario Martínez Castelan

aSeSor externoARH Consultores

aSeSor JuríDicoRodrigo Vázquez Pulido

Vinculación empreSarialAlberto T. Legorreta S.

reDacciónLuis Alejandro Rodríguez Sotres

Dirección comercialEdgardo García Muñoz

Director De finanZaSCarlos Torres de la Peña

relación comercialSalvador Toledo García

Director De aDminiStraciónRuth Fuentes Monterrosas

conSeJo eDitorialJuan Francisco Solorio CardielRodolfo Pérez VelázquezJosé Luis Rojas de la CruzLaura Alejandra Londoño JaramilloJuan Carlos Caropresi RegaladoMiguel Dionisio García MungarroGermán Reyna y HerreraMiguel F. Faller CámaraJosué Alejandro Luna Monroy

fotoGrafíaJorge Aponte Álvarez

ASESORES. La Revista Asesores Estrategias Integrales para el Empresario. Publicación bimestral editada y publicada por: Grupo Antenor. Oficinas Generales: Nuestra Sra. de los Ángeles #3 Int. 1 Col. Sta. Cruz Buenavista, C.P. 72150 Puebla, Pue, teléfono 248 58 13. Editor responsable Paul Rodríguez Barragán. Certificado de Reserva de Derechos al Uso Exclusivo: 04-2017-120510021200-102. Registro ante el Padrón Nacional de Medios Certificados de la Secretaría de Gobernación en trámite. Correspondencia de segunda clase. Franqueo pagado, permiso de publicación periódica autorizado por SEPOMEX PP21-0006. Suscripción $800.00, Impresión: Compañía Impresora El Universal, S.A. de C.V. Calle Ignacio Allende #176 Col. Guerrero, C.P.06300 Ciudad de México. Tel: (555) 117 01 90. Distribuida en toda la República por GBN COMERCIALIZADORA S.A. DE C.V., Federico Davalos Núm. 35, Col. San Juan Tlihuaca, Deleg. Azcapotzalco, México, D.F. Y en tiendas de prestigio por LUDP, Av. 3 oriente 1613. Col Azcárate, C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel: (222) 555 71 49. Los artículos firmados son responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el punto de vista de Grupo Antenor. Todos los derechos reservados, prohibida la reproducción total o parcial, incluyendo cualquier medio electrónico o magnético, sin el permiso escrito del editor. ASESORES, La Revista Asesores Estrategias Integrales para el Empresario es Marca Registrada.

[email protected]

www.revistaasesores.com

Publicación en alianza por la divulgación del conocimiento.

Publicación Certificadapor la Asociación Nacional

de Dictaminadores de Medio.

LA REVISTA ASESORES | 11

BIVA competirá con la  Bolsa Mexicana de Valores, marcando un hito, ya que hasta hoy, en el mercado mexicano operaba sólo una bolsa de valores. En 1894 se fundó la BMV y hasta los años 70, existían 3 bolsas que operaban en México, Guadalajara y Monterrey, fusionándose en 1976 y desde entonces era la enti-dad que se había hecho cargo del mercado bursátil mexicano.

La finalidad de BIVA es que las compañías cuen-ten con una alternativa de financiamiento, y que al mismo tiempo se abra la oportunidad de que se in-crementen las opciones al público inversionista, ya que se buscará atraer empresas ya públicas y co-menzar a listar PYMES.

La finalidad de BIVA es que las compañías cuenten con una alternativa de financiamiento, y que al mismo tiempo se abra la oportunidad de que se incrementen las opciones al público inversionista”

EN SUS PALABRAS “En BIVA estamos comprometidos a trabajar por in-crementar la cultura financiera y contribuir a cambiar la imagen bursátil de México. Traemos todas las he-rramientas y la energía para lograrlo, así como tecno-logía de punta, eficiencia, disrupción, alianzas, talen-to e innovación, todo eso es nuestra oferta de valor”, agregó María Ariza en el discurso de inauguración.

Asimismo, expresó que la nueva Bolsa está “com-prometida a trabajar incansablemente por incremen-tar la cultura financiera y contribuir a cambiar la ima-gen bursátil de México”.

Tras la ceremonia del arranque oficial, Ariza an-ticipó que en el mediano plazo se verá un creci-miento del mercado, pues espera que las cuentas de inversionistas, actualmente en más de 250 mil, se cuadrupliquen.

“Vamos a competir uno a uno con la Bolsa Mexica-na de Valores (BMV) y nuestra meta es llegar a tener una participación de mercado de 50-50” dijo Santiago Urquiza, presidente de Central de Corretajes (Cencor).

Por su parte, Juan Pablo Castañón expresó que "BIVA abre nuevas avenidas para que las empresas pequeñas y medianas mexicanas y extranjeras pue-dan encontrar financiamiento y puedan encontrar al-ternativas para crecer mediante la emisión de deuda y la oferta de capital".

10 | LA REVISTA ASESORES

El día 25 de Julio del presente año, La Bolsa Institucional de Valores (BIVA) arrancó operaciones convir-tiéndose en la segunda bolsa de valores en México, marcando un momento histórico para México y

el entorno bursátil.La ceremonia del arranque oficial se dio

lugar en el Altar a la Patria, en Chapulte-pec. Así, este magno evento contó con la presencia de distinguidas personalidades como: José Antonio González Anaya, Se-cretario de Hacienda;  Bernardo González, Presidente de la Comisión Nacional Ban-

caria y de Valores (CNBV); Santiago Urquiza, Presidente de Central de Corretaje (Cencor, sociedad mexicana a la que pertenece BIVA y que cuenta con más de 25 años de expe-riencia en la administración de empresas dedicadas al desarrollo de infraestructura de mercados financieros en México, EUA y Latinoamérica.);  María Ariza, Directora Ge-neral de BIVA, Juan Pablo Castañón, Jefe del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), José Méndez Fabre, Presidente de la Asocia-ción Mexicana de Instituciones Bursátiles (AMIB); entre otras autoridades y partici-pantes del mercado bursátil mexicano.

• Egresada de la de la Universidad Iberoamericana, con una maestría de la Universidad de Harvard – de la que se graduó con honores -. A partir de abril del presente año se incorpora a dirigir la segunda bolsa de valores en México: la Bolsa Institucional de Valores (BIVA), tras cinco años de dirigir la Asociación Mexicana de Capital Privado (Amexcap) donde dirigió de manera exitosa a los más de 150 fondos de capital privado operando en México en ese momento, logrando innovar, crear estrategias y sinergias con el fin de posicionar y desarrollar una industria que brinda alto valor a la economía mexicana.• La directiva es fundadora de la empresa Facial Design -con ventas por encima de los 25 millones de pesos-, y socia de DABVSA -empresa dedicada al desarrollo y operación de residencias para adultos mayores.• Miembro de distintos comités como los de Fundación CMR y Fundhepa. En el pasado, la directiva formó parte del equipo de análisis de NAFTA Fund of Mexico, así como de la administración de proyectos en Impulso Grupo Empresarial y el comité organizador de la APEC.

María Ariza

CONOCE MÁSSOBRE EL BIVA

la nueva bolsa INSTITUCIONAL de valores

LA REVISTA ASESORES | 13

TECNOLOGÍA BIVA utiliza una plataforma de negocia-ción llamada Sistema OPEL, basada en tecnología provista por Nasdaq, permi-tiendo alto rendimiento y flexibilidad.

Nasdaq es líder mundial como pro-veedor de tecnología para bolsas de valores, trading, listado de emisoras, información de mercado y servicios de gobierno corporativo, que trabaja con empresas públicas en seis continentes.

FTSE Russell crea y gestiona una amplia gama de índices, datos y so-luciones analíticas para satisfacer las necesidades de sus clientes en toda clase de activos financieros, estilos y estrategias.

Los índices, la experiencia y pro-ductos de FTSE Russell son utilizados ampliamente por inversionistas ins-titucionales y minoristas de todo el mundo. Más de $15 billones de dólares están actualmente referenciados a los índices FTSE Russell. Los principales administradores de activos han ele-gido estos índices para comparar su rendimiento de inversión y crear ETFs, productos estructurados y derivados.

Para la vigilancia de mercados con-tará con las plataformas X-Stream y SMART, las cuales proveerán los servi-cios de: Monitoreo, Investigación, Se-guimiento, y visitas de cumplimiento.

CONECTIVIDADBIVA ofrecerá diversas opciones para el acceso al Sistema OPEL, que están basadas en protocolos con estándares internacionales.

El acceso al mercado de capitales es a través de los siguientes medios:

 1. Canales de acceso electrónico al Sis-tema OPEL  • Mecanismos de Administración de Posturas (OMS). • Acceso Directo al Mercado (DMA).

2. Terminales de operación (T-OPEL). B

BIVA; LA NUEVA BOLSA INSTITUCIONAL DE VALORES | ASESORES

12 | LA REVISTA ASESORES

¿QUÉ ES BIVA?La Bolsa Institucional de Valores, o BIVA, es el nuevo mercado bursátil mexicano, que surgió como un pro-yecto de la empresa Central de Corretajes (Cencor), y que fue presentado ante las autoridades financieras (SHCP, BANXICO y la CNBV) desde febrero de 2013 y des-de entonces se trabajó de la mano en su desarrollo.

El proyecto de BIVA recibió una inversión de apro-ximadamente 650 millones de pesos por parte del fondo de capital privado LIV Capital, con recursos le-vantados por un certificado de capital de desarrollo (CKD), emitido en diciembre de 2015 en la Bolsa Mexi-cana de Valores (BMV).

En octubre de 2015 presentó la solicitud de conce-sión para organizar y operar, y apenas el martes 29 de agosto de 2017 fue cuando recibió de manos del Pre-sidente Enrique Peña Nieto la concesión, con vigencia indefinida, para su funcionamiento.

El índice FTSE-BIVA está integrado por 57 emisoras”

Para la vigilancia de mercados contará con las plataformas X-Stream y SMART”

Por medio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Pú-blico, el Presidente Enrique Peña Nieto otorgó la con-cesión a BIVA el pasado 29 de agosto de 2017

María Ariza, reveló que la inversión que hizo el fon-do de capital privado tendrá un tiempo de vida de unos cuatro a cinco años, por lo que la salida de in-versión será a través de Bolsa.

LA REVISTA ASESORES | 15

Peter Drucker señaló en muchas de sus obras (La Sociedad del Cono-cimiento, entre ellas) que los avances tec-nológicos eran expo-

nencialemente más veloces cada vez. En una maravillosa compara-ción que me permito parafrasear, señala que entre el “descubri-miento” de la rueda y el primer tren de vapor, pasaron mucho más de 400 años, mientras que entre la Primera Guerra Mundial y la bomba atómica, no más de 50. Seamos realistas, hoy en día ya no se requiere ni siquiera de lustros para que nuestra realidad se reconfigure. O evaluamos cuá-les son los patrones constantes o somos lo suficientemente flexi-bles para adaptarnos un día sí y

al otro también. Así que ¿cuáles son las necesidades que genera esta nueva realidad? Porque eso siempre existe: la necesidad.

El cibercomercio (e-commer-ce) debe entenderse, ya necesa-riamente en términos de una es-tructura funcional sistematizada, por virtud de la cual se hace po-sible la realización de cualquier tipo de transacciones de manera electrónica.

Si bien es cierto que el térmi-no apela en primera instancia a los aspectos meramente mer-cantiles, es dable otorgarle un sentido amplio, particularmente cuando se encuentran sobre la mesa los programas internacio-nales en materia de impuestos en una economía digital (Acción I de la iniciativa BEPS, OCDE).

EL COMERCIO EN LA ERA DE LAS REDES SOCIALES:

EL NUEVO ORDEN

14 | LA REVISTA ASESORES

• Alvarez Valenzuela, socia.• Catedrática en la Escuela Bancaria y Comercial en Educación contínua en los módulos de ISR personas Físicas, Código Fiscal de la Federación, Impuestos Internacionales y el curso de Control interno y auditoría para la prevención del Fraude.

Aline Arbesú Ovín

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

LA REVISTA ASESORES | 17

Es cierto que se han dado iniciativas interesantes como el caso del “bit tax” que hace al usuario de In-ternet, el sujeto pasivo, en el que el retenedor sería el servidor y la base a gravar los bits utilizados en cada transacción, pero la realidad es que iniciativas más o iniciativas menos, actualmente existe una fuerte debilidad en el sistema tributario internacional en lo que se refiere al cibercomercio, los servicios Fintech, etc., y las cosas sólo se complican cuando hablamos de redes sociales, el verdadero semillero del empre-sario de la economía informal.

Las ventas a través de redes sociales presentan muchísimos retos: su fiscaliación (la cual más o me-nos se puede atemperar cuando se trata de transac-ciones mediante transferencia de fondos o tarjeta de crédito, pero vamos, cuánta atención le puede poner el fisco a esto), la seguridad en el intercambio comer-cial, los fraudes potenciales y reales, el robo de iden-tidad y un sinnúmero de etcéteras, todo cobijado por la “privacidad” de los grupos (la red social dentro de la red social que obedece a la regla de “lo que pasa en el grupo, se queda en el grupo”). Aquí ni PROFECO, ni Inteligencia Financiera ni nada.

Obviamente, lo anterior no pasa inadvertido a las autoridades. Cuando menos en México, el aún ad-ministrador general de Grandes Contribuyentes del SAT, Óscar Molina Chie, ha reconocido que las reglas existentes para el comercio electrónico deben ser re-novadas, y es que si, son un chiste mal contado que no se aproxima remotamente a lo que acontece, pero vaya, eso se notaba desde el principio de siglo, un poco lentos vamos en este tema, por decir lo menos (#démoslevelocidad).

Imaginemos que de acuerdo a cifras dadas por la Asociación Mexicana de Internet, en su informe 2018 existían al cierre del 2017 poco más de 79 millones de in-ternautas, de los cuales el 89% accede a redes sociales.

Si consideramos que el 39% de los usuarios realizan compras “on-line”, es decir, en sitios destinados a tal efecto, ¿cuántas operaciones se realizarán en redes sociales, mediante mecanismos informales del tipo “pago contra entrega”? Total que el nicho de oportu-nidad es bastante grande.

Como coinciden mucho especialistas, en realidad no necesitamos ni impuestos nuevos ni aumento de tasas, se necesitan nuevos sistemas de recaudación, nuevas plataformas, necesitamos jugar el la cancha del mundo digital, lo cual no está en la agenda del legislativo cuando menos en un futuro cercano.

Por lo pronto, comercialmente es la mejor estrategia de penetración; hay que estar en las redes sociales, en las más importantes, hay que ser “trender” y así apa-recer en la lista de Forbes como los millonarios más jóvenes de la historia. Hay que saber de marketing di-gital, sin duda, en lo que esperamos a que los señores legisladores a instancias del SAT, busquen cómo am-pliar la base de contribuyentes cautivos y proponer un RIF verdaderamente eficiente. Habrá que ver. B

El cibercomercio en realidad opaca los vínculos entre lugar de suministro, de localización y de consumo, por lo que entiende que es necesario un sistema de identificación fiscal”

No necesitamos ni impuestos nuevos ni aumento de tasas, se necesitan nuevos sistemas de recaudación, nuevas plataformas”

EL COMERCIO EN LA ERA DE LAS REDES SOCIALES: EL NUEVO ORDEN | ASESORES

16 | LA REVISTA ASESORES

Lo anterior, se traduce indiscutiblemente en un enorme desafío para los Gobiernos que buscan fis-calizar esta nueva (y realmente no tan nueva) forma de hacer negocios, de forma que pueda evitar que se socave la capacidad para recaudar el gasto público. El internet ha modificado desde la raíz el perfil de la economía.

Hasta ahora, los impuestos que re-caen en este orden actual en el que se generan los negocios, son propios de la sistemática tributaria en la que se impo-ne sobre el hecho generador de riqueza o bien sobre la fuente, es decir, al bene-ficio y a la operación; sin embargo, cada día con mayor notoriedad, los Gobiernos tienden a querer eliminar la máxima de una Red (WWW) libre de impuestos.

La propia OCDE, por conducto de su comisión correspondiente ha señalado que hace falta un diálogo realista en la materia que suponga además cambios legislativos, pues el cibercomercio en realidad opaca los vínculos entre lugar de suministro, de localización y de consumo, por lo que entiende que es necesario un sistema de identificación fiscal con base en otro tipo de relaciones jurídicas es-tablecidas dentro de la propia operación comercial. Es necesario sin duda repasar la sistemática tributaria y suprimir la tentación de gravar de muchas de las auto-ridades nacionales, que en realidad termina por alejar-nos del mercado mundial.

El Artículo 5º del Modelo de Convenio de la OCDE con-sidera como establecimiento permanente a un lugar fijo de negocios, e indica textualmente: “… la expresión esta-blecimiento permanente significa un lugar fijo de nego-cios, mediante el cual una empresa realiza toda o parte

de su actividad”. Lo que sabemos ahora, es que muchas personas y empresas, rea-lizan sus operaciones SIN tener un lugar físico FIJO, ya que las plataformas digitales han permitido la existencia del “comercio movil”. Sin duda alguna, el comercio elec-trónico tomó por sorpresa al mundo: fue un disruptor (mi palabra favorita por mu-cho en materia de tecnología) de los es-quemas legales, administrativos y fiscales tradicionales, tanto en el common wealth como aquéllos de base románica.

Ahora bien, no podemos pretender que los Estados conviertan al Internet en un espacio libre de impuestos pues las pérdidas en la recaudación tan sólo por cuanto hace al Impuesto al Valor Agrega-do, sería de miles de millones (de pesos,

de dólares o de euros, para el caso), pero también es imposible evadir y mantener la frágil calma en materia tributaria cuando el aumento exponencial de las tran-sacciones comerciales y financieras sujetas de tributo a través del internet, ha facilitado de la misma forma las operaciones transfronterizas, la movilidad de los nego-cios y del capital, haciendo de muy difícil localización la fuente u origen de la operación y/o el consumidor.

El cibercomercio (e-commerce) debe entenderse, ya necesariamente en términos de una estructura funcional sistematizada”

LA REVISTA ASESORES | 19

En la Conferencia CAF: Infraestructura para la Integración de América Latina ministros de Economía, Finanzas y de Planificación, representantes del sector privado y expertos de América Latina y España analizaron las oportunidades para la integración latinoamericana a través del desarrollo de infraestructura en sectores estratégicos como vialidad, puertos, aeropuertos, telecomunicaciones y energía, entre otros”

En este sentido, CAF propone un trabajo focalizado en Corredores Lo-gísticos de Integración (CLI), que puede ser el gran dinamizador de la integración física y funcional de la infraestructura con el objetivo de im-pulsar la competitividad de los países de América Latina.

En esa línea, es necesario propiciar un salto evolutivo en el entendi-miento de la agenda de infraestructura de integración regional, transitan-do desde un “paradigma unidimensional” centrado en integración física, hacia un “paradigma multidimensional” de integración física y funcional.

18 | LA REVISTA ASESORES

La inversión en infraestructura está en el centro de las discusio-nes para el desarrollo en América Latina. Las oportunidades iden-tificadas para la próxima década ascienden a USD 4.500 miles de

millones. Solo en los sectores de transpor-te y telecomunicaciones existe un conjun-to de proyectos y programas a ejecutarse en los siguientes 10 años, conformado por 22 iniciativas, cuyo monto acumulado de inversión suma USD 117.850 millones.

Otra gran oportunidad de inversión son los 409 proyectos por ejecutar de la cartera de integración de infraestructura en América del Sur, por un total de USD 150.405 millones en los sectores transpor-te, telecomunicaciones y energía. Además, hacia 2040 se estima que en dos sectores clave como el portuario y aeroportuario, la región tiene necesidad de invertir USD 55.000 millones y USD 53.000 millones res-pectivamente.

Por eso CAF -banco de desarrollo de América Latina-, que ha apoyado en los últimos 20 años un total de 77 proyectos de integración regional por USD 30.856 mi-llones, realizó hoy en Madrid la Conferen-cia CAF: Infraestructura para la Integración de América Latina, en la que Ministros de Economía, Finanzas y de Planificación, re-

presentantes del sector privado y expertos de América Latina y España analizaron las oportunidades en el desarrollo de infraes-tructura y el enfoque de corredores logísti-cos, así como los desafíos y oportunidades de financiamiento de proyectos y progra-mas de inversión prioritarios, para avanzar en una agenda de integración regional.

El presidente  ejecutivo  de CAF,  Luis Carranza, ha señalado “las brechas en in-fraestructuras que existen hoy en América latina, desde agua y electricidad, a trans-porte, logística y telecomunicaciones, sec-tores donde se debe duplicar la inversión sobre PIB, si queremos  converger con los países líderes en Asia y Europa” y ha sub-rayado que “las infraestructuras son un elemento dinamizador del crecimiento económico, a través de la mejora de la productividad y como consolidación del desarrollo social, a través de la reducción de la pobreza y la consolidación de la cla-se media; y esa es la gran apuesta de CAF”.

Actualmente existe una apuesta global por la funcionalidad de los corredores de integración, con un enfoque centrado en desempeño logístico sistémico, aplicación avanzada de nuevas tecnologías e innova-ción; lo que ha permitido generar solucio-nes eficientes en Canadá y países de Asia Central, entre otros.

• CAF es un banco de desarrollo constituido en 1970 y conformado por 19 países - 17 de América Latina y el Caribe, España y Portugal- y 13 bancos privados de la región.• Promueve un modelo de desarrollo sostenible, mediante operaciones de crédito, recursos no reembolsables y apoyo en la estructuración técnica y financiera de proyectos de los sectores público y privado de América Latina.• Con sede en Caracas, Venezuela, cuenta con oficinas en Buenos Aires, La Paz, Brasilia, Bogotá, Quito, Madrid, México D.F, Ciudad de Panamá, Asunción, Lima, Montevideo y Puerto España.

CONOCE MÁSSOBRE CAF

América Latinaofrece oportunidadesde inversión en infraestructura

por USD 4.500 miles de millones en los próximos 10 años

20 | LA REVISTA ASESORES

Este enfoque funcional debe englobar interven-ciones sistémicas —infraestructura, servicios, gober-nanza— sobre CLI que articulen diversos ámbitos de desarrollo como clústeres productivos, ejes de in-terconexión, pasos fronterizos, áreas metropolitanas o puertos, entre otros. El ministro de Fomento de España, José Luis Ábalos, ha asegurado la colabo-ración de su departamento con el sector privado a la hora de abordar las iniciativas en infraestructu-ras porque “es importante el apoyo y colaboración con la empresa española que tiene gran desarrollo internacional” y ha garantizado el compromiso del Gobierno con América Latina porque “soy partidario de la revitalización de la Comunidad Iberoamerica-na de Naciones como puente de colaboración con Europa y no solo desde el punto de vista afectivo e histórico sino en el político y económico, en concreto en el sector de las infraestructuras”.

La secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa de España, Ana de la Cueva, ha puesto de manifiesto la importancia de construir alianzas pú-blico privadas que permitan optimizar los recursos para hacer frente a la creciente demanda de infraes-tructuras: “es necesario que el enfoque tradicional de financiación se complemente con la movilización de capital privado”.

Asimismo, la secretaria de Estado ha querido des-

tacar el papel de las empresas españolas en el de-sarrollo de infraestructuras en Latinoamérica seña-lando que “es indudable que las inversiones de las empresas españolas junto con las de instituciones financieras multilaterales como CAF han consegui-do cerrar la brecha vertical en infraestructuras en la región, con el consiguiente impacto positivo en el bienestar económico y social”.

En el debate sobre las oportunidades de finan-ciamiento e inversión en América Latina que se realizó en Casa de América, participaron Esteves Colnago Junior, presidente del Directorio de CAF y ministro de Planeamiento, Desarrollo y Gestión de Brasil; Mariana Prado, ministra de Planificación del Desarrollo de Bolivia; Dyogo de Oliveira, pre-sidente del Banco Nacional de Desarrollo (BNDES) de Brasil; Mauricio Cárdenas, ministro de Hacienda y Crédito Público de Colombia; Humberto Colman, viceministro de Hacienda de Paraguay; Pedro Gra-dos, presidente del Directorio de la Corporación Financiera de Desarrollo de Perú; Mario Bergara, presidente del Banco Central de Uruguay; Santia-go Miralles, director general de Casa de América; Salvador Marín, presidente de COFIDES; Joan Rosell, presidente de la Confederación Española de Orga-nizaciones Empresariales (CEOE), Isaac Martín-Bar-bero, presidente de INECO; y Juan Béjar, presidente de Globalvía, entre otros. B

LA REVISTA ASESORES | 23

número de individuos intervendrá en la toma de decisiones y así se encontrarán en posibilidades de enfrentar, de una manera más efectiva, las nue-vas problemáticas que se susciten dentro de un país; además de que, con la descentralización, se asegura un desarrollo integral de las regiones que componen una determinada nación, y se previene el hecho de que zonas específicas completas ob-tengan un mayor progreso como resultado de la acumulación del poder.

La visión del próximo Presidente de México es descentralizar a las secretarías y dependencias fe-derales para generar un crecimiento homgéneo en todos los estados de la República y así poder com-batir la centralización política y la administrativa.

La propuesta de Andrés Manuel López Obrador tiene amplias posibilidades de cumplirse en virtud de tres aspectos: El primero, respecto a que, en el ámbito político, México es una nación establecida bajo el sistema republicano y federal; el segundo, respecto a que, en el contexto administrativo, existe una administración pública centralizada, compuesta por diversas Secretarías de Estado, en relación a las cuales el Ejecutivo Federal podrá ejercer facultades jerárquicas, tales como el libre nombramiento y re-moción de Secretarios de Estado de su encargo; y el tercero, respecto a que el Ejecutivo Federal podrá distribuir los asuntos del orden administrativo fede-ral a través de las dependencias de la Administra-ción Pública Federal centralizada.

22 | LA REVISTA ASESORES

Durante la época contemporánea han surgido nuevos fenómenos políticos, económicos y sociales que han llevado a múltiples paí-ses a transformarse y a adaptar-

se a la nueva realidad global; uno de los principales cambios mundiales ha sido la adopción, por parte de varias naciones, de sistemas descentralizados de gobier-no, los cuales, en el estricto sentido de la palabra, implican la ejecución de proce-dimientos de redistribución de funciones del poder central hacia los gobiernos lo-cales, creados con la finalidad de liberar al Estado de la carga laboral y económica que la concentración del poder conlleva.

En medio de todos estos cambios, Mé-xico vivió una intensa jornada electoral hace unos meses; y el Presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, ha pues-to en su boca y en la lista de propuestas para su mandato, la palabra “descentra-lización” para impulsar un crecimiento nacional igualitario. Recordemos que, en épocas pasadas y a fin de que fuera po-sible la efectiva consagración de un Es-tado-Nación, los detentadores del poder optaron por impulsar la creación de un gobierno central fuerte a través del cual fuera posible brindar estabilidad política y social a la región, evitando así insurrec-ciones por parte de los grupos opositores a los núcleos de autoridad.

• Lic. en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) unidad Azcapotzalco, especializado en Régimen de la Administración Pública y Finanzas Públicas.• Abogado en materia fiscal y administrativa por parte de la firma RAND Abogados en el Área de Amparos y Nuevas Estrategias.• Laboró en la Décimo Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la Tercera Sala Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y la Consejería Adjunta de Legislación y Estudios Normativos de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

Carlos Santiago Zetina Cardona

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

LA VERDAD RESPECTO A LA “DESCENTRALIZACIÓN”

DE DEPENDENCIAS PROPUESTA POR AMLO

La visión del próximo Presidente de México es descentralizar a las secretarías y dependencias federales para generar un crecimiento homogéneo en todos los Estados de la República”

Dicho lo anterior y, de acuerdo con la postura anti ‘mafia del poder’ de AMLO, el Presidente electo está consciente de que el sistema centralista funcionó an-taño como un mecanismo efectivo para alcanzar la consolidación de numerosos Estado-Nación tanto en México como en el mundo, pero también sabe que la mar-cada tendencia a implementar sistemas descentralizados de gobierno funciona como una segunda etapa de desarrollo para los países en donde, siempre, la prioridad deberá ser el bienestar general de la población. A través del fomento de la integración y la participación conjunta de los distintos niveles de gobierno me-diante un reparto más equitativo de res-ponsabilidades y atribuciones, un mayor

Programa de distribución de la Administración Pública Paraestatal por región y servicio:• PEMEX a Ciudad del Carmen, Campeche;• CFE a Tuxtla Gutiérrez, Chiapas;• DICONSA a Zacatecas;• CONACYT a la Paz, Baja California Sur;• CONAGUA a Veracruz;• IMSS a Morelia, Michoacán;• INFONAVIT a Toluca, Estado de México;• ISSSTE a Colima;• INEGI a Aguascalientes;• FONATUR a Bahía de Banderas, Nayarit;• SAT a Mexicali, Baja California.

En razón de lo expuesto, resulta indispensable resal-tar que la visión del próximo Presidente de México no se ajusta del todo a la figura jurídica de la descentra-lización, de acuerdo con los siguientes razonamientos:

• Las Secretarías de Estado no se descentralizarán en un sentido estricto, puesto que seguirán pertene-ciendo al gobierno Federal;

• No existirá una redistribución de competencias por par-te del Gobierno Federal hacia los Gobiernos Locales;

• Las dependencias única y exclusivamente cambia-rán de sede, trasladándose de la Ciudad de México a otros Estados de la República;

• La concepción tradicional de la descentralización abarca la desvinculación de la Administración Pú-blica Federal Centralizada; mientras que la des-centralización sugerida por López Obrador, no sólo comprenderá a la Administración Central sino tam-bién a la Paraestatal.

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANOPachuca, Hidalgo

PRESIDENCIA Y SECRETARÍAS DE GOBERNACIÓN , HACIENDA, RELACIONES EXTERIORES, DEFENSA Y MARINACiudad de México

BANOBRASCuernavaca, Morelos

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICAQuerétaro

Quer

etar

o

SECRETARÍA DE AGRICULTURA

Ciudad Obregón, Sonora

MINERÍAChihuahua

ADUANATamaulipas

CDMX

SECRETARÍA DE ECONOMÍA

Monterrey,Nuevo León

SECRETARÍA DE TURISMO Chetumal, Quintana Roo

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

Mérida, Yucatán

NACIONAL FIANANCIERA

Coahuila

CONAGUA Veracruz

PEMEXCiudad del Carmen,

Campeche

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICAPuebla

INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN Tijuana, Baja California

COMISIÓNFORESTAL

Durango

SECRETARÍADE CULTURA Tlaxcala

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

Oaxaca

SECRETARÍA DE SALUDGuerrero

CUERNAVACA

CONACYT La Paz, Baja California Sur

SECRETARÍADE PESCA

Mazatlán, Sinaloa

FONATUR Bahía de Banderas, Nayarit

ISSSTE Colima

INFONAVIT Toluca,

Estado de México

SECRETARÍA DE GANADERÍAGuadalajara, Jalisco

DICONSAZacatecas

CONADE Aguascaliente

IMSS Michoacán

SECRETARÍADEL TRABAJO

Guanajuato

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

San Luis Potosí

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Villahermosa, Tabasco

Hidalgo

LA REVISTA ASESORES | 25

LA VERDAD RESPECTO A LA “DESCENTRALIZACIÓN” DE DEPENDENCIAS PROPUESTA POR AMLO | ASESORES

De manera análoga, se debe señalar que la doc-trina jurídica ha establecido que la descentraliza-ción en el ámbito administrativo se clasifica de la siguiente manera:

• Geográfica: es el tipo de organización adminis-trativa que tiene por objeto suplir necesidades generales, mediante el aprovechamiento de acti-vidades económicas o recursos materiales obte-nibles en una zona geográfica específica; o bien, es aquella que va encaminada a la creación de organismos encargados de cubrir intereses co-lectivos de los habitantes de una determinada circunscripción territorial;

• Por servicio: es una forma de organización admi-

nistrativa que tiene por finalidad la satisfacción de necesidades generales, mediante la crea-ción de organismos públicos descentralizados, a través de una ley o decreto del Congreso de la Unión o por decreto del Ejecutivo Federal, los cuales estarán dotados de personalidad jurídica y patrimonio propios, encargados de prestar de-terminados servicios públicos que por el grado de preparación técnica no pueden ser otorgados por la Administración Pública Central;

• Por colaboración: Se configura cuando el Estado

combina esfuerzos con el sector privado, permi-tiendo a los particulares la intervención en la esfera administrativa, a efecto de que puedan ejercer ciertas funciones públicas por un tiempo definido, con la intención de resolver problemá-ticas concretas que, por su alto grado de prepa-ración técnica, no pueden ser resueltas por la Administración Pública Federal.

La propuesta de AMLO no es estrictamente una descentralización de dependencias de la Administración Pública Federal, sino que nos encontramos única y exclusivamente ante un cambio de sede de las dependencias que integran la Administración Pública”

Bajo esa tesitura, es evidente que el plan de reestruc-turación de la Administración Pública Federal Central de AMLO podría encuadrar en los supuestos de descentra-lización administrativa por geografía y por servicio, en virtud de que se distribuirían las Secretarías de Estado atendiendo a las actividades económicas predominan-tes en cada región y a los recursos materiales obteni-bles en zonas territoriales específicas; además de que existe una estrecha relación con los servicios y asuntos que se encuentran dentro de la competencia material de cada una de las dependencias. A continuación se esquematiza de manera más clara:

Programa de distribución de Secretarías de Estado por región y por servicio:• Secretaría de Turismo a Chetumal, Quintana Roo;• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Natura-

les a Mérida, Yucatán;• Secretaría de Energía a Villahermosa, Tabasco;• Secretaría de Desarrollo Social a Oaxaca;• Secretaría de Educación Pública a Puebla;• Secretaría de Cultura a Tlaxcala;• Secretaría de Salud a Chilpancingo, Guerrero;• Secretaría de Ganadería a Guadalajara, Jalisco;• Secretaría de la Función Pública a Querétaro;• Secretaría del Trabajo y Previsión Social a León,

Guanajuato;• Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urba-

no a Pachuca, Hidalgo;• Secretaría de Comunicaciones y Transportes a San

Luis Potosí;• Secretaría de Economía a Monterrey, Nuevo León;• Secretaría de Pesca a Mazatlán, Sinaloa;• Secretaría de Agricultura a Ciudad Obregón, Sonora.

A pesar de lo anterior, se debe indicar que la pre-sunta descentralización de dependencias de la Ad-ministración Pública Federal no será de carácter ab-soluta, ya que el Presidente electo ha manifestado que las Secretarías de: Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional y de Marina, continuarán teniendo su sede en la Ciudad de México, debido a que son considera-das las más importantes dependencias del Ejecutivo Federal y son necesarias para asegurar el orden pú-blico y el interés social.

No debe pasar desapercibido que el proyecto de López Obrador tiene contemplado extenderse tam-bién a la Administración Pública Paraestatal, pues también abarcará a Organismos Públicos Descentra-lizados, Empresas de Participación Estatal y Fideico-misos Públicos, tal como se ilustra a continuación:

24 | LA REVISTA ASESORES

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26 | LA REVISTA ASESORES

En otras palabras, AMLO ejerce de manera inapro-piada el término de descentralización, toda vez que su programa no encuadra totalmente dentro de di-cha figura; primero, porque no se liberará al Gobierno Federal de las cargas financieras y laborales que la concentración del poder implica; segundo, porque su plan abarcará a la Administración Pública Centralizada y también a la Paraestatal; y tercero, porque el plan de desvinculación será de naturaleza parcial, pues cinco Secretarías de Estado permanecerán concentradas en la Ciudad de México y no formarán parte del supues-to proyecto de descentralización que en un futuro se podría implementar.

Ante este panorama, podemos deducir que los po-sibles beneficios que traería consigo la presunta des-centralización de la Administración Pública Federal son los siguientes:

• La promoción de un desarrollo de carácter integral en las distintas regiones que componen el territorio nacional, debido a que, gracias a la dispersión de las distintas dependencias, se crearán nuevos empleos;

• El fomento de actividades encaminadas a satisfacer el bienestar colectivo a nivel nacional, a través de un mejor aprovechamiento de los recursos natura-les y actividades económicas que son característi-cos de cada región;

• La redistribución de los recursos financieros, materia-les y humanos a lo largo de todo el territorio nacional;

Y aunque muchos auguran un buen resultado del plan de reorganización de la Administración Pública Federal, también se evidencian los posibles riesgos que implica llevarlo a cabo:

• La transición de dependencias a otras regiones sig-nificaría un gran gasto para el erario público, lo cual se contrapone a la visión de austeridad que AMLO había propuesto durante todas sus campañas;

• El aumento de la deuda externa, pues se requeriría de nueva infraestructura y tecnología para poder ejecutar un plan de reorganización a nivel nacional;

• La afectación al estilo de vida de los trabajadores al servicio del Estado, lo que a su vez podría generar un descontento general;

• La imposibilidad de satisfacer las necesidades de los individuos que se trasladen a otros Estados, toda vez que los gobiernos locales no cuentan ac-tualmente con la infraestructura para abastecer a una mayor población.

Finalmente, se concluye que la propuesta de Andrés Manuel López Obrador no es estrictamente una descen-tralización de dependencias de la Administración Públi-ca Federal, sino que nos encontramos única y exclusi-vamente ante un cambio de sede de las dependencias que integran la Administración Pública Centralizada y Paraestatal, además de que dicho desplazamiento te-rritorial será solo de carácter parcial, puesto que aún seguirán concentrándose las cinco dependencias más importantes dentro de la Ciudad de México.

Consecuentemente, la visión de López Obrador puede traer, a largo plazo, ciertos beneficios a la na-ción, pero hay que tomar en consideración que un cambio tan radical en tan poco tiempo podría generar consecuencias graves al plan de vida de los trabaja-dores al servicio del Estado, y a la economía nacional; toda vez que el cambio de sede de las dependencias necesita la utilización de múltiples recursos financie-ros y materiales que, de no ser suficientes, llevarían al país a aumentar su deuda externa, lo cual cho-caría con el plan de austeridad inicial propuesto por el próximo Presidente de México. Luego entonces, lo más viable sería implementar la presunta descentra-lización de forma paulatina, atendiendo a la susten-tabilidad de cada región del país y ajustándose a un plan de austeridad que no comprometa el crecimien-to y desarrollo de la economía nacional. B

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Y delegar es una acción difícil de ejecutar no por su complejidad, sino por nuestra resistencia a perder de vista todo lo que sucede en nuestro trabajo. Hemos sido engañados al creer que un buen jefe es aquel que sabe todo lo que hacen sus trabajadores y que además sabe cómo lo hacen. Por el contrario, a un buen jefe debe interesarle solo el resultado esperado que deben lograr sus trabajadores, el cómo, es dejarlo libre a la de-cisión de ellos. Es mostrarles la meta, el objetivo, pero que ellos descubran el camino. Y cuando la meta parez-ca difusa o surja un segundo objetivo, es dejar a ellos decidir y después respaldar, y de ser necesario re direc-cionar. Muchos son los ejemplos en las empresas de

personas que toman decisiones equivocadas, y al tener que presentar el error a su jefe las reacciones son: “por eso es mejor deja las cosas como están”, “bueno, en toda decisión hay responsabilidad, hazte cargo de las consecuencias”, “esa decisión le costó N pesos a la em-presa, por lo tanto, tendremos que descontarlos de tu sueldo”. Considerando los escenarios anteriores anali-cemos, ¿qué motivaría a una persona a volver a tomar una decisión? Las personas cada vez más buscan vali-dar sus decisiones con los jefes, para que en caso de una equivocación exista un mecanismo de defensa al decir “usted lo autorizó”. Nosotros como jefes estamos matando la proactividad.

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• Miembro del Comité Técnico de Normalización Nacional de Sistemas de Gestión de la Calidad (CTNN-9), del Instituto Mexicano de Normalización y Certificación A.C. (IMNC). • Participa a su vez en el Comité Técnico Internacional 176 de la Organización Internacional de Normalización (ISO) responsable de la familia de normas internacionales ISO 9000 e ISO 17000 y funge como Director General y Socio Consultor en KWT Consulting S.A. de C.V.

Juan Manuel González Montiel

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

Proactividad en el diccionario de la lengua española se define como: adjetivo. Que toma activamente el control y decide qué hacer en cada momento, anticipándose a los acontecimientos. Es por esto

que cada vez es más común encontrar en las ofertas de empleo la palabra proacti-vidad, de hecho, en entrevista a directivos de empresas en distintos estados de la Re-pública Mexicana una característica que se busca en toda persona que sea líder de un grupo de trabajo es la proactividad.

Analicemos a detalle la definición. La primera parte, dice, que toma activamen-te el control, ¿Cuántos de nosotros como jefes, gerentes o directivos, deseamos que nuestra gente tome el control? ¿Cuántos hemos provocado situaciones o creado las circunstancias para que nuestra gente tome el control? Si reflexionamos, pocas son las ocasiones en las que permitimos que la gente tome el control, un impulso que tenemos los seres humanos es la ne-cesidad de información, porque sabemos que la información es poder. ¿Quiere pro-barlo? En la siguiente reunión de trabajo que tenga, cuando vaya a discutirse un punto importante mencione la siguiente frase “eso no lo discutamos, en la siguien-te semana sucederá algo que cambiará por completo este tema”, después, observe las reacciones, todos quedarán asombrados y con una gran inquietud sobre cuál es el evento que usted sabe que sucederá en la siguiente semana, y la mayoría tendrá la expectativa de que usted es importante por el hecho de tener información privilegiada, por ello, la información es poder. Entonces nos enfrentamos a una gran incongruencia en las organizaciones, por una parte, bus-

Proactividad: La ventaja desperdiciada en México

Una característica que se busca en toda persona que sea líder de un grupo de trabajo es la proactividad”

camos y demandamos al departamento de recursos humanos que todo el capital humano que atraiga sea proactivo, y noso-tros tendemos a quitarles a este personal la capacidad de que tomen el control. No-sotros mismos estamos creando grupos de trabajo que no toman el control, porque pedimos vistos buenos, revisiones, apro-baciones o firmas. Nosotros como empresa estamos matando la proactividad.

En la segunda parte de la definición se observa: decide qué hacer en cada mo-mento. Y sin duda todos queremos que nuestra gente tome decisiones, no nos gusta que nos estén buscando en per-sona, por llamada, correo electrónico o mensaje para consultar decisiones sim-ples, que no requieren de nuestra inter-vención. Nos sentimos abrumados cuan-do debemos salir por alguna razón de la empresa y nuestro teléfono se vuelve loco, atendemos reuniones con clientes, prospectos u otras áreas de la organiza-ción y tenemos que estar respondiendo correos o mensajes de WhatsApp, muchas veces con la palabra “Adelante”. Entonces, ¿estamos creando personas que deciden qué hacer o personas que validan nuestra decisión al consultarnos? Para poder per-mitir que las personas decidan qué hacer, debemos delegar.

Lo anterior no indica que solo la proactividad sea la llave para lograr esto, de hecho, se requieren de ob-jetivos, políticas y lineamientos claros, y de que todos los empleados cumplan con sus funciones básicas; sin embargo, una organización que solo cumpla con lo que se espera de ella está condenada al estancamien-to y futuro fracaso. Es ya muy conocida la frase “la úni-ca constante es el cambio” por lo tanto las organiza-ciones que busquen permanecer, crecer y expandirse, además de cumplir su propósito deben buscar el valor agregado que el cliente está buscando todo el tiempo, y esto se puede lograr con la proactividad.

Para que las personas puedan ser proactivas re-quieren de contar con tiempo. Tiempo para pensar, imaginar, crear, en gene-ral tiempo para ser creativos. Cómo podemos pedir que exista la proac-tividad si los colaboradores pasan todo el tiempo trabajando y hemos permeado en las empresas que los empleados buenos son aquellos que entran temprano y salen tarde. No se malinterprete, el cumplimiento de los horarios en el sitio de trabajo, es de-cir la asistencia y la puntualidad no es solo una regla de las empresas, de-bería de ser un valor en las personas. Por lo tanto, cumplir con asistir y ser puntuales es parte de la convicción de uno mismo, pero salir en punto de la hora de salida no es sinónimo de improductividad. Es por esto que necesitamos dotar de tiempo a los colaboradores, para que puedan ser proactivos, y a medida que sus ideas de proactividad los lleven a tener más tiempo, entonces provocamos más proactividad. De ninguna forma el tiempo libre puede ser un mal para un co-laborador proactivo, las mejores ideas surgen cuan-do menos se lo espera uno, pero no surgirán si todo el tiempo tenemos actividades por hacer.

Por lo tanto, la proactividad no es solo una habi-lidad o competencia de las personas, es un sistema donde participan todos los miembros de la organi-zación, las estructuras de comunicación y de lideraz-go presentes. Para que un colaborador sea proactivo gran parte de la responsabilidad es de la empresa. Por esa razón debemos poner especial atención en eliminar las condiciones que matan la proactividad.

DAR MÁS TRABAJO, AL QUE AHORRA TIEMPOComo ya se mencionó antes, existe la mala práctica en las empresas de creer que una persona ocupada todo el tiempo es una persona productiva. Lo que debemos evitar cuando un trabajador se ahorre tiempo, es eliminar ese impulso de querer asignarle más trabajo. Piénselo solo un momento, si un co-laborador aporta una mejora con la que reduce en dos horas su trabajo semanal, y usted inmediata-mente le asigna otra tarea; entonces, el colaborador entenderá que mejorar significa más trabajo, y que entre más tiempo libre tenga más actividades ten-drá, entonces aprenderá a no generar ideas y ade-

más a hacer actividades lo más lento posible para no tener tiempo.

NO RETROALIMENTARO HACERLOINCORRECTAMENTEOtro error común es no retroalimentar a los colaboradores cuando toman una decisión incorrecta o que no produce el resultado adecuado. O en otro de los casos, les damos una retroalimen-tación incorrecta. La forma ideal de re-troalimentar consta de dos partes. La primera, recuerde que está tratando con personas que piensan, sienten y son autónomas, por lo tanto, sus emo-ciones son igual de importantes que la retroalimentación en sí. Además, difí-cilmente un colaborador tomará una

decisión pensando en perjudicar la empresa, ana-lice de fondo la intención, normalmente las malas decisiones están fundadas en una buena intención: terminar el trabajo, entregar al cliente, resolver un problema, entre otros. ¿Pensaríamos entonces que es correcto reprimir a una persona que tuvo toda la intención positiva de ayudar a nuestra empresa? Y la segunda, es necesario considerar para toda re-troalimentación el aspecto positivo de la misma, no debemos centrarnos en corregir, sino más bien en re direccionar. Es decir, debemos reflexionar sobre lo positivo de la acción, mencionar el cambio necesario en la toma de decisiones y cerrar con los beneficios que esto traería como consecuencia, de esta forma estamos provocando más toma de decisiones y, por ende, más proactividad.

Tanto nuestros hijos como nuestros trabajadores tienen un factor clave, único, importante e innegable, son personas, así que podemos comenzar por tratarlos por igual”

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Existe la mala práctica en las empresas de creer que una persona ocupada todo el tiempo es una persona productiva”

La tercera parte de la definición dice, anticipándose a los acontecimientos. En las empresas, a este compo-nente de la proactividad le llamamos de distintas for-mas. Una de ellas es, prevención, cuando buscamos que la gente prevea situaciones y se anticipe. Tam-bién le llamamos visión, necesitamos que las perso-nas puedan ampliar su visión para poder ver otras posibilidades, que consideren otros escenarios y puedan entonces actuar en consecuencia. Una forma simple y coloquial de como llamamos a esta parte de la definición es: pensar. Queremos que la gente pien-se, las empresas cada vez más necesitamos que las personas mediten sus decisiones y puedan comparar las posibles consecuencias. Sin embargo, nuevamente caemos, en el mejor de los casos, en el inconvenien-te de que las personas buscan validar sus decisiones con nosotros; y, en el peor de los casos, las personas nos preguntan qué hacer. ¿Y qué hacemos cuándo las personas nos preguntan qué hacer? Les damos la respuesta. El responder es una respuesta natural de todo ser humano, realice el siguiente ejercicio con un compañero, familiar o amigo. Consiste en que el primero realiza una pregunta, y el segundo debe res-ponder también con otra pregunta que no tenga nada que ver, es decir, solo deben hacer que cada persona realice cualquier tipo de pregunta cada vez que parti-cipe, hágalo lo más rápido posible. En algún momento notará que tenemos el impulso a responder, y llega un momento en que nos gana el inconsciente y res-pondemos. Por esta razón si queremos gente proacti-va, debemos aprender a guardar silencio y preguntar ¿cómo lo resolverías? De lo contrario, nosotros como personas, estamos matando la proactividad.

La proactividad es una ventaja clave para las em-presas que no pueden permitirse perder. Le permite a una organización ser ágil, responder con rapidez a los cambios, agilizar el trabajo interno, eliminar des-perdicios, mejorar el clima laboral, reducir los costos, mejorar los tiempos de entrega y sobre todo mejorar la atención al cliente, pudiendo contribuir a la fideli-dad del cliente.

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PROACTIVIDAD: LA VENTAJA DESPERDICIADA EN MÉXICO | ASESORES

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NO DELEGARQuizá la más difícil de las acciones. Sabemos que el con-trol es poder, y por lo tanto no queremos cederlo. Sin embargo, pensemos en todo el daño que estamos pro-vocando con estas acciones. En primer lugar, nosotros no podemos tomar vacaciones o tener días libres, ya que todo el tiempo nos están buscando a través del teléfo-no y del correo electrónico, y en segundo lugar y no me-nos importante pregúntese ¿qué empresa llego al éxito contando solo con las decisiones de uno o muy pocos? Podemos identificar algunos grandes líderes que han revolucionado sus empresas y que son grandes figuras como: Steve Jobs, Elon Musk, Jeff Bezos, Richard Branson, entre muchos otros más. Y podría parecer que ellos fue-ron la única clave para crear sus empresas y producir los enormes resultados que vemos hoy en día, sin embargo, difícilmente una sola persona podría estar al pendiente de las decisiones de más de 123,000 colaboradores, como es el caso de Apple. La proactividad exige delegar, y con ello se produce un único resultado posible: mejorar.

En la experiencia como consultor en los últimos seis años se han identificado estas y otras prácticas que es-tán matando la proactividad, algunas de ellas son la falta de reconocimiento al personal, la modificación constante de las ideas de las personas, la falta de confianza en los equipos de trabajo, la incapacidad de escuchar activa-mente, y algunas otras más. Lo importante es compren-der que, de seguir con estas prácticas estamos llevando a México a una posición crítica, donde sus empresas serán poco competitivas y por tanto la economía puede enfren-tar un reto aún más fuerte del que ya tiene ahora.

La proactividad es algo necesario incluso en la vida personal, imaginemos las nuevas generaciones de ni-ños y niñas, que hoy los padres estamos buscando las

mejores herramientas para ellos. Invertimos en su educa-ción, desarrollamos sus habilidades naturales, pasamos tiempo de calidad con ellos, los retroalimentamos y re-conocemos cuando es necesario, les brindamos seguri-dad y confianza; porque estamos seguros que con esto ellos podrán desarrollar su inteligencia y su creatividad y esto los hará tener más y mejores posibilidades en el futuro, en pocas palabras buscamos que nuestros hijos sean proactivos. Entonces, por qué no hacer lo mismo con nuestros trabajadores, de hecho, buscamos lo mismo para ellos, las mejores oportunidades para que desarro-llen su inteligencia y creatividad, y ellos buscan también seguridad, confianza, reconocimiento, retroalimentación cuando es necesaria, etcétera. Al final de cuentas tanto nuestros hijos como nuestros trabajadores tienen un fac-tor clave, único, importante e innegable, son personas, así que podemos comenzar por tratarlos por igual. B

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total hacia la empresa donde se actualice la inter-vención de la misma bajo vigilancia, o incluso su sus-pensión en labores, sin embargo en cuanto a su ex-tinción esto se actualiza por lo regular por pérdida de acciones o pérdida en pocas palabras de capital suficiente para poder operar la movilidad mercantil que sugiere el giro comercial de la persona jurídica.

Por lo anterior hemos de precisar que al menos hasta recientes años la empresa solo tenia que pro-tegerse de efectos civiles, mercantiles o administrati-vos, o diversas materias especializadas sin que en el caso tuviese la preocupación de la vigilancia sobre la cuestión delictiva, esto es así puesto que dicha res-ponsabilidad al ser individual era exclusivamente a la persona física, entonces resulta irrelevante a una empresa la cuestión penal al menos en el tema re-lativo a su autoprotección dado que como se viene diciendo los peligros clásicos de la persona jurídica que se erige bajo el correspondiente giro comercial, su preocupación se centra en la búsqueda del capital para aumentar sus acciones y seguir obteniendo el numero que pueda posicionar a la misma en los me-jores niveles nacionales e internacionales.

Es por esto por lo que los peligros clásicos ya son conocidos por los empresarios y su área jurídica solo se encarga de los mismos, sin embargo, como verá en líneas que continúan, esto ya no es así, al contrario, ahora la empresa tiene una nueva preocupación, tie-ne una nueva fuente de peligro, el derecho penal.

RESPONSABILIDAD PENALDE LAS EMPRESAS: UNA REALIDADComo ya se ha señalado en un artículo precedente, la responsabilidad penal de las empresas que es caracte-rizada como autónoma ya es una realidad, esto es así dado que como sabemos el derecho penal que podría-mos llamar de corte clásico se decantaba por el principio latino societas delinquere non potest que en sí significa-ba que “las sociedades no delinquen”, esto puesto que en el caso la responsabilidad penal era de las personas físicas, por lo tanto las personas jurídicas se excluían, y como ya se dijo la única preocupación de estas últimas eran diversas a la materia penal, sin embargo esto ya no es así puesto que de principio con la promulgación del Código Nacional de Procedimientos Penales en marzo de 2014 ya existe la precisada responsabilidad.

Primero se debe identificar dónde serán sus áreas de operación, después advertir si su giro comercial da pauta a alguno de los delitos de carácter federal”

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LOS PELIGROS CLÁSICOSDE LAS EMPRESASCuando en las presentes líneas se precisa la palabra “peligro”, hacemos referencia a aque-llos supuestos donde las personas jurídicas -en el caso las empresas- deben tener el ma-yor punto de vigilancia respecto a su actuar, puesto que como sabemos, las empresas en la modalidad que se presenten, sea como sociedades civiles, asociaciones, de respon-sabilidad, entre otras, esto de acuerdo la legislación en las materias correspondientes al tener contacto con las personas físicas o incluso otras jurídicas, realizan actos que ge-neran consecuencias tanto de hecho como de derecho, y dichas consecuencias con la comunicabilidad que se actualice en el mun-do fáctico traen aparejada la posibilidad de sanciones en los ámbitos de las diversas ma-terias del derecho, de ahí que la referencia a un posible estado peligroso de la empre-sa es un llamado a la misma para que vigile esas áreas dado que por las consecuencias de su mal actuar por conducto de las per-sonas físicas pueden generar su suspensión, su inhabilitación e incluso su extinción, de ahí la importancia de detectar esos peligros que puedan generar las consecuencias irre-versibles que no desea el empresario que le suceda en la vida que lleve su corporación.

Por lo anterior conforme al presente punto hemos de señalar que tradicional-mente la empresa tiene lo que estimamos denominar peligros clásicos, y esos peligros son aquellos que están fuera del ámbito penal, es decir, peligros que tienen que ver con la empresa en su naturaleza, siendo los ejemplos variados; así una clínica u hospi-tal particular puede tener responsabilidad

• Asesor jurídico penal del Procurador General de Justicia del Estado de Oaxaca, Fiscal en Jefe en diversas Fiscalías de la Región Istmo, Oaxaca, Agente del Ministerio Público Federal en Morelos, Subdirector Coordinador de Fiscales en la Región Costa, Oaxaca, Director de Responsabilidad y especializado en sistema acusatorio en la Subprocuraduría General Zona Norte, Oaxaca, Subprocurador Regional de justicia en la Costa de la Fiscalía General en Oaxaca.• Actualmente, labora en la Procuraduría General de la Republica como Fiscal en Jefe de Unidad de Investigación y Litigación sede Oaxaca.

Arturo de Villanueva Martinez Z.

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

LA FUENTE DE PELIGRO ACTUAL PARA LAS

EMPRESAS: LOS DELITOS

civil, administrativa, laboral, sin embargo el área jurídica atiende esos problemas y por lo regular esto genera la responsabilidad individual por el mal actuar de los socios que conforman la empresa y esta última en su caso en la vía subsidiaria puede entrar, sin embargo infructuosamente en pocas ocasiones se genera una responsabilidad

La responsabilidad de la empresa ya es una realidad porque ya existen precedentes de asuntos judicializados en el proceso penal acusatorio donde se han logrado la vinculación a proceso de los entes incorpóreos”

LA REVISTA ASESORES | 37

Ahora bien, es pertinente tomar en cuenta el numeral 421 del citado cuerpo nacional de procedimientos penales en el sentido de que el mismo alude a que como ya se dijo la responsabilidad penal para la empresa es independiente de la persona física, así mismo un punto fundamental es que la empresa come-terá el delito cuando se realice prime-ro a su nombre, segundo a su cuenta, tercero en su beneficio y finalmente cuarto y más peligroso a través de los medios que ellas proporcionen, lo cual implica un mundo de posibilidades de que la empresa cometa delitos, si es que no genera lo que se ha precisado en otros artículos del suscrito deno-minado programa de cumplimiento efectivo, para prevenir dichos peligros, de ahí que la empresa si en alguno de esos supuestos indepen-dientemente que la actividad en lo fáctico, lo realice el administrador, un socio o un simple trabajador, si se demuestra el defecto de organización por no te-ner programas preventivos o incluso tenerlos pero que estos sean fantasmas o faltos de toda cabalidad jurídica y empresarial, esto logrará la judicialización del caso al juez de control, posterior vinculación y en su caso el riesgo que tiene todo empresario como lo es la extinción de su empresa, razones por las cuales, ojo señor empresario porque tiene un nuevo peligro que afrontar, se llaman delitos.

¿QUÉ DELITOS PUEDEN COMETER LAS EMPRESAS?Ahora, la pregunta que se hará el dueño o titular de los entes incorpóreos es ¿Qué delitos puede cometer mi empresa?, al respecto la respuesta la dividiremos en dos apartados, el primero relativo al lugar donde ejerce actividades la empresa y el segundo relativo al tipo de actividad o giro comercial que realice, pase-mos a señalar estos puntos de sumo interés.

El primer punto es el que tiene que ver con el lu-gar donde se realice la consumación del ilícito para los efectos de competencia y si el mismo es local o federal, esto en atención a que conforme al citado numeral 421 del Código Nacional la forma de res-ponsabilidad penal de las personas jurídicas resulta ser bajo el criterio de numerus clausus es decir que los códigos tanto locales como federal determina-ran que delitos podrán ser susceptibles de la alu-dida responsabilidad, así en el caso federal esto ya

esta estipulado en el numeral 11 Bis del Código Pe-nal Federal que cita un numero de ilícitos conside-rable previstos tanto en dicho código como en leyes especiales federales y generales, mismo numeral del código penal federal que deberá ser interpreta-do con el aspecto competencial de la Ley orgánica del Poder Judicial de la Federación para determinar la señalada competencia federal, y para el caso del fuero estatal o local en el caso habrá que identificar cuantos estados ya tienen su catalogo de delitos de responsabilidad penal de la empresa, siendo que como ejemplo más avanzado tenemos al estado de Quintana Roo, que independientemente de que tie-ne un catálogo establecido de delitos en el artículo 18 Nonies, destina todo el capítulo IV del Título II del Libro Primero de dicho código a la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por lo tanto como se precisa habrá que identificar en qué estado o lugar operara la empresa y de ahí de-linear si dicho estado -que con el tiempo ya todos tendrán la citada responsabilidad penal- tiene o no un capitulo relativo a determinar que delitos son de la referida responsabilidad.

Segundo, como ya se precisó, habrá que identi-ficar qué tipo de giro comercial tiene la empresa a efecto de advertir qué tipo de delitos podría come-ter, en vía de ejemplo imaginemos un hospital o clí-nica particular establecida en Cancún, donde la em-presa de cita no establece los medios preventivos necesarios para que sus médicos tengan la especia-lidad correcta y estén capacitados para su función,

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Sin embargo esta se hizo actual al menos con la po-sibilidad de enjuiciamiento -cuestión que en la prag-mática es una total realidad- en junio de 2016 cuando a través de la llamada miscelánea penal donde diver-sos cuerpos normativos se reformaron entre ellos el mencionado Código Nacional hizo que la responsa-bilidad sea autónoma, queriendo esto decir que in-dependientemente que se procese o no a la persona física, esto resulta irrelevante dado que el fiscal es-pecializado en el tema podrá llevar al procesamiento a una persona jurídica con el solo hecho de que ac-tualice lo precisado en el numeral 421 del menciona-do cuerpo normativo, es decir el llamado “defecto de organización” que se traduce en una falla al interior de la empresa que otorgue la posibilidad de que una persona física realice un delito en el mundo exterior, es decir si la empresa no se protege a si misma en-tonces podría generar por esa falla su responsabili-dad penal con las consecuencias que esto conlleva.

Ahora bien, se aduce que la responsabilidad de la empresa ya es una realidad porque ya existen prece-dentes de asuntos judicializados en el proceso penal acusatorio donde se han logrado la vinculación a pro-ceso de los entes incorpóreos, y que si bien no se sabe -al menos el que esto escribe no cuenta con antece-dentes al respecto- si ya existen audiencias de juicio

en puerta respecto a dicho tópico, lo cierto es que las empresas han logrado por la vía de las salidas alternas poder remediar esos derroteros que han tenido, por esto en la vida cotidiana de la responsabilidad penal de mérito esto al ser ya una realidad ahora es el nuevo peligro al que se enfrentan las personas jurídicas, dicha cuestión no es solo del referido código, lo cierto es que ya la literatura sobre el tema es vasta, baste precisar al profesor Klaus Tiedemann -quien desafortunadamente falleció hace unos días en el momento en el que un ser-vidor escribía estas líneas, a quien agradecemos, dado que su trabajo académico fue, es y será punta de lanza para el tema que venimos expresando, sirvan estas pa-labras para honrar su memoria- quien nos auxilia con su trabajo académico sobre el llamado defecto de orga-nización, así mismo la Suprema Corte de Justicia de la Nación si bien no ha entrado al tema penal, sin embar-go en cuanto a los derechos de las personas jurídicas ya se ha pronunciado -véase la jurisprudencia 360/2013 publicada en marzo de 2015 bajo el registro 2008584- situación similar sucede con la Corte Interamericana de Derechos Humanos -véase la opinión consultiva OC-22-2016 del 16 de febrero de 2016 solicitada por la República de Panamá-, razones por las cuales el tema en cuanto a la persona jurídica, sus derechos y su res-ponsabilidad ya hay documentos amplios al respecto.

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o en el caso sus utensilios para trabajo en cirugía, o quizá el quirófano o cualquier otra cuestión que po-drían generar riesgos no permitidos que en el caso po-dría dar pauta a la muerte de una persona, entonces conforme al asunto un hospital podría ser judicializado por homicidio; también una constructora que esté tra-bajando en la construcción de un hotel en Playa del Carmen, si en el caso no establece los medios para vigilar el material adecuado y bajo su nombre o sus medios se cae la edificación y genera daños a las casas cercanas, podría ser judicializado por tal delito; igual imaginemos un hotel que ya se construyó en Cancún o Playa del Carmen, pero dicho hotel se ocupa para resguardar personas que en su momento están siendo transportadas para cruzar el país y llegar al país her-mano llamado Estados Unidos, donde en razón de que la empresa se ocupa para resguardar a estas personas, entonces dicho hotel podría ser judicializado por un delito de la ley de migración, como un delito federal.

Entonces, como ya se apreció, lo que debe realizar el área especializada en materia penal en la empresa que pretenda generar un rubro comercial y trabajar para po-der lograr un giro comercial, debe advertir estos dos ru-bros, es decir, primero identificar dónde serán sus áreas de operación, después advertir si su giro comercial da pauta a alguno de los delitos de carácter federal que se sitúan en el numeral del código en comento, y por su parte si en el ámbito local en su código o ley existe catálogo de supuestos donde se aprecien qué delitos pueden generar la judicialización penal; una vez hecho esto advertir si conforme al giro comercial se podría dar un cúmulo de posibilidades de imputación de los deli-tos correspondientes, siendo que advertido esto pode-mos iniciar con el trabajo más complejo que resultaría en comenzar a trabajar la creación de un programa de cumplimiento efectivo, mismo tema del que ya se ha es-crito en la revista diferente, a la cual nos remitimos, y finalmente señor empresario, ojo, que tu empresa debe tener un sistema de prevención y la única manera de lograrlo es ubicando al menos lo aquí escrito. B

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Es de suma importancia que los distintos órganos, organismos, entidades y dependencias de nuestro gobierno cumplan con las disposiciones de crear y mantener sistemas capaces de garantizar la protección de los datos de las personas que les confían su información”

Ahora bien, la función de los li-bros de registro de la sociedad es contener, entre otras cosas, la infor-mación sobre los aumentos y reduc-ciones del capital social y los nom-bres de los socios que pertenecen a la sociedad, así como los porcenta-jes de sus respectivas aportaciones. La importancia de éstos radica en que la empresa puede mantener un registro actualizado de su capital, lo cual, le puede asegurar a sus acree-dores su capacidad para cumplir con deudas contraídas, así como de los socios que tienen derecho de voto en las Asambleas y su porcen-taje de participación.

De tal manera, cada que se realiza un cambio en los libros de registro de la sociedad se suelen incluir los nombres completos de cada socio, sus números de Registro Federal de Contribuyentes, sus nacionalidades e incluso sus domicilios personales.

Esos libros al día de hoy perma-necen en posesión y conocimiento únicamente de los administradores de las sociedades, por lo que mu-chas personas al momento de ini-ciar una empresa optan por cons-tituir sociedades anónimas con el fin de que sus datos no sean co-nocidos por terceros extraños a la empresa y así tener el control de la información que comparten con otros, además de poder verificar que dicha información se use de forma adecuada para evitar daños a su intimidad y privacidad.

Lo anterior estaba debidamente regulado antes de la reforma a la Ley General de Sociedades Mer-cantiles del catorce de junio de dos mil dieciocho en los artículos 73 y 129 de la Ley General de Socie-dades Mercantiles que establecían lo siguiente:

Artículo 73.- La sociedad llevará un libro especial de los socios, en el cual se inscribirá el nombre y el do-micilio de cada uno, con indicación de sus aportaciones, y la transmi-sión de las partes sociales. Esta no surtirá efectos respecto de terceros sino después de la inscripción.

LA PÉRDIDA DE PRIVACIDAD EN LAS SOCIEDADES MERCANTILES | ASESORES

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Toda sociedad mercantil tiene la obligación legal de registrar y documentar como parte de su administración las Convocato-rias para Asambleas Generales, Actas de Asambleas, Inscripcio-

nes en Libros de Registro de Sociedades y Altas en el Registro Público de Comercio. Dichos actos se incorporan a los libros que toda sociedad debe llevar, entre ellos, los libros de registro de acciones o de socios, libros de actas de asambleas y libros de variaciones de capital.

A partir de que la Secretaría de Econo-mía implementó el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles, se han facilitado y acelerado los proce-sos de administración de la sociedad antes mencionados, los cuales llegaban a ser complicados, costosos y lentos. No obstante, vale la pena analizar ciertos as-pectos importantes relativos al funciona-miento del Sistema que pueden llegar a afectar a las sociedades y a la privacidad de los socios al cumplir con las obligacio-nes derivadas de la Ley General de Socie-dades Mercantiles.

A ese respecto, es conveniente co-mentar la importancia en particular de las Actas de Asamblea, que son aquellos documentos que registran los hechos, los acuerdos adoptados y los actos de distinta naturaleza que se producen a lo largo de las Asambleas o reuniones de socios con la finalidad de certificar y de-jar constancia de lo acordado durante las mismas. Es decir, las actas de asamblea dan materialidad a diversos actos y de-cisiones que de otra manera quedarían solamente en palabra.

En las Asambleas de la sociedad se pue-den discutir y tomar decisiones acerca del

• “Socio Director en E&M Business Lawyers, S.C.• Maestro en Derecho por la Universidad de Cambridge, Reino Unido.• Especialista en Derecho de Empresa por la Universidad Nacional Autónoma de México y en Derecho Fiscal por la Universidad Panamericana.• Licenciado en Derecho con Honores por la Universidad La Salle.• El Mtro. Espejel tiene experiencia tanto en el Sector Privado como en el Sector Social y se ha desempeñado como abogado empresarial en firmas especializadas, compañías transnacionales y organizaciones internacionales. Su campo de actividad profesional abarca la planeación corporativa, fiscal y contractual, el derecho comercial nacional e internacional, litigio comercial y administrativo, consultoría y prevención de riesgos legales. La firma de abogados que representa se enfoca en proveer servicios de dirección jurídica para la solución creativa a problemas legales cotidianos y especializados de las empresas.”

Edgar Leonardo Espejel Muciño

• “Intérprete-Traductor con especialización en traducción de textos jurídicos por la Escuela Libre de Derecho• Consultor Legal Junior en E&M Business Lawyers, S.C.”

Abraham Coronado Mejía

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

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aumento o reducción de capital social, el cambio de objeto, la emisión de acciones y la disolución de la sociedad, entre otros temas. Estas decisiones no solo afectan directamente el funcionamiento interno de la empresa, sino que también pueden llegar a tener implicacio-nes externas severas. Por ejemplo, en caso de celebrar una Asamblea General de Accionistas, en la cual se decida aumentar el capital social a través de nuevas aportaciones de los so-cios, si el Acta respectiva no se emite ni se registra en libro corporativo adecuado ni en el Sistema Electrónico de Publicacio-nes de Sociedades Mercantiles, entonces, para efectos fiscales, las aportaciones se podrían considerar como un ingreso de la sociedad, el cual, estará sujeto al grava-men contemplado por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

A ese respecto y en virtud de que los libros de las sociedades contienen información de los socios, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados considera como datos merecedo-res de protección por parte de las instituciones guber-namentales cualquier información contenida en esos libros societarios, pues permiten determinar, de forma directa o indirecta, la identidad de una persona física.

En efecto, en términos del artículo primero de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Secretaría de Economía, como dependencia del Poder Ejecutivo, está obligada a imple-mentar y conservar una serie de sistemas que protejan la información confidencial de los usuarios de sus ser-vicios. Aún más, el artículo 163, fracción VII de la Ley, es-tablece que cualquier incumplimiento al deber de con-fidencialidad por parte de la institución gubernamental ameritará la aplicación de una sanción independiente a aquellas del orden civil, penal o de cualquier otro tipo que se pudiera derivar del incumplimiento.

En ese sentido y no obstante que los avances tecno-lógicos y la implementación de distintos sistemas elec-trónicos gubernamentales para la protección de datos facilitan la organización y eficacia de muchos trámites,

existen riesgos importantes en el tema de filtración de información que pueden llegar a comprometer la seguridad de los usuarios de éstos. Es decir, derivado de la reciente reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles los datos de los socios que incorporen una sociedad anónima o una sociedad de responsabilidad limitada se encuentran desprotegidos. Esta situación elimina una de las ventajas de hacer negocios bajo esos esquemas societarios, que es la reserva de datos de las personas que forman parte de las empresas.

De tal manera, es de suma importancia que los dis-tintos órganos, organismos, entidades y dependencias de nuestro gobierno cumplan con las disposiciones de crear y mantener sistemas capaces de garantizar la pro-tección de los datos de las personas que les confían su información y que las mismas no sean públicas, pues de lo contrario cualquier “interesado” podrá acceder a conocer los datos de los dueños de cualquier empresa.

Por ello, y en tanto no existan procesos y sistemas para la protección de los datos de los socios de las em-presas por parte de la Secretaría de Economía, no de-bería cumplirse con la obligación de informarle de los registros realizados antes descritos. Asimismo, conside-ramos que aquellas personas interesadas en vigilar su privacidad como socios de alguna empresa y en no pro-porcionar datos sensibles de su participación accionaria en la misma, podrían iniciar recursos legales a fin de que sus actas de asamblea sean válidas aun y cuando no se dé el aviso respectivo a la Secretaría de Economía, esto con el fin de evitar problemas comerciales y fisca-les derivado de la materialidad de las operaciones que amparan las actas respectivas. B

Toda sociedad mercantil tiene la obligación legal de registrar y documentar como parte de su administración las Convocatorias para Asambleas Generales, Actas de Asambleas, Inscripciones en Libros de Registro de Sociedades y Altas en el Registro Público de Comercio”

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Cualquiera persona que compruebe un interés legítimo tendrá la facultad de consultar este libro, que estará al cuidado de los administradores, quie-nes responderán personal y solidariamente de su existencia regular y de la exactitud de sus datos.

Artículo 129.- La sociedad considerará como dueño de las acciones a quien aparezca inscrito como tal en el registro a que se refiere el artículo anterior. A este efecto, la sociedad deberá inscribir en dicho registro, a petición de cualquier titular, las transmisiones que se efectúen.

La redacción de los artículos anteriores demuestra la intención de los legisladores de conservar el aspec-to de seguridad de los registros en libros societarios ya que éstos contienen información personal de cada socio. Es decir, dichos artículos determinaban que solo aquellas personas que demostraran un interés fundado en ley para acceder a los registros pudieran consultar tal información. Estos candados ofrecían un cierto grado de seguridad a los accionistas ya que su información personal permanecía oculta y en manos de los administradores de las sociedades.

No obstante, posterior a la reforma previamen-te mencionada que entrará en vigor en diciembre de este año, los artículos señalados se modifica-ron para quedar de la siguiente manera:

Artículo 73.- La sociedad llevará un libro espe-cial de los socios, en el cual se inscribirá el nombre y el domicilio de cada uno, con indicación de sus aportaciones, y la transmisión de las partes socia-les. Esta no surtirá efectos respecto de terceros sino después de la inscripción.

De la inscripción a que se refiere el párrafo ante-rior deberá publicarse un aviso en el sistema electró-nico establecido por la Secretaría de Economía con-forme a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio y las disposiciones para su operación.

Artículo 129.- La sociedad considerará como dueño de las acciones a quien aparezca inscrito como tal en el registro a que se refiere el artículo anterior. A este efecto, la sociedad deberá inscribir en dicho registro, a petición de cualquier titular, las transmisiones que se efectúen.

De la inscripción a que se refiere el párrafo ante-rior deberá publicarse un aviso en el sistema electró-nico establecido por la Secretaría de Economía con-forme a lo dispuesto en el artículo 50 Bis del Código de Comercio y las disposiciones para su operación.

La Secretaría se asegurará que el nombre, nacio-nalidad y el domicilio del accionista contenido en el aviso se mantenga confidencial, excepto en los casos en que la información sea solicitada por autoridades judiciales o administrativas cuando ésta sea necesaria para el ejercicio de sus atribuciones en términos de la legislación correspondiente.

Estas modificaciones obligan al Órgano de Admi-nistración de una Sociedad de Responsabilidad Limi-tada o una Sociedad Anónima, a publicar en el Siste-ma Electrónico de la Secretaría de Economía cualquier Inscripción en el Libro Especial de los Socios o en el Registro de Acciones, lo cual implicaría una seria vio-lación a la privacidad de los socios en las socieda-des mercantiles, así como a la protección de datos personales por parte de entidades gubernamentales. En efecto, cualquier persona con acceso a Internet y conocimiento de esta plataforma puede consultar los avisos que se han publicado en el Sistema Electróni-co; los cuales, contrario a la garantía de confidenciali-dad establecida en los artículos anteriores, muestran los datos personales de cada socio, contraviniendo al espíritu de anonimato de las sociedades mercantiles.

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De hecho, a mayor abundamiento, el Código Fiscal de la Federación, tratándose de visitas domiciliarias, establece un procedimiento secuencial para cada una de las actuaciones que se encuentran inmersas en una visita domiciliaria, como lo son:· Notificación de la orden de visita: El procedimien-

to se lleva a cabo conforme lo establecen los ar-tículos 134, 135, 136 y 137 del Código Fiscal de la Federación

· Desarrollo y conclusión de la visita: El procedi-miento se lleva conforme lo establecen los artí-culos 46 y 46-A del Código Fiscal de la Federación.

· Determinación de un crédito fiscal (en caso de existir): El procedimiento se encuentra en el artículo 50 del Có-digo Fiscal de la Federación.

La idea del Legislador al delimitar perfectamente en el Código Fiscal cada uno de los procedimientos de recaudación, fiscalización, ejecución y notifica-ción, obedece a que el contribuyente pueda conocer en todo momento a qué atenerse respecto a los ac-tos de autoridad y nunca encontrarse en incertidum-bre o estado de indefensión. Por ello, en el ejercicio de una visita domiciliaria, existen tres procedimien-tos independientes que deben llevarse a cabo para poder dar legalidad al acto. Es ahí donde existe una inconstitucionalidad en la fracción II del artículo 44 del Código Fiscal de la Federación, que dispone:

“Artículo 44. En los casos de visita en el domicilio fiscal, las autoridades fiscales, los visitados, respon-sables solidarios y los terceros estarán a lo siguiente:

II. Si al presentarse los visitadores al lugar en donde deba practicarse la diligencia, no estuviere el visitado o su representante, dejarán citatorio con la persona que se encuentre en dicho lugar para que el mencionado visitado o su representante los espe-ren a la hora determinada del día siguiente para re-cibir la orden de visita; si no lo hicieren, la visita se iniciará con quien se encuentre en el lugar visitado”.

Dado que faculta a la autoridad fiscal para iniciar la visita domiciliaria con la sola entrega de la orden, y no a partir de que ésta surta efectos, dejando de observar y pasando por alto el procedimiento pro-pio que una notificación debe cumplir.

Permitir que una orden de visita domiciliaria surta efectos el mismo día, y que inmediatamente se pro-ceda a invadir el domicilio, papeles y posesiones del contribuyente, sería aceptar expresamente que en realidad no importa si una orden de visita cumple con el mandato constitucional del artículo 16, si está fun-dada, motivada o firmada por autoridad competente, ya que aún cuando la orden careciera de tales requi-sitos la autoridad podría iniciar la visita, lo que hace una auténtica ficción lo tutelado por la Constitución.

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Desde su creación, no es arries-gado sostener que todos los mexicanos hemos hecho del artículo 16 constitucional el medio más idóneo y eficaz para hacerle frente a los abu-

sos y excesos en que incurren diariamente las autoridades del Estado.

“Fundar y motivar” es, probablemente, el mayor contrapeso que existe en el sistema jurídico mexicano, ya que nos permite, pri-mero, tener la certeza de que las autorida-des únicamente pueden hacer lo que la Ley les permite; y, segundo, defender y exigir la protección a nuestro derecho humano de legalidad ante cualquier actuación arbitra-ria en que pretenda incurrir una autoridad.

Sin embargo: ¿la obligación de fundar y motivar y nuestro derecho a exigir que ello se cumpla, ocurren en el mismo momento? Vea-mos lo que sucede en una visita domiciliaria.

A la luz del procedimiento que rige a una visita domiciliaria en materia fiscal, la autoridad acude a nuestro domicilio con el fin de notificarnos la orden de visita. Lo primero que hará, será solicitar la presen-cia del contribuyente o su representante legal y, en caso de no encontrarse, dejará un citatorio para que se le espere al día y hora hábil siguiente para hacer entrega de la orden de visita domiciliaria.

Al día hábil siguiente, la autoridad regre-sará en la hora acordada para notificar -a quien se encuentre en el domicilio- la orden de visita e inmediatamente procederá a dar inicio a las facultades de comprobación.

• Contador Público certificado, Master en impuestos, Doctor Honoris Causa por la organización de las Américas para la Excelencia Educativa ( ODAEE), socio fundador y presidente de las firmas que integran a Grupo García Landa. • Coautor de los libros “Régimen Simplificado de las Actividades Empresariales”, “Defensa Fiscal a través del Contador Público”, “Costo Fiscal en la Enajenación de Acciones”.• Experto en estrategias fiscales y patrimoniales, ha participado como ponente en foros nacionales e internacionales.• Forma parte de la Comisión de Investigación Fiscal del C.C.P.M., fue presidente del Consejo Directivo Nacional de AFIME.

Jorge Marcos García Landa

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

Fundamentación y motivación:

¿realidad o ficción en órdenes de visita?

Fundar y motivar es, probablemente, el mayor contrapeso que existe en el sistema jurídico mexicano”

Los derechos humanos no pueden ser una ficción, deben respetarse, promoverse y garantizarse”

El auditor invadirá nuestro domicilio, exigi-rá la entrega en forma inmediata de nuestra contabilidad, nos apercibirá con una medida de apremio en caso de no exhibir la informa-ción requerida, verificará bienes y mercan-cías, así como estados de cuenta bancarios.

Entonces, si la visita domiciliaria co-mienza inmediatamente después de que nos hacen entrega de la orden de visita, quiere decir que aún si el oficio carece de fundamentación, motivación, firma del funcionario que la emite u objeto material y temporal de la visita, aun así, ¿debemos permitir en forma inmediata la invasión a nuestro domicilio, papeles y posesiones?

El Código Fiscal de la Federación dispo-ne, en el artículo 135, que los actos admi-nistrativos surtirán sus efectos al día hábil siguiente. En este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que el surtimiento de efectos obedece a la ne-cesidad de que el destinatario de la notifi-cación pueda conocer debidamente el acto que se le notifica, para estar en posibilidad de consentirlo, si es que está de acuerdo, o bien, impugnarlo si considera que es ilegal o inconstitucional. Es hasta el momento en que una notificación surte efectos, cuando el acto administrativo se perfecciona y pro-duce todas sus consecuencias jurídicas.

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En el mismo sentido, la obligación de permitir pasar a los auditores es una situación ineludible, dado que el artículo 40 del Código Fiscal de la Federación establece que, en el caso de impedir que se lleve acabo una fa-cultad de comprobación, podrá solicitarse el auxilio de la fuerza pública, imponer una multa y, de ser el caso, practicar el embargo a nuestros bienes, incluidos las cuentas bancarias, lo que hace que el contribuyente renuncie a su derecho de exigir el cumplimiento y ga-rantía de su derecho humano de legalidad, para no ver mermado su patrimonio y/o seguridad de su empresa.

Debemos dejar por sentado que los derechos hu-manos no son absolutos, y pueden ser restringidos legítimamente por la Constitución; sin embargo, no puede permitirse, como se sostuvo en un voto acla-ratorio y concurrente de la Contradicción de Tesis 293/2011, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que el reconocimiento de que los derechos humanos no son absolutos, nos lleve al extremo o absurdo de interpretar las restricciones al ejercicio de esos derechos en el sentido de hacerlos nugatorios o vaciarlos totalmente de contenido. No debe perderse de vista que los derechos humanos constituyen “cartas de triunfo” frente a las decisiones mayoritarias, de tal manera que configuran ese reduc-to al que se ha hecho alusión con expresiones como la “esfera de lo indecidible”, el “territorio inviolable”.

De esta manera, no se cuestiona si los derechos humanos de legalidad e inviolabilidad del domicilio son absolutos, puesto que la propia Constitución, en

No se cuestiona si los derechos humanos de legalidad e inviolabilidad del domicilio son absolutos, puesto que la propia Constitución, en el artículo 16, prevé un límite al ejercicio de estos derechos en tratándose de visitas domiciliarias”

el artículo 16, prevé un límite al ejercicio de estos de-rechos en tratándose de visitas domiciliarias. Tampo-co se pone en entredicho que la autoridad cuente o no con facultades para introducirse al domicilio del contribuyente y solicitarle sus papeles o posesiones.

Lo que aquí se sostiene, es que el artículo 16 Cons-titucional prevé que la invasión al domicilio debe dar-se siguiendo las formalidades que establece la ley; lo que significa que, tratándose de materia fiscal (Códi-go Fiscal de la Federación) y, atendiendo a los princi-pios de legalidad, seguridad jurídica e inviolabilidad del domicilio, existe un procedimiento establecido en la ley para las notificaciones de los actos adminis-trativos, mismo que contempla desde la forma en la que podrán practicarse, con quien deberán llevarse a cabo y el día en que surtirán sus efectos.

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Además, el hecho de que el artículo 16 constitucio-nal disponga que la visita domiciliaria deberá observar los requisitos que dispongan las leyes, tal afirmación no debe interpretarse de forma limitativa únicamen-te a la orden de visita, sino de manera armónica, es decir, atender a todas las formalidades legales que se ven inmersas dentro de una visita domiciliaria, como lo son: la orden de visita, el procedimiento de notifica-ción, substanciación, suspensión y conclusión.

Por ello, no debe perderse de vista que, tratándose por ejemplo, de visitas de verificación de domicilio y/o expedición de comprobantes fiscales digitales, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha estable-cido que no es necesario que exista citatorio ni que la diligencia se entienda con el representante legal, dado que éste tipo de visitas se caracterizan por ser actos de molestia realizados en forma espontánea y sorpresiva, pues solo de esa manera se puede deter-minar si el contribuyente cumple en forma continua y reiterada las obligaciones a su cargo.

En este sentido, requieren ser ejecutadas en las condiciones en que habitualmente operan los sujetos verificados, por lo que no es posible exigir una notifi-cación personal en forma directa con el destinatario o su representante legal ni un citatorio, dado que ello entorpecería la finalidad que se busca con la revisión.

Sin embargo, esta situación no acontece con las visitas domiciliarias que revisan directamente contribuciones, como al efecto son las que esta-blece el artículo 42 del Código Fiscal de la Federa-ción, en las fracciones II y III, ya que al constituir este tipo de visitas una invasión prolongada (12 meses) a los papeles, bienes y posesiones de los contribuyentes, deben cumplir con requisitos y formalidades estrictas que ya se encuentran con-templadas por las leyes.

Amen de que, además, las declaraciones anuales y provisionales del contribuyente no pueden escon-derse ni dilapidarse, puesto que ellas ya las conoce la autoridad fiscal, siendo la visita domiciliaria una facultad para verificar si la información ahí conteni-da, bajo el principio de autodeterminación de con-tribuciones, resulta apegada a la ley.

Esperar que surta efectos la notificación de la orden de visita no ocasionaría ningún perjuicio a la Hacienda Pública ni al interés público, ya que la autoridad fiscal podría llevar a cabo el mismo pro-cedimiento para la revisión de la contabilidad del contribuyente, contaría con el mismo plazo, ten-dría la misma competencia y continuaría llevando a cabo su facultad constitucional, sin embargo, la intromisión al domicilio y solicitud de papeles, bie-nes y posesiones se realizaría de la forma más pro-porcional, razonable y menos restrictiva, respetan-do el plazo que la ley define como surtir efectos, para que el contribuyente pueda analizar a detalle la orden de visita y, de considerar que resulta ilegal o inconstitucional, pueda impugnarla previo a que exista la invasión.

Es así que, atendiendo a lo hasta aquí expuesto, la fundamentación y motivación, que nació como un límite y protección ante abusos y excesos de la auto-ridad administrativa en visitas domiciliarias, resulta una ficción, ya que su cumplimiento es irrelevante e innecesario para que la autoridad pueda invadir nuestro domicilio, pues el artículo 44, fracción II del Código Fiscal de la Federación permite que la visita domiciliaria se inicie con la sola entrega de la orden.

No pasa inadvertido que, al término de la visita, acudamos a Juicio y obtengamos una resolución fa-vorable por la violación en que incurrió la autoridad fiscal, ya que no es hasta que se emite una senten-cia cuando los gobernados adquirimos el recono-cimiento y protección de un derecho humano, sino que esto ocurre por el simple hecho de encontrar-nos en territorio nacional. Los derechos humanos no pueden ser una ficción, deben respetarse, pro-moverse y garantizarse. B

de Campus Party México, ha hecho énfasis en que ac-tualmente cuentan con una política para la atracción de talento tanto nacional como internacional.

A continuación, se presenta una breve reseña la meca del emprendimiento en México:• Es líder en la industria de software del país, • Desde 2014, se han impulsado más de 200 Startups

con base tecnológica. • El Centro de Software de Jalisco (CSJ) cuenta con

más de 40 empresas de alta tecnología.• Jalisco exporta anualmente más de 20 millones de

productos y servicios tecnológicos.• Se han invertido más de 120 millones de dólares en

Startups, la mayoría de los recursos provenientes de Estados Unidos.

• Avalado por el Instituto Tecnológico de Massachu-setts, se está desarrollando la primera Smart City de América Latina.

LA PERCEPCIÓN DE LOS EXPERTOSSegún un análisis elaborado por BBVA Research en el cual se realizó una encuesta a 150 mexicanos exper-tos en innovación y emprendimiento, se tocaron los siguientes temas: ecosistema global de la innovación mexicana, factores claves de la innovación, el negocio innovador y el emprendedor innovador, dentro de los principales aspectos que se requieren para favorecer el ecosistema emprendedor en México se encuentran: una mayor vinculación entre Universidades, Empre-sas y Gobierno, una mayor eficiencia para el acceso a financiamiento y una mayor inversión para generar nuevo conocimiento (BBVA Innovation Center, 2017).

Fuente: www.centrodeinnovacionbbva.com/mexico

OTROS RETOS IMPORTANTESAdemás de los elementos mencionados, existen otras áreas de oportunidad en las que es necesario trabajar:

· Poca participación en el comercio internacional. Del 100% de las exportaciones realizadas durante el 2017, solo el 5.4% del valor total corresponden a este sector, en comparación con países integrantes de la OCDE como Estonia, Turquía y Portugal, cuyas participacio-nes representan el 69%, 63% y 51% respectivamente (Instituto Nacional del Emprendedor, 2018)

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¿Qué crees que hace falta para mejorar o apoyar más la innovación en México?

¿Quién deberíaimpulsar la innocación?

Vinculaciónunivesidad

empresa

23.9% 23.3% 18.4% 16.0%

Facilidad para acceder a

financiamiento

Menorcargafiscal

Alineación de programas públicos

con empresas

31.3% Sector privado

Administración pública 2.7% Otro

Generaciónde nuevo

conocimiento

15.7%

2.6%

Ambos66%

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El emprendimiento se ha convertido en un elemento fundamental para el crecimiento económico, tecnológico y social, todos los días escuchamos noticias sobre nuevos desarrollos, políticas públicas, entidades y aso-

ciaciones que buscan favorecer este rubro, incluso hoy en día, podemos apreciar que el hombre más rico del mundo surgió del ma-ravilloso entorno de las Startups.

Sin embargo, las historias que leemos, vemos o escuchamos, están plagadas de obstáculos y retos que los emprendedores deben enfrentar día con día; desafortuna-damente, lo que nosotros solemos apre-ciar, es únicamente el momento de éxito, el cual, indistintamente de la compañía, sigue en proceso de consolidación, porque si de algo estamos seguros, es que incluso para Jeff Bezos el fundador de Amazon aún no ha sido suficiente con lo que ha logrado.

A pesar de encontrarnos en América del Norte, sabemos que no es lo mismo em-prender en México que en Estados Unidos o Canadá, en donde se cuenta con condi-ciones más favorables para el desarrollo de productos y procesos innovadores, mayor capital de riesgo para el financiamiento de nuevos proyectos, además de existir una só-lida capacitación empresarial, por ello, si es-tás interesado en emprender tu proyecto de negocio o ya lo estás haciendo, es muy im-portante que conozcas sobre el panorama de nuestro entorno en ese sentido, el cual posee sus significativas ventajas y retos.

AMÉRICA LATINA, UNA REGIÓN IMPORTANTE PARA LOS EMPRENDEDORESDe acuerdo con Gonzalo Tradecete, fundador de Faraday Venture Partners “Latinoamérica es una región atractiva para invertir debido a la alta concentración de talento que existe en la región y porque también hay una creciente masa crítica de consumidores a los que se les puede dar cada vez un mejor servicio”.

Según “Startup América Latina 2016. Construyendo un futuro innovador”, Améri-ca Latina se percibe como un lugar cada vez más sobresaliente para el emprendimiento, sin embargo, aún es necesario una mayor inversión para el desarrollo tecnológico y el conocimiento.

Tomando como referencia el ranking Doing Business 2018 publicado por el Ban-co Mundial, el cual evalúa la facilidad para generar una empresa y desarrollar inversio-nes, México ocupa el primer lugar en Améri-ca Latina y el 49 a nivel mundial. Cabe des-tacar que los principales aspectos que se consideraron al respecto fueron: • Tiempo necesario para iniciar un negocio.• Obtención de créditos.• Comercio internacional.• Pago de impuestos, etc.

CASO DE ÉXITO: JALISCO, EL SILICON VALLEY DE AMÉRICA LATINAA lo largo de varias décadas, en Jalisco se ha trabajado en investigación y desarrollo tecnológico, incluso Raúl Martín, director

• Licenciado en Administración de Empresas. • Maestro en Innovación para el Desarrollo Empresarial por el Tecnológico de Monterrey.• Socio de StudyGo, gestión académica en el extranjero.• Fundador de EconoKids, comunidad de emprendimiento para niños.• Tutor y valuador de proyectos de la Incubadora de Empresas del ITESM Campus Puebla.• Integrante de la tercera Generación del Grupo Asesor Empresarial de la Secretaría de Desarrollo Económico.• Profesor de Cátedra del Departamento de Emprendimiento.• Profesor facilitador de la Dirección General de la Innovación Educativa de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.• Analista de la Unidad de Inteligencia Financiera de Citibanamex• Colaborador en Puebla Niños (Programa TV)• Tutor de la Universidad Virtual en nivel profesional • Profesor de tiempo completo en el Departamento de Negocios Internacionales y Emprendimiento.• Asistente de apoyo de programas Académicos del ITESM en Puebla.• Administrador general en la empresa Lavados Industriales.

Héctor Raúl Tello Velázquez

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Panorama del emprendimiento

en México

LA REVISTA ASESORES | 53

ACUERDOS QUE FAVORECEN EL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR EN MÉXICOCon la agencia internacional Business France, se estableció un acuerdo para brindar seguimiento a las acciones que se llevan a cabo dentro del Consejo México-Francia sobre Emprendimiento e Innovación, cuyo objetivo consiste en la cooperación entre las dos naciones para impulsar estos rubros y enfocarlos en sectores estratégicos.

Dicho acuerdo trabaja sobre las siguientes vertientes:· Comité de emprendimiento. Su función consiste en ser promotor de la cul-

tura emprendedora y facilitar el intercambio empresarial para la incubación de alto impacto y aceleración internacional.

· Comité de innovación. Impulsar una cultura de innovación en las MIPYMES y emprendedores procedentes de México y Francia.

· Comité de sectores estratégicos. Desarrollar oportunidades de negocio en sectores estratégicos de ambos países.

PARA REFLEXIONARTomar la decisión de emprender no se debe tomar a la ligera, ya que, en ocasiones, se tiene idea de que este camino es el único para combatir el des-empleo, cuando en realidad los proyectos de emprendimiento deberían surgir para resolver problemáticas de mercado y sociales a través de productos y servicios de calidad. B

FINALMENTE, SI ESTAS INTERE-SADO EN CONOCER MÁS SOBRE ESTE TEMA, TE COMPARTO AL-GUNAS LIGAS QUE TE PUEDEN SER DE UTILIDAD:· Sobre temas, convocatorias y

políticas públicas relaciona-das con el emprendimiento: Instituto Nacional del Em-prendedor: https://www.ina-dem.gob.mx/

· Sobre temas e incentivos para la innovación y desarrollo tecnológico: Foro Consultivo Científico y Tecnológico: http://foroconsultivo.org.mx

· Sobre temas de financiamien-to: https://www.angelesinver-sionistas.com.mx/

REFERENCIAS· Asociación de Emprendedo-

res de México. (26 de Octubre de 2017). Senado aprueba Ley de Reemprendimiento por Unanimidad. Obtenido de ASEM: https://asem.mx/senado-aprueba-ley-reem-prendimiento/?gclid=CjwKCA-jwp7baBRBIEiwAPtjwxNGJuo-QL3ilIJKtHr34QjtPYbne18em-zu2Ernyidq_elsPz4qmeNaRo-CrskQAvD_BwE

· BBVA Innovation Center. (2017). Panorama del ecosistema in-novador y emprendedor en México. México.

· Instituto Nacional del Em-prendedor. (1 de Marzo de 2018). Blog del Emprendedor Obtenido de INADEM: ht-tps://www.inadem.gob.mx/las-mipyme-en-mexico-re-tos-y-oportunidades/

PANORAMA DEL EMPRENDIMIENTO EN MÉXICO | ASESORES

52 | LA REVISTA ASESORES

· Falta de productos financieros adecuados. Actual-mente, los requisitos que necesitan cumplir las MiPymes para acceder a financiamientos resultan muy complejos, se requieren garantías difíciles de conseguir para una empresa que está en proceso de consolidación, por ejemplo: ausencia de un aval y no poder comprobar ingresos.

Cabe destacar que otro de los problemas se refiere a que, en caso de acceder a un crédito, que además es más costoso que uno dirigido a grandes empresas, suele ser utilizado para cubrir los gastos corrientes, debido a la priorización de objetivos a corto plazo y no para la inversión en el proyecto empresarial.

INICIATIVAS IMPORTANTES PARA TOMAR EN CUENTA· La ley de Reemprendimiento. El 26 de octubre de 2017

fue aprobada por el Senado de la República, la reforma de Ley General de Sociedades Mercantiles, con el obje-tivo de facilitar la disolución y liquidación de empresas conformadas por personas físicas como accionistas.

El objetivo principal de esta ley impulsada por la Aso-ciación de Emprendedores de México (ASEM), consiste en que, en vez de utilizar un recurso económico signi-ficativo para liquidar la empresa, se use para un nuevo emprendimiento. De acuerdo con una encuesta realiza-da por la ASEM, de los emprendedores que han cerrado por lo menos una empresa, únicamente el 12.3% realizó el trámite formal correspondiente ante notario, cuyo costo fue de alrededor de hasta 40 mil pesos, además de que el proceso se prolongó hasta por 3 meses (Aso-ciación de Emprendedores de México, 2017).

· El Emprendecálogo. 13 mil emprendedores decidieron organizarse para definir 10 propuestas que señalan los principales retos que enfrenta actualmente el corres-pondiente ecosistema, el cual deberá dar seguimiento el próximo presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, junto con su equipo de trabajo:

El emprendimiento se ha convertido en un elemento fundamental para el crecimiento económico, tecnológico y social”

Los 10 puntos que se tocan son los siguientes:1. Hacer que grandes empresas y oficinas de gobierno

paguen a proveedores en máximo 30 días

2. Simplificar trámites con uso de tecnología.

3. Permitir que todas las empresas se puedan constituir vía Internet, sin costo, y desde un socio o accionista.

4. Implementar una política fiscal y de seguridad social adecuada para emprendedores.

5. Crear la Visa Emprendedor para facilitar la llegada de emprendedores extranjeros que busquen crear em-presas y empleos en México.

6. Incentivar el emprendimiento de alto impacto.

7. Incentivar el emprendimiento de impacto social y ambiental.

8. Mejorar las condiciones en que emprenden las mujeres.

9. Garantizar la existencia de una institución pública responsable de las políticas de fomento al empren-dimiento.

10. Garantizar la participación de emprendedores en los órganos de consulta para el diseño y monitoreo de las políticas.

Fuente: asem.mx

En los últimos treinta años, nuestro continente ha sufrido profundos cambios en materia de justicia que guardan una estrecha relación con las finanzas públicas de los Estados”

educación, vivienda, etc.) son ver-daderos derechos humanos, que aun cuando para los Estados pare-cen letra muerta, por más muerta que parezca siguen siendo letra de rango internacional y constitucio-nal y que debemos consolidar la teoría de su justiciabilidad, exigi-bilidad y protección ante los jue-ces locales y aún ante tribunales y organismos Internacionales de Derechos Humanos, habida cuenta que los Estados tienen que respe-tarlos, garantizarlos y protegerlos y que ésta sola actitud discriminato-ria entre los DCP y DESC, ya es una sigilosa manera de violarlos, que de verdad, no la vemos que con-duzca o aporte a los caminos de la paz de nuestros pueblos.

El reclamo constante de los Estados, en torno a la judicializa-ción de los DESC, es desde la vi-sión económica, pues si un Juez de amparo constitucional decide proteger un derecho que implique atención costosa en salud, y por esa vía en razón del derecho a la igualdad, debe prestarse la misma atención a muchas otras personas que padezcan los mismos sínto-mas o enfermedades, se sostiene

entonces que ello desborda las previsiones económicas del Esta-do y que, además, el Juez se entro-mete en el manejo del presupues-to y se convierte en una especie de ordenador del gasto público.

Se dice entonces por algunos, que los jueces no deber impartir justicia en temas de derechos eco-nómicos, sociales y culturales y que ello hace parte de los programas de gobierno y son del resorte del legis-lador que aprueba los presupuestos de la nación y establece los desa-rrollos económicos y que por tanto la justicia debe continuar atendien-do los derechos civiles y políticos (la vida, la propiedad, la integridad, la libertad personal etc.).

Podemos preguntarnos enton-ces que, si las constituciones polí-ticas modernas están impregnadas de derechos humanos, si esa es la ideología que las gobierna, si for-malmente se consignan los dere-chos fundamentales pero en la rea-lidad no se protegen, si el legislador tarda décadas en asumir su respon-sabilidad en derechos sociales, si las penurias de una sociedad no es-tán realmente en la primera página de la agenda pública del gobierno,

¿puede un Juez Constitucional abs-tenerse de abordar y procurar la rea-lización de un derecho vital como la salud, con el argumento de que hace parte de un derecho no justiciable? ¿Puede el Juez Constitucional con-siderar a salvo los principios y va-lores constitucionales, a pesar de la miseria social, y para no desatar el debate con los poderes públicos del Estado, inhibirse de decidir sobre un DESC? ¿Los jueces constitucionales deben o no vincularse a la fórmula internacional de progresividad de los DESC?

Las respuestas positivas las vie-nen dando las justicias constitu-cionales y los tribunales interna-cionales de derechos humanos, contribuyendo así a definir los contenidos esenciales de los DESC, a partir de las cláusulas de la inter-dependencia, indivisibilidad, uni-versalidad que se han expresado en varios instrumentos internacionales de derechos humanos.

En el caso de Colombia hubo una reacción legislativa a las decisiones constitucionales que exhortaron una solución en materia de salud y desplazamiento forzado, y fue preci-samente plantear una reforma cons-titucional a partir de lo que se bauti-zó como la SOSTENIBILIDAD FISCAL, que en un comienzo se pretendió elevar a principio constitucional, y hundida la propuesta se quiso esta-blecer como derecho fundamental, hasta que finalmente solo quedó como un simple criterio orientador de la parte orgánica de la constitu-ción, pero eso sí, después de una larga lucha académica y jurídica que logró sacar adelante la defensa de los derechos fundamentales.

LA JUSTICIA PENAL ACUSATORIA Y LA ECONOMÍA DE NUESTROS PAÍSES LATINOAMERICANOSComo si se tratara de una moda, los países latinoamericanos se em-barcaron en el sistema de justicia

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En los últimos treinta años, nues-tro continente ha sufrido pro-fundos cambios en materia de justicia que guardan una estre-cha relación con las finanzas pú-blicas de los Estados, lo que ha

ido despertando los más grandes debates jurídicos contemporáneos, como pretendo asomarlo en estas cortas líneas, con la as-piración académica, claro está, de poder-los desarrollar en próximas ediciones.

En efecto, nuestros Estados latinoame-ricanos han girado constitucionalmente en el afán de entrar por las tendencias del neoconstitucionalismo y sistemas de protección de los derechos fundamenta-les que no se concilian pacíficamente con los diseños económicos constitucionales.

En esa modernidad constitucional se han reconocido expresamente, y en otros casos por vía de jurisprudencia de las altas Cortes, la vigencia, aplicación y, en algunos textos Superiores, la supremacía

de los tratados internacionales sobre de-rechos humanos que se han ido suscri-biendo y ratificando por nuestros Estados, y como consecuencia de todo esto se han desatado inquietudes, debates, decisio-nes judiciales y reflexiones económicas, como paso solamente a mencionar:

LA JUSTICIABILIDAD DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES (EN ADELANTE DESC)Es muy polémica la información que en-contramos sobre DESC ya que, por una parte, algunos economistas y buena parte de la doctrina jurídica, los califican como derechos programáticos o aspiraciones a futuro y sólo conciben a los derechos ci-viles y políticos (en adelante DCP) como verdaderos derechos que otorgan la facul-tad a toda persona para hacerlos exigibles de inmediato ante las autoridades del Es-tado, y por la otra parte, estamos quienes pensamos que los DESC (como la salud,

• Universidad Leonardo Davinchi- Puebla (México).• Universidad Católica De Santo Domingo en República Dominicana; Universidad Nacional de Chiriqui- Unachi de Panamá.• Profesor Honorario de la Universidad de Huánuco y Hermilio Valdizan- Perú.• Miembro Honorario Del Ilustre Colegio de Abogados De Lima-Perú, noviembre de 2007.• Abogado emérito de Colombia elegido por unanimidad en el Colegio Nacional de abogados en noviembre de 2011.• Miembro honorario del Instituto de Costa Rica para la promoción del derecho procesal – junio 2015.• Autor de varias obras colectivas y artículos académicos sobre derechos humanos y derecho procesal constitucional.• Doctor en Derecho –Honoris Causa- Universidad Nacional de la Amazonía Peruana, septiembre 2014• Fue candidato a fiscal general de la nación y candidato a magistrado de la justicia transicional para la paz de Colombia 2017.• Conferencista nacional e internacional.• Actualmente cursa estudios de doctorado en derecho, en la Universidad Santo Tomás De Bogotá- Colombia.• Es abogado litigante en defensas penales.

Jairo Enrique Herrera Pérez

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LA JUSTICIA EN NUESTROS TIEMPOS Y SU IMPACTO EN LA ECONOMÍA

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penal denominado acusatoria, adversarial, oral y con-centrada, que al margen de todas las consideraciones que podamos hacer al respecto, es claro que persigue resultados judiciales más eficaces y con prontitud, y obviamente una menor inversión económica del Esta-do que los gastos en la anacrónica justicia escrita, que arrumaba tonelada de expedientes, y tardaba años en decidir los más conocidos casos penales.

Se sostiene que los más altos intereses económi-cos internacionales, considerando entre otros, el en-deudamiento de los países y la necesidad de recortar gastos de los recursos públicos, animaron el adveni-miento del nuevo sistema penal acusatorio, que si bien de entrada implicaba inversión para adecuar sa-las de audiencias, nombramientos y capacitación de operadores judiciales, a largo plazo representaría una disminución de los gastos para el poder judicial.

Permítanme adelantar que el balance que pode-mos hacer en estos 20 años no satisface el plantea-miento económico anterior.

En nuestros países no se han reducido los índices de impunidad, tampoco los de conflictividad social y mucho menos los de criminalidad y así lo expusimos recientemente en un evento académico en el Estado de Puebla-México, afirmando que la sociedad pierde confianza en su sistema judicial, a lo que se suman los altos índices de corrupción que ha llegado a los más impensables niveles en las altas Cortes de países como Perú y Colombia, entre otros.

La cultura de la escritura nos cuesta abandonarla y vemos en medio del sistema de justicia penal de la oralidad, voluminosas carpetas y juicios con abun-dante evidencia documental incorporada, que retarda el análisis de la prueba y la toma de decisiones judi-ciales, lo que tendremos que ir resolviendo porque tampoco creo que pueda haber marcha atrás, tarea en la que nos tienen que ayudar las nuevas generaciones de abogados, jueces y fiscales.

LA JUSTICIA INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS EN AMÉRICA LATINA Y LAS CONDENAS QUE ORDENAN REPARACIONES ECONÓMICASEl sistema interamericano de derechos humanos conoce de las violaciones de ddhh en los Estados parte de la OEA y la Corte Interamericana (con sede en Costa Rica) decide los casos que le somete la Comisión Interamericana con-tra los Estados que han aceptado su competencia inter-nacional, casos en los que suelen dolerse por las cuantio-sas reparaciones económicas que se ordenan a favor de las víctimas y en contra de los Estados que se condenan.

Estados con economías en dificultad dejan escuchar sus voces para que se les impongan otras reparaciones

que no afecten tanto los recursos públicos, tema jurídi-co complicado si se revisa por ejemplo la economía de Nicaragua, Honduras o el Salvador con economías más estables como la Chilena o la de Brasil. Algunos piensan que la Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede desconocer esos factores económicos, ni tampo-co el tamaño de los Estados, como es el caso de países geográficamente pequeños como Uruguay, con poca población como la mayoría de Centroamérica, en con-diciones de pobreza extrema como Haití, y que por ello deben replantearse los criterios aplicables en sus fallos.

Este panorama no es un tema menor si lo abordamos con la llamada justicia transicional que se concibe para procesos de pacificación de conflictos armados inter-nos, como el caso reciente de Colombia, con la llamada Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- y otro que se está escuchando en algunos pasillos políticos mexicanos, pero que en todo caso implica el manejo de unos recur-sos públicos altos, no solo para su puesta en funciona-miento sino para la reconstrucción del tejido social y las reparaciones de víctimas del Estado.

En últimas, Justicia-Derecho y Economía son una tri-logía tan indisoluble como Justicia-Paz y Democracia, que bien vale la pena desarrollar desde la dimensión de la academia jurídica para buscar en un espacio in-terdisciplinario con otras especialidades como la eco-nomía, sociología y con politólogos, visiones más rea-listas, afortunadas y que generen mayores aportes de cara a las futuras generaciones. B

Justicia-Derecho y Economía son una trilogía tan indisoluble como Justicia-Paz y Democracia”

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Hoy en día, los servicios de salud otorgados por este organismo, no satisfacen las necesidades tanto de trabajadores y empleadores, en la óptica de los empresarios y varias cámaras patronales, sin embargo, sigue siendo la alternativa única de seguridad médica… ¿o no?

Contemplado en el Plan Na-cional de Desarrollo 2012-2018, se retoma la figura de la PRESTACIÓN INDIRECTA DE SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS, así como LA REVERSIÓN PARCIAL DE CUOTAS OBRERO PATRONAL.

La figura de la subrogación de servicios médicos no es nueva dentro del marco normativo de la seguridad social en México, pues ya se regulaba en la LSS de 1973, en la cual se facultaba al IMSS para ce-lebrar convenios con organismos particulares, con el fin de que éstos brindaran los servicios del ramo de enfermedades y maternidad, y proporcionar las prestaciones en especie y subsidios del ramo de riesgo de trabajo, e incluso con la entrada en vigor de la LSS en 1997 se conservó dicha figura.

Los servicios médicos y hospi-talarios pueden otorgarlos de ma-nera directa, a través de los dos regímenes de incorporación, "el obligatorio" y "el voluntario", pero también tiene la facultad de entre-garlos de forma indirecta, previa autorización del Consejo Técnico, mediante la celebración de conve-nios de subrogación con aquellas personas que tengan establecidos este tipo de servicios, pudiendo convenir, si se trata de patrones obligados al pago del seguro so-cial, en la reversión de una parte de la cuota patronal y obrera.

Sin embargo cuando un patrón se acercaba al Seguro Social para solicitar este tipo de convenios no era posible su celebración porque no existían los lineamientos para llevarlos a cabo.

Finalmente y para resolver la ausencia de procedimiento para la firma de estos convenios el pasado 12 de agosto de 2013, el IMSS publi-có en el DOF el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.260613/181.P.DIR, y sus anexos, relativo a la aprobación de las Dis-posiciones de Carácter General para la Prestación Indirecta de Servicios Médicos y Hospitalarios, así como para la Reversión Parcial de Cuotas Obrero Patronales.

¿EN QUÉ CONSISTE ESTE CONVENIO?El artículo 89, fracción III, de la LSS dispone que el instituto podrá cele-brar convenios con quienes tuvieran establecidos servicios médicos y hospitalarios, y podrá convenirse, si se trata de patrones con obligación al seguro, en la reversión de una parte de la cuota patronal y obre-ra en proporción a la naturaleza y cuantía de los servicios relativos.

En este sentido, el convenio para la prestación indirecta de servicios médicos permite que los patrones que tengan estableci-dos servicios médicos y hospita-larios, incluyendo los contratados por terceros, puedan suscribir un convenio para la subrogación de servicios médicos y hospitalarios para los trabajadores y sus bene-ficiarios*; la subrogación podrá ser únicamente por las prestaciones médicas correspondientes de los seguros siguientes:· Enfermedades y maternidad· Riesgos de trabajo· Prestaciones médicas que deberán

prestar los servicios subrogados

Los patrones que celebren con el instituto un convenio de subro-gación de servicios médicos debe-rán proporcionar a los trabajadores y sus beneficiarios las prestaciones siguientes de los seguros de enfer-medades y maternidad y riesgos de trabajo:

· Atención médico-quirúrgica· Atención hospitalaria· Atención farmacéutica

Estas prestaciones deberán otor-garse en igualdad de condiciones y con al menos la misma calidad que los servicios que presta el IMSS.

*¿QUÉ ES LA SUBROGACIÓN DE LOS SERVICIOS MÉDICOS?Como se aprecia, el mismo marco legal en la materia prevé la posibi-lidad de transmitir a otras personas la prestación de los servicios a los derechohabientes, quienes tienen la responsabilidad de asumir esa obli-gación en las mismas condiciones en las que opera el IMSS. A esta figura es lo que se conoce como subrogación de servicios, la cual se configura con o sin reversión de cuotas.

Ahora bien, existen dos formas de ser partícipe del convenio, SIN REVERSIÓN DE CUOTAS PATRONALES y CON REVERSIÓN DE CUOTAS PA-TRONALES, la diferencia entre una y otra es la siguiente:

La subrogación de servicios sin reversión de cuotas se lleva a cabo mediante la celebración de conve-nios con organismos públicos o pri-vados prestadores de servicios de salud, obligándose a éstos a cumplir con la normatividad de la materia al otorgar los servicios del Seguro de Enfermedades y Maternidad, así como las prestaciones en especie del Seguro de Riesgos de Trabajo, se-gún los criterios establecidos por el IMSS, a cambio de una contrapresta-ción fijada en el convenio.

LA PRESTACIÓN MÉDICA INDIRECTA DE SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS, UNA ALTERNATIVA AL IMSS | ASESORES

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Actualmente en nuestro país, la mayoría de los empresas, ya sean como persona mo-ral o física, al iniciar su vida laboral empresarial, son su-jetas a integrarse en el regis-

tro patronal del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, ya que este instituto, es uno de los organismos descentralizados encargados de proporcionar la seguridad social a fin de garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servi-cios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorga-miento de una pensión, obteniendo de dicha entidad, todos los servicios de sa-lud marcados en sus lineamientos.

• Asesor Gobierno del Estado de Puebla.• Asesor H. Congreso de la Unión.• Director General y Socio Fundador de BB DESPACHO INTEGRAL DE SERVICIOS S.C.• Director General de todas las áreas jurídicas y Contables.• Director del Área Fiscal NUEVA CONSULTORIA DE NEGOCIOS. • Director Comercial Grupo PROSESA.• Integrante del Comité de estudios y planeación Jurídico Fiscal.• Presidente del Comité Directivo Municipal del Partido Político “Convergencia”.

Joan Borbolla Ballescá

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

LA PRESTACIóN MÉDICA INDIRECTA DE SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS,

UNA ALTERNATIVA AL IMSS

El mismo marco legal en la materia prevé la posibilidad de transmitir a otras personas la prestación de los servicios a los derechohabientes, quienes tienen la responsabilidad de asumir esa obligación en las mismas condiciones en las que opera el IMSS”

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Por su parte, la subrogación de servicios con rever-sión de cuotas es aquella que se lleva a cabo única-mente con patrones que directamente o mediante la contratación de terceros otorgan a su personal servi-cios médicos y hospitalarios respecto de las presta-ciones en especie del Seguro de Enfermedades y Ma-ternidad, y las prestaciones en especie y el pago de subsidios del Seguro de Riesgos de Trabajo a cambio de que el Instituto reinvierta una parte de las cuotas obrero patronales. El pago de subsidios lo efectúa el patrón mediante el sistema de reembolso pactado en los propios convenios.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ESTE CONVENIO?Todo patrón sujeto al Régimen Obligatorio del Segu-ro Social y que tenga establecido servicios médicos y hospitalarios (incluyendo los contratados con terce-ros) con al menos la misma calidad que los propor-cionados por el IMSS. El convenio no podrá amparar registros patronales que se encuentren a nombre de personas distintas del contratante.

Ahora bien, los servicios se podrán subrogar, según lo marcado en el acuerdo, cuando el Instituto no pue-da atender directamente la totalidad de la demanda de sus derechohabientes en el área geográfica en la que se ubica el centro de trabajo del Patrón solicitan-te del convenio, o en los casos en que, existan venta-jas financieras al proporcionarlos en forma indirecta.

Sobre estas últimas líneas remarcadas, es donde versa la intención de muchos empresarios, al buscar para sus trabajadores, mejores alternativas con, en muchos casos, menores costos a los erogados hacia este mencionado instituto; o bien, en otros tantos casos, apegados a lo marcado por las circunstancias geográficas nacionales.

¿A QUÉ ESTÁN OBLIGADOS LOS PATRONES QUE OPTEN POR ESTE CONVENIO?El Patrón será el único responsable ante el Instituto de que en la prestación de los servicios subrogados se cumplan las siguientes obligaciones:· Mantener la confidencialidad del expediente clínico

de los trabajadores y de sus beneficiarios, en apego a lo previsto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

· Evitar cualquier uso de información del Expediente Clínico Electrónico,

· Evitar cualquier práctica discriminatoria hacia los trabajadores y sus beneficiarios

· Proporcionar atención médica domiciliaria, cuando el paciente se encuentre imposibilitado física o psí-quicamente para acudir a las instalaciones

· Utilizar los formatos y medios que establezca el Ins-tituto para verificar la vigencia de derechos de los trabajadores

El Instituto podrá, en cualquier momento, supervi-sar y verificar los criterios de expedición de la “Cons-tancia de Incapacidad Temporal para el Trabajo” por medio de la congruencia clínico diagnóstica terapéu-tica, el perfil del puesto.

Las valuaciones de incapacidades permanentes tota-les o parciales derivadas de riesgos de trabajo, así como los dictámenes de estado de invalidez deberán, según lineamientos, ser revisadas por el personal médico del Instituto, para lo cual el Patrón y quienes proporcionen los servicios subrogados, deberán proporcionar los in-formes que les sean solicitados por el IMSS.

Finalmente, apreciamos que la publicación del acuer-do de referencia es una buena noticia para las empre-sas, ya que así podrán proporcionarles atención médica de mayor calidad y solicitar al Seguro Social la devo-lución de las cuotas obrero patronal de los seguros de Riesgo de Trabajo y de Enfermedades y Maternidad.

Lo anterior debido a que el propio acuerdo prevé que los patrones pueden contratar con terceros los servicios subrogados.

Por otra parte es importante aclarar que las em-presas que brindan la prestación extra legal de gastos médicos menores y/o mayores no deben confundir este beneficio con la subrogación de servicios médi-cos, pues tienen diferente naturaleza jurídica y finali-dades, ya que el propósito de los gastos médicos ma-yores es el de conceder al personal, una prestación de previsión social no retributiva y el de la subrogación es el de sustituir con servicios privados la asistencia médica otorgada por el IMSS, para el bienestar indivi-dual de los trabajadores. B

Es nuestra intención en esta oca-sión, concentrarnos en los sujetos de esta reciente relación jurídica, y al-gunas de las posibles problemáticas prácticas que deben ser atendidas en su momento con una adecuada asesoría por personal especializado y experimentado, para que, en opor-tunidades posteriores, podamos ir abordando el resto de los temas.

TITULARDe conformidad con el artículo 3º, fracción XVII de la LFPDPPP, el titu-lar es la persona física a quien co-rresponden los datos personales.

Por su parte, el artículo 5º, frac-ción I del RLFPDPPP establece que sus disposiciones no serán aplica-bles a la información relativa a las personas morales.

Como se aprecia, nuestra nor-matividad, con un criterio rigorista y ajeno a los derechos humanos, ha excluido de su aplicación a los datos relativos a las personas mo-rales, por lo que, como regla ge-neral, no son objeto de protección.

Los mencionados artículos 3º, fracción XVII y 5º, fracción I son inconstitucionales y ajenos a la verdadera dimensión de la protec-ción de los datos personales.

No obstante, el Pleno de la Su-prema Corte de Justicia de la Nación ha matizado en una tesis aislada esta situación abarcando su protec-ción a cierta clase de datos atribui-bles a las personas morales, como son la relativa a su información eco-nómica, comercial o la relacionada con su identidad, sin que esto sea, a nuestro entender, suficiente.

La tesis aislada fue publicada en la Gaceta del Seminario Judicial de la Federación, Libro 3, Tomo I, fe-brero de 2014, página 274, del tenor siguiente:PERSONAS MORALES, TIENEN DE-RECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS QUE PUEDAN EQUIPARARSE A LOS PERSONALES, AUN CUANDO DICHAS INFORMACIÓN HAYA SIDO ENTREGADA A UNA AUTORIDAD. El artículo 16, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos reconoce el de-recho a la protección de datos per-sonales, consistente en el control de cada individuo sobre el acceso y uso de la información personal en aras de preservar la vida privada de las personas. En este sentido, el derecho a la protección de datos personales podría entenderse, en primera instancia, como una pre-rrogativa de las personas físicas, ante la imposibilidad de afirmar que las morales son titulares del derecho a la intimidad y/o a la vida privada; sin embargo, el contenido de este derecho puede extenderse a cierta información de las perso-nas jurídicas colectivas, en tanto que también cuentan con determi-nados espacios de protección ante cualquier intromisión arbitraria por parte de terceros respecto de cier-ta información económica, comer-cial o relativa a su identidad que, de revelarse, pudiera anular o me-noscabar su libre y buen desarro-llo. Por tanto, los bienes protegidos por el derecho a la privacidad y de

Lo que realmente preocupa es que alguien haga un mal uso de los datos personales, para actos o actividades, que sin importar que sean lícitas, afectan la esfera jurídica, o incluso más íntima de su titular”

LA REVISTA ASESORES | 63

¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE?La protección de datos personales es un derecho fundamental que exige al respon-sable el cumplimiento de ciertas obligacio-nes, pero ¿quién tiene esta naturaleza?

INTRODUCCIÓNLos derechos humanos a la autodetermi-nación y a la intimidad del individuo se encuentran presentes en diversas facetas de su existencia, pero es evidente que la interacción entre los miembros de la so-ciedad pone en riesgo tales derechos, en razón de las múltiples relaciones que tie-nen lugar entre ellos.

Lo anterior se agudiza con el uso de la tecnología, que implica el almacenar una serie de datos referentes a una persona, desde los generales hasta aquellos que realmente la ponen en un grave riesgo, dada su especial naturaleza.

El citado almacenamiento en sí mismo no representa algo malo, pues sin con-servar estos datos no sería posible el ce-lebrar una relación laboral tan necesaria en nuestro país, o incluso el tratamien-to para salvar una vida, lo cual nos lleva necesariamente a un concepto importan-tísimo en el respeto de los derechos en comento, que es la finalidad del trata-miento de los datos.

Por lo tanto, lo que realmente preocu-pa es que alguien haga un mal uso de los datos personales, para actos o actividades, que sin importar que sean lícitas, afectan la esfera jurídica, o incluso más íntima de su titular.

• Socio de VP Legal Consulting.• Corporativista Integral y Constitucionalista. • Catedrático de la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados y Universidad Humanitas.

Julio Ernesto Martínez Pantoja

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

La protección de datos personales; un

derecho fundamental

De ahí la necesidad de que en México se reconociera como derecho humano la pro-tección de los datos personales en el artículo 16 de la Constitución Federal, que se encuen-tren en posesión de los sujetos obligados, que pueden ser entes públicos o privados, aunque en teoría, resultaría de mayor exi-gencia su protección en el ámbito privado.

En dicho ámbito, existe una normativi-dad aplicable cuyo objeto es la salvaguarda de este derecho, de la cual sobresale la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (en lo suce-sivo LFPDPPP) y su Reglamento (en adelan-te RLFPDPPP), que proporciona las bases y los lineamientos que deben ser atendidos para conocer los siguientes tópicos:· El titular del derecho.· El responsable de recabar los datos, por

lo tanto, de cumplir con las obligaciones.· La naturaleza de los datos.· Los derechos del titular.· Las obligaciones del responsable.· Los procedimientos aplicables.· Las multas que pueden ser impuestas ante

el incumplimiento de la normatividad.· La tipificación de los delitos.

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La primera obligación a cargo del responsable consiste en poner a disposición del titular un aviso de privaci-dad, cuyos requisitos son los siguientes:· La identidad y domicilio del responsable que los recaba.· Las finalidades del tratamiento de datos (para qué se

obtienen y utilizan).· Las opciones y medios que el responsable ofrezca a los

titulares para limitar el uso o divulgación de los datos.· Los medios para ejercer los derechos de acceso, recti-

ficación, cancelación u oposición (derechos del titular)· En su caso, las transferencias de datos que se efectúen

(a terceros).· El procedimiento y medio por el cual el responsable co-

municará a los titulares de cambios al aviso de privaci-dad, de conformidad con lo previsto en esta Ley.

· En su caso, señalar expresamente que se trata de datos personales sensibles.

De los requisitos anteriores encontramos dos cuestio-nes necesarias de tomar en cuenta, la primera la natura-leza de los datos, la segunda, la transmisión o la transfe-rencia de los datos.

NATURALEZA DE LOS DATOSLos datos personales son cualquier información con-cerniente a una persona identificada o identificable (artículo 3º, fracción V de la LFPDPPP), sin importar su naturaleza.

En cambio, los datos personales sensibles son aquellos que afectan a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida puede dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que pueden revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información gené-tica, creencias religiosas, filosóficas y morales, afilia-ción sindical, opiniones políticas, preferencia sexual (artículo 3º, fracción VI de la LFPDPPP).

La definición de un dato personal sensible es tan amplia, que es menester analizar cada caso en concreto para apreciar si realmente se está o no en presencia de un dato de esta índole, o de lo contra-rio, podría estar redactado el aviso de privacidad sin cumplir cabalmente los requisitos.

ENCARGADOEl encargado es la persona física o jurídica que sola o conjuntamente con otras, trata datos personales por cuenta del responsable (artículo 3º, fracción IX de la LFPDPPP), por lo que evidentemente el responsable le transmite los datos personales a esta persona físi-ca o jurídica para estos efectos.

Lo que se presenta entre el responsable y el encar-gado es una transmisión, no una transferencia, y esta transmisión debe estar soportada en un acto jurídico que debe reunir determinados requisitos para consi-derarse legal, y de esa manera no encontrarse en la incertidumbre de ser objeto de una multa.

Esos requisitos deben ser contemplados y redacta-dos en los términos exigidos por la normatividad en materia de protección de datos personales.

Y podemos afirmar lo anterior, porque la transfe-rencia es toda comunicación de datos realizada a una persona distinta del responsable o encargado (artícu-lo 3º, fracción XIX de la LFPDPPP).

En este sentido, una de las problemáticas a resol-ver en la práctica es determinar si se está en pre-sencia de una transmisión o una transferencia de los datos personales, ya que ambas exigen la celebración de actos jurídicos diferentes con el cumplimiento de requisitos igualmente distintos.

Aunado a ello, si efectivamente existe una trans-ferencia, el responsable debe hacerlo constar en el aviso de privacidad para no incumplir con la ley y ser sancionado, además de darle el debido tratamiento a los datos sin ningún imponderable legal posterior.

APUNTES FINALESInconstitucionalmente, las personas morales son ex-cluidas de la protección de sus datos personales.

Definir si se está en presencia de datos persona-les sensibles es ineludible para la redacción del aviso de privacidad y del tratamiento de los mismos, sobre todo por lo que respecta al consentimiento, de lo cual hablaremos en otra ocasión.

Es forzoso saber si se está en presencia de un en-cargado o si hay transferencia de los datos perso-nales, con el objeto de documentar adecuadamente esta relación jurídica y evitar la imposición de una cuantiosa multa. B

Inconstitucionalmente, las personas morales son excluidas de la protección de sus datos personales”

LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES; UN DERECHO FUNDAMENTAL | ASESORES

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protección de datos de las personas morales, com-prenden aquellos documentos o información que les son inherentes, que deben permanecer ajenos al cono-cimiento de terceros, independientemente de que, en materia de transparencia e información pública, ope-re el principio de máxima publicidad y disponibilidad, conforme al cual, toda información en posesión de las autoridades es pública, sin importar la fuente o la for-ma en que se haya obtenido, pues, acorde con el artí-culo 6º, en relación con el 16, párrafo segundo, consti-tucionales, la información entregada a las autoridades por parte de las personas morales, será confidencial cuando tenga el carácter de privada por contener da-tos que pudieran equipararse a los personales, o bien, reservada temporalmente, si se actualiza alguno de los supuestos previstos legalmente.

Como se observa, la tesis está vinculada con el de-recho humano de acceso a la información pública y lo que debe considerarse como información reservada o confidencial, sin embargo, los argumentos son válidos en cuanto al alcance del derecho fundamental de pro-tección de datos personales, por lo que es proceden-te, en su caso, promover un juicio de amparo al excluir como titulares de este derecho a las personas morales.

En relación con los sujetos que recaban datos, pero no se ven obligados a acatar la ley, uno de ellos es muy claro, al identificarse con el llamado Buró de crédito”

En México se reconoce como derecho humano la protección de los datos personales en el artículo 16 de la Constitución Federal”

RESPONSABLE El artículo 2º de la LFPDPPP indica que son sujetos re-gulados por la misma, los particulares, sean personas físicas o morales de carácter privado, que lleven a cabo el tratamiento de datos personales, con excepción de:· Las sociedades de información crediticia en los su-

puestos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y demás disposiciones apli-cables, y

· Las personas que lleven a cabo la recolección y al-macenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulga-ción o utilización comercial.

Por su parte, el artículo 3º, fracción XIV de la misma Ley define al responsable como la persona física o mo-ral que decide sobre el tratamiento de los datos per-sonales, en tanto que su fracción XVIII al tratamiento como la obtención, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio; el uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de los datos personales.

Es claro que el responsable, a diferencia del titular, puede ser una persona física o moral, y que su con-ducta va desde la obtención de los datos hasta su uso o aprovechamiento.

En relación con los sujetos que recaban datos, pero no se ven obligados a acatar la ley, uno de ellos es muy claro, al identificarse con el llamado “Buró de crédito”, en tanto que el segundo es un concepto am-biguo, que además se ve acotado por el artículo 6º del RLFPDPPP (de dudosa constitucionalidad) al de-terminar que cuando el tratamiento tenga como pro-pósito cumplir con una obligación derivada de una relación jurídica, no se considerará para uso exclusi-vamente personal, una idea todavía más vaga, de ahí la importancia de analizar cada caso concreto.

El mundo del marketing ha cambiado drásticamente en los últimos años debido a la hiperconexión y globalización, el acceso a la información y los cambios en la manera de comprar, buscar, recopilar y aprender”

llegaran tiempo y forma al mercado. La promoción, finalmente, busca-ba que el cliente reiterara el acto de compra. Las barreras de tiempo y es-pacio se han reducido. Hoy, en el mer-cado mundial, la competencia llega a todos los sitios desde cualquier lugar.

Hasta aquí, parece que queda cla-ro en qué consiste eso del 'marke-ting mix'. Pues ahora, en un mundo conectado, el concepto de 'marke-ting mix' ha evolucionado para dar cabida a una mayor participación del consumidor. En 1990 Robert Lau-terborn, profesor de Publicidad de la Universidad de Carolina del Norte, planteó el concepto de las 4C. Este concepto ha tenido gran aceptación por gurús del marketing como Philip Kotler. El profesor Lauterborn, des-cubrió que las “4 P’s” tienen algunos fallos importantes que dan lugar a que muchos productos se lancen mal. Propuso un nuevo conjunto de “4 C” como principios de marketing para reemplazar el tradicional “4 P’s.

El marketing mix (el de las 4 P) de-bería redefinirse ahora como las 4 C, que, por sus siglas en inglés, se re-fiere a: Cliente, Comunicación, Cos-to y Conveniencia, las cuales desa-rrollaré para asegurarme de que se entiende cómo es la aplicación de cada una y sus circunstancias:

PRODUCTO ES AHORA CLIENTENo basta con tener un producto para vender. Ahora se requiere desarrollar un producto o servicio que el cliente pida. Los clientes cada día están más informados y son más selectivos. Los esfuerzos de las empresas ahora se orientan no sólo a ofrecer un buen producto, sino un buen servicio.

PRECIO ES COSTOYa no se trata de tener un precio más bajo que la competencia. Se trata de que el cliente tenga un menor costo de adquisición y de uso. Por ejemplo, los vuelos de bajo costo que podemos encon-trar en muchos buscadores como skyscanner venden sus boletos más baratos, pero muchas veces usan aeropuertos alternos, por lo que hay que agregar al precio del boleto el costo de transportarse a otra ciudad. Plaza o Lugar se vuel-ve Conveniencia. La Plaza es el lu-gar donde llega el cliente a hacer sus compras. Facilitar la compra (por medio de Internet, por telé-fono etc.), aceptar diferentes me-dios de pago, contar con lugares de estacionamiento, vías de acce-so, entrega a domicilio, horarios más amplios, etc., es hacerle más conveniente al cliente el venir a nosotros. Todo aquello que ayude a que el consumidor tenga menos estrés y menos frenos al comprar, es decir, que le ayude a ahorrar tiempo y en general le facilite adquirir lo que necesita, todo es ahora tomado en cuenta.

PROMOCIÓN SE CONVIERTEEN COMUNICACIÓNMencionamos en el párrafo anterior que los clientes ya están más infor-mados. Ya no se creen tan fácilmen-te lo que los comerciales les dicen. Ya cuestionan los anuncios, ya se asesoran (nacimiento de la figura del cliente experto, triunfo de mu-chas marcas de línea blanca).

Ahora se trata de hacer campañas interactivas con los clientes. Es por esto que ahora hay que aprovechar todos los mecanismos de comuni-cación (Internet, mensajes celulares, etc.) para establecer una comuni-cación con los clientes, para infor-marles, con permiso de ellos, de las ventajas de nuestra empresa y de nuestros productos.

Mientras estudiaba marketing en la universidad, las “4 P’s” en el en-foque de comercialización eran el núcleo del tema. Las 4C del marke-ting, pretenden generar un diálogo con el cliente, en el que este, es más que un receptor de productos. Ya no es suficiente con darle al cliente un buen producto, sino que debe-mos conocer cuáles son sus nece-sidades para poder satisfacerlas. ¿Qué adquiere el cliente? ¿Adquiere un producto físico o los beneficios o resultados que este le puede dar?

El consumidor no compra una broca de 1/2 pulgada, compra un agujero de ½ pulgada de diámetro”. (Stanton)

DEL PRODUCTO FRENTE A LOS CONSUMIDORES VS VALIDEZEl producto deja de ser el eje de toda la estrategia empresarial y de marketing y pasa a ser el cliente. Se deja de invertir tantos recursos en el producto para centrarse en satisfa-cer al cliente y conocerlo mejor. Se entiende que conociendo mejor al cliente, los errores y el riesgo hacia el producto se reducen, por lo que los resultados son mejores. Además, si no se conocen las necesidades del consumidor, el producto por muy bueno que sea se vuelve ineficiente. El enfoque del Producto se basa en desarrollar y producir un producto tan bueno como sea posible al mer-cado y realizar ventas. El enfoque del  Consumidor  es el estudio del consumidor, que quiere y necesita, y para la fabricación de productos en respuesta a esas necesidades.

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¡HA MUERTO EL REY(4P´S)! ¡VIVA EL REY (4 C´s)! LA EVOLUCIÓN DEL MARKETING MIX | ASESORES

Esta nueva filosofía del marketing pone en el centro de todo al clien-te o consumidor, y pone de mani-fiesto que la empresa gira en torno a esta figura imprescindible para todas las organizaciones, algo que

ahora parece obvio pero que antes no lo era tanto. ¿Tu marca gira en torno al clien-te? Si no es así… ¡ya es hora de que hagas algo para cambiarlo! Te explico…

El mundo del marketing ha cambiado drásticamente en los últimos años debido a la hiperconexión y globalización, el acceso a la información y los cambios en la manera de comprar, buscar, recopilar y aprender. Estos cambios requieren del marketing, incluso las empresas con gran éxito tienen que utilizar al marketing para adaptarse y evolucionar. La edad de las 4 P’s o "El 'marketing mix' es una herramienta clásica para ayudar a planificar qué ofrecer a los consumidores y cómo ofre-cérselo. Básicamente, las 4 P lo constituyen:

producto, precio, punto de venta y promo-ción del marketing que utilizaban las empre-sas para crear productos, poner a prueba un modelo de fijación de precios, distribuirlos y promoverlos. En este enfoque, una estrate-gia de posicionamiento debía encontrar res-puestas a cuatro interrogantes clave: ¿Qué producto lanzaré? ¿A qué precio? ¿En qué mercado? ¿Con qué comunicación?

Como la torre, el alfil, el caballo y la reina, la estrategia de las 4 P’s pretendía estable-cer los movimientos de los cuatro frentes claves para el “juego del marketing”. Tradi-cionalmente, la estrategia de las 4 P’s orien-taba sus objetivos y filosofía desde la oferta.

El producto se definía a partir del cono-cimiento del mercado y las características del comportamiento del cliente. El precio se establecía a partir de cálculos económicos y era fijado por el mercado o por la empresa, según las condiciones de competencia. La distribución apuntaba a que los productos

• Profesor asociado de Mercadotecnia Universidad Iberoamericana de Puebla.• Mentor Incubadora Tecnológico de Monterrey.• Coordinador de Marketing y Comunicación del Instituto Oriente de Puebla.• Coordinador de personal, RRPP y responsable de campañas de marketingen Hotel Monreal.G.M.L. Estrategias del Vino. Responsable de Marketing y RRPP.• Profesor de marketing y compra-venta internacional. Creación y gestión de MicroEmpresas.• Colaborador de Universidad de Murcia en gestión y administración y cursos de formación y perfeccionamiento.• Nx Grafismo y Servicios informáticos s.l. Colaborador en campañas de publicidad y marketing (copywritter, artdirector, cuentas).

Juan Ignacio Martínez Valero

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

¡HA MUERTO EL REY(4P´S)! ¡VIVA EL REY (4 C´s)!

La evolución del marketing mix

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La Revista Asesores es un re�ejo del estudio de la compleja interacciónde las vertientes jurídicas en el entorno Local y Nacional.

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La Validez de descubrir que no todos los productos con grandes necesidades de los consumidores pueden ser válidos y deben ser abordados. Acabemos con los casos de productos con gran demanda de los consumidores, tales como juguetes y alimentos procedentes de China que debían ser trasladados fuera de los estantes debi-do a la naturaleza de alto riesgo de los productos.

El marketing no sólo debe considerar los deseos y necesidades de los consumidores, sino también fac-tores de otro tipo de productos de seguridad, medio ambiente, y las cuestiones sociales, a saber. En defi-nitiva, Validez. Muchos productos de Internet pueden ser de gran demanda de parte de los consumidores, pero no deben ser comercializados debido a la inade-cuación de edad, por citar un ejemplo.

PRECIO VS COSTO El Precio que se cobra a los consumidores ya no es un parámetro suficiente para la comercialización es sólo una parte del Costo de los consumidores. Si vendemos productos en e-bay, por ejemplo, tenemos que consi-derar el Costo de cambio de moneda perdida y el ries-go de cambio para el cliente. Por lo tanto, una co-red de PayPal se creó para reducir el coste de compra del consumidor. O conducir a comer un plato de fideos in-curriría en un costo adicional en la práctica, etc.

Las diferentes mezclas de herramientas no son realmente buenas por sí mismas, sino la persona que las utiliza”

El producto deja de ser el eje de toda la estrategia empresarial y de marketing y pasa a ser El Cliente”

LUGAR VS CONVENIENCIA VS IR AL LUGAR El mercado en México al por menor ha disminuido de forma drástica respecto a como era hace una década, en un corto espacio de tiempo de 10-.15 años debido al cambio de la comercialización de un Lugar a la Con-veniencia. El canal de distribución de proporcionar un lugar para comprar ya no es competitivo. Las tiendas de conveniencia, tales como las tiendas OXXO, 7 Eleven en todas partes o enormes, como Wall-Mart, Soriana o Chedraui han aprovechado las ventas al por menor pro-porcionando facilidades de todo tipo a los clientes.

La Conveniencia  tiene que dar un paso más arri-ba que el nivel de Lugar. El Lugar de celebración no es sólo proporcionar el lugar para que los clientes vengan, es la venta a su casa. ¿De verdad se puede comprar mientras se está en pijama? El repartidor de pizza o más recientemente Uber-EAT ha arrebatado una gran parte de las ventas de alimentos en todo el mundo. La comida es sólo una punta del iceberg. ¿Qué hay de las ventas por Internet, la banca por In-ternet, o lo que sea? Puede ser que debamos ofrecer a nuestros clientes un lugar de compra en algún tipo en lugar con todas las comodidades (en su casa con un datáfono, operaciones sin tarjeta, etc.).

PROMOCIÓN VS. COMUNICACIÓN Lauterborn abogó por la  Comunicación  en vez de la Promoción. La Promoción es un anuncio en “la ca-lle” con sentido en decir lo que piensas sobre el pro-ducto, de la mejor manera posible. La Comunicación, sin embargo, se aplica de dos maneras entre el com-prador y el vendedor en la publicidad. Se trata de un “interactivo” programa de uso de teléfono, sitio web, etc., para obtener una respuesta de publicidad.

Las diferentes mezclas de herramientas no son real-mente buenas por sí mismas, sino la persona que las utiliza. Así que la herramienta que elija, usted debe aprenderla a fondo y aplicar de forma inteligente.

¿Y tú conocías esta filosofía de marketing? Desde mi humilde opinión, te pido que te olvides un poco de las 4 Ps del marketing mix y te centres en el cliente, créeme, acabará por agradecértelo y tú verás como tu marca crece con ellos. B

México debe diversificar sus mercados donde Rusia representa un punto geográfico abierto a nuevos procesos y grandes acuerdos”

Este Centro de Negocios Perma-nente de México es una iniciativa coordinada por el Consejo Empre-sarial Internacional de Enlace con la Comisión Económica Euroasiáti-ca CEIE-CEE, creado en 2016 con su Presidente el Dr. Américo Alatorre, y a su vez, la Cámara Binacional Méxi-co-Rusia que forma parte del Conse-jo, mismo que ha sido el precursor y principal aliado en las relaciones co-merciales de México con Rusia desde el 2015 que se constituyó.

Este Centro, se manejará como un punto nodal para el posiciona-miento de productos y servicios mexicanos en tierras rusas y del resto de la región euroasiática, mismos que tiene el acuerdo con las autoridades correspondientes para el fomento de la cooperación, con diversos puntos de venta y alianzas con las principales em-presas euroasiáticas.

Dentro de los puntos más desta-cados, así como un lugar que todo visitante y ruso conoce para degus-tar de la gastronomía mexicana es el restaurante Casa Agave, ubicado a unos metros de la Plaza Roja, en el mes de julio se inauguró el Mu-seo del Tequila como una iniciativa del Centro de Negocios para pro-mover los intercambios comercia-les, el cual tiene diversas bebidas mexicanas provenientes de dife-rentes Estados de la República.

Casa Agave tiene continuamen-te alrededor de 3,000 consumido-res rusos y entre otros visitantes por semana, es uno de los nodos para la venta del producto favori-to mexicano y gran promotor del turismo y la cultura mexicana en Moscú, Rusia.

Por otro lado, empresas rusas, principalmente, Rus-Agro, ha pro-movido la exportación de productos

latinoamericanos, región que es re-presentada por el socio Mtro. Daniel Alatorre, quien es el Director General del Centro de Negocios, el cual ha logrado una cifra de 100 toneladas de limón, piña, aguacate, mango, entre otros productos exportados y un gran esfuerzo por incorporar el gusto a los alimentos, bebidas, ade-más de artesanías mexicanas en la comunidad en Rusia.

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MISIÓN COMERCIAL MÉXICO RUSIA | ASESORES

Con 128 años de relaciones di-plomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y la Federa-ción de Rusia, este 2018 dejó en claro las grandes similitudes y necesidades conjuntas de am-

bas naciones, que, en los últimos años, con el esfuerzo de diversos actores, han permitido un aumento en el intercambio comercial, con un cierre en el 2017 de más de 1.700 millones de dólares, de igual for-ma que en la cooperación cultural.

Con la creación a finales de julio del presente año del Centro de Negocios Per-manente de México en representación en Rusia y la Unión Económica Euroasiática UEE compuesta además por Kazajstán, Ar-menia, Bielorrusia y Kurguistán en el Cen-tro de Distribución Federal más grande de Rusia y la UEE, el “Food City”, simboliza un avance en el fortalecimiento de las rela-ciones comerciales con la región y forma parte de uno de los proyectos geoestraté-gicos y logísticos más importantes de la región.

• Licenciada en Relaciones Internacionales en la UNAM con Mención Honorífica.• Presidenta de la firma global del sector público y privado "El Faro Luz y Ciencia".• Vicepresidenta del Consejo Empresarial Internacional de Enlace con la Comisión Económica Euroasiática.• Experta en política exterior, cooperación para el desarrollo y gobernanza.

Dora Isabel González Ayala

CONOCE MÁSSOBRE EL AUTOR

MISIÓN COMERCIALMéxico Rusia

Con la asistencia de más de 35 mil aficionados mexicanos a la Copa Mundial de Fútbol en territorio ruso, permitió que entre México y Rusia estrecharan sus relaciones amistosas, así como diera cuenta de las oportunidades comerciales ya en puerta y en el porvenir”

El Food City con 124 hectáreas, alrededor de 2,000 traslados de transporte de carga por día, con productos de más de 100 países, ha integrado dentro de sus instalaciones, como propuesta de la UEE hacia el mundo, el INTERPROEXPO con amplias instalaciones para exposiciones, 115 pabellones y 45 paí-ses participantes, incluido México como el primer país de América en ingresar.

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Ahora, el CEIE-CEE por medio de la Cámara Bina-cional México-Rusia tiene a la puerta la invitaicón para los gobiernos y empresas la Misión de Negocios y Comercialización a Moscú, Rusia del 17 al 21 de sep-tiembre para participar en la principal exposición de productos de Rusia, el Expo WorldFood, la inaugura-ción oficial del Centro de Negocios Permanente y las reuniones con el Comité Nacional para la Cooperación Económica con los Países Latinoamericanos CEPLA, con el fin de generar acuerdos de cooperación.

Asimismo, no se queda lejos en México la cercanía de productos rusos, ahora podemos encontrar los fa-mosos chocolates Alionka, al igual que las tradiciona-les marcas de té Greenfield y Tess que pueden encon-trarse en la Comer, los tres llevados por la empresa mexicana RUMEX, con la aportación del socio Vladimir Leonov que ha sido el creador de los restaurantes Ko-lobok en la Ciudad de México, donde ahora en la Copa Mundial, muchos mexicanos decidieron disfrutar con sus familias un pedazo de los sabores y colores rusos.

La promoción de la cultura ha logrado grandes resultados en el entendimiento de ambas socieda-des, tanto en México con la ardua actividad de la Embajada de la Federación de Rusia en México y la Asociación de Compatriotas en México SORUMEX, que en el contexto de este gran evento de la Copa Mundial, realizaron los “Días de Moscú” con eventos culturales en la Feria Internacional de Culturas Ami-gas FICA 2018, así como la visita del Gobernador de

Moscú con el Gobierno de la Ciudad de México, den-tro del que se recordó la importancia de un Centro de Cultura y Ciencia México-Rusia.

También Rusia pudo disfrutar de la difusión de la cultura mexicana, desde el concierto “Emocionantes Voces de México” realizado en el Conservatorio de Moscú el 13 de junio, que fue coordinado por la Fun-dación para la Promoción Cultural Ruso-Mexicana P.I. Tchaikovsky con su Presidenta Masha Soboleva, con el apoyo de la Secretaría de Cultura Federal, evento en el que se disfrutó de las voces de la destacada Soprano Olivia Gorra y el Barítono Armando Piña acompañado del piano del Director Rogelio Riojas. Hasta el estable-cimiento de Probadita de México que en su inaugura-ción cantó la Soprano, lugar que mostró un pedazo de las tradiciones mexicanas, como la artesanía huichol. Sin lugar a dudas, Rusia conoció más de México y los rusos impresionaron a los mexicanos con sus tierras, costumbres y recibimiento.

Gracias a los actores que han trabajado en estrechar los lazos comerciales y culturales, así como a la dispo-sición institucional y empresarial es evidente que las oportunidades tendrán un buen puerto para prospe-rar, sin embargo, todavía huy un camino adelante. Es-tratégicamente, México debe diversificar sus mercados donde Rusia representa un punto geográfico abierto a nuevos procesos y grandes acuerdos, para ello, el for-talecimiento de las alianzas y el entendimiento mutuo permitirá resultados sólidos y coordinados. B

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