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Participación de la DREM-PUNO en Actividades de Hidrocarburos Dirección Regional de Energía y Minas - Puno PUNO, Diciembre del 2011

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  • Participacin de la DREM-PUNO

    en Actividades de Hidrocarburos

    Direccin Regional de Energa y Minas - Puno

    PUNO, Diciembre del 2011

  • COMPETENCIAS DE LA DREM-PUNO

    HIDROCARBUROS Evaluar y aprobar estudios de impacto

    ambiental (EIA) para actividades de hidrocarburos (grifos, estaciones de servicios, gasocentros y plantas envasadoras GLP);

    Evaluar y aprobar de ser el caso los Estudios de Impacto Ambiental, Declaraciones de Impacto ambiental para la instalacin de los establecimientos de venta al pblico de gas natural vehicular GNV;

  • Evaluar y aprobar de ser el caso, los

    Planes de Abandono para las

    actividades de hidrocarburos (grifos,

    estaciones de servicios, plantas

    envasadoras de gas licuado de

    petrleo GLP y gasocentros);

    Evaluar y aprobar de ser el caso, los

    Planes de Abandono para los

    establecimientos de venta al pblico

    de gas natural vehicular GNV;

    COMPETENCIAS DE LA DREM-PUNO

    HIDROCARBUROS

  • CAPACITACIONES

    RELAIZAN CAPACITACIONES PARA LA FORMALIZACIN DE GRIFOS RURALES Y ESTACIONES DE SERVICIOS.

    RELAIZAN CAPACITACIONES PARA LA FORMALIZACIN DE GRIFOS DE CONSUMIDORES DIRECTOS.

    APLICACIN DE LA ORDENANZA REGIONAL 04-2010-GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • TIPO DE DOCUMENTO A PRESENTAR

    POR TIPO DE ACTIVIDAD

  • DECLARACIONES DE

    IMPACTO MABIENTAL CONTENIDO MINIMO

    1. Lnea Base.

    2. Descripcin detallada del proyecto.

    3. La identificacin y evaluacin de los impactos ambientales.

    4. Un detallado Programa de Manejo Ambiental.

    5. Un adecuado Programa de Monitoreo.

    6. Plan de relaciones Comunitarias

    7. Un plan de contingencia y un plan de abandono del rea.

  • MARCO LEGAL.

    D.S. N 015-2006-EM (Y Sus modificatorias) Reglamento Para La Proteccin

    Ambiental En Actividades De Hidrocarburos

    D.S. 024-2007-EM. - D.S. 009-2007-EM.- D.S. 065-2006-EM.

    D.S. N 054-93-EM Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Pblico de Combustibles Derivados de Hidrocarburos (Modificatorias: DS 020-2001-EM; DS 027-2005-EM; DS 037-2007-EM)

    D.S. N 030-98-EM Reglamento de Comercializacin de Combustibles Lquidos

    D.S. N 026-94-EM Reglamento de Seguridad para el Transporte de Hidrocarburos.

    D.S. N 027-94-EM Reglamento de seguridad para Instalaciones y Transportes de Gas Licuado de Petrleo.

    D.S. N 032-2002-EM Glosario Siglas y Abreviaturas del Sub Sector Hidrocarburos

    DECLARACIONES DE IMPACTO MABIENTAL

  • Grifos con almacenamiento en cilindros

    Estaciones de servicios grifos (surtidores)

    De GLP para uso automotor (gasocentro).

    Segn:

    FORMATO N 7

    MINISTERIO DE ENERGA Y MINAS

    DIRECCIN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES ENERGTICOS

    DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA ESTABLECIMIENTO DE VENTA AL PBLICO DE

    COMBUSTIBLES Y/ O DE GLP PARA USO AUTOMOTOR (GASOCENTRO).

    DECLARACIONES DE IMPACTO MABIENTAL

  • ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

    Objetivo De La Ordenanza.

    Controlar la venta o comercializacin

    ilegal de combustible destinado a

    actividades de Minera Informal, en el

    mbito de la Regin Puno.

  • PROCEDIMIENTOS PARA

    ALCANZAR EL OBJETIVO

    Art. CUARTO: a travs de la Implementacin

    del Sistema Integrado de Vigilancia SIV.

    Suscripcin de un convenio interinstitucional

    para la conformacin del Sistema Integrado

    de Vigilancia SIV.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • FUNCIONES Y

    COMPETENCIAS DEL

    LOS ORGANISMOS QUE

    CONFORMAN EL SIV.

    Estos se encuentran en le

    reglamento de uso controlado

    de hidrocarburos empleados

    en actividad minera de alcance

    regional.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DE LA DREM PUNO 1. Establecer los lineamientos tcnicos de sobre el

    uso combustibles para de maquinaria pesada en pequea minera y minera artesanal.

    2. Coordinar con el OSINERGMIN y las plantas de abastecimiento el suministro de combustible hacia las zonas mineras conforme el plan de prcticas y procesos que declaren los titulares mineros ante la autoridad minera regional.

    3. Llevar el registro especial de Maquinaria Pesada, Equipo y Vehculos de transporte empleados para realizar actividad minera y obtener el balance de consumo de combustibles. Exigiendo a los titulares mineros la presentacin de la informacin pertinente al caso.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DE LA POLICA NACIONAL

    Verificara los documentos

    1. Constancia de inscripcin del registro DGH de la Direccin Regional de Hidrocarburos del Ministerio de Energa y Minas.

    2. Resolucin Directoral para operacin de medio de transporte.

    3. Gua emitida por la planta de abastecimiento o distribuidor mayorista de transporte en al que se consignara el destino del transporte.

    4. Documento de embarque (gua de remisin) correspondiente, preparado de conformidad con las disposiciones de la DGH.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DE LA POLICA NACIONAL

    5. Cartilla de Seguridad (CS) del o de los productos que transporta.

    6. Que el vehculo se encuentre adecuadamente rotulado con la inscripcin PELIGRO COMBUSTIBLE, que sea visible en carretera, utilizando en sus tres costados las distinciones que exige el reglamento de comercializacin de combustibles lquidos.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DE LA POLICA NACIONAL

    ACCIONES

    En caso se verifique que no corresponda la

    documentacin con el destino de transporte

    y/o no se presente, la autoridad policial

    intervendr al transportista dando

    comunicacin al OSINERGMIN.

    Adicionalmente, la autoridad policial prestar

    apoyo a la Autoridad Minera, el OSINERGMIN,

    el Ministerio Publico en caso sea requerido en

    las acciones de fiscalizacin, control y vigilancia

    del uso de combustibles en zonas mineras.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DEL OSINERGMIN

    El OSINERGMIN es el ente competente para fiscalizar el cumplimiento de normas tcnicas y de seguridad del subsector hidrocarburos conforme sus atribuciones establecidas en el marco de la Ley Orgnica de Hidrocarburos. Ley 28964, su ley de creacin, Ley 26221. Las dems autoridades, incluida la DREM, slo le prestan colaboracin para el mejor cumplimiento de sus funciones.

    (De Los cisternas que estn registrados en OSINERGMIN)

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DEL MINISTERIO PUBLICO El Ministerio Pblico, como ente defensor de la

    legalidad, los derechos ciudadanos el inters pblico, la prevencin del delito y las dems que contempla su Ley Orgnica, se encarga de conocer todas las acciones vinculadas a la comisin de hechos ilcitos de connotacin penal, que implique el uso de combustibles en las operaciones mineras. En el desarrollo de sus funciones, los dems sectores conformantes del sistema integrado de vigilancia le prestan al colaboracin necesaria.

    (cisternas no registrados o camiones de trasporte en cilindros no registrados en OSINERMIN)

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • DE LAS DEMS AUTORIDADES SECTORIALES Y LA CIUDADANA

    Las autoridades sectoriales son competentes dentro del mbito de sus atribuciones y competencias.

    Las autoridades sectoriales brindan y facilitan informacin a los sectores de la sociedad civil y las poblaciones afectadas acreditadas, para que puedan participar vigilando que se cumpla adecuadamente la cadena de consumo de los hidrocarburos, pudiendo efectuar las denuncias que debern ser atendidas con la mayor celeridad posible.

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • COMPETENCIA DE SANCIONES

    OSINERGMIN.

    Las infracciones derivadas relacionadas a la actividad de hidrocarburos, es competencia exclusiva de OSINERGMIN

    Gobierno Regional DREM PUNO

    El Gobierno Regional a travs de la Direccin Regional de Energa y Minas es competente para la sancin de las actividades mineras de acuerdo a la transferencia de funciones, puede disponer las medidas cautelares y coercitivas orientadas a reparar el dao ambiental derivado de la actividad

    ORDENANZA REGIONAL 04-2010- GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

  • Persona que adquiere en el pas o importa Combustibles para uso

    propio y exclusivo en sus actividades y que cuenta con instalaciones

    para recibir y almacenar los referidos productos con capacidad mnima

    de 1m3 (264.17 gl). Los Consumidores Directos se encuentran

    prohibidos de suministrar combustibles y Otros Productos Derivados de

    Hidrocarburos a terceros, excepto cuando sus instalaciones se

    encuentren ubicadas en zonas alejadas de los establecimientos de

    venta al pblico y la naturaleza de su proceso productivo o de servicio

    amerite que se comparta sus facilidades de almacenamiento,

    instalaciones y disponibilidad de combustibles con sus proveedores,

    contratistas, subcontratistas y asociados slo en el caso de empresas

    de transporte, que ejecuten trabajos para ellos, a fin de no interrumpir

    sus operaciones. En cuyo caso, llevarn un registro de los suministros

    de Combustibles y Otros Productos Derivados de Hidrocarburos que

    realicen a dichos proveedores, contratistas, subcontratistas y asociados.

    GRIFO DE CONSUMIDOR

    DIRECTO

  • GRIFO DE CONSUMIDOR

    DIRECTO PROCEDIMIENTOS DREM PUNO

    DECLARACIN DE IMPACTO AMBIENTAL

    RESOLUCION DIRECTORAL PARA TRANSPORTE DE COMPBUSTIBLE A ZONAS MINERAS.

  • GRIFO DE CONSUMIDOR

    DIRECTO

    PROCEDIMIENTOS OSINERGMIN

    1. ITF (INFORME TCNICO FAVORABLE PARA

    CONSUMIDORES DIRECTOS DE COMBUSTIBLES

    LQUIDOS).

    2. INFORME TCNICO FAVORABLE PARA MODIFICACIN Y/O

    AMPLIACIN DE CONSUMIDORES DIRECTOS DE

    COMBUSTIBLES LQUIDOS

    3. INSCRIPCIN EN EL REGISTRO DE HIDROCARBUROS

    4. VERIFICACIN DEL PLAN DE ABANDONO

  • REQUISITOS PARA LA ELABORACION DEL

    DOCUMENTO AMBIENTAL.

    Requisitos.

    Elaborado Por un profesional del rea, c0n especialidad en Medio Ambiente (Adjuntar FILE).

    Presentar constancia de Habilidad del CIP.

    Presentar Documento que acredite la propiedad del Terreno.

    Pliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual frente a terceros

    GRIFO DE CONSUMIDOR

    DIRECTO

  • ALMACENAMIENTO:

    Tanque: Cualquier tipo de almacenamiento > 57 galones

    Tanques Enterrados o en estructuras de concreto armado

    Tanques Enterrados o en estructuras de concreto armado con Surtidores o dispensadores

    Tanques superficiales

    Tanques superficiales con Surtidores o dispensadores

    SURTIDORES Y DISPENSADORES

    GRIFO DE CONSUMIDOR

    DIRECTO

  • PREGUNTAS?

  • GRACIAS