61540207 codigo de etica del contador ecuatoriano

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    CDIGO DE TICA DEL CONTADOR ECUATORIANO (CECE)TTULOIINTRODUCCIN

    El Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE), rgano tcnico de la

    Federacin Nacional de Contadores del Ecuador (FNCE), decidi actualizar el Cdigo detica del Contador Ecuatoriano (CECE), con la finalidad de fortalecer las manifestaciones denuestras responsabilidades sociales con el inters pblico; objetivos que deben primar en eldesarrollo de la prctica de los contadores ecuatorianos, en el pas y en el entornointernacional. La preparacin de la actualizacin del Cdigo de tica cuenta con lacolaboracin decidida del Proyecto Anticorrupcin S Se Puede! - MSI, al donar los fondosentregados por Management System International con el financiamiento de la Agencia de losEstados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), fondos que cubrirn su difusin.El Contador en el Ecuador debe actuar en forma apropiada, con la profunda conviccin deque esta actitud representa mayor rentabilidad profesional; rentabilidad para un crecimientoreal, progresivo y sostenido en el tiempo. Como ustedes conocen, la credibilidad seconstruye y avanza en funcin de nuestras acciones y resultados, trabajando da a da conplena conciencia, considerando que somos ms que contadores, profesionales y an ms,seres humanos que debemos sentir, pensar y actuar siempre en funcin del inters pblico.El Directorio del IICE tiene la plena conviccin de que la conducta tica de los contadoresasegura el xito, la realizacin profesional y personal de los mismos. Las accionesapropiadas, correctas y profesionales de los contadores son muy importantes para eldesarrollo de la Comunidad de los negocios, para las instituciones del sector pblico y parala sociedad en general. Con la actualizacin y difusin del Cdigo de tica del ContadorEcuatoriano (CECE), el IICE y la FNCE contribuyen a la recuperacin de los nivelesprofesionales y de credibilidad en la prctica profesional. Nuestro pas necesita fortalecer susinstituciones y encontrar una brjula confiable. Los contadores necesitamos dignificar nuestraprofesin con la prctica adecuada de la Contadura Pblica. El presente Cdigo de tica del

    Contador Ecuatoriano (CECE), es un excelente complemento, una oportunidad para que lasociedad toda confirme y observe una dosis apropiada de objetividad, honestidad eindependencia en el desempeo profesional de los contadores del pas

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    PRLOGOEl Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano (CECE) contiene los objetivos, los principiosfundamentales y las normas generales de conducta, aplicables a la prctica profesional diariadel contador, permitindole mayores oportunidades de solvencia moral en su actuacinprofesional. tica se deriva de la palabra griega Ethos que originalmente signific costumbre.Es parte de la filosofa que trata de la moral y de las obligaciones del gnero humano. Moral,a su vez, se deriva del latn Moralis, costumbre en el sentido de conjunto de normas o reglasadquiridas por hbito. La tica es la ciencia especfica de la conducta humana. La moral esun sistema de normas, principios y valores que regulan las relaciones mutuas entre losindividuos y sus instituciones. La tica aplicada al ejercicio de la profesin de ContaduraPblica comprende los principios fundamentales de la actuacin moral de los contadores.tica profesional o moral profesional es la ciencia normativa que estudia los deberes,responsabilidades y derechos de los profesionales; representa, en suma, un compromisopersonal y de conducta correcta. El Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano (CECE)confirma los compromisos del Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador (IICE), dela Federacin Nacional de Contadores del Ecuador (FNCE) y de la profesin de ContaduraPblica, con la sociedad ecuatoriana. Una vez ms, declaramos nuestras intenciones decumplir con los principios fundamentales del Cdigo de tica para respetar nuestraprofesin y respetarnos entre los mismos profesionales.Los contadores consideramos que losmltiples intereses individuales deben dar paso a los grandes e importantes intereses de lasociedad. El comportamiento honesto responde a las prcticas socialmente aceptadas.Actualmente la sociedad manifiesta ciertos cambios de direccin, enva algunas vecesmensajes equivocados; incluso, en algunos temas la percepcin es que se estimula

    comportamientos que se consideraban y deben considerarse como inaceptables. La ticainspirada en la dignidad del hombre debe llegar a unos acuerdos bsicos sobre los derechosfundamentales de las personas. Por eso se necesita una reflexin seria, libre demanipulaciones ideolgicas y de intereses polticos u otros. Reflexin sobre las dos grandeslneas de desarrollo de los derechos humanos: por una parte, los derechos civiles y polticosy, por otra, los derechos sociales, econmicos y culturales. El CECE est actualizado acordecon la normativa profesional e internacional de la Contadura Pblica. Se presenta en tresttulos, el tercero contiene cuatro captulos. En los primeros dos ttulos se presentan losobjetivos y principios fundamentales de la profesin de Contadura Pblica y del Cdigo detica. Se define en forma especfica la responsabilidad social, compromiso primordial delcontador en la prctica profesional en el pas. En el ttulo tercero se presenta el Cdigo de

    tica del Contador Ecuatoriano (CECE), en tres secciones en funcin de las condiciones orealidades en que trabajan o ejercen la profesin los contadores en el Ecuador: La Seccin Aaplicable a todos los contadores. La Seccin B aplicable a los contadores en la prcticapblica y la Seccin C aplicable a los contadores en relacin de dependencia. En el captulocuarto se especifican las sanciones aplicables por desviaciones a los principios y normas denuestro Cdigo de tica.DIRECTORIO DEL IICE 2006 200710 DE ENERO DEL 2006

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    TTULO IILA PROFESIN DE CONTADURA PBLICA EL INTERS PBLICO 1.

    El pblico de la profesin de Contadura Pblica consta de Entidades auditadas, InstitucionesFinancieras, gobiernos corporativos, empleadores, trabajadores, inversionistas, la comunidad denegocios, la comunidad financiera, y otros que confan en la objetividad e integridad de loscontadores para mantener el funcionamiento ordenado de la comunidad de negocios y engeneral. Esta confianza impone sobre la profesin de Contadura Pblica una responsabilidadde inters pblico. El inters pblico se define como el bienestar colectivo de la comunidad depersonas e instituciones a las cuales sirven los contadores. 2. La responsabilidad de un contadorno es exclusivamente satisfacer las necesidades de una entidad auditada o de un empleadorindividual. Los estndares de la profesin contable estn fuertemente determinados por elinters pblico, por ejemplo:Los auditores independientes ayudan a mantener la integridad y la eficiencia de los estadosfinancieros que se presentan a las instituciones financieras como documentacin parcial paralos prstamos y a los accionistas para la obtencin de capital;

    Los ejecutivos financieros sirven en diferentes capacidades de administracin financiera en lasorganizaciones y contribuyen al uso efectivo y eficiente de los recursos de la organizacin;

    Los auditores internos proveen atestiguamiento sobre un sistema de control interno slido queenriquezca la confiabilidad de la informacin financiera externa del empleador;

    Los expertos tributarios ayudan a establecer confianza y eficiencia en la aplicacin justa delsistema tributario; y

    Los consultores gerenciales tienen una responsabilidad hacia el inters pblico al coadyuvarpara la toma de decisiones administrativas.

    3. Los inversionistas, acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, lomismo que el gobierno corporativo y el pblico en general, confan en los contadores para lapresentacin de informes financieros slidos, la administracin financiera efectiva y la asesoracompetente sobre una variedad de asuntos de negocios y tributarios. La actitud y elcomportamiento de los contadores en la prestacin de tales servicios tienen un impacto en elbienestar econmico del pas.4. Los contadores pueden permanecer en una posicin privilegiada solamente si continanprestando al pblico esos servicios nicos a un nivel que demuestre que la confianza delpblico est firmemente fundamentada. Es del mejor inters para la profesin, ensear a lasentidades auditadas que requieren los servicios que estos sonprestados por contadores que los

    ejecutan al nivel ms alto de desempeo y de acuerdo con requerimientos ticos que conducena asegurar tal desempeo.

    OBJETIVOS DE LA PROFESIN

    5. El Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano reconoce que los objetivos de la profesin deContadura Pblica son trabajar de conformidad con los estndares ms altos deprofesionalismo, con el fin de lograr los niveles ptimos y principalmente para satisfacer losrequerimientos del inters pblico. Esos objetivos exigen cuatro puntos bsicos:

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    Credibilidad. En toda sociedad existe una necesidad de credibilidad en la informacin y en lossistemas de informacin.

    Profesionalismo. Existe necesidad de individuos que puedan ser claramente identificadoscomo personas profesionales en el campo de la contadura, por las mismas entidades auditadas,empleadores y otros interesados en general.

    Calidad de los servicios. Existe necesidad de atestiguamiento que todos los servicios prestadospor un contador se lleven a cabo dentro del ms alto nivel de ejecucin.

    Confianza. Los usuarios de los servicios de los contadores deben sentir confianza de que existeuna estructura de tica profesional que gobierna la prestacin de esos servicios.

    PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL CDIGO DE TICA 6. Para lograr los objetivosde la profesin de Contadura Pblica, los contadores tienen que cumplir con los principiosfundamentales que son:Integridad. Un contador deber ser franco, honesto e ntegro en el desempeo de los servicios

    profesionales.

    Objetividad. Un contador deber ser justo y no debe permitir que un prejuicio o falta deimparcialidad, conflictos de inters o influencia de otros anulen la objetividad.

    Competencia profesional y debido cuidado profesional. Un contador deber ejecutar susservicios profesionales con el debido cuidado, competencia y diligencia. Tiene la obligacin demantener sus conocimientos y habilidades profesionales en el nivel requerido para asegurar queuna entidad auditada o un empleador reciben las ventajas de un servicio profesional basados endesarrollos actualizados en prctica, legalidades y tcnica.

    Confidencialidad. Un contador deber respetar el carcter confidencial de la informacin quese obtenga durante el desarrollo de los servicios profesionales y no deber revelar talinformacin sin autorizacin apropiada y especfica, a menos que exista un requerimiento detipo judicial o profesional.

    Comportamiento profesional. Un contador deber actuar de modo tal que sea acorde con labuena reputacin de la profesin y evitar cualquier conducta que pueda desacreditar laprofesin.

    Normas tcnicasUn contador deber llevar a cabo los servicios profesionales en concordancia con la tcnica y

    normas profesionales pertinentes. Los contadores tienen la obligacin de ejecutar concuidado y habilidad las instrucciones de la entidad auditada y del empleador en cuanto seancompatibles con los requisitos de integridad, objetividad y, en el caso de contadores en laprctica pblica, independencia. Es ms, los requisitos ticos deben conformarse con latcnica y normas profesionales promulgadas por la FNCE, por ejemplo, las NormasEcuatorianas de Auditora (NEA) y las Normas Ecuatorianas de Contabilidad (NEC). En los casosde no disponer de tales normas, aplicar la normatividad internacional en contabilidad yauditora, y la legislacin pertinente.

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    TTULO III CDIGO DE TICAArtculo 1.Objetivos del Cdigo

    Los objetivos del Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano (CECE), as como sus principios

    fundamentales, son de naturaleza general y no tienen la intencin de que sean usados pararesolver los problemas ticos de un contador en un caso especfico. El Cdigo de tica proveeorientacin sobre la aplicacin en la prctica de los objetivos y de los principiosfundamentales en relacin con situaciones tpicas que se dan en la profesin de ContaduraPblica.

    Artculo 2.mbito de aplicacinEl Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano (CECE) ser de conocimiento y aplicacinobligatoria por parte de todos los contadores, nacionales y extranjeros, que ejercen laprofesin de contadura pblica en nuestro pas, de conformidad con la Ley de Contadores del

    Ecuador y otras normativas legales, relacionadas con la profesin.

    Artculo 3.Incorporacin de las Actualizaciones de las Normas InternacionalesEl Cdigo de tica del Contador Ecuatoriano (CECE) est acorde a la normativa internacional.Por tanto, cualquier actualizacin o cambio en el Cdigo de tica de IFAC (InternationalFederation of Accountants) y que fuere aplicable a la realidad ecuatoriana, ser incorporado aeste Cdigo previo anlisis efectuado por el Instituto de Investigaciones Contables del Ecuador(IICE) y la respectiva aprobacin por parte de la Federacin Nacional de Contadores delEcuador (FNCE).

    Artculo 4.El Cdigo de tica se divide en cuatro captulos y dos anexos:

    Captulos:- Captulo 1 Seccin A. Aplica a todos los contadoresCaptulo 2 Seccin B. Aplica solo a los contadores en la prctica pblica- Captulo 3 Seccin C. Aplica a los contadores en relacin de dependencia-Captulo 4 De las Sanciones

    Anexos:- Anexo I Aplicacin de principios a situaciones especficas

    - Anexo II Definiciones

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    CAPTULO 1 SECCIN A APLICABLE A TODOS LOS CONTADORESArtculo 5.Integridad y Objetividad5.1 Los principios de integridad y objetividad, imponen a todos los contadores la obligacinde ser justos, intelectualmente honestos y libres de conflictos de intereses.

    5.2 Los contadores en ejercicio profesional sirven en muy diferentes actividades y debendemostrar siempre su objetividad. Los contadores emprenden en la prctica pblicaobligaciones de trabajo de atestiguamiento, ofrecen servicios fiscales y servicios deconsultora. Otros contadores preparan estados financieros como subordinados de otros,ejecutan servicios de auditora interna, y sirven en actividades de gerencia financiera en laindustria, comercio, sector pblico y en la educacin. Ellos tambin educan y entrenan aquienes aspiran ingresar en la profesin. Sin tener en cuenta la clase de servicio o actividad.Los contadores deben proteger la integridad de los servicios profesionales, mantener laobjetividad y evitar cualquier subordinacin de sus opiniones por otros.

    5.3 Al seleccionar las situaciones y prcticas que especficamente se deben tratar en losrequisitos ticos relacionados con la objetividad, se debe hacer una consideracin adecuadade los factores siguientes:

    a) Los contadores estn expuestos a situaciones donde hay posibilidades de que se ejerzapresin sobre ellos. Dichas presiones pueden deteriorar su objetividad.

    b) No es prctico definir y prescribir todas las posibles situaciones en las que pueden existirpresiones. Debe prevalecer la racionabilidad en el establecimiento de las normas para

    identificar las relaciones en las que es probable, o aparente, que se deteriore la objetividad deun contador.

    c) Se deben evitar relaciones que permitan prejuicios o influencias capaces de anular laobjetividad.

    d) Los contadores tienen la obligacin de asegurar que el personal contratado para participaren los servicios profesionales se adhiera al principio de objetividad.

    e) Los contadores no deben ni aceptar ni ofrecer regalos o invitaciones que pudiera creerserazonablemente que tienen una influencia significativa e inapropiada sobre su juicio

    profesional o en el de aquellos con quienes tratan.

    Artculo 6. Resolucin de conflictos ticos6.1 El contador constantemente debe estar consciente y atento de los factores que puedenprovocar conflictos de inters. Es importante hacer notar que una diferencia honesta

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    de opiniones entre un contador y otro interesado no constituye en s misma un problematico. Sin embargo, los hechos y las circunstancias de cada caso requieren investigacin porparte de los interesados.

    6.2 Pueden existir factores particulares cuando las responsabilidades de un contador entrenen conflicto con exigencias internas o externas de un tipo o de otro, tales como:a) Peligro de presin por parte de un supervisor, administrador o socio dominante, o cuandoexisten relaciones familiares o personales que puedan dar origen a la posibilidad depresiones. Adems, no son aceptables las relaciones o intereses que pudieran influenciar,menoscabar o amenazar adversamente la integridad del contador.

    b) Un contador puede ser solicitado para actuar de manera contraria a las normas tcnicas oprofesionales.

    c) Pudiera existir una cuestin de lealtad dividida, por ejemplo, entre el superior delcontador y las normas de conducta profesional requerida.

    d) Pudiera surgir un conflicto cuando se publique informacin equvoca que pudiera darventaja al empleador o a la entidad auditada y que pudiera, o no, beneficiar al contadorcomo resultado de dicha publicacin.

    6.3 Cuando los contadores enfrentan problemas ticos significativos, los contadores debenseguir las polticas establecidas de la organizacin que los emplea para buscar una solucin atal conflicto. Si esas polticas no resuelven el conflicto tico, se deber considerar lo siguiente:

    a) Revisar el problema del conflicto con el superior inmediato. Si no se resuelve el problemacon el superior inmediato y el contador puede ir al siguiente nivel gerencial ms alto, el

    superior inmediato debe ser notificado de la decisin. Si pareciera que el superior inmediatoest implicado en el problema del conflicto, el contador debe llevar el problema al nivelgerencial siguiente ms alto. Cuando el superior inmediato es el Director Ejecutivo (oequivalente) el siguiente nivel de revisin ms alto puede ser el Comit Ejecutivo, elDirectorio, los Directores No-Ejecutivos, los Fideicomisarios, el Comit Administrativo delos Socios o los Accionistas.

    b) Buscar consejo o asesora, sobre una base confidencial, con un asesor independiente, conel respectivo Colegio Provincial de Contadores o la Federacin Nacional de Contadores delEcuador (FNCE), para obtener conocimiento sobre los cursos de accin posibles.

    c) Si permanece el conflicto tico luego de haber agotado completamente todos los nivelesinternos de revisin, el contador como ltima alternativa puede no tener otro recurso, sobreasuntos significativos (fraude), que renunciar y presentar un memorando de informacin a unrepresentante apropiado de esa organizacin, con copia a la entidad auditada de control y ala Federacin Nacional de Contadores del Ecuador (FNCE).

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    Cualquier contador que se encuentre en una posicin de supervisin debe esforzarse porasegurar que, dentro de la organizacin que lo emplea, se establecen polticas para buscar lasolucin de los conflictos ticos.

    6.5 Los Colegios Provinciales de Contadores y la FNCE deben brindar a los contadoresasesora y orientacin profesional a los miembros que tengan conflictos ticos y lo soliciten.Artculo 7.Competencia Profesional7.1 Los contadores no deben presentarse a s mismos como poseedores de habilidades oexperiencias que no tienen.

    7.2 La competencia profesional se puede dividir en dos fases:a) Consecucin de la competencia profesional

    Esto requiere inicialmente un alto nivel de educacin general seguido por entrenamiento,exmenes especficos en temas profesionales relevantes y, es preferible un perodo deexperiencia de trabajo. Esto debera ser normal en el desarrollo de un contador.

    b) Mantenimiento de la competencia profesional

    Requiere una conciencia continua sobre los desarrollos que se dan en la profesin contable,incluyendo los pronunciamientos nacionales e internacionales relevantes en contabilidad,auditora y otras normas tcnicas. Un contador debe adoptar un programa diseado paraasegurar control de calidad en el desempeo de servicios profesionales consistentes con lospronunciamientos o normas tcnicas nacionales e internacionales apropiados.

    Artculo 8.Confidencialidad8.1 Los contadores tienen la obligacin de respetar la confidencialidad de la informacinsobre los asuntos de la entidad auditada o empleador. El deber de confidencialidad continaan despus de terminar la relacin entre el contador y la entidad auditada o empleador. .

    8.2 La confidencialidad debe ser observada siempre por parte del contador a menos que unaautoridad especfica haya emitido un mandato de revelar informacin confidencial.

    8.3 Los contadores tienen la obligacin de asegurar que el personal bajo su control, as comolas personas de quienes se obtiene asesora y asistencia, respetan el principio deconfidencialidad.

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    Tambin es necesario que la informacin que obtiene un contador en el curso deldesempeo de sus servicios profesionales no la use ni parezca que usa esta para ventajapersonal o para ventaja de un tercero.

    8.5 Un contador tiene acceso a mucha informacin confidencial sobre los asuntos de unaentidad auditada o empleador, que no son normalmente reveladas al pblico. Porconsiguiente, se debe advertir al contador sobre no revelar informacin no autorizada, a otraspersonas. Esto no aplica a la informacin necesaria para cumplir apropiadamente con laresponsabilidad del contador de acuerdo con las normas de su profesin o la ocultacin deinformacin fraudulenta.

    8.6 Los siguientes son ejemplos de los puntos que se deben considerar en la determinacinde si se puede o no revelar informacin confidencial:

    a) Cuando la entidad auditada o empleador da autorizacin para revelar, se deben considerarlos intereses de todas las partes incluyendo terceros cuyos intereses se pueden afectar.

    b) Cuando la revelacin es requerida u obligada por los Organismos de Control, tales comola Superintendencia de Compaas, Superintendencia de Bancos y Seguros, el Servicio deRentas Internas (SRI), Contralora General del Estado, orden de un Juez de lo Civil o de loPenal y por cualesquier otra autoridad competente para que revele informacin confidencialrespecto de:

    Presentar documentos o dar evidencia en el curso de procesos legalesRevelar a las autoridades apropiadas las infracciones a la ley que puedan surgir

    c) Cuando existe derecho u obligacin profesional para revelar:

    Para cumplir las normas tcnicas y los requisitos ticosPara proteger el inters profesional de un contador en procesos legalesPara cumplir con la revisin de calidad de un organismo regulador

    8.7 Cuando el contador ha determinado que se puede revelar esa informacin confidencial,se deben considerar los puntos siguientes: Si son conocidos o no y verificados todos loshechos relevantes, al grado que sea factible hacerlo; cuando la situacin implica hechos uopiniones no verificados, se debe usar el juicio profesional en la determinacin del tipo derevelacin que ha de hacerse, si fuera el caso.

    Qu tipo de comunicacin se espera y el destinatario. El contador deber satisfacerse de que

    las partes a quienes se dirige la comunicacin sean los receptores apropiados y tienen laresponsabilidad para actuar sobre ella. Si el contador incurriere o no en cualquierresponsabilidad legal al hacer una comunicacin, as como las consecuencias que de ello sederiva.

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    En todas estas situaciones, los contadores deben considerar la necesidad de consultarasesores legales y/o a la (s) organizacin (es) involucrada (s).

    Artculo 9.Prctica Tributaria9.1 El servicio en la prctica tributaria debe ser realizado con competencia profesional,integridad y objetividad. En todos los casos, sus servicios deben ser consistentes con la ley. Sepuede resolver una duda a favor de la entidad auditada o empleador si existe soporterazonable para la posicin.

    9.2 El contador deber asegurarse de que la entidad auditada o el empleador estnconscientes de las limitaciones inherentes a la asesora y a los servicios tributarios de maneraque ellos no interpreten equivocadamente una expresin de opinin como la afirmacin deun hecho.

    9.3 Un contador que realiza o asiste la preparacin de una declaracin de impuestos debeadvertir a la entidad auditada o al empleador de que la responsabilidad respecto al contenidode la declaracin es de dicha entidad auditada o empleador. El contador debe dar los pasosnecesarios para asegurar que la declaracin tributaria se prepara apropiadamente sobre labase de la informacin recibida y verificada.

    9.4 La asesora o las opiniones tributarias de consecuencias importantes que se dan a unaentidad auditada o empleador deben quedar en constancia por escrito a travs de una carta oen un memorando para los archivos.

    9.5 Un contador no se debe asociar con ninguna declaracin o comunicacin en la cualexista evidencia de que:

    a) Contiene una declaracin falsa o engaosa.

    b) Contiene declaraciones o informacin suministrada imprudentemente o sin el suficienteconocimiento de que sean verdaderas o no.

    c) Omite u oscurece informacin requerida y tales omisiones u oscurecimientos pueden serun engao a las autoridades tributarias.

    9.6 En la preparacin de una declaracin tributaria, el contador puede confiar normalmenteen la informacin suministrada por la entidad auditada o empleador bajo el supuesto de que

    tal informacin parece razonable. Si una revisin y verificacin de los documentos y otraevidencia que soporta la informacin, es necesaria, el contador debe exigir que dichosrespaldos le sean presentados y verificarlos. Adems, el contador debe:

    a) Hacer uso de las declaraciones de la entidad auditada correspondientes a los aosanteriores, si es factible.

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    10.3 Cuando un contador ecuatoriano desempea servicios en el extranjero y existendiferencias sobre asuntos especficos en los requisitos ticos del otro pas, se deben tomar encuenta los puntos siguientes:

    a) Cuando los requisitos ticos del pas en el cual se estn desempeando los servicios sonmenos estrictos que los de este Cdigo de tica, entonces se debe aplicar el Cdigo de ticadel Contador Ecuatoriano.

    b) Cuando los requerimientos ticos del pas en el cual se estn ejecutando los servicios sonms estrictos que este Cdigo de tica, entonces se deben aplicar los requerimientos ticosdel pas en el cual se estn ejecutando los servicios

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    CAPTULO 2SECCIN B APLICABLE A LOS CONTADORES EN LA PRCTICA PBLICA

    Son Contadores que ejercen la profesin en forma independiente; cada socio o persona que

    ocupa una posicin similar a la de un socio, en una firma de contadores pblicos y cadamiembro de una firma, que proporcione servicios profesionales de trabajos deatestiguamiento a un entidad o empresa, en cualquier mbito de contadura pblica(ejemplos: Auditora, Impuestos o Consultora). El Contador en la prctica pblica debe sermiembro de la FNCE, a travs de los respectivos Colegios Provinciales de Contadores.

    Artculo 12.Independencia12.1 Es del inters pblico y, por consiguiente, requisito de este Cdigo de tica, que losmiembros de los equipos para atestiguar de las firmas y cuando sea aplicable, red de firmas,sean independientes de las entidades auditadas.

    12.2 Los trabajos para atestiguar tienen la intencin de aumentar la credibilidad de lainformacin sobre una un asunto principal mediante la evaluacin respecto a si el mismo seencuentra de acuerdo con criterios adecuados en sus partes ms importantes. Las normastcnicas sobre trabajos para atestiguar, describen los objetivos y los elementos de estostrabajos para proveer un nivel de seguridad ya sea alto o moderado.

    12.3 El que un trabajo particular sea un trabajo para atestiguar depender de si exhibe todoslos elementos siguientes:

    a) Una relacin con terceros que implique:

    Un contadorUna parte responsableUn presunto usuario

    b) Un asunto principal;

    c) Un criterio confiable;

    d) Un proceso del trabajo; y

    e) Una conclusin.

    La parte responsable y el presunto usuario, a menudo sern parte de organizacionesdiferentes pero no necesariamente ocurre as. Una parte responsable y un presunto usuariopueden hacer parte de la misma organizacin. Por ejemplo, un cuerpo de gobiernocorporativo puede buscar seguridad sobre la informacin suministrada por un

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    componente de esa organizacin. La relacin entre la parte responsable y el presunto usuariodebe considerarse dentro del contexto de un trabajo especfico.

    12.4 Existe un rango amplio de trabajos para proveer un nivel de seguridad alto o moderado.Estos pueden incluir:

    a) Trabajos para reportar sobre una diversidad de asuntos que cubren informacin financieray no financiera;

    b) Trabajos para atestiguar y de informes directos;

    c) Trabajos para reportar interna y externamente; y

    d) Trabajos en el sector privado y en el sector pblico.

    12.5 El asunto principal de un trabajo para atestiguar puede tomar muchas formas, como lassiguientes:

    a) Datos (por ejemplo, informacin financiera histrica o prospectiva, informacinestadstica, indicadores de desempeo);

    b) Sistemas y procesos (por ejemplo, controles internos); o

    c) Comportamiento (por ejemplo, gobierno corporativo, cumplimiento con las regulaciones,prcticas de recursos humanos).

    12.6 No todos los trabajos desempeados por contadores son trabajos para atestiguar. Otrostrabajos frecuentemente desempeados por contadores incluyen:

    a) Procedimientos convenidos;

    b) Compilacin de informacin financiera o de otro tipo;

    c) Preparacin de declaraciones tributarias donde no se expresa conclusin, y consultoratributaria;

    d) Consultora administrativa; y

    e) Otros servicios de asesora.

    La Independencia.Enfoque Conceptual12.7 Esta seccin del Cdigo de tica proporciona un marco de referencia, construido apartir de principios para identificar, evaluar y responder a lo que amenaza la independencia.El marco de referencia establece los principios que los contadores u otros miembros de losequipos para atestiguar, las firmas y las redes de firmas deben usar para identificar las

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    amenazas a la independencia, evaluar el significado de esas amenazas y, si las amenazas sondiferentes de aquellas claramente insignificantes, identificar y aplicar salvaguardas paraeliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Se requiere juicio para determinarqu salvaguardas aplicar. Algunas salvaguardas pueden eliminar las amenazas mientras queotras las pueden reducir a un nivel aceptable.

    Esta seccin requiere que los contadores u otros miembros de los equipos para atestiguar, lasfirmas y las redes de firmas apliquen los principios a las circunstancias particulares bajoconsideracin.

    Los ejemplos que se presentan tienen la intencin de ilustrar la aplicacin de los principioscontenidos en esta seccin, pero no buscan, ni se deben interpretar como que sean una listaexhaustiva de todas las circunstancias que puedan generar amenazas a la independencia.

    En consecuencia, no es suficiente que un contador o miembro de un equipo para atestiguar,una firma o una red de firmas cumpla solamente con los ejemplos presentados, dado quedeben aplicar los principios contenidos en esta seccin a las circunstancias particulares queenfrentan.

    12.8 La independencia requiere:a) Independencia mental. Es el estado de la mente que permite proporcionar una opininsin ser afectado por influencias que comprometan el juicio profesional, permitindole a unindividuo que acte con integridad, y ejerza objetividad y escepticismo profesional; y,

    b) Independencia en la apariencia. Es evitar hechos y circunstancias que sean tansignificativos de manera que un tercero razonable e informado, que tenga conocimiento detoda la informacin relevante, incluyendo las salvaguardas aplicadas, concluira

    razonablemente que se ha comprometido la integridad, la objetividad o el escepticismoprofesional de una firma o de un contador o miembro del equipo para atestiguar.

    12.9 El uso de la palabra Independencia en forma aislada, puede conducir a que losobservadores supongan que una persona que ejerce juicio profesional tiene que ser libre detoda relacin econmica, financiera o de otro tipo. Esto es difcil, en la medida en que cadamiembro de la sociedad tiene relaciones con otros. Por consiguiente, el significado de lasrelaciones econmicas, financieras y de otro tipo tambin se debe evaluar a la luz de lo queun tercero razonable e informado, que tenga conocimiento de toda la informacin relevante,concluira razonablemente que es inaceptable.

    12.10 Pueden ser relevantes circunstancias muy diferentes, o la combinacin decircunstancias, y de acuerdo con ello es imposible definir cada situacin que genereamenazas a la independencia, as como especificar la accin mitigante apropiada que se debatomar. Adems, puede diferir la naturaleza de los trabajos para atestiguar y en consecuenciapueden existir diferentes amenazas, requiriendo la aplicacin de distintas salvaguardas.

    12.11 Esta seccin se basa en tal enfoque conceptual, uno que tiene en cuenta las amenazas ala independencia, las salvaguardas aceptadas, y el inters pblico. Bajo este enfoque, las

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    12.15 Esos requisitos para los trabajos para atestiguar se ilustran como sigue:

    12.16 Las amenazas y las salvaguardas que se identifican en esta seccin se discutengeneralmente en el contexto de los intereses o relaciones que se dan entre la firma deContadores, la red de firmas, un miembro del equipo para atestiguar y la entidad auditada.En el caso de una entidad a auditar que cotiza en bolsa de valores, a la firma y a cualquierred de firmas se les requiere que consideren los intereses y las relaciones que incluyen lasentidades relacionadas de dicha entidad.

    Para todas las otras entidades de trabajos para atestiguar, cuando el equipo para atestiguartiene razn para considerar que una entidad relacionada de dicha entidad es relevante para laevaluacin de la independencia de la firma para con la entidad auditada, el equipo paraatestiguar debe considerar a esa entidad relacionada cuando evala la independencia yaplicar las salvaguardas apropiadas.

    12.17 La evaluacin de las amenazas a la independencia y de la accin subsecuente se debensoportar mediante evidencia obtenida antes de aceptar el trabajo y mientras se estdesempeando. La obligacin de realizar tal evaluacin y de tomar las acciones que surgencuando una firma, una red de firmas o un contador o miembro del equipo para atestiguarconocen, o se podra razonablemente esperar que conozcan, de circunstancias o relacionesque puedan comprometer la independencia.

    Objetivo y estructura de esta seccin12.18 El objetivo de esta seccin es asistir a las firmas y a los miembros de los equipos paraatestiguar a:a) Identificar las amenazas a la independencia;b) Evaluar si esas amenazas son claramente insignificantes; y

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    c) En los casos en que las amenazas no son claramente insignificantes, identificar y aplicar lassalvaguardas apropiadas para eliminar o reducir las amenazas.

    En las situaciones en que no estn disponibles salvaguardas para reducir la amenaza, lasnicas acciones posibles son eliminar las actividades o intereses que generan la amenaza, o

    negarse a aceptar o continuar el trabajo para atestiguar.12.19 Esta seccin plantea las amenazas a la independencia. Luego analiza las salvaguardascapaces de eliminar esas amenazas o de reducirlas a un nivel aceptable. Concluye conalgunos ejemplos sobre cmo aplicar este enfoque conceptual a circunstancias y relacionesespecficas. Los ejemplos discuten amenazas a la independencia que pueden ser generadaspor circunstancias y relaciones especficas. Se usa el juicio profesional para determinar lassalvaguardas apropiadas para eliminar las amenazas a la independencia o para reducirlas a unnivel aceptable. En ciertos ejemplos, las amenazas a la independencia son tan significativasque las nicas acciones posibles son eliminar las actividades o intereses que generan laamenaza, o negarse a aceptar o continuar el trabajo para atestiguar. En otros ejemplos, laamenaza se puede eliminar o reducir a un nivel aceptable mediante la aplicacin desalvaguardas. Los ejemplos no tienen la intencin de ser exhaustivos.

    12.20 La evaluacin de la importancia de cualquier amenaza a la independencia y de lassalvaguardas necesarias para reducir cualquier amenaza a un nivel aceptable, tiene en cuentael inters pblico. Ciertas entidades pueden ser de inters pblico significativo porque, comoresultado de sus negocios, de su tamao o de su posicin corporativa tienen un rango ampliode accionistas. Ejemplos de tales entidades auditadas pueden incluir compaas que cotizanen bolsas de valores, instituciones de crdito, compaas de seguros, y fondos de pensiones.Dado el fuerte inters pblico en los estados financieros de las entidades que cotizan enbolsas de valores, ciertos prrafos de esta seccin tratan asuntos adicionales que sonrelevantes para la auditora de dichas entidades. Se debe prestar atencin a la aplicacin de

    los principios sealados en esta seccin en relacin con la auditora de las entidades quecotizan en bolsas de valores frente a otras entidades de auditora que pueden ser de interspblico significativo.

    Amenazas a la independencia12.21 La independencia es afectada potencialmente por amenazas de inters personal, autorevisin, mediacin, familiaridad e intimidacin.

    12.22 La amenaza de inters personal ocurre cuando una firma o un contador o miembrodel equipo para atestiguar se pudiera beneficiar de un inters financiero en, u otro conflicto

    de inters con, una entidad de trabajo para atestiguar.

    Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero no estnlimitados a:

    a) Un inters financiero directo o un inters financiero indirecto de importancia relativa;b) Un prstamo o una garanta a o de una entidad del trabajo para atestiguar o de susdirectores o ejecutivos;

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    c) Dependencia indebida respecto de los honorarios totales recibidos; d) Preocupacinsobre la posibilidad de perder el trabajo; e) Tener una estrecha relacin de negocios con unaentidad del trabajo para atestiguar;

    f) Potencialidad de empleo con un entidad del trabajo para atestiguar; y

    g) Honorarios contingentes relacionados con los trabajos para atestiguar.

    12.23 La amenaza de auto revisin ocurre cuando(1) cualquier producto o juicio de un trabajo para atestiguar previo o de un trabajo

    diferente previo requiere ser vuelto a evaluar con el fin de conseguir conclusionessobre el trabajo para atestiguar o (2) cuando un miembro del equipo para atestiguarpreviamente fue director o ejecutivo de la entidad o fue un empleado que seencontraba en posicin de ejercer influencia directa o significativa sobre el asuntoprincipal del trabajo para atestiguar.

    (2) Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero no estnlimitados a:

    a) Un contador o miembro del equipo para atestiguar ha sido, o fue recientemente,director o ejecutivo de la entidad del trabajo para atestiguar;b) Un contador o miembro del equipo para atestiguar ha sido, o fue recientemente,empleado de la entidad en una posicin para ejercer influencia directa y significativasobre el asunto principal del trabajo para atestiguar;c) Desempear servicios para la entidad del trabajo para atestiguar que afectadirectamente al asunto principal del trabajo para atestiguar; yd) Preparacin de datos originales usados para generar estados financieros o para lapreparacin de otros registros que constituyen el asunto principal del trabajo para

    atestiguar.

    12.24 La amenaza de mediacin ocurre cuando una firma, o un contador o miembro delequipo para atestiguar, promueve, o puede percibirse que promueva, una posicin u opininde la entidad del trabajo para atestiguar hasta el punto que se pueda comprometer, o sepueda percibir que se comprometa, la objetividad.

    Tal puede ser el caso si una firma o un miembro del equipo para atestiguarsubordina su juicio al de la entidad. Ejemplos de circunstancias que pueden generaresta amenaza incluye, pero no estn limitados a:

    a) Negociar, o ser promotor de, acciones u otros ttulos de valor de un entidad deltrabajo para atestiguar; yb) Actuar como abogado de una entidad del trabajo para atestiguar en litigios o ensolucin de conflictos con terceros.

    12.25 La amenaza de familiaridad ocurre cuando, por virtud de una relacin estrecha conuna entidad del trabajo para atestiguar, sus directores, ejecutivos o empleados, una firma o unmiembro del equipo para atestiguar se vuelve demasiado comprensivo con los intereses de la

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    entidad. Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero noestn limitados a:

    a) Un miembro del equipo para atestiguar que tiene a un miembro de su familiainmediata o a un familiar cercano que es director o ejecutivo de la entidad;

    b) Un miembro del equipo para atestiguar que tiene a un miembro de su familiainmediata o a un familiar cercano que, como empleado de la entidad, seencuentraen posicin de ejercer influencia directa y significativa sobre el asuntoprincipal del trabajo para atestiguar;

    c) Un antiguo socio de la firma que es director, ejecutivo de la entidad o empleadoen posicin de ejercer influencia directa y significativa sobre el asunto principaldel trabajo para atestiguar;

    d) Asociacin larga de un miembro principal del equipo para atestiguar con laentidad; y

    e) Aceptacin de regalos o de hospitalidad, a menos que el valor sea claramenteinsignificante, de la entidad del trabajo para atestiguar, sus directores, ejecutivos oempleados.

    12.26 La amenaza de intimidacin ocurre cuando un miembro del equipo para atestiguarpuede ser disuadido de actuar objetivamente y de ejercer el escepticismo profesionalmediante amenazas, reales o percibidas, de los directores, ejecutivos o empleados de unaentidad del trabajo para atestiguar.Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero no estn

    limitados a:a) Amenaza de sustitucin como causa de un desacuerdo con la aplicacin de un principiode contabilidad; yb) Presin para reducir inapropiadamente la extensin del trabajo desempeado, en orden areducir los honorarios.

    Salvaguardas12.27 La firma y los contadores o miembros del equipo para atestiguar tienen laresponsabilidad de mantener la independencia teniendo en cuenta el contexto en el cualejercen profesionalmente, las amenazas a la independencia y las salvaguardas disponibles

    para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable.

    12.28 Cuando se identifican amenazas, se deben identificar y aplicar las salvaguardasapropiadas con el fin de eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Estadecisin se debe documentar. Siempre se debe prestar consideracin al hecho de que untercero razonable e informado, que disponga del conocimiento de toda la informacinrelevante, incluyendo las salvaguardas aplicadas, razonablemente concluira que esinaceptable. La consideracin ser afectada por asuntos tales como la importancia de la

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    amenaza, la naturaleza del trabajo para atestiguar, los usuarios destinatarios del informe deatestiguamiento y la estructura de la firma.

    12.29 Las salvaguardas se ubican en tres amplias categoras:a) Salvaguardas generadas por la profesin, legislacin o regulacin;

    b) Salvaguardas dentro de la entidad del trabajo para atestiguar; yc) Salvaguardas dentro de los sistemas y procedimientos propios de la firma de Contadores

    La firma y los miembros del equipo para atestiguar deben seleccionar las salvaguardasapropiadas para eliminar o reducir las amenazas a la independencia.

    12.30 Las salvaguardas generadas por la profesin legislacin o regulacin incluyen lassiguientes:a) Requisitos de educacin, entrenamiento y experiencia para el ingreso a la profesin;b) Requisitos de educacin continuada;c) Estndares profesionales y sistemas de monitoreo y disciplinarios;d) Revisin externa del sistema de control de calidad de una firma; ye) Legislacin que gobierna los requerimientos de independencia de la firma.

    12.31Las salvaguardas dentro de la entidad del trabajo para atestiguar incluyen las siguientes:a) Cuando la administracin de la entidad del trabajo para atestiguar designa la firma,personas diferentes de la administracin ratifican o aprueban la designacin;b) La entidad del trabajo para atestiguar tiene empleados competentes para tomar decisionesgerenciales;c) Polticas y procedimientos que enfatizan el compromiso de la entidad del trabajo paraatestiguar hacia la presentacin de informacin financiera razonable;d) Procedimientos internos que aseguran selecciones objetivas al identificar trabajosdiferentes de atestiguar; y

    e) Una estructura de gobierno corporativo, tal como un comit de auditora, que provee lasupervisin y las comunicaciones apropiadas en relacin con los servicios de una firma.

    12.32 Los comits de auditora pueden tener un importante rol en el gobierno corporativocuando son independientes de la administracin de la entidad y cuando pueden asistir alDirectorio para que se satisfagan a s mismos de que una firma es independiente para llevar acabo su rol de auditora.

    Deben existir comunicaciones regulares entre la firma de Contadores y el comit de auditora(u otro cuerpo de gobierno corporativo si no existe comit de auditora) de las entidades quecotizan en bolsas de valores, en relacin con los vnculos y otros asuntos que puedan, en

    opinin de la firma, considerarse razonablemente como que amenazan la independencia.

    12.33 Las firmas de Contadores deben establecer polticas y procedimientos relacionadoscon las comunicaciones sobre independencia con los comits de auditora, u otrosorganismos incorporados al gobierno corporativo. En el caso de la auditora de las entidadesque cotizan en bolsas de valores, la firma de Contadores debe comunicar enforma oral y porescrito al menos una vez al ao, todas las relaciones y otros asuntos entre la firma de

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    Contadores, red de firmas y la entidad de auditora, en las que a juicio profesional de la firmade Contadores pueda razonablemente pensarse que se amenaza la independencia.

    12.34 Las salvaguardas dentro de los sistemas y procedimientos propios de la firma puedenincluir salvaguardas generales de la firma tales como los siguientes:

    a) Liderazgo de la firma que subraya la importancia de la independencia y la expectativa deque los miembros de los equipos actuarn en el inters pblico;

    b) Polticas y procedimientos para implementar y monitorear el control de calidad;c) Polticas documentadas de independencia, relacionadas con la identificacin de lasamenazas a la misma, la evaluacin de la importancia de esas amenazas y la identificacin yaplicacin de salvaguardas para eliminar o reducirlas;d) Polticas y procedimientos internos para monitorear el cumplimiento con las polticas yprocedimientos de la firma de Contadores;e) Polticas y procedimientos para monitorear y, si es necesario, evaluar la dependencia eningresos recibidos de una sola entidad en el trabajo para atestiguar;f) Comunicacin oportuna de las polticas y procedimientos de una firma de Contadores, ycambios a los mismos, a todos los socios y al personal profesional, incluyendo elentrenamiento y educacin apropiados sobre los mismos;g) Designacin de un miembro seor como responsable de supervisar el funcionamientoadecuado del sistema de salvaguardas;h) Medios para notificar a los socios y al personal profesional de aquellas entidades deltrabajo para atestiguar y de las entidades relacionadas de las cuales tienen que serindependientes;i) Un mecanismo disciplinario para promover el cumplimiento con las polticas yprocedimientos; yj) Polticas y procedimientos para facultar al personal a comunicar a los niveles seor de la

    firma, cualquier asunto de independencia y objetividad que les interese; esto incluye informaral personal sobre los procedimientos abiertos para ellos.

    12.35 Las salvaguardas dentro de los propios sistemas y procedimientos de la firma puedenincluir aquellas especficas al trabajo como las siguientes:

    a) Incluir un contador adicional que revise el trabajo realizado o que asesore cuando seanecesario. Esta persona podra, ser externo a la firma de Contadores o a la red de firmas, oalguien dentro de la firma o red de firmas que no est asociado de alguna otra forma con elequipo para atestiguar;b) Consultar a terceros, tal como a un comit de directores independientes, un rgano

    regulador profesional u otro contador;

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    c) Rotacin del personal senior;d) Discusin asuntos de independencia con el comit de auditora o con otros organismosdel gobierno corporativo;

    e) Revelacin al comit de auditora, o a otros organismos del gobierno corporativo, lanaturaleza de los servicios prestados y los honorarios cobrados;f) Polticas y procedimientos para asegurar que los miembros del equipo para atestiguar notomen ni asuman responsabilidad por decisiones administrativas para la entidad del trabajopara atestiguar;g) Involucrar otra firma de Contadores para desempear o volver a desempear parte deltrabajo para atestiguar;h) Involucrar otra firma para volver a desempear el servicio diferente de atestiguar en laextensin necesaria para permitirle que asuma responsabilidad por ese servicio; yi) Retirar a las personas del equipo para atestiguar, cuando los intereses o relacionesfinancieras de esa persona generen una amenaza a la independencia.

    12.36 Cuando las salvaguardas disponibles son insuficientes para eliminar las amenazas a laindependencia o para reducirlas, o cuando una firma escoge no eliminar las actividades ointereses que generan la amenaza, el nico curso de accin disponible ser negarse adesempear, o retirarse del trabajo para atestiguar.

    Artculo 13.Perodo del Trabajo13.1 El perodo del trabajo para atestiguar se inicia cuando el equipo comienza a prestarservicios para atestiguar y termina cuando se emite el informe de atestiguamiento, exceptocuando el trabajo para atestiguar es de naturaleza recurrente. Si se espera que el trabajorecurra, el perodo del mismo termina con la notificacin de cualesquiera de las dos partes

    de que la relacin profesional ha terminado o de la emisin del informe final deatestiguamiento, cualesquiera que sea el ltimo.

    13.2 En el caso de un trabajo de auditora, el perodo de contratacin incluye el perodocubierto por los estados financieros reportados por la firma de Contadores Pblicos. Cuandouna entidad se vuelve entidad auditada durante o despus del perodo cubierto por losestados financieros sobre los cuales la firma de Contadores reportar, la firma de Contadoresdebe considerar cualquier amenaza a la independencia puede ser creada por:

    a) Relaciones financieras o de negocios con la entidad auditada de auditora durante odespus del perodo cubierto por los estados financieros, pero anteriores a la aceptacin del

    trabajo de auditora; ob) Servicios previos prestados a la entidad de auditora.

    13.3 De manera similar, en el caso de un trabajo para atestiguar que no sea un trabajo deauditora, la firma de Contadores debe considerar si alguna relacin financiera o de negocioso servicios previos puede generar amenazas a la independencia.

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    CAPTULO 3SECCIN CAPLICABLE A LOS CONTADORES EN RELACIN DE DEPENDENCIALos siguientes artculos contienen lineamientos que son particularmente relevantes para los

    contadores que trabajan en la industria, el comercio, el sector pblico o la educacin. Loscontadores en relacin de dependencia en la prctica pblica debern estar conscientes deque pueden encontrar que los principios expuestos ms adelante tambin son de aplicacin asus circunstancias particulares. Si los contadores en relacin de dependencia en la prcticatienen duda sobre la aplicabilidad de cualquier lineamiento particular, debern buscar ayudaen el Colegio Provincial o en la Federacin Nacional de Contadores del Ecuador (FNCE).

    Artculo 14.Conflicto de Lealtades14.1 Los contadores en relacin de dependencia tienen un deber de lealtad para con suempleador as como para con su profesin y puede ser que a veces estos dos estn enconflicto. La prioridad normal de un empleado deber ser el apoyo a los objetivos legtimosy ticos de su organizacin y a las reglas y procedimientos emitidos que les dan soporte. Sinembargo, a un empleado no se le puede pedir legtimamente que:a) Falte a la ley;b) Falte a las reglas y normas de su profesin;c) Mienta o engae (incluyendo el engao por guardar silencio), a quienes actan comoauditores del empleador; o d) Ponga su nombre o asociarlo de alguna otra manera con unadeclaracin que falsifique los hechos de manera importante.

    14.2 Las diferencias en los puntos de vista sobre el juicio correcto sobre asuntos decontabilidad o de tica normalmente deben surgir y ser resueltas al interior de la

    organizacin del empleado, inicialmente con el superior inmediato del empleado yposiblemente despus cuando prevalezca desacuerdo sobre un asunto tico significativo, conlos niveles superiores de la administracin o con los directores no ejecutivos.

    14.3 Si los contadores en relacin de dependencia no pueden resolver algn asunto deimportancia que implica un conflicto entre sus empleadores y sus requisitos profesionales,despus de agotar todas las otras posibilidades relevantes, pueden no tener otro recurso queconsiderar renunciar. Los empleados en relacin de dependencia deben declarar a suempleador sus razones para hacerlo pero su deber de confidencialidad normalmente impidecomunicar el problema a otros, a menos que se les requiera a hacerlo desde el punto de vistalegal tico o profesionalmente.

    Artculo 15.Competencia ProfesionalCAPTULO 4 DE LAS SANCIONESArtculo 17.Imposicin de Sanciones

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    17.1 El procedimiento para la imposicin de sanciones, ser el que se establece en losestatutos de los Colegios Provinciales de Contadores y en el estatuto de la FederacinNacional de Contadores del Ecuador (FNCE).

    17.2 El Contador Colegiado que infrinja este Cdigo ser sancionado por el Colegio al quepertenezca. En casos aplicables ser sancionado tambin por la FNCE y el CongresoNacional de Contadores.

    17.3 Para la imposicin de sanciones se tomar en cuenta la gravedad de la violacincometida, evaluando dicha gravedad de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga parael prestigio y estabilidad de la profesin de Contador.

    17.4 La accin disciplinaria ordinariamente se origina por asuntos como:Falta de observancia de los estndares requeridos de cuidado, habilidades o competenciasprofesionales.

    No cumplimiento de las reglas de la tica.Conducta deshonrosa o vergonzosa.

    17.5 Las investigaciones disciplinarias comenzarn como resultado de una denuncia. Lasinvestigaciones pueden, sin embargo, ser iniciadas por el organismo miembro o ladependencia reguladora sin que haya de por medio una denuncia. Las investigacionespueden ser llevadas a cabo en una base verbal o por correspondencia. Siempre deberhacerse referencia al miembro contra quien se presenta la queja as como a quien presenta laqueja. Cuando hay una disputa, puede intentarse la conciliacin. Puede ser difcil ponerlmites de tiempo al proceso de investigacin, particularmente cuando las circunstanciasimplican otros procesos legales.

    17.6 Teniendo como origen el proceso de investigacin, el organismo miembro o ladependencia reguladora decidir si iniciar procedimientos disciplinarios o no. Puede haberun derecho a apelacin contra la decisin, dentro de un marco de tiempo fijado.

    17.7 Las sanciones que puede imponer el organismo competente, de acuerdo con lagravedad de la falta, pueden ser las siguientes:a) Amonestacin privada.

    b) Amonestacin pblica.

    c) Multa.

    d) Suspensin.

    e) Expulsin del Colegio Provincial de Contadores al que perteneciere.Adems, los organismos competentes podrn acordar difundir la sancin.

    17.8 Los organismos encargados de la interpretacin de las normas del presente Cdigo son:

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    a) El Directorio del Colegio Provincial al que pertenezca.

    b) La FNCE y el Congreso Nacional de Contadores.

    ANEXO IIDEFINICIONES DE LA TERMINOLOGA DEL CDIGO CONTADORES.Al respecto, la Ley de Contadores del Ecuador, estipula lo siguiente:

    Art. l.- El Estado reconoce la profesin de Contador, que podr ejercerse en el pas, en lascategoras de Contador Pblico y Contador-Bachiller en Ciencias de Comercio yAdministracin, con sujecin a las normas legales y reglamentarias correspondientes.

    Art. 2.- Son Contadores Pblicos:a) Los nacionales y extranjeros que obtuvieren su ttulo en Universidades o InstitutosSuperiores ecuatorianos, facultados por la Ley de Educacin para concederlos; y,

    b) Los ecuatorianos y extranjeros que, habiendo cursado en Universidades o InstitutosSuperiores de pases extranjeros, obtuvieren el ttulo de Contador Pblico y lo revalidaren enel Ecuador, de conformidad con las regulaciones establecidas por las leyes ecuatorianas o porconvenios internacionales para el ejercicio profesional.

    Disposicin TransitoriaArt. 60. (Reformado por el Art. 1 del D. S. 658, R.O. 113-VII-72). Los ecuatorianos yextranjeros que, a la fecha de promulgacin de esta Ley, estuvieren matriculados en cualquierao en los Colegios de Segunda Enseanza del Ecuador que tengan la especializacin de

    Comercio y Administracin legalmente reconocidos por el Estado y que llegaren a graduarsede Contadores hasta el ao lectivo 1973-1974, sern considerados Contadores Pblicos.Contador actual. Un contador en la prctica pblica que actualmente tenga un contrato enauditora o realice servicios de contabilidad, tributarios, de consultora o serviciosprofesionales similares para una entidad. Contador en relacin de dependencia. Un contadoren relacin de dependencia en la industria, comercio, sector pblico o educacin. Contadoren la prctica pblica.Es un Contador Pblico que ejerce la profesin en forma independiente; cada socio opersona que ocupa una posicin similar a la de un socio, en una firma de contadorespblicos y cada miembro de una firma, que proporcione servicios profesionales de trabajos

    de atestiguamiento a un entidad o empresa, en cualquier mbito de contadura pblica(ejemplos: Auditora, Impuestos o Consultora). El Contador en la prctica pblica debe sermiembro de la FNCE, a travs de los respectivos Colegios Provinciales de Contadores.

    a) Atestiguar. Declarar, aseverar, afirmar como testigo alguna cosa.b) Trabajo para atestiguar. Un trabajo conducido por un contador en la prctica pblica,para atestiguar, declarar, aseverar o afirmar en relacin a:

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    Un nivel alto de seguridad de que el asunto principal est conforme en todos los aspectosimportantes con criterios adecuados identificados (trabajos de auditora); o

    Un nivel moderado de seguridad de que el asunto principal es creble en las circunstancias

    (trabajo de revisin de estados financieros u otros).c) Trabajo de auditora. Un trabajo de atestiguamiento destinado a proveer un nivel alto deseguridad de que los estados financieros estn libres de representacin errnea deimportancia relativa, como es el caso de un trabajo de acuerdo con Normas Internacionalesde Auditora y Aseguramiento (NIAA) o de acuerdo con Normas Ecuatorianas de Auditora(NEA). Esto incluye una Auditora Estatutaria, la cual es una auditora que requiere lalegislacin nacional u otra regulacin.

    d) FirmaUn contador independiente, sociedad o corporacin de contadores pblicos;Una entidad que controla tales partes; yUna entidad controlada por tales partes.

    e) Socio responsable del trabajo. En conexin con una auditora, el socio responsable defirmar el dictamen sobre los estados financieros consolidados de la entidad de auditora, y,cuando es relevante, el socio responsable por firmar el dictamen en relacin con cualquierentidad auditada cuyos estados financieros hacen parte de los estados financierosconsolidados y sobre los cuales se emite un informe independiente separado. Cuando no sepreparan estados financieros consolidados, el socio responsable del trabajo ser el socioresponsable de firmar el dictamen sobre los estados financieros.

    Contador Receptor. Un contador en la prctica pblica a quien el contador actual o laentidad del contador actual ha referido el encargo de la auditora, contabilidad, serviciostributarios, consultora o encargos similares, o a quien se consulta para satisfacer lasnecesidades de la entidad auditada.

    Control Interno. Es un proceso efectuado por el consejo de administracin, la direccin y elresto de personal de una entidad, diseado con el objeto de proporcionar un grado deseguridad razonable en cuanto a la consecucin de objetivos dentro de las siguientescategoras:a) Honestidad y responsabilidad,b) Eficacia y eficiencia en las operaciones,

    c) Fiabilidad de la informacin,d) Salvaguarda de los recursos de la entidad; y,e) Cumplimiento de las leyes y normas.

    El marco integrado de control interno est compuesto por cinco elementos: 1. AmbienteInterno de Control; 2. Establecimiento de Objetivos; 3. Identificacin de Eventos; 4.Evaluacin de Riesgos; 5. Respuesta a los Riesgos; 6. Actividades de Control; 7. Informaciny Comunicacin; y, 8. Supervisin y Monitoreo.