6. directiva 001-2009-pcm-sgp reconocimiento de la prácticas de buen gobierno en las entidades del...
TRANSCRIPT
-
8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…
1/5
't';";;;[$:
J A V I E R
J U L r L
- i ¡ , r
E L
O R I G I N A L
A
A G U I L A R
A R I S
No
050-2009-Pcill
j - : ,
t'0
EFée"-AE&$
"Lineamientos
para
a
promoción
delCódigo
de Ét¡cade la FunciónPúbtica
en
las entídades
públicas
del
Poder
Ejecutivo"
L ima,
CONSIDERANDO:
Que
la
Carta beroamericanae la FunciónPública, probada
por
el
Perú,
establece
como uno de
sus criterios
La
observancia,
or pafie
de todo
el
personal
comprendidon su
ámbito e apl icación,
e
os
principios
ticos el servicio
úblico,
a
honradez, a
transparencia,
a escrupulosidadn el
manejo
de los recursos
públicos
los
principios
valores onsti tucionales";
Que,
a
Vigésimo extaPolít ica acional
elAcuerdo
Nacional stablece omo
una Política e Estado
a
promoción
e
la ética
y
la'transparencia
erradicación e
fa
corrupción, l
lavadode dinero, a
evasión
ributaria el contrabando n todas
sus
fo¡mas,
para
cuyo..cgmplimie¡to
stablece ntre
otras,
el
compromisg
e
velar
por
el
desempeño esponsable transparente e la
función
pública,
así como
la
promoción
de
la vigi lancia
iudadana
eldesempeño e a
gestión ribl ica;
Que,
a Ley
N"
27658- Ley Marcode
Moderniz.acióndea GestiónPública
el
Estado,
establece
como
finalidad
undamentaldel
probeso
de modernización,
a
obtenciónde mayoresniveles
de
eficiencia
del
aparato estatal,
con
el objetivo
de.
alcanzarentre otros, un Estado transparenteen su gestión, con trabajadoresy
servidores
que
brindan al ciudadano, un servicio imparcial,oportuno, confiable,
predecible
de
bajo
costo, o
que
implíca l desempeño esponsable
transparente
e
la función
pública,
on mecanismos
e
control fectivos;
Que
ia Ley
N' 28716
Ley
de Control
nterno
de las
Entidades
del
Estado,
establece
en
su artículo
ia obligatoriedad
e
las
entidades el
Estadode implantar,
entre
otrascosas,
procesos,
ctividades,ecursos,
peraciones
actos
nstitucionales
orientados al cumplimiento
del
fomento e
impulso
de la
práctica
de
valores
insti tucionales;
-
8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…
2/5
\
. * t . - ü r ¡ t lO
u r
N iTN ISTROS
E s
c o P l A
{ F I E L \
e E L
o R I G T N A L
-
, , \
.......,.. '+.......... '......-"..
iÁV i rn
ESPNezA
AGUILAR
F E D A T A R I O
Que,
mediante ey
N" 27815 Leydel
Código
e Etica
de
la
Función
Pública,
se desarrol la
n
conjunto e
disposicionesrientadas establecer
rincipios,
eberes
y prohibiciones
e naturaleza
tica
que
rigen
para
odos
os
servidores
úblicos
e las
entidades e
a
Administración
úbiica;
Que,
el Decreto
Supremo
N'
057-2008-PCM,
ue
modifica
l Reglamento e
Organización Funciones, stablece
ue
la
Secretaría
e GestiónPública
iene
por
función
l omento e a éticaen
a unción
ública;
Que,
es
necesario
mpulsara real ización
e
actividadesestinadas
promover
el cumplimientoe las disposicionese la Ley del Có
-
8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…
3/5
DIRECTIVA
o.001
2009-PCM/SGP
L¡NEAMIENToS
ARA
A
pRoMoctoN
DEL
oDlco
DEÉTlcA
DELAFUNcloN
PUBLICA
NLAS
ENTIDADES
UBL¡CAS
ELPODER
JECUTIVO
Aftículo1o.-DelObjeto:
La
presente
Directiva
iene
por
objeto
establecer
os,lineamientos
plicables
ue
permitan
la difusión el
contenido
e la
Ley del
Código
e
Eticade
la Función
ública
Ley No
27815-
y
su
reglamento
Decreto
Supremo
No 033-2005-PCM,
n las entidades
el
PoderEjecutivo.
Artículo 2q.-
Base normativa
de
la directiva
La
presente
irectiva
e sustenta
n
los siguientes
nstrumentos
ormativos:
2.1Consti tución
olít ica
elPerú.
2.2Ley No29158
LeyOrgánica
el Poder
Ejecutivo
2.3LeyNo
27815 Ley
delCódigo
e
Ética
e a
Función úbl ica
2.4
D.S.N" 063-2007
ecreto
upremo
ue
aprueba
l
Reglamento
e OrganizaciÓn
Funciones
e
la Presidencia
el
Consejo
de
Ministros
su
modificatoria
ecreto
Suoremo
No063-2007-PCM
Artículo 3o.-
Alcances
de la
directiva
La
presente
irectiva
eráde
aplicación
ara
odas
as entidades
ue
conforman
l
Poder
Ejecutivo.
Artículo
4o.-
De la responsabil idad
e
la
promoción
del
Gódigo
de Ética
de
la
Función
Públ ica
.
La
promoción
el Código
e
Éticade
la
Función
Pública
n todas
as entidades
e la
\
Administración
ública
ecae
en el
órgano
de
la Secretaría
Generalo
quien
haga
sus
\\\,'
. .
veces, onforme
la eysobre
a materia,
w,\\
t\\:\
i\H" ..Aitículo
5u.-
Grupos
de Trabajo
para
el
Fomento
a la
Etica
;"1.
.
,;,pura
el
eiercicio
de las actividades
e
promoción
e
conformará
n
grupo
de
trabajo
)
'
compuestó
por
servidores
e cada
una
de las
unidades
que
componen
a entidad
y
tengan
reconocida
rayectoria
y
comportamiento
tico,
quienes
se encargarán
de
promoverel Código de Ét¡cade la Función Públicaal interiorde sus respectivas
dependencias,
ajo
a dirección
el
Secretario
General
quien
hagasus
veces
en cada
entidad"
Artículo
6a.-
nformación
l
Titularde
la entidad
Con una
periodicidad
emestral,
l Secretario
General
quien
haga
sus veces
elaborará
un informe
irigido
l t i tular e
la entidad,
ue
contendrá
nformación
elacionada
los
impactos
de
las actividades
rogramadas
en
términos
cualitativos
cuantitativos,
señalando
os
posibles
nconvenientes
recomendaciones
ue
as
mejoren futuro.
-
8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…
4/5
Artículo
7o-De
as actividades
e
promoción
Para a promociónelCódigo e Ética e a Función ública adaentidad ública eberá
realizar uandomenosas
siquientes
ctividades:
1.
Entreqar
a cada
servidor
público,
cualquiera
ea
su
modalidad
e
contr,átación,
n ejemplar
el
Código
e
Ética
de la
FunciÓn ública
su
Reglamento
compañado
e una
declaraciÓn
ue
confirme
ue
ha
leído
dichas
ormas
que
se
compromete
observarlas
2.
Entreqar.
n
el momento
e
su contratación,
cada
nuevo
ervidor
úblico,
cualqüiera
ea su
modalidad
e contratación,
n
ejemplar
el Código
e
Ética de
la Función
Pública
y
su
Reglamento
compañado
e
una
declaración
ue
confirme
ue
ha eído
dichas
ormas
que
se compromete
a observarlas
3.
Colocar
n el
periódico
panel
nformativo
en
las zonas
de
visibi l idad
e
cada
oficina n
impreso
egible
obre
os
principales
ontenidos
el
Código
de Ética
e a Función
ública
su
Reglamento,
onforme
l modelo
djunto
de a
presente
irectiva.
4. Un linken
el
portal
web de
cada
entidad
onde
se
expongan
os
principales
contenidos
el Código
de Ética
de
la Función
Pública
su Reglamento,
conforme
l modelo
djunto
e la
presente
irectiva
las
versiones
ntegras
de a
Ley2TA1S
eydel
Código
e
Ética
e a
Función
ública del
Decreto
Supremó
" 033-2005-PCM,
eglamento
e a
Ley
del Código
e
Ética e
a
Función ública.
S. Jornadas
nformativas
socialización
obre
a
importancia
el
Código
de
Ét¡ca
de
la Función
Pública
y
sobre
las sanciones
que
acarrea
su
incumplimiento,
on
una
periodicidadrimestral.
Sin
perjuicio
de
ello, cada
entidad
podrá
desarroliar
tras
actividades
estinadas
i
cumplimientoelfin
de a
presente
irectiva.
\ ,
Artícuto 8"-
Del reconocimiento
la
innovación
Ñ'.i
:
,,:,.
Anualmente,
a Presidencia
el Consejo
e Ministros,
través
de la Secretaría
e
Gestión
AV . ,' .,,Pública,econocerá las nsti tucionesfuncionarios
ue
hayan esarrol lado
ctividades
í - t . ' . : ; .
",i...,}*
";.;
innovativason
a
inalidad e
promovei
l
Código
¿e Éticade la FunciónPública.
-*'.¡_1_..1:r
DISPOSICION
OMPLEMENTARIA
PRIMERA.-
Lasentidades
ujetas
la apl icación
e
esta
norma
deberán
onsiderar
as
actividades
eñaladas
n el articulo
de
la
presente
irectiva
n
sus
respectivos
lanes
operativos
nstitucionales,
on
la finalidad
e
garantizar u inclusión
n la
programación
de activrdades
presupuestal
ue
se
realiza
nualmente.
SEGUNDA.-
La
presente
disposición
ntrará
en
vigencia
al
día siguiente
e su
publ icac ión.
-
8/16/2019 6. Directiva 001-2009-PCM-SGP Reconocimiento de la Prácticas de Buen Gobierno en las Entidades del Poder Ejec…
5/5
Fines de la Función PúblicaLos fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención demayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el usode los recursos públicos
Empleado PúblicoSe considera como empleado público a todo funcionario o servidor de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles
jerárquicos sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al serviciodel Estado, no importando el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que estésu eto.
PRINCIPIOS
Respeto Adecua su conducta hacia el respeto de laConstitución y las Leyes, garantizando queen todas las fases del proceso de toma dedecisiones o en el cumplimiento de losprocedimientos administrativos, se respetenlos derechos a la defensa y al debidoprocedimiento.
Probidad Actúa con rectitud, honradez y honestidad,procurando satisfacer el interés general ydesechando todo provecho o ventajapersonal, obtenido por sí o por interpósitapersona.
EficienciaBrinda calidad en cada una de las funcionesa su cargo, procurando obtener unacapacitación sólida y permanente.
IdoneidadEntendida como aptitud técnica, legal ymoral, es condición esencial para el accesoy ejercicio de la función pública. El servidorpúblico debe propender a una formaciónsólida acorde a la realidad, capacitándosepermanentemente para el debidocumplimiento de sus funciones.
VeracidadSe expresa con autenticidad en lasrelaciones funcionales con todos losmiembros de su institución y con laciudadanía, y contribuye al esclarecimientode los hechos.
Lealtad y Obediencia Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos
los miembros de su institución, cumpliendolas órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida quereúnan las formalidades del caso y tenganpor objeto la realización de actos de servicioque se vinculen con las funciones a sucargo, salvo los supuestos de arbitrariedado ilegalidad manifiestas, las que deberáponer en conocimiento del superior jerárquico de su institución.
Justicia y EquidadTiene permanente disposición para elcumplimiento de sus funciones, otorgando acada uno lo que le es debido, actuando conequidad en sus relaciones con el Estado,con el administrado, con sus superiores,con sus subordinados y con la ciudadanía
en general.
Lealtad al Estado de DerechoEl funcionario de confianza debe lealtad a laConstitución y al Estado de Derecho.Ocupar cargos de confianza en regímenesde facto, es causal de cese automático einmediato de la función pública.
DEBERES
NeutralidadDebe actuar con absoluta imparcialidadpolítica, económica o de cualquier otra
índole en el desempeño de sus funcionesdemostrando independencia a susvinculaciones con personas, partidospolíticos o instituciones.
TransparenciaDebe ejecutar los actos del servicio demanera transparente, ello implica quedichos actos tienen en principio carácterpúblico y son accesibles al conocimiento detoda persona natural o jurídica. El servidorpúblico debe de brindar y facilitarinformación fidedigna, completa y oportuna.
DiscreciónDebe guardar reserva respecto de hechos oinformaciones de los que tengaconocimiento con motivo o en ocasión del
ejercicio de sus funciones, sin perjuicio delos deberes y las responsabilidades que lecorrespondan en virtud de las normas queregulan el acceso y la transparencia de lainformación pública.
Ejercicio Adecuado del CargoCon motivo o en ocasión del ejercicio desus funciones el servidor público no debeadoptar represalia de ningún tipo o ejercercoacción alguna contra otros servidorespúblicos u otras personas.
Uso Adecuado de los Bienes del EstadoDebe proteger y conservar los bienes delEstado, debiendo utilizar los que le fueranasignados para el desempeño de susfunciones de manera racional, evitando su
abuso, derroche o desaprovechamiento, sinemplear o permitir que otros empleen losbienes del Estado para fines particulares opropósitos que no sean aquellos para loscuales hubieran sido específicamentedestinados.
ResponsabilidadTodo servidor público debe desarrollar susfunciones a cabalidad y en forma integral,asumiendo con pleno respeto su funciónpública. Ante situaciones extraordinarias, elservidor público puede realizar aquellastareas que por su naturaleza o modalidadno sean las estrictamente inherentes a sucargo, siempre que ellas resultennecesarias para mitigar, neutralizar osuperar las dificultades que se enfrenten.
PROHIBICIONES
Mantener Intereses de ConflictoMantener relaciones o aceptar situacionesen cuyo contexto sus intereses personales,
laborales, económicos o financierospudieran estar en conflicto con elcumplimento de los deberes y funciones asu cargo.
Obtener Ventajas IndebidasObtener o procurar beneficios o ventajasindebidas, para sí o para otros, mediante eluso de su cargo, autoridad, influencia oapariencia de influencia.
Realizar Actividades de ProselitismoPolíticoRealizar actividades de proselitismo políticoa través de la utilización de sus funciones opor medio de la utilización deinfraestructura, bienes o recursos públicos,ya sea a favor o en contra de partidos u
organizaciones políticas o candidatos.
Hacer Mal Uso de InformaciónPrivilegiadaParticipar en transacciones u operacionesfinancieras utilizando informaciónprivilegiada de la entidad a la que perteneceo que pudiera tener acceso a ella por sucondición o ejercicio del cargo quedesempeña, ni debe permitir el uso impropiode dicha información para el beneficio dealgún interés.
Presionar, Amenazar y/o AcosarEjercer presiones, amenazas o acososexual contra otros servidores públicos osubordinados que puedan afectar ladignidad de la persona o inducir a la
realización de acciones dolosas
La trasgresión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones generaresponsabilidad pasible de sanción, de acuerdo a ley, que puede ser:a) Amonestación b) Suspensiónc) Multa de hasta 12 UIT d) Resolución contractuale) Destitución o despido.
FOMENTANDO LA ETICA
Código de Ética de la Función PúblicaLEY Nº 27815
Secretaría deGestión Pública