5 penalizacion cultivo hoja de coca

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FACULTAD DE DERECHO SECCIÓN DE POST GRADO DOCTORADO TRABAJO DE INVESTIGACIÓN TEMA : LA PENALIZACIÓN DEL CULTIVO EXCESIVO DE LA HOJA DE COCA ASIGNATURA : SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN DOCENTE : JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE INTEGRANTES: 1) ZAIDA CATALINA PÉREZ ESCALANTE 2) JUAN MENZALA HUAHUASONCO 3) SUSSAN RIVERA VILA 4) ELIZABETH CRISTÓBAL GAMARRA 5) ZULEMA MAURICIO PRADO 6) OSCAR HILARIO CHAGUA LIMA PERÚ 2011

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Page 1: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

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FACULTAD DE DERECHO

SECCIÓN DE POST GRADO DOCTORADO

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

TEMA : LA PENALIZACIÓN DEL CULTIVO EXCESIVO DE LA HOJA DE COCA

ASIGNATURA : SEMINARIO DE INVESTIGACIÓN

DOCENTE : JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE

INTEGRANTES:

1) ZAIDA CATALINA PÉREZ ESCALANTE

2) JUAN MENZALA HUAHUASONCO

3) SUSSAN RIVERA VILA

4) ELIZABETH CRISTÓBAL GAMARRA

5) ZULEMA MAURICIO PRADO

6) OSCAR HILARIO CHAGUA

LIMA PERÚ

2011

Page 2: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

2

LA PENALIZACIÓN DEL CULTIVO EXCESIVO DE LA HOJA DE COCA

OBJETIVO

Mostrar que cultivar hoja de coca mas allá de lo que el

Estado permite se penalizar.

Page 3: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

3

INTRODUCCIÓN

Siendo el tema de las drogas un problema Nacional es necesario

enfocarlo desde un punto de vista social y jurídico. El presente trabajo se

focaliza en la penalización del cultivo de la coca. Entendiendo esta, como la

siembra excesiva que sobrepase el padrón de productores y aquellos que

estén en el padrón y no estén sembrando activamente coca, así como se debe

controlar en forma definitiva los insumos químicos que son materia prima para

la elaboración de cocaína y sus derivados, se debe dar una legislación

adecuada con un ENACO fortalecido y con una nueva legislación de coca con

la que reprima la siembra excesiva así como se debe dar una ley de

expropiación a aquellos campesinos que no le vendan su coca a ENACO. De

otro lado se debe de establecer subsidios aquellos cocaleros que obtén por los

cultivos alternativos y en el tiempo que estén desocupados ya que los

productos demoran en cosechar, estos deben de estar reforestando los

terrenos que los dedicaba al cultivo ilegal, debe haber una permanente

presencia del Estado, así se debe erradicar en forma total el exceso y no por

zonas así como en las garitas de control policial se debe establecer subsidios

aquel personal Policial, Municipal o Regional que logre la captura significativa

de bandas organizadas.

El presente trabajo de investigación se ha divido en capítulos:

El primer capítulo aborda el motivo de porque sembrar coca;

El segundo capítulo la importancia del sembrío de la coca,

El tercero capitulo analizamos el cultivo legal de la hoja de coca y los

cultivos alternativos;

El cuarto capítulo sobre el delito de cultivar la hoja de coca;

El quinto capítulo sobre las propuestas de solución.

Esperamos que al final del presente hayamos intentado materializar una

propuesta objetiva al problema de la coca.

Page 4: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

4

ÍNDICE

CAPITULO PRIMERO ....................................................................................... 7

1. ¿PORQUE SEMBRAR LA HOJA DE COCA? ......................................... 7

1.1. CONTEXTO ECONÓMICO-SOCIAL ............................................... 7

1.2. DOS EJEMPLOS INTERESANTES: EL VRAE Y SAN

MARTIN ............................................................................................ 10

1.2.1. LA REALIDAD DEL VRAE.................................................. 10

1.3. LA REALIDAD DE SAN MARTIN – HUANUCO ............................. 13

1.4. EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA PRODUCCIÓN DE LA

HOJA DE COCA............................................................................... 17

1.4.1. LA PRODUCCIÓN DE HOJA DE COCA ............................ 18

1.4.1.1. LOS CULTIVOS PARA USOS TRADICIONALES E

INDUSTRIALES................................................................... 18

1.4.1.2. LOS CULTIVOS PARA USOS NO TRADICIONALES ....... 20

CAPITULO SEGUNDO ..................................................................................... 29

2. LA IMPORTANCIA DEL TERRITORIO PARA EL SEMBRÍO DE LA

HOJA DE COCA ....................................................................................... 29

2.1. LA SITUACIÓN GEOGRÁFICA DEL PERÚ .................................... 33

2.2. LA REALIDAD GEOGRÁFICA DE LAS DOS REALIDADES

DE ESTUDIO .................................................................................... 33

2.2.1. LA GEOGRAFÍA DEL ALTO HUALLAGA .......................... 33

2.2.2. LA GEOGRAFÍA DEL VRAE .............................................. 38

CAPITULO TERCERO ...................................................................................... 41

3. ENTRE EL COMERCIO LEGAL DE LA HOJA DE COCA Y LOS

CULTIVOS ALTERNATIVOS .................................................................... 41

3.1. LOS PRINCIPALES COMPRADORES DE LA HOJA DE

COCA LEGAL: ENACO ................................................................... 41

3.1.1. EL ORIGEN DE ENACO ..................................................... 42

Page 5: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

5

3.1.2. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ENACO ............. 45

3.1.3. ALGUNOS DATOS ESTADÍSTICOS SOBRE EL

CULTIVO LEGAL ................................................................ 50

3.1.4. ¿CUÁNTO PAGA ENACO POR LA HOJA DE COCA? ..... 55

3.1.4.1. LA FORMACIÓN DE PRECIOS .......................................... 56

3.1.4.2. CAPACIDAD DE GESTIÓN DE ENACO ............................ 57

3.1.4.3. COSTOS DE PRODUCCIÓN DE HOJA DE COCA ........... 58

3.1.4.4. CANTIDAD VENDIDA POR ENACO A

COMERCIANTES ................................................................ 50

3.1.4.5. EL MARCO LEGAL QUE RESPALDA A ENACO .............. 62

3.2. LOS CULTIVOS ALTERNATIVOS PARA REMPLAZAR A LA

HOJA DE COCA............................................................................... 64

3.3. ALGUNOS CUADROS PARA ILUSTRAR EL PRESENTE

CAPITULO ........................................................................................ 70

CAPITULO CUARTO ........................................................................................ 77

4. EL DELITO DEL CULTIVO DE LA HOJA DE COCA............................... 77

4.1. BUSCANDO LA PENALIZACIÓN DEL CULTIVO DE LA HOJA

DE COCA ......................................................................................... 77

4.2. ANALIZANDO ALGUNAS LEYES SOBRE EL CULTIVO DE

LA HOJA DE COCA ......................................................................... 79

4.2.1. DECRETO LEY NO. 22095 DE FEBRERO 21 DE 1978 .... 79

4.2.2. EL DECRETO LEGISLATIVO 635 ...................................... 80

4.2.3. EL ARTÍCULO 2º DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº

824, LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO

DE DROGAS DE DROGAS, MODIFICADO POR LA

LEY Nº 28003 ...................................................................... 81

4.2.4. OTROS DECRETOS QUE PERMITEN VER EL

PROBLEMA DE LA HOJA DE COCA ................................ 82

4.2.5. UN EJEMPLO IMPORTANTE DE MENCIONAR ............... 83

4.3. EL COMPLICADO PROBLEMA DE LA LUCHA ANTIDROGAS ... 89

Page 6: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

6

4.3.1. OTRO DECRETO QUE DEBEMOS TENER EN

CUENTA: EL DECRETO LEY Nº 22095 ............................. 90

4.3.2. LA LUCHA ANTIDROGAS A DIFERENTES NIVELES ...... 100

4.4. UN DECRETO PARA LA LUCHA ANTIDROGAS: DECRETO

LEGISLATIVO 824 ........................................................................... 108

4.4.1. UNA LEGISLACIÓN Y OTROS OBJETIVOS: ................... 108

4.5. OTRAS LEYES DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS ................... 109

CAPITULO QUINTO .......................................................................................... 112

CONCLUSIONES .............................................................................................. 112

CAPITULO SEXTO ............................................................................................ 118

6. PROPUESTAS DE SOLUCIÓN ................................................................ 118

6.1. POLÍTICAS DE ESTADO INTEGRALES CONTRA EL

CULTIVO DE LA HOJA DE COCA .................................................. 118

6.1.1. LA DIFICULTAD PARA CONSTRUIR UNA POLÍTICA

DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS ................................. 120

6.1.2. EN UN INICIO LA POLÍTICA DE CONTRADROGAS ........ 124

6.1.3. DE CONTRADROGAS A LA POLÍTICA DE DEVIDA ........ 126

6.1.3.1. CONCEPTOS A CONSIDERAR PARA LA POLÍTICA

DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS ................................. 128

6.2. A MANERA DE COLOFÓN .............................................................. 131

BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................. 133

Page 7: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

7

CAPITULO PRIMERO

1. ¿PORQUE SEMBRAR LA HOJA DE COCA?

Se empieza el trabajo de investigación mostrando que a pesar de todo lo

que se dice sobre la hoja de coca existen muchas razones para seguir

sembrándola, podemos dejar a consideración de muchos analistas si el

sembrío es bueno o malo, lo que interesa mostrar en este capítulo es que

los campesinos la siguen sembrando y el fin principal es el comercial. Una

forma de poder entender esta idea es empezar con una breve descripción

de la situación socio económico del Perú, no se busca desarrollar un

exhaustivo análisis de la economía peruana pero si mencionamos algunas

ideas que permitirán más adelante precisar el problema delictivo.

1.1 CONTEXTO ECONÓMICO-SOCIAL.

En este apartado se pretende mencionar en forma puntual la

realidad económica del Perú, se pretende con eso señalar que el

cultivo de la hoja de coca despierta interés en el campo económico,

esto muy al margen de si es un cultivo ilegal o no. Importante

señalar que el Perú con 22 millones de habitantes, creció en la

década de los ochenta al 2.3% anual. Su Producto Bruto Interno

(PBI) per cápita en 1992 fue de US$ 919. El modelo económico

prevaleciente ha sido moderadamente abierto con gran dependencia

de las exportaciones minerales de plata y cobre, y gran potencial

pesquero y de hidrocarburos. Los indicadores sociales y de

distribución del ingreso se encuentran entre los más bajos de

América Latina. La superficie territorial dedicada a la agricultura fue

de 3.7 millones de hectáreas en 1988, mientras que sólo el 3.8% del

territorio nacional se considera como suelos aptos para cultivos en

limpio (es decir 4.9 millones de hectáreas), según informes de la

Oficina Nacional de Evaluación de Recursos Naturales (ONERN),

hoy INRENA. Se ha observado que entre 1980 y 1988 el ritmo de

Page 8: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

8

deforestación ha sido de 270 mil hectáreas por año, localizado

mayormente en la región de selva.

La economía peruana en los últimos 18 años ha estado sometida a

constantes programas de estabilización económica, tanto ortodoxos

como heterodoxos, no habiendo ninguno de ellos culminado

exitosamente. De esta forma las políticas económicas han pasado

desde posiciones populistas con fuerte intervención del Estado hacia

posiciones liberales donde el Estado ha restringido su participación

priorizándose mayormente al mercado como mecanismo asignador

de recursos. A partir de 1990 el Perú inicia un nuevo programa de

estabilización y de reformas estructurales con el propósito de

reinsertar al país en el circuito económico internacional y modernizar

la economía nacional y el aparato productivo. Los resultados

alcanzados por el programa de estabilización resultan favorables

después de tres años de ajuste, habiéndose logrado reducir la

inflación a niveles del 1% mensual, comenzando a vislumbrarse una

reactivación del aparato productivo nacional a partir de 1994.

Dentro del mismo apartado económico podemos señalar que la

demanda de drogas se concentra mayormente en los mercados

externos, aunque cada vez se incrementan los niveles de demanda

interna. Por el lado de la oferta, ésta ha venido respondiendo de

manera creciente a la gran demanda principalmente externa, debido

entre otros a los mayores niveles de precios que aún mantiene el

cultivo de coca en relación con otros cultivos.

El incremento desmesurado de las áreas dedicadas al cultivo de la

coca, sobre todo en los últimos diez años, se puede explicar por el

progresivo deterioro de los niveles de vida de las poblaciones

campesinas altoandinas que emigraron hacia los ecosistemas de

selva, de forma similar que las migraciones de desocupados

Page 9: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

9

producidos por los diferentes programas de ajuste practicados en el

país desde mediados de los setenta. Los programas de colonización

practicados a la fecha, la desarticulación espacial de las zonas de

producción con centros de consumo o de demanda alimentaria, los

bajos niveles de productividad física de los suelos de selva y la caída

de los precios internacionales de los productos tropicales como el

café, cacao, azúcar, etc., agudizaron la crisis agraria de la selva y

favorecieron el desarrollo de la economía ilegal de la coca.

Asimismo, las distorsiones de precios relativos que subsisten

después del actual proceso de ajuste agudizaron los bajos niveles

de rentabilidad que ya se registraban en la mayor parte de los

cultivos tropicales. La presión que ejercen los narcotraficantes sobre

los agricultores ubicados en las áreas de producción de coca están

sirviendo para que se empiecen a desarrollar cultivo de amapola.

En resumen la producción y la exportación de la hoja de coca y sus

derivados resultan altamente perjudiciales para la sociedad peruana

que debe asumir los costos económicos y sociales de esta actividad.

Estos costos están referidos al daño que el TID provoca en las

instituciones fundamentales del país, la destrucción del medio

ambiente y la alteración de la salud de la población, la expansión de

la corrupción y la violencia que compromete el crecimiento futuro y el

desarrollo del país, además de los costos que la rehabilitación y la

represión significan para el Tesoro Público. Estos costos son

ampliamente superiores a los ingresos que perciben las 200,000

familias campesinas dedicadas a este cultivo y otras dedicadas a

actividades conexas.

Pero, a pesar de todo ese detalle al preguntarnos ¿Por qué se sigue

cultivando la hoja de coca?, la respuesta desde este apartado es que

sigue siendo un negocio.

Page 10: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

10

1.2 DOS EJEMPLOS INTERESANTES: EL VRAE Y SAN MARTIN.

Hemos visto en el apartado anterior que la realidad económica del

país va en aumento dentro de lo que podemos considerar como

legal y lo que podemos considerar como ilegal; de esto último

podemos señalar a la hoja de coca como el producto que sigue

despertando el interés en grupos legales y en los grupos ilegales

(estos grupos serán desarrollados en extenso en los capítulos

posteriores), lo que aquí mostraremos es dos realidades en donde

se desarrolla el cultivo de la hoja de coca y son tratados por ambos

sectores el legal y el ilegal.

1.2.1. LA REALIDAD DEL VRAE.

Esta primera realidad que presentamos es la que todavía está

siendo controlada por los grupos ilegales (narcotráfico y terrorismo),

como dijimos anteriormente solamente buscamos presentar la

realidad económica de dicha región y darnos cuenta porque para

esa gente les conviene tener el control de dicha región, mas

adelante presentamos otra región en donde hay mayor presencia

del estado y en donde la economía también se va desarrollando en

forma productiva.

Como un primer punto importante podemos decir que durante el

conflicto armado, las fuerzas terroristas de Sendero Luminoso,

ingresaron al VRAE, lo cual obligo a los productores de café, cacao y

otros productos predominantes a abandonar sus tierras y dedicarse

a la organización de comités de autodefensa. Es así que, la hoja de

coca, cultivo secundario para aquellos tiempos, va ganando terreno

y empieza a producirse en mayores cantidades gracias a la facilidad

que posee su cultivo en aquella región. Por ello, la mirada de los

principales carteles colombianos y mexicanos toma poder en esa

zona, que con el tiempo y gracias a la poca presencia del estado, se

ha convertido en suya, generando miles de hectáreas de cultivo de

Page 11: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

11

hoja de coca destinados a la producción de droga; en el siguiente

apartado presentaremos el aspecto de territorialidad para

complementar este capítulo y nos podremos dar cuenta de porque

es importante seguir en el cultivo de la hoja de coca Es así que, el

atraso producto del poco actuar del estado y la presencia cada día

más fuerte del narcotráfico, ahora aliado con remanentes terroristas,

dan como resultado una situación muy difícil de controlar y una

urgente necesidad de una estrategia política que dé marcha atrás a

esta situación. Para poder entender mejor esta situación

presentamos la zona de Satipo un ejemplo que nos permitirá

entender la razón por la que se sigue cultivando la hoja de coca,

mas adelante presentaremos otra región en donde se entiende que

el Estado viene teniendo mayor presencia y va contrarrestando el

problema pero no lo logra erradicar.

A. La realidad de Satipo.

De la experiencia del VRAE queremos aquí presentar la realidad de

Satipo, porque es una realidad que se encuentra en el departamento

de Junín (formando parte de nuestro estudio). Además, al

encontrarse en zona de selva alta, cuenta con los factores

geográficos propicios para el fácil cultivo de hoja de coca. En total

posee 8 distritos, cuya orientación económica es principalmente

agrícola, con potencial para el cultivo de diversos productos distintos

a la hoja de coca. Sin embargo, los agricultores se muestran

gravemente estancados y atrasados, por lo que el ejercicio de su

actividad económica no resulta viable para la generación de grandes

ganancias y por ende, no da cabida a generar una actividad agrícola

que pueda competir en el mercado. Esto da como resultado que la

producción de coca se vuelva una actividad rentable debido a las

ganancias que esta produce dentro del narcotráfico, llegando a

costar solo un kilo de dicho cultivo 10.28 soles en julio del año 2008,

Page 12: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

12

presentando un alza en los precios con el pasar del tiempo. Vale

aclarar que en la zona no existe actividad minera.

Esto nos permite decir que, Satipo presenta principalmente tres

problemas:

La pobreza extrema: El 76.1% de la población de Satipo se

encuentra en situación de pobreza, en donde el 50.1% de la

población total se encuentra en extrema pobreza. A su vez gran

parte de la población esta en una situación de desnutrición.

Remanentes terroristas: Al ser vencida la base de Sendero

Luminoso, los remanentes subversivos han encontrado apoyo

dentro del narcotráfico, brindando seguridad al traslado de

drogas e insumos, dejando a su paso numerosas muertes de

efectivos policiales y civiles.

Tráfico ilícito de drogas: Se trata de la producción de

cocaína, la cual involucra al cultivo de hoja de coca y la

utilización de diversos insumos químicos para su fabricación.

La producción de esta droga se ha visto peligrosamente en

aumento en los últimos años, lo que agrava la situación no solo

social, sino también ambiental por la contaminación y

deforestación que involucra.1

1. POLÍTICA CONTRA EL CULTIVO ILEGAL DE HOJA DE COCA: CULTIVO ALTERNATIVO EN LA ZONA DEL VRAE – SATIPO Plan de desarrollo sostenible de la provincia de Satipo: 2008 – 2012 Línea de acción: “Asistencia técnica y transferencia de tecnología a los productores de café, cacao y cítricos en la producción, control de plagas y actividades de post- cosecha.”

REALIZADO POR: ABANTO VIGO, Jorge, RIVERA CHENG, Sebastián, ROJAS BOUCHER, Fátima, LEÒN CHAVEZ, Lizet

Page 13: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

13

1.3 LA REALIDAD DE SAN MARTIN – HUANUCO.

Después de ver la realidad del VRAE en cuanto al aspecto

económico queremos presentar aquí la realidad de San Martin, en

este apartado presentamos la situación social, a pesar de que el

Estado tiene mayor influencia que en la zona anteriormente

mencionada, esta sigue siendo una zona de pobreza y necesidad.

Lo interesante que se busca presentar dentro de este apartado es la

situación económica que después va a ser de interés tanto para los

grupos legales como para los grupos ilegales.

A. El problema de la pobreza:

En primer lugar debemos tener presente que Huánuco es

considerada como una de las regiones altamente pobre y presenta

carencias y necesidades en un porcentaje considerable de su

población. Huánuco ocupa el segundo lugar a nivel nacional,

después de Huancavelica, y específicamente en el “Alto Huallaga”,

donde el flagelo del Terrorismo y Narcotráfico lo ha sumergido,

siendo que en la década de los 80 se consideraba como “tierra de

nadie”, donde para poder restablecer el orden, el Estado tuvo que

imponer su autoridad y poder represivo, en la que en muchos casos

se hizo un abuso de de autoridad reinando un escenario de crisis

política y moral, donde la población civil no solo tuvo como enemigos

a los terroristas y narcotraficantes sino que al mismo ejército

peruano y el propio Estado que luego de recortar sus principales

Derechos fundamentales, cometió los mas repudiables hecho de

Lesa Humanidad (desapariciones forzadas y tortura), haciendo que

el campesino común se viera más expuesto a las organizaciones

terroristas del momento. Y si bien a la fecha se ha logrado reducir y

casi eliminar el problema del terrorismo, por cuanto se ha atacado y

capturado a los principales mandos, pero en el caso del

narcotráfico no se ha hecho mucho.

Page 14: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

14

Es de precisar además que si bien en la actualidad el panorama

nacional ha cambiado mucho para los demás Departamentos incluso

para las demás provincias del Departamento de Huánuco; sin

embargo la zona del “Alto Huallaga”, continua siendo relegada,

donde la educación (por su grado de analfabetismo), la salud,

vivienda son deficientes, donde la presencia del Estado no se ha

hecho notar, ya que no se ha implementado una política especial en

estas aéreas, si aun existe el temor de la población local, que

siente que sobre ellos pesa el estigma de “Terroristas,

narcotraficantes, delincuentes”, el temor de los foráneos es mucho

mayor, profesionales que prefieren desplazarme a otras zonas más

seguras, inversionistas, que no desean arriesgar su dinero,

haciendo que la pobreza sea haga difícil de superar, evidenciándose

en la gran taza de desnutrición, madres adolescentes, proliferación

del alcoholismo, drogadicción, entre otros.

Si, bien es cierto la Región San Martin, no está considerada dentro

de los departamentos más pobres y pobres extremos del Perú ya

que en los últimos años su economía ha ido creciendo, al ser un

departamento de inmigrantes en la cual la segunda y la tercera

migración de población a gran escala entre 1980 y 1993 y entre el

2000 a la actualidad, provienen principalmente de población agrícola

y comerciante pobre de regiones andinas y costeras, han sido las

que han poblado en mayor escala ciudades como Nueva Cajamarca

o Tocache, y con ellas se relacionó el auge del narcotráfico, la

deforestación, y la producción de coca entre 1980 y 1990. Durante la

guerra civil peruana entre 1990 y el año 2000, la zona sur de la

región (Tocache quedó inmersa en violencia, al igual que grandes

áreas de las provincias de Mariscal Cáceres, Bellavista, Huallaga y

numerosas localidades en el resto del departamento, quedaron

sumergidos en violencia y poder del narcotráfico, que modificaron las

zonas de urbanismo (según APRODEH) unas 30,000 personas se

Page 15: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

15

desplazaron internamente, encontrando refugio especialmente en

Tarapoto y Moyobamba, ciudades que también sufrían embates de

las guerrillas y la violencia generalizada, como ejecuciones

extrajudiciales, saqueos y destrucción de locales institucionales y

cables de transmisión eléctrica. Asimismo unas 40,000 personas de

diversas regiones de Perú, han encontrado refugio en el

departamento. Y que a pesar de numerosas iniciativas locales para

mejorar la calidad de vida de su población, la gran mayoría de estos

inmigrantes puebla tugurios urbano-marginales, y zonas rurales; en

muchos lugares se han producido tensiones y desconfianza entre los

recién llegados y el resto de la población. En la actualidad las

relaciones entre los nuevos inmigrantes (que suponen el 27% de la

población actual) y el resto de la población ha mejorado

notablemente.

Tenemos aquí que la población de la zona no es altamente pobre

pero mantiene una serie de necesidades que otros productos no le

van a ofrecer en el corto y mediano plazo, por otra parte podemos

ver que hay una evolución entre los primeros campesinos y las

siguientes generaciones (la nueva población es pobre, agrícola y

comerciante que viene desplazadas de otras zonas por la violencia

social que se vivía), entonces podemos deducir que el cultivo de la

hoja de coca no se queda en un mero costumbrismo, ni en una

tradición, es mirarla en toda su dimensión y darle un valor comercial

que el Estado no puede cubrir; para tal fin miremos lo que paga el

Estado por el cultivo de la hoja de coca y vayamos bien la respuesta

con al que se inicia este apartado ¿Por qué se sigue cultivando la

hoja de coca?

Page 16: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

16

B. Las actividades productivas de la zona “Alto Huallaga” y

San Martin.

La actividad en el Alto Huallaga se encuentra influenciada por “La

hoja de coca” porque crece en todo tipo de terrenos, incluso puede

crecer hasta en la sombra, pero lo hace sobre todo entre los 800 y

los 2,000 msnm. En el Alto Huallaga se puede cosechar hasta seis

veces al año, mientras que en zonas más altas se cosecha hasta

tres veces al año, número alto para cualquier cultivo. Además, es un

cultivo muy barato de mantener y una misma planta puede ser

cosechada durante 10 años. De ahí que sea un cultivo tanto más

atractivo que cualquier otro, sobre todo para las poblaciones

altoandinas. La inversión que deben hacer en plantar la coca y

mantenerla es mínima, mientras que su retorno es muy alto. Eso

quiere decir que no sólo es un cultivo atractivo para los pobres sino

para cualquiera con una visión de mercado y por eso es que tantos

campesinos que no están necesariamente en la pobreza extrema

optan por sembrar dicho cultivo.

La región San Martin de acuerdo con la clasificación por subregiones

referidas a la producción agraria, se encuentra lo siguiente: a)

Subregión Alto Mayo; b) Subregión Bajo Mayo; c) Subregión

Huallaga Central; d)Subregión Alto Huallaga: Son tierras con aptitud

agrícola en las que se produjo coca para el narcotráfico y que

sufrieron la presencia de los grupos terroristas. Su potencial está

dado por los cultivos de palma aceitera, productos de pan llevar y

frutas. Entre los cultivos no tradicionales cuenta con el pijuayo, el

palmito,elcamu-camu, la uña de gato, etcétera. Las carencias del

sistema vial y la energía son también las principales limitaciones

para su desarrollo, y e) Subregión Bajo Huallaga.

Su principal cultivo es la palma aceitera (91% del total del Perú).

Ocupa el primer lugar en la producción de arroz y tercero en yuca.

Page 17: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

17

Se cultiva también tabaco para uso industrial, maíz amarillo duro,

café, algodón, tubérculos, cereales y frutales como la naranja, coco y

plátanos. La coca se siembra en Tocache y Uchiza. Recientemente

se ha extendido el cultivo de sacha inchi (especie de maní), y se ha

incrementado la cantidad de producción de frutales y tubérculos. La

producción de vegetales tropicales es también considerable,

especialmente en los Valles del Alto Mayo, y del Cumbaza.

1.4 EL IMPACTO ECONÓMICO DE LA PRODUCCIÓN DE LA HOJA

DE COCA.

Después de presentar brevemente la realidad económica del Perú y

después de presentar de manera específica dos realidades

importantes para comprender la importancia del cultivo de la hoja de

coca, aquí se pretende señalar justamente esta producción dentro

del campo económico.

Es interesante empezar señalando que de las aproximadamente

doscientas especies tropicales del género "Erythroxylon" existentes,

actualmente sólo se cultivan cuatro en Sudamérica, que contienen

en mayor proporción (1) alcaloides objeto de fiscalización, tales

como la cocaína y derivados. Pretendemos en este apartado señalar

en un inicio sobre que planta estamos hablando y posteriormente

presentaremos algunas de las razones por las cuales este producto

sigue siendo muy atractivo de manera especial a los grupos ilegales.

Hay que indicar que por razones de simpleza a este producto se le

denomina “coca” y solamente presentamos el nombre técnico con

que se le conoce para así comprender el interés que despierta en los

dos grupos de consumo los legales y los ilegales:

o Erythroxylon coca, de la variedad coca, que es la más

difundida.

Page 18: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

18

o Erythroxylonnovogranatense, de la variedad truxillense que es

utilizada en la preparación de agentes saborizantes.

Importante agregar que, el D.L. Nº 22095 de 1978 sanciona los

cultivos de adormidera -amapola- y marihuana, con fines ilegales.

1.4.1. LA PRODUCCIÓN DE HOJA DE COCA.

Aquí ya desarrollamos el cultivo de la hoja de coca y desde los dos

puntos de vista; los cultivos para usos tradicionales e industriales

registrados o no de carácter lícito, y los cultivos para usos no

tradicionales, o cultivos con fines ilícitos.

1.4.1.1. LOS CULTIVOS PARA USOS TRADICIONALES E

INDUSTRIALES.

El primer mestizo del Perú, el Inca Garcilaso de la Vega, trata en sus

"Comentarios Reales de los Incas" del Siglo XVII en el Capitulo XV

"De la preciada hoja de la coca...." de las numerosas cualidades de

lo que él juzgó "ha sido y es la principal riqueza del Perú", citando

extensamente a uno de los más importantes cronistas de la

Conquista, el Padre Blas Valera. Dicho cronista señaló los usos

nutricionales, terapéuticos y económicos de la hoja de coca durante

el Incanato, criticando los prejuicios aparecidos -por ignorancia- con

la venida de los españoles y su identificación del uso de la hoja de

coca con hechicerías e idolatrías.

Tradicionalmente, el cultivo y consumo de coca se ha localizado en

los departamentos andinos y los de Selva Alta colindantes, entre los

cuales se establecieron relaciones de complementaridad de pisos

ecológicos: Cuzco, Huánuco, Ayacucho, La Libertad, San Martín,

Puno, Cajamarca, Amazonas, Ancash, Ucayali, Huancavelica, Junín

y Madre de Dios.

Page 19: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

19

No disponiéndose de una base estadística confiable, se estima que

actualmente existe una superficie de cultivos de coca con fines

lícitos del orden de las 15,000 a las 20,000 hectáreas que producen

un mínimo de 10,000 toneladas anuales de hoja de coca, sin

considerar los microcultivos para el autoconsumo. La productividad

del cultivo de coca varía de región en región, habiéndose estimado

en el año 1974 como promedio nacional unos 800 kilos por hectárea,

bajo condiciones tecnológicas tradicionales.

La población directamente relacionada con cultivos de coca con

fines tradicionales o lícitos no sobrepasa las 27,000 familias

productoras, asentadas principalmente en los valles de La

Convención y Lares en el Departamento del Cuzco. Dicha población

campesina ha percibido el cultivo de la coca con fines lícitos como

un "cultivo de refugio" para una economía rural deprimida, al contar

con un mercado asegurado, por poseer la coca un valor

polifuncional. No obstante, existen indicios respecto a que en el

pasado la superficie de cultivos de coca destinada a usos

tradicionales era mayor que la actual; esta contracción se ha debido

a múltiples razones, entre otras, a la secular decadencia del agro

nacional en general, y la pérdida del poder adquisitivo del campesino

altoandino en particular, así como a la monetización creciente de la

economía rural, perdiendo la hoja de coca su valor como medio de

trueque. Actualmente, el consumo tradicional para el "chacchado" y

otros usos es del orden de las 6,000 toneladas anuales.

Aquí indicamos en forma breve que la "Empresa Nacional de la Coca

S.A." (ENACO S.A.), organismo estatal encargado de la

comercialización e industrialización legal de la hoja de coca, controla

menos de la mitad de la superficie y producción de coca con fines

lícitos, a través de un Registro de Productores, actualmente

desactualizado. Los volúmenes promedio de hoja de coca captados

Page 20: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

20

del orden de las 4,000 toneladas al año han ido disminuyendo con el

transcurso del tiempo, habiendo acaecido lo mismo con las

exportaciones destinadas a la elaboración de agentes saborizantes,

del orden de las 45 toneladas anuales en los últimos años. ENACO

ha venido pagando a los productores un precio promedio de entre

US$ 1 a 1.5 por kilo de hoja seca, representando ello niveles

anuales de compra del orden de US$ 5'000,000; la comercialización

se efectúa luego por medio de distribuidores a nivel nacional,

envasando una cantidad relativamente pequeña en forma de bolsitas

filtrantes.

1.4.1.2. LOS CULTIVOS PARA USOS NO TRADICIONALES.

a. Su evolución:

Históricamente, se ubicaría el inicio del ciclo de cultivos de coca con

fines ilícitos a comienzos de la década de los 70, momento en que

los dos principales factores que determinan su oferta empiezan a

operar simultáneamente: el creciente empobrecimiento del agro

peruano -especialmente el altoandino- y la migración de sus

pobladores a la Selva Alta, en conjunción con el paulatino

establecimiento de canales internacionales de captación de hoja de

coca seca y procesada.

Así, a fines de los 70 se estimaba la existencia de una superficie del

orden de las 30,000 a 50,000 hectáreas de cultivos de coca en el

Alto Huallaga, habiéndose en ese entonces percibido ello como un

problema real, tanto nacional como internacionalmente. Durante los

años 80 se experimentó un desplazamiento de la actividad cocalera

a otras cuencas productoras, iniciándose el relativo declive del Alto

Huallaga frente al Huallaga Central, el Ene-Perené y otras zonas;

así, un problema originalmente circunscrito a una sola región -el Alto

Page 21: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

21

Huallaga- a inicios de los 80, deviene en uno de connotación

nacional una década más tarde.

b. Su magnitud:

La falta de datos confiables y actualizados respecto a la localización,

superficie y productividad de las principales zonas cocaleras

diseminadas en toda la Selva Alta peruana representa uno de los

principales problemas para analizar y diagnosticar este fundamental

aspecto de la problemática nacional de las drogas.

En los últimos tiempos se han venido manejando cifras de superficie

bajo producción de coca tan disímiles como las de 129,100

hectáreas, y las provenientes de diferentes otras fuentes, del orden

de 140,000 a 260,000 y más hectáreas para los 1980-1990, según el

Ministerio de Agricultura. Asumiendo la plausibilidad de los datos

oficiales de EE.UU. para el año 1992, la superficie de 129,100

hectáreas de cultivos de coca equivaldría a un volumen de hoja de

coca potencialmente cosechable de 223,900 toneladas anuales,

representando ello una productividad promedio de 1,734 kilos de

hoja de coca por hectárea, o sea, el doble de la productividad bajo

condiciones tecnológicas tradicionales.

Según la misma fuente, la distribución geográfica de dichos cultivos

fue en 1992 aproximadamente como sigue: Alto Huallaga 47%,

Huallaga Medio y Bajo 8%, Aguaytía 13%, Ucayali 2%, Apurímac

10%, Cuzco 9%, Puno 1.5% y otras zonas, 10.5%. La hoja de coca

producida con fines ilícitos se ha colocado invariablemente en un

mercado cautivo: el campesino cocalero la vendía a un "precio

histórico" de aproximadamente US$ 2 por kilo, el cual se ha

mantenido durante mucho tiempo, deteriorándose últimamente por

las presiones de los acopiadores que compran en chacra, y de las

personas dedicadas a la transformación parcial o total en Pasta

Page 22: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

22

Básica Lavada PBL según la disponibilidad de insumos. La

tendencia a la baja de dichos precios incidiría negativamente en la

atractividad del cultivo de coca, manifestando ello en un menor

grado de instalación de nuevos cultivos y de renovación de antiguos

cocales, conllevando posiblemente a una ligera disminución de la

superficie total de cultivos de coca en el país.

c. Su impacto económico:

Por comparación con otros cultivos tales como el arroz, el cacao,

etc., la economía cocalera con fines ilícitos ha sido relativamente

rentable: compradores y precios garantizados, y el prefinanciamiento

del establecimiento de nuevos cultivos han sido los principales

incentivos mediante los cuales el narcotráfico internacional ha

promovido el enorme incremento de la superficie de coca en el Perú.

Asumiéndose un precio en "chacra" del orden de US$ 1.40 por kilo

de hoja seca, el ingreso bruto proveniente de la comercialización de

223,900 toneladas de hoja de coca, ascendería a US$ 313 millones

anuales.

La economía cocalera, que implica directamente a por lo menos

200,000 familias campesinas, ha conducido en escala zonal-regional

a una especialización del trabajo con negativas consecuencias: los

jornales pagados a la mano de obra para labores relacionadas con el

cultivo de coca al ser mayores que el promedio habitual -en razón de

la alta rentabilidad del narcotráfico- y la bonificación extra por el

riesgo de la actividad ilícita, han desplazado la mano de obra de

otros cultivos, tales como los de pan llevar, conduciendo al

progresivo abandono de los mismos y a una disminución de la oferta

alimentaria. No obstante, la cédula de cultivo del campesino cocalero

promedio ha mantenido aún en grado mínimo los cultivos de

subsistencia, tales como maíz, yuca, plátano, etc., junto con otros

cultivos como el cacao y café. Al dedicarse actualmente más de

Page 23: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

23

129,000 hectáreas del territorio nacional al cultivo de coca, adquiere

el mismo la posición del más importante rubro agropecuario del

Perú, superior en producción al arroz, la papa, el maíz y otros, en sí

de mayor importancia alimentaria. Asumiéndose productividades y

precios promedio, la producción cocalera con fines ilícitos adquiere

indudable trascendencia comparada con el valor de toda la

producción agrícola.

De permanente importancia ha sido la existencia de Comités de

Productores diseminados en toda la Selva Alta: los mismos han

constituido la adaptación institucional y organizacional del

campesinado frente al narcotráfico y al terrorismo, permitiendo su

supervivencia en tan hostil entorno.

Algunos cuadros para ilustrar referido capitulo:

Page 24: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

24

Page 25: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

25

¿CUAL CREE USTED QUE ES EL USO PRINCIPAL QUE LOS

AGRICULTORES HACEN CON LA HOJA DE COCA?

SEGÚN SU OPINIÓN LAS PERSONAS QUE SIEMBRAN COCA LO HACEN PRINCIPALMENTE POR:

Page 26: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

26

SEGÚN SU OPINIÓN LAS PERSONAS QUE SIEMBRAN COCA LO HACEN PRINCIPALMENTE POR:

SEGÚN SU OPINIÓN ¿QUÉ SE DEBE HACER CON EL TOTAL DE PLANTACIONES DE HOJA DE COCA EN LA ZONA?

Page 27: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

27

¿CUALES CREE QUE SON LOS PRINCIPALES PROBLEMAS SOCIALES QUE EL CULTIVO DE HOJA DE COCA GENERA?

Page 28: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

28

¿CUÁLES CREE QUE ES EL PRINCIPAL BENEFICIO QUE TRAE EL

CULTIVO DE HOJA DE COCA A LAS PERSONAS QUE LA CULTIVAN?

¿CUÁL SERÍA EL PRINCIPAL BENEFICIO QUE TRAE EL NARCOTRAFICAR AL PAÍS?

Page 29: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

29

CAPITULO SEGUNDO

2. LA IMPORTANCIA DEL TERRITORIO PARA EL SEMBRÍO DE LA HOJA

DE COCA.

En el primer capítulo se presentó la importancia para cultivar la hoja de

coca desde una perspectiva económica; en este segundo capítulo

queremos presentar una perspectiva territorial, esto pensamos es

importante para contestar la interrogante de ¿Por qué se sigue cultivando

la hoja de coca a pesar de todo lo malo que puede causar a la sociedad?,

esta interrogante tiene como respuesta el primer capítulo que quiere

indicar que es todavía un negocio para los campesinos a pesar de que

tienen la posibilidad de desarrollar cultivos alternativos. El aspecto

económico tiene como apoyo el aspecto territorial que para el cultivo de la

hoja de coca es muy bueno (el territorio peruano es propicio para el buen

desarrollo de la hoja de coca).

Aquí se presentara la producción de la hoja de coca por regiones, pero,

no se va a analizar todos los territorios del Perú, lo que se busca es el

señalar el nivel de producción en dos territorios que nos permitirán

complementar el capítulo anterior en donde la idea principal era la de

presentar a la hoja de coca como un medio económico rentable para el

estado, los terroristas y narcotraficantes. Previamente se pretende señalar

de manera general la situación geográfica del Perú.

2.1. LA SITUACIÓN GEOGRÁFICA DEL PERÚ.

El territorio del Perú está situado en la parte centro- occidental del

continente sudamericano y en la parte sudoriental de la cuenca del

Pacífico. Tiene una extensión continental de 1'285,215.6 kilómetros

cuadrados, una línea costera de 3,079.5km, un dominio marítimo de

200 millas adyacentes a la costa y tres macrorregiones naturales: la

Costa que comprende el 10% del territorio total, la Sierra constituida

por el paso de la cordillera de los Andes que abarca el 31%, y la

Selva o región amazónica, que abarca el 59% del territorio nacional.

Page 30: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

30

La configuración del territorio peruano ha sido profundamente

influenciada por las corrientes marinas del Pacífico, la fuerza

tectónica de elevada actividad sísmica, volcánica y glacial y la

cordillera de los Andes que al atravesar longitudinalmente nuestro

territorio origina diversidades fisiográficas y agroclimáticas que no

hacen del Perú un país privilegiado para la actividad agrícola. La

Costa desértica con suelos salinos y grandes limitaciones de

recursos hídricos, la Sierra de topografía agresiva y de extremos

climáticos rigurosos, con estrechos valles y la Amazonia Andina, una

amplia formación natural conocida como bosque húmedo tropical

que se inicia en los contrafuertes orientales de los Andes y se

expande hacia el llano amazónico, con drásticas limitaciones de

suelos y con un frágil equilibrio ecológico.

Dentro de la situación geográfica podemos decir que para el cultivo

de la hoja de coca, los ecosistemas de la selva alta o pie de monte

con laderas empinadas y alta humedad situadas entre los 600 y

2,000 metros sobre el nivel del mar resultan siendo los más

adecuados, pero es para una variedad coca, que se viene cultivando

desde épocas preincas, aunque en aquella ocasión dentro del patrón

de verticalidad y complementariedad ecológica, característica de la

agricultura del incanato, muchas veces se distribuía en "andenes".

Este cultivo se puede mantener productivo durante años en suelos

severamente erosionados e incapaces de soportar otros cultivos,

como son los que por lo general se presentan en estos ecosistemas.

La actual localización de este cultivo ha sufrido cambios drásticos en

los últimos 40 años, observándose que la predominancia del cultivo

tradicional en el departamento del Cuzco ha cedido paso a otras

áreas de producción. El suelo se presta para que la coca se vaya

adaptando a otros tipo de suelo, podemos mencionar que a

mediados de los sesenta, tres cuartas partes de las 16,000

Page 31: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

31

hectáreas bajo cultivo de coca estaban ubicadas en el Cuzco, 20%

en Huánuco, y pequeñas cantidades en los departamentos de La

Libertad y Ayacucho.

Como en el apartado anterior mencionamos dos territorios que nos

permitirían comprender porque es importante el cultivo de la hoja de

coca, podemos mencionar aquí algunos departamentos que nos

permitirán reafirmar el porqué de la importancia del territorio para el

cultivo de la hoja de coca. Presentamos en un primer lugar los

departamentos de San Martín y Huánuco estos tienen las áreas de

producción más importantes, seguidos de los departamentos del

Cuzco, Junín y Ucayali. Las acciones de interdicción y erradicación

desligadas de acciones desarrollo microrregional, que incluyan

programas de ordenamiento territorial, vienen propiciando el

permanente desplazamiento de cultivadores hacia áreas con

dificultades de acceso tales como las partes altas de Aguaytía, o las

zonas del Pachitea, el Ene-Tambo o río Apurímac, entre otras. Para

entender mejor esta parte se presenta el siguiente cuadro:

1 Distribución de los cultivos de coca por regiones, 2009 - 2010 (ha)

Aquí podemos ver que la distribución de la coca por regiones, y en

ello podemos ver que la zona sur del Perú es propicia para el cultivo,

para tener mayor seguridad presentamos el siguiente cuadro que

nos permite comparar y sacar conclusiones.

Page 32: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

32

Unidad de Medida: has

Fuente: ONUDD

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

AGUAYTIA 2,529 1,051 1,065 510 500 917 1,570 1,610 1,677 2,913 2,803

ALTO HUALLAGA 13,636 14,481 15,286 13,646 16,900 16,039 17,080 17,217 17,848 17,497 13,025

HUALLAGA CENTRAL 450 500 500 968 1,065 1,209 1,666 3,169

LA CONVENCION 13,914 13,980 12,170 12,340 12,700 12,503 12,747 12,894 13,072 13,174 13,330

PICHIS-PALCAZU 340 350 350 250 300 211 426 1,148 1,378 2,091 3,323

RIO APURIMAC- ENE 11,475 12,600 14,170 14,300 14,700 15,530 15,813 16,019 16,719 17,486 19,723

TAMBOPATA-INAMBARI 1,511 2,520 2,430 2,260 2,000 2,250 2,366 2,864 2,959 3,519 3,591

OTROS 1,250 1,250 470 2,700 292 446 865 1,198 1,580 2,275

Total 43,405 46,232 46,721 44,226 50,300 48,242 51,416 53,682 56,060 59,926 61,209

ONUDC: Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ONUDC

En el cuadro anterior podemos ver el área ocupada por regiones

desde el 2000 hasta el 2010, finalmente podemos ver en el siguiente

cuadro el cultivo por territorio desde 1992 hasta 1999, esto nos

señala desde 1992 hasta el 2010 una línea histórica en donde

podemos ver las regiones en donde la presencia del estado es poca

y es ahí en donde el cultivo abunda.

Fuente: USA-CNC

1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999

AGUAYTIA 16,600 17,800 21,400 19,600 15,000 8,400 4,800 900

ALTO HUALLAGA 61,000 33,600 28,900 33,700 29,400 25,000 21,000 15,200

HUALLAGA CENTRAL 10,500 18,000 16,000 13,000 10,000 5,300 2,100 2,000

LA CONVENCION 11,600 9,400 9,900 10,000 9,000 8,300 7,500 7,500

PICHIS-PALCAZU 7,100 6,200 2,200 1,300 1,000

RIO APURIMAC 12,800 14,300 17,000 21,000 16,800 12,600 9,000 8,100

OTROS 16,600 15,700 15,400 10,900 8,000 7,000 5,300 4,000

Total 129,100 108,800 108,600 115,300 94,400 68,800 51,000 38,700

CNC: Crime and Narcotics Center

Page 33: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

33

Cultivo de coca en la Región Andina 1998-2008 (Has)

Fuentes:

USA Departamento de Estado

1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010

Bolivia 38,000 21,800 14,600 19,900 21,600 23,600 27,700 25,400 27,500 28,900 30,500 30,900 30,900(*)

Colombia 101,800 160,100 163,300 144,800 102,000 86,000 80,000 86,000 78,000 99,000 81,000 68,000 57,000

Perú 51,000 38,700 43,400 46,200 46,700 44,200 50,300 48,200 51,400 53,700 56,100 59,900 61,209

Total 190,800 220,600 221,300 210,900 170,300 153,800 158,000 159,600 156,900 181,600 167,600 158,800

Sistema de monitoreo apoyado por ONUDC

(*) Dato aun no disponible

2.2. LA REALIDAD GEOGRÁFICA DE LAS DOS REALIDADES DE

ESTUDIO:

2.2.1. LA GEOGRAFÍA DEL ALTO HUALLAGA.

El ámbito geográfico en el que se desarrollara la presente

investigación, está conformado por las Regiones de Huánuco y San

Martin, cuya situación geográfica es:

El departamento de Huánuco fue creado el 24 de enero de

1869, limita por el Este con la región Ucayali, por el Oeste, con

Ancash y Lima, por el Norte con San Martín, La Libertad y

Loreto; por el Sur, con Pasco.

La Región Huánuco está enmarcado entre la Selva y la Sierra y

su clima es: Templado seco, donde en verano llega a los 24° C

y en tiempo de lluvia a los 18° C de Diciembre a Abril. Se

Page 34: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

34

encuentra políticamente constituido por 11 provincias: Huánuco

(la capital), Puerto Inca, Leoncio Prado, Marañón, Huamalíes,

Pachitea, Lauricocha, Huacaybamba, Ambo, Dos de Mayo y

Yarowilca2, la población censada asciende a 819 578

habitantes (2,8 por ciento de la población nacional).

Que, para la elaboración del presente trabajo nos

focalizaremos a las áreas de producción de coca, en este

Departamento, los que están concentrados principalmente en el

Distrito de Monzón en la Provincia de Humalies, en los Distritos

de José Crespo y Castillo (Aucayacu), DamasoBeraun (Las

palmas) y Pumahuasi, en la Provincia de Leoncio Prado; así

como en el Distrito de Cholon (Yanajanca), y Bolsón Cuchara

en la provincia de Marañón. Zona conocida como el “Alto

Huallaga”.

El Departamento de San Martin fue creado el 14 de setiembre

de 1906, mediante ley N° 201. se encuentra ubicado en la zona

Selva Alta del Nororiente del país. Por el norte y este limita con

Loreto, por el sur con Ucayali y Huánuco y por el este con

Amazonas y La Libertad, su territorio se encuentra en la región

tropical peruana el cual comprende los territorios amazónicos

de las porciones media y baja de la cuenca del río Huallaga.

Consta de 10 provincias, Moyobamba, Bellavista, El Dorado,

Huallaga, Las Lamas, Mariscal Cáceres, Picota, Rioja, San

Martin y Tocache. Según el último Censo de 2007 su

población total es de 728 808 habitantes, con una densidad de

14.2 habitantes por m2. Su extensión es de 53,064 kilómetros

cuadrados. Después de Lima, el Departamento de San Martín

2 INEI, Según último censo de 2007.

Page 35: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

35

es el más variado en composición étnica; se puede afirmar que

la región es netamente de inmigrantes y sus descendientes

Una vez que tenemos una idea sobre la realidad geográfica

pretendemos presentar la realidad antropológica, es decir

pretendemos mencionar quien es el campesino de esa zona,

esto con el fin de señalar que el Estado tiene una interpretación

equivocada sobre quien es el campesino que cultiva la hoja de

coca; al tener este desconocimiento de la realidad, la

realización de una política que pretendas erradicar el cultivo de

la hoja de coca va a ser totalmente alejado a la realidad y a la

larga su política va a fracasar.

Extensión del cultivo de coca en el Alto Huallaga, 2006 – 2010

(ha)

Plantones de pijuayo, Tocache. Fuente: UNODC

Acciones de erradicación. Fuente: CORAH

En la actualidad, el Alto Huallaga muestra dos escenarios: el

primero de ellos corresponde al sector norte y centro que

involucra a los Distritos de Pólvora, Tocache, Uchiza y Nuevo

Progreso pertenecientes a la Región San Martín, mientras que

José Crespo y Castillo y RupaRupa, a la Región Huánuco; En

este escenario la otrora amplia cobertura de cultivos de coca,

por efecto delas erradicaciones, la presencia de cultivos de

coca ha llegado a sus niveles más bajos no superando el 5%

del total existente en toda la cuenca. A cambio se ha

establecido, sobre todo en los distritos que corresponden a la

Región San Martín una estructura agrícola legal que está

permitiendo a la población afectada por la erradicación vivir sin

Page 36: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

36

depender o depender menos de los ingresos provenientes de la

hoja o derivados de coca. En los últimos cinco años predomina

en estos distritos una economía que tiene como ejes básicos la

agroindustria alrededor de las plantaciones así como de

cultivos de cacao y palmito entre otros.

Contrariamente a lo que viene ocurriendo en la zona norte y

centro de la cuenca del Alto Huallaga, en la zona sur, donde no

se han ejecutado acciones de erradicación ni tampoco existen

programas de desarrollo alternativo, la producción cocalera

continua vigente predominando sobre todas las otras

actividades económicas. En esta zona se concentra el 95% de

la extensión que ahora existe en la cuenca (13,025ha),

correspondiendo el 80% de ella a la subcuenca del Monzón y el

15% a localidades existentes en ambas márgenes del r

íoTulumayo (Supte, Maronas, Pumahuasi, Huayhuante,

Porvenir), en el que se incluye a Tingo María.

Como se ha señalado, Monzón continúa albergando la mayor

extensión de cultivos de coca del Alto Huallaga. La producción

de hoja de coca está fuertemente articulada al narcotráfico y

predomina sobre otras actividades existentes. Igualmente es

predominante en la economía de la familia campesina, la cual

directa e indirectamente es dependiente de los ingresos

generados por la comercialización de la hoja y/o derivados de

coca. Este condicionamiento hace que la población y los

gremios cocaleros que los agrupan mantengan una actitud

beligerante y de total rechazo a cualquier decisión o medida del

estado que intente afectar las áreas de producción. Bajo estas

circunstancias el ambiente en que se vive es de mucho riesgo

que se agrava por la presencia de algunas columnas

subversivas.

Page 37: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

37

La extensión ocupada por coca en esta sub cuenca, con muy

pocas variaciones, es estable. En realidad dicha estabilidad

mayormente responde al hecho que ya no habría más espacios

para ampliar esta actividad. Sin embargo, para contrarrestar

esta limitación existe una marcada tendencia a mejorar

tecnológicamente el cultivo. Como es conocido la sub cuenca

del Monzón se caracteriza por la antigüedad de sus

plantaciones (mayores de 15 años) y por la baja densidad de

plantas por hectárea (20,000 plantas/ha) lo que hace que los

rendimientos sean iguales o inferiores a 1.2tm de hoja seca. En

tal sentido, en la actualidad es frecuente la práctica del

“recalce” ó enriquecimiento de las plantaciones antiguas y un

uso más intenso de agroquímicos.

Creemos que lo mencionado representa un serio riesgo que

debe ser tomado en cuenta por las entidades del estado con

responsabilidad en el tema.

El Estado tiene una escasa presencia en esta zona y los

programas de desarrollo alternativo que fueron implementados

en los años 2001 y 2002 ya no existen. No se ha efectuado

acciones de erradicación programada o voluntaria. Lo que si se

da con cierta frecuencia son los operativos antidrogas

ejecutados por la DIRANDRO dirigidos básicamente a la

destrucción de pozas y laboratorios.

La subcuenca del río Tulumayo, registra la segunda mayor

extensión de coca de la zona sur (15%), con una producción de

hoja totalmente articulada al narcotráfico. A diferencia de la

cuenca del Monzón los cultivos de coca no son tan antiguos y

son conducidos bajo un sistema de manejo de alta densidad de

plantas por hectárea (más de 70,000 plantas/ha) y un difundido

Page 38: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

38

uso de agroquímicos. Los rendimientos de hoja por hectárea en

promedio son mayores a las 2.0tm de hoja seca/ha, obtenidas

en 4 a 5 cosechas al año. A pesar de su cercanía a la ciudad

de Tingo María y a la existencia de una red vial que permite el

acceso a cualquier sector de esta parte de la cuenca, tampoco

ha sido intervenida por acciones de erradicación y/o de

programas de desarrollo alternativo. Al parecer, la intensa

actividad cocalera de este sector y la que se desarrolla en el

Monzón de alguna manera estaría propiciando el mejoramiento

de la economía y el mayor movimiento comercial de la indicada

ciudad. Sin embargo, los niveles de violencia e inseguridad

ciudadana se han incrementado.

2.2.2. LA GEOGRAFÍA DEL VRAE.

Como se ha señalado en reportes anteriores, el VRAE se caracteriza

por el manejo tecnificado del cultivo y por los elevados niveles de

productividad de hoja de coca por hectárea, los que superan

largamente al promedio nacional vigente de 2.2tm por hectárea. En

tal sentido, además de ser la cuenca cocalera más extensa, también

es el primer productor en cuanto a hoja se refiere. Para el 2010, esta

producción ha sido calculada en 71,535tm, que representa

aproximadamente el 55.0% del total producido en el contexto

nacional. Su articulación al narcotráfico implica una intensa

actividad, primero para abastecerse de los grandes volúmenes de

insumos químicos que requiere la transformación de hoja en

derivados de coca y segundo para la salida externa de dichos

productos. Con referencia al primer punto, de acuerdo a los trabajos

realizados por UNODC a través del proyecto PRELAC, se determinó

que los requerimientos de kerosene para esta cuenca alcanzarían

aproximadamente 2’500,000 galones.

Page 39: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

39

Para prevenir y bloquear el abastecimiento de este insumo, en el

mes de febrero del 2009, el Gobierno Peruano mediante Decreto

Supremo (065-2009-EM) 26 (26 Actualmente existe una

modificatoria D.S. 025-2010-EM, que prohíbe la venta a nivel

nacional de dicha sustancia) del Ministerio de la Producción dispuso

“la prohibición en los distritos del VRAE de todo tipo de uso de

kerosene en el marco de la lucha contra el narcotráfico”. El primer

impacto fue el encarecimiento de este producto que llegó a costar

hasta seis veces más de su precio oficial. Asimismo, los “químicos o

cocineros” se vieron obligados a ser más eficaces en la recuperación

del kerosene usado en el proceso para un posterior y repetido

“reuso”. Se viene experimentando igualmente el empleo de kerosene

reusado enriquecido con kerosene nuevo o gasolina, gasolina pura y

petróleo lavado con ácido sulfúrico. Al parecer, esta última opción es

la de mayor aplicación y difusión. En realidad, la diversidad de

alternativas existentes no ha impedido el logro de los objetivos

esperados, porque a pesar de la vigencia de la medida de control, la

producción de derivados continúa dándose en los niveles conocidos.

Como prueba de ello los precios de los derivados no se han

incrementado pese al más elevado costo del carburante usado. Este

mayor costo habría sido compensado por la mayor eficacia en la

transformación de la hoja que en la actualidad requiere de menores

volúmenes para obtener un kilogramo de cocaína.

DEVIDA, en el mismo mes y con el mismo fin anunció la necesidad

de instalar garitas móviles para el control de los insumos químicos a

nivel nacional y en especial en el VRAE. En tal sentido, solicitó al

MEF los recursos necesarios para su implementación. Se considera

que esta medida tendría un efecto muy importante para controlar no

solo los insumos químicos y productos fiscalizados que se usan en

grandes volúmenes, sino a otros que usados en menores cantidades

(ácido clorhídrico, sulfúrico, acetona, etc.) son estratégicos en el

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40

procesamiento de la hoja que ingresan al VRAE camuflados en

vehículos de transporte público ó a pie, usando la amplia red de

caminos de herradura. A la fecha, esta propuesta a pesar de su

importancia estratégica no ha sido implementada.

Con referencia al traslado de los derivados de coca producidos

localmente, el cambio de estrategia de los traficantes de droga ha

hecho que los caminos de herradura se hayan convertido en la

principal vía de salida de una gran parte de la producción. Esta

salida mayormente se realiza de noche teniendo como destino los

centros poblados intermedios donde aguardan camionetas para

acondicionar la droga y seguir su ruta hacia los puntos de salida de

la costa o la frontera de El Estado Plurinacional de Bolivia. Se

emplea para este traslado jóvenes (“mochileros”) captados de

regiones altoandinas, los que llevan en sus espaldas alrededor de

15kg recibiendo como pago entre 50 a 100 dólares dependiendo del

tipo de derivado. (Diario La República. 23 de mayo 2010.) Para

evitar asaltos, cuentan con la protección de columnas subversivas.

Las medidas implementadas para detener esta modalidad de

transporte no vienen dando los resultados esperados debido a la

agreste geografía y las restricciones para controlar las numerosas

rutas existentes.

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41

CAPITULO TERCERO

3. ENTRE EL COMERCIO LEGAL DE LA HOJA DE COCA Y LOS

CULTIVOS ALTERNATIVOS.

Una vez que ya se presentó la realidad económica y la realidad

geográfica que nos indican porque es importante cultivar la hoja de coca

en el Perú, Pretendemos señalar en este capítulo el dilema en que se

encuentra todavía la mayoría de campesinos de nuestro país, tener que

producir de forma legal o presentar los cultivos alternativos, no se

presenta en este apartado el cultivo ilegal por ser un problema de delito y

se desarrollara en extenso en el capitulo siguiente.

3.1. LOS PRINCIPALES COMPRADORES DE LA HOJA DE COCA

LEGAL: ENACO.

Desde un inicio se plantea la participación de ENACO, como el

órgano legal dedicado al comercio de la hoja de coca, esta labor es

poco conocida y en algunos casos se desacredita la labor de esta

empresa estatal por la sencilla razón de que se conoce todo lo malo

del cultivo de la hoja de coca y no se conoce ni tampoco se difunde

la parte legal del mismo.

Algunas cifras que presentaremos más adelante permitirán que nos

demos cuenta de la baja participación de ENACO - empresa estatal

que monopoliza la comercialización de la hoja- en el abastecimiento

de la hoja de coca destinada a consumo tradicional. Dos terceras

partes de la producción de hoja de coca destinada a este consumo

se comercializan fuera de los canales formales, y se estima que el

92% de la producción total se dirige al narcotráfico. En ese sentido,

se puede argumentar en un inicio que el actual sistema de control de

la producción y comercialización ha fracasado. Cabría desde un

inicio plantearnos las siguientes preguntas:

Page 42: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

42

¿Por qué ENACO no puede comprar (vender) una mayor cantidad

de hoja de coca, y aumentar así el control que ejerce en el comercio

para consumo tradicional?; ¿Por qué ENACO no satisface la

demanda de los consumidores en términos de calidad de la hoja ni

garantiza una oferta sostenida a lo largo del año?; y ¿Cuáles son las

principales fallas de los mecanismos de control de la producción y

comercialización?.

3.1.1. EL ORIGEN DE ENACO.

En este apartado se pretende plantear cual es el origen de ENACO,

una mejor forma de presentar este origen es mencionando algunas

fechas que se dieron en el contexto en el cual la empresa se

iniciaba; podemos decir por ejemplo que en 1964 se establecieron

las áreas de cultivo tradicionales a través de la promulgación del

Decreto Supremo Nº 254-DGS, en lo que es el primer precedente de

identificación de zonas de cultivo lícitas y en 1978 se promulgó el

Decreto Ley Nº 22095 denominado “Ley de Represión al Tráfico

Ilícito de Drogas”. Miremos que no se buscó erradicar toda la

producción de la hoja de coca, se le reconoce como planta nativa

pero se pretende regularizar la cantidad de producción. Este decreto

estableció el marco normativo bajo el cual opera la comercialización

de hoja de coca hasta la actualidad. Este transfiere la

responsabilidad del comercio de la hoja de coca a ENACO y prohíbe

el cultivo de hoja de coca en nuevas áreas del territorio nacional,

incluyendo renovaciones y recalces de las plantas ya existentes.

Es la cantidad de producción la que va a estar condicionada por un

conjunto de restricciones legales, entre ellas la Ley General de

Drogas, promulgada en el año 1978, que prohíbe el cultivo de coca y

almácigos en nuevas áreas del territorio nacional e incluye los

recalces (resiembras) y renovaciones en cultivos existentes. En el

mismo año, se encarga a la Empresa Nacional de la Coca (ENACO),

Page 43: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

43

el monopolio de la comercialización e industrialización de la hoja de

coca. Por lo tanto, las ventas que se realicen al margen de esta

empresa son consideradas ilícitas.

Una de las formas que podemos presentar como restricciones es la

creación, vía el Decreto Ley Nº 22095, del Padrón General de

Productores de Hoja de Coca —vigente hasta la actualidad— con el

fin de identificar a los productores que a partir de la fecha estarían

autorizados para vender a ENACO (ya la producción se restringe a

un grupo de personas). La construcción del padrón estuvo a cargo

del Ministerio de Agricultura y se basó en el auto reporte de los

productores acerca de su superficie, número de predios,

productividad y producción (1) “Trabajo de Localización, producción

y consumo nacional de hoja de coca lícita e ilícita”. Julio Tello. 2004.

Sin embargo, la elaboración del padrón incurrió en varias

deficiencias. Por un lado, se levantó con la declaración de los

propios productores, por lo que hasta la actualidad no se sabe con

certeza la ubicación de los predios ni su verdadera capacidad de

producción. Por otro, no se definió cuáles eran las áreas de cultivos

lícitos y se permitió la inscripción libre de los productores, lo cual se

tradujo en una fuerte dispersión territorial de los empadronados.

El Padrón de 1978 registró a 22,925 productores, a quienes se les

entregó 25,159 licencias correspondientes a cada uno de los predios

registrados con una superficie declarada de 18,819 Ha y una

producción de 10,024 TM de hoja de coca. Cada productor tenía en

promedio 1.1 predios cultivados, total o parcialmente, con hoja de

coca.

El número de licencias expedidas fue mayor que el número de

productores debido a un vacío de la ley bajo la cual se creó el

Page 44: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

44

padrón: en esta no se establece si el derecho a la comercialización

le pertenece a la persona o al predio. En esos años el grado de

titulación de las tierras era muy bajo, por lo cual no era viable otorgar

el derecho de comercialización al poseedor. Como consecuencia, las

licencias se encuentran a nombre de la persona pero asociada a un

predio y han sido, en la práctica, transferidas por cambio de

propiedad, heredadas a los miembros de la familia e inclusive

utilizadas por parientes.

En 1982, por Decreto Supremo Nº 008-82-AG, se aprueba la

conversión de la Empresa Nacional de la Coca en Empresa Estatal

de Derecho Privado, bajo la forma de Sociedad Anónima, sujeta a la

Ley de Sociedades Mercantiles, a la Ley de la Actividad Empresarial

del Estado y demás normas que sean aplicables. Finalmente, en

1999 se promulga el Decreto Supremo Nº 170-99-EF, bajo el cual las

acciones de ENACO S.A. son transferidas al FONAFE.

En la actualidad, ENACO sigue operando en el marco de la Ley Nº

22095 y bajo la tutela de FONAFE. En 2002, dicha ley fue

parcialmente modificada a través de la Ley Nº 27634, en la cual se

establece que ENACO solo puede comercializar la hoja de coca

proveniente de los predios empadronados, abriendo la posibilidad de

que los productores empadronados vendan hoja de coca como

resultado de replantes.

En ese devenir de la política de prevención y lucha contra la drogas,

se implantó una política regional en los territorios de culturas

ancestrales y se propusieron rescatar las raíces enfatizando el

sentido de la identidad cultural y regional para promocionar nuestros

valores culturales; dentro de este contexto trataron de promover la

investigación e industrialización de la coca, e implementar una

política para su revalorización como recurso natural para rescatar y

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45

aprovechar sus bondades y atributos alimenticios, medicinales y

como elemento místico religioso de los pueblos andinos.

3.1.2. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE ENACO.

La finalidad de ENACO es coadyuvar a preservar la salud de la

población a través de la comercialización de la hoja de coca y sus

derivados, así como de su industrialización con fines benéficos,

sustentada en el marco jurídico vigente. En el marco de su finalidad,

maneja el padrón de productores formales de hoja de coca, adquiere

y distribuye hoja de coca a través de sus oficinas regionales, y

elabora y comercializa productos derivados de la hoja de coca

(filtrantes, solubles y cocaína para uso médico farmacológico). En el

mercado, ENACO cumple un rol de comercializador (único

autorizado por el marco normativo) y productor de derivados.

ENACO opera a través de tres sucursales (Quillabamba, Huancayo

y Trujillo), dos agencias con autonomía operacional (Cusco y

Juliaca), veinticuatro unidades de compras, diecinueve unidades de

venta, cinco unidades de compra-venta y diecinueve distribuidores

(comerciantes mayoristas) Además, realiza permanentemente

compras y ventas móviles. Estas transacciones están a cargo de las

unidades operativas y quedan registradas bajo un código especial

que las asocia con dichas agencias. A pesar que los empadronados

son los únicos autorizados para vender a ENACO, esta empresa

tiene la potestad de designar acopiadores oficiales. Este es el caso

del convenio firmado con la dirigente cocalera Nancy Obregón en

2002 según se muestra en el siguiente documento.

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46

Page 47: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

47

La cobertura de ENACO en el ámbito nacional puede observarse en el mapa 2.3, en el cual se identifican todas las unidades de venta y compra de ENACO al 2004.

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Cada sucursal y las agencias tienen a su cargo el proceso de

comercialización —compra y venta— en un determinado espacio

geográfico que abarca varios departamentos identificados como

zonas de producción y consumo. Por ejemplo, la Sucursal Huancayo

se encarga de la comercialización en cinco departamentos. Junín,

Cerro de Pasco y Huancavelica son zonas de consumo, por lo que

cuentan con unidades de venta, mientras que Huánuco tiene

unidades de compra y de venta. Las unidades ubicadas en estos

cuatro departamentos están a cargo de la Agencia Huancayo. La

Agencia Ayacucho solo opera en este departamento mediante

unidades de compra y venta de las catorce unidades con las que

cuenta esta Sucursal, tres unidades de compra reportan volúmenes

de transacción muy bajos, manteniéndose operativas por motivos

políticos (Tingo María, Monzón y Aucayacu).

Área de influencia de Sucursal Huancayo

Page 49: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

49

La Sucursal Trujillo controla las operaciones de comercialización de

cuatro departamentos: La Libertad, Cajamarca, Amazonas y Áncash.

En cada uno de ellos operan unidades de compra, unidades de

venta y unidades que realizan ambas labores.

Cada unidad depende directamente de la Sucursal, y no de agencias

como en el caso anterior. Esta Sucursal tiene un circuito de

comercialización particular dado que opera en un territorio de

producción y consumo.

Área de influencia de Sucursal Trujillo

Según la información recogida en las diferentes entrevistas

realizadas a funcionarios de ENACO, hacia 2002 se inició el cierre

de algunas unidades operativas debido a que su volumen de

comercialización no les permitía cubrir sus costos operativos. En el

caso de las unidades de venta, se encargó la compra a diecinueve

mayoristas o distribuidores que operan en diversas zonas del país.

Page 50: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

50

3.1.3. ALGUNOS DATOS ESTADÍSTICOS SOBRE EL CULTIVO

LEGAL.

Es interesante presentar en este apartado algunas cifras que nos

permitirán ver la producción legal de la hoja de coca y los posibles

fines a los cuales ella puede estar destinada; lo que también es

interesante de señalar en este apartado es la presentación de

algunas fechas que nos permitirán comprender que el problema de

la legalidad y la ilegalidad del cultivo de la hoja de coca está en el

Perú desde hace mucho tiempo.

Podemos empezar señalando que en 1959 se encontraban

registrados 13,975 predios, un área total de 16,093 Ha, una

producción anual de 11,068 TM y una productividad implícita de 0.69

TM/Ha al año. Se estima que el consumo de hoja de coca para fines

tradicionales alcanzó un promedio anual de 9,246 TM para el

período 1960-1978 (ASFINSA, 2001).

Por otra parte el INEI (2003) señala que la demanda de hoja de coca

para uso tradicional ascendería a 8,787 TM. Si a ello se añade los

volúmenes destinados a la industrialización de dicho producto

(mates, bebidas, etc.), se estima que la demanda para uso legal es

de 9,000 TM. Dicho nivel es consistente con la serie histórica de

consumo.

A. Tendencias de las transacciones del mercado de la hoja de

coca.

Este apartado en forma breve nos pretende indicar que a pesar de la

reducción de la superficie cultivada y de la producción total de hoja

de coca en la década pasada, a partir de 1998 dicha tendencia se

revierte y la productividad empieza a crecer a un ritmo más

acelerado que el de las hectáreas. De esta manera, si bien la

superficie total ha aumentado en 30% entre 1999 y 2004, la

Page 51: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

51

producción total se ha incrementado en 127% para el mismo

período, llegando a 109,900 TM en 2004. El incremento en la

productividad se debería a la mejora en las prácticas de cultivo por

parte de aquellos productores que destinan su producción al

narcotráfico, los cuales se ubican, principalmente, en los valles del

VRAE y Alto Huallaga, esto afecta a la producción legal ya que como

vimos anteriormente ENACO solo compra una proporción mínima y

de aquellos que se encuentren empadronados.

B. La Compra de la hoja de coca de ENACO

Ahora bien, desarrollaremos en estos puntos algunas ideas breves

que permitirá ver las funciones principales de ENACO en cuanto a la

compra y la venta de la hoja de coca. Por ejemplo en el 2004

ENACO compró cerca de 3,000 TM de hoja de coca. El nivel más

bajo del período 1998-2004 se dio en 1999, año en que adquirió

cerca de 1,900 TM, es decir, solo el 22% necesario para cubrir la

demanda de hoja para consumo tradicional. Cusco es el principal

punto de compras de ENACO y ha concentrado cerca del 86%, en

promedio, en los últimos siete años.

La calidad de hoja de coca comprada ha variado considerablemente.

En promedio, entre 1999 y 2001, el 86% de la hoja era de primera

calidad. A partir de 2002, dicha composición empieza a invertirse. En

2004, el 81% de las compras se hicieron bajo la clasificación de

segunda calidad. Esto se debería a que el agricultor prefiere vender

su hoja de mejor calidad al comerciante informal, un menor cuidado

en la producción de la hoja, mayor disposición de ENACO a calificar

la hoja como segunda calidad para evitar pagar el precio de primera

calidad y problemas de calidad que enfrenta la hoja de coca

cusqueña.

Page 52: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

52

ENACO no cuenta con una política de precios. El precio de compra

permanece rígido durante el año y no responde a la estacionalidad

de la hoja de coca (escases y abundancia). La decisión de modificar

el precio se realiza de manera independiente a la dinámica del

mercado.

El costo monetario de la última campaña de hoja de coca, sin

considerar labores de preparación del terreno y plantación, es de S/.

6.4 por arroba, en promedio. Si se consideran estas actividades, el

costo total es de S/. 18.2 por arroba, en promedio. Es decir, el

productor que vende a ENACO tiene una ganancia promedio de S/.

46.6 por arroba (costo monetario sin actividades de preparación del

terreno). Si bien se podría concluir que el precio que paga ENACO

es elevado, si este disminuyera se generaría incentivos para la venta

al narcotráfico.

C. La Venta de la hoja de coca

Las ventas de hoja de coca fueron de 3,461 TM en 2004, 467 TM por

encima de lo registrado en 2003. Las principales unidades de venta

entre 1999-2004 han sido Huancayo, Cusco y Juliaca. Desde 2003

se han cerrado varias unidades operativas pues su nivel de ventas

no permitía cubrir sus costos operativos. Se encargó la

comercialización en esas zonas a diecinueve distribuidores los

cuales operan con metas mensuales de venta, al igual que las

unidades operativas.

La participación de hojas de calidad Cusco e Inca en el total de

ventas también se ha invertido entre 1998 y 2004. En 1998, el 90%

de la hoja vendida correspondía a la primera calidad. En 2004 solo el

16.5% de la hoja vendida correspondió a la hoja de primera calidad.

Page 53: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

53

El precio de venta presenta menor variabilidad que el de compra. El

precio más alto corresponde a la de primera Tingo, que es una hoja

apreciada para los chacchadores por su color y sabor. La diferencia

de precios de venta entre hoja de primera y segunda calidad es casi

nula (en 2004, dicha diferencia fue de S/. 1.23).

El precio al consumidor final varía de manera importante según lugar

de compra (bodegas, ferias, ENACO, etc.) Aunque el precio

promedio es similar en las distintas zonas geográficas, varía según

la unidad en la cual el consumidor compra la hoja de coca. Así, una

onza de hoja de coca cuesta S/. 0.83 y una arroba S/. 167.39. Sin

embargo, si un comerciante vende toda su hoja de coca al menudeo

(en onzas) podría obtener hasta S/. 325 por arroba.

D. Mecanismos de control

El Manual de Organización y Funciones de ENACO, bajo el cual

funcionan las sucursales, especifica que una de las funciones de las

unidades operativas es supervisar y controlar a los productores y

comerciantes de su jurisdicción. En esa línea, se han realizado

acciones dirigidas a capturar el máximo de producción posible con el

fin de ganarle mercado al narcotráfico. Sin embargo, recientemente

(mayo, 2005) la Gerencia General decidió suspender las labores de

supervisión de la Sucursal Trujillo, a pesar de que estaban

programadas en el presupuesto de este año.

Por otra parte, ENACO dirige operativos de decomisos en ruta con el

fin de confiscar hoja de coca trasladada por productores o

acopiadores a los centros de venta. Los decomisos son financiados

por ENACO pero dirigidos por la PNP.

En el período 2001- 7 2004, la cantidad de hoja decomisada en el

ámbito nacional muestra una leve tendencia decreciente, a pesar de

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54

un fuerte crecimiento en la producción total. Estas actividades de

decomiso no parecen jugar un papel disuasivo del comercio informal.

En la actualidad no existe un sistema de control de la hoja de coca

destinada a consumo tradicional. Solo existen actividades poco

coordinadas emprendidas por cada una de las Sucursales con el fin

de mantener un cierto grado de vigilancia y tratar de frenar la

participación del comercio informal y narcotráfico.

Una de las variables que explican las debilidades de los mecanismos

de control antes descritos es la capacidad de gestión de ENACO.

Entre sus principales debilidades institucionales tenemos:

Escasa voluntad política para controlar la informalidad;

Débil (o inexistente) presencia en ciertas áreas geográficas;

Baja calidad del capital humano, y falta de iniciativa para

emprender cambios;

Altos costos operativos y administrativos que atentan contra la

posibilidad de ampliar sus compras;

Tendencias a comportamientos oportunistas (corrupción);

Ausencia de una política de precios. Actualmente la rigidez de

los precios no garantiza alta calidad del producto ni abastece

las hojas de mayor demanda.

Sin embargo, cabe destacar que existen algunos instrumentos que

pueden formar parte de un futuro sistema de control. Por un lado, se

cuenta con el Padrón de productores y los registros de ENACO que

permiten identificar a los productores “activos”. Además, se debe

actualizar la información sobre superficie y producción. Por otro lado,

para el control de la producción y comercialización se requiere de

una participación más activa de la SUNAT, en tanto la hoja de coca

está sujeta al régimen del impuesto general a las ventas (IGV).

Según su marco normativo, SUNAT podría intervenir fiscalizando a

productores y comerciantes.

Page 55: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

55

Es importante resaltar que la disposición de los agentes económicos

a participar en el comercio ilegal se explica fundamentalmente por la

baja probabilidad de detección (p), el bajo costo de la detección (C) -

que puede ser asumido por el agente informal-, y los mayores

precios ofrecidos principalmente por el narcotráfico. Las dos

primeras son variables estratégicas en el diseño del sistema de

control. La decisión de los productores de HC (y de los demás

agentes) se puede entender analizando la siguiente ecuación:

IE = (1-p) (I) – pC Donde:

IE = Ingreso Esperado de vender HC al comercio informal o al

narcotráfico;

I = Ingreso producto de vender HC ilegalmente.

Finalmente, en la discusión sobre la forma de organización del

mercado de la hoja de coca, se debe considerar dos puntos

adicionales relevantes: los problemas derivados de la actividad

empresarial del Estado (interviniendo de manera subsidiaria,

corrigiendo fallas de mercado, y cumpliendo objetivos de política

pública), y los efectos de la presencia de un monopolio (distorsiones

de precios y menor eficiencia social).

3.1.4. ¿CUÁNTO PAGA ENACO POR LA HOJA DE COCA?

Finalmente se presenta el precio que pone ENACO por la hoja de

coca, y como se va fijando el precio en el mercado, es interesante

darnos cuenta que el cultivo de la hoja de coca sigue siendo

importante porque genera una fuente de ingreso, pero, en el ámbito

legal se paga muy poco; entonces, ¿Por qué el campesino le vende

al narcotráfico?; ¿Por qué muchos campesinos trabajan para este

grupo de personas que se encuentran al margen de la ley?,

podemos constatar que uno de los motivos es por la amenaza, pero

pensamos que el más fuerte es porque ellos pagan mejor que el

Estado.

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56

3.1.4.1. LA FORMACIÓN DE PRECIOS.

El cuadro anterior nos muestra que ENACO paga bien poco en

referencia a lo que paga el narcotráfico, después de ver los capitulo

anteriores y ver esos dos territorios modelos, en donde todavía hay

fuerte presencia del narco – terrorismo el precio de la hoja de coca

es alto. Pero, ¿Por qué el Estado paga poco?, como respuesta

podemos empezar a decir que el precio de la hoja de coca se

encuentra influido, de manera importante, por las presiones que

ejerce el narcotráfico para incentivar una mayor producción en los

distintos países de la región. El precio que ofrece el narcotráfico

influye en el precio de las transacciones de hoja que se destinada al

consumo tradicional, es decir, ENACO y el comercio informal.

El precio ofrecido por ENACO a los productores es establecido por el

directorio de dicha institución y permanece fijo a lo largo del año, a

pesar de que tanto la producción como la venta presentan

estacionalidad. Según información de los propios funcionarios, el

precio de la hoja responde más a cuestiones políticas que técnicas y

se encuentra muy por encima de su verdadero valor. Sin embargo, si

este precio fuera menor al actual se generarían más incentivos para

que los productores destinasen parte de su producción al comercio

informal o al ilegal muestra la relación entre el precio y los cambios

de directorio.

Por otro lado, el precio del comercio informal sería muy cercano al

precio ofrecido por ENACO y dependería de la condición de

legalidad del productor, aunque este varía según la zona. En Cusco,

por ejemplo, a los productores con licencia se les ofrece un precio

superior al ofrecido por ENACO (entre S/.5 y S/.10) mientras que a

aquellos sin licencia se les ofrece un precio menor.

Page 57: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

57

3.1.4.2. CAPACIDAD DE GESTIÓN DE ENACO.

A pesar de los mecanismos de control descritos en el acápite

anterior, es claro que estos no son variables que induzcan a los

agentes a no participar en el comercio informal. Así, con una baja

probabilidad de detección, la participación en el comercio informal es

más atractiva. Si bien una parte fundamental de esta baja

probabilidad de detección se explica por la inexistencia de un

sistema integral de control, una de las variables que explican la

ineficacia de los mecanismos de control es la débil capacidad de

gestión de ENACO. En ese sentido, la capacidad de gestión de

ENACO también puede estar asociada al predominio del mercado

informal.

Entre los factores más importantes que ilustran la debilidad

institucional de esta empresa, tenemos:

1. Falta de voluntad política para controlar la informalidad;

2. Débil (o inexistente) presencia en ciertas áreas geográficas;

3. Baja calidad del capital humano, y falta de iniciativa para

emprender cambios;

4. Altos costos operativos y administrativos que atentan contra la

posibilidad de ampliar sus compras;

5. Tendencias a comportamientos oportunistas (corrupción);

6. Falta de una política de precios. Actualmente la rigidez de los

precios no garantiza alta calidad del producto ni abastece las

hojas de mayor demanda.

A esto se suma la alta rotación de personal, que lleva a que en la

actualidad un número importante de cuadros tenga muy poca

experiencia previa en la empresa y a que, por lo tanto, desconozca

la problemática del mercado interno de hoja de coca para consumo

tradicional.

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58

3.1.4.3. COSTOS DE PRODUCCIÓN DE HOJA DE COCA.

Tal como se dijo en líneas anteriores el precio de la hoja de coca se

establece de manera arbitraria y sin un análisis técnico del mismo.

Por esto es que como un ejercicio preliminar, sujeto a revisión por

otra investigación específica, en este estudio se realizó una pequeña

encuesta sobre la estructura de costos de producción a productores

de hoja de coca de Quillabamba (abril 2005) con distintos tamaños,

productividades, y edades de sus plantas. Este ejercicio puede ser

útil más adelante para acercarse a un precio de hoja de coca que

cubra los costos de producción y comercialización en los cuales

incurren de estos productores.

Se identificaron cuatro actividades para la producción y transporte de

hoja de coca, a saber, la preparación del terreno, plantación, labores

culturales (poda y deshierbe), cosecha o recojo y transporte.

También se tuvo en cuenta los costos monetarios y no monetarios,

es decir, los jornales que tienen que pagar y aquellos que son parte

de la mano de obra familiar o vecinal. El costo monetario de la última

campaña si no se realizan labores de preparación del terreno y

plantación es de S/. 6.4 por arroba, en promedio mientras que el

costo total es de S/. 11.4 por arroba. Por otro lado, si se incluyen

estas labores el costo monetario es de S/. 8.8 por arroba y el costo

total es de S/. 18.2 por arroba.

Es decir, el productor que vende a ENACO tiene una ganancia

promedio de S/. 46.6 por arroba (costo monetario sin actividades de

preparación del terreno). Si bien se podría concluir que el precio que

paga ENACO es elevado en caso que este disminuyera se generaría

incentivos para vender al narcotráfico.

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59

3.1.4.4. CANTIDAD VENDIDA POR ENACO A COMERCIANTES.

Las ventas de hoja de coca fueron de 3,461 TM en 2004, es decir,

467 TM más de las ventas registradas en el año anterior. Las

principales unidades de venta en los años de análisis (1999-2004)

han sido Huancayo, Cusco y Juliaca. La unidad de Lima ha

recobrado importancia y ha sido desafiliada de la sucursal

Huancayo. De manera similar al caso de las compras, varias

unidades operativas han dejado de funcionar desde noviembre de

2003 debido a que el nivel de ventas registrado no permitía cubrir los

costos operativos. Para no perder presencia en dichas zonas se

encargó las labores de comercialización a diecinueve distribuidores

los cuales operan con metas mensuales de venta, al igual que las

unidades operativas.

A partir de 2001 se registran transacciones a través de ventas

móviles. Dicha modalidad de comercialización se utiliza cada vez

que se produce una acumulación de inventarios 59 y hay necesidad

de “salir” a vender la hoja de coca para evitar un sobre stock de la

misma. Evidentemente, en épocas de escasez, este tipo de ventas

se restringen. A pesar que las estadísticas de ENACO no reportan

ventas móviles para el 2003 y 2004, se comprobó que la Sucursal

Huancayo mantiene esta modalidad de venta.

Por otro lado, si se analiza la ubicación geográfica de los

comerciantes según el distrito de los departamentos de residencia,

se puede observar que existe una fuerte presencia de ENACO en

Apurímac, Cusco, Puno y Arequipa a pesar que la mayor cantidad

vendida se registra en las unidades pertenecientes a la Sucursal

Huancayo. Entre 60 1998 y 2004 el número de comerciantes que

realizaron transacciones con ENACO se mantuvo cercano a los

4,000. Sin embargo, en 2002 y 2003 este número creció de manera

importante, para luego volver a su nivel promedio en 2004.

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60

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61

Hoja de coca cultivada en pendiente

(Maranura - Cusco)

Hoja de coca de ENACO

(Huancayo)

Hoja de coca de ENACO y hoja del comercio

Informal

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62

Caña, cigarros y hoja de coca

(Huancayo)

Feria a la que llega las compras móviles de ENACO

(Acostambo - Huancayo)

3.1.4.5. EL MARCO LEGAL QUE RESPALDA A ENACO

Terminamos citando todas las leyes que respaldan a ENACO para

realizar su respectiva labor, podemos ver que son leyes que

reprimen la comercialización:

A. Decreto Ley Nº 22095, Ley de Represión del Tráfico Ilícito de

Drogas promulgado el 02-03-78. Dispone que solo el Estado

mediante la Empresa Nacional de la Coca (ENACO), ejerza la

comercialización interna y externa de la hoja de coca.

Page 63: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

63

B. D.L. Nº 22370 del 05.12.78. Ley Orgánica de la Empresa

Nacional de la Coca- ENACO. En el Artículo 1º de dicha Ley se

considera que ENACO es una Empresa Pública.

C. D.S. Nº 008-82-AG del 28.01.82. Dispone la conversión de la

Empresa Nacional de la Coca ENACO en Empresa Estatal de

Derecho Privado, adoptando la forma de Sociedad Anónima.

D. D.S. Nº 209-EF del 17.05.85. Transfiere como aporte de capital

a Inversiones COFIDE S.A. la totalidad de las acciones que

posee el Estado, de modo directo en las empresas estatales de

derecho privado, entre éstas, en la Empresa Nacional de la

Coca Sociedad Anónima - ENACO S.A.

E. Ley Nº 24948 del 23.11.88 Ley de la Actividad Empresarial del

Estado.

F. D.S. Nº 027-90-MIPRE del 03.04.90. Reglamento de la Ley de

la Actividad Empresarial del Estado.

G. D.S. Nº 094-97-EF del 09.07.97 Autoriza la transferencia a

favor del Ministerio de Economía y Finanzas Oficina de

Instituciones y Organismos del Estado OIOE la totalidad de las

acciones de propiedad de Inversiones COFIDE S.A. de las

empresas estatales de derecho privado.

H. Ley Nº 27170 Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la

Actividad Empresarial del Estado FONAFE.

Page 64: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

64

I. Ley Nº 27247 Ley que modifica la Ley Nº 27170, Ley del Fondo

Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del

Estado.

J. D.S. Nº 072-2000 EF Aprueban Reglamento de la Ley del

Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial

del Estado FONAFE.

K. D.S. Nº 123-2001-PCM del 30.11.2001 Facultan a ENACO S.A.

continuar proceso de fabricación de pasta básica de cocaína

con fines médicos y científicos utilizando hoja de coca natural

proveniente de agricultores empadronados.

L. Ley Nº 27634 del 15.02.02 Ley de modificación de los Artículos

41º y 68º de la Ley de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas Nº

22095.

M. Ley Nº 27806 del 02.08.02 Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública.

N. Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 07.08.03,

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública.

3.2. LOS CULTIVOS ALTERNATIVOS PARA REMPLAZAR A LA HOJA

DE COCA.

Se puede dividir en tres periodos cronológicos la ejecución del

programa de desarrollo alternativo administrado por USAID/PERU,

que es la principal fuente de cooperación en este tema en el Perú. El

programa de desarrollo alternativo ha sido enfocado en la sustitución

de cultivos en tres periodos, con el objetivo de encontrar fuentes

Page 65: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

65

alternativas de ingresos para los productores agrícolas en las

principales regiones cocaleras de la selva alta peruana. Estas

actividades muchas veces acompañadas por proyectos de

infraestructura local en comunicaciones, energía, educación, salud o

desarrollo del mercado, han demostrado poco éxito más allá del

corto plazo. Como estrategia la sustitución de cultivos es muy

limitada, por un lado es muy difícil encontrar cultivos o otra actividad

agrícola que genera ingresos similares a la coca, por otro lado la

coca tiene un mercado seguro y a la mano. La mayoría de las

regiones donde se cultiva la coca, son alejadas de los principales

mercados y los costos de transacción son elevados, lo que dificulta

el desarrollo de negocios legales.

Si bien es cierto la persistencia de la abundante oferta de cocaína en

los estados Unidos y otros países consumidores de droga ilícita, da

evidencia del fracaso de la lucha antidrogas por el lado de la oferta,

es mucho más cierto que la pobreza persistente en las regiones de

la selva alta peruana, donde se cultiva coca es testimonio mucho

más evidente del fracaso del programa de desarrollo alternativo

durante las últimas décadas. Reconocer que los principales valles

productores de coca se caracterizan por ser zonas de pobreza

generalizada, debe permitir el diseño de programas de inversión

social en el corto plazo.

La complejidad política de los proyectos de desarrollo alternativo

reclama el establecimiento de sólidas alianzas institucionales y de

efectivos mecanismos de comunicación dirigidos a los agricultores

cocaleros y no cocaleros. De lo contrario las instituciones que

trabajan en esta zona pueden ser aisladas rápidamente.

Las instituciones ejecutoras tienen que asociarse en la ejecución de

estos programas con el sector privado (con mecanismos coherentes

Page 66: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

66

y exentos de prejuicios), ya que las inversiones de este sector son

capaces de crear la riqueza necesaria para fomentar el desarrollo

sostenido en la selva peruana. También es claro que el desarrollo

sostenido de la selva tiene que ser en base al mercado y tomando

en cuenta los productos que se cultivan en esta zona (incluyendo la

coca) y la características de la economía familiar imperante.

Diversificación de los cultivos efectivamente minimiza los riesgos

asociados con las fluctuaciones en los precios de cada producto

individual. En los últimos años ha sido imposible promover un

producto alternativo que rinda más que la coca en términos de

ingresos. La intervenciones parciales y unilaterales no funcionan;

para garantizar la sostenibilidad debe asumirse un enfoque integral

de los diferentes procesos que vinculan a los productores y los

mercados, así como un estilo de trabajo participativo y de

organización basado en las condiciones de producción existentes en

las zonas.

Es necesario hacer esfuerzos para bajar el precio relativo de la coca

a través de una combinación de la reducción de la demanda y una

interdicción efectiva que corte las rutas de oferta de la coca y en tal

sentido dejar a los productores sin compradores para sus cultivos de

coca. El desarrollo alternativo, la erradicación, el control de insumos

químicos y el combate a la criminalidad organizada deben ser

ejecutadas de la mano. El D. Supremo Nº 044-2003 PCM autoriza a

DEVIDA a establecer programas de reducción gradual y concertada

de plantaciones de coca, que es el marco bajo el cual se viene

trabajando a la fecha.

Es importante tener en cuenta experiencias que demuestran que

existen alternativas para atraer a las empresas privadas a las zonas

desarrollo alternativo:

Page 67: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

67

La principal estrategia consisten en trabajar en función al mercado

(local, regional, nacional, internacional) aplicando un “enfoque de

mercado” que se sintetiza en los siguientes pasos:

- Mediante talleres participativos se identificaron conjuntamente con

los productores las diferentes potencialidades productivas de las

zonas.

- Se identificaron mercados (empresa) en las cuales existía una

demanda específica para los productos de los pequeños

productores.

- Se identificaron las respuestas especificas de oferta en cantidad,

calidad y oportunidad, para esa demandas identificadas.

- Se brindo asistencia técnica en la producción, comercialización,

crédito y organización para que la respuesta de oferta se adecue

a la demanda (en cantidad, calidad y distribución de márgenes

comerciales).

De manera operativa se busco organizar el trabajo en función de

proporcionar servicios de asistencia técnica en producción, fomentar

esquemas comerciales modernos, facilitar el acceso al crédito y

trabajar en el fortalecimiento institucional y en las capacidades de

gestión empresarial. Todos estos servicios se orientaban a mejorar la

productividad y calidad en tal sentido la competitividad de los

diferentes productos. El objetivo es que los pequeños productores

pueden acceder a diferentes mercados que reconozcan productos

de calidad. Se identifico a una empresa AZEXSA, que tenía un

segmento de mercado con la característica de demandar productos

de alta calidad y otro grupo de empresa que requerían de

volúmenes, pero con un estándar de calidad menor (pero que es

superior en relación a lo aceptado en los circuitos de

comercialización tradicionales). En todos los casos se trata de

fortalecer las capacidades locales. Como puede verse al final de la

relación comercial se dan entre los productores organizados y la

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68

empresa y en tal sentido los proyectos en las zonas de desarrollo

alternativo deben actuar como facilitadores articulando la prestación

de servicios en sus diferentes líneas y con el objetivo de mejorar los

ingresos del participante en el proyecto.

Se ha desarrollado un enfoque en los cuatro valles, que se detallan a

continuación:

PRODUCTO EMPRESA

Café AZEXSA, Prodelsur, Vocafe, Machu Picchu,

Cooperativa agroindustrial naranjillo.

Piña Autoservicios a través de un bróker.

Plátano Mercado mayorista Lima

Palmito Agrícola San Juan (Backus)

Menestras Asferas SAC, Pulses

Algodón Asferea SAC, Plan Ucayali.

Cacao Cooperativa Agroindustrial Naranjillo, Acopagro,

Machu-Picchu, Good Food.

Mani Good Foods

Ajonjoli Green Hill Foods

Papaya Mercado Mayorista Lima

Arroz DHI

En resumen la idea de trabajar bajo este enfoque implica la

construcción de una economía lícita integrada de un conjunto de

productos nacionales que tienen un nicho de oportunidad en el

mercado (local, regional, nacional) y por productos “commodities” o

de exportación, que en conjunto se constituyen en fuentes de

ingreso para los pequeños productores de estas zonas. En este

contexto la participación de empresas privadas es fundamental y

deben ser tomadas como socios estratégicos para el desarrollo de

actividades comerciales en las zonas cocaleras y no como los

Page 69: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

69

“malos de la película” que se tratan de aprovechar de los pequeños

productores pobres.

SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS

El boom de los cultivos de coca a mediados de los años 70 favoreció

la diseminación de grandes Plantaciones por toda la selva peruana,

cubriendo todo tipo de ecosistemas. Por ello la propuesta de

sustitución de cultivos debe estudiar detalladamente que productos

alternativos son adecuados para cada zona en términos de lograr

una adecuada productividad y rentabilidad.

La sustitución de los cultivos alternativos es una alternativa viable

siempre y cuando:

a) Se realicen estudios de factibilidad que permitan establecer los

niveles de productividad de los productos sustitutos,

b) Se asegure la inserción de producción en el mercado interno y

externo y

c) Se favorezcan adecuados márgenes de rentabilidad mediante

el establecimiento de políticas sociales de apoyo al campesino.

Sin embargo desde ya se encuentran algunas dificultades. Por

ejemplo en las zonas de las vertientes con más de 40º es difícil

encontrar alguna planta que pueda remplazar a la coca, salvo la

posibilidad de reforestación natural, con plantas tales como la

ocuera, que puede tener cierta utilidad industrial.

En general y teniendo en cuenta los múltiples ecosistemas y las

condiciones agrologicas de temperatura y pluviosidad del Alto

Huallaga, los expertos indican que se puede hacer una alta variedad

de cultivos propios del trópico como son plátano, yuca, arroz, maíz,

sorgo, piña, cítricos, papaya, café, té, cacao y otros menos

conocidos como son la palma aceitera, soja, cúrcuma, jengibre,

Page 70: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

70

canbela, barbasco entre otros. Otro aspecto vinculado a la

sustitución es la necesidad de asegurar el proceso de

transformación agroindustrial de los productos y sus posibilidades de

comercialización y rentabilidad. En este sentido los productores

recomiendan que los productores del alto Huallaga podrían

dedicarse al cacao, te, palmera aceitera, arroz, maíz amarillo, piña,

plátano, yuca.

Diversas instituciones se han involucrado en las acciones de

sustitución de cultivos desarrollando proyectos con énfasis

productivo que buscan capacitar a los campesinos en nuevas

técnicas agrícolas que permitan optimizar el rendimiento de sus

chacras con productos alternativos.

Un estudio realizado en el departamento de San Martin evidencio

que la mayor parte de campesino cocaleros de la región muestra

una disposición favorable hacia la sustitución de cultivos, sin

embargo los cocaleros condicionan su aceptación a la elección de

un producto suficientemente rentable y a la mejora de

procedimientos técnicos empleados en las acciones de sustitución

de tal manera que se les otorgue apoyo crediticio y se garantice la

comercialización y rentabilidad de la producción.

3.3 ALGUNOS CUADROS PARA ILUSTRAR EL PRESENTE

CAPITULO.

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77

CAPITULO CUARTO

4. EL DELITO DEL CULTIVO DE LA HOJA DE COCA.

4.1. BUSCANDO LA PENALIZACIÓN DEL CULTIVO DE LA HOJA DE

COCA.

Después de ver brevemente el aspecto económico y el aspecto

geográfico sobre la importancia del cultivo de la hoja de coca y sobre

todo después de conocer el ente encargado de comercializar la hoja

de coca en forma legal. Se va a presentar en este capítulo el tema

delictivo del cultivo de la hoja de coca. De manera especial lo que se

busca es presentar las leyes que buscan sancionar el cultivo de la

hoja de coca desde diferentes actos.

En un primer lugar podemos señalar que la legislación existente

sobre esta materia se debe considerar como un caso especial dentro

de la amplia normatividad que reprime el tráfico ilícito de drogas en

nuestro país. Tal configuración ha sufrido una evolución notable a lo

largo de todos los dispositivos que sobre represión del tráfico ilícito

de drogas han sido promulgados en el país.

El tráfico ilícito de drogas compromete a diferentes actores de la

sociedad, no solo es un tema de penalización, es un tema que

compromete a todos los profesionales cercanos a este problema y

desde ahí buscar una alternativa de solución. Importante tener

presente que el aspecto normativo es el inicio de la búsqueda de

solución pero no es el único. Para darnos cuenta de este detalle,

empecemos señalando que en sus inicios en los primeros

dispositivos sobre la materia el cultivo de la hoja de coca con fines

ilícitos no se encontraba tipificado como delito, punto importante

para ver que el problema se veía más como un problema social. Es

a partir del Decreto Ley Nº 11005 ya referido precedentemente del

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78

28 de mayo de 1949, que se consideró como una modalidad del

delito de tráfico ilícito de drogas el cultivo, producción o cosecha de

la hoja de coca cuando se efectuara con la finalidad de obtener

estupefacientes. Este criterio se mantuvo a lo largo de casi todos los

dispositivos penales que se promulgaron sobre la materia, como el

Decreto Ley Nº 19505 también ya analizado que de similar forma

tipifico también el cultivo ilícito de la hoja de coca.

Estos criterios no solo se mantuvieron a lo largo de los años sino

que incluso fueron agravados en otros dispositivos promulgados

posteriormente como el Decreto Ley Nº 22095, que no se limitó a

sancionar el delito relacionado al cultivo de la hoja de coca sin estar

registrados, a los que suministran hojas de coca como forma de

pago por los servicios prestados, y a los que comercializan dicho

producto en zonas no autorizadas, ampliaba el castigo a todos los

que seguían en el tema inicial de esta investigación, el factor

económico.

Al respecto con la finalidad de hacer más eficaz la represión de este

tipo de delito se promulgo el Decreto Ley Nº 22926 el 4 de marzo de

1980, que otorgo facultades especiales a la policía en materia de

reducción y sustitución de cultivos de hoja de coca y amplió la

calificación penal a los que no cumpliesen con los plazos

establecidos por el Ministerio de Agricultura y Alimentación.

A tales efectos, el Decreto Ley Nº 22927 también del 4 de marzo de

1980 definió más exactamente lo que debía entenderse por cultivos

ilícitos a los fines de la calificación penal adecuada. Igual

configuración punitiva aparece en el Decreto legislativo Nº 122 que

sancionaba hasta con una pena menor de diez años al que

sembrara o cultivara como tipificación base y atenuaba solo la

sanción cuando se trataba de un cultivo de pequeña extensión.

Page 79: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

79

Actualmente, con la vigencia del nuevo Código Penal desaparecen

los delitos que de alguna manera se relacionan con el cultivo de la

hoja de coca.

Esto se corrobora con la dación de la Ley Nº 26223 que penaliza la

coacción a la siembra de coca o amapola, mas no así su cultivo.

Nos podemos dar cuenta que el tema de penalización va pasando

de un primer momento que no se ve como un delito el cultivo a

penalizar el cultivo y finalmente no ver un delito el cultivo. Esto nos

indica a simple vista que el cultivo de la hoja de coca no es el

problema. Se centró por muchos años el tráfico ilícito de drogas mas

no se ve el origen del mismo y aquí nos hemos dado cuenta que el

inicio está en el ámbito comercial y en el cultivar la hoja de coca,

pero, se trata de estar atentos al cultivo excesivo. Para poder

entender mejor miremos el siguiente apartado.

4.2. ANALIZANDO ALGUNAS LEYES SOBRE EL CULTIVO DE LA

HOJA DE COCA.

Después de ver el proceso por el cual se busca penalizar a la hoja

de coca (no teniendo claro que se penaliza), se busca ahora

presentar algunas leyes referentes a la hoja de coca, estas leyes nos

permitirá ver en donde se penaliza a la hoja de coca y nos permitirá

al final plantear algunas propuestas sobre la penalización del cultivo

de la hoja de coca.

4.2.1. DECRETO LEY Nº 22095 DE FEBRERO 21 DE 1978.

Ley de Represión del Tráfico Ilícito de Drogas, que evidencia el

compromiso asumido por el Perú desde 1978, de contar con un

marco legal e institucional adecuado para enfrentar de manera

eficiente e integral el problema de la producción, tráfico y consumo

de drogas.

Page 80: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

80

Esta norma fue el primer gran intento de configurar en el Perú una

Ley General de Drogas. No sólo abordó el tráfico de estas

sustancias, sino que también estableció objetivos y acciones en

materia de prevención, rehabilitación y reducción de sembríos de

coca, tales como:

Represión del tráfico ilícito de drogas que producen

dependencia

Prevención del uso indebido de drogas

Rehabilitación bio-sicosocial del drogadicto

Reducción de los cultivos de la planta de coca

En cuanto a su aspecto penal, esta norma configuró como

delitos de tráfico ilícito de drogas la promoción, organización,

financiamiento o dirección de bandas u organizaciones

dedicadas a esta actividad, estableciendo el delito de

asociación, es decir, la sola pertenencia configuraba ya la

conducta tipo.

Esta norma fue modificada en primer lugar por el Decreto

Legislativo 122, en su parte penal, estructurando con una mejor

técnica legislativa los tipos penales establecidos en el Decreto Ley

22095. Lo más resaltante de este dispositivo es que establece con

más claridad la no-penalización del consumo de drogas. Estableció

restricciones procesales y prohibió el otorgamiento de determinados

beneficios penitenciarios.

La Ley N º 27634 de Enero 16 del 2,002 modifica los artículos 41º y

68º de la Ley de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas Nº 22095

4.2.2. EL DECRETO LEGISLATIVO 635

Este decreto legislativo promulgó el Nuevo Código Penal, estando

vigente con algunas modificaciones, artículos 296 al 303. Las

conductas que tipifica como delitos son aquellas que están dirigidas

Page 81: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

81

a promover, favorecer o facilitar el consumo de drogas. Sea a través

de cualquiera de los actos vinculados a la producción o a la

comercialización. En ese sentido, se han tipificado como delitos, la

legitimación de capitales o lavado de dinero, la producción de drogas

ilícitas, la comercialización de insumos para la producción de drogas

y la comercialización de droga. De otro lado, en cuanto la siembra se

ha asumido el cultivo de coca como un problema social, de allí que

se ha descriminalizado el cultivo de esta planta. En cuanto a los

otros cultivos si están penados, habiéndose tipificado como delitos el

cultivo y la financiación. Incluso, en este aspecto la legislación

peruana ha sido severísima toda vez que se pena con cadena

perpetua si el sujeto obliga a la fuerza a la siembra de coca,

adormidera o marihuana.

4.2.3. EL ARTÍCULO 2º DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 824,

LEY DE LUCHA CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE

DROGAS DE DROGAS, MODIFICADO POR LA LEY Nº

28003.

Establece los objetivos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y

Vida sin Drogas y asimismo señala en su parte final que: “La

formulación y actualización anual de la Estrategia Nacional de Lucha

contra las Drogas corresponde al Consejo Directivo de DEVIDA y

será aprobada por el Consejo de Ministros”.

En este sentido, la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas

2007-2011 fue aprobada por el Consejo de Ministros en la sesión del

día 20 de diciembre del 2006, por lo que corresponde disponer su

actualización anual para su presentación al Consejo Directivo de

DEVIDA y su aprobación por el Consejo de Ministros.

Nos damos cuenta por medio de tres decretos legislativos que

aquello que se busca combatir es el tráfico ilícito de drogas, no se

Page 82: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

82

penaliza el cultivo de la hoja de coca, se trata este tema como un

problema social y como se señala solo se busca disminuir el cultivo.

4.2.4. OTROS DECRETOS QUE PERMITEN VER EL PROBLEMA

DE LA HOJA DE COCA.

Miremos en esta parte otras normas de importancia que permitirán

entender que es aquello que se penaliza, no se busca un análisis

exhaustivo de cada norma, principalmente se busca presentar la

penalización del final del problema (el tráfico ilegal de drogas o el

consumo), mas no se busca penalizar el inicio del problema (el

cultivo de la hoja de coca).

A. Decreto Ley Nº 25623 de julio 21 de 1992: Ley para el

control y fiscalización de productos e insumos químicos

directa e indirectamente destinados a la elaboración de

pasta básica de cocaína, pasta lavada y clorhidrato de

cocaína.

B. Ley Nº 27817 de Agosto 13 del 2,000: Ley que Regula la

Penalidad de las Formas Agravadas de la Micro-

Comercialización de Drogas.

C. D.S. Nº 004-2000-AG de marzo 23 del 2000: Prohíben uso

de plaguicidas químicos de uso agrícola, sustancias afines,

productos y agentes biológicos en plantaciones de coca.

D. Ley Nº 28305: Ley de Control de Insumos Químicos y

Productos Fiscalizados. Y sus modificatorias.

E. Decreto Legislativo Nº 986: que modifica la Ley Nº 27765,

Ley Penal contra el Lavado de Activos; publicado el 22 de

julio de 2007.

Page 83: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

83

F. Decreto Legislativo Nº 982: que modifica varios artículos

del Código Penal, entre ellos el 296º, 296º A, 297º, 298º,

299º y 404º sobre Tráfico Ilícito de Drogas y Contra la

Administración de Justicia; publicado el 22 de julio de 2007.

G. Decreto Legislativo Nº 992: que regula el proceso de

Pérdida de Dominio; publicado el 22 de julio de 2007.

H. N° 28054 - Ley de Promoción del Mercado de

Biocombustibles. Publicada el 08 de Agosto del 2003

I. DECRETO SUPREMO N° 045-2009-EM - Prohíben la venta

de Kerosene y Diesel N° 1 y establecen un Programa de

Sustitución de consumo doméstico de Kerosene por Gas

Licuado de Petróleo; publicado el 30 de abril del 2009.

4.2.5. UN EJEMPLO IMPORTANTE DE MENCIONAR.

Finalmente se presenta un ejemplo que permitirá mostrar que lo que

se busca penalizar básicamente es la micro comercialización de la

hoja de coca y no se mira en profundidad el problema del cultivo de

la hoja de coca.

MODIFICANDO EL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE TRÁFICO

ILÍCITO DE DROGAS

LEY N° 28002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

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84

LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE

TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.

Artículo 1°.- Modifica los artículos 296° al 299° del Código Penal

Modificase los artículos 296°, 297°, 298° y 299° del Código Penal en

los siguientes términos:

"Artículo 296°.- Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de

drogas.

El que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas

tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos

de fabricación o tráfico será reprimido con pena privativa de libertad

no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento ochenta a

trescientos sesenta y cinco días-multa, e inhabilitación conforme al

artículo 36°, incisos 1,2 y 4.

El que posea drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias

psicotrópicas para su tráfico ilícito será reprimido con pena privativa

de libertad no menor de seis ni mayor de doce años y con ciento

veinte a ciento ochenta días-multa.

El que a sabiendas comercializa materias primas o insumos

destinados a la elaboración ilegal de drogas será reprimido con pena

privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años y con

sesenta a ciento veinte días-multa.

Artículo 297°.- Formas agravadas

La pena será privativa de libertad no menor de quince ni mayor de

veinticinco años, de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco

días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1, 2, 4, 5

y 8 cuando:

Page 85: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

85

1. El agente comete el hecho abusando del ejercicio de la función

pública.

2. El agente tiene la profesión de educador o se desempeña

como tal en cualquiera de los niveles de enseñanza.

3. El agente es médico, farmacéutico, químico, odontólogo o

ejerce otra profesión sanitaria.

4. El hecho es cometido en el interior o en inmediaciones de un

establecimiento de enseñanza, centro asistencial, de salud,

recinto deportivo, lugar de detención o reclusión.

5. El agente vende drogas a menores de edad, o los utiliza para la

venta o emplea a una persona inimputable.

6. El hecho es cometido por tres o más personas, o en calidad de

integrante de una organización dedicada al tráfico ilícito de

drogas o que se dedique a la comercialización de insumos para

su elaboración.

7. La droga a comercializarse o comercializada excede las

siguientes cantidades: veinte kilogramos de pasta básica de

cocaína, diez kilogramos de clorhidrato de cocaína, cinco

kilogramos de látex de opio o quinientos gramos de sus

derivados, y cien kilogramos de marihuana o dos kilogramos de

sus derivados.

8. La pena será privativa de libertad no menor de veinticinco ni

mayor de treinta y cinco años cuando el agente actúa como

jefe, dirigente o cabecilla de una organización dedicada al

tráfico ilícito de drogas o insumos para su elaboración.

9. Igual pena se aplicará al agente que se vale del tráfico ilícito de

drogas para financiar actividades terroristas.

Artículo 298°.- Micro comercialización o micro producción

La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete

años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días-multa cuando:

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86

1. La cantidad de droga fabricada, extractada, preparada,

comercializada o poseída por el agente no sobrepase los

cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados

ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco

gramos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien

gramos de marihuana o diez gramos de sus derivados.

El Poder Ejecutivo determinará mediante decreto supremo las

cantidades correspondientes a las demás drogas y las de

elaboración sintética.

2. Las materias primas o los insumos comercializados por el

agente que no excedan de lo requerido para la elaboración de

las cantidades de drogas señaladas en el inciso anterior.

La pena será privativa de libertad no menor de seis años ni

mayor de diez años y de trescientos sesenta a setecientos

días-multa cuando el agente ejecute el delito en las

circunstancias previstas en los incisos 2, 3, 4, 5 o 6 del artículo

297° del Código Penal.

Artículo 299°.- Posesión no punible

No es punible la posesión de droga para el propio e inmediato

consumo, en cantidad que no exceda de cinco gramos de pasta

básica de cocaína, dos gramos de clorhidrato de cocaína, ocho

gramos de marihuana o dos gramos de sus derivados, un gramo de

látex de opio o doscientos miligramos de sus derivados.

Se excluye de los alcances de lo establecido en el párrafo

precedente la posesión de dos o más tipos de drogas."

Artículo 2°.- Incorpora el artículo 296°-A al Código Penal

Incorpórese el artículo 296°-A al Código Penal con el texto siguiente:

Artículo 296°-A.- Comercialización y cultivo de amapola y

marihuana y su siembra compulsiva.

Page 87: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

87

El que promueve, favorece, financia, facilita o ejecuta actos de

siembra o cultivo de plantas de amapola de la especie papaver

somníferum o marihuana de la especie cannabis sativa será

reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho años ni

mayor de quince años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y

cinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36°, incisos 1, 2

y 4.

El que comercializa o transfiere semillas de las especies a que alude

el párrafo anterior será reprimido con pena privativa de libertad ni

menor de cinco ni mayor de diez años y con ciento veinte a ciento

ochenta días-multa.

La pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de seis

años y de noventa a ciento veinte días-multa cuando:

1. La cantidad de plantas sembradas o cultivadas no exceda de

cien.

2. La cantidad de semillas no exceda de la requerida para

sembrar el número de plantas que señala el inciso precedente.

Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de

veinticinco ni mayor de treinta y cinco años el que, mediante

amenaza o violencia, obliga a otro a la siembra o cultivo o al

procedimiento ilícito de plantas de coca, amapola de la especie

papaver somníferum, o marihuana de la especie cannabis

sativa."

Artículo 3°.- Deroga los artículos 296°-C y 296°-D del Código

Penal

Derogase los artículos 296°-C y 296°-D del Código Penal.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su

promulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil tres.

Page 88: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

88

CARLOS FERRERO, Presidente del Congreso de la República.-

JESÚS ALVARADO HIDALGO, Primer Vicepresidente del Congreso

de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes

de Junio del año dos mil tres.

Se puede ver con este ejemplo y las diferentes leyes mostradas que

al final lo que se va penalizando son las diversas partes del proceso

de producción de la pasta básica de cocaína, inclusive se puede ver

que se penaliza la micro comercialización pero se mantiene la idea

de que no se mira al productor por diversas razones (el agricultor no

tiene la culpa, etc), pero se debe mirar el cultivo y trabajar en una

serie de normas que busque penalizar ese problema.

Artículo 60.-

Se impondrá prisión no menor de 2 años ni mayor de 5 años:

a) A los conductores de predios rústicos o a los representantes

legales de las Empresas Asociativas de Producción, que

cultiven coca sin estar inscritos en el Registro de Productores

correspondientes; o que habiéndose inscrito cultiven

extensiones mayores a las registradas o autorizadas.

b) Al que suministre hojas de coca como forma de pago total o

parcial de remuneraciones por servicios personales.

c) Al propietario, arrendatarios, administrador, vigilante o

encargado a cualquier título, que consienta la distribución o

consumo de droga en el local o predio a su cargo; y,

Page 89: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

89

d) Al que comercialice hojas de coca en zonas no autorizadas o

en zonas autorizadas sin licencia de ENACO.(*)

(*) Artículo sustituido por el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº

122, publicado el 15-06-81, cuyo texto es el siguiente:

4.3. EL COMPLICADO PROBLEMA DE LA LUCHA ANTIDROGA.

En este apartado se pretende mencionar el problema de mayor

interés para el estado y la sociedad; la lucha contra las drogas. Este

es un problema complejo porque no todo producto producido con

hoja de coca es ilícito. Con el transcurso del tiempo y debido a la

influencia negativa de los agentes del tráfico ilícito de drogas, tanto

lícitas como ilícitas, y al desarrollo de su comercialización a escala

mundial, la problemática estudiada en el Perú ha venido

agudizándose, tornándose sumamente compleja. Hoy día, los

especialistas, ha si como el ciudadano común y corriente percibe la

existencia de gravitantes elementos específicos, tales como:

a. La confusión entre producción de hoja de coca con fines lícitos

e ilícitos, mayoritariamente estimulada por intereses nacionales

y extranjeros.

b. El incremento significativo de productores y consumidores de

drogas ilícitas y lícitas tales como: el tabaco, el alcohol la pasta

básica de cocaína, los tóxicos inhalantes, la marihuana y otras.

c. El incremento del tráfico y comercialización ilícita de drogas

tanto lícitas como ilícitas; los delitos de esta actividad y las

graves consecuencias de la adicción.

d. La vertiginosa evolución de las actividades delictivas que

desbordan la capacidad de los legisladores, las instituciones de

prevención y represión.

e. El carácter internacional del tráfico ilícito que existe el accionar

concentrado de las naciones.

Page 90: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

90

Aquí podemos volver a citar el Decreto Ley N 22095 de fecha 21 de

febrero de 1978, que el gobierno promulga la Ley de Represión al

Tráfico Ilícito de Drogas, instrumento que buscaba desde esa fecha

el poder orientar, de manera integral, la acción del Estado en materia

de tratamiento del problema. Tal Decreto pretendió abordar las

diversas manifestaciones del fenómeno, a saber: la prevención al

uso indebido de drogas, la recuperación del adicto, normar los

aspectos de producción, comercialización y control de drogas en el

país, tipificación del delito de tráfico ilícito de drogas y cuestiones

administrativas referidas a decomisos, incautaciones, normas de

procedimiento e infracciones.

4.3.1. OTRO DECRETO QUE DEBEMOS TENER EN CUENTA:

EL DECRETO LEY Nº 22095

Este es otro decreto que nos permite ver la lucha antidrogas, pero a

diferencia del anterior, este es el decreto ley que inicia la lucha

contra las drogas y que además menciona el cultivo de la hoja de la

coca como un problema mas social que penal. Ahora bien, hay que

tener presente que el Estado busca la forma como se debe ir

reduciendo el cultivo hasta lograr un cultivo totalmente controlado.

DECRETO LEY Nº 22095

1 LEY DE REPRESIÓN DEL TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS

DECRETO LEY N° 22095

(21/02/78)

CONSIDERANDO:

Que la producción ilícita de drogas, su consumo, comercialización

interna y externa por diferentes estamentos sociales y la masticación

de la hoja de coca, constituyen un grave problema social que es

necesario superar, dictándose medidas eficaces dentro de un plan

integral de acción;

Page 91: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

91

Que los dispositivos legales en vigencia para reprimir el tráfico ilícito

de drogas que producen dependencia, no han resultado suficientes

para impedir esta actividad delictuosa, tanto en el orden interno,

como en sus ramificaciones internacionales;

Que la drogadicción, en conjunto, constituye un problema importante

de Salud Pública, un peligro para la familia y una de las principales

causas de estrago físico y mental del ser humano;

Que para la ejecución del lineamiento de política pertinente al

objetivo específico del Sector Salud, previsto en el Plan de Gobierno

"Túpac Amaru", debe intensificarse, en concordancia con la

permanente acción moralizadora del Estado, la represión del tráfico

ilícito de drogas y la prevención de su uso indebido, a la vez que se

debe normar, controlar y sancionar aquellas otras actividades que de

manera directa o indirecta propenden al desarrollo de dicho tráfico, a

fin de combatirlo y conseguir su erradicación, a la par que se logra la

rehabilitación del drogadicto;

Que las acciones antes mencionadas deben a su vez estar

orientadas al cumplimiento de los Convenios Internacionales

vigentes, en especial al destinado a lograr la progresiva erradicación

del cultivo de coca, con excepción del correspondiente para usos

industriales y médico-científicos;

De conformidad con el Artículo 5° del D.L. N° 17063;

En uso de las facultades de que está investido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Page 92: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

92

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1°.- Son objetivos de la presente Ley la represión del tráfico

ilícito de drogas que producen dependencia; la prevención de su uso

indebido; la rehabilitación biosicosocial del drogadicto y la reducción

de los cultivos de la planta de coca.

Artículo 2°.- Para alcanzar los objetivos a que se refiere el Artículo

anterior, se establecen las normas tendentes a perseguir y reprimir el

tráfico ilícito de drogas; se precisan las medidas educativas y

sanitarias para prevenir su uso indebido; se disponen la creación de

centros de tratamiento y rehabilitación del drogadicto y se establece

un régimen para la reducción gradual de los cultivos de planta de

coca, limitándolo a los fines estrictamente científicos e industriales,

en armonía con el cambio de hábitos de consumo.

Artículo 3°.- Los lineamientos de política orientados al logro de los

objetivos enunciados serán establecidos por un Comité Multisectorial

de Control de Drogas, integrado por los Ministros: del Interior, quien

lo presidirá, de Agricultura y Alimentación; de Industria, Comercio,

Turismo e Integración; de Educación; de Salud y un Vocal de la

Corte Suprema de Justicia de la República, designado por su Sala

Plena.

Artículo 4°.- El Ministerio de Educación en concordancia con el

Ministerio de Salud, considerará en todos los programas de

formación de profesionales de la Educación, los diversos aspectos

del uso indebido de drogas, ligados a la problemática de la salud

física y mental del educando.

Page 93: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

93

Asimismo, desarrollará acciones de información y orientación a los

educandos y a los grupos organizados de la comunidad.

Artículo 5°.- En las currículas de los diferentes Programas

Académicos de nivel superior, se considerará materias relacionadas

con el problema del uso indebido de drogas.

Artículo 6°.- El Ministerio de Educación en coordinación con la

Oficina Ejecutiva de Control de Drogas, dispondrá las medidas

necesarias para resolver los diferentes problemas que puedan

presentarse en los centros educativos estatales y no estatales,

relacionados con el uso indebido de drogas, a nivel escolar.

Artículo 7°.- El Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio

de Educación, desarrollará programas de investigación, estudios

epidemiológicos, médicos, científicos y de capacitación técnica sobre

el problema de la drogadicción.

Artículo 8°.- Las acciones de las instituciones particulares

comprendidas en el área educativa relacionadas con la problemática

de las drogas, serán coordinadas con los Sectores de Salud y de

Educación, los cuales brindarán la información y asesoría

correspondientes.

Artículo 9°.- El Sistema Nacional de Información en coordinación

con los Ministerios de Salud y de Educación, difundirá y normará la

información destinada al público para prevenir el uso indebido de

drogas.

CAPITULO II

De las Previsiones

Page 94: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

94

Artículo 10°.- El Ministerio de Salud fijará anualmente las

previsiones en materia de drogas para ser destinadas a uso médico

o científico. Dichas previsiones establecerán:

a) La cantidad anual requerida para el consumo médico científico.

b) La parte de la cantidad referida en el inc. anterior que se

dedicará:

1. A la elaboración de otras drogas.

2. A preparados con uno o varios ingredientes que ofrezcan

muy poco o ningún peligro de abuso, debido a que la

droga no pueda separarse por medios sencillos o en

cantidades que ofrezcan peligro para la salud pública; y,

3. A sustancias derivadas que no producen dependencia.

c) La estimación de las necesidades de adormidera y de otras

especies vegetales sujetas a fiscalización, para su eventual

cultivo por el Estado;

d) La existencia de drogas al 31 de diciembre del año anterior al

que se refieren las previsiones.

e) Las cantidades de drogas necesarias para agregar a las

reservas, que constituyen las existencias especiales; y,

f) La cantidad necesaria de las distintas drogas para fines de

exportación.

Asimismo, podrá fijarse previsiones suplementarias, cuando se

produzcan situaciones que lo justifiquen.

Artículo 11°.- Los Organismos Estatales facultados para efectuar

exportaciones o importaciones de drogas, requerirán de la

correspondiente autorización sanitaria otorgada por el Ministerio de

Salud.

La autorización indicará:

a) La denominación común internacional de la droga, si la tuviera.

Page 95: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

95

b) La cantidad y la forma en que la sustancia se exporta o

importa, el nombre y dirección del importador y del exportador,

en ambos casos.

c) El período dentro del cual habrá de efectuarse la importación o

exportación, el que no podrá ser mayor de 180 días.

Artículo 12°.- La autorización sanitaria a que se refiere el Artículo

anterior, se denominará Certificado Oficial de Importación,

Exportación o en Tránsito, según la operación correspondiente y

será expedida en triplicado de acuerdo con los respectivos

reglamentos caducando a los 180 días de su fecha de emisión.

Artículo 13°.- Las operaciones de importación y exportación de

drogas solamente se efectuarán por las aduanas del puerto del

Callao y del Aeropuerto Internacional Lima-Callao, con la excepción

de hojas de coca que también podrán hacerse por los puertos de

Salaverry y Matarani.

Artículo 14°.- Constituye monopolio estatal la importación y

exportación de las drogas y medicamentos comprendidos en las

listas I al VI, anexas al presente Decreto-Ley en estricta necesidad a

su uso científico, médico y veterinario.

Artículo 15°.- Las adquisiciones a que se refiere el Artículo anterior,

tratándose de situaciones de emergencia, no estarán sujetas al

requisito de licitación pública.

Artículo 16°.- La autoridad competente del Sector Salud,

determinará las condiciones en que las drogas objeto del monopolio

estatal podrán ser adquiridas por:

a) Laboratorios autorizados para elaborar medicamentos que las

contengan.

Page 96: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

96

b) Farmacias y Boticas.

c) Hospitales o Establecimientos de asistencia médica.

d) Instituciones científicas y universitarias.

e) Enfermos hiperalgésicos, en cantidades superiores a la

posología para 24 horas; y,

f) Profesionales encargados del diagnóstico y tratamiento

desadictivo de fármaco-dependientes, así como profesionales

encargados de su aplicación veterinaria.

CAPITULO IV

De la Producción, Comercialización y Control

Artículo 31°.- Queda terminantemente prohibido el cultivo de coca y

almácigos en nuevas áreas del territorio nacional. Esta prohibición

incluye renovaciones y recalces en los cultivos existentes.

Artículo 32°.- El Estado fiscalizará el cultivo de todas las variedades

de coca, adormidera y marihuana. Por Decreto Supremo, se podrá

incorporar otras especies dentro del régimen de control.

Artículo 33°.- Erradicado o sustituido el cultivo de la coca de los

predios de propiedad individual y de las empresas asociativas, sólo

el Estado a través de ENACO, podrá desarrollar dicho cultivo,

cuando lo justifique su industrialización, exportación, uso medicinal o

fines de investigación científica. El cultivo de las demás especies

vegetales sujetas a fiscalización, será de exclusividad del Estado y

únicamente para los fines que se indican en el párrafo anterior.

Artículo 34°.- Los predios no conducidos directamente por sus

propietarios y que se encuentren con cultivos de coca, serán

afectados y expropiados prioritariamente por la Dirección General de

Reforma Agraria y Asentamiento Rural, debiendo cancelarse del

Page 97: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

97

Registro de Productores de la Empresa Nacional de la Coca, a sus

propietarios.

Artículo 35°.- Serán incautados por el Estado y adjudicados a favor

de los campesinos sin tierra, los predios de propiedad individual que

total o parcialmente estuvieran cultivados con coca y no procedieran

sus propietarios a sustituir o erradicar dichos cultivos dentro de los

términos siguientes:

a) Predios de más de 10 hectáreas, dentro de 2 años computados

desde la fecha de vigencia de la presente Ley; y,

b) Predios de 5 a 10 hectáreas, dentro de 3 años computados

desde la fecha de vigencia de la presente Ley.

Artículo 36°.- El Ministerio de Agricultura y Alimentación propondrá

anualmente al Comité Multisectorial las áreas de erradicación y las

de su sustitución gradual del cultivo de coca, según el caso, de los

predios de propiedad individual de menos de 5 hectáreas y los de las

empresas asociativas, de acuerdo a la mayor capacidad de uso de la

calidad de los suelos.

Artículo 37°.- La Policía Forestal de la Guardia Civil del Perú

colaborará especialmente en la aplicación y control de las normas de

reducción y sustitución de los cultivos de coca, así como de los

concernientes al cultivo de especies vegetales prohibidos; poniendo

a los infractores inmediatamente a disposición de la Policía de

Investigaciones del Perú, para los fines de Ley.

Artículo 38°.- En los Proyectos de Asentamiento Rural que apruebe

el Ministerio de Agricultura y Alimentación, tendrán prioridad en la

adjudicación los campesinos cultivadores de la hoja de coca que

estén comprendidos en los programas de erradicación; asimismo,

Page 98: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

98

estos campesinos tendrán preferencia en los contratos de

reforestación que otorgue dicho Ministerio.

Artículo 39°.- Queda prohibido otorgar, bajo ningún título, asistencia

técnica, crediticia, insumos, implementos o maquinaria, para predios

total o parcialmente cultivados de coca, salvo para la sustitución del

cultivo de la coca por otros cultivos.

Artículo 40°.- El Ministerio de Agricultura y Alimentación, efectuará

los estudios necesarios destinados a la sustitución de la coca por

otros cultivos.

Artículo 41º.- El Estado a través de la Empresa Nacional de la Coca

Sociedad Anónima --ENACO S.A.-- realizará la industrialización y

comercialización de la hoja de coca proveniente exclusivamente de

los predios empadronados en aplicación de la primera disposición

transitoria del Decreto Ley Nº 22095.

La industrialización comprende la elaboración de pasta básica de

cocaína, clorhidrato de cocaína y demás derivados de la hoja de

coca de producción lícita con fines benéficos.(*)

---------

(*) Artículo conforme a lo modificado por el Art. 1 de la Ley No.

27634 [T.308§118], publicado el 16/01/2002.

-----------------

Artículo 42°.- Quedan sujetas a fiscalización los productos o

insumos industriales utilizados en la elaboración de drogas, según

relación aprobada por Decreto Supremo.

Artículo 43°.- Los importadores y fabricantes de los insumos sujetos

a fiscalización, llevarán un Registro Especial de Ventas en el que se

indicará la cantidad vendida, nombre y apellidos del comprador,

Page 99: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

99

domicilio comercial real de éste, así como el lugar donde ha sido

entregada la mercadería; conforme a las disposiciones que

establezca al respecto el Decreto Supremo a que se refiere el

Artículo anterior.

Artículo 44°.- Solamente con licencia de la Autoridad de Salud, los

laboratorios de productos farmacéuticos podrán elaborar

medicamentos que contengan drogas, debiendo comunicar la

cantidad y naturaleza de la producción, en la forma y oportunidades

que establezca el Reglamento.

Dichos laboratorios quedan prohibidos de vender directamente al

público tanto la droga pura como los preparados.

Artículo 45°.- Los laboratorios y establecimientos farmacéuticos que

tengan en existencia medicamentos que contienen drogas y que

sean declarados fuera de uso, sufrido deterioro o perdido

efectividad, solicitarán, cuando menos una vez al año, a la Autoridad

de Salud que los califiquen como saldos descartables para su

inmediata custodia y posterior destrucción en la forma que

establezca el Reglamento. En los casos de siniestro o robo, el hecho

se comunicará de inmediato tanto a la Autoridad de Salud como a la

Policía de Investigaciones del Perú.

Artículo 46°.- Prohíbase la venta al público de las drogas

comprendidas en las listas anexas al presente Decreto-Ley.

Artículo 47°.- Los medicamentos que contengan drogas descritas

en la Lista II "A" del anexo de este Decreto-Ley, sólo podrán

venderse al público en las farmacias y boticas, mediante

prescripción otorgada por médico colegiado, extendida en Recetario

Page 100: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

100

Especial para dichos medicamentos exclusivamente y en dosis no

mayor que la necesaria para 24 horas.

La Autoridad de Salud, previa solicitud de parte interesada

acompañada de certificado médico y de la Receta Especial

correspondiente, autorizará el despacho de cantidades mayores que

las posológicas para 24 horas, destinadas al tratamiento de

enfermos hiperalgésicos.

Artículo 48°.- Los medicamentos que contengan las drogas

descritas en la Lista III del anexo de este Decreto-Ley, sólo podrán

venderse al público en farmacias y boticas, mediante prescripción

otorgada por médico u odontólogo colegiados, extendida en

Recetario Especial.

Artículo 49°.- La Receta Especial que prescriba un medicamento

que contenga alguna de las drogas descritas en las Listas II "A" y III,

deberá ser manuscrita por el facultativo en forma legible, con las

cantidades expresadas en letras, debiendo constar el nombre,

apellidos y domicilio del enfermo y del médico tratante con su

número de colegiación profesional, así como el diagnóstico, sólo

tendrá vigencia durante 3 días.

Artículo 50°.- Las Recetas Especiales serán extendidas por

triplicado. El original y una copia las entregará el facultativo al

interesado para la adquisición del medicamento en la farmacia o

botica. La copia restante deberá ser conservada por el facultativo

durante 2 años, para los efectos del control respectivo por la

Autoridad de Salud.

Artículo 51°.- Los establecimientos autorizados para la venta al

público de los medicamentos que contengan drogas comprendidas

Page 101: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

101

en las Listas II "A" y III, solamente las despacharán previa entrega

del original y copia de la Receta Especial respectiva, llevarán un

Registro de Consumo, Ventas y Existencia, así como un Archivo en

el que guardarán debidamente numerados y por orden cronológico,

las guías de remisión y la copia de las Recetas Especiales

despachadas, dejando constancia de la identificación del adquirente.

Artículo 52°.- Los medicamentos que contengan drogas

comprendidas en las Listas II B y IV del presente Decreto-Ley, serán

expedidas al público por farmacias y boticas, mediante receta

médica común.

Artículo 53°.- Los medicamentos que contengan drogas

comprendidas en las Listas II B y IV del presente Decreto-Ley,

únicamente podrán ser adquiridos directamente por los profesionales

encargados de su aplicación.

CAPITULO V

Del Delito del Tráfico Ilícito de Drogas y de las Penas.

Artículo 54°.- El delito de tráfico ilícito de drogas es perseguible de

oficio y denunciable por acción popular; su juzgamiento es

competencia del fuero común.

Artículo 55°.- Se impondrá pena de internamiento a los que

promuevan, organicen, financien o dirijan bandas o grupos de

personas dedicadas al tráfico ilícito de drogas entre el país y el

extranjero.

Los demás integrantes de estas bandas o grupos de personas serán

sancionadas con pena de penitenciaría no menor de 15 años.

Page 102: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

102

Artículo 56°.- Se impondrá pena no menor de 15 años de

penitenciaría:

a) A los que promuevan organicen, financien, dirijan o integren

bandas o grupos de personas para dedicarse al tráfico ilícito de

drogas dentro del país.

b) A los funcionarios, trabajadores públicos o miembros de las

Fuerzas Policiales encargadas de controlar, perseguir,

investigar, juzgar o custodiar que, dolosamente procuren la

impunidad o fuga de los autores, cómplices o encubridores de

los hechos previstos en esta Ley, como delito de tráfico ilícito

de drogas; y,

c) Al que proporcione a cualquier título, capital, bienes,

maquinarias, implementos, insumos, medios de transporte,

para la comisión de los delitos a que se refiere este capítulo.

Artículo 57°.- Se impondrá pena no menor de 10 años de

penitenciaría:

a) Al que administre, instigue o induzca al consumo de drogas a

incapaces o menores de 18 años de edad.

b) Al que administre drogas a otras personas con violencia o

engaño.

c) Al que utilice menores de edad en la comisión de los hechos

delictivos que esta Ley reprime.

d) Al que comercie con drogas en centros educativos,

asistenciales o centros de readaptación social.

e) Al que fabrique sin autorización cualquier clase de drogas de

las previstas en las Listas I y II "A"; y,

f) Al que comercie ilícitamente con drogas consideradas en las

Listas I y II "A".

Artículo 58°.- Se impondrá pena de prisión no menor de 2 años ni

mayor de 15 años:

Page 103: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

103

a) Al que cultive o conserve adormidera, marihuana, coca o

cualquier otra especie vegetal, con el propósito de obtener

drogas o las venda a sabiendas a quien produce drogas

ilícitamente.

b) Al que insigne al consumo de droga, mediante demostración de

su uso u obsequio con fines de tráfico ilícito.

c) Al que teniendo acceso a cualquier droga por razón de su

ocupación o empleo se apodere o disponga de ella sin

autorización.

d) Al que distribuya ilícitamente drogas en pequeñas cantidades,

directamente a consumidores individuales.

e) Al que posea drogas sin autorización, salvo en dosis para su

propio consumo inmediato. La eximencia requerirá peritaje

médico legal; y,

f) Al que administre drogas sin causa médica.

Artículo 59°.- Se impondrá prisión de 4 a 15 años al médico u

odontólogo que recete o administre medicamentos que contengan

drogas, de las previstas en las Listas I y II "A" anexos al presente

Decreto-Ley, si causa que lo justifique.

Artículo 60°.- Se impondrá prisión no menor de 2 años ni mayor de

5 años:

a) A los conductores de predios rústicos o a los representantes

legales de las Empresas Asociativas de Producción, que

cultiven coca sin estar inscritos en el Registro de Productores

correspondientes; o que habiéndose inscrito cultiven

extensiones mayores a las registradas o autorizadas.

b) Al que suministre hojas de coca como forma de pago total o

parcial de remuneraciones por servicios personales.

Page 104: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

104

c) Al propietario, arrendatarios, administrador, vigilante o

encargado a cualquier título, que consienta la distribución o

consumo de droga en el local o predio a su cargo; y,

d) Al que comercialice hojas de coca en zonas no autorizadas o

en zonas autorizadas sin licencia de ENACO.

Artículo 61°.- Toda condena llevará consigo las penas accesorias de

multa y de inhabilitación para el ejercicio de la profesión, la industria

y el comercio. La pena de multa no será inferior a 30 salarios

mínimos vitales de la provincia de Lima, de la actividad económica

de más alta remuneración, ni mayor de 6 meses de la renta bruta del

condenado. La inhabilitación se extenderá todo el tiempo que dure la

condena más 5 años como mínimo después de cumplirla.

Artículo 62°.- No rige para los cómplices del delito de tráfico ilícito

de drogas el beneficio establecido en el Artículo 102° del Código

Penal.

Artículo 63°.- Los extranjeros que hayan cumplido la condena

impuesta serán expulsados del país, quedando prohibido su

reingreso.

Artículo 64°.- No se concederá libertad provisional, liberación

condicional, conmutación, condena condicional ni indulto a los

procesados o sentenciados, según el caso, por la comisión del delito

de tráfico ilícito de drogas.

Artículo 65°.- Se considerará reincidente al condenado en el

extranjero por delito análogo.

Page 105: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

105

CAPITULO VI

Decomiso e Incautaciones.

Artículo 66°.- Serán decomisados las drogas, insumos, fábricas,

laboratorios, alambiques, implementos y enseres empleados en la

producción y fabricación ilícita de drogas.

Los cultivos serán destruidos en presencia del Juez Instructor, de un

representante del Ministerio de Agricultura y Alimentación y otro

representante de la Policía de Investigaciones del Perú,

levantándose a tal efecto el acta correspondiente .

Serán incautados los terrenos de cultivo y afectados a la Dirección

General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural para su posterior

adjudicación a los campesinos sin tierra; también serán incautados

los inmuebles utilizados como fábricas, depósitos o lugares de

expendio, así como los vehículos en que hubiere efectuado la

distribución o transporte de las drogas, siempre que pertenezcan a

los autores, cómplices o encubridores del delito, o a quienes

teniendo conocimiento del mismo no lo hubieran denunciado de

inmediato.

También será incautado el dinero empleado u obtenido en la

comisión del delito de tráfico ilícito, objeto de la investigación, el

mismo que será depositado en el Banco de la Nación, para su

ingreso al Tesoro Público.

Artículo 67°.- Las drogas decomisadas serán depositadas en un

local especial cuya custodia y responsabilidad será del Ministerio del

Interior.

Page 106: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

106

Artículo 68º.- Las drogas decomisadas serán destruidas

públicamente en presencia de una comisión presidida por el Ministro

del Interior integrada por un Vocal de la Corte Suprema y el Director

General de la Policía Nacional del Perú, así como de un Notario

Público, que dará fe del acto. Las drogas que se destruyan serán

analizadas y pesadas momentos antes, por un profesional químico

de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y otro del

Ministerio de Salud, estos últimos así como el Notario serán

designados rotativamente. (*)

---------

(*) Artículo conforme a lo modificado por el Art. 1 de la Ley No.

27634 [T.308§118], publicado el 16/01/2002.

-----------------

Artículo 69°.- Los demás bienes decomisados e incautados serán

administrados o utilizados para el servicio oficial por las

dependencias públicas, mientras se expida la sentencia

condenatoria que ordene su incautación definitiva, o la absolutoria

que disponga su devolución al propietario, pagándose en este último

caso una indemnización equitativa por su uso.

Artículo 70°.- Los bienes incautados o decomisados definitivamente

serán adjudicados al Estado y afectados en uso a los organismos

públicos que se determine. Aquellos bienes que no sirvan para este

fin serán vendidos en pública subasta y su producto constituirá

ingreso del Tesoro Público.

4.3.2. LA LUCHA ANTIDROGA A DIFERENTES NIVELES.

En este apartado, y en forma muy puntual queremos presentar los

diferentes niveles en donde se pretende seguir combatiendo el

problema de las drogas. A nivel regional se tiene el mismo

panorama; así, se tiene la iniciativa andina antidrogas (1989) y los

acuerdos Cumbre de Cartagena (1990) y San Antonio (1992), las

Page 107: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

107

cuales ponen énfasis en la interdicción, penalización del consumo,

erradicación de cultivos y "desarrollo alternativo", cuyos resultados

prácticos han sido el fracaso de estas políticas, expresado en una

mayor militarización, la destrucción o debilitamiento de las

organizaciones campesinas tradicionales y la destrucción de la

estructura agraria y alimentaria pre-existente. Esto nos muestra que

no se planteó un programa de largo a aliento, se buscó resolver el

problema en forma rápida y se creó leyes y decretos como ya se dijo

en líneas anteriores para resolver el final del proceso pero no se

buscó el origen del problema; el origen que está en el cultivo y en

todo lo que este significa.

En la actualidad se tiene que el gobierno peruano ha señalado la

pausa en la lucha antidroga, la decisión del Gobierno se fundamenta

en rediseñar y reorientar la lucha antidroga y que "los resultados son

los que van a primar al final". Se apunta la determinación de priorizar

el control del suministro de insumos para producir droga y la

represión al lavado de dinero del narcotráfico.

Es de tener en cuenta que para atender la demanda mundial de

cocaína el narcotráfico cuenta con condiciones que favorecen sus

actividades en nuestro país. Entre dichas condiciones resaltan la

existencia de grandes áreas con adecuadas características

agroclimáticas, una práctica de cultivo de coca que proviene de una

antigua tradición cultural, la disposición de agricultores para vincular

la producción de hoja de coca al narcotráfico, y la débil presencia del

estado como promotor del desarrollo y garante de la legalidad en

gran parte de los cultivos ilícito.

Page 108: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

108

4.4. UN DECRETO PARA LA LUCHA ANTIDROGAS: DECRETO

LEGISLATIVO 824.

Presentamos casi al final el D.L 824, del mes de abril de 1996, por

medio de este se crea la Comisión de Lucha contra el Consumo de

Drogas (CONTRADROGAS) como ente rector encargado de diseñar,

coordinar y ejecutar acciones integrales contra el consumo de

drogas, en colaboración con los diferentes organismos estatales y

privados. Pasándose a convertirse así en un organismo centralizador

de la lucha contra las drogas en todos sus aspectos y niveles.

4.4.1. UNA LEGISLACIÓN Y OTROS OBJETIVOS:

Planteamos aquí nuevamente la presentación de una ley que nos

señala y reafirma que las leyes se crean para el final del proceso, no

se plantean para erradicar el problema desde sus inicios, en un inicio

vamos presentando en forma numérica algunos objetivos claros:

1. La prevención del consumo de drogas en el Perú, a través de

la educación, la información y la promoción de una vida sana.

Además de la creación y/o fortalecimiento de programas de

rehabilitación de drogadictos.

2. La promoción de sustituir los cultivos de hoja de coca.

3. La promoción de la educación y la concientización nacional,

respecto a la ilegalidad y perjuicio del uso, de la producción,

tráfico y micro comercialización de los derivados de la hoja de

la coca y otras sustancias ilegales.

4. Promover la obtención de recursos destinados a financiar los

esfuerzos nacionales para la lucha contra las drogas, ya sean a

través de la comunidad extranjera o nacional.

En el año 2002, este organismo pasa a denominarse, Comisión

Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA).

Page 109: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

109

La lucha contra el narcotráfico inicialmente tuvo como elemento

central la erradicación compulsiva con énfasis policial y represivo

contra el campesino cultivador, posteriormente evoluciona hacia una

óptica de desarrollo rural integral mediante la actuación del Proyecto

Especial Alto Huallaga, y en la actualidad la política del gobierno

posibilita la participación de los agricultores como interlocutores de

un dialogo por el desarrollo alternativo.

4.5. OTRAS LEYES DE LUCHA CONTRA LAS DROGAS:

Presentamos al igual que los otros apartados algunos decretos

supremos que nos señalan todo lo que hacía el Estado y la sociedad

en su lucha contra las drogas. Importante, empezar con un convenio

internacional sobre la lucha antidrogas. Señalamos para entender

esta idea que el Perú ha ratificado los principales convenios

internacionales en materia de tráfico de drogas como la Convención

Única de 1961 sobre Estupefacientes y la Convención de Naciones

Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias

Sicotrópicas de 1988 estos instrumentos han servido de base para el

desarrollo de nuestra legislación en materia de lucha contra las

drogas.

El problema de las drogas aparece regulado a través de la Ley Nº

4428, de fecha 26 de noviembre de 1921, en donde se concibe a las

drogas como sustancias nocivas, tratando a partir de ese momento

de orientar su control sanitario y comercial. Y estableciéndose

sanciones para quienes se encuentran en posesión de sustancias

controladas (opio, morfina, cocaína, heroína).

Luego, con el Decreto Supremo del 26 de marzo de 1949 y la Ley N°

16185, de 28 de junio de 1966, se introduce en nuestro

ordenamiento la noción de tráfico ilícito de drogas y se contempla el

problema desde la perspectiva de la salud, involucrado con el abuso

Page 110: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

110

de sustancias psicotrópicas. Es en esta etapa que se crea el

Consejo Nacional Ejecutivo contra el Tráfico de Estupefacientes y el

Estanco de la Coca (que más adelante se convertirá en la Empresa

Nacional de la Coca - ENACO), cuyas funciones eran la de regular el

sembrío, cultivo, cosecha, distribución, consumo y exportación de la

planta y sus derivados.

Dentro de las normas dadas desde el Decreto Supremo N° 17505,

de 18 de marzo de 1969, hasta la Ley N° 2344, de 01 de julio de

1982, se puede resaltar el Decreto Ley Nº 22095 que establece la

necesidad de una política antidroga bajo la coordinación de un

Comité Interministerial y de una Oficina Ejecutiva de Control de

Drogas. Afrontándose ahora el problema de las drogas desde una

perspectiva de salud pública en función del consumo y la adicción, y

no sólo desde el punto de vista del control fiscal y policial,

estableciéndose a su vez aspectos procesales relacionados con las

sanciones penales.

Dentro de este grupo de decretos podemos encontrar que para

hacer frente al problema de la producción, se plantea la creación de

la Autoridad Autónoma para el Desarrollo Alternativo (AADA - DS Nº

158-90-PCM) y se da la Ley deBases de la Estrategia Integral para

Erradicar el Tráfico Ilícito de Drogas (DL Nº 753) con lo cual se

sientan las bases para el desarrollo alternativo en las zonas

cocaleras de nuestro país con la siguiente sustitución de la

producción de la hoja de coca los cuales nunca se llevaron a la

práctica. En esta etapa se produce una militarización de la lucha

contra las drogas al incorporarse a las fuerzas armadas, dentro de

una estrategia de represión de este delito y propiciando a su vez la

intervención de los Comités de Autodefensa para evitar la infiltración

del narcotráfico.

Page 111: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

111

El código Penal de 1991 incorpora por primera vez los delitos del

tráfico ilícito de drogas (TID), y el delito de lavado de dinero o

legitimación de capitales provenientes del narcotráfico (incluso con la

eliminación del secreto bancario cuando se trate de TID). Se regula

también el delito de receptación y encubrimiento, agrava las penas

en algunas modalidades del delito (para el narcoterrorismo,

dirigentes de bandas y otros se ha establecido la cadena perpetua),

estableciéndose parámetros para determinar cuando se trata de un

delito de micro comercialización o no (Ley Nº 26320 del 2 de junio de

1994).

En la Constitución Política de 1993, al igual que la Constitución

anterior de 1979, se mantiene la norma que establece que el Estado

Peruano combate y sanciona el Tráfico Ilícito de Drogas (Art. 8°).

Cabe señalar también que el Código Penal vigente desde 1991

despenalizó el cultivo de la hoja de coca, al eliminar como conducta

típica del tráfico ilícito de drogas los actos de sembrío de esas

plantaciones, reafirmando más bien la criminalización de la

elaboración de PBC y cocaína. A través de la Ley N° 28002, del 17

de junio de 2003 se penaliza los actos de sembrío de amapola y

marihuana y se modifican los artículos 296°, 296°-A, 296°-B, 296°-C,

296°-D, 297°, 298° y 299° del Código Penal (VER ANEXO I), los

mismos que se encuentran vigentes hasta la fecha.

Además, con la aprobación del Decreto Legislativo Nº 824 de abril

de 1996 se incorpora a la legislación nacional los procedimientos de

‘agente encubierto’ y ‘remesa controlada’ como instrumentos de

combate del Tráfico Ilícito de Drogas.

Page 112: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

112

CAPITULO QUINTO

CONCLUSIONES:

En concordancia con la información obtenida, se han estructurado las

siguientes conclusiones:

1. La política contradrogas, de los distintos gobiernos del Perú no han sido

diseñadas bajo un enfoque netamente nacional y menos regional,

limitándose claramente a seguir y adoptar medidas acordes con la presión

norteamericana. Por otro lado, particularmente el actual gobierno, ha

realizado continuos cambio de rumbo según las presiones,

particularmente por su bajo índice de aceptación que lo hace de cierto

modo vulnerable a este tipo de acciones. Así vemos que el 2002, se

publicó la Ley N° 27629 que modifica las funciones de CONTRADROGAS

que fue creada como un organismo centralizador del esfuerzo de la lucha

poniéndosele un nuevo nombre (DEVIDA), se modificó la composición de

su Directorio, se le elevó el nivel teniendo su Presidente Ejecutivo rango

de Ministro, asimismo este organismo pasó a depender de la Presidencia

del Consejo de Ministros, y en su directorio participan actualmente el

Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de Agricultura,

Defensa, Economía y Finanzas, Educación, Interior, Justicia, Promoción

de la Mujer y del Desarrollo Humano, Relaciones Exteriores, Salud,

Transportes y Comunicaciones o sus representantes, sin embargo estas

medidas al parecer acertadas no han significado un incremento en la

eficacia del cumplimiento de su misión.

2. La producción nacional no son más de 50 mil en el Perú, los que le

venden su coca a ENACO y están empadronados son aproximadamente

12 mil, los que la vendan al contrabando de uso legal son 24 mil y los que

la venden para el tráfico ilícito de drogas son aproximadamente 14 mil

agricultores. En cuanto a la extensión de cultivos, aunque las cifras son

Page 113: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

113

cuestionables y cuestionadas, existen actualmente en el Perú alrededor

de 12 mil has legales y empadronadas en ENACO, entre 19 y 53 mil has

ilegales destinadas al narcotráfico y no menos de 60 mil has en abandono

que pueden ser recuperadas por el incentivo del aumento de los precio.

3. En cuanto al volumen de comercio de coca, alrededor de 3 mil TM al año

son acopiadas por la ENACO, 6 mil TM por el contrabando con destino

legal y entre 19 y 53 mil TM son destinadas para el tráfico ilegal de drogas

con los que se puede producir entre 75 y 210 TM de clorhidrato de

cocaína para exportación. El consumo interno de cocaína es reducido y

probablemente no llegue a 1 TM al año. En cuanto al consumo tradicional,

en el Perú tenemos 3 millones de pichadores de coca y alrededor de 1

millón más que la consumen en infusiones u otros usos benéficos, tal

como ha establecido recientemente la encuesta nacional que ha realizado

el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) por encargo de la

Comisión Nacional para una Vida sin Drogas (DEVIDA).

4. La mayoría de los cultivos ilícitos de coca, se localizan en ecosistemas de

un valor ambiental incalculable caracterizado por ser los mayores bancos

de germoplasma del país, esto es, la presencia de comunidades bióticas

(fauna y flora) que en muchos casos son únicas y exclusivas de estas

regiones.

5. Una de las principales sesiones acerca de la problemática de las drogas

se celebro en Nueva York del 8 al 10 de Junio de 1998. Este

acontecimiento, conocido con el nombre de la "Cumbre Mundial de la

Droga", fue la mayor reunión multilateral celebrada para combatir el tráfico

y el abuso de drogas ilícitas. La Cumbre se concentró en adoptar un plan

mundial para una gran reducción de la oferta y la demanda de drogas en

el año 2008. Fue una estrategia sin precedentes en la que participaron los

gobiernos, la sociedad civil y el sector privado, ésta exige leyes y

programas nacionales más estrictos a partir del año 2003.

Page 114: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

114

6. El impacto de las drogas es terrible e involucra grandes espectros de la

vida social del país, Se afirma que al expender las drogas en las calles, el

narcotráfico atenta contra la salud de los consumidores y los envilece, y

que estos, en su afán de conseguirlas, perjudican la seguridad de sus

conciudadanos. Para producir las drogas, el narcotráfico somete con

violencia económica y criminaliza a los campesinos. Para introducirlas de

contrabando, viola las fronteras, atenta contra la seguridad internacional y

también narcotizar las economías locales, nacionales y el sector externo

de los países productores. A fin de mantener su negocio, los

narcotraficantes amenazan y corrompen a las autoridades, y asesinan a

policías, fiscales, periodistas, políticos y funcionarios públicos.

7. En el aspecto ambiental la más obvia afectación del cultivo de coca

consiste en la deforestación de la flora nativa, que en la mayoría de los

casos se trata de bosques primarios, donde nunca había existido ninguna

actividad humana. El método más utilizado es la tala y/o quema de miles

de hectáreas de bosques, acciones que ejercen drásticos efectos sobre

los ecosistemas.

8. De acuerdo las estimaciones muéstrales se demuestra que existe un alto

índice de deterioro ambiental generado por el narcotráfico en el Valle del

Huallaga, por lo que la aplicación de un Modelo Estratégico sobre

preservación y conservación del medio ambiente evitaría el daño causado

por los cambios morfológicos de la zona.

9. El "Protocolo de Kioto" en 1997 estableció una serie de compromisos para

limitar y reducir las emisiones de los Países Industrializados, así como

también proteger y mejorar los sumideros de los gases de efecto

invernadero, lo que debe tomarse en cuenta para tener las herramientas

en las negociaciones.

Page 115: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

115

10. Pese a las declaraciones y publicaciones gubernamentales, Las políticas

a nivel interno y externo en la erradicación de la hoja de coca en el Perú

no han logrado disminuir los cultivos.

11. La generación de un Modelo de gestión óptimo para el programa de

desarrollo alternativo parten de la función atribuida a Devida como eje

central, pero con la participación decidida y comprometida, de los agentes

internos y externos para lograr el desarrollo sostenible en las zonas de

mayor densidad del cultivo de las hojas de coca.

12. Se han venido aplicando políticas y acciones de desarrollo alternativo sin

considerar las diferencias de las zonas cocaleras, tipo plantilla. Además

se han financiando cultivos con escasa rentabilidad o sin la investigación

agrícola y comercial debida, Estos errores son repetitivos, sin existir algún

sistema de evaluación de los diferentes niveles.

13. No existe respeto a los compromisos asumidos, tanto por parte de las

entidades públicas como por parte de los agricultores y sus

organizaciones, deviniendo en una falta de seriedad en la aplicación de

procedimientos.

14. Existe una satanización de la planta sagrada de una cultura, que tiene

múltiples funciones dentro del quehacer andino, así como aplicaciones

industriales.

15. No Hay Una Intensiva Participación De La Universidad Agrarias U Otros

Organismos De Investigación Científica Para El Desarrollo, Verificación O

Adaptación De Nuevas Especies Comerciales, Para Las Zonas De Selva,

Que Permita Ampliar Las Posibilidades Productivas, Enfatizando Aquellas

De Alta Demanda Mundial, Productos Orgánicos, Etc. Esta Condición Es

Fundamental Para El Desarrollo.

Page 116: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

116

16. Existen problemas originados por precios internacionales de ciertos

cultivos, lo que se agrava por la falta de vías de comunicación, y falta de

seriedad en la ejecución de los proyectos, como son es estudio técnica y

comercial que viabilice económicamente los proyectos.

17. Para una mejor fiscalización de la comercialización e industrialización de

la coca, no se cuenta con información confiable sobre la cantidad de

personas que la consumen y tampoco sobre el tonelaje de coca natural y

las hectáreas de cultivos que se requieren para ello.

18. No existe el marco legal adecuado, el actual data de 1978.

19. Existe una baja compulsividad para el cumplimiento de las leyes por parte

de la población e incapacidad para un adecuado control por parte de las

autoridades, incapacidad que se incrementa con los niveles de corrupción,

como es el caso de personas que siguen abriendo nuevos cocales pese a

pactos colectivos esta es una condición fundamental.

La propuesta de los campesinos Cocaleros también pasa por la

erradicación de los cultivos ilícitos, pero en forma gradual y concertada, y

fundamentalmente la revalorización de la hoja de coca, buscando su

eliminación de la lista de sustancias prohibidas de la ONU, el fomento del

consumo de la hoja de coca, la revalorización y la eliminación dentro de la

lista de sustancias prohibidas, se trata de un producto agrícola al que es

necesario defender, revalorar y aprovechar, la planta de manera integral

por sus diversos componente beneficiosos como cita la doctora italiana

Enma Luini, la uva no es vino, la cebada no es cerveza y la hoja de coca

no es clorhidrato de cocaína.

20. No se está aprovechando el carácter comunal del poblador andino, su

sentido de pertenencia, como medio obtener su compromiso de

cumplimiento, también aspecto muy importante para poder controlar

grandes extensiones por el contrario se está segregando los acuerdos por

Page 117: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

117

presiones foráneas, debe recordarse que los campesinos organizados en

rondas campesinas ayudaron a la derrota de Sendero Luminoso.

21. Hay sufrientes proyectos de desarrollo alternativo para afirmar que es la

mejor opción de desarrollo sustentable de las regiones cocaleras por lo

que se debe seguir alentando la coordinación con las instituciones

financieras y países, a fin dar una mayor cobertura ya que la existente no

llega al 20% del área como lo declara el director ejecutivo de la oficina de

la onu contra la droga y el delito, quien hace un llamado a la comunidad

internacional de donante e instituciones financieras, para que apoyen al

Perú a incrementar la oportunidades de desarrollo alternativo de las

aéreas de producción existen modelos eficaces que pueden ser modelos

para ensanchar y profundizar los alcances del PDA.

20. No se trabaja con un grado de certeza de información sobre erradicación,

además se tiene conciencia de que no se está trabajando con un

esquema de planeamiento estratégico, lo cual se reafirma con la

existencia de un programa donde se prescribe las normas y

procedimientos técnicos de tierra arrasada.

El apoyo norteamericano es condicionado a avances efectivos en

erradicación, y por sus asuntos internacionales el Perú no constituye una

importante prioridad, en Sudamérica Colombia tiene la primera prioridad

por ser el origen del 90% de la cocaína que ingresa a ese país. Sin

embargo viene apoyando a los programas con fondos de USAID.

La situación peruana con respecto a los cultivos de la Hoja de Coca, si

bien es cierto que es un aspecto negativo de nuestra relación con el

mundo desarrollado, pero es una relación que con una adecuada y

delicada aplicación de políticas, debe convertirse en una Oportunidad

para desarrollar estas zonas deprimidas del país.

Page 118: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

118

CAPITULO SEXTO

6. PROPUESTAS DE SOLUCIÓN

Al final se busca plantear unas alternativas de solución, previamente se

pretende plantear las políticas de Estado frente al problema. No se

plantea solamente leyes, sino que mas bien, se busca mencionar los

diferentes medios por los cuales el Estado busca erradicar el cultivo de

hoja de coca, ya nos dimos cuenta que el Estado ofrece ENACO, y los

cultivos alternativos pero, aquí nos daremos cuenta que esa forma de

enfrentar el problema no da la solución. Empecemos por el tema de las

Políticas de Estado.

6.1. POLÍTICAS DE ESTADO INTEGRALES CONTRA EL CULTIVO DE

LA HOJA DE COCA.

Se empieza este último capítulo reflexionando sobre las políticas de

Estado dedicadas a este problema, pero un dato interesante que

pretendemos presentar son las fechas en donde el Estado toma

postura frente al problema pero, tengamos atención para ver cómo

es que el problema se fue desarrollando.

En 1978, el gobierno militar del General Francisco Morales

Bermúdez en los considerandos previos a la norma que definió su

política antidrogas, especificó que la producción ilícita de drogas, su

consumo, comercialización interna y externa por diferentes

estamentos sociales y la masticación de la hoja de coca, constituyen

un grave problema social que es necesario superar, dictó el decreto

ley 22095 dentro del marco de un conjunto de medidas eficaces y

planes para erradicar el cultivo de la hoja de coca; en dicha ley,

claramente define lo siguiente: Artículo 31°.- Queda terminantemente

prohibido el cultivo de coca y almácigos en nuevas áreas del

territorio nacional. Esta prohibición incluye renovaciones y recalces

en los cultivos existentes.

Page 119: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

119

Podemos ver que desde un inicio lo que la norma y la política de

Estado nos quiere decir, que no se puede cultivar la hoja de coca,

pero, no se contempla la realidad del campesino que como vimos

líneas arriba tiene necesidades y la hoja de coca es una Alternativa

económica, y por otra parte los narcotraficantes también lo ven como

un gran negocio y se aprovechan de los vacíos que tiene el gobierno

frente al problema de la coca.

Bajo la misma ruta de erradicación total, el gobierno de los Estados

Unidos cuando el 04 de diciembre de 1991 promulgó la Ley de

Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA), cuya orientación era la de

apoyar a los países andinos en su lucha contra el narcotráfico; dicha

ley se hizo efectiva en Perú desde agosto de 1993, cuyos alcances y

beneficios terminaron el 04 de diciembre del 2001. Los alcances de

la norma norteamericana fueron renovados y ampliados el 06 de

agosto del 2002 con una nueva ley del gobierno de los Estados

Unidos, la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas y de

Erradicación de la Droga ( ATPDEA ); la misma que ha vencido en el

año 2006.

Según informa la Agencia de Prensa ambiental el 25 de mayo del

2010, el Ministro de Relaciones Exteriores, José Antonio García

Belaúnde, informó que la lucha antidrogas, el tema migratorio y los

avances del Tratado de Libre Comercio (TLC) serán los asuntos más

importantes que abordarán los presidentes Alan García y Barack

Obama en la reunión que sostendrán en Washington. “Uno de los

temas es el migratorio, que para cualquier país latinoamericano es

un asunto prioritario en su agenda con Estados Unidos”, indicó antes

de referir que un segundo tema es la lucha contra las drogas “para

revisar qué hacemos y qué podemos hacer mejor”.

Page 120: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

120

Es decir, que los programas de erradicación de los cultivos de coca,

son promovidos por el gobierno de los Estados Unidos como parte

de su programa de lucha contra las drogas, cuyo objetivo final para

los países productores como Perú, es la erradicación total de tales

cultivos.

Para eliminar los cultivos, se utilizan desde medios mecánicos para

sacar de raíz las plantas para luego quemarlas hasta el uso de

medios químicos como el rociado de herbicidas tales como el

producto Rodeo, o la aplicación del hongo Fusarium oxyporum que

se reproduce por esporas, que no solo acaba con los cultivos de

coca sino con todos los cultivos a los que se aplica incluso a los que

luego del tiempo se infectan por acción del viento como medio

transportador, generando luego serios problemas no solo de todo

tipo de producción agrícola, sino de erosión de suelos por las lluvias

en temporadas de invierno.

6.1.1. LA DIFICULTAD PARA CONSTRUIR UNA POLÍTICA DE

LUCHA CONTRA LAS DROGAS:

Una forma de construir una política de erradicación es pensar en la

realidad en donde se cultivó la hoja y ver todos los mecanismos para

poder plantear un plan integral, pero, ¿qué sucede cuando el

problema tiene unos orígenes en donde este problema formaba

parte de la sociedad?; esto básicamente en la sierra del Perú y en

todos los países andinos, la coca siempre se ha consumido como

estimulante para eliminar el cansancio, el hambre e incluso el sueño

durante el desarrollo de las faenas agrícolas o con fines medicinales;

a ello habría que agregar que la coca tiene un inmenso valor

simbólico para dichas poblaciones que incluso hoy en día la hoja de

coca se utiliza en rituales religiosos de gratitud a la madre tierra

como en la fiesta de las cruces. Tradicionalmente la compra y venta

de estas hojas ha sido legal; existe un mercado legal no solo de la

Page 121: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

121

coca sino de su complemento la mishkina considerada como un

complemento en el chakchado o masticación; de tal manera que la

erradicación total rompe con toda la cultura milenaria andina, lo cual

hace del programa un tema de conflicto social y un tema de daño

económico. Un grave error es considerar a los programas de

erradicación de la coca como una generalizada política de estado

sobre todo cuando se la aplica en forma indiscriminada sin

considerar la realidad económica y social de los espacios

territoriales.

Vimos el problema en donde la coca era un compañero del agricultor

de la sierra,. Ahora no solo miremos el tema tradicional, miremos

también que nuestro problema de cultivo es similar a otros países

cercanos al nuestro. Esta es una actividad ilegal lo es la producción

de cocaína que es impulsado por los carteles de la droga que surgen

en los años 80 en Colombia, quienes han convertido a la hoja de

coca en su materia prima para la producción de pasta básica de

cocaína sobre todo en países como Perú y Bolivia los que por sus

condiciones de suelo y de clima producen hoja de óptima calidad; en

dichos países , los campesinos dado la marginación y el olvido por

parte del Estado, se vieron inducidos a producir éste cultivo dado su

alta rentabilidad aún en pequeñas parcelas; no existe ningún cultivo

mas rentable ahora que lo sustituya; es el único que se cosecha

cuatro veces por año y con un precio estable o al alza.

Ahora finalmente debemos concluir que el cultivo de drogas y la hoja

de coca están asociados al crimen organizado y como un tema de

salud pública, y como tal se debe criminalizar el cultivo excesivo de

la hoja de coca estableciendo una penalidad incorporando al Código

Penal como delito el cultivo en exceso incorporándolo al Art. 296 A;

para ello se establecer una amnistía con los productores y si no

formalizan aplicar el Código Penal con su Jus Punendi lo que

devendría en penas rigurosas así como la perdida de dominio de la

tierra.

Page 122: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

122

Sin embargo, la mayoría de campesinos se resisten a dejar el cultivo

ilegal apoyados por terroristas infiltrados en el narcotráfico, pero el

Estado no debe de dar tregua a este problema Nacional

primeramente se debe establecer mesas de diálogos con las

Federaciones con los cocaleros para explicarles su informalidad y

les conviene con las salidas que da el Estado de pasar a ser

formales.

Las crisis económicas en algo han promovido el desarrollo de la

industria de drogas ilegales; en la década de los 80, cuando todo

América Latina vivía una profunda crisis, Colombia fue el único país

que no la padeció y fue en esa época que concentró la industria de

la coca. La corrupción muy cercana a los altos niveles de las

instituciones democráticas, también promueve éste negocio ilegal.

Las políticas represivas contra el tráfico de drogas son mucho más

severas en los Estados Unidos que en Europa; sin embargo, durante

los últimos 20 años los precios de la cocaína han sido mucho más

altos en Europa que en Estados Unidos. El precio de las drogas lo

determina su cantidad demandada, en los Estados Unidos el

equivalente a un gramo de cocaína pura se puede vender al detalle

entre 100 dólares y 120 dólares mientras que en las ciudades de los

países andinos se vende en unos tres o cinco.

No solamente nos damos cuenta que existe una dificultad en el

campo ancestral, también hay un problema en saber que grupos de

narcos promueven el cultivo desde el Perú o los países aledaños en

donde también se puede cultivar la hoja de coca, también participan

países desarrollados que se ven afectados por la venta ilegal de

clorhidrato de cocaína. De manera especial podemos decir que

políticamente para contrarrestar la actividad agrícola de cultivo de

coca, el gobierno de los Estados Unidos a través de su oficina de

ayuda en el exterior USAID (Agencia de los EE.UU. para el

Page 123: 5 Penalizacion Cultivo Hoja de Coca

123

Desarrollo Internacional), sientan las bases para ayudar a un

crecimiento económico y al acceso a mercados para micro,

pequeñas empresas y medianas empresas con el fin de apoyar a la

reducción de la pobreza y lograr mejores niveles de inclusión social

en todos los aspectos que el tema relaciona. Además, USAID, tiene

algunos programas como el apoyo y fortalecimiento de la

democracia, apoyando a fortalecer a los gobiernos locales para

actuar como freno al tráfico de drogas en todas sus manifestaciones,

la tala ilegal de arboles y prácticas criminales; programas de

crecimiento económico tendiente a aliviar la pobreza; programas de

manejo del medio ambiente a fin de lograr un manejo sostenible de

los recursos naturales; programas de salud en estrecha coordinación

con el Ministerio del sector; programas de educación como un eficaz

medio de acceso a un mejor nivel de vida; programas de cultivos

alternativos en un enfoque de lucha frontal contra el negocio de

narcóticos mediante el desarrollo de proyectos definidos por las

propias comunidades en áreas como infraestructura .

Es en el marco de programas, que USAID, promovió una política de

sustitución de cultivos, donde la coca era reemplazada por café,

banano, piña, palma aceitera y otros cultivos de climas tropicales.

En la realidad, en la mayoría de los territorios del mundo andino

peruano, se siente una presencia muy limitada o la ausencia total del

programa; hecho que hace posible el desarrollo de mayores

actividades para reiniciar la producción de coca como cultivo ilícito.

Los programas de erradicación de los cultivos han sido

indiscriminados y como en el caso de los pueblos del Alto Chicama

en la Libertad, donde luego de eliminar los cultivos, ni el Gobierno ni

USAID, nunca han desarrollado ninguna acción para contrarrestar

los efectos negativos en el plano económico de su accionar.

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124

6.1.2. EN UN INICIO LA POLÍTICA DE CONTRADROGAS.

El Decreto Legislativo Nº 824 del mes de Abril de 1996 estableció un

conjunto de normas destinadas a reorientar las acciones de lucha

contra las drogas. Una de las principales medidas fue la creación de

CONTRADROGAS como ente rector encargado de diseñar,

coordinar y ejecutar acciones integrales contra el consumo de

drogas, en colaboración con los diferentes organismos estatales

involucrados, incluyendo el Ministerio del Interior, la Policía Nacional

y las Fuerzas Armadas.

De acuerdo al dispositivo de fundación los principales objetivos de

CONTRADROGAS fueron los siguientes:

1. Prevenir el consumo de drogas en el Perú, enfocando las

acciones de prevención desde la perspectiva educativa,

ofreciendo acciones de información y promoción de una vida

sana.

2. Contribuir a la creación y/o fortalecimiento de programas de

rehabilitación de consumidores de drogas.

3. Promover la sustitución de cultivos de hoja de coca y crear

conciencia acerca del peligro de otros tipos de cultivos ilícitos.

4. Promover el desarrollo de programas de educación y de

concientización nacional, respecto a la ilegalidad y perjuicio del

uso, de la producción, tráfico y microcomercialización de los

derivados de la hoja de coca y otras sustancias ilegales.

5. Promover ante la comunidad nacional, internacional y

extranjera la obtención de recursos destinados a financiar los

esfuerzos nacionales para la lucha contra las drogas en sus

diversas facetas.

La administración del ente rector estuvo en manos de un Directorio

presidido por un Ministro de Estado designado por el Presidente de

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125

la República, e integrado por otros 4 Ministros. La Gerencia de la

institución recaía en un Secretario.

Ejecutivo que asume responsabilidad por el manejo técnico y

administrativo.

La creación de la comisión implica que el Estado Peruano reconoció

la necesidad de contar con un organismo centralizador de la lucha

contra las drogas en todos sus aspectos y niveles. Por ello, desde su

creación, CONTRADROGAS se ha involucrado en acciones de

coordinación y organización de las fuerzas públicas y privadas que

buscan enfrentar el narcotráfico y sus múltiples implicancias

sociales, políticas y económicas.

De acuerdo a la ley 27629, son funciones de Contradrogas:

a) Diseñar y conducir y la Política nacional de Lucha contra el

tráfico ilícito de drogas, el consumo ilegal de drogas tóxicas,

promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas

cocaleras del país.

b) Prevenir el consumo de drogas en el Perú. Se enfocará la

prevención desde la educación, información y la promoción de

una vida sana a través del desarrollo de diversas acciones para

tal fin.

c) Contribuir a la creación y fortalecimiento de programas de

rehabilitación de drogadictos.

d) Promover la sustitución de cultivos de coca, amapola y de otros

tipos de sembríos de los cuales se puede producir drogas

ilícitas.

e) Promover el desarrollo de programas de educación y de

concientización nacional respecto a la ilegalidad y perjuicio del

uso, de la producción, tráfico y micro comercialización de los

derivados ilícitos de la hoja de coca y otras sustancias ilegales.

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126

f) Promover ante la comunidad internacional, extranjera y

nacional la obtención de recursos destinados a financiar los

esfuerzos nacionales para la lucha contra las drogas en todos

sus aspectos, supervisando el desempeño de las entidades

públicas y privadas que ejecuten el financiamiento señalado,

dando cuenta a la Contraloría General de la República y a la

Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República.

6.1.3. DE CONTRADROGAS A LA POLÍTICA DE DEVIDA

A nivel ya de gobierno peruano, existe un organismo público

denominado DEVIDA LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL

DESARROLLO DE VIDA SIN DROGAS, un organismo público

adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, cuyos de acuerdo

al Decreto Supremo No 032 – 2002 - PCM son:

a. Diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha contra el

Tráfico Ilícito de Drogas, el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas,

promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas

cocaleras del país.

b. Prevenir el consumo de drogas en el Perú, enfocando la

prevención desde la educación, la información y la promoción

de una vida sana a través del desarrollo de diversas acciones

para tal fin.

c. Contribuir a la creación y/o fortalecimiento de programas de

rehabilitación de drogadictos.

d. Promover la sustitución de los cultivos de hoja de coca,

amapola y de otros tipos de sembríos de los cuales se puede

producir drogas ilícitas.

e. Promover el desarrollo de programas de educación y de

concientización nacional, respecto a la ilegalidad y perjuicio del

uso, de la producción, tráfico y micro comercialización de los

derivados ilícitos de la hoja de coca y otras sustancias ilegales.

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127

f. Promover ante la comunidad internacional, extranjera y

nacional la obtención de recursos destinados a financiar los

esfuerzos nacionales para la lucha contra las drogas en todos

sus aspectos.

A nivel de conclusión, es útil reflexionar sobre las implicancias de las

políticas de estado que deben tener como fin supremo mejorar los

niveles de vida de la población. El tema cocalero es un tema de

conflicto; es por ello que los programas de erradicación total de los

cultivos de coca antes de ser aplicados deberían considerar la

realidad económica y social de los espacios territoriales a fin de no

generar mayores niveles de pobreza con toda su secuela de efectos

para la vida de un país.

ES NECESARIO COMPULSARLO CON LA OPINIÓN DEL

ACTUAL JEFE DE DEVIDA RICARDO SOBERON:

Soberon, habla de reducción en término más compresivo que

erradicación, el gobierno va erradicar los cultivos de coca ilegales

bajo tres criterios:

Cuando estos se encuentren en unidades de conservación en

la selva alta y baja.

Cuando los cultivos se encuentren en la periferia de pozas de

maceración.

Y cuando los cultivos sobrepasen un unidad de extensión de

territorio permitido, aunque claro vale decir que el mismo

Soberon no sabe si será un cuarto, media o una hectárea, lo

que Soberon olvida es que existe un marco legal que regula el

tema de la erradicación de coca ilegal y que señala que son

ilegales y que deben erradicarse, todos aquellos cultivos que

no se encuentran debidamente empadronados por ENACO, por

lo que se entiende que se debe realizar en todos los lugares

donde no estén empadronados.

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128

Entonces es necesario partir de un glosario de términos, para

que se entienda:

6.1.3.1. CONCEPTOS A CONSIDERAR PARA LA POLÍTICA DE

LUCHA CONTRA LAS DROGAS

INTERDICCIÓN:

Se denomina interdicción a las acciones de identificación y captura

de bandas de traficantes, incluyendo a las personas involucradas en

la provisión de materia prima y químicos para la elaboración de las

drogas.

En el Perú no está penalizado el cultivo de coca, lo que se penaliza

es la siembra excesiva lo que se destina al narcotráfico. En el Perú

no se penaliza el consumo de drogas, sin embargo cuando una

persona se encuentra en posesión de drogas se procede a su

detención hasta que se compruebe si se trata de un traficante o

consumidor.

ERRADICACIÓN:

En el Perú, únicamente está permitida la erradicación de cultivos en

forma manual a diferencia de otros países en la que las acciones de

erradicación son aquellas orientadas hacia el descubrimiento y

destrucción de áreas con cultivos de coca empleando medios

químicos (uso de herbicidas) o físicos (principalmente la

incineración), esto se lleva actualmente con el proyecto CORAH.

POLÍTICAS SOCIALES GENERALES

El rol del gobierno juega un rol importante, ya que al ser un problema

nacional y al ser un país único y no federal, se debe hacer entender

que la erradicación debe ir acompañada con la sustitución o los

cultivos alternativos se le debe hacer entender al campesino que

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129

esta cometiendo un ilícito y que se debe reformar de acuerdo al

estado de derecho. Un número importante de la población confunde

erradicación con sustitución.

Acá es importante la presencia del Estado, ya que en estas zonas

casi inhóspitas el campesino cocalero casi tiene como único medio

de fuente de información la radio a mano que la lleva y acá juegan

un papel importante los narradores de noticias, en la que satanizan

las labor del gobierno dando un doble discurso, que los quieren dejar

en la miseria y que se levanten contra el gobierno, que al erradicar

su siembra se quedaran sin terrenos pobres, por eso lo catalogan

como enemigo a la Policía, Fiscalía, Poder Judicial. Por eso es

necesaria la presencia del Estado con programas como

radioprogramas del Perú, donde cortan las señales confabuladas

con las autoridades de la localidad.

POLÍTICAS

Lo que se debe es erradicar la pobreza que existe en estas zonas y

que lleva a los campesinos a sembrar la coca, principal insumo para

la elaboración de la droga; quienes defienden la política antidrogas

basado en la erradicación compulsiva parten de una premisa

equivocada de que disminuyendo la oferta de estupefacientes, se

lograra elevar el costo del producto y que ello desincentivara

finalmente el consumo.

Por otro laso se aprecia corrupción que permite el ingreso de

insumos químicos con que se elabora la droga. Debe haber un

eficiente cruce de información con las Instituciones involucradas, lo

que permitirá un verdadero sistema de prevención y de control de

lavado de activos.

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130

El problema de los insumos químicos no es un problema de leyes,

es un problema de la corrupción que ha penetrado en todos los

elementos del Estado. Uno puede prohibir el kerosene pero igual va

a seguir llegando.

Los cultivos alternativos se deben seguir manteniendo, pero no es

acertado lo indicado por el Ministro Lerner en el sentido que se les

va a dar subsidios a los que siembren otros productos durante el

tiempo que dure que salga el producto. Esto no es acertado que

garantiza que ese dinero no lo utilizaran para seguir sembrando coca

en otras localidad la que se ha afectado en varia regiones y se ha

dispersado hacia otros lugares, se debe dar una adecuada

supervisión del dinero, que se entrega no vaya a ser como el

programa juntos que no sirve para nada.

En el Perú ya no existe barones de la droga, sino pequeñas empresa

o mipes, que mueven buenas cantidades de dinero, la tecnología del

procesamiento de la hoja de coca se ha simplificado muchísimo,

esto hace que el campesino sea ahora narcotraficante. La guerra

contra el narcotráfico no está perdida siempre y cuando se aplique

un efectivo programa de desarrollo alternativo y se realice un buen

trabajo de inteligencia contra el crimen organizado.

No debe haber erradicación sin programas alternativos, es

obligación del Estado ofrecer y garantizar la sustitución de cultivos.

Pero si se incumple esto la sustitución, no se puede detener la

erradicación forzosa, porque es una manera de frenar el

narcotráfico.

Hay una flagrante contradicción entre lo planteado por el Presidente

Humala, una reducción de los sembríos ilegales y sin embargo

mantiene a SOBERON que propone una reducción selectiva, parece

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131

que mantiene a Soberon para que no se vengan encima los

cocaleros, por lo que no estaría cumpliendo el Presidente lo que

propuso a los cocaleros; la coca es un problema social que se tiene

que afrontar con total trasparencia.

Se han financiado proyectos basados en sustitución de cultivos,

sustitución de rentas, desarrollo integral sustentable, auto

erradicación voluntaria, entre otros términos de la jerga de las

agencia de cooperación. Los resultados están a la vista. El fracaso

de esta estrategia esta directamente vinculada a la débil capacidad

de gestión del estado y de la agencia de cooperación internacional.

Es importante señalar para que los cultivos alternativos sean

sostenibles no solo es necesario el financiamiento y la maquinaria.

Es necesario un marco jurídico con reglas claras, así como

asistencia económica técnica y permanente, en este aspecto el

estado y los agentes de cooperación internacional no han

respondido a las expectativas depositadas en ellos.

6.2. A MANERA DE COLOFÓN.

Por supuesto que no hay recetas mágicas, ni de las que resolverían

el problema de la noche a la mañana. Pero todos sabemos que no

han funcionado, aunque no lo quieran reconocer sino unos pocos

solicitaros analistas y vilipendiados políticos, las políticas optadas

por nuestro Gobierno han sido un fracaso por lo que cualquier otra

propuesta que no contribuya al problema puede ser muy útil por lo

que hemos planteado que se debe tratar de atacar el problema

desde la cadena productiva modificando el esquema monopsomico

de la comercialización de la hoja de coca y la forma de enfrentar el

trafico de los precursores químicos tratando de evitar que la hoja de

coca llegue a manos de los fabricantes y los insumos químicos

lleguen a las fincas cocaleras.

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132

Por lo que se debe fortalecer un nuevo ENACO con mayor

presupuesto y personal adecuado que controle al productor que este

registrado en un nuevo padrón, poniendo énfasis en que el exceso

se debe expropiar y revertir las tierras de aquellos campesinos que

no le vendan a ENACO y entregarlas aquellos campesinos pobres

que no tengan tierras; por otro lado si se le va otorga subsidios a

aquellos campesinos que hayan decidido sembrar café, plátano,

palma aceitera, en el tiempo que demoren en salir sus cosechas

tienen que estar reforestando los campos de aquellos terrenos que

los dedicaron a la siembra ilegal; por otro lado ENACO debe otorgar

unas tarjetas llamase verde, rojo a aquellos productores que le

vendan su coca así como debe de entregar boletas que genere

impuesto a la renta y la SUNAT debe hacer los cruces respectivos.

Mientras mayor presencia del Estado haya en estas zonas se

intentara solucionar en algo este problema nacional.

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133

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