42'0 -2017-ana/aaa xii fileque, la administrada presentó solicitud (folio 01 ), recibo de...

3
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 4 2'0 -2017-ANA/AAA XII.UV Cusco, 113 JUN 2017 VISTO: El Expediente Administrativo 534-2017, con CUT 45208-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua La Convención, presentado por la señora Juana Mansilla de Elguera, identificada con DNI Nº 24977494; en calidad de Propietaria del Predio Rústico Miraflores del sector Suriray del exfundo Huadquina, del distrito de Santa Teresa, Parcela signada con el 38-11 ; Solicitando Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico para la obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, para el Proyecto "Mejoramiento del Micro s ·stema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa". 1 ~v.:.11J.s, CONSIDERANDO: º ~: 1 d: } Que, según establece el artículo 15º de la Ley 29338, Ley de .~ ecursos Hídricos la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y ·o,q e-ro~~'" extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; Que, el numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de 1s r 1 ~ Recursos Hídricos, modificado por Decreto Supremo 023-2014-MINAGRI , establece: El i~ ~~<} procedimiento para la obtener la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico está Et F \ujeto a silencio administrativo positivo, el cual no puede exceder los veinte (20) días hábiles. La i u~ o ir ' Jutorización es posterior a la aprobación del instrumento de gestión ambiental y la autorización para el 4 .i;._ u . ~esarrollo de la actividad a la que se destinará el uso del agua, cuando corresponda, ambas aprobadas ·yp, ·~ por la autoridad sectorial competente. Se caracteriza por : a) Su otorgamiento comprende la aprobación •SOUp,l del Plan de Aprovechamiento y del Esquema Hidráulico. b) Garantiza a su titular la obtención de la licencia de uso de agua, con la sola verificación que las obras han sido realizadas conforme a la autorización otorgada. c) No excluye la obligación del administrado de obtener el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - GIRA, cuando corresponda, previamente al inicio de la ~~~'" 15 1!TR.4~ ejecución de las obras. d) Su plazo es igual al cronograma de obras aprobado por la autoridad sectorial Cl'l.B \ competente. De no existir, es igual al contemplado en el cronograma de ingeniería contenido en el s ~ 9 ~, ª . ~ Esquema Hidráulico. Asimismo el artículo 16º sobre Autorización de Ejecución de Obras de ;;us 0 1. · · l Aprovechamiento Hídrico, de la R.J. Nº 007-2015-ANA de fecha 08. 01 .2015, establece en su numeral ·s " . .'" 16.1) la AAA en un sólo acto otorga: a) Aprobación del Plan de Aprovechamiento: El cual no debe OAI\ afectar los derechos de uso de agua de terceros, incluyendo los de las Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, b) Aprobación del Sistema Hidráulico del Proyecto: El cual se refiere a las obras de captación, uso y devolución de aguas, debe estar dimensionado de acuerdo con la demanda de agua del proyecto, c) Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico: la cual garantiza a su titular la posterior obtención de la licencia de uso de agua. Numeral 16.2) Para obtener esta autorización el administrado debe demostrar que cuenta con: a) La Acreditación de la disponibilidad hfdrica, b) Cuando corresponda, la propiedad o posesión legftima del predio, lugar o unidad operativa donde se efectuarán las obras de captación o alumbramiento, c) La propiedad o posesión legítima del predio, lugar o unidad operativa donde se utilizará el agua solicitada, d) Certificación ambiental del proyecto o en su defecto pronunciamiento de la autoridad sectorial competente señalando que no se requiere de la misma, e) Cuando corresponda, la autorización o concesión para el desarrollo de la actividad a la cual se destinará el uso del agua, emitida por la autoridad sectorial correspondiente (. . .). El Artículo 17°, del mismo cuerpo normativo estable que: el Formato anexo para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico es (. . .) a) Formato Anexo 11, para autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hfdrico superficial; 1

Upload: others

Post on 10-Sep-2019

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nro. 4 2'0 -2017-ANA/AAA XII.UV

Cusco, 113 JUN 2017 VISTO:

El Expediente Administrativo N° 534-2017, con CUT N° 45208-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua La Convención, presentado por la señora Juana Mansilla de Elguera, identificada con DNI Nº 24977494; en calidad de Propietaria del Predio Rústico Miraflores del sector Suriray del exfundo Huadquina, del distrito de Santa Teresa, Parcela signada con el 38-11 ; Solicitando Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico para la obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, para el Proyecto "Mejoramiento del Micro s ·stema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa".

1~v.:.11J.s, ~ CONSIDERANDO:

º ~: 1d: } Que, según establece el artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de

.~ ecursos Hídricos la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y ·o,q e-ro~~'" extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

Que, el numeral 84.1 del artículo 84º del Reglamento de la Ley de 1s r1~ Recursos Hídricos, modificado por Decreto Supremo Nº 023-2014-MINAGRI , establece: El i~ ~~<}procedimiento para la obtener la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico está

~ Et F \ujeto a silencio administrativo positivo, el cual no puede exceder los veinte (20) días hábiles. La ~ iu~oir ' ~~ Jutorización es posterior a la aprobación del instrumento de gestión ambiental y la autorización para el 4.i;._ u .~esarrollo de la actividad a la que se destinará el uso del agua, cuando corresponda, ambas aprobadas ·yp, ·~ por la autoridad sectorial competente. Se caracteriza por: a) Su otorgamiento comprende la aprobación

•SOUp,l del Plan de Aprovechamiento y del Esquema Hidráulico. b) Garantiza a su titular la obtención de la licencia de uso de agua, con la sola verificación que las obras han sido realizadas conforme a la autorización otorgada. c) No excluye la obligación del administrado de obtener el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos - GIRA, cuando corresponda, previamente al inicio de la

~~~'"151!TR.4~ ejecución de las obras. d) Su plazo es igual al cronograma de obras aprobado por la autoridad sectorial

~ Cl'l.B \ competente. De no existir, es igual al contemplado en el cronograma de ingeniería contenido en el s ~9~, ª . ~Esquema Hidráulico. Asimismo el artículo 16º sobre Autorización de Ejecución de Obras de ;;us01. · · l Aprovechamiento Hídrico, de la R.J . Nº 007-2015-ANA de fecha 08.01 .2015, establece en su numeral ·s " . .'" 16.1) la AAA en un sólo acto otorga: a) Aprobación del Plan de Aprovechamiento: El cual no debe

OAI\ afectar los derechos de uso de agua de terceros, incluyendo los de las Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, b) Aprobación del Sistema Hidráulico del Proyecto: El cual se refiere a las obras de captación, uso y devolución de aguas, debe estar dimensionado de acuerdo con la demanda de agua del proyecto, c) Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico: la cual garantiza a su titular la posterior obtención de la licencia de uso de agua. Numeral 16.2) Para obtener esta autorización el administrado debe demostrar que cuenta con: a) La Acreditación de la disponibilidad hfdrica, b) Cuando corresponda, la propiedad o posesión legftima del predio, lugar o unidad operativa donde se efectuarán las obras de captación o alumbramiento, c) La propiedad o posesión legítima del predio, lugar o unidad operativa donde se utilizará el agua solicitada, d) Certificación ambiental del proyecto o en su defecto pronunciamiento de la autoridad sectorial competente señalando que no se requiere de la misma, e) Cuando corresponda, la autorización o concesión para el desarrollo de la actividad a la cual se destinará el uso del agua, emitida por la autoridad sectorial correspondiente (. . .). El Artículo 17°, del mismo cuerpo normativo estable que: el Formato anexo para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico es (. . .) a) Formato Anexo Nº 11, para autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hfdrico superficial;

1

Que, la administrada presentó Solicitud (folio 01 ), Recibo de Ingreso Nº 142-000798 por derecho de trámite (folio 02), Compromiso de pago por inspección ocular (folio 03), Declaración jurada de impacto ambiental (folio 04), Certificado de Habilidad Profesional (folio 05), Memoria Descriptiva (fojas 06 al 74), Planos (fojas 75 al 79), Cronograma de ejecución de obras (folio 80), copia Resolución Di rectoral Nº 120-2017-ANA/AAA XII . UV, de fecha 13-02-2017 que Acreditación de Disponibilidad Hídrica con Fines Agrarios, para el "Estudio para la Acreditación de Disponibilidad Hídrica para la Obtención de Licencia de Uso de Agua Agrario - Parcela Miraflores -Suriray - Santa Teresa", a favor de Juana Mansilla de Elguera, identificada con DNI Nº 24977494 (fojas 81 y 82), CD (folio 83). Mediante Notificación Nº 20-2017-ANA-AA-XII-UV/SDARH (folio 85), la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos de esta Autoridad, requiere a la administrativa levantar observaciones; con escrito de fecha de recepción 27-04-2017 (folio 86) la administrada levanta las observaciones presentando la siguiente documentación: Memoria descriptiva (fojas 88 al 117), Cronograma de ejecución de obras (folio 118), Declaración jurada de impacto ambiental (folio 119), copia de Contrato de Compra Venta Nº 1724-69 (fojas 120 y 121 ), copia ilegible de Descripción de parcela (fol io 122), copia Auto Final - Resolución Número nueve (folio 123 al 126);

Que, con Informe Técnico Nº 112-2017-ANA-AAA-XII-UV/SDARH/ PSL/CML (fojas 127 al 129) elaborado por el Profesional en el área técnica de la Sub DARH, suscrito

"~orla Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos de esta Autoridad, informe que concluye: ff Abog. 1v1s {eñora Juana Mansilla Elguera, ha cumplido con la presentación de requisitos sobre Autorización de ~ ~~~oir . ~ ~ecución de obra según al artículo 16º de la Resolución Jefatura N° 007-2015-ANA; Por lo tanto se \ . . u oriza la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico del módulo de Aprovechamiento Hídrico ~ t superficial del "Mejoramiento del Microsistema de riego predio Miraflores , distrito de Santa Teresa,

provincia de la Convención , región Cusca, con punto de captación de coordenadas UTM WGS 84, 760074 E , 8544922 E. Revisado la resolución Ministerial 298-2013-MINAN , en su Artículo Nº 02 Precisar que el ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de autoridad competente en el marco

).\~ISTR.4 del SEIA, aplicará el Informe de Gestión Ambiental (IGA) para aquellos proyectos de competencia del ~,;>'tl '¾a Sector Agrario no comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de impacto Ambiental, en

g ln!lt,. ni \ concordancia con el artículo 37 del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, aprobado i F1,-, , v s mediante Decreto Supremo No 019-2012-AG; al respecto la administrada ha presentado una \ wsc, OAA,5 Declaración Jurada de Impacto Ambiental, el cual precisa que la ejecución de las actividades de

·$0 A~--'"' ·" mejoramiento y mantenimiento del microsistema de riego familiar no genera impactos ambientales negativos; por lo tanto al ser un sistema de riego unifamiliar, la Declaración presentada por la Administrada seria sería suficiente. a) Aprobación del Plan Aprovechamiento. El volumen de agua acreditado es de 46,575.39 m3/año de la fuente natural de agua quebrada Suriray, el aprovechamiento hídrico es para uso agrario de subsistencia familiar. b) Aprobación del Sistema del Proyecto. La operación de riego propuesto es continua para el sistema de riego, por riego alterno, asimismo el riego de las parcelas es por turnos, es decir hasta que concluya el riego de cada una de ellas. Según los cálculos agronómicos del riego a nivel de parcelas, el tiempo de riego por posición para el mes más crítico es de 3 y 6 horas, con una frecuencia de riego de 4 días y la jornada de riego de 24 horas. La operación del sistema comprende: - Captación - Canal de impulsión, Reservorio, Distribución, Cámara de control. c) Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento El plazo de ejecución de obra es de 24 días. Y recomienda que el expediente administrativo con Reg. Nº 534-2017, cumple con la presentación de documentos mínimos exigidos; por lo tanto, el suscrito opina que es conforme la documentación presentada es FAVORABLE el trámite administrativo;

Que, en consecuencia, de la revisión de los actuados del expediente administrativo, considerando lo opinado en el informe técnico, sobre la solicitud de Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico para la obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, para el Proyecto "Mejoramiento del Micro Sistema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa", se colige que el procedimiento administrativo se ha llevado de manera regular, sin mediar vicio que lo invalide, cumpliendo con los parámetros y requisitos técnicos legales, por lo que, resulta amparable la autorización de ejecución de obras solicitada;

2

Que, con vistos de la Sub Dirección de Administración de Recursos Hídricos con Informe Técnico N° 112-2017-ANA-AAA-XII-UV/SDARH/PSL/CML y la Unidad de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 228-2017-ANA-MA.UV-UAJ/MBC, y de conformidad con lo establecido por el artículo 38° Lit. c) del D.S. Nº 06-201 O AG, Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; esta Autoridad Administrativa del Agua XII-Urubamba Vilcanota:

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- APROBAR el Plan de Aprovechamiento del Proyecto "Mejoramiento del Micro Sistema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa", cuyas especificaciones técnicas de encuentran en el Informe Técnico Nº 112-2017-ANA-AAA-XII­UV/SDARH/PSL/CML, que es parte integrante de la presente Resolución Directora!.

ARTICULO 2°.- APROBAR el Sistema Hidráulico del Proyecto "Mejoramiento del Micro Sistema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa", cuyas especificaciones técnicas de encuentran en el Informe Técnico N° 112-2017-ANA-AAA-XII-UV/SDARH/PSL/CML, que es parte integrante de la presente Resolución Directora!.

ARTICULO 3°.- OTORGAR, Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico para la obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, para el Proyecto "Mejoramiento del Micro Sistema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa

~~\"tll r,,,. Teresa", a favor de la señora Juana Mansilla de Elguera, identificada con DNI Nº 24977494; en ~ 'f<'1calidad de Propietaria del Pred io Rústico Miraflores del sector Suriray del exfundo Huadquina, del

i Abog. e1v1 F ~istrito de Santa Teresa, Parcela signada con el 38-11. ¡:? Sull r a » ~ Sub Di on l ~ .~--<ARTICULO 4°.- PRECISAR que la Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico ~ ·" para la obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrarios, para el Proyecto

•SDUr-l "Mejoramiento del Micro Sistema de Riego Predio Miraflores Sector Suriray Distrito de Santa Teresa" , a favor de la señora Juana Mansilla de Elguera, identificada con DNI Nº 24977494; en calidad de Propietaria del Predio Rústico Miraflores del sector Suriray del exfundo Huadquina, del distrito de Santa

~-.lllSTff-4'¾ Teresa, Parcela signada con el 38-11; será por un plazo de VEINTICUATRO (24) DÍAS HÁBILES, ~~~ ~ni\ contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución .

{ l1~ti ! ARTÍCULO 5º.- DECLARAR que la Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico \ ~ , -~~ Superficial, no faculta la utilización ni el aprovechamiento hídrico para la ejecución de obras

·.soA~"'" (construcción de obras civiles y otros}, siendo necesario para ello que el recurrente realice los trámite administrativo correspondiente en conformidad y cumplimiento de las condiciones concurrentes de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338 y su Reglamento.

ARTICULO 6°.- REMITIR copia de la presente resolución a la Unidad del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos a esta Autoridad y a la Administración Local de Agua La Convención.

ARTICULO 7º .- NOTIFICAR la presente resolución al administrado, en su domicilio legal.

REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE. MPBCH/UAJ/mbc Cc. Arch

3