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4138 2 abril 1964 B. O. del E.Núm. 80 Tema 2. Organización de la Subsecretaría de Turismo. Di- recciones Generalas de Promoción del Turismo y de Emcresas y Actividades Turísticas.Servicios y Secciones de la reierida Subsecrtearía.Finalidad, y funciones de las Oficinas de Infor- mación Turística, dependientes de este Ministerio; red de las mismas en España y en el extranjero..Instituto de Estudios Turísticos. , Tema 3. La Hostelería y su clasificación por categorías.Precios y servicios.Reglamentación de Agencias de Viajes.Re- glamentación del Camping en España.Su clasificación en ca- tegorías.Sindicato Nacional de Hostelería: Punciones v orga- nización. Tema 4. La Administración Turística Española: Rutas na- cionales.Establecimientos turísticos del Estado: Albergues, Pa- radores, Hosterías y Refugios.Características diferenciales prin- cipales, servicios, precios y emplazamientos de los mismos.Co- tos nacionales de caza y pesca.Emplazamiento. Tema 5. Reglamento de Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo.Etica profesional.^Derechos y obligaciones. Tema 6. Delegaciones Provinciales de este Ministerio.Fun- ciones en relación con la Hostelería, Agencias de Viajes y los Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo. Tema 7. Documentación obligatoria de los extranjeros para su entrada en España.Pasaportes y visados.^Facilidades para exportación de artículos españoles manufacturados, adquiridos por turistas. Tema 8. Régimen divisas.Cantidad máxima de pesetas autorizada a la entrada y salida de España.^Aduanas.Entradá y salida de vehículos en España con carácter temporal. ANEXO II TEMARIO PARA EL SEGUNDO EJERCICIO (ESCRITO EN ESPAÑOL) QUE HAN DE REALIZAR LOS ASPIRANTES A GUIAS Y GUIAS-INTERPRETES PROVINCIALES Dp MURCIA Geografía^ Historia y Literatura Tema 1. Situación y características geográficas de la pro- vincia de Murcia. Tema 2.* Clima, agricultura y ganadería.El sistema de rie- gos en la huerta de Murcia.Pantanos. Tema 3. La industria en la provincia. El complejo indus- trial de Cartagena.^La industria de la conserva.La Feria Internacional de la Conserva y la Alimentación. . Tema 4. Lugares de interés natural en la provincia. El Mar Menor, Mazarrón y Aguilas La Sierra de Espuña.^La vega del Segura. Tema 5. Características históricas v culturales de lo es- pañol. Tema 6. Historia de Murcia en la antigüedad v en la Edad Media. Tema 7. Murcia en la Edad Moderna y Contemporánea. Tema 8. El Alzamiento Nacional. Doctrina política del Movimiento Tema 9.> Misión civilizadora de España.La levenda negra antiespañola y su refutación histórica. Tema 10. Murcia en la literatura. Arte y folklore Tema 1. Artes primitivos, clásico, griego y romano.Mu- seos y yacimientos, arqueológicos de la provincia. Tema 2. Artes románico, gótico, mozárabe y mudéjar. Tema 3. Artes del Renacimiento, plateresco v barroco. Tema 4 Artes neoclásico y romántico Tema 5. Monumentos religiosos de Murcia y su: provincia. Tema 6. La imaginería religiosa.El Museo Salzillo. Tema 7. Monumentos civiles y castrenses notables en Mur- cia y, su provincia. Tema 8. Museos, bibliotecas Tema 9. Artistas murcianos Tema 10. Fiestas principales.La Semana Santa en la pro- vincia.Fiestas de la primavera en la capital.Fiestas de la Santa Cruz en Caravaca.El Misterio de los Reyes Magos. Otras fiestas. Tema 11. Trajes y viviendas populares en ia provincia de Murcia.Cantos y danzas; el Festival de Cante de las Minas en la Unión.Leyendas y^ tradiciones murcianas. Tema 12. Artesanía, gastronomía y vinos en la. provincia de Murcia.^La crianza del gusano de seda. y archivos de la provincia. III. Otras disposiciones MINISTERIO DE HACIENDA RESOLUCION de la Dirección General de lo Contencio- so del Estado por la ^ue se concede a la institución cultural benéfica {^Daniel Mangrané'^, del barrio de Je- sús; de Tortosa (Tarragona), la exención del imvuesto sobre los bienes de las personas jurídicas. Visto el expediente promovido por don Manuel Castella Go- day, Alcalde^Presidente del Ayuntamiento de Tortosa (Tarra- gona) y Presidente ^de la Institución Cultural BenéfiC|i «Daniel Mangrané», d^el barrio de Jesús, de Tortosa, solicitando en nombre de la misma exención del impuesto sobre los bienes de las personas jurídicas, y Resultando que por escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegioi de Barcelona, con residencia en Tortosa, don José María Tuñi y Torner el 20 de febrero de 1926, don Da- niel Mangrané y Escardó fundó una Institución de Beneficencia e Instrucción carácter particular coñ la finalidad de pro- porcionar becas y estímulos económicos a los escolares del Arrabal de Jesús, de la localidad de Tortosa; Resultando que por Orden del Ministerio de Educación Na- cional de fecha 5 de junio de 1962 se clasificó a la Fundación de que se trata como de béneficencia docente de carácter par- ticular ; Resultando que los bienes de su patrimonio para los cuales se solicita la exención consisten en: Una inscripción nomina- tiva intransferible de la deuda perpetua interior al 4 por iOO, de particulares y colectividades, expedida a favor de la Instituéíón cultural benéfica «Daniel Mangrané», con fecha 31 de enero de 1945, por el Director general de la Deuda y Clases Pasivas, con el número 1.356, por un capital de 74.700 pesetas; otra inscrip- ción igual a la anterior, intransferible, expedida en 27 de brero de 1963 con el número 8.205, por un capital de 1.O12.OO0 pesetas; Considerando que según el apa^rtado 4) del artículo 277 del Reglamento de 15 de enero de 1959 el Director general de lo Contencioso del Estado, por delegación del Ministro de Ha- cienda, resolverá los expedientes de exención, salvo en los casos de excepcional importancia,, complejidad o transcendencia de la Resolución que en ellos haya de dictarse; Considerando que según los artículos 70, letra E), de la vigente Ley del Impuesto de Derechos Reales de 21 de marzc de 1958, y 276, letra E), de su Reglamento de 15 de enero de 1959, está exento del impuesto sobre los bienes de las personas jurídicas el patrimonio que de una manera directa e inmediata, sin interposición de personas, se halle afecto o adscrito a la realización de un.objetó benéfico de los enumerados en el ar- tículo se^ndo del Réal Decreto de 14 de marzo de 1899, siempre que en él se empleen directamente los mismos bienes o .sus rentas; Considerando que la Fundación «Daniel Mangrané», de Tor- tora, ha sido reconocida como de. beneficencia particular do- cente por la Orden ministerial referida en el resultando se- gundo de esta Résolucióh; . Considerando, que los bienes están directamente adscritos a la realización de su fini dada la clase de los mismos y'CvStar expedidos los títulos a nombre de la Fundación, Esta Dirección General acuerda declarar exento del impues- to sobre los bienes de'las personas jurídicas el capital reseñado en el resultando tercero de este acuerdo, propiedad de la Fun- dación «Ilaniel Mangrané». de Tortosa. en tanto se empleen directamente tales valores en cumplir el fin benéfico de la Institución y figuren a s^x nombre Madrid, 13 de marzo de 1964.El Director general. Luis Pe- ralta España. RESOLUCION del Tribunal de Contrabanao y Defrauaa- don de Madrid por la Que se hace público el fallo que se cita. Desconociéndose el actual paraaero de Aiejandró Morales, que últimamentetuyo su domicilio en Saavedra Fajardo, núme- ro 22, Madrid, se le hacer saber por el presente edicto lo si- guiente-: El Tribunal Provincial de (jontrabando y Defraudación en Comisión Permanente al conocer en su sesión del día 28 de fe- brero de 1964 del expediente 1,153/1963. instruido por aprehen- sión de un magnetofón ha acordado dictar el siguiente fallo: Primero. Declarar cometida una infracción de defraudación de mínima cuantía, comprendida en apartado primero del artícu- lo 11„ cuyos derechos ascienden por importe de 750 pesetas.

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4138 2 abril 1964 B. O. del E.—Núm. 80

Tema 2. Organización de la Subsecretaría de Turismo. Di­recciones Generalas de Promoción del Turismo y de Emcresas y Actividades Turísticas.—Servicios y Secciones de la reierida Subsecrtearía.—Finalidad, y funciones de las Oficinas de Infor­mación Turística, dependientes de este Ministerio; red de las mismas en España y en el extranjero..—Instituto de Estudios Turísticos. ,

Tema 3. La Hostelería y su clasificación por categorías.— Precios y servicios.—Reglamentación de Agencias de Viajes.—Re­glamentación del Camping en España.—Su clasificación en ca­tegorías.—Sindicato Nacional de Hostelería: Punciones v orga­nización.

Tema 4. La Administración Turística Española: Rutas na­cionales.—Establecimientos turísticos del Estado: Albergues, Pa­radores, Hosterías y Refugios.—Características diferenciales prin­cipales, servicios, precios y emplazamientos de los mismos.’—Co­tos nacionales de caza y pesca.—Emplazamiento.

Tema 5. Reglamento de Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo.—Etica profesional.—^Derechos y obligaciones.

Tema 6. Delegaciones Provinciales de este Ministerio.—Fun­ciones en relación con la Hostelería, Agencias de Viajes y los Guías, Guías-Intérpretes y Correos de Turismo.

Tema 7. Documentación obligatoria de los extranjeros para su entrada en España.—Pasaportes y visados.—^Facilidades para exportación de artículos españoles manufacturados, adquiridos por turistas.

Tema 8. Régimen dé divisas.—Cantidad máxima de pesetas autorizada a la entrada y salida de España.—^Aduanas.—Entradá y salida de vehículos en España con carácter temporal.

ANEXO IITEMARIO PARA EL SEGUNDO EJERCICIO (ESCRITO EN ESPAÑOL) QUE HAN DE REALIZAR LOS ASPIRANTES A

GUIAS Y GUIAS-INTERPRETES PROVINCIALES Dp MURCIA

Geografía^ Historia y LiteraturaTema 1. Situación y características geográficas de la pro­

vincia de Murcia.

Tema 2.* Clima, agricultura y ganadería.—El sistema de rie­gos en la huerta de Murcia.—Pantanos.

Tema 3. La industria en la provincia. El complejo indus­trial de Cartagena.—^La industria de la conserva.—La Feria Internacional de la Conserva y la Alimentación.

. Tema 4. Lugares de interés natural en la provincia. El Mar Menor, Mazarrón y Aguilas La Sierra de Espuña.—^La vega del Segura.

Tema 5. Características históricas v culturales de lo es­pañol.

Tema 6. Historia de Murcia en la antigüedad v en la Edad Media.

Tema 7. Murcia en la Edad Moderna y Contemporánea.Tema 8. El ■ Alzamiento Nacional. — Doctrina política del

MovimientoTema 9.> Misión civilizadora de España.—La levenda negra

antiespañola y su refutación histórica.Tema 10. Murcia en la literatura.

Arte y folkloreTema 1. Artes primitivos, clásico, griego y romano.—Mu­

seos y yacimientos, arqueológicos de la provincia.Tema 2. Artes románico, gótico, mozárabe y mudéjar.Tema 3. Artes del Renacimiento, plateresco v barroco.Tema 4 Artes neoclásico y románticoTema 5. Monumentos religiosos de Murcia y su: provincia.Tema 6. La imaginería religiosa.—El Museo Salzillo.Tema 7. Monumentos civiles y castrenses notables en Mur­

cia y, su provincia.Tema 8. Museos, bibliotecasTema 9. Artistas murcianosTema 10. Fiestas principales.—La Semana Santa en la pro­

vincia.—Fiestas de la primavera en la capital.—Fiestas de la Santa Cruz en Caravaca.—El Misterio de los Reyes Magos. Otras fiestas.

Tema 11. Trajes y viviendas populares en ia provincia de Murcia.—Cantos y danzas; el Festival de Cante de las Minas en la Unión.—Leyendas y^ tradiciones murcianas.

Tema 12. Artesanía, gastronomía y vinos en la. provincia de Murcia.—^La crianza del gusano de seda.

y archivos de la provincia.

III. Otras disposiciones

MINISTERIO DE HACIENDA

RESOLUCION de la Dirección General de lo Contencio­so del Estado por la ^ue se concede a la institución cultural benéfica {^Daniel Mangrané'^, del barrio de Je­sús; de Tortosa (Tarragona), la exención del imvuesto sobre los bienes de las personas jurídicas.

Visto el expediente promovido por don Manuel Castella Go- day, Alcalde^Presidente del Ayuntamiento de Tortosa (Tarra­gona) y Presidente ^de la Institución Cultural BenéfiC|i «Daniel Mangrané», d^el barrio de Jesús, de Tortosa, solicitando en nombre de la misma exención del impuesto sobre los bienes de las personas jurídicas, y

Resultando que por escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegioi de Barcelona, con residencia en Tortosa, don José María Tuñi y Torner el 20 de febrero de 1926, don Da­niel Mangrané y Escardó fundó una Institución de Beneficencia e Instrucción dé carácter particular coñ la finalidad de pro­porcionar becas y estímulos económicos a los escolares del Arrabal de Jesús, de la localidad de Tortosa;

Resultando que por Orden del Ministerio de Educación Na­cional de fecha 5 de junio de 1962 se clasificó a la Fundación de que se trata como de béneficencia docente de carácter par­ticular ;

Resultando que los bienes de su patrimonio para los cuales se solicita la exención consisten en: Una inscripción nomina­tiva intransferible de la deuda perpetua interior al 4 por iOO, de particulares y colectividades, expedida a favor de la Instituéíón cultural benéfica «Daniel Mangrané», con fecha 31 de enero de 1945, por el Director general de la Deuda y Clases Pasivas, con el número 1.356, por un capital de 74.700 pesetas; otra inscrip­ción igual a la anterior, intransferible, expedida en 27 de brero de 1963 con el número 8.205, por un capital de 1.O12.OO0 pesetas;

Considerando que según el apa^rtado 4) del artículo 277 del Reglamento de 15 de enero de 1959 el Director general de lo Contencioso del Estado, por delegación del Ministro de Ha­cienda, resolverá los expedientes de exención, salvo en los casos de excepcional importancia,, complejidad o transcendencia de la Resolución que en ellos haya de dictarse;

Considerando que según los artículos 70, letra E), de la vigente Ley del Impuesto de Derechos Reales de 21 de marzc de 1958, y 276, letra E), de su Reglamento de 15 de enero de 1959, está exento del impuesto sobre los bienes de las personas jurídicas el patrimonio que de una manera directa e inmediata, sin interposición de personas, se halle afecto o adscrito a la realización de un.objetó benéfico de los enumerados en el ar­tículo se^ndo del Réal Decreto de 14 de marzo de 1899, siempre que en él se empleen directamente los mismos bienes o .sus rentas;

Considerando que la Fundación «Daniel Mangrané», de Tor­tora, ha sido reconocida como de. beneficencia particular do­cente por la Orden ministerial referida en el resultando se­gundo de esta Résolucióh; .

Considerando, que los bienes están directamente adscritos a la realización de su fini dada la clase de los mismos y'CvStar expedidos los títulos a nombre de la Fundación,

Esta Dirección General acuerda declarar exento del impues­to sobre los bienes de'las personas jurídicas el capital reseñado en el resultando tercero de este acuerdo, propiedad de la Fun­dación «Ilaniel Mangrané». de Tortosa. en tanto se empleen directamente tales valores en cumplir el fin benéfico de la Institución y figuren a s^x nombre

Madrid, 13 de marzo de 1964.—El Director general. Luis Pe­ralta España.

RESOLUCION del Tribunal de Contrabanao y Defrauaa- don de Madrid por la Que se hace público el fallo quese cita.

Desconociéndose el actual paraaero de Aiejandró Morales, que últimamente” tuyo su domicilio en Saavedra Fajardo, núme­ro 22, Madrid, se le hacer saber por el presente edicto lo si­guiente-:

El Tribunal Provincial de (jontrabando y Defraudación en Comisión Permanente al conocer en su sesión del día 28 de fe­brero de 1964 del expediente 1,153/1963. instruido por aprehen­sión de un magnetofón ha acordado dictar el siguiente fallo:

Primero. Declarar cometida una infracción de defraudación de mínima cuantía, comprendida en apartado primero del artícu­lo 11„ cuyos derechos ascienden por importe de 750 pesetas.

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Segundo. Declarar responsables de la expresada, infracción, en concepto de autores, a don Carlos Vinuesa Hernández y don Ale­jandro Morales.

Tercero. Declarar que en los heciios concurre.r «as circíips- tancia modificativas de la responsabilidad no se asuman.

Cuarto, Imponer' como sanción por dicha infracción la mul­ta de 2.250 pesetas, equivalente al triple de los derechos arance­larios defraudados, y que en caso de insolvencia \se les exija el cumplimiento de la plena subsidiaria de privación de libertad a lazón de un día de prisión por cada diez pesetas de multa no satisfecha, y dentro de ios limites de duración máxima señalados en el caso cuarto del articulo, 22 de la. Ley Dicha multa deberá hacerse, efectiva, por partes iguales de 1.125 pesetas, por cada uno de los inculpados

Quinto Disponer la devolución de la mercancía aprbnendi- da a su actual propietario, señor Vinuesa, una vez satisfechas las penalidades impuestas, y el importe del impuesto de la Tarifa Fiscal correspondiente, que asciende a 345 pesetas, a ingresar por cada ,uno de los inculpados la cantidad de 172,50 pesetas.

Sexto. Declarar hay lugar a la concesión de premio a apre­hensores

Las sanciones'úmpuestas deberán ingresarse, precisamente en efectivo, en esta Delegación de Hacienda en el plazo de quince días, contados ñesde eí siguiente al de esta notificación, trans-

'*í;urrido el cual se instruirá el correspondiente expediente para /el cobro por vía de apremió con el recargo del 20 por 100.

Asimismo se les comunica que contra el expresado fallo pueden recurrir en alzada ante Tribunal ninguno, presentando el opbr- auno recurso en esta Secretaría en el plazo de quince días há­biles, contados desde el siguieiite al de la presente- notificación significando que dicho recurso no suspende la ejecución de los pronunciamientos dictados eh‘ est': falló ca.so primero artículo 85, y caso primero, artículo .1-02 -de la L'y;

Lo que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» en cum­plimiento de lo dispuesto en el articula 92 del Reglamento de Procedimiento Económico-Administrativo de 26 noviembre de 1959.

Madrid, 17 de marzo de 1964.—El Secretario. Sixto. Botella.— Visto bueno: El De.legado de Haciénda, Presidente. P. D., José González.—2.173-E,

MINISTERÍO DE OBRAS PUBLICAS

RESOLUCION de la Dirección General de Obras Hidráu­licas por la que se hace público haber sido declarada la utilidad pública de las obras de la concesión otorgada al Ayuntamiento de Vitoria para derivar aguas del río Zadorra, en término de Arrazúa-übarrundia (Alava), para completar el abastecimiento de agua potable a ¿a población.

Este Ministerio ha resuelto:Declarar de utilidad pública las obras de la coneesión otor­

gada al Ayuntámiento de Vitbria en 3Ó de septiembre de- 1963, para derivar aguas del rio 'áadorra, en término municipal de Arrazúa-Utaarrundia (Alava), para completar el abastecimiento de agua potable a la población

Lo que de Orden ministerial comunico a V. S. para su- cono­cimiento y efectos.

Dios guarde a V. S. muchos.a ñosMadrid. 24'dp febrero de 1964 -—El Director general, l’t Briones.

Sr. Comisario Jefe de Aguas del Ebro.

RESOLUCION de la Dirección General de Obras Hidráu­licas por la qlie se hace piiOíwo haber sido adjudicac^as las obras de <ííAbastecimiento de ac/ua a Robledo de Cha- vela (Madrid¡'s, ai Ayuntamiento'de Bohíedo átoChávela

E.ste Ministerio, con fecha de hoy-, ha resuelto:Adjudicar definitivamente ía subasta de las obras de «Abas-

tecimiento de agua a Robledo de Chávela «Madrid)», al Ayunta­miento de Roplcedp de Chávela, en la cantidad (fe 16.501.771,30 pesetas, que representa-ed coeficiente. 1 id-specto al presupuesto de contrata de 16.501.771,30 pesetas .y en, iaa dem;^ condiciones que rigen para esta subaata. • ,

Lo que de orden del excelentísimo señor -Ministro comunico a V- S. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde- a V. S. mtuchós años.Madrid, 13 dé marzo de 1964.—El Director gvvaeral, P. D.. Ra­

fael Lóp-ez Arahuetes.Sr. Ingeniero Direétor de la Confederación Hidrográfica dei

Tajo.

RESOLUCION de la Dirección. General de Obras Hidráu- licas por la que se hace publico haber sido adjudicadas las obras del «Proyecto modificado de precios del de me­jora de riegos de las Huertas de Sagunto. trozo 12 (Va­lencia))) a don Luis Batalla Romero.

Este Ministerio, con fecha de hoy, ha reisuelto:Adjudicar definitivamente la subasta de las obras del «Pro­

yecto modificado de precios del de mejora de riegos de las huertas- de Sagunto. trozo duodécimo (Valencia.)» a don Luis Batalla Roníero, en la cantidad de 13.640.000 pesetas, que re­presenta el co-e-ficiente 0,871575656’ respecto al presupuesto de contrata de 15.649.817,55 pesetas y en las demás condiciones que rigen para esta subasta.

Lo que de orden del excelentísimo señor Ministro comunico a V S. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. S. muchos añosMadrid, 13 de marzo de 1964.—El Director general. P D.. Ra­

fael López Arahuetes.,Sr. Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del

Júcar.

RESOLUCION de la Dirección General de Obras Hidráu­licas por la qúe se hace publico haber sido adjudicadas las obras de «Conducción y distribución de aguas para abastecimiento de Castuera (Badajoz))) a «Uralita, So^ ciedad Anónima)).

Este Ministerio, con fecha de hoy. ha resuelto:Adjudica^r definitivamente la subasta de las obras de .«Con­

ducción y distribución de aguas para ataastecimeinto de Castue­ra (Badajoz)» a «Uralita, S. A.», en la cantidad de 8 560.095,28 pesetas, que representa el coeficiente 0.801007776 respecto al presupuesto de contrata de 10.686.656,91 pesetas y en las de­más condiciones que rigen para esta subasta

Lo. que de orden del .excelentísimo señor Ministro comunico a V. S para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. ,S. muchos años .Madrid, 13 de marzo de 1964.—El Director general, P D.. Ra­

fael López Arahuetes.Sr. Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del

Guadiana.

RESOLUCION de ia Dirección General de Obras Hidráu­licas por la que se hace publico haber sido adjudicadas las obras de (fAbastecimiento de aguas a Talarrubias (Badajoz))) a don Nicasio Gonzálvez Gallego.

Este Ministerio, con fecha de hoy. ha resuelto:Adjudicar definitivamente la subasta de las obras de «Abas­

tecimiento de aguas a Talarrubias (Badajoz)» a dón Nicasio Gonzálvez Gallego en la cantidad de 6.799.0D0 pesetas, que re­presenta el coeficiente 0.969117214 respecto al presupuesto de contrata de 7.015.663,22 pesetas y .en las demás condiciones que rigen para e?Tta subasta

Lo que de orden- del excelentísimo señor Ministro comunico a V. S para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. S. muchos añosMadrid. 13 de marzo de 1964. —El Director general. P D.. Ra­

fael López .Arahuetes.,Sr. Ingeniero 'Director de la Confederación Hidrográfica del

Guadiana.

RESOLUCION de la Dirección General de Obras Hidráu­licas por la que se hace publico haber sido adjudicadas las obras del «Proyecto modificado de precios del de mejora de riegos de Las huertas de Segorbe (Castellón))) a don Manuel RosaUm Torrejón

Este Ministerio, con fecha ae noy. ha resuelto:Adjudicar definitivamente la .subasta de las obras del «Pro­

yecto modificado de precios del de mejora de riegos de, las huertas de Segorbf (Castellón)» a don Manuel Rosalén Torre­jón en la cantidad de 5.299.835,48 p.e.setas, que representa el coeficiente 0,947500001 re.s’pecto al presupüesto de' contrata- de 5.593.493,90 pesetas y en las demas condiciones'que rigen para esta subasta.

Lo que de orden del excelentísimo .señor Ministro comunico a V S. para su conocimiento y efectos..

Dios guarde a V. S, muchos años.Madrid, 13 de marzo de 1964.—El Director g-f^neral. P. D.; Ra­

fael López Arahuetes.Sr. Ingeniero Director de la Confederación Hidrográfica del

Júcar.