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3.4. PROCESOPORDELITODEEJERCICIOPRIVADODELA ACCIONPENAL(Querella)Est regulada por los artculos 459 a 467 del cdigo procesal penal.La accin penal se formula por el directamente ofendido mediante querella[6]a sea!por s o por su representante legal con las facultades generalesespecialesesta"lecidas por el artculo 7475 del cdigo procesal ci#il.El competente para conocer este proceso es el $ue% &nipersonal en forma e'clusi#a.La querella de"e cumplir los requisitos que esta"lece la leprecisar la identificacindomiciliodel querellado! tienequeane'arselacopiadelaquerellaparacadaquerellado! asimismo! si fuera el caso tam"i(n de"e ser ane'ado la copia del poder.La admisin o rec)a%o del escrito de la querella es controlado por el $ue% &nipersonal!su decisin de"e ser de"idamente moti#ado.El cdigoprocesal penal del *++4enesteprocesointroduceunainstitucinmuimportante! quees lainvestia!i"n#reli$inar!laqueesconcedidaapeticindelquerellante! en los siguientes casos, a) cuando se ignore el nom"re o domicilio contraquien se quiere dirigir la querella- %) para descri"ir en forma clara! precisa circunstanciadamenteel delito!por estara%n sea imprescindi"letramitar unain#estigacin preliminar.El .ue% al admitir la in#estigacin preliminar dispondr a la /0/ para que realice dic)adiligencia fi.ando el pla%o!pondr en conocimiento del 1inisterio /2"lico so"re dic)ain#estigacin. 3on el informe de la /0/! el querellante de"er completar su escrito dequerelladelospuntosfaltantes! dentrodel t(rminode+5dasdenotificadoconelinforme! caso de no complementarse caduca el derec)o de e.ercer la accin penal.El .ue% al admitir la querella dicta el Auto admisorio,[7]corre traslado al querelladopara que dentro del pla%o de +5 das despu(s de la notificacin! conteste a la querella ofre%ca medios pro"atorios. El .ue% con o sin contestacin dicta el auto de citacin a.uicio oral! la que se desarrollar en el pla%o no maor de 4+ das ni menor de 5+ das.La audiencia tiene dos fases,a) La fase de la audiencia conciliatoria! que es pri#ada.%) La fase de la audiencia o .uicio oral! que es de carcter p2"lico.En la audiencia el querellante tiene facultadeso"ligaciones como si fuera 1inisterio/2"lico! con la diferencia de que de"e ser interrogado.6e so"resee la causa por inasistencia in.ustificada del querellante a la audiencia o seausente durante su desarrollo! concluendo en forma definiti#a el proceso.Elno#simo cuerpo procesalesta"lece dos clases de coercin personal respecto delquerellado, a) comparecencia simple- ! %) comparecencia restricti#a. a) LaC&$#are!en!iasi$#le! eslacitacinal .uiciooral sinningunareglade conducta! medida o aperci"imiento.%) C&$#are!en!ia restri!tiva' consiste en la restriccin de ciertos derec)os mediantereglas de conducta! se da cuando e'isten fundamentos ra%ona"les de peligro de fuga!o porque puede entorpecer la acti#idad pro"atoria.6e institue tam"i(n la contumacia contra el querellado re"elde que estandonotificado no asiste al .uicio oral! o se ausente durante el desarrollo del mismo! por laque se declara reo contuma% disponi(ndose la requisitoria policial para su captura detencin! suspendi(ndose el .uicio.7demsdel sobreseimiento porinasistenciaoretiroduranteel desarrollodel .uiciooral por el querellante que produce la conclusin del proceso! tam"i(n se institue elabandono! el (esisti$ient& ) la transa!!i"n como formas de conclusin del procesode querella.a) El a%an(&n& es declarado de oficio! por )a"erse producido la inacti#idad procesalpor un espacio de tres meses.%) El *uerellante #ue(e (esistirse de la accin penal-ta$%i+n #ue(etransiir con el querellado! en cualquier estado del proceso.&na #e% desistida o a"andonada el proceso! el querellante a no tiene derec)o parapoderintentarnue#amentelaquerella! esdecir!feneceenformatotal laaccindequerella por el delito ofendido! por )a"erse a"andonado o por )a"erse desistido.Otra inn&va!i"n tan i$#&rtante es la su!esi"n #r&!esal #&r $uerte & #&rin!a#a!i(a((el *uerellante#r&(u!i(a(uranteel (esarr&ll&(el #r&!es&(e*uerella)antes(e*ue!&n!lu)ael ,ui!i&&ral. Enestecaso! cualquieradelosparientes asumir la calidad de querellante particular! de"iendo comparecer dentro delos 4+ das de producida el )ec)o.El procesoterminaconlasentenciadel $ue%&nipersonal! al serapelada! conlasentencia de #ista de la 6ala /enal6uperior en forma definiti#a! a que contra estasentencia no ca"e ning2n otro recurso.La sentencia condenatoria firme! cuando se trata de delitos contra el )onor puede serpu"licada o simplemente leda )a pedido delquerellante particular! pero a costa delsentenciado.