transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/articulo 28/ix. las actas... · web...

159
“2016, Año de Lucha Contra la Diabetes” Acta No. 1513/25/2016. En la ciudad de Saltillo, Capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, siendo las diecisiete horas con diecisiete minutos del día veintinueve de Noviembre de dos mil dieciséis, se reúnen en la Sala de Cabildo, con objeto de celebrar la segunda Sesión Ordinaria de Cabildo del mes de Noviembre a que fueron convocados los integrantes del R. Ayuntamiento; preside la reunión el Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal; con apoyo en lo dispuesto por los artículos 85, 86, 87, 89, 90 y 104 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 11, 12, y 17 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo. Como el PRIMER punto de Orden del Día, el Alcalde solicita a la Secretaría del Ayuntamiento, Lic. María Alicia García Narro proceder con el desahogo de la lista de asistencia, por lo que en uso de la palabra, esta última, hace constar que se encuentran presentes los Munícipes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Máyela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor (Quien arriba al lugar donde se desarrolla la misma, al momento de estarse dando lectura al Orden del Día); Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico y Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia. Continuando con el uso de la palabra la Secretaria expresa que conforme lo dispone el artículo 85, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 11 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, existe el quórum legal para llevar a cabo esta segunda Sesión de Cabildo del mes de Noviembre. El Alcalde manifiesta: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del código municipal, y como SEGUNDO punto, pongo a consideración de este Honorable Cabildo para su respectiva aprobación, el Orden del Día, por lo que solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a su lectura. La

Upload: others

Post on 12-Aug-2021

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

“2016, Año de Lucha Contra la Diabetes”

Acta No. 1513/25/2016. En la ciudad de Saltillo, Capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, siendo

las diecisiete horas con diecisiete minutos del día veintinueve de Noviembre de dos mil dieciséis, se

reúnen en la Sala de Cabildo, con objeto de celebrar la segunda Sesión Ordinaria de Cabildo del mes

de Noviembre a que fueron convocados los integrantes del R. Ayuntamiento; preside la reunión el

Alcalde, Ing. Isidro López Villarreal; con apoyo en lo dispuesto por los artículos 85, 86, 87, 89, 90 y 104

del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, 11, 12, y 17 del Reglamento Interior del

R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo. Como el PRIMER punto de Orden del Día, el Alcalde solicita

a la Secretaría del Ayuntamiento, Lic. María Alicia García Narro proceder con el desahogo de la lista de

asistencia, por lo que en uso de la palabra, esta última, hace constar que se encuentran presentes los

Munícipes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda

Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora;

Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María

Máyela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo

Sexto Regidor (Quien arriba al lugar donde se desarrolla la misma, al momento de estarse dando

lectura al Orden del Día); Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe

Herrera Guajardo, Síndico y Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia. 

Continuando con el uso de la palabra la Secretaria expresa que conforme lo dispone el artículo 85, del

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 11 del Reglamento Interior del

Republicano Ayuntamiento, existe el quórum legal para llevar a cabo esta segunda Sesión de Cabildo

del mes de Noviembre.

El Alcalde manifiesta: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del código municipal, y como

SEGUNDO punto, pongo a consideración de este Honorable Cabildo para su respectiva aprobación,

el Orden del Día, por lo que solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a su lectura. La

Secretaria del Ayuntamiento expone: como usted lo solicita Sr. Presidente Municipal, procedo a la

lectura del:

ORDEN DEL DIA.

1. Lista de Asistencia.

2. Aprobación del Orden del Día.

3. Lectura de los acuerdos de la Sesión de Cabildo celebrada el día catorce de Noviembre de

dos mil dieciséis.

4. Dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos

referente al otorgamiento de estímulos fiscales en el pago por concepto de renovación de

concesiones del transporte público que vencen el treinta y uno de Diciembre de dos mil

dieciséis.

5. Dictámenes de la Comisión de Transporte relativos a 5.1).- Dos solicitudes realizadas por

los titulares de concesiones que tuvieron vencimiento el treinta y uno de Diciembre de dos

mil catorce, para obtener prórroga para la prestación del servicio de transporte público

urbano; 5.2).- Solicitudes de concesionarios interesados en obtener prórroga para la

prestación del servicio de transporte público urbano respecto de aquellas concesiones que

Page 2: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

tiene vencimiento en fecha treinta y uno de Diciembre del año dos mil dieciséis;

y 5.3).- Solicitud realizada por el titular de la concesión la cual tuvo vencimiento en fecha

treinta y uno de Diciembre  de dos mil catorce, para obtener prórroga para la prestación del

servicio de transporte público urbano en la modalidad de autobús.

6. Dictámenes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico

siguientes: 6.1).- El cambio de uso del suelo para un lote ubicado en las inmediaciones del

Fraccionamiento Lomas de Lourdes, con una superficie de 259,809.126 m2; 6.2).- El cambio

de uso del suelo para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas

alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en el número 2532 de  la calle

Prolongación Francisco de Urdiñola, esquina con calle 16 de la colonia Lourdes, con una

superficie 1,178.38 m2; 6.3).- El cambio de trazo de vialidad de 20 metros, en el número

408, de la calle Estafeta, de la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie

de 33,317.91 m2; 6.4).-El cambio de uso del suelo para la regularización de un centro de

compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y

lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos,

con una superficie de 2,000.00 m2; 6.5).- El cambio de sección de vialidad de 40 a 30

metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la

zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales; 6.6).- La corrección del

Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción

de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía

de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos; 6.7).- El cambio de

uso del suelo para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1,

manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector, con una superficie de

406.50 m2; 6.8).- El cambio de uso del suelo de para la regularización de un taller mecánico,

en predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio

Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores, con una superficie de 329.29

m2; 6.9).- El cambio de uso de suelo para predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del

Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata, en el lugar conocido como San José de los

Cerritos, con una superficie de 40,580.00 m2; 6.10).- El cambio de uso del suelo para la

construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de

9 metros, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo

de los Pumas esquina con calle 1, en el fraccionamiento Lomas de Lourdes, con una

superficie de 1,154.00 m2; 6.11).- El cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros

a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres, en la colonia Las

Torres, con una superficie total de 20,740.10 m2; 6.12).- El cambio de uso del suelo de para

la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en el lote 36-A

de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro,

del Ejido Derramadero, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie

total de 1,824.00 m2; 6.13).- La corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5

Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a

subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la

colonia Praderas, con una superficie total de 1153.152 m2; y 6.14).- La reducción de sección

vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y

creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos.

7. Dictámenes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos siguientes: 7.1).- La creación

del Reglamento para los Festejos del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza; 7.2).- La creación del Reglamento para la Desincorporación y Enajenación de

Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza; 7.3).- La creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de

Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.4).- La creación del Reglamento de Unidades y Canchas

Page 3: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.5).- La creación del

Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila

de Zaragoza; 7.6) La creación del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del

Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.7).- El dictamen de las Comisiones unidas de

Gobernación y Reglamentos, y de Seguridad Pública y Tránsito, relativo a la reforma y

adición del artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de

Saltillo, Coahuila de Zaragoza; y 7.8).- La creación del Reglamento Interior del R.

Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

8. Propuesta de la Dirección de Desarrollo Humano para que se apruebe el Convenio de

Concertación a celebrar entre el Ayuntamiento de Saltillo y la Comisión Estatal de la

Vivienda.

9. Propuesta del Regidor Abraham Tobías Hernández para la creación de una vía verde

implementando jardines verticales y muros verdes en la infraestructura urbana municipal

como edificios, puentes, columnas y otras construcciones a fin de promover acciones de

remediación y preservación del equilibrio ecológico.

10. Clausura de Sesión.

Una vez que es sometido a votación el Orden del Día, resulta aprobado por unanimidad de los

presentes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda

Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta

Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta

Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava

Regidora; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo

Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives Preciado,

Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela

Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto

Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera

Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal,

Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la votación Jorge de la Peña Quintero, Noveno

Regidor.

El Alcalde solicita continuar con el Orden del Día, comunicando la Secretaria que el TERCER punto

consiste en Lectura de los acuerdos de la Sesión de Cabildo celebrada el día catorce de Noviembre

de dos mil dieciséis, por lo que con el permiso de todos ustedes me permito proceder con el

desahogo de este punto.

Se aprobó:

- La transferencia de la cantidad de $5´586,933.00, de los recursos del Fondo para la

Infraestructura Social Municipal (FISM 2016) autorizados en el Periódico Oficial del Estado a

la cuenta HÁBITAT MUNICIPAL 2016 BANORTE N° 443939279, como aportación que el

Municipio de Saltillo realiza al acuerdo de Coordinación para la Distribución y Ejercicio de

los Subsidios del programa Hábitat, vertiente general, correspondiente al ejercicio fiscal

2016.

- El informe financiero del mes de Octubre de 2016, presentado por la Tesorería Municipal. Y

- Se solicitó por la Síndico de Vigilancia y Presidenta de la Comisión de Salud Pública, Bertha

Cristina Castellanos Muñoz, al Ing. Isidro López Villarreal, esclarecer los hechos relativos a

Page 4: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

la diversa problemática en la Dirección de Salud Pública Municipal, según se refirió en su

oficio No. SV/137/2016 de fecha 10 del presente mes y año.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el CUARTO punto consiste en Dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio,

Cuenta Pública y Gastos Médicos referente al otorgamiento de estímulos fiscales en el pago por

concepto de renovación de concesiones del transporte público que vencen el treinta y uno de

Diciembre de dos mil dieciséis. Se otorga la palabra a su Presidente, Regidor José Ángel Rodríguez

Calvillo, para el desahogo de este punto, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN CHPCPGM/31/2016

ING. ISIDRO LOPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLOH. CABILDOP R E S E N T E.

LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO, CUENTA PUBLICA Y GASTOS MEDICOS, de conformidad con las disposiciones legales aplicables en la materia, somete a su consideración el DICTAMEN referente al otorgamiento de estímulos fiscales en el pago por concepto de Renovación de Concesiones del Transporte Público que vencen el 31 de diciembre de 2016.

RESULTANDO

PRIMERO.- Que con fecha 18 de Noviembre de 2016, se turnó a esta Comisión a través del oficio No. S.A. 02579/16 signado por la Lic. Laura María Martínez Hernández, Coordinadora de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento, el oficio IMT/1016/2016 presentado por la Dirección del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, mediante el cual hacen llegar escrito signado por los líderes de las tres principales centrales de vehículos de alquiler (taxis), en esta ciudad de Saltillo, en el que solicitan se les otorgue un estímulo fiscal para el pago de prórrogas que se vencen el 31 de diciembre de 2016.

SEGUNDO.- Que el pasado 18 de Noviembre se reunió la Comisión de Transporte para revisar y analizar la referida solicitud, tomando el siguiente acuerdo, el cual se remite a esta Comisión para en su caso dictaminar al respecto:

CT/05/2016

Se aprueba por Unanimidad, turnar la propuesta a la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos de realizar un estímulo fiscal consistente en el 25% en el mes de diciembre, 20% en el mes de enero, 15% en el mes de febrero y el 10% en el mes de marzo, en referencia al pago de la renovación de las concesiones que vencen el 31 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que el R. Ayuntamiento de Saltillo se encuentra jurídicamente facultado, conforme lo dispone el artículo 102, fracción V, inciso 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para administrar libremente su hacienda y controlar la aplicación del presupuesto del municipio.

SEGUNDO.- Que de conformidad con la fracción III del artículo 112 del Código Municipal, la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos tiene entre otras obligaciones la de vigilar la exacta aplicación de las leyes fiscales.

TERCERO.- Que de conformidad por lo dispuesto por el artículo 383 fracción II y III del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, se podrán dictar las medidas relacionadas con la administración, control, forma de pago y procedimientos señalados en las leyes fiscales, sin variar las disposiciones relacionadas con el sujeto, el objeto, la base, la cuota, la tasa o la tarifa de los gravámenes, las infracciones o las sanciones de las mismas, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y conceder subsidios o estímulos fiscales.

CUARTO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y demás relativos de ambos ordenamientos, son facultades y obligaciones de los Regidores presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión ante el Cabildo.

QUINTO.- Que esta Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos, considera que al realizar este tipo de estímulos se incentiva el cumplimiento de las contribuciones municipales, permitiendo que aquellos prestadores del servicio y transporte público tengan la oportunidad de regularizar su situación, otorgando un mejor servicio en beneficio de la ciudadanía.

Page 5: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Por las razones antes señaladas es de resolver y se resuelve:

PRIMERO.- Que de conformidad con los artículos 107 y 112 fracción III del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos tiene la facultad para dictaminar y vigilar la exacta aplicación de las leyes fiscales.

SEGUNDO.- Que de conformidad con lo expuesto en los considerandos anteriores del presente dictamen se Aprueba por Unanimidad los siguientes estímulos:

- Estímulo fiscal consistente en un 25% en el mes de diciembre de 2016, 20% en el mes de enero, 15% en el mes de febrero, y 10% en el mes de Marzo de 2017 en referencia al Pago por concepto de Renovación de las Concesiones de Transporte Público que vencen el 31 de Diciembre del 2016; estímulo aplicable en base a la Ley de Ingresos vigente al momento de hacer el pago.

TERCERO.- Con fundamento en los artículos 105 fracción V, y 107 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza se presentará este Dictamen para su aprobación ante el H. Cabildo.

CUARTO.- Notifíquese.

Así lo acordó y firma la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos a los 22 días del mes de Noviembre de 2016.

“POR LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO, CUENTA PÚBLICA Y GASTOS MÉDICOS”

LIC. LAURA GUADALUPE HERRERA GUAJARDOSECRETARIA

(Rúbrica)

DRA. BERTHA CRISTINA CASTELLANOS MUÑOZINTEGRANTE

(Rúbrica)

ING. EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑA PADILLAINTEGRANTE

(Rúbrica)

LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLOPRESIDENTE

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado unanimidad, procediéndose a formular

el siguiente:

A C U E R D O 252/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio, Cuenta

Pública y Gastos Médicos, en consecuencia los siguientes estímulos:

- Estímulo fiscal consistente en un 25% en el mes de diciembre de 2016, 20% en el mes de enero,

15% en el mes de febrero, y 10% en el mes de Marzo de 2017 en referencia al Pago por concepto

de Renovación de las Concesiones de Transporte Público que vencen el 31 de Diciembre del

2016; estímulo aplicable en base a la Ley de Ingresos vigente al momento de hacer el pago.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno

Municipal.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el QUINTO punto consiste en Dictámenes de la Comisión de Transporte relativos a

5.1).- Dos solicitudes realizadas por los titulares de concesiones que tuvieron vencimiento el treinta y

uno de Diciembre de dos mil catorce, para obtener prórroga para la prestación del servicio de

transporte público urbano; 5.2).- Solicitudes de concesionarios interesados en obtener prórroga para

Page 6: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

la prestación del servicio de transporte público urbano respecto de aquellas concesiones que tiene

vencimiento en fecha treinta y uno de Diciembre del año dos mil dieciséis; y 5.3).- Solicitud realizada

por el titular de la concesión la cual tuvo vencimiento en fecha treinta y uno de Diciembre  de dos mil

catorce, para obtener prórroga para la prestación del servicio de transporte público urbano en la

modalidad de autobús. Se otorga la palabra al Regidor Adrián de Jesús Herrera López, integrante de

la Comisión de Transporte, para el desahogo del primer dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO. HONORABLE CABILDO. P R E S E N T E.-

La Comisión de Transporte, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente Dictamen relativo a las dos solicitudes realizadas por los titulares de la concesiones, las cuales tuvieron vencimiento en fecha 31 de Diciembre del año 2014, para obtener prórroga para la prestación del servicio de transporte público urbano en sus diversas modalidades teniendo integrado debidamente el expediente en el Instituto Municipal del Transporte, en consecuencia se inicie el procedimiento que en derecho corresponda para prorrogar las concesiones en comento, esto en seguimiento al acuerdo de cabildo 105/12/16.

R E S U L T A N D O

PRIMERO.- Que en fecha 31 de Diciembre de 2014, concluyeron su vigencia para su explotación 1460 (mil cuatrocientos sesenta) concesiones para la prestación del servicio de transporte público urbano, en sus diversas modalidades, a saber: autobuses 462 (cuatrocientas sesenta y dos), de Taxi 525 (quinientas veinticinco), de Materialistas 404 (cuatrocientas cuatro) y de Carga Ligera 69 (sesenta y nueve), en consecuencia el Instituto Municipal del Transporte en fecha 15 de Diciembre de 2014, previo diseño de los instrumentos administrativos necesarios, inicia el proceso relativo a la integración de los expedientes correspondientes a las concesiones.

SEGUNDO.- Derivado del proceso administrativo arriba señalado, con fecha de 18 de agosto y mediante acuerdo de cabildo número 141/16/15, se autorizó la prórroga de 723 concesiones en sus diversas modalidades, 492 (cuatrocientas noventa y dos) referentes a autos de alquiler (Taxis) y 231 (doscientos treinta y uno) referente a autobuses.

TERCERO.- A más de lo anterior el día 15 de junio de 2016, mediante acuerdo de cabildo 105/12/16 se autoriza una prórroga hasta el mes de diciembre de 2016, para integrar el expediente para la renovación de concesión de transporte público en cualquiera de sus modalidades.

CUARTO.- Por lo antes expuesto y continuando con el procedimiento de renovación de las concesiones que vencieron el pasado 31 de diciembre de 2014, con fecha de 10 de noviembre de 2016, se recibió mediante oficio número IMT/SRPT/1191/2016, la solicitud del Instituto Municipal del Transporte para otorgar prórroga para la prestación de servicio de transporte urbano en sus diversas modalidades respecto a 2 expedientes de concesiones 1 auto de alquiler (taxi) y 1 de autobús.

QUINTO.-En fecha de 14 de agosto de la presente anualidad, se reúnen los Integrantes de la Comisión de Transporte a fin de estudiar y analizar los 02 expedientes de concesiones de Transporte Público en sus diversas modalidades, que solicitan la prórroga para la prestación del servicio; una vez que fueron examinados todos los expedientes y al ver que cumplen con lo establecido en la ley, se acuerda por parte de este Órgano Colegiado el otorgar la prórroga para la prestación del servicio de Transporte Publico de la siguiente manera :

01 de auto de alquiler (taxi).

Consecutivo No de Concesión

NOMBRE DEL CONCESIONARIO

1 3347-T ARMANDO FLORES EGUIA

01 concesión de autobús.

Consecutivo No de Concesión

NOMBRE DEL CONCESIONARIO

1 0568- A OSCAR MANUEL OLVEDA RAMIREZ

C O N S I D E R A N D O

Page 7: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y demás relativos de ambos ordenamientos, son facultades y obligaciones de los Regidores presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión ante el Cabildo.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por los numerales 4°, 5°, 6° fracción IV, 49, 52, 54, 58, 63, 64, 65, 66 y demás aplicables de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza, que establecen que los Ayuntamientos, dentro del ámbito de su jurisdicción y competencia, son autoridades en materia de tránsito y transporte, además que es facultad de los Ayuntamientos otorgar concesiones para los servicios de transporte público urbano de pasajeros, por lo que en consecuencia, este órgano colegiado se encuentra facultado para pronunciarse respecto de la solicitud de los titulares de las concesiones para que les sean prorrogadas las concesiones para la prestación del servicio de transporte público urbano, una vez cumplimentados como lo fueron los requisitos que establece la Ley de la materia, así como lo previsto por la referida Ley en su Artículo 64 que textualmente señala: “…Las concesiones del servicio público de transporte se otorgarán por el término de treinta años, prorrogables cada treinta años, siempre que el concesionario demuestre haber cumplido con todas las obligaciones que esta Ley y su Reglamento le señalen y acredite que satisface los requisitos y condiciones que estos ordenamientos establecen para seguir con la prestación del servicio.”

TERCERO.- Que de conformidad con lo estipulado en el resultando CUARTO antes mencionado, han acudido a las oficinas del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila, a realizar el trámite de prórroga para la servicio de transporte público para pasajeros en sus diversas modalidades 2 concesionarios cuyos datos de concesión se encuentran plasmados en el resultando QUINTO del presente dictamen, lo cual significa que a la fecha han cumplido con su obligación de solicitar la prórroga o integrar debidamente el expediente que corresponde, En términos de los artículos de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza citados en el párrafo que antecede, así también mediante acuerdo de cabildo número 105/12/16.

Por lo anteriormente expuesto y siendo el presente tema de la competencia de esta Comisión y con el voto a favor de los presentes, se solicita a este R. Ayuntamiento:

PRIMERO.-De conformidad con el artículo 64 de la Ley de Tránsito y Transporte de Coahuila de Zaragoza, se autorice a los titulares de las 2 concesiones referidas en el resultando QUINTO de este dictamen, PRÓRROGA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO POR UN TÉRMINO DE 30 AÑOS, toda vez que han dado cumplimiento a los requisitos que la Ley exige.

Lo anterior previo pago de los derechos correspondientes para el particular previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2016.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás autoridades Municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF) Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad capital.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Transporte, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

El

Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 253/25/16

ING. EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑA PADILLA.PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

(Rúbrica)

C. MARÍA OLIVA DELGADO PURONSECRETARIA DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO.

INTEGRANTE DE LA COMISIÓN.(Rúbrica)

LIC. ADRIÁN DE JESÚS HERRERA LOPEZ

INTEGRANTE DE LA COMISIÓN.(Rúbrica)

Page 8: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Transporte, en consecuencia se

autoriza a los titulares de las dos concesiones que a continuación se describen, prórroga para la

prestación del servicio de transporte público urbano por un término de 30 años, toda vez que han

dado cumplimiento a los requisitos que la Ley exige. Lo anterior previo pago de los derechos

correspondientes para el particular previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila

de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2016.

01 de auto de alquiler (taxi).

Consecutivo No de Concesión

NOMBRE DEL CONCESIONARIO

1 3347-T ARMANDO FLORES EGUIA

01 concesión de autobús.

Consecutivo No de Concesión

NOMBRE DEL CONCESIONARIO

1 0568- A OSCAR MANUEL OLVEDA RAMIREZ

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás

autoridades Municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo,

Coahuila de Zaragoza, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF)

Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos

legales a que haya lugar.

CUARTO.- Publíquese en la Gaceta, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal, en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta

ciudad capital.

El Regidor Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Presidente de la Comisión de Transporte, procede a

dar lectura al segundo dictamen mismo que se transcribe a continuación:

CT/016/2016.ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO. HONORABLE CABILDO.

P R E S E N T E.-

La Comisión de Transporte, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente Dictamen relativo a las solicitudes de concesionarios interesados en obtener prórroga para las concesiones del servicio de transporte público urbano en sus diversas modalidades, de las cuales son titulares y que tienen vencimiento en fecha 31 de Diciembre del año 2016, solicitudes hechas del conocimiento de este cuerpo colegiado a través del oficio suscrito por el Director General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila, con número IMT/SRPT/1200/2016 recibido en fecha 18 de noviembre de la presente anualidad, escrito mediante el cual se nos informa, que en el proceso de integración de expedientes relativos a las concesiones de referencia, 362 expedientes ya fueron debidamente integrados en el Instituto Municipal del Transporte y en consecuencia, se inicie el procedimiento que en derecho corresponda para que se autorice la prórroga de las concesiones en comento.

R E S U L T A N D O

PRIMERO.- Que en fecha 31 de Diciembre de 2016, concluyen su vigencia para su explotación disimiles concesiones del transporte público urbano para pasajeros en sus diversas modalidades, por lo que el Instituto Municipal del Transporte previo diseño de los instrumentos administrativos e incentivando a los concesionarios a realizar el trámite de prorrogas de concesiones, inicia el proceso relativo a la integración de los expedientes correspondientes a las concesiones, cuyos titulares SOLICITAN se PRORROGUE el periodo de explotación de la concesión en particular.

SEGUNDO.- En fecha 18 de Noviembre del año en curso, mediante oficio número IMT/SRPT/1200/2016 suscrito por el Licenciado Gilberto B. Navarro Chapa, se hace del conocimiento

Page 9: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

de la Comisión de Transporte que, a esa fecha 362 (trecientos sesenta y dos) titulares de concesiones habían desahogado satisfactoriamente el proceso de integración de expediente correspondiente y observado cómo fueron los requisitos legales que para ello disponen nuestros cuerpos legales.

TERCERO.- En la misma fecha señalada en el párrafo precedente, se reunió la Comisión de Transporte, a fin de estudiar y analizar los expedientes de las concesiones las cuales sus titulares solicitaron prórroga para la prestación del servicio público para pasajeros en sus diversas modalidades, expedientes turnados por el Instituto Municipal del Transporte; llegando la comisión al acuerdo de prorrogar las 362 concesiones de la siguiente manera:

361 de autos de alquiler (taxis):

CONSECUTIVO

N° DE CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO

1 4179-T MARIA DEL CARMEN BLANCO SIFUENTES2 5418 T FRANCISCO JAVIER GARCIA TOVAR3 4135 T JAVIER OROZCO RIVAS 4 4674 T RICARDO FRIAGA HINOJOSA 5 3785 T FRANCISCO RODRIGUEZ MAYORGA6 3479 T HECTOR LOPEZ CARRIZALES7 5148 T FRANCISCO BARRERA SIFUENTES8 3601 T SERGIO BAZALDUA MARTINEZ 9 3712 T REBECA ADRIANA MTZ GARCIA10 3710 T GUILLERMO GUERRERO PRADO11 4208 T DAVID ALONSO RAMIREZ12 4590 T DAVID ALONSO RAMIREZ13 3945 T ARTURO ALONSO PINALES14 5398 T JESUS AARON GONZALEZ GONZALEZ15 4832 T JOSE GONZALEZ GUTIERREZ 16 5229 T EDGAR OSVALDO VELOZ SAAVEDRA17 3557 T TERESA QUIROZ RUBIO 18 3804 T OSCAR GILBERTO VALDES CEPEDA19 2500 T MARTHA LEONOR CERECERO VEGA20 3794 T MARTHA ELVIA VEGA TORRES21 5347 T FRANCISCO RODRIGUEZ MAYORGA22 4651 T JUAN MORIN MARTINEZ23 3960 T TERESITA CORONADO DE LA ROSA24 4891 T EDELMIRA MARTINEZ BARRON25 2569 T FELIPE HERNANDEZ ARRIAGA26 2934 T JESUS LINO LUNA RAMIREZ27 4701 T ANTONIO TOBIAS GOMEZ28 2989 T ASCENCION SOLIS IBARRA29 3959 T BENJAMIN CALZADA RAMIREZ30 2725 T SANTA HEBE MENDEZ PORTILLO31 2676 T RICARDO GARZA VASQUEZ32 4653 T RAMIRO VAZQUEZ CONTRERAS33 3635 T MARIA RAQUEL FLORES PADILLA34 4796 T JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ SALAZAR35 3451 T JUAN HERNANDEZ MEDRANO36 4151 T CLAUDIO FRANCISCO DOMINGUEZ CERECERO37 4046 T RAFAEL RAMIREZ PACHECO38 2340 T MANUEL GARCIA GARCIA39 5109 T MARIO BUSTOS GUERRERO40 2865 T ANGELICA SANCHEZ LOPEZ41 4061 T MARIA RAQUEL FLORES PADILLA42 3631 T MAXIMINA SALAS SANTANA43 2437 T JAVIER ARELLANO RODRIGUEZ44 4382 T JOSE LUIS VAZQUEZ GOMEZ45 4876 T FERNANDO DOMINGUEZ CERECERO

Page 10: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

46 4923 T JESUS TELLO TORRES47 2462 T JESUS TELLO TORRES48 3768 T RAQUEL ALVIZO ROCHA49 4621 T LUIS MIGUEL MELACIO HERNANDEZ50 4217 T MARIA ESTHER ARRIAZOLA CORTES51 5340 T JOSEFINA MORALES HERRERA52 3629 T JAVIER ARELLANO RODRIGUEZ53 3680 T INOCENCIO GONZALEZ GONZALEZ54 4776 T EFRAIN GAYTAN RICO55 2297 T JUAN GABRIEL GARCIA RODRIGUEZ56 5371 T FRANCISCA LILIANA DE LEON HERNANDEZ57 5234 T DIEGO ANTONIO FLORES CONTRERAS58 4801 T MARIA DEL REFUGIO DELGADO RAMIREZ59 5358 T MARGARITA SIMENTAL GALINDO60 4979 T FRANCISCO CERVANTES AGUILERA61 4123 T CARLOS PICENA VAZQUEZ62 4188 T CARLOS ROSENDO DOMINGUEZ RODRIGUEZ63 4465 T SAMUEL CASAS GAMEZ64 4969 T ROSALIO NAVARRO RUIZ65 2424 T DIEGO ALBERTO PEÑA MACIAS66 4709-T HOMERO TELLO AGUILAR67 4857 T ROSA MARIA MENCHACA RODRIGUEZ 68 5051 T ROSALINDA JIMENEZ RAMIREZ69 2663 T JOSE LUIS HERNANDEZ DURON70 4940 T MA. TERESA VALDEZ ARRIAGA71 5396 T GILBERTO LEDEZMA RAMOS72 2666 T MARIO ALFONSO ALVIZO FLORES73 2614 T LELIA VALDES BAZALDUA74 3654 T ROSALINDA JIMENEZ RAMIREZ75 2422 T JESUS CHRISTIAN ESQUIVEL FLORES76 3653 T MARIA ESTHER VAZQUEZ DE LA PEÑA77 3652 T FRANCISCO LOPEZ PEÑA78 2593 T INOCENCIO GONZALEZ GONZALEZ79 4080 T FABIOLA AZUCENA ALDAPE PONCE80 4177 T MARTIN GONZALO ARELLANO OROZCO81 2517 T ANGELINA FUENTES HERRERA82 5252-T ISMAEL GALINDO CONTRERAS83 4933-T VICTOR HUGO GALINDO CONTRERAS84 2419-T GERARDO CORTES LOPEZ85 5112 T MARIA DEL CONSUELO TORRES MENDOZA86 4632 T MARIA TERESA ABRAHAM GONZALEZ87 5262 T JOSE LUIS VAZQUEZ GOMEZ88 4481-T ERNESTO REYES ALEMAN89 3921-T ELSA HERMILA MIWA VALDES90 3556 T JUAN ANTONIO VALDES PALOMARES91 3437-T SALVADOR ARELLANO CORTES92 3985-T ANTONIO SANCHEZ PEREZ93 4784-T GUSTAVO AGUILAR MEDINA94 5385-T JOSE ANTONIO SALAZAR CHAVARRIA95 2846-T FIDENCIO GUZMAN BENITEZ96 2528-T FRANCISCO MARTIN AGUILERA MARTINEZ97 2848-T MARINA DOMINGUEZ MARTINEZ98 5243-T GERARDO PECINA FAZ99 3846-T JUAN MANUEL CASTILLO GARCIA

100 5079-T RAFAEL RAMIREZ VILLAGRAN101 2499-T JOSE DE JESUS GARCIA RODRIGUEZ 102 4520-T MARIA ANGELICA SOLIS CARRERA

Page 11: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

103 4655-T DIANA PATRICIA PEÑA VALDES104 4714-T LUIS ANTONIO ALDAPE PONCE105 4099-T MARIA ANGELICA SOLIS CARRERA106 4686-T RAMON VEGA GARCIA107 4221-T EUSTACIA DOLORES PONCE GAONA108 3729-T JUAN DE DIOS DUARTE RODRIGUEZ109 4214-T RUBEN PARRA GARCIA110 5223-T NERI ARREDONDO MATA111 3952-T MARTIN ORONA CHAVEZ112 4799-T DOLORES ANTONIO TRUJILLO OLIVAREZ113 4825-T FAUSTINO GAYTAN MARTINEZ114 5134-T EUSTACIA DOLORES PONCE GAONA115 3670-T ESPERANZA LOPEZ PEÑA116 3739-T VICTOR VAZQUEZ ROMAN117 3989-T MARIO ALBERTO DOMINGUEZ PADILLA118 3426-T HECTOR PEÑA SALAZAR119 5377 T DORA MARIA GARCIA RAMIREZ120 4069-T JUAN PABLO RAMOS PEÑA121 3007-T DORA ELIA CARRANZA GARCIA122 4115-T JUAN JOSE GAMEZ PEÑA123 2886-T FRANCISCO RODRIGUEZ GARCIA124 4431-T JUAN JOSE PADILLA VELAZQUEZ125 3525-T JOSE GUILLERMO MONTELONGO NAVARRO126 3535-T CARLOS PICENA VAZQUEZ127 3930-T SERGIO VARGAS REYES128 2498-T AURORA GUZMAN RUIZ129 4033-T ROBERTO MAURO DE LA ROSA BARRIOS130 4183-T RODOLFO FERMIN TORRES131 3463-T JORGE ARMANDO PEÑA SANCHEZ132 3462-T JORGE ARMANDO PEÑA SANCHEZ133 4219-T JUAN DANIEL RAMIREZ SANCHEZ134 3867-T HOMERO TREVIÑO VAZQUEZ135 2796-T EULALIA SOTO SIFUENTES136 5261-T AURORA GUZMAN RUIZ137 3978-T ALBERTO TORRES PERALES138 4239-T DANIEL SANCHEZ NIÑO139 3868-T HORACIO DAVILA SOTO140 4388-T MANUEL COVARRUBIAS ESTRADA141 4052-T RICARDO SAAVEDRA142 2718-T JOSE ARTURO MENDOZA HERNANDEZ143 2839-T JORGE ARTURO BRIONES GARCIA144 2906-T JOSE DEL REFUGIO SIFUENTES FLORES145 4532-T MARIA DEL ROSARIO ROCHA HERNANDEZ146 3586-T RAFAEL SAUCEDO LIRA147 4865-T VICTOR MANUEL CARRILLO LIMON 148 2988-T JUAN GILBERTO VALDES MENDOZA149 2688-T PATRICIA ROCHA HERNANDEZ150 4925-T MARIA DE LA CRUZ RAMIREZ SANCHEZ151 3962-T ISMAEL HERRERA REYES152 3754-T ALFREDO MORENO HERNANDEZ153 4897-T SERGIO OBREGON DE LA ROSA154 2298-T ARMANDINA CASTILLO DE LOS SANTOS155 2255-T MARIA IGNACIA GARCIA VALDES156 3911-T MARIA SANJUANA ORTIZ SALINAS157 3408-T PABLO BRIONES RODRIGUEZ158 5239-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES159 2868-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES

Page 12: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

160 2634-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES161 3871-T RENE ARIEL BETANCOURT VALERO162 2788-T RENE ARIEL BETANCOURT VALERO163 3873-T JORGE ARTURO BRIONES GARCIA164 2446-T JOSE GALLEGOS ALVAREZ165 5040-T FELIX NAJERA MARTINEZ166 4775-T JUAN ENRIQUE MEJIA CAZARES167 3902-T RAYMUNDO PEREZ ALONSO168 3872-T MARTA ESTELA PERALES MATA169 3421-T ARMANDO JIMENEZ RODRIGUEZ170 3683-T JOSE MARTIN ONTIVEROS AMAYA171 2533-T JOSE ANGEL LOPEZ GUERRA172 3503-T ELIZABETH ROCHA GARZA173 2707-T JOSE ISABEL CORTES RODRIGUEZ174 4315-T MARCELINO IBARRA PRECIADO175 3400-T ENEDINA MONTES IBARRA176 5156-T MARIA TERESA FIGUEROA MIRELES177 4472-T JESUS MORAN MORALES178 3671-T SATURNINO MARTINEZ BELTRAN179 4032-T MIGUEL ANGEL FRAUSTRO AGUIRRE180 3658-T NORMA CATALINA PICENA VAZQUEZ181 4815-T FILEMON CABRERA LOPEZ182 4761-T MARIA DEL LOURDES GUILLEN CISNEROS183 4167-T FRANCSICO JAVIER FABIAN SENA184 4191-T JOSE AGUIRRE GOMEZ 185 4060-T MA. GUADALUPE DAVILA SOTO

186 3878-TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO187 2837-T DIANA MARIA DAVILA SOTO188 4064-T DIANA MARIA DAVILA SOTO189 2304-T PEDRO MEDRANO REYNOSO190 2971-T JOSE FRANCISCO ZAPATA GONZALEZ

191 3879-TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO192 3923-T MARTIN RODRIGUEZ MORALES193 4070-T JUAN CARLOS FLORES LOPEZ194 2785-T GABRIELA MORALES OCEGUERA195 5094-T BLANCA IDALIA MEDELLIN PIMENTEL196 3588-T FRANCISCO JAVIER SOLIS MORALES197 5370-T MARIO ALBERTO MENDOZA BALDERAS198 5213-T MATILDE LARA CORDOVA199 2490-T ERNESTINA DE LOS SANTOS LOZANO200 3894-T ARMANDO CRUZ SALAS201 2797-T JOSE JUAN CONTRERAS POBLANO202 4687-T DULCE KARINA SANDOVAL VAZQUEZ203 2921-T JESUS VALERO MARTINEZ204 4231-T ARTURO OSORIA RODRIGUEZ205 3875 T ISELA VERONICA BRIONES GARCIA206 4437-T PETRA TORRES SANDOVAL207 4049-T JULIO RUIZ MORALES208 2945-T ROSA IRMA LOPEZ SANCHEZ209 2703-T FRANCISCO CASAS CASAS210 3423 T JESUS MARTINEZ ALVAREZ211 3576 T RAUL OMAR VALDEZ MONTENEGRO212 5176 T MIGUEL ANGEL LOYA CASTAÑEDA213 4842-T MARIA GUADALUPE MARTINEZ CAPETILLO214 3882 T MA.DEL SOCORRO DE LA PEÑA BERLANGA215 4057 T FRANK HOMERO DAVILA SOTO

Page 13: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

216 2392 T GERARDO CORTES LOPEZ217 2458 T SANTIAGO CAMPOS RODRIGUEZ218 4068 T VICTOR HUGO DAVILA SOTO219 3758 T ZEFERINO GUAJARDO PEÑA220 5381 T CARLOS BENJAMIN CHARLES COLUNGA221 2789 T JOSE GUADALUPE BRIONES GARCIA222 4296 T RUBEN VAZQUEZ LOPEZ

223 2301 TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO224 4059 T HORACIO RAYMUNDO DAVILA PERALES225 2311 T NARCISO RODRIGUEZ ESPINOSA226 3485 T ERNESTO BASALDUA RAMIREZ227 2291 T ANTONIO RUIZ CORONADO228 2806 T MARCO ANTONIO DE LEON SUAREZ229 2626 T ALEJANDRO MATA TORRES230 3689 T CRISTIAN ALEJANDRO OLMOS QUIROGA231 2394-T HECTOR MANUEL PEÑA MACIAS232 2845 T GERARDO MENDOZA SALAS233 3780 T SERGIO HUMBERTO FIGUEROA FLORES234 4387 T JUAN ALBERTO TREVIÑO JIMENEZ235 3885 T HECTOR JOEL DAVILA SOTO236 5058 T LIZBETH ALEJANDRA GUERRA CONTRERAS237 2745 T JOSE MAGDALENO GONZALEZ RODRIGUEZ238 4270 T JORGE EDUARDO DE LA ROSA MACIAS239 4450 T FELIX ALFREDO MORENO OROCIO240 2362 T GUILLERMO RINCON LUCIO241 2799 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE242 4977 T MA. GUADALUPE ECHAURY MACIAS243 4576 T MARIA JUANA REYES IBARRA244 2482 T DANIEL MARTIÑON ROMERO245 2282 T MARIO ALBERTO HERNANDEZ MORENO246 2609 T EDGAR ALBERTO LOPEZ RODRIGUEZ247 4763 T ISIDORO RODRIGUEZ CORONADO248 3470 T SONIA ADRIANA MONSIVAIS IBARRA249 3953 T ESTEBAN DE JESUS CORTES PADILLA250 3726 T IRENE ARMINDA VASQUEZ VALDES251 4732 T FELIX ALFREDO MORENO OROCIO252 4535 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE253 5227 T SANDRA ELENA SANCHEZ GUILLEN254 4954 T FRANCISCO JAVIER CEDILLO BALDERAS255 4329 T JOSE ARTURO OROZCO ESQUIVEL256 4118 T JORGE LUIS VAZQUEZ MENDOZA257 3865 T JOSE ANTONIO VALDES SANCHEZ258 3958 T ROGELIO ZAVALA MADERO259 4739 T ROGELIO ZAVALA MADERO260 4373 T ROGELIO ZAVALA MADERO261 5160 T JULIO GARCIA COLUNGA262 2441 T IRMA LIDIA CABRIELES ARENAS263 4682 T LEOPOLDO AGUIRRE GARCIA264 3742 T SERGIO ERNESTO CEPEDA BUSTOS265 2689 T BRENDA ANGELICA LOPEZ RODRIGUEZ266 4601 T MARIA GUADALUPE IBARRA BUSTAMANTE267 4146 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO268 4202 T CARLOS TRUJILLO TREVIÑO269 2860 T MARIA JUANA REYES IBARRA270 4089 T JORGE EDUARDO DE LA ROSA MACIAS271 3927 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO272 2611 T LEOPOLDO FRANCISCO AGUIRRE MARTINEZ

Page 14: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

273 4045 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO274 4779 T SAN JUANA CARRERA SIFUENTES275 5032 T GREGORIA LEDEZMA CASTRO276 2644 T JOSE MARGARITO RODRIGUEZ ULLOA277 3430 T MARIA NATIVIDAD VAZQUEZ VALDES278 3428 T MARCOS REYNALDO VAZQUES MORENO279 3574 T HELIODORO GARCIA VALDES280 2485 T MIGUEL ANGEL CORTES MIRELES281 3523 T ROBERTO ARANDA LOPEZ282 2595 T MOISES MARTINEZ DELGADILLO283 4787 T NOEMI MARTINEZ CONSTANTE284 2812 T MARIA ELIDIA SOLIS BLANCO285 4006 T ROSA MARIA GARCIA RODRIGUEZ286 4366 T DIANA FLORES COSS287 3946 T MANUEL GARCIA GARCIA288 2731 T TITO LEIJA PRADO289 2293 T JUAN ANTONIO COSS FARIAS290 5395 T KARLA VANESSA GALINDO SANTANA291 3687 T KARINA MARIBEL GALINDO SANTANA292 2720 T ERNESTO BAZALDUA RAMIREZ293 2800 T RAMON VALDES SANCHEZ294 3478 T OSCAR SILVA RAMOS295 3471 T OSCAR SILVA RAMOS296 3472 T MELITON TOVAR BERNAL297 3881 T JUAN ANTONIO COSS FARIAS298 4218 T JESUS MARIA SALCIDO PAVIA299 5131 T MARCELINO PEÑA ROSALES300 3640 T ANGEL DAVILA SOTO301 4421 T SIXTO BARRERA SALAZAR302 2834 T OSCAR SILVA RAMOS303 2975 T ARMANDO HERNANDEZ RESENDIZ304 3890 T ANDRES MORALES CORTES305 3830 T FRANCISCO REFUGIO AGUILAR GUERRERO306 2942 T DAVID GAONA ARRIAGA307 3886 T ELISA FLORES NORIEGA308 3916 T MARIA DEL SOCORRO RETIZ FIGUEROA309 4488 T ISIDRO GUZMAN PINO310 3948 T OSIEL RECIO MORENO311 3410 T OSIEL RECIO MORENO312 4569 T ROBERTO RODRIGUEZ GAONA313 3870 T ERNESTO BAZALDUA RAMIREZ314 3744 T NANCY BETANCOURT ORTIZ315 4100 T LUIS ANTONIO ALDAPE PONCE316 3467 T ELISEO GOMEZ LOPEZ317 3901 T MARIA DEL REFUGIO ARAUZ VAZQUEZ318 4356 T DALIA ALICIA BETANCOURT DE LA ROSA319 3549 T VICTOR HUGO FLORES GUZMAN320 4192 T JUAN MANUEL ALVARADO SOLIS321 2295 T MARIA ESTHER ARRIAZOLA CORTES322 2580 T MARIA JUANA REYES IBARRA323 2751 T JUAN ANTONIO DELGADO GUERRERO324 4002 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE325 3866 T JOSE ANTONIO VALDES SANCHEZ326 3736 T MARIA GUADALUPE ECHAURY MACIAS327 2494 T JOSE ANSELMO LUNA ROMO328 5406 T BERNARDINA ZAMORA GOMEZ329 4814 T JUAN ANTONIO PALOMO QUINTERO

Page 15: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

330 2692 T ALMA ELENA TANGUMA BARRERA331 5409 T MIRIAM LEOS GALINDO332 3534 T JUAN ANTONIO SALAZAR VAZQUEZ333 2532 T ROSA MARIA GARCIA RODRIGUEZ334 4523 T MATILDE LARA CORDOVA335 3924 T RAFAEL LOPEZ LOPEZ336 2650 T ADELAIDO ALVARADO AMAYA337 4297 T FRANCISCO MALDONADO CARIAGA338 3848 T MARCO ANTONIO ZAVALA MARTINEZ339 5394 T UVALDO URESTI TORRES340 2924 T EDUARDO RAMIREZ ORTIZ341 4489 T MELISA ELISABETH FLORES JARAMILLO342 2561 T ROBERTO TREVIÑO RODRIGUEZ343 3731 T MARGARITO ROSALES CONSTANCIO344 5368 T MARGARITO ROSALES CONSTANCIO345 5062 T JOSE ALBERTO VALDEZ MENDOZA346 4429 T KARINA ELIZABETH CASTILLO MARTINEZ347 3937 T TERESA CASTAÑEDA ESPARZA348 3565 T JUAN ANTONIO SALAZAR CHAVEZ349 4527 T ROSENDA GARIBAY MARTINEZ350 4964 T JESUS MUÑOS MONCADA351 3730 T FRANCISCA MARTINEZ LOPEZ352 4550 T MARIA ANTONIA CABRERA TORRES353 5257 T GUADALUPE RAMIREZ OVALLE354 2397 T CRESENCIA PEÑA LOPEZ355 5273 T JORGE LUIS CUEVAS GONZALEZ356 5047 T CRESENCIA PEÑA LOPEZ357 4508 T JORGE ALBERTO MORENO HERNANDEZ358 4736 T MARIA TERESA HERNANDEZ RODRIGUEZ359 4552 T ISAIAS GAONA TORRES360 3795 T VALENTINA HERNANDEZ ALVARADO361 4921 T GERARDO VALDES GAONA

1 concesión autobús

CONSECUTIVON° DE

CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO1 0810 A MANUEL GARCIA GARCIA

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y demás relativos de ambos ordenamientos, son facultades y obligaciones de los Regidores presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión ante el Cabildo.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por los numerales 4°, 5°, 6° fracción IV, 49, 52, 54, 58, 63, 64, 65, 66 y demás aplicables de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza, que establecen que los Ayuntamientos, dentro del ámbito de su jurisdicción y competencia, son Autoridades en materia de tránsito y transporte, además que es facultad de los Ayuntamientos otorgar concesiones para los servicios de transporte público urbano de pasajeros, por lo que en consecuencia, este órgano colegiado se encuentra facultado para pronunciarse respecto de la solicitud de los titulares de las concesiones para que les sean prorrogadas las concesiones para la prestación del servicio de transporte público urbano, una vez cumplimentados como lo fueron los requisitos que establece la Ley de la materia, así como lo previsto por la referida Ley en su Artículo 64 que textualmente señala: “…Las concesiones del servicio público de transporte se otorgarán por el término de treinta años, prorrogables cada treinta años, siempre que el concesionario demuestre haber cumplido con todas las obligaciones que esta Ley y su Reglamento le señalen y acredite que satisface los requisitos y condiciones que estos ordenamientos establecen para seguir con la prestación del servicio.” .

TERCERO.- Que de conformidad con lo estipulado en el resultando SEGUNDO antes mencionado, han acudido a las oficinas del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila, a realizar el trámite de prórroga para la servicio de transporte público para pasajeros en sus diversas

Page 16: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

modalidades 362 concesionarios cuyos datos de concesión se encuentran plasmados en el resultando TERCERO del presente dictamen, lo cual significa que a la fecha han cumplido con su obligación de solicitar la prórroga o integrar debidamente el expediente que corresponde, en términos de lo dispuesto por la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Coahuila de Zaragoza, citados en el párrafo que antecede.

Por lo anteriormente expuesto y siendo el presente tema de la competencia de esta Comisión y con el voto a favor de los presentes, se solicita a este R. Ayuntamiento:

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 64 de la Ley de Tránsito y Transporte para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se autorice a los titulares de las concesiones referidas en el resultando tercero del presente dictamen, PRÓRROGA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO POR UN TÉRMINO DE 30 AÑOS, a partir de 01 de enero del año 2017, toda vez que han dado cumplimiento a los requisititos que la Ley exige.

Lo anterior previo pago de los derechos correspondientes para el particular previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio que corresponda.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF) Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Transporte, a los (18) dieciocho días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

El Regidor Eduardo Ramón de la Peña Padilla manifiesta: Quiero hacer una aclaración aquí, hubo seis

errores de dedo, quiero comentarles para que quede asentado en el Acta, son letras pero se las voy a

comentar, el consecutivo 18 para que lo corrijan todos, con el número de concesión 3804 a nombre de

Oscar Gilberto Valdez Cepeda, lo correcto es Valdés con “s”, “s” de sol; el segundo punto el consecutivo

39 con el número de concesión 5109 T a nombre de María Bustos Guerrero, lo correcto es Mario Bustos

Guerrero; el tercer punto el consecutivo 131, con el número de concesión a nombre de José Armando

Peña Sánchez, lo correcto es Jorge Armando Peña Sánchez; el consecutivo 132, con el número de

concesión a nombre de José Armando Peña Sánchez lo correcto es Jorge Armando Peña Sánchez, es

que son hermanos por así decirlo; el quinto punto es consecutivo 167 con el número de concesión a

nombre de Raymundo Pérez Lozano, lo correcto es Raymundo Pérez Alonso; el consecutivo 168 con el

número de concesión a nombre de Martha Estela Perales, lo correcto es Marta sin la letra “h”.

La Secretaria del Ayuntamiento pregunta: ¿Qué número de concesiones es?

El Regidor Eduardo Ramón de la Peña Padilla responde: Es 168.

(El dictamen ya contiene dichas observaciones)

ING. EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑA PADILLA.PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

(Rúbrica)

C. MARÍA OLIVA DELGADO PURONSECRETARIA DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)

LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO.INTEGRANTE DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)

LIC. ADRIÁN DE JESÚS HERRERA LOPEZ

INTEGRANTE DE LA COMISIÓN.(Rúbrica)

Page 17: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 254/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Transporte, en consecuencia se

autoriza a los titulares de las concesiones que a continuación se describen, prórroga para la

prestación del servicio de transporte público urbano por un término de 30 años, a partir de 01 de

enero del año 2017, toda vez que han dado cumplimiento a los requisititos que la Ley exige. Lo

anterior previo pago de los derechos correspondientes para el particular previstos en la Ley de

Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio que corresponda.

361 de autos de alquiler (taxis):

CONSECUTIVO

N° DE CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO

1 4179-T MARIA DEL CARMEN BLANCO SIFUENTES2 5418 T FRANCISCO JAVIER GARCIA TOVAR3 4135 T JAVIER OROZCO RIVAS 4 4674 T RICARDO FRIAGA HINOJOSA 5 3785 T FRANCISCO RODRIGUEZ MAYORGA6 3479 T HECTOR LOPEZ CARRIZALES7 5148 T FRANCISCO BARRERA SIFUENTES8 3601 T SERGIO BAZALDUA MARTINEZ 9 3712 T REBECA ADRIANA MTZ GARCIA10 3710 T GUILLERMO GUERRERO PRADO11 4208 T DAVID ALONSO RAMIREZ12 4590 T DAVID ALONSO RAMIREZ13 3945 T ARTURO ALONSO PINALES14 5398 T JESUS AARON GONZALEZ GONZALEZ15 4832 T JOSE GONZALEZ GUTIERREZ 16 5229 T EDGAR OSVALDO VELOZ SAAVEDRA17 3557 T TERESA QUIROZ RUBIO 18 3804 T OSCAR GILBERTO VALDES CEPEDA19 2500 T MARTHA LEONOR CERECERO VEGA20 3794 T MARTHA ELVIA VEGA TORRES21 5347 T FRANCISCO RODRIGUEZ MAYORGA22 4651 T JUAN MORIN MARTINEZ23 3960 T TERESITA CORONADO DE LA ROSA24 4891 T EDELMIRA MARTINEZ BARRON25 2569 T FELIPE HERNANDEZ ARRIAGA26 2934 T JESUS LINO LUNA RAMIREZ27 4701 T ANTONIO TOBIAS GOMEZ28 2989 T ASCENCION SOLIS IBARRA29 3959 T BENJAMIN CALZADA RAMIREZ30 2725 T SANTA HEBE MENDEZ PORTILLO31 2676 T RICARDO GARZA VASQUEZ32 4653 T RAMIRO VAZQUEZ CONTRERAS33 3635 T MARIA RAQUEL FLORES PADILLA34 4796 T JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ SALAZAR35 3451 T JUAN HERNANDEZ MEDRANO36 4151 T CLAUDIO FRANCISCO DOMINGUEZ CERECERO37 4046 T RAFAEL RAMIREZ PACHECO38 2340 T MANUEL GARCIA GARCIA39 5109 T MARIO BUSTOS GUERRERO40 2865 T ANGELICA SANCHEZ LOPEZ

Page 18: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

41 4061 T MARIA RAQUEL FLORES PADILLA42 3631 T MAXIMINA SALAS SANTANA43 2437 T JAVIER ARELLANO RODRIGUEZ44 4382 T JOSE LUIS VAZQUEZ GOMEZ45 4876 T FERNANDO DOMINGUEZ CERECERO46 4923 T JESUS TELLO TORRES47 2462 T JESUS TELLO TORRES48 3768 T RAQUEL ALVIZO ROCHA49 4621 T LUIS MIGUEL MELACIO HERNANDEZ50 4217 T MARIA ESTHER ARRIAZOLA CORTES51 5340 T JOSEFINA MORALES HERRERA52 3629 T JAVIER ARELLANO RODRIGUEZ53 3680 T INOCENCIO GONZALEZ GONZALEZ54 4776 T EFRAIN GAYTAN RICO55 2297 T JUAN GABRIEL GARCIA RODRIGUEZ56 5371 T FRANCISCA LILIANA DE LEON HERNANDEZ57 5234 T DIEGO ANTONIO FLORES CONTRERAS58 4801 T MARIA DEL REFUGIO DELGADO RAMIREZ59 5358 T MARGARITA SIMENTAL GALINDO60 4979 T FRANCISCO CERVANTES AGUILERA61 4123 T CARLOS PICENA VAZQUEZ62 4188 T CARLOS ROSENDO DOMINGUEZ RODRIGUEZ63 4465 T SAMUEL CASAS GAMEZ64 4969 T ROSALIO NAVARRO RUIZ65 2424 T DIEGO ALBERTO PEÑA MACIAS66 4709-T HOMERO TELLO AGUILAR67 4857 T ROSA MARIA MENCHACA RODRIGUEZ 68 5051 T ROSALINDA JIMENEZ RAMIREZ69 2663 T JOSE LUIS HERNANDEZ DURON70 4940 T MA. TERESA VALDEZ ARRIAGA71 5396 T GILBERTO LEDEZMA RAMOS72 2666 T MARIO ALFONSO ALVIZO FLORES73 2614 T LELIA VALDES BAZALDUA74 3654 T ROSALINDA JIMENEZ RAMIREZ75 2422 T JESUS CHRISTIAN ESQUIVEL FLORES76 3653 T MARIA ESTHER VAZQUEZ DE LA PEÑA77 3652 T FRANCISCO LOPEZ PEÑA78 2593 T INOCENCIO GONZALEZ GONZALEZ79 4080 T FABIOLA AZUCENA ALDAPE PONCE80 4177 T MARTIN GONZALO ARELLANO OROZCO81 2517 T ANGELINA FUENTES HERRERA82 5252-T ISMAEL GALINDO CONTRERAS83 4933-T VICTOR HUGO GALINDO CONTRERAS84 2419-T GERARDO CORTES LOPEZ85 5112 T MARIA DEL CONSUELO TORRES MENDOZA86 4632 T MARIA TERESA ABRAHAM GONZALEZ87 5262 T JOSE LUIS VAZQUEZ GOMEZ88 4481-T ERNESTO REYES ALEMAN89 3921-T ELSA HERMILA MIWA VALDES90 3556 T JUAN ANTONIO VALDES PALOMARES91 3437-T SALVADOR ARELLANO CORTES92 3985-T ANTONIO SANCHEZ PEREZ93 4784-T GUSTAVO AGUILAR MEDINA94 5385-T JOSE ANTONIO SALAZAR CHAVARRIA95 2846-T FIDENCIO GUZMAN BENITEZ96 2528-T FRANCISCO MARTIN AGUILERA MARTINEZ97 2848-T MARINA DOMINGUEZ MARTINEZ

Page 19: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

98 5243-T GERARDO PECINA FAZ99 3846-T JUAN MANUEL CASTILLO GARCIA

100 5079-T RAFAEL RAMIREZ VILLAGRAN101 2499-T JOSE DE JESUS GARCIA RODRIGUEZ 102 4520-T MARIA ANGELICA SOLIS CARRERA103 4655-T DIANA PATRICIA PEÑA VALDES104 4714-T LUIS ANTONIO ALDAPE PONCE105 4099-T MARIA ANGELICA SOLIS CARRERA106 4686-T RAMON VEGA GARCIA107 4221-T EUSTACIA DOLORES PONCE GAONA108 3729-T JUAN DE DIOS DUARTE RODRIGUEZ109 4214-T RUBEN PARRA GARCIA110 5223-T NERI ARREDONDO MATA111 3952-T MARTIN ORONA CHAVEZ112 4799-T DOLORES ANTONIO TRUJILLO OLIVAREZ113 4825-T FAUSTINO GAYTAN MARTINEZ114 5134-T EUSTACIA DOLORES PONCE GAONA115 3670-T ESPERANZA LOPEZ PEÑA116 3739-T VICTOR VAZQUEZ ROMAN117 3989-T MARIO ALBERTO DOMINGUEZ PADILLA118 3426-T HECTOR PEÑA SALAZAR119 5377 T DORA MARIA GARCIA RAMIREZ120 4069-T JUAN PABLO RAMOS PEÑA121 3007-T DORA ELIA CARRANZA GARCIA122 4115-T JUAN JOSE GAMEZ PEÑA123 2886-T FRANCISCO RODRIGUEZ GARCIA124 4431-T JUAN JOSE PADILLA VELAZQUEZ125 3525-T JOSE GUILLERMO MONTELONGO NAVARRO126 3535-T CARLOS PICENA VAZQUEZ127 3930-T SERGIO VARGAS REYES128 2498-T AURORA GUZMAN RUIZ129 4033-T ROBERTO MAURO DE LA ROSA BARRIOS130 4183-T RODOLFO FERMIN TORRES131 3463-T JORGE ARMANDO PEÑA SANCHEZ132 3462-T JORGE ARMANDO PEÑA SANCHEZ133 4219-T JUAN DANIEL RAMIREZ SANCHEZ134 3867-T HOMERO TREVIÑO VAZQUEZ135 2796-T EULALIA SOTO SIFUENTES136 5261-T AURORA GUZMAN RUIZ137 3978-T ALBERTO TORRES PERALES138 4239-T DANIEL SANCHEZ NIÑO139 3868-T HORACIO DAVILA SOTO140 4388-T MANUEL COVARRUBIAS ESTRADA141 4052-T RICARDO SAAVEDRA142 2718-T JOSE ARTURO MENDOZA HERNANDEZ143 2839-T JORGE ARTURO BRIONES GARCIA144 2906-T JOSE DEL REFUGIO SIFUENTES FLORES145 4532-T MARIA DEL ROSARIO ROCHA HERNANDEZ146 3586-T RAFAEL SAUCEDO LIRA147 4865-T VICTOR MANUEL CARRILLO LIMON 148 2988-T JUAN GILBERTO VALDES MENDOZA149 2688-T PATRICIA ROCHA HERNANDEZ150 4925-T MARIA DE LA CRUZ RAMIREZ SANCHEZ151 3962-T ISMAEL HERRERA REYES152 3754-T ALFREDO MORENO HERNANDEZ153 4897-T SERGIO OBREGON DE LA ROSA154 2298-T ARMANDINA CASTILLO DE LOS SANTOS

Page 20: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

155 2255-T MARIA IGNACIA GARCIA VALDES156 3911-T MARIA SANJUANA ORTIZ SALINAS157 3408-T PABLO BRIONES RODRIGUEZ158 5239-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES159 2868-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES160 2634-T JUAN JOSE SANCHEZ TORRES161 3871-T RENE ARIEL BETANCOURT VALERO162 2788-T RENE ARIEL BETANCOURT VALERO163 3873-T JORGE ARTURO BRIONES GARCIA164 2446-T JOSE GALLEGOS ALVAREZ165 5040-T FELIX NAJERA MARTINEZ166 4775-T JUAN ENRIQUE MEJIA CAZARES167 3902-T RAYMUNDO PEREZ ALONSO168 3872-T MARTA ESTELA PERALES MATA169 3421-T ARMANDO JIMENEZ RODRIGUEZ170 3683-T JOSE MARTIN ONTIVEROS AMAYA171 2533-T JOSE ANGEL LOPEZ GUERRA172 3503-T ELIZABETH ROCHA GARZA173 2707-T JOSE ISABEL CORTES RODRIGUEZ174 4315-T MARCELINO IBARRA PRECIADO175 3400-T ENEDINA MONTES IBARRA176 5156-T MARIA TERESA FIGUEROA MIRELES177 4472-T JESUS MORAN MORALES178 3671-T SATURNINO MARTINEZ BELTRAN179 4032-T MIGUEL ANGEL FRAUSTRO AGUIRRE180 3658-T NORMA CATALINA PICENA VAZQUEZ181 4815-T FILEMON CABRERA LOPEZ182 4761-T MARIA DEL LOURDES GUILLEN CISNEROS183 4167-T FRANCSICO JAVIER FABIAN SENA184 4191-T JOSE AGUIRRE GOMEZ 185 4060-T MA. GUADALUPE DAVILA SOTO

186 3878-TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO187 2837-T DIANA MARIA DAVILA SOTO188 4064-T DIANA MARIA DAVILA SOTO189 2304-T PEDRO MEDRANO REYNOSO190 2971-T JOSE FRANCISCO ZAPATA GONZALEZ

191 3879-TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO192 3923-T MARTIN RODRIGUEZ MORALES193 4070-T JUAN CARLOS FLORES LOPEZ194 2785-T GABRIELA MORALES OCEGUERA195 5094-T BLANCA IDALIA MEDELLIN PIMENTEL196 3588-T FRANCISCO JAVIER SOLIS MORALES197 5370-T MARIO ALBERTO MENDOZA BALDERAS198 5213-T MATILDE LARA CORDOVA199 2490-T ERNESTINA DE LOS SANTOS LOZANO200 3894-T ARMANDO CRUZ SALAS201 2797-T JOSE JUAN CONTRERAS POBLANO202 4687-T DULCE KARINA SANDOVAL VAZQUEZ203 2921-T JESUS VALERO MARTINEZ204 4231-T ARTURO OSORIA RODRIGUEZ205 3875 T ISELA VERONICA BRIONES GARCIA206 4437-T PETRA TORRES SANDOVAL207 4049-T JULIO RUIZ MORALES208 2945-T ROSA IRMA LOPEZ SANCHEZ209 2703-T FRANCISCO CASAS CASAS210 3423 T JESUS MARTINEZ ALVAREZ

Page 21: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

211 3576 T RAUL OMAR VALDEZ MONTENEGRO212 5176 T MIGUEL ANGEL LOYA CASTAÑEDA213 4842-T MARIA GUADALUPE MARTINEZ CAPETILLO214 3882 T MA.DEL SOCORRO DE LA PEÑA BERLANGA215 4057 T FRANK HOMERO DAVILA SOTO216 2392 T GERARDO CORTES LOPEZ217 2458 T SANTIAGO CAMPOS RODRIGUEZ218 4068 T VICTOR HUGO DAVILA SOTO219 3758 T ZEFERINO GUAJARDO PEÑA220 5381 T CARLOS BENJAMIN CHARLES COLUNGA221 2789 T JOSE GUADALUPE BRIONES GARCIA222 4296 T RUBEN VAZQUEZ LOPEZ

223 2301 TSINDICATO DE TRABAJADORES TAXISTAS 1°

DE MAYO224 4059 T HORACIO RAYMUNDO DAVILA PERALES225 2311 T NARCISO RODRIGUEZ ESPINOSA226 3485 T ERNESTO BASALDUA RAMIREZ227 2291 T ANTONIO RUIZ CORONADO228 2806 T MARCO ANTONIO DE LEON SUAREZ229 2626 T ALEJANDRO MATA TORRES230 3689 T CRISTIAN ALEJANDRO OLMOS QUIROGA231 2394-T HECTOR MANUEL PEÑA MACIAS232 2845 T GERARDO MENDOZA SALAS233 3780 T SERGIO HUMBERTO FIGUEROA FLORES234 4387 T JUAN ALBERTO TREVIÑO JIMENEZ235 3885 T HECTOR JOEL DAVILA SOTO236 5058 T LIZBETH ALEJANDRA GUERRA CONTRERAS237 2745 T JOSE MAGDALENO GONZALEZ RODRIGUEZ238 4270 T JORGE EDUARDO DE LA ROSA MACIAS239 4450 T FELIX ALFREDO MORENO OROCIO240 2362 T GUILLERMO RINCON LUCIO241 2799 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE242 4977 T MA. GUADALUPE ECHAURY MACIAS243 4576 T MARIA JUANA REYES IBARRA244 2482 T DANIEL MARTIÑON ROMERO245 2282 T MARIO ALBERTO HERNANDEZ MORENO246 2609 T EDGAR ALBERTO LOPEZ RODRIGUEZ247 4763 T ISIDORO RODRIGUEZ CORONADO248 3470 T SONIA ADRIANA MONSIVAIS IBARRA249 3953 T ESTEBAN DE JESUS CORTES PADILLA250 3726 T IRENE ARMINDA VASQUEZ VALDES251 4732 T FELIX ALFREDO MORENO OROCIO252 4535 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE253 5227 T SANDRA ELENA SANCHEZ GUILLEN254 4954 T FRANCISCO JAVIER CEDILLO BALDERAS255 4329 T JOSE ARTURO OROZCO ESQUIVEL256 4118 T JORGE LUIS VAZQUEZ MENDOZA257 3865 T JOSE ANTONIO VALDES SANCHEZ258 3958 T ROGELIO ZAVALA MADERO259 4739 T ROGELIO ZAVALA MADERO260 4373 T ROGELIO ZAVALA MADERO261 5160 T JULIO GARCIA COLUNGA262 2441 T IRMA LIDIA CABRIELES ARENAS263 4682 T LEOPOLDO AGUIRRE GARCIA264 3742 T SERGIO ERNESTO CEPEDA BUSTOS265 2689 T BRENDA ANGELICA LOPEZ RODRIGUEZ266 4601 T MARIA GUADALUPE IBARRA BUSTAMANTE267 4146 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO

Page 22: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

268 4202 T CARLOS TRUJILLO TREVIÑO269 2860 T MARIA JUANA REYES IBARRA270 4089 T JORGE EDUARDO DE LA ROSA MACIAS271 3927 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO272 2611 T LEOPOLDO FRANCISCO AGUIRRE MARTINEZ273 4045 T LILIA GLORIA PEREZ NARRO274 4779 T SAN JUANA CARRERA SIFUENTES275 5032 T GREGORIA LEDEZMA CASTRO276 2644 T JOSE MARGARITO RODRIGUEZ ULLOA277 3430 T MARIA NATIVIDAD VAZQUEZ VALDES278 3428 T MARCOS REYNALDO VAZQUES MORENO279 3574 T HELIODORO GARCIA VALDES280 2485 T MIGUEL ANGEL CORTES MIRELES281 3523 T ROBERTO ARANDA LOPEZ282 2595 T MOISES MARTINEZ DELGADILLO283 4787 T NOEMI MARTINEZ CONSTANTE284 2812 T MARIA ELIDIA SOLIS BLANCO285 4006 T ROSA MARIA GARCIA RODRIGUEZ286 4366 T DIANA FLORES COSS287 3946 T MANUEL GARCIA GARCIA288 2731 T TITO LEIJA PRADO289 2293 T JUAN ANTONIO COSS FARIAS290 5395 T KARLA VANESSA GALINDO SANTANA291 3687 T KARINA MARIBEL GALINDO SANTANA292 2720 T ERNESTO BAZALDUA RAMIREZ293 2800 T RAMON VALDES SANCHEZ294 3478 T OSCAR SILVA RAMOS295 3471 T OSCAR SILVA RAMOS296 3472 T MELITON TOVAR BERNAL297 3881 T JUAN ANTONIO COSS FARIAS298 4218 T JESUS MARIA SALCIDO PAVIA299 5131 T MARCELINO PEÑA ROSALES300 3640 T ANGEL DAVILA SOTO301 4421 T SIXTO BARRERA SALAZAR302 2834 T OSCAR SILVA RAMOS303 2975 T ARMANDO HERNANDEZ RESENDIZ304 3890 T ANDRES MORALES CORTES305 3830 T FRANCISCO REFUGIO AGUILAR GUERRERO306 2942 T DAVID GAONA ARRIAGA307 3886 T ELISA FLORES NORIEGA308 3916 T MARIA DEL SOCORRO RETIZ FIGUEROA309 4488 T ISIDRO GUZMAN PINO310 3948 T OSIEL RECIO MORENO311 3410 T OSIEL RECIO MORENO312 4569 T ROBERTO RODRIGUEZ GAONA313 3870 T ERNESTO BAZALDUA RAMIREZ314 3744 T NANCY BETANCOURT ORTIZ315 4100 T LUIS ANTONIO ALDAPE PONCE316 3467 T ELISEO GOMEZ LOPEZ317 3901 T MARIA DEL REFUGIO ARAUZ VAZQUEZ318 4356 T DALIA ALICIA BETANCOURT DE LA ROSA319 3549 T VICTOR HUGO FLORES GUZMAN320 4192 T JUAN MANUEL ALVARADO SOLIS321 2295 T MARIA ESTHER ARRIAZOLA CORTES322 2580 T MARIA JUANA REYES IBARRA323 2751 T JUAN ANTONIO DELGADO GUERRERO324 4002 T CARMEN ISABEL GARCIA DUARTE

Page 23: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

325 3866 T JOSE ANTONIO VALDES SANCHEZ326 3736 T MARIA GUADALUPE ECHAURY MACIAS327 2494 T JOSE ANSELMO LUNA ROMO328 5406 T BERNARDINA ZAMORA GOMEZ329 4814 T JUAN ANTONIO PALOMO QUINTERO330 2692 T ALMA ELENA TANGUMA BARRERA331 5409 T MIRIAM LEOS GALINDO332 3534 T JUAN ANTONIO SALAZAR VAZQUEZ333 2532 T ROSA MARIA GARCIA RODRIGUEZ334 4523 T MATILDE LARA CORDOVA335 3924 T RAFAEL LOPEZ LOPEZ336 2650 T ADELAIDO ALVARADO AMAYA337 4297 T FRANCISCO MALDONADO CARIAGA338 3848 T MARCO ANTONIO ZAVALA MARTINEZ339 5394 T UVALDO URESTI TORRES340 2924 T EDUARDO RAMIREZ ORTIZ341 4489 T MELISA ELISABETH FLORES JARAMILLO342 2561 T ROBERTO TREVIÑO RODRIGUEZ343 3731 T MARGARITO ROSALES CONSTANCIO344 5368 T MARGARITO ROSALES CONSTANCIO345 5062 T JOSE ALBERTO VALDEZ MENDOZA346 4429 T KARINA ELIZABETH CASTILLO MARTINEZ347 3937 T TERESA CASTAÑEDA ESPARZA348 3565 T JUAN ANTONIO SALAZAR CHAVEZ349 4527 T ROSENDA GARIBAY MARTINEZ350 4964 T JESUS MUÑOS MONCADA351 3730 T FRANCISCA MARTINEZ LOPEZ352 4550 T MARIA ANTONIA CABRERA TORRES353 5257 T GUADALUPE RAMIREZ OVALLE354 2397 T CRESENCIA PEÑA LOPEZ355 5273 T JORGE LUIS CUEVAS GONZALEZ356 5047 T CRESENCIA PEÑA LOPEZ357 4508 T JORGE ALBERTO MORENO HERNANDEZ358 4736 T MARIA TERESA HERNANDEZ RODRIGUEZ359 4552 T ISAIAS GAONA TORRES360 3795 T VALENTINA HERNANDEZ ALVARADO361 4921 T GERARDO VALDES GAONA

1 concesión autobús

CONSECUTIVO

N° DE CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO

1 0810 A MANUEL GARCIA GARCIA

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás

autoridades Municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo,

Coahuila de Zaragoza, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF)

Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos

legales a que haya lugar.

CUARTO.- Publíquese en la Gaceta, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal, en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta

ciudad capital.

Page 24: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

La Regidora María Oliva Delgado Purón, Secretaria de la Comisión de Transporte, procede a dar

lectura al tercer dictamen mismo que se transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO. HONORABLE CABILDO. P R E S E N T E.-

La Comisión de Transporte, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente Dictamen relativo a una solicitud realizada por el titular de la concesión, la cual tuvo vencimiento en fecha 31 de Diciembre del año 2014, para obtener prórroga para la prestación del servicio de transporte público urbano en la modalidad de autobús teniendo integrado debidamente el expediente en el Instituto Municipal del Transporte, en consecuencia se inicie el procedimiento que en derecho corresponda para prorrogar las concesión en comento, esto en seguimiento al acuerdo de cabildo 105/12/16.

R E S U L T A N D O

PRIMERO.- Que en fecha 31 de Diciembre de 2014, concluyeron su vigencia para su explotación 1460 (mil cuatrocientos sesenta) concesiones para la prestación del servicio de transporte público urbano, en sus diversas modalidades, a saber: autobuses 462 (cuatrocientas sesenta y dos), de Taxi 525 (quinientas veinticinco), de Materialistas 404 (cuatrocientas cuatro) y de Carga Ligera 69 (sesenta y nueve), en consecuencia el Instituto Municipal del Transporte en fecha 15 de Diciembre de 2014, previo diseño de los instrumentos administrativos necesarios, inicia el proceso relativo a la integración de los expedientes correspondientes a las concesiones.

SEGUNDO.- Derivado del proceso administrativo arriba señalado, con fecha de 18 de agosto y mediante acuerdo de cabildo número 141/16/15, se autorizó la prórroga de 723 concesiones en sus diversas modalidades, 492 (cuatrocientas noventa y dos) referentes a autos de alquiler (Taxis) y 231 (doscientos treinta y uno) referente a autobuses.

TERCERO.- A más de lo anterior el día 15 de junio de 2016, mediante acuerdo de cabildo 105/12/16 se autoriza una prórroga hasta el mes de diciembre de 2016, para integrar el expediente para la renovación de concesión de transporte público en cualquiera de sus modalidades.

CUARTO.- Por lo antes expuesto y continuando con el procedimiento de renovación de las concesiones que vencieron el pasado 31 de diciembre de 2014, con fecha de 18 de noviembre de 2016, se recibió mediante oficio número IMT/SRPT/1201/2016, la solicitud del Instituto Municipal del Transporte para otorgar prórroga para la prestación de servicio de transporte urbano en sus diversas modalidades respecto a un expediente de concesión de autobús.

QUINTO.-En fecha de 18 de agosto de la presente anualidad, se reúnen los Integrantes de la Comisión de Transporte a fin de estudiar y analizar un expediente de concesión de Transporte Público en su modalidad de autobús, que solicita la prórroga para la prestación del servicio; una vez que fue examinado y al ver que cumple con lo establecido en la ley, se acuerda por parte de este órgano colegiado el otorgar la prórroga para la prestación del servicio de Transporte Publico de la siguiente manera :

01 concesión de autobús.

CONSECUTIVON° DE

CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO1 1109 A SAMUEL CASAS GAMEZ

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y demás relativos de ambos ordenamientos, son facultades y obligaciones de los Regidores presentar los dictámenes correspondientes a su Comisión ante el Cabildo.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por los numerales 4°, 5°, 6° fracción IV, 49, 52, 54, 58, 63, 64, 65, 66 y demás aplicables de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza, que establecen que los Ayuntamientos, dentro del ámbito de su jurisdicción y competencia, son Autoridades en materia de tránsito y transporte, además que es facultad de los Ayuntamientos otorgar concesiones para los servicios de transporte público urbano de pasajeros, por lo que en consecuencia, este órgano colegiado se encuentra facultado para pronunciarse respecto de la solicitud del titular de la concesión para que les sea prorrogada las concesión para la prestación del servicio de transporte público urbano, una vez cumplimentados como lo fueron los requisitos que establece la Ley de la materia, así como lo previsto por la referida Ley en su Art ículo 64 que textualmente señala: “…Las concesiones del servicio público de transporte se otorgarán por el término de treinta años, prorrogables cada treinta años, siempre que el concesionario

Page 25: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

demuestre haber cumplido con todas las obligaciones que esta Ley y su Reglamento le señalen y acredite que satisface los requisitos y condiciones que estos ordenamientos establecen para seguir con la prestación del servicio.”

TERCERO.- Que de conformidad con lo estipulado en el resultando TERCERO antes mencionado, ha acudido a las oficinas del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila, a realizar el trámite de prórroga para la servicio de transporte público para pasajeros en sus diversas modalidades 1 concesionario cuyos datos de concesión se encuentran plasmados en el resultando QUINTO del presente dictamen, lo cual significa que a la fecha ha cumplido con su obligación de solicitar la prórroga o integrar debidamente el expediente que corresponde, En términos de los artículos de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza citados en el párrafo que antecede, así también mediante acuerdo de cabildo número 105/12/16.

Por lo anteriormente expuesto y siendo el presente tema de la competencia de esta Comisión y con el voto a favor de los presentes, se solicita a este R. Ayuntamiento:

PRIMERO.-De conformidad con el artículo 64 de la Ley de Tránsito y Transporte de Coahuila de Zaragoza, se autorice al titular de la 1 concesión referida en el resultando QUINTO de este dictamen, PRÓRROGA PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO POR UN TÉRMINO DE 30 AÑOS, toda vez que han dado cumplimiento a los requisitos que la Ley exige.

Lo anterior previo pago de los derechos correspondientes para el particular previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2016.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás autoridades Municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF) Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad capital.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Transporte, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa

Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta

Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz,

Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos

Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento

ING. EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑA PADILLA.

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN(Rúbrica)

C. MARÍA OLIVA DELGADO PURONSECRETARIA DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)

LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO.INTEGRANTE DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)

LIC. ADRIÁN DE JESÚS HERRERA LOPEZINTEGRANTE DE LA COMISIÓN.

(Rúbrica)

Page 26: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

de la votación Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 255/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Transporte, en consecuencia se

autoriza al titular de la concesión que a continuación se describe, prórroga para la prestación del

servicio de transporte público urbano por un término de 30 años, toda vez que han dado cumplimiento

a los requisitos que la Ley exige. Lo anterior previo pago de los derechos correspondientes para el

particular previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, para el

ejercicio que corresponda.

01 concesión de autobús.

CONSECUTIVON° DE

CONCESION NOMBRE DE CONCESIONARIO1 1109 A SAMUEL CASAS GAMEZ

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndico y demás

autoridades Municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección General del Instituto Municipal del Transporte de Saltillo,

Coahuila de Zaragoza, a la Tesorería Municipal para la liberación de las cargas fiscales en el (SIIF)

Sistema Integral de Información Financiera y demás dependencias involucradas, para los efectos

legales a que haya lugar.

CUARTO.- Publíquese en la Gaceta, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal, en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta

ciudad capital.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaría del Ayuntamiento

comunica que el SEXTO punto consiste en Dictámenes de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos siguientes: 6.1).- El cambio de uso del suelo para un lote ubicado

en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes, con una superficie de 259,809.126 m 2;

6.2).- El cambio de uso del suelo para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de

bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en el número 2532 de la calle

Prolongación Francisco de Urdiñola, esquina con calle 16 de la colonia Lourdes, con una superficie

1,178.38 m2; 6.3).- El cambio de trazo de vialidad de 20 metros, en el número 408, de la calle

Estafeta, de la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie de 33,317.91 m 2; 6.4).- El

cambio de uso del suelo para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y

plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle

Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos, con una superficie de 2,000.00 m2; 6.5).-El cambio de

sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de

Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales;6.6).- La

corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la

reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía

de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos; 6.7).- El cambio de uso del

suelo para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la

calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector, con una superficie de 406.50 m2; 6.8).- El cambio

de uso del suelo de para la regularización de un taller mecánico, en predio identificado como lote 7 de

la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las

Page 27: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Flores, con una superficie de 329.29 m2; 6.9).- El cambio de uso de suelo para predio ubicado en la

esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata, en el lugar conocido como San

José de los Cerritos, con una superficie de 40,580.00 m2; 6.10).- El cambio de uso del suelo para la

construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9

metros, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los

Pumas esquina con calle 1, en el fraccionamiento Lomas de Lourdes, con una superficie de 1,154.00

m2; 6.11).- El cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para

un predio ubicado en el Blvd. Las Torres, en la colonia Las Torres, con una superficie total de

20,740.10 m2; 6.12).-El cambio de uso del suelo de para la instalación de una tienda de abarrotes y

expendio de bebidas alcohólicas, en el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la

calle nueva con calle Pomposo Navarro, del Ejido Derramadero, con una superficie de 65.00 m2 que

se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2; 6.13).- La corrección del Plan Director de

Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4

en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la

colonia Praderas, con una superficie total de 1153.152 m2; y 6.14).- La reducción de sección vial de

30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial

hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos. Se otorga la palabra a su Presidenta

Regidora María Mayela Hernández Valdés, para el desahogo del primer dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha quince de junio de dos mil dieciséis, la C. Diana María Galindo Teissier, solicitó el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2.

Page 28: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2, relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 259,809.126 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo a la C. Diana María Galindo Teissier.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Nora García

Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez

Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús

Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María

Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo

Page 29: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera

Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal,

Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la votación Luis Fernando Aguirre Rodríguez,

Séptimo Regido y Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 256/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con

Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para un lote ubicado en las

inmediaciones del Fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de

259,809.126 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a la C.

Diana María Galindo Teissier, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

La Regidora María Mayela Hernández Valdés, Presidenta de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al segundo dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Page 30: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Primero.- Que con fecha veinte de julio de dos mil dieciséis, la Arq. Aurora Martínez Grimaldo, solicitó el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2, relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo a la Arq. Aurora Martínez Grimaldo.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Page 31: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Alfredo

Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta

Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz,

Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos

Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento

de la votación Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 257/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con

Densidad Muy Baja H-1 a Corredor Urbano Habitacional/Comercio/Servicio CU-2, para la instalación

de una tienda de conveniencia con venta de bebidas alcohólicas y restaurante con venta de bebidas

alcohólicas, en un predio ubicado en la calle Prolongación Francisco de Urdiñola No. 2532 esquina

con calle 16 de la colonia Lourdes de esta ciudad, con una superficie total 1,178.38 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a la Arq.

Aurora Martínez Grimaldo, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

La Regidora María Mayela Hernández Valdés, Presidenta de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al tercer dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2.

Page 32: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha nueve de agosto de dos mil dieciséis, el C. Eduardo Celestino Castillo Escobedo, solicitó el cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2, relativo al cambio de trazo de vialidad de 20 metros, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie total de 33,317.91 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al C. Eduardo Celestino Castillo Escobedo.

Page 33: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)Lic. Jorge De la Peña Quintero

Integrante de la Comisión(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Alfredo

Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta

Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz,

Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos

Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento

de la votación Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 258/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de trazo de vialidad de 20 metros, para un

predio ubicado en calle Estafeta 408 en la colonia Postal Cerritos II de esta ciudad, con una superficie

total de 33,317.91 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al C.

Eduardo Celestino Castillo Escobedo, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.- Publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

La Regidora María Mayela Hernández Valdés, Presidenta de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al cuarto dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

Page 34: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha once de mayo de dos mil dieciséis, los CC. José Trinidad López Meléndez y Melchor López Meléndez, solicitaron el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2, relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18

Page 35: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo a los CC. José Trinidad López Meléndez y Melchor López Meléndez.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 259/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con

Densidad Media Alta H-4 a Corredor Urbano Comercio/Servicio/Industria Ligera CU-4, para la

regularización de un centro de compra venta y acopio de cartón y plástico, para dos predios

identificados como lote 15 y lote 17 de la manzana 11, ubicados en la calle Correo Mayor de la

colonia Postal Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 2,000.00 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a los CC.

José Trinidad López Meléndez y Melchor López Meléndez, a las Direcciones Municipales

competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya

lugar.

CUARTO.-Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor José Luis García de la Peña, Secretario de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al quinto dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

Page 36: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, el Ing. Carlos Alberto Salinas Valdés, solicitó el cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales, relativo al cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Page 37: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Segundo.- Se autoriza el cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al Ing. Carlos Alberto Salinas Valdés.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 260/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de sección de vialidad de 40 a 30 metros para

una vialidad futura contemplada en el Plan Director de Desarrollo Urbano, en la zona de

Derramadero, en un tramo de 3,520.00 metros lineales.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al Ing.

Carlos Alberto Salinas Valdés, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.- Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor José Luis García de la Peña, Secretario de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al sexto dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo a la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle

Page 38: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha doce de agosto de dos mil dieciséis, el Ing. Fernando Loera Vázquez, solicitó la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad, relativo a la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30 metros a

Page 39: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al Ing. Fernando Loera Vázquez.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 261/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano

conforme a las autorizaciones otorgadas en la reducción de sección vial de calle colectora de 30

metros a local de 13 metros (conservando jerarquía de colectora), para la calle 10 en el

fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al Ing.

Fernando Loera Vázquez, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor José Luis García de la Peña, Secretario de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al séptimo dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas

Page 40: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, el C. Rodrigo Villarreal Mireles, solicitó el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

Segundo.- Que con fecha primero de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable, para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha tres de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2, relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación en un predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

Page 41: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al C. Rodrigo Villarreal Mireles.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regido; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa

Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María

Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima

Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico

de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la votación

Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor, procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 262/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad

Baja H-2 a Habitacional con Densidad Media H-3, para la construcción de 2 casas habitación en un

predio ubicado en el lote 1, manzana 2 en la calle Inglaterra del fraccionamiento Kiosko II Sector de

esta ciudad, con una superficie total de 406.50 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al C.

Rodrigo Villarreal Mireles, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Page 42: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

El Regidor José Luis García de la Peña, Secretario de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al octavo dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha diez de agosto de dos mil dieciséis, el C. José Salome Castillo Vázquez, solicitó el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable con la observación de cumplir con los requerimientos que las autoridades soliciten, para que se realice la cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2, respecto del cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller mecánico, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la

Page 43: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

regularización de un taller mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2, condicionado al cumplimiento de todos los requerimientos que las autoridades competentes soliciten.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total de 329.29 m2, condicionado al cumplimiento de todos los requerimientos que las autoridades competentes soliciten.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al C. José Salome Castillo Vázquez.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa

Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María

Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima

Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico

de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la votación

Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor, procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 263/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con

Densidad Media H-3 a Corredor Urbano Comercio/Servicio CU-3, para la regularización de un taller

Page 44: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

mecánico, en un predio identificado como lote 7 de la manzana 53, ubicado sobre el Blvd. Eulalio

Gutiérrez Treviño del conjunto habitacional Valle de las Flores de esta ciudad, con una superficie total

de 329.29 m2, condicionado al cumplimiento de todos los requerimientos que las autoridades

competentes soliciten.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al C. José

Salome Castillo Vázquez, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor Jorge de la Peña Quintero, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al noveno dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha veintiséis de septiembre de dos mil dieciséis, la Arq. Georgina Araceli Aguilar Almaraz, solicitó el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Page 45: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m 2, respecto del cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo a la Arq. Georgina Araceli Aguilar Almaraz.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa

Page 46: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María

Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima

Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico

de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la votación

Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor, procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 264/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con

Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para un predio ubicado en la

esquina Nor-Poniente del Blvd. Jesús Valdés Sánchez con calle Plata en el lugar conocido como San

José de los Cerritos de esta ciudad, con una superficie total de 40,580.00 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a la Arq.

Georgina Araceli Aguilar Almaraz, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Alcalde solicita al Primer Regidor, tome su lugar en la sesión para ausentarse por un momento.

El Regidor Jorge de la Peña Quintero, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al décimo dictamen, mismo que se transcribe a

continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Page 47: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, los CC. Jesús Humberto Delgado y Blanca Irma Mejorado Varga, solicitaron el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable para que se realice el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2, respecto del cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para un predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle 1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

Page 48: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo a los CC. Jesús Humberto Delgado y Blanca Irma Mejorado Varga.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives

Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela

Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto

Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo,

Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia. Encontrándose ausente al momento de

la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 265/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y

Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Habitacional con Densidad Media H-3 a

Habitacional con Densidad Media Alta H-4, para la construcción de 6 casas habitación y un área verde, con

una calle de acceso con sección de 9 metros, de conformidad con lo establecido en la fracción II del

artículo 36 del Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcciones para el Municipio de Saltillo, para un

predio marcado con el lote 4 de la manzana 24, ubicado en la calle Paseo de los Pumas esquina con calle

1 en el fraccionamiento Lomas de Lourdes de esta ciudad, con una superficie total de 1,154.00 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta

determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez CC. Jesús Humberto

Delgado y Blanca Irma Mejorado Varga, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría

correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Page 49: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

El Regidor Jorge de la Peña Quintero, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al décimo primer dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, el C. Ricardo González Blanco, representante legal de Transportes José Guadalupe Jiménez, S. A. de C.V., solicitó el cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable con la observación de que los tramos que no se encuentran construidos queden de un ancho de 25 mts. para que se realice el cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2, respecto del cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m 2, condicionado a que los tramos que no están construidos queden de un ancho de 25 mts.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Page 50: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de sección vial de calle Colectora de 30 metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2, condicionado a que los tramos que no están construidos queden de un ancho de 25 mts.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al C. Ricardo González Blanco, representante legal de Transportes José Guadalupe Jiménez, S. A. de C.V.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto

Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías

Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura

Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia.

Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 266/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de sección vial de calle Colectora de 30

metros a Secundaria de 20 metros, para un predio ubicado en el Blvd. Las Torres en la colonia Las

Torres de esta ciudad, con una superficie total de 20,740.10 m2, condicionado a que los tramos que

no están construidos queden de un ancho de 25 mts.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

Page 51: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al C.

Ricardo González Blanco, representante legal de Transportes José Guadalupe Jiménez, S. A. de C.V,

a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del

Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor Jorge de la Peña Quintero, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al décimo segundo dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo al cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha treinta de septiembre de dos mil dieciséis, el C. Luis Reyes Cázares, solicitó el cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable para que se realice el cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la

Page 52: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2, respecto del cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, el cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m 2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza el cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de 1,824.00 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Que la Dirección de Desarrollo Urbano, comunique este acuerdo al C. Luis Reyes Cázares.

Sexto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Page 53: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto

Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías

Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura

Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia.

Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 267/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia el cambio de uso del suelo de Agropecuario a Corredor

Urbano CU-2 Habitacional/Comercio/Servicio para la instalación de una tienda de abarrotes y

expendio de bebidas alcohólicas, en un predio marcado con el lote 36-A de la manzana 23 en la

esquina sur-poniente de la calle nueva con calle Pomposo Navarro del Ejido Derramadero en el

Municipio de Saltillo, con una superficie de 65.00 m2 que se desprende de una superficie total de

1,824.00 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique al C. Luis

Reyes Cázares, a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del

Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor Eduardo Ramón de la Peña Padilla, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al décimo tercer dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo a la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

Page 54: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha cinco de octubre de dos mil dieciséis, el Arq. Juan Fernando Pérez Charles, Director de Desarrollo Urbano; propuso ante el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable para que se realice la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de un predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2, respecto de la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández ValdésPresidenta de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. José Luis García De la PeñaSecretario de la Comisión

(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña Padilla Lic. Jorge De la Peña Quintero

Page 55: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Integrante de la Comisión(Rúbrica)

Integrante de la Comisión(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto

Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías

Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura

Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia.

Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 268/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia la corrección del Plan Director de Desarrollo Urbano de

R5 Jardín Vecinal/Espacio Abierto a Habitacional con Densidad Media Alta H-4 en base a subdivisión

autorizada para el predio ubicado en calle Pinar esquina con Cártamo en la colonia Praderas de esta

ciudad, con una superficie total de 1153.152 m2.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las

Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para

los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Regidor Eduardo Ramón de la Peña Padilla, integrante de la Comisión de Planeación, Urbanismo,

Obras Públicas y Centro Históricos, procede a dar lectura al décimo cuarto dictamen, mismo que se

transcribe a continuación:

ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL,PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO.HONORABLE CABILDO.P R E S E N T E S.

La Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, somete a consideración del H. Cabildo, el siguiente dictamen relativo a la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

C O N S I D E R A N D O

Primero.- Que con fundamento en los artículos 105 fracción V y 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza; 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del municipio de Saltillo y demás relativos, son facultades de las y los Regidores presentar ante el cabildo los dictámenes correspondientes a su Comisión.

Page 56: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Segundo.- Que con fundamento en el artículo 102 fracción III, número 1 inciso d) del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, son facultades de los Ayuntamientos en materia de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia.

Tercero.- Que con fundamento en el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamientos podrán formular, aprobar y administrar la zonificación y el control de los usos y destinos del suelo que se deriven de la Planeación Municipal del Desarrollo Urbano.

R E S U L T A N D O

Primero.- Que con fecha cinco de octubre de dos mil dieciséis, el Arq. Juan Fernando Pérez Charles, Director de Desarrollo Urbano; propuso al Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Segundo.- Que con fecha cinco de octubre del dos mil dieciséis, el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Saltillo, emitió opinión favorable para que se realice la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Tercero.- Que con fecha primero de noviembre del dos mil dieciséis, la Dirección de Desarrollo Urbano, turnó este caso con la documentación correspondiente a la Secretaría del R. Ayuntamiento.

Cuarto.- Que con fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, la Secretaría del R. Ayuntamiento, turnó el expediente para su estudio y análisis y en su caso aprobación por parte de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico y posteriormente por el Cabildo.

Quinto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, realizó la inspección física de la calle 10 y calle 12 hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad, respecto de la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo que establece que las y los Regidores deberán realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión.

Sexto.- Que con fecha catorce de noviembre del dos mil dieciséis, la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, estudió y analizó los documentos enviados por la Secretaría del R. Ayuntamiento, aprobándose por unanimidad, la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Por las razones antes mencionadas, es de resolverse y se resuelve:

Primero.- Que la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, es competente para conocer del presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 fracción III, número 1 inciso d), 105 fracción V, 107 del Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, 22, 24, 27 y 28 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo y el artículo 18 fracción II de la Ley de Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás preceptos legales aplicables.

Segundo.- Se autoriza la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

Tercero.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a esta determinación.

Cuarto.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para los efectos a que haya lugar.

Quinto.- Notifíquese y publíquese en el órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

Así lo acordaron y firman el presente dictamen los integrantes de la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico, a los catorce días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

A T E N T A M E N T E

Mtra. Ma. Mayela Hernández Valdés Lic. José Luis García De la Peña

Page 57: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Presidenta de la Comisión(Rúbrica)

Secretario de la Comisión(Rúbrica)

Ing. Eduardo Ramón De la Peña PadillaIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Lic. Jorge De la Peña QuinteroIntegrante de la Comisión

(Rúbrica)

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto

Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías

Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura

Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia.

Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 269/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Planeación, Urbanismo, Obras

Públicas y Centro Histórico, en consecuencia la reducción de sección vial de 30 a 13 metros de la

calle 10 y reducción vial de 20 a 13 metros de la calle 12 y creación de Par Vial hacia el oriente del

Fraccionamiento Ampliación Morelos de esta ciudad.

SEGUNDO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretaria del Ayuntamiento, Síndica y demás

autoridades municipales, a suscribir los instrumentos jurídicos necesarios a fin de dar cumplimiento a

esta determinación.

TERCERO.- Notifíquese a la Dirección de Desarrollo Urbano, para que a su vez notifique a las

Direcciones Municipales competentes y a la Secretaría correspondiente del Gobierno del Estado, para

los efectos a que haya lugar.

CUARTO.-Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno Municipal.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el SÉPTIMO punto consiste en Dictámenes de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos siguientes: 7.1).- La creación del Reglamento para los Festejos del Aniversario de la

Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.2).- La creación del Reglamento para la Desincorporación

y Enajenación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza; 7.3).- La creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo,

Coahuila de Zaragoza; 7.4).- La creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R.

Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.5).- La creación del Reglamento sobre Carreras

Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; 7.6) La creación del

Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza; 7.7).- El dictamen de las Comisiones unidas de Gobernación y Reglamentos, y de

Seguridad Pública y Tránsito, relativo a la reforma y adición del artículo 143, del Reglamento de

Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; y 7.8).- La creación del

Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza. Se otorga la palabra a la

Page 58: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Secretaria de la Comisión, Regidora Diana Carolina Castillo Díaz para el desahogo del primer dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 015/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL.PRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la creación del Reglamento para los Festejos del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Nos jactamos de ser norteños, enamorados de ser saltillenses, tierra del sarape y del membrillo, de la torre campanario con chapitel estilo morisco; valle con clima benigno, donde abundan las mujeres bellas y hombres de agallas muchas; con la cima vigilante del gigante indio dormido. Conservas ¡oh! Saltillo, tu sabor provinciano, estrechas y sinuosas calles, de vetustas casonas, enrejados gruesos y ventanales forjados con elegante estilo. Atenas de México, lugar de seres ilustres: Acuña, Ibarra de Piedra, Alessio y de la Fuente; Armillita, Soler, Torri y  Valle Arizpe; tus sabores: pan de pulque, con su origen tlaxcalteca; tus danzas y colores: penachos y piruetas, naguillas de carrizo, son los matlachines el folklore de mi Saltillo.

Inmersa en el vértigo de la modernidad y el progreso, nuestra ciudad capital , a quien gracias a su importante situación geográfica, bien podemos llamar la Puerta del Norte, es una mezcla de tradición y cambio constante, con su vida en movimiento nos permite reconocerla y disfrutarla en sus sitios urbanos, naturales, culturales y patrimoniales; es en esencia un orgullo ser nativo de este suelo con una gran prospectiva de calidad de vida.

Por ello, el presente reglamento se propone con la finalidad de dar a conocer las disposiciones específicas acerca de la realización de los festejos de Aniversario de la ciudad; reflexionar sobre los hechos o acontecimientos que marcaron la historia de nuestro querido Saltillo, conservar su historia y mantener vivos sus orígenes debe ser tarea permanente de la autoridad, de manera tal, que ninguna generación olvide sus raíces y lo que significa para el Saltillo de hoy.

De esta manera, la presente Comisión Edilicia, asumiendo con la seriedad que tales hechos exigen, pretende formalizar e institucionalizar los trabajos requeridos para la planeación, organización y evaluación de las actividades relacionadas con tales festividades, para lo cual, se considera de suma importancia, reglamentar oficialmente la celebración de fundación de la ciudad, estableciendo los mecanismos para recordarlo, con la dignidad que lo merece, uniendo a las y los saltillenses  en un ambiente festivo y conmemorativo que permitirá vivificar el valor de su identidad 

CONSIDERANDO

PRIMERO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria del órgano referido, en fecha 02 de agosto de 2016, presentó en el punto sexto del orden del día, el proyecto de creación del Reglamento para la Celebración del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; acordando por unanimidad realizar mesas de trabajo, a fin de realizar el estudio y análisis correspondiente.

SEGUNDO. El día 10 de agosto de 2016, sesionó la Comisión de Gobernación y Reglamentos, desahogando en el punto sexto del orden del día, el seguimiento al proyecto de creación del Reglamento para la Celebración del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, informando el Presidente de dicho órgano colegiado, que se llevó a cabo el estudio y análisis de la iniciativa en la mesa de trabajo según lo acordado por los ediles, motivo por el cual los regidores presentes acuerdan por unanimidad remitir la propuesta en comento a la Secretaría del Ayuntamiento, a fin de que esta realice las observaciones correspondientes.

TERCERO. Mediante oficio S.A.1953/16, el Lic. José Guadalupe Valero, Subsecretario del R. Ayuntamiento, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, el ocurso DAJ/845/2016, signado por el Lic. Edgar Reyna Reyna, Director de Asuntos Jurídicos, mediante el cual se manifiesta que se anexa el proyecto de creación del Reglamento para la Celebración del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, con las observaciones correspondientes.

CUARTO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 30 de septiembre de 2016, abordó en el punto sexto del orden del día, realizando el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento para la Celebración del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en

Page 59: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Se aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento para la Celebración del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

REGLAMENTO PARA LOS FESTEJOS DEL ANIVERSARIO DE LA CIUDAD DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

TÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Este reglamento es de observancia general y obligatoria en el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza y contiene las bases y procedimientos para realizar los festejos de conmemoración del aniversario de la fundación de la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Artículo 2. Corresponde la aplicación del presente reglamento a: I. El Ayuntamiento.

II. El Presidente Municipal. III. El Consejo Municipal para los Festejos del Aniversario de la Ciudad.

Artículo 3. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por: I. Aniversario. Día 25 de julio de cada año en que se celebra el acontecimiento de fundación de

la ciudad.II. Ciudad. La ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

III. Consejo. El Consejo Municipal para los Festejos del Aniversario de la Ciudad.IV. Festejos. Los actos que deberán promover el civismo, bienestar, la recreación, el deporte y la

cultura en la comunidad, buscando estrechar los vínculos entre los ciudadanos con la finalidad de contribuir a afianzar la identidad como saltillenses y el sentido de pertenencia al municipio.

V. Presidente. Presidente del Consejo Municipal para los Festejos del Aniversario de la Ciudad.VI. Protocolo. Regla ceremonial para la celebración de los festejos.

VII. Secretario. Secretario Técnico del Consejo Municipal para los Festejos del Aniversario de la Ciudad.

Artículo 4. Los festejos se llevarán a cabo durante el mes de julio, debiendo concluir el día veinticinco de ese mismo mes, día de conmemoración de la fundación de la ciudad.

TÍTULO IIDEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LOS FESTEJOS DEL ANIVERSARIO DE LA CIUDAD

Artículo 5. El Consejo tiene como finalidad planear, organizar y evaluar las actividades relacionadas con los festejos de aniversario de la fundación de la ciudad.

Artículo 6. El Consejo se integrará por:I. Un Presidente que será el Presidente Municipal.

II. Un Secretario Técnico que será nombrado por el Presidente Municipal.III. El titular de la Tesorería Municipal.IV. El titular de la Secretaría Técnica.V. El titular de la Dirección General de Desarrollo Humano.VI. El Director del Instituto Municipal de Cultura.

VII. El titular de la Dirección de Turismo Municipal.VIII. El Regidor Presidente de la Comisión Edilicia de Cultura y Rescate de Valores Humanos.

IX. El Regidor Presidente de la Comisión Edilicia de Educación.

Artículo 7. Son atribuciones del Consejo:

Page 60: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

I. Organizar anualmente en el mes de julio los festejos de aniversario de fundación de la ciudad.

II. Determinar el lugar o lugares que servirán para el desarrollo de los mismos.

III. Elaborar el programa y calendario general de los festejos de aniversario de la fundación de la ciudad.

IV. Difundir los eventos a realizar.

V. Velar por el cumplimiento a las normas, reglamentos, acuerdos, ordenamientos y leyes en la presentación de espectáculos y exposiciones.

VI. Supervisar la funcionalidad y operatividad de las instalaciones donde se desarrollen todos los eventos.

VII. Gestionar los apoyos necesarios en materia de infraestructura operacional a las dependencias federales, estatales y municipales que correspondan para el mejor despacho y cumplimiento de sus fines.

VIII. Efectuar, al término de los festejos, la evaluación correspondiente a fin de realizar una mejora continua.

Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 8. El Presidente del Consejo a través del Secretario Técnico, convocará a las sesiones correspondientes.

Artículo 9. El Consejo sesionará las veces que considere necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

Artículo 10. El Consejo sesionará con la mitad más uno de sus integrantes, en las cuales todos los miembros tendrán derecho a voz y voto.

Artículo 11. El Presidente del Consejo será el responsable de desahogar el orden del día de las sesiones, así como de ejecutar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos.

Artículo 12. El Secretario será el responsable del pase de lista, el levantamiento de las actas correspondientes y el registro de la votación.

Artículo 13. Los acuerdos se tomarán por medio de votación, la cual podrá ser secreta si así lo determina la mayoría de los asistentes, y en caso de empate el Presidente del Consejo tendrá el voto de calidad.

TÍTULO IIIDEL PROTOCOLO

Artículo 14. El titular del ejecutivo municipal, o quien él delegue, declarará inaugurado los festejos por el aniversario de fundación de la ciudad en el primer acto programado para tal efecto.

Artículo 15. El día 25 de julio, en la Plaza México de la ciudad, se realizará el izamiento y los honores a la bandera de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, posteriormente se entonará el Himno Coahuilense.

Artículo 16. Llevado a cabo lo estipulado en el artículo anterior, en el lugar denominado “Ojo de Agua” se depositará una ofrenda floral; acto seguido para emular la fundación, las autoridades se trasladarán a la plaza de la Nueva Tlaxcala para efectuar una guardia de honor en la escultura que simboliza el origen de la ciudad.

Artículo 17. En el aniversario de la ciudad, para reconocer a las personas físicas o morales cuyo trabajo, obras o servicios realizados en beneficio de la sociedad y sean relevantes para la comunidad saltillense; y de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Preseas, Galardones y Premios del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, se llevará a cabo la sesión solemne de Cabildo para la entrega de la Presea Saltillo.

Artículo 18. El Presidente del Consejo, o en su ausencia quien él delegue, realizará un acto de clausura en el cual hará la declaración formal para dar por concluidos los festejos del aniversario de la ciudad.

Transitorios

Page 61: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en Gaceta Municipal,

Segundo.- Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento para los Festejos del Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor;

Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto

Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías

Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura

Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia.

Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 270/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento para los Festejos del

Aniversario de la Ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

Page 62: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

La Regidora Diana Carolina Castillo Díaz, Secretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos

procede a dar lectura al segundo dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 016/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo la creación del Reglamento para la Desincorporación y Enajenación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El patrimonio municipal, es el conjunto de bienes y derechos, recursos e inversiones, que como elementos constitutivos de su estructura social o como resultado de su actividad normal ha acumulado el municipio y posee a título de dueño, para destinarlos o afectarlos en forma permanente a la prestación directa o indirecta de los servicios públicos a su cuidado o a la realización de sus objetivos o fines de política social o económica.

Así como el municipio requiere de ese patrimonio para la realización de su múltiples competencias, entendidas para este bienes muebles e inmuebles, en ocasiones, estos llegan al fin de su vida útil o presentan gran menoscabo por el trascurso del tiempo o su desgaste natural, por lo que deben cesar del servicio para el cual fueron destinados.

Es necesario tener presente que el patrimonio, en razón a los fines del municipio, forma parte de la Hacienda Pública, la que se puede comprender como la función administrativa cuyo objeto es obtener los recursos que el municipio tiene derecho a percibir o allegarse de los que le son transferidos por cualquier acto jurídico. De manera particular cuando los bienes muebles que constituyen parte del patrimonio municipal y han perdido su utilidad o cuando estos se han extraviado, han sido robados o sufrido pérdida por algún siniestro, podrá operar su desincorporación y enajenación, haciendo fundamental contar con un marco jurídico idóneo que lo permita en lo mejores términos de control, eficacia y eficiencia.

Es por ello, que a iniciativa, de la Síndico de Vigilancia, Dra. Bertha Cristina Castellanos Muñoz, se propone la adición al Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila, a fin de incluir la figura de Subasta, en el Capítulo Tercero del mencionado ordenamiento jurídico; y de igual modo, la propuesta de la Síndico Lic. Laura Guadalupe Herrera Guajardo, para la adición y modificación a varias disposiciones normativas; ambas con él con el propósito de agilizar los procedimientos de la desincorporación y enajenación de bienes muebles municipales, armonizando la norma referida, con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza. Por lo tanto.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del Ayuntamiento, en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo 212/20/16, mediante oficio 2095/2016, con fecha 15 de septiembre de 2016, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta de la Síndico de Vigilancia, Dra. Bertha Cristina Castellanos Muñoz, para incluir la modalidad de subasta en el Capítulo III, del Procedimiento de Desincorporación, citado en el Reglamento para la Desincorporación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila; con el fin de armonizarlo con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO. El día martes 27 de septiembre de 2016, estando reunidos los regidores de la Comisión de Gobernación y Reglamentos en sesión ordinaria, se abordó en el punto sexto del orden del día, la propuesta de reforma al Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración del Municipio de Saltillo, Coahuila, para incluir la modalidad de subasta en el Capítulo III, del Procedimiento de Desincorporación del mencionado ordenamiento jurídico, acordando por unanimidad de los presentes, llevar acabo mesas de trabajo, haciendo extensiva la invitación a los miembros de la Comisión de Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones, a fin de realizar el estudio y análisis correspondiente.

Page 63: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

TERCERO. Por Acuerdo de la Comisión de Gobernación, en fecha 29 de septiembre de 2016, se llevó a cabo la mesa de trabajo, con el objetivo de estudiar la propuesta de la Síndico de Vigilancia, Dra. Bertha Cristina Castellanos Muños, para incluir la modalidad de subasta en el Capítulo III, del Procedimiento de Desincorporación, citado en el Reglamento para la Desincorporación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila, en la cual adicionalmente al tema referido, a propuesta de la Lic. Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndica del R. Ayuntamiento, se desarrolla el análisis íntegro del reglamento, al cual sugiere la modificación de varias disposiciones normativas.

CUARTO. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión reunida el día 30 de septiembre de 2016, informó en el punto quinto del orden del día, que en la próxima sesión del referido órgano colegiado, se presentará el proyecto final, resultado de las mesas de trabajo, de la reforma y adición al Reglamento para la Desincorporación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

QUINTO. El día 10 de octubre de 2016, Luis Fernando Aguirre Rodríguez, al presidir la sesión de Gobernación y Reglamentos, presenta en el punto quinto del orden del día, el proyecto final producto de las mesas de trabajo, del Reglamento para la Desincorporación y Enajenación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, acordando turnar a la Secretaria del Ayuntamiento dicha iniciativa a fin de que realice el estudio y análisis correspondiente.

SEXTO. Mediante oficio 2569/16, la Lic. Laura María Martínez Hernández, Coordinadora de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaría del Ayuntamiento, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, las observaciones del proyecto de reforma y adición al Reglamento para la Desincorporación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SÉPTIMO. El día 16 de noviembre de 2016, Luis Fernando Aguirre Rodríguez, al presidir la sesión de Gobernación y Reglamentos, circula en el punto octavo del orden del día, las observaciones del proyecto de reforma y adición al Reglamento para la Desincorporación de Bienes Municipales de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a fin de que los ediles lleven a cabo las observaciones pertinentes.

OCTAVO. En fecha 22 de noviembre de 2016, en el punto séptimo del orden del día, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, llevó a cabo el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento para la Desincorporación y Enajenación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Se aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila.

Por ello estima conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

Page 64: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL REGLAMENTO PARA LA DESINCORPORACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1.- Las disposiciones contenidas en este reglamento tienen por objeto normar la desincorporación y enajenación de bienes muebles del patrimonio del municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, que se encuentran bajo la custodia de sus Dependencias y Unidades Administrativas.

El Ayuntamiento de Saltillo, la Comisión de Regidores encargada de los asuntos del ramo y la Contraloría Municipal serán las autoridades facultadas para interpretar este reglamento. ARTÍCULO 2.- Para la aplicación de este reglamento se entenderá por:

I. Avalúo: El resultado del proceso de estimar en dinero el valor de los bienes por parte de los valuadores.

II. Bienes: Los bienes muebles que figuren en los inventarios del municipio;

III. Bienes no útiles: Los que por su estado físico o cualidades técnicas no resulten funcionales, no se requieran para el servicio al cual se destinaron o sea inconveniente seguirlos utilizando.

IV. Comisión: Comisión de Munícipes encargada de los asuntos del ramo.

V. Contraloría: La Contraloría Municipal.

VI. Convocante: La Tesorería Municipal.

VII. Dependencias: Las que señala el Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

VIII. Desincorporación de bienes: La cancelación de los registros de los bienes en los inventarios de las dependencias.

IX. Destino final: La determinación de enajenar, donar, permutar, transferir, destruir u otorgar en dación en pago los bienes no útiles.

X. Dictamen: Documento elaborado por la Comisión, que describe el bien y las razones que motivan la no utilidad del mismo, o en su caso, la posibilidad de aprovecharlo en forma total o parcial.

XI. Dictamen Técnico: Documento elaborado por la Unidad Administrativa encargada de la valoración y estimación de la utilidad del bien.

XII. Enajenación: La venta de bienes.

XIII. Municipio: Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

XIV. Normas: Las disposiciones y lineamientos para la desincorporación y enajenación de bienes de las Dependencias de la Administración Pública del Municipio.

XV. Precio mínimo: El precio general o específico que fije la Tesorería Municipal, tomando en consideración el avalúo del bien.

XVI. Subasta: Venta consistente en la adjudicación de un bien al comprador en el curso de una sesión pública convocada al efecto, donde el adjudicatario de los bienes será el ofertante que proponga un mejor precio.

XVII. Tesorería: La Tesorería Municipal.

XVIII. Valuador: Las instituciones de crédito, los funcionarios de la Tesorería debidamente autorizados o los peritos en la materia que tengan registro en la Contraloría.

XIX. Vehículos: Los vehículos terrestres.

CAPÍTULO IIDE LA DESINCORPORACIÓN Y AVALÚOS DE LOS BIENES MUEBLES

ARTÍCULO 3.- Las Dependencias sólo operarán la desincorporación de los bienes que tienen asignados en los siguientes supuestos:

I. Cuando se trate de bienes no útiles.

Page 65: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

II. Cuando el bien se hubiere extraviado, robado o siniestrado, o considerado como pérdida total y pagado su valor por la compañía aseguradora correspondiente.

Tratándose del último supuesto, la Dependencia deberá levantar un acta en la que se establezcan las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las cuales se suscitaron los hechos, además de cumplir con las formalidades establecidas en las disposiciones legales aplicables. De lo anterior, se comunicará a la Contraloría para que realice la desincorporación de sus activos. El incumplimiento a lo anterior conlleva responsabilidad para el servidor público en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 4.- El procedimiento para la desincorporación de bienes no útiles, deberá ser el siguiente:

I. La Dependencia de que se trate, enviará a la Contraloría una relación de los bienes que por no ser útiles deberán ser desincorporados de sus inventarios.

II. La Contraloría verificará los bienes a desincorporar y supervisará que sean resguardados en el lugar que la Dependencia tiene para tal efecto.

III. La Contraloría deberá contar con el avalúo de cada uno de los bienes a desincorporar, realizado por alguno de los valuadores que se encuentren dentro del registro con el que cuenta esta Dependencia, tomando las providencias necesarias para que el monto que se fije no perjudique a los intereses del municipio.

IV. Con base en lo anterior, la Contraloría emitirá un Dictamen Técnico, el cual deberá contener los antecedentes; relación de bienes no útiles y su valor, según el avalúo mencionado en el presente artículo y propuesta de los actos o contratos que puedan celebrarse, según sea el caso; así como las bases de los mismo.

En el caso de los bienes siniestrados que se encuentren en poder de la aseguradora, para proceder a su desincorporación se integrará al expediente la solicitud de desincorporación de la Dependencia a la que por inventario pertenece el bien, explicando la causa del siniestro y la razón social de la aseguradora; se añadirá además la carta de la aseguradora en donde informa que dicho bien se encuentra en su poder y el oficio emitido por la Dirección de Contabilidad en donde informa que ya se realizó el pago de la indemnización parte de la aseguradora al municipio.

Una vez concluidos los trámites anteriores, la Contraloría pondrá a disposición de la Comisión, el expediente debidamente integrado para su análisis y revisión, la cual tomando en cuenta los resultados emitidos presentará su dictamen, el cual será enviado a la Secretaría del Ayuntamiento para su inclusión en el orden del día de la sesión que corresponda y el H. Cabildo apruebe, modifique, rechace o regrese a la Comisión, sólo por única ocasión, el asunto de que se trate.

ARTÍCULO 5.- La Contraloría llevará un registro de valuadores que contendrá, por lo menos, lo siguiente:

I. Currículum vitae.

II. Constancias que los acrediten como peritos en la materia.

III. Carta de no antecedentes penales.

IV. Los requisitos aplicables que señale la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

La contratación de los servicios de valuadores deberá sujetarse a lo dispuesto en los términos de la legislación de la materia.

ARTÍCULO 6.- El avalúo del bien deberá contener por lo menos:

I. Fecha de elaboración.II. Objeto del avalúo.III. Especificaciones técnicas.IV. Método utilizado.V. Motivación.VI. Resultado del avalúo.

VII. Observaciones.VIII. Vigencia, la cual no podrá ser mayor a ciento ochenta días naturales contados a partir de la

fecha de elaboración.IX. Nombre, firma, número y fecha de registro.

ARTÍCULO 7.- Al momento que se formalice la desincorporación correspondiente el avalúo deberá encontrarse vigente. La omisión a este precepto trae como consecuencia la nulidad del procedimiento y la apertura de un procedimiento de responsabilidad al servidor público de que se trate.

CAPÍTULO IIIDEL PROCEDIMIENTO DE ENAJENACIÓN

Page 66: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

ARTÍCULO 8.- La Tesorería deberá enajenar los bienes mediante el procedimiento de Subasta Pública y solo por causas plenamente justificadas, si así lo determina el propio Ayuntamiento mediante el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, podrá realizarse por Invitación, a cuando menos tres personas o bien por Adjudicación Directa.

En el caso de la Subasta Pública o de la Invitación a cuando menos tres personas, la enajenación se realizará por medio de convocatoria o invitación, según corresponda, para que se presenten libremente proposiciones en sobre cerrado, que serán abiertos públicamente.

En el supuesto de la Subasta Pública, el precio que servirá de base para la enajenación será aquel que resulte del avalúo que se practique y aprueben las dos terceras partes de los miembros del Ayuntamiento. La enajenación se anunciará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la Gaceta Municipal y en uno de los periódicos de mayor circulación del municipio, por dos veces de siete en siete días. Si no hubiere postores se anunciarán nuevas almonedas con reducción en cada una de ellas de un diez por ciento del valor correspondiente. En ningún caso se podrá reducir a menos del cincuenta por ciento del valor que se fijó en el avalúo.

ARTÍCULO 9.- Las convocatorias públicas para la enajenación de los bienes deberán difundirse simultáneamente por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad, a través de la página de Internet del municipio y en los lugares visibles y accesibles al público de la Presidencia Municipal. Cuando el valor de los bienes a subastarse rebase el equivalente a cuatro mil días de salario mínimo general vigente en el municipio, adicionalmente se publicarán por un solo día en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en uno de los diarios de circulación nacional. Las convocatorias podrán referirse a una o más subastas, debiendo contener los siguientes datos:

I. Fecha de elaboración.II. Nombre de la convocante.III. Descripción general, cantidad y unidad de medida de los bienes objeto de la subasta, así como

el precio mínimo o de avalúo.IV. Lugar, fecha y horario en que los interesados podrán obtener las bases y, en su caso, el costo

y forma de pago de las mismas, así como el acceso al sitio en que se encuentren los bienes. La convocante libremente podrá determinar si las bases se entregarán en forma gratuita o tendrán un costo, en cuyo supuesto, las mismas podrán ser revisadas por los interesados previamente a su pago, el cual será requisito para participar en la licitación.

V. Sitio donde estarán a la vista los bienes objeto de la subasta y plazo máximo en que deberán ser retirados.

VI. Lugar, fecha y hora de celebración de los actos de apertura de ofertas y, en su caso, de fallo.

VII. Forma y porcentaje de la garantía de seriedad de las ofertas.

VIII. Fecha de inicio de la difusión de la convocatoria, excepto cuando se publique en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en un diario de mayor circulación nacional.

El acto de apertura de ofertas deberá celebrarse dentro de un plazo no menor a ocho días hábiles, ni mayor a quince días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la difusión de la convocatoria o de su publicación.

ARTÍCULO 10.- Las bases que emita la convocante para las subastas públicas se pondrán a disposición de los interesados, tanto en el domicilio señalado para tal efecto, como en su caso, en la página de internet del municipio, a partir del día de inicio de la difusión o publicación de la convocatoria y hasta un día hábil previo al acto de apertura de ofertas.

Las bases deberán contener como mínimo lo siguiente:

I. Nombre de la convocante.II. Descripción completa y precio mínimo o de avalúo de los bienes.III. Lugar, fecha y hora de celebración de los actos de apertura de ofertas y, en su caso, de fallo.IV. Requisitos que deberán cumplir quienes deseen participar, entre otros: la identificación del

participante, la obligación de garantizar la seriedad de su oferta, de firmar las bases, así como de presentar la oferta en sobre cerrado y, en su caso, el comprobante de pago de las bases.

V. Instrucciones para la presentación de las ofertas.VI. Fecha límite de pago de los bienes adjudicados.

VII. Sitio donde estarán a la vista los bienes objeto de la subasta y plazo máximo en que deberán ser retirados.

VIII. Fecha y hora para realizar las visitas a los bienes.IX. Criterios de adjudicación.X. Plazo para modificar las bases de la subasta. La convocante sólo podrá efectuar

modificaciones hasta el tercer día hábil anterior al del acto de apertura de ofertas. Dichas modificaciones se harán del conocimiento de los interesados por los mismos medios de difusión.

Page 67: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

XI. Señalamiento de que será causa de descalificación el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases, así como el hecho de que las ofertas presentadas no cubran el precio mínimo o de avalúo fijado para los bienes.

XII. Causas por las cuales la subasta podrá declararse desierta.XIII. Indicación de que se hará efectiva la garantía de seriedad de las ofertas en caso de que el

adjudicatario incumpla en el pago de los bienes.XIV. Requerir a los participantes de la subasta la manifestación expresa y bajo protesta de decir

verdad de que se abstendrán de adoptar conductas, por sí mismos o a través de interpósita persona, para que los servidores públicos de las Dependencias, induzcan o alteren la evaluación de las ofertas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

XV. La indicación de que no podrán participar las personas que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 49 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 11.- En caso de que el oferente ganador incumpla con el pago de los bienes, la Dependencia hará efectiva la garantía correspondiente de inmediato y podrá adjudicar dichos bienes a la segunda o siguientes mejores ofertas que hayan sido aceptadas en los términos de las normas. De lo anterior se levantará la constancia correspondiente.

ARTÍCULO 12.- En los procedimientos de enajenación, las Dependencias exigirán de los interesados en adquirir bienes, que garanticen la seriedad de sus ofertas mediante fianza, cheque certificado o de caja a favor de la Tesorería.

El monto de la garantía será por el diez por ciento del precio mínimo de avalúo, la que será devuelta a los interesados al término del acto de fallo, salvo aquella que corresponda al oferente ganador, la cual se retendrá a título de garantía del cumplimiento del pago de los bienes adjudicados y su importe se podrá aplicar a la cantidad que se hubiere obligado a cubrir.

Corresponderá a la Tesorería calificar, aceptar, registrar, conservar en guarda y custodia y devolver las garantías que los participantes de la subasta presenten en la enajenación de bienes. Para lo anterior se hará un control por escrito del cual se remitirá copia a la Contraloría y a la Comisión.

ARTÍCULO 13.- Toda persona interesada y que cumpla con los requisitos de las bases tendrá derecho a presentar ofertas.

En la fecha y hora previamente establecidas, la convocante deberá proceder a iniciar el acto de apertura de ofertas, en el cual se dará lectura en voz alta de las propuestas presentadas por cada uno de los participantes informándose de aquellas que en su caso, se desechen debido a que el participante no cumpla con alguno de los requisitos establecidos y las causas que motiven tal determinación.

La convocante, emitirá un dictamen que servirá como sustento para el fallo, mediante el cual se adjudicarán los bienes. El fallo de la subasta podrá darse a conocer en el mismo acto de apertura de ofertas, o bien, en acto público posterior en un plazo que no excederá de cinco días hábiles contados a partir de la fecha en que se lleve a cabo dicha apertura.

Si derivado del dictamen se obtuviera un empate en el precio de las dos o más favorables ofertas, se solicitará que estos oferentes presenten una nueva propuesta para que de ahí se elija la que mejor convenga. Las restantes quedarán desechadas.

Las inconformidades que existan por el proceso se substanciarán de conformidad con las normas establecidas en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

La convocante levantará acta a fin de dejar constancia de los hechos sucedidos en la apertura de ofertas y en el fallo, la cual será firmada por los asistentes; la omisión de firma por parte de los oferentes no invalidará su contenido y efectos.

A los actos de carácter público de las subastas podrán asistir los oferentes cuyas propuestas hayan sido desechadas durante el procedimiento de enajenación, así como cualquier persona que, sin haber adquirido las bases, manifieste su interés de estar presente en dichos actos, bajo la condición de que deberán de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

Cuando así lo considere pertinente, la autoridad convocante podrá hacerse auxiliar de un fedatario público y las constancias que se levanten serán incorporadas al expediente de la subasta.

ARTÍCULO 14.- La convocante podrá declarar desierta la subasta pública, cuando se presente alguno de los supuestos siguientes:

I. Ninguna persona adquiera las bases.

II. Nadie se registre para participar en el acto de apertura de ofertas.

III. No se presenten ofertas aceptables.

Page 68: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

IV. Cuando ninguno de los participantes cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

Se considera que las ofertas presentadas no son aceptables cuando no cubran el precio mínimo o de avalúo de los bienes o no cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en las bases.

Una vez declarada desierta una subasta pública, la convocante podrá solicitar al R. Ayuntamiento determinar que procedimiento se llevará a cabo para la enajenación o destino del bien.

ARTÍCULO 15.- La Tesorería, previa autorización del R. Ayuntamiento, podrá optar por enajenar bienes a través del procedimiento de adjudicación directa, cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:

I. Ocurran condiciones o circunstancias extraordinarias, imprevisibles, o situaciones de emergencia o se trate de elementos perecederos.

II. No sea del conocimiento público la existencia de por lo menos tres personas interesadas en la compra de aquellos bienes que estuviesen valuados en menos de doscientos cincuenta días de salario.

ARTÍCULO 16.- La invitación a cuando menos tres personas, se sujetará a lo siguiente:

I. La apertura de sobres conteniendo las ofertas podrá realizarse sin la presencia de los postores correspondientes, pero sí ante la presencia de la Contraloría y un integrante de la Comisión, previo Acuerdo de la misma.

II. En las invitaciones se indicará como mínimo la cantidad y descripción de los bienes a enajenar, monto del precio mínimo o de avalúo, garantía, plazo y lugar para el retiro de los bienes, condiciones de pago y la fecha para la comunicación del fallo.

III. Adicionalmente a las invitaciones que se realicen, la difusión de éstas se hará de manera simultánea a través de la página en Internet, en un lugar visible al público de la Tesorería y en el tablero de notificaciones de la Presidencia Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

IV. Los plazos para la presentación de las ofertas se fijarán para cada operación, atendiendo al tipo de bienes a enajenar, así como a la complejidad para elaborar las ofertas.

V. Las causas para declarar desierta la invitación a cuando menos tres personas, serán las establecidas en el artículo 14 de este reglamento.

ARTÍCULO 17.- La Unidades Administrativas del Municipio, a través de la Contraloría, podrán optar por no llevar a cabo el procedimiento de enajenación en los términos estipulados en este Capítulo, por causas plenamente justificadas y cuando así lo determine el Ayuntamiento mediante Acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 306 del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 18.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, la Contraloría deberá elaborar un Dictamen Técnico que contendrá la justificación de las razones para el ejercicio de la opción y fundamentarlo con base en criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y urgencia que aseguren las mejores condiciones para el municipio, según las circunstancias que concurran en cada caso; además contendrá:

I. El origen y la descripción del bien.

II. El valor del bien.

ARTÍCULO 19.- Tratándose de desechos generados periódicamente, la convocante deberá enajenarlos en los términos de lo establecido en el artículo 9 de este reglamento y la adjudicación correspondiente podrá formalizarla a través de contratos con vigencia hasta de un año. Para el caso de una vigencia mayor, se requerirá la previa autorización del Cabildo, sin que ésta pueda exceder de dos años.

En estos casos, deberá pactarse la obligación de ajustar los precios en forma proporcional a las variaciones que se presenten, considerando la disminución o aumento que contemple en su caso el avalúo vigente que corresponda. El no retiro oportuno de los bienes será motivo de la rescisión del contrato.

ARTÍCULO 20.- Las Dependencias previa autorización del Ayuntamiento y de la obtención del precio mínimo o de avalúo correspondiente, podrán llevar a cabo las operaciones que impliquen la permuta o la dación en pago de bienes.

La dación en pago sólo será aplicable para extinguir obligaciones pendientes de pago contraídas por el municipio.

ARTÍCULO 21.- La convocante podrá llevar a cabo donaciones de todo tipo de bienes a valor de adquisición o de inventario, independientemente de su monto, siempre y cuando obtenga la

Page 69: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

autorización previa del Ayuntamiento. Para efectos administrativos las donaciones deberán formalizarse mediante la celebración de los contratos respectivos.

ARTÍCULO 22.- La transferencia de bienes opera exclusivamente entre las Dependencias y para ello deberá contarse con la autorización previa de la Contraloría; la transferencia no requiere de la obtención de avalúo, por lo que deberá formalizarse a valor de adquisición o de inventario, mediante acta de entrega-recepción.

ARTÍCULO 23.- La Tesorería, previa autorización del Ayuntamiento, podrá llevar a cabo la destrucción de bienes cuando:

I. Por su naturaleza o estado físico en que se encuentren, peligre o se altere la salubridad, la seguridad o el ambiente.

II. Se trate de bienes, respecto de los cuales exista disposición legal o administrativa que ordene su destrucción.

III. Habiéndose agotado todos los procedimientos de enajenación o el ofrecimiento de donación, no exista persona interesada. Estos supuestos deberán acreditarse con las constancias correspondientes.

En los supuestos previstos en las fracciones I y II anteriores, la Tesorería deberá de observar los procedimientos que señalen las disposiciones legales o administrativas aplicables y se llevará a cabo en coordinación con las autoridades competentes.

La Tesorería invitará invariablemente a un representante de la Contraloría y a los integrantes de la Comisión para que asistan al acto de destrucción de bienes, del cual se levantará la constancia correspondiente.

ARTÍCULO 24.- Una vez cumplido el destino final de los bienes, conforme a las normas se procederá a su baja, lo mismo se realizará cuando el bien de que se trate se hubiere extraviado, haya sido robado o entregado a una institución de seguros como consecuencia de un siniestro, una vez pagada la suma asegurada.

CAPÍTULO IVDE LA COMISIÓN

ARTÍCULO 25.- La Comisión será nombrada por el Ayuntamiento en los términos que señala el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y el Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 26.- Además de las funciones que señala la legislación de la materia, la Comisión tendrá las siguientes:

I. Vigilar y supervisar los procedimientos de desincorporación de bienes muebles que realicen las Dependencias, la Tesorería y la Contraloría.

II. Proponer lineamientos generales para la conservación, aprovechamiento parcial, desincorporación y enajenación de bienes muebles municipales.

III. Dictaminar los asuntos que en esta materia presenten las Dependencias al Cabildo para ser sometidos a su consideración.

IV. Dar aviso al Contralor Municipal o en su caso al Síndico, de las irregularidades encontradas para que se inicien las investigaciones correspondientes.

V. Convocar a los titulares de las Dependencias para que informen sobre los asuntos que en materia de desincorporación y enajenación hayan substanciado.

Las demás que señale este reglamento y las disposiciones legales aplicables.

CAPÍTULO VDISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 27.- Cuando un servidor público extravíe un bien a su cargo o bajo su resguardo, la Contraloría podrá dispensar el fincamiento de responsabilidades en que se incurra, cumpliendo el responsable con resarcir el daño ocasionado mediante la reposición del bien por uno igual o de características similares al extraviado o el pago del mismo al valor que rija en ese momento en el mercado para un bien igual o equivalente.

ARTÍCULO 28.- Los participantes que adviertan actos irregulares durante los procedimientos de enajenación podrán denunciarlos, acreditándolo con pruebas fehacientes ante la Contraloría, a efecto de que ésta, en su caso, imponga las sanciones previstas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Page 70: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

ARTÍCULO 29.- La Tesorería conservará en forma ordenada y sistemática toda la documentación relativa a los actos que realicen conforme a las normas, cuando menos por un lapso de cinco años, excepto la documentación contable, en cuyo caso se estará a lo previsto por las disposiciones aplicables.

ARTÍCULO 30.- De conformidad por lo dispuesto por el artículo 273 del Código Financiero para el Estado de Coahuila de Zaragoza, serán nulas de pleno derecho las enajenaciones a favor de los miembros y servidores públicos del Ayuntamiento, así como a sus parientes en línea recta sin limitación de grado, colaterales hasta el cuarto grado y afines hasta el segundo.

La contravención a esta disposición conlleva responsabilidad para los servidores públicos involucrados de conformidad con lo dispuesto por la legislación de la materia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, independientemente de su publicación en la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Se abroga el reglamento para la Desincorporación de Bienes Muebles de la Administración del Municipio de Saltillo, Coahuila; publicado en el Periódico Oficial, número 4 de fecha 12 de enero de 2010, así como todas las disposiciones que se opongan a los dispuesto por el presente reglamento.

TERCERO.- Las desincorporaciones que se encuentren en trámite antes de la expedición del presente reglamento se tramitarán de conformidad al reglamento anterior.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento para la Desincorporación y Enajenación de Bienes Muebles de la Administración del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; María

Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana

María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora

García Astiazarán, Octava Regidora; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis

García de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo

Page 71: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo

Cuarto Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham

Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora;

Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de

Vigilancia. Encontrándose ausente al momento de la votación Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer

Regidor; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor e Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose

a formular el siguiente:

A C U E R D O 271/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento para la Desincorporación y

Enajenación de Bienes Muebles de la Administración del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos procede a dar lectura al tercer dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 019/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

¿Cómo poder trabajar en una democracia, sin la debida tutela del principio de publicidad, y sin una verdadera relación entre gobierno y sociedad?, en respuesta a esta interrogante nos permitimos plantear la siguiente iniciativa que tiene como propósito colaborar en aras de una democracia sólida, legitima, eficaz y transparente.

La Gaceta Municipal es una institución oficial del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, encargada de dar a conocer a la población la dinámica que rige la vida del mismo, erigiéndose como la ventana oficial del municipio donde se publican los más importantes y trascendentales acuerdos y modificaciones en el funcionamiento del Ayuntamiento.

En el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, estipula las siguientes disposiciones:

Capítulo VII, Facultades y Competencias del Presidente Municipal, en el artículo 104, inciso A, fracción V. El presidente municipal, será el órgano ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento y tendrá las siguientes competencias, facultades y obligaciones: Mandar publicar en la gaceta oficial del municipio o en el periódico oficial del Gobierno del Estado, los bandos de policía y buen gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general, en los términos de la fracción V del artículo 176 de este código.

Inciso E, fracción I, del mismo artículo: Mandar publicar en la gaceta oficial del municipio o en el periódico oficial del Gobierno del Estado, el presupuesto de egresos.

Artículo 126, fracción X: El Secretario del Ayuntamiento, además de las que le señale el Reglamento Interior, tendrá las siguientes facultades y obligaciones: Publicar los reglamentos, circulares y demás disposiciones municipales de observancia general para lo cual organizará y administrará la publicación de la gaceta municipal en aquellos municipios donde sea necesaria.

Page 72: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Artículo 156. Los ayuntamientos difundirán su Plan de Desarrollo Municipal y lo publicarán en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o en la Gaceta Municipal, en su caso.

Artículo 176, fracción V. La formulación, expedición, y publicación de los ordenamientos legales municipales se llevarán a cabo de conformidad con las siguientes bases normativas de carácter procesal: La publicación deberá hacerse siempre en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y, en su caso, en la gaceta oficial del Municipio siempre que se ordene publicarse expresamente……..

Artículo 238, fracción V. Previo el otorgamiento de la garantía de audiencia correspondiente, la caducidad de las concesiones será declarada administrativamente por el concedente, en los casos siguientes: Por el incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en este código o en el contrato de concesión. El concedente hará la notificación de caducidad al concesionario o a su representante legal; de ser necesario, el concedente asumirá la prestación del servicio a fin de evitar que éste se interrumpa, e incorporará al patrimonio municipal los bienes asignados a la concesión sin necesidad de algún pago por ese concepto, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente. En todo caso, si la caducidad, como resultado del procedimiento respectivo, es declarada procedente, la declaratoria se deberá publicar por una sola vez en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en la Gaceta Municipal.

Habida cuenta de lo ya mencionado, estamos conscientes de la necesidad de regular y modernizar jurídicamente el funcionamiento de la Gaceta Municipal, para que de forma ordenada pueda cumplir con su misión. Si bien su contenido por la vía impresa es de enorme trascendencia, es imprescindible que la misma sea acorde a la sociedad contemporánea, en la cual los medios electrónicos son comunes y accesibles a toda la población, siendo el aprovechamiento de la tecnología una propuesta de esta Comisión, por ello se plantea que a la par de la modalidad impresa exista de modo digital a la cual se puede tener acceso por vía de Internet, facilitándole al gobernado la consulta de la información generada por el H. Ayuntamiento.

CONSIDERANDO

PRIMERO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria del órgano referido, en fecha 29 de agosto de 2016, presentó en el punto quinto del orden del día, el proyecto de creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; acordando por unanimidad realizar una mesa de trabajo, a fin de llevar a cabo el estudio y análisis correspondiente.

SEGUNDO. El día 06 de septiembre de 2016, sesionó la Comisión de Gobernación y Reglamentos, desahogando en el punto séptimo del orden del día, el informe sobre la mesa de trabajo relativa al proyecto de creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, acordando por unanimidad de los ediles presentes, remitir la propuesta en comento a la Secretaría del Ayuntamiento, a fin de que esta realice las observaciones correspondientes.

TERCERO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 22 de noviembre de 2016, realizó el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Page 73: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Se aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Por ello estiman conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular la elaboración, contenido, difusión y distribución de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Artículo 2. La Gaceta Municipal es el órgano oficial de comunicación del Gobierno Municipal de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; de carácter permanente, social e interés público, cuya función consiste en difundir por medio escrito y digital, los reglamentos, circulares, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria que emita el Ayuntamiento.

Artículo 3. Para los efectos de este reglamento se entenderá por:

Digital. Formato electrónico en el cual se publica en internet la Gaceta Municipal.

Gaceta. Gaceta Municipal.

Unidad Administrativa. Dirección de Área, Subdirección, Departamento o Coordinación de la Administración Pública Municipal.

R. Ayuntamiento. Republicano Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA PUBLICACIÓN DE LA GACETA

Artículo 4. Para efectos de difusión en la Gaceta Municipal, corresponde al Presidente Municipal

I. La publicación de los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general que emita el Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 176 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

II. Dirigir, a través de la Secretaría del Ayuntamiento, la Gaceta.III. Ordenar la publicación de la información y documentación que se difunda en la Gaceta.IV. Fijar las directrices técnicas de operación que garanticen la seguridad e inalterabilidad de la

edición de la Gaceta Municipal. V. Expedir las reglas y procedimientos a que se sujetará la recepción, captura, cotejo y edición de

la información y documentación que deba ser publicada en la Gaceta.

Las demás que se deriven del presente reglamento y otras disposiciones aplicables.

Artículo 5. Corresponde al titular de la Secretaría del Ayuntamiento con relación a la Gaceta:

I. Organizar y administrar la Unidad Administrativa bajo su cargo responsable de la elaboración y edición de la Gaceta.

II. Publicar las resoluciones y acuerdos que le ordene el R. Ayuntamiento. III. Elaborar y remitir al Presidente Municipal un informe trimestral relativo a las condiciones de

funcionamiento, operativas y técnicas, de la Gaceta.IV. Proponer al Presidente Municipal la celebración de acuerdos o convenios necesarios para

hacer eficaz y eficiente la publicación, difusión y consulta de la Gaceta.V. Organizar y resguardar el archivo de la Gaceta.VI. Informar al Presidente Municipal de los errores u omisiones detectadas en las publicaciones y

previa autorización, elaborar y publicar la correspondiente fe de erratas.

Las demás que le imponga el presente reglamento y otras disposiciones aplicables.

Artículo 6. La información difundida deberá realizarse en días hábiles.

CAPÍTULO TERCERODEL CONTENIDO Y PERIODICIDAD DE LA PUBLICACIÓN

Artículo 7. Se difundirá en la Gaceta lo siguiente:

I. Los bandos de gobierno municipal, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general.

Page 74: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

II. La opinión que emita el R. Ayuntamiento al Intervenir en el proceso legislativo constitucional del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza.

III. Las notificaciones administrativas o judiciales que por disposición de la ley sean susceptibles de publicarse.

IV. La información financiera relativa a las cuentas públicas y a los informes trimestrales y anuales de avance de gestión financiera.

V. La Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos.VI. Los demás acuerdos y resoluciones emitidos por el R. Ayuntamiento.

VII. Los actos y demás disposiciones administrativas que por naturaleza el R. Ayuntamiento deba intervenir.

Las demás que le imponga el presente reglamento y otras disposiciones aplicables.

Artículo 8. La Gaceta, contendrá por lo menos:

I. La denominación "Gaceta Municipal" y la leyenda: “Órgano de difusión oficial del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza".

II. Escudo y el logotipo oficial del Municipio.III. Nombre del Presidente Municipal.IV. Nombre del Titular de la Secretaría del Ayuntamiento.V. Año, fecha y número de publicación de la edición correspondiente.VI. Sumario.

VII. Certificación del titular de la Secretaría del Ayuntamiento con respecto a la información contenida en las actas de Cabildo.

VIII. Número de páginas.

Artículo 9. Queda prohibida la publicación en la Gaceta, de imagen o información que implique, directa o indirectamente, promoción personalizada de cualquier servidor público, así como logros o anuncio comercial de la administración pública.

Artículo 10. La Gaceta será editada en la ciudad de Saltillo y su difusión realizada de manera mensual o, en su defecto, cuando se fije fecha expresa por el R. Ayuntamiento.

CAPÍTULO CUARTODEL PROCEDIMIENTO Y LA DISTRIBUCIÓN DE LA DIFUSIÓN

Artículo 11. Los acuerdos o resoluciones a que se refiere el presente reglamento, aprobados por el R. Ayuntamiento, deberán ser expedidos y promulgados por el Presidente Municipal.

Artículo 12. Una vez cumplidos los requisitos establecidos en el artículo anterior, el Presidente Municipal, a través de la Secretaría del R. Ayuntamiento, deberá difundir los acuerdos o resoluciones.

Artículo 13. Se hará llegar una copia escrita y digital de la Gaceta a los integrantes del Cabildo y al titular de cada Dependencia, Organismo y Entidad de la Administración Pública Municipal.

Artículo 14. Los errores contenidos en la difusión, serán corregidos con la errata respectiva, siempre que se constate que existe discrepancia entre el texto aprobado y la difusión efectuada en la Gaceta. Artículo 15. La Secretaría del Ayuntamiento dispondrá la difusión gratuita de la información de la Gaceta, auxiliándose para tal efecto de la Unidad Administrativa responsable.

Artículo 16. La información difundida en la Gaceta, tendrá efectos informativos, con excepción de las disposiciones que contengan alguna normatividad aplicable, en cuyo caso surtirán consecuencias jurídicas, una vez publicadas en el Periódico Oficial del Estado. Artículo 17. En el Portal de Internet del R. Ayuntamiento, para garantizar el acceso universal y permanente a la Gaceta, deberá publicarse una versión digital.

CAPÍTULO QUINTODEL ARCHIVO DE LA GACETA

Artículo 18. Para el funcionamiento del archivo de la Gaceta, la Unidad Administrativa responsable del manejo de las actas y acuerdos del R. Ayuntamiento, será la encargada de vigilar lo siguiente:

I. Crear y conservar el archivo de las publicaciones que se realicen.II. Estructurar sistemas y procedimientos para la consulta de los archivos y organizar el acceso a

los mismos. III. Vigilar la adecuada actualización de los archivos a su cargo. IV. Remitir de forma inmediata un ejemplar al Archivo Municipal del R. Ayuntamiento.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

Page 75: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan al presente reglamento.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por unanimidad de los presentes

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Juana

María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora

García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura

Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de

Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora;

Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta

Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz,

Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos

Muñoz, Síndico de Vigilancia. Encontrándose ausente al momento de la votación Eduardo Ramón de

la Peña Padilla, Quinto Regidor e Isidro López Villarreal, Alcalde. Procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 272/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento de la Gaceta Municipal del

R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Page 76: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos procede a dar lectura al cuarto dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 020/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las actividades físico-deportivas-recreativas, han resultado ser una necesidad de la sociedad, que desde tiempos remotos ha tenido diversas formas de manifestarse por la especie humana, la que ha venido transformándose y logrando cada vez una forma más organizada y aglutinadora de los distintos estratos de la población. En Saltillo, la práctica deportiva de muchos miembros de la sociedad, es cada vez más visible, teniendo como objetivo el cuidado de la salud de mujeres y hombres y la promoción de una cultura general e integral, constituyendo esta una vía esencial para el desarrollo de la niñez y la juventud.

Para la atención del deporte, el municipio cuenta con instalaciones y canchas en donde cotidianamente se realizan actividades atléticas, y aunque la infraestructura en este rubro es limitada, es tarea constante de esta autoridad valorar los fundamentos que rigen el desarrollo de actividades físico-deportivas-recreativas relacionadas con el sentido de pertenencia y su trascendencia en los diferentes ámbitos de la vida social. A la fecha, no se cuenta con un ordenamiento municipal aprobado por el H. Cabildo que regule el manejo y uso de las instalaciones del municipio, por lo que es indispensable que el R. Ayuntamiento, expida las normas bajo las cuales, las asociaciones, ligas, deportistas y usuarios puedan disponer de éstos espacios. Por esta razón la Comisión de Gobernación y Reglamentos, a iniciativa de la Lic. Deyanira Samperio Flores, Directora General de Desarrollo Humano, y del regidor TSU Alfredo Martínez Guajardo, tiene a bien proponer el presente proyecto de reglamento municipal, el cual norma el manejo, uso y control de las instalaciones deportivas, además de fomentar su uso a fin de realizar actividades atléticas y motivar la sana convivencia de la comunidad en el municipio.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Mediante oficio DGDH/460/2016, con fecha 10 de agosto de 2016, la Lic. Deyanira Samperio Flores, Directora General de Desarrollo Humano remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta de creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del Municipio de Saltillo, Coahuila, a fin de llevar a cabo su revisión y recomendaciones, para realizar los trámites que haya lugar para su aprobación.

SEGUNDO. El día 11 de agosto de 2016, sesionó la Comisión de Gobernación y

Reglamentos, desahogando en el punto del orden del día la presentación del proyecto de creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, acordando por unanimidad de los presentes, la realización de mesas de trabajo a fin de llevar a cabo el estudio y análisis correspondiente.

TERCERO. Mediante oficio S.A.19734/16, la Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del R. Ayuntamiento, y por Acuerdo de Cabildo 203/18/16, con fecha 30 de agosto de 2016, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta del regidor Alfredo Martínez Guajardo, relativa a la elaboración de un reglamento que regule el uso específico de las canchas deportivas propiedad del municipio para frenar el mal manejo de estas con fines de lucro, y se cree una comisión para vigilar y hacer cumplir dicho reglamento.

CUARTO. Con fechas 08, 14, y 19 de septiembre de 2016, contando con la presencia de las diversas áreas ejecutivas de la Administración Pública Municipal, se llevaron a cabo las mesas de trabajo para el estudio y análisis de la propuesta de creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Page 77: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

QUINTO. El día 24 de octubre de 2016, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria de este órgano colegiado, el Presidente Luis Fernando Aguirre Rodríguez, presenta el proyecto final resultado de las mesas de trabajo, acordando por unanimidad de los presentes remitir dicha iniciativa a la Secretaria del Ayuntamiento para el estudio y análisis correspondiente.

SEXTO. Mediante oficio S.A. 2569/16, con fecha 16 de noviembre de 2016, la Lic. Laura María Martínez Hernández, Coordinadora de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez las observaciones al Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SÉPTIMO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 16 de noviembre de 2016, circuló en el punto asuntos generales, las observaciones que la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento realizó al Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a fin de que los mismos realizaran las observaciones pertinentes.

OCTAVO. En fecha 22 de noviembre de 2016, en el punto nueve del orden del día, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, llevó a cabo el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D OSe aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Por ello estiman conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL REGLAMENTO DE UNIDADES Y CANCHAS DEPORTIVAS DEL R. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente reglamento es de interés público y tiene por objeto regular las actividades que se realicen en las unidades, áreas y canchas deportivas, construidas en bienes inmuebles de propiedad municipal, así como su mantenimiento y conservación.

Artículo 2.- Son unidades deportivas propiedad del municipio:

I. Gimnasio Municipal. II. Unidad Deportiva Benito Juárez.III. Unidad Deportiva Carlos R. González.IV. Unidad Deportiva Jesús Carranza.

Así como todas aquellas que en lo subsecuente sean registradas en la Unidad Administrativa correspondiente.

Artículo 3.- Para efectos de la aplicación de este reglamento se entiende por:

Page 78: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Área: Inmueble que por su fin se destina al uso de prácticas deportivas.

Cancha deportiva: Inmueble destinado a la práctica de determinados deportes, cuyo diseño de la división de la misma puede variar según la disciplina deportiva.

Coordinador o Administrador: Persona designada por el Presidente Municipal que tiene bajo su responsabilidad la unidad, cancha o área deportiva.

Deporte: Actividad y ejercicios físicos, individuales o de conjunto, que con fines recreativos o competitivos, se sujetan a las reglas previamente establecidas y que coadyuvan a la formación integral del individuo, su desarrollo y la conservación de sus facultades físicas y mentales.

Deportista: Persona que practica algún deporte de manera organizada y sistemática.

Dirección: Dirección General de Desarrollo Humano.

Instructor: Persona que posee las habilidades o destrezas mínimas indispensables para preparación de niños, jóvenes o adultos en algún deporte; estas habilidades las obtiene de forma empírica o por opciones educativas de capacitación.

Municipio: Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Organismo Deportivo: Agrupación de personas físicas, constituidas debidamente, cuyo objetivo es el promover, administrar y fomentar la práctica de una o varias disciplinas deportivas, o desarrollo de actividades vinculadas con el deporte, con o sin ánimo de lucro.

R. Ayuntamiento: Máximo órgano colegiado en el que se deposita la potestad de gobierno y administración pública en el Municipio de Saltillo.

Unidad Administrativa: Dirección de Área, Subdirección, Departamento o Coordinación de la Administración Pública Municipal.

Unidad Deportiva: Inmueble dotado de los medios necesarios para el aprendizaje, práctica y el desarrollo de competencias de uno o más deportes.

Usuario: Persona que tiene el derecho de usar las unidades, áreas o canchas deportivas municipales con las obligaciones determinadas en el presente reglamento.

Artículo 4.- Las unidades, áreas y canchas deportivas que actualmente se encuentran en funciones, o que en el futuro se construyan por el R. Ayuntamiento, con la participación de organizaciones sociales, de personas físicas o morales, en propiedad municipal, incluyendo vías públicas, serán de uso público y gratuito, salvo que mediante convenio para usufructuarlos con fines de lucro, tengan por objeto fomentar el deporte y la recreación social con el propósito de dar mantenimiento a las instalaciones deportivas.

Artículo 5.- Las unidades, áreas y canchas deportivas, tendrán la supervisión de un Coordinador o Administrador asignado por la autoridad competente.

Artículo 6.- Las instalaciones de unidades, áreas y canchas deportivas podrán ser objeto de convenio entre la Dirección, a través de la Unidad Administrativa responsable del Deporte Municipal y los organismos deportivos que representen a ligas, asociaciones, clubes o grupos que soliciten cuotas o cooperaciones a los deportistas alguna cantidad por participar en actividades que promuevan, siempre que la instancia municipal lo considere necesario y conlleve un beneficio social a la ciudadanía.

Los convenios que se suscriban no tendrán la naturaleza y alcance legal de una concesión de servicios públicos y se especificará el monto económico, según lo prevea la Ley de Ingresos para el R. Ayuntamiento del año en curso.

Artículo 7.- El municipio, en cualquier tiempo podrá renovar o dar por terminado el convenio con los particulares u organismos deportivos que utilicen las instalaciones de las unidades, áreas o canchas deportivas, con o sin fines de lucro, cuando el sentido social de la recreación no se cumpla, o bien cuando se vea afectado el interés público de la comunidad, o actividades programadas por el R. Ayuntamiento.

Artículo 8.- Las demás dependencias, organismos y entidades municipales, podrán llevar a cabo eventos deportivos de carácter gratuito, previo permiso de la Dirección, a través de la Unidad Administrativa responsable del deporte municipal, pero en ningún momento tendrán las facultades de expedir permisos para el uso de las instalaciones de las unidades, áreas o canchas deportivas, con carácter lucrativo ni realizar actos de administración de las mismas.

CAPÍTULO IIAUTORIDADES

Artículo 9.- Se consideran autoridades competentes para la aplicación del presente reglamento:

Page 79: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

I. El R. Ayuntamiento.II. El Presidente Municipal.III. El titular de la Dirección.IV. El titular la Unidad Administrativa responsable del deporte municipal.V. Los Coordinadores o Administradores.

Artículo 10.- El Presidente Municipal en materia del presente reglamento, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Designar a los Coordinadores o Administradores, expidiendo sus nombramientos.II. Autorizar los convenios o acuerdos con los organismos deportivos. III. Establecer y llevar a cabo las políticas, programas y objetivos de las unidades, áreas y canchas

deportivas de propiedad municipal, a través de la Dirección.

Las demás que resulten necesarias para los fines y objetivos de las unidades, áreas y canchas deportivas de propiedad municipal.

Artículo 11.- El titular de la Dirección, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I. Suscribir los convenios que en términos del presente reglamento autorice el Presidente Municipal.

II. Recibir las solicitudes y expedir las autorizaciones para el uso de las instalaciones de las unidades, áreas y canchas deportivas, con o sin carácter lucrativo.

III. Otorgar los permisos correspondientes en lo concerniente a las unidades, áreas y canchas deportivas, con o sin carácter lucrativo.

IV. Vigilar mediante inspecciones, el uso adecuado de las unidades, áreas y canchas deportivas. V. Verificar el cumplimiento de los convenios por parte de los particulares y organismos

deportivos, que tengan la autorización correspondiente, para el uso de las unidades, áreas y canchas deportivas con o sin carácter lucrativo.

VI. Establecer las medidas de funcionamiento, seguridad e higiene para la adecuada administración, organización y control de las unidades, áreas y canchas deportivas.

VII. Vigilar y supervisar el estricto cumplimiento de los horarios de funcionamiento de las unidades, áreas y canchas deportivas.

VIII. Asegurar con auxilio de la policía municipal, que las actividades en las unidades, áreas y canchas deportivas se lleve a cabo con seguridad, tranquilidad y orden para los usuarios.

IX. Fomentar actividades en las unidades, áreas y canchas deportivas en forma organizada, que permitan la recreación sana y la competencia bajo reglas de disciplina y solidaridad social.

X. Sancionar a las personas u organismos deportivos, que infrinjan el presente reglamento. XI. Vigilar que se dé cumplimiento a las sanciones correspondientes.

Artículo 12.- Son facultades y obligaciones de los Coordinadores o Administradores de las unidades, áreas y canchas deportivas:

I. Vigilar que las instalaciones de las unidades, áreas y canchas deportivas, permanezcan aseadas y con el debido el mantenimiento, incluyendo sus áreas verdes.

II. Solicitar a los particulares u organismos deportivos, el permiso expedido para el uso de las instalaciones deportivas.

III. Evitar el uso indebido a las unidades, áreas y canchas deportivas.IV. Difundir y promover las actividades deportivas del R. Ayuntamiento.V. Rendir al titular de la Unidad Administrativa responsable del deporte municipal, un informe

semanal de actividades y del avance mensual de mantenimiento y metas.VI. Llevar un registro de los deportistas y organismos deportivos.

VII. Vigilar en coordinación con los instructores que las actividades deportivas se lleven a cabo con seguridad, tranquilidad y orden por los deportistas y población en general.

VIII. Vigilar que se cumpla con el horario permitido para uso de las instalaciones deportivas. IX. Levantar el acta informativa correspondiente en caso de daños a las instalaciones.X. Elaborar en coordinación con las ligas, clubes representantes o delegados un programa de

mantenimiento.XI. Mantener la puerta principal con libre acceso para asegurar su tránsito en situaciones de

emergencia.XII. No resguardar bienes que sean ajenos a las unidades, áreas o canchas deportivas.

XIII. No expedir permisos de puestos fijos o semifijos.XIV. Consignar a las autoridades correspondientes a las personas que cometan ilícitos dentro de las

unidades, canchas y áreas deportivas.

CAPÍTULO IIIDE LA ADMINISTRACIÓN

REGLAS GENERALES

Artículo 13.- El uso de las unidades, áreas y canchas deportivas, se sujetará a las siguientes disposiciones:

I. Las actividades serán dentro del horario de las 07:00 a 23:00 horas.

Page 80: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

II. Queda estrictamente prohibido dentro de las instalaciones, ingerir e ingresar bebidas alcohólicas, enervantes o distorsionar el desarrollo de las actividades, así como el comercio ambulante.

III. No se permitirá introducir animales, salvo en los casos que expresamente lo permita la autoridad competente.

CAPÍTULO IVDE LOS USUARIOS

Artículo 14.- Son derechos y obligaciones de los usuarios:

I. Hacer uso de las instalaciones en los días y horarios establecidos.II. Ser tratados con respeto y amabilidad por los funcionarios y servidores públicos.III. Guardar el debido respeto a los demás usuarios y personal de las instalaciones deportivas.IV. Cuidar, respetar y mantener limpias las instalaciones deportivas.V. Realizar las actividades deportivas con la indumentaria adecuada para tal efecto.VI. Hacerse responsable de sus pertenencias.

VII. Privarse de irrumpir en las instalaciones que están destinadas para algún evento previamente autorizado.

VIII. Evitar colocar, pegar, dibujar, pintar o realizar cualquier tipo de modificación a la infraestructura de las unidades, canchas o áreas deportivas sin previa autorización.

IX. Abstenerse de ingresar o ingerir bebidas alcohólicas, enervantes o distorsionar el desarrollo de las actividades.

Las demás que sean emitidas por el Manual de Operaciones de la Dirección.

CAPÍTULO V DE LOS INSTRUCTORES

Artículo 15.- Los instructores tendrán a su cargo la vigilancia y supervisión de todo aquello que atañe a la práctica del deporte que impartan y observarán las siguientes disposiciones:

I. Dar cumplimiento al presente reglamento en lo que respecta al uso de las instalaciones, mantenimiento y comportamiento en donde se practique el deporte que señalen.

II. Las clases que impartan en las unidades, áreas y canchas deportivas deberán ajustarse al Programa Municipal del Deporte de Saltillo.

III. En colaboración con las autoridades municipales del deporte, intervendrán para coadyuvar en las promociones, competencias, exhibiciones y otros actos relacionados con la actividad deportiva.

IV. Informar a la autoridad municipal competente, sobre los daños en las instalaciones de las unidades, áreas y canchas deportivas.

Artículo 16.- Los instructores deberán rendir un informe mensual de las actividades que realizan a la Unidad Administrativa correspondiente.

Artículo 17.- La Unidad Administrativa responsable del deporte municipal, expedirá la credencial que acredite a los instructores deportivos para la realización de sus actividades.

CAPÍTULO VIAUTORIZACIONES

Artículo 18.- Los particulares o representantes de los organismos deportivos deberán solicitar el permiso correspondiente ante el titular de la Dirección, mediante un documento que contendrá por lo menos:

I. Nombre. II. Domicilio del solicitante.III. Tipo de evento.IV. Duración y horario de las actividades.V. Especificación del número de ligas o de equipos participantes y cuotas.VI. Identificación.

VII. Acta constitutiva en caso de ser persona moral.VIII. Firma del solicitante o representante.

En un periodo no mayor a las 48 horas, la autoridad municipal deberá dar respuesta a tal solicitud.

Artículo 19.- Los particulares y organismos deportivos que soliciten las instalaciones deportivas con o sin fines lucrativos, suscribirán un convenio con la Dirección, estableciendo como mínimo los siguientes requisitos:

I. El término, mismo que no podrá exceder la gestión de la Administración Municipal que lo autorice.

II. La cláusula para no generar ningún derecho real sobre los bienes inmuebles propiedad del municipio en favor de los particulares o representantes de organismos.

Page 81: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

III. Días y horarios para que la comunidad haga uso público y gratuito de las instalaciones deportivas.

IV. En su caso, el monto económico a cubrir, por parte de los particulares u organismos deportivos.V. En su caso, los bienes que en especie donen los particulares u organismos deportivos.

A la firma del convenio se deberá adjuntar el reglamento interior de cada organismo deportivo.

Artículo 20.- Las donaciones en especie que resulten de los convenios, se regirán conforme a la normatividad aplicable a la materia.

CAPÍTULO VIISANCIONES

Artículo 21.- Las infracciones al presente reglamento serán sancionadas con:

I. Amonestación.II. Suspensión del evento autorizado.III. Revocación o suspensión provisional de la autorización para el uso de las canchas deportivas.IV. Negativa de autorizar el uso de las instalaciones de las unidades, áreas y canchas deportivas

posteriormente.V. Rescisión del convenio.

Las demás que determine la autoridad competente.

Artículo 22.- Las sanciones se aplicarán tomando en consideración:

I. La gravedad de la infracción en que se incurra.II. Los antecedentes del infractor.III. La reincidencia.

T R A N S I T O R I O S

Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en Gaceta Municipal.

Segundo.- Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento de Unidades y Canchas Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

Page 82: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por mayoría. Con el voto a favor de

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo

Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor y Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico. Con la

abstención de Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; María Mayela Hernández

Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor;

Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico

de Vigilancia. Encontrándose ausente al momento de la votación María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta

Regidora; Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor e Isidro López Villarreal, Alcalde.

Procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 273/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento de Unidades y Canchas

Deportivas del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

La Regidora Myrna Laura Gutiérrez Treviño, integrante de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos procede a dar lectura al quinto dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 022/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El desarrollo de carreras deportivas y atléticas, se ha convertido en una de las actividades más populares en nuestra capital, las cuales son promovidas y organizadas por diversas instituciones gubernamentales, grupos sociales y por particulares.

El boom de este tipo de eventos deportivos y el vacío reglamentario existente en el marco normativo municipal, ha hecho apremiante que el Ayuntamiento responda de forma inmediata a una necesidad social, porque no hay que visualizarlo solo de modo deportivo, es indispensable concebirlo también como un tema de salud y de seguridad pública.

Lo que se pretende con la siguiente normativa y que fue propuesta de la Dirección General de Desarrollo Humano del R. Ayuntamiento y del regidor TSU. Alfredo Martínez Guajardo, es que exista un ordenamiento con derechos y obligaciones para los involucrados en la organización de las carreras, debido a que actualmente una gran cantidad de ellas se efectúan sin los elementos de seguridad requerida en aspectos como la atención médica o el cierre de vialidades y la respectiva información a la ciudadanía.

Se contempla el pago del permiso correspondiente cuando las carreras tengan carácter lucrativo, fundamentado en los beneficios que diversas empresas, instituciones o particulares obtienen de esta actividad deportiva como negocio y que en muchos casos afectan el patrimonio del

Page 83: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

municipio o requieren de la asistencia de servicios públicos, exentando del mencionado rubro a quienes realicen la actividad deportiva con fines filantrópicos.

Prevé también evitar el empalme de carreras en fechas horarios y circuitos, garantizar la asistencia de primeros auxilios, los requisitos de la solicitud para organizar el evento deportivo y los tiempos para requerir los permisos y de respuesta por parte de la autoridad competente para ello.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Mediante oficio DGDH/460/2016, con fecha 10 de agosto de 2016, la Lic. Deyanira Samperio Flores, Directora General de Desarrollo Humano, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta de creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a fin de llevar a cabo su revisión y recomendaciones, y en su caso realizar los trámites que haya lugar para su aprobación.

SEGUNDO. El día 11 de agosto de 2016, sesionó la Comisión de Gobernación y

Reglamentos, desahogando en el punto de asuntos generales, la presentación del proyecto de creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, acordando por unanimidad de los presentes la realización de mesas de trabajo a fin de llevar a cabo el estudio y análisis correspondiente.

TERCERO. Mediante oficio S.A.1984/16, la Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del R. Ayuntamiento, y por Acuerdo de Cabildo 203/18/16, con fecha 30 de agosto de 2016, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta del regidor Alfredo Martínez Guajardo, relativa a la elaboración de un reglamento que regule las carreras en las vías públicas.

CUARTO. Con fecha 14 de septiembre de 2016, contando con la presencia del comandante Benito Gutiérrez López, Subdirector de Vialidad y Tránsito Municipal, se llevó a cabo la mesa de trabajo con el estudio y análisis de la propuesta de creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

QUINTO. El día 24 de octubre de 2016, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria de este órgano colegiado, el presidente Luis Fernando Aguirre Rodríguez, presenta el proyecto final resultado de las mesas de trabajo, acordando por unanimidad de los presentes remitir dicha iniciativa a la Secretaria del Ayuntamiento para el estudio y análisis correspondiente.

SEXTO. Mediante oficio S.A. 2569/16, con fecha 16 de noviembre de 2016, la Lic. Laura María Martínez Hernández, Coordinadora de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez las observaciones al Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SÉPTIMO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 16 de noviembre de 2016, circuló en el punto asuntos generales, las observaciones que la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento realizó al Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a fin de que los mismos realizaran las observaciones pertinentes.

OCTAVO. En fecha 22 de noviembre de 2016, en el punto nueve del orden del día, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, llevó a cabo el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

Page 84: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D OSe aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Por ello estiman conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA REGLAMENTO SOBRE CARRERAS DEPORTIVAS Y DE RECREACIÓN DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

CAPÍTULO IDISPOCISIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente reglamento es de interés público y tiene por objeto regular las carreras deportivas o de recreación que se realicen en el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Artículo 2.- Para los efectos de la aplicación de este reglamento se entiende por:

Altruista: Objetivo por el cual se ayuda a los demás, sin el propósito de obtener de manera personal una ganancia económica o material, por tal efecto.Atleta: Participante de una carrera.Carrera: Recorrido que conlleva una competición de velocidad en la que los participantes tienen que completar un determinado trayecto, empleando para ello el menor tiempo posible, o bien recorrer el mayor trayecto en tiempo fijo.Dirección: Dirección General de Desarrollo Humano. DPPYTM: Dirección de Policía Preventiva y Tránsito Municipal.Lucrativo: Beneficio, ganancia o provecho económico personal, no altruista, que se obtiene por llevar a cabo una carrera.Municipio: Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.R. Ayuntamiento: Máximo órgano colegiado en el que se deposita la potestad de gobierno y administración pública en el Municipio de Saltillo.Unidad Administrativa: Dirección de Área, Subdirección, Departamento o Coordinación de la Administración Pública Municipal.Solicitante: Persona que requiera autorización para uso de la vía pública a fin de llevar a cabo una carrera.

Artículo 3.- Las carreras deportivas podrán ser:

I. Pedestres.II. Sobre transporte de ruedas. III. En compañía de animales.

Artículo 4.- La Dirección a través de la Unidad Administrativa responsable del Deporte Municipal, será la encargada de llevar a cabo los trámites correspondientes para autorizar las carreras llevadas a cabo en el Municipio.

CAPÍTULO II DE LA SOLICITUD

Artículo 5.- Cualquier persona, física o moral, tendrá el derecho de solicitar permiso, colaboración y apoyo para llevar a cabo una carrera deportiva o recreativa sin fines de lucro, siempre y cuando no se contravengan las normas legales.La persona física, o moral a través de su representante legal, podrá solicitar el permiso para la realización de carreras con fines de lucro, el cual deberá cubrirse por el monto establecido en la Ley de Ingresos para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza del año correspondiente.

Artículo 6.- La solicitud para la autorización de una carrera deberá contener por lo menos los siguientes requisitos:

I. Ser dirigida al titular de la Dirección.II. Fecha de la carrera.III. Horario.IV. Distancia a recorrer en metros o kilómetros.V. Croquis de la ruta a recorrer y vialidades afectadas.VI. Número o promedio de participantes en la carrera, con base al boletaje emitido para su

participación.VII. Tipo de servicio y personal que se contempla para primeros auxilios, los cuales deben ser

proporcionales a la cantidad de participantes.VIII. Establecer el objetivo de la carrera, y en caso de ser altruista justificar tal carácter con la

documentación correspondiente.IX. En el caso de ser lucrativa, el costo de inscripción por participante.X. Firma del solicitante.

Page 85: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

El solicitante deberá anexar la documentación que acredite ser mayor de edad. Si se trata de persona moral, exhibir el poder que lo faculta como representante legal, y el documento que confirme que dicha persona está constituida en territorio nacional.

Artículo 7.- La solicitud de autorización deberá ser presentada en las instalaciones de la Dirección por lo menos con 30 días naturales de anticipación a la realización de la carrera, lo anterior, para efectos de valoración, y en su caso el otorgamiento del permiso correspondiente.

La Dirección tendrá un término no mayor a 15 días naturales para dar respuesta, afirmativa o negativa a la solicitud de autorización.

Artículo 8.- Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados, la Dirección en un término no mayor a tres días hábiles, deberá notificar al solicitante para que en un plazo no mayor a tres días hábiles, subsane.

Cuando la solicitud de autorización no cumpla con los requisitos mencionados y estos no sean subsanados, será negada su aprobación.

La Dirección, podrá negar o cancelar, el permiso correspondiente para llevar a cabo una carrera, cuando exista riesgo inminente que atente contra la integridad física, salud, seguridad, entre otras, de las personas, lo cual deberá ser por escrito.

Artículo 9.- Cuando las carreras se soliciten dentro del espacio y horario de la ruta recreativa, estas se realizarán conforme a las disposiciones de la Unidad Administrativa responsable de la misma.

CAPÍTULO IIIDE LA VIALIDAD

Artículo 10.- Las carreras se llevarán a cabo en coordinación con la DPPYTM, la cual brindará el apoyo pertinente en las carreras autorizadas, a fin de prevenir situaciones que pongan en riesgo la integridad y brindar seguridad a los participantes.

Artículo 11.- La Dirección, remitirá copia certificada de la solicitud a la DPPYTM para su valoración, la cual deberá dar respuesta en un término no mayor de 10 días hábiles.

CAPÍTULO IVDE LAS OBLIGACIONES DE LOS SOLICITANTES

Artículo 12.- Los solicitantes y participantes de las carreras deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

I. Entregar limpia la vialidad utilizada y en las condiciones en las cuales fue facilitada, en un término no mayor a una hora después de la culminación de la carrera.

II. Instalar durante la carrera, baños los cuales deben ser proporcionales al número de participantes, puntos de hidratación y el área de primeros auxilios.

III. Atender las instrucciones de los oficiales de Tránsito Municipal.IV. Informar a la autoridad el momento de finalización de su evento.

Las demás que sean necesarias para el óptimo desarrollo de la carrera y sean indicadas por la Dirección.

CAPÍTULO VDE LA INFORMACIÓN

Artículo 13.- Cuando la Dirección otorgue el permiso para llevar a cabo una carrera, se informará por los medios oficiales, a través de la Unidad Administrativa correspondiente, el día, los horarios y vialidades que se verán afectadas por tal evento deportivo.

CAPÍTULO VIDE LAS SANCIONES

Artículo 14.- Se impondrán las sanciones correspondientes, a través de la Unidad Administrativa competente, cuando de modo previo, durante el desarrollo o culminación de una carrera se provoquen daños al patrimonio de la ciudad por parte de los organizadores o participantes.

Artículo 15.- Cuando se incumpla con las disposiciones de un permiso, la Dirección podrá sancionar a los organizadores con la no autorización de futuras carreras.

TRANSITORIOS

Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de que se haga lo propio en Gaceta Municipal.

Segundo.- Quedan derogadas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

Page 86: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

Una vez que se somete a votación el dictamen, resulta aprobado por mayoría. Con el voto a favor de

José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora;

Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo

Ramón de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis

Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la

Peña Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García

de la Peña, Décimo Primer Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo

Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor y Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico. Con la

abstención de Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; María Mayela Hernández

Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor;

Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico

de Vigilancia. Encontrándose ausente al momento de la votación Isidro López Villarreal, Alcalde.

Procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 274/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento sobre Carreras Deportivas y

de Recreación del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

Page 87: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

El Alcalde se reincorpora al desarrollo de la Sesión.

La Regidora Myrna Laura Gutiérrez Treviño, integrante de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos procede a dar lectura al sexto dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 023/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo la creación del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la finalidad de honrar a quienes desde distintos ámbitos hacen el bien por nuestro Municipio, el Ayuntamiento de Saltillo, instrumentó la entrega anual de preseas, premios y galardones, reconocimiento público a hombres y mujeres que constituyen ejemplos inspiradores por sus destacadas aportaciones desde el ámbito de la participación ciudadana en los diversos campos de nuestra vida y que sin duda buscan de forma incansable nuevos horizontes para nuestra sociedad. Todo esto realizado con base en los valores fundamentales de corresponsabilidad social.

Estas distinciones que el municipio otorga para reconocer a los ciudadanos que con sus esfuerzos, iniciativas y trabajo, hayan contribuido notablemente a favor de nuestro municipio, en las diversas áreas del conocimiento humano o en acciones de trascendencia social como las ciencias, artes, letras, deportes, periodismo e información, civismo, juventud, administración pública, impulso económico, preservación del ambiente o derechos humanos, entre otros. Así mismo, la presente propuesta está enfocada a continuar con la dinámica de construir un Ayuntamiento fortalecido en su marco jurídico, con normativas actuales y que respondan a sus necesidades.

Ahora bien, el hombre proviene de una evolución constante desde hace millones de años, durante los cuales la experiencia, el instinto, y el aprender de sus errores lo ayudaron a sobrevivir. Así también en este transcurrir utilizó su capacidad creadora para recular los diversos conflictos productos de la convivencia social. De esta manera el Derecho hizo su aparición y con él la ley.

La ley como creación humana adquiere características propias del hombre, es por ello que resulta susceptible a contener sus anhelos, expectativas, creencias, temores, valores y claro está también sus defectos. Dicha creación resulta imperfecta de ahí que aun las más claras al tiempo de su elaboración, están bajo la incertidumbre de encontrarse con dificultades de aplicación práctica debido primordialmente a que la sociedad se encuentra en una constante evolución de diversas índoles y por más esfuerzos que haga el legislador a fin de contener el supuesto de hecho general y abstracto que constituye la ley, inevitablemente su creación será superada por la realidad.

En este orden de ideas, analizado el reglamento vigente se detectó que existían lagunas y disposiciones confusas que traían consigo diversas interpretaciones de la norma, por lo que se procedió, a iniciativa de los regidores Luis Fernando Aguirre Rodríguez y Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, a elaborar una nueva norma tomando de base el anterior, supliendo con ello las deficiencias de la norma que se deroga.

En el cuerpo del reglamento que se propone, se realizaron modificaciones en la redacción de los artículos con la finalidad de que darles claridad, certidumbre y seguridad jurídica aplicables a las situaciones que la misma regla prevé, Además se incluye la propuesta del regidor Abraham Tobías Hernández el galardón al mérito periodístico “Froylan Mier Narro”. Por lo tanto.

CONSIDERANDO

PRIMERO. La Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del Ayuntamiento, mediante ocurso S.A. 2346/2015, en cumplimiento al Acuerdo, con fecha 15 de septiembre de 2015, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta dela regidora Diana Carolina castillo Díaz, para modificar el artículo 15 del Reglamento de Preseas, Premios y Galardones del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Page 88: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

SEGUNDO. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, en sesión de la Comisión de Gobernación y Reglamentos en fecha 22 de julio de 2016, en el punto quinto del orden del día, presenta el proyecto de reforma al Reglamento para Preseas, Premios y Galardones del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, acordando por unanimidad de los presentes la realización de mesas de trabajo a fin de llevar a cabo el estudio y análisis correspondiente.

TERCERO. El día 10 de agosto de 2016, el Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, informó a los ediles el estatus del proyecto de reforma derivado de las mesas de trabajo, del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

CUARTO. Con fecha 25 de octubre de 2016, Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, presenta el proyecto final resultado de las mesas de trabajo, acordando por unanimidad de los presentes remitir dicha iniciativa a la Secretaria del Ayuntamiento para el estudio y análisis correspondiente.

QUINTO. Mediante oficio S.A. 2569/16, con fecha 16 de noviembre de 2016, la Lic. Laura María Martínez Hernández, Coordinadora de la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento, remite al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez las observaciones al Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEXTO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 11 de noviembre de 2016, circuló en el punto asuntos generales, las observaciones que la Unidad de Análisis Jurídico de la Secretaria del Ayuntamiento realizó al Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a fin de que los mismos realizaran las observaciones pertinentes.

SÉPTIMO. En fecha 17 de noviembre de 2016, en el punto séptimo del orden del día, la Comisión de Gobernación y Reglamentos, llevó a cabo el estudio y análisis del proyecto final de creación del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Se aprueba por unanimidad de los presentes la creación del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Por ello estima conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE CREA EL REGLAMENTO PARA PRESEAS, GALARDONES Y PREMIOS DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

TÍTULO I

CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1.- Este reglamento es de observancia general y obligatoria en el Municipio de Saltillo y contiene las bases, requisitos y procedimientos para otorgar las preseas, galardones y premios que el R. Ayuntamiento de Saltillo estime conveniente.

Page 89: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Artículo 2.- El presente ordenamiento tiene como objeto establecer las bases para que el Ayuntamiento reconozca públicamente a las personas que en forma individual o grupal destaquen en las diversas áreas y modalidades, que por sus actividades enaltezcan al municipio.

Artículo 3.- Los reconocimientos públicos que realice el R. Ayuntamiento de Saltillo podrán ser presea, galardón o premio, acompañados de un diploma.

Artículo 4.- El municipio podrá entregar cualquier otra presea, galardón o premio, los cuales deberán de regirse por los lineamientos generales de este reglamento y la convocatoria que los ampare.

El titular del ejecutivo podrá otorgar reconocimiento en cualquier momento, a la persona física o moral, que haya destacado en beneficio del Municipio de Saltillo, los cuales estarán exceptuados de las disposiciones contenidas en este ordenamiento.

Artículo 5.- La convocatoria de la Presea Saltillo será emitida por el R. Ayuntamiento; las demás preseas, galardones o premios, por la Comisión de Recepción.

Con excepción de la Presea Saltillo, las convocatorias de las demás preseas, galardones o premios, deberán emitirse 50 días hábiles antes de la celebración del evento de reconocimiento y las propuestas de candidatos se recibirán durante los 30 días siguientes a su publicación.

El Jurado deberá sesionar y dictaminar con respecto a los acreedores a las preseas, galardones o premios por lo menos 15 días antes a la celebración del evento de reconocimiento.

Artículo 6.- La Dirección de Comunicación Social deberá difundir la convocatoria y sus resultados a través del órgano de difusión oficial del gobierno municipal y en los medios de comunicación local.

Artículo 7.- Los aspirantes a recibir alguna presea, galardón o premio, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Ser mexicanos.

II. Haber nacido en el Municipio de Saltillo o residir en él por lo menos 3 años ininterrumpidos a la fecha de expedición de la convocatoria; excepto los aspirantes a recibir la Presea Saltillo, quienes deberán comprobar una residencia de por lo menos 10 años ininterrumpidos a la fecha de expedición de la convocatoria.

III. Tener un modo honesto de vivir.

Los demás que sean propios de cada presea, galardón o premio, que estén contemplados en este ordenamiento y en la convocatoria.

Artículo 8.- Los aspirantes o quienes los propongan como candidatos a recibir la presea, galardón o premio, deberán de presentar los siguientes documentos:

I. Formato de registro del participante, el cual estará disponible en las oficinas de la Secretaría del Ayuntamiento y en el portal de internet.

II. Los aspirantes que se postulen en forma personal deberán presentar un escrito que exprese las razones por las que desean ser acreedores a la presea, galardón o premio.

III. Tres cartas de recomendación en original, mediante las cuales propone la candidatura de la persona, institución o grupo.

IV. Original del currículo del participante y en el caso de grupos o personas morales, se deberá entregar una semblanza que incluya datos generales de la trayectoria, historia, objetivos y logros obtenidos.

V. Copia del acta de nacimiento del participante, en caso de grupos se deberá entregar documento que acredite más de cinco años de actividad en el municipio; en caso de asociaciones civiles se deberá presentar copia del acta constitutiva y una relación de su directiva en funciones.

VI. Constancia de residencia o cualquier otro documento que la acredite.

VII. Copia de comprobante de domicilio.

VIII. Copia de las pruebas documentales o digitales que acrediten los merecimientos del candidato; se podrán incluir, constancias impresas de materiales bibliográficos, recursos audiovisuales, gráficos, notas, artículos, reportajes de periódicos, testimonios, fotografías, entre otros.

Page 90: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Artículo 9.- Para dar cumplimiento con lo establecido en los artículos 7 y 8, del presente ordenamiento, el registro de los aspirantes se realizará de la siguiente forma:

I. La admisión de la documentación y material que lo acompañan se realizará en las oficinas de la Secretaría del Ayuntamiento, en días hábiles y horario de oficina, la cual deberá entregar acuse de recibido.

II. La información que sea presentada será confidencial.

III. Se negará el registro de los aspirantes cuando no cumplan con lo establecido en los artículos 7 y 8 del presente reglamento.

IV. Los expedientes que hayan dado cumplimiento con los requisitos y documentos señalados en

esta norma, serán remitidos en su totalidad al Jurado correspondiente.

V. Una vez otorgada la presea, galardón o premio, los interesados podrán solicitar por escrito a la Secretaría del Ayuntamiento, la devolución de los documentos presentados.

CAPÍTULO IIDE LAS AUTORIDADES Y SUS ACTOS

Artículo 10.- La aplicación de las disposiciones referidas en este ordenamiento corresponde:

I. Al R. Ayuntamiento de Saltillo.

II. A la Comisión de Recepción.

III. A los Directores Municipales.

IV. Al Jurado.

Artículo 11.- Solamente en el caso de la convocatoria para la Presea Saltillo, y previa propuesta de la Comisión de Recepción, esta se someterá al R. Ayuntamiento para su aprobación en Cabildo.

Artículo 12.- La Comisión de Recepción, a través del titular de la Secretaría del Ayuntamiento, será el encargado de presentar al Jurado los expedientes que se formen con motivo de la convocatoria que pretenda otorgar la presea, galardón o premio.

La Comisión estará integrada por:

I. Las Comisiones de munícipes según corresponda la materia de la presea, galardón o premio.

II. El titular de la Secretaría del Ayuntamiento.

III. El titular de la Dirección Municipal, que por sus funciones tenga que ver con el tema de la presea, galardón o premio.

Artículo 13.- La Comisión de Recepción tendrá las siguientes atribuciones:

I. Determinar la forma y término de las convocatorias que deban expedirse para el otorgamiento de las preseas, galardones o premios.

II. Elaborar y aprobar las convocatorias, para ser sometidas a consideración del H. Cabildo, para su estudio, análisis y en su caso aprobación.

III. Recibir y registrar a través de la Secretaría del Ayuntamiento, candidaturas de los aspirantes a quienes se entregarán las preseas, galardones o premios.

IV. Nombrar a los miembros del Jurado. Solamente en el caso de la Presea Saltillo, este será sometido a consideración del H. Cabildo.

V. Elegir mediante sorteo al Presidente del Jurado, cuando existan dos más presidentes de Comisiones Edilicias participantes en la materia a reconocer.

VI. Designar el lugar y hora para que sesione el Jurado.

VII. Conocer y resolver sobre las impugnaciones con respecto a la decisión del Jurado.

Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 14.- La sesión de la Comisión de Recepción, será convocada por el titular de la Secretaría del Ayuntamiento, cuando menos sesenta días naturales antes de la celebración del evento de reconocimiento, y se ajustará a lo siguiente:

Page 91: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

I. La convocatoria a sesión de la Comisión deberá contener el orden del día, se notificará a los integrantes en el local que ocupen sus oficinas, cuando menos con veinticuatro horas de anticipación.

II. Las sesiones serán presididas por el titular de la Secretaría del Ayuntamiento o el responsable de la Subsecretaría.

III. Solamente tendrán derecho a voz y voto quienes integren la Comisión de Recepción, de conformidad con el artículo 12 de este ordenamiento.

IV. Cada integrante podrá intervenir hasta por tres ocasiones, en un mismo tema dentro del orden del día.

V. Las sesiones serán válidas cuando se encuentren presentes la mitad más uno de sus integrantes.

VI. Los Acuerdos serán tomados por la mayoría simple de los miembros presentes al momento de la votación.

Artículo 15.- El Jurado es el cuerpo colegiado encargado de dictaminar las personas que deberán ser reconocidas y estará integrado por:

I. Los munícipes que formen parte de las Comisiones en la materia a reconocer.

II. El titular de la Dirección Municipal que por el desempeño de sus funciones tenga que ver con

las áreas a reconocer.

III. Las personas que la Comisión de Recepción apruebe y que cuenten con los conocimientos en la materia a reconocer. Solamente el caso del Jurado para la presea Saltillo, este deberá ser aprobado por el Cabildo.

Artículo 16.- Las sesiones del Jurado, serán convocadas por su Presidente, en caso de ausencia por el Secretario, el cual será secretario de la Comisión Edilicia de la materia a reconocer, y se sujetarán a lo siguiente:

I. La convocatoria a sesión del Jurado, deberá contener el orden del día, se notificará a los integrantes, cuando menos con veinticuatro horas de anticipación.

II. Este órgano sesionará en privado en el lugar y hora que designó la Comisión de Recepción.

III. El Presidente será quien presida las sesiones, en su ausencia el Secretario.

IV. Solamente tendrán derecho a voz y voto quienes integren el Jurado, de conformidad con el artículo 15 de este ordenamiento.

V. Cada integrante podrá intervenir hasta por tres ocasiones, en un mismo tema dentro del orden del día.

VI. Las sesiones serán válidas cuando se encuentren presentes la mitad más uno de sus integrantes.

VII. Sus votaciones serán secretas y las decisiones serán tomadas por mayoría de votos.

VIII. En caso de empate, se llevará a cabo una segunda ronda de votación exclusivamente con los candidatos empatados a fin de obtener un ganador, en la cual el Presidente tendrá voto de calidad.

IX. Los Acuerdos serán tomados por la mayoría simple de los miembros presentes al momento de

la votación.

X. Cuando exista conflicto de intereses de un integrante del Jurado con respecto a un candidato a recibir una presea, galardón o premio, deberá abstenerse de votar.

XI. El Secretario será el responsable de elaborar el dictamen que será puesto a consideración del H. Cabildo para su aprobación.

Artículo 17.- Los miembros de la Comisión de Recepción y el Jurado están obligados a guardar en todo momento, reserva sobre los asuntos que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 18.- Los casos no previstos en la convocatoria serán resueltos por la Comisión de Recepción para que emita su veredicto final.

Artículo 19.- Los acuerdos que realicen la Comisión de Recepción y el Jurado serán inapelables.

Page 92: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Artículo 20.- El Jurado con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes podrá declarar desiertas las preseas, galardones o premios, cuando así lo estime conveniente.

Artículo 21.- Los acuerdos que el Jurado tome deberán constar en un dictamen, el cual será leído en sesión de Cabildo por el Presidente de la Comisión de Munícipes en la materia. El dictamen que verse sobre los resultados de la Presea Saltillo, deberá ser sometido a consideración de la aprobación del Cabildo.

Artículo 22.- La Secretaría del Ayuntamiento informará oportunamente a los merecedores de las preseas, galardones o premios, del día, hora y lugar en que se hará entrega de dicho reconocimiento.

Artículo 23.- El evento por medio del cual se lleve a cabo la entrega de la presea, galardón o premio, será organizado por el Ayuntamiento de Saltillo a través de la Unidad Administrativa competente, según la materia a reconocer.

Artículo 24.- Las preseas, galardones o premios, deberán ser recibidos de manera personal por quienes hayan resultado merecedores de los mismos. Cuando por causa de fuerza mayor sea imposible que el ganador acuda al evento, la presea, galardón o premio, será entregado a la persona que él designe.En caso de reconocimiento post mortem, la presea, galardón o premio, será entregado a un representante.

TÍTULO II

CAPÍTULO IDE LAS PRESEAS

Artículo 25.- La Presea es la entrega de un reconocimiento, que consistirá en:

I. Presea Saltillo, será una reproducción de la escultura, obra del artista Erasmo Fuentes, la cual está ubicada en la Plaza Nueva Tlaxcala, de la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, tendrá una altura de 25 centímetros incluida la base.

II. Presea Manuel Acuña, será una reproducción de la escultura dedicada al poeta Manuel Acuña, obra del artista Jesús F. Contreras, la cual está ubicada en la Plaza Manuel Acuña, de la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y tendrá una altura de 25 centímetros incluida la base.

CAPÍTULO IIDE LA PRESEA SALTILLO

Artículo 26.- La Presea Saltillo es el máximo reconocimiento que el Ayuntamiento, otorga a las personas físicas o morales cuya labor, obra o servicios prestados a la comunidad, los distingan y sean relevantes para la sociedad saltillense.

El R. Ayuntamiento entregará anualmente la Presea Saltillo, conforme a las bases señaladas en el presente reglamento.

Artículo 27.- Se entregará una presea para instituciones, una a personas físicas en vida y una post mortem.

Artículo 28.- Los aspirantes a recibir la Presea Saltillo deberán cumplir además de lo señalado por los artículos 7 y 8 de este reglamento, con los siguientes requisitos:

I. No haber recibido la Presea Saltillo, aunque se trate de otro mérito o actividad.

II. Contar con una trayectoria destacada o haber realizado actividades relevantes en el arte, la ciencia, el deporte, la práctica de su profesión, o en el servicio a la comunidad, entre otros.

Artículo 29.- El Cabildo dará a conocer la convocatoria de la Presea Saltillo en el mes de mayo del año que corresponda.

Artículo 30.- Las propuestas se recibirán desde el momento de la publicación de la convocatoria hasta el último día hábil del mes de junio.

Artículo 31.- El H. Cabildo deberá aprobar antes del último día del mes de junio de cada año, al Jurado de la Presea Saltillo.

Artículo 32.- El Jurado seleccionará a más tardar el 15 de julio, a los ganadores de la Presea Saltillo.

Artículo 33.- La Comisión de Recepción decidirá la secrecía o publicidad de la sesión de Cabildo donde conocerán del dictamen del Jurado y emitirán el acuerdo para la entrega de la Presea Saltillo.

Page 93: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Artículo 34.- La Presea Saltillo será entregada en Sesión Solemne que el Cabildo celebre dentro del marco de los festejos del aniversario de la ciudad, de conformidad con la normatividad aplicable.

CAPÍTULO IIIDE LA PRESEA MANUEL ACUÑA

Artículo 35.- La Presea Manuel Acuña tiene por objeto reconocer a los creadores, promotores del arte y la cultura que han desarrollado su trabajo en Saltillo, de manera individual o por agrupaciones.

Artículo 36.- Esta Presea se otorgará anualmente en el mes de agosto para conmemorar el aniversario del natalicio del poeta saltillense, en un evento organizado por el Ayuntamiento de Saltillo, a través del Instituto Municipal de Cultura.

Artículo 37.- La Presea Manuel Acuña se otorgará en vida y por única vez, independientemente de otros reconocimientos a los que se refiere el presente reglamento.

TÍTULO III

CAPÍTULO IDE LOS GALARDONES

Artículo 38.- El galardón consiste en la entrega de una medalla de 5 centímetros de diámetro, en la que se observará en el anverso el escudo de armas del Municipio de Saltillo y en el reverso la leyenda del galardón correspondiente, el nombre del condecorado y el año que se otorga.

CAPÍTULO IIDEL GALARDÓN “MANUEL CORPUS BELTRÁN”, AL MÉRITO POLICIAL

Artículo 39.- Se otorgará el Galardón al Mérito Policial “Manuel Corpus Beltrán”, como un reconocimiento público a los agentes de Policía y Tránsito del Municipio de Saltillo, así considerados de conformidad con los ordenamientos jurídicos superiores aplicables que con base en los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez, se hayan distinguido por sus acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios en el cumplimiento de su deber y redunde en beneficio de los habitantes de Saltillo y de la imagen de los cuerpos de seguridad.

Artículo 40.- Este reconocimiento tendrá dos categorías: en vida y post mortem; en el cual podrán ser acreedores los oficiales o agentes de Policía y Tránsito del Municipio de Saltillo.

Artículo 41.- Toda propuesta de candidatos deberá cumplir además de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del presente reglamento, con los siguientes requisitos:

I. Distinguirse o haberse distinguido por su profesionalismo, lealtad y honradez en el servicio.

II. Tener o haber destacado en buena conducta.

III. No haber sido condenado mediante sentencia irrevocable por delito doloso, ni haber estado o estar sujeto a un proceso penal o que haya concluido por reparación del daño o perdón.

IV. No contar con antecedentes negativos graves, conforme a lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos superiores aplicables.

Artículo 42.- El Galardón a los agentes de la Policía y Tránsito del Municipio de Saltillo, será entregado en el mes de enero, dentro del marco de los festejos del Día del Policía.

CAPÍTULO IIIDEL GALARDÓN “TLÁLOC”, AL VALOR DEL BOMBERO

Artículo 43.- El Galardón “Tláloc”, es una distinción que se otorga a aquellos servidores públicos, que forman parte del Heroico Cuerpo de Bomberos del Municipio de Saltillo, que en cumplimiento de su deber, hayan realizado una actuación extraordinaria y ejemplar, destacando por su valor y capacidad en el cumplimiento de su servicio, con trascendencia en beneficio del municipio.

Artículo 44.- Este reconocimiento tendrá dos categorías: en vida y post mortem; al cual podrán ser acreedores los miembros del Heroico Cuerpo de Bomberos del Municipio de Saltillo.

Artículo 45.- El Republicano Ayuntamiento de Saltillo convocará cada año, a los ciudadanos en general, instituciones públicas o privadas, organizaciones académicas y demás instancias que se interesen, para que propongan candidatos a esta distinción mismos que han dado muestra de actos de alto valor al proteger la vida o el patrimonio de la ciudadanía.

Artículo 46.- Toda propuesta de candidatos deberá cumplir además de los artículos 7 y 8 del presente reglamento, con los siguientes requisitos:

Page 94: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

I. Distinguirse o haberse distinguido por su profesionalismo, lealtad y honradez en el servicio.

II. Tener o haber destacado en buena conducta.

III. No haber sido condenado mediante sentencia irrevocable por delito doloso, ni haber estado o estar sujeto a un proceso penal o que haya concluido por reparación del daño o perdón.

Artículo 47.- El Galardón será entregado en el mes de agosto dentro del marco de los festejos por el Día del Bombero.

CAPÍTULO IVDEL GALARDÓN “ZAPALINAMÉ”, AL SERVIDOR PÚBLICO MUNICIPAL.

Artículo 48.- Se otorgará el Galardón Zapalinamé al Servidor Público Municipal que se haya distinguido por la perseverancia en el servicio, desempeñando las labores que les están encomendadas con honradez, diligencia o constancia ejemplares, así como por cualquier acto excepcional que redunde en beneficio del servicio, al contribuir al desarrollo integral del municipio.

Artículo 49.- Este reconocimiento tendrá dos categorías: en vida y post mortem; en el cual podrán participar todos los servidores públicos municipales, sean trabajadores de base o sindicalizados.

Artículo 50.- Toda propuesta de candidatos deberá dirigirse por escrito al Republicano Ayuntamiento de Saltillo y deberá cumplir además de los artículos 7 y 8 del presente reglamento, con los siguientes requisitos:

I. Distinguirse o haberse distinguido por su profesionalismo, lealtad y honradez en el servicio.

II. Ser o haber sido de notoria buena conducta.

III. No haber sido condenado mediante sentencia irrevocable por delito doloso, ni haber estado o estar sujeto a proceso penal, o que haya concluido por reparación del daño o perdón.

Artículo 51.- El Galardón Zapalinamé, será entregado en el mes de marzo dentro del marco de los festejos del aniversario del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados al Servicio del Municipio de Saltillo.

CAPÍTULO VDEL GALARDÓN “FROYLÁN MIER NARRO”, AL MÉRITO PERIODÍSTICO

Artículo 52.- Se otorgará el Galardón “Froylán Mier Narro”, al periodista saltillense que haya destacado en el desempeño de su labor con objetividad, dedicación y ética profesional, en aras del derecho ciudadano a estar informado.

Artículo 53.- Este reconocimiento tendrá dos categorías: en vida y post mortem; en el cual podrán participar todos los comunicadores en Saltillo.

Artículo 54.- El Galardón Froylán Mier Narro, será entregado en el mes de enero, dentro del marco de los festejos del día del periodista.

TÍTULO IV

CAPÍTULO IDE LOS PREMIOS

Artículo 55.- El premio consiste en un reconocimiento por escrito y la entrega de un estímulo económico o en especie, según se acuerde con el área financiera del Municipio.

CAPÍTULO IIDEL PREMIO MUNICIPAL A LA JUVENTUD

Artículo 56.- El Premio Municipal a la Juventud tiene por objeto reconocer a los jóvenes cuya edad comprenda entre los 12 y 29 años, quienes por su conducta y dedicación al trabajo, estudio o alguna actividad sean un ejemplo para la juventud saltillense.

Artículo 57.- Los aspirantes a obtener el Premio Municipal a la Juventud podrán inscribirse en solo una de las siguientes categorías:

I. Logro Académico. Dirigido a los jóvenes que hayan destacado en cualquier esfera académica o de innovación tecnológica y que cuenten con una trayectoria basada en acciones que contribuyan a fomentar, estimular y promover conocimientos, invenciones o perfeccionamientos en la investigación y el desarrollo de la tecnología o la educación.

II. Logro Cultural. Encaminado a todos aquellos artistas, actores, bailarines, cantantes, pintores, productores, ejecutantes e intérpretes, entre otros, que por su trayectoria contribuyan a enriquecer el acervo cultural de la ciudad.

Page 95: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

III. Logro Deportivo. Orientado a jóvenes destacados en el área deportiva, que con trayectoria fomenten e impulsen el deporte.

IV. Logro Social. Dirigido a todos aquellos jóvenes que con sus acciones individuales o colectivas desarrollen proyectos de asistencia social en la comunidad urbana o rural; colaboren en situaciones de desastre o emergencias; ejecuten proyectos para mejorar la salud física o psicológica, de alimentación, cuidado al medio ambiente, mejora a la vivienda y la infraestructura del Municipio; fomenten al desarrollo de una cultura por la igualdad y la no discriminación, ejecuten acciones a favor de grupos vulnerables o muestren en sus acciones el respeto a los derechos humanos.

V. Logro Emprendedor. Orientada a jóvenes destacados en el ámbito empresarial; quienes hayan tenido la iniciativa de emprender algún negocio propio o que realicen cualquier actividad trascendente en este aspecto.

Artículo 58.- En cada una de las categorías, el Jurado tomará como base los siguientes criterios:

I. Desempeño.

II. Aportación.

III. Desarrollo.

IV. Superación.

V. Perseverancia.

VI. Obra.

VII. Relevancia.

VIII. Originalidad.

IX. Argumentación.

X. Contenido.

XI. Creatividad.

XII. Dominio de técnica.

Artículo 59.- Se reconocerá a un solo ganador por categoría.

Artículo 60.- El Premio Municipal a la Juventud será entregado en el mes de octubre.

CAPÍTULO IIIDEL PREMIO AL MÉRITO DEPORTIVO

Artículo 61.- El Premio al Mérito Deportivo tiene por objeto reconocer a quienes, por su participación, han destacado en eventos deportivos de alto rendimiento a nivel local, nacional o internacional.

Artículo 62.- Este Premio se otorgará anualmente en el mes de noviembre.

Artículo 63.- El Premio al Mérito Deportivo se otorgará en vida y por única vez, independientemente de otros premios y preseas a las que se refiere el presente reglamento.

TRANSITORIOS.

PRIMERO. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente que se haga lo propio en la Gaceta Oficial del municipio.

SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de Preseas y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, publicado en el Periódico Oficial, 32, de fecha 19 de abril de 2013, así como todas las disposiciones que se opongan al presente reglamento.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

Page 96: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del Reglamento para Preseas, Galardones y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 17 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez manifiesta: Solamente para hacer dos precisiones con

relación a este reglamento; en el artículo 14, como se le está presentando al Cabildo, establece la sesión

de la Comisión de Recepción será convocada por el titular de la Secretaría del Ayuntamiento, sesenta días

naturales, antes de la celebración del evento de reconocimiento y se ajustará a lo siguiente: La propuesta

es que se establezca las dos palabras “cuando menos”, para no estar ajustados solamente a sesenta días

y con relación al transitorio Segundo, que ya se encuentra dentro de este dictamen quede como se

plantea, se abroga el Reglamento de Preseas y Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza,

publicado en el Periódico Oficial 32, de fecha 19 de Abril de 2013, así como todas las disposiciones que se

opongan al presente Reglamento, Seria esta la lectura que acaba de dar mi compañera Myrna Gutiérrez

con estas dos observaciones.

(El dictamen ya contiene dichas obsevaciones)

Una vez que el Alcalde somete a votación el dictamen, resulta aprobado por unanimidad de los

presentes José Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda

Regidora; Roberto Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta

Regidora; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Séptimo

Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña Quintero, Noveno Regidor;

Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la Peña, Décimo Primer

Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa Vives Preciado, Décima

Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor; María Mayela Hernández

Valdés, Décima Quinta Regidora; Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor;

Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico;

Bertha Cristina Castellanos Muñoz, Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde.

Encontrándose ausente al momento de la votación Eduardo Ramón de la Peña Padilla, Quinto

Regidor. Procediéndose a formular el siguiente:

A C U E R D O 275/25/16

Page 97: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del Reglamento para Preseas, Galardones y

Premios del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

El Regidor Federico Abraham Tobías Hernández, Presidente de la Comisión Seguridad Pública y

Tránsito, procede a dar lectura al séptimo dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 001/CGRYSPYT/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de las Comisiones de Gobernación y Reglamentos, y de Seguridad Pública y Tránsito, del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la reforma y adición del artículo 143 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las garantías de seguridad jurídica son la base principal para cualquier sistema jurídico ya que ante la imposibilidad material de que en un artículo se contengan todos los derechos públicos subjetivos del gobernado, lo que no se contenga en un precepto constitucional, debe de encontrarse en los demás, de tal forma, que el gobernado jamás se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y por tanto en estado de indefensión. La seguridad jurídica es la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, posiciones o derechos están respetados por la autoridad, y si esta debe producir una afectación en ellos debe ajustarse a los procedimientos que la ley le obliga.

El artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, establece que: “El tránsito de vehículos de carga sobre vialidades, así como las maniobras de carga y descarga que éstos originen, se harán acatando los horarios que al efecto fijen las autoridades correspondientes. Las maniobras de carga y descarga, al interior de predios o negociaciones, se autorizará siempre que éstos cuenten con espacio interior suficiente, para evitar maniobras que entorpezcan los flujos peatonales, ciclistas y automotores. En su defecto, la autoridad municipal podrá autorizar para dichas maniobras las calles aledañas si tienen las condiciones para ello.”; de dicha redacción se desprende una posible violación a la garantía de certeza y seguridad jurídica del gobernado, ya que la carga que se le impone al establecerse que se deben acatar los horarios que al efecto fijen las autoridades correspondientes, parece estar sujeta a una decisión unilateral de la autoridad que fácilmente podría cambiar en cualquier momento, siendo que para respetar la mencionada garantía resulta conveniente prever en el propio reglamento la fijación de los horarios que corresponda.

Ahora bien, es una realidad que la actual discrecionalidad en los horarios de carga y descarga de los vehículos comerciales, provoca que de forma indiscriminada tráileres, camiones tipo trotón y tracto camiones, entre otros vehículos, se apropien de las vialidades primarias y secundarias transitando en la ciudad a cualquier hora del día, generando contaminación, tráfico, consumo de espacio, tiempo y situaciones de riesgo en la seguridad de peatones y conductores; en este sentido, la propuesta de la regidora Lic. Myrna Laura Gutiérrez Treviño, y complementada por el Lic. Regidor Lic. Federico Abraham Tobías Hernández, al establecer los horarios de circulación y operación, además de dar certidumbre jurídica al gobernado, ayudará a solucionar la problemática en este párrafo descrita.

Particularmente en el Centro Histórico de Saltillo, el cual está conformado aproximadamente por 685 comercios, según la Cámara Nacional de Comercio en Saltillo y en el cual confluyen ocho rutas de transporte urbano, lo que complica aún más la vialidad en ese sector, las operaciones de carga y descarga, deben ser reguladas no solo en cuestión de horarios sino también de los espacios específicos para tales realizar dichas tareas. Es por ello que se incluye determinar las áreas y la señalización correspondiente para tal efecto, así como la prohibición de que vehículos cuyo tonelaje exceda las 3.5 toneladas puedan transitar en este sector, debido a las condiciones particulares de las vías que lo conforman.

CONSIDERANDO

Page 98: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO. En sesión ordinaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, celebrada el día 25 de octubre de 2016, la Regidora Lic. Myrna Laura Gutiérrez Treviño, presentó en el punto número nueve del orden del día, el proyecto de adición al 143 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, acordándose por unanimidad realizar mesas de trabajo a fin de llevar cabo el estudio y análisis de la referida propuesta.

SEGUNDO. El día 03 de noviembre de 2016, sesionó la Comisión de Gobernación y Reglamentos, desahogando en el punto quinto del orden del día, el seguimiento al proyecto de adición al artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, informando el Presidente de dicho órgano colegiado, que se llevó a cabo el estudio y análisis de la iniciativa en la mesa de trabajo según lo acordado por los ediles, motivo por el cual los regidores presentes acordaron por unanimidad remitir la propuesta en comento a la Secretaría del Ayuntamiento, a fin de que esta dependencia realizará las observaciones convenientes.

TERCERO. El Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en fecha 17 de noviembre de 2016, en el punto quinto del orden del día, hizo del conocimiento de los ediles participantes las observaciones que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Ayuntamiento, realizó a la propuesta de adición al artículo 143 del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; acordándose por unanimidad de los presentes turnarlo a la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito para el estudio correspondiente.

CUARTO. En el seno de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, reunida el día 22 de noviembre de 2016, en el punto quinto del Orden del Día, el Presidente de dicho órgano colegiado, informa que la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito, acuerda por unanimidad la reforma y adición del artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza; realizando su estudio y análisis y al no existir observaciones al respecto, los ediles aprueban por unanimidad la iniciativa en comento.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D OSe aprueba por unanimidad de los presentes la reforma y adición al artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Por ello estiman conveniente someter a consideración del Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo el siguiente:

PROYECTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 143 DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

Page 99: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Por lo

anteriormente expuesto estas Comisiones después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelven:

PRIMERO. Que las Comisiones de Gobernación y Reglamentos; y de Seguridad Pública y Tránsito, del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, son competentes para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la reforma y adición del artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerdan las Comisiones de Gobernación y Reglamentos; y de Seguridad Pública y Tránsito, del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los 22 días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C.LIC. FEDERICO ABRAHAM TOBÍAS HERNÁNDEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. ING. EDUARDO DE LA PEÑA PADILLA. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

Artículo 143. El tránsito de vehículos de carga sobre vialidades, así como las maniobras de carga y descarga que éstos originen, se harán acatando los horarios que al efecto fijen las autoridades correspondientes. Las maniobras de carga y descarga, al interior de predios o negociaciones, se autorizará siempre que éstos cuenten con espacio interior suficiente, para evitar maniobras que entorpezcan los flujos peatonales, ciclistas y automotores. En su defecto, la autoridad municipal podrá autorizar para dichas maniobras las calles aledañas si tienen las condiciones para ello.

REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA

Artículo 143. El tránsito de vehículos de carga sobre vialidades, así como las maniobras de carga y descarga que éstos originen, se harán en los siguientes horarios; de las 22:00 a las 06:00 horas, de las 10:00 a las 12:00 horas y de las 14:00 a las 17:00 horas. Las maniobras de carga y descarga, al interior de predios o negociaciones, se autorizará siempre que éstos cuenten con espacio interior suficiente, para evitar maniobras que entorpezcan los flujos peatonales, ciclistas y automotores. En su defecto, la autoridad municipal podrá autorizar para dichas maniobras las calles aledañas si tienen las condiciones para ello.

Para el caso del polígono de Centro Histórico, solo podrán utilizar las vialidades los vehículos que no excedan las 3.5 toneladas. Las áreas para las maniobras de carga y descarga deberán contar con la debida señalización y solo podrá realizarse en un horario comprendido de las 22:00 a las 10:00 horas.

En caso de contingencia, situación de emergencia o de servicios públicos, que haga necesaria la circulación de vehículos con un tonelaje mayor a las 3.5 toneladas, la Unidad Administrativa competente podrá otorgar el permiso correspondiente.

Page 100: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Secretario de la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JORGE DE LAPEÑA QUINTERO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Seguridad Pública y Tránsito.

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 276/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por las Comisiones de Gobernación y Reglamentos; y

de Seguridad Pública y Tránsito, del Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la reforma y adición

del artículo 143, del Reglamento de Tránsito y Transporte para el Municipio de Saltillo, Coahuila de

Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

El Regidor Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y

Reglamentos procede a dar lectura al octavo dictamen, mismo que se transcribe a continuación:

DICTAMEN 018/CGR/2016.

C. ING. ISIDRO LÓPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.HONORABLE CABILDO.

Dictamen de la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, relativo a la creación del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La noción de reglamento hace referencia a la fuente específica del derecho administrativo, el cual como norma de carácter general y dictado por la Administración Pública está subordinado a la ley, y en términos de su clasificación por su ámbito de aplicación, es interior cuando sus postulados regulan aspectos internos de la propia administración, es decir, su estructura orgánica y funcionamiento.

En este orden de ideas, el Ayuntamiento, conformado por el Presidente Municipal, los Síndicos y Regidores, constituye el órgano de administración del Municipio y como tal, en el desempeño de sus funciones deben actuar conforme a derecho, en beneficio de la comunidad.

El aún vigente Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila; contiene las normas básicas por las cuales ha de conducirse la vida institucional del Ayuntamiento, las atribuciones de quienes lo integran, y además segmentos de la estructura de la Administración Pública Municipal.

Modificar este reglamento interior, significa la innovación de lo referido en el párrafo que antecede, ya que en varios sentidos, la norma ha sido superada por conceptos de tendencia internacional como en el caso de las denominaciones de algunas Comisiones Edilicias, pero básicamente por las prácticas que se desempeñan en el día a día en el funcionamiento de los máximos órganos del ayuntamiento; y para que ello no represente una inobservancia al orden jurídico, arrogación de atribuciones no sustentadas por una norma o por duplicidad de ordenamientos jurídicos, se llegó a la conclusión de crear un nuevo reglamento.

Page 101: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

De este modo a través de la presente iniciativa, se consideraron propuestas de las C.C. Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Profa. María Cecilia Aguirre Garza, Lic. Tomasa Vives Preciado y Mtra. María Mayela Hernández Valdés, para crear o realizar el cambio de nombre de diversas Comisiones Edilicias, adicionalmente de esta última regidora, la inclusión del proyecto para normar el uso de la Sala de Ediles.

Ahora bien, ya que la Administración Pública Municipal, debe entenderse como un conjunto de direcciones, organismos municipales y demás órganos que tienen a su cargo la prestación de servicios públicos, ejercicio de funciones administrativas y gubernativas; y demás actividades necesarias para el funcionamiento del Gobierno Municipal, es decir, la distribución de los distintos órganos auxiliares y sus funciones; se encuentra ya debidamente normada en el Reglamento de la Administración Pública Municipal, y por ende, hace innecesario que se contemplen dichas facultades y obligaciones en el Reglamento Interior del R. Ayuntamiento, por lo que se suprimen las mencionadas disposiciones.

Por último, esta iniciativa busca establecer con la mayor precisión posible, en concordancia con el Código Municipal del Estado de Coahuila de Zaragoza, las reglas que deben seguirse para sesionar en Cabildo y en Comisiones de Ediles, a razón de eliminar los vacíos legales que propician incertidumbre con respecto a su funcionamiento. Por lo tanto.

CONSIDERANDO

PRIMERO. El 10 de febrero de 2014, la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, Décima Séptima Regidora, mediante oficio con No. RXVII/020/14, solicitó incluir dentro del orden del día de la próxima sesión de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, el punto relativo a la propuesta de Acuerdo para el cambio de nombre de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género.

SEGUNDO. La Secretaría del Ayuntamiento, con fecha 07 de febrero de 2014, turnó a la Presidencia de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, ocurso con No. 0279/2014, en el cual remite propuesta de la Lic. Tomasa Vives Preciado, Décima Tercera Regidora, para crear la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, tratada en el punto octavo del orden del día, de la sesión de Cabildo de fecha 31 de enero de ese mismo año, conforme a la decisión tomada en dicha reunión solicitando a esta Comisión analizar tal petición.

TERCERO. Reunidos en sesión de Comisión de Gobernación y Reglamentos, el día 12 de febrero de 2014, los regidores integrantes del mencionado órgano colegiado, después de estudiar y analizar las propuestas de las ediles Lic. Tomasa Vives Preciado, referente a la creación de la Comisión de Grupos Vulnerables y de la Lic. Diana Carolina Castillo Díaz, relativa al cambio del nombre de la Comisión de Derechos Humanos, Equidad y Género, por el de Comisión de Derechos Humanos e Igualdad, acordaron incluir a los Grupos Vulnerables dentro de esa Comisión ; aprobándose por unanimidad el nombre de Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad.

CUARTO. En sesión de la Comisión de Gobernación y Reglamentos con fecha veinticuatro de abril de 2015, el Presidente de dicho Órgano Colegiado, presentó el oficio REG04MCAGG/215/2015, que contiene la propuesta de la regidora Profesora María Cecilia Aguirre Garza, Presidenta de la Comisión de Ecología y Áreas Verdes, referente a la reforma del artículo 22 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, para realizar el cambio de nombre de la Comisión en comento, por el de comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a fin de llevar a cabo el estudio y análisis correspondiente.

QUINTO. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria de dicho Órgano Colegiado, en fecha diez de septiembre de 2015, circuló en el punto siete del orden del día, el proyecto turnado por Cabildo, de la regidora María Mayela Hernández Valdés, para la creación del Reglamento que norma el uso de la Sala de Ediles del R. Ayuntamiento de Saltillo, con el propósito de realizar su estudio y análisis.

SEXTO. Con fecha 23 de septiembre de 2015, mediante oficio 2349/2015, la Lic. María Alicia García Narro, Secretaria del Ayuntamiento turna al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, por Acuerdo de Cabildo celebrado en día 15 de febrero de 2015, la propuesta de la regidora María Mayela Hernández Valdés, para modificar la fracción XI, del artículo 22 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

SÉPTIMO. La Comisión de Gobernación y Reglamentos, sesionó el día 22 de julio de 2016, abordando en el punto sexto del orden del día, la presentación del proyecto de reforma al Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila; acordando por unanimidad llevar a cabo mesas de trabajo con el objetivo de realizar el estudio y análisis del proyecto en comento.

OCTAVO. Con fecha 10 de agosto de 2016, estando en sesión de Comisión de Gobernación

y Reglamentos, se desahogó el punto octavo del orden del día, acordando por unanimidad enviar el proyecto de reforma del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila; a la Secretaría del Ayuntamiento, con el propósito de que la Dependencia referida realice las observaciones pertinentes.

Page 102: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

NOVENO. El día 12 de agosto de 2016, la Secretaría del Ayuntamiento, Lic. María Alicia García Narro, turna por Acuerdo de Cabildo, al Lic. Luis Fernando Aguirre Rodríguez, Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, la propuesta de la regidora María Mayela Hernández Valdés, para reformar la fracción VIII, del artículo 22, del reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila; acordando por unanimidad en sesión celebrada el día 26 de agosto de 2016, realizar una mesa de trabajo, a fin de efectuar el estudio y análisis correspondiente.

DÉCIMO. Estando reunidos los regidores integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, en sesión ordinaria el día 09 de septiembre de 2016, el Presidente del mencionado Órgano Colegiado, informó que fue remitido el proyecto de reforma al Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila; por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos adscrita a la Secretaría del ayuntamiento, manifestando no tener observación alguna.

UNDÉCIMO. En sesión ordinaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, llevada a cabo el día 30 de septiembre de 2016, se abordó en el punto séptimo del orden del día, el estudio y análisis del proyecto final de reforma al Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila. Al no existir observaciones al respecto se acordó aprobar por mayoría, con un voto en contra, la abrogación del ordenamiento normativo referido y la creación del nuevo Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

RESULTANDO

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo es competente para conocer del presente dictamen de conformidad con lo establecido en los artículos 105, 107, 108, 111, 173, 175, 176 fracciones I y II, 182, 183, 184 y demás aplicables del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza; los artículos 25, 26, 28 y demás relativos del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio Saltillo.

SEGUNDO. De conformidad con lo establecido en el artículo 105, fracción I y en el 173 del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como del artículo 27 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, este órgano colegiado, tiene facultad para emitir dictamen que debe ser sometido a consideración del pleno del Cabildo.

TERCERO. El Honorable Pleno del Cabildo de Saltillo es competente para conocer del dictamen de conformidad con lo establecido en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 158 C, 158 N, 158-U fracción I, numeral 1 y 6, de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; del artículo 102, fracción I, numeral 1, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y 17 del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo.

CUARTO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, determinó tomar el siguiente:

A C U E R D O

Se aprueba por mayoría de los presentes, con un voto en contra, la creación del nuevo Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

REGLAMENTO INTERIOR DEL R. AYUNTAMENTO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Este reglamento es de interés público y de observancia general en el territorio del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

Artículo 2. En los términos del artículo 184 del Código Municipal este reglamento tiene por objeto regular:

I. La estructura, recepción, integración, instalación y funcionamiento del Ayuntamiento o, en su caso, del Consejo Municipal.

II. La sesiones de cabildo, los requisitos y protocolos para la discusión y aprobación de las disposiciones normativas municipales.

Las sesiones de las comisiones del Ayuntamiento y demás relativas al desempeño de las funciones del cuerpo edilicio.

Artículo 3. En los términos de la Constitución General de la República, de la particular del Estado de Coahuila de Zaragoza y del Código Municipal, el Ayuntamiento constituye la autoridad máxima en el municipio, es independiente, y no habrá autoridad intermedia entre esta y el Gobierno del Estado.

El Ayuntamiento como cuerpo colegiado, tiene carácter deliberante, decisorio, representante del Municipio de Saltillo, esto último conforme a las disposiciones legales aplicables.

Artículo 4. El Ayuntamiento se elige e integra en los términos de la legislación federal y local de la

Page 103: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

materia y dura en su encargo el periodo que se establece en las normas legales aplicables.

Para la integración y funcionamiento de los Consejos Municipales, se estará a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y en el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

CAPÍTULO SEGUNDO

DE LA RESIDENCIA E INSTALACIÓN DE LOS ÓRGANOS MUNICIPALES

Artículo 5. El Ayuntamiento residirá en la Ciudad de Saltillo y tendrá su domicilio legal, previa determinación del Cabildo, en el lugar que ocupe la sede principal de la Administración Pública Municipal.

Para trasladar la residencia del Ayuntamiento a otro lugar dentro del municipio, se estará a lo dispuesto en la Legislación Estatal de la materia.

Artículo 6. La instalación del Ayuntamiento se realizará conforme a las siguientes disposiciones:

I. En Sesión de Cabildo que deberá celebrarse dentro de los primeros doce días del mes inmediato anterior a la fecha de terminación de actividades del Ayuntamiento saliente, se nombrará una comisión integrada por tres Munícipes de mayoría y dos de minoría, que fungirá como comisión instaladora del Ayuntamiento electo. La comisión instaladora propondrá el recinto oficial, el orden del día y el protocolo de la Sesión Solemne que se celebre para la instalación, previa consulta al Ayuntamiento electo.

II. Una vez acordado lo dispuesto en la fracción anterior, la comisión instaladora convocará al Ayuntamiento entrante a Sesión Solemne de instalación, de conformidad con el artículo 92 del Código Municipal, la cual se realizará en los términos del capítulo III del mismo código.

III. Para efectos de la fracción anterior, la convocatoria se hará por escrito, notificando a los miembros del Ayuntamiento electo en el domicilio oficial del partido político que los postuló, con una anticipación de por lo menos quince días naturales.

IV. La sesión solemne de instalación se celebrará el primero de enero del año inmediato siguiente al de la elección, dando inicio a las funciones del Ayuntamiento electo, las cuales concluirán el día anterior a aquel en que inicien funciones los que deban sucederlos.

V. Al término de la sesión de instalación, el Ayuntamiento entrante procederá a celebrar Sesión Ordinaria, en los términos del artículo 63 del Código Municipal.

CAPÍTULO TERCERO

DE LA RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL

Artículo 7. EI Presidente Municipal reconocido legalmente electo, podrá, desde ese momento, nombrar una comisión receptora o de enlace en los términos de los artículos 24 y 27 de la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza, la que además de las funciones establecidas en estos artículos, tomará conocimiento de lo siguiente:

I. De los programas, proyectos y acciones de la administración en funciones.

II. Conocer el estado que guardan las finanzas del municipio y en especial, los compromisos inmediatos en esta materia.

III. Evaluar, en forma general, el estado que guardan las instalaciones y bienes muebles mediante las cuales ofrece sus servicios el Ayuntamiento.

IV. Prever los mecanismos de la entrega material de los bienes inmuebles y muebles y de la elaboración de los resguardos correspondientes.

Artículo 8. La entrega-recepción de los integrantes del Ayuntamiento, así como de los titulares de las dependencias, organismos y entidades, se realizará a los servidores públicos entrantes en los términos del artículo 64 del código municipal. Los funcionarios públicos en funciones permanecerán en su encargo hasta el momento en el cual sean relevados legalmente, debiendo quedar constancia por escrito de dicho relevo.

Artículo 9. Se harán del conocimiento de la Auditoria Superior del Estado los términos del proceso de entrega-recepción, la cual podrá designar un representante que participará solo como observador en dicho proceso.

Artículo 10. La entrega-recepción se hará en los términos que establezca la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza, pero en todo caso el Ayuntamiento saliente y los funcionarios entrantes podrán designar representantes para la verificación física de los documentos, y de los bienes muebles e inmuebles que se entregan. De todas las actuaciones se levantará a acta por escrito.

Page 104: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

CAPÍTULO CUARTO

DE LOS INTEGRANTES

Artículo 11. El Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, se integra de la siguiente manera:

I. Presidente Municipal.

II. Regidores.

III. Síndicos.

El número de Regidores y Síndicos se determinará con fundamento en la legislación de la materia aplicable.

Artículo 12. El Presidente Municipal es el ejecutor de las determinaciones del Ayuntamiento, responsable directo de la Administración Pública Municipal y encargado de velar por la correcta ejecución de los programas de obras y servicios municipales.

Artículo 13. Los Regidores como miembros del Ayuntamiento, representan a la comunidad. Son los encargados de gobernar y administrar al municipio, participando de manera colegiada en la definición de políticas y dirección de los asuntos de Saltillo, velando por que el ejercicio de la Administración Municipal, se desarrolle conforme a la legislación aplicable, así como cumplir las atribuciones relacionadas con las comisiones que desempeñan.

Artículo 14. El Síndico es integrante del Ayuntamiento, encargado de vigilar, defender y procurar los intereses municipales; así como representar al Ayuntamiento en asuntos jurídicos.El Síndico de vigilancia, realizará solo funciones que vigilen los aspectos financieros del Ayuntamiento en los términos que dispone el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

CAPÍTULO QUINTO

DEL FUNCIONAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO

Artículo 15. En los términos del artículo 85 del Código Municipal el Ayuntamiento deberá resolver los asuntos que le competen en forma colegiada. Las sesiones para ser validas deberán contar con la presencia de la mitad más uno de los munícipes. Las sesiones serán presididas y convocadas en los términos que establecen los artículos 86 y 87 del ordenamiento jurídico al que se refiere el párrafo anterior y podrán ser ordinarias o extraordinarias, normales o solemnes, y públicas o secretas.

Artículo 16. Las sesiones ordinarias serán cuando menos dos por mes y de acordarlo los munícipes, el Secretario del Ayuntamiento elaborará un proyecto anual de calendario de reuniones.

Artículo 17. Las sesiones extraordinarias serán únicamente para tratar asuntos cuya importancia y urgencia exijan que se convoque; en ellas no se incluirá un apartado de asuntos generales y después de pasar lista de asistencia se abordaran inmediatamente los asuntos para los cuales se convocó.

Artículo 18. Serán solemnes las sesiones donde:

I. Rindan protesta los munícipes y se instale el Ayuntamiento.

II. Informe el Presidente Municipal sobre el estado que guarda la administración pública a su cargo.

III. Celebre el Ayuntamiento la fundación de la ciudad de Saltillo.

IV. Aquellas que por mayoría calificada acuerde el Cabildo.

Artículo 19. Serán secretas las sesiones a las cuales se refiere el artículo 93 del Código Municipal. Los munícipes tendrán la obligación de guardar reserva sobre las discusiones que en este tipo de sesiones se Ileven a cabo y sobre los acuerdos que ahí se tomen.

Artículo 20. El Cabildo, tomando en consideración las posibilidades presupuestales del Municipio, acordará los mejores mecanismos para difundir el desarrollo de las sesiones y los acuerdos que en las mismas se tomen, los cuales se publicaran en la Gaceta Municipal, así como aquellos que por su naturaleza jurídica sean necesarios ser publicados en el Periódico Oficial del Estado.

Artículo 21. La convocatoria y desarrollo de las sesiones de Cabildo, además de lo que establece el Código Municipal, se ajustarán a lo siguiente:

I. Cuando los Regidores y Síndicos deseen que se incluya un tema en el orden del día, deberán comunicarlo al titular de la Secretaría del Ayuntamiento, mediante oficio, quien lo incluirá al momento de elaborar la convocatoria inmediata correspondiente.

Page 105: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

II. La convocatoria a sesión, que deberá contener el orden del día, se notificará a los munícipes en el local que ocupen sus oficinas cuando menos con veinticuatro horas de anticipación y se fijará en los estrados de la Secretaría del Ayuntamiento en el mismo término.

III. Las sesiones serán presididas por el Presidente Municipal, en su ausencia las presidirá el regidor que corresponda, según el orden de su nombramiento, el cual al comprobar que se cumple con la asistencia que marca el Código Municipal, la declarará abierta y al concluir con el orden del día procederá a su clausura.

IV. Cuando alguno de los munícipes se presente después de iniciada la sesión se asentará tal hecho en el acta y podrá participar de manera activa en el desarrollo de la misma.

V. Al exponerse cada uno de los temas del orden del día, se estará sujeto a lo siguiente:

a) Si la naturaleza del punto a tratar en el orden del día amerita debate, el Presidente Municipal informará que el asunto se encuentra a consideración del Pleno del H. Cabildo.

b) El Presidente Municipal, otorgará el uso de la voz a los munícipes; de igual forma a través del titular de la Secretaría del Ayuntamiento, anotará el orden de las intervenciones de los Ediles para establecer los turnos en el uso de la palabra.

c) Cada edil podrá intervenir hasta por tres ocasiones en un mismo tema; en caso de que se quiera apoyar el dicho de otro munícipe la nueva intervención se ajustará a hacer tal mención. Lo anterior no implica la posibilidad de aportar nuevos argumentos si el sentido del debate cambia.

d) Los munícipes tendrán derecho a pedir que el asunto se pase a la Comisión correspondiente; solicitud que se pondrá a consideración del Cabildo.

e) Al no existir más intervenciones, el Presidente Municipal declarará cerrado el debate.

f) Una vez atendido el inciso anterior, ningún integrante del Ayuntamiento podrá solicitar la palabra para debatir.

g) El Presidente Municipal llamará a votación, preguntando primero por la afirmativa y después por la negativa. El titular de la Secretaría del Ayuntamiento tomará nota del resultado de la votación y lo hará del conocimiento de todos los presentes, si le es pedido, hará mención en el acta del sentido del sufragio que emitieron cada uno de los munícipes. En caso de existir abstenciones solamente se hará referencia al número de ellas. Los munícipes podrán decidir que al realizar la votación se Ileve a cabo de manera secreta a través de boletas.

h) Una vez que ha sido votado el asunto, se proseguirá de forma inmediata con el siguiente punto del orden del día.

VI. El público que asista a las sesiones deberá absoluto respeto y silencio, y abstenerse de interrumpir por cualquier método el desarrollo de los trabajos. El Presidente Municipal tiene como obligación mantener el orden en las sesiones Ilamar a la fuerza pública si se requiere su apoyo para tal efecto.

VII. Los acuerdos se tomarán en los términos del artículo 95 del Código Municipal.

Artículo 22. Los acuerdos no podrán ser revocados si no es por la mayoría absoluta de votos de los miembros del Cabildo.

El acuerdo que se pretenda revocar no podrá tratarse en la misma sesión que se apruebe. Deberá incluirse en el orden del día de otra sesión ordinaria. Si el acuerdo con el que se pretende revocar se rechaza, no podrá ser presentado en ese mismo año.

Artículo 23. Las actas de las sesiones serán levantadas por el Secretario del Ayuntamiento de conformidad con lo establecido por el artículo 98 del Código Municipal, terminadas serán sometidas a la firma de los munícipes y en la sesión ordinaria siguiente, se dará cuenta de lo correspondiente y se leerá una relación sucinta de los acuerdos tomados.

Artículo 24. La Secretaria del Ayuntamiento podrá auxiliarse de equipos de grabación para seguir el desarrollo de la sesión. Las grabaciones de audio quedarán a disposición para aclaración de los munícipes hasta que el último de ellos firme el acta correspondiente. Para la elaboración de las actas se estará a lo previsto por el artículo 98 del Código Municipal.

Artículo 25. Previa solicitud por escrito los munícipes podrán obtener copia certificada de las actas que se encuentran firmadas en su totalidad.

CAPÍTULO SEXTO

Page 106: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

DE LAS COMISIONES

Artículo 26. En la primera sesión ordinaria el Ayuntamiento, a propuesta del Presidente Municipal o de sus Regidores, aprobará la integración de las Comisiones que se juzguen convenientes que, cuando menos, serán las siguientes:

I. Hacienda, Patrimonio, Cuenta Pública y Gastos Médicos.

II. Planeación, Urbanismo, Obras Públicas y Centro Histórico.

III. Bienes Municipales, Equipo No Utilizable y Adquisiciones.

IV. Mercados y Rastro.

V. Educación.

VI. Seguridad Pública y Tránsito.

VII. Espectáculos, Recreación y Deportes.

VIII. Movilidad y Transporte.

IX. Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad.

X. Agua y Saneamiento.

XI. Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.

XII. Alcoholes.

XIII. Desarrollo Rural.

XIV. Gobernación y Reglamentos.

XV. Modernización Administrativa y Transparencia.

XVI. Servicios Públicos y Panteones.

XVII. Juventud.

XVIII. Salud Pública.

XIX. Desarrollo Humano.

XX. Desarrollo Económico y Turismo.

XXI. Cultura y Rescate de Valores Humanos.

XXII. Conurbación.

Artículo 27. El Ayuntamiento podrá crear o suprimir comisiones mediante el voto de cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, siempre respetando lo previsto en el artículo 111 del Código Municipal.

Artículo 28. Las comisiones se integrarán con un mínimo de tres munícipes, en las cuales por lo menos un miembro deberá provenir de un partido distinto al que obtuvo la mayoría en los comicios.

Artículo 29. Las Comisiones se reunirán las veces que sean necesarias. Se desarrollarán de la siguiente forma:

I. El Presidente de la Comisión o las dos terceras partes de sus integrantes, citarán a Sesión de la Comisión con un mínimo de 24 horas de anticipación.

II. La citación será por escrito en las oficinas que ocupen los ediles y deberá establecer el lugar, día y hora; así mismo contendrá como mínimo en el orden del día: lista de asistencia, declaración de quorum, lectura y aprobación del orden del día, lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, asuntos generales y clausura de la sesión.

III. El Presidente de la Comisión, será el responsable de dirigir los trabajos de las sesiones, en su ausencia lo hará el Secretario de ese órgano.

IV. La votación se tomará por mayoría simple y en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. Los integrantes mediante acuerdo podrán decidir que al realizar la votación se lleve a cabo de manera secreta a través de boletas.

Page 107: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

V. Si los integrantes del Cuerpo Edilicio, para el mejor desempeño de sus funciones se auxilian de personal administrativo, por ningún motivo podrán intervenir con voz dentro de la sesión.

VI. El Secretario levantará acta del desarrollo de la Sesión, la cual una vez firmada la original, será remitida al titular de la Secretaría del Ayuntamiento para su resguardo temporal, el cual concluido el periodo de la Administración, enviará la documentación al Archivo Municipal. De igual forma, el Secretario de la Comisión, está obligado a entregar copia simple del acta de la sesión a los integrantes de la Comisión.

VII. En el supuesto de que algún asunto deba ser sometido a consideración del H. Cabildo, la Comisión correspondiente emitirá un dictamen, el cual será firmado por los integrantes del Órgano que en esa Sesión participaron y así quisieron hacerlo.Si alguno de los integrantes se negara a firmar el documento que ya fue aprobado, esto no será impedimento para continuar su trámite correspondiente.

Artículo 30. Cuando el trabajo de alguna comisión tenga por resultado algún dictamen que deba ser sometido al Cabildo en pleno, el mismo se presentará por escrito, con los fundamentos y motivaciones que lo sustenten. En el caso de que alguno de los integrantes haya votado en contra del dictamen, podrá incluirse su voto razonado.

Artículo 31. En los términos del Código Municipal las comisiones tendrán las siguientes atribuciones:

I. Estudiar, analizar y en su caso dictaminar los asuntos de la Administración Pública del ramo que les corresponda.

II. Conocer, analizar y, en su caso, emitir un dictamen de los asuntos que le encomiende el Ayuntamiento o les ponga a su consideración el Presidente Municipal.

III. Emitir opinión, previa solicitud expresa del titular de una dependencia, sobre un asunto especifico de la Administración Pública Municipal.

IV. Convocar, previa autorización del Cabildo, a la consulta pública sobre algún tema de interés particular relacionado con el área que les fue encomendada.

V. La Comisión de Planeación, Urbanismo y Obras Publicas y Centro Histórico, deberá realizar por lo menos una inspección física de los bienes inmuebles relacionados con las solicitudes presentadas ante la propia Comisión; es obligación de la Comisión dictaminar con base en los resultados de dicha inspección. La participación en las sesiones es personal y no admite representación.

CAPÍTULO SÉPTIMO

USO DE LA SALA DE EDILES DEL R. AYUNTAMIENTO

Artículo 32. La sala de ediles se destinará para los siguientes usos:

I. Sesiones de las Comisiones que integran los Ediles, en los términos del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y de este ordenamiento jurídico.

II. Sesiones de dos o más Comisiones, que por su naturaleza jurídica deban resolver sobre los asuntos que se les encomiende.

III. Reuniones de trabajo, propias de cada comisión.

IV. Cursos de capacitación, conferencias, talleres, debates, paneles, seminarios y actividades afines del Cuerpo Edilicio.

V. Actividad de integración que involucren la participación del Cuerpo Edilicio y del personal adscrito a Regidores.

Artículo 33. Para realizar cualquier evento, reunión o celebración distinta a las actividades mencionadas en el artículo anterior, se requiere de la aprobación previa del Síndico de mayoría.

Artículo 34. Las solicitudes para el uso de la Sala de Ediles se realizaran ante el Síndico de mayoría, con un mínimo de veinticuatro horas de antelación, en original y copia, mediante oficio que contendrá la siguiente información:

a. Nombre del Síndico de mayoría.

b. Lugar y fecha.

c. Motivo de la solicitud.

d. Día y hora de inicio y término de la utilización.

Page 108: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

e. Requerimientos de mobiliario y equipo.

f. Nombre y firma del solicitante.

Artículo 35. Una vez recibida la solicitud para el uso de la Sala de Ediles se dará respuesta inmediata, para lo cual bastará con colocar un sello con la leyenda “AUTORIZADO” en la copia del formato de solicitud, misma que se entregará al solicitante, siempre que de acuerdo con la hoja de control respectiva, la Sala de Ediles se encuentre disponible para la fecha y hora solicitada.

Artículo 36. Como excepción al artículo 34 del presente ordenamiento, se podrá requerir el uso de la Sala de Ediles, hasta con media hora de anticipación en casos excepcionales, para realizar sesiones de trabajo de carácter extraordinario; siempre que la Sala esté disponible y no afecte el horario de las solicitudes hechas en tiempo y forma, conforme a lo establecido en este reglamento.

Artículo 37. Los usuarios de la Sala de Ediles se obligan a lo siguiente:

I. Respetar el horario establecido.

II. Cuidar y hacer cuidar los bienes muebles que sirvan para el cumplimiento del objeto de la Sala.

III. Hacer uso racional de las instalaciones.

IV. Informar al Síndico de cualquier cambio que requiera en la fecha y horario autorizados, a la brevedad posible.

Artículo 38. Con el propósito de mantener y preservar el óptimo estado de la Sala de Ediles, queda estrictamente prohibido:

I. Fumar y consumir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones.

II. Arrojar basura.

III. Alterar la estructura física de las instalaciones.

IV. Abandonar objetos personales en la Sala, ante lo cual la Síndica no adquiere responsabilidad por la pérdida de dichos objetos.

V. Utilizar los bienes muebles para fines distintos a los de su creación.

Artículo 39. El equipo y mobiliario que se encuentra en la Sala de Ediles queda bajo al resguardo del Síndico.

Artículo 40. Es obligación y responsabilidad del solicitante, vigilar el buen uso de la Sala de Ediles y entregarla en óptimas condiciones, quedando obligado a la reparación del daño en caso de que existiere.

Artículo 41. Es responsabilidad del solicitante el buen uso del mobiliario y equipo que se le proporcione para la utilización de la Sala, quedando obligado a la reparación del daño en caso de que existiere.

Artículo 42. La reparación del bien mueble que haya resultado dañado, se hará conforme al procedimiento administrativo correspondiente.

CAPÍTULO OCTAVO

DE LAS RENUNCIAS, ABANDONOS Y LICENCIAS DE LOS MUNÍCIPES.

Artículo 43. El Presidente Municipal y los titulares de las Dependencias podrán, según la carga de trabajo de las áreas bajo su responsabilidad, conceder licencia a sus subordinados para separarse de sus funciones sin goce de sueldo hasta por tres meses.

Artículo 44. Las renuncias, licencias o abandono del cargo del Presidente Municipal, Síndico y Regidor, se regularán por lo dispuesto en la Constitución Política del estado y el Código Municipal, en su caso el ayuntamiento se reunirá de inmediato en sesión extraordinaria para acordar lo conducente.

Artículo 45. En el caso de renuncia o licencia de los titulares de las distintas Dependencias, el Presidente Municipal, acordará su aceptación y designará un encargado del despacho hasta en tanto el Ayuntamiento, designe un nuevo titular. En el caso de abandono de empleo, el titular del ejecutivo municipal tomará las providencias correspondientes para el funcionamiento de la Dependencia y dará de inmediato vista a la Contraloría Municipal.

TRANSITORIOS

Page 109: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMERO.- El presente reglamento entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, independientemente de su publicación en la Gaceta Municipal del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento Interior del Municipio de Saltillo, Coahuila; publicado en el Periódico Oficial, número 59, de fecha 25 de julio de 2000, así como todas las disposiciones que se opongan a los dispuesto por el presente Reglamento.

TERCERO.- Las Comisiones de Transporte que cambia de nombre al de Comisión de Movilidad y Transporte; de Derechos Humanos, Equidad y Género, que cambia de nombre al de Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables e Igualdad; de Ecología y Áreas Verdes, que cambia de nombre al de Comisión de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable; de Atención a la Juventud, que cambia de nombre al de Comisión de Juventud; de Desarrollo Social, que cambia de nombre al de Comisión de Desarrollo Humano; y la de Fomento Económico y Turismo, que cambia de nombre por el de Comisión de Desarrollo Económico y Turismo, conservarán la composición de sus integrantes.

Por lo anteriormente expuesto esta Comisión después de haber estudiado y analizado el presente asunto resuelve:

PRIMERO. Que la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, es competente para conocer del presente asunto.

SEGUNDO. Que una vez analizado el proyecto en comento resulta procedente la creación del nuevo Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

TERCERO. Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a que haya a lugar.

CUARTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo propio en la Gaceta Municipal.

Así lo acuerda la Comisión de Gobernación y Reglamentos del Republicano Ayuntamiento de Saltillo, y firman el presente instrumento quienes en él intervinieron y así quisieron hacerlo. En la ciudad de Saltillo, capital del Estado de Coahuila de Zaragoza, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis, “Año de la lucha contra la diabetes”.

A t e n t a m e n t e“Protestamos lo necesario”

NOMBRE VOTO Y FIRMA_________________________________________________X_______________________________C.LIC. LUIS FERNANDO AGUIRRE RODRÍGUEZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAPresidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. DIANA CAROLINA CASTILLO DÍAZ. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRASecretaria de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ CALVILLO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos._________________________________________________X_______________________________C. LIC. MYRNA LAURA GUTIÉRREZ TREVIÑO. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRAIntegrante de la Comisión de Gobernación y Reglamentos.

El Alcalde somete a votación el dictamen, resultando aprobado por unanimidad, procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 277/25/16

PRIMERO.- Se aprueba dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Reglamentos del

Republicano Ayuntamiento, en consecuencia la creación del nuevo Reglamento Interior del R.

Ayuntamiento de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

SEGUNDO.- Comuníquese a la Secretaría del Republicano Ayuntamiento para los efectos legales a

que haya a lugar.

TERCERO.- Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, independientemente de lo

propio en la Gaceta Municipal.

Page 110: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

El Alcalde solicita continuar con siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el OCTAVO punto consiste en Propuesta de la Dirección de Desarrollo Humano para

que se apruebe el Convenio de Concertación a celebrar entre el Ayuntamiento de Saltillo y la

Comisión Estatal de la Vivienda. La Secretaria del Ayuntamiento procede a exponer este punto:

El pasado día 23 del presente mes, la Secretaría del Ayuntamiento recibió el oficio DGDH/781/2016

remitido por la Lic. Deyanira Samperio Flores, Directora General de Desarrollo Humano solicitando se

realicen los trámites necesarios para que se presente en Sesión, al H. Cabildo para su autorización,

del Convenio de concertación que se propone celebrar con la Comisión Estatal de Vivienda. Se les

hizo llegar a cada uno de ustedes una copia de dicho convenio, de tal forma y con fundamento en lo

previsto por el artículo 17 fracción VII del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento, se le

circula el anexo que contiene el total de las acciones a realizarse, las cuales suman un total de 206

acciones, 106 acciones en el área urbana y 100 en área rural, lo cual está a su consideración, mismo

que se transcribe a continuación:

CONVENIO DE CONCERTACIÓN que celebran por una parte, la COMISIÓN ESTATAL DE VIVIENDA, representada en este acto por su DIRECTOR GENERAL, el C. LIC. EDUARDO IGNACIO ORTUÑO GURZA, quien en lo sucesivo se le denominará “LA COMISIÓN“, y por otra parte, el H. AYUNTAMIENTO DE SALTILLO, COAHUILA, representado en este acto por el PRESIDENTE MUNICIPAL, el C. ING. ISIDRO LOPEZ VILLARREAL, asistido en este acto por la SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, la C. LIC. MARIA ALICIA GARCIA NARRO, a quienes en lo sucesivo se le denominará “EL MUNICIPIO”; y cuando actúen de forma conjunta se les denominará “LAS PARTES”; sujetándose a lo establecido en las siguientes Declaraciones y Cláusulas:

DECLARACIONES

1.- “LA COMISIÓN” DECLARA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, QUE:

1.1.- Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Estatal con personalidad y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Social del Estado, creado mediante Decreto número 421 de fecha 17 de diciembre de 2010, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 101; modificándose mediante Decreto número 111 de fecha 20 de noviembre de 2012, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila número 93; así como de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 fracciones XXIII y XXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, reformada mediante Decreto 435 de fecha 15 de abril de 2016, publicada en el Periódico Oficial del Estado número 31.

1.2.- Acredita su personalidad como Director General de dicha Comisión con nombramiento de fecha 19 de Febrero de 2013, firmado por el Lic. Rubén Moreira Valdez, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, quien lo designó para ocupar dicho cargo; teniendo facultades suficientes para suscribir el presente convenio, las cuales hasta la fecha no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna.

1.3.- Es intención de “LA COMISIÓN” instrumentar la concertación de convenios con los ayuntamientos de Coahuila a fin de operar diversos programas de apoyo e inversión, así como la coordinación técnica e interinstitucional para fortalecer la operación de programas en materia de ampliación y mejoramiento de vivienda.

1.4.- Para efectos del presente Convenio señala como su domicilio en Centro de Gobierno 1° Piso, sito en Blvd. Centenario de Torreón sin número, C.P. 25290, en la ciudad de Saltillo, Coahuila.

2.- “EL MUNICIPIO” DECLARA, A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES, QUE:

2.1.- Es un órgano colegiado legalmente constituido, libre, investido por personalidad jurídica propia y patrimonio propio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; con las facultades conferidas por los artículos 158-A, 158-B, 158-C de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; y 3° del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

2.2.- Dentro de sus atribuciones se encuentran la relativa a proveer en la esfera administrativa todo lo necesario para el mejor desempeño de sus atribuciones.

2.3.- El PRESIDENTE MUNICIPAL, acredita su personalidad con constancia de mayoría, el cual fue publicada en el Periódico Oficial del Estado número 59 de fecha 23 de julio de 2013; por su parte, el SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO manifiesta que cuentan con las facultades legales para

Page 111: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

celebrar el presente Convenio en términos de lo dispuesto por los artículos 104 inciso A fracción XI y XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

2.4.- El presente Convenio fue sometido para su aprobación por el Cabildo, la cual fue concedida según consta en el punto _____ inciso _____ del Orden del Día de la Junta _________ de Cabildo N° ________ de fecha ______________, como según consta en el Anexo 1 de este Convenio.

2.5.- Comparece en este instrumento atendiendo la problemática que en materia de vivienda se ha agudizado en los últimos años en el Municipio de Saltillo, propiciada entre otros factores por la necesidad de numerosas familias de escasos recursos económicos que demanda una vivienda digna.

2.6.- Para efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en Blvd. Francisco Coss número 745, Colonia Centro, C.P. 25000, en la ciudad de Saltillo, Coahuila.

3.- “LAS PARTES” DECLARAN, QUE:

ÚNICO.- Es su voluntad fortalecer y participar en conjuntar recursos para la realización de los proyectos objeto de este convenio.

En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 82 fracciones IV, V y XXVII, 86, 158-A, 158-B, 158-C de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 1, 4, 5, 9 inciso A fracciones IX y XII inciso B fracción V, 39 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; 1, 2 fracción I, 9, 18 fracción I, 19 fracción I, 21 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Coahuila de Zaragoza; 9, 10, 11, 62, 63 fracción IV, 66, 66 QUÁTER fracción I, 66 QUINQUIES fracción I de la Ley de Vivienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza; 3, 24 primer párrafo, 26, 35, 42, 102 fracción II apartado 3, 104 inciso A fracción XII, 120 y 126 fracción IV Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza y demás disposiciones legales aplicables al presente Convenio de Colaboración, de conformidad con las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- “LAS PARTES”, convienen en conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación de programas en materia de ampliación y mejoramiento de vivienda, a través de la participación en la ejecución de las obras señaladas en el Anexo A, el cual forma parte integrante del presente Convenio.

SEGUNDA.- Las partes acuerdan que la instancia ejecutora de estos proyectos será “LA COMISIÓN”, en lo sucesivo “EL EJECUTOR”, quien será el responsable de ejecutar los recursos asignados a las obras contenidas en el Anexo A, con estricto apego a la normatividad vigente en la materia y demás disposiciones jurídicas y administrativas que rigen el ejercicio del gasto público.

TERCERA.- Para la realización de las acciones del presente Convenio, “EL MUNICIPIO” aportará la cantidad señalada en el Anexo A, los cuales serán radicados en una sola ministración y será entregada a “LA COMISIÓN” mediante transferencia electrónica a la siguiente cuenta:

NOMBRE DE LA CUENTA: Comisión Estatal de Vivienda

NUMERO DE CUENTA: 0471014012

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: Banco Mercantil del Norte, S.A

CUENTA CLABE: 072078004710140122

FECHA DE APERTURA: 31 de octubre de 2016

Dichos recursos serán conjuntados con los que aportarán “LA COMISIÓN”, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares (FONHAPO) y los beneficiarios, para la realización de las acciones de ampliaciones y mejoramientos de vivienda descritos en el Anexo A.

La aportación hecha por los beneficiarios se compone de dos vertientes, la cual se desglosa de la siguiente manera:a) Respecto del recurso Federal, el beneficiario hará su aportación en especie de acuerdo a los

montos señalados en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a la Vivienda para el correspondiente ejercicio fiscal y que será especificada en el Contrato Privado de Ejecución que se firme con cada uno de los beneficiarios.

b) Respecto del recurso Estatal, el beneficiario hará su aportación a crédito de acuerdo al monto que se establezca en el Contrato Privado de Ejecución que se formalice con cada uno de ellos, de acuerdo a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a la Vivienda.

CUARTA.- Una vez que se cumpla con lo estipulado en la Cláusula Tercera del presente Convenio de Concertación, “EL EJECUTOR” de los recursos se apegará estrictamente a lo estipulado en la normatividad aplicable y vigente en la materia y en el presente instrumento, realizando las acciones contenidas en el Anexo A.

QUINTA.- El incumplimiento de cualquiera de los compromisos y de las obligaciones asumidas por

Page 112: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

“LAS PARTES” en el marco del presente Convenio, dará lugar a la rescisión administrativa del mismo. Si se rescindiera el Convenio, “EL EJECUTOR” se compromete a reintegrar a los aportantes los recursos entregados para la realización del presente instrumento. Este reintegro será por el momento total o la proporción que no haya sido erogada al momento de la rescisión del presente convenio.

SEXTA.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, las partes se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar medidas necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los compromisos asumidos.

SÉPTIMA.- “LA COMISIÓN” en el ámbito de su competencia, llevará a cabo el control presupuestal, seguimiento, registro y control de las acciones derivadas del presente Convenio, así como de los recursos que se aporten.

OCTAVA.- “LAS PARTES” serán responsables de que durante la ejecución de las acciones objeto de este Convenio, se cumplan con las disposiciones en materia de contraloría social, blindaje electoral, difusión y publicidad.

NOVENA.- Manifiestan “LAS PARTES” que al expresar su voluntad en el presente negocio jurídico no se han actualizado error, dolo, violencia física o moral, mala fe y en general, ningún vicio del consentimiento que pudiera anular o invalidar el presente acuerdo de voluntades.

DÉCIMA.- Manifiestan “LAS PARTES” que para el cumplimiento, interpretación y observancia del presente Convenio, se someten expresamente a los tribunales con jurisdicción y competencia en ésta ciudad y por ende renuncian a cualquier jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro.

DÉCIMA PRIMERA.- El presente Convenio de Concertación estará vigente a partir del día de su firma y hasta la conclusión de las acciones señaladas en el Anexo A.

DÉCIMA SEGUNDA.- El presente Convenio se podrá revisar, adicionar o modificar por las partes, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. Dichas modificaciones deberán constar por escrito y entrarán en vigor a partir de su suscripción por las partes.

Una vez enteradas las partes del contenido y alcance legal, firman el presente Convenio de Concertación por triplicado, contenido en cuatro fojas útiles en la Ciudad de Saltillo, Coahuila; a los 30 días del mes de noviembre del año 2016.

POR “LA COMISIÓN”___________________________________

LIC. EDUARDO IGNACIO ORTUÑO GURZADIRECTOR GENERAL

POR “EL MUNICIPIO”___________________________________

ING. ISIDRO LOPEZ VILLARREALPRESIDENTE MUNICIPAL

LIC. MARIA ALICIA GARCIA NARROSECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

El Alcalde somete a votación el punto, resultando aprobado por unanimidad de los presentes José

Ángel Rodríguez Calvillo, Primer Regidor; María Oliva Delgado Purón, Segunda Regidora; Roberto

Carlos Villa Delgado, Tercer Regidor; María Cecilia Aguirre Garza, Cuarta Regidora; Eduardo Ramón

de la Peña Padilla, Quinto Regidor; Juana María Calvillo Valdés, Sexta Regidora; Luis Fernando

Aguirre Rodríguez, Séptimo Regidor; Nora García Astiazarán, Octava Regidora; Jorge de la Peña

Quintero, Noveno Regidor; Myrna Laura Gutiérrez Treviño, Décima Regidora; José Luis García de la

Page 113: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

Peña, Décimo Primer Regidor; Adrián de Jesús Herrera López, Décimo Segundo Regidor; Tomasa

Vives Preciado, Décima Tercera Regidora; Alfredo Martínez Guajardo, Décimo Cuarto Regidor;;

Federico Abraham Tobías Hernández, Décimo Sexto Regidor; Diana Carolina Castillo Díaz, Décimo

Séptima Regidora; Laura Guadalupe Herrera Guajardo, Síndico; Bertha Cristina Castellanos Muñoz,

Síndico de Vigilancia e Isidro López Villarreal, Alcalde. Encontrándose ausente al momento de la

votación María Mayela Hernández Valdés, Décima Quinta Regidora, procediéndose a formular el

siguiente:

A C U E R D O 278/25/16

PRIMERO.- Se aprueba el convenio de concertación a celebrar entre el Ayuntamiento de Saltillo y la

Comisión Estatal de la Vivienda a fin de conjuntar acciones y recursos para fortalecer la operación de

programas en materia de ampliación y mejoramiento de vivienda a través de la participación en la

ejecución de diversas obras.

SEGUNDO.- Notifíquese a la Tesorería Municipal y a la Dirección General de Desarrollo Humano

para todos los efectos a que haya lugar.

TERCERO.- Publíquese en la Gaceta Municipal, órgano de difusión oficial de este Gobierno

Municipal.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el NOVENO punto consiste en propuesta del Regidor Abraham Tobías Hernández para

la creación de una vía verde implementando jardines verticales y muros verdes en la infraestructura

urbana municipal como edificios, puentes, columnas y otras construcciones a fin de promover

acciones de remediación y preservación del equilibrio ecológico. Se otorga la palabra a su

presentante para el desahogo de este punto mismo que se transcribe a continuación:

PROPUESTA QUE PRESENTA EL C. REGIDOR FEDERICO ABRAHAM TOBIAS HERNÁNDEZ, RELATIVA A LA CREACIÓN DE UNA VÍA VERDE IMPLEMENTANDO JARDINES VERTICALES Y MUROS VERDES EN LA INFRAESTRUCTURA URBANA MUNICIPAL COMO EDIFICIOS, PUENTES, COLUMNAS Y OTRAS CONSTRUCCIONES, A FIN DE PROMOVER ACCIONES DE REMEDIACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO EN EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SALTILLOP R E S E N T E.-

La Organización Mundial de la Salud recomienda un parámetro internacional, para las ciudades, de 9 metros cuadrados de áreas verdes por cada habitante para tener una vida adecuada; mayor número de espacios verdes ayudan a regular la temperatura, oxigenación y absorción de ruidos ambientales.

Al hablar de zonas verdes por habitante es = a metros cuadrados de zonas verdes/ número de habitantes (m2AV/hab); es innegable que en Saltillo, existe un creciente déficit per cápita de metros cuadrados de áreas verdes.

El deterioro de nuestro medio ambiente, representa una problemática social, por lo que es necesario, impulsar y reforzar acciones de restauración y preservación del equilibrio ecológico a través de la creación de espacios verdes.

En tal sentido, resulta conveniente la implementación de una vía verde, no solo por la falta de áreas verdes, si no por los beneficios ambientales que genera: purificación de aire, captación de dióxido de carbono, producción de oxígeno, regulación térmica, generación de corredores ecológicos, entre otros.

Las zonas verdes juegan un rol fundamental en el medioambiente urbano, mejorando la calidad de vida de los habitantes, al permitir construir una ciudad balanceada donde los espacios naturales mitigan los efectos de la edificación excesiva y de la contaminación.

Page 114: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

La existencia de espacios verdes da estructura a la ciudad, amortiguando el impacto producido por los niveles altos de densidad y edificación, de ahí su importancia como elementos en la prevención de riesgos naturales y mitigación de los efectos del cambio climático.

Las vías verdes constituyen un mecanismo para promover la regeneración urbano-ambiental de la ciudad y dotar con ello de más m2 de áreas verdes. La implementación de jardines verticales y muros verdes en edificios, puentes, columnas y otras construcciones que las han eliminado, permitirá recuperar las áreas perdidas, enriquece el paisaje urbano con estos entornos naturales.

FUNDAMENTO LEGAL

La Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, en su artículo 172, señala que todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

La Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Coahuila de Zaragoza, en su artículo 11 fracción III, señala que los ayuntamientos tendrán como atribución llevar a cabo la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal.

Con fundamento en el artículo 8 fracción III del Reglamento del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental del Municipio de Saltillo, Coahuila, son atribuciones del R. Ayuntamiento de Saltillo, llevar a cabo la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal.

Por las razones antes mencionadas, me permito someter muy respetuosamente a su consideración:

Ú N I C O.- QUE SE CREÉ UNA VÍA VERDE IMPLEMENTANDO JARDINES VERTICALES Y MUROS VERDES EN LA INFRAESTRUCTURA URBANA MUNICIPAL COMO EDIFICIOS, PUENTES, COLUMNAS Y OTRAS CONSTRUCCIONES, A FIN DE PROMOVER ACCIONES DE REMEDIACIÓN Y PRESERVACIÓN DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO EN EL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

Saltillo, Coahuila de Zaragoza a noviembre de 2016.

F. Abraham Tobías Hernández,Décimo Sexto Regidor.

(Rúbrica)

JARDINES VERTICALES

La Organización Mundial de la Salud recomienda un parámetro internacional, para las ciudades, de 9 metros cuadrados de áreas verdes por cada habitante para tener una vida adecuada; mayor número de espacios verdes ayudan a regular la temperatura, oxigenación y absorción de ruidos ambientales.

En Saltillo, existe un creciente déficit per cápita de metros cuadrados de áreas verdes, resulta conveniente la implementación de una vía verde, no sólo por la falta de áreas verdes, si no por los beneficios que genera:

BeneficiosBeneficios para la salud:

1. 1m2 de cobertura vegetal genera el oxígeno requerido por una persona en todo el año. 2. 1m2 de cobertura vegetal atrapa 130 gramos de polvo por año.  3. Un edificio de 4 plantas (60m2) con una fachada portadora de este sistema filtra al año 40

toneladas de gases nocivos.  4. Un edificio de 4 plantas (60m2) con una fachada portadora de este sistema es capaz de atrapar y

procesar 15 kg de metales pesados.  5. Mejora el rendimiento y reduce malestares de las personas que tienen vegetación en su lugar de

trabajo. 6. El aislante vegetal reduce hasta 10 decibeles la contaminación sonora.

 Beneficios directos: 1. Ahorran espacio: Los muros de plantas se cuelgan verticalmente, aprovechando un espacio ya

existente previamente.2. Ahorran tiempo: No es necesario eliminar malas hierbas.3. Ahorran dinero: Reducen hasta 5 grados la temperatura interior de un edificio en verano así

como la mantienen en invierno, obteniendo un ahorro significativo. 4. Ahorran agua: Los consumos de agua son equilibrados y optimizados debido a la posibilidad de

instalar un circuito cerrado de riego.5. Ahorran mantenimientos: No atraen ni permiten la proliferación de insectos y bacterias puesto

que este sistema aporta un repelente biológico.

Beneficios indirectos:

Page 115: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

1. Reducen el efecto de calor de la ciudad.2. Habilitan espacios urbanos no usados.

Beneficios funcionales:1. Revalorización del edificio, mediante una mejora estética del mismo.2. Integración arquitectónica y mejora paisajística del edificio.3. Camuflaje y mejora de paredes o muros dañados, rotos o simplemente con terminaciones poco

estéticas.4. Creación de separación de áreas con vegetación.5. Bloqueo de las vista entre dos casas.6. Muralla verde antivandálica y antigraffitis, ya que produce un efecto disuasorio

El Regidor Federico Abraham Tobías Hernández agrega: Como ustedes ven, les entregue una hojita,

con beneficios para la salud, beneficios directos e indirectos y funcionales, entre ellos vemos que un

metro cuadrado de una cobertura de estas, genera el oxígeno requerido para una persona en todo el

año, un metro cuadrado atrapa ciento treinta gramos de polvo al año, un edificio de cuatro plantas

filtra al año cuarenta toneladas de gases nocivos, igual procesa quince kilogramos de metales

pesados, mejora el rendimiento de uso y malestar de las personas que tienen vegetación en su lugar

de trabajo y en el aislante vegetal reduce hasta diez decibeles la contaminación sonora y vemos otros

beneficios como ahorrar espacios, ahorras tiempo, ahorras dinero, ya que sirve también como como

material térmico, ahorras agua y ahorras mantenimiento y además de que la ciudad se vea más

bonita ¿Verdad?, entonces aquí les dejo la lista completa de los beneficios y pues la dejo a su

consideración.

La Regidora María Cecilia Aguirre Garza agrega: Me parece una propuesta muy buena, solicito se

turne a la Comisión de Ecología para su estudio y su análisis.

El Regidor Jorge de la Peña Quintero agrega: Coincido en el sentido de la propuesta del compañero

Abraham, y con la serie de beneficios que ha hecho mención, la hoja que nos hizo favor de entregar,

totalmente de acuerdo y sí, tengo yo información adicional y algunas consideraciones que se han

tomado en algunas ciudades dentro de nuestro territorio nacional, donde ya se han implementado sé

qué esto, bueno pues será la Comisión, que está solicitando la compañera Cecilia, pero si es

importante hacer mención de estas situaciones, que se les ha dado un énfasis muy especial, habría

que ver las selección de plantas adecuadas, para la región de nuestra ciudad, altitud, humedad, horas

sol, horas sombra y demás, ver la capacidad de carga, que tenga cada uno de estas paredes, dado

que cada metro cuadrado, con la humedad que requiere, puede pesar hasta ciento veinte kilogramos;

una pared de diez kilos puede pesar más de una tonelada, habría que revisar en su momento todo

esto, la impermeabilización que se requiere en estas paredes para evitar daños por la humedad, la

necesidad de drenaje adecuado, para que los excedentes de humedad fluyan a donde correspondan,

mantenimiento periódica que requerirían, la humedad adecuada y la ventilación que se requiere, para

evitar que se creen hongos en estos espacios, por estas consideraciones estoy totalmente de

acuerdo en la propuesta que hace el compañero Abraham y de acuerdo en la propuesta que hace la

Regidora Cecilia de que se turne a la Comisión que ya hizo mención.

La Regidora Myrna Laura Gutiérrez Treviño agrega: Que se turne.

La Secretaria del Ayuntamiento pregunta: ¿Está de acuerdo que se turne?

El Alcalde somete a votación la propuesta, resultando aprobada por unanimidad. Procediéndose a

formular el siguiente:

A C U E R D O 279/25/16ÚNICO.- Se aprueba turnar a la Comisión de Ecología y Áreas verdes, para su estudio y análisis la

propuesta del Regidor Federico Abraham Tobías Hernández relativa a crear una vía verde

implementando jardines verticales y muros verdes en la infraestructura urbana municipal como

Page 116: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

edificios, puentes, columnas y otras construcciones, a fin de promover acciones de remediación y

preservación del equilibrio ecológico en el Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza.

El Alcalde solicita continuar con el siguiente punto del Orden del Día. La Secretaria del Ayuntamiento

comunica que el DÉCIMO punto consiste en Clausura de la Sesión. El Alcalde procede al cierre de la

sesión y expone que habiendo agotado los asuntos programados para esta Sesión y no existiendo

otro punto en el Orden del Día pendiente de desahogar, procede a clausurar ésta segunda sesión de

Cabildo del mes de Noviembre siendo las dieciocho horas con cuarenta y ocho minutos del día

veintinueve de Noviembre, de dos mil dieciséis, firmando los que en ella intervinieron y así quisieron

hacerlo.

PRESIDENTE MUNICIPAL

ISIDRO LÓPEZ VILLARREAL

Page 117: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

PRIMER REGIDOR

JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZCALVILLO

SEGUNDA REGIDORA

MARÍA OLIVA DELGADOPURÓN

TERCER REGIDOR

ROBERTO CARLOS VILLADELGADO

QUINTO REGIDOR

EDUARDO RAMÓN DE LA PEÑAPADILLA

SÉPTIMO REGIDOR

LUIS FERNANDO AGUIRRERODRÍGUEZ

NOVENO REGIDOR

JORGE DE LA PEÑA QUINTERO

DÉCIMO PRIMER REGIDOR

JOSÉ LUIS GARCÍA DE LA PEÑA

DÉCIMO TERCERA REGIDORA

TOMASA VIVES PRECIADO

CUARTA REGIDORA

MARÍA CECILIA AGUIRREGARZA

SEXTA REGIDORA

JUANA MARÍA CALVILLOVALDÉS

OCTAVA REGIDORA

NORA GARCÍA ASTIAZARÁN

DÉCIMA REGIDORA

MYRNA LAURA GUTIÉRREZTREVIÑO

DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR

ADRIÁN DE JESÚS HERRERALÓPEZ

DÉCIMO CUARTO REGIDOR

ALFREDO MARTÍNEZ GUAJARDO

Page 118: transparencia.saltillo.gob.mxtransparencia.saltillo.gob.mx/Articulo 28/IX. Las actas... · Web viewde conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior del

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO

MARÍA ALICIA GARCÍA NARRO