2822 - sename.cl · 10° que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en...

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REF: RESUELVE CONVOCATORIA AL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PRESENTAR SOLICITUDES PARA OBTENER LA CALIDAD DE EVALUADOR EXTERNO EN LAS REGIONES DEL PAÍS QUE SE INDICAN, APROBADA MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA DEL SENAME 1156, DE 11 DE ABRIL DE 2018. RES. EXENTA N' 2822 SANTIAGO, 2 4 SEP 2011 VISTOS: Lo dispuesto en los artículos N°s I °, 2°, 3° y 5° N° 12 del Decreto Ley 2.405, de 1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Menores; en la Ley N° 19.620, que dicta Normas sobre Adopción; en los Decretos Supremos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos N°s 356, de 1980, 944, de 1999 y 307, de 2018; en las Resoluciones Exentas N°s 1156 y 2629, ambas de 2018, del Servicio Nacional de Menores; y en la Resolución 1600 de 2008, de la Coníraloría General de la República. CONSIDERANDO: Que, la Ley 19.620, que dicta normas sobre adopción de menores y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 944, de 1999, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, regulan los programas de adopción que puede desarrollar directamente el Servicio Nacional de Menores, como también las instituciones especialmente acreditadas para ello. Que, los artículos 7° de la Ley y 6° de su Reglamento, definen lo que se entiende por programa de adopción y describen sus subprogramas, entre ellos, el de evaluación técnica de los solicitantes desde el punto de vista físico, mental, psicológico y moral, y la preparación de los postulantes como padres adoptivos. Que, los artículos de la citada Ley y 1 del referido Reglamento, establecen que sólo podrán intervenir en los programas de adopción, el Servicio Nacional de Menores o los organismos acreditados ante éste y que sin perjuicio de lo anterior, dichos organismos, así como las Unidades de Adopción del Servicio Nacional de Menores, podrán recurrir a los servicios de profesionales externos especializados para el desarrollo de las funciones propias de un programa de adopción, sólo cuando se trate de aquellas enunciadas en las letras c) y e) del artículo 6° del Reglamento, vale decir, la evaluación técnica de los solicitantes desde el punto de vista físico, mental, psicológico y moral, y su preparación como padres adoptivos.

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Page 1: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

REF: RESUELVE CONVOCATORIA AL LLAMADOA CONCURSO PÚBLICO PARA PRESENTARSOLICITUDES PARA OBTENER LA CALIDAD DEEVALUADOR EXTERNO EN LAS REGIONES DELPAÍS QUE SE INDICAN, APROBADA MEDIANTERESOLUCIÓN EXENTA DEL SENAME N° 1156,DE 11 DE ABRIL DE 2018.

RES. EXENTA N' 2822

SANTIAGO, 2 4 SEP 2011

VISTOS: Lo dispuesto en los artículos N°s I °, 2°, 3° y 5° N° 12 del Decreto Ley N° 2.405, de1979, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Menores; en la Ley N° 19.620, que dictaNormas sobre Adopción; en los Decretos Supremos del Ministerio de Justicia yDerechos Humanos N°s 356, de 1980, 944, de 1999 y 307, de 2018; en las ResolucionesExentas N°s 1156 y 2629, ambas de 2018, del Servicio Nacional de Menores; y en laResolución N° 1600 de 2008, de la Coníraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 19.620, que dicta normas sobre adopción de menores y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 944, de 1999, del Ministerio deJusticia y Derechos Humanos, regulan los programas de adopción que puededesarrollar directamente el Servicio Nacional de Menores, como también lasinstituciones especialmente acreditadas para ello.

Que, los artículos 7° de la Ley y 6° de su Reglamento, definen lo que seentiende por programa de adopción y describen sus subprogramas, entreellos, el de evaluación técnica de los solicitantes desde el punto de vista físico,mental, psicológico y moral, y la preparación de los postulantes como padresadoptivos.

Que, los artículos 6° de la citada Ley y 1 5° del referido Reglamento, establecenque sólo podrán intervenir en los programas de adopción, el Servicio Nacionalde Menores o los organismos acreditados ante éste y que sin perjuicio de loanterior, dichos organismos, así como las Unidades de Adopción del ServicioNacional de Menores, podrán recurrir a los servicios de profesionales externosespecializados para el desarrollo de las funciones propias de un programa deadopción, sólo cuando se trate de aquellas enunciadas en las letras c) y e) delartículo 6° del Reglamento, vale decir, la evaluación técnica de los solicitantesdesde el punto de vista físico, mental, psicológico y moral, y su preparacióncomo padres adoptivos.

Page 2: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

4° Que, el Servicio Nacional de Menores, mediante la Resolución Exenta N° 1 156,de fecha 11 de abril de 2018, autorizó la convocatoria a concurso públicopara presentar solicitudes de acreditación para obtener la calidad deevaluador externo de las Unidades de Adopción de este Servicio, respecto delas regiones y profesionales que en ella se indicaron, aprobando loslinea míen tos administrativos de postulación, sus anexos y disponiendo supublicación.

5° Que, cabe hacer presente que, conforme al cronograma de la convocatoria,en la etapa de preselección de los postulantes, efectuada por losprofesionales de la Unidades de Adopción Regionales, se verificó que, en elproceso llevado a cabo por parte de la Unidad de Adopción de la DirecciónRegional Metropolitana, se incurrió en un error al rechazar la solicitud depostulación de la psicólogo, doña Pamela Isabel Barahona Donoso, bajo elargumento de no haber acompañado el certificado digital en el que constaque no presenta inhabilidades para trabajar con menores de edad, porcuanto, el referido documento fue incorporado en su postulación,

6° Que, de acuerdo a lo anterior, a objeto de subsanar el error detectado y noafectar la validez del procedimiento, este Servicio dictó la Resolución ExentaN° 2629, de 24 de agosto de 2018, retrotrayendo el concurso a la etapa depreselección, solo respecto de la Región Metropolitana, procediendo aevaluar los antecedentes de doña Pamela Isabel Barahona Donoso.

7° Que, de esta forma, el referido concurso se ha desarrollado con pleno respetoal documento denominado "Lineamientos Administrativos para la Acreditacióny Desempeño de Evaluadores Externos del Programa de Adopción 2018", porlo que procede resolverlo, aprobando o rechazando la acreditación paraobtener la calidad de evaluadores externos en las regiones y localidades ociudades que se indican, así como también, declarándolo desierto en caso deno haberse presentado postulantes, o bien, aquellos que se presentaron y nocumplieron con los requisitos exigidos por este Servicio.

8° Que, en la presente convocatoria, de un total de 30 profesionales asistentessociales requeridos, no se presentaron interesados, o bien, los que sepresentaron, no cumplieron con los requisitos exigidos en los "LineamientosAdministrativos para la Acreditación y Desempeño de Evaluadores Externos delPrograma de Adopción 2018", en las siguientes regiones, ciudades olocalidades: Tocopilla, Chañaral, Provincia de Colchagua, Provincia deCardenal Caro, Nuble, Bio Bio, Chiloé, Puerto Aysén, Natales, Santiago, Valdiviay Raneo. Asimismo, respecto de los 43 profesionales psicólogos requeridos, nose presentaron interesados, o bien, los que se presentaron, no cumplieron conlos requisitos exigidos en los "Lineamientos Administrativos para la Acreditacióny Desempeño de Evaluadores Externos del Programa de Adopción 2018", enlas siguientes regiones, ciudades o localidades: Calama, Taltal, Tocopilla,Chañaral, Vallenar, Limarí, Viña del Mar, San Antonio, Petorca - La Ligua,Provincia de Colchagua, Provincia de Cardenal Caro, Bio Bio, Temuco -Villarrica - Pucón, Osorno, Chiloé, Puerto Aysén y Raneo. En consecuencia,deberá declararse desierto el referido concurso para obtener la calidad deevaluador externo, respecto de las regiones, ciudades o localidades yaindividualizadas.

9° Que, por otra parte, cabe indicar que, en la Región de Tarapacá sepresentaron dos evaluadores externos, psicólogos, obteniendo el mayorpuntaje doña Lorena Patricia Gómez Galleguillos, no obstante, mediantecorreo electrónico de fecha 07 de junio de 2018, la participante informa que,desiste de su postulación a dicho concurso, razón por la cual, se acoge lapostulación de doña Amanda Fabiola Roco Alvarado, por cuanto, obtuvo elsegundo mejor puntaje de evaluación y cumple con los requisitos establecidosen los "Lineamientos Administrativos para la Acreditación y Desempeño deEvaluadores Externos del Programa de Adopción 2018".

Page 3: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en lasregiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendopresente que, atendidas las razones expuestas en los considerandos 5 y ó deeste acto, no se resolverá en esta oportunidad la presente convocatoria en laRegión Metropolitana.

11° Que, el acto administrativo que resolviera la presente convocatoria debíapublicarse en la página web del Servicio Nacional de Menores, a más tardar eldía 04 de junio del 2018, no obstante, cabe mencionar que, la jurisprudenciaadministrativa de la Contraloría General de la República, contenida en losdictámenes N°s 19.557, de 2013 y 1.752, de 2017, entre otros, han precisadoque, salvo disposición legal expresa en contrario, los plazos que la leyestablece para los trámites y decisiones de la Administración no son fatales,toda vez que, tienen por finalidad el logro de un buen orden administrativopara el cumplimiento de las funciones o potestades de los órganos públicos, yque su vencimiento no implica, por sí mismo, la caducidad o invalidación delacto respectivo, de modo que la expiración de dichos términos no impide quelas correspondientes actuaciones se lleven a cabo con posterioridad a ella. Loanterior, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias que puedanoriginarse con motivo de la inobservancia de los plazos que la ley fija para eldesempeño de las funciones o facultades de los servicios públicos.

RESUELVO:

1° Otorgúese la acreditación como evaluadores externos a los 30 profesionales que seindican a continuación, de los cuales 18 corresponden a psicólogos/as y 12 aasistentes sociales, desagregados por regiones, por ciudad/localidad, por el períodocomprendido desde la dictación del presente acto y hasta el 31 de diciembre de2018:

REGIÓN DE TARAPACÁ

Región

1

1

Ciudad/LocalIdad

IQUIQUE

(QUIQUE

R.U.T.

9882726

10550129

9

3

Nombre Evaluador/a

MARIELAXIMENA

AMANDA FABIOLA

MORENO

ROCO

ROJAS

ALVARADO

ProfesiónASISTENTESOCIAL

PSICÓLOGA

Puntaje

88

73

REGIÓN DE ATACAMA

Región

3

Ciudad/Localidad

COPIAPO

R.U.T.

17055004 8

Nombre Evaluador/a

GISELLE LOURDES ADAOS MOLINA

Profesión

PSICÓLOGA

Puntaje

80

REGIÓN DE VALPARAÍSO

Reglón

5

5

5

5

5

5

Ciudad/Loca»dadSAN

ANTONIOSAN FELIPE,LOSANDFSLA LIGUA,PETORCA

VALPARAÍSO

VALPARAÍSO

SAN FELIPE

R.U.T.

16549463

13051605

12623450

13603327

13996992

16334557

6

K

3

1

8

9

Nombre Evaluador/a

CAROLINA EUGENIA

MONICA ALEJANDRA

MARGARITA

PAOLA ALEJANDRA

LORENA PATRICIA

MARÍA JOSÉ

MONDACA

GONZÁLEZ

DE LA FUENTE

MOYA

MUJICA

CAMPOS

VARAS

GONZÁLEZ

FUENTE ALBA

HERNÁNDEZ

GALLARDO

ZUÑIGA

ProfesiónASISTENTISOCIAL

ASISTENTESOCIALASISTENTESOCIAI

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

Puntaje

80

80

75

85

80

77

Page 4: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS

Región

6

6

Ciudad/Local!

dad

PROVINCIA

COLCHAGUA

PROVINCIA

COLCHAGUA

R.U.T.

16882136

16879391

0

K

Nombre Evaluador/a

KAREN ANDREA

MARÍA JOSÉ

Al Al (CON

ACEITUNO

NUÑEZ

FARÍAS

Profesión

ASISTENTE

SOCIAL

PS1CÓLOGA

Puntaje

70

89

Reglón

7

Ciudad/LocalIdad

TALCA

R.U.T.

12899066 6

REGIÓN DE MAULE

Nombre Evaluador/a

HUGO JOSÉ | MALLEA MUÑOZ

Profesión

PSICÓLOGO

Puntaje

81

REGIÓN DEL BIOBJO

Región

8

8

Ciudad/LocalIdad

NUBLE

NUBLE

R.U.T.

16445584

13724829

K

8

Nombre Evaluador/a

ELIZABETH MARGARITA

KARIN LEE

SOTO

HOTT

CÁDIZ

HEINRICH

Profesión

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

Puntaje

82

79

REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Regkta

9

9

9

Ciudad/Local

[dad

TEMUCO

TEMUCO

TEMUCO

R.U.T.

14220277

15986587

17918243

8

8

2

Nombre Evaluador/a

TAÑÍA ANDREA

CLAUDIA ANDREA

VALERIA PILAR

MORALES

LICANQUEO

CARTES

CARRASCO

CURIQUEO

ULLOA

ProfesiónASISTENTE

SOCIAI

ASISTENTESOCIAI

PSICÓLOGA

Puntaje

73

72

72

REGIÓN DE LOS LAGOS

Reglón

10

10

10

Ciudad/LocalIdad

OSORNO

PUERTO

MONTT

OSORNO

R.U.T.

17198978

8682613

17240666

7

5

1

Nombre Evaluador/a

GABRIELA FERNANDA

PATRICIA SOLANGE

PAULINA ANDREA

REYES

RIESGO

LILLO

TELLEZ

AVFNDAÑO

HIGUERA

ProfesiónASISTENTE

SOCIAL

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

puntaje

71

91

77

REGIÓN DE AYSÉN

Regjón

11

11

Ciudad/LocalIdad

COYHAIQUE

COYHAIQUE

R.U.T,

9636732

10332250

5

2

Nombre Evaluador/a

CLAUDIO FERNANDO

YASNA CAROLA

ANDRADE

DELGADO

CÁRCAMO

MELLA

ProfesiónASISTENTE

SOCIAI

PSICÓLOGA

Puntaje

77

87

REGIÓN DE MAGALLANES

Reglón

12

12

12

Ciudad/LocalJdad _PUNÍA

ARENAS

NATALES

PUNTA

ARENAS

R.U.T.

14525011

16965030

18393862

0

6

2

Nombre Evaluador/a

MARÍA LAURA

CAMILA FERNANDA

FHANCISí A

RONGO

BALIC

DROPPELMANN

DESRETS

RUBIO

CORREA

ProfesiónASISTENTE

SOCIAL

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

Puntaje

78

74

70

Page 5: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

Reglón

15

15

15

15

15

Ciudad/local¡dad

ARICA

ARICA

ARICA

ARICA

ARICA

R.U.T.

14105335

13637657

8953333

13960429

18518762

3

8

3

6

4

Nombre Evaluador/a

PAULA ANDREA

KARINAKATHERINE

ALEXANDER MAGNO

YOHANADEBBETT

FRANCISCA EVELYN

MENESES

ESCUDERO

SALINAS

NLIÑÍZ

LATORRE

MENDOZA

VALDÉS

ACUÑA

SEPÜLVEDA

GUERRERO

Profesión

ASISTENTE

SOCIAL

ASISTENTE

SOCIAL

PSICÓLOGO

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

Puntaje

85

80

80

79

78

2° Rechácese la acreditación como evaluadores externos a los 13 profesionales quese indican a continuación, de los cuales 6 corresponden a psicólogos/as y 6corresponden a asistentes sociales, desagregados por regiones, porciudad/localidad, por cuanto, no dieron cumplimiento a los requisitos establecidos enlos lineamientos administrativos para la acreditación y desempeño de evaluadoresexternos del Programa de Adopción.

REGIÓN DE TARAPACÁ

Reglón

1

Ciudad/Local

(dad

IQUIQUE

R.U.T.

16549727 9

Nombre Evaluador/9

LORENA PATRICIA GÓMEZ GALLEGU1LLOS

Profesión

PSICÓLOGA

Puntaje

85

REGIÓN DE ATACAMA

Reglón

3

3

Ciudad/Local

Idad

COPIAPÓ

COPIAPÓ

R.U.T.

16559243

12568507

3

2

Nombre Evaluador/a

VANESSAMARICEL

CATISIS CRISTI NA

DÍAZ

LOBOS

LILLO

ALCOTA

Profesión

PSICÓLOGA

PSICÓLOGA

Puntaje

78

75

REGIÓN DE VALPARAÍSO

Región

5

5

5

Ciudad/LocalIdad

QUILPUÉ

SAN FELIPE

SAN FELIPE

R.U.T.

16403032

10817810

17126392

6

8

1

Nombre Evaluador/a

ANGELA CECILIA

PATRICIA ALEJANDRA

ZACHA AMANDA

ROCHA

RIVAS

COLIPÁN

VARAS

MARDONES

MACÍAS

Profesión

ASISTENTE

SOCIAL

ASISTENTESOCIAL

PSICÓLOGA

Puntaje

69

68

68

REGIÓN DE LAARAUCANÍA

Región

9

9

Ciudad/Local

Idad

TEMUCO

TEMUCO

R.U.T.

15653556

12160771

7

9

Nombre Evaluador/a

EVELYN BELÉN

CLAUDIA LORÉTO

MARDONEZ

BARRIENTOS

PAZ

QUIROZ

ProfesiónASISTEN7T

SOCIAl

ASISTENTE

SOCIAL

Puntaje

70

70

REGIÓN DE LOS LAGOS

Reglón

10

10

10

Ciudad/Loca!

Idad

OSORNO

OSORNO

PUERTOMONTT

R.U.T.

13848519

13165308

17298359

6

5

6

Nombre Evaluador/a

VIVIANA ANDREA

NAYARETH VERÓNICA

E VA PILAR

SÁNCHEZ

URIBE

JAHN5EN

IMIIAN

KUSCHELT

HERNÁNDEZ

Profesión

ASISTENTESOCIAL

ASISTENTESOCIAL

PSICÓLOGA

Puntaje

66

60

58

Page 6: 2822 - sename.cl · 10° Que, de acuerdo a lo expuesto, procede resolver el presente concurso en las regiones, ciudades o localidades que a continuación se indican, haciendo

REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA

Región

15

15

Ciudad/Local¡dad

ARICA

ARICA

R.U.T.

16772381

14026500

0

4

Nombre Evaluador/a

CHARLOTTE LORRETO

CAROLINA ALEJANDRA

RAMÍREZ

CABRERA

OSORIO

AGUILERA

ProfesiónASISTENTESOCIAI

PSICÓLOGA

Puntaje

36

39

3° Declárese desierta parcialmente esta convocatoria, debidamente aprobada através de la Resolución Exenta N° 1156, de fecha 11 de abril de 2018, de estaDirección Nacional, por cuanto no se presentaron postulantes, o bien, los que sepresentaron, no cumplieron con los requisitos exigidos en los "LineamientosAdministrativos para la Acreditación y Desempeño de Evaluadores Externos delPrograma de Adopción 2018":

REGIÓN

REGIÓN DE ANTOFAGASTA

REGIÓN DE ATACAMA

REGIÓN DE COQUIMBO

REGIÓN DE VALPARAÍSO

REGIÓN DEL LIBERTADOR

GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

REGIÓN DEL BÍO - BÍO

REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

REGIÓN DE LOS LAGOS

REGIÓN DE AYSÉN

REGIÓN DE MAGALLANES Y DELA ANTARTICA CHILENA

REGIÓN METROPOLITANA

REGIÓN DE LOS RÍOS

ASISTENTESOCIAL

11

-

-

121

2-

111

311

PSICÓLOGO/A

111111121

12121111""

-

1

CIUDAD/LOCALIDAD

Calama

TaltalTocopilla

ChañaralVallenar

Limarí

Viña del MarSan Antonio

Petorca - La Ligua

Provincia de Colchagua

Provincia de Cardenal Caro

Nuble (Chillan)

Biobío (Los Ángeles)

Temuco, Villarrica - Pucón

OsornoChiloé (Castro - Ancud)Puc.'ito Aysrn

Natales

Santiago

Valdivia

Raneo

4° Publíquese la presente resolución en la página web de este Servicio.

ANÓTESE Y COMUNIQÚESE.

NDAMITRI

NacionalNACIONAL DE MENORES

C/CCG/CVSC/MITU/prg

J3j}trlt;ycíón: I- Interesados- Dirección Nacional- Departamento Jurídico- Directores Regionales de I, II, III, VI, V, VI, Vil, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV- Unidades de Adopción de I, II, III, VI, V, VI, Vil, VIII, IX, X, XI, XII. XIII, XIV y XV- Departamento de Adopción- Oficina de Parles.