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Personas fiscas: ISR E IETU AnualTRANSCRIPT
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Síganos:
15/ABRIL/2011251
$149.00 MN
EXHIBIRSE HASTAEL 03/05/2011BOLETÍN QUINCENALAÑO 25 · 4a ÉPOCA
Personasfísicas: ISR
e IETU anualResuelva diversas controversias sobre estaimportante obligación y cumpla en tiempo y forma
¡Pago con tarjeta!0
Presentar dictamen=0
declaración anualCasos prácticos0
Honorarios0
Arrendamiento0
Llenado en el DeclaraSAT0
LABORAL
Claroscuros
de la posiblereforma laboralIdentifique los aspectos queimpactarán a su empresa de lareciente iniciativa de enmiendasa la legislación laboral 2
FISCAL Y CONTABILIDAD FISCAL SEGURO SOCIAL
Descubra si sutrabajador esacreditadoConozca el procesopara investigar si sus
colaboradores cuentan conun crédito del Infonavit 7
JURÍDICO CORPORATIVO
Cliente yproveedor,dos realidadesRespuestas a los conflictosmás comunes en lapráctica cuando se está encualquiera de estos roles 2
Migración ydivorcioEstudio sobre la validezde las capitulacionesmatrimoniales y el régimende separación de bienes enCalifornia (EUA) 10
COMERCIO EXTERIOR
Artículosmexicanos sin TLCObtenga su “Certificadode origen de artículomexicanos” si exporta
mercancías a paísessin TLC 2
IDCONLINE
Agenda deObigaciones 2011Lleve las fechas relevantesde IDONLINE a su Googlecalendar y cumpla a tiempocon sus obligaciones
Las aportacionespatronales de
5% son unabuena inversión
pues astodos los
trabajadorespueden adquirir
una vivienda”
CP. Víctor Manuel Borrás Setién
Director General del Infonavit
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Los Editores
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IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, se publica quincenalmente y encierra en su contenido informaciónFiscal, Laboral, Seguridad Social, Jurídico-Corporativa y de Comercio Exterior. Suscripción anual:$4,190.00 pesos (24 números). Ejemplar suelto: $149.00 pesos.Impreso en Servicios Profesionales de Impresión Mimosas 31, Col. Sta María Insurgentes Del.Cuauhtemoc, México D.F. C.P. 06430
Reforma laboral,un milagro
E
l desarrollo de cualquier país es impensable sin el sustento de unmarco legal actualizado, sin embargo en el caso de México al pare-cer eso no es así, al menos en lo que respecta a la materia laboral.
Esto se trae a colación porque aun cuando durante años (para ser pre-cisos desde 1989) diversos sectores de la población han hecho hincapiésobre necesidad de reformar la ley laboral con el ánimo de resolverproblemáticas añejas, prácticas indebidas y lagunas jurídicas que afec-tan a los patrones, trabajadores y la propia autoridad, tanto en la aplica-ción de las normas laborales, como en la substanciación de los procesosy demandas donde se dirimen controversias, los legisladores aún no seatreven a tocar ese tema “tan sensible”.
A menos de un mes de que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) pre-sentara ante la Cámara de Diputados su propuesta de enmiendas a la LeyFederal del Trabajo, la cual según esa fracción parlamentaria y la de Acción
Nacional tenía grandes posibilidades de aprobarse, todo indica que correrála misma suerte de las iniciativas anteriores: quedarse en el tintero.
Este escenario se deduce tras escuchar con tristeza algunas de las declara-ciones de los diputados, quienes denotan su intención de que una vez másse van a tomar su tiempo para reformar ese ordenamiento, tan es así quevarios señalan que deben analizarse los aspectos controvertidos y otros me-
jor han optado por revisar las iniciativas presentadas desde 2009 a la fecha,a fin de identificar las coincidencias y elaborar un predictamen.
Mientras tanto hay otros diputados que se están encargando de calentarlos ánimos del sector obrero haciendo declaraciones a ligera, pues notodo lo que dicen es verdad.
Como puede apreciarse la poca seriedad y veracidad de la clase políticamexicana, es lo que realmente impide hacer una prospectiva real acerca dela necesaria y pertinente reforma laboral, así como su aprobación.
Visite nuestro portal:
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COLABORADORES ESPECIALESLic. Ivan Rueda Heduán, sócio-director de la firma Abogados Empresariales, S.C., Lic. OctavioCarvajal Bustamante, miembro de la Comisión Laboral de Concamin y socio de la firma Carvajal,Rubalcava y Asociados, Dr. Hugo Italo Morales Saldaña, Asesor laboral de la Canacintra y de laAntad y socio de su propia firma, Lic. Tomás Natividad Sánchez, asesor laboral de Coparmex ydirector del despacho Natividad Abogados S.C., Lic. Julio Flores Luna, socio del despacho Goodrich
Riquelme y Asociados y miembro de la Comisión de Asuntos Laborales de Coparmex, Lic. LuisVelasco Ramírez, Consultor independiente, Lic. Dionisio Kaye, socio de la firma Kaye abogadosS.C., Lic. Mario Becerril Hernández, Director General del Despacho Asesoría y Defensa LegalAduanera, Lic. Víctor Monroy Juárez, socio y director del despacho Monroy Abogados, S.C., Lic.Ricardo de Buen Rodríguez, socio director del despacho De Buen Rodríguez Abogados S.C.
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1986. Número de reserva al Título otorgado por la Dirección General del Derecho de Autor No. 641- 86.No. ISSN 1870-1280.
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Tratamiento integral de la nóminaObjetivo:
Conocer de manera integral las disposiciones aplicables a la administración de una nómina.
Temario
Contratos que legalmentedeben celebrarse
0 Contratos por obra o tiempodeterminado e indeterminado(características y cláusulasrelevantes)
0 Improcedencia de los contratos aprueba y de asimilables a salarios
Obligaciones de seguridad socialderivadas de la contratación laboral
0 Puntos a considerar sobre laimportancia de la afiliación patronal
0 Responsabilidades patronales sobrela afiliación de los trabajadores;importancia de la afiliación previa,sanciones y consecuencias por suomisión o extemporaneidad
0 Presentación de las modificacionessalariales y consecuencia de suomisión o extemporaneidad
0 Afiliación al Infonavit y pago de
aportaciones patronales bajo lasbases de la legislación de seguridadsocial
Importancia de la correcta determinaciónde la clase y prima de riesgos de trabajo
0 Costos de la accidentabilidad de laempresa
0 Control de la siniestrabilidad yconsecuencias de su omisión
0 Consecuencias de la omisión dedeterminar la prima del Seguro deRiesgos de Trabajo
0 Problemática de la presentaciónextemporánea de la Declaración dela Prima del Seguro de Riesgos deTrabajo
Determinación del ISR por salarios0 Determinación del ISR0 Subsidio para el empleo0 Ingresos exentos para los
trabajadores2 Ingresos totalmente exentos2 Ingresos parcialmente exentos
0 Tiempo extra y días de
descanso0 Aguinaldo0 PTU0 Prima Vacacional0 Previsión Social0 Fondo de ahorro
Exacta determinación delsalario base de cotización
0 Determinación de la base salarialpara el pago de cuotas
0 Prestaciones integrantes y nointegrantes de la base de cotización
0 Descuentos en las liquidaciones(incapacidades y ausentismos)
Formas de terminación del contratodel trabajo y pagos a efectuar
0 Separación voluntaria0 Incapacidad permanente total0 Invalidez0 Muerte0 Rescisión de contrato0 Despido injustificado0 Terminación colectiva
Cuándo y cómo rescindirun contrato de trabajo
0 Supuestos legales0
Procedimiento a seguir0 Importancia de las ActasAdministrativas
0 Contenido e importancia del Aviso deRescisión
0 Pagos a cubrir
Consecuencias de un despido injustificado0 Procedimiento a seguir para
efectuarlo y evitar demandas0 Pagos a cubrir
INFORMES E INSCRIPCIONES:
0 Servicio a Clientes: (55) 91 77 43 420 Fax: (55) 91 77 41 080 Llame sin costo al: 01 800 017 84 36
Dirigido a:Contadores, personal de recursos humanos y todo aquel interesado en manejar correctamente los
aspectos legales de sus recursos humanos.
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DATOS DEL EVENTO:
0 Sede: Hotel Sevilla Palace, México D.F0 Fecha: 12 de mayo0 Horario: 9:00 a 18:00 hrs.0 Costo al público en general: $5,000 +IVA0 Incluye: Comida y material de apoyo
Temario y expositores sujetos a cambio
sin previo aviso
Tratamiento integral de la nóminaObligaciones de seguridad social altérmino de las relaciones laborales
0 Bajas de los trabajadores yconsecuencias en caso de omisión oextemporaneidad
Cálculo del ISR a retener cuando termina
la relación laboral0 ISR por finiquitos0 ISR por pagos de indemnización
Requisitos para que proceda la deducciónde la nómina en ISR
0 Presentación de declaracionesinformativas
0 Entero y retención de impuesto, y ensu caso, entrega del subsidio para elempleo
0 Inscripción de los trabajadores al RFC
Repercusiones en el IETU0 No deducibilidad de la nómina0 Crédito por salarios0 Efectos de la previsión social en el
IETU
Imposición de multas por incumplimientode obligaciones
0 Supuestos de imposición de multas ysu importe
0 Análisis de los Acuerdos delConsejo Técnico del IMSS, relativosa la condonación de multas y ala improcedencia de multas porcumplimiento extemporáneo peroespontáneo
Sistema de Ahorro para el Retiro0 Cómo se constituyen las cuentas
individuales0 Derecho a la obtención de pensiones
bajo la Ley de 1973 y la actual0 Retiro del SAR’92
Lic. Lucía Elisa Pérez López, licenciada en Derecho por la Facultadde Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).Litigante en materia laboral con seis años de experiencia. Se hadesempeñado desde hace más de dos años como consultora y editora deSeguridad Social de IDC, Asesor Jurídico y Fiscal y cuenta con estudiossobre la materia por el Instituto Tecnológico Autónomo de México.
CP. Erika María Rivera Romero, licenciada en Contaduría Pública,egresada de la Escuela Superior de Comercio y Administración delInstituto Politécnico Nacional. Especialista en materia laboral y seguridadsocial con más de 10 años de experiencia. Profesionalmente se hadesempeñado como encargado senior de auditoría de Seguro Social eInfonavit; editor y consultor laboral y de seguridad social en diversas
publicaciones de corte técnico-fiscal; expositora en diversos eventosy actualmente es Coordinador Editorial de las Secciones Laboral y deSeguridad Social en IDC, Asesor Jurídico y Fiscal.
Lic. Leopoldo Adolfo Gama García. Licenciado en Derecho,egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónomade México (UNAM), con más de 15 años de experiencia en materia laboral.Actualmente es editor y consultor de IDC, Asesor Jurídico y Fiscal.
L.C. Francisco Brito Márquez. Licenciado en Contaduría yespecialista fiscal por la Universidad Nacional Autónoma de México.Profesionalmente se ha desempeñado como asesor fiscal de personasfísicas en la UNAM, en Perfumes Christian Dior de México, Grupo Plany actualmente se desempeña como coordinador de consultoría de IDCAsesor Jurídico y Fiscal.
Expositores
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02
09 PARA TOMARSE EN CUENTACAMBIO DE DOMICILIO ¡POR0 INTERNET !¡REGLAS PARA DEDUCIR COLEGIATURAS!0
¿MULTA A PESAR DE COMPLEMENTARIA?0
REQUERIMIENTO PREVIO DE AUTORIDAD=MULTA 0
NUEVO0 SOFTWARE PARA PEDIR DEVOLUCIONES
11 LA EMPRESA CONSULTAAHORRO PARA EL RETIRO 0
DONATIVOS AL INICIAR LA OPERACIÓN0
CAMBIO DE DOMICILIO DE TRABAJADOR0
COASEGURO: ¿DEDUCCIÓN PERSONAL?0
13 DE ACTUALIDADSÍNTESIS DE LO MÁS RELEVANTE EN MATERIA FISCAL 0
PUBLICADO EN EL DOF Y EN LA GACETA OFICIAL DELDF DEL 14 AL 29 DE MARZO DE 2011
IDCONLINE$220,000 MILLONES COSTARÍA LA REFORMA0
PRI ELIMINARÁ PRIVILEGIOS Y DEDUCCIONES0
CANDEREL Y SPLENDA, 0 CALORÍAS 0% IVA0
EL SAT A UN CLIC DE DISTANCIA0
NO OLVIDES OBTENER O RENOVAR TU FIEL0
PAGO DE DEDUCIBLE: NO ES OBJETO DEL IVA0
REGLAS PARA DEDUCCIÓN DE COLEGIATURAS0
VERSIÓN 2.6.1. DEL SOFTWARE F32410
Revise la adecuada mecánica fiscal y algunos tópicosimprecisos en la ley para exhibir la declaración anualexitosamente
Apuntes para la anual
de personas físicas
DE TRASCENDENCIA
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Relación de disposiciones en materia fiscal publicadas en elDOF y la Gaceta Oficial del DF del 14 al 29 de marzo de 2011.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Tasas para el cálculo del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a
la enajenación de gasolinas y diesel en el mes de febrero de 2011
(15 marzo)
Se dan a conocer las tasas para calcular el impuesto indicado aplicables en
febrero de 2011
Suprema Corte de Justicia de la NaciónAcuerdo General número
3/2011, de veintidós de
marzo de dos mil once, del
Pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación
(29 de marzo)
Los Juzgados de Distrito suspenderán el envío directo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de los amparos en revisión
en los que se alegue la inconstitucionalidad del artículo 109, fracción III, de la LISR, publicada en el DOF del 1o de enero de 2002, por
eso los recursos respectivos se remitirán a los Tribunales Colegiados de Circuito. Los Tribunales que conozcan de los asuntos en comento
continuarán el trámite hasta el estado de resolución y aplazarán el dictado de las sentencias respectivas hasta que la SCJN establezca los
criterios relativos y se emita el Acuerdo correspondiente.
Vigente a partir del 30 de marzo de 2011
Acuerdo General número
4/2011, de veintidós de
marzo de dos mil once, del
Pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación
(29 de marzo)
Los Juzgados de Distrito enviarán a la SCJN los amparos en revisión donde se impugne la constitucionalidad de los artículos 64, 65, 68, 70-A,
71-A y Cuarto Transitorio, fracción VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicada en el DOF del 7 de diciembre de 2009 (a través de los
cuales se introducen diversas modificaciones al régimen de consolidación fiscal vigente a partir de 2010), en los que se hubiese dictado o se
dictare la sentencia correspondiente y que en su contra se hubiere interpuesto o se interponga el recurso de revisión.
En los amparos radicados en los Tribunales Colegiados de Circuito se continuará el trámite hasta el estado de resolución y aplazará el dictado
de ésta, sin que corran los plazos de la caducidad, hasta en tanto la SCJN establezca los criterios respectivos, y se emita el Acuerdo General
Plenario correspondiente.
Vigente a partir del 30 de marzo de 2011
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Secretaría de Finanzas del DF
Resolución de carácter
general mediante la cual
se condona parcialmente
el pago del impuesto sobre
nóminas
(15 de marzo)
Se condonará parcialmente el pago del impuesto sobre nóminas (ISN) del ejercicio fiscal 2011, a las empresas cuya plantilla laboral al 31 de
diciembre de 2010 estuviera compuesta por el siguiente número de trabajadores:
Beneficiarios Número de trabajadores Porcentaje de condonaciónMicro empresas De 1 a 10 40%
Pequeñas empresas De 11 a 30 28%
Medianas empresas De 31 a 60 20%
Para gozar del beneficio es necesario:
no disminuir la plantilla laboral respecto al promedio del último trimestre, inmediato anterior al mes declarado durante todo el 20110
haber pagado el ISN puntualmente del ejercicio 2010 y seguir cubriéndolo así en 20110
estar registrados en el padrón de contribuyentes del ISN de la Tesorería del DF0
manifestar bajo protesta de decir verdad estar al corriente en el pago de impuestos predial, y por la prestación de servicios de0
hospedaje, así como por los derechos por el suministro de agua.
Los interesados en acceder al beneficio proporcionarán los datos requeridos, obteniendo un formato de impresión con el cual se le dará unacita para acudir a la Administración Tributaria indicada en ese documento para formalizar la solicitud, ante quien presentarán, original y
copia para cotejo:
del formato de solicitud generado por el propio sistema0
la identificación oficial del contribuyente donde conste su firma, cuando actúe a nombre propio, o en su caso, la de su representante0
legal exhibiendo al efecto el instrumento notarial respectivo
la tarjeta de identificación patronal expedida por el IMSS0
del archivo electrónico de su plantilla laboral en el formato de base de datos (disponible en0 www.finanzas.df.gob.mx ) que contendrá:
nombre, RFC y CURP de cada trabajador, así como la base gravable. Ese archivo se entregará en un CD
En la Administración Tributaria recibirán y revisarán la documentación a los contribuyentes, asignándoles un número de identificación, con
el cual obtendrán la línea de captura de forma mensual, donde se contendrá la condonación correspondiente, y con ello se efectuará el pago
del ISN vía transferencia en el portal bancario, directamente en el banco, o en la tienda de autoservicio o departamental autorizados.
Los contribuyentes que hubieren presentado su solicitud y procedan a efectuar el pago por vez primera con la condonación, se aplicaráen los términos siguientes, si el contribuyente recibe su número de identificación:
antes del día 15, será para el mismo período0
después del día 15, será para el siguiente período0
Vigente a partir del 15 de marzo de 2011 al 17 de enero de 2012
Acuerdo por el que se
otorgan facilidades
administrativas para la
constitución del régimen de
propiedad en condominio
de viviendas de interés
social o popular, así como
para la escrituración de
las unidades privativas
resultantes, y se
emite resolución de
carácter general, para
la condonación del pago
de las contribuciones y
aprovechamientos que se
indican
(16 de marzo)
Para facilitar la formalización de las transmisiones de las unidades de propiedad exclusiva resultantes de la constitución del Régimen
de Propiedad en Condominio, a los contribuyentes propietarios de viviendas de interés social y popular se condona el 100% del pago:
del impuesto predial. El beneficio se aplicará a todos los adeudos existentes de 2010 y de ejercicios fiscales anteriores, incluyendo0
gastos de ejecución, recargos, actualizaciones, diferencias o modificaciones, según corresponda, dejando de aplicarse cuando se
concluya el trámite respectivo o a más tardar en un año a partir de que se inicie el trámite de obtención de la constancia relativa emitida
por el Instituto de Vivienda del DF, lo que ocurra primero. Por ende, es necesario obtener dicha constancia
de contribuciones de mejoras, y diversos derechos relacionados con el acto en análisis. Es necesario obtener la constancia respectiva0
otorgada por el Instituto de Vivienda del DF
del impuesto sobre adquisición de inmueble. Aplica al poseedor que adquiera las unidades privativas resultantes, sin perjuicio de que0
para ello también se aplique para las transmisiones que fueren necesario realizar, haciéndose constar en un solo instrumento notarial
El valor de la vivienda de interés social y popular será el que limitativamente dispone la Ley de Desarrollo Urbano del DF, considerando cada
Unidad de Propiedad Exclusiva resultante como una vivienda, tomando en cuenta el valor catastral que corresponda, de acuerdo con el
dictamen que para tal efecto emita el Director Responsable de Obra respectivo autorizado por la Secretaría de Desarrollo Urbano
y Vivienda, aplicando los valores unitarios consignados en el Código Fiscal del DF.
Vigente a partir del 17 de marzo al 31 de diciembre de 2011
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251 02
Conozca como determinar el ISR e IETU por el ejercicio2010 para cumplir correctamente con la presentaciónde la declaración anual
A declarar honorarios
y arrendamiento
CASOS PRÁCTICOS
Mediante nuestro caso práctico interactivo, podrárealizar los cálculos de su situación particular parael cálculo del ISR por derechos de autor y pago en
seis parcialidades del ISR
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Claroscuros de la
posible reforma laboralIdentifique los aspectos más importantes de la iniciativa deenmiendas a la Ley Federal del Trabajo presentada recientemente alCongreso de la Unión por el Partido Revolucionario Institucional (PRI)
RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO
RESCISIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
DESPIDO INJUSTIFICADO
TERMINACIÓN DEL VÍNCULO LABORAL
CONDICIONES DE TRABAJO
SALARIO Y SUS NORMAS PROTECTORAS
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PATRONALES
CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO
RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
TÉRMINOS PROCESALES
NOTIFICACIONES
14 ¡SANTOS DÍAS LABORABLES!
S/P OTRAS DISPOSICIONESSÍNTESIS Y COMENTARIOS SOBRE LOS MÁS0
RELEVANTE EN MATERIA LABORAL, PUBLICADO
EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 13AL 29 DE MARZOProcedimiento alternativo autorizado por1
la Secretaría del Trabajo y Previsión Socialpara la Norma Oficial Mexicana NOM-010-STPS-1999, Condiciones de seguridad ehigiene en los centros de trabajo dondese manejen, transporten, procesen oalmacenen sustancias químicas capacesde generar contaminación en el medioambiente laboral
(Ver más información en el próximonúmero)
IDCONLINELOS RETOS DE LA ALTA DIRECCIÓN EN MÉXICO0
PAPEL DE SINDICATOS EN REFORMA LABORAL0
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02
05 PARA TOMARSE EN CUENTACÓMO AFECTA INVALIDEZ E IPT A ACREDITADOS0
CAMBIA AVISO DE RETENCIÓN DE CRÉDITOS0
07 CASOS PRÁCTICOSDESCUBRA SI SU TRABAJADOR ES ACREDITADO0
Entérese de la situación de los candidatos aocupar puestos vacantes en su negociación ycumpla oportunamente con sus obligaciones
SEGURO SOCIAL
09 PARA TOMARSE EN CUENTACÓMO DICTAMINAR IMSS EN 20110
PROGRAMA IMSS-OPORTUNIDADES EN 20110
SAR
12 PARA TOMARSE EN CUENTAPUBLICACIONES CONSAR A MARZO DE 20110
S/P DE ACTUALIDADSÍNTESIS Y COMENTARIOS SOBRE LO MÁS RELEVANTE0
EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL PUBLICADO ENEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 14 AL 29DE MARZO(Sin publicación relevante)
IDCONLINESE LIBERA TOPE DE CRÉDITO CONYUGAL0
SEGURO POPULAR ¿SUSTITUYE AL IMSS?0
Identifique la importante labor que realiza este Institutoy cómo coadyuva usted al logro de sus objetivos con elpago de sus aportaciones, en voz de su director general
Infonavit avanza con paso firme
INFONAVITCRITERIOS ADMINISTRATIVOS
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02
DE TRASCENDENCIA
Personas físicas y morales están constantementeinvirtiendo los papeles, aquí una muestra de las cuestionescontrovertidas resueltas por la legislación del consumidor
Cliente y proveedor,
dos realidades
07 PARA TOMARSE EN CUENTATABACO,0 ESCONDIDO Y AFUERA, CONSTITUCIONALNUEVO PROCEDIMIENTO REGISTRAL0
09 LA EMPRESA CONSULTATRÁMITES INTERRUMPIDOS ANTE NOTARIO0
SIN LÍMITE DE MARCAS0
SERVICIOS A DISTANCIA0
PINTURAS CARITATIVAS0
10 RÉGIMEN MIGRACIÓN Y DIVORCIO:0
IMPACTO AL PATRIMONIOLas capitulaciones matrimoniales,escasamente celebradas, pueden tenerrepercusiones severas, note la importanciade efectuarlas
12 NORMAS OFICIALESDISPOSICIONES DICTADAS POR LAS DIVERSAS0
SECRETARÍAS DE ESTADO EN EL PERÍODO
COMPRENDIDO DEL 27 DE FEBRERO AL 29 DE MARZO 13 DE ACTUALIDAD
SÍNTESIS Y COMENTARIOS SOBRE LO MÁS0
RELEVANTE EN MATERIA JURÍDICO CORPORATIVAPUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LAFEDERACIÓN Y EN LA GACETA OFICIAL DEL DF, EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 14 AL 29 DE MARZO
IDCONLINECONOCE EL VALOR EXACTO DE TU EMPRESA0
MÁS REGLAS CONTRA EL LAVADO DE DINERO0
CONSULTA ANTES DE CONTRATAR0
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Disposiciones dictadas en materia de Normalización, publicadasen el DOF, del 27 de febrero al 29 de marzo de 2011.
Secretaría de Salud
NOM y fecha depublicación
Campo de aplicación
NOM-249-SSA1-2010,
Mezclas estériles:
nutricionales ymedicamentosas, e
instalaciones para su
preparación (4 de marzo)
Es de carácter obligatorio para todos los establecimientos dedicados a la preparación y dispensación de mezclas estériles: nutricionales y
medicamentosas, por prescripción médica para utilizar o administrar mezclas de calidad a los pacientes.
En vigor a partir de los 180 días naturales posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a excepción de sunumeral 6.1 el cual entrará en vigor a los 18 meses posteriores a la misma fecha
Secretaría de Economía
NMX-B-124-CANACERO-
2011
(Declaratoria de Vigencia)
(3 de marzo)
Fija la preparación de la superficie de la parte a ser inspeccionada, las técnicas de magnetización, los requisitos y la aplicación del medio
de detección y el registro e interpretación de los resultados. No establece los criterios de aceptación. Los requisitos adicionales para la
inspección por partículas magnéticas de piezas o componentes específicos, se establecen en la norma particular del producto.
Esta norma no se aplica a los métodos de magnetización residual. En vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria
de vigencia en el DOFNMX-F-112-NORMEX-2010
(Declaratoria de Vigencia)
(8 de marzo)
Establece el método de ensayo (prueba) refractométrico para la determinación de sólidos solubles en alimentos. Este método aplica a
productos con viscosidad variable, que contengan materia en suspensión y azúcares. Si los productos contienen algunas otras sustancias
disueltas, los resultados serán aproximados; no obstante, para fines prácticos, el resultado obtenido por este método, se puede considerar
convencionalmente como contenido de sólidos solubles. En vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de
vigencia en el DOF
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Disposiciones relacionadas con el sector empresarial,publicadas en el DOF y en la Gaceta Oficial del DF, del 14 al 29 de marzo.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Disposición Contenido
Resolución por la que se expiden
las Disposiciones de carácter
general a que se refieren
los artículos 115 de la Ley deInstituciones de Crédito:
en relación con el 87-D de la0
Ley General de Organizaciones
y Actividades Auxiliares del
Crédito y 95-Bis de este último
ordenamiento, aplicables a las
sociedades financieras de objeto
múltiple
aplicables a las sociedades0
financieras de objeto limitado
Se dan a conocer las reglas que deberán aplicar las SOFOMES (reguladas y no reguladas) y las SOFOLES para prevenir y detectar las operaciones
que pudiesen ubicarse en alguno de los supuestos previstos en los artículos 139 (terrorismo), 148 Bis (terrorismo internacional) o 400 Bis
(operaciones con recursos de procedencia ilícita) del Código Penal Federal.
Por ende, se redefinen términos para estas dos clases de sociedades, entre los que destacan:cliente, cualquier persona física o moral que:0
actúe a nombre propio o a través de mandatos o comisiones, que sea acreditado de una entidad1
utilice, al amparo de un contrato, los servicios prestados por la entidad o realice operaciones con ésta1
efectúe operaciones a través de fideicomisos en los que la entidad tenga el carácter de fiduciario1
sujetos obligados, son las entidades o sociedades sujetas a las obligaciones a que se refieren los artículos 115 de la Ley de Instituciones de0
Crédito y 124 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (sociedades financieras populares)
usuario, la persona física o moral que realice una operación con la entidad respectiva o utilice los servicios que le ofrezca dicha entidad, sin0
tener una relación comercial permanente con ésta (no existiendo relación comercial permanente cuando la referida persona no hubiere
contratado un crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero, no realice operaciones a través de fideicomisos, y cuando los
servicios prestados por la entidad, así como las operaciones que se realicen con ésta, sean actos de ejecución instantánea, en los cuales la
relación comercial entre la entidad y el usuario inicie y concluya con la simple ejecución del acto)
Asimismo, se detallan las políticas de identificación y de conocimiento del cliente y del usuario, y se fijan las reglas para hacer los reportes deoperaciones relevantes, inusuales, internas preocupantes y otras que impactan a las mismas.
Las Disposiciones referidas en concordancia con la décima segunda transitoria de las Disposiciones publicadas en el DOF el 20 de abril de 2009,
implican que ya no tienen que aplicarse las Reglas publicadas en el DOF el 28 de noviembre de 2006, salvo por las excepciones marcadas en los
artículos transitorios.
Vigencia de ambas Disposiciones: En términos generales, a partir del 18 de marzo de 2011, pero se hacen excepciones para los dos tipos de
sociedades sobre cuestiones que aún se resolverán a la luz de las Disposiciones mencionadas de 2006 (17 de marzo)
Gobierno del DF
Resolución de carácter general
mediante la cual se exime del pago de
los derechos que se indican
A fin de incentivar a los sectores productivos se exime del 100% a los propietarios de inmuebles o predios que soliciten modificaciones de los
programas para cambiar el uso del suelo urbano para destinarlos al comercio, servicios, administración y oficinas de bajo impacto urbano,
en locales de hasta 250 m2 de superficie construida, y en inmuebles afectos al patrimonio cultural urbano de hasta 750 m2. Asimismo, para
la micro y pequeña industria de bajo impacto urbano y anticontaminante, de hasta 1,000 m2 de superficie de predio y 500 m2 de superficie
construida, el pago de los siguientes derechos: inscripción en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano de los cambios de
uso del suelo a los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano y Trámites en proceso (artículo 242 del CFDF) si cumplen con
los requisitos del procedimiento para el cambio de uso del suelo establecido en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Urbano del DF, sin que
sea obligatorio realizar el avalúo para determinar la base del cálculo del pago de los derechos ni presentar el comprobante de pago de éstos.
En vigor a partir del 16 de marzo de 2011, siendo los beneficios aplicables del 1o de enero al 31 de diciembre de 2011. (15 de marzo)
Decreto por el que se reforma la Ley
Orgánica del Tribunal Superior de
Justicia del Distrito Federal y el Código
de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal
Para mayor información, favor de consultar el infoflash #1401 del 18 de marzo de 2011.
En vigor a partir del 19 de marzo de 2011.
Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al Decreto referido.
(18 de marzo)
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02
06 PARA TOMARSE EN CUENTANO HAY QUE MODIFICAR DATOS EN EL PADRÓN0
IMPORTACIÓN DE MUESTRAS PARA INVESTIGACIÓN0
VIGÉSIMA QUINTA REFORMA A LAS REGLAS SE0
AMPLIACIÓN DEL TLC CON COLOMBIA0
08 LA EMPRESA CONSULTADEVOLUCIÓN DE IGI ¿EN REGULARIZACIÓN?0
AUDITORES ¿PUEDEN NEGOCIAR SANCIONES?0
RETORNO DE BIENES ¿SÓLO AL PROVEEDOR?0
REQUERIMIENTO DE LA UPCI ¿VÁLIDO?0
10 RÉGIMENOPERACIÓN IMMEX ¿CORRECTA?0
Identifique las claves que corresponden alpedimento para sus operaciones de comercioexterior
11 CUOTAS COMPENSATORIASDISPOSICIONES DICTADAS POR LA SECRETARÍA DE0
ECONOMÍA, CUYA PUBLICACIÓN SE PRODUJO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, DURANTE ELPERÍODO DEL 14 AL 29 DE MARZO
11 DE ACTUALIDADSÍNTESIS Y COMENTARIOS SOBRE LO MÁS RELEVANTE0
PUBLICADO EN EL DOF, DEL 14 AL 29 DE MARZOAcuerdos de cupos para importar café y autos1
usadosVigésima Cuarta Modificación al Acuerdo de1
Reglas y Criterios de la SEDecisión No. 63 de la Comisión Administradora1
del TLC México-ColombiaFormatos y requerimientos para la entrega de1
información por fabricantes e importadores deequipos y aparatos que consumen energíaResoluciones por las que se modifican diversas1
NOM sProcedimientos para la evaluación de la1
conformidad: procedimientos simplificadospara la verificación de información de productos
sujetos a la NOM-051-SCFI/SSA1-2010Reglamento de paquetería y mensajería1
IDCONLINE¿QUÉ TE TRAJO EL TLCAN?0
LOS CHINOS LLEGARÁN POR CANCÚN0
Acredite el origen de los productos nacionales para suexportación; le decimos como obtener el documentoante la Secretaría de Economía
Artículos
mexicanos sin TLC
CASOS PRÁCTICOS
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Elementos esenciales de la Resolución Antidumping dictada por la Secretaríade Economía, cuya publicación se produjo en el DOF, del 14 al 29 de marzo.
Acuerdos y decretos
1. Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importarlibre de arancel café tostado y molido en envases indivi-
duales con un peso de hasta 40 gramos de las fracciones
arancelarias 0901.21.01, 0901.22.01 y 0901.90.99
Se establece el cupo anual para importar, del 1o de enero al31 de diciembre, café tostado y molido en envases individualescon un peso de hasta 40 gramos, con el arancel-cupo establecidoen el artículo 2 del Decreto por el que se modifica la TIGIE, elDecreto por el que se establecen Prosec, así como los diversosque establecen el impuesto general de importación para la re-gión fronteriza y la franja fronteriza norte, y la tasa o preferenciaarancelaria aplicable a las mercancías originarias de países conlos que México tiene celebrado acuerdos comerciales.
Podrán solicitar la asignación del cupo las empresas queacrediten mediante Reporte de Auditor Externo de confor-
midad con los requisitos señalados en la Hoja de RequisitosEspecífica:la producción nacional en el año inmediato anterior de: café0
soluble, café tostado y molido, y café tostado y molido en en-vases individuales con un peso de hasta 40 gramos. Este crite-rio aplicará también a un grupo de interés económico, cuandoexista una o más empresas que cumplan con este requisitohaber realizado a partir del 4 de abril de 2011 inversiones0
para crear nueva capacidad instalada para producir cafétostado y molido en envases individuales con un peso dehasta 40 gramos; aplicará incluso a las empresas pertene-cientes a un mismo grupo de interés económicola exportación de café verde utilizado en la producción de0
café tostado y molido en envases individuales con un pesode hasta 40 gramos fuera del territorio nacional
Descripción, fracción arancelaria yfecha de publicación (DOF)
Resolución
Tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta,
con diámetros exteriores mayores de 16 pulgadas y hasta 48
pulgadas (406.4 y hasta 1,219.2 milímetros), con espesores
de pared en un rango de 0.188 a 1.000 pulgadas (4.77 a 25.4
milímetros)7305.11.01 y 7305.12.01
(29 de marzo)
Continúa el procedimiento administrativo de revisión y se mantienen las cuotas compensatorias
siguientes, impuestas a las importaciones originarias de los Estados Unidos de América (EUA),
independientemente del país de procedencia:
6.77%,0 para las importaciones del producto que fabrica y exporta Berg Steel Pipe Corporation
25.43%,0 para las importaciones de todas las demás exportadoras de los EUALos importadores que conforme a esta Resolución deban pagar la cuota compensatoria no estarán
obligados a enterarla si comprueban que el país de origen de la mercancía es distinto de los EUA
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La Secretaría de Economía (SE) asignará el cupo de impor-tación mediante el mecanismo de asignación directa.
El Acuerdo estará vigente del 4 de abril al 31 de diciembrede 2014 (Secretaría de Economía, 14 de marzo).
2. Vigésima Cuarta Modificación al Acuerdo por el que la
Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter
General en Materia de Comercio Exterior
Se modifican nuevamente las reglas y los criterios aplica-bles a las operaciones de comercio exterior, para:
establecer que sólo autorizará el permiso de importación0
a quienes cuenten con una concesión minera o cualquierinstrumento legal (convenio, contrato, acuerdo, etcétera) re-gistrado en el Registro Público de Minería. Para ello pediráopinión a la Coordinación General de Minería, misma queverificará la autenticidad de la copia de la concesión o docu-
mento presentado por los interesados, disposición vigentedel 19 de marzo al 31 de diciembre de 2011actualizar el Anexo 2.4.1 Acuerdo de NOM’s, con las fe-0
chas de nuevas publicaciones, cambios de nomenclatura ymodificación en el campo de aplicación de ciertas normas,y clasificación adecuada de algunos productos –vigente apartir del 23 de marzo del 2011– (Secretaría de Economía,18 de marzo de 2011).
3. Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 63 de la
Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre
los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la
República de Venezuela, por la que se otorga una dispensatemporal para la utilización de materiales producidos u obte-
nidos fuera de la zona de libre comercio para que determina-
dos bienes textiles y del vestido reciban el trato arancelario
preferencial establecido en el Tratado de Libre Comercio
entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia
y la República de Venezuela, adoptada el 3 de febrero de 2011
Se otorga por el período del 21 de marzo al 20 de sep-tiembre del 2011, una prórroga a las dispensas temporalesadoptadas por esa Comisión en las Decisiones No. 54, 55, 56 y62 de fechas 4 y 7 de diciembre de 2009 y 16 y 27 de julio de2010, respectivamente, para los mismos productos y montosreferidos en esas Decisiones, mediante las cuales México apli-cará el arancel correspondiente a bienes originarios previstoen su calendario de desgravación del Anexo 1 al artículo 3-04del Tratado a ciertos bienes textiles, elaborados totalmente enColombia a partir de los materiales producidos u obtenidosfuera de la zona de libre comercio.
Los bienes quedarán sujetos a verificación y certificacióndel origen en términos del Tratado (Secretaría de Economía,18 de marzo de 2011).
4. Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo
de asignación para importar vehículos automotores usados
La SE establece el cupo de importación definitiva de 100vehículos usados clasificados en las fracciones arancelarias
8703.21.02, 8703.22.02, 8703.23.02, 8703.24.02, 8703.31.02,8703.32.02, 8703.33.02 y 8703.90.02, cuyo número de identi-ficación vehicular sea de uno a cinco años-modelo anterioresal año de importación (2010 a 2006), con el arancel aplicableconforme a la TIGIE o a los Tratados de Libre Comercio oacuerdos comerciales suscritos por México.
La asignación del cupo será a través del mecanismo delicitación pública, y podrán participar las personas físicas omorales establecidas en México.
A quienes se les autorice el cupo de importación, deberáncumplir con los requisitos y regulaciones y restricciones noarancelarias aplicables en la aduana de despacho.
Acuerdo vigente del 14 de abril al 31 de diciembre de 2011(Secretaría de Economía, 25 de marzo de 2011).
Oficios, circulares y otros5. Formatos y requerimientos para la entrega de información
por parte de los fabricantes e importadores de equipos y
aparatos que consumen energía para su funcionamiento
Se publican los lineamientos a observar por los fabricantese importadores para entregar la información en los formatosdel Anexo A, sobre el consumo de energía de los equipos yaparatos señalados en el Catálogo respectivo.
Los formatos se enviarán debidamente requisitados a la
Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía y a la Pro-curaduría Federal del Consumidor, por primera y única vez, enun tiempo máximo de 60 días naturales posteriores al plazoestablecido en el artículo 25 del Reglamento de la Ley para elAprovechamiento Sustentables de la Energía, posteriormentese hará permanentemente, en el momento en que fabriqueno importen aparatos y equipos para comercialización en elterritorio nacional.
Los formatos y requerimientos entrarán en vigor a partir del15 de marzo de 2011 (Secretaría de Economía, 14 de marzo).
6. Resoluciones por la que se modifican diversas Normas
Oficiales Mexicanas
Se adecuan, entre otros datos, la información a contener enel etiquetado y embalaje de los siguientes productos contem-plados en las Normas Oficiales Mexicanas:
NOM-158-SCFI-2003, Jamón-Denominación y clasificación0
comercial, especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas,organolépticas, información comercial y métodos de prueba,publicada el 14 de agosto de 2003 (se reforman los numera-les 3, 4, incisos c), j) y k) del numeral 10.1 y 12; se eliminanlos incisos b), d), e), f), g), h), i) del numeral 10.1, el numeral
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10.2 y se modifica el numeral 10.3 para quedar como 10.2de la NOM)NOM-145-SCFI-2001, Información comercial-Etiquetado de0
miel en sus diferentes presentaciones (adecuaciones a los
numerales 2, 3, 5, 5.2.1.5.1 para quedar como 5.1, 5.2.1.5.5para quedar como 5.2, 5.2.1.5.6 para quedar como 5.3 y 7;se eliminan los numerales 5.1.1, 5.2.1, 5.2.1.1, 5.2.1.2, 5.2.1.3,5.2.1.4, 5.2.1.5, 5.2.1.5.2, 5.2.1.5.3 y 5.2.1.5.4)NOM-155-SCFI-2003, Leche, fórmula láctea y producto0
lácteo combinado-denominaciones, especificaciones fisi-coquímicas, información comercial y métodos de prueba,(modificaciones a los numerales 2, 3, 4.2, 4.15, 4.19, 4.33,4.38, 4.45, 4.46, 4.48, 4.55, 4.57, 4.59, Apartado 9 Informa-ción Comercial y 11)Modificaciones en vigor a partir del 2 de junio de 2011
(Secretaría de Economía, 14 de marzo).
7. Convocatorias
Se publican las bases para participar en el:Premio Nacional de Exportación 2011, en el que podrán0
participar las empresas, instituciones y organizaciones es-tablecidas en el paísproceso de selección y formación del Consejo Consultivo0
de Evaluación del Premio Nacional de Exportación 2011Los aspirantes tendrán como fecha límite de inscripción el
24 de abril de 2011 (Secretaría de Economía, 25 de marzo).
8. Procedimientos para la evaluación de la conformidad:
procedimientos simplificados para la verificación de la infor-mación de productos sujetos al cumplimiento de la Norma
Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificacio-
nes generales de etiquetado para alimentos y bebidas no
alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,
aplicables a las empresas de franja y región fronterizas
Las mercancías de importación destinadas a su comercia-
lización en la franja y región fronterizas, sujetas al cumpli-miento de la NOM en mención, que sean importadas a granelal amparo de la fracción XV del artículo 10 del “Acuerdo deNOM´s (Anexo 2.4.1 de las reglas y criterios de la SE), podrándar cumplimiento a la norma conforme al procedimiento sim-plificado establecido al efecto.
Quienes se sujeten a ese procedimiento asistirán a los con-sumidores, respecto de la información comercial y sanitariaadicional que solicite el cliente distinta del idioma español,contenida en los productos que adquieran, lo cual podrán ha-cer a través de módulos de información, jefes de departamen-tos o empleados de piso o empleados de mostrador.
El Procedimiento entrará en vigor 60 días naturales, des-pués de su publicación en el Diario Oficial de la Federación(Secretaría de Economía, 23 de marzo).
9. Reglamento de paquetería y mensajería
A través de dicho ordenamiento, se dispone que las perso-nas físicas o sociedades interesadas en el permiso para prestarel servicio paquetería y mensajería, presentarán por escrito unasolicitud, en la que se proporcione, bajo protesta de decir ver-dad, la información y los documentos requeridos, entre ellos:
la constancia que acredite la legal importación al país de0
vehículos adquiridos por el solicitante en el extranjero
El Reglamento entrará en vigor a los seis meses contadosa partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Ofi-cial de la Federación (Secretaría de Economía, 29 de marzo).
Para cualquier información relacionada con lo publicadoen los apartados que integran esta sección,
comuníquese con el Coordinador Editorial: Lic. Ernesto Martínez Pantoja,correo electrónico: [email protected] o Editor Titular:
Lic. Irene Vega Rivera, correo electrónico: [email protected],Av. Constituyentes # 956 Col. Lomas Altas.
Teléfono: 9177-4144.
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Para comentarCada vez está más cerca la reforma laboral y los cambios mássignificativos radican en la regulación de las outsourcing; elreconocimiento de contratos manejados actualmente de maneraextralegal por algunas empresas como los denominados “aprueba”; nuevas causas de rescisión de la relación laboral; eltope a los salarios caídos; el pago del salario a través de medioselectrónicos, entre otros
Guía de trámitesDescubra si su trabajador es acreditado0
Artículos mexicanos sin TLC0
¿Qué hayde nuevo?Nuevo software para devoluciones ycompensaciones
Desde el 28 de marzo los0
contribuyentes pueden utilizar laversión 2.6.1 del programa F3241,
para solicitar devoluciones ycompensaciones en líneaInnecesario modificar datos en elPadrón de Importadores
Las modificaciones en los datos de los0
contribuyentes inscritos en el Padrónde Importadores manifestadas a laAdministración Local de Serviciosal Contribuyente, se actualizaránautomáticamente en dicho catastro
Cambia aviso de retenciónde créditos
Si un trabajador que está tramitando0
el otorgamiento de un crédito devivienda ante el Infonavit presenta asu patrón un Aviso de Retención deDescuentos sin el RFC de la empresadebe recibirlo, porque basta que estécorrecto el nombre o la denominacióndel sujeto a quien va dirigido
RevisarDe la relación proveedor-cliente0
pueden surgir diversas problemáticas
que pueden solucionarse ante
la Procuraduría Federal del
Consumidor JC02
Los contribuyentes (personas físicas y0
morales) pueden informar su cambiode domicilio a través de la página de
Internetdel SAT F09
La Vigésima Quinta Modificación a0
las Reglas en materia de Comercio
Exterior se refiere principalmente a la
industria manufacturera y de servicios
de exportación CE07
En el anteproyecto de la próxima0
modificación a la Resolución Miscelánea
Fiscal se adicionan las reglas a observar
por los contribuyentes que decidan
deducir las colegiaturas, destacando
los requisitos de los comprobantes
fiscales expedidos por las instituciones
educativas F10
Los acreditados del Infonavit que sean0
declarados inválidos o incapacitados
serán liberados de su adeudo SS05
Lo que aprendí Quienes enajenen una casa0
habitación estarán totalmenteexentas del ISR si residieron en éstadurante los cinco años anteriores ala operaciónLos que en 2010 hubiesen tributado0
en los regímenes de actividades em-
presariales, honorarios, intermedio oarrendamiento, pueden aplicar unadeducción adicional para el IETU porinversiones adquiridas en el períodocomprendido entre el 1o. de septiem-bre y el 31 de diciembre de 2007, sóloen esta declaración anual
PARA PROFUNDIZAR
Personas físicas¡A declarar!Las personas físicas deben presentar su declaración anual delejercicio 2010 el 2 de mayo, por ello es importante identificarlos conceptos que pueden deducirse y los requisitos para, en sucaso, solicitar la devolución automática del saldo a favor
No olvidarA más tardar el próximo 2 de mayodebe presentarse el aviso de dictamen alSeguro Social o la documentación que losustituye, si no presentarán el mismo