201502131254150.instructivopostulacion2015

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1 Instructivo de Postulación Programa de Integración Escolar (PIE) año 2015 En el marco de la implementación del Decreto Supremo de Educación N° 170 de 2009, que fija las normas para determinar los estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE), beneficiarios de la Subvención para Educación Especial, y las atribuciones que en este contexto tiene el MINEDUC, se han elaborado las presentes instrucciones para el proceso de inscripción en Programa de Integración Escolar correspondiente al año 2015. Durante el mes de marzo del presente año se deberán registrar los estudiantes y establecimientos educacionales que forman parte actualmente de un PIE, así como los establecimientos y estudiantes con NEE que por primera vez se incorporan a un PIE. Además, deberá registrarse el personal de apoyo que trabaja en el PIE. Este proceso se debe realizar en la zona privada del sostenedor, en el portal web www.comunidadescolar.cl INGRESANDO CON CLAVE Y RUT DE SOSTENEDOR. I. Proceso de postulación: El sostenedor debe ingresar con su RUT y clave a la zona privada que se encuentra en el portal web www.comunidadescolar.cl A continuación podrá acceder al link “Registro e Incorporación (Postulación) de Estudiantes del Programa de Integración Escolar”. En este módulo visualizará la lista de sus establecimientos que cumplen con las condiciones para formar parte de un Programa de Integración Escolar (PIE). Una vez que haya accedido a los establecimientos se le desplegará la estructura de sus cursos. En cada curso primero deberá ingresar el personal de apoyo respectivo y luego registrar los estudiantes que desea incluir en el PIE. El proceso consta de tres etapas: 1. Registro del personal de apoyo del PIE. 2. Registro de los estudiantes del PIE. 3. Finalización del proceso de postulación y aceptación de condiciones. A continuación se describen en detalle las tres etapas: 1. Registro del personal de apoyo del PIE: Al ingresar a la página Ud. encontrará la opción “personal de apoyo”. Esta opción estará marcada con círculo de color rojo, anaranjado o verde, dependiendo de la información que tenga registrada:

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    Instructivo de Postulacin Programa de Integracin Escolar (PIE) ao 2015

    En el marco de la implementacin del Decreto Supremo de Educacin N 170

    de 2009, que fija las normas para determinar los estudiantes con necesidades

    educativas especiales (NEE), beneficiarios de la Subvencin para Educacin

    Especial, y las atribuciones que en este contexto tiene el MINEDUC, se han

    elaborado las presentes instrucciones para el proceso de inscripcin en Programa

    de Integracin Escolar correspondiente al ao 2015.

    Durante el mes de marzo del presente ao se debern registrar los

    estudiantes y establecimientos educacionales que forman parte actualmente de un

    PIE, as como los establecimientos y estudiantes con NEE que por primera vez se

    incorporan a un PIE. Adems, deber registrarse el personal de apoyo que trabaja

    en el PIE.

    Este proceso se debe realizar en la zona privada del sostenedor, en el

    portal web www.comunidadescolar.cl INGRESANDO CON CLAVE Y RUT DE

    SOSTENEDOR.

    I. Proceso de postulacin:

    El sostenedor debe ingresar con su RUT y clave a la zona privada que se

    encuentra en el portal web www.comunidadescolar.cl A continuacin podr acceder

    al link Registro e Incorporacin (Postulacin) de Estudiantes del Programa de Integracin Escolar. En este mdulo visualizar la lista de sus establecimientos que cumplen con las condiciones para formar parte de un

    Programa de Integracin Escolar (PIE).

    Una vez que haya accedido a los establecimientos se le desplegar la estructura de

    sus cursos. En cada curso primero deber ingresar el personal de apoyo

    respectivo y luego registrar los estudiantes que desea incluir en el PIE.

    El proceso consta de tres etapas:

    1. Registro del personal de apoyo del PIE.

    2. Registro de los estudiantes del PIE.

    3. Finalizacin del proceso de postulacin y aceptacin de condiciones.

    A continuacin se describen en detalle las tres etapas:

    1. Registro del personal de apoyo del PIE:

    Al ingresar a la pgina Ud. encontrar la opcin personal de apoyo. Esta opcin estar marcada con crculo de color rojo, anaranjado o verde,

    dependiendo de la informacin que tenga registrada:

  • 2

    Si el curso que visualiza aparece marcado con un crculo rojo en personal de apoyo quiere decir que an no se ha ingresado la informacin requerida, que corresponde a las horas de atencin destinadas al curso. Si el curso muestra

    un crculo anaranjado significa que se ha ingresado informacin, pero el curso an

    no cuenta con suficientes horas de personal de apoyo. El curso marcado con crculo

    verde evidencia que cumple con el personal de apoyo para el PIE y en la cantidad

    de horas necesaria. Al iniciarse el proceso todos los cursos estarn marcados

    con un crculo rojo.

    Los establecimientos que trabajen con cursos combinados debern regularizar previamente en SIGE la combinacin de cursos (Prekinder con Kinder; 1 con 2;

    3 con 4, etc.) De lo contrario podran tener dificultades para agregar las horas de

    personal de apoyo suficiente por curso con estudiantes integrados. Para descargar

    manual para la creacin de cursos combinados en SIGE pinche aqu.

    Una vez registrado el personal de apoyo, con las horas requeridas de acuerdo a lo

    establecido en el Decreto 170 (artculo 87)1, el curso aparecer marcado con un

    crculo de color verde, lo que evidencia que dicho curso se encuentra habilitado

    para incorporar estudiantes a PIE.

    No se podr incluir en PIE a un estudiante cuyo curso est marcado de

    color rojo o anaranjado.

    2. Registro de los estudiantes del PIE:

    Requisitos:

    Para registrar a un estudiante de PIE se requerir que ste cuente con un

    Diagnstico segn lo establecido en la normativa vigente (Decreto 170 de 2009 y

    Decreto 01 de 1998). Este diagnstico deber estar realizado por un profesional

    idneo, que se encuentre inscrito y autorizado en el Registro de Profesionales de la

    Educacin Especial2. Luego de registrados los datos solicitados, el estudiante podr

    ser incorporado. Recuerde que a todos los estudiantes se les podr, eventualmente,

    registrar un diagnstico (quedando identificado en la columna Matrcula NEE), pero slo podrn ser ingresados segn el nmero mximo permitido por curso de

    1 En establecimientos o cursos con Jornada Escolar Completa se requiere ingresar al menos 10 horas

    cronolgicas de personal de apoyo en cada curso que cuente con estudiantes integrados. En

    establecimientos o cursos sin Jornada Escolar Completa se requieren al menos 7 horas cronolgicas de

    personal de apoyo por cada curso que cuente con estudiantes integrados. 2 Ud. puede consultar cual es el tipo de profesional y especialista idneo para cada diagnstico en la

    misma plataforma de postulacin y tambin en el Decreto 170/09 (art. 16). Si, para un determinado

    diagnstico Ud. intenta ingresar un profesional no idneo a dicho diagnstico o que no se encuentre

    autorizado en el Registro de profesionales de la educacin especial, la plataforma le arrojar un mensaje

    de error.

  • 3

    acuerdo al artculo 94 del DSE N 1703. (Los estudiantes exitosamente incorporados

    se resumen en la columna Matrcula postulada de la plataforma de postulacin):

    Pasos a seguir para el registro de los estudiantes:

    a) Completar los datos solicitados.

    Los datos solicitados son:

    o El diagnstico del estudiante,

    o El puntaje obtenido en las pruebas de evaluacin diagnstica (cuando

    corresponda),

    o El RUN de los profesionales evaluadores o del profesional que efectu la

    reevaluacin.

    o La fecha de emisin del diagnstico del profesional que diagnostic el dficit

    o trastorno y defini su grado,

    o La identificacin de los otros profesionales que han participado en la

    evaluacin diagnstica (segn lo estipulado en el artculo 16 del DSE N

    170).

    Una vez completo el registro del estudiante puede grabar la informacin registrada,

    esto har que en la lista de curso, frente al estudiante registrado, se habilite la

    opcin postular. Ver grfica inmediatamente inferior.

    b) Incorporar al estudiante.

    Una vez registrado el diagnstico se habilitar una casilla para incluir al estudiante.

    Esta casilla de verificacin se denomina postular y bastar hacer un clic en ella para disponer al estudiante en la condicin de postulado. Recuerde que slo podr realizar esta accin si el curso se encuentra marcado con un crculo verde.

    3 El nmero mximo de alumnos que se puede integrar, por cada curso, es de 5 estudiantes con NEE de

    carcter transitoria y 2 con NEE de carcter permanente; excepto en el caso de los estudiantes sordos que

    se puede integrar ms de 2 estudiantes por curso. Las escuelas rurales tambin tienen flexibilidad en el

    nmero de estudiantes integrados por curso.

  • 4

    Si Ud. no puede incorporar a un estudiante verifique cuidadosamente que est

    cumpliendo con todos los requisitos necesarios en cuanto a horas de personal de

    apoyo, cupo mximo de estudiantes por curso, evaluacin realizada por

    profesionales idneos y autorizados en el Registro de Profesionales de la Educacin

    Especial, etc. Para mayor informacin consulte el anexo: No puedo postular al estudiante incluido al final de este documento.

    A todos los estudiantes que el establecimiento desea integrar en PIE se les

    debe presionar el botn postular para que queden incorporados en el Programa, independientemente de que se trate de estudiantes de

    continuidad o nuevos en PIE.

    (Se podr ingresar a PIE a estudiantes en cursos an no habilitados por el

    Mineduc., pero el pago de la subvencin de educacin especial se regularizar solo

    una vez que el curso se muestre como habilitado en SIGE).

    3.- Finalizar el proceso y aceptacin de las condiciones.

    Una vez Ud. haya terminado de ingresar la informacin referida al personal de

    apoyo y los estudiantes hayan sido ingresados exitosamente, se encontrar en

    condiciones de finalizar el proceso para el establecimiento en el que est realizando

    el procedimiento. Para este efecto deber aceptar una declaracin de aceptacin

    de condiciones la que ser requisito para finalizar el proceso. El sistema le

    consultar si est seguro de querer finalizar y enviar toda la informacin, recuerde

    que si Ud. no ha incorporado toda la informacin necesaria no podr volver

    a ingresar. Al finalizar el proceso en un establecimiento determinado, el sistema le

    remitir un correo al Sostenedor comunicndole que el establecimiento ha enviado

    la postulacin.

    II. Casos que se pueden presentar:

    Se han identificado 4 casos posibles considerando las caractersticas de los

    estudiantes y su vinculacin al PIE:

    a) Estudiante nuevo en PIE. Para registrar un estudiante nuevo en PIE ser

    necesario completar la ficha de postulacin en la cual deber consignar

    los datos solicitados, a saber:

    o El diagnstico del estudiante,

    o El puntaje obtenido en las pruebas de evaluacin diagnstica (cuando

    corresponda),

    o El RUN de los profesionales evaluadores,

    o La fecha de emisin del diagnstico del profesional que diagnostic el

    dficit o trastorno y defini su grado,

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    o La identificacin de los otros profesionales que han participado en la

    evaluacin diagnstica, (segn lo estipula el artculo 16 del DSE N

    170 de 2009).

    Una vez realizado este proceso y siempre y cuando el curso se encuentre

    marcado con un crculo verde, Ud. podr incorporar al estudiante a PIE, para

    esto bastar hacer un clic en el botn postular y el estudiante se dispondr en la condicin de postulado.

    IMPORTANTE: Si un estudiante que presenta un diagnstico asociado a NEE de

    tipo transitoria (cualquiera ste sea) ha recibido apoyo durante dos aos

    consecutivos en PIE (2013-2014) y necesita continuar recibiendo estos apoyos,

    deber ser incorporado como estudiante nuevo, es decir se requerir cargar

    informacin respecto de la evaluacin diagnstica integral e interdisciplinaria de

    ingreso actualizada. (Artculo 10 del DSE N 170 de 2009).

    b) Estudiante que particip en PIE el ao 2014 y cambi su

    Diagnstico. Este caso se trata igual que el caso del estudiante nuevo en

    PIE, con la salvedad que antes de hacer cualquier procedimiento, ser

    necesario eliminar el diagnstico precargado. Para esto bastar seleccionar

    la opcin eliminar diagnstico frente al estudiante al que se le actualizar su diagnstico. (Tome las precauciones necesarias y asegrese

    bien antes de eliminar un diagnstico pre-cargado, pues se trata de una

    accin que no se puede anular ni reversar, es decir, no se puede volver al

    estado original). Para ingresar el nuevo diagnstico deber seguir el mismo

    procedimiento que se realiza en el caso anterior. El alumno que cambia de

    grado de severidad dentro de un mismo diagnstico, tambin ser

    incorporado a PIE utilizando el procedimiento asignado al estudiante nuevo,

    es decir, se requerir cargar informacin respecto de la evaluacin

    diagnstica integral e interdisciplinaria de ingreso actualizada. (Artculo 10

    del DSE N 170 de 2009).

    c) Estudiante que particip en PIE el ao 2014 y que mantiene un

    diagnstico asociado a NEE de tipo permanente. Este es el caso ms

    sencillo de incorporar a PIE, porque slo requerir activar la casilla

    postular ubicada frente al estudiante en la lista de curso. Recuerde que el curso debe estar marcado en color verde para poder postular al estudiante.

    d) Estudiante que particip por primera vez en PIE durante el ao 2014

    y que mantiene el mismo diagnstico de NEE transitoria. En este caso

    la informacin solicitada deber vaciarse en la ficha de reevaluacin, en la

    que deber registrar algunos datos bsicos especialmente vinculados al

    proceso de reevaluacin anual del estudiante y al profesional que emiti el

    diagnstico y defini el grado del dficit o trastorno. La postulacin se

    concreta igual que en los casos anteriores.

    Respecto de un estudiante que presenta diagnstico asociado a Necesidades

    Educativas Especiales de carcter Transitorio (NEET) durante los aos 2012-

    2013 y 2014 y requiere continuar por un nuevo ao en PIE con el mismo

    diagnstico NEET del ao 2014, se deben seguir las indicaciones de

    incorporacin a PIE del caso d, es decir, se deber completar la ficha de

    reevaluacin.

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    Respecto de un estudiante que presenta diagnstico asociado a Necesidades

    Educativas Especiales de carcter Transitorio (NEET) durante los aos 2011-

    2012-2013 y 2014 y requiere continuar por un nuevo ao en PIE con el mismo

    diagnstico NEET del ao 2014, se deben seguir las indicaciones de

    incorporacin a PIE del caso a, es decir, se requerir cargar informacin

    respecto de la evaluacin diagnstica integral e interdisciplinaria de ingreso

    actualizada. (Artculo 10 del DSE N 170 de 2009).

    A manera de resumen se muestra la siguiente tabla en la que aparecen los 4 casos

    descritos:

    Estudiante

    Registrar

    Postular Ficha de

    postulacin

    Ficha de

    reevaluacin

    Profesional(es)

    evaluador(es)

    Personal de Apoyo con

    horas de contrato por

    curso con estudiantes

    PIE

    Nuevo en PIE SI NO SI SI SI

    Antiguo en PIE con cambio en su Diagnstico

    SI NO SI SI SI

    Antiguo en PIE con diagnstico de NEE permanente

    NO NO NO SI SI

    PIE 2014 que mantiene el mismo

    diagnstico asociado a NEE transitoria

    NO SI

    SI, slo el evaluador que diagnostica el

    tipo y grado de dficit.

    SI SI

    IMPORTANTE: Das previos a que se inicie este proceso se realiza la carga

    de datos de alumnos PIE 2014. Si en el momento de dicha carga el

    estudiante no se encuentra matriculado el sistema no asociar los datos a

    dicho estudiante. Debido a lo anterior, el alumno deber ser incorporado a PIE

    utilizando el mismo procedimiento que se utiliza para la incorporacin de los

    estudiantes nuevos, es decir, efectuando el registro de la evaluacin integral

    e interdisciplinaria.

    Estudiantes de la opcin 4 de Integracin.

    La opcin 4 de integracin consiste en un curso de integracin de estudiantes que

    presentan un diagnstico asociado a NEE de tipo permanente, los que asisten a

    todas las actividades en el aula de recursos y comparten con los estudiantes del

    establecimiento comn, en recreos, actos o ceremonias oficiales del establecimiento

    o de la localidad y actividades extraescolares en general.

    Para incorporar estudiantes al PIE en la Opcin 4 de Integracin, primero se debe

    crear este tipo de enseanza y curso en el Sistema de Informacin General del

    Estudiante (SIGE). Slo luego de ser habilitado el curso por el MINEDUC, se

    podrn ingresar en l hasta un mximo de 15 estudiantes con su respectivo

    diagnstico. Esto se har siguiendo los mismos pasos descritos anteriormente. En

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    este curso tambin es requisito registrar las horas de personal de apoyo, las que

    para este efecto corresponden a las horas del profesor de curso.

    En sntesis, para postular estudiantes de la opcin 4 de integracin escolar, en

    primer lugar, ser necesario crear en SIGE este tipo de enseanza y su curso, si es

    que no los tiene creados con anterioridad; luego de esto deber matricular a los

    estudiantes NEEP en el curso creado (mximo 15 estudiantes). Puede descargar

    manual para la creacin del tipo de enseanza (opcin 4 de integracin escolar

    en SIGE), pinchando aqu.

    En todos los casos Ud. deber mantener en el establecimiento educacional (a

    disposicin del Ministerio de Educacin), en un expediente por cada uno de los

    estudiantes a los que se les ha registrado su diagnstico, toda la documentacin

    que acredita el proceso de evaluacin diagnstica y reevaluacin.

    III. Reporte de los estudiantes incorporados a PIE.

    Durante el perodo de ingreso a PIE Ud. podr descargar -de la misma plataforma

    PIE- un listado en formato Excel de los estudiantes incluidos en PIE correctamente,

    identificados por establecimiento, curso y diagnstico. As mismo, podr obtener un

    certificado en formato pdf que acredita haber efectuado el proceso y contiene el

    nmero total de estudiantes incorporados efectivamente a PIE. No olvide

    descargar ambos documentos al finalizar el proceso, los que le sern

    solicitados en caso de ser necesaria una revisin y verificacin de casos. No se

    aceptarn reclamos si no se cuenta con estos archivos descargados desde

    la misma plataforma de postulacin.

    IV: Casos excepcionales autorizados por Secretara

    Ministerial de Educacin. La excepcionalidad se refiere a la siguiente situacin:

    Si el establecimiento, por razones muy justificadas, requiere incorporar ms de dos

    estudiantes con diagnstico asociado a NEE de tipo permanente en un mismo curso,

    deber acceder a las oficinas del Ministerio de Educacin a Nivel regional y/o

    provincial para recibir las instrucciones del caso. Si procede la autorizacin (Artculo

    94 DSE 170 de 2009), se realizarn los ajustes correspondientes para incorporar en

    los registros del Mineduc. a los estudiantes que se encuentran en esta

    circunstancia.

    Estos casos excepcionales se sometern a un exhaustivo proceso de

    revisin a nivel regional una vez concluida la postulacin va Web.

    V. Emisin de resolucin de estudiantes.

    Finalizadas las etapas de postulacin 1, 2 y 3, el MINEDUC emitir una resolucin

    exenta a nivel nacional que reconocer a los estudiantes cuyo proceso de

    diagnstico integral, ingresado previamente en el mdulo Registro e Incorporacin (Postulacin) de Estudiantes del Programa de Integracin

    Escolar, acredita que presentan NEE y pueden participar en un curso con PIE. Esta resolucin se publica posteriormente en la pgina www.comunidadescolar.cl,

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    seccin noticias. Los sostenedores deben verificar el listado de alumnos

    efectivamente incorporados a PIE ingresando a SIGE, revisando la lista de curso.

    VI. Firma de convenio.

    La Secretara Ministerial de Educacin respectiva convocar a firmar el Convenio a

    los sostenedores que impartirn por primera vez el PIE.

    Asimismo, tambin se citar a los sostenedores que incorporan nuevos

    establecimientos educacionales a un PIE vigente, para que suscriban la modificacin

    del respectivo convenio.

    Posteriormente, la Secretara Ministerial de Educacin emitir una Resolucin que

    da cuenta del Programa de Integracin Escolar que se ejecutar en l o los

    establecimientos educacionales respectivos.

    Condiciones y obligaciones:

    1. Recuerde que el mximo de alumnos que puede integrar por cada curso es

    de 5 estudiantes con NEE de carcter transitoria y 2 con NEE permanente;

    pero en el caso de los estudiantes sordos se puede integrar ms de 2

    (artculo 94, DSE N 170/09). El enfoque inclusivo de este Decreto

    propicia que los apoyos estn dirigidos a los estudiantes del PIE y,

    adems, beneficien a todos los estudiantes del curso para que, en

    conjunto, todos progresen en sus aprendizajes.

    2. Para apoyar a los estudiantes integrados, los establecimientos con JECD

    debern disponer de un mnimo de 10 horas cronolgicas semanales de

    personal de apoyo por curso. Los establecimientos sin JECD debern

    disponer de un mnimo de 7 horas cronolgicas semanales de personal de

    apoyo por curso. Respecto del tipo de personal de apoyo se sugiere

    consultar las orientaciones de implementacin del DSE N 170 disponibles

    en la pgina Web del MINEDUC. Recuerde que el personal de apoyo, para

    desempearse en el PIE, no requiere estar inscrito en el Registro de

    Profesionales de la Educacin Especial.

    3. Los profesionales evaluadores debern estar inscritos y autorizados por el

    MINEDUC en el Registro de Profesionales de la Educacin Especial (artculo

    15, DSE N 170/09).

    4. Los profesionales evaluadores deben ser pertinentes al diagnstico emitido

    (artculo 16, DSE N 170/09).

    En el caso de los mdicos, tenga precaucin de seleccionar un profesional

    que efectivamente est en condicin de autorizado y que en la

    pgina del Registro de Profesionales se muestre que es poseedor de

    la especialidad mdica que se requiere para el diagnstico del

    estudiante que est ingresando. La habilitacin legal del profesional

    mdico es una informacin que proporciona la Superintendencia de Salud.

    Ud. tambin puede consultar directamente la informacin en el siguiente

    link:

    http://www.supersalud.gob.cl/servicios/576/w3-article-5587.html

  • 9

    5. Al registrar un diagnstico en el mdulo Registro e Incorporacin (Postulacin) de Estudiantes del Programa de Integracin Escolar, se debe ingresar: el RUN del profesional que emite el diagnstico del dficit

    o trastorno y la fecha de emisin de dicho diagnstico.

    6. El dficit o trastorno diagnosticado deber corresponder al nivel que est

    cursando el estudiante. Para mayor informacin consulte el documento

    Manual de Orientaciones y apoyo a la gestin PIE para Directores y Sostenedores en el siguiente link:

    7. El mdulo Registro e Incorporacin (Postulacin) de Estudiantes del Programa de Integracin Escolar no permitir incorporar a un estudiante al PIE si el curso en el que se encuentra no cuenta con el

    personal de apoyo y con las horas suficientes.

    8. Si un estudiante cambia de curso durante el proceso, el sistema bloquear

    los datos ingresados, por lo que el mencionado estudiante quedar con

    una restriccin para ser incorporado a PIE. Para evitar este

    inconveniente se recomienda efectuar la postulacin una vez que la

    matrcula se haya estabilizado lo ms posible en el establecimiento

    educacional, es decir, cuando ya no se produzcan mayores movimientos

    como cambios de curso de estudiantes. Si se ve en la obligacin de cambiar

    de curso a un estudiante ya postulado, deber enviar un mail

    inmediatamente a [email protected] detallando la situacin e incluyendo

    los siguientes datos: RUT de Sostenedor, RBD del establecimiento y

    RUN del estudiante.

    9. Si un estudiante de PIE del ao 2014 cambia de diagnstico o cambia de

    severidad dentro de un mismo diagnstico, implica que el estudiante debe

    ser incorporado a PIE utilizando el procedimiento de los estudiantes nuevos

    es decir, se requerir cargar informacin respecto de la evaluacin

    diagnstica integral e interdisciplinaria de ingreso actualizada. (Artculo 10

    del DSE N 170 de 2009).

    Para obtener apoyo y orientacin en el proceso puede llamar al 600 600 26

    26, hacer una consulta a travs de la pgina web www.ayudamineduc.cl, o

    escribir un correo electrnico a [email protected].

    DEG-Mineduc.

    Operaciones SEP-PIE.

    Marzo de 2015.

  • 10

    Anexo: NO PUEDO INCORPORAR A PIE AL ESTUDIANTE

    Si Ud. tiene problemas en la pgina para incorporar a PIE a un estudiante verifique

    que est cumpliendo con los siguientes requisitos:

    Validacin Requisito

    Existencia de

    Profesionales con horas

    de apoyo suficiente por

    curso con integracin

    atendido. Artculo 87, Dcto.

    170.

    El curso en el que est registrando al estudiante

    debe tener cargadas las horas suficientes de

    personal de apoyo. Esto se verifica observando que

    el curso muestre un crculo de color verde, lo que

    quiere decir que el curso est habilitado para

    incorporar estudiantes en PIE. No se podr incluir

    estudiantes en PIE en aquellos cursos que no

    aparezcan marcados con este color.

    Cantidad mxima de

    estudiantes integrados

    por curso. Artculo 94, Dcto.

    170.

    Un curso habilitado para acoger estudiantes de PIE

    (color verde), admite como mximo 5 estudiantes

    que presenten diagnsticos asociados a NEET y

    mximo 2 estudiantes que presenten diagnsticos

    asociados a NEEP (a excepcin de los estudiantes

    sordos). Las escuelas rurales tambin tienen

    flexibilidad en el nmero de estudiantes integrados

    por curso.

    Si Ud. intenta incorporar -en un mismo curso- ms

    estudiantes que los aqu indicados, la plataforma le

    mostrar un mensaje de error.

    Los profesionales

    evaluadores estarn

    inscritos y autorizados en

    el Registro de

    Profesionales de la

    Educacin Especial Artculo

    15, Dcto. 170.

    Slo se podr ingresar informacin de

    profesionales inscritos y autorizados en el registro

    de profesionales de la educacin especial. Si

    Ud. intenta ingresar datos de algn profesional que

    no se encuentra en dicho registro, la plataforma le

    mostrar un mensaje de error.

    Los profesionales

    evaluadores sern

    atingentes al diagnstico

    emitido. Artculo 16 Dcto.

    170.

    Slo se podr ingresar informacin de

    profesionales ajustados al diagnstico del

    estudiante. Por ejemplo, si Ud. desea ingresar los

    datos de un mdico Oftalmlogo en el caso de un

    estudiante que presenta un diagnstico de

    discapacidad intelectual, la plataforma le mostrar

    un mensaje de error.

    Para verificar este requisito de atingencia al

    diagnstico se recomienda consultar la tabla de

    profesionales y diagnsticos que se encuentra en el

    Artculo 16 Dcto. 170. Tambin puede consultar el

    documento Manual de Orientaciones y apoyo a la gestin PIE para Directores y Sostenedores.

  • 11

    Si el mdico cuenta con especialidad acreditada, la

    pgina del Registro de Profesionales le mostrar

    dicha especialidad. Por el contrario, si el

    profesional mdico no cuenta con especialidad

    acreditada el sistema solamente le mostrar que

    se trata de un mdico cirujano.

    El diagnstico de ingreso

    o el obtenido en la

    reevaluacin debe

    corresponder con el curso

    al que asiste el

    estudiante.

    Los diagnsticos se pueden ingresar de acuerdo al

    curso en que asiste el estudiante. Por ejemplo, no

    se puede ingresar un diagnstico de dificultades

    especficas del aprendizaje, en estudiantes de

    educacin parvularia, porque dicho diagnstico no

    se puede emitir para estudiantes que no han

    recibido an el proceso de enseanza-aprendizaje

    de la lecto-escritura. Consulte: Manual de Orientaciones y apoyo a la gestin PIE para Directores y Sostenedores.

    Que se declaren los

    indicadores cuantitativos

    del proceso de

    evaluacin/reevaluacin,

    los cuales deben armonizar

    con el diagnstico emitido.

    Para algunos diagnsticos (Discapacidad

    intelectual, Trastorno Especfico del Lenguaje,

    Ceguera, Sordera, etc.) ser necesario consignar

    los puntajes obtenidos en las pruebas de

    evaluacin aplicadas. Si no son registrados estos

    puntajes no se podr incorporar al estudiante.

    IMPORTANTE: Si a pesar de haber efectuado correctamente los pasos para

    cumplir con estos requisitos, an no le es posible agregar a PIE al estudiante,

    escriba inmediatamente un correo a [email protected] detallando la situacin e

    incluyendo los siguientes datos: RUT de Sostenedor, RBD del establecimiento

    y RUN del estudiante o llame al fono Ayuda Mineduc. 600 600 26 26.