memoria · 2003-08-07 · ana maría riveros mimbela secretaria gladis zevallos ynfante secretaria...

79
1 CONGRESO DE LA REPÚBLICA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MEMORIA PERIODO LEGISLATIVO 2002-2003 Presidente YONHY LESCANO ANCIETA

Upload: others

Post on 13-Mar-2020

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

1

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR YORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS

PÚBLICOS

MEMORIA

PERIODO LEGISLATIVO 2002-2003

PresidenteYONHY LESCANO ANCIETA

Page 2: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

2

Memoria Anual

Agosto 2002- Julio 2003Palacio LegislativoAv. Abancay s/n 3er. Piso / Oficina Nro. 305

Teléfono: 311-7770Fax: 311-7771

Correo electrónico: [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] [email protected] .pe

Pagina web: www.congreso.gob.pe/comisiones/2002/consumidor.htm

Personal:

Daniel Saba de Andrea AsesorMalka Maya Albarracin AsesoraErick R. Antúnez Alfaro TécnicoFlor de María Fernández SecretariaAna María Riveros Mimbela SecretariaGladis Zevallos Ynfante Secretaria

Personal de Apoyo:

Magaly Escobedo DíazFrancisco Paca Palao

Page 3: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

3

PRESENTACIÓN

Presidir la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de losServicios Públicos del Congreso de la República significó para nosotros asumir unadelicada tarea, dada la trascendencia de su misión y el alcance de sus objetivos.

La existencia de consumidores organizados e informados de sus derechos yobligaciones constituye uno de los pilares sobre los que descansa una sólida economíade mercado. En nuestra opinión, el consumidor debe ser un agente activo en el procesoeconómico y no solamente un actor pasivo que se limite a recibir lo que se le ofrece. Elcarácter de consumidor supone acción y opinión en la producción de bienes y servicios.Lo contrario implica necesariamente la masificación y cosificación del individuo.

La defensa de los derechos de los consumidores es función de los consumidoresmismos, apoyados por instituciones que los representen directa e indirectamente. LasAsociaciones de Consumidores tienen la tarea principal en esta defensa, protección ycanalización de opinión hacia el sector productivo. Las instituciones como estaComisión son únicamente catalizadoras de un proceso pleno de autodefensa. Lasprimeras deben ser permanentes y las otras limitadas en el tiempo, hasta que su misiónseminal haya sido cumplida.

La libertad individual exige acción colectiva o de lo contrario se diluye en laconformidad e impotencia privadas. El consumidor individual no puede ejercer ladefensa colectiva de los consumidores y su papel en la sociedad se minimiza y diluye.Los consumidores organizados con representatividad legal y autonomía económica, encambio, actúan en representación de muchos y su misma acción los cohesiona ypotencia.

Durante el período legislativo 2002-2003 la Comisión se ha esforzado por sentar lasbases para que los consumidores puedan cumplir el rol que les corresponde. Si bienhemos dedicado tiempo a la atención de proyectos específicos y puntuales, nuestrotrabajo principal ha girado en torno a la conformación, organización y reconocimientode Asociaciones de Consumidores y Usuarios, de acuerdo a las ideas mencionadas.Nuestro trabajo termina hoy pero esperamos que los frutos del mismo se vean en losucesivo y se conviertan en permanentes.

Al finalizar, quiero expresar mi más sincero agradecimiento a todos los congresistasmiembros de la Comisión, al personal de asesoría y apoyo y, en general, a todos losque de una u otra manera contribuyeron a que este periodo marcara un hito en eldesarrollo de una sociedad más justa, libre y equitativa.

YONHY LESCANO ANCIETAPresidente de la Comisión de Defensa delConsumidor y Organismos Reguladores

de los Servicios Públicos

Page 4: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

4

INSTALACIÓN Y CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN DEDEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS REGULADORES

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

En sesión de fecha 13 de agosto de 2002, se instaló la Comisión deDefensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los ServiciosPúblicos, bajo la presidencia del señor congresista Yonhy LescanoAncieta. Asimismo se designó a los señores congresistas Julia ValenzuelaCuellar y José Barba Caballero como Vicepresidente y Secretariorespectivamente.

El congresista Yonhy Lescano Ancieta , como presidente de la comisiónagradeció la confianza de los congresistas miembros y anuncio laconvocatoria a todas las fuerzas políticas para realizar en conjuntoesfuerzos que conduzcan a la defensa de los derechos de los usuarios yconsumidores

Integrantes de la Comisión:

Dr. Yonhy Lescano Ancieta Presidente UPDSra. Julia Valenzuela Cuellar Vicepresidente PPDr. José Barba Caballero Secretario UNSr. Jorge Mufarech Nemy PPIng. Maruja Alfaro Huerta PPSr. Jacques Rodrich Ackerman PPDr. Jesús Alvarado Hidalgo PPDr. Carlos Armas Vela PAPSr. Roger Santa María del Aguila PAPIng. César Zumaeta Flores PAPIng. Rafael Rey Rey UNEcon. Carlos Infantas Fernández FINEcon. Luis Gonzales Reinoso Accesitario GPDI

Page 5: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

5

Dr Yohny Lescano AncietaPresidente

Unión Parlamentaria Descentralista

Julia Valenzuela CuellaVice - Presidente

Perú Posible

Dr. José Barba CaballeroSecretario

Unida Nacional

Jorge Mufarech NemyMiembro

Perú Posible

Ing. Maruja Alfaro HuertaMiembro

Perú Posible

Jacques Rodrich AckermanMiembro

Perú Posible

Dr. Jesús Alvarado HidalgoMiembro

Perú Posible

Dr. Carlos Armas VelaMiembro

Partido Aprista Peruano

Roger Santa María del AguilaMiembro

Partido Aprista Peruano

Ing. César Zumaeta FloresMiembro

Partido Aprista Peruano

Ing. Rafael Rey ReyMiembro

Unida Nacional

Econ. Luis Gonzales ReinosoMiembro Accesitario

Grupo Parlamentario Democratico Independiente

Econ. Carlos Infantas FernándezMiembro

Frente Independiente Moralizador

Page 6: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

6

ASISTENCIA DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR YORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

A Ñ O 2 0 0 2A G O S T O S E T I E M B R E O C T U B R E N O V I E M B R E D I C I E M B R E

19 26 2 3 11 16 19 23 30 14 16 21 28 6 19 25 22 2 6 9 16 18 1813 1ra. 2da. 3ra. N°1 4ta. 5ta. N°2 6ta. 7ma. 8va. 8va. 9na. 10ma 11va 12va 12va N°3 13va N°4 14va. 14va N°5 14vaN° MIEMBROS DE LA

COMISIÓNInstal Ses. Ses. Ses. S.E. Ses. Ses. S.E. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. S.E. Ses. S. E. Ses. Ses. S. E. Ses.

1 Dr. Yonhy Lescano Ancieta(Pdte.) A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

2 Dra. Julia Valenzuela Cuellar(Vicep.) A A A A F L A L Ñ A L L A A A F A F A F D F F F

3 Dr. José Barba Caballero(Secret.) A A A A F A A F A A F A A A F F A A F A F A F F

4 Dr. Jesús Alvarado Hidalgo F F A A D D A D A A A A A A F F F F A L F F D F5 Sr. Jorge Mufarech Nemy A D A A A A A F A A F A A A A F A F D A D F D F6 Ing. Maruja Alfaro Huerta A D A A A A F F A A L A A A A A A A D F F A F F7 Sr. Jacques Rodrich

Ackerman F A A A F A F F A A F A A F F F A F F F F F F F

8 Dr. Carlos Armas Vela A D F D F F L L A A D A A A A F A F A F D A F F9 Sr. Roger Santa María del

Aguila F L A D A L A F F L F A L F A F A F A F A A F A

10 Ing. César Zumaeta Flores F D A D A D A F A A F A A A A A F D A F D A F F11 Ing. Rafael Rey Rey F A A A L A A F A A L L A F F A A F A F A F F A12 Econ. Carlos Infantas

Fernandez A A A F A L A D A A A A D F A F A F A A D A F F

13 Econ. Julio Gonzales (Accesitario) F A F F F F F F F F

Page 7: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

7

ASISTENCIA DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR YORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

A Ñ O 2 0 0 3E N E R O FEB. M A R Z O A B R I L M A Y O J U N I O

13 20 27 28 14 17 31 7 21 24 28 5 12 19 26 3 9 18 18 2314va. 14va 14va N°6 N°7 15ta. 15ta. 15ta. 16ta. N°8 16ta. 16ta 17ma 17ma 18va. 18va 18va. 18va N° 9 18va.

N° MIEMBROS DE LA COMISIÓN

Ses. Ses. Ses. S.E. S.E. Ses. Ses. Ses. Ses. S.E. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. Ses. S.E. Ses.

1 Dr. Yonhy Lescano Ancieta(Pdte.) A A A A A A A A A A A A A A A A A A A A

2 Sra. Julia Valenzuela Cuellar(Vicep.) D L D D F F F L F F F A D A F F D F F F

3 Dr. José Barba Caballero(Secret.) A F A F A F A A F A F F F F F F F F F F

4 Dr. Jesús Alvarado Hidalgo D F F F F F F F F F F F F F L F F F F A

5 Sr. Jorge Mufarech Nemy L F A F A D D A F F D A A A A F L F D A

6 Ing. Maruja Alfaro Huerta F F A A A A F L A A A A A A A F A A F F

7 Sr. Jacques Rodrich Ackerman F F F F F A F A F A F F A F F F F F F A

8 Dr. Carlos Armas Vela A D A A A A F L A A A A D D D F A A A A

9 Sr. Roger Santa María delAguila A D D A A L L A L A F A L A L A A A L L

10 Ing. César Zumaeta Flores D L L L D D D A L L L F L A A F L D D D

11 Ing. Rafael Rey Rey A A A A A L A A L L A A A A F F A F L L

12 Econ. Carlos InfantasFernandez A F A A A A A A F D A A D A A F F D D D

13 Econ. Julio Gonzales(Accesitario) F F F F F F F F F F F F F F F F F F F F

Page 8: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

8

FUNCIÓN LEGISLATIVA:

PROYECTOS DE LEY APROBADOS ENLA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS

REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSPERÍODO LEGISLATIVO 2002- 2003

N° AUTOR DELPROYECTO SUMILLA ESTADO

443490

1365

1458

1469

1979

25132997366738953971

Marcial Ayaipoma y otrosXavier Barrón C. y otrosLuis Gonzáles ReinosoLuis Heysen ZegarraXavier Barrón CebrerosLuis Heysen ZegarraPedro Morales Mansilla, Luis AlvaCastro, César Zumaeta y otros

Luis Alva Castro, César Zumaetay otrosCelula Parlamentaria ApristaPoder EjecutivoLuis Gonzales ReinosoPedro Morales MansillaCarlos Armas Vela

Proyecto de Ley que propone LeyMarco de los OrganismosReguladores de la InversiónPrivada en los Servicios Públicos.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°10 del 28 de Octubredel 2002.

Dictamen favorablede la ComisiónDefensa delConsumidor.

Presentado al Plenoel 31 de Octubre del2002.

ORDEN DEL DIA

1325 Rafael Aita Campodonico Proyecto de Ley que reemplaza elminuto por el segundo comounidad de medida del servicio deTelefonía fija

Aprobado en lacomisión el21.10.02

Se envío al archivoel 11.03.03

1535 Xavier Barrón Cebreros Propone modificar los artículos N°1390, 1392 y 1394 del CódigoCivil.

Aprobado en laSesión N° 10 del 28de Octubre del 2002.

Dictamen favorablede la ComisiónDefensa delConsumidor.

Presentado al Plenoel 31 de Octubre del2002.

ORDEN DEL DIA14721883240722493172

Pedro Morales MansillaLuis Alva CastroRafael Aita CampodonicoJacques Rodrich Ackerman Antero Flores Araoz

Proyecto de Ley que propone lamodificación de diversos artículosde la Ley N° 27489, que regulalas Centrales Privadas deInformación de Riesgos y deProtección al Titular de laInformación.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°06 del 23 deSetiembre del 2002.

Aprobado en el Plenoel 17 de Octubre del2002.

Ley N° 27863,

Page 9: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

9

publicada el 13 denoviembre del 2002.

21082504

2341265328123100

Pedro Morales MansillaJosé Barba Caballero yHildebrando Tapia SamaniegoEmma Vargas de BenavidesPedro Ramos LoayzaXavier Barrón CebrerosLuis González Reinoso

Proponen que en la parte exteriorde los envases de las bebidasalcohólicas que se elaboran en elpaís y en su publicación, seconsignará visible y en caractereslegibles la frase conducir enestado de ebriedad es un delito.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°1 del 19 de Agostodel 2002.

Orden del Día

2447

5164369937534285

José Barba Caballero yHildebrando Tapia SamaniegoGloria Helfer PalaciosLuis Flores VásquezDaniel Robles López y otrosVictor Velarde Arrunátegui

214123462402

Pedro Morales MansillaPedro Morales MansillaXavier Barrón Cebreros

Proponen precisar alcances delartículo 40 del D.S. Nro. 039-2000-ITINCI, TUO de la Ley deProtección al Consumidor.

Aprobado encomisión el 02.09.02

Aprobado en el Plenocon fechas:11.09.0218.09.02

Ley Nro. 278462147 Jacques Rodrich Ackerman Propone Ley de Transparencia y

Simplificación de losProcedimientosRegulatorios de Tarifas.

Aprobado encomisión el 02.09.02

Aprobado en el Plenoel 11.09.02

Ley Nro 278383382

3404

3569

3759

3835

3960

Xavier Barrón Cebreros

Antero Florez-Araoz

Daniel Estrada Pérez

José Taco Llave

José Luis Risco Montalvan

Eduardo Salhuana Cavides

Propone Ley que modifica el Art.30 de la Ley N° 27181 – LeyGeneral de Transporte y TránsitoTerrestre.

Propone reconocer Pólizas deSeguro que cumplan lascondiciones que tienen el SeguroObligatorio de Accidentes deTránsito.

Propone Ley que modifica el Art.30 de la Ley General deTransporte y Tránsito Terrestre,respecto al Seguro Obligatorio deAccidentes de Tránsito.

Propone Ley que modifica elartículo N° 30 de la Ley N° 27181,Ley General de Transporte yTransito Terrestre.

Propone Ley que modifica elArtículo N° 30 de la Ley Generalde Transporte y Transito TerrestreN° 27181.

Ley que prorroga el SOAT hasta

Se formo Grupo deTrabajo encargadode evaluar laproblemática delSOAT.

Aprobado encomisión el 07 deabril de 2003.

Presentado al Plenocon fecha 11.04.03

ORDEN DEL DIA

Page 10: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

10

4882 Pedro Ramos Loayza

el 1º de Enero del 2003.

Propone Ley que dispone larevisión y reestructuración detarifas y la ampliación del plazopara la aplicación del SOAT

3239

3299

Pedro Morales Mansilla

Luis Gonzales Reinoso

Proyecto de Ley que prorroga laentrada en vigencia del SOAT.

Proyecto de Ley que proponeprorrogar la vigencia del SOAThasta el 31 de Diciembre delpresente año.

5380 Luis Gonzales Reinoso Proyecto de Ley que propone quepóliza vigente de Vehículoautomotor sustituya al seguroobligatorio de Accidente deTránsito (SOAT)

5381 Luis Gonzales Reinoso Proyecto de Ley que proponeconformase Comité Especial paraevaluar D.S.049-2000-MTCReglamento Nacional deResponsabilidad Civil y SegurosObligatorios por Accidentes deTránsito (SOAT)

5045 Cesar Zumaeta Flores Ley complementaria que crea laComisión Multisectorial del seguroobligatorio de accidentes detránsito SOAT.

5221 Juan de Dios Ramírez Canchari Proyecto de Ley que, faculta alEjecutivo, a fijar precio del SOAT.

5472

2100

Xavier Barrón Cebreros

Estrada Pérez Daniel

Proyecto de Ley que proponeconsolidar el sistema queconstituye el Seguro Obligatoriode Accidentes de Tránsito

Propone modificar el artículo 30°de la Ley General de Transporte yTránsito Terrestre, respecto a laaplicación progresiva del SeguroObligatorio de Accidentes deTránsito, la misma que debeconcluir en diciembre del año2003.

2179 Jonhy Peralta Cruz y otros Propone la modificatoria de la LeyNº 27181, Ley General deTransporte y Tránsito Terrestre,en lo concerniente a laresponsabilidad civil y seguros deaccidentes de tránsito.

2627 Xavier Barrón Cebreros Proyecto de Ley que prohibeEmpresas prestadoras deServicios Públicos trasladen alusuario costos derivados dereclamos.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°14 del 27 de enerodel 2003.

Presentado al Plenoel 31 de Enero del2003.

2674 Pedro Morales Mansilla Proyecto de Ley que proponen la Aprobado en la

Page 11: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

11

280432143375380644534940

César Zumaeta FloresGraciela Yanarico HuncaXavier Barrón CebrerosManuel Olaechea GarcíaAngel Velásquez QuesquénCelina Palomino Sulca

eliminación del cobro de la RentaBásica.

Sesión Ordinaria N°11 del 6 deNoviembre del 2002.

Presentado al Plenoel 07 de noviembredel 2002. Aprobadoen la ComisiónPermanente el 06 deEnero del 2003.

Autógrafa Observadael 29 de Enero del2003 por el PoderEjecutivo.

Insistencia de laComisión Defensadel Consumidor

Con fecha 03.04.03el Pleno lo envío alarchivo.

2481251525682806261626252693

Pedro Morales MansillaFabiola Morales CastilloRafael Antonio Aita C.Natale Amprimo PláKuennen Francesca M.Xavier Barrón CebrerosHéctor Hugo Chávez Ch.

Proyecto de Ley modifica elartículo 172° de la Ley N° 26702“Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema deSeguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca ySeguros” modifica por la Ley N°27682.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°03 del 02 deSetiembre del 2002.

Ley N° 27851.Publicado el 22 deOctubre del 2002.

2542 Jacques Rodrich Ackerman Proyecto de Ley que proponeadicionar el inciso g) al artículo43° del Decreto Legislativo N° 822Ley sobre el Derecho de Autor.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°03 del 02 deSetiembre del 2002.

Presentado al Plenoel 02 de Setiembredel 2002

Aprobado en el Plenoel día 23 de Octubredel 2002.

Ley N° 27861,publicado el 12 deNoviembre del2002.

3312 Jacques Rodrich Ackerman Proyecto de Ley sobre laprecisión de los alcances delartículo 42 del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Protecciónal Consumidor.

Aprobado en laSesión N° 10 del 28de octubre del 2002.

Dictamen favorablede la ComisiónDefensa alConsumidor.

Presentado al Plenoel 31 de octubre del2002

Page 12: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

12

Ley N° 27917,publicada el 10 deenero del 2003.

2920

2979

2996

4020

Poder Ejecutivo

Rosa Graciela Yanarico H. yEnith Chuquival Saavedra

Jesús Alvarado Hidalgo

Jacques Rodrich Ackerman

Proyectos de Ley que establecenla obligación del Rotulado en losproductos industrialesmanufacturados en el país o en elextranjero y que seancomercializados en el país.

Aprobado en laSesión Ordinaria N°04 del 11 deSetiembre del 2002.

Dictamen presentadoal Pleno el 12 deSetiembre del 2002.

Aprobado en laComisiónPermanente del 17de enero de 2003

AutógrafaObservada el10.02.03

Dictamen favorabledel 11.04.03

Se aprobo en elPleno el 12.06.03

6240 Kuenen Francesa, Emma Vargas,Xavier Barrón, R. Valencia Dongo,José Barba y H. Tapia

3666

4363

Mercedes Cabanillas Bustamante

Ana Elena Townsend DiezCanseco

Modifica varios artículos de la LeyNro. 27806, Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública

Se acumulo al dictamen

Aprobado encomisión el 28.10.02

Aprobado en laComisiónPermanente el06.01.03

Ley Nro. 2792739754422

Yonhy Lescano AncietaRafael Rey Rey

Propone otorgarle al INDECOPI lacalidad de OrganismoConstitucional Autónomo.

Aprobado en lacomisión el 06.11.02

399940044026403640604065407740894100410341444152

41564182

Yonhy Lescano AncietaDaniel Robles LópezFabiola Morales CastilloEnith Chuquival SaavedraLuis Gonzales ReinosoCarlos Infantas FernándezRosa Florian CedrónJuan de Dios Ramirez C.Walter Alejos CalderónCecilia Tait VillacortaRafael Rey ReyManuel Olaechea GarcíaManuel Merino de LamaMarcial Ayaipoma AlvaradoJorge Mufarech Nemy

Prohiben el uso de la sustanciaquímica bromato de potasio en laelaboración del pan y otrosproductos alimenticios.

Aprobado en lacomisión el 21.10.02

Aprobado en laComisiónPermanente el17.01.03

Ley Nro. 27932

Page 13: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

13

4278 Jaimes Santos Serkovic Se acumulo al dictamen4277 Daniel Estrada Pérez Propone modificar el artículo 42

de la Ley Nro. 27809, Ley Generaldel Sistema Concursal

Aprobado encomisión el 27.01.03

Orden del Día en elPleno

4642 Yonhy Lescano Ancieta Propone agregar un inciso alartículo 24 del Decreto SupremoNro. 039-2000-ITINCI

Aprobado encomisión el 27.01.03

Orden del Día en elPleno

4491 Jacques Rodrich Ackerman Ley de Organizaciones deConsumidores y Usuarios.

Aprobado en lacomisión con fecha05.05.03

Presentado al Plenoel 07.05.03

3295

3355

3847

Maruja Alfaro Huerta

Pedro Morales Mansilla

Eduardo Carhuaricra Meza

Proponen modificar la Ley decreación del OSINERG Nro.26734 con la finalidad deotorgarle competencia parafiscalizar y supervisar a todapersona natural o jurídica dederecho público o privado queviole las normas del sectoreléctrico y a solicitar el corte delservicio eléctrico en situacionesde riesgo eléctrico que amenacenla vida de las personas

Se levantaron lasobservaciones delPoder Ejecutivo

Presentado al Plenoel 31.01.03

52895732

Yonhy Lescano AncietaJacques Rodrich Ackerman

Proyecto de Ley que crea elFondo de Regulación de ServiciosPúblicos.

Aprobado en lacomisión el 05.05.03

Presentado al Plenoel 07.05.03

5385 Martha Hildebrant Pérez T. Proyecto de Ley que establecesituación de nulidad para elcontrato por adhesión.

Aprobado en lacomisión el 05.05.03

Presentado al Plenoel 07.05.03

6066

6651

César Zumaeta Flores

Yonhy Lescano Ancieta

Proponen regular el acceso demenores de edad a paginas webpornográficas en cabinas públicasde internet

Aprobado en laComisión el 19.05.03

Presentado al Plenoel 29.05.03

6190 Poder Ejecutivo Modifica la Ley de Organización yFunciones del INDECOPI

Aprobado en lacomisión el 19.05.03

Presentado al Plenoel 29.05.03

Page 14: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

14

PROYECTOS DE LEY ARCHIVADOS ENLA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS

REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSPERÍODO LEGISLATIVO 2002- 2003

1377 Pedro Morales Mansilla Propone la creación de laComisión Nacional para laconcertación de precios básicospara reactivar el empleo y lainversión privada y defender alconsumidor.

Se aprobó su envióal archivo el 02 dediciembre 2002

3033 Pedro Morales Mansilla Propone modificar el artículo 151del Decreto Legislativo Nro. 823,Ley de Propiedad Industrial

Se aprobó su envíoal archivo el 02 dediciembre 2002

2450 José Luis Risco Montalvan Propone regular los pasajesdurante los días festivos

Se aprobó su envíoal archivo el 02 dediciembre 2002

2468 Kuenen Francesca M. Propone Ley que crea la OficinaDescentralizada de Pesas,Medidas y Control de Calidad,dependiente del Ministerio deIndustria, Turismo Integración yRelaciones ComercialesInternacionales en todo el Perú.

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

3591 Cecilia Tait Villacorta Propone Ley estableciendo quelas Emisoras Radiales,Televisivas y los MediosImpresos, difundan frases y/opensamientos de peruanosnotables, promoviendo la unión, laperseverancia, la responsabilidad,la honradez, la transparencia, elamor por la patria: Que fortifiquenel cultivo de valores y la identidadnacional.

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

3784 Daniel Robles López Propone regular normatividadsobre Productos AlimenticiosLight.

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

3844 Manuel Olaechea García Ley de Protección al Turista Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

3953 Alejandro Ore Mora Propone Ley de Antitabaquismo ysu Control de Publicidad.

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

Page 15: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

15

4373

4549

Javier Velázquez Quesquen

Hector Chávez Chuchón

Propone Ley sobre el rotulado deadvertencia en el consumo deltabaco y de los productos con elmismo.

Propone modificar el artículo 7°de la Ley N° 25357, modificadapor la Ley N° 26849, a efectos deestablecer la obligatoriedad deconsignar en la publicidad de lasmarcas de cigarrillos, frasesalusivas al daño que producefumar.

4829

2953

Víctor Velarde Arrunategui

Daniel Robles López

Proyecto de Ley de Control delTabaco y de sus efectosprejudiciales para la Salud.

Propone regular la obligatoriedadde consignar en las envolturas,anuncios y spot publicitarios decigarros, cigarrillos, imágenes yfrases alusivas al daño en la saludque produce el fumar.

3954 Alejandro Ore Mora Propone Ley de Creación delOrganismo Fiscalizador deMinería (OFIM).

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

4018

5076

Fabiola Morales Castillo

Luis Flores VásquezAlberto Cruz LoyolaAlcides Llique VenturaMario Molina AlmanzaEduardo Salhuana Cavides JaimeVelásquez RodríguezRamírez Canchari JuanPaulina Arpasi VelásquezMaruja Alfaro Huerta

Ley para proteger el medioambiente de los envasescontaminantes

Se acumulo al dictamen

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

4090 Alberto Cruz LoyolaJosé Barba Caballero

Ley que prorroga la Vigencia de laLey General del SistemaConcursal

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

4328

3176

Luis Gonzales Reinoso

Pedro Morales Mansilla

Ley que propone la transmisiónradial y televisiva de espaciossobre Defensa la Consumidor.

Proyecto de Ley que obliga a lasempresas estatales de radio ytelevisión a brindar espacios parala realización de programasinformativos y de opinión.

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

4921 Eduardo Salhuana Caviedes Propone prohibir, fabricar, Se aprobo su envío

Page 16: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

16

distribuir y comercializar réplicasde armas de fuego.

al archivo el 07 deabril 2003

5421 Luis Gonzales Reinoso Proyecto de Ley que propone laimportación, fabricación ycomercialización de juguetes dearmas de fuego con aparienciareal.

5243 Alcides Llique Ventura Ley que prohibe la fabricación,importación y comercialización deJuguetes con apariencia real a lasarmas de fuego.

5334 Enith Chuquival Saavedra Proyecto de Ley que establece lacolocación de medidorestelefónicos

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

6006 Xavier Barrón Cebreros Ley que prohibe a las empresasprestadoras de servicios públicostrasladar al usuario cualquiercosto derivado de un reclamodebidamente planteado

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

2626 Xavier Barrón Cebreros Propone modificar el inciso 8) delart. 132 de la Ley 26702, LeyGeneral del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros

Se aprobó su envíoal archivo el 07 deabril 2003

PROYECTOS DE LEY PENDIENTES ENLA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS

REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSPERÍODO LEGISLATIVO 2002- 2003

713869

Xavier Barrón CebrerosAntero Flores Araoz

Propone restituir facultades deComisión de Acceso al Mercadode INDECOPI sobre disposicionesmunicipales que afectan aagentes económicos.

Pre-dictamen

720 Pedro Morales MansillaYonhy Lescano Ancieta

Propone suspender las accionesjudiciales de cobranza deacreencias de la banca deconsumo y entidades bancarias yfinancieras por un plazo de 120días.

En estudio

996 Jose Luna Galvez Propuesta de Ley deReestructuración de Deudas dePersonas Naturales con elSistema Financiero.

En estudio

1362 Jorge Mufarech Nemy Proyecto de Ley que proponemodificar el artículo 48º de la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento

Pre-dictamen

Page 17: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

17

Administrativo General.1471 Pedro Morales Mansilla Propone modificar artículos de la

Ley N° 26702, Decreto Ley N°26123 y artículo 1249° del CódigoCivil, sobre intereses bancarios.

En estudio

1658 Javier Diez Canseco Proyecto de Ley de Promoción delas Empresas del sector de AguaPotable y Alcantarillado.

En estudio

1678 Pedro Morales Mansilla Propone elaborar un nuevocuadro de valores de arancelesjudiciales referidos a los actosprocesales, debiendo aplicarse adichos valores la reduccióncorrespondiente.

En estudio

1919 Maruja Alfaro Huerta Proyecto de Ley que propone lamodificación del artículo 92º de l aLey de Concesiones Eléctricas.

Pre-dictamen

2023 Luis Guerrero Figueroa Proyecto de Ley dedescentralización de losOrganismos Reguladores ySupervisores del Estado.

Pre-dictamen

2038 Jonhy Peralta Cruz y otros Propone prorrogar el plazo para laadecuación del seguro obligatoriode accidentes de tránsito.

Acumular alDictamen 2100 y

otros2178 Xavier Barrron Cebreros Ley que establece lineamientos

para la aplicación de los interesesen los prestamos congarantías Prendarios ehipotecarios.

Pre-dictamen

2267 Pedro Carlos Ramos Loayza Proyecto Ley que agrega párrafoal inciso 4.1 del artículo 4º de laLey 27181 – Ley General deTransporte y Tránsito.

Pre-dictamen

2288 Emma Vargas De Benavides Proyecto ley que propone prohibirel tendido aéreo, de cableseléctricos de alta y medianatensión en zonas urbanas o enzonas de densa población.

En estudio

2485 Jacques Rodrich Ackerman Proyecto de Ley de uso deSoftware libre en laAdministración Pública.

En estudio

1609 Edgar Villanueva Nuñez Proyecto Ley de software libre2344

3030

Daniel Estrada Pérez

Luis Gonzáles Reinoso

Proyecto Ley de Software decódigo abierto y de dominiopúblico.Propone establecer la aplicación yel uso obligatorio de programasde software libre en el PoderEjecutivo, Legislativo y Judicial,los Órganos Autónomos yDescentralizados Regionales oLocales y en las empresas dondeel Estado seaaccionista mayoritario.

2514 Rodolfo Raza Urbina Ley que modifica párrafos delTexto Único Ordenado de la Leydel Impuesto General a lasVentas

Pre-dictamen

Page 18: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

18

3041 Jesús Alvarado Hidalgo Proyecto de Ley de débitosautomáticos y reversión deoperaciones.

En estudio

3145 Jaime Velázquez Rodríguez Proyecto de Ley que incorpora laenseñanza obligatoria del temapropiedad intelectual a nivelsecundario, UniversidadesNacionales y Privadas, Centrosde Educación Superior e InstitutosMilitares y Policiales.

En estudio

3173 Pedro Morales Mansilla Proyecto Ley de creación delTribunal de Controversias enServicios Públicos.

Pre-dictamen

720 Pedro Morales Mansilla yYonhy Lescano Ancieta

Propone suspender las accionesjudiciales de cobranza deacreencias de las banca deconsumo y entidades bancarias yfinancieras por un plazo de 120días.

En estudio

1754 Víctor Valdez Melendez Propone que los Juzgados ySalas Jurisdiccionales, bajoresponsabilidad, precisenrequerimientos de órdenes decapturas dirigidas a la PolicíaNacional.

En estudio

2001 Mauricio Mulder Bedoya Propone modificar el Sistema deFacturación del Consumo deEnergía Eléctrica correspondientea los Servicios Comunes deinmuebles multifamiliares.

Pre-dictamen

2305 Jacques Rodrich Ackerman Propone ampliar facultades deSupervisión del OrganismoSupervisor de Inversión Privadaen Telecomunicaciones -OSIPTEL- en situaciones depeligro.

En estudio

2433 Pedro Morales Mansilla Propone establecer precisionespara la aplicación de intereses delas deudas por préstamoshipotecarios contraídas conentidades del Sistema Bancariosy Financieros.

Pre-dictamen

2622 Pedro Morales Mansilla Propone incluir a losAsentamientos Humanos en lacategoría social de la tarifadel servicio de agua potable.

En estudio

2819 Hildebrando Tapia Samaniego yJosé Barba Caballero

Propone facultar a las FuerzasPoliciales a recibir atenciónmédica en ESSALUD.

Pre-dictamen

2868 Martha Chávez Cossio Propone modificar los artículos dela Ley N° 26702, Ley General delSistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca ySeguros, modificado por la Ley N°27682, referido a la inscripción dehipotecas en procesosliquidatorios.

En estudio

Page 19: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

19

3590 Enith Chuquival Saavedra Propone Ley de Obligación desubtitular espacios informativos

Pre-dictamen

3612 Rosa Florian Cedrón Propone Ley de Nombres deDominio

En estudio

3871

3946

Mercedes Cabanillas B.

Arturo Valderrama Chavez

Propone Ley General y deFomento de los Servicios deSaneamiento.Propone Ley de los Servicios deSaneamiento.

En estudio

3942 Juan Valdivia Romero Crea disposición para regular elcanje de Servicios entrePrestadoras de Servicios deTelefonía, Energía ySaneamiento.

Pre-dictamen

2790

3515

Yonhy Lescano Ancieta

Mauricio Mulder Bedoya

Propone regular el cobró delParqueo Vehícular Municipal.

Propone exonerar del Pago deestacionamiento en la vía pública,a los vehículos de los vecinos deldistrito que realiza la cobranza.

Por acuerdo delPleno del Congresode la República pasoa la Comisión deDefensa alConsumidor el26.09.2002.

Pre-dictamen

4070 Judith de la Mata Fernández Proyecto de Ley que deja sinefecto los conceptos de pago derentas básicas, pensionesbásicas, cargos fijos y otrossimilares en los servicios públicosde Telefonía, energía eléctrica yAgua Potable.

En estudio

4075 Yohny Lescano Ancieta Proyecto de Ley que declara enEmergencia el Servicio de AguaPotable y alcantarillado delDistrito de Juliaca, provincia deSan Román, Departamento dePuno.

En estudio

4104

4129

Glodomiro Sánchez Mejía

Carlos Alberto Almerí Veramendi

Ley que modifica el artículo 1388del Código Civil y establece elcarácter vinculante de la oferta alpúblico.

Ley que propone modificar elartículo 1388 del Código Civil.

Pre-dictamen

4147 Hildebrando Tapia Samaniego yJosé Barba Caballero

Propone Ley para modificar losartículos 7 y 162 del DecretoLegislativo Nº 823 que aprueba laLey de Propiedad Industrial.

En estudio

3539 Federación Nacional deTrabajadores de Agua Potable yAlcantarillado

Propone Ley por la Defensa delas Empresas Prestadoras deServicios de Agua Potable yalcantarillado del Perú.

En estudio

4184 Colegio Químico FarmacéuticoDepartamental de Lima

Propone Ley del Medicamento Pre-dictamen

Page 20: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

20

4408 Yonhy Lescano Ancieta Ley que modifica el artículo 9 dela Ley Nº26702, Ley General delSistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de lasuperintendencia de Banca ySeguros.

En estudio

4423 Rafael Rey Rey Propone ampliar el fortalecimientoinstitucional de los OrganismosReguladores de la InversiónPrivada en los Servicios Públicos.

En estudio

4701 Luis Gonzáles Reinoso Propone modificar el artículo 6°de la Ley N° 27806, Ley deTransparencia y Acceso a laInformación Pública, referente alos plazos de implementación enla Internet.

En estudio

4719 Rafael Rey Rey Propone Reformar laConstitución incorporando comoorganismos Constitucionalesautónomos a los órganosreguladores de los ServiciosPúblicos.

En estudio

4747 Rafael Aita Campodonico Modifica el artículo 15º de la LeyNº 27489, modificada por la LeyNº 27863.

En estudio

4786 Carlos Almerí Veramendi Ley que modifica el artículo 84 ensus numerales 84.2 y 84.3 eincorpora una tercera disposicióntransitoria a la Ley Nº 27809, LeyGeneral del Sistema Concursal

Pre-dictaman

4934 Luis Gonzales Reinoso Ley que regula el uso de postes yductos para la prestación de losservicios públicos domiciliarios.

Pre-dictaman

4960 Enith Chuquival Saavedra Ley que dispone la consignaciónde la frase " El exceso de salpuede dañar su salud. Consulte almédico", en todas laspresentaciones comerciales delcloruro de sodio u otro alimentodestinado al consumo humano.

Pre-dictaman

5076 Luis H. Flores Vásquez Ley de Envases y Residuos deEnvases.

Orden del Día de laComisión

Acumular alDictamen N° 4018

5103 Enith Chuquival Saavedra Ley sobre el manejo ambientalcorrecto de las pilas y baterías deóxido de mercurio, de óxido deplata, de litio y de niquel Cadmio,a fin de minimizar los daños almedio ambiente.

En estudio

5244 Gilberto Díaz Peralta Proyecto de Ley que Regula laPrestación de los Servicios deSaneamiento.

Acumular al Proyectode Ley N° 3871 y3996

5318 José Barba Caballero Hildebrando Tapia

Propone que las películaspornográficas se propalen en elcine en horario noche.

En estudio

5346 José Barba Caballero y Proyecto de Ley que propone En estudio

Page 21: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

21

Hildebrando Tapia Samaniego que todo predio multifamiliar o deedificaciones debe contar consuministros de agua potable enforma individual.

5358 José Carlos Carrasco Távara Proyecto de Ley que modifica elartículo 17° de la Ley deTransparencia y acceso a lainformación pública.

Pre-dictamen

5469 Luis Gonzáles Reinoso Proyecto de Ley que proponedelegar funciones de Defensa delConsumidor a lasMunicipalidades.

En estudio

5491 Pedro Morales Mansilla Proyecto de Ley que regula lapublicación de información en losportales de servicios públicos.

En estudio

5562 José Barba Caballero yHildebrando Tapia

Modifica el art. 133.2 de la LeyGeneral del Sistema Concursal

Acumular alP.L..4786

En estudio5611 Jacques Rodrich Ackerman Ley que restituye atribuciones a la

Comisión de Acceso al Mercadodel INDECOPI

Pre-dictamen

5619 Yonhy Lescano Ancieta Deroga los incisos 7.4 literal b y7.6 del artículo 7º de la Ley No.27133 sobre eliminación del cobropor concepto del Fondo degarantía por red principal en elservicio de energía eléctrica.

En estudio

5626 Luis Alva Castro Ley contra la adulteración yfalsificación de bebidasalcohólicas

En estudio

5643 Jesús Alvarado Hidalgo Ley de Promoción de ProductoPeruano

En estudio

5702 Xavier Barrón Cebreros Ley que modifica la Ley deTransparencia y Acceso a laInformación Publica relativa a lainformación de los GobiernosLocales

Acumular al P.Ley5358

5715 Eduardo Salhuana Caviedes Establece la obligatoriedad depresentación del DNI para elingreso a locales de consumo debebidas alcohólicas

En estudio

5718 Javier Diez Canseco Ley que da funciones a OSINERGpara fijar y regular el precio deparidad de importación de loscombustibles

En estudio

5728 Natale Amprimo Pla Ley de Protección contracláusulas abusivas en loscontratos celebrados conconsumidores

En estudio

5754 Maruja Alfaro Huerta Ley de la Etiqueta “Compretrabajo peruano”

Pre-dictamenAcumular 5643

5850 Jacques Rodrich Ackerman Propone establecerresponsabilidad civil por dañoscausados por productos oservicios defectuosos.

En estudio

5876 Rodolfo Raza Ley que establece prohibiciones e En estudio

Page 22: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

22

incompatibilidades para celebrarcontratos con terceros en los quese utilice información privilegiada.

5948 Hildebrando Tapia y José BarbaCaballero

Modifica el numeral 13.1 de la LeyGeneral del Sistema Concursal

Acumular a los P. L.4786 y 5562

6035 Rafael Rey Rey Propone la eliminación debarreras burocráticas,modificando funciones de laComisión de Acceso al Mercadode Indecopi

Acumular a los P. L.713-869-1362 y 5611

Pre-dictamen

6127 José Barba Caballero yHildebrando Tapia

Propone establecer el sistemapiloto de consulta directa para losusuarios de los servicios públicosde agua y energía eléctrica.

En estudio

6132 Hildebrando Tapia y José BarbaCaballero

Deroga la Ley 27598 que modificóla Ley de Protección alConsumidor

En estudio

6137 José Barba Caballero Caballero yHildebrando Tapia

Modifica el numeral 42.1 de la LeyGeneral del Sistema Concursal.

Acumular a losProyectos de Ley No.4786; 5562; y 5948

6177 Jonhy Peralta Cruz Ley que precisa y uniformiza laforma de cobro y las tasas deinterés aplicables en caso deretrasos en el pago por laprestación de los servicios deelectricidad, telecomunicaciones ysaneamiento

Pre-dictamen

6210 Rafael Aita Campodonico Ley que propone facilitar elacceso al crédito

En estudio

6252 Rafael E. Valencia Dongo, FabiolaMorales, Arturo Maldonado yHildebrando Tapia

Propone promover la tecnología através del software peruano

En estudio

6256 Xavier Barrón Cebreros Propone Ley de Participación delos Consumidores en audienciaspúblicas de los organismosreguladores de servicios públicos.

En estudio

6261 José Barba CaballeroyHildebrando Tapia

Propone prohibir que se firmenconvenios entre empresas deservicio público y lasmunicipalidades en perjuicio delos usuarios o contribuyentes.

En estudio

6263 Hildebrando Tapia Samaniego yJosé Barba Caballero

Propone declarar enreorganización al OSITRAN

En estudio

6305 Rafael Valencia Dongo, FabiolaMorales y Hildebrando Tapia

Otorga facultades a la Comisiónde Acceso al Mercado delINDECOPI

Pre-dictamen

6350 Carlos Infantas Fernandez Obliga a prescribir medicamentospor su nombre genérico

En estudio

6353 José Barba y Hildebrando Tapia Ley que regula el derecho depetición

En estudio

6354 José Barba y Hildebrando Tapia Ley de la campaña nacionalcontra la venta de videojuegospornográficos a menores de edad.

En estudio

6363 Pedro Morales Mansilla Modifica diversos artículos de laLey No. 26917 dándole a

En estudio

Page 23: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

23

OSITRAN la faculta de regular lastarifas del servicio de transporteterrestre.

6399 José Carrasco Tavara Ley que implementa medidaspara controlar y reducir elconsumo de cigarrillos y tabaco

En estudio

6413 Emma Vargas de Benavides Ley que declara enreorganización al OSIPTEL

En estudio

6466 Carlos Almerí Veramendi Propone la modificación del art. 7ºde la Ley que regula la publicidad,comercialización e informaciónadecuada que previene el dañoen la salud ocasionado por elconsumo de tabaco.

En estudio

6470 Jacques Rodrich Ackerman Ley que elimina las condicionesabusivas impuestas a losconsumidores y usuarios.

Acumular al P.L.5728

En estudio6625 Rafael Valencia Dongo, Arturo

Maldonado, Fabiola Morales yHildebrando Tapia

Ley que modifica los artículos 188y 189º de la Ley sobre derechosde autor.

En estudio

6650 Manuel Bustamante Ley de Prevención del Consumode Bebidas Alcohólicas

Acumular Dict. 2108y otros

6654 Glodomiro Sánchez Mejía Ley que propone la certificación yel etiquetado ambiental.

En estudio

6674 Jacques Rodrich Ackerman Ley que sanciona las infraccionesa los derechos de los obtentoresde variedades vegetalesprotegidas.

Pre-dictamen

6706 Aurelio Pastor, Juan Valdivia,Juan Figueroa

Propone modificar el art. 176º delReglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas. Tasas deInterés.

Pre-dictamen

6712 Pedro Morales Mansilla Ley que establece el derecho delabonado al uso de medidores deconsumo telefónico en el lugardonde recibe el servicio.

En estudio

6716 Pedro Morales Mansilla Implementa Plan Tarifario de Leyen el servicio de telefonía.

En estudio

6717 Pedro Morales Mansilla Ley que garantiza la difusión delas señales de las estaciones detelevisión locales a través delservicio de distribución deradiodifusión por cable.

En estudio

6718 Pedro Morales Mansilla Ley que modifica el D.L 701 sobrela eliminación, prevención ysanción de las prácticasmonopólicas, controlistas yrestrictivas de la librecompetencia.

En estudio

6766 Ernesto Aranda y otros Ley que obliga incorporarsistemas de bloqueo ainformación y páginaspornográficas en establecimientospúblicos de internet.

Acumular a dictamenrecaído en los P.L.6066 y 6651

6748 Yhony Lescano Ancieta Modifica la Ley de ConcesionesEléctricas y su Reglamento

Pre-dictamen

Page 24: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

24

6802 Martha Moyano Establece obligatoriedad deconsignar el significado de lositems facturables en los recibosemitidos por empresasprestadoras de servicios públicos.

En estudio

6816 Manuel Olaechea Ley que dispone laimplementación de cabinasespeciales de internet paramenores de edad, restringiendoinformación que atenté contra suintegridad psíquica y moral

Acumular a dictamenrecaído en los P.L.6066 y 6651

6841 Rafael Rey Rey Propone la obligación depresentar información original ycompleta en los medicamentos

En estudio

6904 Emma Vargas de Benavides Regula la venta de medicamentosa domicilio

En estudio

6926 José Barba y Hildebrando Tapia Ley que modifica la ley detransparencia y acceso a lainformación pública.

En estudio

6955 Colegio de Abogados de Lima Modifica el art. 42º de la LeyGeneral del Sistema Concursalsobre orden de preferencia en elpago de créditos en losprocedimientos de disolución yliquidación.

En estudio

Acumular al P.L.6137

6960 Yonhy Lescano Ancieta Modifica diversos artículos de laLey No. 27838, Ley detransparencia y simplificación delos procedimientos regulatorios detarifas

En estudio

6961 Martha Moyano Ley que obliga a las televisoras aemplear lenguaje de señas en losprogramas informativostransmitidos por canales detelevisión pública o privada.

Acumular al Pre-dictamen 3590

7011 Rafael Valencia y Fabiola Morales Ley de protección al menor contrala pornografía en las cabinaspúblicas de internet, colegios ybibliotecas

Acumular alDictamen 6066 y

6651

7034 Xavier Barrón Cebreros Ley de Transparencia en loscontratos de Adhesión

Acumular al Dict.5358

7090 Hildebrando Tapia SamaniegoJose Barba Caballero

Ley de reciclaje y tratamientoadecuado de los desechos sólidosde plástico

Pendiente

7112 Emma Vargas de Benavides Ley que modifica el artículo 30 delDecreto Ley 25868. Ley deorganización y funciones delInstituto Nacional de Defensa dela Competencia y de la Protecciónde la Propiedad Intelectual -INDECOPI

Pendiente

Page 25: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

25

INHIBITORIA DE PROYECTO DE LEY ENLA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS

REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSPERÍODO LEGISLATIVO 2002- 2003

1745 Pedro Ramos Loayza Dispone la obligatoriedad de lasEPS, empresas municipales deagua potable, Sedapal y juntasadministrativas de agua potable amantener operativos los hidrantespúblicos o grifos contra incendio

Se acordó derivar ala Comisión deVivienda yConstrucción

6626 Rafael Valencia ArturoMaldonado, Fabiola Morales yHildebrando Tapia

Modifica el Capítulo I “Delitoscontra los derechos de autor yconexos” del Título VII “Delitoscontra los derechos intelectuales”del Código Penal.

Se derivo a laComisión Revisoradel Código Penal

5427 Rafael Valencia-Dongo Cárdenas Propone modificar del artículo288° del Código Penal, referido ala comercialización o tráficodoloso de productos nocivos parala salud.

Se derivo a laComisión Revisoradel Código Penal

PROYECTO DE LEY DISPENSADO DE DICTAMENDE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS

REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOSPERÍODO LEGISLATIVO 2002- 2003

4082 Jacques Rodrich AckermanRafael Aíta CampodónicoJonhy Peralta Cruz

Propone modificar los criterios deaplicación del Impuesto Selectivoal Consumo a los cigarrillos

Dispensado deDictamen Defensadel Consumidor el18.12.02

Aprobado en la Com.Permanente 20.01.03

Ley Nº: 27940

5469 Luis Gonzales Reinoso Propone delegar funciones dedefensa del consumidor a lamunicipalidad

Ley Nro. 27972

Page 26: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

26

FUNCIÓN DE CONTROL POLITICO:

16 de setiembre de 2002

Se invitó al Ministro del Interior, Dr. Gino Costa Santolalla para exponer sobre:La problemática que enfrentan los comerciantes del Cercado de Lima en vista de lascontinuas manifestaciones y restricciones al ingreso de particulares a la zona, lo queafecta la actividad económica.

19 de setiembre de 2002

Se invitó al Ministro de Transportes y Comunicaciones, Sr. Javier Reategui Rosello yal Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia yde la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, Dr. Cesar AlmeydaTasayco, para exponer sobre:La situación actual del Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito – SOAT.

22 de noviembre de 2002

Se invitó al Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de laInversión en Energía – OSINERG, Ing. Alfredo Dammert Lira, para exponer sobre:La labor que viene desempeñando su institución.

18 de diciembre de 2002

Se invitó al Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, Dr. CésarAlmeyda Tasayco para exponer sobre:La procedencia de los fondos que se utilizaron para financiar la celebración deldécimo aniversario de su institución.

23 de abril de 2003

Se invitó al Ministro de Energía y Minas, Sr. Jaime Quijandria Salmón y alPresidente del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía – OSINERG, Sr.Alfredo Dammert Lira para exponer sobre:

Page 27: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

27

EL cobro de interés compensatorio y moratorio por parte de las empresas prestadorasde energía eléctrica.

05 de mayo de 2003

Se invitó al Defensor del Pueblo, Dr. Walter Alban Peralta, para exponer sobre:La posición y las acciones tomadas por su despacho frente al cobro de interesescompensatorios y moratorios por parte de las empresas prestadoras de energíaeléctrica.

18 de junio de 2003

Se invitó a la Directora General de Migraciones y Naturalización, CPC. GladysBarboza Peña, para exponer sobre:El costo real de la expedición del pasaporte.

23 de junio de 2003

Se invitó al Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil –RENIEC, Dr. Eduardo Ruiz Botto, para exponer sobre:El costo del Documento Nacional de Identidad - DNI

Page 28: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

28

COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS REGULADORESDE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PERIODO LEGISLATIVO 2002-2003

LEYES PUBLICADAS:

1. Ley N° 27851.- Ley que modifica el artículo 1° de la Ley N° 27682, que modificó elprimer párrafo del artículo 172° de la Ley N° 26702. Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros.(22/10/2002)

2. Ley N°27838.- Ley de Transparencia y simplificación de los Procedimientosregulatorios de tarifas.(04/10/2002)

3. Ley N° 27861.- Ley que exceptúa al pago de Derechos de Autor por la Reproducciónde Obras para Invidentes.(12/11/2002)

4. Ley N° 27863.- Ley que modifica varios artículos de la Ley que regula las CentralesPrivadas de Información de Riesgos y de Protección al Titular de laInformación.(13/11/2002)

5. Ley N° 27846.- Ley que precisa alcances del artículo 40° del Decreto Supremo N°039-2000-ITINCI. Texto único Ordenado de la Ley de Protección alConsumidor.(14/10/2002)

6. Ley N°27917.- Ley que modifica y precisa los alcances del artículo 42° del TextoUnico Ordenado de la Ley de Protección al Consumidor, aprobado por DecretoSupremo N° 039-2000-ITINCI.(10/01/2003)

7. Ley N°27927.- Ley que modifica la Ley N°27806 Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública.(04/02/2003)

8. Ley N° 27932.- Ley que prohibe el uso de la sustancia química bromato de potasio enla elaboración del pan y otros productos alimenticios destinados al consumohumano.(11.02.03)

Page 29: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

29

Pág. 231760 EL PERUANO

Lima, martes 22 de Octubre de 2002

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LEY Nº 27851

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEYNº 27682, QUE MODIFICÓ EL PRIMER PÁRRAFO

DEL ARTÍCULO 172 DE LA LEY Nº 26702, LEYGENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DELSISTEMA DE SEGUROS Y ORGÁNICA DE LA

SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

Artículo 1°.- Modificación del artículo 1 de la Ley Nº27682.

Modifícase el artículo 1 de la Ley Nº 27682, con el textosiguiente:

“Los bienes dados en hipoteca, prenda o warrant a favor deuna empresa del sistema financiero, respaldan todas las deudasy obligaciones propias, existentes o futuras asumidas para conella por el deudor que los afecta en garantía, siempre que asíse estipule expresamente en el contrato.

Cuando los bienes afectados en garantía a favor de una empresa delsistema financiero son de propiedad distinta al deudor, éstas sólorespaldan las deudas y obligaciones del deudor que hubieran sidoexpresamente señaladas por el otorgante de la garantía.”

Artículo 2°.- Norma DerogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposicionesque se opongan a la presente Ley.

Artículo 3°.- VigenciaLa presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicaciónen el Diario Oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de setiembre de dos mil dos.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes deoctubre del año dos mil dos.ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

JAVIER SILVA RUETEMinistro de Economía y Finanzas

NORMAS LEGALNES

Page 30: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

30

LEY Nº 27838

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE TRANSPARENCIA YSIMPLIFICACIÓN DE LOS

PROCEDIMIENTOS REGULATORIOSDE TARIFAS

Artículo 1.- Ámbito de aplicaciónLa aplicación de la presente ley se extiende a todos losOrganismos Reguladores de Servicios Públicoscontemplados en la Ley Nº 27332 - Ley Marco de losOrganismos Reguladores de la Inversión Privada enServicios Públicos.

Artículo 2.- Objeto de la normaLa presente Ley tiene por objeto garantizar que lafunción reguladora sea ejecutada con estricta sujeción acriterios técnicos, legales y económicos, y establecer losmecanismos que garanticen efectivamente la mayortransparencia en el proceso de fijación de tarifasreguladas, mediante el acceso a toda la informaciónutilizada por los Organismos Reguladores.

Artículo 3.- Procedimiento de determinación detarifasEl Organismo Regulador fijará el procedimiento paradeterminar la regulación de las tarifas, mediante normadel más alto rango de la entidad y comprenderá, entreotros aspectos, los siguientes:

1. Las unidades orgánicas que intervienen en elprocedimiento de fijación de tarifas reguladas.

2. Las atribuciones de cada una de las unidadesorgánicas sobre la materia.

3. Los plazos perentorios que se le asigna a cada unidadorgánica para su pronunciamiento respecto de lasmaterias de su competencia.

4. Las fechas de las audiencias públicas programadas.

5. La aplicación del recurso impugnatorio que lasEmpresas Prestadoras y los Organismos Representativosde Usuarios puedan interponer en contra de laresolución emitida por el Organismo Regulador, seregirá por las disposiciones establecidas por la Ley deProcedimiento Administrativo General para el recursode reconsideración. El texto completo del recursodeberá publicarse en la página web del organismoregulador ante el cual se presente, pudiendo loslegitimados interesados expresar lo que consideren

Artículo 7.- Audiencias públicasEl Organismo Regulador está obligado, con anterioridad a lapublicación de la Resolución que fija tarifas reguladas, arealizar audiencias públicas descentralizadas en la cualsustentarán y expondrán los criterios, metodología, estudios,informes, modelos económicos o dictámenes que servirán dejustificación en la fijación de las tarifas reguladas. De todo elloquedará constancia en la parte considerativa de la referidaResolución.

El mismo trámite debe seguirse en aquellos casos en los cualesse haya producido una variación en los criterios, metodología omodelos económicos utilizados.

Artículo 8.- Audiencias privadasLas empresas prestadoras y las organizaciones representativasde usuarios, están facultadas para solicitar y obtener audienciascon los funcionarios del Organismo Regulador, a fin deintercambiar opiniones respecto del proceso de fijación deprecios regulados, sin perturbar el normal desenvolvimientodel procedimiento.

El Organismo Regulador publicará en su página web unarelación de las reuniones que hubiere celebrado con la(s)empresa(s) prestadora(s) y organizaciones representativas deusuarios, publicación que habrá de contener:

a) El nombre de las empresas prestadoras y sus representantes.

b) Los funcionarios del Organismo Regulador.

c) El nombre de las organizaciones de usuarios y susrepresentantes.

d) Otras personas jurídicas y entidades públicas, vinculadas alos procedimientos de fijación de precios regulados, así comosus representantes.

e) El lugar, fecha, hora, asuntos tratados en la reunión yconclusiones a las que se hubieran arribado.

Artículo 9.- Responsabilidad administrativa y penalEl incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley acarrea,para los funcionarios públicos de los Organismos Reguladores,responsabilidad administrativa y será considerado como unafalta grave, sancionable con destitución, sin perjuicio de laresponsabilidad penal a la que hubiere lugar.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS,COMPLEMENTARIAS Y FINALES

PRIMERA.- Definiciones

EMPRESA PRESTADORA.- Persona natural o jurídica quecuenta con titularidad legal o contractual para la prestación deservicios públicos.

ORGANIZACIÓN REPRESENTATIVA DE USUARIOS.- Esla persona jurídica debidamente inscrita que tiene por objetovelar por los intereses de los usuarios y/o consumidores que de

Page 31: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

31

pertinente en el plazo que se establezca para tal efecto.

6. El flujograma correspondiente.

Artículo 4.- Transparencia en la informaciónLas empresas prestadoras y las organizacionesrepresentativas de usuarios, así como toda persona,tienen el derecho a acceder a los informes, estudios,dictámenes, modelos económicos y memorias anualesque constituyan el sustento de las Resoluciones quefijan los precios regulados, de conformidad con loestablecido en el artículo 2, incisos 5) y 6) de laConstitución del Estado.

Asimismo, el Organismo Regulador deberá prepublicar,en su página web institucional y en el diario oficial ElPeruano, el Proyecto de la Resolución que fije la tarifaregulada y una relación de la información a que serefiere el párrafo anterior, con una antelación no menora 15 días hábiles.

La Resolución que fija tarifas reguladas, su exposiciónde motivos, así como toda Resolución que pudiera tenerimplicancia en dicho proceso, deberá ser publicada en eldiario oficial El Peruano, bajo sanción de nulidad.

Artículo 5.- Información confidencialLa calificación de la información “confidencial”referida al secreto comercial o industrial de las empresasprestadoras de servicios públicos, deben constar enresolución motivada expedida por el Consejo Directivodel Organismo Regulador.

Artículo 6.- Plazo para acceder a informaciónLa información a que se refiere el primer párrafo delartículo 4 debe ser proporcionada por el OrganismoRegulador dentro de los cinco (5) días hábiles siguientesde recibida la solicitud. El pago por el derechocorrespondiente deberá estar incorporado en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos de la entidadcorrespondiente.

forma eventual o permanente tienen acceso o se sirven dealgún servicio público.

TARIFA REGULADA.- Es el valor de la contraprestación quese paga por un servicio público, sujeto a determinación por losOrganismos Reguladores, de conformidad con el marconormativo vigente.

SEGUNDA.- Norma derogatoriaDéjase sin efecto el Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM ytodas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

TERCERA.- VigenciaLa presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el diario oficial.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los doce días del mes de setiembre de dos mil dos.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTESegunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mesde octubre del año dos mil dos.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 32: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

32

Pág. 233052 EL PERUANO

Lima, martes 12 de Noviembre de 2002

LEY Nº 27861

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE EXCEPTÚA EL PAGODE DERECHOS DE AUTOR PORLA REPRODUCCIÓN DE OBRAS

PARA INVIDENTES

Artículo Único.- Adiciona el inciso g) al artículo 43 delDecreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho deAutorAdiciónase el inciso g) al artículo 43, del DecretoLegislativo Nº 822, el cual queda redactado de lasiguiente manera:

“Artículo 43.- Respecto de las obras ya divulgadaslícitamente, es permitida sin autorización del autor:

g) La reproducción de las obras de ingenio para uso privado deinvidentes, siempre que ésta se efectúe mediante el sistemaBraille u otro procedimiento específico y que las copias notengan como propósito utilización lucrativa.”

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mildos.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESUS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mesde noviembre del año dos mil dos.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Pág. 233162 EL PERUANO

Lima, miércoles 13 de Noviembre de 2002

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LEY Nº 27863EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO:El Congreso de la Repúblicaha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA VARIOSARTÍCULOS DE LA LEY QUE REGULA

LAS CENTRALESPRIVADAS DE INFORMACIÓN DE

RIESGOS

d) El derecho de actualización de la información referida a unomismo, registrada en los bancos de datos, que no haya incluidopagos parciales o totales, siempre que hubiesen vencido losplazos establecidos en los incisos 15.7 y 15.8 del artículo 15 dela presente Ley.”

Artículo 2.- Se adicionan numerales 15.6, 15.7 y 15.8 alartículo 15Adiciónanse al artículo 15 de la Ley Nº 27489, “Ley queRegula las Centrales Privadas de Información de Riesgos y deProtección al Titular de la Información”, los numerales 15.6,15.7 y 15.8.

“Artículo 15.- Derecho de modificación y derecho decancelación15.1 En caso de considerar que la información contenida en losbancos de datos es ilegal, inexacta, errónea o caduca, el titularde dicha información podrá solicitar que ésta sea revisada por

NORMAS LEGALES

NORMAS LEGALES

Page 33: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

33

Y DE PROTECCIÓN AL TITULAR DELA INFORMACIÓN

Artículo 1.- Objeto de la normaModifícanse los artículos 4, 7, numeral 7.1; 9 inciso c) einciso d); 10 incisos c), d), e), f) y g); y 13 inciso b) eincorpórese el inciso d) de la Ley Nº 27489, “Ley queRegula las Centrales Privadas de Información deRiesgos y de Protección al Titular de la Información”,en los siguientes términos:

“Artículo 4.- OrganizaciónLas CEPIRS pueden constituirse bajo

cualquiera de las formas permitidas por la ley.

Artículo 7.- Fuentes de información7.1 Las CEPIRS podrán recolectar información

de riesgos para sus bancos de datos tanto de fuentespúblicas como de fuentes privadas, sin necesidad decontar con la autorización del titular de la información,entendiéndose que la base de datos se conformará contoda la información de riesgo.

Artículo 9.- Lineamientos generales de recolección ytratamiento de información

Para la recolección y tratamiento de la información deriesgos, las CEPIRS deberán observar los siguienteslineamientos generales:

c) La información que deberá constar en losreportes informativos será lícita, exacta y veraz, deforma tal que responda a la situación real del titular dela información en determinado momento. Si lainformación resulta ser ilícita, inexacta o errónea, entodo o en parte, deberán adoptarse las medidascorrectivas, según sea el caso, por parte de las CEPIRS,sin perjuicio de los derechos que corresponden a lostitulares de dicha información.

A efectos de determinar el momento se deberá, en cadareporte, señalar la fecha del informe.

Cuando las CEPIRS reciban de sus fuentes informaciónconteniendo la fecha de extinción de la obligación, lanaturaleza de la misma, la tasa de interés efectiva, losotros conceptos cobrados y la entidad acreedora,deberán incluir expresamente dicha información en susreportes; y,

d) La información será conservada durante el plazolegal establecido en la presente Ley o en su defecto,hasta que se produzca su cancelación conforme a loprescrito en el inciso b) del artículo 13 de la presenteLey.

Artículo 10.- Información excluidaLas CEPIRS no podrán contener en sus bancos de datosni difundir en sus reportes de crédito la siguienteinformación:

cuenta y costo de las CEPIRS y, de ser el caso, que se procedaa su modificación o cancelación.

15.2 La solicitud para la revisión de la información deberá serinterpuesta por escrito, acompañando los medios probatoriosque acrediten que el solicitante es el titular de la información.En dicha solicitud se precisarán los datos concretos que sedesea revisar, acompañando la documentación que justifique elpedido.

15.3 Las CEPIRS establecerán los procedimientos internosnecesarios para brindar una eficiente, efectiva y oportunaatención a las solicitudes de revisión presentadas, así como losmecanismos de comunicación y coordinación adecuados conlas fuentes de las que recolecta la información.

15.4 Dentro del plazo de 7 (siete) días naturales desde lapresentación de la solicitud, las CEPIRS obligatoriamenteinformarán por escrito al titular de la información si su pedidoes procedente o si ha sido denegado. Alternativamente, dentrodel mismo plazo, las CEPIRS podrán prorrogar, hasta por 5(cinco) días naturales adicionales, el plazo para emitir unadecisión definitiva, debiendo para ello, hasta que finalice elplazo, difundir que dicha información es materia de revisión.

15.5 Vencidos los plazos mencionados en el párrafoprecedente, el titular de la información deberá recibir lacomunicación por escrito que responda de manera definitiva susolicitud.

15.6 Cuando la información se encuentre desactualizada,producto de la no inclusión de datos sobre pagos parciales ototales, la fuente que generó dicha información, una vezdetectado el error o la inexactitud, deberá actualizarla en unplazo de 2 (dos) días hábiles, sin necesidad de solicitud deltitular.

15.7 El plazo para remitir la información a las CEPIRSreferidos a pagos parciales o totales, por parte de las fuentes deinformación, no deberá ser mayor al plazo utilizado por éstaspara remitir información referida a obligaciones vencidas.

15.8 El plazo para actualizar los reportes de crédito, emitidospor las CEPIRS referidos a pagos parciales o totales por partede las fuentes de información, no deberá ser mayor a 2 (dos)días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepciónde la información proveniente de las fuentes.

Lo dispuesto en los literales 15.7 y 15.8 no será de aplicación alos casos de protestos, los que se rigen por la Ley de TítulosValores.”

Artículo 3.- Modificación del artículo 20 de la Ley Nº 27489Modifícase el artículo 20 de la Ley Nº 27489, con elsiguiente texto:

“Artículo 20.- InfraccionesSe consideran infracciones administrativas a la presente Ley:

a) Negarse a facilitar el acceso de un consumidor a la

Page 34: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

34

a) Información sensible;

b) Información que viole el secreto bancario o la reservatributaria;

c) Información ilegal, inexacta o errónea;

d) Información referida al incumplimiento deobligaciones de naturaleza civil, comercial o tributaria,cuando (i) la obligación se haya extinguido y hayantranscurrido 2 (dos) años desde su extinción; o (ii) 5(cinco) años desde el vencimiento de la obligación.Estos plazos no rigen si el titular ejerce el derecho decancelación de acuerdo a lo establecido en el inciso b)del artículo 13 de la presente Ley.

El caso de los protestos se regirá por la Ley de TítulosValores.

e) Información referida a sanciones exigibles denaturaleza tributaria, administrativa u otras análogas decontenido económico, cuando (i) hayan transcurrido 2(dos) años desde que se ejecutó la sanción impuesta alinfractor o se extinguió por cualquier otro medio legal, y(ii) 5 (cinco) años desde que se impuso la sanción.

f) Informaciones referidas al incumplimiento de otrasobligaciones que no sean comerciales, civiles,tributarias, laborales o de seguros. Excepcionalmente,las CEPIRS sólo podrán contener en su banco de datosobligaciones referidas a servicios públicos cuando sehaya dejado de pagar dichos servicios por el titular de lainformación durante 6 (seis) meses continuos.

g) Información referida a la insolvencia o quiebra deltitular de la información, cuando hayan transcurrido 2(dos) años desde que se levantó el estado de insolvenciao 5 (cinco) años desde que se declaró la quiebra; o,

h) Cualquier otra información excluida por ley.

Artículo 13.- Derechos de los titularesDe manera enunciativa, mas no limitativa, los titularesde la información registrada en los bancos de datosadministrados por las CEPIRS tienen los siguientesderechos:

a) El derecho de acceso a la información referida a unomismo registrada en tales bancos;

b) El derecho de modificación y el derecho decancelación de la información referida a uno mismo,registrada en tales bancos y que fuese ilegal, inexacta,errónea o caduca;

c) El derecho de rectificación de la información referidaa uno mismo que haya sido difundida por las CEPIRS yque resulte ser ilegal, inexacta, errónea o caduca;

información de riesgos de la que es titular;

b) Denegar una solicitud de revisión o una solicitud derectificación de la información de riesgos de la que es titularun consumidor;

c) Negarse a modificar o a cancelar la información de un titularluego de que éste haya tenido un pronunciamiento favorable enun procedimiento seguido de conformidad con lo establecidoen el artículo 15 de la presente Ley; o,

d) No actualizar la información por la no inclusión de registrosde pagos totales o parciales a que se refiere el numeral 15.6 delartículo 15; no haberse remitido la información a las CEPIRSen el plazo estipulado en el numeral 15.7 del artículo 15; y, noactualizar los reportes de crédito en el plazo señalado en elnumeral 15.8 del artículo 15.

Las CEPIRS son objetivamente responsables por incurrir en lasinfracciones antes tipificadas, sin perjuicio de laresponsabilidad que pudiera corresponder a las fuentes de lasque hubieran recolectado información, conforme a lasdisposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 716, Leyde Protección al Consumidor.

Las CEPIRS no responderán por el incumplimiento del plazoque corresponda a la fuente de información.”

Artículo 4.- Norma derogatoria.Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presenteLey.Artículo 5.- Vigencia de la leyLa presente ley entrará en vigencia al día siguiente de supublicación en el diario oficial.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil dos.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mesde noviembre del año dos mil dos.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 35: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

35

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 27846

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la Repúblicaha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRECISA ALCANCESDEL ARTÍCULO 40 DELDECRETO SUPREMO

Nº 039-2000-ITINCI, TEXTOÚNICO

ORDENADO DE LA LEY DEPROTECCIÓN

AL CONSUMIDOR

Artículo 1.- Precisa competenciaPrecísase que conforme a lo establecido en el artículo 40del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección alConsumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-ITINCI, las asociaciones de consumidoresdebidamente reconocidas por el INDECOPI estánlegitimadas para interponer denuncias por sí mismasante la Comisión de Protección al Consumidor y antelos demás órganos funcionales competentes delINDECOPI, en defensa de intereses colectivos y/odifusos de los consumidores afectados y/opotencialmente afectados y para presentar denuncias enrepresentación de sus asociados y de los consumidoresque le otorguen poder a su favor con este fin, sinperjuicio de las denuncias y reclamos que puedeinterponer ante las autoridades competentes y a que serefiere el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Leyde Protección al Consumidor.

Artículo 2.- Se amplían facultadesLas asociaciones de consumidores están legitimadasigualmente para interponer denuncias por sí mismasante OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN y SUNASS, endefensa de intereses colectivos y/o difusos de losconsumidores afectados y/o potencialmente afectados ypara presentar denuncias en representación de susasociados y de los consumidores que le otorguen poderpara ese fin.

Artículo 3.- Convenios y destino de las multasadministrativasLos Consejos Directivos del INDECOPI, OSINERG,SUNASS, OSIPTEL y OSITRAN, podrán celebrar Conveniosde Cooperación lnterinstitucional con Asociaciones deConsumidores legalmente reconocidas.

Igualmente, podrán disponer que hasta un 50% (cincuenta porciento) de las multas administrativas impuestas en los procesospromovidos por estas Asociaciones de Consumidores, seadestinado a financiar publicaciones, labores de investigación,información, educación en defensa de los consumidores acargo de las mismas. El correcto uso de estos recursos seráfiscalizado por la Contraloría General de la República.

Artículo 4.- Encargo a INDECOPIMediante Resolución del Directorio del INDECOPI sedeterminarán los órganos funcionales competentes a los que serefiere el artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 5.- Norma derogatoria y modificatoriaDeróganse o modifícanse todas las normas que se opongan a lodispuesto por la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre de dos mildos.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mesde octubre del año dos mil dos.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 36: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

36

EL PERUANO

Lima, 10 de enero de 2003

LEY Nº 27917

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la Repúblicaha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA Y PRECISALOS ALCANCES DEL ARTÍCULO

42 DELTEXTO ÚNICO ORDENADO DE

LALEY DE PROTECCIÓN AL

CONSUMIDOR, APROBADO PORDECRETO SUPREMO Nº 039-2000-

ITINCI

Artículo 1.- Se modifica y precisan los alcances delartículo 42 de la Ley de Protección al ConsumidorModifícase el artículo 42 del Texto Único Ordenado dela Ley de Protección al Consumidor, aprobado porDecreto Supremo Nº 039-2000-ITINCI, precisándosesus alcances, en los siguientes términos:

“Artículo 42.- Sin perjuicio de las sancionesadministrativas a que hubiera lugar, la Comisión deProtección al Consumidor, actuando de oficio o apedido de parte, deberá imponer a los proveedores queincurran en alguna de las infracciones tipificadas en lapresente Ley, una o más de las siguientes medidascorrectivas:

a) Decomiso o destrucción de mercadería, envases,envolturas y/o etiquetas;

b) Solicitar a la autoridad municipal correspondiente laclausura temporal del establecimiento o negocio hastapor un máximo de 60 (sesenta) días calendario;

c) Publicación de avisos rectificatorios o informativosen la forma que determine la Comisión, tomando enconsideración los medios que resulten idóneos pararevertir los efectos que el acto objeto de sanción hubieraocasionado;

d) Reposición y reparación de productos;

k) Cualquier otra medida correctiva que la Comisión considerepertinente ordenar y que tenga por finalidad revertir los efectosque la conducta infractora hubiera ocasionado o evitar que éstase produzca nuevamente en el futuro.

Los bienes o montos que sean objeto de medidas correctivasserán entregados por el proveedor directamente al consumidorque los reclama, salvo mandato distinto contenido en laresolución. Aquellos bienes o montos materia de una medidacorrectiva, que por algún motivo se encuentren en posesión delINDECOPI y deban ser entregados a los consumidoresbeneficiados, serán puestos a disposición de éstos. En el casode bienes o montos que no hayan sido reclamados al cabo deun año, será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 45 deeste Decreto Legislativo.”

Artículo 2.- IndemnizacionesPrecísase que las medidas correctivas tienen como finalidadrevertir los efectos que la conducta infractora hubieseocasionado en el mercado o evitar que ésta se produzcanuevamente en el futuro. Para ello se parte de la existencia deuna relación de consumo en todos los sectores y sin límite demonto. Las medidas correctivas no tienen naturalezaindemnizatoria o resarcitoria.

La Comisión no es competente para ordenar indemnizaciones.Corresponde esta facultad, de manera exclusiva, al PoderJudicial. Las pretensiones de naturaleza indemnizatoria oresarcitoria que se presenten a la Comisión de Protección alConsumidor, en el marco de una relación de consumo, seránrechazadas.

Artículo 3.- Criterios de aplicación de las medidascorrectivasEn el ejercicio de la facultad otorgada a la autoridadadministrativa para imponer medidas correctivas, ésta tendráen consideración la posibilidad real del cumplimiento de lamedida, los alcances jurídicos de la misma y el montoinvolucrado en el conflicto. En aquellos casos en los que laautoridad administrativa decidiera no otorgar una medidacorrectiva, queda a salvo el derecho de las partes para que lohagan valer en la vía judicial.

Artículo 4.- Norma derogatoriaQuedan derogadas todas las normas que se opongan a lodispuesto en la presente Ley.

Artículo 5.- Vigencia de la LeyLa presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de lapublicación en el diario oficial.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre de dos mildos.

Page 37: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

37

e) Devolución de la contraprestación pagada por elconsumidor;

f) Que el proveedor cumpla lo ofrecido en una relaciónde consumo, siempre que dicho ofrecimiento conste porescrito en forma expresa;

g) La devolución o extorno, por el proveedor, de lassumas de dinero pagadas por el consumidor cuando elproducto entregado o servicio prestado no corresponda alo que haya sido expresamente acordado por las partes;

h) Que las entidades depositarias cumplan con efectuarel traslado y el pago de las cuentas por CTS deltrabajador, conforme a lo establecido en la Ley deCompensación por Tiempo de Servicios;

i) Que el proveedor cumpla con atender la solicitud deinformación requerida por el consumidor, siempre quedicho requerimiento guarde relación con el productoadquirido o servia: contratado;

j) Que el proveedor pague las coberturas ofrecidas enlos seguros contratados por los consumidores, quedandosujeto el pago al cumplimiento de las condicionesestablecidas en la correspondiente póliza de seguros;

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días delmes de enero del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 38: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

38

EL PERUANO

LEY Nº 27927

LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº27806, LEY DE TRANSPARENCIA Y

ACCESO A LA INFORMACIÓNPÚBLICA

Artículo 1.- Modifica artículos de la ley deTransparencia y Acceso a la información Pública

Modifícanse los artículos 2, 5, 6, 8, 9, 11, 15, 16, 17 y18 y la Primera Disposición Transitoria,Complementaria y Final, y agréganse los artículos 15-A,15-B y 15-C en la Ley Nº 27806, Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública, que quedaránredactados de la siguiente manera:

“Artículo 2.- Entidades de la Administración PúblicaPara efectos de la presente Ley se entiende porentidades de la Administración Pública a las señaladasen el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Artículo 5.- Publicación en los portales de lasdependencias públicasLas entidades de la Administración Pública estableceránprogresivamente, de acuerdo a su presupuesto, ladifusión a través de Internet de la siguiente información:

1. Datos generales de la entidad de la AdministraciónPública que incluyan principalmente las disposiciones ycomunicados emitidos, su organización, organigrama,procedimientos, el marco legal al que está sujeta y elTexto Único Ordenado de ProcedimientosAdministrativos, que la regula, si corresponde.

2. La información presupuestal que incluya datos sobrelos presupuestos ejecutados, proyectos de inversión,partidas salariales y los beneficios de los altosfuncionarios y el personal en general, así como susremuneraciones.

3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen.La publicación incluirá el detalle de los montoscomprometidos, los proveedores, la cantidad y calidadde bienes y servicios adquiridos.

4. Actividades oficiales que desarrollarán odesarrollaron los altos funcionarios de la respectivaentidad, entendiéndose como tales a los titulares de lamisma y a los cargos del nivel subsiguiente.

5. La información adicional que la entidad considerepertinente.Lo dispuesto en este artículo no exceptúa de laobligación a la que se refiere el Título IV de esta Ley

Lima, 04 de febrero del 2003

Con posterioridad a los cinco años de la clasificacióna la que se refiere el párrafo anterior, cualquier persona puedesolicitar la información clasificada como secreta, la cual seráentregada si el titular del sector o pliego respectivo consideraque su divulgación no pone en riesgo la seguridad de laspersonas, la integridad territorial y/o subsistencia del sistemademocrático. En caso contrario deberá fundamentarexpresamente y por escrito las razones para que se postergue laclasificación y el período que considera que debe continuarclasificado. Se aplican las mismas reglas si se requiere unanueva prórroga por un nuevo período. El documento quefundamenta que la información continúa como clasificada sepone en conocimiento del Consejo de Ministros, el cual puededesclasificarlo. Dicho documento también es puesto enconocimiento de la comisión ordinaria a la que se refiere elartículo 36 de la Ley Nº 27479 dentro de los diez (10) díasposteriores a su pronunciamiento. Lo señalado en este párrafono impide que el Congreso de la República acceda a lainformación clasificada en cualquier momento de acuerdo a loseñalado en el artículo 15-C de la presente Ley.

Artículo 15-A.- Excepciones al ejercicio del derecho:Información reservadaEl derecho de acceso a la información pública no podrá serejercido respecto de la información clasificada comoreservada. En consecuencia la excepción comprendeúnicamente los siguientes supuestos:

1. La información que por razones de seguridad nacional en elámbito del orden interno cuya revelación originaría un riesgo ala integridad territorial y/o la subsistencia del sistemademocrático. En consecuencia se considera reservada lainformación que tiene por finalidad prevenir y reprimir lacriminalidad en el país y cuya revelación puede entorpecerla ycomprende únicamente:

a) Los planes de operaciones policiales y de inteligencia, asícomo aquellos destinados a combatir el terrorismo, tráficoilícito de drogas y organizaciones criminales, así como losoficios, partes y comunicaciones que se refieran expresamentea ellos.

b) Las informaciones que impidan el curso de lasinvestigaciones en su etapa policial dentro de los límites de laley, incluyendo los sistemas de recompensa, colaboracióneficaz y protección de testigos, así como la interceptación decomunicaciones amparadas por la ley.

c) Los planes de seguridad y defensa de instalacionespoliciales, establecimientos penitenciarios, locales públicos ylos de protección de dignatarios, así como los oficios, partes ycomunicaciones que se refieran expresamente a ellos.

d) El movimiento del personal que pudiera poner en riesgo lavida e integridad de las personas involucradas o afectar laseguridad ciudadana.

e) El armamento y material logístico comprometido en

Page 39: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

39

relativo a la publicación de la información sobre lasfinanzas públicas.

La entidad pública deberá identificar al funcionarioresponsable de la elaboración de los portales de Internet.

Artículo 6.- De los plazos de la implementaciónLas entidades públicas deberán contar con portales enInternet en los plazos que a continuación se indican:

a) Entidades del Gobierno Central, organismosautónomos y descentralizados, a partir del 1 de julio de2003.

b) Gobiernos Regionales, hasta un año después de, suinstalación.

c) Entidades de los Gobiernos Locales Provinciales yorganismos desconcentrados a nivel provincial, hasta unaño desde el inicio del nuevo período municipal, salvoque las posibilidades tecnológicas y/o presupuestaleshicieran imposible su instalación.

d) Entidades de los Gobiernos Locales Distritales, hastados años contados desde el inicio del nuevo períodomunicipal, salvo que las posibilidades tecnológicas y/opresupuestales hicieran imposible su instalación.

e) Entidades privadas que presten servicios públicos oejerzan funciones administrativas, hasta el 1 de julio de2003.

Las autoridades encargadas de formular lospresupuestos tomarán en cuenta estos plazos en laasignación de los recursos correspondientes.

Artículo 8.- Entidades obligadas a informarLas entidades obligadas a brindar información son lasseñaladas en el artículo 2 de la presente Ley.

Dichas entidades identificarán, bajo responsabilidad desu máximo representante, al funcionario responsable debrindar información solicitada en virtud de la presenteLey. En caso de que éste no hubiera sido designado lasresponsabilidades administrativas y penales recaerán enel secretario general de la institución o quien haga susveces.

Las empresas del Estado están sujetas al procedimientode acceso a la información establecido en la presenteLey.

Artículo 9.- Personas jurídicas sujetas al régimenprivado que prestan servicios públicosLas personas jurídicas sujetas al régimen privadodescritas en el inciso 8) del Artículo I del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27444 que gestionen serviciospúblicos o ejerzan funciones administrativas del sectorpúblico bajo cualquier modalidad están obligadas ainformar sobre las características de los servicios

operaciones especiales y planes de seguridad y defensa delorden interno.

2. Por razones de seguridad nacional y de eficacia de la acciónexterna del Estado, se considerará información clasificada enel ámbito de las relaciones externas del Estado, toda aquellacuya revelación originaría un riesgo a la seguridad e integridadterritorial del Estado y la defensa nacional en el ámbitoexterno, al curso de las negociaciones internacionales y/o lasubsistencia del sistema democrático. Estas excepciones sonlas siguientes:

a) Elementos de las negociaciones internacionales que derevelarse perjudicarían los procesos negociadores o alteraranlos acuerdos adoptados, no serán públicos por lo menos en elcurso de las mismas.

b) Información que al ser divulgada oficialmente por elMinisterio de Relaciones Exteriores pudiera afectarnegativamente las relaciones diplomáticas con otros países.

c) La información oficial referida al tratamiento en el frenteexterno de la información clasificada en el ámbito militar deacuerdo a lo señalado en el inciso a) del numeral 1 del artículo15 de la presente Ley.

En los casos contenidos en este artículo los responsables de laclasificación son los titulares del sector correspondiente o losfuncionarios designados por éste. Una vez que desaparezca lacausa que motivó la clasificación, la información reservada esde acceso público.

Artículo 15-B.- Excepciones al ejercicio del derecho:Información confidencialEl derecho de acceso a la información pública no podrá serejercido respecto de lo siguiente:

1. La información que contenga consejos, recomendaciones uopiniones producidas como parte del proceso deliberativo yconsultivo previo a la toma de una decisión de gobierno, salvoque dicha información sea pública. Una vez tomada ladecisión, esta excepción cesa si la entidad de la AdministraciónPública opta por hacer referencia en forma expresa a esosconsejos, recomendaciones u opiniones.

2. La información protegida por el secreto bancario, tributario,comercial, industrial, tecnológico y bursátil que estánregulados, unos por el inciso 5 del artículo 2 de laConstitución, y los demás por la legislación pertinente.3. La información vinculada a investigaciones en trámitereferidas al ejercicio de la potestad sancionadora de laAdministración Pública, en cuyo caso la exclusión del accesotermina cuando la resolución que pone fin al procedimientoqueda consentida o cuando transcurren más de seis (6) mesesdesde que se inició el procedimiento administrativosancionador, sin que se haya dictado resolución final.

4. La información preparada u obtenida por asesores jurídicoso abogados de las entidades de la Administración Pública cuyapublicidad pudiera revelar la estrategia a adoptarse en la

Page 40: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

40

públicos que presta, sus tarifas y sobre las funcionesadministrativas que ejerce.

Artículo 11.- ProcedimientoEl acceso a la información pública se sujeta al siguienteprocedimiento:

a) Toda solicitud de información debe ser dirigida alfuncionario designado por la entidad de laAdministración Pública para realizar esta labor. En casode que éste no hubiera sido designado, la solicitud sedirige al funcionario que tiene en su poder lainformación requerida o al superior inmediato.

b) La entidad de la Administración Pública a la cual sehaya presentado la solicitud de información deberáotorgarla en un plazo no mayor de siete (7) días útiles;plazo que se podrá prorrogar en forma excepcional porcinco (5) días útiles adicionales, de mediarcircunstancias que hagan inusualmente difícil reunir lainformación solicitada. En este caso, la entidad deberácomunicar por escrito, antes del vencimiento del primerplazo, las razones por las que hará uso de tal prórroga,de no hacerlo se considera denegado el pedido.

En el supuesto de que la entidad de la AdministraciónPública no posea la información solicitada y de conocersu ubicación y destino, esta circunstancia deberá serpuesta en conocimiento del solicitante.

c) La denegatoria al acceso a la información se sujeta alo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 13 de lapresente Ley.

d) De no mediar respuesta en los plazos previstos en elinciso b), el solicitante puede considerar denegado supedido.

e) En los casos señalados en los incisos c) y d) delpresente artículo, el solicitante puede considerardenegado su pedido para los efectos de dar por agotadala vía administrativa, salvo que la solicitud haya sidocursada a un órgano sometido a superior jerarquía, encuyo caso deberá interponer el recurso de apelación paraagotarla.

f) Si la apelación se resuelve en sentido negativo, o laentidad correspondiente no se pronuncia en un plazo dediez (10) días útiles de presentado el recurso, elsolicitante podrá dar por agotada la vía administrativa.g) Agotada la vía administrativa, el solicitante que noobtuvo la información requerida podrá optar por iniciarel proceso contencioso administrativo, de conformidadcon lo señalado en la Ley Nº 27584 u optar por elproceso constitucional del Hábeas Data, de acuerdo a loseñalado por la Ley Nº 26301.

Artículo 15.- Excepciones al ejercicio del derecho:Información SecretaEl derecho de acceso a la información pública no podrá

tramitación o defensa en un proceso administrativo o judicial,o de cualquier tipo de información protegida por el secretoprofesional que debe guardar el abogado respecto de suasesorado. Esta excepción termina al concluir el proceso.

5. La información referida a los datos personales cuyapublicidad constituya una invasión de la intimidad personal yfamiliar. La información referida a la salud personal, seconsidera comprendida dentro de la intimidad personal. Eneste caso, sólo el juez puede ordenar la publicación sinperjuicio de lo establecido en el inciso 5 del artículo 2 de laConstitución Política del Estado.

6. Aquellas materias cuyo acceso esté expresamenteexceptuado por la Constitución o por una Ley aprobada por elCongreso de la República.

Artículo 15-C.- Regulación de las excepcionesLos casos establecidos en los artículos 15, 15-A y 15-B son losÚnicos en los que se puede limitar el derecho al acceso a lainformación pública, por lo que deben ser interpretados demanera restrictiva por tratarse de una limitación a un derechofundamental. No se puede establecer por una norma de menorjerarquía ninguna excepción a la presente Ley.

La información contenida en las excepciones señaladas en losartículos 15, 15-A y 15-B son accesibles para el Congreso de laRepública, el Poder Judicial, el Contralor General de laRepública y el Defensor del Pueblo.

Para estos efectos, el Congreso de la República sólo tieneacceso mediante una Comisión Investigadora formada deacuerdo al artículo 97 de la Constitución Política del Perú y laComisión establecida por el artículo 36 de la Ley Nº 27479.Tratándose del Poder Judicial de acuerdo a las normas queregulan su funcionamiento, solamente el juez en ejercicio desus atribuciones jurisdiccionales en un determinado caso ycuya información sea imprescindible para llegar a la verdad,puede solicitar la información a que se refiere cualquiera de lasexcepciones contenidas en este artículo. El Contralor Generalde la República tiene acceso a la información contenida en esteartículo solamente dentro de una acción de control de suespecialidad. El Defensor del Pueblo tiene acceso a lainformación en el ámbito de sus atribuciones de defensa de losderechos humanos.Los funcionarios públicos que tengan en su poder lainformación contenida en los artículos 15, 15-A y 15-B tienenla obligación de que ella no sea divulgada, siendo responsablessi esto ocurre.

El ejercicio de estas entidades de la administración pública seenmarca dentro de las limitaciones que señala la ConstituciónPolítica del Perú.

Las excepciones señaladas en los puntos 15 y 15-A incluyenlos documentos que se generen sobre estas materias y no seconsiderará como información clasificada, la relacionada a laviolación de derechos humanos o de las Convenciones deGinebra de 1949 realizada en cualquier circunstancia, porcualquier persona. Ninguna de las excepciones señaladas en

Page 41: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

41

ser ejercido respecto a la información expresamenteclasificada como secreta, que se sustente en razones deseguridad nacional, en concordancia con el artículo 163de la Constitución Política del Perú, que además tengacomo base fundamental garantizar la seguridad de laspersonas y cuya revelación originaría riesgo para laintegridad territorial y/o subsistencia del sistemademocrático, así como respecto a las actividades deinteligencia y contrainteligencia del CNI dentro delmarco que establece el Estado de Derecho en función delas situaciones expresamente contempladas en esta Ley.En consecuencia la excepción comprende únicamentelos siguientes supuestos:

1. Información clasificada en el ámbito militar, tanto enel frente interno como externo:

a) Planes de defensa militar contra posibles agresionesde otros Estados, logísticos, de reserva y movilización yde operaciones especiales así como oficios ycomunicaciones internas que hagan referencia expresa alos mismos.

b) Las operaciones y planes de inteligencia ycontrainteligencia militar.

c) Desarrollos técnicos y/o científicos propios de ladefensa nacional.

d) Órdenes de operaciones, logísticas y conexas,relacionadas con planes de defensa militar contraposibles agresiones de otros Estados o de fuerzasirregulares militarizadas internas y/o externas, así comode operaciones en apoyo a la Policía Nacional del Perú,planes de movilización y operaciones especialesrelativas a ellas.

e) Planes de defensa de bases e instalaciones militares.

f) El material bélico, sus componentes, accesorios,operatividad y/o ubicación cuyas característicaspondrían en riesgo los planes de defensa militar contraposibles agresiones de otros Estados o de fuerzasirregulares militarizadas internas y/o externas, así comode operación en apoyo a la Policía Nacional del Perú,planes de movilización y operaciones especialesrelativas a ellas.

g) Información del Personal Militar que desarrollaactividades de Seguridad Nacional y que pueda poner enriesgo la vida e integridad de las personas involucradas.

2. Información clasificada en el ámbito de inteligenciatanto en el frente externo como interno:

a) Los planes estratégicos y de inteligencia, así como lainformación que ponga en riesgo sus fuentes.

b) Los informes que de hacerse públicos, perjudicaríanla información de inteligencia.

este artículo pueden ser utilizadas en contra de lo establecidoen la Constitución Política del Perú.

Artículo 16.- Información parcialEn caso de que un documento contenga, en forma parcial,información que, conforme a los artículos 15, 15-A y 15-B deesta Ley, no sea de acceso público, la entidad de laAdministración Pública deberá permitir el acceso a lainformación disponible del documento.

Artículo 17.- Tasa aplicableEl solicitante que requiera la información deberá abonarsolamente el importe correspondiente a los costos dereproducción de la información requerida. El monto de la tasadebe figurar en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos (TUPA) de cada entidad de la AdministraciónPública. Cualquier costo adicional se entenderá como unarestricción al ejercicio del derecho regulado por esta Ley,aplicándose las sanciones correspondientes.

Artículo 18.- Conservación de la informaciónEs responsabilidad del Estado crear y mantener registrospúblicos de manera profesional para que el derecho a lainformación pueda ejercerse a plenitud. En ningún caso laentidad de la Administración Pública podrá destruir lainformación que posea.

La entidad de la Administración Pública deberá remitir alArchivo Nacional la información que obre en su poder, en losplazos estipulados por la Ley de la materia. El ArchivoNacional podrá destruir la información que no tenga utilidadpública, cuando haya transcurrido un plazo razonable duranteel cual no se haya requerido dicha información y de acuerdo ala normatividad por la que se rige el Archivo Nacional.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIASY FINALES

Primera.- La Administración Pública contará con un plazo deciento cincuenta (150) días a partir de la publicación de lapresente Ley para acondicionar su funcionamiento de acuerdoa las obligaciones que surgen de su normativa. Regirán dentrode ese plazo las disposiciones del Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM, del Decreto de Urgencia Nº 035-2001 y de todaslas normas que regulan el acceso a la información. Sinembargo, los artículos 8, 11 y 17 referidos a entidadesobligadas a informar, al procedimiento y, él costo dereproducción respectivamente, entran en vigencia al díasiguiente de la publicación de la presente Ley. El PoderEjecutivo, a través de los Ministerios respectivos y del ConsejoNacional de Inteligencia, en su calidad de órgano rector delmás alto nivel del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA),elaborará el reglamento de la presente Ley, el cual seráaprobado por el Consejo de Ministros y publicado en un plazono mayor de noventa (90) días contados a partir de la vigenciade la presente Ley.”

Artículo 2.- Texto Único OrdenadoFacúltase al Poder Ejecutivo a publicar, a través de DecretoSupremo, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley

Page 42: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

42

c) Aquellos informes oficiales de inteligencia que, dehacerse públicos, incidirían negativamente en lasexcepciones contempladas en el inciso a) del artículo 15de la presente Ley.

d) Información relacionada con el alistamiento delpersonal y material.

e) Las actividades y planes estratégicos de inteligencia ycontrainteligencia, de los organismos conformantes delSistema de Inteligencia Nacional (SINA), así como lainformación que ponga en riesgo sus fuentes.

f) Información del personal civil o militar que desarrollaactividades de Seguridad Nacional y que pueda poner enriesgo la vida e integridad de las personas involucradas.

g) La información de inteligencia que contemple algunode los supuestos contenidos en el artículo 15 numeral 1.

En los supuestos contenidos en este artículo losresponsables de la clasificación son los titulares delsector o pliego respectivo, o los funcionarios designadospor éste.

de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en unplazo no mayor de treinta (30) días, contados a partir de lavigencia de la presente Ley.

Artículo 3.- Disposición derogatoriaDeróganse las normas que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para supromulgación.

En Lima, a los trece días del mes de enero de dos mil tres.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mesde febrero del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 43: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

43

EL PERUANO

LEY Nº 27932

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de laRepública ha dado la Ley siguiente:Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PROHÍBE EL USO DE LASUSTANCIA QUÍMICA BROMATO DEPOTASIO EN LA ELABORACIÓN DEL

PAN Y OTROS PRODUCTOSALIMENTICIOS DESTINADOS AL

CONSUMO HUMANO

Artículo 1.- Prohibición del uso de la sustanciaquímica “bromato de potasio”Prohíbese el uso de la sustancia química bromato depotasio en la elaboración del pan o en cualquier otroproducto alimenticio destinado al consumo humanoen todo el territorio de la República.

Artículo 2.- Prohibición de tenencia, circulación yventa de alimentos con la sustancia química“bromato de potasio” destinados al consumohumanoProhíbese la tenencia, circulación y venta dealimentos para consumo humano, en cuyo proceso depreparación, tratamiento, envasado o manipulacióndel producto, se haya agregado, como ingrediente omateria prima, la sustancia química “bromato depotasio”.

Artículo 3.- Prohibición de sustancias nocivas parala salud de las personasProhíbese la adición de sustancias químicas,ingredientes o productos peligrosos para la salud, enlos alimentos destinados, directa o indirectamente alconsumo humano, en cualquier etapa del proceso deproducción, cuya ingesta produzca daño a la salud.

Artículo 4.- De la fiscalizaciónEncárgase al Ministerio de Salud a dictar las medidassanitarias correspondientes y, con la colaboración delos gobiernos locales, Ministerio Público y PolicíaNacional del Perú, a dar cumplimiento a lo dispuestoen la presente Ley.

Artículo 5.- De la aplicación de sanciones

A partir del día siguiente de la publicación de lapresente Ley, el INDECOPI impondrá las sancionesadministrativas y medidas correctivas necesarias a losproveedores que infrinjan lo dispuesto en el artículo1, de conformidad con el Título VII del Decreto

Lima, 11 de febrero del 2003

Supremo Nº 039-2000-ITINCI, Texto ÚnicoOrdenado del Decreto Legislativo Nº 716, Ley deProtección al Consumidor, sin perjuicio de lasindemnizaciones de carácter civil y la aplicación desanciones penales a que hubiere lugar.

Precísase que para el presente caso, no procede laamonestación establecida en el artículo 41 del TextoÚnico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 716 yque la multa, decomiso y destrucción o clausuratemporal del establecimiento o negocio, se hará demanera simultánea.

Artículo 6.- Norma reglamentariaEl Poder Ejecutivo elaborará el Reglamento de lapresente Ley dentro de tos treinta (30) días siguientesa su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 7.- Modifica el artículo 90 de la LeyGeneral de SaludModifícase el artículo 90 de la Ley General de Salud -Ley Nº 26842, en los términos siguientes:

Artículo 90.- Queda estrictamente prohibido importar,fabricar, fraccionar, elaborar, comerciar, traspasar atítulo gratuito, distribuir y almacenar alimentos ybebidas alterados, contaminados, adulterados,falsificados o que hayan sido declarados no aptos parael consumo humano por el organismocorrespondiente.”

Artículo 8.- Norma derogatoriaQuedan derogadas todas las normas que se opongan ala presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.En Lima, a los veinte días del mes de enero de dosmil tres.CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DELA REPÚBLICA

POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez díasdel mes de febrero del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTEPresidente del Consejo de Ministros

Page 44: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

44

COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOSREGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LEGISLATURA 2002-2003

DENUNCIAS y/o QUEJAS

CLASIFICACIÓN POR MATERÍA:

DENUNCIAS

INGRESADAS50%

TRAMITADAS49%

PENDIENTES1%

INGRESADASTRAMITADASPENDIENTES

INGRESADAS 411

TRAMITADAS 400

PENDIENTES 11

ENERGÍA ELÉCTRICA 67

AGUA 100

TELEFONIA 140

BANCA DE CONSUMO 107

OTROS 96

C L A S IF IC A C IÓ N P O R M A T E R IA

E N E R G Í A E L É C T R IC A

1 3 %

A G U A2 0 %

T E L E F O N I A2 8 %

B A N C A D E C O N S U M O

2 0 %

O T R O S1 9 %

E N E R G ÍA E L É C T R I C AA G U A

T E L E F O N IA

B A N C A D E C O N S U M OO T R O S

Page 45: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

45

GRUPOS DE TRABAJO CONFORMADOS

Grupo de Trabajo encargado de evaluar la adquisición del suministro, alimentococido de preparación instantánea “papilla” para los departamentos de Ancash,Apurimac, Ayacucho, Cajamarca, Cuzco, Huancavelica y Puno, convocados por elInstituto Nacional de Salud en los años 2001 y 2002. asimismo se indague la razóndel cambio de insecticidas para la Campaña contra la Malaria.

INTEGRANTES:

- Jesús Alvarado Hidalgo – Presidente- Maruja Alfaro Huerta- José Barba Caballero- Cesar Zumaeta Flores

Pendiente de entrega de informe.

Grupo de Trabajo encargado de estudiar la problemática del Seguro Obligatorio deAccidentes de Transito – SOAT.

INTEGRANTES:

- Julia Valenzuela Cuellar – Presidente- Carlos Armas Vela- Carlos Infantas Fernández- Cesar Zumaeta Flores

Informe Final en Mayoría presentado por los congresista Julia Valenzuela Cuellar,Carlos Infantas Fernández y Carlos Armas Vela, presentado en noviembre del 2002.

Informe Final en minoría presentado por el congresista César Zumaeta Florespresentado con fecha 20 de diciembre del 2002.

Page 46: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

46

EVENTOS REALIZADOS POR LA COMISIÓN DE DEFENSA DELCONSUMIDOR Y ORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS

PÚBLICOS

FORUM : Tasa de Interés y Sistema Bancario en el Perú

Realizado el 30 de octubre del 2002Sala Grau del Congreso de la República

I AUDIENCIA PÚBLICA: Diálogo sobre demandas de Usuarios y Consumidores enla Gestión y los Servicios Públicos

Realizado el 01 de Diciembre del 2002Cono Este : Distrito de San Juan de LuriganchoCono Norte : Distrito de Independencia

V CONFERENCIA REGIONAL: Los Consumidores en Tiempo de incertidumbre,desafíos y propuestas.

Organizado con ASPEC – Consumers International Oficina para America Latina y elCaribeRealizado : el 27 de noviembre del 2002Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea

Page 47: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

47

COMISIÓN PERMANENTE

SUSTENTACIÓN DEL DICTAMEN RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY NRO. 2674/2001-CR YOTROS QUE PROPONEN LA ELIMINACIÓN DEL COBRO POR RENTA BÁSICA EN

TELEFONIA FIJA LOCAL A CARGO DELDR. YONHY LESCANO ANCIETA

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOSREGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

06 DE ENERO DEL 2003

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Presidente, he venido a sustentar un tema largamente esperadopor la ciudadanía, y no solamente por la ciudadanía sino por toda la población del país. Este temaimpacta fundamentalmente en el aspecto económico de las familias y tiene que ver con la eliminación dela llamada renta básica que injusta e indebidamente estamos pagando todos los peruanos. Y que además,Presidente, le resta una serie de ingresos al mismo fisco del Estado.

Este proyecto ha sido presentado por los congresistas Pedro Morales Mansilla, César Zumaeta Flores,Graciela Yanarico Huanca, Xavier Barrón Cebreros, Manuel Olaechea García; y ha recibido también lavotación favorable de carácter multipartidario de los siguientes señores congresistas: Julia ValenzuelaCuéllar, José Barba Caballero, Jorge Mufarech Nemy, Maruja Alfaro Huerta, César Zumaeta Flores,Carlos Armas Vela, Róger Santa María del Águila, entre otros.

Yo vengo a pedir, Presidente, por las fundamentaciones que voy a realizar, que la representaciónnacional, los congresistas miembros de la Comisión Permanente puedan acompañarnos con el voto, aefecto de regular adecuadamente la prestación de los servicios públicos en el país.

Quisiera hacer algunas consideraciones de carácter general.

Primero, tendría que decir que en el marco de las privatizaciones que se han llevado a cabo en el país,iniciadas por el gobierno fujimorista, estas podrían justificarse si iban a ser más eficientes y, además -algo muy importante-, que iban a reducir los precios de los servicios públicos. Esta situación no hasucedido en el país, Presidente, han subido los precios de la electricidad -como estamos viendo y quemuchos especialistas ya lo han dicho-, han subido los precios de la telefonía cobrándonos por minuto loque hablamos por segundo y pagando cuotas por ningún servicio efectivamente recibido. Esto se hahecho así y permanece así en el país.

Para evitar esto, en otros países, y no lo digo yo, Presidente, sino lo dice Joseph Stiglitz, el premio Nobelde Economía del 2001, se requería una regulación adecuada de los servicios públicos. Es decir, leyes que

Page 48: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

48

permitan, señor Presidente, llevar a cabo la prestación de los servicios públicos de manera justa yequitativa.

Pero esta regulación no se ha presentado. Esta regulación, señor Presidente, no ha sucedido en nuestropaís. ¿Por qué? El mismo Stiglitz lo explica en este libro "El malestar de la globalización", primeroporque se formaron grandes monopolios como son las empresas que prestan los servicios públicos yevitaron, señor Presidente, con ciertos incentivos que tenían, porque el Estado indebidamente les diociertos incentivos, y con el dinero evitaron un marco de regulación adecuado.

Por eso, señor Presidente, tenemos organismos reguladores de servicios públicos que no tenían ningunaexperiencia, que comenzaron a trabajar junto con la privatización realizada en la época fujimorista queno controla ningún aspecto de tarifación y equidad en la prestación de servicios.

Por otro lado, señor Presidente, se nos quiso imponer diseños regulatorios calcados del extranjero y queno tenían nada que ver con la realidad del país.

Y, finalmente, señor Presidente, porque las empresas que prestan los servicios públicos tenían muchamás experiencia en la prestación de los mismos y no los organismos reguladores.

Y hay que agregar algo que el mismo Premio Nobel de Economía lo dice, señor Presidente, en estaprivatización de los servicios públicos se dio lo que se llamaba la sobornización. Es decir, se creabanleyes, se creaban contratos para darle una serie de ventajas a estas empresas por funcionarios corruptos,por funcionarios que solamente tenían en cuenta intereses económicos de grupo, de centros de interés ode grupo económico. Y eso también lo dice Stiglitz, distinguidos colegas.

Y esto, precisamente, también ha sucedido en el país, leyes incompletas con muchos vacíos, contratosilícitos -como vamos a ver posteriormente- y, en fin, ventajas para las empresas e injusticia para elusuario que hasta ahora va permaneciendo.

Ese es el contexto general, distinguidos colegas, en la que ha nacido la prestación de servicios porempresas privadas que manejan monopolios en el Perú y que ellos han impuesto sus reglas impidiéndoleal Estado, por una serie de mecanismos, que nosotros regulemos adecuadamente esta situación. Ese es elcontexto, señor Presidente, que esto venimos sufriendo los peruanos hace muchísimo tiempo.

Yo quisiera agregar lo que ha dicho hace poco el doctor Valentín Paniagua, ex presidente de laRepública, señor Presidente, y no se le puede tildar que es un personaje o un político parcializado. ¿Quédice el señor ex presidente Paniagua?

"Creo -dice- que en el Perú las oficinas reguladoras, los organismos reguladores, no han cumplido lafunción que deben cumplir, es decir, ver las tarifas adecuadas, justas y equitativas y defender alusuario."

Agrega:

"No es solamente ser veedoras -refiriéndose a los organismos reguladores- de los intereses de quienesprestan los servicios; sino al contrario, celosas del interés del usuario."

Los organismos reguladores deben velar, señor Presidente, por los derechos del usuario, situación quehasta ahora tampoco se ha cumplido conforme al texto de la ley y conforme al objetivo del nacimiento deestos organismos reguladores.

Page 49: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

49

Eso es lo que está sucediendo, señor Presidente, en estos momentos, respecto de los servicios públicos.No hay leyes justas, adecuadas que pudieran normas eficientemente los servicios públicos.

Vamos a entrar al aspecto netamente jurídico, señor Presidente. Aquí se nos cobra la suma de 49 solesmás impuestos, cerca de 60 soles, por nada, por tener enchufado en nuestros domicilios un aparatotelefónico, sin que nosotros podamos hace uso de él. Simplemente por tener el aparato conectado en elinmueble se nos cobra 60 soles a millones de peruanos. ¿Está esto previsto en el contrato suscrito con laempresa Telefónica el año de 1994? No, señor.

El señor PRESIDENTE.- Permítame un segundo, voy a agregarle tiempo.

Únicamente suplicar a los señores asesores que están conversando sin tener y guardar respeto por elhemiciclo.

Tengan la bondad, por favor, señor Oficial Mayor, de poder apartarlos a una zona donde puedanconversar en forma más tranquila.

Prosiga usted, señor presidente de la comisión.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Señor Presidente, muchas gracias.

Como bien me hace recuerdo también el congresista Alberto Cruz son 720 soles anuales que nosotros dela nada hacemos desembolso a estas empresas.

Veamos, señor Presidente, porque en el artículo 1.° se dice que aquí se utilizan ciertas definiciones. Eneste contrato, que es todo un libro y lógicamente ha debido aparecer la definición de renta básica paraque nosotros sepamos entender por qué razón pagamos esa renta básica; sin embargo, señor Presidente,aquí no hay ninguna mención, en ningún extremo o parte de este contrato la definición de renta básica.

Fíjese lo que dice el artículo 1.°: los términos empleados en este contrato y que figuran en el anexodefiniciones, adjunto al presente, tendrán el significado que así se establece. Es decir, esa definición setiene que entender así y nosotros no podemos hacer especulaciones de ningún tipo o crear conceptospara justificar cobros indebidos.

Anexo Definiciones. Vamos a ir a la letra R donde debe aparecer Renta Básica, y en esta parte no existeabsolutamente nada ni renta básica ni renta mensual, como quisieron calificarla posteriormente para unpoco acomodar los términos a fin de justificar indebidamente el consumo.

Dice: Red pública de telecomunicaciones, concepto; Red pública portadora, Red telefónica pública,Requisitos de calidad de servicio, Requisitos de expansión de la red, Requisitos de teléfonos públicos;pasa a la S, Servicio de busca personas, etcétera.

No existe, señor Presidente, acá ningún concepto referido a Renta básica y después crearon el otroconcepto de Renta mensual. Tampoco existe el concepto de Renta mensual.

Bien, señor Presidente, han querido asimilar el concepto de Renta básica a otro concepto que dice queaparece en el punto 9.1 del contrato, y dice que la renta básica es lo que dice el 9.1, que es unaprestación de una conexión por telefonía fija local. Dice que eso es Renta básica y nosotros negamos lodicho por estas empresas, porque ¿qué nosotros entendemos por prestación?, ¿qué es una prestación?

Page 50: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

50

Jurídicamente todos los abogados conocen eso. Prestación, distinguidos colegas, es un beneficio querecibe una persona al dar algo, al hacer algo o al no hacer algo.

Por ejemplo, cuando yo le vendo una casa y le entrego una casa, usted está recibiendo un beneficio, ocuando usted me encarga hacer un libro o un escritorio esas personas al hacer eso están dándole a ustedun beneficio, o al dejar pasar por el predio de mi propiedad a alguna persona para que le cumpla ...

El señor PRESIDENTE.- Perdone, colega, ha hablado ya 8 minutos. ¿Le parece bien un tiempo adicionalde 3 minutos más?

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Por favor, señor Presidente, 5 minutos.

Señor Presidente, eso es la prestación, prestación es recibir un beneficio y aquí se nos está cobrando pornada, porque ni siquiera nosotros hacemos uso del servicio telefónico, no se nos da, no se hace o no sehace algo a favor nuestro. Se nos cobra solamente por tener un aparato telefónico instalado en undomicilio.

En otras palabras, señor Presidente, tampoco es una prestación y nosotros no aceptamos porque creoque es absolutamente elemental saber qué es una prestación en cualquier ámbito de los servicios, seatelefónico o cualquier concepto de otro servicio.

Señor Presidente, tan cierto es que este concepto no se contempla en este contrato, tan cierto que noaparece contemplado esto que se nos cobra, que en 1997 OSIPTEL emite una resolución del ConsejoDirectivo y aquí sí se crea indebidamente, modificando en perjuicio del usuario se crea el concepto deRenta básica en la parte final. Aquí sí se crea indebidamente, señor Presidente, porque OSIPTEL notiene función de crear conceptos o modificar el contrato arbitrariamente a favor, mucho menos de lasempresas; porque es el organismo regulador el que debe defender a los usuarios y se modificaindebidamente. Y aquí hay una resolución que indebidamente se expide diciendo qué cosa es la rentabásica, para que nosotros en forma, también indebida, tengamos la obligación de pagar este monto porabsolutamente nada.

Entonces, aquí se está demostrando que en el contrato no existe la denominada renta básica que nosotrosen estos momentos estamos pagando insulsamente.

Se ha querido sustentar que en otros servicios sí hay renta básica y, por lo tanto, debe existir rentabásica en el servicio de telefonía. Por ejemplo, se dice que se paga renta básica en el agua, se paga rentabásica en la luz. Y no es así, ahí no se paga renta básica; ahí se paga un cargo fijo por algo muy puntual:para solventar el costo del recibo y el envío del recibo, un sol o dos soles. Eso no es renta básica en elservicio de agua ni de luz, y, por lo tanto, faltan a la verdad quienes sostienen que la renta básica secobra en todo servicio público. Eso no tiene, por lo tanto, ninguna justificación.

Consecuentemente, al no recibir un beneficio el usuario y al estar pagando por algo que no recibimos,por un beneficio que no recibimos, nosotros en estos momentos estamos haciendo donaciones forzosas osubsidios forzosos, pagándole al servicio telefónico 60 soles mensuales forzosos. Y como saben todos, lasdonaciones tienen que ser voluntarias y no pueden ser, pues, donaciones forzosas. Esa es la verdaderasituación en estos momentos respecto a este tema, que es la renta básica, y que he tratado de explicarlaen términos muy sencillos y entendibles para que mis distinguidos colegas puedan tener conocimientoexacto de las cosas.

Page 51: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

51

Finalmente, quisiera entrar también a la llamada justificación por el cobro de la renta básica. Se decía yse sostiene hasta ahora que se cobraba la renta básica por dos objetivos: para ampliar la red telefónica ypara recuperar la inversión de Telefónica. Todos sabemos que la inversión de Telefónica ya ha sidorecuperada largamente; y, además, este crecimiento de la red telefónica no se ha dado, desde 1998 laempresa Telefónica del Perú no hace ningún tipo de inversión.

Entonces, nosotros debemos preguntarnos ¿dónde está el monto del dinero que nosotros pagamos porrenta básica? Es una ganancia adicional ante la tarifación de 60 soles mensuales, cuando en el país nose invierte ni un centavo y se le quita la posibilidad al fisco de cobrar los impuestos que necesita parasolventar las obras que tiene que realizar o las funciones que tiene que llevar a cabo; esto, obviamente,no tiene ningún sentido para mantenerse el pago indebido que estamos refiriendo.

Me voy a poner en otro supuesto. Supongamos –supuesto negado, por cierto- que en este contrato se digaque hay renta básica. Le vamos a dar esa concesión a la empresa Telefónica. Se diga que, efectivamente,aquí los ciudadanos tenemos la obligación de pagar renta básica. Ese dispositivo o ese acuerdocontractual o esa cláusula contractual sería ilícita y, en todo caso, estaríamos protegiendo, respaldandoo queriendo hacer cumplir un contrato ilícito.

Señor Presidente, antes de la suscripción de este contrato se expidió, en 1992, esta Ley 25988, que ya lahemos hecho mención en algunas otras oportunidades. En esta ley, en el artículo 4.°, está clarísimamenteestablecido que en el caso de prestación de servicios públicos está prohibido cobrar sobrecostos oestablecer sobrecostos en la prestación de servicios públicos. Y si estaría contemplado el pago de larenta básica, se estaría contemplando un sobrecosto; es decir, se hubiera pactado algo contra la ley.

¿Y, obviamente, eso qué dice? A partir de la fecha, 1992, de entrada en vigencia del presente decreto ley,las entidades de la administración pública -que no es el caso-, las empresas de propiedad directa eindirecta del Estado -tampoco es el caso- o las empresas privadas que prestan servicios públicos -asídice el artículo-, así como las universidades públicas y privadas quedan obligadas, a eliminar todo tipode cobros que realicen u obligaciones que impongan a las empresas a interesados por servicios que no seprestan efectivamente. Y cuando usted cobra 60 soles por no hablar por teléfono, por no hacer uso delteléfono es un servicio que le están cobrando por algo que no le prestan efectivamente.

Eso es lo que dice este dispositivo. Y no solamente lo dice éste, Presidente, sino este Decreto Legislativo702, en el artículo 5.° dice: Las telecomunicaciones se prestan bajo el principio de servicio con equidad.Y cuando usted no usa el teléfono y le cobran 60 soles, no es pues prestación de servicio de telefonía conequidad.

Todos estos dispositivos han quedado por la tierra, estas leyes no sirven, lo único que sirve es esto. Esdecir, lo ilícito sirve, y lo lícito no sirve. Esto no puede resistir ningún análisis jurídico, lógico, ni deningún otro tipo, Presidente.

Presidente, discúlpeme, yo le pediría que me dé algunos minutos más para poder sustentar esto.

El señor PRESIDENTE.- Sí, colega, lo va a tener, es un tema importante. Sepa que va a tener todo eltiempo, le recuerdo que ya ha hecho uso de 15 minutos y que hay otros proyectos. No tenga usted prisa,cuando usted considere que se debe concretar y terminar, así lo hará.

Continúe, señor congresista.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Gracias, Presidente.

Page 52: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

52

Si esto es ilícito, Presidente, un contrato que está contra el texto mismo de la ley, en contra del textomismo de la ley, esto también está previsto en la legislación. Qué dice el artículo 5.° del TítuloPreliminar del Código Civil, que es una de las leyes más importantes después de la Constitución, declaranulo de pleno derecho este contrato, dice: es nulo el acto jurídico contrario a las leyes que interesan alorden público o a las buenas costumbres.

Esto, por lo tanto, Presidente, es un contrato nulo en la parte que obliga a los ciudadanos a pagar consobrecostos. Se quiere defender no solamente un contrato ilícito, sino un contrato nulo. Esto estáestablecido en el Título Preliminar, en los grandes principios del Código Civil, Presidente.

Por lo tanto, estamos violando el artículo 62.° de la Constitución del Estado. No estamos tocando elcontrato, nos vamos a poner en el supuesto de que eneste contrato está diciendo que hay renta básica, cuestión que niego, supuesto negado. El artículo 62.°fíjese lo que dice, Presidente, el artículo 62.° de la Constitución dice: que los peruanos tenemos laobligación de respetar, no solamente los contratos leyes, cualquier contrato se tiene que respetar, queestán válidamente celebrados. Es decir, que se han suscrito conforme al texto de la ley.

Yo digo, ¿este es un contrato válidamente celebrado, Presidente, suscrito al margen de la ley? ¿Eso esválidamente celebrado? en las condiciones inequitativas, injustas, ilegales, en que hemos visto con lapequeña explicación que me he atrevido a hacer, creo que esto tampoco resistiría ningún análisis.

Esto lo ha establecido muy bien ya la Comisión de Constitución: no hay ninguna alteración, ningunainfracción al artículo 62.° de la Constitución del Estado. Se ha establecido en un dictamen presentadopor la Comisión de Constitución que el Proyecto de Ley N.° 1325, por un caso muy similar, de la mismadiscusión sobre el contrato de telefonía es absolutamente constitucional y no hay ninguna razón a que sepueda decir que es inconstitucional. Comisión de Constitución que también se ha tenido en cuenta parahacer el dictamen correspondiente.

¿La propuesta legislativa va a perjudicar a las empresas? De ninguna manera; al contrario va a mejorarla imagen de las empresas, va a tener mayores usuarios porque el servicio telefónico va a ser muchísimomás barato, porque esos 60 soles lo van a utilizar en servicio efectivamente prestado por la empresa,haciendo uso del servicio telefónico.

Y obviamente esto va a redundar también en ingresos al fisco, que van a pagar una serie de impuestos,Presidente, que en estos momentos no los recibe el fisco y hay una serie de pérdidas en nuestro país.

Hacemos presente, Presidente, que esta es una iniciativa de carácter general, esto no es una ley dirigidaa alguna empresa en particular, no. Estamos regulando un servicio público, Presidente. No estamosdiciendo cuánto va a costar los carromatos o el carro de lujo, porque ahí usted puede ganar un poquitomás de lo razonable quizás, pero aquí estamos estableciendo marcos regulatorios mínimos en serviciosde agua, luz y ya en este caso de telefonía. Un servicio público, Presidente, que es indispensable en estosmomentos por el avance de la tecnología y el avance pues de la globalización.

Este proyecto, Presidente, por lo tanto está en consonancia al artículo 65.° de la Constitución del Estado,que dice que el Estado debe defender a los usuarios. Nosotros no queremos perjudicar a nadie, leestamos dando sus utilidades razonables a la empresa que siga laborando en esas condiciones en el país,pero dentro de marcos de prudencia y equidad y eso precisamente se trata de hacer en este caso.

Page 53: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

53

Hay algo importante, Presidente, aquí he traído algunas publicaciones de los diarios de marzo de esteaño. En una sesión en este Congreso de la República la empresa que tiene monopolio y telefonía fija, quese resisten hacer estos cambios, que nos ha prometido pero en situaciones de otra naturaleza y no ensituaciones muy claros, prometió que iba a eliminar la renta básica.Prometió y aquí están todas laspublicaciones de una serie de diarios, Presidente, La Razón, Expreso, liberación y otros diarios más,Presidente, La República, donde se establece que la misma empresa prometió eliminar la renta básicaporque era absolutamente injusto e inequitativo.

Y creemos, Presidente, que en estos momentos el Congreso debe darle al país la posibilidad de que losperuanos vivamos con dignidad, que nadie y menos un monopolio, el monopolio no se puede regular porla competencia, porque no hay competencia, Presidente, que los monopolios estén regulados y que ganenlo suficiente, pero que no vengan a cobrarnos sumas que no tenemos los peruanos obligación de pagar.

Yo en este sentido quisiera que me pudieran acompañar ver un vídeo de declaraciones prestadas por elSegundo Vicepresidente de la República, nuestro colega congresista Waisman. Y con ese vídeo,Presidente, yo les pediría a todos mis colegas congresistas que en este tema, que es un tema de dignidadde los peruanos, que los peruanos no podemos estar dando dinero en nuestra pobreza, que nosacompañen con el voto favorable, Presidente, para la eliminación de la renta básica, para establecerjusticia en un servicio tan importante como es telefonía, Presidente.

Muchísimas gracias.

(Aplausos.)

El señor PRESIDENTE.- Colega, ¿el vídeo cuánto tiempo dura?

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Muy breve, Presidente, dos minutos o tres, un minuto quizás.

El señor PRESIDENTE.- Transcurrido el vídeo, vamos a ofrecer la palabra a los colegas y ya se puedenir inscribiendo.

Procedan con el video, por favor.

-Inicio del video.

La señora SOLIS, Zenaida.- Eso estamos esperando hace mucho tiempo. ¿Usted ha coincido con el líderdel Apra además diciendo que hay que modificar la política económica?, ¿está usted de acuerdo? Ahíhay una coincidencia importante.

El señor WAISMAN RJAVINSTHI (PP).- Yo no sé en qué puedo haber coincidido, mi posición es muyclara.

La señora SOLIS, Zenaida.- En pedir un cambio de la política económica.

El señor WAISMAN RJAVINSTHI (PP).- Así es. Por ejemplo, qué cosa he pedido que nunca lo heescuchado al líder del Apra decir, por ejemplo, lo que yo sí he dicho.

La señora SOLIS, Zenaida.- ¿Qué ha dicho?

Page 54: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

54

El señor WAISMAN RJAVINSTHI (PP).- Que las grandes transnacionales que han comprado ¿qué sehan hecho de las privatizaciones y han comprado Telefónica, Luz del Sur, Edelnor, en fin? Han hechocontratos con un gobierno corrupto y dictatorial. Y si bien es cierto que estoy con la seguridad jurídica,pero entonces también yo quiero que se respete las tarifas internacionales, porque si no hay reciprocidadentonces también cuando uno hace un contrato con un corrupto el contrato se convierte en inválido.

La señora SOLIS, Zenaida.- ¿No hay que respetar la estabilidad?

El señor WAISMAN RJAVINSTHI (PP).- Estoy diciendo que respeto la estabilidad jurídica, pero cuandose hace un contrato con un corrupto que está demostrado que fue un gobierno corrupto, másdemostración por amor a Dios no le puedo dar, no le puede dar el país a estas personas, entonces haydos posibilidades. Bueno, pues, conversemos a ver cuál es su posición de motu propio, ¿ustedes quéofrecen para ponerse al nivel de la tarifa internacional? Y sino, bueno, somos un país soberano y vamosa demostrarle al mundo que estos señores que hicieron contratos inmorales, contratos con un gobiernocorrupto, tenemos que defender nuestro derecho también.

La señora SOLIS, Zenaida.- Muchas gracias.

Buenas noches.

-Fin de la proyección del video.

El señor PRESIDENTE.- Para que concluya, colega.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Señor Presidente, eso es todo.

Creo que he tratado de explicar con la mayor claridad este asunto de la renta básica, y le pediría a laRepresentación Nacional, Presidente, que vote esta ley que va a influenciar positivamente en la economíade las familias de todo el país que nos están viendo y creo que están esperando del Congreso de laRepública un apoyo efectivo -efectivo- señor Presidente, no a través de leyes que pudieran caer en letra,efectivo, para que podamos tener, pues, consonancia y coherencia con el trabajo que le corresponde alCongreso de laRepública.

Muchas gracias, señor Presidente.

“La Gaceta” Semanario del Congreso de laRepública

Nro. 271, Lima 12 de Ene.2003

COMISIÓN PERMANENTE ELIMINÓ “Renta Básica”

Con los votos favorables de 18 legisladores, ninguno en contra y dos abstenciones, fueaprobado el lunes en la Comisión Permanente del Congreso, el proyecto que deja sin

Page 55: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

55

efecto la denominada Renta Básica o Renta Mensual en Telefonía Fija Local. Lasanción del dictamen fue rubricada con fuertes aplausos del público asistente a las

galerías del hemiciclo del Pleno.

Después de un debate en el que participaron 15 oradores, la mayoría de los cuales respaldó lapropuesta, se estableció que no se cobrará la mencionada renta básica a partir del día siguiente de lapublicación de la norma legal. El Organismo Superior de la Inversión Privada en Telecomunicaciones(OSIPTEL) deberá asumir las acciones correspondientes.

La propuesta, que dominó la mayor parte de la jornada vespertina de la Comisión Permanente,consta de cuatro artículos, y en el segundo de ellos establece que los usuarios sólo pagarán por elservicio efectivamente prestado de acuerdo a las tarifas que autorice Osiptel, sin que se vean afectadoscon algún otro cargo.

El dictamen fue emitido por la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores delos Servicios Públicos sobre la base de proyectos de Pedro Morales, César Zumaeta, Graciela Yanarico,Xavier Barrón y Manuel Olaechea.

Aunque tenía respaldo mayoritario, se produjo una prolongada discusión después de que CarlosAlmerí Veramendi (PP) planteó que el tema pasara a la Comisión de Constitución, Reglamento yAcusaciones Constitucionales.

El pedido fue rechazada por 10 votos en contra y siete a favor.

Yonhy Lescano Ancieta (UPD), presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, se opuso a lapropuesta de Almerí.

Durante el debate se dejó establecido que la denominada Renta Básica en Telefonía Fija Local es uncobro injusto de la empresa Telefónica del Perú en perjuicio de los usuarios del servicio telefónico,calculados en un millón y medio a nivel nacional.

Diez razones para eliminarla:

1.- No es cierto que la Renta Básica (ahora Renta Mensual según Telefónica) aparezca consignada enel Contrato de Concesión firmado por Telefónica de España - hoy Telefónica del Perú S.A.A.- y el EstadoPeruano en 1994.

2.- En el Artículo 1 del mencionado contrato se establece que existen DEFINICIONES en el mismo,dentro de las cuales no aparece la referida Renta Básica o Renta Mensual. Dichas definiciones tampocoaparecen en el anexo correspondiente (página N° 198 del contrato).

3.- Según la Empresa Telefónica del Perú S.A.A., la Renta Básica o Mensual se consigna en laCláusula 9, Sección 9.01, literal (a), numeral (i). Esto no es así puesto que allí se habla de la “prestaciónde una conexión de servicio de Telefonía Fija Local” y no de Renta Básica; es más, dicha “prestación”no tiene ninguna definición especifica en el anexo correspondiente.

Page 56: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

56

4.- “Prestación” es el beneficio que percibe una persona al recibir una cosa o un servicio; enconsecuencia, lo que se refiere en la cláusula 9 del Contrato de Concesión no podría constituir lallamada Renta Básica ya que tal concepto (actualmente S/. 60.00 soles mensuales incluyendo I.G.V.) sepaga sin recibir ningún beneficio y sólo por tener conectado un teléfono en una oficina o en un domicilio,aunque no se haga uso del mismo.

5.- La propuesta legislativa aprobada por la Comisión Permanente del Congreso que elimina lallamada Renta Básica o Mensual NO modifica ni interfiere el contrato de concesión referido porque en elmismo no se dice que el usuario tiene la obligación de pagar por dichos conceptos. Muy por el contrario,se están estableciendo reglas generales para que sólo se cobre el servicio efectivamente prestado alusuario, y no se le obligue a efectuar donaciones forzosas sin recibir beneficio alguno.

6.- No se está afectando la seguridad jurídica y mucho menos el flujo de inversiones al país, dado quecon servicios públicos más baratos se incrementará el número de usuarios a favor de las mismasempresas. Asimismo, se está respetando escrupulosamente el Artículo 62 de la Constitución Política delEstado que dice que se deben cumplir los contratos válidamente celebrados.

7.- No se podría haber pactado una Renta Básica o Mensual en el Contrato de Concesión, ya quedesde 1992 está vigente la Ley 25988, que, en su Artículo 4, prohibe expresamente cobros de estanaturaleza –sobrecostos adicionales al servicio efectivamente prestado -. Debe hacerse notar que elcontrato se celebró en 1994, es decir aproximadamente dos años después de la entrada en vigencia de laley referida.

8.- Suponiendo (supuesto negado) que se hubiera establecido en el Contrato el pago de la RentaBásica o Renta Mensual, tal acuerdo sería ilícito y, por lo tanto, nulo, por lo que NO podría surtir efecto.

9.- La misma empresa declaró hace meses que se iba a eliminar la Renta Básica, lo que se demuestracon diversas publicaciones.

10.- La iniciativa es de carácter general y está de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de laConstitución, que dice: “El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios...”.

IlícitoSuponiendo (supuesto negado) que la Renta Básica estuviera incluida en el contrato este sería ilícito porcontravenir la Ley 25988 y el D.L. 702. En efecto, el artículo 4 de la Ley 25988, dice en su partepertinente:

“ ... Las empresas privadas que prestan servicios públicos quedan obligadas a eliminar todo tipo decobro que realicen u obligaciones que impongan a las empresas e interesados por servicios que no

prestan efectivamente, o que no tienen una justificación técnica”.

COMPARACIÓN INEVITABLESERVICIO CARGO FIJO JUSTIFICACIÓN

Page 57: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

57

ELECTRICIDAD

AGUA

S/. 1.93

S/.4.10

Costo de emisión de recibo

Costo de emisión de recibo

SERVICIO RENTA BASICA JUSTIFICACIÓNTELEFONÍA S/. 49.50 NINGUNA

Las GananciasNÚMERO DE USUARIOS REGISTRADOS : 1’500,000

INGRESO MENSUAL : S/. 74’250,000INGRESO ANUAL : S/. 891’000,000

NÚMERO DE USUARIOS SEGÚN TELEFÓNICA : 1’000,000(*)

INGRESO MENSUAL : S/. 49’500,000INGRESO ANUAL : S/. 594’000,000

EN EL PEOR DE LOS CASOS, TELEFÓNICA SE LLEVA 594 MILLONES DE SOLES ANUALES (170 MILLONESDE DÓLARES) SIN JUSTIFICACIÓN Y SIN DAR EXPLICACIÓN ALGUNA. ¿ DÓNDE VA ESE DINERO?

(*) SEGÚN TELEFÓNICA, EL NÚMERO DE USUARIOS HA DISMINUÍDO EN APROXIMADAMANTE 40% ENTRE 1998 Y EL 2002, Y EN LOSULTIMOS AÑOS CERCA DE 200,000 PERSONAS HAN DEVUELTO SU TELÉFONO POR NO PODER PAGAR EL COSTO DEL SERVICIO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Segunda Legislatura Ordinaria de 2002

SESIÓN PLENARIA12ª Sesión

INSISTENCIA DEL PROYECTO DE LEY QUE DEJA SIN EFECTO EL COBRO DE LA RENTABASICA EN EL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA

A CARGO DELDR. YONHY LESCANO ANCIETA

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOSREGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Jueves 3 de abril de 2003

Page 58: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

58

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Presidente, nosotros respetamos la ilustrativa formación, puntosde vista, de nuestros colegas, pero no creemos que sea prudente que antes del debate se diga que alguientiene la razón o alguien domine más el tema. Nosotros somos respetuosos de la calidad profesional decada uno de los colegas, pero no hay que ver quién domina el tema, sino una realidad en concreto quehay que atenderla, y por lo demás, Presidente, nosotros, como presidente de la Comisión de Defensa delConsumidor, nos vamos a atener a que el Pleno o el Consejo Directivo determine la fecha, porque sehacen una serie de especulaciones en torno a un debate que hemos llevado durante muchos mesesincansablemente y, por lo tanto, Presidente, en ese camino nos encontramos y vamos a esperar solamenteque nos den la fecha para defender nuestra posición, que ya es conocida.

Presidente, distinguidos colegas. Hoy día, Presidente, tenemos en nuestras manos poder corregir algunasinjusticias que vive el país. Por esa razón, estimados colegas congresistas, yo los exhorto, les pido paraque el voto sea un voto personal, independiente, autónomo y simplemente viendo lo que la realidad y lasnecesidades del Perú está pasando.

Para ser objetivo, para poder discutir abiertamente este tema, Presidente, no por razones partidarias opolíticas, sino viendo al Perú que en estos momentos requiere solucionar las altas tarifas telefónicas,tengo que decir, en primer lugar, señor Presidente, que estamos discutiendo este tema en medio de unacampaña de desinformación por parte de las empresas, sacando o haciendo publicidad millonaria entodos los medios de comunicación.

Presidente, decía que estamos discutiendo este tema en medio de una campaña de desinformación porparte de la empresa. Se dice que los planes tarifarios presentados por la empresa Telefónica van aresolver los problemas de las altas tarifas telefónicas. Se utiliza, distinguidos colegas, a una serie depersonajes nacionales, deportistas y cantautores para hacer propaganda engañosa, a efecto de pretenderconvencer de que se está tomando las medidas necesarias para lograr la equidad y la justicia en esteproblema del servicio telefónico.

Tenemos anuncios contradictorios, Presidente, tenemos votos también partidarios y no que reflejen lanecesidad del país, y en medio de ese ambiente, Presidente, estamos discutiendo la eliminación de uncobro indebido y, precisamente, eso dejo constancia para que pueda ver el país en qué circunstancia estádebatiendo el Congreso de la República esta necesidad urgente de sincerar las tarifas telefónicas por lasdiferentes empresas.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Bueno, yo tengo que decirle, Presidente, a mi colega congresistaRafael Rey, que precisamente por esa situación hemos pedido que intervenga INDECOPI, ya se hantomado las medidas administrativas correspondientes y tengo suficientes elementos de prueba en cifraspara poder decir que es publicidad engañosa. Consecuentemente, Presidente, creo que estamos haciendoafirmaciones que se sustentan en la realidad, se sustentan en números, Presidente, y no somosirresponsables de dar una afirmación simplemente o antojadiza o que no se sustente en argumentossólidos por parte de la comisión, Presidente.

Quiero indicar, seguidamente, Presidente, lo siguiente: hay dos dictámenes de las dos comisionesespecializadas en este tema, de la Comisión de Defensa del Consumidor, de la Comisión de Transportesy, además, una reñida votación en la Comisión de Constitución, Presidente, que afirma que la iniciativadel Congreso, que trata de eliminar la renta básica, es absolutamente constitucional. La votación en lacomisión...

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Sí, sí, con todo gusto. Decía, tres comisiones, Presidente, condictamen favorable y una mayoría que es de la Comisión de Constitución, con ocho votos, en opinión

Page 59: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

59

desfavorable que indica que es inconstitucional el dictamen de ley. Siete votos en la misma Comisión deConstitución, que indica que es absolutamente constitucional el proyecto, de tal manera que eso hay quetomar en consideración, Presidente, para tomar también la decisión de cómo votar.

Ya hemos repetido insistentemente, distinguidos colegas, que el concepto de renta básica no aparece enel contrato y lo han explicado los congresistas que me han antecedido en la palabra, ni siquiera apareceen el glosario, en el anexo de definiciones, y el anexo de definiciones, señores congresistas, es parte delcontrato. Si no aparece ahí, cómo podemos sostener, señor Presidente, que la renta básica está en elcontrato. Algunos dicen que está en el artículo 9.° del referido contrato y lamentablemente ni lasdefiniciones establecen que ese artículo 9.° sea el concepto, la definición o establezca la obligación delpago de la renta básica.

Pero vamos a hacerle una concesión a la empresa, Presidente, y vamos a hacerle una concesión aquienes defienden que la obligación de pago de la renta básica está en el contrato, y veamos, si fuese así,ese pacto sería ilícito y sería ilícito no porque en el contrato se diga, Presidente, que se estáestableciendo un monopolio, sino que dos años antes, distinguidos colegas, dos años antes de lacelebración del contrato, la Ley 25988, en su artículo 4.°, establecía que está prohibido cobrarsobrecostos en la prestación de servicios públicos. Es decir, está prohibido, distinguidos colegas, cobrarrenta básica, dos años antes de la celebración del contrato.

Y si nosotros decimos que el contrato establece una obligación de cobro de renta básica, esa cláusula oesa estipulación contractual sería absolutamente nula y no podríamos decir que hay obligación de losperuanos a pagar eso, traduciéndose de un contrato nulo y un contrato ilícito, eso no tiene ningúnsustento, señor Presidente.

Es bueno también recordar, Presidente, ¿en qué circunstancias y en qué condiciones se suscribió elcontrato de concesión del servicio telefónico en 1994? En medio de una etapa más corrupta del gobiernofujimorista, y eso es insostenible defenderlo y protegerlo, eso es realmente importante aclararlo para queel pueblo y los señores congresistas sepan en qué circunstancias se ha suscrito el contrato de Telefónica.

Como una respuesta al Congreso de la República, señor Presidente, el gobierno ofreció resolver a travésde planes tarifarios presentados por la misma empresa Telefónica este problema de las altas tarifas, yvamos a demostrar con estos cuadros, que no han sido rebatidos hasta ahora, que esos planes tarifarios,distinguidos colegas, no resuelven en lo más mínimo las altas tarifas.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- Esta es la solución, la alternativa, distinguidos colegas, que nosofrece la empresa Telefónica, que quiere legislar en vez del Congreso de la República. Fíjense,distinguidos colegas, ahí está el Plan de 25 soles, donde la tarifa sube en 131% cuando hablemos en eldía, es decir, lo que se pierde en renta básica se recupera en la tarifa misma, cobrándonos 131% más,entonces la pregunta es, ¿cómo va ser una tarifa popular elevando los costos cuando uno habla porteléfono?

El siguiente cuadro. Cuando usted habla en la noche en el mismo Plan de 25 soles, se incrementa latarifa en 52% y eso, obviamente, no es ninguna solución a las altas tarifas telefónicas. Por favor, elsiguiente. Tenemos ahí, que solamente va a haber 20 mil líneas para 20 mil familias, como en el Perúexistiera 20 mil pobres solamente, porque se ha dicho que estos planes tarifarios están destinadosfundamentalmente a las familias o a los hombres pobres del país y lamentablemente en el país no hay 20mil pobres solamente.

Page 60: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

60

Y estos planes tarifarios, señor Presidente, son de teléfono fijo a fijo y no de fijo a celulares, que hay untráfico importante, interesante, entre los teléfonos fijos a celulares y estos beneficios no van a tener esetipo de servicios.

El señor LESCANO ANCIETA (UPD).- De 39 soles. Cuando usted habla en el día le incrementan 52%.El siguiente cuadro. Cuando habla en la noche le incrementan el 68%, distinguidos colegas.Adicionalmente, yo tendría que decir que se ha dicho que las inversiones se van a espantar con estasmedidas. Quiero leerles una carta que enviado por parte de una empresa en telefonía a la comisiónindicando lo siguiente.

"Es muy grato dirigirnos a usted, para saludarlo cordialmente y manifestarle nuestro apoyo yparticipación en la labor que viene cumpliendo la comisión que usted dirige, como es el resguardo de losderechos de los consumidores y usuarios y la búsqueda de un debido equilibrio en la prestación de losservicios públicos". Una empresa de telefonía donde la inversión que se da y por qué se dice eso,habiendo los hechos demostrado lo siguiente. Y por lo tanto, señor Presidente, no solamente con estosustentos, sino con leyes que en otros países establecen las condiciones cómo se va a prestar el serviciotelefónico.Creo que el Congreso peruano está en condiciones de votar en forma favorable, con voto positivo, paralaeliminación de la renta básica. Muchas Gracias.

Page 61: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

61

INSISTENCIA DEL PROYECTO DE LEY QUE DEJA SIN EFECTO EL COBRÓ DE LARENTA BÁSICA EN EL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA

(Proyectos 2674; 2804; 3214; 3375; 3806 y 4940)SEGUNDA LEGISLATURA 2002-2003Sesión del 03 d Abril de 2003 Hora : 10:09:45 P.M.PART. POL. CONGRESISTAS VOTACIÓN

PART. POL.

CONGRESISTAS VOTACIÓN PART. POL.

CONGRESISTAS VOTACIÓN

UN Acuña Peralta, Dr. César SI PP Flores Vásquez, Sr. Luis Humberto NO PP Palomino Sulca, Sra. Celina LIC.UN Aita Campodónico, Lic. Rafael Antonio SI UN Florián Cedrón, Sra. Rosa Madeleine SIN RESP. PAP Pastor Valdivieso, Dr. Aurelio SIPP Alejos Calderón, Ing. Walter LIC. UN Franceza Marabotto, Ing. Kuennen ABST. PP Pease García, Dr. Henry Gustavo LIC.PP Alfaro Huerta, Ing. Maruja Hermelinda SI PAP Gasco Bravo, Sr. Luis Antonio SI PAP Peralta Cruz, Econ. Jhony Alexander SIPP Almerí Veramendi, Dr. Carlos Alberto LIC. PAP Gonzales Posada Eyzaguirre, Dr. Luis SI PP Ramírez Canchari, Sr. Juan de Dios NO

PAP Alva Castro, Dr. Luis Juan SI GPDI Gonzales Reinoso, Econ. Julio Antonio LIC. PP Ramos Cuya, Dr. Eittel SIFIM Alvarado Dodero, Dr. Fausto Humberto NO NA Gonzalez Salazar, Sr. Alfredo Guillermo SI GPDI Ramos Loayza, Lic. Pedro Carlos SIPP Alvarado Hidalgo, Dr. Jesús Amado NO NA Guerrero Figueroa, Ing. Luis Bernardo SI PAP Raza Urbina, Sr. Segundo Rodolfo LIC.

UPD Amprimo Plá, Dr. Natale Juan SI PP Helfer Palacios, Dra. Gloria Gilda NO PP Rengifo Ruiz, Sr. Marciano Segundo NOPP Aranda Dextre, Lic. Ernesto Anibal LIC. PP Herrera Becerra, Sr. Ernesto Américo NO PP Rengifo Ruiz, Ing. Wilmer Edilberto LIC.

PAP Armas Vela, Dr. Carlos SI PAP Heysen Zegarra, Ing. Luis Gabriel SI FIM Requena Oliva, Sr. Juan Humberto NOPP Arpasi Velásquez, Srta. Paulina AUS. NA Higuchi Miyagawa, Ing. Susana SI UN Rey Rey, Ing. Rafael NOPP Ayaipoma Alvarado, Dr. Fernando M. NO NA Hildebrandt Pérez Treviño, Dra. Martha AUS. GPDI Risco Montalván, Sr. José Luis SIUN Barba Caballero, Dr. José SI FIM Iberico Núñez, Sr. Luis Carlos Antonio NO PAP Robles López, Dr. Daniel LIC.UN Barrón Cebreros, Dr. Xavier Rodolfo NO FIM Infantas Fernández, Ing. Carlos Armando NO PP Rodrich Ackerman, Sr. Jacques Salomón NOFIM Benítez Rivas, Dr. Heriberto Manuel ABST. PP Jaimes Serkovic, Ing. Santos NO PP Saavedra Mesones, Sr. Cruz Gerardo NOFIM Bustamante Coronado, Dr. Manuel Jesús AUS. UPD Jiménez Dioses, Lic. Gonzalo Arnulfo SI PP Salhuana Cavides, Dr. Eduardo ABST.PAP Cabanillas B. de Llanos, Dra. Mercedes SI NA Jurado Adriazola, Ing. Ronnie Edgard SI PP Sánchez Mejía, Ing. Glodomiro NOUPD Calderón Castillo, Dr. Iván Oswaldo SI PP LaTorre López, Sr. Adolfo ABST. PP Sánchez Pinedo de Romero, Dra. Doris LIC.UPD Carhuaricra Meza, Sr. Eduardo Rubén SI PAP León Flores, Lic. Rosa Marina LIC. PAP Santa María Calderón, Dr. Luis H. SIPAP Carrasco Távara, Dr. José Carlos SI UPD Lescano Anchieta, Dr. Yonhy SI PAP Santa María del Águila, Sr. Róger SIFIM Chamorro Balvín, Dr. Alcides Glorioso SI PP Llique Ventura, Ing. Alcides ABST. PP Solari de la Fuente, Dr. Luis María LIC.

GPDI Chávez Chuchón, Dr. Héctor Hugo AUS. UN Luna Gálvez, Econ. José León SUS. PP Taco Llave, Ing. José SIN RESP.NA Chávez Cossío de Ocampo, Dra. Martha SUS. UN Maldonado Reátegui, Ing. Arturo LIC. PP Tait Villacorta, Sra. Cecilia NONA Chávez Sibina, Dr. Jorge Samuel SI GPDI Martínez Gonzales, Dr. Michael SI UN Tapia Samaniego, Arq. Hildebrando SIPAP Chávez Trujillo, Lic. Carlos Magno SI PP Mena Melgarejo, Ing. Hermenegildo NO PP Torres Ccalla, Lic. Leoncio NO

GDPI Chocano Olivera, Ing. Tito Guillermo SI UPD Mera Ramírez, Lic. Jorge Luis LIC. PP Townsend Diez Canseco, Dra. A. Elena NOPP Chuquival Saavedra, Lic. Enith Sadith SI UPD Merino de Lama, Sr. Manuel Arturo AUS. PAP Valderrama Chávez, Dr. Hipólito SIPP Cruz Loyola, Ing. Alberto Atenagros NO PP Molina Almanza, Sr. Mario SI PP Valdéz Meléndez, Dr. Víctor SI

PAP De la Mata Fernández de P., Dra. Judith SI UN Morales Castillo, Srta. Fabiola María AUS. PAP Valdivia Romero, Arq. Juan Gualberto SIPAP De la Puente Haya., Dra. Elvira Carmela SI UPD Morales Mansilla, Dr. Pedro Antonio SI UN Valencia Dongo Cárdenas, Dr. Rafael SI

Page 62: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

62

PAP Del Castillo Gálvez, Dr. Jorge Alfonso SI NA Moyano Delgado, Sra. Martha Lupe LIC. PP Valenzuela Cuellar, Dra. Julia NOPAP Delgado Núñez del Arco, Dr. José Luis SI PP Mufarech Nemi, Sr. Jorge LIC. UN Vargas de Benavides, Sra. Paulina AUS.FIM Devescovi Dzierson, Ing. José Miguel AUS. PAP Mulder Bedoya, Dr. Claude Maurice SI PAP Velarde Arrunátegui, Dr. Víctor SIPP Díaz Peralta, Ing. Gilberto Lorenzo AUS. PAP Negreiros Criado, Sr. Luis Alberto SI PAP Velásquez Quesquén, Dr. Javier SI

UPD Diez Canseco Cisneros, Dr. Javier SI PAP Noriega Toledo, Ing. Víctor Manuel SI PP Velásquez Rodríguez, Sr. Jaime SIUPD Estrada Pérez, Dr. Daniel Federico AUS. FIM Núñez Dávila, Dra. Dora Isidora SI NA Villanueva Núñez, Dr. Edgar SIN RESP.PP Ferrero Costa, Dr. Carlos PRESID. NA Olaechea García, Sr. Manuel Jesús LIC. PP Waisman Rjavinsthi, Ing. David LIC.

PAP Figueroa Quintana, Sr. Juan Manuel SI PP Oré Mora, Ing. Alejandro SI PP Yanarico Huanca, Lic. Rosa Graciela LIC.UN Flores-Aráoz Esparza, Dr. Antero NO FIM Pacheco Villar, Dr. Gustavo Adolfo NO PAP Zumaeta Flores, Ing. César SI

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN : * GRUPO PARLAMENTARIO SI NO ABST. SIN RESP.SI ---------- >> 55 a favor PP PERÚ POSIBLE 7 17 3 1NO ---------- >> 25 en contra PAPPARTIDO APRISTA PERUANO 25 0 0 0ABST. ---------- >> 5 UN UNIDAD NACIONAL 53 1 1SIN RESP ---------- >> 3 UPDUNIÓN PARLAMENTARIA DESCENTRALISTA 7 0 0 0AUS. ---------- >> 10 FIMFRENTE INDEPENDIENTE MORALIZADOR 2 5 1 0LIC. ---------- >> 19 GPDIDEMOCRATICO INDEPENDIENTE 4 0 0 0SUS. ---------- >> 2 NA NO AGRUPADOS 5 0 0 1* En este reporte de Votacion no se considera al Congresista que ejerce la Presidencia

Page 63: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

63

RECONSIDERACIÓN SOBRE LA VOTACION DE LA INSISTENCIA DEL PROYECTO DE LEY QUEDEJA SIN EFECTO EL COBRÓ DE LA RENTA BÁSICA EN EL SERVICIO DE TELEFONIA FIJA

(Proyectos 2674; 2804; 3214; 3375; 3806 y 4940)

SEGUNDA LEGISLATURA 2002-2003Sesión del 03 d Abril de 2003 Hora : 10:10:43 P.M.

PART POL.

CONGRESISTAS VOTACIÓN PART POL.

CONGRESISTAS VOTACIÓN PART POL.

CONGRESISTAS VOTACIÓN

UN Acuña Peralta, Dr. César SI PP Flores Vásquez, Sr. Luis Humberto NO PP Palomino Sulca, Sra. Celina LIC.UN Aita Campodónico, Lic. Rafael Antonio SI UN Florián Cedrón, Sra. Rosa Madeleine SI PAP Pastor Valdivieso, Dr. Aurelio SIPP Alejos Calderón, Ing. Walter LIC. UN Franceza Marabotto, Ing. Kuennen Sydney ABST. PP Pease García, Dr. Henry Gustavo LIC.PP Alfaro Huerta, Ing. Maruja Hermelinda SI PAP Gasco Bravo, Sr. Luis Antonio SI PAP Peralta Cruz, Econ. Jhony Alexander SIPP Almerí Veramendi, Dr. Carlos Alberto LIC. PAP Gonzales Posada Eyzaguirre, Dr. Luis Javier SI PP Ramírez Canchari, Sr. Juan de Dios NO

PAP Alva Castro, Dr. Luis Juan SI GPDI Gonzales Reinoso, Econ. Julio Antonio Luis LIC. PP Ramos Cuya, Dr. Eittel NOFIM Alvarado Dodero, Dr. Fausto Humberto NO NA Gonzalez Salazar, Sr. Alfredo Guillermo SI GPDI Ramos Loayza, Lic. Pedro Carlos SIPP Alvarado Hidalgo, Dr. Jesús Amado NO NA Guerrero Figueroa, Ing. Luis Bernardo SI PAP Raza Urbina, Sr. Segundo Rodolfo LIC.

UPD Amprimo Plá, Dr. Natale Juan SI PP Helfer Palacios, Dra. Gloria Gilda NO PP Rengifo Ruiz, Sr. Marciano Segundo NOPP Aranda Dextre, Lic. Ernesto Anibal LIC. PP Herrera Becerra, Sr. Ernesto Américo NO PP Rengifo Ruiz, Ing. Wilmer Edilberto LIC.

PAP Armas Vela, Dr. Carlos SI PAP Heysen Zegarra, Ing. Luis Gabriel SI FIM Requena Oliva, Sr. Juan Humberto NOPP Arpasi Velásquez, Srta. Paulina AUS. NA Higuchi Miyagawa, Ing. Susana SI UN Rey Rey, Ing. Rafael NOPP Ayaipoma Alvarado, Dr. Fernando Marcial NO NA Hildebrandt Pérez Treviño, Dra. Martha AUS. GPDI Risco Montalván, Sr. José Luis SIUN Barba Caballero, Dr. José SI FIM Iberico Núñez, Sr. Luis Carlos Antonio NO PAP Robles López, Dr. Daniel LIC.UN Barrón Cebreros, Dr. Xavier Rodolfo NO FIM Infantas Fernández, Ing. Carlos Armando NO PP Rodrich Ackerman, Sr. Jacques Salomón NOFIM Benítez Rivas, Dr. Heriberto Manuel ABST. PP Jaimes Serkovic, Ing. Santos NO PP Saavedra Mesones, Sr. Cruz Gerardo NOFIM Bustamante Coronado, Dr. Manuel Jesús AUS. UPD Jiménez Dioses, Lic. Gonzalo Arnulfo SI PP Salhuana Cavides, Dr. Eduardo ABST.PAP Cabanillas Bustamante de Llanos, Dra. SI NA Jurado Adriazola, Ing. Ronnie Edgard SI PP Sánchez Mejía, Ing. Glodomiro NOUPD Calderón Castillo, Dr. Iván Oswaldo SI PP LaTorre López, Sr. Adolfo NO PP Sánchez Pinedo de Romero, Dra. Luz LIC.UPD Carhuaricra Meza, Sr. Eduardo Rubén SI PAP León Flores, Lic. Rosa Marina LIC. PAP Santa María Calderón, Dr. Luis SIPAP Carrasco Távara, Dr. José Carlos SI UPD Lescano Anchieta, Dr. Yonhy SI PAP Santa María del Águila, Sr. Róger SIFIM Chamorro Balvín, Dr. Alcides Glorioso ABST. PP Llique Ventura, Ing. Alcides NO PP Solari de la Fuente, Dr. Luis María LIC.

GPDI Chávez Chuchón, Dr. Héctor Hugo AUS. UN Luna Gálvez, Econ. José León SUS. PP Taco Llave, Ing. José SIN RESP.NA Chávez Cossío de Ocampo, Dra. Martha SUS. UN Maldonado Reátegui, Ing. Arturo LIC. PP Tait Villacorta, Sra. Cecilia NO

Page 64: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

64

NA Chávez Sibina, Dr. Jorge Samuel SI GPDI Martínez Gonzales, Dr. Michael SI UN Tapia Samaniego, Arq. Hildebrando SIPAP Chávez Trujillo, Lic. Carlos Magno SI PP Mena Melgarejo, Ing. Hermenegildo Máximo NO PP Torres Ccalla, Lic. Leoncio NO

GDPI Chocano Olivera, Ing. Tito Guillermo SI UPD Mera Ramírez, Lic. Jorge Luis LIC. PP Townsend Diez Canseco, Dra. Ana Elena NOPP Chuquival Saavedra, Lic. Enith Sadith SI UPD Merino de Lama, Sr. Manuel Arturo AUS. PAP Valderrama Chávez, Dr. Hipólito Arturo SIPP Cruz Loyola, Ing. Alberto Atenagros NO PP Molina Almanza, Sr. Mario SI PP Valdéz Meléndez, Dr. Víctor SI

PAP De la Mata Fernández de Puente, Dra. Judith SI UN Morales Castillo, Srta. Fabiola María AUS. PAP Valdivia Romero, Arq. Juan Gualberto SIPAP De la Puente Haya de B., Dra. Elvira SI UPD Morales Mansilla, Dr. Pedro Antonio SI UN Valencia Dongo Cárdenas, Dr. Rafael SIPAP Del Castillo Gálvez, Dr. Jorge Alfonso SI NA Moyano Delgado, Sra. Martha Lupe LIC. PP Valenzuela Cuellar, Dra. Julia NOPAP Delgado Núñez del Arco, Dr. José Luis SI PP Mufarech Nemi, Sr. Jorge LIC. UN Vargas de Benavides, Sra. Emma Paulina AUS.FIM Devescovi Dzierson, Ing. José Miguel AUS. PAP Mulder Bedoya, Dr. Claude Maurice SI PAP Velarde Arrunátegui, Dr. Víctor Eduardo SIPP Díaz Peralta, Ing. Gilberto Lorenzo AUS. PAP Negreiros Criado, Sr. Luis Alberto SI PAP Velásquez Quesquén, Dr. Javier SI

UPD Diez Canseco Cisneros, Dr. Javier SI PAP Noriega Toledo, Ing. Víctor Manuel SI PP Velásquez Rodríguez, Sr. Jaime SIUPD Estrada Pérez, Dr. Daniel AUS. FIM Núñez Dávila, Dra. Dora Isidora SI NA Villanueva Núñez, Dr. Edgar SIN RESP.PP Ferrero Costa, Dr. Carlos PRESID. NA Olaechea García, Sr. Manuel Jesús LIC. PP Waisman Rjavinsthi, Ing. David LIC.

PAP Figueroa Quintana, Sr. Juan Manuel SI PP Oré Mora, Ing. Alejandro SI PP Yanarico Huanca, Lic. Rosa Graciela LIC.UN Flores-Aráoz Esparza, Dr. Antero NO FIM Pacheco Villar, Dr. Gustavo Adolfo NO PAP Zumaeta Flores, Ing. César SI

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN : * GRUPO PARLAMENTARIO SI ABST. SIN RESP.SI ---------- >> 54 PP PERÚ POSIBLE 6 1 1NO ---------- >> 28 PAP PARTIDO APRISTA PERUANO 25 0 0ABST. ---------- >> 4 UN UNIDAD NACIONAL 6 1 0SIN RESP. ---------- >> 2 UPD UNIÓN PARLAMENTARIA DESCENTRALISTA 7 0 0AUS. ---------- >> 10 FIM FRENTE INDEPENDIENTE MORALIZADOR 1 2 0LIC. ---------- >> 19 GPDI DEMOCRATICO INDEPENDIENTE 4 0 0SUS. ---------- >> 2 NA NO AGRUPADOS 5 0 1

Page 65: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

65

DEMANDA DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOSARTICULOS 1º,2º,3º, PRIMERA Y SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL Y

TRANSITORIA DE LA LEY Nº 26285

El congresista Yonhy Lescano Ancieta y sesentitrés Congresistas de la República confecha 20 de mayo del 2003 presentaron una Demanda de Acción de Inconstitucionalidadcontra los artículos 1º,2º,3º, Primera y Segunda Disposición Final y Transitoria de laLey Nº 26285 ante el Tribunal Constitucional.

PETITORIO.-

Se solicita que la Ley Nº 26285 que dispone la desmonopolización progresiva de losServicios Públicos de Telecomunicaciones de Telefonía Fija Local y de Servicios dePortadores de Larga Distancia publicada el 14 de enero de 1994 y que autoriza lasuscripción del “Contrato- Ley” de Concesiones celebrado entre la Compañía Peruanade Teléfonos, hoy Telefónica del Perú S.A.A y del Estado Peruano, sea declaradainconstitucional en sus artículos 1º, 2º, 3º,de la primera disposición final y transitoria enla parte referida a que se le considera Ley de desarrollo constitucional; y la segundadisposición final y transitoria en la parte referida al plazo de concurrencia limitada, lamisma que señala no será mayor a cinco años. El petitorio se fundamenta en que la LeyNro. 26285 contiene disposiciones normativas de indudable incompatibilidad con el ordenconstitucional, por lo que adicionalmente debe disponerse la derogación de lamencionada Ley y el cese de todos sus efectos, incluidos los derivados de actos jurídicos ocontratos celebrados bajo su vigencia.

Acumulativamente se solicita se declare inconstitucional el “Contrato Ley” de Concesiónentre la Compañía de Teléfonos, hoy Telefónica del Perú S.A.A y el Estado Peruano, quepor disposición del artículo 39º del Decreto Legislativo Nº 757, tiene fuerza de Ley.

Entre las vulneraciones a los preceptos constitucionales se encuentra la violación delartículo 61º que combate toda práctica que limite la libre competencia y el abuso deposiciones dominantes o monopólicas; y que prohibe que la Ley o la concertaciónautorice o establezca monopolios, lo que en su defecto ha otorgado indebidamente elartículo 1º de la Ley Nº 26285.

De igual manera, al dictarse la inconstitucional Ley se ha vulnerado el artículo 62º de laConstitución por otorgar carácter de contrato ley a los contratos de concesión cuyafinalidad es totalmente distinta a los llamados contratos de estabilidad jurídica ocontratos ley, puesto que no otorgan garantías ni seguridades y que además son denaturaleza administrativa, tal como se explica más adelante.

Page 66: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

66

Asimismo los artículos 1º, 2º, la primera y segunda disposición final y transitoria de lamencionada Ley, atetan contra el artículo 65º que dispone la defensa del consumidor y delusuario por parte del Estado, al disponerse mediante la citada Ley la existencia demonopolios, permitiendo normas tarifarias injustas, quebrantando de esta manera laeconomía de los consumidores y usuarios, ya que permite a una sola empresa preste elservicio de telefonía fija local con evidentes ventajas.

Finalmente, la Ley Nº 26285 atenta contra el artículo 103º de la Constitución queestablece que pueden expedirse leyes especiales porque así lo exige la naturaleza de lascosas, pero no por razón de la diferencia de las personas y contra la Octava DisposiciónTransitoria de la Constitución por cuanto amparada en esta disposición otorga monopolioa la referida Compañía de Teléfonos ( hoy Telefónica del Perú S.A.A), cuando éstadisposición señala claramente que el monopolio otorgado a los contratos celebradosantes de la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1993 será eliminadoprogresivamente, consecuentemente a los nuevos contratos no se les puede aplicar estadisposición. Sin embargo, estas dos normas constitucionales tampoco se han tomado encuenta en la Ley, puesto que se dicta la misma a fin de celebrar el ilegal contrato deconcesión con Telefónica del Perú y otorgar ventajas indebidas. En efecto, la mismaempresa afirma que en el contrato se ha pactado, por ejemplo, el cobro de la llamada“cargo Fijo”, que se cobra por servicio que no se presta efectivamente a los millones deusuarios; y además imponiéndose el cobro por minuto cuando el usuario habla tan soloalgunos segundos, manteniéndose esta injusta tarifación hasta la fecha, sin que losllamados 29 “planes tarifarios” hayan logrado resolver el problema.

Consiguientemente, con la finalidad de mantener incólumes los principiosconstitucionales en el ordenamiento jurídico nacional y establecer el principio de equidaden lo servicios públicos, es que se ha planteado demanda de inconstitucionalidad contrala Ley Nº 26285 y contra el contrato, al amparo de los artículos 200º inciso 4) de laConstitución y 20º y siguientes de la Ley Nº 26435, Ley Orgánica del TribunalConstitucional

CONCLUSIONES.-

1. El Proyecto de Ley Nº 1224/93 que dio lugar a la expedición de la Ley Nº 26285 fuepresentado por el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori Fujimori y aprobadopor la Mayoría en la época en que más se vulneró el ordenamiento jurídico nacional.

2. El dictamen de la Comisión de Energía e Infraestructura fue firmado y debatido enforma sospechosa e irregularmente, dado que no se discutió previamente en la referidaComisión y se presentó directamente al pleno del Congreso.

Page 67: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

67

3. En el debate parlamentario de fecha 28 de Diciembre de 1993 se previno que la Leyera inconstitucional, dado que creaba monopolios, lo cual no está permitido por lasConstituciones de 1979 y 1993.

4. En dicho debate igualmente se previno que se iban a originar acciones judiciales yconstitucionales en contra de la Ley por su evidente inconstitucionalidad.

5. Los artículos inconstitucionales de la Ley Nº 26285, (1º,2,3º Primera y SegundaDisposición Transitoria y Final), tal como se ha demostrado vulneran los artículos 61º,62º, 65º, 103º y la octava Disposición Transitoria de la Constitución de 1993.

6. Los artículos 1º, 2º y segunda disposición final y transitoria de la Ley Nº 26285otorgaron, autorizaron y constituyeron un monopolio transgrediendo lo dispuesto en elartículo 61º de la Constitución Vigente y 133º y134º de la Constitución de 1979.

7. El artículo 62º de la Ley 26285 vulnera lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo62º, puesto que ha otorgado indebidamente calidad de contrato ley a un contrato deconcesión que no puede otorgar seguridades o garantías, las mismas que inclusofueron pactadas en otros contratos a favor de la empresa Telefónica del Perú S.A.A, enla misma fecha (16 de mayo de 1994).

8. Todos los artículos observados de la Ley Nº 26285 desconocen lo dispuesto en elartículo 103º de la Constitución del Estado, ya que la misma se dictó única yexclusivamente para celebrar el contrato de concesión con la empresa Telefónica delPerú S.A.

9. Los artículos contenidos en la Ley Nº 26285, impugnados por inconstitucionales haninobservado el artículo 65º de la Constitución del Estado, puesto que se ha permitidola creación de un monopolio y condiciones tarifarias totalmente adversas a la demillones de usuarios, como por ejemplo son la llamada renta básica, el cobro porminuto y el pago por gerenciar la propia empresa telefónica.

10. La octava Disposición Transitoria de la Constitución de 1993 contradice y vulneracomo mera disposición transitoria el contenido del artículo 61º de la referidaConstitución al permitir excepcionalmente un monopolio que no permitía de ningunamanera la Constitución de 1979 y menos la vigente de 1993.

Page 68: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

68

11. Se ha demostrado la incostitucionalidad de las normas que dieron lugar a lasuscripción del “Contrato Ley” suscrito con Telefónica del Perú S.A.A para prestarservicio telefónico en el país.

12. Según lo establece el artículo 39º del Decreto Legislativo 757, los contratos ley tienenfuerza de ley y por tanto tiene características sui generis y de carácter general.

13. El “Contrato de ley” de concesión suscrito con Telefónica del Perú S.A.A. contienepactos que igualmente riñen con la Constitución de 1979 y 1993, al haber constituidoun monopolio legal (concurrencia limitada) que permitió tarifas adversas a millonesde usuarios que permanecen hasta la fecha.

14. Un contrato derivado de normas inconstitucionales no puede seguir surtiendo efectos,mas si en su contenido se refleja dichas normas y se establece indebidamentecondiciones de grandes ventajas para el monopolio constituido.

15. El Estado tiene obligación de rectificar estas graves irregularidades que afectanprincipios del ordenamiento jurídico, pautas de la economía social de mercado yderechos de millones de peruanos.

Page 69: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

69

FIRMAS DE CONGRESISTAS DEMANDA DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDADCONTRA LOS ARTÍCULOS 1°, 2°, 3°, PRIMERA Y SEGUNDA DISPOSICIÓN FINAL Y

TRANSITORIA DE LA LEY Nro. 26285

PARTIDO POLIT.

CONGRESISTASPARTIDO POLIT.

CONGRESISTAS

UN Acuña Peralta, Dr. César UN Maldonado Reátegui, Ing. Arturo

PP Alfaro Huerta, Ing. Maruja Hermelinda GPDI Martínez Gonzales, Dr. Michael

PAP Alva Castro, Dr. Luis Juan UPD Mera Ramírez, Lic. Jorge Luis

PAP Armas Vela, Dr. Carlos UPD Merino de Lama, Sr. Manuel Arturo

PP Arpasi Velásquez, Srta. Paulina PP Molina Almanza, Sr. Mario

UN Barba Caballero, Dr. José UPD Morales Mansilla, Dr. Pedro Antonio

PAP Cabanillas Bustamante de Llanos, Dra. Mercedes NA Moyano Delgado, Sra. Martha Lupe

UPD Calderón Castillo, Dr. Iván Oswaldo PP Mufarech Nemi, Sr. Jorge

UPD Carhuaricra Meza, Sr. Eduardo Rubén PAP Negreiros Criado, Sr. Luis Alberto

FIM Chamorro Balvín, Dr. Alcides Glorioso PAP Noriega Toledo, Ing. Víctor Manuel

GPDI Chávez Chuchón, Dr. Héctor Hugo FIM Núñez Dávila, Dra. Dora Isidora

NA Chávez Sibina, Dr. Jorge Samuel NA Olaechea García, Sr. Manuel Jesús

PAP Chávez Trujillo, Lic. Carlos Magno PP Oré Mora, Ing. Alejandro

GDPI Chocano Olivera, Ing. Tito Guillermo PP Palomino Sulca, Sra. Celina

PAP De la Mata Fernández de Puente, Dra. Judith PAP Pastor Valdivieso, Dr. Aurelio

PAP De la Puente Haya de Besaccia, Dra. Elvira PAP Peralta Cruz, Econ. Jhony Alexander

PAP Delgado Núñez del Arco, Dr. José Luis Manuel PP Ramos Cuya, Dr. Eittel

UPD Diez Canseco Cisneros, Dr. Javier GPDI Ramos Loayza, Lic. Pedro Carlos

UPD Ochoa Vargas, Manuel PAP Raza Urbina, Sr. Segundo Rodolfo

PAP Figueroa Quintana, Sr. Juan Manuel GPDI Risco Montalván, Sr. José Luis

UN Florián Cedrón, Sra. Rosa Madeleine PAP Robles López, Dr. Daniel

PAP Gasco Bravo, Sr. Luis Antonio PAP Santa María Calderón, Dr. LuisHermógenes

PAP Gonzales Posada Eyzaguirre, Dr. Luis Javier PAP Santa María del Águila, Sr. Róger

GPDI Gonzales Reinoso, Econ. Julio Antonio Luis PAP Valderrama Chávez, Dr. Hipólito Arturo

NA Guerrero Figueroa, Ing. Luis Bernardo PP Valdéz Meléndez, Dr. Víctor

PAP Heysen Zegarra, Ing. Luis Gabriel PAP Valdivia Romero, Arq. Juan Gualberto

NA Higuchi Miyagawa, Ing. Susana UN Vargas de Benavides, Sra. Emma Paulina

PP Jaimes Serkovic, Ing. Santos PAP Velarde Arrunátegui, Dr. Víctor Eduardo

UPD Jiménez Dioses, Lic. Gonzalo Arnulfo PAP Velásquez Quesquén, Dr. Javier

NA Jurado Adriazola, Ing. Ronnie Edgard PP Velásquez Rodríguez, Sr. Jaime

Page 70: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

70

PAP León Flores, Lic. Rosa Marina NA Villanueva Núñez, Dr. Edgar

UPD Lescano Anchieta, Dr. Yonhy PAP Zumaeta Flores, Ing. César

ORIENTACIÓN AL USUARIO Y CONSUMIDOR

ORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

O S I N E R GORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN

ENERGÍA.

DERECHOS DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO ELÉCTRICO

1. A contar con un suministro de energía eléctrica en buenas condiciones.2. A elegir libremente su opción tarifaria.3. A recibir un servicio de calidad de acuerdo a estándares de la norma técnica de

calidad de los servicios eléctricos.4. Al cobro de acuerdo a la lectura mensual de su medidor.5. A recibir la factura todos los meses oportunamente.6. A no tener cortes del servicio por el primer mes de deuda.7. A ser compensado en caso de sufrir interrupciones del servicio, según lo establecido en

normas vigentes.8. A ser informado antes de los cortes programados.9. A presentar reclamos y ser atentido.10. A ser notificado antes de la intervención de su medidor.11. A que el servicio brindado se realice cumpliendo con todas las normas de seguridad y

medio ambiente.12. A solicitar la anulación de instalaciones peligrosas.13. A que sus reclamos sean tramitados de acuerdo a los principios y procedimientos

establecidos.14. Al reembolso de las contribuciones efectuadas para la extensión de la red de

distribución.

Page 71: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

71

15. A solicitar la contrastación de su medidor por empresas contrastadoras autorizadaspor INDECOPI, cuya razón social y lista de precios deben ser exhibidos en las vitrinasinformativas de los concesionarios para información del usuario.

DEBERES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO ELÉCTRICO

1. Evitar conductas y actos en el uso de la electricidad que pongan en riesgo su vida ysalud, o la de otras personas.

2. Utilizar la electricidad con autorización de la empresa concesionaria de electricidad.3. No manipular el medidor u otros elementos de conexión, ni permitir que otros lo

hagan, dando aviso si esto sucede a la empresa de electricidad.4. Comunicar a la empresa de electricidad cualquier irregularidad en el uso del servicio

de energía.5. No revender energía.6. Actuar con responsabilidad en el uso del servicio.7. Pagar el servicio de energía.

¿Quiénes pueden reclamar?

Todas aquellas personas que certifiquen ser dueña de suministros, o utilicen elservicio, o aquellos que comprueben un legítimo interés.

¿Por qué motivos puedes reclamar?

Por considerar excesivo el consumo facturado.Por considerar incorrecta la aplicación de la tarifa.Por observar falta de lectura mensual del medidor o errores en las lecturas de parte deconcesionario.Por considerar que se te brinda un servicio de mala calidad técnica.Por falta de compensación por las interrupciones del servicios.Por considerar injustificado el cobro de un recupero.,Porque consideres que las instalaciones del concesionario son riesgosas.

¿Cómo debes hacer un reclamo?

Por escrito (personalmente o por fax) Explica claramente el reclamo. Presenta el reclamo en original y una copia.

Page 72: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

72

Verifica que la copia sea sellada como constancia de entrega.

Verbalmente (personalmente o por teléfono) Si presentas el reclamo en persona, solicita que se escriban claramente todos losdetalles del reclamo. Exige una copia del documento en el que ha quedado registradotu reclamo y el número de registro.

Si presentas tu reclamo por teléfono, asegúrate de que todo lo que reclamas seadebidamente registrado por la empresa de electricidad.

¿Dónde puedes presentar el reclamo?Puedes ir a cualquiera de las oficinas de atención al público de la empresa prestadoradel servicio, o comunicarte a los números telefónicos que aparecen en tu recibo.

¿Cuál es el costo de un reclamo?No cuesta nada. El procedimiento es totalmente gratuito y no se requiere de abogadopara presentarlo.

¿Qué información debe incluir tu reclamo?

Si el reclamo lo presentas por escrito debe incluir:

1. Descripción clara y concreta del reclamo.2. Fotocopia de tu documento de identidad (L.E. o D.N.I. si eres peruano, pasaporte si

eres extranjero)3. Dirección completa del domicilio donde quieres ser notificado.4. Número de suministro (figura en tu recibo de luz).5. Firma (o la de tu representante).6. Copia de poderes del representante (titula del servicio) o apoderado7. Adicionalmente, puedes incluir:8. Cualquier documento que pueda ayudar a que te den la razón como recibos,

inspecciones, pericias, informes técnicos u otros.9. Un número de teléfono donde puedas ser encontrado inmediatamente.

SUNASSSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE

SANEAMIENTO

Page 73: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

73

CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE RECLAMAR POR PROBLEMAS DEAGUA.

Este Procedimiento de Atención de Reclamos es sólo para problemas de tipo comercial,como por ejemplo: le facturan como si fuera un comercio y es una vivienda; le cobran porun consumo mayor al que usted considera haber realizado; en su recibo se incluyen mesesque usted ya canceló; le facturan estando el servicio cerrado; le cobran porcierre/reapertura no ejecutado; error en la cantidad de unidades de uso (le facturan portres viviendas y sólo son dos las que se abastecen de la misma conexión del servicio), etc.Pero si el problema se origina de situaciones relacionadas con la operación de losservicios y/o se refiere a la calidad del servicio, no está sujeto a plazo ni procedimientoalguno. La Empresa de Agua deberá atender el problema a la brevedad posible. Estosproblemas podrían ser: corte de la conexión por error, trabajos de reparación o cambio sde tubería inconclusos, buzones sin tapa, etc.

Importante: Si el problema perjudica la salud de su familia o comunidad, éste deberá seratendido en un máximo de 24 horas (agua potable contaminada, rotura de tuberías,aniego de desagüe, etc.)

PRIMERA INSTANCIA

Tiene hasta 15 días útiles, después de vencido su recibo, para presentar su reclamo a laEmpresa de Agua. Puede hacerlo de manera verbal o por escrito y en cualquier caso,exija una constancia en la que figure la oficina que lo recibió, la fecha, hora y el númerode registro que lo identifique.

La Empresa tiene hasta 30 días útiles para resolver su reclamo en Primera Instancia,contados desde la fecha en que presentó su reclamo. La Empresa está obligada aresponderle en forma escrita (Resolución), de no hacerlo, una vez pasado el plazo pararesolver y notificar, se hará producido el Silencio Administrativo Positivo (S.A.P).La Resolución Primera Instancia le deberá ser entregada (notificada) en su domicilio enno más de 10 días útiles, después de haber sido emitida por la Empresa.

Si no está de acuerdo con la Resolución y cuenta con nuevas pruebas, puede presentar unRecurso de Reconsideración el cual es opcional. Para hacerlo, tiene un plazo no mayor de15 días útiles después de recibida la Resolución de su reclamo. Usted también podríaoptar por no reconsiderar y pasar directamente a la Segunda Instancia, mediante unRecurso de Apelación.

Las nuevas pruebas deberá sustentarlas y documentarlas y si éstas ya estaban en poder dela Empresa de Agua y no fueron consideradas, su solicitud también deberá ser admitida.

Page 74: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

74

Su Recurso de Reconsideración deberá ser resuelto en un plazo máximo de 15 díasútiles. También en este caso, la Empresa dispone de 10 días útiles para hacerle llegardicha respuesta (notificación de la Resolución).

¿Qué es el Silencio Administrativo Positivo?

El Silencio Administrativo Positivo significa que, si no recibe respuesta en los plazosestablecidos sobre parte o todo el reclamo, usted tiene la razón en todo o en aquellosobre lo cual no recibió respuesta.

EL ACUERDO ENTRE LAS PARTES

Antes de la emisión de la Resolución que resuelve el reclamo, usted o la empresa podránsolicitar una reunión para llegar a una solución sobre el problema. De llegar a unacuerdo, se pondrá fin al reclamo.

Cualquier sea el resultado de la reunión, usted y la empresa de agua firmarán un actasobre lo tratado.

Si usted no está de acuerdo con la respuesta a su reclamo o Reconsideración, puedepresentar un Recurso de Apelación, por escrito, explicando por qué no está conforme conla respuesta recibida. La Apelación deberá presentarla ante la Empresa en un plazo nomayor de 15 días útiles, contados desde la fecha en que recibió la respuesta de PrimeraInstancia. La empresa enviará el expediente del reclamo a la SUNASS para que searesuelto.

El Recurso de Apelación será resuelto por el Tribunal Administrativo de Servicios deSaneamiento de la SUNASS – TRASS.

La Empresa de Agua debe enviar su expediente al TRASS en un plazo máximo de 10 díasútiles.

El TRASS evaluará objetivamente su reclamo y el procedimiento que siguió el mismo en laEmpresa de Agua. En un plazo de 30 días útiles, contados desde el día siguiente en que laEmpresa hizo llegar su expediente al Tribunal, éste emitirá una Resolución inapelable, lamisma que le será notificada en un máximo de 10 días útiles luego de haber resuelto suApelación. Este es el fin de la Vía Administrativa para atención de su reclamo.

Page 75: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

75

OSIPTELORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN

TELECOMUNICACIONES

DERECHOS COMO USUARIO

1. Para realizar un reclamo no necesitas un abogado. Este trámite es gratuito y puedespresentarlo a la empresa que te presta el servicio en forma personal, por teléfono opor escrito.

2. Si tu empresa de telefonía te cobra por un servicio que no has solicitado o contratadotienes todo el derecho de iniciar un procedimiento de reclamo.

3. Para iniciar un reclamo, primero debes acudir a la empresa que te brinda el servicio.Si no estas de acuerdo con el resultado de tu reclamo, puedes apelar ante la empresapara que sea visto por OSIPTEL en segunda instancia.

4. No estas obligado a pagar el monto que estas reclamando, si el reclamo lo hacesdentro de los 15 días hábiles luego de la fecha de vencimiento de tu recibo telefónico.

OSITRAN ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE

TRANSPORTE DE USO PÚBLICO

El rol supervisor de OSITRAN:

1. ¿Por qué se creó OSITRAN?

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de UsoPúblico (OSITRAN) fue creado en 1998 en el marco del proceso de promoción de lainversión privada en infraestructura. Las concesiones en infraestructura tienen una seriede particularidades que hacen indispensable que se cuente con un órgano regulador ysupervisor independiente y técnico. Entre éstas se encuentran las siguientes: i)lasinversiones que se exigen al concesionario son altas y no siempre pueden ser recuperadasen plazos cortos, lo que implica un riesgo del negocio en el mediano plazo, ii) el sistemade supervisión es indispensable, puesto que puede generar sobrecostos no calculados quepodrían modificar todos los cálculos financieros de los inversionistas, iii) el sistemaregulatorio de tarifas, estándares de calidad y reglas de acceso a la infraestructura tiene

Page 76: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

76

que ser fijado de manera técnica y sin presiones políticas, porque de otra manera elriesgo del negocio también se incrementa, iv) las instituciones financieras, ya seannacionales o extranjeras, exigen que la supervisión y regulación de las concesiones eninfraestructura sea autónoma e independiente como condición para otorgar préstamospara este sector.

2. ¿Por qué el supervisor no es el Ministerio de Transportes?

Porque el Ministerio de Transportes es una de las partes en los contratos deconcesión y los inversionistas requieren contar con un tercero independiente, técnico yautónomo, que no sea parte en el contrato, y que vele tanto por los intereses del Estadocomo de los propios concesionarios.

3. ¿Por qué el regulador debe ser también supervisor?

La supervisión debe ser autónoma y la regulación también. Por lo tanto, existen dosposibilidades: o se tiene dos agencias autónomas encargadas de estas funciones o seasignan estas tareas a una sola agencia. La principal ventaja del arreglo institucionalperuano, que ha asignado la supervisión y regulación a una sola agencia es que de estamanera se garantiza que el regulador cuenta con suficiente información sobre la marchadel negocio para adoptar decisiones adecuadas. La supervisión es normalmente elprincipal insumo con que cuenta el regulador para adoptar su política regulatoria.

4. ¿Cuál es el rol que le corresponde al MTC?

Principalmente, la definición de la política de transporte, especialmente en lo que serefiere a la obra pública y a los servicios de transporte que prestan los operadores. Así, el Ministerio continúa teniendo atribuciones muyimportantes respecto a los operadores de servicios portuarios (agentes marítimos, de estiba, de desestiba, servicios de almacenamiento),operadores ferroviarios, líneas aéreas, prestadores de servicios de transporte terrestre de carga y pasajeros, etc. Adicionalmente, el Ministerio está acargo de la planificación de la obra pública y de su desarrollo.

5. ¿Qué contratos de concesión se han suscrito hasta la fecha?

El Estado peruano ha suscrito contratos de concesión para el Puerto de Matarani,los Ferrocarriles del Sur, Sur-Oriente y Central, la Carretera Arequipa-Matarani, elAeropuerto Internacional Jorge Chávez y el Teleférico de Machu Picchu.

Page 77: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

77

6. ¿Cómo se ha hecho la supervisión de estos contratos en los últimos años?

OSITRAN ha venido supervisando periódicamente el cumplimiento de las cláusulascontractuales. Esta supervisión incluye la supervisión de obras, la revisión de las pólizasde seguro, de las obligaciones laborales, la aprobación de los planes de diseño, laverificación de la entrega de fianzas o similares y de la implementación de serviciosestablecidos en el contrato, etc. La supervisión es integral y se hace sobre la base deun programa anual de supervisión que es aprobado a comienzo de año y conocido portodas las partes. Incluso, se puede encontrar en la página web de OSITRAN(www.ositran.gob.pe).

Como resultado de la supervisión se redactan informes de supervisión, que tambiénpueden ser encontrados en la página web de OSITRAN, los que contienenrecomendaciones para la sociedad concesionaria y para la Gerencia General deOSITRAN en los casos en que se recomiende el inicio de un proceso sancionatorio porincumplimiento de contrato.

7. ¿OSITRAN cuenta con el personal para hacer esta supervisión?

OSITRAN es un organismo pequeño pero con personal altamente calificado, lo cuales posible gracias a un régimen remunerativo competitivo con el sector privado.Asimismo, por política institucional, muchas de las labores de supervisión estántercerizadas, es decir, se contrata a los mejore especialistas del medio para que realicenconjuntamente con el personal de OSITRAN las distintas labores de supervisión. Estamecánica de trabajo ha sido adoptada por diversas razones:

i) las necesidades de supervisión son estacionales, por lo que no seria eficiente contarcon supervisores altamente calificados para todas las áreas de manera permanente,

ii) el riesgo de "captura" del supervisor por parte de la empresa supervisada es menorcuando hay mayor rotación.

8. ¿Qué dice la ley y los contratos de concesión sobre el rol supervisor deOSITRAN?

La Ley 26917, en su numeral 7.1 establece lo siguiente: "Las principales funcionesde OSITRAN son las siguientes: Administrar, fiscalizar y supervisar los contratos de

Page 78: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

78

concesión con criterios técnicos desarrollando todas las actividades relacionadas alcontrol posterior de los contratos bajo su ámbito".

Por su parte, la Ley Marco de Organismo Reguladores, aprobada mediante Ley27332 dice lo siguiente en su artículo 3: "Dentro de sus respectivos ámbitos decompetencia, los organismos reguladores ejercen las siguientes funciones: FunciónSupervisora: comprende la facultad de verificar el cumplimiento de las obligacioneslegales, contractuales o técnicas por parte de las entidades o actividades supervisadas, asícomo la facultad de verificar el cumplimiento de cualquier mandato o resolución emitidapor el organismo regulador o cualquier otra obligación que se encuentre a cargo de laentidad o actividad supervisadas."

El reglamento de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo 010-2001-PCMrepite textualmente lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley 27332. Por último, todos loscontratos de concesión contienen alguna cláusula que define al organismo supervisor yestablecen de manera indubitable que éste es el OSITRAN.

DECRETO LEGISLATIVO Nro 716 (*)

Promulgan norma sobre Protección al Consumidor

(*) TEXTO UNICO ORDENADO, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-ITINCI

(*) De conformidad con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº25868, queda modificado el presente Decreto Legislativo.

TITULO SEGUNDO:DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

Artículo 5.- En los términos establecidos por el presente Decreto Legislativo, losconsumidores tienen los siguientes derechos:

a) Derecho a una protección eficaz contra los productos y servicios que, encondiciones normales o previsibles, representan riesgo o peligro para la salud o laseguridad física.

Page 79: MEMORIA · 2003-08-07 · Ana María Riveros Mimbela Secretaria Gladis Zevallos Ynfante Secretaria Personal de Apoyo: Magaly Escobedo Díaz Francisco Paca Palao. 3 PRESENTACIÓN Presidir

79

b) Derecho a recibir de los proveedores toda la información necesaria para tomaruna decisión o realizar una elección adecuadamente informada en la adquisición deproductos y servicios, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de losproductos o servicios;

c) Derecho a acceder a una variedad de productos y servicios, valorativamentecompetitivos, que les permitan libremente elegir los que deseen;

d) Derecho a la protección de sus intereses económicos, mediante el trato equitativoy justo en toda transacción comercial; y a la protección contra métodos comercialescoercitivos o que impliquen desinformación o información equivocada sobre los productoso servicios; (*)

(*) De conformidad con el Artículo 1 de la Ley Nº 27049, publicada el 06-01-99, seprecisa que todos los consumidores tienen el derecho a la protección de sus intereseseconómicos mediante el trato equitativo y justo en toda transacción comercial, seestablece que los consumidores no podrán ser discriminados por motivo de raza, sexo,nivel socioeconómico, idioma, discapacidad, preferencias políticas, creencias religiosas ode cualquier índole, en la adquisición de productos y prestación de servicios que seofrecen en locales abiertos al público.

e) Derecho a la reparación por daños y perjuicios, consecuencia de la adquisiciónde los bienes o servicios que se ofrecen en el mercado o de su uso o consumo;

f) Derecho a ser escuchado de manera individual colectiva a fin de defender susintereses por intermedio de entidades públicas o privadas de defensa del consumidor,empleando los medios que el ordenamiento jurídico permita.

g) Derecho, en toda operación de crédito, a efectuar pagos anticipados de lascuotas o saldos en forma total o parcial, con la consiguiente liquidación de intereses aldía del pago, incluyéndose así mismo los gastos derivados de las cláusulas contractualespactadas entre las partes.” (*)

(*) Inciso g) adicionado por el Artículo 2 de la Ley Nº 27251, publicada el 07-01-2000.