2. presentacionescalafon v 5

Upload: wladimir-mena-aguirre

Post on 11-Oct-2015

20 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • Propuesta de Acuerdo Ministerial para Ascenso de Escalafn y Recategorizacin DocenteSubsecretara de Desarrollo Profesional Educativo

  • Ascenso DocenteAsenso Ordinario: Categora Actual a la SubsiguientePuede postularse cada 4 aosProceso continuoCategoras de IngresoCategoras de ascenso

  • Recategorizacin DocenteTrigsima Tercera de la LOEI Transitoria: Para aquellos docentes que cumplen con los requisitos de titulacin y aos de experiencia, por nica vez podrn optar por ascender antes de los cuatro aos establecidos en la presente ley en el escalafnRecategorizacin o Ascenso Excepcional: Promoverse a una categora determinada de forma aceleradaSe lo realiza 1 sola vez en su carrera profesional,Cuando el docente lo crea pertinenteCategoras de IngresoCategoras de ascenso

  • Requisitos Recategorizacin

  • Cronograma General para Ascenso de y recategorizacin docente

  • Proceso General para Ascenso de Categora o RecategorizacinDocenteSub. Desarrollo ProfesionalCoordinacin Administrativa FinancieraTalento Humano de instancia desconcentradaNOSIFavorable

  • Tiempo de ServicioSe considera el cargo de:DocenteDirectivoDentro del sector:Pblico,Fiscomisional,Particular

  • Desarrollo ProfesionalDurante los ltimos 4 aos el docente debe acreditar:330 horas de cursos de formacin continua o posgrado certificados por IES en Psicopedagoga, CC.EE, o reas disciplinares afines al rea de desempeo; oPublicaciones en revistas indexadas; oDesarrollo de proyectos de innovacin pedaggica

  • Ttulos Acadmicos

    Ttulos profesionales emitidos por IES nacionales o extranjeras reconocidos por la SENESCYT

    A partir de la categora D el Reglamento a la LOEI exige que los ttulos de posgrado sean relacionados a educacin.(Art.302 numeral 7 Reglamento a la LOEI)

  • Evaluaciones deldesempeo

    Evaluaciones oficiales realizadas por INEVAL,

    Si no han sido evaluados por el INEVAL, se utilizar la evaluacin inmediata anterior.

    Despus de su ingreso a la carrera educativa pblica, los docentes podrn ascender ordinariamente en el escalafn, previo el cumplimiento de los requisitos especficos de cada categora, en un proceso continuo y peridico que obedece a los siguientes aspectos: capacitacin, formacin, innovacin educativa y evaluacin.Categoras de Ingreso:J -> Bachilleres (Zonas difcil acceso), I -> Profesionales no docentes, y ttulos de nivel tcnico/tecnolgicoG -> Licenciados en CC.EE o posgrados relacionados a educacin

    *Despus de su ingreso a la carrera educativa pblica, los docentes podrn ascender ordinariamente en el escalafn, previo el cumplimiento de los requisitos especficos de cada categora, en un proceso continuo y peridico que obedece a un proceso constante de capacitacin, formacin, innovacin educativa y evaluacin.Categoras de Ingreso:J -> Bachilleres (Zonas difcil acceso)I -> Profesionales no docentes, y ttulos de nivel tcnico/tecnolgicoG -> Licenciados en CC.EE o posgrados relacionados a educacin

    *Generalidades de los requisitos de categora.- Cada categora de ascenso dentro de la carrera docente posee requisitos (parmetros) que el docente debe acreditar, a saber, ttulos, desarrollo profesional (formacin continua), aos de experiencia, proyectos de innovacin educativa y resultados en los procesos de evaluacin.*El docente deber ingresar/actualizar en el Sistema de Informacin del Ministerio de Educacin (SIME) los datos personales requeridos para su categorizacin, ascenso de categora y/o recategorizacin. La informacin registrada por los docentes en el SIME ser complementada por el MINEDUC con las notas obtenidas por ellos, dentro del proceso de evaluacin ejecutado por el INEVAL.

    Para la postulacin al ascenso de escalafn o recategorizacin, el docente deber actualizar su informacin en el SIME, adjuntando una declaracin juramentada otorgada ante Notario Pblico, escaneada en formato PDF*se reconocen los aos de servicio como docente, as como los aos de servicio en un cargo directivo dentro de un establecimiento educativo, tanto en el sector pblico, fiscomisional, como en el privado.*El nmero de horas en cursos de actualizacin sicopedaggica y en ciencias de la educacin necesarios para el ascenso de categora ser de al menos de trecientas (330) horas, recibidas durante los ltimos cuatro aos contados desde la fecha en la cual se ha presentado la solicitud de ascenso. Para tal fin, el MINEDUC autorizar el uso de hasta una hora diaria de la jornada de trabajo, de conformidad al instructivo que se dicte para el efecto; o,el nmero de publicaciones en revistas indexadas requeridas para el ascenso de categora es de dos (2), realizadas durante los cuatro ltimos aos, contados desde la fecha en la cual se ha presentado la solicitud de ascenso, o,el desarrollo de un proyecto de innovacin pedaggica vigente al menos durante cuatro ltimos aos de implementacin, validado por el MINEDUC, de conformidad al instructivo que se dicte para el efecto.

    Una revista indexa podr reemplazar a 83 horas de capacitacin.*Sern habilitantes para el proceso de categorizacin o de ascenso de categora los ttulos profesionales registrados y otorgados por instituciones de educacin superior reconocidas en la Secretara de Educacin Superior, Ciencia, Tecnologa e Innovacin (SENESCYT).

    *Este requisito corresponde a los resultados de las evaluaciones oficiales efectuadas por el Instituto Nacional de Evaluacin Educativa (INEVAL), mismos que son el parmetro para medir el desempeo profesional del docente. TERCERA.- Para los docentes que en el ao de postulacin al proceso de ascenso de escalafn y recategorizacin no hubieren sido evaluados por el INEVAL, el MINEDUC utilizar los resultados de la evaluacin inmediatamente anterior.*