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Page 1: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA...se había mudado de domicilio (véase constan-cia de folios 39) y siendo que el domicilio se-ñalado por este resultaba ser el mismo
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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Lunes, 17 de abril del 2017

EDICTOS

EXPEDIENTE: 874-2016-QUEJA. QUEJOSO: RICARDO ROQUE RODRIGUEZ QUEJADO: RO-DOLFO MAMANI GERONIMO. MATERIA: INCON-DUCTA FUNCIONAL. EL MAGISTRADO CON-TRALOR CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO LA SIGUIENTE RESOLUCION: Resolución N° 08 Moquegua, cuatro de abril Del dos mil diecisie-te .- VISTO: El escrito de fecha 27 de Marzo del 2017, presentado por el quejoso Ricardo Roque Rodríguez; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 27 de Marzo del 2017, el quejoso Ricardo Roque Rodríguez presenta escrito señalando lo siguiente: 1.1 Con fecha 04 de Julio del 2016 interpuso queja en contra de Rodolfo Mamani Gerónimo, habiéndose ordenado abrir investi-gación preliminar, siendo que desde la fecha de formulación de la queja no ha recibido notifi -cación alguna sobre el proceso. 1.2 Reitera que el juez quejado no atendió su escrito del 13 de Agosto del 2013 y que mantiene vinculo de parentesco con Alfonso Bautista Casilla, quien se ha apropiado maliciosamente de su propie-dad.1.3 Se ha realizado la inspección solicitada pero el Juez de Paz se ha negado a entregarle copia del acta de inspección por la que ha pa-gado la suma de S/. 30.00, negándose a aten-der su solicitud de certifi cado de posesión del 30 de Mayo del 2016, siendo que la conducta del quejado es la misma que tiene su suegro, quien ha sido condenado en la Instrucción N° 2005-41-04-0901-JXP por el Juzgado Mixto de Sánchez Cerro. SEGUNDO: De folios 02 se apre-cia que, al momento de interponer su queja, el quejoso ha indicado domiciliar en la calle Principal del Distrito de Ichuña (calle Jerusalén Interior s/n), domicilio al cual se han estado en-viando las correspondientes notifi caciones tal y como se aprecia de folios 11 y 32, sin embar-go, la última fue devuelta por el servicio postal SERPOST con la indicación que el destinatario se había mudado de domicilio (véase constan-cia de folios 39) y siendo que el domicilio se-ñalado por este resultaba ser el mismo que el consignado en RENIEC (fi cha a folios 38), es que por Resolución N° 04 del 06 de Septiembre del 2016, se dispuso notifi carlo por edictos, siendo que por este medio se le ha puesto en cono-cimiento tanto el informe preliminar del 20 de Octubre del 2016 como la Resolución N° 06 del 14 de Noviembre del 2016 por la cual se decla-ro la improcedencia de la queja interpuesta. Entonces, esta ofi cina de control ha cumplido con notifi car al quejoso en forma debida, sien-do que la imposibilidad de hacerle llegar las correspondientes notifi caciones al domicilio inicialmente señalado resulta ser ajena a este despacho y atribuible a aquel, por cuanto no se encontraría residiendo en dicho domicilio, lo que en su oportunidad también fue alega-do por el juez quejado (véase informe de folios 50). TERCERO: Ahora, en cuanto al extremo referido a que el juez quejado no atendió su escrito del 13 de Agosto del 2013 y que mantie-ne vinculo de parentesco con Alfonso Bautista Casilla, quien se ha apropiado maliciosamente de su propiedad; conforme se aprecia de folios 02 así como de los recaudos recabados en la investigación, que estos hechos resultan ser los que fueron objeto de la queja presencial inter-puesta por el quejoso el 04 de Julio del 2016 y sobre los cuales este despacho ya ha expedido decisión, la que se encuentra constituida por la Resolución N° 06 del 14 de Noviembre del 2016, por la cual se declaro la improcedencia de la queja, la que fue notifi cada por edictos y, a la fecha, tiene la calidad de fi rme. Entonces, siendo que sobre los hechos referidos ya existe un pronunciamiento por parte de esta ofi cina de control, es que debemos remitimos a este,

careciendo de objeto emitir nuevo pronuncia-miento al respecto. CUARTO: De otro lado, ha señalado el quejoso se ha realizado la inspec-ción solicitada pero el Juez de Paz se ha negado a entregarle copia del acta de inspección por la que ha pagado la suma de S/. 30.00 así como también se ha negado a atender su solicitud de certifi cado de posesión del 30 de Mayo del 2016, siendo que la conducta del quejado es la misma que tiene su suegro, quien ha sido con-denado en la Instrucción N° 2005-41-04-0901-JXP por el Juzgado Mixto de Sánchez Cerro. Con vista del contenido de la queja presencial del 04 de Julio del 2016 (folio 02), se advierte que estos hechos no forman parte de la misma, por lo que esta ofi cina de control se encuen-tra imposibilitada de emitir pronunciamiento en este extremo, ya que los hechos aludidos, al no haber sido alegados en aquella oportu-nidad, no han sido objeto de verifi cación y/o constatación, lo que tampoco puede realizar en esta etapa por cuanto el proceso ya se en-cuentra concluido. QUINTO: Finalmente, siendo que en el escrito que nos ocupa el quejoso ha consignado nuevamente como domicilio real el ubicado en la calle Jerusalén Interior S/n del distrito de Ichuña (respecto del cual se han pro-ducido la devolución de notifi caciones) es que, por esta vez, debe remitírsele notifi cación con esta resolución a dicho domicilio, adjuntando un ejemplar de las Resoluciones N° 06 del 14 de Noviembre del 2016 y N° 07 del 19 de Enero del 2017 para su conocimiento (al encontrarse el proceso concluido). Sin perjuicio de ello, adi-cionalmente notifíquesele por edicto la presen-te resolución. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Hágase de conocimiento del quejoso Ricardo Roque Rodríguez fue en el trámite del presente procedimiento discipli-nario se viene notifi cando mediante edictos, dado que se ha producido la devolución de las notifi caciones cursadas al domicilio real seña-lado en su queja presencial del 04 de Julio del 2016 .por parte del servicio postal SERPOST y que, asimismo, el estado actual del proceso es el de encontrarse concluido. SEGUNDO: Decla-rar que carece de objeto emitir pronunciamien-to respecto de los hechos referidos en el punto tercero y segundo párrafo del punto cuarto del escrito presentado con fecha 27 de Marzo del 2017; ello en razón a que han sido objeto de la decisión contenía en la Resolución N° 06 del 14 de Noviembre del 2016, en tal sentido, deberá el quejoso remitirse a lo dispuesto en dicha resolución. TERCERO: Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento respecto de los hechos referidos en los párrafos primero, tercero y cuarto del punto cuarto y en el punto quinto del escrito presentado con fecha 27 de Marzo del 2017; ello en razón a que no forman parte de los hechos expuestos en la queja/presencial interpuesta con fecha 04 de Julio del 2017 por el quejoso, siendo que el pre-sente procedimiento se encuentra concluido. CUARTO: Notifíquese al quejoso Ricardo Roque Rodríguez con la presente resolución confor-me se ha indicado en su quinto considerando. Regístrese y hágase saber.- Firmado: Cesar Au-gusto Salinas Linares - Magistrado Contralor. Cecilia Adela Hurtado Cuellar - Asistente. (12-17-18 Abril)

EDICTO

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, que despacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CO-RONEL con intervención de la Especialista. Legal .KARINA PANTOS LINARES, Expediente N° 0127-2017-0-2801-JP-CI-02, MARIA ESTHER RODRIGUEZ FLORES solicita rectifi cación de Acta de Defunción N° 09464831 del año 2016 de su difunta Madre ANTONIA FLORES DE RO-

DRIGUEZ, que se encuentra inscrita en la Muni-cipalidad Provincial de Mariscal Nieto a fi n que se rectifi que el nombre de su madre; ya que DICE CON ERROR: ANTONIA FLORES DE RO-DRIGUEZ; DEBIENDO DECIR VIRGINIA ANTONIA FLORES DE RODRIGUEZ; realizando las publica-ciones con arreglo a Ley, ya que la Audiencia se llevara a cabo el 27 de abril del año en curso, a las 09:00 horas en la Sala de Audiencias del Juzgado, poniendo de conocimiento de quie-nes puedan oponerse. Moquegua, 12 de abril de 2017. Wilfredo Tito Bravo – Abogado CAM, 076; Karina Pantos Linares – Segunda Secreta-ria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17 Abril)

EDICTO

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE OMATE: La señora Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIONPREPARATORIA DE OMATE DRA. SONIA PAREDES ROMAN, por intermedio del presente NOTIFICA a ERNESTO ALEXANDER GORBALAN BARRIOS, con la resolución número ocho de fecha tres de abril del dos mil diecisie-te. Parte Resolutiva a) DECLARAR FUNDADO el requerimiento formulado por el señor repre-sentante del Ministerio Publico, en consecuen-cia declarar SOBRESEIDO el proceso seguido en contra de ERNESTO ALEXANDER GORBALAN BARRIOS, identifi cado con Documento Nacio-nal de Identidad 80339214, domiciliada en la calle Carlos Wise Nro 732 Santo Dominguito, distrito y Provincia de Trujillo, región la Liber-tad, hija de Víctor y Jacinta, nacido el ocho de noviembre de agosto de mil novecientos se-tenta y cuatro; por el delito de estafa genérica previsto en el artículo 196 del Código Penal, en agravio de Adrián Augusto Cosi Coaguila . b) LEVANTESE las medidas coercitivas de carácter personal y/o real dictadas contra el imputado y sus bienes, si hubieran sido ordenadas. c) ANU-LENSE los antecedentes judiciales y/o policiales derivados del presente proceso. d) ARCHIVESE el proceso en el modo y forma de Ley. Tómese razón y hágase saber. Especialista Legal Nohe-mi Parisaca Ticona. (12-17-18 Abril)

SUCESION INTESTADA

SUCESION INTESTADA

Expediente 00723-2016-0-2801-JP-CI-02, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto – Moquegua, que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel y Especialista Karina Pantos Linares, doña María Soledad Romero Quispe solicita la sucesión intestada de quien en vida fue su padre LINO ANDRES ROMERO REVILLA, fallecido el 16 de diciembre del 2015 en la ciudad de Moquegua, con la fi nalidad que se declare como heredera universal a doña MARIA SOLEDAD ROMERO QUISPE. Por lo que se pone de conocimiento a los que se crean con derecho. Moquegua 10 de abril del 2017. Ever Martín Flores Meza – Abogado. C.A.A N° 1626; Karina Pantos Linares – Segunda Secreta-ria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO

RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO

El Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, especialista Dra. Melisa Paola Man-chego Rivera, en el expediente judicial Nro. 00248-2016-0-2801-JP-CI-02, se ha dispuesto cumpla con notifi car la Resolución Nro. 06 de fecha 03 de marzo del 2017, que señala fecha para audiencia de reconocimiento para el día 23 de mayo del 2017 a horas tres y treinta de la

tarde en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado, todo esto en los autos que se sigue sobre prueba anticipada de reconocimiento de documento en contra de Gladys Cecilia Santa Cruz Mamani, para no vulnerar su derecho de defensa, por lo que se procede a notifi carse mediante edicto con el objeto de que las per-sonas interesada y/o interesadas puedan hacer valer sus derechos conforme a ley. Moquegua, 10 Abril del 2017. Yonhson Ramos Choque – Abogado – C.A.M. 003; Abog. Melisa Manche-go Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO JUDICIAL

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que despacha la Sra. Juez Dra. Estefany Rojas Coronel, Especialista Le-gal Dra. Karina Pantos Linares, en el Exp. N° 175-2017-0-2801-JP-CI-02, dona ALICIA YO-LANDA PILCO SAIRA por derecho propio, sigue proceso judicial No Contencioso de Rectifi ca-ción Judicial de Partida de Nacimiento, a fi n de que en mi partida de nacimiento se agregue el apellido materno de mi señora madre, quedan-do como FRANCISCA SAIRA CRUZ, se ha señala-do fecha para audiencia de actuación y decla-ración judicial el día jueves once de mayo del dos mil diecisiete a las once horas, con cono-cimiento de quien tenga derecho a oponerse. Moquegua, 12 de abril del 2017. Jhon F. Rugel Delgado – Abogado. C.A.M. N°149. (17 Abril)

EDICTO JUDICIAL

Por ante, el Segundo Juzgado Mixto de Moque-gua, que despacha el Dr. FREDY FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, con intervención de la Especialis-ta GABY NINA ESCOBAR, en el Expediente N° 051-2017-0-2801-JM-CI-02, seguido por Aurelia Natalia Gutierrez Mamani y otros; en contra de Cornelio Cipriano Gutierrez Mamani y otros, SOBRE PETICIÓN DE HERENCIA Y DECLARATO-RIA DE HEREDEROS Se ha emitido la Resolución N° 02, del 28 de marzo del 2017, que RESUEL-VE: …”ADMITIR la demanda sobre PETICIÓN DE HERENCIA y DECLARATORIA DE HEREDEROS, interpuesta por DOMENICA GABY GUTIERREZ MAMANI, AURELIA NATALIA GUTIERREZ MA-MANI y MARIA ASENCIÓN GUTIERREZ MAMANI, en contra de NICOLAS SALVADOR GUTIERREZ MAMANI, CORNELIO CIPRIANO GUTIERREZ MAMANI, ALBERTO PASTOR GUTIERREZ MA-MANI y la SUCESIÓN DE BALTAZAR SALVADOR GUTIERREZ MAMANI conformada por BEYKER ALBERT GUTIERREZ QUISPE y RUDO FRANK GUTIERREZ QUISPE. Corresponde tramitarse en la vía procedimental del Proceso de Cono-cimiento… 4. SE DISPONE notifi car a la parte demandada SUCESION DE BALTAZAR SALVA-DOR GUTIERREZ MAMANI, mediante edicto, debiendo efectuarse las publicaciones por el plazo de tres días en el diario encargado de los avisos judiciales de esta ciudad, bajo apercibi-miento de designarse curador procesal en caso de no apersonarse al proceso. L o que pongo en conocimiento de los interesados, para los fi nes de ley. Gaby Nina Escobar. Especialista Judicial. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Se-cretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Segundo JPL- Moquegua, que Des-pacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL. Expediente 183-2017-0-2801-JP-CI-01 MARIA CONCEPCION MAMANI MANZANO Y MARILIA ZULEMA MADUEÑO MAMANI, solicita SUCE-

SION INTESTADA, de quien en vida fue su espo-so y padre respectivamente, don LUCIO JESUS MADUEÑO MALDONADO, con la fi nalidad que se declare como herederos en lo referente a MARIA CONCEPCION MAMANI MANZANO Y MARILIA ZULEMA MADUEÑO MAMANI, en su calidad de esposa e hija del causante, lo que se pone a conocimiento de los interesados. Mo-quegua, 10 de abril del 2017, Dra. Melisa Paola Manchego Rivera. Juan Fredy Machaca Chipa-na – Abogado. CAM 402. Abog. Melisa Manche-go Rivera. Primera Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (11-12-17 Abril)

NOTIFICACION

NOTIFICACION POR EDICTO PENAL

Expediente Nº 00318-2017-60-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don OSCAR DAVID DELGADO GUTIERREZ identifi cado con DNI Nº 42649153, que mediante Resolución Nº 01 de fecha 07 de abril de 2017, se ha dispuesto CITARLO a la Audiencia Única de Juicio Inme-diato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia. Asimis-mo se ha dispuesto PROGRAMAR la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO para el día 21 DE ABRIL DE 2017 a las 12:00 horas en la Sala de Audiencias N° 07 de la Sede Central de la Cor-te Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Malecón Ribereño S/N – Moquegua; en el proceso seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de menor de iniciales O.F.D.C. representado por Brenda Ivonne Carpio Canazas. Fdo. Raul Emi-liano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maris-cal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 07 de abril de 2017. (12-17-18 Abril)

REMATE

PRIMER REMATE JUDICIAL

En el Expediente No 00178 – 2015-0-2802-JP-CI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CRE-DITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. Nº 103, en contra de Luis Alberto Calderón Galarza y Rosmery Meza Camacho; la Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de ILO, Dra. Sheda Mendez Ancca y el Especialista Legal Dr. Vladimir Gianfranco Huisa Pichihua, mediante Resolución Nº 10 han ordenado y dispuesto llevar a cabo el Remate en Primera convocato-ria, con la intervención del Martillero Público Ángel Rubén Arias Gallegos del inmueble que se detalla, BIEN INMUEBLE: Asentamiento Hu-mano PROMUVI V Sector B Manzana 56 Lote 26, Distrito de Ilo, Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua ; el inmueble se encuentra ins-crito en la Partida Registral N° P08013353 , Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES: Asiento 00004 – HI-POTECA COMUN – A favor de la EDPYME CREAR TACNA, hasta por la suma de US$. 850.00 en garantía de un Crédito por la suma de S/. 1,000.00 con el interés compensatorios de 4,2% mensual y Moratorio de 0.63% mensual, plazo 12 meses otorgado por la EDPYME a los propie-tarios, según consta del Contrato Privado del 24/05/2002 por Notaría María Lourdes Tapia de Centty. Valor de Tasación Es de S/ 48,033.00 (Cuarenta y Ocho Mil Treinta y Tres con 00/100 Soles). El Precio Base para el Primer Remate es de S/ 32,022.00 (Treinta y Dos Mil Veintidós con 00/100 Soles). LUGAR DEL REMATE: La Dili-

Avisos Judiciales

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUALunes, 17 de abril del 2017

gencia se realizará el día 25 de ABRIL del 2017 a Horas: 15.00 p.m., en el frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado Sede Ilo, sito en Calle Matará Nº 325 Ilo. POSTORES: Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nom-bre sin sello de “No Negociable” el 10% del va-lor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judi-cial respectivo, consignando el Juzgado, Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publi-co son por cuenta del Adjudicatario y se can-celarán al fi nalizar la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. Ilo , 07 de Abril 2017. (10, 11, 12, 17, 18, 19 Abril).

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 893-2016-0-2801-JP-PE-03, no-tifi car al agraviado JENNY SONIA POMA MAMA-NI la RESOLUCION N° 02 de fecha 29.03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra el patrimonio en la modalidad de Daño, seguido en contra de Cesar Antonio Fernández Marca en agravio de Jenny Sonia Poma Mamani, por DESISTIMIEN-TO TACITO. 2. SE DISPONE el archivo del proce-so. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 07 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Ma-riscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 892-2016-0-2801-JP-PE-03, notifi car al agraviado RAMON GUISA TORRES la RESOLUCION N° 03 de fecha 29 03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCE-SO de faltas contra el patrimonio en la moda-lidad de Daño, seguido en contra de Humberto Alberto Usecca Laquihuanaco en agravio de Ramón Guisa Torres, por DESISTIMIENTO TACI-TO. 2. SE DISPONE el archivo del proceso. Re-gístrese y Notifíquese. Moquegua, 07 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secre-tario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justi-cia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 919-2016-0-2801-JP-PE-03, no-tifi car al imputado VICENTE ADUVIRI TOBALA la RESOLUCION N° 01 de fecha 20.10.2016 que RESUELVE: CITAR A JUICIO a la parte imputada VICENTE ADUVIRI TOBALA por la presunta co-misión de FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de Lesiones Dolosas con gravante, en agravio de ROSA IRMA ADUVIRI SARDON; y la RESOLUCION N° 03 de fecha 29.03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas con agravante, seguido en contra de Vicente Aduviri Tobala, en agravio de Rosa Irma Aduviri Sardón por DESISTIMIENTO TACITO 2. DISPONER el ARCHIVO del proceso. Registrese y Notifi quese. Moquegua, 07 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Ma-riscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 327-2017-0-2801-JP-PE-03; NO-TIFICA al agraviado JULIO NESTOR RIOS CUE-LLAR, la Resolución N° 01 de fecha 24.03.2017 que RESUELVE: NO HA LUGAR a la citación a Juicio Oral por la Faltas contra el patrimonio en la modalidad de Danos, en agravio de Julio Néstor Ríos Cuellar. Dejando a salvo su dere-cho para que lo pueda hacer valer por la vía correspondiente 2. DISPONER el ARCHIVO de la presente denuncia. Regístrese y Notifíque-se. Moquegua, 24 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 968-2016-0-2801-JP-PE-03, no-tifi car al imputado NELIA MARTA GIL HUAJE la RESOLUCION N° 03 de fecha 08.03.2017 que RE-SUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, seguido en contra de Nelia Marta Gil Huaje en agravio de Angela Mercedes Mejia Becerra de Arbañil, por DESISTIMIENTO TACITO. 2. SE DISPONE el archivo del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 10 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Ma-riscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 510-2016-0-2801-JP-PE-03, notifi car al imputado RONAL EDY PACHECO ELLACHORA y a la agraviada SILVIA AGRIPINA GUTIERREZ ARIAPAZA la RESOLUCION N° 06 de fecha 08,03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, seguido en contra de Ronal Edy Pacheco Ella-chora en agravio de Silvia Agripina Gutierrez Ariapaza, por DESISTIMIENTO TACITO. 2. SE DIS-PONE el archivo del proceso. Regístrese y Noti-fíquese. Moquegua, 10 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 137-2017-0-2801-JP-PE-03, no-tifi car al agraviado LINA ESTHER SAIRA VIGURIA la RESOLUCION N° 03 de fecha 27.03.2017 que RESUELVE: DECLARAR CONCLUIDO EL PROCE-SO de faltas contra el patrimonio en la moda-lidad de Hurto, seguido en contra de Breitner Ediltson Rosado Ortiz en agravio de Lina Esther Saira Viguria, por DESISTIMIENTO TACITO. 2. SE DISPONE el archivo del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 07 de abril del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juz-gado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (17-18-19 Abril)

EDICTO PENAL

PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO, EXPEDIENTE N°: 00139-2017-70-2802-JR-PE-01, JUEZ : ABG. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO, ESPECIALISTA: ABG. LUIS PALOMINO BARRANZUELA, Se em-plaza, notifi ca y cita al acusado ALDRIN ALE-JANDRO CHIPANA MANCILLA con la resolución N° 02 que DISPONE: PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 28 DE ABRIL DEL 2017, A LAS 15:30 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos

dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral In-mediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pú-blica y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordi-naciones pertinentes a fi n que las cedulas de notifi cación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse co-pias certifi cadas a ODECMA a fi n que procedan conforme a sus atribuciones. SEGUNDO: Se Notifi que al acusado en su domicilio consig-nado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley. TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustifi cada de la abogada Mabel Gómez Peña-loza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las au-toridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referido, a efecto que pro-cedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fi n que proceda conforme a sus atribuciones. (12, 17, 18 Abril).

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 00120-2016-33-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE ILO. JUEZ : Abog. JACKIE MAR-LENE MARIÑAS ZOTO ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de llo, que suscribe, ha dispuesto, NO-TIFICAR A MANUEL EDUARDO MATEO PECHO con la resolución N° 12: SE RESUELVE: 1) RE-QUIERASE al sentenciado MANUEL EDUARDO MATEO PECHO a fi n de que en el plazo de TRES DÍAS cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 08 de marzo de 2016, en cuanto al pago de la reparación civil por la suma de S/. 3 300.00 bajo el apercibimiento • de REVOCARSE la alternativa de suspensión y hacerse efectiva en caso de incumplimiento previa solicitud fi s-cal; 2) Acta de Audiencia de fecha 11 de abril de 2017 que dispone la REPROGRAMACION DE AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA, para el día VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECI-SIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exac-ta), la misma que se realizará en la Sala de Au-diencias Nro. 01 del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, ubicada en la Calle Matará N° 325. Con la asistencia obligatoria de la Fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Ofi cina de Control Interno del Ministerio Público y del abogado defensor del sentenciado, bajo aper-cibimiento de imponer multa de una unidad de referencia procesal (1 URP) y de comunicar a su Superior; ambos en caso de inasistencia injustifi cada, disponiéndose la notifi cación del sentenciado a través de edictos Ilo, 11 de abril de 2017. (12, 17, 18 Abril).

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PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO, EXPEDIENTE N°: 00139-2017-70-2802-JR-PE-01, JUEZ : ABG. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO, ESPECIALISTA: ABG. LUIS PALOMINO BARRANZUELA, Se em-plaza, notifi ca y cita al acusado ALDRIN ALE-JANDRO CHIPANA MANCILLA con la resolución N° 02 que DISPONE: PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 28 DE ABRIL DEL 2017, A LAS 15:30 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral In-mediato es inaplazable, debiendo de tomar las

previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pú-blica y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordi-naciones pertinentes a fi n que las cedulas de notifi cación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse co-pias certifi cadas a ODECMA a fi n que procedan conforme a sus atribuciones. SEGUNDO: Se Notifi que al acusado en su domicilio consig-nado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley. TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustifi cada de la abogada Mabel Gómez Peña-loza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las au-toridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referido, a efecto que pro-cedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fi n que proceda conforme a sus atribuciones. (12, 17, 18 Abril).

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EXPEDIENTE N° 00120-2016-33-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE ILO. JUEZ : Abog. JACKIE MAR-LENE MARIÑAS ZOTO ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria de llo, que suscribe, ha dispuesto, NO-TIFICAR A MANUEL EDUARDO MATEO PECHO con la resolución N° 12: SE RESUELVE: 1) RE-QUIERASE al sentenciado MANUEL EDUARDO MATEO PECHO a fi n de que en el plazo de TRES DÍAS cumpla con lo ordenado en la sentencia de fecha 08 de marzo de 2016, en cuanto al pago de la reparación civil por la suma de S/. 3 300.00 bajo el apercibimiento • de REVOCARSE la alternativa de suspensión y hacerse efectiva en caso de incumplimiento previa solicitud fi s-cal; 2) Acta de Audiencia de fecha 11 de abril de 2017 que dispone la REPROGRAMACION DE AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA, para el día VEINTISEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECI-SIETE, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exac-ta), la misma que se realizará en la Sala de Au-diencias Nro. 01 del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo, ubicada en la Calle Matará N° 325. Con la asistencia obligatoria de la Fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Ofi cina de Control Interno del Ministerio Público y del abogado defensor del sentenciado, bajo aper-cibimiento de imponer multa de una unidad de referencia procesal (1 URP) y de comunicar a su Superior; ambos en caso de inasistencia injustifi cada, disponiéndose la notifi cación del sentenciado a través de edictos Ilo, 11 de abril de 2017. (12, 17, 18 Abril).

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EXPEDIENTE N° 135-2017-0-2801-JP-PE-03, notifi car al imputado HILARIO CCALLIZANA CHACCOLLA y YINA FRIDA CCALLIZANA CHO-QUEHUANCA la RESOLUCION N° 02 de fecha 08.11.2016 que RESUELVE: SEÑALAR como nue-va fecha para la realización del Juicio Oral para el para el SEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, subsistiendo los apercibi-mientos decretados en la resolución número uno en caso de inasistencia de la parte impu-tada (disponer su comparecencia por medio de la fuerza pública) y parte agraviada (disponer la conclusión del proceso por desistimiento táci-to). Jenrry Corrales Araníbar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Aboga-do Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Mo-quegua. (12-17-18 Abril)

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Expediente N° 0177-2015-52-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proce-

so N° 177-2015-52-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Leonidas Tapullina Vidurrizaga, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales MAJTB Rep. por su madre Mirella Teodora Becerra Mamani; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dis-puesto SE NOTIFIQUE por Edictos a LEONIDAS TAPULLINA VIDURRIZAGA, con la resolución numero 08 de fecha diecinueve de julio del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: PRORROGAR el periodo de suspensión de la pena, por un plazo adicional de NUEVE MESES los que vencerán el día 21 de abril del 2018. Se EXHORTA al sentenciado LEONIDAS TAPULLI-MA VIDURRIZAGA, a efecto que cumpla con las reglas de conducta impuestas en la sentencia, bajo apercibimiento de adoptarse la alternati-va prevista en el numeral 3 del artículo 59 del Código Penal, esto es de revocársele la pena suspendida. Extracto del requerimiento de re-vocatoria, presentado por el representante del Ministerio Publico con fecha 17 de marzo del 2017, mediante el cual indica que el senten-ciado no está cumpliendo con reparar el daño ocasionado en el delito, pese a ser una de las reglas de conducta que le fueron impuestas en la sentencia. Con la resolución numero 09 de fecha veintiuno de marzo del dos mil diecisiete en la cual señala: Estando a lo solicitado; CITESE para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DEL ANO DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE HORAS para la realización de la AUDIENCIA DE EJECUCION DE SENTENCIA - REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA en la Sala de Audiencias N° 04 de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquequa, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad (corregida la fecha mediante la Resol. N°10). NOTIFÍQUESE al sentenciado en su domicilio real (ubicado en Calle Blasco Núñez N° 25 Belén - Loreto), vía edictos y procesal, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Publico y el abogado del sentencia-do, con cuya asistencia se instalara la audiencia; bajo apercibimiento en caso de inasistencia in-justifi cada del representante del Ministerio Publico, de comunicarse al Órgano de Control de Ministerio Publico y en cuanto al abogado defensor del sentenciado, en caso de inasisten-cia, de imponérsele MULTA ascendiente a 02 Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner de conocimiento de su Colegio Pro-fesional y comunicar a su superior, asimismo se notifi que vía edictos, la resolución N° 08. Se deja constancia que la presente audiencia se fi ja para esta fecha debido a que se tiene que notifi car al sentenciado a la ciudad de Belén - Loreto.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIAUSTA JUDICIAL MODULO PENAL- Moquegua, 04 de abril del 2017 (12-17-18 Abril)

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Expediente Nro.: 114-2017-0-2801-JR-PE-01. Juzgado: Primer Juzgado de Investigación Pre-paratoria especializado en Flagrancia, Omisión a la asistencia familiar y conducción en estado de ebriedad o drogadicción de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al impu-tado Rusber Napoleón Calla Tala con el Reque-rimiento de Incoación a proceso inmediato y fecha de audiencia en la Resolución N° 05, de fecha 21 de marzo del 2017. El Primer Despa-cho de Investigación de Mariscal Nieto, pre-senta el requerimiento de Proceso Inmediato en contra de Rusber Napoleón Calla Tala por la presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar, indicando que en proceso judicial con fecha 03 de diciembre del 2014, el órgano jurisdiccional emitió la Resolución N° 05 que aprobó en todos sus extremos el acta de conciliación celebrado entre el demandando Rusber Napoleón Calla Tala y la demandante Li-zeth Isabel Paucara Calizaya en representación de su menor hija de iniciales C.L.C.P, fi jándose como pensión alimenticia la suma de S/. 500.00

Page 4: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA...se había mudado de domicilio (véase constan-cia de folios 39) y siendo que el domicilio se-ñalado por este resultaba ser el mismo

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Lunes, 17 de abril del 2017

soles mensuales, en el cual el imputado dolosa-mente incumplió con la obligación alimentaria declarada judicialmente, por lo que, se practicó la respectiva liquidación de pensiones adeuda-das correspondientes al periodo comprendido entre octubre del 2013 hasta diciembre del 2014, por la suma de S/. 3, 454.27 sin embargo, pese a que el imputado tuvo debido conoci-miento no cumplió con el pago de las pensión alimenticia. El Juzgado, mediante resolución 05 de fecha veintiuno de marzo del dos mil dieci-siete, programa audiencia de Incoacion a Pro-ceso Inmediato para el día VEINTIUNO DE ABRIL del DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE HORAS de la mañana, en la SALA N° 003 del Módulo Penal de Mariscal Nieto de la Corte de Moque-gua. Asimismo se requiere al imputado Rusber Napoleón Calla Tala, para que en el plazo de TRES DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de ofi cio, en caso de incum-plimiento. Juez: Erly Alejo. Especialista Legal: Paola Wirllos Koc. Moquegua, 06 de Abril del 2017. (12-17-18 Abril)

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Expediente Nº 0260-2017-61-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maris-cal Nieto. Especialista: Milagros Delia Atencio Ticona. Declarar REO CONTUMAZ a ELEUTERIO CRISPIN LAQUISE CUTIMBO, identifi cado con DNI Nº 04437074, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 19 de abril de abril de 1971, de 45 años, estado civil soltero, natural de Puno-Puno-Puno hijo de Dario y Lorenza, con ins-trucción secundaria completa; disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que de-berá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a dis-posición del juzgado, a fi n de que afronte la au-diencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumpli-miento del mandato judicial, bajo responsabi-lidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Armando Jesus Huallasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la cita-ción del acusado contumaz mediante edictos a fi n de que se ponga a disposición de la autori-dad competente para afrontar la audiencia úni-ca de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPO-NE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusa-do contumaz. Tómese Razón y Hágase Saber.-. Milagros Delia Atencio Ticona.- Moquegua, 20 de marzo del 2017. (12-17-15-8 Abril)

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Expediente Nº 258-2017-09-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Milagros Delia Aten-cio Ticona. Se cita y emplaza a don Declarar REO AUSENTE al acusado ELMOR JUAN APAZA PARI, identifi cado con DNI Nº 80677110, de sexo masculino, nacido el 08 de mayo de 1977, de 39 años, de estado civil soltero, natural de Ichuña provincia General Sánchez Cerro- Mo-quegua, hijo de Isaac y Nicanora, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que median-te Resolución Nº 02 de fecha 30 de marzo ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá pro-ceder a su ubicación y captura a nivel nacional, hecho, deberá poner a disposición al acusado en este Juzgado; sin perjuicio de que se infor-me cada sesenta días de las acciones realiza-das tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogada defensora del acusado con-tumaz al doctor Jaime Henrry Chirinos, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fi n de que se pon-ga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. SE

DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Milagros Delia Atencio Tico-na- Especialista Legal.-Moquegua, 30 de marzo de 2017. (12-17-18 Abril)

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Expediente Nº 0673-2015-59-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don JUAN BAU-TISTA HUMPIRI CAHUI, identifi cado con DNI Nº 04435326, de sexo masculino, nacido el 05 de noviembre de 1970, de 45 años, natural de Capa Chica – Puno - Puno, de estado civil solte-ro, con grado de instrucción secundaria com-pleta, hijo de Juan y María; disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá pro-ceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fi n de que afronte la audiencia de juicio oral en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las ac-ciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Armando Jesús Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la de-fensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fi n de que se ponga a disposición de la autoridad compe-tente para afrontar la audiencia única de Juicio Oral en su contra. SE DISPONE el archivo provi-sional de la causa en tanto sea puesto a disposi-ción del juzgado el acusado ausente. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especia-lista Legal.- Moquegua, 06 de Abril de 2017. (12-17-18 Abril)

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Expediente N° 00007-2013-13-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 00007-2013-13-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Delvis Arpasi Torres, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales YRAC Rep. por su madre Lourdes Nora Cutipa Cutipa; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparato-ria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFI-QUE por Edictos a DELVIS ARPASI TORRES, con la resolución número 07 de fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual SE CITA para el día DOCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a las DIEZ HORAS CON CUA-RENTA Y CINCO MINUTOS para la realización de la AUDIENCIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA – REVOCATORIA DE LA PENA SUSPENDIDA en el Despacho del Segundo Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Mariscal Nieto de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en el Malecón Ribereño S/N de esta ciudad. NOTIFÍQUESE al sentenciado en sus domicilios reales ubicados en Jr. Las torres D 5 Lote 10 Cesar Vallejo Juliaca- San Roman- Puno (según fi cha RENIEC), Calle Tarapaca N° 1035 Urb Vigil Tacna (según consulta ESSALUD), procesal y vía edictos, con la asistencia obligatoria de la representante del Ministerio Público y el abo-gado del sentenciado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustifi cada del represen-tante del Ministerio Público, de comunicarse al Órgano de Control de Ministerio Público y en cuanto al abogado defensor del sentenciado, en caso de inasistencia, de imponérsele MULTA ascendiente a 02 Unidades de Referencia Pro-cesal, sin perjuicio de poner de conocimiento de su Colegio Profesional y comunicar a su superior, Se deja constancia que la presente audiencia se fi ja para esta fecha debido a que se tiene que notifi car al sentenciado a las ciu-dades de Tacna, puno y vía edictos.- FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUN-DO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-

RIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODU-LO PENAL.- Moquegua, 04 de abril del 2017. (10-11-12 Abril)

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Expediente Nº 00248-2017-56-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espino-za Chipana. Se cita y emplaza a don WILMER DEMETRIO MONTES, identifi cado con DNI Nº 29296952, de sexo masculino, nacido el 21 de noviembre de 1958, de 58 años, estado civil casado, natural de Arequipa, hijo de Eugenia, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá po-nerlo a disposición del juzgado, a fi n de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato ju-dicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Armando Jesús Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fi n de que se ponga a dis-posición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maris-cal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017. (10-11-12 Abril)

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Expediente Nº 00297-2017-12-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Ma-riscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espino-za Chipana. Se cita y emplaza a don JENRRY ABEL CUAYLA MAMANI, identifi cado con DNI Nº 40636719, de sexo masculino, nacido el 17 de octubre de 1979, de 36 años, soltero, natu-ral de Moquegua, hijo de Pascual y Francisca, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fi n de que afron-te la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas ten-dientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como aboga-do defensor del acusado contumaz al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edic-tos a fi n de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audien-cia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalix-to Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Espe-cialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017. (10-11-12 Abril)

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Expediente Nº 00246-2017-29-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Maris-cal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chi-pana. Se cita y emplaza a don WILVER MANZA-NO PACHO, identifi cado con DNI Nº 42032523, de sexo masculino, nacido el 08 de octubre de

1983, de 33 años, natural de Chucuito – Puno, de estado civil soltero, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Aurelio y Rosa, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 04 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado a efecto de que afron-te la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada se-senta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo res-ponsabilidad. Se nombra como abogado de-fensor del acusado ausente al doctor Armando Jesus Huayllasi Montes, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DIS-PONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fi n de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la au-diencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Raul Emiliano Jalix-to Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Espe-cialista Legal.- Moquegua, 04 de abril de 2017 (10-11-12 Abril)

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EXPEDIENTE: 00026-2017-0-2801-JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto; NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) al imputado Ruben Dario Mamani Miranda, por el medio del cual se les comuni-ca que mediante resolución número tres de fecha trece de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS OCHO HORAS CON QUINCE MINUTOS (08:15) la que se llevara en el despacho de este Juzgado. Mo-quegua, 22 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Le-trado Penal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sanchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. . (10-11-12 Abril)

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EXPEDIENTE: 00127-2017-0-2801 -JP-PE-03; Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. El Senor Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto ha dispuesto mediante reso-lución número tres. NOTIFICAR VIA EDICTOS; 1) a la agraviada SANTINA DORIS RAMOS NINA; 2) al imputado OSCAR CIRILO ASENCIO ARCE, por el medio del cual se les comunica que me-diante resolución uno de fecha veintisiete de enero del dos mil diecisiete, SE RESUELVE CI-TAR A JUICIO a la parte imputada Oscar Cirilo Asencio Arce por la presunta comisión de faltas contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas, ilícito previsto y penado en el artículo 441, primer párrafo, del Código Penal, en agra-vio de Santina Doris Ramos Nina. Asimismo se ha dispuesto mediante resolución número tres de fecha veinte de marzo del dos mil diecisiete, SE DISPONE señalar como nueva fecha para la realización del juicio oral para el UNO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS, la que se llevara en el despacho de este Juzgado. subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución número uno en caso de in-asistencia de la parte imputada (disponer su comparecencia por medio de la fuerza pública) y parte agraviada (disponer la conclusión del proceso por desistimiento tácito). Moquegua, 23 de marzo del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Pe-nal de Mariscal Nieto. Edwin Valencia Sánchez,

Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-11-12 Abril)

EDICTO PENAL

Expediente N° 0214-2017-0-2801-JR-PE-02. PRI-MER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASIS-TENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº 214-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra Matium Leonel Ma-mani Becerra, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales L.M.L.M.V.. representados por Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro; el señor Juez en-cargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante resolución S/N del día de la fecha, NOTIFIQUESE por Edictos a MATIUM LEONEL MAMANI BECERRA, con la resolución número S/N de fecha 31 de marzo del 2017, mediante la cual se RESUELVE: Estando a lo informado por la Especialista Legal y representante del Ministerio Público, en relación al domicilio del imputado, que únicamente cuenta con el do-micilio consignado en la fi cha RENIEC esto es Asentamiento Humano Estrellas Simon Bolivar Mz H Lt-17 Puente Piedra- Lima- Lima, sin em-bargo a merecido devolución por parte de la central de notifi caciones indicando que la di-rección no existe o es inexacta en ese sentido a efecto de garantizar el derecho de defensa y el debido emplazamiento a la parte imputa-da, habiendo producido la devolución de la cedula de notifi cación para la realización de la presente audiencia siendo el motivo de la misma consignados datos errados y verifi cán-dose que es el mismo domicilio que obra en su fi cha RENIEC del imputado, desconociéndose alguna otra dirección domiciliaria donde se le pueda notifi car la realización de la presente Audiencia de Incoación a Proceso Inmediato, razones por las cuales renovar la notifi cación al citado domicilio seria inofi cioso, no obstante a efecto de garantizar su derecho de defensa, el debido proceso este despacho DISPONE: 1) Que la notifi cación de la presente Audiencia se realice mediante Publicación de Edictos en el diario ofi cial, para lo cual secretaria de des-pacho realizara las notifi caciones respectivas, además deberá ofi ciarse a la Defensa Pública, para que concurra a la realización de la presen-te audiencia, esto es 2) Se REPROGRAMA de la presente audiencia para el día ONCE DE ABRIL del año en curso, a las NUEVE HORAS, Sala de Audiencias N° 003; así como un Extracto del Re-querimiento de Incoación a Proceso Inmediato Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de re-querir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Matium Leonel Mamani Becerra, por delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código pe-nal en agravio del menor de iniciales L.M.L.M.V. representada por su progenitora Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro., ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00413-2011-0-2801 a favor de su menor hijo, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de junio del 2012 al mes de diciembre del 2014, y que as-cienden a la suma de S/9344.39 soles, siendo que mediante Resolución N° 20 de fecha 18 de marzo del 2015 que aprueba la liquidación de pensiones devengadas, de igual forma me-diante Resolución Fue requerido debidamente para que pague el monto antes precisado..- FIRMADO. DR. ALFREDO FERNANDO ARENAS NEYRA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVES-TIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCA-MA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 31 de marzo del 2017. (07-10-11 Abril)

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUALunes, 17 de abril del 2017

PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Moquegua, 06 de Abril del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizará durante el mes de marzo del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional Fecha Hora de Inicio

Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de

Moquegua

Miércoles 19 de Abril del 2017

08:00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

FREDY FERNÁNDEZ SÁNCHEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Lunes, 17 de abril del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

Moquegua, 03 de abril de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de abril

del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional Día Hora de Inicio

Juzgado de Paz Letrado

Laboral de Ilo

Viernes 21

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES

MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE MOQUEGUA

Abog. MARIA DEL PILAR HIDALGO SALAS ASISTENTE JUDICIAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUALunes, 17 de abril del 2017

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA Lunes, 17 de abril del 2017