2.- la conciliación

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    Dr. Nelson Luis Ramallo SalazarDr. Nelson Luis Ramallo Salazar Dra. Roxana Carmen Rojas Durán Dra. Roxana Carmen Rojas DuránMayo 2013

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    1. IMPORTANCIA1. IMPORTANCIAENRIQUE ULATE CHACÓN: “ La capacitación debe buscar el cumplimiento de

    los fines perseguidos por la resolución alternativade conflictos en sede judicial, a saber: a)

    disminuir el congestionamiento de los tribunalesde justicia, b) acceso a la justicia, c) aumentar laparticipación de la sociedad civil en la solución delos conflictos; d) formar verdaderos juecesconciliadores; e) propiciar el diálogo y la pazsocial; f) facilitar mecanismos procesales- con lamodernización del proceso oral - más rápidos yeficientes, que garantizen no sólo el acceso a la

    justicia sino a la solución pronta y justa delconflicto !

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    LA CONCILIACIÓN EN LALA CONCILIACIÓN EN LA

    LEGISLACIÓN BOLIVIANALEGISLACIÓN BOLIVIANA La conciliación, regulada en la legislación

    boliviana, puede ser ejercitada previamenteal proceso o durante su sustanciación,conforme a las normas contenidas en el"ódigo de #rocedimiento "ivil y en la Ley de

    $rbitraje y "onciliación!

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    LA CONCILIACIÓN PREVIA ALLA CONCILIACIÓN PREVIA ALPROCESOPROCESO

    Las partes en conflicto pueden intentar un arregloconciliatorio previo al proceso judicial, la mismapuede ser ejercitada ante "entros de "onciliacióno ante personas naturales, autorizadas en elmarco de lo regulado por el %&tulo ''' de la Ley de

    $rbitraje y "onciliación y ante el (uez $grario"ompetente, todo de conformidad al $rt! * ysgts! +el "dgo! +e #dto! "ivil aplicable en virtud

    al r gimen de supletoriedad referido en el $rt! *de la Ley .o! /!

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    EN CENTROS DEEN CENTROS DECONCILIACIÓNCONCILIACIÓN

    Los "entros de "onciliación son creadosmediante Ley .o! 0 de 0 de 1arzo de !22 ,están constituidos, desarrollados y administradospor personas jur&dicas !

    3stos "entros de "onciliación especializados notienen carácter lucrativo! Las personas naturalespueden ejercer funciones de conciliadores enarreglo al "ap! '' t&tulo ''' de la Ley 0!

    3l procedimiento de la conciliación en los "entrosde "onciliación especializada, o ante personasnaturales , se 4alla prevista en los $rts! 2 y 25 dela Ley 0!

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    CONCILIACIÓN ANTE JUEZCONCILIACIÓN ANTE JUEZCOMPETENTECOMPETENTE

    La conciliación ante (uez competente, comodiligencia previa al proceso judicial, se encuentranormada por el $rt! * y siguientes del "dgo! +e#dto! "ivil!

    3n materia $graria podrá intentarse 6nicamenteante el (uez $grario!

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    c) 3l (uez se7alará d&a y 4ora de audiencia disponiendo lacomparecencia del demandado!

    d) La audiencia deberá realizarse en el plazo má8imo de tresd&as con presencia de las partes o sus representantes con

    poder especial, asistidos de sus abogados!e) 3l (uez $grario durante el desarrollo de la audiencia,

    e84ortará a alas partes a superar sus diferencias en arasde un arreglo amigable, sea este total o parcial!

    f) 9i las partes llegaran a un acuerdo total, conjuntamentecon el (uez suscribirán el ACTA DE CONCILIACIÓN,misma que tendrá el valor de cosa juzgada y sucumplimiento podrá ser e8igible en cualquier proceso!

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    g) 9i las partes llegaren solo a un acuerdo parcial, este4ec4o, con muc4a precisión deberá constar en el $ctade audiencia! "ualquier demanda posterior recaerá6nicamente sobre los puntos no conciliados!

    4) 3n caso de que las partes no llegaran a acuerdoalguno, el (uez dará por concluida la audiencia!

    i) La inconcurrencia de cualquiera de las partes a laaudiencia, dará lugar a que el (uez d por terminada ladiligencia, salvo que se alegare impedimento, en cuyocaso, el (uez se7alará nuevo d&a y 4ora para una nuevay 6ltima $udiencia de conciliación!

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    j) 9i as& viere conveniente , el (uez, puede postergarla audiencia por tres d&as, a menos que las partesacordaren otro plazo, de lo cual se dejaráconstancia! $ esta nueva audiencia las partescomparecerán sin necesidad de citación!

    ) 3l secretario levantará $cta circunstanciada de $udiencia y la transcribirá en el Libro de"onciliaciones!

    l) Las opiniones vertidas por el (uez $grario durantela audiencia no son causal de e8cusa nirecusación! $rt! * del "dgo! +e #dto! "ivil!

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    LA CONCILIACIÓN EN LA VÍALA CONCILIACIÓN EN LA VÍAADMINISTRATIVAADMINISTRATIVA

    >na de las finalidades del proceso desaneamiento de la propiedad $graria, es laconciliación de los conflictos relacionados con laposesión y propiedad agrarios, es decir, elmecanismo alternativo de la conciliación tambi nprocede en la Vía Administrativa , como lo es elproceso de saneamiento! $rt! ?? inc! ) de la Ley.o! / del 9ervicio .acional de =eforma

    $graria!

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    EFECTOS DE LAEFECTOS DE LACONCILIACIÓNCONCILIACIÓN

    La conciliación efectuada ante (uez competente, tendrácalidad de cosa juzgada y su cumplimiento podrá e8igirseen proceso judicial; por lo tanto, la conciliación logradaante el (uez $grario, pone fin a la controversia! $rt! *num!

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    LA CONCILIACIÓN COMOLA CONCILIACIÓN COMO

    MEDIO DE DEFENSAMEDIO DE DEFENSA

    La conciliación, podrá ser opuesta comoe8cepción dentro del proceso oral agrario, mismaque se interpondrá al tiempo de contestar lademanda o reconvención y será considerada yresuelta por el (uez $grario durante el desarrollode la audiencia conjuntamente otras cuestionesque se presenten o que el (uez 4ubiese advertidopara sanear el proceso! $rt! * inc! /) y $rt! * dela Ley .o! /!

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