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“Año de la Integración Nacional y Reconocimiento de Nuestra Diversidad ” EAP: EDUCACIÓN BÁSICA-PRIMARIA TEMA IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DOCENTE: Dr. SOTIL CORTAVARRÍA, Wilfredo UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN”

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Page 1: 2. Irrenunciabilidad Delos Derechos

“Año de la Integración Nacional y Reconocimiento de Nuestra Diversidad ”

EAP: EDUCACIÓN BÁSICA-PRIMARIATEMA

IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

DOCENTE:

Dr. SOTIL CORTAVARRÍA, Wilfredo

“UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN”

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IRRENUNCIABILIDAD DE LOS DERECHOS

FUNDAMENTALES

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DERECHO A LA VIDA DECLARACIÓN UNIVERSAL DECLARACIÓN AMERICANA EL PACTO INTERNACIONAL SOBRE LOS

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS LA CONVENCIÓN AMERICANA

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¿ QUÈ ES EL DERECHO A LA VIDA ?

Es un derecho natural del que goza el ser humano por el simple hecho de existir. No es algo que otorga el estado. La constitución y aquellos cuerpos legales de menor jerarquía no crean este derecho sino lo reconocen y protegen.

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ATENTADOS CONTRA EL DERECHO A LA VIDA

LA PENA DE MUERTEMáxima sanción que aplica un estado por una falta sumamente grave. En nuestra constitución esta pena se aplica solo en el caso de traición a la patria en caso de guerra y terrorismo.Pero el derecho a la vida se reconoce universalmente y aun así se permite la pena de muerte atentando contra este derecho.

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EL ABORTOEs la interrupción prematura ya sea natural o provocada del embarazo expulsando el embrión o feto causando su muerte.El ser humano tiene derecho a procrear, es decir es libre de tener relaciones sexuales y determinar si esa relación tiene como fin la concepción o solo la satisfacción de sus deseos, pero no tiene derecho a eliminar al ser que ha sido concebido.

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LA EUTANASIAEs la acción de retirar el sustento que aún le procura la vida, producto de una enfermedad incurable ya sea incapacidad cerebral o dolor insoportable, causándole la muerte. Esta debe producirse bajo pedido consciente y expreso del enfermo.

LA EUTANASIA ACTIVASe entiende como el matar por piedad, por compasión, frente al dolor.

LA EUTANASIA PASIVA Consiste en un dejar morir por idéntica razón, puede darse el caso que la suspensión de un tratamiento médico, ante un enfermo incurable, acelere su deceso.En ambos casos, cabe la posibilidad de que la muerte se produzca por propia decisión o determinación ajena.

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EL DERECHO A LA INTEGRIDAD FÍSICA

Derecho fundamental de toda persona. No solo se refiere de la tutela jurídica del cuerpo, sino también del aspecto psíquico reflejados en sufrimientos, dolor, temor o angustia.El derecho a la integridad física tiene mucha relación con el derecho a la vida pues ambos conservan la vida del hombre.EL DERECHO A LA SALUDEs propio de cada persona, que según algunos autores debe ser un derecho autónomo.Todo aquello que afecte su desarrollo externo o interno produciendo efectos sobre su salud, vendría a ser un acto de violación a su derecho.

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¿ QUÈ ES EL DERECHO LA INTEGRIDAD FÌSICA?

Es un derecho que tiene la persona por el simple hecho de existir, a fin de mantenerse sano.Este derecho nos presenta dos Principios.1. Un derecho irrenunciable.2. Su ejercicio no puede sufrir limitación voluntaria.

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ACTOS DE DISPOSICIÒN DEL PROPIO CUERPO

El derecho a disponer del propio cuerpo no debe ser entendido unidimensionalmente, pues existen deberes correlativos respecto a la familia y a la sociedad, al señalarse que nadie puede atentar contra la integridad.Entre los actos de disposición del propio cuerpo se encuentran la decisión de someterse a tratamientos como la esterilización.

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LA ESTERILIZACIÒN

La esterilización es la anulación de la capacidad de reproducción biológica de un ser vivo.Existe la esterilización femenina que consiste en la ligadura de trompas, y la masculina por medio de la vasectomía. Esto se realiza mayormente por voluntad propia. Las causas que puedan conducir a esta práctica son las siguientes:

1. Por Razones Terapéuticas: Se realizan por indicación médica, en base a un estado de necesidad.

2. Por Razones Eugenésicas: Es impuesta por el Estado para que sean realizadas sobre los incapaces de discernimiento.

3. Por Razones Anticonceptivas: Se realizan ante una necesidad de no procrear hijos.

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DERECHO A LA LIBERTAD“No somos libres de dejar de ser libre”

MARCO DE REFERENCIA LA DECLARACIÓN UNIVERSAL: en su art. 3 señala "todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad, y a la seguridad de su persona “.LA DECLARACIÓN AMERICANA: en su art. 1 señala “todo ser humano tiene derecho a la vida ,a la libertad y a la seguridad personal”.EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS CIVILES Y POLÍTICOS: en su art. 9 inc. 1 señala “todo individuo tiene derecho a la libertad y seguridad personal ”.LA CONVENCIÓN AMERICANA: en su art. 7 inc. 1 señala “toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personales”

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En el Perú: En la constitución de 1979 en su art. 2 señala "toda persona tiene derecho: a la vida, a la integridad, al libre desenvolvimiento de su persona”.En la constitución de 1993 en su art.2 inc. 1 señala "toda persona tiene derecho: a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”.

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NOCIÓN DE LIBERTADLibertad es la facultad que tiene el individuo de obrar según su voluntad por tanto de autodeterminarse.

LIBERTAD INDIVIDUALFacultad que posee cada persona para fijar su residencia en cualquier parte del territorio de un país, trasladarse de una parte a otra y regresar al país, sin restricción.

LIBERTAD DE OPINIÓNFacultad que posee toda persona para expresar su pensamiento de palabra, o escrito, siempre que él no sea contrario a la moral o al orden público.

LIBERTAD DE CONCIENCIA Y CULTOFacultad que tiene todo hombre para profesar la religión que considere verdadera y sostener sus creencias mediante manifestaciones externas.

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LIBERTAD DE ENSEÑANZANo se puede privar a nadie del derecho a elegir el tipo de educación que desee recibir, como tampoco imponer una determinada enseñanza.LIBERTAD DE REUNIÒNFacultad que posee todo hombre de vincularse libremente con otras personas con finalidades comunes.LIBERTAD DE ASOCIACIÒNEstá referida a reunión con fines permanentes de un modo organizado para la consecución de un fin .

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EL DERECHO AL HONOR“El honor es el ingrediente espiritual básico de la personalidad

humana”EL HONOR: IDEAS FUNDAMENTALESLa academia de la lengua española: Define al honor como la calidad moral que nos lleva al más severo cumplimiento de nuestros deberes respecto del prójimo y de nosotros mismos.Dr. Espinoza: Señala que el honor es inherente al menor impúber, al adulto, al loco, al delincuente y hasta la ramera.Cifuentes: Para él la honra significa estima, el respeto de la dignidad propia.EL DERECHO AL HONORConlleva un sentimiento de consciencia de la propia dignidad humana.Fernández Sessarego: Es un bien que socialmente se traduce en el respeto y consideración que se merece de los demás, es la estima y aprecio, buena reputación adquiridos por la virtud.Soria: Define que el honor es la dignidad humana.Cifuentes: Sostiene que el honor no puede ser absueltos por la prueba llamada excepción de la verdad.

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LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DEL PROPIO CUERPO

Los actos de disposición del propio cuerpo están prohibidos, cuando ocasionen una disminución permanente de la integridad física, o de alguna manera sean contrarios al orden público o las buenas costumbres .

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DELIMITACIÓN DEL TEMA

El presente artículo tiene como marco general el derecho a la integridad. El artículo sexto tiene como objetivo la protección del cuerpo.

LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DEL PROPIO CUERPO Art.6 solo puede

disponer de aquellas partes del cuerpo que al ser separado no ocasiona una disminución permanente de su integridad física .

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TRASPLANTE DE ÓRGANOS

1.Deberá considerarse técnica corriente y no experimental. En forma clara esta previsto en el arti.5 .N.23415 y su modificatoria N.24703. 2.Carácter subsidiario. 3.Necesidad. 4.Capacitación profesional. El trasplante debe ser realizado por profesionales médicos idóneos de exigencia. 5.Infraestructura asistencial eficiente. Dentro de los requisitos se requiere que los mismos se realicen en centros hospitalarios autorizados. 6. Deber de informar. Los médicos encargados del trasplante deben proporcionar la información al dador como al receptor acerca de los riesgo de la operación.

•Los derechos personalísimos como dice RIVERA son irrenunciables , pero a la vez susceptibles de cada persona dispone -REQUISITOS GENERALES Según Rivera los requisitos generales son los siguientes :

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Gratuidad de la Donación Debe quedar prohibida cualquier contraprestación por la dación de órganos de una persona viva o de un cadáver con fines terapéuticos .Revocabilidad Es la decisión de cada persona; es un acto esencialmente revocable, hasta el momento de la intervención quirúrgica o de la muerte, que pueda ser revocada .Trasplante Inter-vivosEl art.5 la norma explica el sentido de la donación de órganos y tejidos ”el donante realiza la donación con la finalidad de favorecer o mejorar la salud o condiciones de vida de otra persona.

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¿Qué parte de cuerpo pueden ablacionarse ? En el organismo de una persona existen órganos simple o únicos y órganos dobles . ¿Cuáles serian los órganos factibles de la ablación ? Existen órganos factibles de ablación, son los siguientes: Riñón y uréter, piel, elementos del sistema oseoarticular, córnea.

Capacidad del dador.

Consentimiento . Capacidad del

receptor.

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Trasplante de órganos de procedencia cadavérica. El mundo actual nos lleva a plantear la problemática del destino del cadáver. Disposición del propio cadáver. Es el acto por el cual una persona resuelve la dación de su cuerpo para después de la muerte, disposición de última voluntad de carácter unilateral y revocable.

Manifestación de voluntad Son los siguientes: 1. La manifestación de voluntad que realiza la persona es libremente. 2.Cuando la manifestación requerida al internarse en un establecimiento asistencial . Disposición del cadáver ajenoDebe respetarse la manifestación personalísima del que desea proyectarse más allá de la muerte.

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DERECHO A LA INTIMIDADLa intimidad de la vida personal y familiar no puede ser puesto en manifiesto sin el asentimiento de la persona.

DOCUMENTOS INTERNACIONALES Declaración DDHH de

la asamblea general de las naciones unidas(1948)Art.12 nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio .

CADH (san José 1969) art.11.inc.2

LEGISLACIÒN NACIONALConstitución art.2.inc.7

toda persona tiene derecho a la intimidad personal y familiar

Código penal en el capítulo nominado ‘‘violación a la intimidad’’.

1. MARCO GENERAL

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2. EVOLUCIÓN DEL DERECHO A LA INTIMIDAD

1980 Warren Brandéis( righy of privacy) su propósito no es la tutela del honor sino de la tranquilidad espiritual del sosiego de la vida intima evitando el sufrimiento mental. Este es el nacimiento jurídico del concepto.

En la sociedad feudal y liberal ya existía. Este concepto se transforma con el tiempo.

El derecho que todo individuo tiene a ser resguardado de intrusiones.

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3. DELIMITACIÓN CONCEPTUAL

Es aquella parte de la vida de una persona que no puede ser interferida por extraños que es reservado por la plena autonomía del individuo.

4.CARACTERÍSTICAS•Carácter no conocido de los hechos: Hechos que solo conozca el individuo y/o su familia.•Exigencia de que los hechos causen perturbación personal o social del individuo•Efectos de la voluntad del sujeto

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5. DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR

Es el poder concebido a la persona sobre el conjunto de actividades que forma su circulo intimo personal y familiar de excluir cualquier curiosidad o injerencia exterior. INTIMIDAD PERSONALEs parte del individuo dedicado a un espacio para él mismo, la reserva de sus actos en relación a terceros y de las relaciones interpersonales. INTIMIDAD FAMILIARPodemos decir lo mismo de esto, solo que se caracteriza por ser relaciones muy cercanas, que solo puede establecerse en el recinto de un hogar.

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6. ¿QUIÉNES SON LOS TITULARES DE ESTE DERECHO?Son quienes pueden legítimamente invocarlo o reclamar su protección jurisprudencial :

- Todas las personas físicas gozan del derecho a la intimidad .- Las personas que han dejado de existir .- Las personas jurídicas no tienen derecho a la privacidad .

7. ¿CUÁLES SON LOS LÍMITES QUE SE HAN ESTABLECIDO?El derecho a la vida privada es relativa, porque tiene limitaciones y/o excepciones como:-Seguridad nacional.-Situaciones de emergencia .-Catástrofes naturales .-Bienestar económico del país, etc.

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8. MEDIOS DE PROTECCIÓN

Están destinadas a la prevención de la lesión del derecho a la intimidad .

Prevenir una agresión. Hacer cesar la agresión. Restablecer el pleno disfrute del derecho.

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EL DERECHO A LA IMAGEN Y A LA VOZ

La imagen y la voz de las personas no pueden ser aprovechadas sin la autorización de ella.

LA IMAGENConsiste en la reproducción del aspecto físico de la persona.

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EL DERECHO A LA IMAGEN

El derecho a la imagen considerado como derecho autónomo, es un derecho de la persona que tiene un carácter moral.

CARACTERÍSTICAS Es un derecho privado y absoluto. Es un derecho patrimonial Es un derecho inalienable e irrenunciable. Es un derecho intrasmisible.

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AUTONOMÍA DEL DERECHO A LA IMAGEN

Se clasifican en dos grupos:TESIS POSITIVASostiene que toda persona tiene un derecho absoluto sobre su propia imagen.TESIS NEGATIVAPor medio de esta tesis se niega la existencia de un verdadero derecho a la propia imagen.

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EL DERECHO A LA PROPIA VOZ

Según NOVOA MONREAL el derecho a la imagen es un derecho negativo, que se traduce en posibilidad de rechazo que tiene todo sujeto al tratar de ser efigiado por otro.

ÁMBITO DEL DERECHO A LA VOZEl derecho a la voz se manifiesta en las siguientes

direcciones: La voz de los cantantes. La voz de los oradores, recitadores y expositores. La voz de conversaciones privadas.

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LOS CONTRATOS PUBLICITARIOS CON RESPECTO A LA IMAGEN

Los contratos publicitarios son aquellos en los que se ofrece o presta la imagen de una persona para representaciones televisivas de propagandas.Por el consentimiento se presta:Por tiempo indefinido o determinadoCapacidadCaracteresCausa

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LEGISLACIÓN NACIONAL

Este derecho se encuentra en el artículo 2 inciso 7 de la constitución de 1993.«Toda persona tiene derecho al honor y a la buena reputación , a la intimidad personal y familiar así como la voz y la imagen propia».

JURISPRUDENCIA COMPARADANecesidad de consentimiento para la utilización de la imagen.

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