1626/2000 «de la función pública»...art 16º . etapa previa al concurso. antes de iniciar el...

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• Ley N° 1626/2000 «De la Función Pública»

• Ley N° 5554/2016 PGN

• Decreto N° 3857/2015

• Decreto Nº 6715/2017 Reg. PGN

• Resoluciones de la SFP

Art 16º . Etapa previa al Concurso. Antes de Iniciar el proceso cada OEE deberá realizar indefectiblemente cada una de las siguientes acciones en forma secuencial:b) Planificar las necesidades de dotación de personal al inicio del año y realizar comomáximo dos (2) veces al año (en forma semestral: Febrero y Agosto) la publicación delos llamados a Concursos por Resolución de la MAI, y debe informar a la SFP de losrequerimientos adicionales de personas (cargos vacantes permanentes ytemporales). En caso de declaración de emergencia, los llamados a contratacionesadicionales podrán realizarse durante el tiempo que dure la citada situación o lasampliaciones del plazo que las normativas así lo dispongan.

OEE QUE HAN REMITIDO LA PLANIFICACIÓN

N° OEE

1 Agencia Financiera de Desarrollo (AFD)

2 Auditoria General del Poder Ejecutivo (AGPE)

3 Administración Nacional de Electricidad (ANDE)

4 Dirección General de Estadistica, Encuesta y Censos (DGEEC)

5 Dirección Nacional de Correos del Paraguay (DINACOPA)

6 Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP)

7 Fondo Nacional de las Culturas y las Artes (FONDEC)

8 Gabinete Civil - Presidencia de la República (GC/Pcia Rca)

9 Gobernación de Presidente Hayes (Gob Pdte Hayes)

10 Industria Nacional del Cemento (INC)

11 Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP)

12 Ministerio de Justicia (MJ)

13 Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE)

14 Sub Secretaria de Estado de Tributación (SET/MH)

15 Secretaria Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA)

16 Secretaria Técnica de Planificación (STP)

Realizar las gestiones pertinentes para

obtener la autorización de las vacancias a

utilizar ante el EEN

Adecuar a los montos salariales según Tabla de Salarios.

Utilizar créditos correspondientes a los OG 141, 144 y 145.

Cambio de categoría de Técnico a Profesional: hasta 20% de aumento salarial.C

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- Comisión de Selección y sus Atribuciones.- Etapa Previa.- Procedimiento General, salvo Publicación

nacional que será durante cinco (5) días corridos.

Modalidad de Selección:

Orden de Mérito: Orden secuencial de mejores puntajes de mayor a menor, según la cantidad de vacancias disponible

Utilización de Vacancias:

La cantidad de postulantes aprobados determina la utilización de las vacancias:Si la cantidad de postulantes es mayor: hasta cubrir la cantidad según orden de méritos.Si la cantidad de postulantes es menor: se asignaran sólo en caso que los postulantes cumplan con el mínimo de exigencia (60%)

Lista de Elegibles:

La misma solo podrá ser utilizada para los casos de contar con categorías vacantes, aprobados por el EEN

La DGC es la Autorizada a realizar el monitoreo de

forma.

Remisión de pedidos:

Nota suscripta por la MAI o por delegación de

ésta. (Res)

- Correo institucional habilitado para la notificación

electrónica,

- Las documentaciones deberán remitir copia digital

(escaneado íntegramente) de los documentos.

*ME/SFP – podrá rechazar los pedidos de

certificación.

Estar al día con las normativas presupuestarias y sus

reglamentaciones.

CERTIFICADO DEL DEBIDO PROCESO

Dirección General de Concursos

Fecha de inicio de Monitoreo :

Organismo o Entidad del Estado

Tipo de Concurso:

Denominación del Puesto:

Ubicación Física del Puesto/ Localidad:

Detalles del Salario ( categoría, rubro,

vacancias):

Tipo de Postulación:

1) Postulación en la Institución que

convoca/receptora(carpeta)

2) Postulación en línea (sistema de inscripción y

postulación en línea, por la cuenta del Portal

Paraguay Concursa).

Art. 18 inc a) El medio oficial de publicación de cada etapa será en todos los casos el Portal Único de Empleo Público (PUEP) PARAGUAY

CONCURSA, los OEE que convoquen a concurso deberán establecer un vínculo virtual que interconecte (interface) sus portales web con este

medio.

Todas las reuniones y decisiones adoptadas deberán ser respaldadas por Actas, Art. 11 inc. i), las cuales serán tomadas como bases

para el cruce con los documentos registrados en el PUEP Paraguay Concursa, conforme a las siguientes acciones en forma secuencial

para el cumplimiento del debido proceso:

ANEXO II

Formulario de Monitoreo