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IRIT,: C-6628-2011 IIHIDALGO / P INERA IIFecha : 09/11/2011 !lRue : 11- 2-0444477-5 Ilproc.: Ordinario IIForma Inicio: Demanda [
IEstJ Adm.: Sin archivar IIEtapa: Ingreso de fa demanda IIEstado Proc.: Sin trarnltaclon IITribunal : 40 Juzgado de Familia Santiago ( Radicada ) I
22019 Divorcio Por Culpa
. DTE.
./ AB.DTE.
if DDO.
21525265-5 NATURAL
5088643-3 NATURAL
7195124-3 NATURAL
MARIA BELEN HIDALGO PRADO No No No
FERNANDO URIBE-ETXEVERRIA GALMEZ No No No
JOSE MIGUEL PINERA ECHENIQUE No No No
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MATER IA
PROCEDIMIENTO
DEMANDANTE
R UT
DOMICILIO
: Divorcio por culpa.
: Ordinario
: Marla Belen Hidalgo Prado
: 21 .525.265-5
: Carlos Antunez N° 2885; Depto. 31, Comuna de
Providencia.
A BOGADO PATROCIN AN TE
Y APODERADO
R UT
DOMICILIO
: Fernando Uribe-Etxeverria Galmez
DEMANDADO
R UT
DOMICILIO
: 5.088.643-3
: Morande 322 Oficina 701, Santiago
: Jose Miguel Carlos Pinero Echenique
: 7.195.124-3
: Arconqel 4955 Depto. 132, comuna de Las
Condes.
EN LO PR INCIPAL: Demanda de divorcio por culpa; P R IM ER O TR O SI:
Demanda de Compensaci6n Econ6mica; SEGUNDO OTROS I: A co rn pcrio
Documentos; TERCER OTROS I: Se Asocie Rut al Sitfa; CUAR TO O TR OSI:
Reserva de la presente causa; QUIN TO OTROSI: Receptor Particular; SEXTO
OTROS! : Forma de Notificaci6n que indica; SEPT IMO OTROS I: Patrocinio Y
Poder.
S.J .L . DE FAMIL IA
Marla Belen Hidalgo Prado, modelo, argentina, casada, domiciliada en
calle Carlos Antunez N° 2885; Depto. 31, comuna de Providencia, Sartig_go.
a US.,con respeto digo: _,JARA,_I\OTAR1I 0 o
X PUBLICO»
i l l ~;ANT!AC;;O gI. L V.C. -- I
" " , - , -. . . , ? .
41- NOTAI~IA
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Que vengo en interponer demanda de divorcio por culpa en contra de mi
c6nyuge don Jose Miguel Carlos Pinera Echenique, chlleno. ernpresorio.
domiciliado en Arc6ngel 4955 Depto. 132, comuna de Las Condes,
Santiago, basado en los siguientesantecedentes de hecho y de Derecho
que a continuaci6n paso a exponer:
LosHechos:
Con el demandado de autos nos casamos con fecha 04 de noviembre
de 2004, matrimonio inscrito en la circunscripci6n de Providencia, con el
N°514, pactando en dicho acto separaci6n total de bienes. No tenemos
hijos comunes y nos encontramos separados desde los primeros dfas de
abril de este ofio.
Durante todo el tiempo que dur6 nuestra vida matrimonial. nunca se lIeg6
a concretar una verdadera ormonio familiar. Desde nuestro pololeo se
evidenciaron conductas del demandado de celopctio y consumo en
exceso de bebidas olcoholicos. conductas que en ese momento perdone.
pero que se agudizaron durante el matrimonio, incluyendo tornbien el
consumo habitual de drogas. Drogas, que mezclaba habitualmente conalcohol y medicamentos sujetos a control de psicotr6picos. En el ultimo
tiempo que estuvimosjuntos, este consumo de alcohol, drogas y remedies.
era diario. Incluso su familia, 01 poco tiempo de nuestro separaci6n, 10
intern6 en la Clfnica Santa Soffa,debido entre otras casas, a susexcesos.
Durante gran parte del matrimonio fui victima de amenazas por parte del
demandado y de agresiones psicol6gicas. Sinembargo, durante nuestros
ultlmos perfodos juntos, se evidenciaron tornbien situaciones de violencia
ffsica hacia mi persona. Situaciones que no denuncle en su oportunidod
por las amenazas de que fui objeto, incluso de muerte, pero que probore
en 10 oportunidad procesal correspondiente.
A lospocos mesesde iniciado nuestromatrimonio, mi c6nyuge comenz6 a
ejercer violencia sabre mi persona, lo que en un principio fue sicol6gica:
me insultaba constantemente y me degradaba como persona.
Respecto a la violencia ffsica, puedo sericlor que en el mes de noviembre
del ana 2010 est6bomos en nuestro casa. EIcon unos orniqc sen-~2
NOTARIO C1X FUBLICO »_.J 0w S;ANTIA(iO 0
u, V.C. -i
L_,_._._._41 a N O T A H I A
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divirtlendose y consumiendo alcohol, como es habitual, y yo ordenando
unas cosas que estaban en cajas porque hccio algunos meses que nos
habfamos cambiado de casa. Fue enfonces cuando se me acerc6 y me
pregunt6 que estaba haciendo. Le conteste que estaba buscando unas
cosas. Repentinamente se alter6 y, como de costumbre, me insult6. Le
dije que no me insultara y fue ahf que con varios tragos demos. me
empuj6, se me tir6 encima y me peg6 cachetadas. Le suplicaba que no
me pegara que me dejara tranquila y uno de sus amigos escucho mis
grifos de auxilio y Ie dijo que me dejara tranquila. Luego de eso y para que
nadie notara que me habfa pegado un combo en la cara me dijo 01 dlo
siguiente, que nosfbamos de viaje a Brasil.
otro hecho de violencia, ocurri6 en el mes de febrero del ofio 201 L en el
Casino Enjoyde Vina del Mar. Est6bamosen la caja del casino cambiando
plata, y de repente me dijo: "que miras, no mires mi ploto". Le conteste
que no estaba mirando su plata que no me interesaba. EI habra
consumido alcohol. Semolest6 por mi respuesfa y me peg6 una patada
en el est6mago. Muchas personas vieron cuando me peg6. Losguardias
del lugar lIegaron a ver que pasaba y 61 como siempre enfurecido,
alterado y en forma muy violenta gritaba "dejenme tranquilo, no saben
quien soy, soy el hermano del Presidente de la Republica de Chile y hago
10que quiero". De este episodio hay registrosyo que todo fue grabado
por las comoros de seguridad del Casino de Juegos. Luego de 1 0 ocurrido,
nos fuimos a Cerro Castillo donde nos quedamos por ese fin de semana y
el sigui6 tomando alcohol. Mi miedo hada el era de tal magnitud yo que
me persegufa por la casa grit6ndome que me iba a matar, que me
pegaria, par 1 0 que me escondl debajo de la cama de la pieza de servicio
y cuando el se durmi6 scque miscasasy me vine a Santiago, aterrada.
Asffueron muchos momentos de violencia que vivfjunto a mi c6nyuge.
No s610esfamos frente a un hombre muy violento, violencia que incluso ha
ejercido con otros personas, foda vez que estamos frente a una persona
publica y que susactos han quedado de manifiesfo en los programas de
television, sino que oderncs consume habitualmente 0 mas bien dlcho.
JAR1
X NOTARIO ~
. . . . . J ~UBLlC.O 0W ...ANTIAG IO 0!J.. V.C. -1
LI!~0.Ib.!~fA
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diariamente alcohol. Focilmente en una noche se puede tomar una
botella de Whisky 0 vodka, odernos del consumo de drogas.
Se trata de un hombre que padece de celopatfa, a tal nivel que, como
senole anteriormente, yo soy modelo de profesi6n pero por sus celos
enfermizos tuve que rechazar en innumerables oportunidades trabajos a
nivel nacional e internacional, ya que no me permitfa estar con otras
personas, por 10 que solo pude trabajar esporccicomente. Mis ingresos por
dichos trabajos eran muy bajos y odemos debfa colaborar con los gastos
de la casa.
Hago presente que en varias ocasiones iba donde estaba modelando en
algun desfile y me hada esccndolos. 10 que !lev6 a que ya no mecontrataran mas, por miedo a este hombre vlolento y celoso que no queria
que trabajara, pero necesitaba solventar mis gastos y 10 mitad de los
gastos de la casa. A veces, yo misma debfa retirarme de los lugares en que
trabajaba por el lamentable estado en que el se encontraba. Era mejor
aislarse para no provocar esc6ndalos.
Todo este ambiente lIev6 a que ya desde hace dos enos antes de 10
seporaci6n definitiva, durrnlerornos en habitaciones seporados, 10 que yo
manfenfo con Have todo vez que en muchas ocasiones, cuondo Ilegobo
de sussolidos nocturnes. me poteaba 10 puerta y me insultaba.
Tal como 10 he sefiolcdo. nuestro matrimonio finalmente fracas6 por todas
estas actitudes del demandado y nos separamos definitivamente en abril
de este ofio,
La Ley de Matrimonio Civil N°19.947, establece entre las acciones de
divorcio, aquelJa del articulo 54, a saber: "Artfculo 54.- EIdivorcio pedro ser
demandado por uno de los c6nyuges, por falta imputable al otro, siempre
que constituya una vloloclen grave de los deberes y obligaciones que les
impone el matrimonio, 0 de los deberes y obligaciones para can 10$ hijos,
que torne intolerable la vida en comun, Se incurre en dicha causal, entre
otros casos, cuando ocurre cualquiera de los siguientes hechos:
1 0.- Atentado contra la vida 0 malos tratamientos graves contra la
Integridad Ifslea 0psiquiea del eonyuge 0de alguno de los hiiOS;Ij--~JARA
? 5NOn\RIO o
-J PUBLICO »UJ SANTfAG;O 0u,
V.C.0-f
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5°.- Alcoholismo 0 drogadiccion que constituya un impedimento grave
para la convivencia armoniosa entre los conyuges 0 entre estes y los hijos,
y (... )"
La presente demanda, se basa en justamente en las causales establecidas
en el ortlculo 54 de la normativa en comento, en especial los nurnero lOy
5°.A efectos de acreditar 1 0 anterior, conforme a 1 0 establecido en el Art.
2, inciso 3° tronsitorio de la Leyde Matrimonio Civil N°19.947,y toda vez que
mi matrimonio se celebr6 con anterioridad a la entrada en vigencia de
esta ley, seficlo que ocredltore judicialmente el divorcio por culpa
imputable al Sr. Pinera, a troves de todos los medios de prueba
establecidos por la normativa procesal del ramo.
Respecto ol derecho establecido en el articulo 61 de 10 Leyde Matrimonio
Civil, denominodo "compensaci6n econ6mico", sefiolo que me remito a 1 0
senolodo en el primer otroside esta presentaci6n.
PORTANTO,
Yde acuerdo a 1 0 expuesto y 1 0 dispuesto en la ley N°19 .947,articulo
254y siguientesdel C6digo de Procedimiento Civil, C6digo Civil, Ley 19.968
de Tribunalesde Familia y demos normas pertinentes;
RUEGO A SS:Tener por deducida demanda de divorcio vincular por el
articulo 54 de la Ley de Matrimonio Civil, en contra de don Jose Miguel
Carlos Pinera Echenique, ya individualizado; acogerla a tramitaci6n hasta
agotar la instancia, declarar terminado el matrimonio y ordenar las
subinscripciones correspondientes, todo 1 0 anterior con expresa
condenaci6n en costas.
PRIMER OTROS!: Belen Hidalgo Prado, argentina, casada, modelo,
domiciliada en Carlo Antunez N° 2885, departamento 31, comuna de
Providencia, aSS. Respetuosamente digo:
En virtud de 1 0 seficlcdo en 1 0 principal de esta presentaci6n, vengo en
demandar de compensoclon econcrnicc a mi c6nyuge, don Jose Miguel
Carlos Pinera Echenique, chileno, casado, cantante y empresario,
domiciliado Arccnqel N°4955,departamento 132,LasCondes, de acuerdo
a los fundamentos de hecho y de derecho conforme 1 0 establecido en el---....;
---JARA
X N o f ARlO o:: J PUBL ICO »If SANTtA(;;O gLV.C. -- f
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Art. 61 Y siguientes de 10 Ley de Matrimonio Civil N°19.947, sequn paso a
exponer:
Hechos:
Losargumentos descritos en 10 principal de esta presentaci6n los doy por
enteramente reproducidos y son 1 0 cusa de 1 0 compensaci6n econ6mica
que demando 01 Tribunal, pero en especial enfatizo 10 siguiente:
1.-Enprimer lugar, el demandado, ejerda constanfemente actos de
violencia en contra de mi persona. Ademos. consume habitualmente a
mas bien dicho diariamente alcohol, focilrnente en una noche se puede
tomar una botella de Whisky 0 vodka. Muchas veces mezclaba estas
bebidas con droga 0 remedios del tipo pslcotroplcos,2.- Ensegundo lugar, es un hombre que padece de celopatfa, a tal
nivel que como sericle anteriormente, yo soymodelo de profesi6n pero por
sucelopatia fuve que rechazar en innumerables oportunidades trabajos a
nivel nadonal e infernacional ya que no me permitia esfer con otras
personas, por 1 0 que solo pude frabajar esporddlccmente. Mis ingresos por
dichos trabajos eran muy bajos y, cdemos. debra colaborar can los gastos
de la casa.
3.- Hago presente, que Pinero en varias ocasiones iba donde estaba
modelando en algun desfile y me hada escondolos. 10 que lIevo a que ya
no me contrataran mas, par miedo a este hombre vlolento y celoso que no
querfa que trabajara, pero necesitaba solventar mis gastos y la mitad de
losgastos de la casa.
4.- A mayor abundamiento, mi conyuqe. para ocultar suscelos y 1 0
golpes que me daba, me lIevaba de viaje a distintos parsesdel mundo, en
especial al Caribe donde el demandado era dueno de un pub discoteca
en Playa del Carmen (Mexico), donde mi c6nyuge realizaba susnegocios y
se entregaba a susexcesos. Todosestos viajes me impedfan desarrollar una
carrera continua en Chile y menos extenderla en el extranjero, como era
mi intenci6n 01 venir a este pols.
5.-Como es de suco nacimiento S.S.la carrera de modelo es de corta
duraci6n, teniendo una vida util entre los 15 y los 35 cries. es decir po;._;c;;.,.;;o;,._..."1 '
tiempo me queda para seguir vigente en mi profesi6n, 1 0 que sif~;'- : 1 f 1 : J R A"X No15ARIO o:J FUBLICO ~W SANT!A(,O0u, V.C. -- I
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gran detrimento para mi vida, ya que mi carrera se encuentra
prccticomente terminada y a la fecha, no pude desarrollarme como
querlo profesionalmente, yo que debra ccompoficr 01 demandado a sus
viajes y soportar su celopctlo. la violencia ffsica y slcoloqico 10 que me
impedfan trabajar.
6.- A pesar de estar radicada en este pais, jamos tuve cotizaclones
previsionales y de salud ya que el demandando james me incorporo a su
plan de salud y 10 unico que tengo es un seguro de salud argentino que mi
padre paga por rnl, para tener al menos un poco de cobertura en caso de
necesitar por alguna enfermedad.
La jurisprudencia ha sido un6nime en sefialar que 10 cornpensocloneconomlco "Es una norma que tiende a compensar una sltucclen injusta
que se produce como consecuencia de que uno de los conyuges no se
haya desarrollado individualmente como persona, en la medida que Ie
permita obtener una especlcllzcclon que Ie haya brindado
permanentemente una actividad remunerada que constituye la base de
los beneficios previsionales y de salud para toda la vida (...) " (Corte de
Antofagasta, 13de abril de 2006, RolN° 120-2006).
Hago presentea S.S . que el nivel de gastos que mantenfa junto 01
demandado era oltisimo. por su estilo de vida, 10 que no me permitio
ahorrar ni siquiera para pagar cotizaciones previsionales y de salud.
Derecho
I) Articulo 61 10 Ley 19.947,senoia expresamente: "sl. como consecuencia
de haberse dedicado 01 cuidado de los hijos 0 a las labores propias del
hogar comun, uno de los conyuges no pudo desarrollar una actividad
remunerada 0 lucrativa durante el matrimonio. 0 10hizo en Menor medida
de 10 que podra y guerra. tendro derecho a que, cuando se produlca eJ
divorcio 0 se declare la nulidad del matrimonio, se Ie compense el
menoscabo economico sufrido por esta causa."
Esdel caso S.S., que no puede desarrollarme profesionalmente de mayor
manera como queric 0 podia, toda vez que como he Senrnaa(5J}['~
hechos. me vi impedida, por cuanto mi conyuqe no me 10per~iti, duranteX J \r OTAR1]O:J PUBLICO
LU SANTIAGOU.
V.C.
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la convivencia. Ahora bien, de este matrimonio no hubo hijos, 10cual no es
obstoculo para solicitar 10compensaci6n economlco. toda vez que 10ley
senoia que el convuqe que se dedico a las labores propias de hogar
cornun no pudo desarrollar un actividad remunerada 0 lucrativa como
querla 0 podfa, ocosionondole un menoscabo econornlco. 10 que en 10
especie se da ciaramente. As110ha seriolcdo en innumerables fallos la E.
Corte Suprema al faUar:"{...}La compensoclon econ6mica es plenamente
procedente sea que las partes tengan un hijo, varios en comun 0ninguno,
ya que no ha sido la lntencion ni el esplritu del legislador discriminar en
relaci6n al numero de hijos, pues incluso trotondose de matrimonios sin
prole, el beneficio en cuesti6n procedero siempre si quien 10demanda
prueba el menoscabo economico que ha padecido producto de haberse
dedicado a las labores propias del hogar" (Corte Suprema, 30 de julio de
2007, Rol2582-2007).
II) As! tornblen. respecto del fundamento de la compensaci6n 10 Corte
Suprema advierte que II Es resarcir el dono patrimonial que el hecho
especifico del cuidado del hogar produjo en uno de los conyuges al
lmpedirle desarrollar una actividad remunerada, ya sea en forma total 0
parcial" (Corte Suprema. 16 de enero de 2008, Rol N° 21-2008). Iornbien se
ha dicho que II Su objeto serlo dejar 01 conyuge en una posicion digna
modesto mente proporcional a su posicion profesional" (Corte de
Antofagasta 29 de junio de 2007, RolN° 1317-2006).
III) Asimismo, 10 Corte Suprema ha sefiolodo que L l E I objeto de la
compensaci6n es atender los efectos patrimoniales del convuqe mas
debil. el cual no pudo desarrollar actividad lucrativa alguna, 0 en Menor
medida en atenci6n a 1 0 que tenia posibilidad de desarronar" (Corte
Suprema, 14de abril de 2008, RolN° 1097-2008.
IV) Respecto a 10 frase de que el conyuqe no pudo desarrollar una
actividad remunerada 0 lucrativa como QUERIAa PODIA, 10 Corte de
Apelaciones de Concepcion y la Corte Suprema han sido uncnime en que
SiIo mujer ha trabajado durante el matrimonio, pero no de la forma que
querla y podic es procedente 10prestaci6n.". (Corte de Concepci6n, 11
. -JA RA ~X NOTA~'O o::J PUBLICO»
UJ SANTIA(,O 0 f
u, v.c. Q i
L J 2 a NOTAIg]
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de septiembre de 2007, Rol N° 970-2007,Corte Suprema 13 de marzo de
2007,RolN°820-2007).
V ) Articulo 62, ley 19.947:Para determinar 10 existencio del menoscabo
economlco y 10 cuontlo de 10 compensocion. se consideroro.
especialmente, la duraci6n del matrimonio y de 10 vida en cornun de los
c6nyuges; la situaci6n patrimonial de ambos; Io buena 0 mala fe; 10 edad
V el estado de salud del convuqe beneficiario; su situaci6n en materia de
beneficios previsionales V de salud; su cuoliflcoclon profesional V
posibilidades de acceso al mercado loborol. V 10 colaboroci6n que
hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro convuoe ..."
En etecto. el articulo antes descrito senolo las consideraciones que
deben tenerse presente para determinar la existencia del menoscabo
econ6mico via cuantla de 10 compensaci6n.
AI respecto debe senolor aSS. 10 siguiente:
a) Nuestro matrimonio comenz6 el ono 2004, por tanto a 10
fecha hemos estado casados casi siete cries. aunque
nuestro cese de convivencia se consume en el mes de abril
del presente ofio.
b) La situaci6n patrimonial de mi convuqe como demostrore
es con creces mejor que la mia. EISr.Pinero es empresario,
dueno de varios negocios y es de publico conocimiento
que posee distintospubs y restaurantes. Yo por el contrario,
me encuentro viviendo de allegada en 10 casa de una
amigo, no tengo bienes, ohorros. el auto que manejo es de
propiedad de mi padre, tampoco previsi6n V tampoco un
trabajo estable que me garantice un ingreso Vsubsistencia
para el futuro.
c} Mi estado de salud, ha desmejorado con creces yo que 1 0
hechos de violencia ejercido por el demandado hacia mi
persona han provocado en rni fuertes depresiones que han
culminado en episodios de angustia. En materia de
beneficios previsionales nunca fui carga de
pudiendo 8 1 haberme tenido.
~~A
X NOT~IO ()
...J PUBllCO ~W SANTtAc:.O 0u, V.C. -I
L . 4 1 ; ; - N O T A H I A
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d) Como he seriolcdo carezco de calificaci6n profesionaL ya
que no tengo titulo profesional y estoy en el termino de mi
carrera de modelaje.
Fundo cdernos esta occlon de compensaci6n economico en lossiguientes
fundamenfos:
a) EI desequilibrio econernlco entre los conyuges, causado
directa 0 indirectamente por el matrimonio. Tal es el caso
que en el momento de separarse se evidenclo entre el Sr.
Pinero y 10 suscrita la existencia de un desequilibrio
economico. causado por el matrimonio y la vida en
.comun que nos lmpllco, Esel Derecho a quien Ie tocorioadoptar lasmedidas necesarias para equilibrar 10 posicion
de los conyuqes V' dentro de elias, hallarfa lugar 01
establecimiento de una prestacion a mi favor.
b) La necesidad de medios de la suscrita para asegurar 1 0
subsistencia futura. La ruptura significarfa que quedore
desprovista de medios adecuados 0 no podre
procurcrmelos par razones objetivas (preporcclon
occdemlcc) hobric razones para que el Sr. Pinero me
otorgara una prestacion que 01 menos me asegure una
subsistenciadigna.
c) Trabajo realizado por uno de los conyuges en pro de 10
familia comun, Tal como sefiole desde que contraje
matrimonio, me dedique a mi convuoe por completo V a
las labores propias del hogar cornun y 10 que ha ocurrido
SS. es que solo puce desarrollar una actividad
remunerada en forma parcial y espar6dica porque debra
someterme a las constantes persecuciones, agravios y
menoscabo del demandado, par 10 que me vi obligada
en innumerables oportunidades a rechazar trabajos tanto
en Chile como en el extranjero. Tenia miedo de las
reacciones de mi convuqe. por 10 tanto, 01 termlno del
matrimonio tendrfa derecho a que se me r~~RA·~
X NOJ..~IO o: : : i PUBLICO»: ± : SANT1AC;iO g 1. v .c·-dL 1 ! aNOTAlgj
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equitativamente 10 que hubiese percibido de haber
trabajado en forma estable..
d) Indemnizar por el dofio moral ocasionado durante el
matrimonio. Es decir, indemnizarme una serie de
menoscabos, es decir, resarcir el oofio causado por los
hechos culposos resaltados en la demanda de divorcio
por culpa que da cuenta 10 principal de esta
presentaci6n.
P OR TA NTO , en merlto a 10 expuesto y 10 dispuesto en el Art. 61 y
siguientesde LaLeyN°19.947,RUEGO A SS:Tener por deducida demanda de compensaci6n econ6mica
en contra de mi c6nyuge don Jose Miguel Carlos Pinera Echenique, ya
individualizado; acogerla a tramitaci6n hasta agotar 10 instancia,
declarando que debe pagarme a titulo de compensaci6n econ6mica la
sumo de $350.000.000- (trescientos cincuenta millones de pesos) 0 la
cantidad que S.S.determine de justicia fijar conforme a los antecedentes
que oportore en autos, todo 10 anterior con expresa condenaci6n en
costas.
SEGUNDO OTROsf: Sirvase SS. Tener por ccompcnodos los siguientes
documentos:
a) Certificado de matrimonio celebrado entre laspartes.
b) Copia autorizada de acta de matrimonio.
T ERCER OTROSI: S frv as e SS.Ordenar se asocie el Rut del abogado que
patrocina esta causa 01 SITFA,este esel siguiente:5.088643-3.
CUARTO OTROS I: Solicito a S.S.sedecrete 10 reserva de 10 presente causa.
QUIN TO O TROS I: Solicito a S.S.se autorice a notificar la presente demanda
y suresoluci6n a troves de receptor particular, a costa de esta parte.
S EX TO O TROS I: Solicito a S.S.que las resoluciones que se dicten en la
presente causa se notifiquen a mi abogado a los siguientes correos
electr6nicos [email protected] [email protected]
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SEPTIM O O TROS I: Sfrvase SS., tener presente que designo abogado
patrocinante y confiero poder con las facultades de ambos incisos del
articulo septlmo del C6digo de Procedimiento Civil, las que doy
integramente por reproducidas, ol abogado don FERNANDO URIBE-
ETXEVERRIA GALMEZ , domiciliado para estosefectos en calle Morande 322
Oficina 701,Santiago, telefono: 695 10-
FIRMO ANTE MI DONA MARIA BELEN HIDALGO, C.I.21.525.266-5,
EXTRANJEROS, SANTIAGO 07 DE NOVIEMBRE DEL 2011.-
FELIX JARA l.:AJlJ4J;__----.---,
NOTARIO JARA
• c__ oc _ -
. A u t o · i l Z A C \ O N D E P O O E RJ U Z G A D O S D E F A M I L I A D E S A N T I A G O
S t g o l ~ . :q . . N O 'i ie 1 m \ .. d e 2 01