14 decreto 1607 de 2002

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1 DECRETO 1607 DE 2002

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Economy & Finance


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DECRETO 1607 DE 2002

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IMPORTANTE:

• Ninguna empresa, según su propia conveniencia, podrá auto asignarse tarifa ATEP para cotizar al Sistema General de Riesgos Profesionales

• La tarifa que deberán pagar es la asignada por el punto de afiliación. Cuando se desee hacer la respectiva separación o reclasificación de tarifas se deberán dirigir mediante oficio al Departamento de Riesgos Profesionales o quien haga sus veces de cada seccional, para solicitar que la empresa sea visitada por un gestor, quien elabora el informe técnico y es el que determina los diferentes centros de trabajo o reclasificación

• Una vez se realice este tramite, la empresa será notificada para entregarle la respectiva resolución.

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CARACTERISTICAS DE LA TABLA DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

DIGITOS ADICIONALES CODIGO CIIUCLASE DE RIESGO

Las clases de riesgo se dividen en 5 así:

Clase I. Se contemplan actividades consideradas de riesgo mínimo

Clase II. Se contemplan actividades de riesgo bajo

Clase III. Contemplan actividades de riesgo medio

Clase IV. Contemplan actividades de riesgo alto

Clase V. Contemplan actividades de riesgo máximo

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CARACTERISTICAS DE LA TABLA DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

DIGITOS ADICIONALES CODIGO CIIUCLASE DE RIESGO

La CIIU es una clasificación uniforme de las actividades económicas

por procesos productivos. Su objetivo principal es proporcionar un

conjunto de categorías de actividades que se pueda utilizar al elaborar

estadísticas sobre ellas. Tiene por objeto satisfacer las necesidades

de los que buscan datos clasificados referentes a categorías

comparables internacionalmente de tipos específicos de actividades

económicas.