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1323 12.“ SESIÓN (Vespertina) MARTES 11 DE JULIO DE 2000 PRESIDENCIA DE LA SEÑORA MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Y DEL SEÑOR RICARDO MARCENARO FRERS SUMARIO Se pasa lista. Se abre la sesión. Se aprueba, sin observacio- nes, el Acta de la 11. a sesión, celebrada los días 5 y 6 de julio de 2000. DESPACHO: Oficio; fundamentación de voto; pedido de dispensa del trÆmite de dictamen. ORDEN DEL D˝A: Se aprue- ba la Resolución Legislativa por la cual se autoriza al seæor Presidente de la Repœblica a efectuar viajes al exterior entre el 16 de julio y el 15 de octubre del aæo 2000. Se aprueba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión Agraria, con el cual se absuelven las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la Autógrafa de la Ley Marco de Sanidad Agraria. Se aprue- ba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Infraes- tructura y Transporte, en virtud del cual se amplían los alcan- ces del artículo 6.° del Texto Único Ordenado de la Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 009-99-MTC. Se aprueba el texto sus- titutorio, propuesto por la Comisión de Infraestructura y Trans- porte, en virtud del cual se restituye la vigencia y los efectos de la Ley N.° 24621 y se establece que el plazo de reversión a que se refiere el artículo 3.° de dicha ley vence el 31 de diciembre del aæo 2002. Se aprueba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Energía, Minas y Pesquería, relativo a la Ley de Promoción del uso eficiente de la energía. Rechazado el texto sustitutorio propuesto en el dictamen de la Comisión de Traba- jo y Seguridad Social, se aprueba la fórmula sustitutoria, con- tenida en el dictamen de la Comisión de Justicia, en virtud de la cual se modifica el inciso i) del artículo 24.° del Texto Único Ordenado de la Ley OrgÆnica del Poder Judicial. Se aprueba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Turismo y

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Page 1: 12.“ SESIÓN MARTES 11 DE JULIO DE 2000 PRESIDENCIA DE LA

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12.ª SESIÓN(Vespertina)

MARTES 11 DE JULIO DE 2000

PRESIDENCIA DE LA SEÑORA MARTHA HILDEBRANDTPÉREZ TREVIÑO

Y

DEL SEÑOR RICARDO MARCENARO FRERS

SUMARIO

Se pasa lista.� Se abre la sesión.� Se aprueba, sin observacio-nes, el Acta de la 11.a sesión, celebrada los días 5 y 6 de julio de2000.� DESPACHO: Oficio; fundamentación de voto; pedido dedispensa del trámite de dictamen.� ORDEN DEL DÍA: Se aprue-ba la Resolución Legislativa por la cual se autoriza al señorPresidente de la República a efectuar viajes al exterior entre el16 de julio y el 15 de octubre del año 2000.� Se aprueba el textosustitutorio, propuesto por la Comisión Agraria, con el cual seabsuelven las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivoa la Autógrafa de la Ley Marco de Sanidad Agraria.� Se aprue-ba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Infraes-tructura y Transporte, en virtud del cual se amplían los alcan-ces del artículo 6.° del Texto Único Ordenado de la Ley de Pro-moción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado medianteDecreto Supremo N.° 009-99-MTC.� Se aprueba el texto sus-titutorio, propuesto por la Comisión de Infraestructura y Trans-porte, en virtud del cual se restituye la vigencia y los efectos dela Ley N.° 24621 y se establece que el plazo de reversión a que serefiere el artículo 3.° de dicha ley vence el 31 de diciembre delaño 2002.� Se aprueba el texto sustitutorio, propuesto por laComisión de Energía, Minas y Pesquería, relativo a la Ley dePromoción del uso eficiente de la energía.� Rechazado el textosustitutorio propuesto en el dictamen de la Comisión de Traba-jo y Seguridad Social, se aprueba la fórmula sustitutoria, con-tenida en el dictamen de la Comisión de Justicia, en virtud dela cual se modifica el inciso i) del artículo 24.° del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.� Se apruebael texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Turismo y

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�A las 16:00 horas, bajo la Presidencia de la se-ñora Martha Hildebrandt Pérez Treviño e inte-grando la Mesa Directiva los señores Ricardo Mar-cenaro Frers y Luis Delgado Aparicio, el Relatorpasa lista, a la que contestan los señores MiguelGrau Seminario(1), Chang Ching, Aliaga Araujo,Alva Orlandini, Amorín Bueno, Avendaño Valdez,Barbarán Rengifo, Barrón Cebreros, Bartra Gon-zales, Blanco Oropeza, Breña Pantoja, CamposBaca, Cardoso Romero, Cerro Moral, Chávez Se-rrano, Chiroque Ramírez, Díaz Díaz, DonayreLozano, Espichán Tumay, Espinoza Matos, EstradaChoque, Estrada Pérez, Ezquerra Cáceres, FerreroCosta, Flores-Aráoz Esparza, Forsyth Mejía,García-Sayán Larrabure, Gutiérrez Mercedes,Huamanchumo Romero, Jhong Junchaya, LamÁlvarez, Larrabure Gálvez, León Trelles, MartorellFlores, Matsuda Nishimura, Mellado Céspedes,Noriega Febres, Núñez Román, Pando Pacheco,Pardo Mesones, Patsías Mella, Pease García,Quicaña Avilés, Ramos Santillán, Reátegui Trigoso,Reggiardo Sayán, Reto Neyra, Revilla Jurado,Reynafarje Abensur, Rodas Díaz, Salazar Larraín,Salgado Rubianes de Paredes, Samalvides Dongo,Sánchez Vega, Sandoval Aguirre, Santa María Sil-va, Sato Abe, Umezawa Yokoyama, Urrelo Gue-rra, Vargas Marín, Vega Ascencio, Velit Núñez,Vicuña Vásquez, Vidarte Correa, Vílchez Malpica,Villasante Chambi y Zevallos Ríos. (Los señorescongresistas precitados, además de contestar a lalista, registran su asistencia mediante el sistemaelectrónico.)

Ausentes con licencia, los señores Chirinos Soto,Diez-Canseco Cisneros, Figueroa Vizcarra, Gue-rra-García Cueva, Muñiz Ziches, Rey Rey yVelásquez Ureta.

Ausentes, los señores Amuruz Gallegos, BaellaTuesta, Barba Caballero, Cáceres Velásquez, Cas-tillo Chirinos, Chávez Cossío de Ocampo, ChipocoCáceda, Chu Rubio, Ciccia Vásquez, Colchado Are-llano, Coral Pérez, Del Castillo Gálvez, Díaz Brin-gas, Fernández Baca de Valdez, Fernández Bustin-za, Flores Flores, Flores Nano, Gamarra Olivares,Ghilardi Álvarez, Grados Bertorini, HeresiAbdelnour, Hermoza Ríos, Joy Way Rojas, Llerena

Marotti, Lozada de Gamboa, Mantilla Campos,Medelius Rodríguez, Merino Lucero, Morales Cos-ta, Olivera Vega, Pulgar Lucas, Ruiz Dávila, RuizCaro Álvarez, Salazar Vargas, San Román Cáceres,Siura Céspedes, Solier Gonzales, Torrejón Riva deChincha, Townsend Diez Canseco, Trelles Mon-tero, Velásquez Quesquén y Zumaeta Flores.

Suspendidos, los señores Abanto Pongo y LajoLazo.

La señora PRESIDENTA.� Han registradosu asistencia 69 señores congresistas.

El quórum para la presente sesión es de 57 con-gresistas.

Con el quórum reglamentario, se abre la sesión.

Habiéndose repartido a los señores congresistascopias del Acta correspondiente a la sesión ante-rior, se pone ésta en observación.

Si ningún señor congresista la observa, se la con-siderará aprobada.

�Se aprueba, sin observaciones, el Acta dela 11.a sesión, celebrada los días 5 y 6 de ju-lio de 2000.

La señora PRESIDENTA.� Se va a dar cuen-ta del Despacho.

DESPACHO

El RELATOR da cuenta de los siguientesdocumentos:

Oficio

Del señor Presidente de la República, medianteel cual solicita, de conformidad con lo dispuestoen la Ley N.° 26656, autorización para efectuarviajes al exterior, entre el 16 de julio y el 15 deoctubre del año 2000.

�Al Orden del Día.

(1) Por Res. Leg. N.° 23680 (13/10/83), se dispone permanentemente una curul, en el Hemiciclo del Congreso, con el nombre del DiputadoMiguel Grau Seminario. La lista de asistencia comenzará con el nombre del Héroe de la Patria, MIGUEL GRAU SEMINARIO, tras cuyoenunciado la Representación Nacional dirá ¡PRESENTE!

Telecomunicaciones, correspondiente a la Ley de aprovecha-miento sostenible de las aguas minero medicinales.� Se aprue-ba el texto sustitutorio, propuesto por la Comisión de Trabajo ySeguridad Social, en virtud del cual se modifica el artículo 57.°del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiem-po de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-96-TR.� Se suspende la sesión.

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Fundamentación de voto

Del señor Alva Orlandini, mediante el cual fun-damenta el motivo por el que se abstuvo de votaren la sesión del 5 de julio del 2000, cuando elCongreso de la República votó el proyecto de LeyForestal y de Fauna Silvestre, por cuanto sólo sele entregó copia del dictamen alrededor de las18:30 horas y no tuvo el tiempo necesario paraconocer su contenido.

�Con conocimiento del Congreso, agrégueseal Acta de la sesión correspondiente.

Pedido de dispensa del trámite de dictamen

Del señor Larrabure Gálvez, por el que proponeque el Congreso de la República dispense del trá-mite de dictamen de la Comisión Agraria al Pro-yecto de Ley N.° 4825/98-CR, Ley Marco de Sani-dad Agraria, cuya autógrafa fuera observada porel Poder Ejecutivo.

La señora PRESIDENTA.� Se va a consultarel pedido del congresista Larrabure Gálvez, pre-sidente de la Comisión Agraria.

Los señores congresistas que estén a favor seservirán expresarlo levantando el brazo. Los queestén en contra, de la misma manera. Los quedeseen abstenerse, igualmente.

�Efectuada la votación, se acuerda el pe-dido de dispensa de trámite de dictamenformulado por el señor Larrabure Gálvez.

La señora PRESIDENTA.� Con el quórumreglamentario, se ingresa al Orden del Día.

ORDEN DEL DÍA

(Res. Leg. N.° 27307)Se aprueba la Resolución Legislativa por lacual se autoriza al señor Presidente de laRepública a efectuar viajes al exterior en-tre el 16 de julio y el 15 de octubre del año

2000

El RELATOR da lectura:

"Resolución Legislativa que autoriza al señorPresidente de la República a efectuar viajes alexterior entre el 16 de julio y el 15 de octubre del

año 2000

El Congreso de la República, de conformidad conlo prescrito en el inciso 9) del artículo 102.° y enel artículo 113.° de la Constitución Política, y enla Ley N.° 26656, ha resuelto acceder a la peti-ción formulada por el señor Presidente Consti-

tucional de la República y, en consecuencia, au-torizarlo para que, en ejercicio de la función pre-sidencial, pueda efectuar viajes al exterior entreel 16 de julio y el 15 de octubre del año 2000.

La presente Resolución Legislativa entra en vi-gencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la Repúbli-ca para su promulgación.

Lima, 11 de julio de 2000."

La señora PRESIDENTA.� En debate el pro-yecto de resolución legislativa que ha sido leído.

Puede hacer uso de la palabra el señor García-Sayán Larrabure.

El señor GARCÍA-SAYÁN LARRABURE(DEMO).� Señora Presidenta: La pertinenciade una autorización de viaje de esa naturalezanecesariamente tiene que estar supeditada a lacondición de Presidente de la República en ejer-cicio; en ese entendido, me parece completamen-te incorrecto que el Pleno del Congreso procedaa otorgar autorización a una persona cuyo cargocesa el 28 de julio del año en curso.

La Presidencia de la República que se inicia el28 de julio del año 2000 es distinta de la que ac-tualmente se ejerce, porque aquella otra aún noestá en vigencia; de manera que mal haríamosen dar autorización para viajar al exterior a unapersona que no ocupa un cargo que habrá de asu-mir dentro de poco, en razón de que la Presiden-cia de la República que se ha de iniciar el 28 dejulio de este año para concluir el 28 de julio del2005 todavía no se puede ejercitar.

Reitero, la Presidencia de la República del perío-do 2000-2005 no se ha iniciado todavía, de ma-nera que mal haríamos en dar autorización paraviajar a alguien que no ocupa un cargo que aúnno ha sido asumido.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista Sandoval Aguirre.

El señor SANDOVAL AGUIRRE (C90-NM).�Señora Presidenta: La Constitución Política delPerú, en su artículo 102.°, establece que es atri-bución del Congreso autorizar al Presidente dela República a salir del país.

En esta ocasión, el Presidente de la República hasolicitado, a través del documento que acaba de

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ser leído, que se le autorice a salir del país entreel 16 de julio y el 15 de octubre del año 2000.Todos sabemos, señora Presidenta, que el actualMandatario de la Nación ha sido nuevamenteelegido por el voto de la mayoría de peruanos paraser Presidente de la República desde el 28 de ju-lio del año en curso hasta el 28 de julio del año2005; de tal manera que se trata de la mismapersona, que siendo presidente ahora lo será hastael momento en que termine ese período presi-dencial. Es con tal razonamiento que los miem-bros de la mayoría consideramos pertinente quela autorización sea otorgada.

Durante mucho tiempo el Congreso ha concedi-do una serie de autorizaciones de esa naturale-za, generalmente por períodos anticipados de tresmeses, dado que la Constitución no establece nin-guna limitación para que el Presidente de la Re-pública pueda efectuar viajes, excepto la de pe-dir la autorización correspondiente al Congreso;la Constitución no dice que ese permiso tengaque ser otorgado para un viaje puntual o por unperíodo determinado. Por lo tanto, existe el pre-cedente de que esas autorizaciones se vienen con-cediendo por períodos de tres meses, luego de locual el Presidente de la República cumple coninformar al Congreso sobre las razones por lascuales se ausentó del país.

Por estas consideraciones, los miembros de lamayoría creemos que la solicitud de viaje delPresidente de la República es pertinente y, ade-más, constitucional.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Sandoval Aguirre.

Tiene la palabra el congresista Forsyth Mejía.

El señor FORSYTH MEJÍA (GPI).� SeñoraPresidenta: Ha sido claro el congresista SandovalAguirre cuando ha dicho �cito textualmente susexpresiones� que ésa es la opinión de los miem-bros de la mayoría; pero afortunadamente en estelado del Hemiciclo no pensamos lo mismo, comono creo que piense ningún jurista que se preciede tal, por una razón muy simple. Si bien es cier-to que la Constitución de 1993 no precisa que lasautorizaciones tienen que otorgarse para cadaviaje puntual del Primer Mandatario de la Na-ción, debe entenderse que es para cada viaje, te-niendo en cuenta la doctrina internacional y latradición constitucional en la mayoría de las de-mocracias occidentales.

La autorización, obviamente, es por cada viajepuntual; pero le agradecería, congresista Sandoval

Aguirre, que me cite un solo país donde se danesos cheques en blanco de tres o seis meses anti-cipados para que un presidente pueda salir alexterior. La idea de una autorización de viaje noes por el desplazamiento del Presidente...

El señor SANDOVAL AGUIRRE (C90-NM).�¿Me permite una interrupción, señor ForsythMejía?

El señor FORSYTH MEJÍA (GPI).� Un mo-mento, por favor, señor Sandoval Aguirre.

No es por el desplazamiento del Presidente, sinopor cada viaje puntual que realiza, en la medidaen que el Presidente de la República personificaa la Nación y el Congreso tiene el derecho y eldeber de opinar sobre el sentido específico de cadauno de ellos.

Permítame conceder la interrupción que me so-licita el colega Sandoval Aguirre, señora Presi-denta.

La señora PRESIDENTA.� Puede interrum-pir, congresista Sandoval Aguirre.

El señor SANDOVAL AGUIRRE (C90-NM).�Señora Presidenta, con su venia.

El congresista Forsyth Mejía me ha pedido quele diga qué otro país del mundo concede autori-zaciones por períodos de tres meses como los queotorgamos nosotros. A este respecto, debo decirque habemos muchos peruanos que no siempremiramos hacia afuera para ver qué hacen otrospaíses y si eso que hacen nos autoriza a nosotrosa hacer lo mismo.

Señora Presidenta, debo recordar al congresistaForsyth Mejía, y a todos los colegas que deseenescuchar, que el Perú es un país soberano y actúade acuerdo con su propia Constitución y sus le-yes; por consiguiente, no requiere que los extran-jeros le digan o aprueben lo que tenga que hacer.

Por esas consideraciones, señora Presidenta, através de usted digo al colega Forsyth Mejía queno veo la pertinencia o la necesidad de que le digaqué otro país se porta de la forma que a él le pa-rece correcta, para de esa manera avalar la ac-tuación de los peruanos.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Puede continuar,congresista Forsyth Mejía.

El señor FORSYTH MEJÍA (GPI).� SeñoraPresidenta, creo que las expresiones del colega

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Sandoval Aguirre me relevan de formular cual-quier otro comentario; aunque por un instanteme preocupé por su respuesta, porque pensé quemi distinguido colega me iba a demostrar que enalguna parte de este planeta efectivamente se dala posibilidad de autorizar de manera anteladatres o seis meses de viaje al exterior a quien desem-peña una Jefatura del Estado; eso no ocurre enninguna parte del mundo.

Las democracias tienen un consenso constitucio-nal universal; por eso existe lo que se conoce �ylo sabe mi distinguido colega� como el derechoconstitucional comparado, que no tiene absolu-tamente nada que ver con la soberanía.

Finalmente, al margen del tema que estamos tra-tando, que creo que es muy claro, debemos dejarconstancia �y eso lo ha dicho textualmente elpropio colega Sandoval Aguirre� de que se tra-ta de la posición de los miembros de la mayoría;pero además tengo que citar lo que ha menciona-do el congresista García-Sayán, en el sentido deque este Congreso se estaría proponiendo auto-rizar desplazamientos al exterior de una perso-na cuyo cargo aún no ha sido asumido, lo cual nosolamente no ocurre en ninguna parte del mun-do �que según el congresista Sandoval Aguirresería lo de menos�, sino que en el Perú jamásha habido precedente alguno, ni siquiera en losestándares de la mayoría que actualmente dirigeeste Congreso.

El Presidente Fujimori, aun en la racionalidadde que haya sido reelecto con el voto de los pe-ruanos �asumamos por un instante que ha sidoasí�, todavía no ha prestado juramento ni haasumido el cargo. En consecuencia, tiene razónel colega García-Sayán cuando dice que se trata-ría de dar autorización a una persona que aúnno está en posesión del cargo; y eso sí que poneseriamente en riesgo ya no solamente la credibi-lidad y el prestigio del Congreso, sino los nivelesmínimos de intelectualidad racional que debencaracterizar la vida de cualquier Parlamento.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista Alva Orlandini.

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señora Presidenta: A lo largo de estos cinco añoshe sido el congresista que más se ha ocupado delos viajes del señor Presidente, a tal punto queen los últimos meses ya no quise tocar el asuntoporque los miembros de la mayoría conocían cuálera mi modo de pensar.

Es más, históricamente cada viaje del Presiden-te de la República al exterior era autorizado por

el Congreso, hasta que se dictó la ley Joy Way, envirtud de la cual se autorizan los viajes del Jefedel Estado por períodos hasta de tres meses. Escuestionable la validez de esa ley, pero en todocaso se trata de una ley que fue aprobada por lamayoría de este Congreso.

No obstante ello, ahora ocurre una situación querealmente considero inédita. Como todos sabe-mos, el 28 de julio del 2000 el Presidente de laRepública debe prestar juramento y asumir elcargo ante el Congreso. Al respecto, el artículo116.° de la Constitución dice textualmente lo si-guiente: "El Presidente de la República prestajuramento de ley y asume el cargo, ante el Con-greso, el 28 de julio del año en que se realiza laelección".

Partiendo del supuesto de que la elección se hu-biese realizado el 28 de mayo del presente año,el 28 de julio el ingeniero Alberto Fujimori ten-dría que prestar juramento y asumir el cargo anteel Congreso; pero ese hecho aún no ha ocurrido.Por consiguiente, si el Congreso aprueba hoy laresolución legislativa en debate, podría ocurrirque el ingeniero Fujimori, ejerciendo el actualcargo de Presidente de la República, salga del paísantes del 28 de julio y que no se encuentre en elPerú el día en que tenga que prestar juramentoante el Congreso.

Podría ocurrir, además, que por cualquier razónel ingeniero Fujimori no preste juramento el 28de julio; en consecuencia, ¿cómo podría el Con-greso de manera anticipada aprobar una resolu-ción legislativa que autorice el viaje del Presidentede la República entre el 16 de julio y el 15 deoctubre del año 2000?

Me parece que de esa forma se está conspirandocontra el Estado de Derecho, que permite quelas leyes se dicten dentro del contexto de la ac-tual Constitución, la cual he criticado acerbamen-te y estoy en desacuerdo con muchas de sus dis-posiciones. Algunos dicen que está vigente desde1994; sin embargo, han sido violadas muchas desus prescripciones, lo que nos hace dudar de sirealmente está vigente esta Carta Política.

Pero lo que no podemos hacer es aprobar unaresolución legislativa que vulnera el principio delegalidad y de legitimidad. Si el señor Fujimorino es Presidente de la República mientras nojuramente el cargo a partir del 28 de julio delaño 2000, es evidente que el Congreso no puedeautorizar su desplazamiento al exterior.

Mi sugerencia es que sólo se le autorice a efec-tuar viajes hasta el 27 de julio del presente año.Posteriormente, el nuevo Congreso podrá adop-

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tar la decisión que estime conveniente, una vezque el ingeniero Fujimori preste el juramento deley �si lo hace� el 28 de julio.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ (DEMO).�¿Me permite una interrupción, doctor AlvaOrlandini?

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señora Presidenta, me solicita una interrupciónel congresista Cáceres Velásquez.

La señora PRESIDENTA.� Puede hacer usode la interrupción el congresista Cáceres Velás-quez.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ (DEMO).�Señora Presidenta, con el propósito de colaborarcon la rapidez del debate, coincidiendo con lo queacaba de expresar el doctor Alva Orlandini, ten-dría que agregar que nadie puede dar de sí lo queno tiene.

Nuestro mandato, otorgado por el pueblo, venceel 27 de julio del presente año, señora Presiden-ta; más allá de esa fecha, nosotros no podemosconceder autorizaciones, por el hecho de quenuestro mandato concluye el día 27, de ningunamanera más allá. Creo que estaríamos vulneran-do la Constitución si acaso acordáramos la auto-rización en la forma que se ha propuesto.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Puede continuar,congresista Alva Orlandini.

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señora Presidenta, concluyo señalando que, enbuena cuenta, estamos cuidando las espaldas delingeniero Fujimori, porque si él sale de viaje alexterior, no siendo Presidente de la República,con una autorización indebidamente acordada poreste Congreso, podría vacar el cargo de Presidentede la República por estar fuera del territorio na-cional, hecho que puede ser declarado por el próxi-mo Congreso.

En consecuencia, mi sugerencia es que sólo seotorgue la autorización hasta el día 27 de julio deeste año.

Nada más, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Puede hacer usode la palabra el congresista Estrada Choque.

El señor ESTRADA CHOQUE (UPP).� Se-ñora Presidenta, antes de dar inicio a mi inter-

vención, permítame conceder una interrupciónal colega Sandoval Aguirre.

La señora PRESIDENTA.� Puede hacer usode la interrupción el señor Sandoval Aguirre.

El señor SANDOVAL AGUIRRE (C90-NM).�Señora Presidenta, según el criterio de mi ilus-trado colega y amigo, Cáceres Velásquez, habríaque suponer que cualquier ley que demos ahorasólo tendría vigencia hasta el 28 de julio y nodespués.

No es así, colega, porque las decisiones que adoptaeste Congreso tienen vigencia, en este caso, has-ta que termine el período para el cual fuerondadas, o hasta que puedan ser revocadas por elpróximo Congreso.

Precisamente la decisión que nosotros adoptemosahora podrá ser revocada soberanamente por elpróximo Congreso, estimado colega.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Puede comenzarsu intervención, señor Estrada Choque.

El señor ESTRADA CHOQUE (UPP).� Se-ñora Presidenta: Éste es un caso que por ningu-na razón ha debido generar todo este infructuo-so debate, sobre todo cuando el congresista AlvaOrlandini ha hecho referencia al artículo 116.°de la Constitución, que textualmente dice lo si-guiente: "El Presidente de la República prestajuramento de ley y asume el cargo, ante el Con-greso, el 28 de julio del año en que se realiza laelección".

¿Qué significa esto? Que el señor Presidente dela República aún no ha asumido el cargo para elperíodo 2000-2005; sólo ha sido proclamado, loque es muy distinto de asumir el cargo. La asun-ción del cargo significa, de hecho, comenzar a cum-plir las funciones de Presidente de la República,el cual, desde ya, se lo ha dado el electorado. Demanera que en esta oportunidad mal podemosautorizarlo para que efectúe viajes al exteriorhasta el 15 de octubre, cuando somos conscien-tes de que la asunción del cargo para el próximoperíodo presidencial todavía no se ha producido.

Por tal razón, y pensando que esto no va a darlugar a un mayor debate, considero que debemoscomenzar a respetar la Constitución, que es cla-ra y terminante, más aún cuando en su artículo118.° dice textualmente lo siguiente: "Correspondeal Presidente de la República: inciso 1) Cumpliry hacer cumplir la Constitución y los tratados,leyes y demás disposiciones legales".

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Según la disposición que acabo de leer, el prime-ro que debe cumplir la Constitución es el Presi-dente de la República; por consiguiente, no pue-de solicitar al Congreso una autorización paraefectuar viajes. Aun cuando aquí exista la buenavoluntad de autorizarlo para que pueda viajar alextranjero hasta el mes de octubre, no puedehacerlo, porque simple y llanamente aún no haasumido el cargo para el período 2000-2005.

En consecuencia, la autorización para que viajeal exterior sólo sería hasta el día 27 de julio; másallá, tendrá que hacerlo el Congreso que se ins-tale el 28 de julio.

Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Puede hacer usode la palabra la congresista Cerro Moral.

La señora CERRO MORAL (FIM-I).� Seño-ra Presidenta: Han hecho uso de la palabra va-rios juristas, un diplomático y el señor presiden-te de la Comisión de Relaciones Exteriores, quienal parecer no entiende mucho de estos asuntos,salvo un momento en que sí tuvo cierta lógica.

No obstante ello, quisiera hacer una invocacióna todos los colegas para que se aplique un pocode sentido común sobre el particular. Hay variasalternativas: una de ellas es que la oposición seoponga, aun cuando somos cuatro gatos; perocomo eso a ustedes los de la mayoría no les im-porta, una vez más harán valer su capricho yaprobarán lo que quieran.

La segunda podría ser que, después del 28 de ju-lio, el nuevo Congreso se oponga a esa autoriza-ción y le quite validez, en el caso de que ustedesno tengan mayoría absoluta en el mes de octu-bre, como parece que puede ocurrir.

Por otra parte, así como se dice "piensa mal yacertarás", creo que el Presidente de la Repúbli-ca podría ser víctima, no digo de un atentado,pero sí de un problema de origen natural, comoque al avión en que viaje antes del 28 de julio loatrape un ciclón. Acuérdense que ésta es épocade ciclones en el Caribe y que de repente al señorFujimori se le ocurre ir a visitar a su amigo FidelCastro, aunque no sabemos con certeza adóndepensará viajar antes del 28 de julio.

Sea como fuere, me parece que en este caso uste-des están actuando con astucia y que lo único quequieren es tener la seguridad de que el presiden-te Fujimori, tenga o no mayoría a partir de losprimeros días de agosto, pueda seguir viajandohasta el 15 de octubre del presente año; o de re-pente el propio ingeniero Fujimori ya tiene pla-

neada su partida y sencillamente el 28 de julio, asabiendas, no se presenta a juramentar ante elCongreso, para que algún otro candidato o quizáel vicepresidente asuma el cargo.

Creo que ésa es la lógica y ustedes tienen queponerse en todos esos casos. Ésa es mi modestaopinión, y a este respecto yo aplico el sentido co-mún.

Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Cerro Moral.

Tiene la palabra el congresista Breña Pantoja.

El señor BREÑA PANTOJA (DEMO).� Se-ñora Presidenta: De acuerdo con el artículo 102.°de nuestra Constitución, el Congreso autoriza elviaje �¿de quién?� del Presidente de la Repú-blica en ejercicio.

El Congreso jamás autoriza los viajes de presi-dentes electos; ello tiene una lógica irrefutable.Por consiguiente, si el Congreso autoriza los via-jes del presidente en ejercicio, mal haría en au-torizar el viaje de quien aún no ha asumido elcargo, por tratarse de un presidente electo; por-que si no, el Congreso también tendría que auto-rizar los viajes del señor Toledo, en caso de quehubiese sido electo y no reelecto.

¿Cuál es la diferencia, señora Presidenta? La di-ferencia es que, aparentemente, Fujimori ha sidoreelecto; pero, aun siendo reelecto, el 28 de juliotiene que juramentar ante el Congreso para quepueda ejercitar sus funciones durante el período2000-2005; si no ha juramentado, sigue siendoun presidente electo.

Pero, ¿qué podría pasar si el 28 de julio Fujimorino juramenta? Habría una contradicción terri-ble. ¿Por qué no permitimos que sea el próximoCongreso el que otorgue permiso a Fujimori paraque pueda viajar? ¿Cuál es el problema? ¿Cuál esel temor? ¿O acaso tienen desconfianza de la pre-caria mayoría de 61 miembros que han conse-guido hasta ahora? Claro, es una mayoría contránsfugas, con hipócritas, con cínicos y con aque-llos que dicen que no son políticos pero que ac-túan como comerciantes de la política.

La solución del problema es muy simple, señoraPresidenta. Este Congreso debe autorizar al se-ñor Fujimori a efectuar viajes al exterior sólohasta donde tenga autoridad, esto es, hasta el 27de julio; porque después lo tendrá que hacer elCongreso que se instale el próximo 28 de julio.¿Cuál es el problema? ¿Cuál es el inconveniente?

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Por mí, señora Presidenta, que se autorice aFujimori a efectuar viajes hasta el año 2050 yque se quede paseando por ahí; pero, jurídica yconstitucionalmente hablando, este Congresocomo cualquier otro sólo está facultado para au-torizar los viajes del presidente en ejercicio, masno los de un presidente electo, que aun en la con-dición de electo sigue siendo un ciudadano co-mún y corriente. No podemos, por tanto, invadiresferas que no nos corresponden.

Pero aquí se invade todo, señora Presidenta. EsteCongreso es genio y figura hasta la sepultura, yaun en agonía sigue actuando intolerantemente,festinando trámites y haciendo lo que quiere. Enfin, aquí no vale la juridicidad ni la ley ni la Cons-titución; aquí sólo vale la mayoría y, como dicenuestra Presidenta, es la mayoría la que impone.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrala congresista Salgado Rubianes de Paredes.

La señora SALGADO RUBIANES DE PARE-DES (C90-NM).� Señora Presidenta: Sólo paradecir, también empleando la lógica, como ha se-ñalado una colega congresista, que nosotros nopensamos en ciclones, en ataques, ni en nada trá-gico para nuestro Presidente; porque pensar malnos hace daño como personas. Como cristianos,siempre debemos desear lo mejor hasta para nues-tro peor enemigo.

En lo que respecta al tema en debate, debo decirque nosotros como Congreso no podemos castrarnuestra potestad de legislar; y en este momentoestamos en capacidad de legislar hasta el mismo27 de julio.

En ese sentido, me parece que lo más lógico seríaque en la resolución que se tenga que expedirdespués de la votación, que espero sea mayorita-ria, se considere un acápite en el que diga queesta autorización es con cargo a ser ratificada porel próximo Congreso; porque aquí no se está cues-tionando si Fujimori es o no Presidente, sino quelo que se está cuestionando es si nosotros pode-mos darle una autorización que tenga validez paradespués del día 28 de julio.

Por consiguiente, creo que este problema se so-lucionaría consignando en la propia resoluciónque esta autorización es con cargo a ser ratifica-da por el próximo Congreso. De esa forma solu-cionamos el problema, ya que el Presidente de laRepública podría viajar el mismo día 16 de julioy esa autorización se la tiene que otorgar esteCongreso, porque el próximo Congreso no puedeconcederla.

Que no sepamos exactamente cuándo viaja elPresidente es un asunto distinto; pero si él deci-de viajar el día 16 de julio, es este Congreso elque le tiene que dar la autorización.

Por eso digo que en la propia resolución puedesolucionarse el problema agregando la expresión"con cargo a ser ratificada por el próximo Con-greso", en el que lamentablemente no estará elcolega Breña Pantoja, a quien tanto estimamos.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Se va a votar.

Antes, se va a registrar la asistencia por mediodel sistema electrónico.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

La señora PRESIDENTA.� Han registradosu asistencia 69 señores congresistas.

Se va a votar.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, por 49votos a favor, 18 en contra y ninguna abs-tención, el proyecto de resolución legislati-va por la cual se autoriza al señor Presi-dente de la República a efectuar viajes alexterior entre el 16 de julio y el 15 de octu-bre del año 2000

La señora PRESIDENTA.� Ha sido aproba-da la resolución legislativa.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Resolución Legislativa siguien-te:

Resolución Legislativa que autoriza al se-ñor Presidente de la República a efectuarviajes al exterior entre el 16 de julio y el 15

de octubre del año 2000

El Congreso de la República, de conformidad conlo prescrito en el inciso 9) del artículo 102.° y enel artículo 113.° de la Constitución Política, y enla Ley N.° 26656, ha resuelto acceder a la peti-ción formulada por el señor Presidente Consti-tucional de la República y, en consecuencia, au-

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torizarlo para que, en ejercicio de la función pre-sidencial, pueda efectuar viajes al exterior entreel 16 de julio y el 15 de octubre del año 2000.

La presente Resolución Legislativa entra en vi-gencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial �El Peruano�

Comuníquese, etc."

"Votación de la Resolución Legislativa queautoriza al señor Presidente de la Repúbli-ca a efectuar viajes al exterior entre el 16

de julio y el 15 de octubre

Señores congresistas que votaron a favor:Amorín Bueno, Amuruz Gallegos, Barbarán Ren-gifo, Bartra Gonzales, Blanco Oropeza, CamposBaca, Chang Ching, Chávez Serrano, ChiroqueRamírez, Delgado Aparicio, Díaz Bringas, DíazDíaz, Espichán Tumay, Espinoza Matos, GutiérrezMercedes, Hermoza Ríos, Huamanchumo Rome-ro, Jhong Junchaya, Larrabure Gálvez, León Tre-lles, Marcenaro Frers, Martorell Flores, PandoPacheco, Patsías Mella, Pulgar Lucas, QuicañaAvilés, Ramos Santillán, Reátegui Trigoso, Re-ggiardo Sayán, Revilla Jurado, Reynafarje Aben-sur, Rodas Díaz, Ruiz Dávila, Salgado Rubianesde Paredes, Samalvides Dongo, Sánchez Vega,Sandoval Aguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, So-lier Gonzales, Urrelo Guerra, Vargas Marín, VegaAscencio, Velit Núñez, Vicuña Vásquez, VidarteCorrea, Vílchez Malpica, Villasante Chambi yZevallos Ríos.

Señores congresistas que votaron en con-tra: Alva Orlandini, Avendaño Valdez, BreñaPantoja, Cáceres Velásquez, Cardoso Romero,Cerro Moral, Coral Pérez, Donayre Lozano, Es-trada Choque, Estrada Pérez, Ferrero Costa, For-syth Mejía, García-Sayán Larrabure, Núñez Ro-mán, Pease García, Salazar Larraín, Salazar Var-gas y Velásquez Quesquén."

(Ley N.° 27322)Se aprueba el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión Agraria, con el cual seabsuelven las observaciones formuladas porel Poder Ejecutivo a la Autógrafa de la Ley

Marco de Sanidad Agraria

La señora PRESIDENTA.� El siguiente puntode la Agenda, señor Relator.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión Agraria, recaído en elProyecto de Ley N.° 4825/98-CR, en virtud delcual se levantan las observaciones formuladas por

el señor Presidente de la República a la Autógra-fa de la Ley Marco de Sanidad Agraria.(*)

La señora PRESIDENTA.� En debate el Pro-yecto de Ley N.° 4825/98-CR, referido a la LeyMarco de Sanidad Agraria, cuya autógrafa fueobservada por el señor Presidente de la Repúbli-ca.

Tiene la palabra el congresista Larrabure Gálvez,presidente de la Comisión Agraria, por diez mi-nutos.

El señor LARRABURE GÁLVEZ (C90-NM).�Señora Presidenta: Efectivamente, la Autógrafade la Ley Marco de Sanidad Agraria fue observa-da por el Presidente de la República, razón porla cual en la Comisión Agraria hemos elaboradoun proyecto sustitutorio con el que levantamoslas tres observaciones formuladas por el PoderEjecutivo y a las que voy a dar lectura.

La primera observación del Poder Ejecutivo es alartículo 3.° de la Autógrafa de Ley, mediante elcual se faculta a la Autoridad Nacional en Sani-dad Agraria, nombrando para este fin al actualServicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA)para que por Resolución Jefatural o por normade menor jerarquía dicte disposiciones que po-drían generar restricciones al comercio de mer-cancías bajo el argumento de proteger la sanidadvegetal y animal, por lo que podrían ser modifi-cadas en cualquier momento, con la consecuenteinestabilidad en los requisitos de importación.

El comentario que tenemos que hacer al respec-to es que el Acuerdo sobre la Aplicación de Medi-das Sanitarias y Fitosanitarias (AMSF) de laOrganización Mundial del Comercio (OMC) hasido ratificado por la Resolución Legislativa N.°26407; por lo tanto, ahora es ley para el país.

El citado Acuerdo establece como obligación delos países, entre ellos el Perú, que se asegurende que sus medidas sanitarias o fitosanitarias sólose apliquen en casos necesarios para proteger lasalud y vida de las personas y de los animales y/o para preservar los vegetales, siempre que talesmedidas estén basadas en principios científicos;y en caso no se tengan testimonios científicossuficientes, no se mantengan dichas medidas.

El artículo 2.° del mismo dice lo siguiente en susegundo párrafo: "Científicamente se establecenrequisitos en función del complejo producto-pro-blema fito o zoosanitario de origen", es decir, seestablecen requisitos en función de la planta o ani-mal o sus productos, los cuales serán de obligato-rio cumplimiento en el comercio internacional.

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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La facultad de establecer requisitos fito y zoosa-nitarios de importación de la Autoridad Nacio-nal en Sanidad Agraria no es ninguna innova-ción, ya que a nivel internacional se tienen algu-nos ejemplos, los mismos que son referentes muyimportantes para nuestro país, dada la orienta-ción agropecuaria y agroexportadora de dichospaíses.

Así tenemos que:

a) Los requisitos fito y zoosanitarios de importa-ción en Chile son fijados por resolución directoralde la Dirección de Protección Agrícola y de laDirección Nacional de Protección Pecuaria, res-pectivamente, del Servicio Agrícola y Ganadero(SAG); en ambos casos se trata de direccionessubordinadas a la Dirección Nacional, que es lamáxima autoridad administrativa.

El prestigio agroexportador de Chile es recono-cido a nivel internacional; a ello ha contribuidosignificativamente el SAG, como Autoridad enSanidad Agraria, ya que la ley de protección agrí-cola ha conferido a dichos organismos tales fa-cultades.

b) Los requisitos fito y zoosanitarios de importa-ción en Argentina son establecidos por la Direc-ción Nacional de Protección Agrícola y por laDirección de Sanidad Animal, respectivamente,del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroa-limentaria (SENASA); ambas direcciones estánsubordinadas a la Presidencia de SENASA, máxi-ma autoridad administrativa del servicio.

La segunda observación que formula el PoderEjecutivo es al artículo 7.° de la Autógrafa de Leyremitida por el Congreso, referido a los recursosfinancieros de la Autoridad Nacional en SanidadAgraria. Al respecto, debemos indicar que losrecursos que se aprueben anualmente por Leypara el Sector Público, entre ellos los del SENASA,se basan en proyecciones de ingresos y priorida-des de gasto ajustadas de acuerdo al ProgramaEconómico y la aplicación de la metodología parala elaboración y ejecución del presupuesto de cadaejercicio fiscal, correspondiendo a cada pliego efec-tuar las priorizaciones de sus gastos de confor-midad con los montos asignados por el Ministe-rio de Economía y Finanzas.

El comentario que tenemos que hacer a este res-pecto es que la redacción del artículo 7.° no secontrapone con la observación formulada por elPoder Ejecutivo, puesto que el texto del referidoartículo es plenamente compatible con lo dispues-to en la Ley de Presupuesto para el Sector Públi-co que anualmente se aprueba. Con esto estaría-mos levantando esta segunda observación.

La tercera observación que formula el Poder Eje-cutivo es a la Primera Disposición Complementa-ria, respecto de la cual dice lo siguiente: "La pri-mera disposición complementaria, al pretendersustraer las medidas sanitarias y fitosanitarias delmarco de garantías a la inversión nacional y ex-tranjera vigente desde 1991, afecta los mecanis-mos de control y transparencia otorgados por elEstado para consolidar la seguridad jurídica en estamateria".

El comentario que tenemos que hacer con rela-ción a esta tercera observación es que las medi-das fito y zoosanitarias tienen una connotacióntécnico-científica, la cual se expresa a través deun acto jurídico; en ese sentido, antes de anali-zar la legitimidad jurídica de una medida fito yzoosanitaria se debe evaluar si el sustento técni-co-científico es legítimo; y seguidamente exami-nar las formalidades jurídicas de su establecimien-to.

Al respecto, el INDECOPI tiene competencia ju-rídica para evaluar si las medidas fito y zoosani-tarias son o no restricciones burocráticas; peroes incompetente para determinar si el sustentotécnico-científico es legítimo o no.

El Perú, al suscribir el Acuerdo de Medidas Sa-nitarias y Fitosanitarias, está obligado a que cuan-do adopte una medida sanitaria y fitosanitariaésta sea necesaria y tenga un sustento técnico-científico y no discrimine de manera arbitraria oinjustificada, y asimismo no imponga restriccio-nes encubiertas al comercio.

Existe un antecedente en el Acuerdo de Carta-gena, en el cual se hace referencia a restriccio-nes de todo orden y exceptúa de tales restriccio-nes, entre otras, a las medidas destinadas a laprotección de la vida y salud de las personas, delos animales y de los vegetales. Ello se estableceen el artículo 72.° del Acuerdo de Cartagena, evi-dentemente, debido al carácter técnico-científi-co de dichas medidas.

De esta forma estamos levantando las tres ob-servaciones formuladas por el Poder Ejecutivo,luego de un prolijo trabajo realizado por los ase-sores de la Comisión Agraria.

Por consiguiente, los artículos en mención que-darían redactados de la forma siguiente:

"Artículo 3.°.� Medidas fito y zoosanitarias

Las medidas fito y zoosanitarias, emanadas envirtud de la presente Ley, serán establecidas porla Autoridad Nacional en Sanidad Agraria."

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"Artículo 7.°.� Recursos financieros de la Auto-ridad Nacional en Sanidad Agraria

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria con-tará con los recursos públicos autorizados en laLey Anual de Presupuesto Público."

"Disposiciones Complementarias Finales

Primera.� Carácter técnico y científico de lasmedidas fito y zoosanitarias

Las medidas fito y zoosanitarias contempladasen la presente Ley, en sus Reglamentos, así comolas demás disposiciones complementarias sobrela materia, por el carácter técnico y científico quelas sustentan, no constituyen medidas paraaran-celarias ni barreras burocráticas, de conformidadcon el Acuerdo sobre la Aplicación de MedidasSanitarias y Fitosanitarias de la OrganizaciónMundial de Comercio (OMC) y demás compro-misos internacionales asumidos por el país so-bre la materia."

Con las modificaciones pertinentes, estaríamoslevantando las observaciones formuladas por elPoder Ejecutivo a los artículos 3.°, 7.° y a la Pri-mera Disposición Complementaria Final de laAutógrafa de la Ley Marco de Sanidad Agraria.

Confío en que la Representación Nacional ten-drá a bien respaldar esta importante propuesta,que va a contribuir al desarrollo del sectoragropecuario y, por ende, al desarrollo del país.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Larrabure Gálvez.

Puede hacer uso de la palabra el señor ChiroqueRamírez.

El señor CHIROQUE RAMÍREZ (C90-NM).�Señora Presidenta: Confieso que no veo que estapropuesta vaya realmente a llevar mucho desa-rrollo al agro, como acaba de señalar el presiden-te de la Comisión Agraria; pero, desde luego, res-peto su opinión.

Creo sí que hay algunas novedades importantessobre este particular; pero quiero hacer una ob-servación, quizá una crítica fuerte, en lo que res-pecta al régimen laboral al que van a estar suje-tos los servidores de la Autoridad Nacional deSanidad Agraria (SENASA).

Debo recordar que el año pasado nosotros san-cionamos una ley con el fin de que los servidoresdel SENAMHI pasen al régimen laboral de la

actividad privada. Es necesario tener en cuentaque antes el SENAMHI proporcionaba la infor-mación que se le requería sin efectuar cobranzaalguna; sin embargo, este año acudí a esa insti-tución a solicitar algunos datos y, por proporcio-nármelos, me quisieron cobrar la suma de 800nuevos soles, a pesar de que me identifiqué comocongresista y de que les dije que requería esosdatos para un estudio.

Si yo me identifico como congresista y les digoque hemos sancionado una ley en favor de esainstitución, es con el fin de que ella cuente conalgunas facilidades y no para que efectúen co-bros abusivos a cambio de los datos que uno de-see solicitar.

El señor LARRABURE GÁLVEZ (C90-NM).�¿Me permite una interrupción, señor ChiroqueRamírez?

El señor CHIROQUE RAMÍREZ (C90-NM).�Déjeme hablar, por favor.

Lo que me preocupa, entonces, es que se estépasando al régimen de la actividad privada a ins-tituciones que son solventadas por el Erario Pú-blico. Si quieren establecer instituciones dentrodel régimen de la actividad privada, lógicamentees para que ellas compitan en igualdad de condi-ciones; pero no debería haber instituciones den-tro de dicho régimen solventadas por el ErarioPúblico, con ciertas ventajas que les otorga el pro-pio régimen.

A mí, como comenté hace un momento, se me haquerido cobrar una suma indebida en el SENA-MHI. Por tal razón, considero que el SENASAdebe prestar servicios al agro en forma gratuita,aunque pienso que de aquí en adelante el agronacional no tendrá fácil acceso a los servicios quebrinda esa institución.

Sólo quería dejar esto como una inquietud a sertomada en cuenta por la Representación Nacio-nal. Yo, señora Presidenta, soy agricultor, y porello me agradaría que el Estado siga prestandoservicios en forma gratuita a los agricultores.Ese régimen va a permitir al SENASA generarlos famosos recursos propios, que los utilizará,lógicamente, para gozar de ciertas comodidades.Sólo quisiera que se tome en cuenta lo que acabode expresar, a fin de que no proliferen aquellasinstituciones que, usufructuando del Erario Pú-blico y estando sujetas al régimen de la actividadprivada, se aprovechan de esta situación paraencarecer los servicios, tratando de conseguir losfamosos recursos propios.

Gracias, señora Presidenta.

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La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista Campos Baca.

El señor CAMPOS BACA (C90-NM).� Seño-ra Presidenta: Como autor de la propuesta endebate, quiero aclarar que el régimen laboral alque están sujetos los trabajadores que en estemomento existen en el SENASA es el de la acti-vidad privada; en ningún momento hemos pre-tendido cambiarles de régimen. De lo que se tra-ta es de mantener a esos trabajadores en su ac-tual régimen laboral, como es el caso de el IIAP yotras instituciones; pero el SENASA sigue sien-do un organismo público descentralizado del Es-tado y presta servicios gratuitos a los agriculto-res en lo que respecta a la prevención y controlde plagas, enfermedades e intromisión de orga-nismos genéticamente modificados, entre otros.

Sólo quería aclarar que a través de esta propues-ta no estamos cambiando el régimen laboral delos trabajadores que actualmente existen en elSENASA.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista Larrabure Gálvez.

El señor LARRABURE GÁLVEZ (C90-NM).�Señora Presidenta: Debo subrayar que lo que estáen debate en este momento son las observacio-nes formuladas por el Poder Ejecutivo a la Autó-grafa de la Ley Marco de Sanidad Agraria, lascuales ya han sido levantadas.

Lamento que el congresista Chiroque Ramírezhaya estado distraído cuando, en mi condición depresidente de la Comisión Agraria, le solicité lainterrupción; creo que lo menos que pudo hacerél en ese momento, según las reglas de cortesía enel Parlamento �sobre todo, tratándose de dos co-legas de la misma bancada�, fue conceder la inte-rrupción que se le estaba solicitando. Sé que es supotestad y su derecho; pero, en fin, lo perdono.

Por otro lado, debo señalar que el colega se ha re-ferido a un artículo que no ha sido motivo de ob-servación alguna por parte del Poder Ejecutivo,respecto del cual el congresista Campos Baca haresuelto su inquietud al decir que el régimen la-boral al que están sujetos los trabajadores del SENA-SA se encuentra contemplado en la Ley N.° 29502,Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura.

Sólo quería aclarar este punto y solicitar el res-paldo de la Representación Nacional para la apro-bación de esta propuesta legislativa.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista Chiroque Ramírez, por haber sidoaludido.

El señor CHIROQUE RAMÍREZ (C90-NM).�Señora Presidenta: Debo decir al colega LarrabureGálvez, en primer lugar, que tengo el derecho deexpresarme cuantas veces lo considere necesa-rio; y en segundo lugar, que en ningún momentohe estado distraído, puesto que, como agricul-tor, conozco muy bien los alcances de esta pro-puesta, estoy en mejor condición que muchaspersonas para discutirla y sé perfectamente loque puede pasar en la agricultura con los dispo-sitivos que hoy se están dando.

Creo que por decir esto no necesito pedir perdóna nadie; lo que sí tengo que hacer es ofrecer dis-culpas por no haber concedido la interrupción queme solicitó el colega Larrabure Gálvez.

Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Tiene la palabrael congresista León Trelles.

El señor LEÓN TRELLES (C90-NM).� Se-ñora Presidenta: Efectivamente, la Autógrafa dela Ley Marco de Sanidad Agraria, aprobada porel Pleno del Congreso, ha sido observada con fe-cha 5 de junio de 2000 por el Poder Ejecutivo. Alrespecto, debo decir que la Comisión Agraria hacumplido con levantar las observaciones formu-ladas a los artículos 3.° y 7.° y a la Primera Dis-posición Complementaria, porque considera quese trata de una propuesta que realmente va acontribuir al progreso del país; de este modo elPerú estará a la altura de aquellos países que hoycuentan con una legislación sobre la materia.

Como miembro de la Comisión Agraria, debo se-ñalar que estoy totalmente de acuerdo con la pro-puesta en debate, porque considero que a travésde ella se va a permitir la preservación y el con-trol de todo lo referente a la actividad agrícola yganadera del país. Sin embargo, a veces ocurrensituaciones imprevistas, como la que acaba desuceder con el ingeniero Chiroque Ramírez, queestá acostumbrado a expresarse de esa forma,porque es su manera de ser y tiene derecho deexpresarse en la forma que mejor le parezca.

Por lo expuesto, solicito a la Presidencia que pa-semos a la votación de esta propuesta legislati-va, que estoy seguro será aprobada por este Con-greso, porque el país la necesita tanto para sudesarrollo como para el control fito y zoosanitariorespectivo.

Muchas gracias.

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La señora PRESIDENTA.� Puede hacer usode la palabra el congresista Breña Pantoja.

El señor BREÑA PANTOJA (DEMO).� Se-ñora Presidenta: Deseo hacer algunas observa-ciones formales en relación con la propuesta endebate.

En primer lugar, debo decir que la Cuarta Dispo-sición Complementaria Transitoria, de la entra-da en vigencia, no puede formar parte del Capí-tulo VIII en el cual figura, porque la entrada envigencia de una ley... No sé si puede escucharmeel señor Larrabure Gálvez, presidente de la Co-misión Agraria, que en este momento está con-versando con su asesor.

El señor LARRABURE GÁLVEZ (C90-NM).�Lo estoy escuchando atentamente, estimado co-lega.

El señor BREÑA PANTOJA (DEMO).� De-cía, señor Presidenta, que la Cuarta DisposiciónComplementaria Transitoria, de la entrada envigencia, no puede formar parte del Capítulo VIIIen que está incluida, porque su contenido no co-rresponde a una disposición complementaria tran-sitoria; ése es un error de técnica jurídica quedebe corregirse.

Por otro lado, en la Segunda Disposición Comple-mentaria Transitoria, referida a la reglamenta-ción, dice: "El Reglamento de la presente ley ynormas complementarias..."; éste es un aspectosobre el cual ya ha habido un extenso debate, aun-que pienso que sería bueno insistir en ello. En estadisposición sobre el reglamento no puede habernormas complementarias, porque éstas tienencarácter de ley y, como todos sabemos, las leyessolamente las dicta el Congreso o el Poder Ejecu-tivo por delegación de facultades legislativas. Porlo tanto, sugiero que en esa disposición se supri-ma la expresión "normas complementarias" y quesimplemente diga: "El Reglamento de la presenteLey será dado en un plazo de 90 días a partir de lavigencia de la presente ley", nada más; ésa seríauna técnica mucho más precisa y depurada.

Y aprovechando esta intervención, quisiera soli-citar al presidente de la Comisión Agraria quepreste mayor interés a los agricultores hoy día.Digo esto porque en el diario Gestión, de fecha22 de junio, justamente aparece un reclamo so-bre las necesidades de muchos agricultores delpaís, que hasta el momento no han sido atendi-das. En el artículo publicado se hace referenciaal Decreto de Urgencia N.° 031, que dispone losprocedimientos para la reprogramación del pagode los créditos agrarios; y además se dice que losbancos no quieren participar en este proceso y

que lo único que desean es recuperar los créditosotorgados.

De tal manera que al haber una cobranza coacti-va por un monto que podría ascender a 10 millo-nes de dólares, los bancos procederían a rematarlas tierras de los campesinos. Ante tal situación,haría un llamado al señor Larrabure Gálvez, pre-sidente de la Comisión Agraria, para que en es-tos últimos días de la presente legislatura se preo-cupe por lo que al respecto viene ocurriendo, aefecto de que los bancos se interesen por el pro-cedimiento de reprogramación referido, con el finde que los agricultores peruanos no se vean en lasituación de perder sus tierras al ser éstas re-matadas por los bancos.

Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Breña Pantoja.

Tiene la palabra el congresista Larrabure Gálvez,presidente de la comisión informante.

El señor LARRABURE GÁLVEZ (C90-NM).�Señora Presidenta: Reitero, lo que se encuentraen debate en este momento son las tres observa-ciones formuladas por el Poder Ejecutivo a la Autó-grafa de la Ley Marco de Sanidad Agraria, las cualesya han sido levantadas en mi intervención ante-rior. En ese sentido, considero que todo lo dichopor el congresista Breña Pantoja es accesorio, te-niendo en cuenta que sus sugerencias pudieronhaberse tratado cuando se discutió la propuestaoriginal.

En consecuencia, pido que de una vez se pase avotación.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� De acuerdo, se-ñor congresista.

Antes de proceder a votar, se va a registrar laasistencia mediante el sistema electrónico.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

La señora PRESIDENTA.� Han registradosu asistencia 74 señores congresistas.

Se va a votar el texto sustitutorio propuesto porla Comisión Agraria.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

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�Efectuada la votación, se aprueba, por 49votos a favor, 4 en contra y 19 abstenciones,el texto sustitutorio, propuesto por la Co-misión Agraria, con el cual se absuelven lasobservaciones formuladas por el Poder Eje-cutivo a la Autógrafa de la Ley Marco deSanidad Agraria.

La señora PRESIDENTA.� Ha sido aproba-da la propuesta.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY MARCO DE SANIDAD AGRARIA

Capítulo I

Disposiciones Generales

Artículo 1.°.� Objeto

La presente Ley tiene por objeto:

a) La prevención y control de plagas y enferme-dades que representan riesgo para la sanidadagraria del país.

b) El desarrollo de las actividades y servicios fitoy zoosanitarios, orientados al incremento de laproducción y productividad agropecuaria, así comoa promover las condiciones sanitarias favorablespara el desarrollo sostenido de la agroexportación.

c) La regulación de la calidad sanitaria en la pro-ducción, comercialización, uso y disposición fi-nal de insumos agropecuarios.

Artículo 2.°.� Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación de la presente Ley es lasanidad agraria, comprendiendo la sanidad ve-getal y la salud animal, en todo el territorio na-cional.

Artículo 3.°.� Medida fito y zoosanitarias

Las medidas fito y zoosanitarias, emanadas envirtud de la presente Ley, serán establecidas porla Autoridad Nacional en Sanidad Agraria.

Artículo 4.°.� Definiciones

Las definiciones están contenidas en el Anexo dela presente Ley para ser empleadas para una co-rrecta y mejor interpretación.

Capítulo II

Organización Institucional

Artículo 5.°.� Autoridad Nacional en Sani-dad Agraria

5.1 La Autoridad Nacional en Sanidad Agrariaes el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SE-NASA), organismo público descentralizado delMinisterio de Agricultura, con personería jurídi-ca de derecho público interno, autonomía técni-ca, económica, financiera y administrativa. Cons-tituye un pliego presupuestal.

5.2 Asimismo, en la reglamentación de la pre-sente Ley se definirán sus instancias normativasy ejecutivas, y los niveles de responsabilidad y decoordinación con las demás autoridades regiona-les y nacionales.

Artículo 6.°.� Funciones y atribuciones dela Autoridad Nacional en Sanidad Agra-ria

Son funciones y atribuciones de la AutoridadNacional en Sanidad Agraria:

a) Organizar y asegurar la prestación de servi-cios tendientes al logro de sus objetivos.

b) Coordinar con instituciones públicas y priva-das las acciones pertinentes para la aplicación dela presente Ley, sus Reglamentos y disposicionescomplementarias sobre la materia.

c) Proponer, establecer y ejecutar, según el caso,la normatividad jurídica, técnica y administrati-va necesaria para la aplicación de la presente Ley,sus Reglamentos y disposiciones complementa-rias, a efectos de prevenir la introducción, esta-blecimiento y diseminación de plagas y enferme-dades; controlarlas y erradicarlas.

d) Mantener y fortalecer el sistema de cuarente-na, con la finalidad de realizar el control e ins-pección fito y zoosanitario, según sea el caso, delflujo nacional e internacional de plantas y pro-ductos vegetales, animales y productos de origenanimal, capaces de introducir o diseminar pla-gas y enfermedades.

e) Mantener y fortalecer los sistemas de vigilan-cia y diagnóstico de plagas y enfermedades.

f) Realizar los Análisis de Riesgo de Plagas yEnfermedades previos al establecimiento de lasregulaciones fito y zoosanitarias necesarias.

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g) Promover, orientar y colaborar con los orga-nismos responsables en programas de investiga-ción y extensión en materia de sanidad agraria,con especial énfasis en Programas de ManejoIntegrado de Plagas y en materia de inocuidadalimentaria.

h) Promover y participar en la armonización yequivalencia internacional de normas y medidassanitarias y fitosanitarias.

i) Conducir y mantener el Sistema de Registro yActividades Posregistro de Insumos Agropecua-rios, y coordinar cuando sea procedente, con lasAutoridades competentes de Salud y Ambiente,los aspectos relacionados con la evaluación y elmanejo de los riesgos.

j) Formular y ejecutar programas integrales deeducación y capacitación en sanidad agraria diri-gidos a sus funcionarios y a usuarios del siste-ma.

k) Mantener el sistema de comunicación, infor-mación y estadística, elaborando y ejecutandoprogramas de divulgación técnica y comunicaciónsocial en materia de sanidad agraria.

l) Promover la suscripción y asegurar el cumpli-miento de convenios con instituciones naciona-les y extranjeras, de los sectores público y priva-do, destinados a la promoción de la sanidad agra-ria; y participar en representación del Perú enlas negociaciones técnicas de convenios y acuer-dos internacionales sobre la materia.

m) Gestionar, en concordancia con el marco nor-mativo vigente, la asistencia técnica y financierade organismos nacionales e internacionales parafortalecer la sanidad agraria nacional y, de ser elcaso, ejecutar los respectivos proyectos.

n) Contribuir, en coordinación con organismospúblicos y privados, al desarrollo sostenido delmedio ambiente, evitando el deterioro que pue-da derivarse de las actividades agropecuarias ysanitarias.

O) Declarar áreas libres o de baja prevalencia deplagas y enfermedades.

p) Declarar e implementar el estado de emergen-cia fito y zoosanitaria ante la presencia de plagaso enfermedades de interés cuarentenario o eco-nómico.

q) Ordenar la destrucción, retorno o disposiciónfinal de productos de riesgo fito y zoosanitario.

r) Establecer las medidas fito y zoosanitarias parala importación, uso y otras actividades que se rea-licen con Organismos Vivos Modificados.

s) Establecer y conducir el Sistema de Aproba-ción Interno para la delegación de funciones apersonas naturales o jurídicas, debidamente ca-lificadas en sanidad agraria.

t) Las demás contenidas en la presente Ley, susReglamentos y disposiciones complementariassobre la materia.

Artículo 7.°.� Recursos financieros de laAutoridad Nacional en Sanidad Agraria

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria con-tará con los recursos públicos autorizados en laLey Anual de Presupuesto del Sector Público.

Artículo 8.°.� Régimen laboral

Los servidores de la Autoridad Nacional en Sa-nidad Agraria están sujetos al régimen laboralde la actividad privada.

Artículo 9.°.� Remuneraciones y beneficios

Las remuneraciones y beneficios de los servido-res de la Autoridad Nacional en Sanidad Agrariaen todos sus niveles jerárquicos estarán sujetosa la escala remunerativa aprobada por decretosupremo refrendado por el Ministro de Econo-mía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura.

Artículo 10.°.� Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la Autoridad Nacionalen Sanidad Agraria

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria que-da facultada, de acuerdo con la naturaleza espe-cial de sus actividades, para modificar el Regla-mento de Organización y Funciones, el Manualde Organización y Funciones y la ampliación delCuadro de Asignación de Personal, con cargo a lageneración de sus propios recursos presupues-tales.

Artículo 11.°.� Órganos consultivos

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria con-tará con el apoyo de Comisiones Nacionales decarácter consultivo y de asesoramiento, en ma-teria de sanidad vegetal, animal, insumos agrope-cuarios y otras que se establezcan en el Regla-mento de la presente Ley. La organización y fun-ciones de las mencionadas comisiones serán de-finidas en sus respectivos Reglamentos de Orga-nización y Funciones.

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Artículo 12.°.� Aprobación y acreditación

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, paraasegurar el cumplimiento de la presente Ley, susReglamentos y disposiciones complementarias,podrá, mediante aprobación interna o a travésdel Sistema de Acreditación Oficial, delegar fun-ciones a personas naturales o jurídicas, de lossectores público y privado, interesadas y debi-damente calificadas, para la prestación de servi-cios en los aspectos de sanidad agraria que elladetermine.

Para la delegación a que hace referencia el pá-rrafo anterior, le corresponde a la Autoridad Na-cional en Sanidad Agraria:

a) Adoptar y aprobar los procedimientos técni-cos y administrativos en el caso de aprobacióninterna, así como los procedimientos técnicos yadministrativos complementarios en el caso deacreditación.

b) Establecer los requisitos para acceder a la de-legación.

c) Calificar, autorizar y supervisar a las personasque accedan a la delegación, en el caso de apro-bación interna.

Artículo 13.°.� Rol del Sector Privado

En la aplicación de la presente Ley, la AutoridadNacional en Sanidad Agraria fomentará la parti-cipación del sector privado representado por lasorganizaciones gremiales, los agentes económi-cos agrarios y otros actores vinculados con la ac-tividad agraria.

Artículo 14.°.� Coordinación y apoyo a laAutoridad Nacional en Sanidad Agraria

La Autoridad Nacional de Aduanas, la PolicíaNacional, las instituciones o empresas operado-ras de puertos, aeropuertos, terminales terres-tres, correos y demás autoridades civiles, políti-cas, militares y judiciales deberán brindar apoyoa la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria enel ejercicio de sus funciones, permitiendo el ac-ceso a sus instalaciones y brindando las facilida-des de infraestructura; si fuere necesario median-te convenio o contrato, para la aplicación de lasdisposiciones de la presente Ley, bajo responsa-bilidad. Para la operación de los Puestos de Con-trol Cuarentenario, la Policía Nacional debe des-tacar personal permanente, con el fin de hacercumplir las disposiciones de obligatoriedad delcontrol, esto es, el estacionamiento de todos losvehículos de carga y pasajeros para ser inspec-cionados.

Capítulo III

Protección Fito y Zoosanitaria Interna

Artículo 15.°.� Movilización dentro del te-rritorio nacional

La movilización de plantas y productos vegeta-les, animales y productos de origen animal, cuandoconstituya riesgo, será restringida; para lo cual,la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria esta-blecerá, mediante dispositivos legales, las medi-das fito y zoosanitarias específicas. La moviliza-ción de productos no regulados será libre en todoel territorio nacional.

Artículo 16.°.� Declaración de Área Libreo de baja prevalencia de plagas y enferme-dades

Compete a la Autoridad Nacional en SanidadAgraria declarar Áreas Libres o de baja preva-lencia de plagas y enfermedades y realizar lasgestiones oportunas y necesarias para su reco-nocimiento ante los organismos internacionalescompetentes. Asimismo, dictará las medidas ne-cesarias para mantener dicho estado. En caso dereinfestaciones, deberá cancelar el estado de ÁreaLibre.

Artículo 17.°.� Estado de emergencia fitoy zoosanitaria

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria po-drá declarar el estado de emergencia fito yzoosanitaria ante la presencia de plagas y enfer-medades de importancia cuarentenaria o econó-mica que pongan en riesgo la producción agro-pecuaria nacional. Para dicho efecto, deberá dic-tar las medidas necesarias de cumplimiento obli-gatorio y por un tiempo perentorio, el cual debe-rá ser precisado. Asimismo, la implementaciónde los estados de emergencia a que hace referen-cia el presente artículo, si fuere necesario, debe-rá tener fondos especiales de contingencia.

El Reglamento correspondiente establecerá losprocedimientos y alcances de dicha declaratoriade emergencia, así como las disposiciones para elmanejo de los fondos especiales de contingencia.

Artículo 18.°.� Denuncia de plagas y enfer-medades

Toda persona se encuentra obligada a denunciar,ante la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria,la presencia de plagas y enfermedades de impor-tancia cuarentenaria, así como de aquellas quepor primera vez se determine su presencia en elpaís.

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La Autoridad Nacional citada es la única autori-zada en el país para hacer el reporte oficial dedichas plagas y enfermedades.

Artículo 19.°.� Obligatoriedad de poner enpráctica las medidas fito y zoosanitariasadoptadas

Las medidas fito y zoosanitarias que se adoptenpara el control de plagas y enfermedades denun-ciadas de conformidad con el artículo precedenteserán de cumplimiento obligatorio por parte delos propietarios u ocupantes, bajo cualquier títu-lo, del predio o establecimiento respectivo, o alos propietarios o transportistas del lote de pro-ductos de que se trate, inclusive con recursospropios si fuere necesario. En caso de incumpli-miento de la obligatoriedad y los plazos fijadospor la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria,ésta podrá disponer, a costo del responsable, laejecución de las medidas necesarias, sin ningunaresponsabilidad patrimonial para el Estado.

Artículo 20.°.� Campañas fito y zoosanita-rias

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria ten-drá a su cargo la organización, coordinación, pro-moción, supervisión y ejecución de campañas fitoy zoosanitarias. Para su desarrollo podrá celebraro promover la celebración de convenios con or-ganismos regionales o locales, públicos o priva-dos, nacionales e internacionales, así como orga-nizaciones representativas de los productores ogrupos de agricultores, quienes participarán enel desarrollo de las actividades correspondientes.

Artículo 21.°.� Inspecciones

21.1 La Autoridad Nacional en Sanidad Agrariapodrá inspeccionar en cualquier momento el es-tado sanitario de plantas y productos vegetales,animales y productos de origen animal, insumosagropecuarios, nacionales o importados, incluyen-do las condiciones de los materiales de empaque,embalaje, acondicionamiento y medios de trans-porte sin excepción, al nivel de producción, dis-tribución, comercialización y almacenamiento. Deacuerdo con los resultados de la inspección y deconformidad con la presente Ley y sus Reglamen-tos, la autoridad determinará, según correspon-da y a costo del propietario, su inmovilización,tratamiento, comiso, destrucción o disposiciónfinal. En casos necesarios, podrá requerir el apo-yo de la fuerza pública.

21.2 Los propietarios u ocupantes bajo cualquiertítulo, del predio o establecimiento respectivo, ylos propietarios del lote de productos de que setrate, se encuentran obligados a permitir el ac-

ceso de la Autoridad y a colaborar con ella en elejercicio de sus funciones

Capítulo IV

Sanidad Agraria Exterior

Artículo 22.°.� Importación

22.1 La importación de plantas y productos ve-getales, animales y productos de origen animal,insumos agropecuarios, organismos benéficos,materiales de empaque, embalaje y acondiciona-miento, cualquier otro material capaz de intro-ducir o propagar plagas y enfermedades, así comolos medios utilizados para transportarlos, se su-jetarán a las disposiciones que establezca, en elámbito de su competencia, la Autoridad Nacio-nal en Sanidad Agraria.

22.2 Practicada la revisión de los documentos queamparan la importación y efectuadas las inspec-ciones correspondientes, la Autoridad podrá dis-poner, con el debido sustento técnico y legal, y acosto del importador o destinatario, las medidasa que hubiera lugar, incluyendo el muestreo paraanálisis de laboratorio, inmovilización temporal,tratamiento, aislamiento, cuarentena posentrada,industrialización, comiso, reembarque, destruc-ción y disposición final, incluidos el sacrificio deanimales enfermos y la cremación o inhumaciónde sus cadáveres; conforme a lo que se determi-ne en sus Reglamentos y disposiciones comple-mentarias.

22.3 A los productos que cumplan con las dispo-siciones fito y zoosanitarias de importación se lesexpedirá las licencias correspondientes para suingreso al país.

Artículo 23.°.� Aplicación de las normas deimportación a envíos postales, equipajes yotros

23.1 Las disposiciones establecidas en el artículoprecedente son aplicables a envíos postales; todaclase de equipajes y encomiendas, incluyendo losde los diplomáticos, funcionarios del gobierno ypersonal de las fuerzas armadas y policiales, fun-cionarios de gobiernos extranjeros, organismosinternacionales y tripulantes; así como a los de-sechos de naves, aeronaves, trenes, autobuses yotros medios de transporte.

23.2 Las empresas de transporte aéreo, terres-tre, marítimo, lacustre y fluvial se encuentranobligadas a comunicar permanentemente y, bajoresponsabilidad, estas disposiciones a sus tripu-lantes y, de ser el caso, a sus pasajeros.

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23.3 La Autoridad Nacional en Sanidad Agrariaintegrará y participará en el Comité de Recep-ción de embarcaciones marítimas, fluviales ylacustres, que transporten plantas, productosvegetales, animales o productos y subproductosde origen animal.

Artículo 24.°.� Exportación

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, asolicitud del interesado, realizará la certificaciónfito y zoosanitaria, previa inspección, de plantasy productos vegetales, animales y productos deorigen animal; así como la certificación de insumosagropecuarios destinados a la exportación.

Artículo 25.°.� Tránsito por el territorionacional

El tránsito terrestre, fluvial y lacustre por el te-rritorio con destino a otro país de plantas y pro-ductos vegetales, animales y productos de origenanimal, materiales de empaque, embalaje y acon-dicionamiento, y cualquier otro material capazde introducir o diseminar plagas y enfermeda-des, se sujetará a las disposiciones fito y zoosa-nitarias adoptadas por la Autoridad Nacional enSanidad Agraria.

El tránsito marítimo y aéreo por el territorio condestino a otro país quedará excluido de cumplirlas disposiciones fito y zoosanitarias a que hacereferencia el párrafo precedente, siempre que lasnaves no realicen descargas en puertos o aero-puertos del país.

Capítulo V

Insumos Agropecuarios

Artículo 26.°.� Semillas y materiales depropagación

Las semillas y cualquier material de propagaciónde los vegetales se sujetarán a las medidasfitosanitarias que la Autoridad Nacional en Sa-nidad Agraria determine.

Artículo 27.°.� Plaguicidas de uso agrícola

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es laresponsable de llevar y conducir el Registro dePlaguicidas de Uso Agrícola en el país; de ejecu-tar las actividades de control y fiscalización en lafabricación, importación, formulación, envasadoy comercialización; así como de coordinar las ac-tividades posregistro, debiendo para ello convo-car y concertar la participación de otros sectoreso áreas especializadas para la evaluación del ries-go, para la salud humana y el ambiente; de acuer-

do al Reglamento de la presente Ley y normascomplementarias.

Artículo 28.°.� Agentes y productos bioló-gicos para el control de plagas

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es laresponsable de llevar y conducir el Registro deAgentes y Productos Biológicos para el controlde plagas agrícolas en el país y de reglamentarsu importación e introducción, investigación,manipulación, producción, transporte, almacena-miento, comercialización y uso; de acuerdo alReglamento de la presente Ley y sus normas com-plementarias.

Artículo 29.°.� Productos farmacéuticos ybiológicos de uso veterinario y alimentospara animales

La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es laresponsable de llevar y conducir el Registro deProductos Farmacéuticos y Biológicos de UsoVeterinario y Alimentos para Animales en el País;y, de ejecutar las actividades, su control y fiscali-zación en la fabricación, importación, formula-ción, envasado y comercialización, así como decoordinar las actividades posregistro, debiendopara ello convocar y concertar la participaciónde otros sectores o áreas especializadas para laevaluación del riesgo, para la salud humana yanimal, y el ambiente; de acuerdo al Reglamentode la presente Ley y disposiciones complementa-rias sobre la materia.

Artículo 30.°.� Organismos Vivos Modifi-cados y sus productos

La introducción, investigación, manipulación,producción, transporte, almacenamiento, libera-ción, conservación, comercialización, uso y ma-nejo de Organismos Vivos Modificados y sus pro-ductos, de uso agropecuario, se sujetarán a lasmedidas fito y zoosanitarias adoptadas por laAutoridad Nacional en Sanidad Agraria, de con-formidad con el Reglamento de la presente Ley,normas concordantes y complementarias sobrela materia.

Capítulo VI

Infracciones y Sanciones

Artículo 31.°.� Competencia para conocerde las infracciones e imponer las sanciones

Compete a la Autoridad Nacional en SanidadAgraria conocer de las infracciones a la presenteLey, sus Reglamentos y disposiciones complemen-tarias sobre la materia e imponer las sanciones

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correspondientes, sin perjuicio de las accionesciviles y penales que correspondan.

Artículo 32.°.� Infracciones

Las infracciones a las disposiciones de la presen-te Ley serán establecidas en sus Reglamentos ydisposiciones complementarias sobre la materia.

Artículo 33.°.� Sanciones y reincidencia

33.1 Las infracciones a la presente Ley estableci-das en sus Reglamentos y disposiciones comple-mentarias serán sancionadas con multas expre-sadas en fracciones o enteros de la Unidad Im-positiva Tributaria (UIT) vigente y calculadas almomento de la comisión de la infracción. Podrá,asimismo, disponerse con carácter accesorio:

a) La denegación, suspensión o cancelación de losregistros, permisos, certificados o autorizacionescorrespondientes.

b) El comiso, destrucción o disposición final delos productos objetos de la infracción.

c) La clausura de establecimientos.

d) La publicación de las sanciones impuestas enel diario oficial �El Peruano� u otro medio de co-municación escrita de circulación nacional o re-gional.

33.2 En caso de reincidencia, se duplicará la multaimpuesta y, de ser el caso, se aplicarán sancionesaccesorias adicionales.

Artículo 34.°.� Recursos impugnativos

Contra la decisión de la Autoridad Nacional enSanidad Agraria que impone la sanción, el afec-tado podrá imponer recursos impugnativos, deconformidad a la legislación nacional vigente so-bre procedimientos administrativos, y a lo esta-blecido en el Reglamento de la presente Ley y dis-posiciones complementarias sobre la materia.

Capítulo VII

Disposiciones Complementarias Finales

Primera.� Carácter técnico y científico delas medidas fito y zoosanitarias

Las medidas fito y zoosanitarias contempladasen la presente Ley, en sus Reglamentos, así comolas demás disposiciones complementarias sobrela materia, por el carácter técnico y científico quelas sustentan, no constituyen medidas paraaran-celarias ni barreras burocráticas, de conformidad

con el Acuerdo sobre la Aplicación de MedidasSanitarias y Fitosanitarias de la OrganizaciónMundial de Comercio (OMC) y demás compro-misos internacionales asumidos por el país so-bre la materia.

Segunda.� Facultad de dictar medidas quefaciliten las actividades fito y zoosanitaria

Quedan exceptuadas de las restricciones estable-cidas en el Decreto Ley N.° 25629 y en el DecretoLey N.° 25909, las medidas que se dicten al am-paro de la presente Ley.

Capítulo VIII

Disposiciones ComplementariasTransitorias

Primera.� Períodos de transición

Las solicitudes recibidas por la Autoridad Nacio-nal en Sanidad Agraria antes de la entrada envigor de la presente Ley seguirán su curso deacuerdo a la legislación vigente al momento de laapertura de los respectivos expedientes. Se reco-noce plena validez a los registros, permisos, au-torizaciones, certificados y licencias expedidas conanterioridad a la fecha de entrada en vigor deesta Ley, cuando se ajusten plenamente a las dis-posiciones de la legislación que se deroga.

Segunda.� Reglamentación

El Reglamento de la presente Ley y normas com-plementarias sobre la materia se dará a travésdel Ministerio de Agricultura, mediante decreto(s)supremo(s), en un plazo de noventa (90) días con-tados a partir de la fecha de entrada en vigenciade la presente Ley.

Tercera.� Aplicación ultractiva de normasreglamentarias

En tanto se expidan los Reglamentos y disposi-ciones complementarias de la presente Ley, seaplican ultractivamente las normas contenidasen el Decreto Supremo N.° 0017 del 4 de mayo de1949, el Decreto Supremo N.° 016-76-AL, la Re-solución Suprema N.° 117-76-AL, el Decreto Su-premo N.° 015-95-AG, el Decreto Supremo N.° 015-98-AG y sus correspondientes modificatorias yampliatorias con las sanciones que contienen, entodo lo que no se opongan a la presente Ley.

Cuarta.� Entrada en vigencia

La presente Ley entrará en vigencia a partir deldía siguiente de su publicación en el diario ofi-cial �El Peruano�.

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Capítulo IX

Disposición Complementaria Derogatoria

Única.� Derogatoria de normas

Derógase la Ley N.° 1221, del 31 de diciembre de1909; la Ley N.° 4638, del 28 de marzo de 1927;la Ley N.° 26558, del 28 de diciembre de 1995; ydemás normas que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese, etc."

Anexo

Agentes Biológicos para el Control de Pla-gas.� Enemigos naturales, antagonistas, com-petidores u otras entidades bióticas capaces dereproducirse y que son utilizados para el controlde plagas.

Análisis del Riesgo.� Evaluación del riesgo deuna plaga o enfermedad y manejo de dicho ries-go.

Animal.� Para efectos de la salud animal, cual-quier mamífero (con excepción de los mamíferosmarinos) o ave de las especies domésticas y sal-vajes.

Aprobación.� Acto por el cual la AutoridadNacional en Sanidad Agraria reconoce a perso-nas naturales o jurídicas como aptas para operarcomo Organismos de Certificación, Unidades deVerificación o Laboratorios de Prueba.

Área de Baja Prevalencia de Plagas.� Zonadesignada por las autoridades competentes quepuede abarcar la totalidad de un país, parte deun país o la totalidad o partes de varios países,en la que una determinada plaga o enfermedadno existe mas que en escaso grado y que está su-jeta a medidas eficaces de vigilancia, lucha con-tra la plaga o enfermedad o erradicación de lamisma.

Área Libre de Plagas o Enfermedades.�Área designada por la Autoridad Nacional enSanidad Agraria, que puede abarcar la totalidadde un país, parte de un país o la totalidad o par-tes de varios países, en la que no existe una de-terminada plaga o enfermedad.

Autoridad Nacional de Aduanas.� Para losefectos de la presente Ley, es la SuperintendenciaNacional de Aduanas (ADUANAS), o quien hagasus veces.

Campaña Fito y Zoosanitaria.� Conjunto demedidas fito y zoosanitarias para la prevención,

combate y erradicación de plagas y enfermeda-des que afectan a las plantas, productos vegeta-les, animales y productos animales en un áreageográfica determinada.

Control.� La supresión, contención o erradi-cación de una población de plagas y enfermeda-des.

Cuarentena.� Disposiciones a la movilizaciónde mercancías que se establecen en normas lega-les, con el propósito de prevenir o retardar la in-troducción de plagas y enfermedades en áreasdonde no se sabe que existan, o bien para confi-narlas.

Enfermedad.� Es el desequilibrio fisiológicoen el animal que altera el entorno de éste, pu-diendo propagarse a otros animales.

Estado de Emergencia.� Conjunto de medi-das fito y zoosanitarias emergentes que seimplementan para combate y erradicación de pla-gas y enfermedades cuarentenarias y de impor-tancia económica, detectadas en un área geográ-fica específica o foco de infestación delimitado.

Evaluación del Riesgo.� Evaluación de laprobabilidad de entrada, radicación o disemina-ción de plagas o enfermedades en todo o partedel territorio nacional, de conformidad con lasmedidas fito y zoosanitarias que pudieran apli-carse; así como de las posibles consecuencias bio-lógicas, económicas y ambientales conexas; o eva-luación de los posibles efectos perjudiciales parala salud de las personas y de los animales prove-nientes de la presencia de aditivos, contaminan-tes, toxinas u organismos patógenos en alimen-tos y piensos de origen animal o vegetal.

Insumos Agropecuarios.� Para efectos de laaplicación de la presente Ley, el término compren-de plaguicidas químicos de uso agrícola, fertili-zantes y abonos, semillas y material de propaga-ción de vegetales, agentes y productos biológicospara el control de plagas, productos de uso vete-rinario y alimentos para animales.

Medida Sanitaria o Fitosanitaria.� Todamedida aplicada para: (i) proteger la salud y lavida de los animales o para preservar los vegeta-les, incluidas las especies forestales, de los ries-gos resultantes de la entrada, radicación o dise-minación de plagas, enfermedades y organismospatógenos o portadores de plagas; (ii) proteger lasalud y la vida de las personas y de los animales,de los riesgos resultantes de la presencia de adi-tivos, contaminantes, toxinas y organismos pa-tógenos en los productos alimenticios, las bebi-das y los piensos; (iii) proteger la salud y la vida

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de las personas, de los riesgos resultantes de en-fermedades propagadas por animales, vegetaleso productos de ellos derivados, o de la entrada,radicación o propagación de plagas; (iv) preveniro limitar otros perjuicios, resultantes de la en-trada, radicación o propagación de plagas.

Las medidas sanitarias y fitosanitarias compren-den todas las leyes, reglamentos, decretos, reso-luciones, prescripciones, requisitos y procedimien-tos pertinentes, incluyendo ínter alia, criteriosrelativos al producto final; proceso y métodos deproducción; procedimientos de prueba, inspección,certificación y aprobación; regímenes de cuaren-tena incluidas las prescripciones pertinentes aso-ciadas al transporte de animales y vegetales, o alos materiales necesarios para subsistencia en elcurso de tal transporte; disposiciones relativas alos métodos estadísticos, procedimientos demuestreo y de evaluación del riesgo pertinente;y prescripciones en materia de embalaje y eti-quetado directamente relacionado con la inocui-dad de los alimentos.

Norma Legal.� Las disposiciones en materiade sanidad agraria de carácter obligatorio expe-didas por la Autoridad Nacional en Sanidad Agra-ria.

Organismo Vivo Modificado.� Organismovivo que contiene a una combinación nueva dematerial genético obtenida mediante la aplica-ción de la biotecnología moderna. Se exceptúaexpresamente los genomas humanos.

Plaga de importancia Cuarentenaria.�Aquella definida como tal por la Autoridad Na-cional en Sanidad Agraria en razón de que puedetener importancia económica potencial para elárea en peligro, aun cuando la plaga no exista, osi existe, no está extendida y se encuentra bajocontrol oficial.

Plaga.� Para efecto de la sanidad vegetal, cual-quier especie, raza o biotipo, vegetal o animal, oagente patógeno dañino para las plantas y pro-ductos vegetales, las especies y productos fores-tales, los animales y productos de origen animal.

Para efecto de la salud animal, presencia de unagente biológico en un área determinada que cau-sa enfermedad en la población animal.

Plaguicidas de uso Agrícola.� Toda sustan-cia de naturaleza química o biológica que sola, oen combinación con coadyuvantes, se utilice paraprevenir, combatir y destruir insectos, ácaros,agentes patógenos, nemátodos, malezas, roedo-res u otros organismos nocivos para las plantas yproductos vegetales.

Plantas.� Plantas vivas y sus partes, incluyen-do semillas.

Puestos de Control Cuarentenario.� Lugardestinado al control de movilización e importa-ción de plantas, productos vegetales, animales yproductos de origen animal, para evitar la intro-ducción y diseminación de plagas y enfermeda-des cuarentenarias a través del flujo de pasaje-ros y mercaderías.

Predio o Establecimiento.� Todos los pre-dios en que existan o se establezcan áreas de cul-tivo, criaderos, viveros o depósitos de plantas; cen-tros de procesamiento o empaque o refrigeraciónde productos de origen animal; lugares donde seconcentren plantas o animales con motivo de fe-rias, exposiciones o eventos similares; estableci-mientos donde se presten servicios fito y zoo-sanitarios, incluidos los laboratorios, y los hospi-tales y clínicas veterinarias.

Producto Biológico para el control de Pla-gas de los Vegetales.� Toda sustancia de natu-raleza biológica que, en combinación con coadyu-vantes, se utilice para prevenir, combatir y des-truir insectos, ácaros, agentes patógenos, nemá-todos, malezas, roedores u otros organismos noci-vos para las plantas y productos vegetales.

Producto Biológico para efectos de la Sa-lud Animal.� Los reactivos biológicos, sueros,vacunas y material genético de origen microbianoo viral que puedan utilizarse, según sea el caso,para diagnosticar, tratar y prevenir enfermeda-des y plagas de los animales.

Producto Farmacéutico.� Aquellas sustan-cias de estructura físico-química determinada, deorigen mineral, vegetal, animal, sintético, semi-sintético o biotecnológico, que, convenientementeprescrita y aplicada, ejercen acción sobre el orga-nismo animal, con el propósito de prevenir, diag-nosticar, curar y/o tratar las enfermedades y pla-gas de los animales.

Productos Vegetales.� Material de origenvegetal en estado natural, incluyendo granos yaquellos productos manufacturados que por sunaturaleza o la de su procesamiento pueden cons-tituir peligro en la propagación de plagas.

Productos y Subproductos de Origen Ani-mal.� Designa a las carnes, productos de ori-gen animal destinados al consumo humano, a laalimentación, al uso farmacéutico, agrícola o in-dustrial.

Salud Animal.� Estado o condición de equili-brio entre los factores intrínsecos y extrínsecos

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en los animales, que determinan el comporta-miento fisiológico y productivo en las activida-des de cualquier especie animal.

Sanidad Vegetal.� Conservación del buen es-tado sanitario de individuos, poblaciones y pro-ductos que pertenecen al reino vegetal, conside-rándose las especies agrícolas y forestales."

"Votación del texto sustitutorio delProyecto de Ley N.° 4825/99-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Amorín Bueno, Amuruz Gallegos,Bartra Gonzales, Blanco Oropeza, Campos Baca,Chang Ching, Chávez Cossío de Ocampo, ChávezSerrano, Delgado Aparicio, Díaz Bringas, Díaz Díaz,Espichán Tumay, Flores Flores, Gutiérrez Mer-cedes, Hermoza Ríos, Huamanchumo Romero,Jhong Junchaya, Lam Álvarez, Larrabure Gálvez,León Trelles, Lozada de Gamboa, Marcenaro Frers,Martorell Flores, Matsuda Nishimura, PandoPacheco, Patsías Mella, Quicaña Avilés, ReáteguiTrigoso, Reggiardo Sayán, Reynafarje Abensur,Rodas Díaz, Ruiz Dávila, Ruiz Caro Álvarez,Salazar Larraín, Salgado Rubianes de Paredes,Samalvides Dongo, Sánchez Vega, SandovalAguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, Trelles Mon-tero, Umezawa Yokoyama, Urrelo Guerra, VargasMarín, Vega Ascencio, Vidarte Correa, Vílchez Mal-pica y Villasante Chambi.

Señores congresistas que votaron en con-tra: Cerro Moral, Chiroque Ramírez, DonayreLozano y Espinoza Matos.

Señores congresistas que se abstuvieron:Alva Orlandini, Barbarán Rengifo, Breña Pantoja,Cáceres Velásquez, Cardoso Romero, Del Casti-llo Gálvez, Estrada Choque, Estrada Pérez, Fer-nández Baca de Valdez, Flores-Aráoz Esparza,Forsyth Mejía, García-Sayán Larrabure, NúñezRomán, Olivera Vega, Pease García, Reto Neyra,Salazar Vargas, Velásquez Quesquén y Velit Nú-ñez."

(Ley N.° 27320)Se aprueba el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión de Infraestructura yTransporte, en virtud del cual se amplíanlos alcances del artículo 6.° del Texto Úni-co Ordenado de la Ley de Promoción delAcceso a la Propiedad Formal, aprobadomediante Decreto Supremo N.° 009-99-MTC

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Infraestructura yTransporte, recaído en el Proyecto de Ley N.°

5658/99-CR, por el cual se propone ampliar losalcances del artículo 6.° del Texto Único Ordena-do de la Ley de Promoción del Acceso a la Pro-piedad Formal.(*)

La señora PRESIDENTA.� En debate el tex-to sustitutorio contenido en el dictamen de laComisión de Infraestructura y Transporte, sobreel Proyecto de Ley N.° 5658/99-CR, remitido porel Poder Ejecutivo con carácter de urgente.

Puede hacer uso de la palabra la congresistaLozada de Gamboa, presidenta de la comisióninformante, por diez minutos.

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).�Señora Presidenta: El Proyecto de Ley N.° 5658/99-CR, remitido con carácter de urgente por elPoder Ejecutivo, propone ampliar los alcances delartículo 6.° del Texto Único Ordenado de la Leyde Promoción del Acceso a la Propiedad Formal,aprobado por Decreto Supremo N.° 009-99-MTC.

Al respecto, debo decir que mediante la Ley N.°26557 se delega al Poder Ejecutivo la facultad delegislar en asuntos de saneamiento físico-legalde asentamientos humanos en terrenos de pro-piedad fiscal, municipal o privada.

Por Decreto Legislativo N.° 803, Ley de Promo-ción de Acceso a la Propiedad Formal, se creó laComisión de Formalización de la Propiedad In-formal (COFOPRI), como organismo rector máxi-mo encargado de diseñar y ejecutar de maneraintegral, comprehensiva y rápida un programade formalización de la propiedad y de su mante-nimiento dentro de la formalidad, a nivel nacio-nal.

Con la Ley N.° 27046, se consolidan las reformasinstitucionales necesarias que permiten a CO-FOPRI diseñar un Procedimiento de Formaliza-ción de la Propiedad que garantice que "propie-dades y propietarios informales", cumpliendo lasdisposiciones legales, puedan acceder fácilmentea la propiedad debidamente saneada y registra-da del lote que ocupan.

Por otro lado, en el artículo 6.° de la Ley COFOPRIse determinan los recursos de dicha entidad, en-tre los cuales se encuentran los recursos recau-dados por la adjudicación de lotes comerciales atítulo oneroso, concordante con el artículo 3.° dela Ley N.° 27046, cuya Décima Primera Disposi-ción Complementaria facultó a COFROPI a ela-borar el Texto Único Ordenado del Decreto Legis-lativo N.° 803, aprobado mediante Decreto Su-premo N.° 099-99-MTC.

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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El proyecto de ley en debate, señora Presidenta,propone transferir a las municipalidades provin-ciales del país parte de los ingresos recaudadospor concepto de adjudicación de lotes comercia-les a título oneroso, en una proporción de 60%para COFOPRI y 40% para los gobiernos locales,a nivel provincial. Este porcentaje permitirá a lasmunicipalidades provinciales incrementar susingresos con el fin de desarrollar proyectos y obras,así como optimizar los servicios de competenciamunicipal.

Asimismo, en este proyecto de ley se propone elsistema de recaudación y de depósito en favor delas municipalidades provinciales, en forma men-sual y sin deducción alguna, acorde con los pro-cedimientos y condiciones establecidos en el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Promoción del Ac-ceso a la Propiedad Formal, comúnmente deno-minada "Ley COFOPRI".

El texto sustitutorio en debate corrige el erroren que ha incurrido el Poder Ejecutivo, al no con-siderar los títulos respectivos en cada uno de losartículos que componen la iniciativa legislativa.

Como pueden advertir lo señores congresistas,este proyecto de ley es muy sencillo, el cual, ensíntesis, incrementa los recursos de las munici-palidades provinciales a través de las transferen-cias que resulten de la venta o adjudicación deterrenos comerciales por parte de COFOPRI.

Eso es todo en lo que respecta a la propuesta endebate. No obstante ello, aprovecho la ocasiónpara felicitar a la señora Presidenta del Congre-so por haber promulgado, hace breves momen-tos, la ley que permite la privatización de terre-nos ocupados por mercados, tanto de municipa-lidades provinciales como de municipalidadesdistritales.

Debo manifestar mi complacencia por ello, señorPresidente; y no puedo dejar pasar la oportuni-dad para felicitar y agradecer a los miembros dela Mesa Directiva por la promulgación de esa ley,que va a permitir que miles de comerciantes pue-dan tener acceso a su propiedad. Creo que el Con-greso de la República debe sentirse orgulloso porhaber hecho justicia a esas personas.

Muchas gracias.

�Durante la anterior intervención, asumela Presidencia el señor Ricardo MarcenaroFrers.

El señor PRESIDENTE.� Muchas gracias,señora Lozada de Gamboa.

Tiene la palabra el señor Alva Orlandini.

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señor Presidente: El proyecto de ley en debatese nos ha repartido recién el día de hoy. Pese aello, no me voy a referir al fondo del asunto, por-que, como es evidente, se trata de una ley par-che, accesoria de otra que fue aprobada por elCongreso y que ya está vigente; pero sí me voy apermitir hacer dos observaciones formales, queespero sean recogidas, con su amplio criterio ycomprensión, por la señora presidenta de la Co-misión de Infraestructura y Transporte.

En el artículo 3.° de la propuesta de la comisióninformante, donde dice: "Encárguese a la Comi-sión de Formalización de la Propiedad Informal(COFOPRI) la recaudación integral de dichosrecursos...", se debe cambiar la expresión "encár-guese" por "encárgase", porque toda ley esmandatoria.

En lo que respecta al artículo 5.°, referido a lareglamentación, que dice: "La presente ley seráreglamentada mediante Directiva de la Comisiónde Formalización de la Propiedad Informal(COFOPRI)", debo señalar que esto realmentesignifica una usurpación de atribuciones, porque,según el inciso 8) del artículo 118.° de la Consti-tución, corresponde al Presidente de la Repúbli-ca ejercer la potestad de reglamentar las leyes.En consecuencia, no se puede por ley disponerque mediante Directiva de la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal se regla-mente la ley.

Observo que la presidenta de la comisión estáconversando por teléfono, pero confío en que susasesores recojan la observación que he formula-do, a efectos de que se diga que el Presidente dela República reglamentará la ley; o si no, alter-nativamente, suprimir el artículo 5.°, porque elPresidente de la República puede ejercer esa atri-bución constitucional, se indique o no en la leyque deba ser reglamentada.

Eso es todo, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaAlva Orlandini.

Tiene la palabra el congresista Del Castillo Gálvez.

El señor DEL CASTILLO GÁLVEZ (PAP).�Señor Presidente: Intervengo sólo con el fin deplantear una interrogante.

Como sabemos, los municipios son los propieta-rios de las tierras y, en este caso, el Estado reali-za el trámite; pero resulta que el Estado vende

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esas tierras y, aun cuando es una suerte de co-rredor, termina quedándose con el 60% del pre-cio de venta; si esto es así, ¿cómo nos podemosexplicar esa forma de distribución de los recur-sos en perjuicio de los municipios del país? Esdecir, del valor total el 40% es para las municipa-lidades del país y el 60% para el agente vendedorque se denomina COFOPRI.

Si los municipios contrataran una empresa decorretaje privada, ésta le cobraría por sus servi-cios entre el 3 y el 5% del precio de la venta; peroCOFOPRI les cobra el 60%. Entonces, quisieraque alguien me dé una razón que sea equitativapara poder justificar esa labor. Yo puedo enten-der que COFOPRI realiza una labor muy impor-tante al encargarse de la formalización de la pro-piedad y de su mantenimiento dentro de la for-malidad; en fin, ¿pero todo eso justifica que selleve el 60% del precio de venta? A mí me pareceque ésta es una norma centralista y antimunicipal,que más que un parche diría que es un hueco porel cual se van a ir los recursos de las municipali-dades en favor de una entidad del Gobierno Cen-tral.

No encuentro para eso ninguna justificación; sino, que alguien me explique por qué más de lamitad del precio de venta se lo termina llevandouna entidad del Gobierno Central.

Gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Muchas gracias,congresista Del Castillo Gálvez.

Tiene la palabra la arquitecta Lozada de Gamboa,presidenta de la comisión informante.

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).�Señor Presidente: Debo decir al congresista AlvaOrlandini que hemos considerado su propuestay, como de costumbre, le doy las gracias.

Por otro lado, lo que no entiende el congresistaDel Castillo Gálvez, y ojalá que se lo pueda expli-car de manera que lo entienda, es que las muni-cipalidades no tienen competencia para sanearlos terrenos que se encuentran en su jurisdicción.Esa competencia la asumió COFOPRI en el año1996 a través del Decreto Legislativo N.° 803.

Además de ello, la ley reguló que los ingresos quese obtuviesen por la venta de terrenos constitui-rían recursos de COFOPRI; y lo que se está ha-ciendo ahora, a través de esta propuesta, es trans-ferir parte de esos recursos, que por ley corres-ponden a COFOPRI, a las municipalidades pro-vinciales del país.

Creo que ésta es una actitud que las municipali-dades provinciales aceptarán, por cuanto ahoraverán incrementados sus ingresos. Como biensabemos, las municipalidades no vienen adminis-trando ni recaudando esos recursos hace más decinco años.

En consecuencia, espero que el colega Del Casti-llo Gálvez haya entendido...

El señor DEL CASTILLO GÁLVEZ (PAP).�¿Me permite una interrupción, congresista Lozadade Gamboa?

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).�Me solicita un interrupción el congresista DelCastillo Gálvez, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Puede interrumpir,congresista Del Castillo Gálvez.

El señor DEL CASTILLO GÁLVEZ (PAP).�Señor Presidente, lo que sucede es que, a veces,en esta materia la ignorancia es atrevida.

Señor Presidente, estos bienes han sido siemprede propiedad de las municipalidades y por esarazón eran las municipalidades las que los adju-dicaban; incluso, en la Ley Orgánica de Munici-palidades hay un capítulo especial referido a laadjudicación de las propiedades.

Fue hace pocos años que, dentro de las normascentralistas que dio este gobierno, se usurpó alas municipalidades la facultad de sanear y trans-ferir los terrenos ubicados en su jurisdicción,cuando se creó COFOPRI. Ahora, en una especiede arrepentimiento, se pretende devolver a lasmunicipalidades una parte mínima o ínfima deesos recursos, quedándose el Gobierno Centralcon la parte del león.

En consecuencia, no es que no entienda las razo-nes que se han dado, sino que en realidad esasáreas son de propiedad de las municipalidades.Que hace cuatro o cinco años se haya dado unaley para alterar el estado de las cosas, es una cues-tión distinta, que no convalida una situación quede hecho y por derecho corresponde a los muni-cipios del Perú.

Insisto, a mí no me satisface la explicación de laseñora congresista Lozada de Gamboa, y lógica-mente ella puede tener su criterio, el cual respe-to pero no comparto, porque hay un desconoci-miento de lo que es la filosofía de la funciónmunicipal y de la descentralización en el país.

Creo que ésta es una propuesta que bien puedeestar corrigiendo en algo esta situación, pero no

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lo suficiente, porque sigue dejando en desventa-ja a los municipios en lo que corresponde a lacaptación de recursos.

Gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaDel Castillo Gálvez.

Puede continuar, congresista Lozada de Gamboa.

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).�Señor Presidente, el congresista que me ha an-tecedido en el uso de la palabra dice que la igno-rancia es atrevida, refiriéndose a mi persona; peroyo le contesto que la ineficiencia trae nefastosresultados, porque la ineficiencia del gobiernolocal, en el período en que el señor congresistafue Alcalde de Lima, hizo que no se sanee ni unsolo terreno de la Capital de la República.

Pero, en fin, este gobierno ha tratado de solucio-nar ese problema; por esa razón crea COFOPRI yle da facultad para sanear lo que no habían hechoen su debido momento alcaldes como el congre-sista Del Castillo Gálvez, entre otros.

En la actualidad, señor Presidente, tenemos sa-neadas física y legalmente gran parte de las pro-piedades del Perú, gracias a una institución queha cumplido cabalmente sus funciones y que hapermitido que mucha gente tenga hoy su propie-dad debidamente registrada.

Estamos a tiempo, entonces, de hacer justicia conlos gobiernos locales, transfiriéndoles parte delos recursos obtenidos por la adjudicación de lo-tes comerciales a título oneroso, en una propor-ción del 40%.

Este proyecto de ley �insisto� hace justicia conlos municipios del país y corrige, a su vez, lasineficiencias de gestiones pasadas, de las que for-maron parte algunas personas que hoy nos criti-can por tratar de hacer las cosas mucho mejor.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaLozada de Gamboa.

Puede hacer uso de la palabra el congresista DelCastillo Gálvez, por haber sido aludido.

El señor DEL CASTILLO GÁLVEZ (PAP).�Muchas gracias, señor Presidente; es usted uncaballero.

Se ha hecho una alusión a mi persona a la cualquiero dar respuesta. Insisto en que la ignoran-

cia es atrevida, porque cuando fui Alcalde de Lima,la colega quizá estaba en alguna provincia de Tac-na y no sabía lo que pasaba en la Capital. Obvia-mente, durante las gestiones municipales deEduardo Orrego, Alfonso Barrantes, la mía, Ri-cardo Belmont, y así sucesivamente, hubo unproceso de titulación de propiedades fundamen-talmente en los pueblos jóvenes en cumplimien-to de nuestra función. Pero en lo que respecta ami gestión, debo decir que en el curso de ella seentregaron 150 mil títulos de propiedad.

Así que venir a decir aquí en el Congreso, conirresponsabilidad, que durante mi gestión no seotorgó ningún título es, lamento señalarlo, undesconocimiento. No quiero ofender a nadie conello, por eso digo que es un desconocimiento yuna irresponsabilidad que se venga a decir aquíalegremente que cuando fui Alcalde de Lima nose entregó ningún título.

Acá hay varios congresistas que han sido alcal-des en diferentes partes del país y estoy segurode que todos, en su debido momento, cumplie-ron con responsabilidad su función tratando deentregar títulos de propiedad, de conformidad conlo que dispone la Ley Orgánica de Municipalida-des, con sus limitaciones en ese tiempo.

Por eso no puedo admitir ni aceptar que de ma-nera grosera se diga...

El señor PRESIDENTE.� Congresista DelCastillo Gálvez, dispone usted de treinta segun-dos para concluir su intervención.

El señor DEL CASTILLO GÁLVEZ (PAP).�Señor Presidente, voy a dar por concluida mi in-tervención, porque realmente no vale la pena ha-cer mayores comentarios sobre este particular.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Bien, antes a pro-ceder a votar, solicito a los señores congresistasregistrar su asistencia en el sistema electrónico.

Mientras se verifica la asistencia, se va a dar lec-tura al texto final propuesto por la Comisión deInfraestructura y Transporte.

El RELATOR da lectura:

"Texto Sustitutorio

LEY QUE AMPLÍA LOS ALCANCES DEL ARTÍCULO 6.°DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE PRO-MOCIÓN DEL ACCESO A LA PROPIEDAD FORMAL, APRO-BADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO N.° 009-99-

MTC

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Artículo 1.°.� Del objeto de la Ley

Amplíase los alcances del literal b) del artículo6.° del Texto Único Ordenado de la Ley de Pro-moción del Acceso a la Propiedad Formal, apro-bado mediante Decreto Supremo N.° 009-99-MTC,en el sentido de que los recursos que se obten-gan por la adjudicación de lotes comerciales a tí-tulo oneroso constituirán ingresos propios de laComisión de Formalización de la Propiedad In-formal (COFOPRI) y de la Municipalidad Pro-vincial en cuya jurisdicción se encuentren ubica-dos, en la proporción de sesenta y cuarenta porciento, respectivamente.

Artículo 2.°.� De la excepción

Los recursos que obtengan la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal (COFO-PRI) y el Registro Predial Urbano (RPU) por elcosto de formalización y los aranceles registrales,respectivamente, necesarios para la adjudicaciónde lotes comerciales a título oneroso, quedanexceptuados de los alcances del artículo ante-rior.

Artículo 3.°.� De la recaudación e inafectación

Encárgase a la Comisión de Formalización de laPropiedad Informal (COFOPRI) la recaudaciónintegral de dichos recursos, siendo de aplicacióntambién, para efectos de la presente Ley, res-pecto de las Municipalidades Provinciales corres-pondientes, lo dispuesto por los artículos 40.° y42.° del Texto Único Ordenado de la Ley de Pro-moción del Acceso a la Propiedad Formal, apro-bado mediante Decreto Supremo N.° 009-99-MTC.

Artículo 4.°.� Del depósito

La Comisión de Formalización de la PropiedadInformal (COFOPRI), previa verificación de lorecaudado, depositará mensualmente y sin de-ducción alguna de la Cuenta de Ingresos Propiosdel Banco de la Nación, a nombre de la Munici-palidad Provincial que corresponda, los ingresosa que asciende el desagregado porcentual que fijala presente Ley.

Artículo 5.°.� De la reglamentación

La presente Ley será reglamentada mediantedecreto supremo refrendado por el Ministro deTransportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-trucción."

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

El señor PRESIDENTE.� Han registrado suasistencia 77 señores congresistas.

Se va a votar.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, por 61votos a favor, 9 en contra y 4 abstenciones,el texto sustitutorio, propuesto por la Co-misión de Infraestructura y Transporte, envirtud del cual se amplían los alcances delartículo 6.° del Texto Único Ordenado de laLey de Promoción del Acceso a la Propie-dad Formal, aprobado mediante DecretoSupremo N.° 009-99-MTC

El señor PRESIDENTE.� Ha sido aprobadoel proyecto de ley.

�El texto aprobado es aquel al que se hadado lectura.

"Votación del texto sustitutorio delProyecto de Ley N.° 5658/99-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Amuruz Gallegos, Avendaño Valdez, Barba Caba-llero, Barbarán Rengifo, Bartra Gonzales, BlancoOropeza, Breña Pantoja, Cáceres Velásquez, Cam-pos Baca, Chang Ching, Chávez Cossío de Ocampo,Chávez Serrano, Chiroque Ramírez, DelgadoAparicio, Díaz Bringas, Díaz Díaz, EspichánTumay, Estrada Choque, Fernández Baca deValdez, Flores Flores, Flores-Aráoz Esparza,Gutiérrez Mercedes, Hermoza Ríos, Huaman-chumo Romero, Jhong Junchaya, Joy Way Rojas,Larrabure Gálvez, León Trelles, Lozada deGamboa, Martorell Flores, Matsuda Nishimura,Mellado Céspedes, Pando Pacheco, Patsías Mella,Pease García, Quicaña Avilés, Ramos Santillán,Reátegui Trigoso, Reggiardo Sayán, Reto Neyra,Reynafarje Abensur, Rodas Díaz, Ruiz Dávila, RuizCaro Álvarez, Salgado Rubianes de Paredes,Samalvides Dongo, Sánchez Vega, SandovalAguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, Trelles Mon-tero, Umezawa Yokoyama, Urrelo Guerra, VargasMarín, Vega Ascencio, Velit Núñez, Vidarte Co-rrea y Villasante Chambi.

Señores congresistas que votaron en con-tra: Cerro Moral, Del Castillo Gálvez, DonayreLozano, Forsyth Mejía, García-Sayán Larrabure,Núñez Román, Olivera Vega, Salazar Vargas yVelásquez Quesquén.

Señores congresistas que se abstuvieron:Cardoso Romero, Estrada Pérez, Grados Bertoriniy San Román Cáceres."

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(Ley N.° 27315)Se aprueba el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión de Infraestructura yTransporte, en virtud del cual se restituyela vigencia y efectos de la Ley N.° 24621 y seestablece que el plazo de reversión a quese refiere el artículo 3.° de dicha ley vence

el 31 de diciembre del año 2002

El señor PRESIDENTE.� El siguiente puntode la Agenda, señor Relator.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Infraestructura yTransporte, recaído en el Proyecto de Ley N.°5437/99-CR, por el cual se propone restituir lavigencia de la Ley N.° 24621 hasta el 31 de di-ciembre del año 2002.(*)

El señor PRESIDENTE.� En debate el pro-yecto sustitutorio contenido en el dictamen de laComisión de Infraestructura y Transporte sobreel Proyecto de Ley N.° 5437/99-CR.

Puede hacer uso de la palabra la congresistaLozada de Gamboa, presidenta de la comisióninformante.

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).�Señor Presidente: El Proyecto de Ley N.° 5437/99-CR, presentado por el congresista BreñaPantoja y otros, dictaminado favorablemente porla Comisión de Infraestructura y Transporte,propone restituir la vigencia de la Ley N.° 24621hasta el 31 de diciembre del año 2002.

La Ley N.° 24621, de fecha 23 de diciembre de1986, se promulgó con el fin de adjudicar a títulogratuito al Club Departamental Huancavelica lapropiedad de un terreno del Estado, en el distri-to de La Molina, con el fin de que en dicho terre-no se construya un Centro Cultural Deportivoen favor de los huancavelicanos residentes en laCapital, entre los que se encuentra el congresis-ta Breña Pantoja.

Lamentablemente, a pesar del tiempo transcu-rrido, La Junta Directiva del Club Departamen-tal Huancavelica no ha cumplido con realizar ensu totalidad las obras de infraestructura y, portanto, requiere de un tiempo mayor con el fin deconcluirlas.

Se ha vencido incluso el plazo de seis años que sele dio en la Ley N.° 24621, en la que se condicio-nó la transferencia de la propiedad a la construc-ción de determinadas obras. Por consiguiente, esnecesario no prorrogar sino restituir los efectos

de la Ley N.° 24621, con el objeto de que el ClubDepartamental Huancavelica pueda concluir di-chas obras.

El plazo que se otorga en esta oportunidad es hastael año 2002, fecha que consideramos prudente paraque la Junta Directiva del Club DepartamentalHuancavelica pueda concluir con las obras de in-fraestructura referidas.

El proyecto de ley en debate, como ustedes pue-den advertir, es muy sencillo, razón por la cualsolicitamos el respaldo de la Representación Na-cional para su aprobación.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Tiene la palabra elcongresista Alva Orlandini.

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señor Presidente: El proyecto de ley en debaterealmente es un tanto deforme, pues el títuloconsta de 24 palabras y el artículo único de 19.

Por esa razón, me permito sugerir que el títulode la propuesta se denomine "Ley que restituyela vigencia de la Ley N.° 24621"; de esa maneraestaremos frente a un instrumento legal mas omenos adecuado.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaAlva Orlandini.

Tiene la palabra la congresista Fernández Bacade Valdez.

La señora FERNÁNDEZ BACA DE VALDEZ(GPI).� Señor Presidente: El plazo que se esta-blece en la propuesta en debate es para la rever-sión del terreno, es decir, para que se restituya lavigencia del artículo correspondiente mas no paratoda la ley.

En ese sentido, sugiero que el texto del artículode que consta la propuesta diga: "Restitúyase lavigencia y los efectos de la Ley N.° 24621 y esta-blézcase que el plazo de reversión a que se refie-re el artículo 3.° de dicha Ley vence el 31 de di-ciembre del 2002". Reitero, el plazo es para queopere la reversión del terreno mas no para la vi-gencia de la ley.

Gracias, Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaFernández Baca de Valdez.

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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Tiene la palabra el congresista Breña Pantoja.

El señor BREÑA PANTOJA (DEMO).� Se-ñor Presidente: Sólo para señalar que este pro-yecto restituye la vigencia de una ley, que lamen-tablemente no pudo cumplirse en su totalidad,en razón de que la inflación y la grave crisis eco-nómica que hubo en el país impidieron que elClub Departamental Huancavelica tuviera su localconstruido.

Por eso me parece de estricta justicia la restitu-ción de los alcances de la Ley N.° 24621 a travésde este proyecto de ley, el cual debe someterse avotación, con la rectificación del título de la leysugerido por el congresista Alva Orlandini.

Señor Presidente, agradezco el apoyo de los miem-bros la Comisión de Infraestructura y Transpor-te a este sencillo proyecto de ley y espero quepara su aprobación no haya mayor problema.

Gracias, Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Puede hacer uso dela palabra la congresista Lozada de Gamboa, pre-sidenta de la comisión informante.

La señora LOZADA DE GAMBOA (C90-NM).� Señor Presidente, sólo para señalar quela Comisión de Infraestructura y Transporte harecogido las sugerencias formuladas por los con-gresistas Alva Orlandini y Fernández Baca deValdez, a quienes agradece por sus valiosos apor-tes.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Antes de pasar avotación, se va a registrar la asistencia.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

El señor PRESIDENTE.� Han registrado suasistencia 74 señores congresistas.

Se va a votar el texto final, con la modificacionesaceptadas por la señora Lozada de Gamboa, pre-sidenta de la Comisión de Infraestructura y Trans-porte.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, porunanimidad (71 votos), el texto sustitutorio,propuesto por la Comisión de Infraestruc-

tura y Transporte, en virtud del cual se res-tituye la vigencia y los efectos de la Ley N.°24621 y se establece que el plazo de rever-sión a que se refiere el artículo 3.° de dichaley vence el 31 de diciembre del año 2002.

El señor PRESIDENTE.� Ha sido aprobadopor unanimidad el proyecto en mención.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LA

LEY N.° 24621

Artículo Único.� Del objeto de la Ley

Restitúyase la vigencia y los efectos de la Ley N.°24621 y establézcase que el plazo de reversión aque se refiere el artículo 3.° de dicha Ley vence el31 de diciembre del año 2002.

Comuníquese, etc."

"Votación del texto sustitutorio delProyecto de Ley N.° 5437/99-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Amuruz Gallegos, Avendaño Valdez, Barba Ca-ballero, Bartra Gonzales, Blanco Oropeza, Bre-ña Pantoja, Cáceres Velásquez, Campos Baca, Car-doso Romero, Cerro Moral, Chang Ching, ChávezCossío de Ocampo, Chávez Serrano, ChiroqueRamírez, Del Castillo Gálvez, Díaz Bringas, DíazDíaz, Donayre Lozano, Estrada Choque, EstradaPérez, Fernández Baca de Valdez, Flores Flores,Forsyth Mejía, Ghilardi Álvarez, Grados Bertorini,Gutiérrez Mercedes, Hermoza Ríos, Huaman-chumo Romero, Jhong Junchaya, Joy Way Ro-jas, Lam Álvarez, Larrabure Gálvez, Lozada deGamboa, Martorell Flores, Matsuda Nishimura,Mellado Céspedes, Morales Costa, Núñez Román,Olivera Vega, Pando Pacheco, Patsías Mella, PeaseGarcía, Quicaña Avilés, Reátegui Trigoso, RetoNeyra, Reynafarje Abensur, Rodas Díaz, RuizDávila, Ruiz Caro Álvarez, Salazar Larraín, Sa-lazar Vargas, Salgado Rubianes de Paredes, Sa-malvides Dongo, San Román Cáceres, SánchezVega, Sandoval Aguirre, Sato Abe, Siura Céspe-des, Trelles Montero, Umezawa Yokoyama, UrreloGuerra, Vargas Marín, Vega Ascencio, VelásquezQuesquén, Velit Núñez, Vidarte Correa, VílchezMalpica y Villasante Chambi."

Se aprueba el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión de Energía, Minas y

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Pesquería, relativo a la Ley de Promocióndel uso eficiente de la energía

(Autógrafa observada por el señor Presidente de laRepública)

El señor PRESIDENTE.� El siguiente pro-yecto de ley, señor Relator.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Energía, Minas yPesquería, recaído en el Proyecto de Ley N.° 3941/98-CR, por el cual se propone establecer normaspara el uso eficiente de la energía.(*)

El señor PRESIDENTE.� En debate el textosustitutorio contenido en el dictamen de la Co-misión de Energía, Minas y Pesquería sobre elProyecto de Ley N.° 3941/98-CR.

Puede hacer uso de la palabra el señor LamÁlvarez, presidente de la comisión informante.

El señor LAM ÁLVAREZ (C90-NM).� SeñorPresidente: El dictamen que trae al Pleno la Co-misión de Energía, Minas y Pesquería correspondea una iniciativa que fue presentada en el año 1998por varios señores congresistas.

En el lapso transcurrido desde ese año, la comi-sión ha recibido y analizado las opiniones delCentro de Conservación de la Energía (CENER-GIA), del INDECOPI, de la Sociedad Nacionalde Industrias, de los Capítulos de Ingeniería delPetróleo y Petroquímica e Ingeniería Mecánica yMecánica Eléctrica del Consejo Departamentalde Lima del Colegio de Ingenieros del Perú, de laSociedad Nacional de Minería, Petróleo y Ener-gía y, por supuesto, del Ministerio de Energía yMinas; y como resultado de todo ello, hemos ela-borado el dictamen respectivo, que incluye unafórmula sustitutoria que es la que ustedes tie-nen en sus manos.

Señor Presidente, desde 1992, año en el que seinicia una profunda reforma en el sector energé-tico, hemos avanzado considerablemente en estamateria; por ejemplo, hoy en día se cuenta conuna reserva energética suficiente que permiteabastecer gran parte de la demanda eléctrica; sehan establecido mecanismos para garantizar lacalidad del servicio y la fiscalización de las acti-vidades energéticas; y se ha logrado, en el lapsode esos ocho años, incrementar del 45% al 75%el porcentaje de peruanos que tienen acceso ycuentan hoy con servicio eléctrico.

En resumen, hay un suministro garantizado, setiene mayor calidad del servicio y éste llega a la

mayoría de los peruanos. Esto es así, porque te-nemos aprobada una legislación sobre la explo-tación, transporte y distribución de la energía.

Pese a estos avances, señor Presidente, la Comi-sión de Energía, Minas y Pesquería ha constata-do que existe un vacío en nuestro marco legalenergético. Este vacío se evidencia por la ausen-cia de la normatividad referida a la etapa final dela cadena energética, esto es, en el uso final.

En la mayoría de los países del mundo existennormas que permiten que los consumidores ener-géticos gocen de los beneficios y ventajas del usoeficiente de la energía. Esto, dicho en palabrassencillas, significa que en los mencionados paí-ses existen dispositivos a través de los cuales losusuarios pueden tener acceso a productos ener-géticos eficientes y con ello disminuir sus gastosen consumo en valores incluso superiores al 50%de su facturación total, sin disminuir los resul-tados de la calidad del servicio.

Ése es el objetivo del proyecto de ley en debate,que consideramos debe ser aprobado por el Ple-no para establecer un marco normativo para eluso eficiente de la energía eléctrica, que esen-cialmente comprende dos aspectos:

�El derecho de los usuarios de acceder a unaexacta información del consumo energético de losproductos que pretendan adquirir; y

�Las medidas de promoción para el uso eficien-te de la energía y, específicamente, para el mejoracceso de los ciudadanos a efectos de adquirirequipos de iluminación eficiente.

Sobre estos temas podemos anotar lo siguiente:

¿Por qué mencionamos el derecho a la informa-ción del consumidor energético?

En el Decreto Legislativo N.° 716, sobre Protec-ción al Consumidor, se establece como uno de losderechos de los consumidores lo siguiente: "...recibir de los proveedores toda la informaciónnecesaria para tomar una decisión o realizar unaelección adecuadamente informada en la adqui-sición de productos y servicios, así como para efec-tuar un uso o consumo adecuado de los produc-tos o servicios".

Puede apreciarse que esta normatividad, por supropia naturaleza, es de carácter general. Noexiste ninguna norma específica que permita alconsumidor energético acceder a una adecuadainformación de los estándares de consumo deenergía de estos equipos o artefactos y así discri-

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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minar si son eficientes o no; siendo absolutamentenecesario otorgar este derecho al consumidor paraque tome conocimiento de los elementos de jui-cio técnicos que sean necesarios para seleccionarla mejor alternativa.

Por esa razón, la comisión estima que resultaprocedente legislar para que se establezca queestos equipos y artefactos incluyan en sus eti-quetas, envases, empaques y publicidad, la in-formación sobre su consumo energético en rela-ción con los estándares de eficiencia energética,tal como se precisa en el artículo 3.° de la fórmu-la legal.

Se estima, asimismo, que la Comisión de Supervi-sión de la Publicidad y Represión de la Compe-tencia Desleal del INDECOPI sería la entidad com-petente para aprobar las pautas y lineamientosde aplicación de lo antes señalado; y que el Minis-terio de Energía y Minas debería de encargarsede publicar los estándares de consumo energéticode los aparatos y productos que requieran del su-ministro de energía para su funcionamiento.

Respecto al tema de las medidas promocionales,en la fórmula legal se establece que el Ministeriode Energía y Minas debería ser la autoridad com-petente del Estado para la promoción del uso efi-ciente de la energía, con las atribuciones de:

�Promover la creación de una cultura orienta-da al empleo racional de los recursos energéti-cos.

�Promover la mayor transparencia del mercadode la energía, mediante el diagnóstico permanen-te de la problemática de la eficiencia energética.

�Diseñar, auspiciar, coordinar y ejecutar progra-mas y proyectos de cooperación internacional parael desarrollo del Uso Eficiente de la Energía (UE-E).

�La elaboración y ejecución de planes y progra-mas referenciales de eficiencia energética.

�El apoyo a la constitución de empresas de ser-vicios energéticos; y,

�La asistencia técnica a instituciones públicasy privadas, así como la concertación con organi-zaciones de consumidores y entidades empresa-riales.

Con esta precisión de atribuciones, el Ministeriode Energía y Minas tendría el marco normativosuficiente y adecuado para el desarrollo del usoeficiente de la energía como una política de Esta-do.

De otro lado, teniendo en cuenta que el ahorrode energía en equipos de iluminación es el meca-nismo más directo para obtener los beneficios deluso eficiente de energía en los clientes domésti-cos, se ha considerado necesario legislar sobreesta materia específicamente.

La importancia del tema puede apreciarse conun ejemplo relativamente sencillo. Una familiadel estrato social "D" utiliza para la iluminacióndiaria de su hogar un foco incandescente de 100vatios por un promedio de seis horas. Esto, entérminos de consumo de energía mensual repre-senta 18 kilovatios-hora, lo que a tarifas actua-les le supone un gasto mensual por iluminaciónde 5,76 nuevos soles.

Si esta familia utilizara un foco ahorrador de 23vatios en reemplazo de dicho foco convencionaldurante las mismas seis horas diarias, su gastode iluminación sería de un nuevo sol 32 cénti-mos.

Estos dos focos son equivalentes en capacidadluminosa. O sea, no habría diferencias en cali-dad del servicio ni luminosidad. La diferencia seencontraría en que el cliente en vez de gastar 5,76nuevos soles solamente gastaría un nuevo sol 32céntimos, ahorrando 4,43 nuevos soles, esto es,el 77% de su facturación por consumo eléctricopor iluminación.

Sin embargo, estos beneficios aún no son posi-bles de alcanzar. Los problemas que limitan elacceso a los consumidores de equipos de ilumi-nación eficiente son, entre otros, el poco conoci-miento de éstos y, principalmente, los actualescostos de estos equipos que suponen necesaria-mente una inversión inicial.

En el seno de la comisión nos preguntamos cómohacer accesible a las familias, particularmente alas más pobres, estos beneficios.

Luego de un análisis, llegamos a la conclusión deque era necesario generar algún tipo de meca-nismo que permitiera masificar el acceso de losciudadanos a ese mercado de equipos de ilumi-nación eficiente, bajo la premisa de facilitar laadquisición sin que se altere la libre competen-cia y a su vez se proteja al consumidor.

El criterio resultante fue que era necesario com-prometer a quienes podrían ser los sujetos acti-vos en la transformación de este mercado, estoes, a las empresas de distribución eléctrica, posi-bilitando que se les autorice a sumarse como otrosproveedores de equipos de iluminación eficiente,definiendo esa autorización como un servicio com-plementario de electricidad. Con ello se podría

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ampliar cualitativamente la magnitud de la ofer-ta por el elevado número de clientes con los queactualmente cuentan estas empresas.

En segundo lugar, se concluyó en que era conve-niente establecer mecanismos para que los po-tenciales compradores puedan tener acceso a lí-neas de crédito alternativas para adquirir estosequipos de iluminación eficiente. En este caso,se consideró necesario autorizar a estas empre-sas distribuidoras para que puedan incluir en lafacturación mensual de electricidad el pago deestos equipos de iluminación eficiente, si así selo solicitara el cliente, al igual como ocurre conlos servicios de telefonía.

Un ejemplo de los resultados que se podrían al-canzar con el establecimiento de estos mecanis-mos es el siguiente. Había mencionado que conla sustitución de un foco de 100 vatios por unfoco ahorrador de 23 vatios un humilde hogar delestrato "D" tendría un ahorro mensual de 4,43nuevos soles. Si únicamente una parte de eseahorro se destinase para pagar el foco ahorrador,exactamente 2,50 nuevos soles por mes duranteun año, la suma total anual sería de 30 nuevossoles, con lo cual se cubriría en su integridad elpago de dicho foco en ese lapso. Con esa sustitu-ción se tendría el beneficio adicional del ahorrolibre a favor del usuario de 23 nuevos soles en elprimer año y de 53 nuevos soles en cada uno delos tres años siguientes de vida útil de un focoahorrador.

En resumen, iguales niveles de iluminación, perocon altos beneficios al usuario en cuanto a aho-rro.

Las razones para que esta materia requiera delegislación expresa se encuentran en el hecho deque la Ley N.° 25988 prohibió que en las facturasde los servicios públicos se incluyesen otros rubrosajenos a la prestación del servicio. Además, la Leyde Concesiones Eléctricas no establece de mane-ra precisa lo que se podría considerar o no unservicio complementario de distribución ycomercialización.

Por esta razón, la fórmula legal del dictamen dela Comisión de Energía, Minas y Pesquería esta-blece la autorización expresa para que todas lasempresas concesionarias de distribución del paíspuedan convertirse en proveedores de estos equi-pos de iluminación eficiente, y define que estaactividad es un servicio complementario, comolo son ahora las reconexiones, la revisión delmedidor, etcétera.

Ahora bien, siendo absolutamente indispensableque no se vulnere el derecho del consumidor, si

bien se establece en la fórmula legal esta autori-zación, se precisa explícitamente que la eventualinclusión del pago de estos equipos de ilumina-ción eficiente en las facturas de servicio eléctricoprocederá únicamente a solicitud de los clientes.

En resumen, se autoriza la venta a los concesio-narios, pero se condiciona que para que ello se eje-cute, el cliente deberá solicitarlo formalmente.

Por tal razón, la comisión estima que estanormatividad no afectará la libre competencia enningún caso, pues independientemente del pe-queño mercado que corresponde actualmente alos equipos de iluminación eficiente, lo que seestaría concretando sería únicamente una am-pliación del mercado, el que seguiría desenvol-viéndose en condiciones de competencia.

Se estima, igualmente, que no se vulnerarían losderechos del consumidor, pues se ha planteadola autorización para la venta de los focos aho-rradores y que éstos sean certificados por enti-dades certificadoras para garantizar su calidad;y que la facturación para el pago de esta adquisi-ción sería potestativa y no obligatoria por partedel cliente.

Legalmente, estos mecanismos tienen como an-tecedente los casos de las Resoluciones deOSIPTEL, referidas al servicio de telefonía fija,en virtud de las cuales está vigente la factibilidadde que los concesionarios del servicio de telefo-nía puedan incluir en sus facturas la venta de losequipos terminales de telefonía fija, tal como seha detallado en el dictamen.

Señor Presidente, el uso eficiente de la energíaes beneficioso para el país, pues además de per-mitir un ahorro en la economía de los ciudada-nos, en particular de los más pobres, su efectivapromoción permitirá otros beneficios, tales como:

�Que las tarifas de energía podrían reducirsepotencialmente en porcentajes del 5% al 10%, aldisminuir la demanda en horas punta y, en con-secuencia, los costos marginales, elemento basepara los cálculos de la fijación tarifaria.

�Se lograrían beneficios ambientales por elmenor suministro térmico; y

�Se utilizarían de manera más racional nues-tros recursos energéticos.

Espero, por todas estas razones, poder contar conel respaldo de los miembros del Pleno para laaprobación de este importante proyecto de ley.

Gracias, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaLam Álvarez.

Tiene la palabra el congresista Flores Flores.

El señor FLORES FLORES (C90-NM).�Señor Presidente: Soy uno de los autores de esteproyecto de ley, dictaminado favorablemente porla Comisión de Energía, Minas y Pesquería, ra-zón por la cual tengo interés en intervenir en esteimportante debate.

Al respecto, debo señalar que en el seno de lacomisión hemos revisado la Ley de ConcesionesEléctricas y toda la normatividad vigente sobrela materia, con el fin de que se puedan desarro-llar en forma eficiente las actividades del sectorenergético.

Como he dicho en anteriores oportunidades, lasleyes son factibles de ser perfeccionadas. En esesentido, debemos tener en cuenta que en la ac-tual normatividad energética existe un vacío, puesmuy poco o casi nada se dice del uso eficiente dela energía. Hay, pues, la necesidad de consignaralgunas normas sobre el uso eficiente de la ener-gía, como se hace en Europa, específicamente enEspaña, y como actualmente se viene haciendoen Latinoamérica.

Existe, además, un sustento constitucional alrespecto. Nuestra Carta Magna, en su artículo65.°, habla con toda claridad sobre el derecho delos usuarios a ser informados. Cuando se adquie-ren artefactos o equipos eléctricos, los usuariosnecesitan ser informados clara y fehacientementesobre las características técnicas de los mismos yde la energía que van a consumir.

Esto, que viene a ser el etiquetado en otros paí-ses, en mi opinión, es una obligación que se debeestablecer en nuestro medio. Reitero, la Consti-tución establece el derecho de los usuarios a serinformados debidamente.

Asimismo, la Constitución señala en el artículo66.°, con toda claridad, la necesidad de preservarlos recursos naturales de nuestro país; y en elartículo 67.°, se refiere al uso racional y sosteni-ble de los recursos naturales que, obviamente,cada día son más escasos. En consecuencia, deacuerdo con estas dos disposiciones, debemoshacer un uso adecuado y racional de nuestrosrecursos naturales y, evidentemente, un uso efi-ciente de la energía.

Presidente, he traído algunas transparencias conel fin de ilustrar al Pleno sobre los beneficios deesta propuesta y sobre las consecuencias del usoineficiente de la energía, para lo cual pido quedisponga usted su proyección.

En primer lugar, cuando la energía se usa en for-ma ineficiente se produce la depredación de losrecursos naturales, en especial de los combusti-bles fósiles que, como sabemos, irrogan altos gas-tos en su importación a los que se ve sometidonuestro país por no disponer de esos recursos enforma suficiente. Y, además, se generan perjui-cios irreversibles tanto en el medio ambiente comoen la biosfera.

Presidente, el uso ineficiente de energía comportaobstáculos a los esfuerzos en favor del mejora-miento constante de la calidad de vida, que es loque todos perseguimos; así como la ineficacia eco-nómica, ya que genera mayores costos y preciosen los bienes y servicios, muchas veces por des-conocimiento, como en el caso que citó en su in-tervención el presidente de la Comisión de Ener-gía, Minas y Pesquería, según el cual algunas fa-milias por no hacer uso de equipos de ilumina-ción eficientes pagan mucho más por el servicio,lo que les impide lograr un considerable ahorro.Y, obviamente, comporta dificultades en el man-tenimiento e incremento de la competitividad denuestros bienes y servicios, tanto en el mercadonacional como en el mercado internacional.

¿Y cuáles son los beneficios del uso racional yeficiente de la energía?

Para la sociedad en su conjunto: La preservacióny aprovechamiento adecuado de los recursos na-turales, y en ese sentido debemos velar por suuso racional; la reducción o, si es posible, la eli-minación del impacto ambiental negativo; y ladisponibilidad creciente en la oferta nacional deenergía.

Sobre el uso racional y eficiente de la energía,nosotros ya hemos tenido una experiencia en elaño 1994, cuando el PAE, organismo que hizo unacampaña sobre el uso racional y eficiente de laenergía, logró reducir la máxima demanda eléc-trica del Sistema Centro Norte en 100 megava-tios, consiguiendo, creo, un ahorro de alrededorde 60 millones de dólares. En consecuencia, hayen esto un excelente beneficio, y creo que vale lapena normar sobre estos aspectos.

Y para los consumidores finales se contempla losiguiente: El mejoramiento de sus condiciones devida, ya que si hacen un uso eficiente de la ener-gía, y en particular de la energía eléctrica, obvia-mente pagarán menos por el servicio y podrándisponer de mayores recursos para mejorar suscondiciones de vida, lo cual traerá como conse-cuencia la reducción del presupuesto familiar porgastos de energía.

El ejemplo que voy a dar clarifica mejor este as-pecto. Se ahorra 4,60 nuevos soles al mes por cinco

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horas de consumo de energía por cada foco in-candescente de 100 vatios si es sustituido por unfoco ahorrador de 20 vatios, considerando unatarifa promedio de 11 centavos de dólar por kilo-vatios-hora. Esto es clarísimo, señor Presidente.

Por consiguiente, solicito a la RepresentaciónNacional que brinde su respaldo a esta iniciati-va, que va a beneficiar a la sociedad en su con-junto, especialmente a los usuarios, con lo cualnos estaremos encaminando en el rumbo de lospaíses que ya han legislado sobre el uso eficientede la energía.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaFlores Flores.

Tiene la palabra el señor Umezawa Yokoyama.

El señor UMEZAWA YOKOYAMA (C90-NM).�Señor Presidente, voy a hacer uso, además de miturno, del tiempo del señor Ramos Santillán,quien muy gentilmente me lo ha concedido.

Señor Presidente: Luego de las brillantes inter-venciones del congresista Lam Álvarez, presidentede la Comisión de Energía, Minas y Pesquería, ydel colega Flores Flores, hemos podido entenderclaramente el propósito del proyecto de ley endebate.

A efectos de ajustar el texto en debate para lamejor interpretación del mismo, considero quehabría que unificar los incisos e) y f) del artículo2.°, y en la nueva redacción precisar que la atri-bución del Ministerio de Energía y Minas no esla de apoyar sino la de promover la constituciónde empresas de servicios energéticos, así como laasistencia técnica a instituciones públicas y pri-vadas.

Asimismo, en el artículo 2.° debería adicionarseun inciso f), que diga que es atribución del Mi-nisterio de Energía y Minas coordinar con losdemás sectores y las entidades públicas y priva-das el desarrollo de políticas de uso eficiente dela energía. Este inciso resultaría conveniente,puesto que potencialmente hay un importanteahorro energético en otras áreas, como, por ejem-plo, en el transporte; pero dichas actividades noson coordinadas formalmente por ninguna enti-dad. En este caso, el Ministerio de Energía y Minastendría esa atribución.

Finalmente, en el mismo artículo 2.°, propongoque se incluya un inciso g), que diga que es atri-bución del Ministerio de Energía y Minas pro-mover el consumo eficiente de energéticos en

zonas aisladas y remotas; esto, en razón de queen esas zonas actualmente se viene utilizandomadera, troncos, biomasa, etcétera, como fuen-tes de energía, sin que se utilice, por ejemplo, elgas licuado.

En el artículo 3.°, referido al derecho de infor-mación del consumidor energético, es necesarioque se precise el ámbito del derecho a la infor-mación, ampliándose sus alcances a los equiposy artefactos. En el proyecto de ley en debate sólose hace mención a los artefactos mas no a losequipos que requieren suministros energéticos.

Además, en el tercer párrafo del mismo artículose deben incluir precisiones de redacción respec-to a que la responsabilidad de publicar los están-dares de eficiencia corresponderá también a laDirección General del Ministerio de Energía yMinas y no sólo a la Dirección General de Elec-tricidad de dicho ministerio, debiendo dicha pu-blicación ser periódica y no anual, con el fin dedarle mayor flexibilidad.

Por otro lado, considero que el artículo 5.° de lafórmula legal incluida en el dictamen de la Co-misión de Energía, Minas y Pesquería debe sersuprimido. Por razones de técnica legislativa, noes procedente aprobar incentivos, en general, sinprecisar sus alcances ni sus modalidades de apli-cación. De ninguna manera podemos otorgar atri-buciones genéricas y abiertas a la Comisión deTarifas de Energía para que establezca incenti-vos a las empresas concesionarias de distribucióneléctrica en la promoción del uso eficiente deenergía entre sus clientes. Eso sería erróneo, es-timados colegas, porque los incentivos no pue-den ser indeterminados.

Por esa razón, sugiero al señor Lam Álvarez, pre-sidente de la Comisión de Energía, Minas y Pes-quería, eliminar el artículo 5.° de la propuestaen debate y sustituirlo por otro, referido al acce-so igualitario a las medidas promocionales, paraque con transparencia se permita que cualquierempresa comercializadora pueda acceder al sis-tema de facturación por las ventas de equipos deiluminación eficiente que se va a otorgar a losconcesionarios eléctricos �a lo cual se ha referi-do el congresista Lam Álvarez al presentar elproyecto�, de modo tal que haya igualdad deoportunidades para todos los proveedores.

Para estos efectos, voy a alcanzar al señor presi-dente de la Comisión de Energía, Minas y Pes-quería la nueva redacción del artículo 5.°, quetiene por sumilla "Acceso Igualitario a MedidasPromocionales".

Muchas gracias, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.� Puede hacer uso dela palabra el señor Flores-Aráoz Esparza.

El señor FLORES-ARÁOZ ESPARZA (PPC).�Señor Presidente: Simplemente para hacer algu-nas sugerencias al texto en debate con el fin demejorar su redacción.

El artículo 3.°, referido a los derechos a la infor-mación, en la parte inicial dice que los artefactosque requieren suministro eléctrico incluirán eti-quetas, empaques, etcétera. Se supone que ahíse refieren a los artefactos que se fabriquen oque se importen en el futuro, porque si el textose mantiene tal como está, querría decir que alaparatito con el cual se proyectan las filminastendría que agregársele esa etiqueta.

Y el segundo párrafo del mismo artículo, en elque se faculta al INDECOPI para aprobar laspautas y lineamientos de aplicación de dicha le-gislación, debería tener correlativamente un pe-ríodo de vacatio legis, determinando que sólo seráaplicable el párrafo primero del artículo 3.°, se-senta o noventa días después de que se apruebenesas pautas y lineamientos de aplicación porINDECOPI; si no, tendría que ser aplicado des-de el día siguiente de su publicación, lo cual esun absurdo, porque en tan estrecho lapso no ha-bría tiempo para aprobarlos.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaFlores-Aráoz Esparza.

Puede hacer uso de la palabra el señor LamÁlvarez, presidente de la comisión informante.

El señor LAM ÁLVAREZ (C90-NM).� SeñorPresidente: Las sugerencias formuladas por elcongresista Umezawa Yokoyama sobre la funcióndel Ministerio de Energía y Minas, como autori-dad competente del Estado, han sido acogidas porla Comisión de Energía, Minas y Pesquería. In-dudablemente, creo que la función del Ministe-rio de Energía y Minas, más que apoyar la cons-titución de empresas de servicio energético, espromover y también coordinar con los demás sec-tores y las entidades públicas y privadas el desa-rrollo de políticas de uso eficiente de la energía.

Asimismo, la comisión ha aceptado la inclusióndel inciso g) en el artículo 2.°, con el objeto deque el Ministerio de Energía y Minas tenga tam-bién competencia en la promoción del consumoeficiente de energéticos en zonas aisladas y re-motas.

En el artículo 3.°, efectivamente, hay una omi-sión que debe subsanarse, pues en la parte ini-cial del mismo no sólo debe decir "los artefactosque requieren suministro eléctrico..." sino "losequipos y artefactos que requieren suministro deenergéticos incluirán en sus etiquetas, etcétera",lo cual la Comisión de Energía, Minas y Pesque-ría ha creído conveniente atender; al igual que laatingencia según la cual debería considerarse nosólo a la Dirección General de Electricidad delMinisterio de Energía y Minas, sino a todas susDirecciones Generales, para que a través de ellaspueda atenderse en forma adecuada la publica-ción de los estándares de consumo energético.

Sin ninguna duda, también es atendible laatingencia del congresista Flores-Aráoz Esparzaal artículo 3.°, cuando ha señalado que esta dis-posición es para el futuro y que se aplicará entanto y en cuanto existan los estándares y patro-nes establecidos no solamente por el INDECOPIsino también por el Ministerio de Energía y Mi-nas. Habría que hacer simplemente una peque-ña modificación en la redacción de esa disposi-ción.

Las modificaciones que propone el congresistaUmezawa Yokoyama en el artículo 4.° del pro-yecto en debate, propenden en mi criterio a me-jorar sustancialmente la seguridad que debemosotorgar en defensa del consumidor, a la vez quenos hace tener presente el tema de la competen-cia en el mercado; y por otro lado, es tambiénatendible su recomendación para suprimir el ar-tículo 5.° del texto propuesto por la comisión ysustituirlo por la fórmula que el congresistaUmezawa Yokoyama ha planteado.

La Comisión de Energía, Minas y Pesquería haconsiderado conveniente acoger las referidas pro-puestas, las cuales se encuentran contenidas enel nuevo texto que voy a alcanzar a la Mesa paraque sea sometido a votación.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaLam Álvarez.

Antes de pasar a votación, se va a registrar laasistencia mediante el sistema electrónico.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

El señor PRESIDENTE.� Han registrado suasistencia 77 señores congresistas.

Se va a votar.

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�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, porunanimidad (72 votos), el texto sustitutorio,propuesto por la Comisión de Energía, Mi-nas y Pesquería, relativo a la Ley de Pro-moción del uso eficiente de la energía.

El señor PRESIDENTE.� Ha sido aprobadopor unanimidad.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE PROMOCIÓN DEL USO EFICIENTE

DE LA ENERGÍA

Artículo 1.°.� Objeto de la Ley

Declárase de interés nacional la promoción delUso Eficiente de la Energía (UEE) para asegu-rar el suministro de energía, proteger al consu-midor, fomentar la competitividad de la econo-mía nacional y reducir el impacto ambiental ne-gativo del uso y consumo de los energéticos.

Artículo 2.°.� De la autoridad competente

El Ministerio de Energía y Minas es la autoridadcompetente del Estado para la promoción del usoeficiente de la energía, con las atribuciones de:

a) Promover la creación de una cultura orienta-da al empleo racional de los recursos energéticospara impulsar el desarrollo sostenible del paísbuscando un equilibrio entre la conservación delmedio ambiente y el desarrollo económico;

b) Promover la mayor transparencia del merca-do de la energía, mediante el diagnóstico perma-nente de la problemática de la eficiencia energé-tica y de la formulación y ejecución de progra-mas, divulgando los procesos, tecnologías y sis-temas informativos compatibles con el UEE;

c) Diseñar, auspiciar, coordinar y ejecutar pro-gramas y proyectos de cooperación internacionalpara el desarrollo del UEE;

d) La elaboración y ejecución de planes y progra-mas referenciales de eficiencia energética;

e) Promover la constitución de empresas de ser-vicios energéticos (EMSES), así como la asisten-cia técnica a instituciones públicas y privadas, y

la concertación con organizaciones de consumi-dores y entidades empresariales;

f) Coordinar con los demás sectores y las entida-des públicas y privadas el desarrollo de políticasde uso eficiente de la energía; y

g) Promover el consumo eficiente de energéticosen zonas aisladas y remotas.

Artículo 3.°.� Derecho a la información

Los equipos y artefactos que requieren suminis-tro de energéticos incluirán en sus etiquetas,envases, empaques y publicidad la informaciónsobre su consumo energético en relación conestándares de eficiencia energética, bajo respon-sabilidad de sus productores y/o importadores.

La aplicación de esta disposición para cada tipode equipo y artefacto requerirá la previa aproba-ción de las pautas y lineamientos que correspon-dan por parte de la Comisión de Supervisión dela Publicidad y Represión de la CompetenciaDesleal del Instituto de Defensa del Consumidory de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y ladeterminación de sus estándares de consumoenergético por parte de las correspondientes Di-recciones Generales del Ministerio de Energía yMinas.

Cumplidos estos requisitos, el productor y/o im-portador tendrán un plazo de 90 (noventa) díaspara adecuarse a lo establecido en el primer pá-rrafo de este artículo, siendo la autoridad com-petente para velar por su cumplimiento la Comi-sión de Supervisión de la Publicidad y Represiónde la Competencia Desleal del INDECOPI.

Artículo 4.°.� Medidas promocionales deiluminación eficiente

Las empresas concesionarias de distribución en-cargadas del Servicio Público de Electricidad es-tán autorizadas a incluir en la facturación por laprestación del citado servicio la cobranza resul-tante por las ventas que realicen a sus clientesde equipos de iluminación, que sean certificadoscomo eficientes por parte de empresas certifica-doras acreditadas por el INDECOPI, previo cum-plimiento de los siguientes requisitos:

a) Que la adquisición sea solicitada por dichosclientes;

b) Que previamente se les informe en forma pre-cisa y detallada de los compromisos que se deri-varían por dicha adquisición y de las consecuen-cias de su incumplimiento; y

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c) Que sea aceptada por los clientes de maneraexpresa.

El ejercicio de la presente autorización obliga alas empresas concesionarias aludidas al cumpli-miento de las obligaciones aplicables a los pro-veedores previstas en el Decreto Legislativo N.°716.

La Comisión de Protección del Consumidor delINDECOPI es la autoridad competente para ve-rificar el cumplimiento de lo establecido en elpresente artículo y para conocer de las presun-tas infracciones al Decreto Legislativo N.° 716,derivadas de la comercialización de los equiposde iluminación.

Artículo 5.°.� Acceso igualitario a medidaspromocionales

Las empresas concesionarias de distribución en-cargadas del Servicio Público de Electricidad de-ben asegurar la posibilidad de que las empresascomercializadoras de equipos de iluminación, quesean certificados como eficientes por parte de lasempresas certificadoras acreditadas por elINDECOPI, puedan comercializar sus productospor intermedio de las primeras en igualdad decondiciones.

Comuníquese, etc."

"Votación del texto sustitutorio delProyecto de Ley N.° 3941/98-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Amuruz Gallegos, Avendaño Valdez, BarbaránRengifo, Bartra Gonzales, Blanco Oropeza, Bre-ña Pantoja, Cáceres Velásquez, Campos Baca, Car-doso Romero, Cerro Moral, Chang Ching, ChávezCossío de Ocampo, Chiroque Ramírez, DelgadoAparicio, Díaz Bringas, Díaz Díaz, Espichán Tu-may, Estrada Choque, Estrada Pérez, FernándezBaca de Valdez, Ferrero Costa, Flores Flores, Flo-res-Aráoz Esparza, Ghilardi Álvarez, GradosBertorini, Gutiérrez Mercedes, Hermoza Ríos,Huamanchumo Romero, Jhong Junchaya, JoyWay Rojas, Lam Álvarez, Martorell Flores, Mat-suda Nishimura, Mellado Céspedes, Morales Cos-ta, Núñez Román, Olivera Vega, Pando Pacheco,Patsías Mella, Pease García, Pulgar Lucas, Qui-caña Avilés, Ramos Santillán, Reátegui Trigoso,Reto Neyra, Revilla Jurado, Reynafarje Abensur,Ruiz Dávila, Ruiz Caro Álvarez, Salazar Vargas,Salgado Rubianes de Paredes, Samalvides Dongo,San Román Cáceres, Sánchez Vega, SandovalAguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, Torrejón Rivade Chincha, Trelles Montero, Umezawa Yokoya-

ma, Urrelo Guerra, Vargas Marín, Vega Ascencio,Velit Núñez, Vicuña Vásquez, Vidarte Correa,Vílchez Malpica Villasante Chambi y ZevallosRíos."

(Ley N.° 27327)Rechazado el texto sustitutorio propuestoen el dictamen de la Comisión de Trabajo ySeguridad Social, se aprueba la fórmulasustitutoria, contenida en el dictamen dela Comisión de Justicia, en virtud de la cualse modifica el inciso i) del artículo 24.° delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica

del Poder Judicial

El señor PRESIDENTE.� El siguiente pro-yecto de ley, señor Relator.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguri-dad Social, recaído en el Proyecto de Ley N.° 5403/99-CR, por el cual se propone modificar el incisoi) del artículo 24.° del Texto Único Ordenado dela Ley Orgánica del Poder Judicial.(*)

El señor PRESIDENTE.� En debate el textosustitutorio contenido en el dictamen de la Co-misión de Trabajo y Seguridad Social sobre elProyecto de Ley N.° 5403/99-CR.

Si al votarse este proyecto fuese rechazado, sedebatirá el texto sustitutorio contenido en el dic-tamen de la Comisión de Justicia.

Solicito a los señores congresistas permanecer enel Hemiciclo durante el debate de este proyecto,por cuanto su aprobación, tratándose de la mo-dificación de una ley orgánica, requiere la mitadmás uno del número legal de congresistas.

Puede hacer uso de la palabra el congresistaSamalvides Dongo, presidente de la Comisión deTrabajo y Seguridad Social.

El señor SAMALVIDES DONGO (C90-NM).�Señor Presidente: Este sencillo proyecto de ley,que cuenta con dictamen favorable de la Comi-sión de Trabajo y Seguridad Social, propone mo-dificar el inciso i) del artículo 24.° del Texto Úni-co Ordenado la Ley Orgánica del Poder Judicial,con el fin de que cuando los trabajadores, ex tra-bajadores y sus herederos inicien acciones judi-ciales laborales y previsionales tengan el benefi-cio de la gratuidad, en tanto sus petitorios noexcedan de 40 Unidades de Referencia Procesal(URP), cuyo monto asciende a la suma de 20 mil300 nuevos soles.

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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Debo decir, además, que este proyecto de ley hasido dictaminado en forma unánime por los miem-bros de la Comisión de Justicia.

Como sustento de esta propuesta tenemos el ar-tículo 139.° de la Constitución Política del Perú,inciso 16), en el cual se establece que son princi-pios y derechos de la función jurisdiccional, en-tre otros, la gratuidad de la administración dejusticia y de la defensa gratuita para las perso-nas de escasos recursos económicos.

Por ello, el proyecto de ley en debate propone lamodificación del inciso i) del artículo 24.° del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial, aprobado mediante Decreto Supremo N.°017-93-JUS �adicionado por disposición del ar-tículo 1.° de la Ley N.° 26966�, a efectos de ele-var de 20 a 70 Unidades de Referencia Procesalel monto de las peticiones de los trabajadores, extrabajadores y sus herederos en los procesos la-borales y previsionales, exonerándolos del pagode las tasas judiciales.

Teniendo en cuenta que la Unidad de ReferenciaProcesal equivale al diez por ciento de la UnidadImpositiva Tributaria, y que ésta asciende a 2mil 900 nuevos soles, cada URP ascendería a lasuma de 290 nuevos soles. Con lo cual, de con-formidad con el texto vigente del inciso i) que sepretende modificar, la petición de exoneración dela tasa judicial, de 20 URP, sólo alcanzaría a lasuma de 5 mil 800 nuevos soles.

La propuesta de elevar de 20 a 70 URP tiene porobjeto evidente incrementar el tope del montode la petición exonerada, de modo tal que en lareferencia antes señalada resultarían favorecidosaquellos trabajadores, ex trabajadores o herede-ros que inicien procesos cuya cuantía no sea su-perior a 20 mil 300 nuevos soles, ampliándose deesta manera el número de beneficiarios de dichaexoneración.

La comisión, señor Presidente, reconoce que laampliación de la exoneración a un mayor núme-ro de potenciales litigantes importa una menorrecaudación para el Poder Judicial; sin embargo,coincidente con los fundamentos que sustentanla iniciativa legislativa, es de opinión que la am-pliación de la exoneración se justifica por la ma-teria objeto de la reclamación, que no es otra quelas remuneraciones y beneficios sociales no pa-gados por los empleadores en la oportunidad es-tablecida por la ley.

Por estas consideraciones, y de conformidad conel artículo 70.°, inciso b), del Texto Único Orde-nado del Reglamento del Congreso de la Repú-blica, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social

recomienda la aprobación del proyecto de ley, conel texto sustitutorio siguiente:

"Ley que modifica el artículo 24.° del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica

del Poder Judicial

Del objeto de la ley

Artículo Único.� Modifícase el inciso i) del artícu-lo 24.° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Ley Judicial, aprobado por Decre-to Supremo N.° 017-93-JUS, modificado por elartículo 3.° de la Ley N.° 26846 y el artículo 1.° dela Ley N.° 26966, en los términos siguientes:

�Artículo 24.°.� La administración de justicia esgratuita para las personas de escasos recursoseconómicos, y para los casos expresamente pre-vistos por ley. Se encuentran exonerados del pagode tasas judiciales:

[...]

i) Los trabajadores, ex trabajadores y sus here-deros en los procesos laborales y previsionales,cuyo petitorio no exceda de 70 Unidades de Re-ferencia Procesal, de amparo en materia laboral,o aquellos inapreciables en dinero por la natura-leza de la pretensión�."

Señor Presidente, dejo a usted y a consideraciónde la Representación Nacional, para su discusióny aprobación, el texto sustitutorio que proponela Comisión de Trabajo y Seguridad Social.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, señorSamalvides Dongo.

Tiene la palabra el señor Umezawa Yokoyama.

El señor UMEZAWA YOKOYAMA (C90-NM).�Señor Presidente: Existiendo opinión favorablede la Comisión Ejecutiva del Poder Ejecutivo conrespecto al proyecto de ley, cuya autoría pertene-ce a la congresista Chávez Cossío de Ocampo, enel cual se propone elevar la exoneración del pagode las tasas judiciales de 20 a 40 URP, sujetas aciertas condiciones no recogidas en el dictamen,considero que lo prudente sería que la exonera-ción que se contempla en los textos sustitutoriospropuestos por las Comisiones de Justicia y deTrabajo y Seguridad Social, no exceda de 40 Uni-dades de Referencia Procesal.

Alcanzo esta sugerencia al presidente de la Co-misión de Trabajo y Seguridad Social, a efectosde que se considere dicho requerimiento, por

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cuanto la opinión correspondiente de la Comi-sión Ejecutiva del Poder Judicial coincide con esafórmula. Hago notar que para los casos en quelos pagos de las tasas judiciales excedan las 40URP, existen otros sistemas a los que podríanacogerse los litigantes.

Gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Tiene el uso de lapalabra el señor Samalvides Dongo, presidentede la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.

El señor SAMALVIDES DONGO (C90-NM).�Señor Presidente: Es cierto lo que acaba de se-ñalar el colega Umezawa Yokoyama; lo que ocu-rre es que la opinión del Comisión Ejecutiva delPoder Judicial llegó a la Comisión de Trabajo ySeguridad Social cuando ya nosotros habíamosaprobado por unanimidad la fórmula que esta-mos discutiendo. Pero es atendible el pedido deque la exoneración del pago de las tasas judicia-les no exceda de 40 URP, debido a que nuestrapropuesta significaría una menor recaudaciónpara el Poder Judicial.

En tal sentido, voy a remitir a la Mesa el textosustitutorio correspondiente.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Señores congresis-tas, se va a verificar el quórum mediante el siste-ma electrónico.

Mientras los señores congresistas registran suasistencia, se va a dar lectura al texto sustitutorioremitido por el señor Samalvides Dongo.

El RELATOR da lectura:

"Texto sustitutorio

Ley que modifica el inciso i) del artículo 24.° delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial

Del objeto de la ley

Artículo Único.� Modifícase el inciso i) del artícu-lo 24.° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial, aprobado por DecretoSupremo N.° 017-93-JUS, modificado por el artí-culo 3.° de la Ley N.° 26846 y el artículo 1.° de laLey N.° 26966, en los términos siguientes:

�Artículo 24.°.� La administración de justicia esgratuita para las personas de escasos recursoseconómicos, y para todos los casos expresamente

previstos por ley. Se encuentran exonerados delpago de tasas judiciales:

[...]

i) los trabajadores, ex trabajadores y sus herede-ros en los procesos laborales y previsionales, cuyopetitorio no exceda de 40 Unidades de Referen-cia Procesal, de amparo en materia laboral, oaquellos inapreciables en dinero por la naturale-za de la pretensión�."

El señor PRESIDENTE.� Vamos a cerrar elregistro de asistencia.

El señor OLIVERA VEGA (FIM-I).� Unacuestión de orden, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Estamos en plenavotación, señor Olivera Vega.

El señor OLIVERA VEGA (FIM-I).� SeñorPresidente, primero se vota el texto contenidoen el dictamen de la comisión a la que el proyec-to original pasó en primer término, y si éste serechaza, se vota la fórmula sustitutoria propues-ta por la otra comisión.

El señor PRESIDENTE.� No, señor congre-sista; lo que se vota, como venimos haciendo desdehace años, es el texto sustitutorio que se pone endebate.

Continuamos con la votación.

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� SeñorPresidente, hay dos dictámenes con respecto aeste proyecto de ley.

El señor PRESIDENTE.� Así es, doctor Es-trada Pérez.

Lo que dije al poner en discusión esta propuesta�y voy volver a leer, porque contamos con el textorespectivo� es lo siguiente: "En debate el dicta-men de la Comisión de Trabajo y Seguridad So-cial sobre el Proyecto de Ley N.° 5403/99-CR. Sial votarse este texto fuese rechazado, se debati-rá el proyecto sustitutorio contenido en el dicta-men de la Comisión de Justicia".

Por lo tanto, lo que se va a someter a votación esel texto sustitutorio remitido por el señor Samal-vides Dongo, presidente de la Comisión de Tra-bajo y Seguridad Social, al que el señor Relatoracaba de dar lectura.

El señor OLIVERA VEGA (FIM-I).� SeñorPresidente, solicito que se vuelva a leer ese textosustitutorio.

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El señor PRESIDENTE.� A solicitud del se-ñor Olivera Vega, se va a dar lectura nuevamen-te al texto propuesto, para que no quede ningu-na duda al respecto.

El RELATOR da lectura:

"Ley que modifica el inciso i) del artículo 24.° delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial

Del Objeto de la Ley

Artículo Único.� Modifícase el inciso i) del artícu-lo 24.° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial, aprobado por DecretoSupremo N.° 017-93-JUS, modificado por el artí-culo 3.° de la Ley N.° 26846 y el artículo 1.° de laLey N.° 26966, en los términos siguientes:

�Artículo 24.°.� La administración de justicia esgratuita para las personas de escasos recursoseconómicos, y para todos los casos expresamenteprevistos por ley. Se encuentran exonerados delpago de tasas judiciales:

[...]

i) Los trabajadores, ex trabajadores y sus here-deros en los procesos laborales y previsionales,cuyo petitorio no exceda de 40 Unidades de Re-ferencia Procesal, de amparo en materia laboral,o aquellos inapreciables en dinero por la natura-leza de la pretensión�."

El señor PRESIDENTE.� Éste es el texto re-mitido a la Mesa por el presidente de la Comi-sión de Trabajo y Seguridad Social, el cual va aser sometido a votación.

Se va a votar.

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� La pa-labra, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Como usted com-prenderá, doctor Estrada Pérez, no se puede soli-citar el uso de la palabra en pleno proceso de vota-ción; pero, a modo de excepción, voy a permitir suintervención, sobre todo, teniendo en cuenta queen esta oportunidad se trata de una propuesta demodificación de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial y, por tal razón, requerimos obtener el voto detodos los congresistas presentes.

Puede hacer uso de la palabra el señor EstradaPérez.

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� Gra-cias por su comprensión, señor Presidente.

Lo que quiero decir es lo siguiente. Si este textoque exonera del pago de tasas judiciales a los tra-bajadores, ex trabajadores y sus herederos hasta40 Unidades de Referencia Procesal no se aprue-ba, de inmediato se pone al voto la fórmula susti-tutoria contenida en el dictamen de la Comisiónde Justicia, que habla de 70 Unidades de Referen-cia Procesal. ¿Va a ser así, señor Presidente?

El señor PRESIDENTE.� Conforme, doctorEstrada Pérez.

Pido a los señores congresistas volver a registrarsu asistencia por medio del sistema electrónico,antes de pasar a votar el texto que acaba de serleído.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

El señor PRESIDENTE.� Han registrado suasistencia 82 señores congresistas.

Se va a votar.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se rechaza, por nohaber alcanzado el número de votos exigi-dos por el Reglamento por tratarse de unaley orgánica (58 votos a favor, 19 en contra y2 abstenciones), el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión de Trabajo y SeguridadSocial, por el cual se modifica el inciso i) delartículo 24.° del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial.

El señor PRESIDENTE.� No habiendo sidoaprobado el texto sustitutorio propuesto por laComisión de Trabajo y Seguridad Social, se va asometer a votación la fórmula sustitutoria con-tenida en el dictamen de la Comisión de Justicia.

Mientras los señores congresistas registran suvoto en la forma acostumbrada, se va a dar lectu-ra al texto sustitutorio propuesto por la Comi-sión de Justicia.

El RELATOR da lectura:

"Ley que modifica el inciso i) del Artículo 24.° delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica del

Poder Judicial

Artículo Único.� Modifica el inciso i) del artícu-lo 24.° de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Modifícase el inciso i) del artículo 24.° de la LeyOrgánica del Poder Judicial, aprobado mediante

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Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, en los térmi-nos siguientes:

�Artículo 24.°.� La administración de justicia esgratuita para las personas de escasos recursoseconómicos y para todos los casos expresamenteprevistos por Ley. Se encuentran exonerados delpago de tasas judiciales:

[...]

i) Los trabajadores, ex trabajadores y sus here-deros en los procesos laborales y previsionales,cuyo petitorio no exceda de 70 (setenta) Unida-des de Referencia Procesal, de amparo en mate-ria laboral, o aquellos inapreciables en dinero porla naturaleza de la pretensión�."

Óscar Medelius Rodríguez.� Javier NoriegaFebres.� Anselmo Revilla Jurado.� DanielEspichán Tumay.� Martha Chávez Cossío deOcampo.� Dennis Vargas Marín.� Aldo EstradaChoque.� Edgar Núñez Román.� Javier AlvaOrlandini."

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la consulta, se aprueba, por 75votos a favor, ninguno en contra y una abs-tención, la fórmula sustitutoria, contenidaen el dictamen de la Comisión de Justicia,en virtud de la cual se modifica el inciso i)del artículo 24.° del Texto Único Ordenadode la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El señor PRESIDENTE.� Ha sido aprobadala fórmula sustitutoria propuesta por la Comi-sión de Justicia.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL INCISO I) DEL ARTÍCULO 24.°DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGÁNICA

DEL PODER JUDICIAL

Artículo Único.� Modifica el inciso i) delartículo 24.° de la Ley Orgánica del PoderJudicial

Modifícase el inciso i) del artículo 24.° de la LeyOrgánica del Poder Judicial, aprobado medianteDecreto Supremo N.° 017-93-JUS, en los térmi-nos siguientes:

�Artículo 24.°.� La administración de justicia esgratuita para las personas de escasos recursos

económicos y para todos los casos expresamenteprevistos por ley. Se encuentran exonerados delpago de tasas judiciales:

[...]

i) Los trabajadores, ex trabajadores y sus here-deros en los procesos laborales y previsionales,cuyo petitorio no exceda de 70 (setenta) Unida-des de Referencia Procesal, de amparo en mate-ria laboral, o aquellos inapreciables en dinero porla naturaleza de la pretensión.�

Comuníquese, etc."

"Votación del texto sustitutorio del Proyectode Ley N.° 5403/99-CR remitido por la Co-

misión de Justicia

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Amuruz Gallegos, Avendaño Valdez, Barba Ca-ballero, Barbarán Rengifo, Bartra Gonzales, Blan-co Oropeza, Breña Pantoja, Cáceres Velásquez,Campos Baca, Cardoso Romero, Cerro Moral,Chang Ching, Chávez Cossío de Ocampo, ChávezSerrano, Chiroque Ramírez, Ciccia Vásquez, Del-gado Aparicio, Díaz Bringas, Díaz Díaz, EspichánTumay, Estrada Choque, Estrada Pérez, Fernán-dez Baca de Valdez, Ferrero Costa, Flores Flo-res, Flores-Aráoz Esparza, Forsyth Mejía, GhilardiÁlvarez, Hermoza Ríos, Huamanchumo Rome-ro, Jhong Junchaya, Joy Way Rojas, Lam Álvarez,León Trelles, Lozada de Gamboa, Martorell Flo-res, Matsuda Nishimura, Mellado Céspedes, Mo-rales Costa, Núñez Román, Olivera Vega, PandoPacheco, Patsías Mella, Pease García, Pulgar Lu-cas, Quicaña Avilés, Ramos Santillán, ReáteguiTrigoso, Reto Neyra, Revilla Jurado, ReynafarjeAbensur, Ruiz Dávila, Ruiz Caro Álvarez, SalazarVargas, Salgado Rubianes de Paredes, SamalvidesDongo, San Román Cáceres, Sánchez Vega, San-doval Aguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, SolierGonzales, Torrejón Riva de Chincha, Trelles Mon-tero, Umezawa Yokoyama, Urrelo Guerra, VegaAscencio, Vicuña Vásquez, Vidarte Correa, Víl-chez Malpica, Villasante Chambi y Zevallos Ríos.

Señor congresista que se abstuvo: Velit Nú-ñez."

Se aprueba el texto sustitutorio, propuestopor la Comisión de Turismo y Telecomuni-caciones, correspondiente a la Ley de apro-vechamiento sostenible de las aguas mine-

ro medicinales(Autógrafa observada por el señor Presidente de la

República)

El señor PRESIDENTE.� El siguiente pro-yecto de ley, señor Relator.

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El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Turismo y Teleco-municaciones, recaído en el Proyecto de Ley N.°4614/98-CR, relativo a la Ley de aprovechamien-to sostenible de las aguas termales con fines tu-rísticos.(*)

El señor PRESIDENTE.� En debate el textosustitutorio contenido en el dictamen de la Co-misión de Turismo y Telecomunicaciones, corres-pondiente a la legislatura anterior, sobre el Pro-yecto de Ley N.° 4614/98-CR, actualizado el 16de agosto de 1999, cuya aprobación recomiendala Comisión Agraria.

Puede hacer uso de la palabra el congresistaMartorell Flores, presidente de la Comisión deTurismo y Telecomunicaciones.

El señor MARTORELL FLORES (C90-NM).�Señor Presidente: El Proyecto de Ley N.° 4614/98-CR, cuya autoría corresponde al colega Adol-fo Amorín Bueno, fue presentado en el períodolegislativo 1998-1999 y dictaminado por la Co-misión de Turismo y Telecomunicaciones, de eseentonces, cuyo presidente era el señor AndrésReggiardo Sayán y su vicepresidente el autor dela iniciativa.

Por lo tanto, rogaría al colega Amorín Bueno, enrazón de que en este momento no se encuentraen la Sala el señor Reggiardo Sayán, quien presi-dió la Comisión de Turismo y Telecomunicacio-nes del período legislativo precedente, que tengaa bien fundamentar el proyecto de ley materiade debate, teniendo en cuenta que éste ha sidosustentado con ocasión de los trabajos respecti-vos de dicha comisión, tanto en la presente legis-latura como en la anterior.

Ruego a usted, señor Presidente, que tenga a bienconceder el uso de la palabra al señor AmorínBueno.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Tiene la palabra elseñor Amorín Bueno.

El señor AMORÍN BUENO (C90-NM).� Se-ñor Presidente: Efectivamente, este proyecto deley, dictaminado favorablemente hace más de unaño por la Comisión de Turismo y Telecomuni-caciones y por la Comisión Agraria, es muy nece-sario para el país, porque va a permitir el apro-vechamiento sostenible de una parte de los re-cursos naturales que constituyen patrimonio dela nación y cuyo uso, como es lógico, debe ser re-

gulado por una ley de carácter orgánico, lo queno ocurre con nuestras aguas minero medicina-les, que actualmente son reguladas por decretossupremos y decretos legislativos, lo cual consti-tuye una situación completamente anormal.

Fundamentalmente, este proyecto de ley tienepor objeto la regulación jurídica del aprovecha-miento sostenible de los recursos naturales, y eneste caso particular el uso turístico de las fuen-tes de agua minero medicinales. Con esta pro-puesta no pretendemos regular la explotación delas aguas minero medicinales que se emplean enlas plantas embotelladoras o para otro tipo deuso industrial, sino solamente aquellas fuentesde aguas termales con fines exclusivamente tu-rísticos, cuya competencia corresponde al Mi-nisterio de Industria, Turismo, Integración yNegociaciones Comerciales Internacionales(MITINCI) a nivel nacional.

Se propone en el texto el debate que la explota-ción con fines turísticos de fuentes de agua mi-nero medicinales podrán ser realizadas por cual-quier persona natural o jurídica, nacional o ex-tranjera, mediante contratos de concesión, pre-via subasta pública. Sólo sería aplicable la moda-lidad de adjudicación directa cuando se trate depropiedades particulares donde estén ubicadasestas fuentes de agua minero medicinales.

Los contratos de concesión serán otorgados porel Ministerio de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales(MITINCI); y en el caso de que las fuentes deagua minero medicinales se ubiquen dentro deáreas naturales protegidas o sus zonas de amor-tiguamiento, se requerirá la opinión previa favo-rable de la Autoridad del Sistema Nacional deÁreas Naturales Protegidas del Estado (SINAN-PE).

En este sentido, se sugiere que todo contrato deconcesión deberá contener la denominación, iden-tificación y ubicación del manantial, número defuentes y características del caudal promedio deagua autorizado conforme a su uso específico delcurso y de acuerdo al tipo de establecimiento:balnearios común o terapéutico u otros de inte-rés turístico.

Señor Presidenta, ésta será una ley sumamentetécnica y que, sin duda alguna, dará gran fluideza la explotación de estos recursos naturales.

Este proyecto de ley propone, además, que laDirección Nacional de Turismo del Ministerio deIndustria, Turismo, Integración y NegociacionesComerciales Internacionales estará facultada para

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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aplicar sanciones administrativas por el incum-plimiento de la presente ley. Sin perjuicio de aque-llas sanciones, se establecen causales de caduci-dad del contrato de concesión, básicamente porel deterioro del recurso o por la utilización delterreno para fines distintos a los autorizados enla concesión, entre otros.

La condición más importante del contrato de con-cesión de las fuentes de agua minero medicina-les con fines turísticos es el plazo que se fija, queserá de diez años renovables hasta por un perío-do máximo de 20 años. Por otro lado, se estable-ce que al término de la concesión las instalacio-nes en perfecto estado, materias de la misma,pasarán a formar parte de la nueva concesión quese otorgue en una siguiente subasta pública.

Es importante subrayar que sólo se pueden otor-gar en concesión los frutos y productos, no así elbien mismo que �como todos sabemos� es pa-trimonio de la nación. En eso no debe haber lamás mínima confusión.

Para concluir, quiero manifestar que este proyectode ley pretende dar cumplimiento a un mandatoconstitucional �y es nuestro deber ineludiblecomo legisladores aprobar dicha propuesta�, cuales que el Estado promueva el aprovechamientosostenible de los recursos naturales, a través denormas especiales que permitan su explotaciónadecuada y racional, para que duren en formapermanente, teniendo en cuenta que constituyenpatrimonio de la nación.

Eso es todo cuanto tengo que decir a este respec-to, e invoco a los señores congresistas que se sir-van respaldar este proyecto de ley, que ha recibi-do opinión favorable de las Comisiones Agraria yde Turismo y Telecomunicaciones, y que sin dudaalguna va a contribuir al relanzamiento y mejo-ramiento de la explotación de las fuentes de aguaminero medicinales.

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaAmorín Bueno.

Puede hacer uso de la palabra el congresista AliagaAraujo.

El señor ALIAGA ARAUJO (C90-NM).� Se-ñor Presidente: En cumplimiento de la Ley N.°26821, Ley Orgánica para el AprovechamientoSostenible de los Recursos Naturales, y en vir-tud del principio fundamental de gradualidad delas normas, venimos dando una serie de leyesespeciales sobre la materia, como es el caso de laLey Forestal y de Fauna Silvestre; ahora esta-

mos haciendo lo propio con respecto a las fuen-tes de agua minero medicinales; y ojalá en el cor-to plazo podamos sancionar la Ley General deAguas, con el fin de abrir más esta ventanilla únicay brindar seguridad jurídica a la inversión priva-da.

En otros países, se considera recursos naturalesbásicos el agua, la tierra y el aire. En el Perú,quizá más adelante tengamos que regular y le-gislar sobre el aire, pero en este momento no loconsideramos necesario. En tal sentido, hablarde la sustentabilidad o del desarrollo sostenibleimplica, en términos generales, no dejar una deu-da social, no dejar una deuda económica, no de-jar una deuda humana ni tampoco dejar una deu-da ambiental; y dentro del desarrollo ambiental,que los recursos naturales, como son las aguasminero medicinales, se conserven y se preserven,en calidad y en cantidad, en forma sostenible yduradera para uso de las futuras generaciones.

Por tal razón, señor Presidente, tengo algunasobservaciones que hacer al articulado del textoen debate con el fin de perfeccionar su redacción,las cuales en este momento voy a poner a consi-deración de la Representación Nacional.

Sugiero, en principio, que en la propuesta endebate se cambie el título "Ley de Aprovechamien-to Sostenible de las Aguas Termales con FinesTurísticos" por el de "Ley de AprovechamientoSostenible de las Aguas Minero Medicinales, conel fin de que guarde concordancia con el articu-lado, que hace referencia a las fuentes de aguaminero medicinales.

La segunda sugerencia que hago es que se supri-ma el artículo 1.°, sobre las fuentes de agua mi-nero medicinales patrimonio de la nación, tenien-do en cuenta que las fuentes de agua minero me-dicinales son recursos naturales no renovables,a los que precisamente se refiere el artículo 66.°de la Constitución cuando declara que los recur-sos naturales, renovables y no renovables, sonpatrimonio de la nación; por lo cual ese artículoresulta reiterativo y por tanto prescindible. Demodo tal que el texto de la propuesta ya no cons-taría de nueve artículos sino de ocho artículos ytres disposiciones transitorias y finales.

Asimismo, con respecto al artículo 2.°, relativo alas características de las aguas minero medicina-les, presentamos dos alternativas para perfeccio-nar su texto. En el inciso 2.1, el primer puntorequiere que se reemplace la palabra "termales"por el término "mesotermales", que es específicopara calificar a las fuentes de agua minero medi-cinales de temperatura tibia; y en el inciso 2.2,sugerimos que se añada el artículo "el", con lo

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que ese inciso quedaría redactado de la siguienteforma: "Por supresión osmótica, adoptando comovalor medio el del suero sanguíneo humano".

Por otro lado, considero que en el artículo 5.°,sobre las características del contrato de conce-sión, resulta inconveniente enumerar los tiposde establecimiento que prestarían los serviciosde uso de las fuentes de agua minero medicina-les, por cuanto éste es un asunto propio del re-glamento. En tal sentido, es necesario suprimiren el artículo en mención la frase "balnearios co-mún o terapéutico u otros de interés turístico",que puede especificarse en el reglamento respec-tivo.

En el artículo 8.°, sobre las causales de caducidaddel contrato de concesión, sugerimos tres modifi-caciones. En primer lugar, propongo que se supri-ma el inciso 8.1 del artículo 8.°, por cuanto el he-cho de demostrar que una fuente de agua mineromedicinal ha perdido sus propiedades es una cau-sal de caducidad mas no necesariamente una in-fracción sancionable, pues dicha pérdida se puedeproducir por causas ajenas al concesionario.

En segundo lugar, con respecto al inciso 8.2, nues-tra sugerencia es que la cesión del contrato deconcesión se encuentre comprendida dentro delas causales de caducidad únicamente cuando nose comunique ese hecho a la autoridad compe-tente. En ese sentido, proponemos que al finaldel referido inciso se añada la frase "sin comu-nicación oportuna a la autoridad competente".

Además, y ésta es la tercera modificación quesugerimos a este artículo, consideramos que debedejarse abierta la posibilidad de que en el regla-mento se incluyan otras causales de caducidad,así como otras infracciones y sanciones. Por lotanto, proponemos que en el artículo 8.° se adi-cione el inciso 8.4, con el texto siguiente: "Otrascausales de caducidad, así como otras infraccio-nes y sanciones establecidas en el reglamento dela presente ley".

El señor PRESIDENTE.� Su tiempo ha con-cluido, señor Aliaga Araujo, pero dispone ustedde treinta segundos para concluir su interven-ción.

El señor ALIAGA ARAUJO (C90-NM).�Muchas gracias, señor Presidente.

Mi última observación es a la tercera disposicióntransitoria y final, sobre la derogatoria de dispo-sitivos legales opuestos, en la cual considero quedebe sustituirse el término "deróguese", porqueresulta más apropiado decir "deróganse", con locual esa disposición tendrá el siguiente texto:

"Deróganse las disposiciones legales que se opon-gan a la presente ley".

Muchas gracias, señor Presidente.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaAliaga Araujo.

Tiene el uso de la palabra el señor Cáceres Velás-quez.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ (DEMO).�Señor Presidente: Respecto al proyecto de ley quese encuentra en debate, coincidiendo con lo queacaba de expresar el colega Aliaga Araujo, consi-dero que en el título de la ley debería suprimirsela expresión "con fines turísticos" y modificarsela frase "aguas termales", a fin de que el títulodiga "Ley de Aprovechamiento Sostenible de lasaguas minero medicinales".

En segundo lugar, quiero señalar que encuentrovacíos en la propuesta en debate, porque en ellano se dice nada respecto de cómo habrá de hacer-se para obtener la concesión de las fuentes deagua minero medicinales, si será por denuncio opor solicitud; tampoco se dice que trámite habráde seguirse en el caso de que haya varias perso-nas que planteen similar solicitud; ni cómo ha-brán de dirimirse los problemas que se presen-ten a este respecto. Este asunto no se contemplaen el proyecto de ley que se encuentra en debate.

Por otro lado, no se dice nada sobre el problemade los terrenos que puedan ser utilizados paralos efectos de esta ley; creo que en esta propues-ta debería decirse algo sobre este particular. Yfinalmente, tampoco se consignan en ella los de-rechos que habrán de pagarse por los usufruc-tuarios de estas fuentes de agua minero medici-nales. ¿Quiénes cobrarán esos derechos?, ¿paraqué fines serán esos pagos?, ¿serán éstos de ca-rácter municipal, regional o corresponderán algobierno central? Creo que en este texto tambiénse ha debido decir algo sobre estos aspectos.

En resumen, pienso que el problema se podríaresolver si en el reglamento de la ley se estableceel procedimiento requerido para la solicitud deconcesión de las fuentes de agua minero medici-nales, así como lo concerniente al uso de los te-rrenos que puedan requerirse para su uso; y, ade-más, quiénes cobrarán los derechos por la utili-zación de estos recursos y a qué fines serán dedi-cados los pagos correspondientes.

Creo que de consignarse en el reglamento unadisposición que contenga todos esos puntos, po-dría resolverse este problema.

Muchas gracias, señor Presidente.

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El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaCáceres Velásquez.

Tiene el uso de la palabra la señora FernándezBaca de Valdez.

La señora FERNÁNDEZ BACA DE VALDEZ(GPI).� Señor Presidente: Debo señalar queestoy de acuerdo con el objetivo del proyecto deley en debate; sin embargo, deseo hacer algunassugerencias en varios artículos con el fin de per-feccionar su redacción.

En primer lugar, me parece correcta la modifica-ción del título de la ley sugerida por los colegasque me antecedieron en el uso de la palabra, conla cual coincido plenamente.

En el artículo 2.°, sugiero que se considere la cla-sificación de las fuentes de agua minero medici-nales; en ese sentido, el texto que propongo es elsiguiente: "Las aguas minero medicinales, com-puestas por gases y lodos medicinales, etcétera,se clasifican:

2.1 Por su temperatura.

2.2 Por su presión osmótica, adoptando como valormedio el del suero sanguíneo humano.

En el artículo 3.°, los párrafos de que consta deninguna manera pueden ser considerados 2.1 y2.2, sino 3.1 y 3.2.

Asimismo, en el párrafo 3.1 debe decir: "La ex-plotación con fines turísticos de fuentes de aguaminero medicinales, gases y lodos medicinalespodrá ser realizada �porque nos estamos refi-riendo a la explotación� por cualquier personanatural o jurídica nacional o extranjera median-te contratos de concesión, previa subasta públi-ca".

En el artículo 4.°, sobre la autoridad competen-te, debe decir: "Los contratos de concesión seránsuscritos por el Ministerio de Industria, Turis-mo, Integración y Negociaciones ComercialesInternaciones, etcétera", en razón de que los con-tratos no se otorgan sino se suscriben, Presiden-te.

En el artículo 5.°, debe decir: "... de acuerdo altipo de establecimiento: balneario común o tera-péutico u otros índices de interés turístico".

De otro lado, estoy de acuerdo con las modifica-ciones que ha sugerido el congresista AliagaAraujo para los artículos 8.° y 9.° del texto endebate.

Y con respecto a la segunda disposición transito-ria y final, sobre el reglamento de la ley, en laparte final ésta debe decir: "... a partir de la fechade su vigencia", no de su publicación.

Eso es todo, Presidente.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, congresistaFernández Baca de Valdez.

Tiene la palabra el congresista Alva Orlandini.

El señor ALVA ORLANDINI (AP-CODE-I).�Señor Presidente: Sin duda alguna, éste es unproyecto de ley interesante y útil que debió seraprobado hace algún tiempo, pero al que debe-mos aplicar el refrán "más vale tarde que nun-ca"; no obstante ello, es necesario hacer al textoen debate algunas correcciones de carácter for-mal.

El artículo 1.°, donde dice: "Las fuentes de aguaminero medicinales, cualquiera sea la condiciónde propiedad del terreno...", me parece que debeser corregido simplificando su redacción a fin deque diga: "Las fuentes de agua minero medicina-les, cualquiera sea la propiedad del terreno, ocualquiera sea el propietario del terreno, etcéte-ra".

En el artículo 3.° encuentro que hay también al-gunos vicios formales de puntuación. En el pun-to dos, por ejemplo, después de la referencia "enla presente ley y su reglamento", debe conside-rarse un punto seguido, porque se trata de unafrase que no es susceptible de estar separada dela que le sigue por una coma.

Pero a continuación hay un aspecto que tiene quever con el fondo del asunto, dice: "Al término dela concesión las instalaciones en perfecto estado,materias de la misma, pasarán a formar parte dela nueva concesión para una siguiente subastapública". Al respecto, pregunto: ¿qué ocurre sidespués de tres, cinco o diez años las instalacio-nes no están en perfecto estado? ¿El concesiona-rio se las lleva? Creo, por tanto, que debe supri-mirse de ese párrafo la referencia "en perfectoestado", porque al término de la concesión lasinstalaciones podrían no estar en perfecto esta-do. Aquí incluso podría haber dolo, porque el con-cesionario, al ver que su derecho está a punto deconcluir, podría dañar las instalaciones o no man-tenerlas en perfecto estado con el objeto de lle-várselas.

De otro lado, hago mía la observación formuladapor la congresista Fernández Baca de Valdez, en

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el sentido de que debe reformarse el artículo 4.°,teniendo en cuenta que el texto propuesto por lacomisión informante dice lo siguiente: "Los con-tratos de concesión serán otorgados por el Mi-nisterio de Industria, Turismo, Integración y Ne-gociaciones Comerciales Internacionales, etcéte-ra".

En cuanto a la sumilla del artículo 6.°, me pareceque es demasiado extensa y además impropia;pero podría ser mejorada si suprimimos la frase"por propietarios de terrenos", a fin de que éstasólo diga "Explotación por adjudicación directa",pues está sobreentendido, según el texto, que estaexplotación se refiere a los propietarios del te-rreno.

En el artículo 7.° hay un concepto que en mi cri-terio debe ser reformado. Pregunto: ¿cuál es eseinforme anual actualizado sobre las fórmulasanalíticas de las fuentes de agua minero medici-nales? ¿Acaso las características de esas fuentescambian año tras año? Creo que las propiedadesde las aguas minero medicinales generalmentepermanecen más o menos estables, de maneraque no me parece lo más apropiado presentar ala autoridad competente dicho informe anualactualizado.

En el artículo 8.°, referido a las causales de cadu-cidad del contrato de concesión, diría yo: "Soncausales de caducidad del contrato de concesión:",y luego consignaría los incisos que se señalan enel texto.

El artículo 9.°, en mi criterio, contiene una re-dacción que no es apropiada y que, por tanto, debeser aclarada.

Y finalmente, en lo que respecta a la segundadisposición transitoria y final, referida al regla-mento de la ley, aparte de que es impropio queesté en una disposición transitoria, tampoco debeser el Ministro de Industria, Turismo, Integra-ción y Negociaciones Comerciales Internaciona-les el que reglamente la ley, porque ésa es unaatribución que compete al Presidente de la Re-pública, de acuerdo con el inciso 8) del artículo118.° de la Constitución Política del Perú.

Éstas son todas las observaciones que formulo ala propuesta en debate, señor Presidente.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE.� Gracias, señor AlvaOrlandini.

Tiene la palabra el congresista Ruiz Caro Álvarez.

El señor RUIZ CARO ÁLVAREZ (C90-NM).�Presidente: Considero que el proyecto de ley esrealmente muy importante, porque va a permi-tir el aprovechamiento sostenible de un recursonatural como es el de las fuentes de agua mineromedicinales, en razón de que el Perú como nin-gún otro país del continente es rico en este valio-so rubro.

No obstante ello, algo que me preocupa en rela-ción con este proyecto, que �como bien sabe-mos� se trató en la comisión respectiva hacealgunos años, pero que recién hoy ha llegado alPleno, tiene que ver con las fuentes de agua mi-nero medicinales que están en poder de las mu-nicipalidades. No debemos olvidar que gran par-te de las fuentes de agua minero medicinales seencuentran en jurisdicciones de algunas munici-palidades distritales y provinciales, las cualestambién las explotan a través de concesiones,aunque lamentablemente no cuentan con las con-diciones necesarias para un manejo adecuado.

Considero que en este proyecto de ley se deberíacontemplar, por lo menos, un artículo en el que seestablezca un sistema que realmente permita coor-dinar, a la vez que supervisar y poner en valor nosolamente los nuevos asientos de aguas mineromedicinales, sino, sobre todo, aquellos complejosdonde éstos ya existen, pero que lamentablemen-te vienen siendo mal administrados.

Esto posibilitaría generar un nuevo atractivo ennuestro país, tanto para el turismo nacional comopara el turismo receptivo; pero lo más importan-te sería la generación de puestos de trabajo y deinversión en las zonas donde precisamente se en-cuentran ubicados esos recursos naturales no re-novables.

Por ello, invoco al presidente de la Comisión deTurismo y Telecomunicaciones para que contem-ple en esta propuesta la posibilidad de que se con-sidere la supervisión, a través del Ministerio deIndustria, Turismo, Integración y NegociacionesComerciales Internacionales, de las fuentes deagua minero medicinales que actualmente estánen poder de algunas municipalidades distritalesy provinciales de nuestro país.

Por lo demás, estos aspectos pueden resolverseen forma adecuada; pero hay otros que han sidomateria de observación por los colegas que mehan antecedido en el uso de la palabra.

En cuanto a la concesión para la explotación delas fuentes de agua minero medicinales, me pa-rece que los plazos que se contemplan en la pro-puesta en debate marchan de acuerdo con la rea-lidad, ya que ningún concesionario se aventura-

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ría a realizar una inversión por menor númerode años. Considero que diez años es el tiempomínimo que podría permitir la explotación de esterecurso hídrico natural no renovable.

Asimismo, en cuanto a la puesta en valor de lasfuentes de agua minero minerales, se debe teneren consideración el sistema de control de las in-versiones. No debemos olvidar que ha habidoconcesiones respecto de las cuales se ha conside-rado un programa de inversiones; pero ese pro-grama, lamentablemente, no está siendo debida-mente controlado.

Creo que es importante que una persona naturalo jurídica, al asumir la responsabilidad de unaconcesión, tenga el control adecuado de ella so-bre todo durante el proceso de inversión o rein-versión, ya que de esa forma nuestro país se ve-ría beneficiado con el debido cumplimiento delcompromiso que adquieren aquellas empresas be-neficiarias de dichas concesiones.

Por las razones expuestas, considero que éste esun magnífico proyecto de ley; pero es importan-te que el presidente de la comisión informantetome en cuenta la pequeña observación formula-da en el curso de mi intervención en relación conlos complejos de aguas medicinales que están acargo de algunas municipalidades provinciales.

Muchas gracias.

�Reasume la Presidencia la señora MarthaHildebrandt Pérez Treviño.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Ruiz Caro Álvarez.

Tiene la palabra el señor Martorell Flores, presi-dente de la Comisión de Turismo y Telecomuni-caciones.

El señor MARTORELL FLORES (C90-NM).�Señora Presidenta: la Comisión de Turismo yTelecomunicaciones, ha tenido a bien recoger...

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� La pa-labra, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Disculpe, señorMartorell Flores. ¿Había usted solicitado el usode la palabra con anterioridad, congresistaEstrada Pérez?

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� Sí, se-ñora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Disculpe, congre-sista Martorell Flores; luego del congresistaEstrada Pérez hará usted uso de la palabra.

El señor MARTORELL FLORES (C90-NM).�Cómo no, señora Presidenta.

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� Seño-ra Presidenta: Mi intervención es con el fin dellamar la atención de la Representación Nacio-nal sobre un hecho advertido en su intervenciónpor el congresista Ruiz Caro Álvarez.

Efectivamente, existen muchas municipalidadesdel país que vienen explotando fuentes de aguaminero medicinales, alrededor de las cuales hayinfraestructura establecida que es de propiedadde las mismas municipalidades.

Por lo tanto, si en este proyecto de ley no se haceun deslinde con respecto de las municipalidadesque usufructúan esas fuentes en calidad de pro-pietarias del terreno, se va a generar un graveproblema.

Por consiguiente, soy de la opinión de que en elartículo 3.°, referido a la concesión para la explo-tación de las fuentes de agua minero medicina-les, se incorpore un tercer párrafo que señale losiguiente: "La concesión se otorga siempre y cuan-do la fuente no esté explotada actualmente pormunicipalidades"; y si esto no es posible, al finalse incluya una disposición transitoria en la quese diga: "Las municipalidades que explotan fuen-tes de agua minero medicinales continuarán ha-ciéndolo con sujeción a la disposición que les esaplicable".

Gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Estrada Pérez.

Puede hacer uso de la palabra la congresista Ce-rro Moral.

La señora CERRO MORAL (FIM-I).� Seño-ra Presidenta: A través de usted, debo decir alseñor presidente de la Comisión de Turismo yTelecomunicaciones que esta propuesta legisla-tiva no tendría ninguna razón de ser; más aún sitenemos en cuenta que dicha comisión ha envia-do al archivo hasta tres proyectos de ley de estanaturaleza con el argumento, que me parece bas-tante valedero, de que está proliferando este tipode leyes.

Con el criterio que se está adoptando, entonces,tendría que haber una ley, por ejemplo, para elturismo ecológico, otra ley para el turismo cultu-ral y otra para el turismo termal, como estamoshaciendo ahora, es decir, para toda clase de tu-rismo. Hagamos, pues, turismo de lo que sea, llá-mese turismo agrario, llámese turismo de pati-

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nes sobre hielo, etcétera. No, señora Presidenta;el turismo debe de ser uno solo y me parece quecon la Ley General de Turismo basta y sobra.

En todo caso, hago recuerdo de esto al congresis-ta Martorell Flores, por cuanto ya estaba por haceruso de la palabra. Pensé que sobre esta materiaiban a intervenir otros colegas, pero noto que notienen mayor interés y por esa razón probable-mente se va a aprobar la propuesta en debate.Reitero, quisiera que el colega Martorell Floresrecordara lo que hace pocos días sucedió en laComisión de Turismo y Telecomunicaciones.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Cerro Moral.

Puede hacer uso de la palabra el congresistaMartorell Flores, presidente de la Comisión deTurismo y Telecomunicaciones.

El señor MARTORELL FLORES (C90-NM).�Señora Presidenta: La Comisión de Turismo yTelecomunicaciones ha tenido a bien recoger lassugerencias formuladas por los señores congre-sistas Aliaga Araujo, Fernández Baca de Valdez,Alva Orlandini, Ruiz Caro Álvarez y EstradaPérez, las cuales están comprendidas en el textosustitutorio que dentro de breves momentos voya remitir a la Mesa.

Entre ellas, hemos considerado conveniente mo-dificar el título de la ley, suprimiendo la frase"con fines turísticos", a efectos de que ésta seamás genérica; y además, hemos incorporado unacuarta disposición transitoria con el texto siguien-te: "Las municipalidades que exploten actualmen-te fuentes de agua minero medicinales continua-rán esta actividad de acuerdo con su ley orgáni-ca", teniendo en cuenta que los municipios tam-bién tienen la facultad de dar en concesión lasfuentes de agua minero medicinales ubicadas ensu jurisdicción.

Si los municipios pudieran coordinar lo concer-niente a dicha concesión con el Ministerio de In-dustria, Turismo, Integración y NegociacionesComerciales Internacionales (MITINCI), seríamucho mejor; pero como tienen autonomía parahacerlo, no se puede interferir en esa facultadque la correspondiente ley orgánica otorga a lasmunicipalidades.

Alcanzo a la Mesa el texto final de la propuestapara que pueda ser sometida a votación.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Martorell Flores.

Se va a registrar la asistencia para luego proce-der a votar el texto final que acaba de remitir ala Mesa el señor Martorell Flores, presidentede la Comisión de Turismo y Telecomunicacio-nes.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

La señora PRESIDENTA.� Han registradosu asistencia 71 señores congresistas.

Se va a votar.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, por 66votos a favor, uno en contra y ninguna abs-tención, el texto sustitutorio, propuesto porla Comisión de Turismo y Telecomunicacio-nes, correspondiente a la Ley de aprovecha-miento sostenible de las aguas minero me-dicinales.

La señora PRESIDENTA.� Ha sido aproba-do el proyecto de ley.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LAS

AGUAS MINERO MEDICINALES

Artículo 1.°.� Aguas minero medicinales,características

Las aguas minero medicinales están comprendi-das por los gases y lodos medicinales, de acuerdoa sus componentes químicos y a sus propiedadesbásicas, conforme se detalla a continuación:

1. Por su temperatura:

�Mesotermales o tibias: de 21 a 30 grados centí-grados.

�Termales o calientes: de 31 a 50 grados centí-grados.

�Hipertermales o muy calientes: mayores de 50grados centígrados.

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2. Por su presión osmótica, adoptando como va-lor medio el del suero sanguíneo humano (p,�55):

�Hipotónicas: osmodalidad menor de 0,�55.

�Isotónicas: osmodalidad igual a 0,�55.

�Hipertónicas: osmodalidad mayor de 0,�55.

3. Por su radiactividad: de acuerdo a su potenciaexpresada en milicuries.

4. Por su fórmula: de acuerdo a los minerales yotros elementos químicos de la misma que les dala característica de medicinales.

Artículo 2.°.� Concesión para la explota-ción de las fuentes de agua minero medici-nales con fines turísticos

2.1 La explotación con fines turísticos de fuentesde agua minero medicinales, gases y lodos medi-cinales podrán ser realizados por cualquier per-sona natural o jurídica nacional o extranjeramediante contratos de concesión, previa subastapública.

2.2 El plazo de concesión será de 10 (diez) años,salvo que se incurra en algunas de las causalesde caducidad y cancelación establecidas en la pre-sente Ley y su Reglamento; la concesión puedeser renovable hasta un período máximo de 20(veinte) años, en el caso de que el concesionariono sea el propietario del terreno. Al término dela concesión, las instalaciones en perfecto esta-do, materia de la misma, pasarán a formar partede la nueva concesión para una siguiente subas-ta pública.

Artículo 3.°.� Autoridad competente

Los contratos de concesión serán otorgados porel Ministerio de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales. Enel caso de que las fuentes de agua minero medi-cinales se ubiquen dentro de Áreas NaturalesProtegidas o sus zonas de amortiguamiento, seránecesaria la opinión previa favorable de la Auto-ridad del Sistema Nacional de Áreas NaturalesProtegidas por el Estado (SINANPE).

Artículo 4.°.� Características del contratode concesión

El contrato de concesión deberá contener la de-nominación, identificación y ubicación del ma-nantial, número de fuentes y características delcaudal promedio de agua autorizado, conforme asu uso específico del curso y de acuerdo al tipo deestablecimiento.

Artículo 5.°.� Explotación por adjudicacióndirecta por propietarios de terrenos

5.1 Los propietarios de los terrenos donde seubiquen fuentes de agua minero medicinalespodrán explotar dichas fuentes con fines turísti-cos mediante contrato de concesión por adjudi-cación directa. Para estos efectos, dichos propie-tarios podrán celebrar contratos de asistenciatécnica o económica o de asociación con cualquierpersona natural o jurídica, sean éstas públicas oprivadas, nacionales o extranjeras.

5.2 Recibida alguna solicitud de concesión, laautoridad competente otorgará el derecho de pre-ferencia a los propietarios de los terrenos don-de se ubiquen las fuentes de agua minero medi-cinales. En el caso de que decidan no ejercer elderecho de preferencia, la concesión se otorga-rá a particulares mediante subasta pública, pre-via autorización expresa del respectivo propie-tario.

Artículo 6.°.� Informe anual actualizado dela fórmula analítica

El concesionario deberá cumplir con presentar ala autoridad competente un informe anual actua-lizado de la fórmula analítica de las fuentes deagua minero medicinales que se explota con fi-nes turísticos, a fin de determinar las posiblesalteraciones en su composición y característicasfísico-químicas. La autoridad competente podrásolicitar un informe ampliatorio o adicional alrequerido o solicitar directamente a un organis-mo de certificación calificado que realice el estu-dio indicado.

Artículo 7.°.� Causales de caducidad delcontrato de concesión

Son causales de caducidad del contrato de conce-sión y constituyen infracciones sancionables gra-ves las siguientes:

1. La cesión del contrato de concesión sin comu-nicación oportuna a la autoridad competente.

2. El uso del terreno para fines distintos a losespecíficamente autorizados en la concesión.

3. La no presentación del informe que contengael análisis actualizado de la fórmula analítica dela fuente de aguas minero medicinales que ex-plota con fines turísticos.

4. Otras causales de caducidad, así como otrasinfracciones y sanciones establecidas en el Re-glamento de la presente Ley.

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Artículo 8.°.� Sanciones a las infracciones

La Dirección Nacional de Turismo del Ministe-rio de Industria, Turismo, Integración y Nego-ciaciones Comerciales Internacionales sanciona-rá las infracciones a la presente Ley en primerainstancia, siendo el Viceministerio de Turismoquien actúe como segunda y última instanciaadministrativa.

Disposiciones Transitorias y Finales

Primera.� Actividades no reguladas por lapresente Ley

Esta Ley no regula la explotación industrial enplantas de embotellado para aguas minero medi-cinales, así como otros usos diferentes al turísti-co, ni reemplaza o sustituye los demás procedi-mientos que pudieran ser exigibles para la cons-titución de la sociedad, licencia de funcionamientoo el libre acceso y uso del recurso agua y al terre-no requerido actualmente vigentes o que se es-tablezcan en el futuro.

Segunda.� Reglamento de la Ley

El Ministerio de Industria, Turismo, Integracióny Negociaciones Comerciales Internacionales re-glamentará la presente Ley en un plazo que noexceda de 60 (sesenta) días contados a partir dela fecha de su vigencia.

Tercera.� Derogatoria de dispositivos le-gales opuestos

Deróganse las disposiciones legales que se opon-gan a la presente Ley.

Cuarta.� Actividad de las municipalidades

Las municipalidades que exploten actualmenteaguas minero medicinales continuarán esta acti-vidad de acuerdo a su ley orgánica.

Comuníquese, etc."

"Votación del texto sustitutorio delProyecto de Ley N.° 4614/98-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Aliaga Araujo, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Baella Tuesta, Bartra Gonzales, Blanco Oropeza,Breña Pantoja, Campos Baca, Cardoso Romero,Chang Ching, Chávez Cossío de Ocampo, Chiro-que Ramírez, Ciccia Vásquez, Delgado Aparicio,Díaz Bringas, Díaz Díaz, Espinoza Matos, EstradaPérez, Fernández Baca de Valdez, Ferrero Costa,Flores Flores, Flores-Aráoz Esparza, Ghilardi

Álvarez, Grados Bertorini, Gutiérrez Mercedes,Huamanchumo Romero, Jhong Junchaya, JoyWay Rojas, Lam Álvarez, León Trelles, Lozadade Gamboa, Martorell Flores, Matsuda Nishimu-ra, Mellado Céspedes, Olivera Vega, Pando Pa-checo, Pease García, Pulgar Lucas, Quicaña Avi-lés, Ramos Santillán, Reto Neyra, Revilla Jura-do, Reynafarje Abensur, Ruiz Dávila, Ruiz CaroÁlvarez, Salazar Larraín, Salazar Vargas, SalgadoRubianes de Paredes, Samalvides Dongo, SanRomán Cáceres, Sánchez Vega, Sandoval Aguirre,Sato Abe, Siura Céspedes, Solier Gonzales, TrellesMontero, Umezawa Yokoyama, Urrelo Guerra,Vargas Marín, Vega Ascencio, Velit Núñez, Vicu-ña Vásquez, Vidarte Correa, Vílchez Malpica,Villasante Chambi y Zevallos Ríos.

Señora congresista que votó en contra: Ce-rro Moral."

(Ley N.° 27326)Se aprueba el texto sustitutorio, propues-to por la Comisión de Trabajo y SeguridadSocial, en virtud del cual se modifica el ar-tículo 57.° del Texto Único Ordenado de laLey de Compensación por Tiempo de Ser-vicios, aprobado por el Decreto Supremo

N.° 001-96-TR

La señora PRESIDENTA.� El siguiente puntode la Agenda, señor Relator.

El RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguri-dad Social, recaído en los Proyectos de Ley Núms.5153/99-CR y 5377/99-CR, en virtud del cual semodifica el artículo 57.° del Texto Único Orde-nado de la Ley de Compensación por Tiempo deServicios, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-97-TR.(*)

La señora PRESIDENTA.� En debate el pro-yecto sustitutorio contenido en el dictamen de laComisión de Trabajo y Seguridad Social sobre losProyectos de Ley Núms. 5153/99-CR y 5377/99-CR.

Puede hacer uso de la palabra el señor SamalvidesDongo, presidente de la comisión informante, pordiez minutos.

El señor SAMALVIDES DONGO (C90-NM).�Señora Presidenta: El objeto de este proyecto deley, que propone modificar el artículo 57.° del Tex-to Único Ordenado de la Ley de Compensaciónpor Tiempo de Servicios, aprobado por DecretoSupremo N.° 001-97-TR, es establecer que las su-mas de dinero que el empleador entregue al tra-bajador en forma voluntaria, por cualquier con-

(*) El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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cepto, no son compensables o deducibles de la li-quidación de beneficios sociales o de la suma quemande pagar la autoridad judicial por el mismoconcepto. Para que proceda la compensación odeducción la cantidad o pensión otorgada debeconstar en documento de fecha cierta y en formaexpresa.

El Proyecto de Ley N.° 5153/99-CR, materia deeste dictamen, propone modificar el artículo 57.°del Texto Único Ordenado de la Ley de Compen-sación por Tiempo de Servicios, en orden a esta-blecer que las sumas de dinero que el empleadorotorgue al trabajador en los convenios de termi-nación de la relación laboral por mutuo disensotienen el carácter de incentivos y no podrán sercompensados con deudas por remuneraciones ybeneficios sociales a favor del trabajador, hastapor el monto que le hubiera correspondido a di-cho trabajador como indemnización por despidoarbitrario; y que sólo el exceso resultante o lassumas recibidas con posterioridad al cese por eltrabajador, a título gratuito, serán deducidas delmonto que el órgano jurisdiccional ordene pagaral empleador como consecuencia de la demandainterpuesta por el trabajador, siempre y cuandodicha compensación haya sido previamente acor-dada por documento de fecha cierta.

El Proyecto de Ley N.° 5377/99-CR, materia tam-bién de dictamen, tiene por objeto establecer quelas sumas que el empleador entregue en formavoluntaria, como incentivo para renunciar al tra-bajo o por cualquier otro concepto, no sondeducibles de la liquidación de beneficios socia-les o de la suma que mande pagar la autoridadjudicial por el mismo concepto, ni de ninguna otraproveniente de la relación laboral.

El artículo 57.° del Texto Único Ordenado de laLey de Compensación por Tiempo de Servicios,que se pretende modificar en los términos queanteceden, establece que si el trabajador al cesaro posteriormente recibe del empleador, a títulode gracia, alguna cantidad o pensión, éstas sededucirán de aquellas que la autoridad judicialmande pagar al empleador como consecuencia dela demanda interpuesta por el trabajador, y quepara que proceda la deducción o compensacióndebe constar expresamente que la cantidad opensión otorgada se efectúa conforme a lo esta-blecido en el presente artículo, o en las normascorrespondientes del Código Civil.

Y teniendo en cuenta que por la compensaciónse extinguen las obligaciones recíprocas, líquidas,exigibles y de prestaciones fungibles y homogé-neas, hasta donde respectivamente alcancen,desde que hayan sido opuestas la una a la otra,debemos señalar que:

a) El empleador no tiene obligación alguna paraentregar a sus trabajadores cantidad o pensio-nes no previstas en la ley ni en los convenios co-lectivos.

b) El acto unilateral del empleador de entregar asus trabajadores cantidades o pensiones, a títulode gracia, no tiene por qué generar obligaciónalguna al trabajador para restituir en parte o to-talmente las cantidades o pensiones recibidasgraciosamente ni mucho menos la obligación dededucirlas de sus acreencias laborales.

c) En consecuencia, en el supuesto regulado porel artículo 57.° del Texto Único Ordenado de laLey de Compensación por Tiempo de Servicios,no estamos frente a obligaciones económicas recí-procas susceptibles de ser compensadas, sino frentea un pago a cuenta de obligaciones cuyo origen seencuentra en la propia relación laboral.

Por lo demás, considerando que de conformidadcon lo establecido por los artículos 1288.° y 1290.°del Código Civil, el artículo 647.° del Código Pro-cesal Civil y el artículo 37.° del Texto Único Or-denado de la Ley de Compensación por Tiempode Servicios, los depósitos de la compensación portiempo de servicios �incluidos sus intereses�son inembargables, debemos señalar que cual-quier compensación que pretenda afectar dichosdepósitos así como las remuneraciones y pensio-nes, se encuentra legalmente prohibida.

En tal sentido, haciendo uso de cualquiera de lasfórmulas propuestas en las iniciativas legislati-vas, consideramos que la modificación del artículo57.° del Texto Único Ordenado de la Ley de Com-pensación por Tiempo de Servicios, aprobado porDecreto Supremo 001-97-TR, debería estar en-caminada a precisar que las sumas otorgadas porel empleador como incentivo para renunciar altrabajo no son compensables de la liquidación debeneficios sociales o de la que mande pagar laautoridad judicial por el mismo concepto, y quesólo es compensable la cantidad o pensión otor-gada al trabajador al momento de la resolucióndel vínculo laboral y con posterioridad.

En consideración a lo expuesto, el texto sustitu-torio que propone al Pleno la Comisión de Tra-bajo y Seguridad Social es el siguiente:

"Ley por la que se modifica el artículo 57.° del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Compensación por

Tiempo de Servicios

Artículo 1.°.� Del objeto de la Ley

Modifícase el artículo 57.° del Texto Único Or-denado de la Ley de Compensación por Tiempo

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de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo001-97-TR, en los términos siguientes:

�Compensación de créditos del empleador

Artículo 57.°.� Si el trabajador al cesar o poste-riormente recibe del empleador, a título de gra-cia, alguna cantidad o pensión, éstas se compen-sarán o deducirán de aquellas que la autoridadjudicial mande pagar al empleador como conse-cuencia de la demanda interpuesta por el trabaja-dor.

Las sumas que el empleador entregue en formavoluntaria como incentivo para renunciar al tra-bajo o por cualquier otro concepto, no soncompensables o deducibles de la liquidación debeneficios sociales o de la que mande pagar laautoridad judicial por el mismo concepto.

Para que proceda la compensación o deduccióndebe constar expresamente en documento de fe-cha cierta que la cantidad o pensión otorgada seefectúa conforme a lo establecido en el presenteartículo, o en las normas correspondientes delCódigo Civil.�

Artículo 2.°.� Implicancia de la Ley

Deróganse o modifícanse todas las disposicionesque se opongan a la presente Ley."

Señora Presidenta, eso es todo cuanto puedo in-formar con respecto a este proyecto de ley, el cualpongo a consideración del Pleno para su discu-sión y posterior aprobación.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Samalvides Dongo.

Tiene la palabra el congresista Estrada Pérez.

El señor ESTRADA PÉREZ (UPP).� Seño-ra Presidenta: La aprobación de este proyecto deley va a permitir que se corrija un viejo vicio quela organización jurídica de nuestro país vienesosteniendo en forma indebida.

En efecto, deviene del 22 de julio de 1928 la dis-posición consignada en el artículo 51.° del Regla-mento de la antigua Ley N.° 4916, que es la queen nuestro país, desde ese lejano tiempo, dispo-ne la organización del régimen laboral denomi-nado "de la actividad privada".

Dicho dispositivo establece que cuando un tra-bajador es despedido, sea cual fuere la circuns-tancia, luego de que éste recurra al Poder Judi-cial, del pago que ordene el Poder Judicial en su

favor por concepto de beneficios sociales, se de-duzca toda cantidad que el empleador le hayaentregado en condición de liberalidad.

Dicho de otro modo, un empleador ofrece com-prar al trabajador "su renuncia", indicándole quele dará un incentivo de 50 mil nuevos soles a con-dición de que renuncie, y éste, con ese ofrecimien-to, presenta su renuncia. Pero luego, el trabaja-dor, al no obtener el pago debido de sus benefi-cios sociales, hace su reclamo ante el órgano com-petente. Vamos a suponer que el órgano ordenaque se pague al trabajador la suma de 100 milnuevos soles de beneficios sociales; pues bien, esedispositivo permite que de esos 100 mil nuevossoles se deduzcan los 50 mil nuevos soles entre-gados como liberalidad por el empleador.

Esto que sucede es absolutamente injusto, por-que la liberalidad tiene una naturaleza jurídicaabsolutamente distinta a la del beneficio social.El beneficio social es un derecho que tiene el tra-bajador al establecerse una relación laboral suje-ta a determinadas condiciones; en cambio, el actode liberalidad es una gracia, es una buena accióndel empleador con el objeto de poder estimulardeterminada actitud del trabajador.

Por esta razón, y siendo éste un acto que harájusticia al trabajador y que además corregirá unaflagrante transgresión del orden legal existenteen el Perú, en la Comisión de Trabajo y Seguri-dad Social hemos aprobado, no solamente porunanimidad sino también con mucha satisfacción,este importante proyecto de ley, que de una ma-nera directa disminuye las penurias que tiene hoyque enfrentar el trabajador debido a la flexibili-zación del sistema que regula la nueva relaciónlaboral, cosa que no vamos a tratar en esta opor-tunidad.

Por ello, albergo la seguridad de que este Con-greso aprobará unánimemente esta propuestalegislativa, que no tiene otro fin sino el de darverdadera condición jurídica a lo que constituyeun acto de liberalidad y a lo que significa un legí-timo derecho a percibir los beneficios sociales alfinal de una relación laboral.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Estrada Pérez.

Tiene la palabra el congresista Cáceres Velásquez.

El señor CÁCERES VELÁSQUEZ (DEMO).�Señora Presidenta: Debo señalar, en primer lugar,que estoy plenamente de acuerdo con el proyectode ley que se encuentra en debate, que en mi crite-rio perfecciona disposiciones que aún se encuen-

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tran vigentes, remedia sus deficiencias y promue-ve una situación legal mejor para los trabajadoresdel país; no obstante ello, pienso que es necesariohacer algunas modificaciones en su texto.

En tal sentido, sugiero que en el tercer párrafodel artículo 57.° del Texto Único de la Ley de Com-pensación por Tiempo de Servicios que se pre-tende modificar, se perfeccione aquella parte quedice "en documento de fecha cierta". No bastaríacon que se diga eso, porque aun cuando puedaaparecer la expresión "en documento de fechacierta", podría haber discusión sobre la validez ono del documento.

Por ello, para mayor garantía de los trabajado-res, propongo al presidente de la Comisión deTrabajo y Seguridad Social que en el tercer pá-rrafo, luego de la expresión "de fecha cierta", seinterpole la frase "y de valor indubitable", que-dando el referido párrafo con el siguiente texto:"Para que proceda la compensación o deduccióndebe constar expresamente en documento de fe-cha cierta y de valor indubitable que la cantidado pensión otorgada se efectúa conforme a lo esta-blecido en el presente artículo, o en las normascorrespondientes del Código Civil".

Espero que el presidente de la Comisión de Tra-bajo y Seguridad Social haya captado la idea queacabo de exponer; por su intermedio, señora Pre-sidenta, formulo esta súplica.

Me voy a permitir insistir en ella, porque creoque el presidente de la comisión informante nola ha captado en su totalidad. He propuesto queen el artículo 57.° del Texto Único Ordenado dela Ley de Compensación por Tiempo de Servi-cios que se pretende modificar, luego de la expre-sión "de fecha cierta", se interpole la frase "y devalor indubitable", lo cual dará mayor fuerza yrotundidad al referido dispositivo.

Hago propicia esta circunstancia, señora Presiden-ta, para pedir a usted que en el momento oportunopueda discutirse el proyecto de ley, que se encuen-tra en el Orden del Día, en relación con los obrerosmunicipales, a los cuales en muchas ocasiones he-mos visto en las calles reclamando, si no me equi-voco unas cincuenta veces. Creo que la sensibili-dad social de los señores congresistas debe habersevisto conmovida ante esa presencia: ellos están pi-diendo algo que es de elemental justicia y nosotrosno podemos negárselo, señora Presidenta.

Esta mañana, en la reunión del Consejo Directi-vo se ha dicho que este proyecto de ley puede serdiscutido; por tal razón, confío en que usted ha-brá de ponerlo a consideración del Pleno del Con-greso en el momento oportuno.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Cáceres Velásquez.

Tiene la palabra la congresista Fernández Bacade Valdez.

La señora FERNÁNDEZ BACA DE VALDEZ(GPI).� Señora Presidenta: Debo manifestar queestoy de acuerdo con el proyecto de ley que seencuentra en debate, con el cual, sin duda algu-na, se hará un acto de justicia con los trabajado-res del país; por esa razón, es necesario que eltexto que aprobemos sea claro, porque en él ad-vierto confusión.

Solicitaría al señor presidente de la Comisión deTrabajo y Seguridad Social que preste atencióna la observación que voy a formular. En el segun-do párrafo dice: "Las sumas que el empleadorentregue en forma voluntaria, como incentivopara renunciar al trabajo o por cualquier concep-to...", lo cual da la impresión de que ahí estaríanincluidos los conceptos que aparecen en el pri-mer párrafo del artículo propuesto.

Si en el primer párrafo dice que esas sumas "sí secompensarán" y en el segundo párrafo dice que"no son compensables", entonces hay una contra-dicción entre ambos párrafos. Por consiguiente,en el segundo párrafo debe suprimirse la expre-sión "o por cualquier otro concepto", con lo quesu redacción quedaría de la siguiente forma: "Lassumas que el empleador entregue en forma vo-luntaria como incentivo para renunciar al traba-jo no son compensables, etcétera"; de no supri-mirse esa frase, habría confusión, porque se po-drían o no compensar otros conceptos.

Por otra parte, sugiero que se cambie el título dela ley a fin de que se denomine "Ley que modificael artículo 57.° del Texto Único Ordenado de laLey de Compensación por Tiempo de Servicios,aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-97-TR".

Eso es todo, señora Presidenta.

Muchas gracias.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Fernández Baca de Valdez.

Puede hacer uso de la palabra el señor FloresFlores.

El señor FLORES FLORES (C90-NM).�Señora Presidenta: Efectivamente, éste es unproyecto de ley muy importante, que espero queel día de hoy sea aprobado por la RepresentaciónNacional; sin embargo, es necesario hacer algu-nas precisiones en su articulado para que el tex-to final quede redactado en forma clara, sobre

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todo en lo que respecta a las compensaciones y alas deducciones.

Debemos tener en cuenta que sólo serán compen-sables o deducibles las cantidades o pensiones que,a título de gracia, el empleador otorgue a los tra-bajadores al momento en que se extinga el vínculolaboral o con posterioridad; y que no serán com-pensables ni deducibles las cantidades o pensio-nes que, a título de gracia, el empleador otorguea los trabajadores con vínculo laboral vigente comoincentivo para renunciar al trabajo o por cual-quier otro concepto.

En ese sentido, propongo que en el primer párra-fo del artículo 57.° que se va a modificar se susti-tuya el término "cesar", generalmente vinculado ala terminación de las relaciones laborales en el sec-tor público, por la frase "al momento en que seextingue su vínculo laboral", que es más apropia-da en las relaciones laborales del sector privado.

Por otro lado, sugiero que el tercer párrafo delartículo 57.° pase a ser el segundo párrafo delmismo, sustituyéndose en él la expresión "pre-sente artículo" por la frase "párrafo precedente",por cuanto la precisión de que la compensación odeducción debe constar en documento de fechacierta sólo afecta al primer párrafo y no a la inte-gridad del artículo, que consta de tres parágrafos.

Asimismo, es conveniente que el segundo párra-fo del artículo 57.° que se propone pase a ser eltercer párrafo, con el texto que para el efecto voya alcanzar al presidente de la Comisión de Tra-bajo y Seguridad Social.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Flores Flores.

Puede hacer uso de la palabra el señor SamalvidesDongo, presidente de la Comisión de Trabajo ySeguridad Social.

El señor SAMALVIDES DONGO (C90-NM).�Señora Presidenta: La Comisión de Trabajo ySeguridad Social agradece los importantes apor-tes proporcionados en el curso del debate por losseñores congresistas que han intervenido conrelación a este importante proyecto de ley, enespecial las sugerencias formuladas por la con-gresista Fernández Baca de Valdez y por los cole-gas Cáceres Velásquez y Flores Flores.

Debo decir al doctor Cáceres Velásquez, quien hasugerido que en el tercer párrafo del texto en de-bate, luego de la expresión "en documento de fe-cha cierta", se interpole la frase "y de valor indubi-table", que su propuesta irrogaría costos a la em-

presa o a los trabajadores, pues cualquiera de laspartes tendría que pagar los gastos de una escri-tura pública por tratarse de un documento de va-lor; en cambio, un documento de fecha cierta re-queriría de una simple legalización a cargo delnotario o del juez de paz letrado, o también deljuez, como recomienda el doctor Alva Orlandini.

Por lo tanto, voy a hacer llegar a la Mesa el textosustitutorio final para que pueda ser leído y sepase a votación.

Muchas gracias, señora Presidenta.

La señora PRESIDENTA.� Gracias, congre-sista Samalvides Dongo.

Se va a registrar la asistencia por medio del sis-tema electrónico para luego proceder a votar eltexto final remitido por el señor SamalvidesDongo, presidente de la Comisión de Trabajo ySeguridad Social.

�Los señores congresistas registran su asis-tencia mediante el sistema electrónico paraverificar el quórum.

La señora PRESIDENTA.� Han registradosu asistencia 65 señores congresistas.

Se va a votar.

�Los señores congresistas emiten su votoa través del sistema electrónico.

�Efectuada la votación, se aprueba, porunanimidad (60 votos), el texto sustitutorio,propuesto por la Comisión de Trabajo ySeguridad Social, en virtud del cual se mo-difica el artículo 57.° del Texto Único Orde-nado de la Ley de Compensación por Tiem-po de Servicios, aprobado por el DecretoSupremo N.° 001-96-TR.

La señora PRESIDENTA.� Ha sido aproba-do por unanimidad el proyecto de ley.

�El texto aprobado es el siguiente:

"El Congreso de la República;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 57.°DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY DE COM-

PENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

Artículo 1.°.� Del objeto de la Ley

Modifícase el artículo 57.° del Texto Único Orde-nado de la Ley de Compensación por Tiempo de

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Servicios, aprobado por el Decreto Supremo N.°001-97-TR, en los términos siguientes:

�Compensación de Creditos del Empleador

Artículo 57.°.� Si el trabajador al momento quese extingue su vínculo laboral o posteriormente,recibe del empleador a título de gracia, en formapura, simple e incondicional, alguna cantidad opensión, éstas se compensarán de aquellas quela autoridad judicial mande pagar al empleadorcomo consecuencia de la demanda interpuesta porel trabajador.

Para que proceda la compensación debe constarexpresamente en documento de fecha cierta quela cantidad o pensión otorgada se efectúa confor-me con lo establecido en el párrafo precedente, oen las normas correspondientes del Código Civil.

Las sumas que el empleador entregue en formavoluntaria al trabajador como incentivo para re-nunciar al trabajo, cualquiera sea la forma de suotorgamiento, no son compensables de la liquida-ción de beneficios sociales o de la que mande pa-gar la autoridad judicial por el mismo concepto.�

Artículo 2.°.� Implicancia de la Ley

Deróganse o modifícanse todas las disposicionesque se opongan a la presente Ley.

Comuníquese, etc."

"Votación del texto sustitutorio de los Pro-yectos de Ley Núms. 5123 y 5377/99-CR

Señores congresistas que votaron a favor:Alva Orlandini, Amorín Bueno, Bartra Gonzales,Blanco Oropeza, Breña Pantoja, Campos Baca,Cardoso Romero, Cerro Moral, Chang Ching,Chávez Cossío de Ocampo, Chiroque Ramírez,Ciccia Vásquez, Delgado Aparicio, Díaz Bringas,Díaz Díaz, Espichán Tumay, Espinoza Matos,Estrada Pérez, Fernández Baca de Valdez, Fer-nández Bustinza, Flores Flores, Gutiérrez Mer-cedes, Hermoza Ríos, Huamanchumo Romero,Jhong Junchaya, Joy Way Rojas, Lam Álvarez,Larrabure Gálvez, León Trelles, Lozada de Gam-boa, Marcenaro Frers, Martorell Flores, MatsudaNishimura, Mellado Céspedes, Pando Pacheco,Pease García, Quicaña Avilés, Ramos Santillán,Reto Neyra, Revilla Jurado, Reynafarje Abensur,Ruiz Dávila, Ruiz Caro Álvarez, Salazar Vargas,Salgado Rubianes de Paredes, Samalvides Dongo,Sánchez Vega, Sandoval Aguirre, Sato Abe, SiuraCéspedes, Solier Gonzales, Umezawa Yokoyama,Urrelo Guerra, Vargas Marín, Vega Ascencio,Vicuña Vásquez, Vidarte Correa, Vílchez Malpica,Villasante Chambi y Zevallos Ríos."

La señora PRESIDENTA.� Señores congre-sistas, en el curso de la sesión de hoy se han apro-bado siete proyectos de ley y una resolución le-gislativa; por lo tanto, se va a consultar al Plenola dispensa de la aprobación del Acta para trami-tar todos estos asuntos.

Los señores congresistas que estén a favor seservirán expresarlo levantando el brazo. Los queestén en contra, de la misma manera.

�Efectuada la consulta, se acuerda trami-tar los asuntos tratados en la presente se-sión sin esperar la aprobación del Acta.

La señora PRESIDENTA.� La Presidencia sepermite anunciar que mañana, 12 de julio, a las13:00 horas, se procederá a la inauguración delMuseo del Congreso, acto que se llevará a caboen el segundo piso del local del Museo de la In-quisición y del Congreso. En ese Museo, dondese ha acondicionado una Sala especialmente de-dicada a Raúl Porras Barrenechea como ejemplode congresista egregio, hemos procurado trasla-dar todos los objetos relacionados con el Congre-so de la República, incluyendo los de la Sala deConstituciones, que estaba ubicada en el primerpiso del Palacio Legislativo.

Anuncio, además, que mañana temprano sesio-nará el Parlamento Amazónico, con asistencia deun gran número de congresistas.

No habiendo otro asunto que tratar, se cita a losseñores congresistas para continuar la presentesesión mañana a las 16:00 horas.

Lista de asistencia al final de la sesiónvespertina

Presentes: La señora Hildebrandt Pérez Treviñoy los señores Marcenaro Frers, Delgado Aparicio,Chang Ching, Alva Orlandini, Amorín Bueno,Bartra Gonzales, Blanco Oropeza, Breña Pantoja,Campos Baca, Cardoso Romero, Cerro Moral,Chávez Cossío de Ocampo, Chávez Serrano, Chi-roque Ramírez, Ciccia Vásquez, Díaz Bringas,Díaz Díaz, Espichán Tumay, Espinoza Matos,Estrada Pérez, Fernández Baca de Valdez, Fer-nández Bustinza, Flores Flores, Gutiérrez Mer-cedes, Hermoza Ríos, Huamanchumo Romero,Jhong Junchaya, Joy Way Rojas, Lam Álvarez,Larrabure Gálvez, León Trelles, Lozada de Gam-boa, Martorell Flores, Matsuda Nishimura, Me-llado Céspedes, Pando Pacheco, Pease García,Quicaña Avilés, Ramos Santillán, Reto Neyra,Revilla Jurado, Reynafarje Abensur, Rodas Díaz,Ruiz Dávila, Ruiz Caro Álvarez, Salazar Vargas,Salgado Rubianes de Paredes, Samalvides Dongo,San Román Cáceres, Sánchez Vega, SandovalAguirre, Sato Abe, Siura Céspedes, Solier Gon-

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zales, Umezawa Yokoyama, Urrelo Guerra, VargasMarín, Vega Ascencio, Velit Núñez, Vicuña Vás-quez, Vidarte Correa, Vílchez Malpica, VillasanteChambi y Zevallos Ríos.

Ausentes con licencia: Los señores ChirinosSoto, Diez-Canseco Cisneros, Figueroa Vizcarra,Guerra-García Cueva, Muñiz Ziches, Rey Rey yVelásquez Ureta.

Ausentes: Los señores Aliaga Araujo, AmuruzGallegos, Avendaño Valdez, Baella Tuesta, Bar-ba Caballero, Barbarán Rengifo, Barrón Cebreros,Cáceres Velásquez, Castillo Chirinos, ChipocoCáceda, Chu Rubio, Colchado Arellano, CoralPérez, Del Castillo Gálvez, Donayre Lozano, Es-trada Choque, Ezquerra Cáceres, Ferrero Costa,Flores Nano, Flores-Aráoz Esparza, ForsythMejía, Gamarra Olivares, García-Sayán Larra-bure, Ghilardi Álvarez, Grados Bertorini, Heresi

Abdelnour, Llerena Marotti, Mantilla Campos,Medelius Rodríguez, Merino Lucero, MoralesCosta, Noriega Febres, Núñez Román, OliveraVega, Pardo Mesones, Patsías Mella, Pulgar Lucas,Reátegui Trigoso, Reggiardo Sayán, Salazar La-rraín, Santa María Silva, Torrejón Riva de Chin-cha, Townsend Diez Canseco, Trelles Montero,Velásquez Quesquén y Zumaeta Flores.

Suspendidos: Los señores Abanto Pongo y LajoLazo.

La señora PRESIDENTA.� Se suspende lasesión.

�A las 19 horas y 28 minutos se suspendela sesión.

Por la Redacción:Óscar Montes Guerrero.

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