12 anexo 00 la gestiÓn del riesgo de desastres.pdf

4
121 ANEXO Nº 00 LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Hasta la fecha el enfoque planteado para la gestión de riesgos por la actual ley aún no ha sido concluida y no se puede aún opinar al respecto, sin embargo la anterior ley, tiene un enfoque normativo, algo confuso y que en síntesis no ha funcionado, lo que ha ocasionado que en la mayor parte del país no haya tenido éxito, basta ver en nuestra región como poblados han sido inundados, casas destruidas, sembríos anegados (Pisaq, Coya, Lamay, Calca, Urubamba) en la temporada de lluvias del 2010. Por otro lado se ha notado una falta de estudios de estimación del riesgo como son el caso de Zurite y Taray. Lugares como Pisaq, Calca y Urubamba, que cuentan con estudios de mapa de peligros, en los mismo los estudios no habrían sido asumidos ni implementados por las autoridades ni por la población. El Plan traza un enfoque basado en procesos, el cual pretende darle mayor operatividad y funcionamiento a la gestión de riesgos, con la finalidad de mejorar la capacidad de respuesta de las autoridades y la población. Como sabemos el distrito de Machupicchu tampoco ha mostrado una adecuada respuesta frente a los desastres, evidenciado por los dos meses que no hubo ingreso a Machupicchu en la temporada de lluvias del año 2010. Para entender el enfoque primero debemos definir lo que dice la ley sobre la gestión del riesgo de desastres que se muestra a continuación: 1. DEFINICIÓN DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES (GRD) Según la ley del SINAGERD, la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de emergencia. Considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. La Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científica y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado.

Upload: paulmendezrondan

Post on 15-Sep-2015

224 views

Category:

Documents


3 download

TRANSCRIPT

  • 121

    ANEXO N 00

    LA GESTIN DEL RIESGO DE DESASTRES

    Hasta la fecha el enfoque planteado para la gestin de riesgos por la actual ley an no ha sido concluida y no se puede an opinar al respecto, sin embargo la anterior ley, tiene un enfoque normativo, algo confuso y que en sntesis no ha funcionado, lo que ha ocasionado que en la mayor parte del pas no haya tenido xito, basta ver en nuestra regin como poblados han sido inundados, casas destruidas, sembros anegados (Pisaq, Coya, Lamay, Calca, Urubamba) en la temporada de lluvias del 2010. Por otro lado se ha notado una falta de estudios de estimacin del riesgo como son el caso de Zurite y Taray. Lugares como Pisaq, Calca y Urubamba, que cuentan con estudios de mapa de peligros, en los mismo los estudios no habran sido asumidos ni implementados por las autoridades ni por la poblacin. El Plan traza un enfoque basado en procesos, el cual pretende darle mayor operatividad y funcionamiento a la gestin de riesgos, con la finalidad de mejorar la capacidad de respuesta de las autoridades y la poblacin. Como sabemos el distrito de Machupicchu tampoco ha mostrado una adecuada respuesta frente a los desastres, evidenciado por los dos meses que no hubo ingreso a Machupicchu en la temporada de lluvias del ao 2010. Para entender el enfoque primero debemos definir lo que dice la ley sobre

    la gestin del riesgo de desastres que se muestra a continuacin:

    1. DEFINICIN DE GESTIN DEL RIESGO DE DESASTRES (GRD)

    Segn la ley del SINAGERD, la Gestin del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin ltimo es la prevencin, la reduccin y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, as como la adecuada preparacin y respuesta ante situaciones de emergencia. Considerando las polticas nacionales con especial nfasis en aquellas relativas a materia econmica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. La Gestin del Riesgo de Desastres est basada en la investigacin cientca y de registro de informaciones, y orienta las polticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la nalidad de proteger la vida de la poblacin y el patrimonio de las personas y del Estado.

  • 122

    Foto. Catarata en cuenca del Aguas Calientes.

    Fuente: Percy Machicao Olivera

    2. PRINCIPIOS

    La ley establece los siguientes principios:

    Principio protector: La persona humana es el fin supremo de la Gestin del Riesgo de Desastres, por lo cual debe protegerse su vida e integridad fsica, su estructura productiva, sus bienes y su medio ambiente frente a posibles desastres o eventos peligrosos que puedan ocurrir. Principio de bien comn: La seguridad y el inters general son condiciones para el mantenimiento del bien comn. Las necesidades de la poblacin afectada y damnicada prevalecen sobre los intereses particulares y orientan el empleo selectivo de los medios disponibles.

    Principio de subsidiariedad: Busca que las decisiones se tomen lo ms cerca posible de la ciudadana. El nivel nacional, salvo en sus mbitos de competencia exclusiva, solo interviene cuando la atencin del desastre supera las capacidades del nivel regional o local. Principio de equidad: Se garantiza a todas las personas, sin discriminacin alguna, la equidad en la generacin de oportunidades y en el acceso a los servicios relacionados con la Gestin del Riesgo de Desastres Principio de Eciencia: Las polticas de gasto pblico vinculadas a la Gestin del Riesgo de Desastres deben establecerse teniendo en cuenta la situacin econmica nanciera, siendo ejecutadas mediante una gestin orientada a resultados con eciencia, ecacia y calidad Principio de accin permanente: Los peligros naturales o los inducidos por el hombre exigen una respuesta constante y organizada que nos obliga a mantener un permanente estado de alerta, explotando los conocimientos cientcos y tecnolgicos para reducir el riesgo de desastres. Principio sistmico: Se basa en una visin sistmica de carcter multisectorial e integrada, sobre la base del mbito de competencias, responsabilidades y recursos de las entidades pblicas, garantizando la transparencia, efectividad, cobertura, consistencia, coherencia y continuidad en sus actividades con relacin a las

  • 123

    dems instancias sectoriales y territoriales. Principio de auditora de resultados: Persigue la eciencia y metas establecidas. La autoridad administrativa vela por el cumplimiento de los principios, lineamientos y normativa vinculada a la Gestin del Riesgo de Desastres, establece un marco de responsabilidad y corresponsabilidad en la generacin de vulnerabilidades, la reduccin del riesgo, la preparacin, la atencin ante situaciones de desastre, la rehabilitacin y la reconstruccin. Principio de participacin: Durante las actividades, las entidades competentes velan y promueven los canales y procedimientos de participacin del sector productivo privado y de la sociedad civil, intervencin que se realiza de forma organizada y democrtica. Se sustenta en la capacidad inmediata de concentrar recursos humanos y materiales que sean indispensables para resolver las demandas en una zona afectada. Principio de autoayuda: Se fundamenta en que la mejor ayuda, la ms oportuna y adecuada es la que surge de la persona misma y la comunidad, especialmente en la prevencin y en la adecuada autopercepcin de exposicin al riesgo, preparndose para minimizar los efectos de un desastre. Principio de gradualidad: Se basa en un proceso secuencial en tiempos y alcances de implementacin ecaz y eciente de los procesos que garanticen

    la Gestin del Riesgo de Desastres de acuerdo a las realidades polticas, histricas y socioeconmicas.

    3. COMPONENTES DE LA GESTION DE RIESGO DE DESASTRES

    La ley establece que la Gestin del Riesgo de Desastres se sustenta sobre la base de los siguientes componentes:

    Gestin Prospectiva: Conjunto de acciones que se planifican y realizan con el fin de evitar la conformacin de riesgo futuro, adems busca controlar el desarrollo de factores de riesgo, constituyese en un componente de la gestin territorial y medio ambiente.

    Gestin Correctiva: Conjunto de acciones que se planifican y realizan con el fin de disminuir el riesgo existente incluye la reduccin de riesgos y la preparacin de la respuesta.

    Gestin Reactiva: Conjunto de acciones y medidas destinadas a enfrentar el desastre probable, sea por un peligro inminente o por materializacin del riesgo.

    4. PROCESOS DE LA

    GESTIN DEL RIESGOS La ley establece que la gestin del riesgo se visibiliza mediante cinco procesos, a

  • 124

    partir de los cuales se ha venido trabajando. Estimacin del riesgo: Acciones y

    procedimientos que se realizan para generar el conocimiento de los peligros o amenazas, analizar la vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitan la toma de decisiones en la Gestin del Riesgo de Desastres.

    Prevencin y reduccin del riesgo: Acciones que se orientan a evitar la generacin de nuevos riesgos en la sociedad y a reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestin del desarrollo sostenible.

    Preparacin, respuesta y rehabilitacin: Acciones que se realizan con el n de dar una ptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, garantizando una adecuada y oportuna atencin de personas afectadas, as como la rehabilitacin de los servicios bsicos indispensables, permitiendo normalizar las actividades en la zona afectada por el desastre.

    Reconstruccin: Acciones que se realizan para establecer condiciones sostenibles de desarrollo en las reas afectadas, reduciendo el riesgo anterior al desastre y asegurando la recuperacin fsica, econmica y social de las comunidades afectadas.

    Hasta la fecha el enfoque planteado para la gestin de riesgos por la actual ley an no ha sido concluida y no se puede an opinar al respecto, sin embargo la anterior ley, tiene un enfoque normativo, algo confuso y que en sntesis no ha funcionado, l...