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Periódico Oficial
Gobierno del EstadoLibre y Soberano de Chihuahua
Registrado mma Aeioulode segunda Clase de!echa 2 de Novienmra
de 1927
Todas las leyes y demás disposiciones supremas son obligatorias por el sólo hecho de publicarseen este Periódico.
Responsable : La Secretaria General de Gobierno . Se publica los Miércoles y Sábados.
Chihuahua, Chih., miércoles 29 de diciembre del 2004.
Folleto Anexo
al
Periódico Oficial
LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DELAÑO 2005 DE LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS : COYAME DEL
SOTOL, IGNACIO ZARAGOZA , MADERA , MEOQUI,NUEVO CASAS GRANDES, SANTA BARBARA,SANTA ISABEL , SATEVO Y URUACHI, CHIH.
No. 104
Al.
CONGRESO DEL ESTADO
EL CIUDADANO LICENCIADO JOSE REYES BAEZATERRAZAS , GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, A SUSHABITANTES SABED:
QUE EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO SE HACHIHUAHUA SERVID(-` EXPEDIR EL SIGUIENTE
Secretaría
D E C R E T O:
DECRETO N°.86/041 P.O.
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADODE CHIHUAHUA, REUNIDA EN SU PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES , DENTRODE SU PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL,
DECRETA:
Artículo Primero.- Para que el Municipio de Madera pueda cubrir los gastosprevistos en su presupuesto de egresos. durante el ejercicio fiscal comprendidodel 1° de enero al 31 de diciembre de 2005, percibirá los ingresos ordinarios yextraordinarios siguientes:
1.- IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES
a) Impuestos
1 - Sobre espectáculos públicos, los cuales se causarán conforme a las siguientestasas:
CONCEPTO TASA
8%
10%
y otras 12%
Circos 6%
Becerradas, novilladas y jaripeos
Box y lucha
Carreras: de caballos, perros, automóviles, motocicletas
Corridas de toros y peleas de gallos 10%
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Espectáculos teatrales, revistas, variedades, conciertos yconferencias 6%
Exhibiciones y concursos
Espectáculos deportivos
Los demás espectáculos
10%
6%
8%
2.- Sobre juegos, rifas o loterías permitidas por lo ley: los cuales se causaránconforme a la taso previsto en el artículo 144 del Código Municipal.
3.- Predial.
4.- Sobre traslación de dominio de bienes inmuebles.
5.- Tasa Adicional para los Impuestos Predial y sobre Traslación de Dominio deBienes Inmuebles, la cual se cobrará con una sobretasa del 4% aplicable al montoque deberá enterar el contribuyente por dichos impuestos.
La tasa adicional se pagará en la misma forma y términos en que deban pagarselos impuestos mencionados y su rendimiento se destinará al sostenimiento de laUniversidad Autónoma de Chihuahua y de la Universidad Autónoma de CiudadJuárez, en partes iguales, en los términos del artículo 165 Bis del Código Municipal.
b) Contribuciones especiales
1.- Sobre pavimentación de calles y demás áreas públicas.
1I.- DERECHOS
1.- Por alineamiento de predios, asignación de número oficial, licencias deconstrucción y pruebas de estabilidad
2.- Por supervisión y autorización de obras de urbanización en fraccionamientos.
3.- Por servicios generales en los rastros.
4.- Por legalización de firmas, certificación y expedición de documentosmunicipales.
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DECRETO No.86/041 P.O.
:oNGRESO DEL ESTADOCHIHUAHUASecretaría
5.- Cementerios municipales.
6.- Por ocupación de la vía pública para estacionamiento de vehículosvendedores ambulantes.
7: Por la fijación de anuncios y propaganda comercial.
8.- Por los servicios públicos siguientes:
a) Alumbrado Público,b) Aseo, recolección y transporte de basura;c) Servicio de Bomberos; yd) Mercados y centrales de abasto.
9.- Los demás que establezca la ley.
y
Para el cobro de los derechos indicados en la relación precedente, el municipiose ajustará a la tarifa aprobada paro el ejercicio fiscal de 2005, misma que formaparte como anexo, de la presente Ley.
¡ti.- PRODUCTOS.
1.- De la enajenación, arrendamiento o explotación de sus bienes.
2.- Rendimientos financieros.
3.- Por publicaciones al precio fijado por la Presidencia Municipal.
4.- De sus establecimientos y empresas.
IV.- APROVECHAMIENTOS.
1.- Multas.
2.- Recargos y gastos de ejecución.
3.- Cualquier otro ingreso no clasificable como impuesto, contribución especial,derecho, producto o participación.
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V.- PARTICIPACIONES.
las que corresponden al municipio, de conformidad con las leyes federales ylocales que las establezcan y resulten de aplicar los procedimientos dedistribución a que se refieren los artículos 314 y 315, del Código Fiscal del Estadode Chihuahua, que integran el Fondo Global de Participaciones Federales yFondo Adicional con las participaciones sobre impuestos estatales, siendo losporcentajes de participación sobre el producto total, para el ejercicio de 2005. lossiguientes:
FONDO GLOBAL FONDO ADICIONAL
2.03% 1.61%
De conformidad con el artículo 317 del Código Fiscal del Estado, lasparticipaciones derivadas del Fondo Adicional, se destinarán en un 100%, aprogramas de obra pública. En condiciones de excepción, plenamentejustificadas ante la Comisión de Gasto y Financiamiento, podrán destinarse a otrosfines.
VI.- EXTRAORDINARIOS.
1.- Empréstitos.
2.- Derivados de bonos y obligaciones
Artículo Segundo.- Forma parte de esta ley, el anexo correspondiente almunicipio, en el que se estiman sus ingresos durante el ejercicio de 2005, para losefectos y en los términos de los artículos 115, fracción IV, inciso c), último párrafo,de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 132 de la ConstituciónPolítica del Estado de Chihuahua: y, 28, fracción XII del Código Municipal delEstado.
Artículo Tercero .- En tanto el Estado de Chihuahua, se encuentre adherido alSistema Nacional de Coordinación Fiscal, en los términos de los Convenios deAdhesión y Colaboración Administrativa, así como sus anexos, el municipio nopodrá gravar con contribución alguna a la producción, enajenación o consumode cerveza, salvo modificaciones a la normatividad que lo permitan.
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Por lo que se refiere a los derechos, quedan en suspenso todos aquellos a que serefiere el artículo 10-A de la ley de Coordinación Fiscal Federal, durante el lapsoque el Estado de Chihuahua permanezca coordinado en esa materia.
Artículo Cuarto .- Los contribuyentes o responsables solidarios, que no paguen loscréditos fiscales que les sean exigibles, deberán cubrir recargos por concepto demora, a razón de un 2.5% por mes o fracción, hasta por cinco años a partir de lafecha de exigibilidad del crédito adeudado: lo anterior, con fundamento en elartículo 50 del Código Fiscal vigente en el Estado.
Cuando se concedan prórrogas para el pago de créditos fiscales, se causará uninterés del 2% mensual, sobre el monto total de dichos créditos: lo anterior, deconformidad con lo establecido por el artículo 46 del precitado ordenamiento.
Artículo Quinto .- Se reducirá, con efectos generales, el importe por concepto deimpuesto predial en un 15%, en los casos de pago anticipado de todo el año,cuando este se efectúe durante el mes de enero
En los mismos términos del párrafo anterior, se reducirá en un 10%, por este mismoconcepto, cuando el pago se realice durante el mes de febrero
Tratándose de pensionados y jubilados y personas con discapacidad, estosgozarán de una reducción del 50%, por concepto de impuesto Predial, conefectos generales, en los casos de pago anticipado de todo el año, o bien,dentro del período que comprende el bimestre, en los casos en que seanpropietarios de un solo inmueble, éste se destine a vivienda, sea habitado por elcontribuyente y el valor catastral de la propiedad no exceda de $160,000.00(ciento sesenta mil pesos 00/100 m.n.). Este mismo beneficio operará a favor delas personas mayores de 60 años, de precaria situación económica, condiciónque deberán demostrar ante la autoridad municipal, mediante elementos deconvicción idóneos y, además deberán ser propietarios de un solo inmueble, queéste se destine a viviendo, que sea habitado por el contribuyente y su valorcatastral no exceda de $160,000.00 (ciento sesenta mil pesos 00/100 m.n.).
Los propietarios de inmuebles que se adhieran a los programas de construcciónde banquetas y remodelación de fachadas , cuando sean promovidos ycoordinados por la Presidencia Municipal , recibirán , una vez que las obras hayansido ejecutadas , una reducción en el pago del impuesto predial . Para estosefectos , el Ayuntamiento determinará los requisitos que deberán reunir losbeneficiarios , la vigencia y el procedimiento del cálculo del descuento , la forma
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de aplicarlo y en general, las bases y condiciones para que los contribuyentespuedan gozar de este beneficio,
Asimismo, en tos pagos anticipados de todo el año, se otorgará un descuento del40%, por concepto de impuesto predial, a las instituciones educativas y a losorganismos o asociaciones de beneficencia pública o privada.
Artículo Sexto .- Previo acuerdo del Ayuntamiento, se podrá condonar o reducir,con efectos generales, los recargos por concepto de moro, que deben cubrir toscontribuyentes o responsables solidarios que no paguen los créditos fiscales queles sean exigibles, cuando se considere justo y equitativo. El acuerdo en que seautorice esta medida, deberá precisar su aplicación y alcance, así como laregión o regiones en cuyo beneficio se dicte y deberá ser publicado en elPeriódico Oficial del Estado.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO .- Se autoriza al H. Ayuntamiento del Municipio de Maderapara que en su caso, amplíe su presupuesto de egresos en la misma proporciónque resulte de los ingresos estimados, provenientes de los fondos relativos al Ramo33, dentro del Fondo de Fortalecimiento Municipal, obligándose a cumplir con lasdisposiciones que en materia federal, le sean, aplicables.
ARTÍCULO SEGUNDO .- La presente ley de Ingresos entrará en vigor el primero deenero del año dos mil cinco
D A D O en el Salón de Sesiones del Poder legislativo, en la Ciudad deChihuahua, Chíh., a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
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DECRETO No.86/041 P.O.
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CONGRESO DEL ESTADOCHIHUAHUA
Secretaría
ZA LEÓN
Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debidoumplimiento.
En la Ciudad de Chihuahua , Palacio de Gobiernomes de diciembre del año dos mil cuatro.
EL GOBERNAD
el Estado, a los veinti os días del
R CONSTITUCIONAL
LIC. JOSE RE
IEZ MORENO.
DE GOBIERNO
EL ESTADO
TERRAZAS.
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TARIFA
Para el cobro de los derechos municipales para el ejercicio de 2005, de acuerdocon lo dispuesto por el artículo 169 del Código Municipal del Estado, previoestudio del proyecto de Ley de Ingresos presentada por el H. Ayuntamiento delMunicipio de Madera, y conforme al artículo 10-A de la Ley de CoordinaciónFiscal Federal, y los artículos 2 y 4 de la ley de Coordinación en Materia deDerechos con la Federación, se expide la presente Tarifa, misma que se expresaen pesos y que regirá durante el ejercicio fiscal de 2005, para el cobro de losderechos que deba percibir la haciendo pública del Municipio de Madera:
I.• Alineamiento de predios y asignación de número oficial
l.- Alineamiento de predio, por metro cuadrado 1.50
2.- Asignación de número oficial 50.00
3.- Avalúos 120.00
II.- Licencias de uso de suelo
1.- Uso Industrial urbano, por metro cuadrado 1.50
2.- Uso Industrial rústico, por hectárea 1500.00
3.- Uso Comercial urbano, por metro cuadrado 1.50
4.- Uso Comercial Rústico, por hectárea 1000.00
5.- Uso Habitacional urbano, por metro cuadrado 1.00
6.- Uso Habitacional rústico, por hectárea 1000.00
7.- Autorización de planos, por metro cuadrado 7.00
8.- Por autorización de cambio de uso de suelo, por metro 1.50cuadrado
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ti¡.- Licencias de construcción
1.- Autorización de planos por metro cuadrado
2.- Construcción, reconstrucción, reparación, ampliación y ornatode:
7.00
a) Locales comerciales o industriales, mientras dure la obra,por metro cuadrado, mensual 5.00
b) Casas-habitación, mientras dure la obra, por metrocuadrado, mensual 5.00
c) Casas-habitación con superficie de hasta 50 mts/2 Exento depago, mas no
de permiso
3.- Rompimiento de pavimento o apertura de zanjas en la vía 5.00pública, por cada metro de largo y hasta un metro de ancho
La reposición será por cuenta del interesado, quien deberágarantizar o pagar su costo en el momento de la expedición de laautorización correspondiente
A) De asfalto 175.00
B) De concreto 422.00
4.- Banquetas y bordas 50.00
5: Subdivisión, fusión y relotificación de lotes
A).- Urbano por metro cuadrado 1.60
B).- Rústico por hectárea 436.00
6.- Por la expedición de certificados de pruebas de estabilidad. 436.00
IV.- Autorización de obras de urbanización en fraccionamientos ycondominios.
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Por estos servicios se pagará el equivalente al 1.3% el costo de lasobras de urbanización del fraccionamiento. Previamente a lainiciación de las obras, deberá enterarse a la Tesorería Municipal,en calidad de anticipo, el porcentaje indicado, sobre elpresupuesto presentado por el propio fraccionador y una vezconcluidos los trabajos de urbanización, se formulará liquidacióndefinitiva con base en los registros contables autorizados.
Las cuotas para los demás servicios que se presten en este ramo,tales como fotometría, estudio de ingeniería, etc., serán fijados porel Ayuntamiento tomando en consideración su costo.
V.- Cementerios municipales:
1.- Tierra, fosa, marca y autorización de inhumación, con vigenciapor el termino de 7 años 256.00
2.- Los mismos conceptos anteriores a perpetuidad 550.00
3.- Ampliación del término de siete años. 256,00
4.- Licencia para colocar lápida en fosa o gaveta 52.00
VI.- Servicios generales en los rastros:
1.- Matanza:
A) Por cabeza de ganado mayor 100.00
2: Causarán derecho los servicios que a continuación se indican yque podrá realizar el municipio conforme a sus atribucioneslegales:
A) Sello de carne fresca procedente de fuera del municipioque deberá presentarse en el rastro municipal para suinspección sanitaria, a fin de que pueda procederse a suventa 22.00
B) Revisión de facturas , marcas , fierros y señales paraexpedición de pases de ganado destinado al sacrificio , por 65.00
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cabeza
C) La inspección y movilización de pieles de ganado, porpieza 7,00
D) Revisión de facturas, marcas , fierros y señales paramovilización de ganado fuera del municipio , por cabeza 12.00
E) Revisión de facturas, marcas, fierros y señales y visas paramovilización de ganado dentro del municipio, por cabeza 8.50
3.- Uso de corrales:
A) Ganado mayor por cabeza, diario 65.00
B) Ganado menor, por cabeza, diario 65.00
4.- Corte y limpieza de cueros de ganado porcino, por cada uno 25.00
5.- Mostrenquería:
Se causará este derecho con base a la siguiente tarifa:
A) Bovino y equino por transportación y por día o fracciónpor concepto de alimentación 101.00
8} Cerdos y ovicoprinos por transportación y por día ofracción por concepto de alimentación 50,00
6.- Derecho por degüello:
A) Por cabeza de ganado mayor 93.00
B) Por cabeza de ganado menor 47.00
7.- Refrigeración de carne procedente de matanza de rastro, pordía o fracción
a) Por cabeza de ganado mayor 41.00
b) Por cabeza de ganado menor 21.00
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8.- Servicios no especificados: las cuotas para los demás serviciosque se presten en los rastros no especificados en la presente tarifa,serán fijados por el Ayuntamiento respectivo, tomando enconsideración su costo.
Estas cuotas deberán ser dadas a conocer a los usuarios.
VII.- Legalización de firmas, certificación y expedición dedocumentos municipales:
1.- Legalización de firmas, expedición y certificación dedocumentos, por cada una 53.00
2.- Expedición y llenado de documentos para trámites deTraslación de Dominio 260.00
3.- Certificado de residencia. 50.00
4: Certificado de localización de muebles e inmuebles onegociaciones. 50.00
5.- Certificado de buena conducta 50.00
6.- Certificado de no antecedentes policíacos. 50.00
7.- Por la certificación de la existencia, inexistencia o grado deadelanto de una obra en construcción:
A) Fraccionamiento 217.00
B) Finca 79.00
C) Lote 79.00
8.- Otras certificaciones 25.00
VI¡¡.- Ocupación de la vía pública para estacionamiento devehículos:
1.- Frente a aparatos estacionómetros:
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y
A) Por hora 4.50
B) Por mes 65.00
C) Semestral 352.00
IX.- Uso de la vio pública por comerciantes ambulantes o conpuestos fijos o semifijos:
1.- Ambulantes locales, diario 20.00
2.- Ambulantes, con puestos foráneos por día 200.00
3.- Ocupación de terrenos El Porque de la Amistad, durante lasfiestas patronales, por metro cuadrado
a) Comerciantes Locales 150.00
b) Comerciantes foráneos 300.00
X.- Servicio público de alumbrado:
Se causará con una cuota hasta del 5% del importe del consumode energía pagado a la Comisión Federal de Electricidad.
En el caso de la ocupación de los terrenos del parque la Amistad,durante las fiestas patronales, cada vendedor ambulante pagaráel consumo de energía eléctrica, de acuerdo a la estimación quedetermine la Presidencia Municipal y su pago se hará en formaanticipada
XI.- Aseo y recolección de basura:
1.- Establecimientos comerciales e industriales, mensualmente 50.00
Si el volumen de basura o desperdicios que originen estosestablecimientos con motivo de sus operaciones ameritan laprestación de un servicio especial por parte del municipio, lacuota mensual podrá ascender, hasta 2,380.00
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2.- Limpieza de lotes baldíos por porte del municipio, por metrocuadrado 12.00
XII.- Servicio de bomberos.
1: Dictámenes sobre causas de siniestros y expedición deconstancias de que se cumple con las medidas de prevención yseguridad correspondientes 2.00
2.- Peritaje sobre siniestro de establecimientos comerciales,industriales y de servicios 755.00
3.- Peritaje sobre siniestro de casa-habitación 151.00
4.- Por cada inspección general 754.00
5.- Revisión de extinguidores, por unidad 31.00
6.- Por inspección especial de proyecto de obra, hasta 200 metros 310.00cuadrados de construcción
6.1.- por cada metro adiciono¡ 2.00
XIII.- Por Fijación de Anuncios en la vía pública (cuota anual)
1.- Espectaculares 2000.00
2.- Colgantes 200.00
3.- Bandera 200.00
4.- Paleta 200.00
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J
Anexo a la Ley de ingresos para el año 2005 correspondiente al Municipio deMadera
Ingresos que el Congreso del Estado estima para el Municipio deMadera
Durante el año de 2005, para los efectos yen los términos de los Artículos 115,fracción IV. inciso e) último párrafo de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 132 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, y 28,fracción XII del Código Municipal de la Entidad:
Impuestos $ 2,459,063.00
Contribuciones Especiales $
Derechos $ 1,270,525.00
Productos $ 97,000.00
Aprovechamientos $ 989,150.00
Total de Ingresos Propios $ 4,815.738 00
Participaciones:
Fondo General de Participaciones $ 27,166,275.62
Fondo de Fomento Municipal $ 4,107,485.76
Sobre Tenencia y Uso de Vehículos $ 1,461,600,00impuestos Sobre Producción y Serviciosen materia de cervezas y bebidasalcohólicas y en materia de tabacoslabrados $ 796,795.30
Participaciones Adicionales $ 3,506,464.08
Impuestos Sobre Autos Nuevos $ 702,380.00
Participaciones sobre Aduanas $
Total de Participaciones $ 37361,000.76
Fondo de Participaciones (RAMO 33)
F.I.S.M. $ 10,071,966.00
F.A.F.M. $ 9,466,194.00$ 19,538,160.00
Total Global $ 62 ,114,898.76
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