1-lo-11 el marco legal del proyecto

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      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 1 de 28 

    EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    1 Introducción. 

    Los temas industriales, son objeto de amplia atención por parte de los legisladores, tantoa nivel estatal como autonómico y local.

    Podemos indicar, que un aspecto básico a tener en cuenta en el proceso de ejecución decualquier proyecto, lo constituye el obligado conocimiento de los aspectos legales que loafectan y que en general, dependerán del tipo de proyecto y de la actividad a desarrollar.

    Existe, no obstante, toda una serie de disposiciones que por su carácter general esconveniente destacar, tanto por su importancia como por la frecuencia de su utilización.

    2 Clasificación de documentos normativos.

     Además de la documentación de tipo técnico que el ingeniero debe manejar, éste seencontrará con otro tipo de documentos como reglamentos, directrices, recomendaciones,dictámenes, normas, etc., donde se establecen reglas, métodos, cálculos, etc. para casicualquiera de las posibles actividades que desempeña, que debe conocer y aplicar. Éstasdependiendo de su carácter pueden ser de obligado cumplimiento (reglamentos, directivas,etc.) o de no obligado cumplimiento (normas). En la Tabla 1 se muestra la obligatoriedad, o no,de cumplimiento de cada tipo de documento y el organismo que lo desarrolla.

    Origen del documento Tipo de documento 

    Obligatoriedad de cumplimiento

    Ob jeto Su jeto 

        A    d   m    i   n    i   s    t   r   a   c    i    ó   n      e      u   r      o      p      e        a 

    ReglamentoObligatorio en todos suselementos 

    Obligatorio en todos losEstados Miembr os 

    Dir ectiva Obligatorio en objetivo noen la for mación 

    Obligatorio en EstadosMiembros destinatar ios 

    Decisión  Obligatorio 

    Recomendación No obligatorio 

    Dictamen 

        A    d   m    i   n    i   s    t   r   a   c    i    ó   n      e      s      p        a        ñ      o    l        a

      Centr al

    Leyes Orgánicas;Leyes Ordinarias;RD-Ley; RD; OM;Reglamentos;Resoluciones 

    Obligatorio  Obligatorio 

            T      e   r   r    i          t      o   r    i        a    l

    CCAA 

    Leyes;Decretos;Ordenes;Reglamentos;Resoluciones 

    Diputación  Ordenanzas;

    Reglamentos  Ayuntamiento

    Organismos inter nacionales  Acuerdos, No Obligatorio  No Obligatorio 

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    (OIT, OMS, OMI) Convenios,Enmiendas,Instrucciones,Instrumentos,

    Recomendaciones 

    (Solo cuando loespecifique la autoridadcompetente)

    (Solo cuando lo especifiquela autoridad competente)

    Organismos de normalizaciónInternacionales: ISO Europeos:CENELEC, CEN Nacionales:

     AENOR 

    Normas,Instrucciones,Infor mes 

    No Obligatorio (Solo cuando loespecifique la autoridadcompetente)

    No Obligatorio (Solo cuando lo especifiquela autoridad competente)

     Asociaciones de investigación Reglas, Documentos,Instr ucciones 

    No Obligatorio (Sueleresolver problemastécnicos no contempladospor la Administr ación)

    No Obligatorio 

    Tabla 1. Marco normativo general 

    2.1 Tipos de documentos de ámbito europeo.

    •  El Reglamento Europeo es una norma general y completamente obligatoria, aprobadaconjuntamente por el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo o demanera independiente por la Comisión Europea.

    El Reglamento se aplica a todos los estados, a diferencia de la Directiva (dirigida a losEstados miembros) y la Decisión (de destinatario muy concreto).

    El Reglamento es directamente aplicable y "crea Derecho" al ser obligatorio deinmediato en todos los Estados miembros, con el mismo rango que una ley nacional ysin ninguna otra intervención de las autoridades del país.

    •  Se entiende por Directiva europea  el documento que establece los objetivos quedeben lograr los Estados miembros, dejándoles elegir los medios para hacerlo. LaDirectiva puede ir dirigida a uno, varios o todos los Estados miembros. Para que losprincipios en ella establecidos surtan efecto para los ciudadanos, el legislador nacionaldebe adoptar una norma de Derecho interno que conforme el ordenamiento jurídiconacional a los objetivos de la Directiva.

    La Directiva fija una fecha límite para la transposición al Derecho nacional. Los Estadosmiembros cuentan con un margen de maniobra que permite tener en cuenta suspeculiaridades nacionales. La transposición tiene que realizarse dentro del plazo que

    marca la Directiva. La Directiva se utiliza para armonizar las legislaciones nacionales,por ejemplo en temas relacionados con el mercado único (normativas sobre seguridadde los productos, etc.).

    •  Decisión  es la norma que aplican las instituciones comunitarias para legislar sobrecasos particulares. La adopta el Consejo de la Unión Europea, solo o en colaboracióncon el Parlamento Europeo o la Comisión Europea.

    Mediante una Decisión las instituciones pueden exigir a un Estado miembro o a unciudadano de la Unión que actúe o deje de hacerlo, otorgarle derechos o imponerleobligaciones. La Decisión se caracteriza por ser:

    − Individual (sus destinatarios deben designarse individualmente, lo que no ocurrecon el Reglamento)

    −  Obligatoria en todos sus elementos.•  Recomendación europea  no es de obligado cumplimiento, suele proceder de la

    iniciativa de una institución comunitaria y es una invitación para actuar de una

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    determinada manera, el dictamen suele ser emitido a consecuencia de una iniciativaexterna.

    •  Dictamen. El dictamen es un acto que permite a las instituciones comunitariaspronunciarse de manera no obligatoria, sin imponer una obligación jurídica a sus

    destinatarios. Su objetivo es establecer el punto de vista de la institución que lo emite.Por lo tanto no es de obligado cumplimiento.

    2.2 Tipos de documentos de ámbito nacional 

    •  Se entiende por norma jurídica  una regla u ordenación del comportamiento humanodictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyoincumplimiento trae aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confierederechos.

    •  La Ley es una norma jurídica dictada por el legislador, es decir, un precepto establecidopor la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo.

    o  Obligatoriedad: tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, por una parte

    establece obligaciones o deberes jurídicos y, por la otra, otorga derechos. Estosignifica que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra queobedece. La Ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de susdestinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción impuesta por ellamisma.

    o  Permanencia: se dictan con carácter indefinido, para un número indeterminadode casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación,subrogación y derogación por leyes posteriores.

    o  Abstracta e impersonal: las leyes no se emiten para regular o resolver casosindividuales, ni para personas o grupos determinados; su impersonalidad yabstracción las conducen a la generalidad.

    o  Se reputa conocida: nadie puede invocar a su desconocimiento para dejar decumplirla.

    Es común que se confunda el concepto de norma jurídica con el de ley o legislación. Laley es un tipo de norma jurídica, pero no todas las normas jurídicas son leyes, pues sonnormas jurídicas también los decretos, los reglamentos, las órdenes ministeriales y, engeneral, cualquier acto administrativo que genere obligaciones y derechos.

    •  Un Decreto o Real Decreto es una norma que emana del Poder Ejecutivo (el Gobierno),en nombre del Rey de España, y en virtud de las competencias prescritas en laConstitución.

    No hay que confundir el contenido con la forma de aprobación: los actos que emanandel Consejo de Ministros adquieren la forma de Real Decreto (que es, por tanto, la

    forma en que se reviste el acto). Sin embargo, no todo Real Decreto es un Reglamento(ello dependerá del contenido). El Real Decreto se sitúa en el orden de prelación de lasnormas jurídicas inmediatamente después de las normas con rango de Ley y antes dela Orden Ministerial. Diferencia con las normas con rango de Ley: el Real Decretoemana del Poder Ejecutivo y no del Poder Legislativo. Diferencia con las normas conrango de Orden Ministerial: el Real Decreto precisa para su adopción de la aprobacióndel Consejo de Ministros exclusivamente, mientras que la Orden Ministerial puedeestablecerse por parte de un solo Ministerio.

    •  La Orden ministerial  es una norma reglamentaria que emana de cualquiera de losMinistros del Gobierno del Estado, a nivel individual. Jerárquicamente, se sitúa pordebajo del Real Decreto del Consejo de Ministros. Las dictan los ministros en los

    asuntos propios de su departamento y las comisiones delegadas del Gobierno.•  El Reglamento es una norma con rango inferior a la ley, dictada por la administración

    en virtud de una competencia propia y suele materializar el desarrollo de una ley. El

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    reglamento puede adoptar diversas formas. Por ejemplo Real decreto, Decreto, Ordenministerial, Ordenanza. Se puede distinguir entre reglamento de la administracióncentral, autonómica, corporaciones locales y de otros órganos administrativos.

    o Reglamento técnico: Es una especificación técnica relativa a productos,

    procesos o instalaciones industriales, establecida con carácter obligatorio a travésde una norma jurídica.

    o Instrucción técnica: Es un apartado de un reglamento técnico, donde se agrupanlas especificaciones concretas relativas a un aparato, producto, proceso oinstalación industrial. El conjunto de las instrucciones técnicas forman losreglamentos técnicos.

    •  Una Resolución  es una disposición administrativa de rango inferior a las leyes,decretos y órdenes y que puede ser de carácter general o específico y es dictada poralgún órgano de la administración.

    2.3 Tipos de documentos de ámbito local.

    Una Ordenanza es una norma que nace de los entes locales y que tiene por objetivoregular la intervención de la entidad local en las actividades de los ciudadanos de suterritorio. Se suelen regular mediante ordenanzas los tributos y los servicios locales.

    Ordenanza tipo: Es una disposición que sirve como modelo. Este modelo sólo adquierecarácter normativo en los municipios cuyos ayuntamientos lo adopten como propio através del procedimiento de aprobación de ordenanzas locales.

    Un reglamento es una norma que nace de los entes locales y que se suele utilizar pararegular los servicios locales.

    3 Fuentes de reglamentación.

    Las principales fuentes de normativa legal que resultan interesantes de cara a realizarproyectos son:

    1. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. www.magrama.gob.es/

    2. Ministerio de Industria, Energía y Turismo. www.minetur.gob.es/

    3. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. www.insht.es/

    4. Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). www.cde.ua.es/cde/doce.htm

    5. Boletín Oficial del Estado. www.boe.es/

    6. Comisión europea. ec.europa.eu/

    7. Comunidades Autónomas. www.xunta.es/

    8. Ayuntamientos de Galicia: www.concellos.info/

    9. Ayuntamiento de Vigo: www.vigo.org/xmu/

    Otras fuentes de interés, a efectos de tramitación, son:

    http://augasdegalicia.xunta.es/es/Index.htm

    http://www.idae.es/

    http://inega.es/

    http://www.planeamentourbanistico.xunta.es/index.asp?idi=1

    http://www.codigotecnico.org/web/http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARCADOCE_EUROCODIGOS/ce/relacion_de_productos.htm

    http://www.magrama.gob.es/http://www.minetur.gob.es/http://www.insht.es/http://www.cde.ua.es/cde/doce.htmhttp://www.boe.es/http://ec.europa.eu/eu_law/directives/directives_es.htmhttp://augasdegalicia.xunta.es/es/Index.htmhttp://www.idae.es/http://inega.es/http://www.planeamentourbanistico.xunta.es/index.asp?idi=1http://www.codigotecnico.org/web/http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARCADOCE_EUROCODIGOS/ce/relacion_de_productos.htmhttp://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARCADOCE_EUROCODIGOS/ce/relacion_de_productos.htmhttp://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARCADOCE_EUROCODIGOS/ce/relacion_de_productos.htmhttp://www.fomento.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARCADOCE_EUROCODIGOS/ce/relacion_de_productos.htmhttp://www.codigotecnico.org/web/http://www.planeamentourbanistico.xunta.es/index.asp?idi=1http://inega.es/http://www.idae.es/http://augasdegalicia.xunta.es/es/Index.htmhttp://ec.europa.eu/eu_law/directives/directives_es.htmhttp://www.boe.es/http://www.cde.ua.es/cde/doce.htmhttp://www.insht.es/http://www.minetur.gob.es/http://www.magrama.gob.es/

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    Ver además:

    Ley de aguas Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley de Aguas.

    http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-14276

    Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia.

    http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03/pdfs/BOE-A-2010-18559.pdf

    Marcado CE.

    http://www.marcado-ce.com/

    Marcado CE para productos de la construcción

    http://www.marcado-ce.com/directivas-europeas-de-nuevo-enfoque/maquinas.html

    Marcado CE para maquinas

    http://www.boe.es/boe/dias/2013/08/30/pdfs/BOE-A-2013-9206.pdf

    4 Relación de disposiciones legales de mayor aplicación en el campo de los proyectosindustriales 

    Sin ánimo de ser exhaustivos, se contempla a continuación un listado de las disposicioneslegales (leyes, reglamentos, ordenanzas, etc.) que con mayor frecuencia afectan a losproyectos industriales.

     Además de la normativa específica, se debe incluir por tipos la normativa general que leafecte al proyecto:

    NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Ley Orgánica 38/1999 05-11-99 06-11-99 Ley de Ordenación de la Edificación

    Modificación de la Ley

    38/1999

    30-12-02 31-12-02 Modificación de la Ley 38/1999. Artículo 105 de la Ley

    53/2002 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

     Administrativas y del Orden Social, de la Jefatura del

    Estado.

    Real Decreto 314/2006 17-03-06 28-03-06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Ministerio de

    la Vivienda. Partes I y II, en la Parte I se establecen las

    Exigencias Básicas que han de cumplirse aplicando la

    Parte II. (El RD incluye cuatro disposiciones transitorias y

    una disposición derogatoria).

    Orden Ministerial 09-03-71 17-03-71 Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo

    Ley 21/1992 16-07-92 23-07-92 Ley de Industria

    Decreto 462/1971 11-03-71 24-03-71 Decreto 462/1971, de 11 de marzo, por el que se aprueban

    las normas de redacción de proyectos y dirección de obras

    de edificación

    http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-14276http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03/pdfs/BOE-A-2010-18559.pdfhttp://www.marcado-ce.com/http://www.marcado-ce.com/directivas-europeas-de-nuevo-enfoque/maquinas.htmlhttp://www.boe.es/boe/dias/2013/08/30/pdfs/BOE-A-2013-9206.pdfhttp://www.boe.es/boe/dias/2013/08/30/pdfs/BOE-A-2013-9206.pdfhttp://www.marcado-ce.com/directivas-europeas-de-nuevo-enfoque/maquinas.htmlhttp://www.marcado-ce.com/http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/03/pdfs/BOE-A-2010-18559.pdfhttp://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-14276

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    ABASTECIMIENTO DE AGUA, SANEAMIENTO Y VERTIDO 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Real Decreto 314/2006, del

    Ministerio de la Vivienda.

    17-03-06 28-03-06 Código Técnico de la Edificación DB HS 4 Salubridad,

    Suministro de Aguas.

    Código Técnico de la Edificación DB HS 5 S Salubridad, Evacuación de Aguas

    Orden del Mº de Obr as

    Públicas 

    28-06-74  02-10-74 

    03-10-74 

    30-10-74 

    Pliego de Prescripciones Técnicas Generales paratuberías de Abastecimiento de Aguas. Obligatorio en el proyecto y ejecución de todas las obras

    de competencia del MOP. Regula la colocación de tubos,

    uniones, juntas, llaves y demás piezas especiales de las

    conducciones de aguas potables a pr esión.

    Orden de 28 de diciembre

    de 1988 del Mº de Obras

    Públicas y Urbanismo.

    28-12-88 06-03-89 Contadores de agua fría

    Orden de 30 de diciembre

    de 1988, del Mº de Obras

    Públicas y Urbanismo

    30-12-88 30-01-89 Contadores de agua caliente.

    RD L. 11/1995 de la

    Jefatura del Estado.

    28-12-95  30-12-95  Normas aplicables al tratamiento de las aguasresiduales urbanas.Complementa el régimen jurídico de la nor mativa vigente

    de Aguas y Costas, con el fin de proteger la calidad de las

    aguas continentales y marítimas de los efectos negativos

    de los vertidos de las aguas residuales ur banas. Directiva

    91/271 CEE

    RD 509/1996 del Mº de

    Obras Públicas,

    Transportes y Medio

     Ambiente

    15-03-96  29-03-96  Desarrollo del Real Decreto Ley 11/95. 

    Se establecen normas aplicables al tratamiento de las

    aguas residuales ur banas.

    Regula el tratamiento de los vertidos de las aguas

    residuales urbanas, antes de su vertido a las aguas

    continentales o marítimas.

    Real Decreto 849/1986 del

    Mº De Obras Públicas Y

    Ur banismo. 

    25-01-05  04-04-05  Reglamento de Dominio Público Hidráulico. 

    El título III Capítulo II regula el pr ocedimiento para la

    obtención de autorizaciones administrativas de vertido,

    empr esas colaboradoras, sustancias contaminantes,

    establecimiento de instalaciones industriales y constitución

    de empresas de ver tido.

    RD 60/2011 Mº de Medio

     Ambiente y Medio Rural y

    Mar ino. 

    21-01-11  22-01-11  Normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de

    aguas.

    Orden del Mº de Obras

    Públicas y Ur banismo 

    13-03-89  20-03-89  Normas sobre emisión, objetivos de calidad y métodos de

    medición o referencia relativos a determinadas sustancias

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    nocivas o peligrosas contenidas en los vertidos.

    Orden del Mº de Obras

    Públicas y Ur banismo. 

    19-12-89 23-12-89 Normas para la fijación en ciertos supuestos de valores

    intermedios y reducidos del coeficiente K que determina la

    carga contaminante del canon de vertido.

    Real Decreto 670/2013 06-07-13 21-07-13 Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se

    modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico

    aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en

    materia de registro de aguas y criterios de valoración de

    daños al dominio público hidráulico.

    ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Real Decreto 314/2006, de

    17 de marzo, del Ministerio

    de la Vivienda.

    17-03-06 28-03-06 Código Técnico de la Edificación SE SeguridadEstructural, bases de cálculo.

    Código Técnico de la Edificación SE-AE SeguridadEstructural, acciones en la edificación.

    RD 997/2002 del Mº de

    Fomento.

    27-09-02 11-10-02 Norma de Construcción Sismorresistente Partegeneral y Edificación (NCSE-02).

    Establece las acciones sísmicas que han de considerarse

    en el proyecto, construcción de todo tipo de obras.

    ACEROS 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 751/2011, del Mº de la

    Pr esidencia.

    27-05-11 23-06-11 Instrucción de Acero Estructural EAE.

    De aplicación en edificación e ingeniería civil.

    En edificación se podrá emplear indistintamente esta

    Instrucción y el DB SE-A del CTE 

    RD 2365/1985, del Mº de

    Industria y Energía.

    20-11-85 

    08-03-94 

    21-12-85

    22-03-94 

    Armaduras activas de acero para hormigónpretensado.

    Especificaciones técnicas de obligado cumplimiento para

    su homologación, como trámite preceptivo para su venta,

    importación o instalación en territorio nacional.

    RD 2531/1985, del Mº de

    Industria y Energía.

    18-12-85 

    13-01-99 

    03-01-86 

    28-01-99 

    Recubrimientos galvanizados en caliente sobreproductos, piezas y artículos diversos construidos ofabricados con acero u otros materiales férreos. 

    Especificaciones técnicas de obligado cumplimiento para

    su homologación, como trámite preceptivo para su venta,

    importación o instalación en territorio nacional.

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    RD 2702/1985, del Mº de

    Industria y Energía.

    18-12-85 

    08-03-94 

    28-02-86 

    22-03-94 

    Alambres trefilados, lisos y corrugados para mallaselectrosoldadas y viguetas semirresistentes dehormigón armado (viguetas en celosía). 

    Especificaciones técnicas de obligado cumplimiento para

    su homologación, como trámite preceptivo para su venta,

    importación o instalación en territorio nacional. 

    RD 2605/1985, del Mº de

    Industria Y Energía.

    20-11-85 14-01-86 

    13-02-86 

    Tubos de acero inoxidable soldados longitudinalmente. 

    Especificaciones técnicas de obligado cumplimiento para

    su homologación como tr ámite preceptivo para su venta,

    importación o instalación en territorio nacional. 

    Orden del Ministerio de la

    Pr esidencia 

    26-04-01 04-05-01 Comisión Interministerial Permanente de Estructurasde Acero. 

    Creación, ámbito de actuación, funciones, composición y

    funcionamiento. 

    D. 3.291/1.974 del Mº de

    Industria. Orden del

    Ministerio de Industria. 

    07-11-74 

    10-06-72 

    04-12-74 

    22-06-72 

    Industrias.

    Condiciones que han de reunir las empresas de la

    construcción de estructuras metálicas para su instalación,

    ampliación y traslado. Las clasifica en grupos según las

    actividades que r ealicen.

    Condiciones técnicas por razones de seguridad en las

    industrias dedicadas a la fabricación de barras corrugadas

    de acero. 

    AISLAMIENTO ACUSTICO 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Ley 37/2003 de la Jefatura

    del Estado.

    17-11-03 

    01-07-11 

    18-11-03 

    07-07-11 

    Ley del Ruido.

    Tiene por objeto prevenir, vigilar y reducir la

    contaminación acústica, estando sujetas a ella las

    edificaciones en su calidad de r eceptor es acústicos.Establece criterios de calidad acústica, creando tipologías

    de sectores, zonas de servidumbres y de protección, y

    criterios para la prevención y corrección de la

    contaminación acústica.

    Establece que el Código Técnico de la Edificación deberá

    incluir un sistema de verificación acústica de las

    edificaciones. 

    RD 1513/2005, de la

    Vicepresidencia del

    Gobier no.

    16-12-05 

    19-10-07 

    17-12-05 

    23-10-07 

    Desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido en lo referente a laevaluación y gestión del ruido ambiental.

    Incorpora la Directiva 2002/49/CE y establece el marco

    normativo para evitar, prevenir o r educir los efectos

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    9/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 9 de 28 

    nocivos de la exposición al ruido ambiental. 

    RD 1367/2007, del Mº de

    la Pr esidencia. 

    19-10-07 

    20-10-10 

    23-10- 07 

    26-07-10 

    Desarrolla la Ley 37/2003 del Ruido en lo referente azonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones

    acústicas. Modifica el RD 1513/2005 anterior. 

    AISLAMIENTO TÉRMICO

    Disposición Fecha B.O.E. Contenido

    Orden de la Pr esidencia

    del Gobier no 

    08 -05-84 

    28-02-89 

    11-05-84 

    17-09-87 

    Normas para utilización de las espumas de urea-formolusadas como aislantes en edificación.

     Anulada la Disposición 6ª por Sentencia del TribunalSupremo de 9-Marzo-87. 

    APARATOS ELEVADORES

    Orden de 23 de mayo de

    1977 del Mº de Industria

    14-06-77 Reglamento de aparatos elevadores para obras

    Orden de 23 de septiembre

    de 1987 del Mº de Industria

    y Energía

    23-09-87 06-10-87 Instrucción técnica complementaria ITC-MIE-AEM 1,

    referente a ascensores electromecánicos

    Orden de 28 de junio de1988 del Mº de Industria y

    Energía

    28-06-88 07-07-88 Instrucción técnica complementaria ITC-MIE-AEM 2,referente a grúas torre desmontables para obras.

    Orden de 26 de mayo 1989

    del Mº de Industria y

    Energía

    26-05-89 09-06-89 Instrucción técnica complementaria ITC-MIE-AEM 3,

    referente a carretillas automotoras de manutención

    Real Decreto 1314/1997,

    de 1 de agosto, del Mº de

    Industria y Energía

    30-01-97 30-09-97 Disposición de aplicación de la directiva del parlamento

    europeo y del consejo. 95/16/CE, sobre ascensores

    Resolución de 10 de

    septiembre de 1998, del Mº

    de Industria y Energía

    10-09-98 25-09-98 Autorización de la instalación de ascensores con máquinas

    en foso.

    COMBUSTIBLE 

    Disposición Fecha B.O.E. Contenido

    Orden del Mº de Industr ia  01-12-64 22-12-64 

    12-01-65 

    Normas de seguridad para depósitos dealmacenamiento de gases licuados del petróleo enfábricas y talleres. 

    Normas obligatorias para su construcción, monta je y

    funcionamiento y normas de seguridad que deberán

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    10/28

    Pág. 10 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    cumplir las edificaciones en las que exista G.L.P. 

    Real Decreto 919/2006 28-07-06 04-09-06 Reglamento técnico de distribución y utilización decombustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas

    complementarias ICG 01 a 11. 

    Orden del Mº de Industr ia  18-11-74 

    26-10-83 

    06 -07-84 

    09-03-94 

    29-05-98 

    06-12-74 

    08-11-83 

    23-07-84 

    21-03-94 

    11-06-98 

    Reglamento de redes y acometidas de combustiblesgaseosos e instrucciones MIG. 

    Compendio de carácter técnico de obligado cumplimiento

    para instalaciones de nueva construcción, así como para

    la ampliación y reforma de las existentes.

    Contempla los requisitos a los que deben a justar se los

    proyectos, su ejecución y recepción; la construcción de

    redes, acometidas, estaciones de regulación de

    compresión; la puesta en servicio, su explotación y sumantenimiento. 

    - Instrucción Técnica Complementaria ITE-MIG- 

    5.1. “Canalizaciones de transporte y distr ibución de

    gas en alta presión B”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    5.2. “Canalizaciones de transporte y distr ibución de

    gas en alta presión  A”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    5.3. “Canalizaciones de gas en media presión B”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    5.4. “Canalizaciones de gas en media presión  A”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG-

    5.5. “Canalizaciones de gas en baja pr esión”. 

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    6.1. “ Acometidas de gas en alta pr esión”. 

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    6.2. “ Acometidas de gas en media y baja pr esión”. 

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    7.1. “Estaciones de regulación y/o medida para

    presiones de entrada superiores a 12 bar es”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG- 

    7.2. “Estaciones de regulación y/o medida para

    presiones de entrada hasta 12 bar es”.

    - Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG-8.“Estaciones de compr esión”. 

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    11/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 11 de 28 

    Nota.- Derogada en todo lo que no se oponga al Real

    Decreto 919/2006 que aprobó el Reglamento técnico de

    combustibles gaseosos y sus ITC. 

    CEMENTOS

    Disposición Fecha B.O.E. Contenido

    RD 956/200 del Mº de la

    Pr esidencia. 

    06-06-08 18-06-08 

    11-09-08 

    Instrucción para la recepción de cementos (RC-08). 

    Define las prescripciones técnicas generales que deben

    satisfacer los cementos y los métodos de ensayo para

    comprobarlas, para su recepción en las obras de

    construcción, en las centrales de fabricación de hormigón

    y en las fábricas de productos de construcción en cuya

    composición se incluya el cemento

    RD 1313/1988 del Mº de

    Industria y Energía.

    28-10-88 

    11-12-06 

    04-11-88 

    14-12-06 

    06-02-07 

    Se declara obligatoria la homologación de loscementos para la fabricación de hormigón y morterospara todo tipo de obras y productos prefabricados.  

    Especificaciones técnicas, toma de muestras y métodos

    de ensayo.

    RD 605/2006 del Mº de

    Industria, Turismo y

    Comercio 

    19-05-06 07-06-06 Procedimiento para la aplicación de la norma UNE-EN197- 2:2000 a los cementos no sujetos al marcado CE

    y a los centros de distribución de cualquier tipo decemento

    CONTRATOS CON LA ADMINISTRACIÓN

    Disposición Fecha B.O.E. Contenido

    RD L. 3/2011 del Mº de

    Economía Y Hacienda.

    14-11-11 

    19-12-11 

    16-11-11 

    23-12-11 

    Texto Refundido de la Ley de Contratos del SectorPúblico.

    RD 1098/2001 del Mº deHacienda. 

    12-10-01  26-10-01 19-12-01 

    08-02-02 

    Reglamento General de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas.

    08-05-09

    *

    15-05-09 

    14-07-09 

    03-10-09 

    * Modifica el Reglamento y actualiza los Anexos I y II de

    la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público

    D. 3854/1970, del Mº de

    Obras Publicas 

    31-12-70 16-02-71 Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la

    contratación de obras del Estado.

    RD 1359/201, del Mº de 07-10-11 26-10-11 Materiales básicos y Fórmulas-tipo de revisión de precios

    de los contratos de obras y de contratos de suministro de

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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    Pág. 12 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    Economía y Hacienda. fabricación de armamento y equipamiento de las

     Administraciones Públicas.

    EDIFICACION (EN GENERAL) 

    Disposición Fecha B.O.E. Contenido

    Ley 38/1999, de la Jefatura

    del Estado

    05-11-99 

    27-12-01 

    30-12-02 

    22-12-09 

    06-11-99 

    31-12-01 

    31-12-02 

    23-12-09 

    Ley de Ordenación de la Edificación.

    Regula los aspectos esenciales del proceso de la

    edificación, establece las obligaciones y

    responsabilidades de los agentes inter vinientes, así como

    las garantías para su desar r ollo.

    RD 314/2006 del Mº de

    Vivienda 

    19-10-07 

    17-10-08 

    15-04-09 

    19-02-10 

    31-03-10

    04-05-10 

    23-10-07 

    20-12-07 

    25-01-08 

    18-10-08 

    23-04-09 

    23-09-09 

    11-03-10*

    22-04-10 

    30-07-10 

    Código Técnico de la Edificación CTE. 

    Tiene carácter básico y consta de la parte I gener al y de 6

    Documentos Básicos:

    SE – Seguridad estructur al.

    SI – Seguridad en caso de incendio.

    SU - Seguridad de utilización. 

    HS – Salubridad.

    HE – Ahorro de ener gía.

    HR - Protección frente al ruido.* ver accesibilidad RD 505/07.

    Orden VIV/1744/2008 del

    Mº de Vivienda 

    08-06-08 19-06-08 Regula el Registro General del CTE 

    Estructura el registro General en distintas secciones, para

    Documentos Reconocidos, Distintivos de Calidad,

    Certificaciones, Or ganismos Autorizados y Organismos

     Acreditados y regula su funcionamiento

    RD 3565/1972 del Mº de

    Vivienda 

    23-12-72 

    06-03-89 

    23-05-83 

    04-07-83 

    15-01-73 

    02-04-81 

    31-05-83 

    04-08-83 

    Establecimiento de la Normas Tecnológicas de laEdificación. 

    RD 47/2007 del Mº de la

    Pr esidencia 

    19-01-07 31-01-07 

    17-11-07 

    Aprueba el Procedimiento básico para la certificaciónde eficiencia energética de los edificios de nuevaconstrucción. 

    Determina la metodología de cálculo para la calificación

    energética de los proyectos y de los edificios terminados,

    así como un distintivo común de eficiencia energética de

    los edificios de nueva construcción y de los que se

    modifiquen, r ef or men o rehabiliten de > 1000 m2 y afecte

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    13/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 13 de 28 

    a > 25% de los cerr amientos.

    RD 1966/2008 del Mº de

    Trabajo e Inmigración.

    28-11-08 03-02-09 Establece un certificado de profesionalidad de lafamilia profesional de edificación y obra civil. 

    Se refiere al certificado profesional de Oper aciones de

    Hormigón. (Nivel 1).

    ELECTRICIDAD 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 1028/2007, del Mº de

    la Pr esidencia 

    20-07-07  01-08-07  Procedimiento administrativo para la tramitación de lassolicitudes de autorización de instalación degeneración eléctrica en el mar territorial 

    RD 3275/1982, del Mº de

    Industria y Energía

    12-11-82 

    R.19-06-

    84 

    01-12-82 

    18-01-83 

    26-06-84 

    Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías deseguridad en centrales eléctricas y centros detransformación. 

    Orden del Mº de Industria y

    Energía

    06-07-84 

    18-10-84 

    27-11-87 

    23-06-88 

    16-04-91 

    15-12-95 

    10-04-00 

    01-08-84 

    25-09-84 

    5-12-87 

    03-03-88 

    05-07-88 

    03-10-88 

    24-04-91 

    05-01-96 

    23-02-96 

    24-03-00 

    18-10-00 

    Instrucciones Técnicas Complementarias MIE- RAT,del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantíasde seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones yCentros de Transformación. 

    ITC-MIE-RAT 01“Ter minología

    ”.

    ITC-MIE-RAT 02 “Nor mas de obligado cumplimiento y

    hojas inter pr etativas”.

    ITC-MIE-RAT 03 “Homologación en materiales y aparatos

    para instalaciones de Alta Tensión” 

    ITC-MIE-RAT 04 “Tensiones nominales”. ITC-MIE-RAT 05

    “Circuitos eléctricos”.

    ITC-MIE-RAT 06 “ Aparatos de maniobra de circuitos”.

    ITC-MIE-RAT 07 “Transformadores y autotransformadores

    de potencia”.

    ITC-MIE-RAT 08 “Transformadores de medida y

    protección”.

    ITC-MIE-RAT 09 “Pr otecciones”.

    ITC-MIE-RAT 10 “Cuadros y puertas de contr ol”. ITC-MIE-

    RAT 11 “Instalaciones de acumulador es”. ITC-MIE-RAT

    12 “ Aislamiento”.

    ITC-MIE-RAT 13 “Instalaciones de puesta a tierr a”.

    ITC-MIE-RAT 14 “Instalaciones eléctricas de interior ”.

    ITC-MIE-RAT 15 “Instalaciones eléctricas de exterior ”.

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    14/28

    Pág. 14 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    ITC-MIE-RAT 16 “Instalaciones bajo envolvente metálica

    hasta 75,5 KV:

    Conjuntos Pr ef abricados”.

    ITC-MIE-RAT 17 “Instalaciones bajo envolvente aislantehasta 36 KV:

    Conjuntos Pr ef abricados”.

    ITC-MIE-RAT 18 “Instalaciones bajo envolvente metálica

    hasta 75,5 KV o superiores, aisladas con hexafloruro de

    azufre (SF6)”.

    ITC-MIE-RAT 19 “Instalaciones pr ivadas conectadas a

    redes de servicio público”.

    ITC-MIE-RAT 20 “ Anteproyectos y pr oyectos”.

    D. 223/2008, del Mº de

    Industria, Turismo y

    Comercio.

    15-02-08 

    07-05-10 

    19-03-08 

    17-05-08 

    19-07-08

    22-05-10 

    Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías deseguridad en líneas aéreas de alta tensión y susinstrucciones técnicas complementarias, ITC-LAT 01 a09. 

    RD 842/2002, del Mº de

    Ciencia y Tecnología.

    02-08-02 

    S.17-02-

    04 

    07-05-10 

    18-09-02 

    05-04-04 

    22-05-10 

    26-08-10 

    Reglamento electrotécnico para Baja Tensión einstrucciones técnicas complementarias ITC - BT01 aBT51.

    Establece condiciones técnicas y garantías que debenreunir las instalaciones eléctr icas conectadas a una fuente

    de suministro en los límites de baja tensión. 

    NOTA.- Las antiguas ITC están derogadas, quedando solo

    como criterios técnicos aplicables en las inspecciones para

    las instalaciones que fueron aprobadas con el antiguo

    r eglamento.

     Anulado inciso 4.2.c.2 de la ITC BT-03. 

    RD 1890/2008, del Mº de

    Industria, Turismo yComercio.

    14-11-08  19-11-08  Reglamento de eficiencia energética en instalaciones

    de alumbrado exterior y sus Instrucciones TécnicasComplementarias EA-01 a EA-07 

    RD 7/1988, del Mº de

    Industria, y Energía

    08-01-88 

    23-11-90 

    03-02-95 

    14-01-88 

    28-11-90 

    03-03-95 

    22-03-95 

    Exigencias de seguridad del material eléctricodestinado a ser utilizado en determinados límites deTensión. 

    De aplicación al material destinado a utilizarse con una

    tensión nominal entre 50 y 1000 voltios en corriente alterna

    y entre 75 y 1500 en corriente continua según la Directiva

    del Consejo 73/23/CEE.

    Excluye el destinado a utilizarse en atmósf er a explosiva,uso médico, enchufes y clavijas (de uso domestico),

    contadores, dispositivos de alimentación de cercas,

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    15/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 15 de 28 

    perturbaciones radioeléctricas, partes eléctricas de

    ascensores y montacargas y el destinado a utilizarse en

    buques, aeronaves y ferrocarriles que se ajuste a los

    dispositivos de seguridad establecidos por Organismos

    Internacionales de la CE.

    Orden del Mº de Industria,

    y Energía

    06-06-89 

    R.03-04-

    08 

    21-06-89 

    23-04-08 

    Se desarrolla y complementa el Real Decreto 7/1988de 8 Enero de 1988, sobre exigencias de seguridad delmaterial eléctrico. 

    El anexo I relaciona las normas españolas que cumplen

    las exigencias de seguridad de la CE. Este anexo se va

    actualizando per iódicamente mediante resolución (7ª

    r evisión).

    Ley 10/1966, de la Jefatura

    del Estado

    18-03-66  19-03-66  Expropiación forzosa y servidumbres de paso paralas instalaciones de energía eléctrica 

    RD 2642/1985, del Mº de

    Industria, y Energía

    18-12-85 

    19-12-86 

    14-04-89 

    16-05-89 

    07-07-06 

    24-01-86 

    19-03-86 

    21-07-86 

    03-01-87 

    26-04-89 

    15-07-89 

    05-08-06 

    Candelabros metálicos (báculos y columnas dealumbrado exterior y señalización de tráfico). 

    Especificaciones técnicas y homologación obligatoria de

    candelabros metálicos.

    DEROGADO parcialmente en lo coincidente con la

    Directiva 89/106/CEE.

    FORJADOS 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 1339/2011, del Mº de

    la Pr esidencia 

    03-10-11  14-10-11  Deroga el R. Decreto 1630/1980 que obligaba a obtener

    autorización previa de la  Administr ación para la

    fabricación y empleo de elementos resistentes para pisos

    y cubier tas. 

    HORMIGON 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 1247/2008, del Mº de

    Fomento

    18-07-08  22-08-08 

    24-12-08 

    Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). 

     Aplicable a las estructuras y elementos de hormigón

    estructural, incluyendo en esta definición el hormigón en

    masa, armado o pretensado, cuando la acción del

    pretensado se introduce mediante el empleo de ar madur as

    activas de acero dentro del canto del elemento.

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    16/28

    Pág. 16 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    Orden del Mº de Ciencia y

    Tecnología 

    21-11-01  18-12-01  Criterios para la realización de control de producciónde los hormigones fabricados en central. 

    INSTALACIONES DE CALEFACCION, CLIMATIZACION Y AGUA CALIENTE SANITARIA 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 1027/2007 del Mº de la

    Pr esidencia 

    27-11-09 

    05-03-10 

    11-12-09 

    1202-10 

    18-03-10 

    23-04-10 

    Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. 

    Establece las exigencias de eficiencia ener gética y

    seguridad que deben cumplirlas instalaciones térmicas de

    los edificios, destinadas a atender la demanda de

    bienestar e higiene de las per sonas.

    RD 275/1995 del Mº de

    Industria y Energía

    24-02-95  27-03-95 

    26-05-95 

    Disposiciones de aplicación de la Directiva 

    92/42/CEE relativa a los requisitos de rendimiento paralas calderas nuevas de agua caliente alimentadas concombustibles líquidos o gaseosos.

    Establece los requisitos de r endimiento aplicables a las

    calderas nuevas de agua caliente alimentadas con

    combustibles líquidos o gaseosos, de una potencia nominal

    igual o superior a 4 kw e igual o inferior a 400 kw. 

    INSTALACIONES DE FRIO INDUSTRIAL 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 138/2011 del Mº de

    Industria, Turismo y

    Comercio 

    04-02-11 08-03-11 Reglamento de seguridad para instalacionesfrigoríficas y sus instrucciones técnicascomplementarias.

    Define las condiciones básicas de seguridad que deben

    cumplirse en todo tipo de instalaciones fr igoríficas,

    quedando excluidas:

    a) Las correspondientes a transportes marítimos, aéreos

    y terrestres que se regirán por sus disposiciones

    especiales, así como las siguientes: 

    b) Los sistemas secundarios utilizados en las instalaciones

    de climatización para condiciones de bienestar térmico de

    las personas en los edificios, que se regirán por lo

    dispuesto en el reglamento de instalaciones térmicas en

    los edificios (RITE), aprobado por real decreto 1027/2007,

    de 20 de julio.

    c) Los sistemas de refrigeración compactos (sistemas de

    acondicionamiento de aire portátiles, fr igoríficos y

    congeladores domésticos, etc.) con carga de refrigerante

    inferior a: 2,5 kg de refrigerante del grupo L1, 0,5 kg de

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 17 de 28 

    refrigerante del grupo L2 y 0,2 kg de refrigerante del

    grupo L3. 

    INSTALACIONES DE SANEAMIENTO 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Orden del Mº de Obras

    Públicas y Ur banismo. 

    15-09-86  24-09-86  Pliego de Prescripciones Técnicas Generales paratuberías de saneamiento de poblaciones. 

    Obligatorio en las obras del M.O.P.U., para suministros,

    explotación de servicios o ejecución de obras y colocación

    de tubos, uniones y demás piezas para conducciones de

    saneamiento. 

    Contempla únicamente los tubos de sección circular.Regula las condiciones de los tubos, elementos

    complementarios de la red de saneamiento y materiales.

    Orden del Mº de Industria y

    Energía.

    14-05-86 

    23-12-86 

    04-07-86 

    21-01-87 

    Especificaciones técnicas de los aparatos sanitarioscerámicos para utilizar en locales de higiene corporal,cocinas y lavaderos. 

    Especificaciones técnicas, métodos y condiciones de

    ensayo para su homologación.

    MEDIO AMBIENTE 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Ley 42/2007 de la Jefatura

    del Estado.

    13-12-07 

    22-12-09 

    01-07-11 

    14-12-07 

    11-02-08 

    23-12-09 

    07-07-11 

    Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. 

    Regula el régimen jurídico del deber de conservar y del

    derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado.

    Ley 26/2007 de la Jefaturadel Estado 23-10-07 01-07-11 

    24-10-07 07-07-11 

    Ley de Responsabilidad Medioambiental. 

    RD 2090/2008, del Mº de

    Medio Ambiente y Medio

    Rural y Mar ino. 

    22-12-08  23-12-08  Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007 deResponsabilidad Medioambiental 

    Ley 34/2007 de la Jefatura

    del Estado.

    15-11-07 

    01-07-11 

    16-11-07 

    07-07-11 

    Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera 

    RD 653/2003, del Mº de

    Medio  Ambiente.

    30-05-03  14-06-03 

    18-09-03 

    Incineración de residuos. 

    Establece condiciones y requisitos para el funcionamiento

    de las instalaciones de incineración y coincineración de

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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    Pág. 18 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    r esiduos.

    Orden del Mº de Industr ia. 18-10-76  03-12-76  Prevención y corrección de la contaminaciónatmosférica industrial. 

    Regula la instalación y funcionamiento de las actividades

    industriales dependientes del Mº de Industria, dentro de

    las cuales se considera incluido además del proceso de

    fabricación, los ser vicios auxiliares y complementarios,

    tales como gener ador es de vapor para usos industriales,

    incineradores de desperdicios, parques de

    almacenamiento u otras actividades similar es.

    RD 117/2003, del Mº de la

    Presidencia.

    31-01-03  07-02-03 

    02-04-03 

    Limitación de emisiones de compuestos orgánicosvolátiles debidas al uso de disolventes endeterminadas actividades. 

    Orden del Mº de Industria y

    Energía

    25-06-84  04-07-84  Instalación en centrales térmicas de equipos demedida y registro de la emisión de contaminantes a laatmósfera. 

    Obliga a todas las centrales termoeléctricas de potencia

    superior a 50 megawatios que quemen carbón y a las de

    fuel-oil y gas natural de 200 o más megawatios.

    Regula las obligaciones de las Empresas explotadoras.

    RD 873/1990, del Mº de

     Agricultura, Pesca y

     Alimentación.

    06-07-90  10-07-90  Espacios Naturales Protegidos. Protección deAnimales y Plantas. 

    Desarrolla la Ley 4/1989 de 27 de Marzo-89 de

    Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna

    Silvestres, no r ef er enciada.

    PARARRAYOS 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 1428/1986,del Mº deIndustria y ener gía 

    13-06-86  10-07-87 11-07-86 

    11-07-87 

    Pararrayos radiactivos. Prohíbe el empleo de radioelementos en la f abricación de

    pararrayos y la importación e instalación de los que

    incorporen fuentes r adioactivas 

    PROTECCION CONTRA INCENDIOS 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    RD 312/2005, del Mº de la

    Presidencia.

    18-03-05

    01-02-08 

    02-04-05

    12-02-08 

    Clasificación de los productos de construcción y de

    los elementos constructivos en función de suspropiedades de reacción y de resistencia frente al

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    19/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 19 de 28 

    fuego 

    RD 1942/1993, del Mº de

    Industria y Energía.

    05-11-93 

    07-05-10 

    14-12-93 

    07-05-94 

    22-05-10 

    Reglamento de Instalaciones de Protección ContraIncendios. 

    Establece y define las condiciones que deben cumplir los

    aparatos, equipos y sistemas, así como su instalación y

    mantenimiento empleados en la protección contra

    incendios.

    Orden del Mº de 

    Industria y Energía.

    16-04-98  28-04-98  Normas de procedimiento y desarrollo del Reglamentode Instalaciones de Protección Contra Incendios 

    RD 2267/2004, del Mº.

    Industria, Turismo y

    Comercio.

    03-12-04 

    07-05-10 

    17-12-04 

    05-03-05 

    22-05-10 

    Reglamento de Seguridad contra incendios en losestablecimientos industriales.

    Establece los requisitos que deben cumplir los

    establecimientos e instalaciones de uso industr ial para su

    seguridad en caso de incendio.

    RD 824/1982, de la

    Presidencia del Gobier no. 

    26-03-82  01-05-82  Determinación de los diámetros de las manguerascontra incendios y sus racores de conexión.

    Dispone que los racores de las mangueras de impulsión de

    agua contra incendios que deberán cumplir la Norma UNE

    23.400/82. 

    Resolución de la D.G. de laVivienda,  Ar quitectur a y

    Ur banismo. 

    11-06-97 04-04-03 

    25-04-04 

    19-07-97 23-04-03 

    08-04-04 

    Procedimiento para reconocer las acreditaciones alos laboratorios a efectos de la NBE-CPI/96. 

    Resoluciones posteriores publican las acr editaciones

    concedidas.

    SEGURIDAD Y SALUD 

    Disposición  Fecha  B.O.E.  Contenido 

    Ley 31/ 1995 de la

    Jefatura del Estado

    08-11-95 

    12-12-03 

    30-01-04 

    22-12-09 

    10-11-95 

    13-12-03 

    31-01-04

    *

    10-03-04 

    23-12-09 

    Ley de prevención de riesgos laborales. 

    Transpone al Derecho español la Dir ectiva 89/391/CEE,

    básica en esta materia y establece el marco legal, a partir

    del cual se fijarán y concretarán los aspectos más técnicos

    de las medidas pr eventivas.

    * Desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995. 

    RD 39/1997 del Mº. de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales.

    17-01-97 

    30-04-98 

    19-05-06 

    19-04-10 

    31-01-97 

    01-05-98 

    29-05-06 

    23-03-10 

    Reglamento de los Servicios de Prevención. Regula losprocedimientos de evaluación de riesgos y la organización

    de los servicios de prevención, su capacidad, aptitudes y

    designación de tr abajador es.

    * CT = Criterio Técnico 83/10 

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    20/28

    Pág. 20 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    05-05-10 

    20-09-10 

    28-09-10 

    22-10-10 

    RD 393/2007 del Mº del

    Interior

    23-03-07  24-03-07  Norma Básica de Autoprotección de los centros,establecimientos y dependencias que puedan darorigen a situaciones de emergencia. 

    Tiene el carácter de norma mínima y ser á supletoria

    cuando las instalaciones o actividades no tengan

    reglamentación específica.

    RD 1932/ 1998, del Mº de

    la Presidencia

    11-09-98  18-09-98  Adaptación de la Ley de prevención de RiesgosLaborables al ámbito de los centros y establecimientosmilitares 

    RD 1627/ 1997, del Mº dela Presidencia

    24-10-97 30-01-04 

    12-11-04 

    19-05-06 

    24-08-07 

    19-03-10 

    25-10-97 31-01-04 

    10-03-04 

    13-11-04* 

    29-05-06 

    25-08-

    07**

    23-03-10 

    Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en lasobras de construcción. 

    Desarrolla la Ley 31/1995 de prevención de Riesgos

    Laborales y establece las disposiciones mínimas de

    seguridad y de salud aplicables en las obr as. 

    * Ver RD 1.215/1997 y su modificación.

    ** Ver RD 1109/07 de subcontratación en el sector de la

    construcción.

    Orden del Mº de Trabajo y

    Seguridad Social.

    20-09-86  13-10-86 

    31-10-86 

    Modelo del Libro de Incidencias correspondientes a lasobras en las que sea obligatorio el estudio deSeguridad e Higiene. 

    R del Mº de Trabajo y

    Seguridad Social.

    11-04-06 

    25-11-08 

    19-04-06 

    26-04-06 

    02-12-08 

    13-12-08 

    Modelo del Libro de Visitas de la Inspección deTrabajo y Seguridad y Salud. 

    Orden del Mº de Trabajo 09-03-71  16-03-71 

    17-03-71 

    06-04-71 

    Ordenanza general de seguridad e higiene en eltrabajo. 

    Regula las condiciones generales que deben r eunir los

    centros de trabajo, así como los mecanismos y medidas

    de carácter preventivo que a efectos de la seguridad,

    higiene y bienestar de los tr abajador es hayan de

    adoptar se. 

    Derogados los Cap. 1 a 13 Título II y art. 31.9, 138 y 139

    por otras disposiciones de Seguridad y Salud. 

    Orden del Mº de Trabajo 20-05-52  15-06-52 

    22-12-53 Reglamento de seguridad e higiene en el trabajo en laindustria de la construcción. 

    De aplicación para obras de edificación, construcción en

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

    21/28

      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 21 de 28 

    01-10-66  general y Obras Públicas. Sustituye a la Sección 1ª del

    Cap. XI del Regla. De 11 de Abril-46.

    NOTA.- El antiguo Reglamento de 11-Abril-46 fue

    derogado por la Ordenanza de 28 de  Ago-70, también

    derogada, por lo que existen dudas sobr e su vigencia 

    RD 485/1997 del Mº de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales.s. 

    14-04-97  23-04-97 

    10-10-97 

    Normas sobre señalización de seguridad en loscentros y locales de trabajo. 

    Características y significado de la señalización de

    seguridad en obras, centros y lugares de trabajo,

    definiendo formas, colores, esquemas y dimensiones.

    Transpone la Directiva 92/58/CEE.

    RD 486/1997 del Mº de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales.

    14-04-97 

    12-11-04 

    23-04-97 

    13-11-04 

    Seguridad y Salud en los lugares de trabajo. 

    Transpone la Directiva 89/654/CEE.

    * Ver RD 1.215/1997 y su modificación.

    RD 487/1997 del Mº de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales. 

    14-04-97  23-04-97  Manipulación manual de cargas que entrañe riesgos,en particular dorsolumbares. 

    Transpone la Directiva 90/269/CEE.

    RD 1311/2005 del Mº de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales.

    04-11-05 

    13-03-09 

    05-11-05 

    26-03-09 

    Protección de los trabajadores frente a vibraciones. 

    Transpone la Directiva 2002/44/CE.

    RD 488/1997 del Mº de

    Trabajo y Asuntos

    Sociales.

    14-04-97  23-04-97  Trabajos con equipos que incluyen pantallas devisualización. 

    Transpone la Directiva 90/270/CEE.

    RD 486/2010 del Mº de

    Trabajo e Inmigr ación. 

    23-04-10  24-04-10  Protección de la salud y la seguridad de lostrabajadores contra los riesgos relacionados con laexposición a radiaciones ópticas artificiales. 

    RD 1.254/1999, de la

    Presidencia del Gobier no. 

    16-07-99 

    04-02-05 

    20-07-99 

    04-11-99 

    11-02-05 

    Medidas de control de riesgos inherentes a losaccidentes graves en los que intervengan sustanciaspeligrosas. 

    RD 374/2001, del Mº de la

    Presidencia

    06-04-01  01-05-01 

    30-05-01 

    22-06-01 

    Protección de la salud y seguridad de los trabajadorescontra riesgos relacionados con agentes químicosdurante el trabajo. 

    RD 665/1997, del 

    Mº de la Presidencia

    12-05-97 

    16-06-00 

    21-03-03 

    24-05-97 

    17-06-00 

    05-04-03 

    Riesgos relacionados con la exposición de agentescancerígenos. 

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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    Pág. 22 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    RD413/1997 del Mº de la

    Presidencia

    21-03-97  16-04-97  Protección operacional de los trabajadores externoscon riesgo de exposición a radiaciones ionizantes porintervención en zona controlada. 

    RD614/2001, del Mº de laPresidencia

    08-06-01  21-06-01  Disposiciones mínimas para la protección de la salud yla seguridad de los trabajadores frente al riesgoeléctrico. 

    RD286/2006, del Mº de la

    Presidencia

    10-03-06  11-03-06 

    14-03-06 

    24-03-06 

    Protección de la salud y la seguridad de lostrabajadores frente a los riesgos relacionados con laexposición al ruido. 

    RD212/2002, del Mº de la

    Presidencia

    22-02-02 

    28-04-06 

    01-03-02 

    04-05-06 

    Regula las emisiones sonoras en el entorno debidas adeterminadas máquinas de uso al aire libre. 

    De acuerdo con lo estipulado en la Dir ectiva 2000/14/CE,teniendo el carácter de básica 

    RD71/1992, del Mº de

    Industria. 

    31-01-92  06-02-92  Incluye las Directivas 86/295/CEE y 86/296/CEE sobredeterminadas máquinas para la construcción, en elámbito del RD 

    245/1989 de 29 de Febrero sobre potencia acústica*. 

    * Nota.- El RD 245/1989 está derogado por el RD 

    212/2002, por lo que hay dudas sobre su vigencia.

    Las Directivas que incluye son las relativas a protecciónen caso de vuelco y protección contra la caída de objetos,

    r espectivamente.

    RD396/2006, del Mº de la

    Presidencia

    31-03-06  11-04-06  Disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicablesa los trabajos con riesgo de exposición al amianto. 

    Incorpora la Directiva 2003/18/CE. CONVENIO DE LA

    O.I.T. nº 162 

    Utilización de asbestos en condiciones de seguridad.

    Medidas de prevención y protección que deber án cumplir

    las autoridades y empleadores de conformidad con lalegislación vigente.

    RD1644/2008, del Mº de la

    Presidencia

    10-10-08  11-10-08  Normas para la comercialización y puesta en serviciode las máquinas. 

    Tiene como fin el garantizar la seguridad de las mismas y

    su libre circulación de acuerdo a la Directiva 2006/42/CE. 

    RD773/1997, del Mº de la

    Presidencia

    30-05-97  12-06-97 

    18-07-97 

    Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativasa la utilización por los trabajadores de equipos deprotección individual. 

    RD1215/1997, del Mº de la 18-07-97  07-08-97  Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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      LECTURAS DE OFICINA TÉCNICA Pág. 23 de 28 

    Presidencia 12-11-04  13-11-04  utilización por los trabajadores de los equipos detrabajo. 

    Orden del Mº. de Trabajo e

    Inmigr ación 

    27-04-10  01-05-10  Requisitos y datos que deben reunir las

    comunicaciones de apertura o reanudación deactividades en los centros de trabajo. 

    RD681/2003, del Mº de la

    Presidencia

    12-06-03  18-06-03  Protección de la salud y la seguridad de lostrabajadores expuestos a los riesgos derivados deatmósferas explosivas en el lugar de trabajo. 

    Define atmósfera explosiva la que tras una ignición, la

    combustión se propaga a la totalidad de la mezcla no

    quemada.

    4.1 Normas NTE 

    Las Normas Tecnológicas de la Edificación son un conjunto de 155 normas establecidaspor el Decreto 3565/1972, de 22 de diciembre, del Ministerio de la Vivienda (BOE 15/01/1973.Pueden considerarse soluciones técnicas recomendables para los casos prácticos normales enedificación. Estas normas se consideran de aplicación voluntaria, y aunque no las contempla elCTE, no están invalidadas por aquél. Por tanto las NTE traducen operativamente los conceptosgenerales, desglosando el proceso constructivo en seis actuaciones: diseño, cálculo,construcción, control, valoración y mantenimiento. En el siguiente listado se recoge laclasificación sistemática de las mismas.

     A Acondicionamiento del terreno

     AD Desmontes ADD Demoliciones. ADE Explanaciones. ADT Túneles ADV Vaciados ADZ Zanjas y pozos.

     AS Saneamientos ASA Avenamientos. ASD Drenajes

    C Cimentaciones

    CC Contenciones CCM Muros.CCP Pantallas.CCT Taludes.

    CE Estudios CEG Geotécnicos.

    CP Pilotes CPE Encepados.CPI In situ.CPP Prefabricados

    CR Refuerzos CRC Compactaciones.CRI Inyecciones.CRR Recalces.

    CRZ Rampeados.CS Superficiales CSC Corridas.

    CSL Losas.

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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    Pág. 24 de 28 EL MARCO LEGAL DEL PROYECTO

    CSV Vigas flotantes.CSZ Zapatas.

    E Estructuras

    EA de Acero EAA Arcos.EAE Espaciales.EAF Forjados.EAP Pórticos.EAS Soportes.EAT Trianguladas.EAV Vigas.EAZ Zancas.

    EC Cargas ECG Gravitatorias.ECR Retracción.ECS Sísmicas.

    ECT Térmicas.ECV Viento.

    EFB Bloques.EFH Hormigón.EFL Ladrillo.EFP Piedra.

    EH de Hormigónarmado

    EHA Arcos.EHB vigas Balcón.EHJ Jácenas pared.EHL Losas.EHM Membranas.EHN Núcleos rigidizadores.EHP Pórticos.EHR forjados Reticulares.EHS Soportes.EHT Trianguladas.EHU forjados Unidireccionales.EHV Vigas.EHZ Zancas.

    EL de AleacionesLigeras

    ELE Espaciales.ELP Pilares.ELT Trianguladas.ELV Vigas.

    EM de Madera EMA Apuntalamientos.EME Encofrados.EML Laminadas.EMT Trianguladas.

    EP de hormigónPretensado

    EPC Cubiertas.EPF ForjadosEPV Vigas.

    EX Mixtas EXS Soportes. EXV Vigas.

    F FachadasFC Carpintería de FCA Acero.

    FCH Hormigón.

  • 8/18/2019 1-LO-11 El Marco Legal Del Proyecto

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    FCI acero Inoxidable.FCL aleaciones Ligeras.FCM Madera.FCP Plástico.

    FD Defensas FDB Barandillas.FDC Cierres.FDP Persianas.FDZ Celosías.

    FF de Fábrica de FFB Bloques.FFL Ladrillos.FFV Vidrio.

    FP Prefabricadas FPC muros Cortina.FPP de Paneles

    FV Vidrios FVE Especiales.FVP Planos.FVT Templados.

    I Instalaciones

    IA Audiovisuales. IAA Antenas.IAB Busca-personas.IAI Interfonía.IAM Megafonía.IAT Telefonía.IAV Vídeo en circuito cerrado.IAX Télex.

    IC Climatización ICA aire Alta velocidad.ICB aire Baja velocidad.ICC Calderas.ICF Frío-generadores.ICR Radiación.

    ID de Depósitos de IDA Agua.IDC Carbón.IDF Fuel-oil.IDG Gases licuados.

    IE de Electricidad IEA Alumbrado público.IEB Baja tensión.IEF Fuerza.IEG Generadores.IEP Puesta a tierra.IER Red exterior.IET Transformadores

    IF de Fontanería IFA Abastecimiento.IFC agua Caliente.IFF agua Fría.IFP Potabilización.IFR Riego.

    IFT Tratamiento.

    IG de Gas IGA Aire comprimido.

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    IGC Ciudad.IGL Licuados.IGN Natural.IGO Oxígeno.

    IGV VacíoIGW Vapor.

    IP de Protección IPF contra el Fuego.IPP Pararrayos.IPR contra el Robo.IPX Contra las radiaciones.

    IS de Salubridad ISA Alcantarillado.ISB Basuras.ISD Depuración y vertido.ISH Humos y gases.

    ISS Saneamiento.ISV Ventilación.

    IS de Transporte ITA Ascensores.ITE Escaleras metálicas.ITM Montacargas.ITP cintas de Personas.ITT Tubos neumáticos.

    P Particiones

    PM Mamparas de PMM AceroPML aleaciones Ligeras.PM Puertas dePPA Acero.PPM Madera.PPV Vidrio.

    PT Tabiques PTL Ladrillo.PTP Prefabricados

    Q Cubiertas

    QA Azoteas QAA Ajardinadas.QAN No transitables.QAT Transitables.

    QL Lucernarios QLC Claraboyas.QLH de Hormigón traslúcido

    QT Tejados de QTF de Fibrocemento.QTG Galvanizados.QTL Láminas.QTP Pizarras.QTS Sintéticos.QTT Tejas.QTZ Zinc.

    R Revestimientos

    RP de Paramentos RPA Alicatados.

    RPC Chapados.RPE Enfoscados.RPF Flexibles.

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    RPG Guarnecidos y enlucidos.RPL Ligeros.

    RPP Pinturas.

    RPR Revocos.RPT Tejidos.

    RS de Suelos yescaleras

    RSB Baldosas.RSE Entarimados.RSI Industriales.RSL Laminados.RSM Moquetas.RSP Piedra artificial.RSS Soleras.RST terrazos.

    RT de Techos RTC Continuos. RTP Placas.

    4.2. Código Técnico de la Edificación. 

    El Código Técnico de la Edificación (CTE) es el marco normativo que establece lasexigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad yhabitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de laEdificación (LOE). El Código Técnico de la Edificación está dividido en dos partes.

    •  En la primera se detallan todas las exigencias en materia de seguridad y dehabitabilidad que son preceptivas a la hora de construir un edificio, según la Ley de

    Ordenación de la Edificación.•  La segunda parte se compone de los Documentos Básicos (DB), que son textos de

    carácter técnico que se encargan de trasladar al terreno práctico las exigenciasdetalladas en la primera parte del CTE. Cada uno de los documentos incluye los límitesy la cuantificación de las exigencias básicas y una relación de procedimientos quepermiten cumplir los requisitos.

    Los Documentos Básicos son los siguientes:− DB SE: Seguridad estructural. Está compuesto a su vez de cinco documentos: 

    − DB SE-AE: Acciones en la edificación.− DB SE-A: Estructuras de acero.

    − DB SE-F: Estructuras de fábrica.− DB SE-M: Estructuras de madera.− DB SE-C: Cimentaciones.

    − DB SI: Seguridad en caso de incendio.

    − DB SUA: Seguridad de utilización y accesibilidad.

    − DB HS: Salubridad.

    − DB HE: Ahorro de energía.

    − DB HR: Protección frente al ruido.

    La normativa se completa con los documentos reconocidos, que son textos de caráctertécnico y sin poder reglamentario. Estos documentos cuentan con el visto bueno del Ministeriode Vivienda, que configura periódicamente una lista actualizada de los mismos denominadaRegistro General del Código Técnico de la Edificación. Pueden ser documentos reconocidoslas guías técnicas o códigos de buenas prácticas sobre procedimientos de diseño, cálculo,

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