1. derecho aduanero y comercio internacional

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CURSO DERECHO ADUANERO Y COMERCIO INTERNACIONAL ABOG. JOSE G. PEREZ HIDALGO

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derecho aduanero

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CURSO DERECHO ADUANERO Y COMERCIO INTERNACIONAL

ABOG. JOSE G. PEREZ HIDALGO

INTRODUCCIN

El comercio internacional ha experimentado un auge espectacular desde la mediana de este siglo, pudindose constatar operaciones de gran complejidad, que comprometen grandes distancias y cuyos valores son tremendamente significativos. El dinamismo del comercio ha hecho necesaria la participacin de Agentes externos como intermediarios entre la Aduana y los particulares.El paso del tiempo, el avance tecnolgico, las nuevas orientaciones y normativas aduaneras han posibilitado la adecuacin del quehacer aduanero, pasando as, el Agente de Aduanas a ser un Auxiliar de la funcin pblica aduanera, investido del principio de buena fe, con todo lo que ello significa.En la actualidad muchas de las Agencias de Aduanas brindan una atencin integral al usuario, en distintos aspectos vinculados con el comercio internacional y mantienen sucursales en las principales ciudades del pas.

INTRODUCCIN

La actual Ordenanza de Aduanas, en su artculo 220, define al Agente de Aduanas como: "un profesional auxiliar de la funcin pblica aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de las mercancas". Son auxiliares de comercio y actan en todas las operaciones de embarque, desembarque, des almacenaje y despacho de mercadera. Pueden actuar en nombre propio, en representacin o por encargo de un tercero y representan en forma habitual, ante las aduanas, a los consignatarios o consignantes en los trmites y operaciones aduaneras. Su actuacin, puede ser amplia y sin limitaciones para el ejercicio de su gestin.El Agente de Aduanas puede prestar sus servicios ante cualquier Aduana del pas: tienen el carcter de ministros de fe, en cuanto a que la Aduana podr tener por cierto los datos que registren en sus declaraciones

ORIGEN Y EVOLUCIN DEL DERECHO ADUANERO

Las aduanas existieron en todos los pueblos de la antigedad, segn la importancia del comercio de cada ciudad, con la finalidad de controlar la entrada y salida de mercancas, y como forma de recaudar fondos.Los rabes impulsaron el derecho de aduana (almojarifazgo), dndole el carcter de contribucin general sobre los productos que atravesaban sus fronteras. Ms tarde, se establecieron otros tributos que tambin tuvieron el carcter de aduaneros, como los diezmos de puertos secos y mojados. Hasta principios de la Edad Moderna, los derechos de aduana no eran utilizados como instrumento de poltica comercial, sino con el fin de obtener ingresos. La poltica comercial se aplicaba mediante la utilizacin de reglamentos, prohibiciones, etc.En Roma las aduanas existen desde la primera monarqua, y la creacin se atribuye a Anco Marcio, quien fund el puerto de Ostia (640-616 a..C.), en la desembocadura del Tiber, y la abri al comercio exterior.

ORIGEN Y EVOLUCIN DEL DERECHO ADUANERO

Igualmente Gnova y Pisa, fueron ciudades con aduanas de mucho movimiento, debido al gran comercio que hacan por sus puertos.Las aduanas existieron en Atenas, desde los tiempos ms remotos y se cobraba el 2% sobre las mercancas que se importaban o exportaban.Los fenicios, grandes navegantes, fueron los que iniciaron el registro para el comercio de importacin y exportacin; a ellos le siguieron los cartagineses, grandes comerciantes en el mar Mediterrneo. Despus de las guerras pnicas, Roma se convirti en una gran centro comercial, importando y exportando para todos los pases vecinos.Venecia ofreca las mayores franquicias al trfico, pero en beneficio de sus naturales, de all que todo extranjero pagaba en los puertos del Mediterrneo dobles derechos.

ORIGEN Y EVOLUCIN DEL DERECHO ADUANERO

A principios del siglo VIII, Espaa fue invadida por los rabes, e introdujeron las aduanas en dicho pas, y llamaron portazgo el derecho que pagaban las mercaderas que se transportaban de un lugar a otro.En el siglo XIV continu en Espaa la legislacin aduanera bajo un rgimen de moderacin y suavidad, lo que hizo prosperar la navegacin y el comercio en los puertos peninsulares. Los Reyes Catlicos (1.451 1.504) pusieron en vigor el Acta de Navegacin, que limit el nmero de productos que se podan exportar y aplic con severidad el rgimen aduanero.En materia aduanera, el monopolio absoluto era el rgimen que aplicaba Espaa en Amrica; persegua el completo aislamiento con respecto a las dems naciones, pues se propuso conservar para el trfico exclusivo con sus coloniasDEFINICIN DEL DERECHO ADUANEROEs el conjunto de normas de orden pblico relativas a la organizacin y funcionamiento del servicio aduanero y a las obligaciones y derechos derivados del trfico de mercancas a travs de las fronteras, aguas territoriales, y espacio areo de la Repblica.Importancia de la Legislacin Aduanera en el mbito del Comercio Internacional. El Derecho Aduanero resulta de vital importancia tanto en el comercio nacional como internacional, ya que constituye el conjunto de normas legales y reglamentos que determinan el rgimen fiscal al cual han de someterse los importadores, exportadores, agentes navieros en general, quienes realizan operaciones con mercancas a travs de las fronteras del pas, por las vas martimas, areas, terrestres o postales. Adems rige las relaciones entre los particulares, causadas por el trfico martimo, comprendiendo todo lo referente a seguros, fletamento, averas, abordaje, etc.CARACTERSTICAS DEL DERECHO ADUANERO1- Es Derecho Pblico porque:a) El Estado es sujeto esencial y dominante en las relaciones jurdicas de carcter aduanero, yb) Confiere al mismo Estado prerrogativas tales como: poder de decisin ejecutoria, accin de oficio, privilegio de ejecucin previa o intervencin del Juez a posteriori, etc.2- Es de orden pblico, ya que no puede ser derogado por convenios particulares, por estar informado de inters general y para salvaguardar el principio de igualdad del impuesto ante todo.3- Es una nueva rama del Derecho, que tiende a constituir su propio sistema, sus propias normas distintas de las dems y autnomas.

FACILIDADES DEL DERECHO ADUANERO1- Fomentar y proteger el desarrollo econmico.2- Percibir un tributo manifestado bajo la forma de un impuesto o tasa.3- Proyectar y preservar el status poltico y social.4- Garantizar la salud y las condiciones de vida de los ciudadanos, plantas y animales.5-Suministrar informaciones estadsticas.6- Lograr una actuacin de carcter tico y de solidaridad humana.

TERRITORIOS MAYORES Y TERRITORIOS MENORESLos Territorios Mayores: Es tambin conocido como Zona Primaria Aduanera. Son lugares habilitados para realizar las operaciones aduaneras con mercancas que comprenden en particular los locales, instalaciones, depsitos, plazoletas, puertos, muelles, atracaderos, aeropuertos, terminales ferroviarias, paso fronterizos y dems lugares donde se realicen operaciones aduaneras con regular frecuencia, de tal manera que por lo menos tengan designados funcionarios estables para su control.Los Territorios Menores: Llamada tambin como Zona Secundaria Aduanera. Es todo el resto del territorio aduanero no comprendido en la Zona Primaria Aduanera. En este caso cabe acotar que, de realizarse una operacin aduanera en Zona Secundaria, a partir del momento en que se haga presente el personal de la aduana en dicho lugar y hasta que ste concluya con sus funciones especficas, esa porcin de Zona Secundaria Aduanera pasa a ser momentneamente Zona Primaria AduaneraIMPLICACIONES DE LA LEGISLACIN ADUANERA EN EL COMERCIO INTERNACIONAL* Determinar y recaudar las obligaciones tributarias causadas por la entrada y salida de mercancas. * La resolucin de los reclamos, recursos, peticiones y consultas de los importadores y exportadores. * Impedir las importaciones y exportaciones ilcitas. * La prevencin, persecucin y sancin de las infracciones aduaneras.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES1- Boletn de Liquidacin: Formato electrnico emitido por el sistema aduanero automatizado que contiene el cdigo de seguridad del sistema para realizar el pago de los gravmenes y dems tributos exigibles en las Instituciones Bancarias autorizadas.2- Certificado de Confirmacin de la Extraccin: Formato emitido por el sistema aduanero automatizado para que confirme la extraccin de mercancas del territorio nacional.3- Clave de Seguridad: Cdigo de ingreso al sistema aduanero automatizado que tiene cada usuario autorizado del Servicio Aduanero, para transmitir y procesar electrnicamente informacin ante la Administracin Aduanera y Tributaria.4- Confirmacin de Extraccin: Proceso mediante el cual se verifica en el sistema aduanero automatizado la extraccin de las mercancas del territorio nacional una vez registrado el respectivo manifiesto de carga.DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES5- Consolidador de Carga: Operador distinto al porteador que transporta en el vehculo de ste, carga en forma agrupada bajo su propio nombre y responsabilidad destinada a uno o ms consignatarios finales.6- Criterios de Selectividad: Los parmetros selectivos o aleatorios computarizados creados sobre la base de una matriz de anlisis de riesgos en el sistema aduanero automatizado para el tratamiento de las declaraciones registradas, cuya aplicacin establecer el reconocimiento electrnico, documental o fsico.7- Desaduanamiento: Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para permitir a las mercancas ingresar para el consumo, ser exportadas o ser colocadas bajo otro rgimen aduanero.8- Descarga Manual del Manifiesto: Opcin del sistema aduanero automatizado que permite para cancelar manualmente un manifiesto de carga, cuando por causas debidamente justificadas no fuere posible realizarlo por los medios establecidos en este Reglamento y en los manuales de normas y procedimientos.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES9- Des consolidacin Electrnica: Operacin en el sistema aduanero automatizado que permite la des consolidacin de carga de un documento de transporte matriz master en cada uno de los documentos de transporte propios house.10- Desconsolidacin Fsica o Desagrupaje: Accin que realiza el consolidador o si representante autorizado de separar el contenido de una carga consolidada para su distribucin a cada consignatario, conforme a los documentos de transporte propios house emitidos una vez que la misma ha ingresado a los recintos, almacenes o depsitos aduaneros autorizados.11- Endoso en Procuracin o Representacin: Acto nico mediante el cual l documento de transporte con la firma y fecha al dorso o respaldo del mismo, es entregado por el consignatario de la mercanca o su representante legal a un agente de aduanas con el fin de que ste realice, en nombre y por cuenta de aqul, exclusivamente los trmites inherentes al desaduana miento de las mercancas sin que ello implique la transferencia de propiedad de las mismas.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES12- Generacin Electrnica del Manifiesto de Carga a partir de un Trnsito Aduanero: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado que permite generar el respectivo manifiesto de carga en la aduana de destino, a partir de una declaracin de trnsito aduanero que ha finalizado.13- Generacin Electrnica de la Declaracin de Trnsito Aduanero a partir de una Declaracin en caso de Extraccin: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado que permite generar la declaracin de trnsito aduanero, a partir de una declaracin en caso de extraccin de mercancas del territorio nacional.14- Localizacin de Mercancas: Operacin en el sistema aduanero automatizado mediante la cual el responsable del recinto, almacn o depsito aduanero autorizado, indica el almacn donde ha ingresado la mercanca relacionada en un manifiesto de carga por parte del transportista, porteador o su representante legal.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES15- Matriz de Coeficientes de Perfeccionamiento (MCP): Cuadro en el sistema aduanero automatizado que relaciona materias primas, insumos, partes o piezas requeridas para el perfeccionamiento, combinacin, mezcla, rehabilitacin, reparacin, ensamblaje o produccin de un bien final destinado a la nacionalizacin, reexportacin, exportacin o reimportacin.16- Memorizar: Operacin del sistema aduanero automatizado que permite transmitir un manifiesto de carga o de encomienda en forma anticipada, bajo una condicin no oficial, hasta tanto se proceda al registro del mismo.17- Nmero de Referencia del Declarante: El nmero que el agente de aduanas y los usuarios exceptuados del uso de agente de aduanas asignan en la declaracin para su control interno.18- Nmero de Registro: El nmero que en forma automtica asigna el sistema aduanero automatizado cuando el manifiesto de carga o la declaracin han sido transmitidos electrnicamente y registrados a los fines previstos en la normativa aduanera.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES19- Porteador: Toda persona que por s o por medio de otra que acte en su nombre, ha celebrado un contrato de transporte de mercancas con un cargador, a los fines de efectuar o hacer efectuar el transporte, bajo cualquier modalidad.20- Programa de Perfeccionamiento: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado mediante el cual los usuarios autorizados conforman los bienes transformados, combinados, mezclados, rehabilitados, reparados, ensamblados, producidos o sometidos a cualquier otro tipo de perfeccionamiento, utilizando para ello la matriz de coeficientes de perfeccionamiento con el objeto que los mismos sean nacionalizados, reexportados, exportados o reimportados.21- Reconocimiento Electrnico: Procedimiento mediante el cual se verifica electrnicamente la consistencia de la informacin ingresada por el declarante, con la contenida en la base de datos y las configuraciones del sistema aduanero automatizado.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES22- Registro: Accin del sistema aduanero automatizado, solicitada mediante una transmisin electrnica, que da por presentado y aceptado un documento electrnico en forma definitiva, tal como el manifiesto de carga y la declaracin.23- Registro de la Matriz de Coeficientes de Perfeccionamiento: Accin en el sistema aduanero automatizado por el cual los usuarios registrados registran la matriz de coeficientes de perfeccionamiento (MCP) que ser utilizada posteriormente en los procesos respectivos.24- Registro del Programa de Perfeccionamiento: Procedimiento en el sistema aduanero automatizado mediante el cual los usuarios registran los programas de perfeccionamiento.25- Relocalizacin de Mercancas: Accin que realiza el responsable del recinto, almacn o depsito aduanero autorizado a travs del sistema aduanero automatizado, que le permite una vez recibidas las mercancas proceder a reubicarlas en el sistema indicando el nuevo almacn o su nueva ubicacin dentro del mismo, si fuere el caso.DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES26- Salvar Localmente: Accin del sistema aduanero automatizado que permite guardar los datos procesados en el computador del usuario.27- Transmisin Electrnica: Accin de enviar a travs del sistema aduanero automatizado el manifiesto de carga y la declaracin, as como cualquier otra accin o envo de documentos, actas o formatos que se incorporen al sistema por medios electrnicos.28- Usuarios del Servicio: Aquellos funcionarios del Servicio Aduanero, Auxiliares de la Administracin Aduanera y Tributaria y las dems personas naturales o jurdicas autorizadas para ingresar al sistema aduanero automatizado.29- Validacin: Accin solicitada al sistema aduanero automatizado a los fines de que se active el mdulo de selectividad, el cual en forma selectiva o aleatoria o ambas, asignar el canal correspondiente para el reconocimiento respectivo.

DEFINICIN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES30- Validacin del Trnsito Aduanero: Accin del sistema aduanero automatizado que permite una vez recibida en la aduana de destino la mercanca objeto del trnsito, confirmar electrnicamente a la aduana de partida el recibo y finalizacin del trnsito aduanero.31- Verificacin: Accin del sistema aduanero automatizado que permite constatar, tanto a nivel local en el computador del usuario como en el sistema, la exactitud de los datos a ser transmitidos.32- Zona de Almacenamiento: rea integrada por patios, depsitos, lugares de almacenamiento y en general, por los lugares donde los vehculos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga.

CONCLUSIN

Las Aduanas son oficinas pblicas cuya finalidad primordial es la de controlar el paso de mercancas nacionales o extranjeras que, procedentes del exterior, van hacia otros territorios aduaneros o circulan entre diversos puntos de un mismo mbito geogrfico. Tambin se encarga de la liquidacin de los impuestos establecidos por las importaciones y exportaciones de mercancas.- Estas aduanas estn bajo supervisin del SUNAT debido a la facultad que tienen para ejercer coaccin en materia de tributos, causados por el paso de mercancas en general en cualquiera de las tres direcciones antes mencionadas.

CONCLUSIN

Es importante sealar que las fronteras aduaneras no siempre coinciden con las fronteras polticas del pas, por eso, la coaccin del impuesto aduanero debe ser exigida en todos aquellos lugares de control que estn debidamente habilitados. Esto impuestos aduaneros pueden ser utilizados como instrumentos muy efectivos, para el logro de objetivos vinculados al desarrollo econmico del pas, tambin pueden ayudar a implementar un proceso de situacin de importaciones, en el cual, en un pas subdesarrollado, puede constituir una poltica muy positiva.

CONCLUSIN

Se entiende por operacin de trnsito aduanero el transporte de mercancas desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el rgimen de trnsito aduanero. A estos fines, se entiende por aduana de partida, la oficina aduanera por donde comienza la operacin de trnsito; por aduana de paso, tosa oficina aduanera por donde transiten las mercancas en el curso de la operacin de trnsito aduanero; y por aduana de destino, la oficina aduanera donde termina la operacin de trnsito.

CONCLUSIN

En cuanto al trnsito aduanero, se puede decir que es el transporte de mercancas desde una oficina aduanera de destino partida a una de destino, bajo el rgimen de trnsito aduanero. Tomando en cuenta de que existen diversos tipos o modos de transporte como el de va area, martima y terrestre, los cuales cada uno tienen ventajas y desventajas.