territorio aduanero comercio

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Territorio aduanero 1 TERRITORIO ADUANERO NOVIEMBRE 2015 CURSO: COMERCIO INTERNACIONAL PRESENTADO POR: ARUQUIPA MAMANI, YENNY GUIERREZ CALCINA, EMILIANO

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territorio aduanero comercio

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Page 1: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

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tERRITORIO ADUANERO

NOVIEMBRE 2015

CURSO: COMERCIO INTERNACIONALPRESENTADO POR: ARUQUIPA MAMANI, YENNYGUIERREZ CALCINA, EMILIANO JHON

Page 2: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

DEDICATORIA

“A nuestros queridos padres por su lucha,

constancia y sabias enseñanzas, por inculcarnos

valores, por su apoyo económico y moral,

Con profundo amor y agradecimiento

Yenny, Jhon

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Page 3: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

PRESENTACIÓN

.

ÍNDICE

DEDICATORIA................................................................................................................2

PRESENTACIÓN............................................................................................................3

ÍNDICE.............................................................................................................................3

INTRODUCCIÓN.............................................................................................................4

OBJETIVOS.....................................................................................................................5

3

Page 4: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

MARCO TEÓRICO..........................................................................................................5

MARCO CONCEPTUAL..................................................................................................5

CONCLUSIÓN.................................................................................................................5

RECOMENDACIÓN........................................................................................................6

BIBLIOGRAFÍA................................................................................................................7

AÑEXOS..........................................................................................................................8

INTRODUCCIÓN

Las relaciones comerciales a nivel internacional han ido aumentando cada vez más

dando como resultado un aumento acelerado en el volumen de las importaciones y

exportaciones a nivel mundial, dando como resultado la importancia del estudio de las

actividades que lleva a cabo el comercio exterior.

En este intercambio comercial juegan un papel sumamente importante las aduanas de

los diferentes países, quienes actúan como entes reguladores y de control de cada

uno de los gobiernos, para lo cual es importante aplicar el objetivo de analizar la forma

de regulación de las leyes aduaneras en cada actividad que se lleva a cabo en el

comercio exterior, para tener éxito durante el proceso de despacho aduanero de las

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Territorio aduanero

mercancías, que es cuando se pone emplea la normativa legal correspondiente a cada

país en las distintas aduanas por parte de la autoridad aduanera correspondiente.

OBJETIVOS

Conocer el concepto de territorio aduanero

Analizar los tipos de territorio aduanero

MARCO TEÓRICO

CONCEPTO DE TERRITORIO ADUANERO

Territorio como concepto político

Es la delimitación geográfica en la cual se encuentra asentada la población. Dentro de

este concepto político, el componente esencial para la conformación de un Estado.

Elemento físico del Estado

Existen agrupaciones humanas en las que el territorio no es de importancia primordial,

por ejemplo: la iglesia, o las organizaciones internacionales. El territorio es el elemento

de primer orden colocado al lado del elemento humano tratándose del Estado.

Los hombres llamados a componer el Estado deben estar permanentemente

establecidos en su suelo, el cual se llama patria (patria: tierra de los padres). No puede

hacerse una igualdad o semejanza del Estado con la iglesia en el aspecto territorial,

porque la misión y fines de la iglesia puramente espirituales, son diferentes de la

misión y fines del Estado, en los que se involucran fundamentalmente intereses

materiales.

Ámbito espacial de validez del orden jurídico. Uno de los componentes del Estado.

Entiéndase por territorio, en el derecho constitucional, no necesariamente la unidad

espacial. Por tal motivo, la unidad del “territorio” no es una unidad geográfica. El

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Territorio aduanero

territorio puede estar compuesto de partes separadas entre sí por otros territorios, que

pueden pertenecer a Estados diferentes o no pertenecer a Estado alguno (en el

sentido estricto de “territorio”), como por ejemplo, el de alta mar. Si todas estas partes

geográficamente inconexas constituyen un todo unitario, un territorio único.

Para otros autores es la porción en la superficie del globo terráqueo sobre la cual el

estado ejerce habitualmente su soberanía. Constituye la base física del Estado, así

como el elemento necesario para la subsistencia del Estado, el cual se individualiza

geográficamente, por virtud de la permanencia de un pueblo en suelo. Además,

constituye la determinación del Imperium, ya que la validez del orden jurídico debe ser

referida a límites de espacio. El Estado se distingue de otras entidades por virtud del

poder y por su carácter territorial.

La aduana

La aduana está conformada por agentes aduaneros, que es la persona autorizada por

el gobierno nacional para controlar el ingreso de bienes y determinar el valor de cobro

que deberá abonar el interesado por ellos.

La administración de la aduana sobre las mercancías tiene lugar a través del derecho

de aduana o arancel aduanero, que refiere a aquella tarifa o coste que el dueño de los

productos deberá abonar para permitir que éstos ingresen al país sin ser retenidos por

la seguridad de la aduana. Pero también se fijan sobre aquellos productos que salen

del país. Las tarifas se disponen de acuerdo con las políticas de la Aduana y se

establece una regulación que fija un precio para cada tipo de producto: por ejemplo,

bienes tecnológicos, de consumo, culturales, etcétera.

Una de las razones por las cuales se cobra un derecho aduanero es que los mismos

constituyen partidas arancelarias que son de uso exclusivo por el gobierno del país y,

en definitiva, implican una importante fuente de ingreso para las políticas públicas. Al

mismo tiempo, estas prácticas suponen una protección sobre la producción nacional,

ya que imponer impuestos que encarezcan las mercancías extranjeras contribuiría al

consumo de bienes elaborados dentro del país. En último término, la existencia de una

aduana también permite las prácticas reguladas y en el marco de la ley, evitando el

tráfico de productos ilegales entre fronteras.

Cuando estas regulaciones se llevan al extremo, se habla de prohibicionismo o

proteccionismo. Mientras que las prácticas más liberales y flexibles sobre el ingreso y

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Territorio aduanero

egreso de bienes evocan un contexto de librecomercio capitalista que se ha favorecido

en las últimas décadas a partir de la globalización.

Así las aduanas se ubican en puntos estratégicos de esos territorios aduaneros,

generalmente en sus límites o fronteras aduaneras, con el propósito de hacer efectivos

los tributos que gravan ese traspaso de mercancías que se hace o bien para aplicar

las prohibiciones al ingreso o la salida de las mercancías de que se trate.

http://es.slideshare.net/Fede1963/clase-n-2-concepto-de-territorio-aduanero

ADUANAS JURISDICCIÓN

Aduana Marítima: puerto del callao y sus terminales de almacenamiento satélites.

(Tiene jurisdicción en su zona primaria y la zona secundaria de Lima)

Aduana aérea: aeropuerto Jorge Chávez y sus terminales de almacenamiento

satélites (Tiene jurisdicción en su zona primaria).

Aduana postal: SERPOST (Tiene jurisdicción en su zona primaria)

Intendencia de prevención de contrabando y control fronterizo, tiene jurisdicción a

nivel nacional.

Territorio aduanero implica el uso de un mismo régimen arancelario

El territorio aduanero debe comprenderse como la parte del ámbito territorial sometido

a la soberanía nacional en la que se aplica un mismo sistema arancelario de

prohibiciones de carácter económico a las importaciones y las exportaciones,

diferencia que puede ser intrínseca o extrínseca.

Según la ley general de aduanas, define al territorio aduanero como Territorio

aduanero.- Parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y aéreo, dentro

del cual es aplicable la legislación aduanera. Las fronteras del territorio aduanero

coinciden con las del territorio nacional.

La circunscripción territorial sometida a la jurisdicción de cada Administración

Aduanera se divide en zona primaria y zona secundaria.

El territorio aduanero puede definirse como aquel espacio geográfico a través del cual

circulan o pueden circular las mercancías objeto de tráfico internacional, en el cual rige

total o parcialmente una misma legislación aduanera, o donde una misma organización

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Territorio aduanero

aduanera ejerce o puede ejercer su jurisdicción y competencia. Esta definición ofrece

dos características dignas de mención:

a. Distingue entre un concepto material y un concepto formal de territorio

aduanero;

b. Permite diferenciar el territorio aduanero del territorio político, en el sentido de

que ambos pueden coincidir o, al contrario, ser uno de ellos más extenso o

menos extenso que el otro.

Desde el punto de vista material, el concepto de territorio aduanero atiende a la

naturaleza de las normas jurídicas que en él rigen: Si estas normas son de naturaleza

aduanera ese territorio será, consecuencialmente, aduanero; pero si en ese territorio

no rige ninguna norma de naturaleza aduanera, el mismo será, por tanto, extra-

aduanero. Esto nos lleva a la necesidad de precisar cuándo una norma posee

naturaleza aduanera y cuándo no. Un análisis lato sensu nos indica que la norma es

aduanera cuando, por razones de índole económica o fiscal, su objeto directo o

indirecto consiste en afectar los procesos de introducción o de extracción de

mercancías hacia o desde el territorio bajo consideración, incluidas las diferentes

etapas constitutivas de esos procesos. (Si la norma, por ejemplo, obedece a razones

de sanidad o salubridad, de seguridad o defensa o, en fin, a motivos no económicos ni

fiscales, no poseerá condición de norma aduanera, aunque esté dirigida a afectar la

introducción o extracción de mercancías hacia o desde el territorio considerado; al par,

si el objeto de la norma no radica en afectar directa o indirectamente la comentada

introducción o extracción de mercancías, tampoco tendrá naturaleza aduanera,

aunque pueda poseer un contenido fiscal o económico). Un análisis stricto sensu nos

indica, en cambio, que la norma es aduanera cuando forma parte de la legislación

aduanera propiamente dicha, vale decir, cuando integra el conjunto de disposiciones

sustantivas y adjetivas promulgado por los órganos y entes del Poder Público para

regular específicamente los antes aludidos procesos de introducción o extracción de

mercancías..

Desde el punto de vista formal, el concepto de territorio aduanero guarda relación con

el espacio geográfico donde una organización aduanera (normativa u operativa) ejerce

su jurisdicción y competencia. Como todos sabemos, las diferentes aduanas del país

poseen una “circunscripción”, o sea, un área territorial donde esas aduanas pueden

legalmente ejercer su potestad y las funciones que les son propias, área que a su vez

comprende una zona primaria -en la cual las autoridades aduaneras ejercitan en forma

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Territorio aduanero

habitual y permanente sus labores y las mercancías objeto de operaciones de tráfico

internacional permanecen bajo su potestad- y una zona secundaria (que comprende la

llamada zona de vigilancia aduanera), en la cual las mercancías no se encuentran bajo

potestad aduanera y las autoridades respectivas pueden ocasionalmente desarrollar

su gestión y cumplir labores de control aduanero. Esto sentado, una porción

determinada de espacio geográfico será territorio aduanero si forma parte de la

circunscripción de alguna aduana y si, en consecuencia, allí ejerce o puede ejercer

permanente u ocasionalmente sus labores la organización aduanera a través de los

funcionarios del ramo.

De los almacenes y depósitos aduaneros puede decirse otro tanto: Solamente con

considerarse que ellos constituyen parte de la zona primaria de las aduanas

(inmediata, si están ubicados dentro de las áreas portuarias, aeroportuarias o

aduaneras propiamente dichas; mediata, si están ubicados fuera de esas áreas) y que

están directamente regulados por normas ad hoc de nuestra legislación aduanera,

veremos que sin duda son también parte de nuestro territorio aduanero.

ZONAS DEL TERRITORIO ADUANERO

Zona primaria

La zona primaria aduanera es el lugar del territorio aduanero nacional, habilitado por la

autoridad aduanera para que los agentes económicos del comercio exterior puedan

realizar las operaciones de recepción, cargue, descargue, almacenamiento y

movilización de mercancías.

Parte del territorio aduanero que comprende los puertos, aeropuertos, terminales

terrestres, centros de atención en frontera para las operaciones de desembarque,

embarque, movilización o despacho de las mercancías y las oficinas, locales o

dependencias destinadas al servicio directo de una aduana.

Adicionalmente, puede comprender recintos aduaneros, espacios acuáticos o

terrestres, predios o caminos habilitados o autorizados para las operaciones arriba

mencionadas. Esto incluye a los almacenes y depósitos de mercancía que cumplan

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Territorio aduanero

con los requisitos establecidos en la normatividad vigente y hayan sido autorizados por

la Administración Aduanera

En la zona primaria, el servicio aduanero ejercerá la fiscalización y el control aduanero

en forma permanente y podrá en el ejercicio de sus atribuciones.

a. Fiscalizar medios de transporte, unidades de carga, mercaderías y personas y

en caso de flagrante infracción o delito aduanero proceder inmediatamente a

solicitar a la autoridad competente la detención de la persona.

b. Inspeccionar depósitos, oficinas, establecimientos comerciales y otros locales

allí situados.

c. En caso de existir indicios de infracción aduanera, retener y aprehender

mercaderías, medios de transporte, unidades de carga y documentos de

carácter comercial y de cualquier naturaleza vinculados al tráfico internacional

de mercaderías.

Zona secundaria

Parte del territorio aduanero no comprendida como zona primaria o zona franca. (LEY

GENERAL DE ADUANAS).

En retención o aprehensión de medios de transporte, unidades de carga y mercadería

en supuesta infracción aduanera realizada por cualquier autoridad no aduanera, los

mismos deberán ser puestos a disposición de la autoridad aduanera de la jurisdicción

en un plazo máximo de 12 horas.

Carreteras, caminos carrozables, mercados, almacenes privados, fábricas, Etc.

Es la parte del territorio aduanero nacional que no comprende la zona primaria

aduanera. Es decir, que aquellos lugares no habilitados por la autoridad aduanera para

la recepción, almacenamiento, movilización, cargue y descargue de mercancías objeto

de comercio internacional, se constituyen en zona secundaria aduanera.

Por lo tanto, las mercancías nacionales o de procedencia extranjera bajo control

aduanero que deban transitar por estas zonas, deben estar acompañadas de uno de

los siguientes documentos:

a. Declaración del régimen aduanero (importación, exportación o tránsito)

b. Planilla de envío (para el traslado de la carga desde lugar de arribo a depósito

o zona franca en la misma jurisdicción aduanera)

c. Factura de nacionalización (en los casos en que la norma lo exija)

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Territorio aduanero

Zona franca

Veamos brevemente que dice la legislación aduanera respecto a la Zona Franca de

Tacna: “…la parte del territorio nacional perfectamente delimitada en la que las

mercancías que en ella se internen se consideran como si no estuvieran en el territorio

aduanero para efectos de los impuestos aduaneros, bajo la presunción de

extraterritorialidad aduanera…”

Áreas del territorio nacional extra-aduaneras, previamente calificadas, sujetas a un

régimen especial, donde podrán establecerse y funcionar empresas, nacionales o

extranjeras, que se dediquen a la producción o comercialización de bienes para la

exportación, directa o indirecta, así como a la prestación de servicios vinculados al

comercio internacional y a las actividades conexas o complementarias a ellas.

En las Zonas Francas se admiten mercancías de cualquier tipo, cantidad, país de

origen o de destino. Se pueden cargar y descargar, transbordar, almacenar, y

manipular mercancías. En casi todos los países del mundo existen zonas francas. Las

Zonas Francas ofrecen ventajas fiscales como suspensión de derechos aduaneros,

IVA e impuestos especiales, no se aplican restricciones cuantitativas o cualitativas,

etc.

Parte del territorio nacional debidamente delimitada, en la que las mercancías que en

ella se introduzcan se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero, para

la aplicación de los derechos arancelarios, impuestos a la importación para el

consumo y recargos a que hubiera lugar.” (Art. 2, LGA).

¿Para qué? Suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia,

también industrias maquilladoras plantas procesadoras o almacenes especiales para

la mercancía en tránsito.

HABILITACION DE LUGARES PARA EL INGRESO Y SALIDA DE MERCANCÍAS

BAJO CONTROL ADUANERO

ARTÍCULO 41°. Lugares habilitados para el ingreso y salida de mercancías bajo

control aduanero. Son aquellos lugares por los cuales la Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacionales permite el ingreso y salida de mercancías bajo control aduanero

del territorio aduanero nacional. En el acto administrativo de habilitación deberán

delimitarse claramente los sitios que constituyen zona primaria aduanera, disponiendo

si fuere del caso, su demarcación física y señalización. Para la habilitación de puertos

y aeropuertos, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales exigirá que las

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Page 12: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

instalaciones destinadas a las operaciones de cargue, descargue, custodia,

almacenamiento y traslado de las mercancías bajo control aduanero y aquellas áreas

destinadas a la realización de las operaciones aduaneras, cuenten con la debida

infraestructura física y con los sistemas y dispositivos de seguridad que garanticen, a

satisfacción de dicha entidad, la seguridad de las mercancías y el pleno ejercicio del

control aduanero. La autoridad aduanera, en coordinación con las autoridades

portuarias y aeroportuarias y con los administradores de los puertos y aeropuertos

habilitados, dispondrá de las medidas y procedimientos tendientes a asegurar en la

zona primaria aduanera, el ejercicio sin restricciones de la potestad aduanera, donde

además de lo previsto en el inciso anterior, deberá reglamentar conjuntamente con las

autoridades competentes, la circulación de vehículos y personas y disponer de

sistemas de identificación de los mismos. El incumplimiento de lo previsto en este

artículo por parte de los titulares de la habilitación podrá ocasionar la pérdida de la

habilitación para la entrada y salida de mercancías del territorio aduanero nacional.

PARAGRAFO. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá por razones

de control, prohibir o restringir el ingreso o salida de determinadas mercancías por los

lugares habilitados.

ARTÍCULO 42°. Habilitación de aeropuertos para efectos aduaneros. La habilitación

de los aeropuertos tendrá una vigencia indefinida y no requerirá la constitución de

garantías. Dicha habilitación estará sujeta a la observancia de lo dispuesto en el

artículo anterior y al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 46 del

presente decreto.

ARTÍCULO 43°. Habilitación de muelles o puertos públicos y privados. Las personas

jurídicas que hubieren obtenido concesión para operar muelles o puertos marítimos o

fluviales de servicio público o privado, podrán obtener la habilitación por parte de la

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para la entrada y salida de mercancías

bajo control aduanero del territorio aduanero nacional, cumpliendo con los requisitos

previstos en este decreto y constituyendo una garantía bancaria o de compañía de

seguros para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, por un monto máximo

equivalente al 0.25% del promedio del valor CIF de las mercancías que se estime

serán objeto de cargue, descargue y manipulación durante un trimestre en el lugar

habilitado. En el acto de habilitación, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

fijará el monto de la garantía. PARAGRAFO. La Dirección de Impuestos y Aduanas

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Page 13: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

Nacionales podrá abstenerse de estudiar nuevas habilitaciones de muelles o puertos

de servicio público o privado, cuando a criterio de la entidad las necesidades de

comercio exterior se encuentren cubiertas en una determinada jurisdicción.

ARTÍCULO 44°. Habilitación de cruces de frontera terrestres. La habilitación de los

lugares para el ingreso y salida de mercancías por vía terrestre comprenderá, además

del cruce de frontera, la vía o vías permitidas para el traslado de las mercancías bajo

control aduanero, hasta el lugar determinado por la aduana para el cumplimiento de

las formalidades aduaneras inherentes a la entrada y salida de mercancías del

territorio aduanero nacional, tales como: entrega e incorporación de documentos al

sistema informático aduanero; reconocimiento físico, cuando a dicha diligencia hubiere

lugar y, la revisión de precintos, unidades de carga y medios de transporte.

PARAGRAFO. Los cruces de frontera a que se refiere el artículo 7º de la Decisión 271

de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y los que se aprueben bilateralmente de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la citada decisión, se entenderán

habilitados para el ingreso y salida del territorio aduanero nacional de mercancías bajo

control aduanero.

ARTÍCULO 45°. Habilitaciones parciales. Las habilitaciones podrán otorgarse con

restricciones relativas al tipo de mercancías que son susceptibles de ser cargadas,

descargadas, transportadas y manipuladas por los lugares habilitados.

ARTÍCULO 46°. Obligaciones de los titulares de lugares habilitados para la entrada y

salida de mercancías del territorio aduanero nacional. Son obligaciones de los titulares

de la habilitación para la entrada y salida de mercancías bajo control aduanero, las

siguientes: a) Cumplir con los requerimientos fijados por la autoridad aduanera en

materia de infraestructura física, de sistemas y dispositivos de seguridad; b) Permitir el

ejercicio de la potestad aduanera dentro del área declarada por la Dirección de

Impuestos y Aduanas Nacionales como lugar habilitado; c) Cumplir con las medidas y

procedimientos establecidos por la autoridad aduanera tendientes a asegurar el control

y vigilancia de las mercancías dentro de sus instalaciones; d) Controlar el acceso y

circulación de vehículos y personas mediante la aplicación de los sistemas de

identificación de los mismos, dentro del lugar habilitado; e) Contar con los equipos de

cómputo y de comunicaciones que le permitan su conexión con el sistema informático

aduanero; así como facilitar la instalación o disposición de los equipos que requiera la

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Page 14: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

aduana; f) Suministrar la información que la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales les solicite, relacionada con la llegada y salida de naves, aeronaves o

vehículos del lugar habilitado, en la forma y oportunidad establecida por dicha entidad,

y g) Constituir, cuando a ello hubiere lugar, las garantías bancarias o de compañía de

seguros para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.

MARCO CONCEPTUAL

Territorio

Se denomina territorio a un área donde (incluyendo tierras, aguas y espacio aéreo)

siempre cuenta con la posesión de una persona, organización, institución, Estado o un

país.1

En la perspectiva de la geosemántica social se entiende por territorio la suma de un

sentido (significado) a un lugar, cuya definición es validada por una comunidad.

También se denomina territorio a la zona controlada o dominada por ciertos animales.

No obstante, el territorio es un concepto polisémico, cuya definición varía de acuerdo a

la disciplina desde la cual se enfoque. A continuación se presentan diferentes

referencias que muestran la particularidad:

https://es.wikipedia.org/wiki/Territorio

El término territorio es muy usado en geografía, aunque pocas veces corresponde a su

contenido conceptual con lo que suele ser necesario establecer el significado que le da

cada autor contextualmente. Algunos autores han llegado a afirmar que el territorio es

el objeto principal de la investigación geográfica frente a otros términos también muy

usados dentro de la geografía como paisaje, región, espacio geográfico o lugar. Es útil

relacionar los usos del término territorio con las diferentes tradiciones geográficas para

determinar su contenido total y subtotal.

Territorio es un lugar cerrado o área delimitada bajo la propiedad de un animal, una

persona o un grupo, una organización o una institución. El término también puede ser

utilizado en la política, la biología y la psicología.

En el concepto tradicional de la geografía, el territorio se utiliza para estudiar la

relación entre el espacio y el poder desarrollada por los Estados, especialmente los

Estados nacionales. En el contexto político, se refiere a la superficie terrestre de un

Estado, ya sea soberano o no, y también el espacio físico sobre el cual el Estado

ejerce su poder soberano. Para las teorías generales del Estado, la diplomacia, las

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Page 15: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

relaciones internacionales y la nacionalidad, el territorio es una de las condiciones para

la existencia y el reconocimiento de un país.

Algunos individuos confunden el territorio con las fronteras, pero la frontera es el límite

entre dos partes distintas, es lo que determina el ámbito territorial que necesita un

Estado, su base física y se determina a través de delimitaciones territoriales y políticas

que, garantiza a los Estados, la autonomía y la soberanía de éstos ante los demás.

http://www.significados.com/territorio/

ADUANA

Una aduana es una Administración Pública dependiente del Ministerio de economía y

hacienda y su misión es salvaguardar en un territorio vigilando el paso de personas y/o

bienes en costas, aeropuertos, fronteras, carreteras, etc.

Para ello, cobra unas tasas aduaneras por permitir el tránsito de esas mercancías o

individuos, siempre que sea legal.

Las personas que trabajan en una aduana se conocen como "agentes aduaneros" y

cuando un producto cruza una aduana es gravado por estas tasas territoriales para

tratar de equilibrar los mercados. (https://debitoor.es/glosario/definicion-aduana)

En cualquier país, las aduanas representan la parte que regula y controla cualquier

actividad que tenga relación con la entrada y salidas de productos, personas o incluso

capitales de un país. Entre sus tareas, se encuentra llevar un control fiscal, de

seguridad, de salud y estadística del comercio internacional.

Para localizar más artículos, entre a la sección de conceptos de Aduanas. En esta

área, puede ubicar información específica respecto a conceptos, definiciones,

importancia, teorías, historia, estadísticas, instituciones y más.

(http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduana/107-que-es-una-aduana)

Es aquel lugar establecido generalmente en las áreas fronterizas, puertos y ciudades

importadoras/exportadoras cuyo propósito principal es contralar todas las entradas y

salidas de mercancía, los medios en los que son transportadas y los trámites

necesarios para llevarlos a cabo. Su función recae en hacer cumplir las leyes y

recaudar impuestos, derechos y aprovechamientos aplicables en materia de comercio

exterior (http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduana/107-que-es-una-

aduana).

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Page 16: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

El tema de Aduanas y su significado es vasto, abajo le daremos respuesta a

preguntas frecuentes de aduanas

(http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduana/107-que-es-una-aduana)

La aduana es la oficina pública y/o fiscal que, a menudo bajo las órdenes de un Estado

o gobierno político, se establece en costas y fronteras con el propósito de registrar,

administrar y regular el tráfico internacional de mercancías y productos que ingresan y

egresan de un país.

El propósito de la aduana es múltiple y, entre otras cosas, se ocupa de controlar el

tráfico de bienes materiales que se importan y exportan, cobrando impuestos y tarifas

a entes individuales o colectivos. (http://www.definicionabc.com/social/aduana.php).

Aduana es la administración encargada de cobrar las tasas impuestas a las

mercancías importadas o exportadas. Oficina de esta administración: hay aduanas en

las fronteras terrestres, puertos y aeropuertos (http://es.thefreedictionary.com/aduana).

Aduanero

Persona empleada en una aduana.

(http://www.wordreference.com/definicion/aduanero)

Aduanero: es todo aquello que pertenece o es relativo a la aduana.

Aduanero es la persona que labora en la aduana.

(http://www.deperu.com/diccionario/significado.php?pal=aduanero)

Territorio aduanero

Las aduanas y los tributos que gravan la importación y exportación de mercancías así

como las prohibiciones a la importación y exportación de las mismas, presuponen la

existencia de una pluralidad de “ámbitos espaciales” o “territorios aduaneros”

sometidos a jurisdicciones distintas o territorio en los que se apliquen legislaciones

económicas diversas. (http://es.slideshare.net/Fede1963/clase-n-2-concepto-de-

territorio-aduanero)

Es el ámbito territorial comprendido dentro de las fronteras aduaneras

http://es.slideshare.net/Fede1963/clase-n-2-concepto-de-territorio-aduanero

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Page 17: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

Es la parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y aéreo, dentro del

cual es aplicable la legislación aduanera. Las fronteras del territorio aduanero

coinciden con las del territorio nacional.

La circunscripción territorial aduanera sometida a la jurisdicción de cada aduana se

divide en zona primaria y zona secundaria

Zona primaria

Parte del territorio aduanero que comprende los puertos, aeropuertos, terminales

terrestres, centros de atención en frontera para las operaciones de desembarque,

embarque, movilización o despacho de las mercancías y las oficinas, locales o

dependencias destinadas al servicio directo de una aduana. Adicionalmente, puede

comprender recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres, predios o caminos

habilitados o autorizados para las operaciones arriba mencionadas. Esto incluye a los

almacenes y depósitos de mercancía que cumplan con los requisitos establecidos en

la normatividad vigente y hayan sido autorizados por la Administración Aduanera (LEY

GENERAL DE ADUANAS).

Zona secundaria

Parte del territorio aduanero no comprendida como zona primaria o zona franca. (LEY

GENERAL DE ADUANAS).

Zona franca

Parte del territorio nacional debidamente delimitada, en la que las mercancías que en

ella se introduzcan se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero, para

la aplicación de los derechos arancelarios, impuestos a la importación para el

consumo y recargos a que hubiera lugar.” (Art. 2, LGA).

Zonas Francas Comerciales. Son aquellas en las cuales las mercancías admitidas

permanecen sin transformación alguna, en espera de su destino ulterior.

Zonas Francas Industriales. Son aquellas en que las mercancías se admiten para

someterlas a operaciones autorizadas de transformación y perfeccionamiento, en

espera de su destino ulterior.

Céticos

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Page 18: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

CETICOS: Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y

Servicios CETICOS Paita, Ilo y Mollendo-Matarani.

CONCLUSIÓN

Territorio aduanero: Parte del territorio nacional que incluye el espacio acuático y

aéreo dentro del cual es aplicable la legislación aduanera. Las fronteras del territorio

aduanero coinciden con as territorio nacional.

Zona primaria: es el espacio fluvial o terrestre, ubicado en los puertos aeropuertos y

terminales ferroviarias y de transporte automotor y otros puntos donde se efectúan la

operaciones de embarque, desembarque, trasbordo, movilización, almacenamiento y

despacho de mercaderías procedentes del exterior o destinadas a él.

Zona Secundaria: Parte del territorio aduanero no comprendida como zona primaria o

zona franca.

Zona franca: es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos

beneficios tributarios, como la excepción del pago de derechos de importación de

mercancías, de algunos impuestos o la regulación de estos. Muchos gobiernos de

países establecen zonas francas en regiones apartadas o extremas con el fin de atraer

mucha población generacional en los interiores capitales y promover el desarrollo

económico de la región

RECOMENDACIÓN

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Page 19: Territorio Aduanero Comercio

Territorio aduanero

BIBLIOGRAFÍA

http://www.monografias.com/trabajos96/sistema-aduanero/sistema-

aduanero.shtml#ixzz3rkhoi1Td

http://www.definicionabc.com/social/aduana.php

http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduana/107-que-es-una-aduana

http://www.comercioyaduanas.com.mx/aduanas/aduana/107-que-es-una-aduana

https://debitoor.es/glosario/definicion-aduana

http://www.significados.com/territorio/

https://es.wikipedia.org/wiki/Territorio

http://www.siicex.gob.pe/siicex/portal5ES.asp?_page_=162.00000

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Territorio aduanero

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