1. 04 07-2011 presentación opa-fgn colombia

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Dr. HAROLD RAULPADILLA JEFE DE OFICINA FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA JULIO 2011 FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A TESTIGOS, VÍCTIMAS E INTERVINIENTES EN EL PROCESO PENAL

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Dr. HAROLD RAULPADILLAJEFE DE OFICINA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

JULIO 2011FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A TESTIGOS, VÍCTIMAS E INTERVINIENTES EN

EL PROCESO PENAL

TEMARIO

- MARCO CONSTITUCIONAL, LEGAL Y REGLAMENTARIO

- EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

- EL PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

- PROTECCIÓN EN EL ESCENARIO DE LA LEY DE JUSTICIA Y PAZ

- GESTIÓN DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

- PROYECCIONES DEL PROGRAMAFISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

MARCO CONSTITUCIONAL, MARCO CONSTITUCIONAL, LEGAL Y REGLAMENTARIOLEGAL Y REGLAMENTARIO

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

“Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

ARTÍCULO 2º

BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDADConstitución Política, artículos 93

y 94

Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado mediante Ley 74 de 1968.

Pacto de San José de Costa Rica, incorporada a la Ley Colombiana mediante la Ley 16 de 1972.

Convención Americana de Derechos Humanos.

Estatuto de Roma / Corte Penal Internacional.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

– PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD:INPEC

– LIDERES SINDICALES – COMUNALES – INDIGENAS – DDHH – ONG :

Ministerio del interior y de justicia

– SERVIDORES PUBLICOS DE ELECCION POPULAR:Departamento Administrativo de Seguridad - Ministerio

del Interior

– DESMOVILIZADOS DE GRUPOS AL MARGEN DE LA LEY:Ministerio del Interior y de Justicia – Ministerio de Defensa

– INTERVINIENTES EN PROCESOS E INVESTIGACIONES DISCIPLINARIAS:

– Procuraduría General de la Nación

– INFORMANTES :Organismos de seguridad – Policía Judicial

PRINCIPALES SISTEMAS DE PROTECCIÓN

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

MARCO LEGAL

Ley 418 de 1997. Esta Ley consagra: “instrumentos para la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia”. En su segunda parte regula los “mecanismos para la eficacia de la justicia”, entre los que contempla el Título primero la “protección a intervinientes en el proceso penal” y derogó la Ley 104 de 1993.

Ley 548 de 1999; Ley 782 del 2002, Ley 1106 de 2006 y Ley 1421 de 2010. Prorrogan y modifican la ley 418/97.

Ley 906 de 2004. Articulo 114, Atribuciones de la Fiscalía, Articulo 206, Entrevista Policía Judicial.

Ley 938 de 2004. Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación, artículo 19, Crea y da funciones a la Oficina de Protección y Asistencia.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

ARTÍCULO 67 :

Créase con cargo al Estado y bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación, el “Programa de Protección a Testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscalía”, mediante el cual se les otorgará protección integral y asistencia social, lo mismo que a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil y al cónyuge, compañera o compañero permanente, cuando se encuentren en riesgo de sufrir agresión o que sus vidas corran peligro por causa o con ocasión de la intervención en un proceso penal. En los casos en que la vida del testigo o denunciante se encuentre en peligro, la Fiscalía protegerá la identidad de los mismos.Para efectos de protección por parte del programa, se entenderá por testigo la persona que ha tenido conocimiento de la comisión de un delito, o cualquier otra circunstancia que resulte relevante para demostrar la responsabilidad penal, que en concepto del funcionario judicial competente está en disposición de expresarlo durante la actuación procesal y de ello se derive un riesgo para su vida o integridad personal.

LEY 418 DE 1997, ARTÍCULO 67(Artículo modificado por el artículo 4 de la Ley 1106 de 2006)

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ARTÍCULO 69. Las personas amparadas por este programa podrán tener protección física, asistencia social, cambio de identidad y de domicilio, y demás medidas temporales o permanentes encaminadas a garantizar en forma adecuada la preservación de su integridad física y moral y la de su núcleo familiar.

Cuando las circunstancias así lo justifiquen, dicha protección podrá comprender el traslado al exterior, incluidos los gastos de desplazamiento y manutención por el tiempo y bajo las condiciones que señale el Fiscal General de la Nación.

Las personas que se acojan al programa de protección se sujetarán a las condiciones que establezca la Fiscalía General de la Nación.

El artículo 1 de la Ley 1106 de 2006, publicada en el Diario Oficial No. 46.490 de 22 de diciembre de 2006, prorroga la vigencia de este artículo por un término de cuatro (4) años.

LEY 418 DE 1997(Artículo prorrogado por la Ley 1106 de 2006)

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LA INFORMACIÓN DELLA INFORMACIÓN DELPROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN ESPROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN ES

RESERVADARESERVADALey 418 de 1997, artículo 72.

La Fiscalía General de la Nación mantendrá bajo estricta reserva los archivos de las personas amparadas o relacionadas con el programa de protección. Quienes tengan conocimiento de las medidas de protección o hayan intervenido en su preparación, expedición y ejecución, tendrán la obligación de mantener en secreto o reserva la identidad de las personas beneficiadas con el programa. La violación de esta reserva acarreará las sanciones penales y disciplinarias a que hubiere lugar. Serán igualmente responsables, los servidores públicos y los particulares que incurran en dicha violación.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

EL PROGRAMA DE EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y PROTECCIÓN Y

ASISTENCIAASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Nace como respuesta al incremento del terrorismo y la dramática situación de violencia, que alejaba a los testigos de la investigación penal.

Colombia fue el tercer país en conformar un programa de protección a testigos, después de Estados Unidos e Italia.

Es un mecanismo para la eficacia de la justicia (asegurando el medio de prueba testimonial; apoyando el deber ciudadano de colaborar con la administración de justicia).

Como parte de la función de investigación y acusación del Estado, ofrece de forma residual y subsidiaria la garantía de la protección de la vida e integridad de las personas en condiciones diferenciales; y ante el alejamiento de la zona de riesgo, presta atención integral, para que las personas protegidas reconstruyan su proyecto de vida.

Generar confianza en la comunidad, garantizando el ánimo de colaboración para la administración de justicia.

LA PROTECCIÓN EN CABEZA DELENTE ACUSADOR

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LEY 938 DE 2004Por la cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

ARTÍCULO 19. La Oficina de Protección y Asistencia tiene las siguientes funciones:

1. Asesorar a la entidad en la definición de políticas de protección y asistencia social para servidores de la Fiscalía, víctimas, jurados, testigos y demás intervinientes en el proceso penal.2. Organizar, en coordinación con las Direcciones Nacionales de Fiscalías y Cuerpo Técnico de Investigación, con el apoyo de los organismos de seguridad del Estado, la protección de víctimas, testigos, jurados, servidores e intervinientes, en las investigaciones y procesos que sean de conocimiento de la Fiscalía.3. Desarrollar programas de asistencia social para víctimas, testigos, jurados, servidores y demás intervinientes en el proceso penal.4, 5 y 6.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

““La Fiscalía goza de autonomía en la evaluación sobre la La Fiscalía goza de autonomía en la evaluación sobre la idoneidad y eficiencia de la colaboración prestada y idoneidad y eficiencia de la colaboración prestada y

también respecto del tipo de beneficios que se pueden también respecto del tipo de beneficios que se pueden conceder y en torno a la protección que merecen los conceder y en torno a la protección que merecen los

testigos, víctimas e intervinientes dentro del proceso penal testigos, víctimas e intervinientes dentro del proceso penal y los propios funcionarios judiciales”.y los propios funcionarios judiciales”.

“ … “ … la vinculación no es automática, pues la Fiscalía la vinculación no es automática, pues la Fiscalía General de la Nación cuenta con la facultad para realizar General de la Nación cuenta con la facultad para realizar

un estudio de las solicitudes de incorporación al Programa un estudio de las solicitudes de incorporación al Programa que presente el funcionario judicial que adelanta la que presente el funcionario judicial que adelanta la

actuación, cualquier otro servidor público o directamente actuación, cualquier otro servidor público o directamente el propio interesado”.el propio interesado”.

SENTENCIAS No. T-532 DE 1995 y 683 DE 2005SENTENCIAS No. T-532 DE 1995 y 683 DE 2005

LA PROTECCIÓN EN CABEZA DELENTE ACUSADOR

CARÁCTER DE LA PROTECCIÓN BRINDADA

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CORTE CONSTITUCIONAL, SENTENCIA T-242 DE 1996

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RESTRICCION DE DERECHOSEl ingreso al Programa de Protección y Asistencia conlleva limitaciones para el protegido, justificadas en razón del interés superior de proteger la seguridad personal, con sujeción al consentimiento.

La persona que se acoge al programa de protección parte de la base que se coloca en una situación de especial de sujeción en aras a su amparo.

Implica, que el testigo puede verse sometido a restricciones en el ejercicio de algunos de sus derechos fundamentales.

Restricciones que no deben afectar el núcleo esencial de los derechos y han de mantenerse dentro del marco de lo razonable y lo proporcional.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

EL PROCESOEL PROCESODE PROTECCIÓN Y DE PROTECCIÓN Y

ASISTENCIAASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

OBJETIVO

Proteger y brindar asistencia integral a víctimas, testigos e intervinientes en el

proceso penal, con el fin de salvaguardar el derecho fundamental a la seguridad

personal, en los términos del artículo 2o. de la resolución 0-5101/08.

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Externos

Protegido y su núcleo familiar incorporado al programa, beneficiario de medida de Protección de Justicia y Paz

y Secretaria del Grupo Técnico de Coordinación Interinstitucional de Justicia y Paz

Internos

Fiscal y Servidores de la Fiscalía General de la Nación

NUESTROS USUARIOS

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FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

UNIDADES R

EGIO

NALES D

E

PROTE

CCION

UNIDADES R

EGIO

NALES D

E

PROTE

CCION

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

EL PROCEDIMIENTOEL PROCEDIMIENTODE PROTECCIÓN Y DE PROTECCIÓN Y

ASISTENCIAASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

1. Recepción y estudio de las solicitudes de protección.2. Evaluación de la amenaza y el riesgo con el fin de establecer si se cumple con los requisitos para la vinculación al programa.3. Decisión de vinculación o no al programa de protección.

En cabeza del jefe de la OPA.4. Implementación de las medidas de protección de acuerdo con la evaluación de riesgo.5. Seguimiento que permita definición de la permanencia en el programa o la adopción de medidas como la exclusión, la terminación de compromisos o la reubicación definitiva del protegido.

El funcionario judicial a cargo de la El funcionario judicial a cargo de la actuación (Fiscal - Juez)actuación (Fiscal - Juez)

Cualquier servidor públicoCualquier servidor público El interesadoEl interesado Solicitud del Juez con función de control Solicitud del Juez con función de control

de garantías de garantías (L(LEY 906 DE 2004)EY 906 DE 2004)

SOLICITUD DE PROTECCIÓN

FORMATO DE SOLICITUD (FORMATO DE SOLICITUD (FGN-11000-F-01))

Estructura documental F.G.N.Estructura documental F.G.N.

DIRIGIDA A LA OFICINA DE PROTECCIÓN POR:

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Toda medida de protección que implementa el programa se adopta previo estudio técnico de

amenaza y riesgo.(Artículo 16, Resolución 0-5101 de 2.008)

EVALUACIÓN DE AMENAZA Y RIESGO

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE AMENAZA Y RIESGO

Nexo entre el la participación del candidato a proteger en el proceso penal y los factores de amenaza y riesgo.

No esté motivado por interés distinto que el de colaborar con la administración de justicia.

Medidas de seguridad no estén en cabeza de otro organismo estatal, que correspondan a las específicas del Programa.

No sea un factor que afecte en forma insuperable la seguridad del Programa o de la Fiscalía General de la Nación.

Consentimiento de la persona a proteger.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

- ENTREVISTA AL FUNCIONARIO

- ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROCESAL (Sentencia T. 532 de 1995)

- ENTREVISTA AL EVALUADO(FORMATO DE ENTREVISTA YA SEA TESTIGO O FUNCIONARIO)

- LABORES DE VERIFICACION

- EVALUACION DE LOS FACTORES DE RIESGO

- ANALISIS DE LA AMENAZA (Sentencia T-1020 de 2002)

LABORES DENTRO DEL ESTUDIO

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ANÁLISIS DE LA AMENAZASentencia T-1026 DE 2002

• Realidad de la amenaza

• Individualidad de la amenaza

• Situación especifica del amenazado

• Inminencia del peligro

• Escenario en que se presentan las amenazas

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

NIVELES DE RIESGO :

MínimoMínimo OrdinarioOrdinario

ExtraordinarioExtraordinario ExtremoExtremo

““cuando la persona sufre o soporta cualquiera de los dos últimos cuando la persona sufre o soporta cualquiera de los dos últimos niveles de riesgo, no está jurídicamente obligada a soportarlos, por niveles de riesgo, no está jurídicamente obligada a soportarlos, por

lo cual tiene derecho a recibir protección especial de las autoridades lo cual tiene derecho a recibir protección especial de las autoridades frente a su situación”frente a su situación”

FACTOR RIESGO

DERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN PROCESAL DEL TESTIGODERIVADO DE LA PARTICIPACIÓN PROCESAL DEL TESTIGOPOR EXTENSIÓNPOR EXTENSIÓN

(GRUPO FAMILIAR INMEDIATO Y PERSONAS A CARGO DEL (GRUPO FAMILIAR INMEDIATO Y PERSONAS A CARGO DEL TESTIGO)TESTIGO)

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NIVEL DE RIESGO EXTRAORDINARIO

Debe presentar las siguientes características:

Debe ser especifico e individualizableDebe ser concretoDebe ser presenteDebe ser importanteDebe ser un riesgo serioDebe tratarse de un riesgo claro y discernibleDebe ser un riesgo excepcionalDebe ser desproporcionado

Corte Constitucional (Sentencia T-719 de 2003).

Existe el derecho a invocar una protección especial por parte del Estado, al no tener el deber jurídico de soportar el riesgo.

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NIVEL DE RIESGO EXTREMO

Es el riesgo que además de reunir las características del riesgo extraordinario,,

debe ser grave e inminente. .

En cualquier instante puede dejar de ser una amenaza que al materializarse se convierte

en una vulneración de los derechos a la seguridad personal..

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VINCULACION AL PROGRAMA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Es adoptada por el Jefe de la Oficina una vez cumplida la Evaluación de Amenaza y Riesgo, y será plasmada en un Acta en la que establecen los compromisos de las partes.

ACTA DE COMPROMISOS

PERSONAS PROTEGIDAS- Participación en el proceso

penal- Cumplir normas legales y

del programa- Cuidar los elementos

asignados por el programa- Utilizar adecuadamente los

recursos asignados- Cumplir normas de

seguridad

OBLIGACIONES DERECHOS

PROGRAMA DE PROTECCIÓN- Brindar seguridad y

asistencia integral- Asignar recursos- Designar agente a cargo- Coordinar la participación

del protegido en el proceso penal

- Apoyar y ejecutar proyecto de reubicación definitiva en zona diferente a la de riesgo

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

IMPLEMETACION DE MEDIDAS DE SEGURIDAD

NIVELES DE SEGURIDAD

MÁXIMO:“Consistente en control absoluto del Programa - Intramural-”

MEDIANO:“El protegido realiza actividades extramurales, sometido a

orientación y sistemas de seguridad “

SUPERVISADO:“Monitoreo en materia de seguridad - Cambio de domicilio”

NIVELES DE SEGURIDAD

MÁXIMO MEDIANO

SUPERVISADO

INCORPORACIÓN

CAMBIO DE DOMICILIO

MEDIDAS DE PROTECCIÓN

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

CAMBIO DE DOMICILIO

Traslado del vinculado a un lugar alejado de la zona de riesgo.

Entrega de la asignación de recursos económicos dispuestos por el Programa, para

que el protegido asuma su manutención y cubra sus necesidades básicas durante un

tiempo.

Sometimiento a un nivel de seguridad supervisado y medidas de autoprotección

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

INCORPORACIÓN

• El traslado del vinculado a un lugar alejado de la zona de riesgo.

• Salvaguarda temporal en una sede provista por el Programa de Protección y asistencia

integral brindada por el mismo.

• Sometimiento a los esquemas de seguridad que disponga el Programa

(Niveles de seguridad Máximo o Mediano).

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

MEDIDAS EXCEPCIONALES

1.1. Protección InmediataProtección Inmediata

• Relevancia de la IntervenciónRelevancia de la Intervención• Medidas Procesales Medidas Procesales

• No es vinculación definitivaNo es vinculación definitiva• No cancela la evaluaciónNo cancela la evaluación

2. Protección Condicionada2. Protección Condicionada

• Término máximo 3 mesesTérmino máximo 3 meses• Compromiso del Funcionario Intervención ProcesalCompromiso del Funcionario Intervención Procesal

• Adopción de Medidas de fondoAdopción de Medidas de fondo• Sujeto al seguimiento periódico de la actuación Sujeto al seguimiento periódico de la actuación

procesalprocesal

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MEDIDAS DE PROTECCIÓN

1. Siendo el RIESGO EXTRAORDINARIO:- Reasignación de la investigación- Traslado del servidor- Otras medidas administrativas

2. Siendo el RIESGO EXTREMO:- Esquema de seguridad- Medidas administrativas

DIRIGIDAS A SERVIDORES

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

SeguridadSeguridad

ViviendaVivienda

AlimentaciónAlimentación

VestuarioVestuario

ReubicaciónReubicación

ASISTENCIA INTEGRAL

Transporte y Transporte y comunicacionescomunicaciones

RecreaciónRecreación

EducaciónEducación

SaludSalud

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

• Renuncia voluntaria del beneficiario.Renuncia voluntaria del beneficiario.

• Exclusión unilateral por incumplimiento de las Exclusión unilateral por incumplimiento de las obligaciones adquiridas con el Programa.obligaciones adquiridas con el Programa.

• Reubicación definitiva.Reubicación definitiva.

• Cumplimiento por parte del Programa de la Cumplimiento por parte del Programa de la obligaciones y compromisos suscritos.obligaciones y compromisos suscritos.

• Cuando el protegido es cobijado por una medida de Cuando el protegido es cobijado por una medida de aseguramiento privativa de la libertad.aseguramiento privativa de la libertad.

SEGUIMIENTOCAUSALES DE TERMINACIÓN DE COMPROMISO

CON EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN

SEGUIMIENTOCAUSALES DE TERMINACIÓN DE COMPROMISO

CON EL PROGRAMA DE PROTECCIÓN

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

PROTECCIÓN EN EL ESCENARIO DE LA LEY DE

JUSTICIA Y PAZ

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

LEY 975 DE 2005LEY 975 DE 2005

OBJETO Salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas o testigos que se encuentren en situación de amenaza o riesgo como consecuencia directa de su participación dentro del proceso de Justicia y Paz.

Las medidas de protección deberán coadyuvar favorablemente en garantía de los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo

-GTER-(FGN, MIJ, PONAL)

Aplicar el protocolo• Evaluar y calificar la situación de riesgo• Autorizar y comunicar las medidas de

protecciónSECRETARÍA TÉCNICA: Se encuentra

a cargo de la FGN

SUBCOMITÉ DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS Y TESTIGOS

(FGN, PONAL, MIN PUB, DNP, PRESIDENCIA)

• Elaborar protocolo de protección y mapa de riesgo

• Supervisar las labores del GTER•Servir como órgano de segunda

instancia de las decisiones adoptadas por el GTER

DIRECCION DIRECCION EJECUTIVAEJECUTIVA

Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del

Interior y de Justicia

• Servir de enlace con las entidades del Estado responsables de adoptar

medidas de protección.

• Distribuir los recursos presupuestales entre las entidades

encargadas de la protección.

• Notificar las decisiones del GTER

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA• Le corresponde la ejecución, con apoyo de la fuerza pública, de

las medidas adicionales de protección de esquemas móviles, medidas blandas y medidas de autoprotección.

• Apropiación de los recursos y celebración de los convenios requeridos.

POLICÍA NACIONAL (PONAL)

• Prestar vigilancia perimetral a las personas o zonas afectadas.• Ejecutar la asistencia inicial.• Propiciar intermediación con las víctimas y testigos.

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN• Definir la acreditación sumaria ante los Fiscales de la Unidad de Fiscalías para

la Justicia y la Paz, de las víctimas y testigos dentro del proceso de la Ley 975/05.

• Comunicar toda situación de riesgo de este tipo de víctimas a la PONAL.• Ejecutar la medida de reubicación (Decreto 3570 de 2007, artículo 2)

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

GESTIÓN DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Resultado 3.1.2.1MECI Implementado en todas las seccionales de la entidad

“Gerencia eficiente y efectiva basada en la mejora continua de los procesos internos”Meta 3.1“Implementación del Sistema de Gestión de Calidad y de Control Interno de conformidad con la normativa vigente”

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO“GESTIÓN CON CALIDAD”2005-2009

100% de ejecución

Firma SGS Colombia S.A. emitió los certificados CO09/3188 y CO09/3189

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAEVALUACIONES Y CASOS VINCULADOS ENTRE 2005-2010

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009

718839

1.630

3.033

4.953 5.186

748778

1.3891.838

2.939

3.319

113304

442 485 545 525430

8241.163

1.445

1.830 1.826

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

2005 2006 2007 2008 2009 2010

SOLICITUDES DEPROTECCION

EVALUACIONES DEAMENAZA Y RIESGO

CASOS VINCULADOSEN EL AÑO

PERSONASVINCULADAS EN ELAÑO

Fuente: Estadística OPA, febrero 2011. Fuente: Estadística OPA, febrero 2011.

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009

VARIABLEVARIACIÓN

PROMEDIO ANUAL

SOLICITUDES DE PROTECCION 53,04%EVALUACIONES DE AMENAZA Y RIESGO 37,54%

CASOS VINCULADOS EN EL AÑO 46,57%

PERSONAS VINCULADAS EN EL AÑO 36,69%

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

INDICE DE VARIACION PORCENTUAL ANUAL

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

INDICE DE VARIACION PORCENTUAL ANUAL

Fuente: Estadística OPA, febrero 2011.

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009

3.296 2.541

6.226

13.206

18.668

21.551

430

824

1.163

1.445

1.830 1.826

0

200

400

600

800

1.000

1.200

1.400

1.600

1.800

2.000

-

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

2005 2006 2007 2008 2009 2010

Mill

ones

PRESUPUESTOGASTORESERVADO -EJECUTADO-

PERSONASVINCULADAS ENEL AÑO

PERSONASVINCULADAS

PRESUPUESTOEJECUTADO

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

PRESUPUESTO VS VINCULACIONES 2005-2010

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

PRESUPUESTO VS VINCULACIONES 2005-2010

Fuente: Grupo Gastos Reservados y Estadística OPA, febrero 2011.

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009 MARZO 2011MARZO 2011

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓNOFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Fuente: Grupo Gastos Reservados, febrero 2011.

0

5.000

10.000

15.000

20.000

25.000

Mil

lon

es

GASTOS RESERVADOSPRESUPUESTO EJECUTADO 1993-2010

RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA

RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA

Los recursos destinados a la atención de los vinculados al Programa son apropiados por el Min. Hacienda y Crédito Público.

Su manejo se da a través de las cajas menores de Gastos Reservados de la Oficina en las regionales y el Nivel Central, mediante reembolsos.

Son utilizados para atender las necesidades de una población aproximada de 1400 testigos (a la fecha) en alimentación, vivienda, servicios públicos, salud, educación, seguridad entre otros.

Los vehículos, armamento, chalecos antibalas y medios de comunicación del Programa, se adquieren mediante contratación administrativa, que realiza la Dirección Nacional Administrativa y Financiera de la Entidad.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA MARZO 2011MARZO 2011

Necesidades de Recursos Gastos Reservados 2010-2014

OFICINA DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIAINFORME DE GESTIÓN 2009

PROYECCIONES DEL PROGRAMA

PROYECCIONES DEL PROGRAMA

Establecer contacto con Gobiernos Internacionales a fin de explorar la posibilidad de colaboración en la recepción de intervinientes en el proceso penal colombiano. (Convenios Internacionales)

Difusión del Programa a nivel Nacional, para que tanto Funcionarios Públicos, Fiscales , Jueces de la Nación y particulares conozcan los alcances del mismo y su funcionamiento.

Capacitación de los servidores tanto en la parte Administrativa como Operativa, y continuar con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos de América en los ciclos de instrucción mediante el “Curso de Operaciones de Seguridad y Protección de Testigos”, liderado por el United States Marshals Service.

FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

Consecución de una sede propia e independiente en la que

operará el Programa de Protección y Asistencia, con el fin de

mejorar la calidad de trabajo de los servidores de la Oficina y por

ende brindar mejor atención y servicio a los protegidos,

restringiendo así el acceso a las instalaciones del programa para

prevenir posibles fugas en la información.

Sostener la Certificación de Calidad NTCGP 1000-2004 a nivel

nacional otorgada al Programa en Noviembre de 2009, en cuanto

a la calidad del servicio de protección y asistencia que se brinda a

los clientes/usuarios del Programa. FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓNSERVICIO DE PROTECCIÓN Y ASISTENCIA

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