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Razón y Fe, 2013, t. 268, nº 1381, pp. 373-383, ISSN 0034-0235 373 El Tratado sobre el Comercio de Armas * Javier Jiménez Olmos Doctor en «Paz y Seguridad Internacional» por la UNED. Miembro de la Fundación Seminario de Investigación para la Paz de Zaragoza moral Recibido: 20 junio 2013 Aceptado: 4 septiembre 2013 RESUMEN: El gasto diario mundial en armamentos alcanza los 4.000 millones de dóla- res. Las muertes y la violencia que causan las armas convencionales y los más de 500 mi- llones de armas en manos particulares provocan unas 300.000 víctimas al año. Armas, dinero y muerte conforman un triángulo que la humanidad no se merece. Tras muchos esfuerzos se firmaba el pasado 2 de abril un Tratado sobre el Comercio de Armas. Un Tratado bastante tímido y muy limitado. No es un tratado de desarme. Sus objetivos se conforman con legislar sobre el comercio ilegal en el comercio de las armas. Aunque to- davía falte mucho para la erradicación de las armas, con este Tratado se avanza hacia la paz y el respeto de la vida. PALABRAS CLAVE: armas, gasto, muerte, Tratado sobre el Comercio de Armas, armas convencionales, derechos humanos y seguridad. Arms Trade Treaty ABSTRACT: Global daily expenditure in armaments reaches the sum of 4 billion dollars. Deaths and violence are caused by conventional arms, and more than 500 million arms owned by individuals cause approximately 300,000 victims each year. Arms, money and death form a triangle which humanity doesn’t deserve. After a number of efforts, last 2 April it was signed an Arms Trade Treaty. This Treaty is shy and limited and is not a disarmament treaty. Its objectives want to legislate on unlawful trade within the arms trade. Despite of the lack of time to eradicate arms, with this Treaty peace and respect for life are closer. KEYWORDS: arms, expenditure, death, Arms Trade Treaty, conventional arms, human rights and security. 1 Ver el texto completo del TCA en: http://www.un.org/disarmament/ATT/docs/ Draft_ATT_text_27_Mar_2013-S-reissued.pdf

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  • Razón y Fe, 2013, t. 268, nº 1381, pp. 373-383, ISSN 0034-0235 373

    El Tratado sobre el Comercio de Armas *

    Javier Jiménez OlmosDoctor en «Paz y Seguridad Internacional» por la UNED. Miembro de la Fundación Seminario de Investigación para la Paz de Zaragoza

    mo

    ral

    Recibido: 20 junio 2013Aceptado: 4 septiembre 2013

    RESUMEN: El gasto diario mundial en armamentos alcanza los 4.000 millones de dóla-res. Las muertes y la violencia que causan las armas convencionales y los más de 500 mi-llones de armas en manos particulares provocan unas 300.000 víctimas al año. Armas,dinero y muerte conforman un triángulo que la humanidad no se merece. Tras muchosesfuerzos se firmaba el pasado 2 de abril un Tratado sobre el Comercio de Armas. UnTratado bastante tímido y muy limitado. No es un tratado de desarme. Sus objetivos seconforman con legislar sobre el comercio ilegal en el comercio de las armas. Aunque to-davía falte mucho para la erradicación de las armas, con este Tratado se avanza hacia lapaz y el respeto de la vida.

    PALABRAS CLAVE: armas, gasto, muerte, Tratado sobre el Comercio de Armas, armasconvencionales, derechos humanos y seguridad.

    Arms Trade Treaty

    ABSTRACT: Global daily expenditure in armaments reaches the sum of 4 billion dollars.Deaths and violence are caused by conventional arms, and more than 500 million armsowned by individuals cause approximately 300,000 victims each year. Arms, money anddeath form a triangle which humanity doesn’t deserve. After a number of efforts, last2 April it was signed an Arms Trade Treaty. This Treaty is shy and limited and is not adisarmament treaty. Its objectives want to legislate on unlawful trade within the armstrade. Despite of the lack of time to eradicate arms, with this Treaty peace and respectfor life are closer.

    KEYWORDS: arms, expenditure, death, Arms Trade Treaty, conventional arms, humanrights and security.

    1 Ver el texto completo del TCA en: http://www.un.org/disarmament/ATT/docs/Draft_ATT_text_27_Mar_2013-S-reissued.pdf

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  • Introducción

    El comercio de armas es sobre todoun gran negocio que proporcionaenormes beneficios a los Estados ylas transnacionales que se dedicana esta actividad. Es un negocio cu-ya consecuencia final es causardestrucción y muerte. Un negociolegal, reconocido e incluso presti-giado. Una actividad comercial ba-sada en la admitida fatalidad de laguerra. Ningún Estado es ajeno aeste comercio, todos compran yvenden armas, aunque no todos lohacen en la misma proporción.

    La posesión de armas y su comer-cio se justifica como garantía de laseguridad y defensa de los Esta-dos, aunque para ello se olvide dealgo mucho más importante y queafecta directamente a la seguridadde las personas y a los derechoshumanos: la seguridad humana.Una paradoja que tantas veces lle-va a guerras en los que los únicosperdedores son esos seres huma-nos a los que los Estados dicen de-fender.

    El gasto diario mundial en arma-mento es de 4.000 millones de dó-lares, mientras cada día mueren40.000 personas de hambre en elmundo. Según Amnistía Interna-cional, en los 128 conflictos arma-dos que han explotado desde 1989han muerto 250.000 personas cadaaño. Pero no sólo conforman ese

    drama las armas para uso militar,en el mundo existen casi 500 millo-nes de armas en manos de propie-tarios civiles que producen 300.000muertes anuales a causa de activi-dades criminales.

    Sin embargo, los seres humanosparecen aceptar que las armas for-men parte de su vida diaria y, co-mo tal, deciden regular su comer-cio, como se regula el de los cocheso el de los plátanos. Por eso cabríapreguntarse si regular el comerciode armas ¿no es de algún modoaprobar que se fabriquen y se ven-dan materiales y artilugios capacesde eliminar a los adversarios me-diante la violencia? ¿No es admitirque el poder ejercido mediante eluso de las armas es la única mane-ra de resolver los conflictos?

    En parte así es. Estamos ante unode tantos dilemas al que hemos dehacer frente: regular el comercio dearmas parece aceptar que se fabri-quen y se utilicen, pero no regular-lo deja manos libres a los trafican-tes más desaprensivos y agudizasu proliferación en lugares delmundo donde van a ser usadas encontra de los derechos humanos.

    Por eso, pese a todo, se consideraque la consecución de un tratadosobre el comercio de armas consti-tuye un paso para evitar que las ar-mas sean causa de tanto sufrimien-to, para conseguir que se respetenlos derechos humanos, para contro-

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  • lar que no lleguen a manos de quie-nes las puedan utilizar de un modoindiscriminado. Pero este paso nodebe olvidar que las armas y su co-mercio son una aberración de la es-pecie humana y que, por lo tanto, elcamino es no sólo el de su regula-ción, sino el de su desaparición.

    El negocio del comercio de las armas

    Según datos del Stockholm Inter-national Peace Research Institute(SIPRI), sólo las cien empresas másimportantes del sector en el mun-do de la fabricación de armamento,vendieron armas por un importede 410 mil millones de dólares.Hay que tener en cuenta que de esenegocio se aprovechan mayorita-riamente empresas norteamerica-nas y europeas, que conforman elgrupo más numeroso de esa listade las cien con más ventas. En to-tal, desde el año 2002 hasta el 2011las ventas de armamento se han in-crementado en un 51%.

    En el año 2012 el gasto militarmundial alcanzó la cifra de 1,75billones de dólares, lo que supusouna disminución del 0,5% con res-pecto al año anterior. A pesar de lareducción de ese año, en algunospaíses occidentales y en los Esta-dos Unidos el gasto militar au-mentó en Asia, Europa Oriental,Norte de África y Oriente Medio,

    así como en algunos países deAmérica Latina.

    China es, detrás de Estados Uni-dos, el país con mayor gasto mili-tar, después le siguen Rusia, ReinoUnido, Japón y Francia, todosellos, excepto Japón, miembrospermanentes del Consejo de Segu-ridad de las Naciones Unidas y,por tanto, con derecho de veto enese Consejo. Entre los primerosexportadores de grandes armasconvencionales se encuentran losEstados Unidos con el 30% del to-tal mundial, Rusia con el 26%,Alemania con el 7%, Francia conel 6% y China con el 5%. Duranteel período 2008-2013 el 47% deesas exportaciones fueron destina-das a Asia y Oceanía.

    En al año 2010, en España había 562empresas en el Registro de Empre-sas de la Dirección General de Ar-mamento y Material, aunque en eseaño sólo 370 declararon facturaciónen el sector de defensa. Las cuatroempresas más importantes del sec-tor de la defensa en este país son:EADS-CASA (aeronáutica), NA-VANTIA (naval), SANTA BARBA-RA/GENERAL DINAMYCS (ar-mamento) e INDRA (electrónica einformática). Entre todas ellas pro-ducen casi el 80% de la industriade defensa española y realizan el90% de las exportaciones. La in-dustria armamentística españolaproporciona unos 29.000 mil pues-

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  • tos de trabajo, el 74% de los cualesestán en las cuatro empresas men-cionadas.

    En el año 2012, la exportación es-pañola de armas alcanzó la cifra de1.953,5 millones de euros, un 19,6%menos de los 2.431,2 millones de2011, aunque ambas cifras estánmuy lejos de los valores de 2006,cuando España vendió armamentopor un importe de 845,1 millonesde euros. Algunas de estas armashan sido vendidas a algunos países

    acusados de violar los derechoshumanos, como sucede con Ma-rruecos, Israel y Arabia Saudí.

    Desde finales de los noventa, Es-paña se comprometió medianteProgramas Especiales de Arma-mento (PEAS) para adquirir mate-rial militar por un valor de 20 milmillones de euros. Los programascomprendían la compra de avio-nes EF-200, carros blindados Leo-pard, helicópteros de ataque Tigrey Fragatas F-100, entre otros siste-

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    Las diez empresas que vendieron más armas en el 2010 en millones de dólares

    (Se incluyen las dos españolas más significativas a modo comparativo)

    Puesto Empresa Nacionalidad 2010

    1 Lockheed Martín EE.UU. 35.730

    2 BAE System Reino Unido 32.880

    3 Boeing EE.UU. 31.360

    4 Northrop Grumman EE.UU. 28.159

    5 General Dynamics EE.UU. 23.940

    6 Raytheon EE.UU. 22.980

    7 BAE System Inc EE.UU. 17.900

    8 EADS Trans-europea 16.360

    9 Finmeccanica Italia 14.410

    10 United Tecnologuies EE.UU. 11.410

    — — — —

    45 Navantia España 2.010

    84 Indra España 780

    FUENTE: SIPRI 2010.

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  • El Tratado sobre el Comercio de Armas

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    Mayores exportadores de armas en el período 2007-2011

    Incremento RegiónPaís respecto destino (%) Observaciones

    2002-2006

    Estados Unidos 24% Asia y Oceanía (45) El 63% de las exportacio-Oriente Medio (27) nes fueron aviones de Europa (18) combate

    Rusia 12% Asia y Oceanía (63) India recibió el 80% deÁfrica (17) las exportaciones a Asia yOriente Medio (10) Oceanía

    Alemania 37% Asia y Oceanía (51) Grecia ha sido su mayor comprador con el 13% deltotal

    Francia 12% Asia y Oceanía (51)Europa (22)Oriente Medio (12)

    Reino Unido 2% Oriente Medio (30)América (28)Asia y Oceanía (25)

    FUENTE: SIPRI Fact Sheet March 2012.

    Principales vendedores y compradores de armas en el período 2007-2011

    Principales compradores (%)

    Vendedor Total (%) 1.º 2.º 3.º

    Estados Unidos 30 Corea del Sur (13) Australia (10) Emiratos Árabes Unidos (7)

    Rusia 24 India (33) China (16) Argelia (14)

    Alemania 9 Grecia (13) Corea del Sur (10) África del Sur (8)

    Francia 8 Singapur (20) Grecia (10) Marruecos (8)

    Reino Unido 4 Arabia Saudí (28) Estados Unidos (21) India (15)

    FUENTE: SIPRI Fact Sheet March 2012.

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  • mas de armas. Las actualizacionesy los retrasos han incrementado elcoste hasta una cifra de 32 mil mi-llones de euros. Para afrontar lospagos el se han liberado créditosextraordinarios, como el del pasa-do año 2012 por un importe de1.728,7 millones de euros; lo quese tendrá que realizar cada añopara afrontar la deuda.

    Si el comercio de las grandes armastiene unas dimensiones económi-cas extraordinarias, no lo es menosel de las armas ligeras, más difícilde controlar y de cuantificar. Lasarmas ligeras se prestan en mayormedida al comercio ilegal porqueson fáciles de transportar y de ca-muflar. De este modo llegan a losgrupos rebeldes, a los terroristas, alos señores de la guerra, al crimenorganizado y a los gobiernos co-rruptos. Las armas ligeras tambiénse fabrican en países democráticosy con gran desarrollo humano, loque constituye un negocio legal deventa a algunos países que luegose encargan de desviar para suventa ilegal mediante operacionescomerciales encubiertas.

    El camino hacia el Tratado sobre el Comercio de Armas

    El 2 de abril del 2013 la AsambleaGeneral de las Naciones Unidasaprobó el Tratado sobre el Comer-cio de Armas (en lo sucesivo el Tra-

    tado o TCA). Votaron a favor de es-te Tratado 154 Estados (155, tenien-do en cuenta que Angola cambiómás tarde su inicial abstención enla votación por un voto favorable)3 en contra (Corea del Norte, Irán ySiria), 21 abstenciones (Angola,Arabia Saudita, Bahrein, Bielorru-sia, Bolivia, China, Cuba, Ecuador,Egipto, Fiji, India, Indonesia, Ku-wait, Laos, Myanmar, Nicaragua,Omán, Qatar, Rusia, Sri Lanka,Sudán, Swazilandia y Yemen).Además, adicionalmente, algunosEstados decidieron ausentarse du-rante la votación (Armenia, CaboVerde, República Dominicana,Guinea Ecuatorial, Kiribati, Sao To-me y Príncipe, Sierra Leone, Tayi-kistán, Uzbekistán, Vanuatu, Vene-zuela, Vietnam y Zimbabwe).

    Hasta llegar a la aprobación deltexto en la Asamblea General elcamino recorrido ha sido largo ylleno de obstáculos. Este Tratadoes sobre todo resultado del esfuer-zo colectivo de la sociedad civil,que ha trabajado sin descanso pa-ra regular el comercio de unas ar-mas utilizadas en ciertas ocasio-nes para violar el Derecho Interna-cional y los derechos humanos, ypara actividades terroristas y cri-minales.

    En el 2003 la Coalición Armas BajoControl (formada por numerosasOrganizaciones no Gubernamen-tales) inició una campaña para ela-

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  • borar un tratado que regulara elcomercio de armas. Esta iniciativafue respaldada también por losPremios Nobel de la Paz y algunosEstados.

    El primer logro de la iniciativa fueen 2006, cuando la Asamblea Ge-neral de las Naciones Unidas, con153 votos a favor, acordó iniciar laelaboración de un tratado sobre elcomercio de armas. En el 2009, elsecretario general de las NacionesUnidas estableció un programa dereuniones en 2010 y 2011 para tra-bajar en la elaboración del Tratado.En 2012 se celebró la conferenciafinal para la negociación del docu-mento. Por fin, en noviembre de2012 los Estados miembros de lasNaciones Unidas votaron (157 a fa-vor, 18 abstenciones y ninguno encontra) para organizar una confe-rencia sobre el TCA entre el 18 y28 de marzo de 2013.

    La conferencia de marzo no finali-zó con el consenso deseado, quehabría rubricado el Tratado deuna forma inmediata, por lo quese elevó a votación de la AsambleaGeneral con los resultados ya se-ñalados.

    El Tratado

    El Tratado constituye un paso im-portante para el control del co-mercio legal de armas en el mun-

    do, la prevención y eliminacióndel comercio ilegal. Este Tratadoincluye todas las armas conven-cionales que son las que causanmayor número de víctimas en losconflictos, aunque no incluye lasarmas nucleares, químicas y bioló-gicas que caso de emplearse pro-ducirían una catástrofe segura-mente irreparable. No obstante,presenta algunos interrogantes encuanto a su efectividad. El docu-mento legitima el comercio de ar-mas siempre y cuando se cumplanunas determinadas condicionesque en él se establecen, pero no esun tratado de desarme, ni trata so-bre armas de destrucción masiva.

    El Preámbulo subraya la necesi-dad de «prevenir y eliminar el trá-fico ilícito», pero reconoce «los in-tereses legítimos de orden político,económico, comercial y de seguri-dad de los Estados» para el comer-cio de armas; por tanto, reafirma el«derecho soberano de todo Estadode regular y controlar» de acuerdocon sus leyes todo lo relativo a lasarmas convencionales dentro desu territorio.

    En cuanto al comercio de armasconvencionales de actividades norelacionadas con la seguridad na-cional e internacional (armas de-portivas, culturales, etc.), el Trata-do es consciente de que «el co -mercio, su uso y propiedad estápermitida y protegida por la ley».

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  • El Tratado se regula por los prin-cipios de la Carta de las NacionesUnidas:

    – Artículo 51, derecho a la legíti-ma defensa.

    – Artículo 2.3, solución de conflic-tos por medios pacíficos.

    – Artículo 2.4, renuncia a la ame-naza y uso de la fuerza.

    – Artículo 2.7, no intervención enasuntos internos de los Estados.

    – Convención de Ginebra de 1949,sobre el derecho internacionalhumanitario.

    – Declaración Universal de losDerechos Humanos.

    Pero reconoce el respeto a los «le-gítimos intereses de los Estados deadquirir armas», así como de «fa-bricar, exportar importar y trans-ferir armas convencionales».

    El objetivo principal del Tratado es:

    – «Establecer normas» para regu-lar el comercio legal de armas.

    – «Prevenir y eliminar el tráficoilícito».

    Todo ello con el fin de «contribuira la paz», «reducir el sufrimientohumano» y «promover la coope-ración y transparencia» en el co-mercio de armas.

    El ámbito de aplicación será «atodas las armas convencionales»

    (tanques, aviones, artillería, bu-ques, misiles, armamento, muni-ciones, componentes y repuestos).Sin embargo, el Tratado no se po-drá aplicar al transporte interna-cional de armas convencionalesrealizado por un Estado siempreque sean destinadas a su propiouso (puede ser el caso de un Esta-do que tenga bases militares fuerade su territorio nacional)

    En cuanto a la aplicación general(art. 5) expresa que serán los Esta-dos quienes facilitarán la informa-ción de control de su comercio quese hará pública al resto de los Es-tados. Es decir, se deja al criteriode los Estados la elaboración deesos listados de control de la com-pra y venta de armamento.

    El artículo 6 se refiere a las prohi-biciones, de tal modo que ningúnEstado podrá transferir armas aotros cuando esté vigente una reso-lución de embargo de armas o «sien el momento de la autorización»tiene conocimiento de que las ar-mas podrían utilizarse para come-ter acciones contra los derechoshumanos. Lo cual deja la puertaabierta a la justificación de quecuando el armamento se vendió nose tenía conocimiento de que talesacciones pudieran llevarse a cabo;y también deja al arbitrio de cadaEstado, a no ser que haya resolu-ción del Consejo de Seguridad, laconsideración de qué Estado respe-ta o no los derechos humanos.

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  • En cuanto a la exportación y evaluación de las exportaciones(art. 7) deja al criterio de los Esta-dos la evaluación «de manera ob-jetiva y no discriminatoria» si lasarmas transferidas pueden serusados para fines de acuerdo conla legalidad internacional.

    Muy importante es el control deldesvío (art. 11), de modo que cadaEstado «tomará medidas para evi-tar su desvío». Este sigue siendouno de los asuntos más delicadosa la hora del control, ya que algu-nos Estados signatarios podríanvender armamento a países queno han ratificado el Tratado, queposteriormente podrían ser vendi-dos a terceros que no cumplan lascondiciones expresadas en lasprohibiciones del artículo 6.

    Firma y ratificación

    Para la firma y ratificación del Tra-tado se debe seguir un procedi-miento que ha quedado abierto el3 de junio de 2013. El TCA lo pue-den firmar Jefes de Estado, Jefesde Gobierno o Ministros de Rela-ciones Exteriores en nombre delEstado al que representen. Otrosrepresentantes estatales lo puedenhacer si disponen de plenos pode-res que deben ser acreditados pre-viamente ante la Oficina de Asun-tos Jurídicos de la Secretaría de lasNaciones Unidas. La firma «signi-

    fica la intención de integrarse yobligación de abstenerse de actospara frustrar el objetivo y finali-dad del Tratado». Aunque no lofirme, un Estado puede obligarsea su cumplimiento mediante unacto de adhesión.

    Para que un Estado esté jurídica-mente obligado lo debe ratificar.Para este proceso de ratificaciónlos Estados deben seguir el si-guiente procedimiento:

    1.º Aprobación en el ámbito, a tra-vés del Parlamento o por ac-ción del Gobierno, según esta-blezcan las leyes nacio nales.

    2.º Elaborar un instrumento deratificación, que también pue-de ser de aceptación, aproba-ción o adhesión, de acuerdocon lo que se establezca a ni-vel nacional.

    3.º Depositarlo ante el SecretarioGeneral de las Naciones Uni-das que es el Depositario delTratado.

    La firma y ratificación pueden rea -lizarse en el mismo día. El Tratadoentrará en vigor noventa días des-pués de que cincuenta Estados ha-yan depositado el instrumento deratificación. Hay que tener encuenta que, según el artículo 5 deeste Tratado, los Estados estánobligados a «tomar medidas y de-signar autoridades competentespara el control y eficacia» de su

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  • cumplimiento; por tanto, es nece-sario que establezcan y cumplanleyes de acuerdo con lo acordadoen el Tratado para su fecha de en-trada en vigor.

    A tal efecto, el Gobierno de Espa-ña autorizó en el Consejo de Mi-nistros del 31 de mayo de 2013 lafirma y aplicación provisional delTratado. De este modo España hasido uno de los sesenta primerospaíses en firmarlo el día 3 de juniode 2013. Estados Unidos no lo hahecho por el momento, posible-mente a la espera de lo que haganChina y Rusia que se abstuvieronen la votación de marzo de 2013para aprobación del Tratado en laAsamblea General.

    Conclusiones

    ¿Son las armas la causa de las gue-rras o son un factor de estabili-dad? Los fabricantes y los Estadosargumentan que las armas produ-cen seguridad y estabilidad. Des-de este punto de vista la industriade las armas debería de conside-rarse como un servicio público enbeneficio de la humanidad. Perola realidad es que la industria delarmamento tiene como objetivoempresarial producir beneficios ypara ello debe conseguir clientesque les compren su producción.Para lograr esos clientes las em-presas se ven obligadas competir

    con sus productos, lo que significaque pueden influir para provocartensiones, conflictos o guerras.

    El comercio de armas es funda-mental para los intereses econó-micos de algunos Estados y em-presas transnacionales; pero la fa-bricación y comercio de armas nosólo proporciona beneficios eco-nómicos, también garantiza unmodelo de seguridad y defensabasado en el poder militar. Pareceque el modelo de seguridad hu-mana, basado en el desarrollo y elrespeto a los derechos humanos,no es prioritario, como se puedededucir de los datos objetivos delos gastos militares mundiales.

    Son las grandes potencias las quemonopolizan la producción y co-mercio de armas en el mundo. Sinembargo, estas potencias rara vezsufren conflictos armados en susterritorios. Las armas que sus em-presas fabrican se destinan a terce-ros países según convenga a susintereses económicos o de seguri-dad; algunos de estos países ad-quieren una gran deuda por lacompra de material militar.

    El secretismo es una de las carac-terísticas de comercio de armas.La seguridad nacional es siempreun asunto que requiere confiden-cialidad, por ello Estados y em-presas guardan celosamente, tan-to su actividad como sus ventas,en determinados casos. Si es difi-

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  • cultoso obtener datos relativos alcomercio legal de armas, es prácti-camente imposible controlar lasventas ilegales.

    Conviene no olvidar que no sóloel armamento militar pesado y lasarmas más sofisticadas producenvíctimas en las guerras; las armasligeras son la mayor causa demuerte en los conflictos armadosy en la criminalidad común; y estetipo de armas son fáciles de alma-cenar, transportar y ocultar con loque se favorece su comercio ilegal.

    La aprobación del TCA ha supues-to un paso importante en la regu-lación del comercio de armas con-vencionales, pero todavía quedamucho camino por recorrer. Aun-que ya ha sido ratificado por másde sesenta Estados, cada uno deellos deberá adoptar las medidasapropiadas para hacer cumplir lasleyes y reglamentos nacionales deaplicación a las disposiciones delTratado. También pudiera darse elcaso de que algunos de los quehan votado a favor no lo ratifica-ran finalmente (como también po-dría suceder que quien se abstuvoo voto en contra lo ratificara).

    A pesar del natural optimismo ma-nifestado por las organizacionesno gubernamentales implicadas enla elaboración del TCA, la venta dearmas continúa sin descanso. La

    última gran novedad, aparecida enel diario The New York Times el 18de abril de 2013, es el anuncio delDepartamento de Estado nortea-mericano de un contrato para ven-der armas por un importe de 10 bi-llones de dólares a Israel, ArabiaSaudita y Emiratos Árabes Unidos,países que no se destacan por elrespeto a los derechos humanos.Esta práctica no es exclusiva de losnorteamericanos, también otrosmiembros del Consejo de Seguri-dad continúan sus ventas de armasa países donde se violan los dere-chos humanos, como sucede con laventa de armas por parte de Rusiaal régimen sirio de Al Assad, o deChina a Corea del Norte.

    Hay que esperar que los intereseseconómicos no primen sobre losderechos humanos, algo que porel momento puede parecer cuan-do menos utópico. Es una incógni-ta saber si países de reputada tra-dición democrática y firmantesdel Tratado respetarán lo que en élse establece. Si los Estados cum-plen lo escrito en este Tratado sereducirá el sufrimiento humano yse salvarán muchas vidas. Por eso,la sociedad civil debe de continuarel trabajo para que los Estadoscumplan la normativa y el TCA noquede en una buena declaraciónde intenciones o una declaraciónde buenas intenciones. ■

    El Tratado sobre el Comercio de Armas

    Razón y Fe, 2013, t. 268, nº 1381, pp. 373-383, ISSN 0034-0235 383

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  • En el año 2017, católicos y luteranos revisarán conjuntamente los aconteci-mientos de la Reforma que tuvo lugar hace 500 años. Reflexionarán ademássobre 50 años de diálogos ecuménicos oficiales en el ámbito mundial. Du-rante este tiempo, la comunión que comparten ha seguido creciendo. Estoanima a unos y otros a celebrar juntos el testimonio del evangelio de Je-sucristo, que constituye el centro común de su fe. Al mismo tiempo, enmedio de esta celebración, tendrán también razones para experimentar elsufrimiento causado por la división de la Iglesia y para evaluar de maneraautocrítica no solo la historia, sino también las realidades actuales.

    COMISIÓN LUTERANO-CATÓLICAPARA LA UNIDAD

    Del conflicto a la comunión

    120 págs.P.V.P.: 6,00 €

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