(012) contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
TRANSCRIPT
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
1/12
(012)Contratos aleatorios y
cuasicontratos
Profesor Carlos Lpez Daz
Versin 2012
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
2/12
2
Juego
Contratos
aleatorios
Ilcitos o de azar
Lcitos
Con predominio de inteligencia
Con predominio destreza
fsica o corporal
Apuesta
Ilcita
Lcita Obligacion es naturales
Obligacion es naturales
Obl igaciones civ i les
Contratos aleatorios
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
3/12
3
Generalidades de los cuasicontratos
Concepto
Cuasicontratos
Crtica
Artculo 1437. Las obligaciones nacen () ya de un hecho voluntario de la
persona que se obliga, como en la aceptacin de una herencia o legado y en
todos los cuasicontratos.
Artculo 2284. Las obligaciones que se contraen sin convencin, nacen o de la
ley, o del hecho voluntario de una de las partes. Si es lcito, constituye un
cuasicontrato.
Principales
cuasicontratos
El cuasicontrato es un hecho voluntario, lcito y no
convencional, que genera obligaciones.
Fundamento histrico
No es un contrato
No es un hecho voluntario
El pago de lo no debido
La comunidad
La agencia oficiosaLa enumeracin no es taxativa: est
tambin, por ejemplo, la aceptacin de
una herencia o legado
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
4/12
4
El enriquecimiento sin causa
Alcances
Enriquecimiento
sin causa
Aplicaciones
del principio
Condiciones
para el
enriquecimientosin causa
Empobrecimiento correlativo del titular de la
accin de in rem verso
Relacin de causalidad
Enriquecimiento de la persona obligada a restituir
Las recompensas.
Las prestaciones mutuas entre reivindicante y poseedor
vencido.
Derecho de los acreedores por los actos ejecutados por el
marido sobre los bienes de la mujer, cuando el acto cede en
utilidad personal de sta y hasta concurrencia del beneficio que
obtenga.
Cuando el incapaz se hubiera hecho ms rico. La agencia oficiosa.
El pago de lo no debido.
El enriquecimiento debe ser ilegtimo
Carcter subsidiario de la accin de in rem versoEfectosde la
accin
Regido por el principio del rechazo al enriquecimiento sin
causa a costa de otro
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
5/12
5
La agencia oficiosa o la gestin de negocios ajenos
Concepto
Agencia
oficiosa
Requisitos
Caso en que no seest frente a una
agencia oficiosa
La intrusin del gerente debe ser espontnea
Artculo 2286. La agencia oficiosa o gestin de negocios ajenos,
llamada comnmente gestin de negocios, es un cuasicontrato porel cual el que administra sin mandatolos negocios de alguna
persona, se obliga para con sta, y la obliga en ciertos casos.
El gerente debe obrar sin mandato
Capacidad de las
partes
El gerente debe ser capaz
El interesado no requiere ser capaz
Cuando hay prohibicin del interesado.
Artculo 2291.
Cuando la gestin se realiza sin intencin
de obligar al interesado. Artculo 2292.
Agencia oficiosa y
mandato
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
6/12
6
La agencia oficiosa o la gestin de negocios ajenos
Efectos de
la agencia
oficiosa
Obligaciones
del gerente
Obligaciones del
interesado
Debe emplear el cuidado de un buen padre de familia
Debe hacerse cargo de todas las dependencias del negocio
Debe continuar su gestin hasta que el interesado pueda
tomarla a su cargo o encomendarla a otra persona
Cumplir las obligaciones que el
gerente haya contrado en la gestin
Reembolsar las mejoras tiles o necesarias
Debe rendir cuenta de su gestin
No est obligado a pagar ningn salario al gerente
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
7/12
7
El pago de lo no debido
Concepto
Pago de lo no
debido
Requisitos
Obligaciones que son causa
suficiente de pago
Prueba
Siempre que hay pago indebido, es porque se cumple una
obligacin que no existe, sea que carezca totalmente deexistencia y nunca la haya tenido, o se haya extinguido, o se
yerre en la prestacin, en quien la hace o a quien se hace.
Debe de haber mediado un pago
Debe haber error en el pago
Carencia de causa
en el pago
Error de hecho Error de derecho
Excluye el caso de fuerza
Paga quien no es el verdadero deudor por error
Se paga a quien no es el verdadero acreedor
Se paga una obligacin que no existe
Se paga excesivamente
Caso de obligaciones sujetas a modalidad
Caso de obligaciones naturales
El actor debe acreditar el hecho del pago
El actor debe acreditar que el pago era indebido
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
8/12
8
Accin de repeticin
Pago de lo no
debido
Efectos
del pago
de lo no
debido
Obligacin de restituir
Prestaciones por parte del
que recibi el pago y que
est de buena fe
Prestaciones por parte del
que recibi el pago y que
est de mala fe
El pago de lo no debido
Es una accin personal
Es mueble o inmueble
Es patrimonial
Es cedible y transmisible
Es renunciable
Es prescriptible
Dinero o cosa fungible. Restituye otro
tanto del mismo gnero y calidad
Especie o cuerpo cier to. Debe restituir la
misma especie. No responde por los
deterioros o prdidas
En cuanto a los fr utos, no se restituyen
los frutos anteriores a la contestacin de la
demanda (reglas generales de las
prestaciones mutuas)
Dinero o cosa fungible. Restituye otro tanto
del mismo gnero y calidad
Especie o cuerpo cierto. Debe restituir la
misma especie. S responde por los deterioros
o prdidas, y los frutos percibidos, deducidos
los gastos ordinarios en producirlos (reglas
generales de las prestaciones mutuas)
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
9/12
9
Acciones
contra los
terceros
adquirentes
Adquirentes a
ttulo oneroso
Adquirentes a
ttulo gratuito
El pago de lo no debido
Si est de buena fe
No hay derecho a reivindicar, por
lo que el solvens slo tendr
derecho a indemnizacin contra el
accipiens (regla de la
compraventa)
Si est de mala fe Existe derecho de
reivindicacin.
Debe restituirla, siempre que la especie sea
reivindicable y exista en su poder
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
10/12
10
La comunidad
Concepto
Comunidad
Origen
Efecto declarativo
Terminacin de
la comunidad
Derechos de los comuneros en la
comunidad y administracin
Artculo 2304. La comunidad de una cosa universal o
singular, entre dos o ms personas, sin que ninguna de ellas
haya contratado sociedad o celebrado otra convencin
relativa a la misma cosa, es una especie de cuasicontrato.
Diapositiva siguiente
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
11/12
11
2000.
Se inicia la
comunidad
2002
Se hipoteca o
vende la cuota
2006 Se liquida
la comunidad
A B C
Efecto declarativo de la particin
Se opone a efecto traslaticio
PEDRO JUAN MARIA
Si Pedro hipoteca el 2002, y en la particin del 2006 se le asigna el
bien, por el efecto declarativo se entiende que fue dueo desde el
2000 y por ende la hipoteca es vlida. En caso contrario caduca
-
7/27/2019 (012) Contratos aleatorios cuasicontratos.ppt
12/12
12
La ley como fuente de las obligaciones
Concepto
Obligaciones
legales
Carcter excepcional
Algunos casos
Fundamento
Artculo 578. Son las que provienen de la sola disposicin de la ley Artculo 1. Concepto de ley.
Artculo 2284. Las obligaciones que se contraen sin
convencin, nacen o de la ley, o del hecho voluntario de una
de las partes. Las que nacen de la ley se expresan en ella.
Derechos deberes en el derecho de familia
La compensacin econmica
Ciertas clases de accesin
Las relaciones de vecindad
Las obligaciones tributarias
Las obligaciones derivadas de la responsabilidadextracontractual
Consideraciones de inters
superior colectivo.