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UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL; APRUEBA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE COMODATO CON LA FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL MENOR (FUNDACIÓN INTEGRA) _ LOR DE TALCA TALCA, 0 . 2015 N° 2 4 5 VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con fuerza de /ey N°s. 36 y 152 de 1981, el decreto supremo 219 de 2014, todos del Ministerio de/Educación y la resolución 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: en beneficio mutuo. El interés de las partes en realizar actividades RESUELVO: I.- Apruébese la constitución de comodato acordado entre la Universidad de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín, y la Fundación Educacional para el Desarrollo integral del Menor o Fundación Integra, representada por la Directora Regional del Maule doña Claudia Cucurella Bustos, relacionado con la entrega de inmueble de una superficie de al menos quinientos metros cuadrados, para ser destinado al funcionamiento de un establecimiento educacional de enseñanza prcescolar. conforme a los criterios definidos en la escritura protocolizada en la Primera Notaría pública Ignacio Vidal Domínguez, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos bajo el número 229-2015. los efecto. Resolución. 2- El escrito señalado se adjunta y para todos ANÓTESE Y COMUNIQÚESE. 'ALMA JAP/pba.

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UNIVERSIDAD DE TALCARECTORÍA

CONTROL PREVIO DE LEGAL;

APRUEBA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓNDE COMODATO CON LA FUNDACIÓNEDUCACIONAL PARA EL DESARROLLOINTEGRAL DEL MENOR (FUNDACIÓNINTEGRA) _

LORDE TALCA

TALCA, 0 . 2015

N° 2 4 5VISTOS:

Las facultades que me confieren los decretoscon fuerza de /ey N°s. 36 y 152 de 1981, el decreto supremo N° 219 de 2014, todos delMinisterio de/Educación y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de laRepública.

CONSIDERANDO:

en beneficio mutuo.El interés de las partes en realizar actividades

RESUELVO:

I . - Apruébese la constitución de comodatoacordado entre la Universidad de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín,y la Fundación Educacional para el Desarrollo integral del Menor o Fundación Integra,representada por la Directora Regional del Maule doña Claudia Cucurella Bustos, relacionadocon la entrega de inmueble de una superficie de al menos quinientos metros cuadrados, paraser destinado al funcionamiento de un establecimiento educacional de enseñanza prcescolar.conforme a los criterios definidos en la escritura protocolizada en la Primera Notaría públicaIgnacio Vidal Domínguez, anotada en el Repertorio de Instrumentos Públicos bajo el número229-2015.

los efecto. Resolución.2- El escrito señalado se adjunta y para todos

ANÓTESE Y COMUNIQÚESE.

'ALMA

JAP/pba.

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PRIMERA NOTARÍA PUBLICAIGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ

TALCA

REP N° 229-2015.-

ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN DE

COMODATO

UNIVERSIDAD DE TALCA

A

FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DEL MENOR ("FUNDACIÓN INTEGRA")

En Talca, República de Chile, a día diecinueve de enero del

año dos mil quince, ante mí, IGNACIO VIDAL

DOMÍNGUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Primera

Notaría, y para las comunas de Talca, San Clemente, Maule,

San Rafael, Pelarco, Pencahue, y Río Claro, con Oficio en

calle uno Norte número .novecientos sesenta y tres, oficina

ciento tres, comparecen; Don ALVARO MANUEL ROJAS

MARÍN, chileno, casado, médico veterinario, cédula nacional

de identidad número seis millones doscientos veinticuatro mil

cuatrocientos noventa y cuatro guión uno, en su calidad de

Fono: 2614510 - Fax: 2614518 E-mail: [email protected]í

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Rector y en nombre y representación, según se

acreditará, de la UNIVERSIDAD DE TALCA, corporación de

derecho público, rol único tributario número 70.885.500-6,

ambos domiciliados para estos efectos en calle 2 Norte

número 685, Talca, en adelante indistintamente también "la

comodante", por una parte y, por la otra parte, doña

CLAUDIA INÉS JOAQUINA CUCURELLA BUSTOS, chilena,

soltera, Educadora de Párvulos, céduia nacional de identidad

número nueve millones doscientos veintidós mil novecientos

noventa y ocho guión K, en su cal idad de Directora Regional

del Maule, de la FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL

DESARROLLO INTEGRAL DEL MENOR o FUNDACIÓN

INTEGRA, corporación de derecho privado, rol único

tributario número setenta millones quinientos setenta y

cuatro mil novecientos guión cero y, en consecuencia, en

nombre y representación de ésta última, ambos domicil iados,

para estos efectos, en calle 1 Sur, número 1201, de ia

comuna de Talca, en adelante e indistintamente llamada

también "la comodataria"; ambos comparecientes mayores

de edad, quienes acreditan su identidad con la exhibición de

las respectivas cédulas antes citadas y exponen: PRIMERO:

La UNIVERSIDAD DE TALCA es dueña de una propiedad

ubicada en la Colonia Prosperidad, que corresponde a la parcela siete

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PRIMERA NOTARÍA PUBLICAIGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ

TALCA

B de esta ciudad, de una extensión- de

aproximadamente ocho coma noventa y seis hectáreas, que

deslinda según su título: NORTE, parcela número cinco;

SUR, Parcela número siete A; ORIENTE, Parcela número

Siete C; y PONIENTE, Parcela número cuatro A. El título de

dominio se encuentra inscrito a nombre de la comodante a

fojas dos mil setecientos ochenta y seis número mil

setecientos ochenta y ocho del Registro de Propiedad del

Conservador, de Bienes Raíces de Talca del año mi!

novecientos noventa y cinco. Este inmueble tiene el Rol de

Avalúo Fiscal número tres mil setecientos siete guión cuatro,

del Servicio de Impuestos Internos de a comuna de Talca.

SEGUNDO: Por este instrumento, la Universidad de Talca

entrega en comodato a Fundación Integra, para quien acepta

su representante, ya individualizada, una parte del inmueble

aludido en la cláusula precedente, de mil metros cuadrados,

ubicada en la parte final del sector Sur del Carnpus Talca,

según consta en el plano que los comparecientes adjuntan a

este instrumento, el cua! se protocoliza y se entiende formar

parte del mismo, para todos los efectos legales que

correspondan. E! inmueble cedido en comodato tiene las

siguientes medidas particulares: deslinde NORORIENTE:

treinta y tres coma tres metros; deslinde NORPONIENTE:

Fono: 2614510 - Fax: 2614518 E-mall: [email protected]

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treinta metros; deslinde SURPONIENTE: treinta y

tres coma tres metros y deslinde SURORIENTE: treinta

metros. En el terreno cedido en comodato la entidad

comodataria construirá un inmueble de una superficie de al

menos quinientos metros cuadrados, el que será destinado al

funcionamiento de un establecimiento educacional de

enseñanza preescolar, conforme a los criterios definidos en el

/:;dj v,x v presente contrato y el Convenio de Colaboración que las

^ ,y partes suscriben en forma separada, con esta misma fecha.

Las partes dec aran que esta ob igación es esencial para la

celebración y subsistencia del presente contrato. TERCERO:

El comodato que se constituye mediante el presente

instrumento tendrá un plazo de vigencia de 20 AÑOS a

contar de la fecha de total tramitación administrativa del

presente cont ra to en la Un i ve rs idad de T a l c a . Dicho

p lazo podrá r e n o v a r s e au tomá t i ca y s u c e s i v a m e n t e

por e mismo período, si ninguna de las partes manifiesta,

a la otra, su dec i s ión de no renovar el cont ra to ,

med ian te car ta ce r t i f i cada e n v i a d a a ! dom ic i l i o de l

otro con t ra tan te con al menos 90 d ías de a n t i c i p a c i ó n

a la fecha de su término. La comodataria deberá

ejecutar las obras de construcción dentro del

plazo de dos años contados desde la f irma del

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PRIMERA NOTARÍA PUBLICAIGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ

TALCA

comodato. El incumplimiento de plazo

señalado facultará a la Universidad para poner término

anticipado al comodato de manera unilateral conforme

a la ley, sin que dicho término anticipado y unilateral

otorgue compensación o indemnización alguna a la

entidad comodataria. Sin perjuicio de ¡o anterior, la

comodante se reserva la facultad de poner término al

presente contrato en cualquier tiempo, cuando verifique que

e! inmueble no está cumpliendo con la finalidad para la cual

fue entregado, o si la comodataria ha infringido alguna de las

cláusulas contenidas en el presente instrumento. En este

supuesto, las obras a las que se alude en la cláusula sexta

quedarán a beneficio de la comodante desde la fecha del

término anticipado. CUARTO: En su calidad de representante

legal de la UNIVERSIDAD DE TALCA, propietaria del inmueble

cedido en comodato en virtud de este contrato, don ALVARO

MANUEL ROJAS MARÍN confiere poder amplio y suficiente,

cual en derecho se requiere, a doña CLAUDIA INÉS

JOAQUINA CUCURELLA BUSTOS, para que, en su calidad de

Directora Regional del Maule, de FUNDACIÓN INTEGRA,

previamente individualizada, del mismo domicilio de su

representada, ella quede facultada expresamente para actuar

en representación de la propietaria y comodante del

Fono: 2614510 - Fax: 2614518 E-mail: [email protected]

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inmueble antes descrito, obteniendo cualquier clase de

autorización de la Dirección de Obras de la Municipalidad de

Talca, Región del Maule, para remodelar, reparar o construir

obras. El poder se extiende a todas aquellas gestiones

necesarias para realizar los actos enunciados ante cualquier

otra unidad del Municipio respectivo, u otras entidades

públicas competentes, debiendo ceñirse en todos sus actos a

la normativa legal y reglamentaria vigente. La apoderada

tendrá todas las facultades previstas en las leyes, no

obstante no podra, a su vez, delegar las facultades

concedidas. Del cumplimiento de sus gestiones se rendirá

cuenta a la propietaria y comodante, según ésta lo requiera.

Todos los costos, derechos municipales, impuestos y cargas

de cualquier clases que se deriven de las remodelacíones,

reparaciones y construcciones que la comodataria realice en

el inmueble, serán de su exclusiva responsabilidad, sin

derecho a repetir en contra de la propietaria y comodante.

Sin embargo, en el caso de ser ésta última multada o

condenada a pagar cualquier suma de dinero con ocasión de

estas remodelaciones, podrá repetir contra la comodataria. El

plazo del poder especial conferido se extiende

indefinidamente, hasta que concluya la relación contractual

del comodato del inmueble. La compareciente por

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FUNDACIÓN INTEGRA, doña CLAUDIA INÉS

JOAQUINA CUCURELLA BUSTOS, acepta expresamente los

términos del presente poder especial. QUINTO: Todas las

construcciones, rernodelacíones y reparaciones que

FUNDACIÓN INTEGRA realice en la propiedad cedida en

comodato, serán de su exclusivo costo y quedarán en

beneficio de la propiedad y de su propietaria, la Universidad

de Talca una vez cumplido el plazo al que se alude e n . l a

cláusula cuarta y en tanto permanezca el terreno bajo su

propiedad, sin que la propietaria deba pagar suma alguna

por ellas, cualquiera sea su carácter, naturaleza o monto, sin

perjuicio que las partes adopten por escrito un acuerdo

distinto para un caso particular. No obstante lo anterior, la

comodataria tendrá el derecho a remover aquellas mejoras

que pueda retirar del terreno, ai término del comodato, sin

causar detrimento a la propiedad. La comodataria podrá

efectuar modificaciones al inmueble, siempre que éstas no

afecten la estructura del mismo. En la placa o inscripción que

se contemple en el inmueble, deberá dejarse constancia del

préstamo gratuito realizado por la Universidad de Talca.

SEXTO: Todos los gastos que originen la presente escritura

pública y la correspondiente inscripción en el Conservador de

Bienes Raíces respectivo serán de cargo de la comodataria.

Fono: 2614510 - Fax: 2614518 E-mail: [email protected]

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SÉPTIMO: La mantención del estado de conservación,

seguridad, higiene y aseo del inmueble entregado en

comodato será de cargo de ía comodataria. Asimismo, serán

de su cargo todas las reparaciones que haya de efectuarse

en ésta. A su vez, cualguier construcción o instalación que

haga en el inmueble objeto del presente contrato, deberá ser

previamente autorizada por el comodante. Además, deberá

asumir los gastos de consumo de servicios básicos,

desarrollar proceso de tratamiento de residuos y contratar un

seguro contra riesgo de daños del inmueble objeto del

comodato. OCTAVO: Una vez cumplido e! plazo de vigencia

del comodato que se constituye mediante el presente

instrumento, la comodataria deberá hacer devolución del

inmueble entregado en comodato a la comodante. NOVENO:

La comodataria renuncia desde ya, en forma expresa, a

solicitar ei pago de cualquiera de las indemnizaciones que se

contemplan en ios artículos dos mi! ciento noventa y uno y

dos mil ciento noventa y dos del Código Civil. DÉCIMO: Las

partes comparecientes otorgan mandato especial a los

abogados don GUIDO MAURICIO VICUÑA GAJARDO, cédula

nacional de identidad número doce millones doscientos

setenta y nueve mil ochocientos veinticuatro guión cero y

don ÁNGEL EDUARDO SAZO REYES, cédula nacional de

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PRIMERA NOTARÍA PUBLICAIGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ

TALCA

identidad número catorce millones doscientos ochenta y

nueve mil setecientos cuarenta y dos guión tres, para que,

actuando conjuntamente y en sus nombres y representación,

puedan otorgar y firmar la o las minutas o escrituras públicas

o privadas que estimen necesarias para aclarar, rectificar o

complementar la presente escritura pública, y para obtener

la correcta inscripción en ésta en los respectivos registros del

Conservador de Bienes Raíces de Talca, conforme a lo fejSf^J^C,3>'

previsto en la letra i) del artículo 46 de la Ley N° 20.370, en

e! artículo 16 del Decreto Supremo N° 315 de 2011 del

Ministerio de Educación, y en el inciso segundo del artículo

53 N° 2 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes

Raíces, sin que ello pueda significar alterar el sentido y

alcance de la presente escritura. UNDÉCIMO: Para todos los

efectos legales derivados de esta escritura, las partes

acuerdan fijar su domicilio en la comuna de Talca y se

someten a la jurisdicción de los Tribuna es de Justicia

correspondientes. DUODÉCIMO: Los comparecientes

declaran no haber bloqueado sus cédulas nacionales de

identidad conforme a la Ley número diecinueve mil

novecientos cuarenta y ocho. DÉCIMO TERCERO: Se deja

constancia de que la celebración del presente contrato de

comodato fue autorizada previamente mediante Acuerdo

Fono: 2614510 - Fax: 2614518 E-maií: [email protected]

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número 1.421 de la Junta Directiva de la UNIVERSIDAD

DE TALCA, en su sesión número 213, celebrada el 11 de

noviembre de 2014, cuya copia autorizada se adjunta.

DÉCIMO CUARTO: La personería de don ALVARO MANUEL

ROJAS MARÍN para comparecer en nombre y representación

de la UNIVERSIDAD DE TALCA, en su calidad de Rector,

consta de los Artículos 1° y 12 N° 2 del Decreto con Fuerza

de Ley número ciento cincuenta y dos, de! Ministerio de

Educación, de fecha once de diciembre de mil novecientos

\1-,::) ochenta y uno, sobre Estatuto de la Universidad de Talca, asi

corno del Decreto Supremo número doscientos diecinueve,

de nueve de mayo de dos mil catorce, del Ministerio de

Educación, que nombra Rector de la Universidad de Talca,

publicado en el Diario Oficial del día veinte de junio de dos

mil catorce. Por su parte, la personería de doña CLAUDIA

INÉS JOAQUINA CUCURELLA BUSTOS para representar a la

FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL

DEL MENOR o FUNDACIÓN INTEGRA consta en escritura

pública de fecha 6 de junio de 2014 ante el Notario Público

Nancy de la Fuente Hernández, de la comuna de Santiago.

Los instrumentos anteriores no se insertan por ser conocidos

de las partes y del Notario que autoriza. DÉCIMO QUINTO:

Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura

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PRIMERA NOTARÍA PUBLICAIGNACIO VIDAL DOMÍNGUEZ

TALCA

para requerir las anotaciones, ¡nscripcíones.. -Y

subinscripciones que sean procedentes en el Conservador de

Bienes Raíces respectivo. En comprobante, previa lectura, así

lo otorga y firma. Se da copia. DOY FE.-

UEL ROJAS MARÍNALVARO M

RECTOR

UNIVERSIDAD DE T

CLAUDIA INÉS JOAQUINA CUCURELLA BUSTOS

DIRECTORA REGIONAL DEL MAULE

FUNDACIÓN INTEGRA

Se protocoliza documento de Universidad de Talca, Secretaría

General Certificado Acuerdo N° 1421 y Plano, con el mismo

número de Repertorio de esta escritura, quedando agregado con

el número 115 del presente mes. CERTIFICO: Que la escritura

que antecede fue anotada en el Repertorio de Instrumentos

Públicos bajo e! número 229-2015 con fecha de su firma y

AUTORIZO.-

Fono: 2614510 - Fax: 261451EGISTRO oe- .

UMENTOS PU E-mail: [email protected]

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