macastre · tabla 43: cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en normas...

140
marzo 2016 Documento nº3: Memoria Justificativa Plan General Estructural Macastre DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA

Upload: phungmien

Post on 28-Sep-2018

231 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

marzo 2016

Documento nº3: Memoria Justificativa

Plan General Estructural

Macastre

DOCUMENTACIÓN

JUSTIFICATIVA

Page 2: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

Plan General Estructural de Macastre

MEMORIA JUSTIFICATIVA

Marzo 2016

Page 3: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 3

ÍNDICE

1. MODELO TERRITORIAL Y URBANÍSTICO PROPUESTO .................................................................................................. 9

1.1. MODELO TERRITORIAL ....................................................................................................................................... 9

1.2. ADECUACIÓN AL PLANEAMIENTO DE CARÁCTER SUPRAMUNICIPAL .............................................................. 12

1.2.1. PLANES ACCIÓN TERRITORIAL .............................................................................................................. 12 1.2.1.1. PAT DE CARÁCTER SECTORIAL SOBRE PREVENCIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN EN LA COMUNIDAD

VALENCIANA (PATRICOVA) .....................................................................................................................................12 1.2.1.2. PAT DE CORREDORES DE INFRAESTRUCTURAS ..........................................................................................12 1.2.1.3. PLAN EÓLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA ........................................................................................12 1.2.1.4. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DEL LITORAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA........................................13 1.2.1.5. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE PROTECCIÓN DE LA HUERTA DE VALENCIA. ........................................13 1.2.1.6. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE INFRAESTRUCTURA VERDE Y PAISAJE DE LA COMUNIDAD

VALENCIANA (PATPCV) ...........................................................................................................................................13 1.2.1.7. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL FORESTAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (PATFOR)............................14 1.2.1.8. PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA..............................................................14

1.2.2. NORMATIVA SECTORIAL....................................................................................................................... 15 1.2.2.1. AGRICULTURA ............................................................................................................................................15 1.2.2.2. GANADERÍA................................................................................................................................................15 1.2.2.3. CARRETERAS...............................................................................................................................................16 1.2.2.4. ENERGÍA ELÉCTRICA ...................................................................................................................................17 1.2.2.5. RED DE GAS ................................................................................................................................................17 1.2.2.6. SANEAMIENTO ...........................................................................................................................................17 1.2.2.7. RESIDUOS...................................................................................................................................................17 1.2.2.8. RIESGO SÍSMICO.........................................................................................................................................19 1.2.2.9. AGUAS........................................................................................................................................................19 1.2.2.10. MINAS ......................................................................................................................................................20 1.2.2.11. SUELO FORESTAL......................................................................................................................................21 1.2.2.12. INCENDIOS ...............................................................................................................................................21 1.2.2.13. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS ........................................................................................................22 1.2.2.14. VÍAS PECUARIAS.......................................................................................................................................23 1.2.2.15. SENDEROS ................................................................................................................................................25 1.2.2.16. VÍAS VERDES.............................................................................................................................................25 1.2.2.17. PATRIMONIO HISTÓRICO .........................................................................................................................25

1.3. ADECUACIÓN AL PLANEAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS COLINDANTES........................................................... 27

1.4. ALTERNATIVAS ESTUDIADAS ............................................................................................................................ 29

1.4.1. ALTERNATIVA 0..................................................................................................................................... 29

1.4.2. ALTERNATIVA 1..................................................................................................................................... 34

1.4.3. TABLAS COMPARATIVAS....................................................................................................................... 38

2. JUSTIFICACIÓN DE LA RED GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS .............................................................. 40

2.1. COMUNICACIONES........................................................................................................................................... 40

2.2. RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE................................................................................................. 40

2.3. RED DE SANEAMIENTO..................................................................................................................................... 40

2.4. RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS ................................................................................................................... 41

Page 4: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 4

2.5. JUSTIFICACIÓN DE LA SUFICIENCIA DE RESERVA DE SUELO PARA CEMENTERIO..............................................44

3. ELEMENTOS DEFINITORIOS DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL...............................................................................45

3.1. OBJETIVOS, UMBRALES E INDICADORES DE SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL Y DIRECTRICES ESTRATÉGICAS

DEL DESARROLLO PREVISTO ....................................................................................................................................46

3.1.1. UMBRALES ............................................................................................................................................46 3.1.1.1. PROYECCIÓN DE LA POBLACIÓN ................................................................................................................46 3.1.1.2. ÍNDICES MÁXIMOS DE OCUPACIÓN SOSTENIBLE DEL SUELO SEGÚN ESTRATEGIA TERRITORIAL DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA.....................................................................................................................................49 3.1.1.3. RECURSOS HÍDRICOS NECESARIOS.............................................................................................................58

3.1.2. OBJETIVOS E INDICADORES DE SOSTENIBILIDAD ..................................................................................59 3.1.2.1. OBJETIVO/CRITERIO 1: UTILIZACIÓN RACIONAL DEL SUELO ......................................................................59 3.1.2.2. OBJETIVO/CRITERIO 2: PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL ......................................................................63 3.1.2.3. OBJETIVO/CRITERIO 3: PREVENCIÓN DE RIESGOS NATURALES E INDUCIDOS............................................64 3.1.2.4. OBJETIVO/CRITERIO 4: USO SOSTENIBLE Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS ............................65 3.1.2.5. OBJETIVO/CRITERIO 5: CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y REVITALIZACIÓN DEL

PATRIMONIO RURAL...............................................................................................................................................67 3.1.2.6. OBJETIVO/CRITERIO 6: ADECUADA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS................................................................68 3.1.2.7. OBJETIVO/CRITERIO 7: IMPLEMENTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS Y CONSIDERACIÓN DE LOS

RECURSOS ENERGÉTICOS........................................................................................................................................69 3.1.2.8. OBJETIVO/CRITERIO 8: MEJORA DEL ENTORNO URBANO..........................................................................71 3.1.2.9. OBJETIVO/CRITERIO 9: INTEGRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE...................................................71 3.1.2.10. OBJETIVO/CRITERIO 10: EFICIENCIA DE LA MOVILIDAD URBANA Y FOMENTO DEL TRANSPORTE

PÚBLICO..................................................................................................................................................................72 3.1.2.11. OBJETIVO/CRITERIO 11: MEJORA DE LA ORDENACIÓN E IMPLANTACIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y

DOTACIONES...........................................................................................................................................................73 3.1.2.12. OBJETIVO/CRITERIO 12: PROTECCIÓN DEL PAISAJE .................................................................................73 3.1.2.13. OBJETIVO/CRITERIO 13: EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA..................................74

3.1.3. DIRECTRICES ESTRATÉGICAS DE DESARROLLO DEL PLAN GENERAL......................................................74

3.2. DELIMITACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE...........................................................79

3.3. RED PRIMARIA ..................................................................................................................................................81

3.3.1. COMUNICACIONES (PCV) ......................................................................................................................82 3.3.1.1. RED INTERURBANA DE COMUNICACIONES................................................................................................83 3.3.1.2. RED VIARIA URBANA ..................................................................................................................................83

3.3.2. RED DE TRANSPORTE PÚBLICO, URBANO O METROPOLITANO ............................................................83

3.3.3. RED DE CIRCULACIÓN NO MOTORIZADA ..............................................................................................83 3.3.3.1. CARRIL BICI.................................................................................................................................................83 3.3.3.2. VÍAS PECUARIAS.........................................................................................................................................83 3.3.3.3. SENDEROS..................................................................................................................................................83

3.3.4. ZONAS VERDES (PVP) ............................................................................................................................83 3.3.4.1. CONDICIONES DIMENSIONALES.................................................................................................................84 3.3.4.2. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS ZONAS VERDES............................................................................84

3.3.5. EQUIPAMIENTOS (PQI)..........................................................................................................................85

3.3.6. RESUMEN SUPERFICIES .........................................................................................................................86

3.3.7. JUSTIFICACIÓN RED PRIMARIA Y ESTÁNDAR GLOBAL DE ZONAS VERDES Y PARQUES PÚBLICOS.........87

Page 5: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 5

3.3.7.1. CÁLCULO DE LA POBLACIÓN POTENCIAL DEL PLAN GENERAL....................................................................87 3.3.7.2. JUSTIFICACIÓN RED PRIMARIA...................................................................................................................89 3.3.7.3. JUSTIFICACIÓN ESTÁNDAR GLOBAL DE ZONAS VERDES Y PARQUES PÚBLICOS .........................................89

3.3.8. JUSTIFICACIÓN DE LA SUPERFICIE DE PARCELA ESCOLAR .................................................................... 90

3.4. DELIMITACIÓN DE ZONAS DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL ............................................................................ 90

3.4.1. ZONAS URBANIZADAS (ZUR)................................................................................................................. 90

3.4.2. ZONAS NUEVOS DESARROLLOS (ZND).................................................................................................. 91

3.4.3. ZONAS RURALES COMUNES (ZRC) ........................................................................................................ 91

3.4.4. ZONAS RURALES PROTEGIDAS (ZRP) .................................................................................................... 92

3.5. DELIMITACIÓN DE PERÍMETROS DE AFECCIÓN Y PROTECCIÓN, EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN SECTORIAL . 93

3.5.1. CARRETERAS ......................................................................................................................................... 93

3.5.2. ENERGÍA ELÉCTRICA ............................................................................................................................. 93

3.5.3. DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO .......................................................................................................... 94

3.5.4. DOMINIO PÚBLICO FORESTAL .............................................................................................................. 94

3.5.5. VÍAS PECUARIAS ................................................................................................................................... 94

3.6. CLASIFICACIÓN DEL SUELO............................................................................................................................... 96

3.6.1. SUELO URBANO.................................................................................................................................... 96

3.6.2. SUELO URBANIZABLE............................................................................................................................ 96

3.6.3. SUELO NO URBANIZABLE...................................................................................................................... 97

3.6.4. CLASIFICACIÓN DEL SUELO SEGÚN ZONAS DE ORDENACIÓN .............................................................. 97

3.6.5. RESUMEN SUPERFICIES ........................................................................................................................ 99

3.7. ORDENACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE ................................................................................................. 100

3.8. DELIMITACIÓN DE ÁMBITOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DIFERENCIADO.......................................... 102

3.8.1. CRITERIOS GENERALES ....................................................................................................................... 102

3.8.2. SUELO URBANO.................................................................................................................................. 104

3.8.3. SUELO URBANIZABLE.......................................................................................................................... 104

3.9. CONDICIONES DE DESARROLLO DE CADA UNO DE LOS SECTORES DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO......... 105

3.10. CRITERIOS GENERALES PARA LA DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS DE REPARTO Y PARA EL ESTABLECIMIENTO

DEL APROVECHAMIENTO TIPO ............................................................................................................................. 105

3.10.1. CRITERIOS GENERALES ..................................................................................................................... 106 3.10.1.1. LEGISLACIÓN ..........................................................................................................................................106 3.10.1.2. CÓMPUTO DE LAS DOTACIONES PÚBLICAS EXISTENTES ........................................................................106 3.10.1.3. CÓMPUTO DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN DE LA LEGISLACIÓN SECTORIAL .........................................107 3.10.1.4. CÓMPUTO DE LA RED PRIMARIA A EFECTOS DE LA EDIFICABILIDAD .....................................................108 3.10.1.5. COEFICIENTES CORRECTORES DEL APROVECHAMIENTO TIPO...............................................................108 3.10.1.6. CÁLCULO DEL APROVECHAMIENTO TIPO...............................................................................................109

3.10.2. SUELO URBANO................................................................................................................................ 109 3.10.2.1. DELIMITACIÓN .......................................................................................................................................109 3.10.2.2. LÍMITES A LA POTESTAD DE PLANEAMIENTO DE SUELO URBANO .........................................................110 3.10.2.3. APROVECHAMIENTO SUBJETIVO EN SUELO URBANO............................................................................110 3.10.2.4. GESTIÓN.................................................................................................................................................111 3.10.2.5. DOTACIÓN SERVICIOS EXISTENTES.........................................................................................................112

Page 6: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 6

3.10.3. SUELO URBANIZABLE ........................................................................................................................112 3.10.3.1. DELIMITACIÓN .......................................................................................................................................112 3.10.3.2. APROVECHAMIENTO SUBJETIVO EN SUELO URBANIZABLE....................................................................113 3.10.3.3. DOTACIÓN SERVICIOS EXISTENTES.........................................................................................................113

3.11. POLÍTICA PÚBLICA DE SUELO Y VIVIENDA.....................................................................................................113

ANEJO 1. COMPARACIÓN CLASIFICACIÓN SUELO SEGÚN NORMAS SUBSIDIARIAS Y PLAN GENERAL ...........................115

ANEJO 2. RESERVAS DE EQUIPAMIENTO DOCENTE........................................................................................................117

A2.0. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................117

A2.1. JUSTIFICACIÓN DE LA POSIBLE ADECUACIÓN O AMPLIACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES .......................118 A2.1.1. SITUACIÓN ACTUAL ..................................................................................................................................118 A2.1.2. JUSTIFICACIÓN..........................................................................................................................................119

A2.2. NÚMERO DE VIVIENDAS POTENCIALES ........................................................................................................120 A2.2.1. VIVIENDAS VACÍAS....................................................................................................................................121 A2.2.2. VIVIENDAS EN ZONAS DE SEGUNDA RESIDENCIA .....................................................................................122 A2.2.3. NÚMERO DE HABITANTES POR VIVIENDA ................................................................................................122 A2.2.4. TABLA RESUMEN ......................................................................................................................................122

A2.3. JUSTIFICACIÓN DE LA SUFICIENCIA DEL SUELO CALIFICADO COMO DE USO EDUCATIVO-CULTURAL (ED)..123 A2.3.1. ESTIMACIÓN PUESTOS ESCOLARES...........................................................................................................123 A2.3.2. JUSTIFICACIÓN SUFICIENCIA .....................................................................................................................124

A2.4. NORMAS URBANÍSTICAS DE LAS PARCELAS DE EQUIPAMIENTO DOCENTE .................................................124

A2.5. PLANOS.........................................................................................................................................................125

PLANO A2.1. PLANO DE CLASIFICACIÓN .......................................................................................................125

PLANO A2.2. PLANO DE CALIFICACIÓN .........................................................................................................125

ANEJO 3. JUSTIFICACIÓN RED ELÉCTRICA.......................................................................................................................127

A3.1. RESPECTO A LAS PREVISIONES ELÉCTRICAS A INCLUIR EN LOS PROYECTOS DE URBANIZACIÓN .................127

A3.2. RESPECTO A LA INTERCONEXIÓN DE LOS SECTORES DEL PGOU CON LOS SISTEMAS EXTERNOS.................131

A3.3. RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA ..............................................................133

A3.4. RESPECTO A LAS SALIDAS DE LÍNEAS DE MEDIA TENSIÓN DE LAS SUBESTACIONES TRANSFORMADORAS Y

DE LOS DISEÑOS INTERIORES DE LOS SECTORES ...................................................................................................134

A3.5. SERVIDUMBRES DE LA RED AÉREA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.........................................................................134

A3.6. RESPECTO A LAS NORMAS URBANÍSTICAS ...................................................................................................135

A3.7. RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS

ELÉCTRICAS ............................................................................................................................................................136

A3.8. RESPECTO A LAS VARIACIONES DE LÍNEAS EXISTENTES................................................................................136

A3.9. RESPECTO A LA CONDICIÓN DE SOLAR EN SUELO URBANO.........................................................................138

A3.10. RESPECTO A LAS SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE MAT DE TENSIÓN IGUAL O MAYOR A 132 KV ..................138

Page 7: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 7

ÍNDICE DE TABLAS

TABLA 1: Red viaria .............................................................................................................................................................16

TABLA 2: Tipos de ecoparques ............................................................................................................................................19

TABLA 3: Bienes etnológicos ...............................................................................................................................................27

TABLA 4: Adecuación planeamiento municipios colindantes ..............................................................................................29

TABLA 5: Cuadro superficies de la clasificación del suelo de las NNSS y Modificaciones posteriores .................................29

TABLA 6: Cuadro superficies del suelo no urbanizable de las NNSS vigentes ......................................................................30

TABLA 7: Cuadro superficies del suelo urbano de las NNSS vigentes ..................................................................................30

TABLA 8: Cuadro superficies de suelo urbano residencial de las NNSS vigentes .................................................................32

TABLA 9: Cuadro superficies UE “Las Eras” vigente ............................................................................................................32

TABLA 10: Cuadro superficies de suelo urbanizable residencial del Sector de Cuatro Caminos vigente .............................33

TABLA 11: Estimación población planeamiento vigente .....................................................................................................33

TABLA 12: Aprovechamientos Suelo Urbano planeamiento propuesto ..............................................................................35

TABLA 13: Aprovechamientos Suelo Urbanizable planeamiento propuesto .......................................................................37

TABLA 14: Superficies Suelo No Urbanizable planeamiento propuesto ..............................................................................38

TABLA 15: Comparativa superficies planeamiento Alternativa 0 y Alternativa 1 ...............................................................39

TABLA 16: Cantidad residuos gestionados por el Consorcio Valencia Interior ....................................................................42

TABLA 17: Tipos de ecoparques ..........................................................................................................................................44

TABLA 18: Superficies cementerio.......................................................................................................................................45

TABLA 19: Evolución poblacional. Fuente IVE .....................................................................................................................47

TABLA 20: Proyecciones población......................................................................................................................................47

TABLA 21: Media proyecciones población...........................................................................................................................48

TABLA 22: Características municipio...................................................................................................................................50

TABLA 23: Porcentaje de suelo artificial o sellado. Fuente SIOSE........................................................................................50

TABLA 24: Proporción de suelo sellado por habitante ........................................................................................................51

TABLA 25: Estimación población .........................................................................................................................................53

TABLA 26: Suelo computable para uso residencial .............................................................................................................54

TABLA 27: Estimación empleo.............................................................................................................................................56

TABLA 28: Suelo computable para actividades económicas ...............................................................................................57

TABLA 29: Superficies ordenadas por el Plan General ........................................................................................................58

TABLA 30: Crecimientos máximos según ETCV ...................................................................................................................58

TABLA 31: Superficies Red Primaria. Casco urbano.............................................................................................................86

TABLA 32: Red Primaria. Término municipal.......................................................................................................................87

TABLA 33: Estimación población Suelo Urbano ..................................................................................................................88

TABLA 34: Estimación población Suelo Urbanizable ...........................................................................................................88

TABLA 35: Estimación población .........................................................................................................................................88

TABLA 36: Superficies Red Primaria de zonas verdes ..........................................................................................................89

TABLA 37: Clasificación del suelo por zonas de ordenación ................................................................................................98

TABLA 38: Superficies según clases de suelo.......................................................................................................................99

TABLA 39: Superficies clasificación suelo ............................................................................................................................99

Page 8: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 8

TABLA 40: Superficies Suelo No Urbanizable planeamiento propuesto ............................................................................102

TABLA 41: Sectores Suelo Urbanizable .............................................................................................................................105

TABLA 42: Aprovechamiento Suelo Urbano planeamiento propuesto..............................................................................110

TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....................116

TABLA 44: Puestos escolares población actual .................................................................................................................119

TABLA 45: Puestos escolares existentes en el municipio de Macastre..............................................................................119

TABLA 46: Superficies necesarias colegios de Educación Infantil-Primaria.......................................................................120

TABLA 47: Desglose número de viviendas ........................................................................................................................121

TABLA 48: Censo de población y viviendas año 2011 .......................................................................................................121

TABLA 49: Viviendas potenciales y población para el cálculo de la demanda educativa..................................................123

TABLA 50: Puestos escolares ............................................................................................................................................123

TABLA 51: Comparación puestos escolares ......................................................................................................................124

TABLA 52: Estimación Centros de Transformación de la UE-1..........................................................................................129

TABLA 53: Estimación Centros de Transformación de la UE-2..........................................................................................130

TABLA 54: Estimación Centros de Transformación de la UE-3..........................................................................................130

TABLA 55: Estimación Centros de Transformación del Sector Industrial ..........................................................................130

ÍNDICE DE FIGURAS

FIGURA 1: Mapa de carreteras de la Comunidad Valenciana.............................................................................................17

FIGURA 2: Media proyecciones población ..........................................................................................................................48

Page 9: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 9

1. MODELO TERRITORIAL Y URBANÍSTICO PROPUESTO

En el presente apartado se recoge el Modelo territorial de acuerdo a las indicaciones del Artículo 34.2

de la LOTUP que se recoge a continuación:

Modelo territorial y urbanístico propuesto, indicando la oferta de suelo y de edificabilidad, cuantificadas

por clases y zonas de suelo. Dicho modelo será suficiente y adecuado a la demanda y a los objetivos,

umbrales e indicadores de sostenibilidad.

1.1. MODELO TERRITORIAL

El modelo territorial que se propone parte de la realidad física, social, demográfica y económica de la

población, Macastre es un municipio con estabilidad poblacional en el que, sin embargo, existe

demanda de nuevo suelo, básicamente con destino a vivienda de segunda residencia y a instalaciones

vinculadas a actividades industriales. Actualmente está tomando auge la actividad de turismo rural y

tradicional, mediante la implantación de alojamientos o casas rurales, lo que supondrá una mayor

actividad económica y puestos de trabajo.

Consolidación del papel del municipio en el ámbito comarcal

El municipio de Macastre forma parte de la comarca de La Hoya de Buñol, los municipios que

componen la comarca son los siguientes: Cheste, Chiva, Siete Aguas, Buñol, Alborache, Macastre, Dos

Aguas, Godelleta y Yátova.

Desde el punto de vista socio-económico, la estructura comarcal está muy polarizada, de forma que el

municipio de Buñol concentra el grueso de población.

Con la mejora de las comunicaciones, especialmente a partir de la realización de la autovía A-3, se

contribuyó al desarrollo económico del municipio con unas mejores condiciones de accesibilidad.

Respeto de los valores naturales

Macastre es un municipio con una gran riqueza y variedad de paisajes, no obstante, con el fin de evitar

los errores de planeamientos desarrollistas, y de acuerdo con los principios inspiradores de la LOTUP,

se debe alcanzar un deseable equilibrio entre el desarrollo económico, la cohesión social y la

preservación de recursos, de forma que se eviten crecimientos dispersos que implican un mayor

consumo de infraestructuras y, por tanto, resultan medioambientalmente menos recomendables.

Por tanto, la preservación del paisaje, entendido en sentido amplio, y la mejora de los entornos

urbanos degradados debe ser uno de los principales objetivos del Plan tendente a ampliar y potenciar

el atractivo turístico del municipio.

Estructura

El desarrollo del municipio se ha realizado alrededor de la antigua carretera CV-425, y que

actualmente tiene la consideración de calle municipal (Avenida País Valenciano) puesto que la CV-425

se encuentra desdoblada al este del casco urbano, adaptándose las viviendas del casco urbano a este

Page 10: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 10

vial y a las curvas de nivel del terreno, siendo en la zona más próxima al castillo mayores los

desniveles.

La trama urbana se conforma con manzanas compactas y estrechas, con una profundidad y longitud

variable adaptándose a las irregularidades del terreno, en la zona del núcleo histórico y ampliación de

casco y ensanches.

El territorio de Macastre se estructura a partir de los siguientes elementos:

- Las carreteras CV-425 y CV-429 que permiten la conexión con Yátova, Alborache y Dos Aguas.

- El núcleo urbano, flanqueado por norte por el barranco Simón y por el este y oeste por zonas

de huerta.

- En la zona sur encontramos zonas forestales, con los puntos altos del Pico del Águila, el Puntal

de Cuerna, el Puntal de la Serratilla y la Loma de la Cruz.

- El río Magro atraviesa el término municipal de oeste a este.

Estrategia de desarrollo

El modelo urbanístico que se plasma en los planos de ordenación, contempla la ejecución de las

infraestructuras necesarias para dotar de los servicios adecuados a los ciudadanos, permitiendo una

mejora de la accesibilidad y una eficiencia de la movilidad urbana al territorio ordenado.

El modelo territorial para Macastre responde al objetivo de mantener su actual configuración de

municipio rural, para lo que se propone una expansión urbana moderada, compatible con el

mantenimiento de las zonas protegidas que, por sus características, deben excluirse de la actividad

urbanística.

El modelo se ha planteado, no en base a una prospectiva de población, sino más bien a priorizar la

ordenación y desarrollo del suelo urbano no consolidado y el desarrollo coherente de zonas

urbanizables.

Respecto al Suelo Urbano, los objetivos principales se centran en definir los usos residenciales,

delimitar ámbitos de Suelo Urbano no consolidado para que puedan ser desarrollados mediante

instrumentos de planeamiento adecuados y de manera integrada y definir un borde urbano que

integre correctamente el núcleo urbano con su entorno próximo.

En cuanto al suelo destinado a dotaciones, se pretende potenciar las ya existentes y mejorar el acceso

a las mismas, habilitando itinerarios peatonales que favorezcan su conexión.

La ordenación propuesta pretende acometer una serie de operaciones de reforma en el casco urbano,

especialmente en el núcleo histórico, limitándose dada la realidad del municipio, a las más necesarias.

Estas actuaciones se realizan básicamente sobre el sistema viario y alineaciones.

El Suelo Urbano Residencial delimitado con Unidades de Ejecución, se distribuye en dos zonas al oeste

del núcleo urbano existente.

Respecto al Suelo Urbanizable Industrial, lo que se plantea es un espacio para poder ubicar estos usos

alejado del casco urbano junto a la variante de la CV-425 y paliar de esta forma la falta de este tipo de

suelo.

Page 11: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 11

La ubicación de este suelo industrial corresponde a terrenos que han perdido en gran medida su valor

agrícola y, teniendo en cuenta su lejanía a la zona urbana, su aptitud para el uso residencial se

considera baja.

El modelo queda definido en gran medida por la disposición de la Red Primaria proyectada, destinada

en su mayoría a la red de comunicaciones para definir un borde urbano coherente completando las

manzanas existentes, a la ampliación de dotaciones existentes y a zonas verdes. Se busca una

transición armónica y adecuada entre el Suelo Urbano y el Suelo No Urbanizable, aprovechando los

elementos naturales de los bordes como espacios de transición.

La superficie clasificada es mínima con respecto al planeamiento vigente, con un aumento de

población previsto también mínimo. Con todo ello se pretende que el crecimiento se realice de forma

armónica, como continuación de la trama existente, integrando nuevas tipologías sin discontinuidades

morfológicas y evitando desarrollos desequilibrados carentes de trama urbana. Cualquier modificación

posterior que clasifique nuevo Suelo Urbanizable deberá respetar este planteamiento.

Respecto al Suelo No Urbanizable se pretenden dos objetivos fundamentales. Por una parte, definir

claramente los suelos que son objeto de protección, ya sea por su carácter estructurante dentro del

territorio o por su interés natural, ambiental, cultural o paisajístico y, por otra parte, en el Suelo No

Urbanizable Común. Se potencian las vías pecuarias y los caminos existentes, además se considera el

paisaje como un patrimonio común de todos los ciudadanos y elemento fundamental de su calidad de

vida.

En cuanto a los bienes de dominio público se establecen las reservas necesarias; respetándose las

diferentes afecciones a infraestructuras y elementos naturales impuestas por la legislación sectorial de

obligado cumplimiento, por ejemplo se establecen los perímetros de protección de las captaciones de

agua destinadas a consumo humano.

También se intentan minimizar los impactos ambientales en suelo no urbanizable generados por los

núcleos de viviendas que se han ido ubicando a lo largo del tiempo en este tipo de suelo sin apenas

control, por tratarse de una tipología constructiva de gran aceptación y de uso indiscriminado

aprovechando parcelaciones del catastro de rústica sin la necesaria legalización, el Plan General

Estructural delimitará zonas urbanísticas donde la Ordenación Pormenorizada vendrá definida por

Planes Especiales.

Establecimiento de mecanismos que garanticen la gestión efectiva del Plan.

El Plan no debe ser sólo la expresión gráfica del modelo deseado; debe ir acompañado de los

compromisos entre administraciones y con la iniciativa particular que garanticen su gestión en un

proceso en el que la secuencia lógica implica que la urbanización vaya por delante de la edificación y

en el que exista una correspondencia entre suelo lucrativo y suelo dotacional.

Para garantizar la viabilidad de un Plan es necesario dotarlo de los necesarios mecanismos de gestión

que lo conviertan en el verdadero motor de la política urbanística municipal.

El Plan tiene como objetivo mejorar la dotación de espacios libres con el fin de alcanzar las cotas

exigidas por la LOTUP, asegurando la gestión efectiva de dichos suelos y su puesta al servicio de la

población.

Page 12: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 12

1.2. ADECUACIÓN AL PLANEAMIENTO DE CARÁCTER SUPRAMUNICIPAL

Se indican a continuación las condiciones que derivan del Planeamiento de carácter supramunicipal y

normativa sectorial, de acuerdo con lo indicado en la Memoria Informativa del Plan General de

Macastre.

1.2.1. PLANES ACCIÓN TERRITORIAL

Se indican a continuación las condiciones que derivan del Planeamiento de Acción Territorial vigente,

de acuerdo con lo indicado en el apartado 5.3 de la Memoria Informativa del Plan General Estructural

de Macastre.

1.2.1.1. PAT DE CARÁCTER SECTORIAL SOBRE PREVENCIÓN DEL RIESGO DE INUNDACIÓN EN LA COMUNIDAD VALENCIANA (PATRICOVA)

El Decreto 201/2015, de 29 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de acción territorial

sobre prevención del riesgo de inundación en la Comunitat Valenciana (PATRICOVA), establece unos

mapas de riesgo, a partir del conociendo de las características y el funcionamiento de la cuenca

vertiente, determina los caudales esperados. Se realiza la transformación de estos caudales en altura

de agua sobre los cauces, y de ésta en superficie potencialmente inundada.

El mapa de riesgo de inundación del municipio de Macastre se encuentra en las hojas 721 y 746 (se

incluye en la Memoria Informativa en el apartado 5.3.1). El término municipal de Macastre no está

incluido en ninguna de las seis categorías de riesgo de inundación, salvo la zona del río Magro que

cruza transversalmente todo el término municipal y que tiene Riesgo nivel 2 y también hay distintas

zonas peligrosidad geomorfológica.

La superficie de Riesgo 2 del río Magro no podrá ser objeto de reclasificaciones como suelo urbano o

urbanizable.

En el Documento nº7 se puede observar el estudio hidrológico e hidráulico realizado y las medidas

adoptadas para evitar el riesgo de inundación de determinadas zonas.

1.2.1.2. PAT DE CORREDORES DE INFRAESTRUCTURAS

El Plan de Acción Territorial contempla la reserva de suelo para la ejecución del Proyecto de

Transferencias de Recursos hídricos de la cuenca del Ebro a diversas cuencas, entre las que se

encuentran las del Júcar y del Segura en la Comunidad Valenciana.

El artículo 3 del Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores de Infraestructuras

define el ámbito del corredor, el municipio de Macastre no se encuentra afectado.

1.2.1.3. PLAN EÓLICO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

En el apartado 5.3.3 de la Memoria Informativa se amplía la información sobre este Plan Eólico de la

Comunidad Valenciana, aprobado por el Acuerdo de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano.

Por otra parte, en la Sección Segunda del Capítulo III de las Normas PEo se establecen los

condicionamientos urbanísticos para la implantación de las instalaciones. Del conjunto de las

disposiciones, en relación con el presente documento, cabe destacar los siguientes:

Page 13: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 13

- Art. 23 de las Normas PEo: “Los parques eólicos podrán implantarse, exclusivamente, sobre suelo

clasificado como no urbanizable, o bien sobre suelo urbanizable o urbano, siempre que éste se encuentre

calificado como de uso industrial. Ello implica que todo el ámbito del parque objeto de desarrollo

mediante el correspondiente Plan especial previsto en el Plan Eólico, sobre el cual se declarará

compatibilidad de usos, debe encontrarse sobre suelo cuya clasificación o calificación sea la

anteriormente indicada. En el caso de las implantaciones sobre suelo no urbanizable, se considera

indistinto que éste sea de régimen común o protegido.”

- Art. 25 de las Normas PEo: “Cualquier suelo que se clasifique como urbano o urbanizable y su uso vaya a

ser distinto del industrial, con posterioridad a la aprobación de un parque eólico deberá mantener una

distancia de 1.000 metros desde cualquier punto de su superficie, hasta cualquier aerogenerador,

subestación o edificio auxiliar del parque. Esta condición se aplicará también a las construcciones

aisladas de carácter no industrial que pudiesen promoverse sobre suelo no urbanizable.”

El término municipal de Macastre no se encuentra en ninguna Zona Eólica, se distinguen los siguientes

tipos de espacios (arts. 20 y 21 de las Normas PEo):

- Zonas Aptas: Las zonas con recurso eólico teóricamente aprovechable, siendo aquellas sobre

las cuales el Plan permite la implantación de instalaciones de aprovechamiento eólico.

- Zonas no Aptas: Aparecen en color rojo las zonas no aptas para instalaciones eólicas,

incluyendo en esta categoría espacios catalogados como ZEPA, las zonas húmedas y las

reservas nacionales de caza.

- Espacios exteriores residuales: Se señalan generalmente con color amarillo. Sobre ellos no se

ha determinado su aptitud para ser soporte de instalaciones de aprovechamiento eólico.

Las zonas no aptas se encuentran en la parte sur del término municipal, y el resto del término

municipal se considera como espacios exteriores residuales.

1.2.1.4. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DEL LITORAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

El Plan de Acción Territorial del Litoral de la Comunidad Valenciana fue sometido a información pública

durante un período de dos meses a partir del día 21 de febrero de 2006, según se establece en la

resolución de 17 de febrero de 2006.

El término municipal de Macastre no se encuentra entre los 79 municipios indicados, por lo que no se

ve afectado por el PAT del Litoral de la Comunidad Valenciana.

1.2.1.5. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE PROTECCIÓN DE LA HUERTA DE VALENCIA.

Se encuentra en fase de redacción, en la Propuesta de Plan de abril de 2010, el término municipal de

Macastre no se encuentra afectado por el PAT de protección de la Huerta de Valencia.

1.2.1.6. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL DE INFRAESTRUCTURA VERDE Y PAISAJE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (PATPCV)

El Plan de Acción Territorial de Infraestructura Verde y Paisaje de la Comunidad Valenciana (PATPCV)

se encuentra en fase de redacción. En la propuesta de Plan de marzo de 2011, el municipio de

Macastre no se encuentra dentro de un Paisaje de Relevancia Regional.

Page 14: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 14

En la Memoria Informativa en su apartado 5.3.6. se adjuntan figuras representativas del Plan y en el

Plano de Información I.10 se incluye la infraestructura verde del municipio.

1.2.1.7. PLAN DE ACCIÓN TERRITORIAL FORESTAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (PATFOR)

Será de aplicación el Decreto 58/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Plan de

Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana. En el apartado 5.3.7. de la Memoria Informativa

se comenta más ampliamente el PATFOR que actualiza el Inventario Forestal de la Comunidad

Valenciana.

En el Artículo 8 “Normativa general” del PATFOR se indica lo siguiente:

Los instrumentos de ordenación del territorio y de planeamiento urbanístico deberán incorporar las

medidas necesarias para facilitar el mantenimiento y mejora del suministro de los servicios ambientales

forestales.

En el procedimiento de aprobación de dichos instrumentos será preceptivo el informe previo de la

Consellería competente en materia forestal cuando afecten a la clasificación y/o calificación de terrenos

forestales. Dicho informe tendrá carácter vinculante en todo aquello referido a terrenos forestales

estratégicos.

De acuerdo al Artículo 23 “Terreno forestal estratégico y ordinario” del PATFOR, se pueden distinguir

terrenos forestales estratégicos y ordinarios de la siguiente forma:

Son terrenos forestales estratégicos los montes de utilidad pública, los de dominio público, los montes

protectores, las cabeceras de cuenca en cuencas prioritarias, las masas arboladas con una fracción de

cabida cubierta mayor o igual al veinte por ciento situadas en zonas áridas y semiáridas y las zonas de alta

productividad. Todos ellos tienen una importancia decisiva por albergar y contribuir al desarrollo de

valores naturales, paisajísticos o culturales cuya restauración, conservación o mantenimiento conviene al

interés general.

Es terreno forestal ordinario todo el suelo forestal no considerado terreno forestal estratégico. Dicha

consideración no presupone la ausencia de valores ambientales, culturales o paisajísticos en dichos

terrenos.

El municipio de Macastre pertenece a la Demarcación Forestal de Lliria y será de aplicación el Plan de

Prevención de Incendios Forestales de la Demarcación de Lliria, que se puede consultar en la página

web de la Consellería de Gobernación y Justicia en el apartado de Emergencias y en el subapartado de

Prevención y Extinción de incendios forestales.

De acuerdo con la cartografía facilitada por el PATFOR se comprueba que no existen Terrenos

Forestales Estratégicos (TFE) en el municipio de Macastre, dicha cartografía se puede observar en el

Plano de Información I.10.

1.2.1.8. PLAN INTEGRAL DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

El Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana (PIR) fue aprobado mediante Decreto

81/2013, de 21 de junio, del Consell, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la

Comunitat Valenciana (PIRCV).

Page 15: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 15

El término municipal de Macastre se incluye en el Plan Zonal de Residuos de la Zona 4, aprobado por la

Orden de 2 de diciembre de 2004, del conseller de Territorio y Vivienda, por la que se aprueba el Plan

Zonal de residuos de las Zonas II, IV y V. Con la nueva nomenclatura el Plan Zonal se denomina V3.

En el apartado 5.3.8 de la Memoria Informativa se amplía la información sobre este Plan Integral,

donde se incluyen las infraestructuras de valorización y eliminación del área de gestión.

De acuerdo con el Artículo 23 “Centros de transferencia en polígonos industriales” del PIR:

Se establece la obligatoriedad de que los polígonos industriales cuenten con, al menos, un centro de

transferencia de residuos, peligrosos y no peligrosos, con capacidad suficiente para dar servicio a los

residuos que sean producidos en las industrias del polígono, principalmente pequeños productores.

A tal efecto, en el planeamiento urbanístico de nuevas zonas industriales o que prevea la ordenación de

sectores de suelo urbanizable de uso predominante industrial se deberá prever la existencia de una o

varias parcelas cuya calificación urbanística permita albergar, al menos, una infraestructura de

transferencia de residuos industriales, peligrosos y no peligrosos.

Por lo tanto en el Plan Parcial que desarrolle el suelo urbanizable industrial se deberá aplicar el citado

artículo.

En el caso de que alguna de las actividades genere residuos peligrosos serán almacenados por las

propias actividades hasta que sean recogidos por un gestor autorizado.

1.2.2. NORMATIVA SECTORIAL

De acuerdo con el apartado 5.9 de la Memoria Informativa del Plan General de Macastre, se indican a

continuación las conclusiones que derivan de las afecciones de la Normativa Sectorial vigente.

1.2.2.1. AGRICULTURA

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.1 de la Memoria Informativa se clasifica como Suelo No

Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG) las zonas del municipio de Macastre que reúnen las

condiciones necesarias.

Se clasificará como Suelo No Urbanizable Común Agropecuario, las zonas con suelos con capacidad de

uso moderada Clase C, que coincide con las zonas llanas, situadas al este y oeste del casco urbano.

Las zonas protegidas también se delimitan de acuerdo al Plano de Información I.5 “Usos del Suelo”,

realizado de acuerdo al “Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo de España”, SIOSE.

Estos suelos deberán tener la consideración de Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG),

donde se admitirán únicamente el uso agrícola y agropecuario, con las condiciones indicadas en el

apartado siguiente.

1.2.2.2. GANADERÍA

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.2 de la Memoria Informativa el uso agropecuario podrá

ubicarse en Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG) y Suelo No Urbanizable Común

(SNUC), siempre que se cumpla con la distancia mínima para instalaciones ganaderas que será de 500

metros, y en cuanto a las distancias de seguridad sanitaria será de 1.000 metros, de acuerdo con los

Page 16: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 16

artículos 53 y 54 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunidad

Valenciana y prioritariamente en suelos de vulnerabilidad a acuíferos baja.

1.2.2.3. CARRETERAS

De acuerdo con la legislación y limitaciones de propiedad indicadas en el apartado 5.9.3 de la Memoria

Informativa en el término municipal de Macastre las carreteras principales son las siguientes:

- CV-425: De Ventas de Buñol a N-330 (por las Aldeas de Cortes de Pallás).

- CV-429: De Macastre a la Portera (por Yátova).

Para todas ellas tendrá la consideración de Red Primaria “Red Viaria Supramunicipal” el Dominio

Público y de Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V) hasta la zona de

protección.

El tramo de suelo urbano de la CV-425, se denomina CV-4252 y tiene consideración de vial municipal,

por lo que no serán de aplicación las zonas de protección indicadas a continuación.

Código VP-3085 VP-3043

Nuevo Código CV-425 (de Ventas de Buñol a N-330, por las Aldeas de

Cortes de Pallás)

CV-429 (de Macastre a la Portera, por Yátova)

Titularidad DIPUTACION DIPUTACION

Dominio público (m) Desde la arista exterior de la

explanación 3 metros Desde la arista exterior de la

explanación 3 metros

Protección (m) Desde la arista exterior de la

calzada más próxima 25 metros

Desde la arista exterior de la calzada más próxima 25

metros

TABLA 1: Red viaria

Page 17: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 17

FIGURA 1: Mapa de carreteras de la Comunidad Valenciana

1.2.2.4. ENERGÍA ELÉCTRICA

La legislación y limitaciones de propiedad se indican en el apartado 5.9.4 de la Memoria Informativa y

en el Plano de Información I.6 se puede observar el trazado de las líneas eléctricas.

1.2.2.5. RED DE GAS

De acuerdo con el apartado 5.9.5 de la Memoria Informativa en el municipio de Macastre no hay

afección por redes de gas supramunicipales.

1.2.2.6. SANEAMIENTO

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.6 de la Memoria Informativa que el “Plan Director de

Saneamiento y Depuración de la Comunidad Valenciana” indica que Macastre (Llanorel) pertenece a

un sistema con menos de 2.000 h.e. (en algunos casos, se trata de municipios que carecen de sistema

de depuración y, aun cuando son de población inferior a 500 habitantes, se considera conveniente

realizar actuaciones de rehabilitación de la antigua planta existente o de construcción de una nueva

EDAR).

En los Sistemas con 2.000 a 15.000 h.e., indica el Plan para la EDAR de Yátova su ampliación y mejora y

la conexión con la EDAR de Macastre.

La EDAR del casco urbano de Macastre se encuentra construida y sus características se recogen en el

apartado en el apartado 4.4.3.3. de la Memoria Informativa, el suelo tiene la consideración de Suelo

No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT).

1.2.2.7. RESIDUOS

El término municipal de Macastre se incluye en el Plan Zonal de Residuos de la Zona 4, aprobado por la

Orden de 2 de diciembre de 2004, del conseller de Territorio y Vivienda, por la que se aprueba el Plan

Zonal de residuos de las Zonas II, IV y V. Con la nueva nomenclatura el Plan Zonal se denomina V3.

El municipio de Macastre pertenece al Consorcio Valencia Interior constituido por los todos los

municipios de las comarcas del Rincón de Ademúz, Los Serranos, Camp de Turia, La Hoya de Buñol y

Utiel-Requena, Cortes de Pallás y Millares, la Generalitat Valenciana y la Diputación de Valencia, el

consorcio da servicio a los 61 municipios y fue constituido en el año 2005, para ejecutar el proyecto de

gestión de residuos urbanos del plan zonal, es decir construir y gestionar las instalaciones necesarias

para el tratamiento y eliminación de los residuos.

Page 18: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 18

Los planes zonales e infraestructuras de valorización y eliminación del Consorcio se han recogido en el

apartado 5.9.7 de la Memoria Informativa y en el apartado 1.2.1.8 de la presente Memoria

Justificativa.

Los residuos sólidos serán recogidos en los lugares habilitados para ello y, posteriormente

transportados a la planta de tratamiento correspondiente para ser sometidos al proceso adecuado

conforme a la Ley de Residuos y gestionados por el Consorcio Valencia Interior.

De acuerdo con el Artículo 23 “Centros de transferencia en polígonos industriales” del PIR, en el Plan

Parcial que desarrolle el suelo urbanizable industrial se deberá reservar suelo para un Centro de

transferencia en polígonos industriales, se indica en la ficha de planeamiento y gestión del sector

industrial.

Con respecto a los residuos de construcción y demolición, generados durante la ejecución del Plan

General, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la

producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Además en el otorgamiento de la

licencia municipal de obras se tendrá en cuenta el artículo 25 del PIR:

Artículo 25 Residuos de construcción y demolición

En el otorgamiento de la licencia municipal de obras se exigirá al productor de residuos de construcción y

demolición, definido en el Real Decreto105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y

gestión de los residuos de construcción y demolición, mediante la correspondiente ordenanza municipal,

una fianza u otra garantía financiera equivalente, en cuantía suficiente para garantizar el cumplimiento de

las obligaciones que le impone el citado Real Decreto 105/2008, de conformidad con lo establecido en su

artículo 6.

Asimismo se deberá tener en cuenta el Decreto 200/2004, de 1 de octubre, del Consell de la

Generalitat, por el que se regula la utilización de residuos inertes adecuados en obras de restauración,

acondicionamiento y relleno, o con fines de construcción, con lo cual todos los excedentes de tierras,

piedras o residuos inertes generados en las obras previstas, podrán ser utilizados para la restauración

de relieves deteriorados o antiguos huecos mineros existentes en el municipio.

Infraestructuras

Se realiza una estimación de las infraestructuras necesarias para garantizar una adecuada gestión

(recogida y tratamiento) de los residuos generados como consecuencia de la aprobación y ejecución

del Plan General en el apartado 2.4.

Se reservará una zona que se clasificará como Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones

Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT) y se permitirá su utilización para instalaciones dedicadas a

la gestión de residuos y se ubicará en la zona donde actualmente se encuentra el Punto de recogida de

voluminosos. En esta zona será posible la implantación de un ecoparque, aunque en el Plan Zonal no

se tiene previsto. De acuerdo con el artículo 20.2 del PIR se pueden utilizar ecoparques móviles, como

se está realizando actualmente.

La clasificación (tipo A, B, C ó D) del ecoparque se definirá cuando se proyecte. En atención al número

de usuarios potenciales a los que se dirige la instalación, se establecen cinco modelos de Ecoparque:

tipo A, tipo B, tipo C, tipo D y Ecoparque móvil.

Page 19: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 19

ECOPARQUE POBLACIÓN POTENCIAL

DISPOSICIÓN SUPERFICIE

(m2) NÚMERO

CONTENEDORES TAMAÑO

CONTENEDORES

TIPO A Hasta 1.000 1 cota 300-500 4-6 9 m3

TIPO B 1.001 – 5.000 1 cota 500-1.000 6-8 9/18 m3

TIPO C 5.001- 10.000 2 cotas 1.500-3.000 8-10 18/26 m3

TIPO D Más de 10.001 2 cotas 2.500-5.000 10-15 18/26 m3

Móvil Según

necesidades --- (Camión) --- Según gestores

TABLA 2: Tipos de ecoparques

1.2.2.8. RIESGO SÍSMICO

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.8 de la Memoria Informativa el Mapa de peligrosidad

sísmica de la Norma de Construcción Sismorresistente: Parte General y Edificación (NCSR-02)

considera esta zona como de riesgo sísmico bajo (aceleración sísmica básica ab inferior a 0,06 g, siendo

g la aceleración de la gravedad), las edificaciones a realizar en el municipio se construirán de acuerdo

con la citada normativa.

Según lo establecido en el Plan Especial frente al Riesgo Sísmico de la Comunidad Valenciana (Decreto

44/2011, de 29 de abril, del Consell) Macastre tiene una intensidad sísmica de VII (EMS) para un

periodo de retorno de 500 años, según el Mapa de “Peligrosidad sísmica de la Comunidad Valenciana”,

por lo que se recomienda la realización de un Plan de Actuación Municipal frente a este riesgo.

1.2.2.9. AGUAS

De acuerdo con la legislación y limitaciones de propiedad indicadas en el apartado 5.9.9 de la Memoria

Informativa la afección al término municipal es la siguiente:

En el Plan General de Macastre tienen la consideración de Suelo No Urbanizable Protección por

Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) la zona de dominio público y zona de servidumbre de todos los

cauces naturales que discurren por el término municipal, además de las fuentes y los manantiales.

El río Magro, además, atraviesa todo el término municipal, con un recorrido encañonado que forma

hoces hasta llegar al valle de las Huertas del Río. Además del río Magro se encuentran los siguientes

cauces:

- Barranco de La Hortera

- Barranco del Valenciano

- Barranco del Burro

- Barranco del cortesano

- Barranco de Antonia

- Rambla Chevera

- Rambla Llamoret Barranco Simón

- Barranco del Regajo

- Barranco del Rosel

- Etc.

En cuanto a las fuentes o manantiales del municipio de Macastre hay que indicar las siguientes:

- Fuente de la Moratilla

- Fuente del Polito

- Fuente de la Cuerna

- Fuente del Río

Page 20: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 20

- Fuente de Santa Bárbara - Fuente Grande

- Fuente del Bolot

- Fuente Cara Castellana

- Fuente San Chil

De acuerdo con el artículo 17 de PATRICOVA el planeamiento territorial y urbanístico clasificará como

suelo no urbanizable de especial protección el Dominio Público Hidráulico, de conformidad con su

legislación reguladora, así como las zonas de peligrosidad de inundación de nivel 1 delimitadas en el

PATRICOVA, salvo aquellas que estén clasificadas como suelo urbano, que se calificarán,

respectivamente, como Dominio Público Hidráulico o como protección hidráulica. En el caso de

Macastre no existen zonas de nivel 1 en el término municipal.

En el Documento nº7 se puede observar el estudio hidrológico e hidráulico realizado y las medidas

adoptadas para evitar el riesgo de inundación de determinadas zonas.

Se establecen perímetros de protección para las captaciones de agua destinadas a consumo humano

con un régimen de protección. Los perímetros se establecen de 300 m. contados desde el límite

exterior del punto de captación.

En cuanto a las acequias de riego, deberá respetarse una distancia igual a 0,5 m. a cada lado de las

mismas, y en el caso del Canal de Forata de 1 metro.

Zonas vulnerables a la contaminación por nitratos

El término municipal de Macastre se encuentra en la relación de municipios como zonas vulnerables a

la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias, Decreto 218/2009, de 4 de

diciembre, del Consell, por el que se designan, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, determinados

municipios como zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de

fuentes agrarias.

Será de aplicación la Orden de 12 de diciembre de 2008, de la Consellería de Agricultura, Pesca y

Alimentación, por la que se establece el Programa de Actuación sobre las Zonas Vulnerables

designadas en la Comunitat Valenciana.

1.2.2.10. MINAS

De acuerdo con lo indicado en los apartados 4.1.1.2, 4.3.5 y 5.9.10 de la Memoria Informativa y según

el Servicio Territorial de Industria e Innovación existe un derecho minero en el municipio de Macastre,

en Llanorel, que no se encuentra actualmente en explotación, su ubicación se puede observar en el

Plano de Información I.5., y una zona de investigación denominada Dolores.

Cuando el derecho minero se encuentre en suelo calificado como Suelo No Urbanizable Protegido, no

siendo compatible la explotación minera, será de aplicación el Decreto 82/2005, de 22 de abril, del

Consell de la Generalitat, de Ordenación Ambiental de Explotaciones Mineras en Espacios Forestales de

la Comunidad Valenciana, y es necesaria la redacción del correspondiente Plan Especial.

En Suelo No Urbanizable Común y Protegido estará permitida la explotación de recursos hidrológicos

cuando la legislación vigente así lo permita y con la autorización necesaria de Confederación

Hidrográfica del Júcar.

Page 21: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 21

1.2.2.11. SUELO FORESTAL

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.11 de la Memoria Informativa la afección al término

municipal es la siguiente:

Montes gestionados por Consellería Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda

Cuando se indican Montes Gestionados por la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio

Ambiente, la cobertura recoge los montes catalogados de Utilidad Pública y los no catalogados.

No hay Montes de Utilidad Pública catalogados en el municipio de Macastre y tampoco hay montes

gestionados por la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente (no catalogados).

Inventario Forestal Comunidad Valenciana / PATFOR

El Plan de Acción Territorial Forestal de la Comunitat Valenciana (PATFOR) comentado en el apartado

1.2.1.7 del presente documento actualiza el Inventario Forestal de la Comunidad Valenciana.

Afección Término Municipal

Se deberá clasificar como Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO), dado que en el municipio

no existen Montes de Utilidad Pública, todos aquellos suelos que engloban masas arbóreas, de

acuerdo con el Plano de Información I.5 “Usos del Suelo”, realizado de acuerdo al “Sistema de

Información sobre Ocupación del Suelo de España_SIOSE”, y al Plano de Información I.10 donde se

incluye el suelo forestal ordinario del PATFOR.

1.2.2.12. INCENDIOS

En el municipio de Macastre se han producido distintos incendios, todos ellos al centro y sur del

término, en los años 1995 (1,57 Ha); 1999 (0,98 Ha); 2000 (4,67 Ha); 2001 (2,01 Ha); 2004 (0,7 Ha); y

en julio de 2012, se vio afectado por el incendio que asoló la comarca en una superficie de 2.851,7 Ha

que supuso el 75% de la superficie del término municipal, en el Plano de Información I.12 se pueden

observar, y no se realizará una reclasificación de ninguno de ellos.

Los suelos que han sufrido los efectos de algún incendio se han clasificado como suelo no urbanizable

común o protegido, con el fin de no minorar su protección y de establecer las medidas necesarias para

regenerar la cubierta vegetal en el plazo más corto de tiempo.

De acuerdo con las indicaciones realizadas en el apartado 5.9.11.2 de la Memoria Informativa la

totalidad de las superficies forestales incendiadas que estuvieran clasificados como SNU antes del

incendio siguen manteniendo dicha clasificación.

Para cualquier zona urbanizable planteada que limite o incluya suelo forestal se considera afectada por

este riesgo. Así pues, este riesgo afecta al suelo clasificado como urbano pero no plenamente

desarrollado de la urbanización de Llanorel.

Por tanto, en su desarrollo será necesario aplicar todas las medidas establecidas en el Documento

Básico de Seguridad en caso de Incendio, sección SI 5 del Código Técnico de la Edificación (CTE) y en el

artículo 33 del PATFOR.

Artículo 33 Condiciones de seguridad en la interfaz urbano-forestal.

1. La zona de discontinuidad entre los terrenos urbanos y las formaciones de vegetación forestal ha de

Page 22: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 22

tener la anchura correspondiente a un área cortafuegos de orden dos, según la metodología establecida

por el Plan de Selvicultura Preventiva de la Comunitat Valenciana, aplicando una corrección en función de

la pendiente. La anchura mínima será de veinticinco metros, más un vial de cinco metros de anchura,

según marca el artículo veinticinco bis del Decreto 36/2007. Dicha distancia se ampliará en función de la

pendiente del terreno, alcanzando, como mínimo, los cincuenta metros cuando la pendiente sea superior

al treinta por ciento. En el caso de los establecimientos industriales de riesgo medio y alto situados en

lugares de viento fuerte, la discontinuidad será de cincuenta metros en el lado de los vientos más

desfavorables.

2. Las viviendas aisladas situadas en entornos forestales, o colindantes a los mismos, deberán disponer de

un área de defensa frente al riesgo de incendios forestales de, al menos, treinta metros. Dicha distancia se

ampliará en función de la pendiente del terreno, alcanzando, como mínimo, los cincuenta metros cuando

la pendiente sea superior al treinta por ciento. Estas anchuras podrán reducirse cuando se incorporen

infraestructuras que propicien la misma protección frente al incendio forestal que la franja, tales como

muros.

3. La responsabilidad de la ejecución y mantenimiento del área de defensa o zona de discontinuidad

corresponde al propietario o propietarios de las viviendas o terrenos urbanos.

4. Cuando la distancia del suelo urbano al terreno forestal sea menor de cien metros deberán realizarse las

siguientes actuaciones:

a) En la vegetación interior de la zona urbanizada, que incluya solares, rotondas y jardines

particulares y públicos, se reducirá el estrato arbóreo a una fracción de cabida cubierta por debajo

del cuarenta por ciento y el arbustivo por debajo del diez por ciento.

b) Poda del arbolado hasta dos tercios de su altura y un máximo de tres metros.

c) Evitar el contacto de la vegetación con las edificaciones, separando las ramas de cualquier tipo de

construcción, ya sea auxiliar o principal, una distancia mínima de tres metros.

d) No acumular residuos o material combustible (leñas, restos de jardinería, y otros.) o situarlos en

zonas protegidas de un eventual incendio.

e) Evitar los setos vivos como elementos de cierre de parcelas.

5. La administración promoverá la aprobación de una normativa respecto a la prevención de incendios en

la interfaz urbano-forestal en la que se regule, entre otras, las obligaciones de los propietarios en la

realización y mantenimiento de los espacios de defensa, ya sea individualmente o en órganos de gestión o

juntas de propietarios.

Todas las actuaciones que se realicen en las zonas forestales, sí como en sus alrededores, deberán

cumplir lo que se indica en el Decreto 7/2004, de 23 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual

se aprueba el Pliego General de Normas de Seguridad en Prevención de Incendios Forestales a observar

en la ejecución de las obras y trabajos que se realicen en terrenos forestales o en sus inmediaciones.

1.2.2.13. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.12 de la Memoria Informativa la afección al término

municipal es la siguiente:

Page 23: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 23

Zona de especial protección para las aves (ZEPA)

En el municipio de Macastre se localiza la Zona de especial protección para las aves (ZEPA)

denominada “Sierra de Martés - Muela de Cortes” que se encuentra en la parte sur del municipio,

como se puede observar en el Plano de Información I.10.

Lugar de Interés Comunitario (LIC)

En el municipio de Macastre existe una afección al Lugar de Importancia Comunitaria (LIC)

denominado “Sierras de Martés y el Ave” que se encuentra en la parte sur del municipio, como se

puede observar en el Plano de Información I.10, que se clasifica como Suelo No Urbanizable Protección

Natural Ecológica (SNUP-NA-E).

Cuevas

Al sur del término municipal de Macastre, en la zona central, se ubica la Sima del Alto de Don Pedro,

recogida en el Decreto 65/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se desarrolla el régimen de

protección de las cuevas y se aprueba el Catálogo de Cuevas de la Comunidad Valenciana. Se tendrán

en cuenta los siguientes artículos:

Se plantea un perímetro de protección definido por un círculo de una hectárea de superficie

(equivalente a un radio de 56´40 m), centrado en la boca de la cavidad.

Se clasificará como Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU).

Árboles singulares y monumentales

En cuanto a la existencia de árboles monumentales, en el término municipal de Macastre existe un

ejemplar incluido en el Catálogo de árboles monumentales de la Comunidad Valenciana, el Lledoner

de Macastre.

Se han considerado otros cinco árboles como singulares.

Se clasificarán todos ellos como Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales

(SNUP-NA-AM).

1.2.2.14. VÍAS PECUARIAS

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.13 de la Memoria Informativa según el Proyecto de

Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Macastre, aprobado por Orden Ministerial

de 15 julio 1977, siendo publicada en el BOE el 15 de septiembre 1977, existen tres vías pecuarias en el

término municipal de Macastre.

1.- Colada de Socaña y Alto de Don Pedro: cruza de este a oeste el término municipal y atraviesa

la Urbanización de Llanorel

- Anchura legal (m): 15 metros.

- Anchura necesaria (m): 15 metros.

- Longitud clasificada: 8.000 metros.

- Superficie clasificada: 120.000 m2.

Page 24: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 24

- Tipo: CL

- No se encuentra deslindada ni amojonada

2.- Colada de la Umbría de Rovira y la Moratilla: trazado de norte a sur y sin llegar al casco

urbano de Macastre

- Anchura legal (m): 15 metros.

- Anchura necesaria (m): 15 metros.

- Longitud clasificada: 8.100 metros.

- Superficie: 121.500 m2.

- Tipo: CL

- No se encuentra deslindada ni amojonada

3.- Tramo de la Vereda del paso de la Cuerna a Dos Aguas: pequeño tramo al suroeste del

término municipal

- Anchura legal (m): 20,89 metros.

- Anchura necesaria (m): 20,89 metros.

- Longitud: 400 metros.

- Superficie: 8.356 m2.

- Tipo: VE

- No se encuentra deslindada ni amojonada

En el Plano de Información I.6 se pueden observar las vías pecuarias, tanto en la zona urbana como en

el resto del término municipal.

Para el tramo de la Colada de Socaña y Alto de Don Pedro que discurre por Suelo Urbano (zona de

Llanorel) se mantiene su trazado en toda su extensión y en cuanto a su anchura se clasifica con la real

que le permiten las calles del casco urbano y que será variable dependiendo de la zona, además se

establece como Red Primaria.

En cuanto a la Colada de la Umbría de Rovira y la Moratilla no llegan al Suelo Urbano.

En cuanto a los tramos de las dos vías pecuarias que discurren por Suelo No Urbanizable se mantiene

su trazado en toda su extensión y con la anchura de la clasificación y se calificarán como Suelo No

Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP), además se establecerán como Red

Primaria.

Ninguna de las vías pecuarias pasa por un Sector de Suelo Urbanizable o Unidad de Ejecución de Suelo

Urbano, por lo tanto no es necesario descontar la superficie de la vía pecuaria del ámbito del sector o

unidad de ejecución. Ni tampoco computarán como suelo dotacional a los efectos del cumplimiento

de los estándares previstos en la legislación urbanística.

Page 25: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 25

No es necesaria la alteración del trazado de ninguna vía pecuaria, y por lo tanto no es necesario un

trazado alternativo, ni mantener la integridad superficial, en caso de que hubiera sido necesario los

terrenos no podrían tener servidumbres de carreteras, etc., ya que la propiedad de los terrenos debe

ser plena y libre de toda carga.

1.2.2.15. SENDEROS

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.14 de la Memoria Informativa

En cuanto a los tramos de los senderos que discurren por Suelo No Urbanizable se mantiene su

trazado en toda su extensión y con la anchura de la que disponen y se calificarán como Suelo No

Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S), además se establecerán como Red Primaria.

1.2.2.16. VÍAS VERDES

El término municipal de Macastre no lo recorre ninguna vía verde.

1.2.2.17. PATRIMONIO HISTÓRICO

Se pretende regenerar la morfología urbana tradicional y conseguir una mejor integración urbanística

en el conjunto del municipio. Se busca la recuperación del casco histórico, poner de manifiesto el valor

cultural de este conjunto, y establecer la protección adecua para impedir que se degrade.

Se definirán dos nuevas zonas de protección, en donde se impondrán unas condiciones de

composición y estéticas. La primera recoge el conjunto de edificaciones que se protegerán como zona

medieval, y la segunda recoge el conjunto de edificaciones que se protegerán como zona del siglo XVIII

y XIX.

De acuerdo con la legislación indicada en el apartado 5.9.16 de la Memoria Informativa será de

aplicación el artículo 11 de la Ley 4/1998 de 11 de junio del Patrimonio Cultural, en el que se indica lo

siguiente:

“Artículo 11. Impacto ambiental. Los estudios de impacto ambiental relativos a toda clase de proyectos,

públicos o privados, que puedan afectar a bienes inmuebles de valor cultural deberán incorporar el

informe de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia acerca de la conformidad del proyecto con la

normativa de protección del patrimonio cultural. Dicho informe vinculará al órgano que deba realizar la

declaración de impacto ambiental.”

Bienes interés cultural

En el municipio de Macastre el Castillo está catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC’s).

Bienes relevancia local

En el municipio de Macastre existen los siguientes Bienes de Relevancia Local (BRL):

- Iglesia Parroquial de la Transfiguración del Salvador

Patrimonio arqueológico y paleontológico:

Se establecen los siguientes yacimientos arqueológicos en el término municipal de Macastre:

- Castillo de Macastre: Castillo

Page 26: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 26

- Cuatro Caminos II: Villa

- Partida de Mojón: Villa

Se establece el siguiente patrimonio paleontológico en el término municipal de Macastre:

- Ninguna, debido a que actualmente no hay datos en el Inventario de la Dirección General de

Patrimonio Cultural Valenciano sobre la presencia de este tipo de yacimientos en el municipio.

Sin embargo, a partir del análisis paleontológico realizado por parte del IGME, en referencia a

la hoja Núm, 721 Cheste de cartografía del MAGMA, durante la toma de muestras, sí que se

detectan diferentes fósiles de distintos periodos, fuera del municipio.

Patrimonio arquitectónico

Se establece el siguiente patrimonio arquitectónico:

- Ayuntamiento Nuevo Ayuntamiento Viejo

- Antiguas Escuelas (Casa de Cultura y de la Música)

- Vivienda, Pl. de los Árboles 11. Tipología: Arquitectura Civil - Edificios Residenciales - Viviendas

- Vivienda, Calle Mayor nº8. Tipología: Arquitectura Civil - Edificios Residenciales - Viviendas

- Vivienda, Calle Mayor nº14. Tipología: Arquitectura Civil - Edificios Residenciales - Viviendas

Bienes inmuebles etnológicos

En el municipio de Macastre existen los siguientes Bienes inmuebles etnológicos:

Nombre Tipología

Abrevadero de Bolot Patrimonio Agrícola - Abrevaderos

Abrevadero de la Acequia de la Mina del Moro

Patrimonio Agrícola - Abrevaderos

Azud del Río Magro Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Azud

Balsa de Fayos Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa del Bolot Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa del Higueral Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa del Molino Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa del Piojo Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa del Regajo Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa Grande Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Balsa y Fuente de la Sima Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Page 27: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 27

Nombre Tipología

Balsa y Fuente de Peñalba Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Balsas

Caseta de Peones Camineros, CV-425 Km 13 Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Caminos y Carreteras - Casetas de Peones Camineros

Caseta de Peones Camineros, CV-425 Km 8'5 Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Caminos y Carreteras - Casetas de Peones Camineros

Cementerio Municipal Patrimonio Ritual - Cementerios

Fuente de la Plaza de los Árboles Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Fuentes Públicas

Fuente de Santa Bárbara Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Fuentes Públicas

Fuente del Bolot Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Fuentes Públicas

Fuente Grande Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Fuentes Públicas

Fuente y Lavadero del Río Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Fuentes Públicas

Lavadero de la Fuente Grande o del Poyet Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Lavadero de Santa Bárbara Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Lavadero del Piojo Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Lavadero, Acequia de Casas del Río Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Molino del Tío José Patrimonio Preindustrial-Molinos - Hidráulicos

Motor Nº 1 del Ayuntamiento de Macastre, Camino de Casas del Río

Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Puente de La CV-425 Km 12 y Estación de Aforos (Medidor de Aguas)

Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Caminos y Carreteras – Puentes de Hormigón armado

Salinas de Macastre Patrimonio Agrícola - Salinas

Sifón de la Acequia del Bolot Equipamientos Técnicos Colectivos, Comunicaciones y Obras Públicas - Agua - Otros

Tejería de Cuatro Caminos Patrimonio Preindustrial - Baldosas cerámicas

TABLA 3: Bienes etnológicos

Los elementos culturales ubicados en Suelo No Urbanizable se calificarán como Suelo No Urbanizable

Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C),

1.3. ADECUACIÓN AL PLANEAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS COLINDANTES

El municipio de Macastre linda con Alborache al norte y al este, con Yátova al norte y al oeste y con

Dos Aguas al sur.

Page 28: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 28

Con carácter general, la zona limítrofe de estos municipios con el término municipal de Macastre se

corresponde con suelos no urbanizables, con las particularidades que se indican a continuación. En el

Plano de Ordenación O.2 se puede observar la concordancia.

Alborache

Alborache cuenta con Plan General aprobado por la Comisión Territorial de Urbanismo el 28 de

febrero de 2000 (BOP de 25 de abril de 2000).

En la zona norte Alborache dispone de Suelo Urbanizable industrial que coincide con una zona de

protección viaria en el municipio de Macastre (Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias

(SNUP-AF-V).

En la zona este el municipio de Alborache califica el suelo como Suelo No Urbanizable Protección

Paisajística, Forestal y Ecológica, que coincide con la zona definida en el municipio de Macastre como

Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E) y Suelo No Urbanizable Común

Forestal (SNUC-FO).

Dos Aguas

Dos Aguas cuenta con Normas Subsidiarias aprobadas por la Comisión Territorial de Urbanismo el 31

de enero de 1989 (BOP de 22 de marzo de 1989).

El suelo colindante con Macastre está calificado como Suelo No Urbanizable Protección Sierra de Dos

Aguas que coincide con la zona definida como Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica

(SNUP-NA-E) en el municipio de Macastre.

En cuanto a los barrancos la protección también coincide.

Yátova

Yátova cuenta con Normas Subsidiarias aprobadas por la Comisión Territorial de Urbanismo el 27 de

julio de 1992 (BOP de 17 de octubre de 1992).

El suelo colindante con Macastre está calificado como Suelo No Urbanizable Común o como Suelo No

Urbanizable Protección Genérica, que coincide con las zonas de Suelo Urbanizable Común y el Suelo

No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E) de Macastre. Coincide también con las

protecciones de carreteras.

TABLA RESUMEN

CLASIFICACIÓN SNU ALBORACHE CLASIFICACIÓN SNU MACASTRE OBSERVACIONES

SNUC SNUC Coincidente

SUble industrial SNUP-AF-V No existe incompatibilidad

SNUC SNUC Coincidente

SNUP Paisajística, forestal y ecológica

SNUC-FO y SNUP-NA-E No existe incompatibilidad

CLASIFICACIÓN SNU DOS AGUAS CLASIFICACIÓN SNU MACASTRE OBSERVACIONES

SNU Protección Sierra de Dos Aguas SNUP-NA-E Coincidente

SNU protección cauce y zonas de servidumbre

SNUP-AF-H Coincidente

Page 29: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 29

CLASIFICACIÓN SNU YÁTOVA CLASIFICACIÓN SNU MACASTRE OBSERVACIONES

SNUC SNUC Coincidente

SNU Protección Genérica SNUP-NA-E No existe incompatibilidad

TABLA 4: Adecuación planeamiento municipios colindantes

1.4. ALTERNATIVAS ESTUDIADAS

Se analizan las diferentes alternativas referidas al modelo territorial propuesto, de forma que se

satisfagan los objetivos prioritarios planteados.

1.4.1. ALTERNATIVA 0

Una de las hipótesis es la Alternativa Cero que supone respetar el modelo de las Normas Subsidiarias

vigentes y sus modificaciones y no realizar ninguna acción.

La ausencia de un modelo territorial supondrá la falta de gestión del crecimiento urbano, perdiendo la

posibilidad de aumentar la oferta de suelo urbano y urbanizable tanto de naturaleza industrial como

residencial en los bordes del núcleo urbano. Esta ausencia se reflejará en el crecimiento desordenado

de las edificaciones en suelo rústico y en la ubicación de las pequeñas industrias dentro de la trama

urbana.

En el apartado 5.1 de la Memoria Informativa se indica el planeamiento vigente y su grado de

desarrollo.

CLASIFICACIÓN DEL SUELO

Se adjunta a continuación la tabla de clasificación del suelo del planeamiento vigente y sus

modificaciones:

CLASIFICACIÓN DEL SUELO

Superficie total término municipal 37.000.000 m2

Superficie Suelo Urbano 608.028 m2

Superficie Suelo Urbanizable (sumando Sector Cuatro Caminos) 67.861 m2

Superficie Suelo No Urbanizable (restando Sector Cuatro Caminos) 36.324.111 m2

TABLA 5: Cuadro superficies de la clasificación del suelo de las NNSS y Modificaciones posteriores

Nota: Las cifras recogidas en la tabla anterior no coinciden con la realidad topográfica actual.

El total de Suelo Urbano definido en las NNSS es de 608.028 m2, sin embargo de un traslado de los

planos en papel de las NNSS a soporte digital la cifra recogida en las Normas Subsidiarias no coincide

con la realidad actual que asciende a 723.029 m2 (residencial Macastre: 375.208 m2, residencial

Llanorel: 318.930 m2 e industrial Macastre: 28.891 m2) .

Page 30: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 30

Se adjunta a continuación la tabla de clasificación del suelo no urbanizable del planeamiento vigente:

SUELO NO URBANIZABLE

Suelo Protegido 13.812.191 m2

Suelo Común 22.579.781 m2

TABLA 6: Cuadro superficies del suelo no urbanizable de las NNSS vigentes

Nota: Las cifras recogidas en la tabla anterior no coinciden con la realidad topográfica actual.

Se adjunta a continuación la tabla del suelo urbano del planeamiento vigente:

SUELO URBANO

SISTEMAS GENERALES

Casco urbano 121.563 m2

Polígono Cuatro Caminos 10.606 m2

Urb. Balcón de Macastre 9.373 m2

Núcleo del Bolot 5.783 m2

Urbanización Llanorel 51.250 m2

San Cristobal 7.650 m2

Total 206.225 m2

SUELO URBANO

Casco urbano 140.604 m2

Polígono Cuatro Caminos 26.230 m2

Urbanización Balcón de Macastre 32.642 m2

Núcleo del Bolot 14.380 m2

Urbanización Llanorel 159.079 m2

San Cristóbal 28.868 m2

Total 401.803 m2

TOTAL 608.028 m2

TABLA 7: Cuadro superficies del suelo urbano de las NNSS vigentes

Nota: Las cifras recogidas en la tabla anterior no coinciden con la realidad topográfica actual.

Page 31: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 31

Se adjunta a continuación la tabla de superficies de las Normas Subsidiarias vigentes:

SUELO URBANO

CASCO URBANO

Suelo Urbano 140.604 m2

Residencial 127.459 m2

Casco antiguo 9.240 m2

Ampliación casco antiguo 8.101 m2

Ensanche uno 23.240 m2

Ensanche dos 40.798 m2

Ensanche tres 46.080 m2

Industrial 13.145 m2

Viario 59.515 m2

Espacios libres y zonas verdes 37.882 m2

Equipamientos 24.166 m2

Total 262.167 m2

POLÍGONO CUATRO CAMINOS

Suelo Urbano 26.230 m2

Sectores residenciales 26.230 m2

Viario 10.606 m2

Espacios libres y zonas verdes 0 m2

Equipamientos 0 m2

Total 36.836 m2

URB. BALCÓN DE MACASTRE

Suelo Urbano 32.642 m2

Sectores residenciales 32.642 m2

Viario 5.395 m2

Espacios libres y zonas verdes 2.868 m2

Equipamientos 1.110 m2

Total 42.015 m2

NÚCLEO DEL BOLOT

Suelo Urbano 14.380 m2

Sectores residenciales 14.380 m2

Viario 4.281 m2

Espacios libres y zonas verdes 1.502 m2

Equipamientos 0 m2

Total 20.163 m2

URBANIZACIÓN LLANOREL

Suelo Urbano 159.079 m2

Sistemas Generales 51.250 m2

Total 210.329 m2

Page 32: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 32

SUELO URBANO

SAN CRISTOBAL

Suelo Urbano 28.868 m2

Sistemas Generales 7.650 m2

Total 36.518 m2

TOTAL 608.028 m2

TABLA 8: Cuadro superficies de suelo urbano residencial de las NNSS vigentes

Nota: Las cifras recogidas en la tabla anterior no coinciden con la realidad topográfica actual.

Se adjunta a continuación la tabla de superficies del PRI de “Las Eras” vigente:

SUELO URBANO

“LAS ERAS INDUSTRIAL”

Suelo Urbano 13.155,28 m2

Ensanche Tolerancia Industrial 13.155,28 m2

Viario 5.075,94 m2

Espacios libres y zonas verdes 0 m2

Equipamientos 0 m2

Total 18.231,22 m2

“LAS ERAS RESIDENCIAL AVENIDA PAÍS VALENCIANO”

Suelo Urbano 2.458,75 m2

Ensanche dos 2.458,75 m2

Viario 1.524,86 m2

Espacios libres y zonas verdes 0 m2

Equipamientos 0 m2

Total 3. 983,61 m2

“LAS ERAS RESIDENCIAL CALLE DEPORTES”

Suelo Urbano 4.094,26 m2

Ensanche dos y Ensanche tres 4.094,26 m2

Viario 2.621,29 m2

Espacios libres y zonas verdes 0 m2

Equipamientos 0 m2

Total 6.715,55 m2

TABLA 9: Cuadro superficies UE “Las Eras” vigente

Se adjunta a continuación la tabla de superficies del Sector de suelo urbanizable de Cuatro Caminos

vigentes:

Page 33: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 33

SECTOR URBANIZABLE CUATRO CAMINOS

Suelo Urbanizable Residencial 32.397 m2

Residencial Unitario Bloque Adosado 32.397 m2

Red Viaria 22.550 m2

Sistemas Generales (computable como Red Secundaria)

6.627 m2

Sistemas Locales 15.923 m2

Espacios libres y zonas verdes 6.787 m2

Sistemas Generales 0 m2

Sistemas Locales 6.787 m2

Equipamientos 6.127 m2

Sistemas Generales 0 m2

Sistemas Locales 6.127 m2

TOTAL SECTOR 67.861 m2

TOTAL UNIDAD DE EJECUCIÓN 68.237 m2

TABLA 10: Cuadro superficies de suelo urbanizable residencial del Sector de Cuatro Caminos vigente

Nota: Las cifras recogidas en la tabla anterior no coinciden con la realidad topográfica actual.

En las Normas Subsidiarias vigentes no se indica el total de viviendas que se pueden realizar, por lo

que se realiza una estimación contando con 2,5 personas por vivienda y una superficie de viviendas de

100 m2t,

ESTIMACIÓN POBLACIÓN

Nº Viviendas Habitantes

POBLACIÓN ACTUAL 1.253 1.262

POBLACIÓN FUTURA 1.219 3.047

Suelo Urbano (zonas vacantes) 948 2.369

Suelo Urbanizable (Cuatro Caminos) 271 678

TOTAL POBLACIÓN 2.472 4.309

TABLA 11: Estimación población planeamiento vigente

La estimación realizada con los parámetros establecidos en la LOTUP sobredimensiona los valores de

viviendas y habitantes respecto a la realidad, donde el número de viviendas se encuentra actualmente

en torno a 1.253 y el número de habitantes de 1.262, también se tendrá en cuenta la estacionalidad

del municipio, el techo poblacional previsto no está recogido en las Normas Subsidiarias vigentes.

ESTADO DE DESARROLLO

De las Unidades de Ejecución existentes en Suelo Urbano se han desarrollado todas ellas y en cuanto al

Suelo Urbanizable residencial (Sector Cuatro Caminos) no se ha ejecutado. En el Plano de Información

I.8.2. se recoge el Suelo Urbano indicado en las Normas Subsidiarias y su grado de ejecución.

CAPACIDAD DE ACOGIDA QUE PRESENTA

La capacidad de acogida, en cuanto al número de viviendas, de las Normas Subsidiarias se encuentra

recogida en el Documento nº6 ESTUDIO POTENCIAL DE VIVIENDA.

Page 34: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 34

1.4.2. ALTERNATIVA 1

Se comenta a continuación la Alternativa de desarrollo elegida, para la que hay que tener en cuenta la

estructura del municipio:

- Las carreteras CV-425 y CV-429 que permiten la conexión con Yátova, Alborache y Dos Aguas.

- El núcleo urbano, flanqueado por norte por el barranco Simón y por el este y oeste por zonas

de huerta.

- En la zona sur encontramos zonas forestales, con los puntos altos del Pico del Águila, el Puntal

de Cuerna, el Puntal de la Serratilla y la Loma de la Cruz.

- El río Magro atraviesa el término municipal de oeste a este.

El modelo urbanístico que se plasma en los planos de ordenación, contempla la ejecución de las

infraestructuras necesarias para dotar de los servicios adecuados a los ciudadanos, permitiendo una

mejora de la accesibilidad y una eficiencia de la movilidad urbana al territorio ordenado.

El modelo territorial para Macastre responde al objetivo de mantener su actual configuración de

municipio rural, para lo que se propone una expansión urbana moderada, compatible con el

mantenimiento de las zonas protegidas que, por sus características, deben excluirse de la actividad

urbanística.

El modelo se ha planteado, no en base a una prospectiva de población, sino más bien a priorizar la

ordenación y desarrollo del suelo urbano no consolidado y el desarrollo coherente de zonas

urbanizables.

En cuanto al suelo destinado a dotaciones, se pretende potenciar las ya existentes y mejorar el acceso

a las mismas, habilitando itinerarios peatonales que favorezcan su conexión.

El modelo queda definido en gran medida por la disposición de la Red Primaria proyectada, destinada

en su mayoría a la red de comunicaciones para definir un borde urbano coherente completando las

manzanas existentes, a la ampliación de dotaciones existentes y a zonas verdes. Se busca una

transición armónica y adecuada entre el Suelo Urbano y el Suelo No Urbanizable, aprovechando los

elementos naturales de los bordes como espacios de transición.

En cuanto a los bienes de dominio público se establecen las reservas necesarias; respetándose las

diferentes afecciones a infraestructuras y elementos naturales impuestas por la legislación sectorial de

obligado cumplimiento, por ejemplo se establecen los perímetros de protección de las captaciones de

agua destinadas a consumo humano.

Se preservan del proceso urbanizador lo terrenos que quedan entre el límite este del borde urbano y

la variante de la carretera CV-425. Prever un colchón verde en esta zona, que sirva de pulmón entre la

variante y el casco urbano, evitando la contaminación y el ruido que pueda generar la carretera a los

ciudadanos del municipio.

SUELO URBANO

Respecto al Suelo Urbano, los objetivos principales se centran en definir los usos residenciales,

delimitar ámbitos de Suelo Urbano no consolidado para que puedan ser desarrollados mediante

Page 35: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 35

instrumentos de planeamiento adecuados y de manera integrada y definir un borde urbano que

integre correctamente el núcleo urbano con su entorno próximo.

En Suelo Urbano se completa el modelo de desarrollo urbano, modificando levemente el límite actual,

con el objetivo de regularizar el borde urbano, haciendo posible la ampliación de una red viaria

estructural de características homogéneas a todo el territorio urbano.

Se delimitan tres unidades de ejecución dentro del suelo urbano con el objetivo de mejorar los

entornos urbanos.

- Definir con claridad y calidad formal los bordes urbanos del municipio.

- Completar formalmente el modelo de desarrollo urbano, mediante sistemáticas de sutura y

relleno de vacíos entre áreas de edificación preexistentes, haciendo posible la ampliación de

una red viaria estructural de características homogéneas a todo el territorio que ha de ser

urbanizado.

- Dentro de la ordenación pormenorizada de estas zonas se ha buscado la opción que mejor

integra los viales creados en la trama urbana ya existente.

Se ha elegido la alternativa de ordenar pormenorizadamente los unidades de ejecución residenciales

que constituyen la expansión inmediata del casco urbano, justificándose esta decisión en el hecho de

que proporciona una mayor facilidad para la gestión posterior del Ayuntamiento, siendo elegidos los

más cercanos al casco urbano, del que presenta una expansión sin discontinuidades, y que con estas

nuevas Unidades de Ejecución creadas al oeste del casco urbano se cumplen sobradamente las

necesidades del Plan, evitándose, al tiempo, posibles movimientos especulativos motivados por la

carencia de suelo edificable.

La ordenación propuesta pretende acometer una serie de operaciones de reforma en el casco urbano,

especialmente en el núcleo histórico, limitándose dada la realidad del municipio, a las más necesarias.

Estas actuaciones se realizan básicamente sobre el sistema viario y alineaciones.

El suelo urbano engloba aquellos terrenos que han adquirido un cierto grado de consolidación por la

urbanización y que el Plan prevé ejecutar conforme al régimen de actuaciones aisladas por estar

dotados total o parcialmente de los servicios urbanísticos, y el que careciendo de consolidación por la

urbanización, su ejecución se prevé en régimen de actuaciones integradas.

En cuanto a la capacidad de acogida de las zonas elegidas hay que indicar que son adecuadas para su

uso residencial puesto que las parcelas actualmente están en desuso, no disponen de recursos que sea

necesario proteger y además por la inexistencia de riesgos en estas zonas.

UE Área de Reparto Superficie IEB Techo potencialmente edificable

UE-1 (Fuente Grande) AR1 15.949,26 0,45 7.177,17

UE-2 (Balcón de Macastre) AR2 27.545,87 0,45 12.395,64

UE-3 (Campo de fútbol) AR3 18.450,18 0,45 8.302,58

TABLA 12: Aprovechamientos Suelo Urbano planeamiento propuesto

Page 36: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 36

SUELO URBANIZABLE

Como suelo urbanizable, con carácter general, se clasifica el que engloba los ámbitos de nuevos

desarrollos y cuya ejecución, se prevé en régimen de actuaciones integradas. Este régimen, comporta

la obra pública de urbanización conjunta de un ámbito, realizado de una sola vez o por fases. El

régimen de actuación integrada queda vinculado a la programación de un determinado ámbito de

actuación, ya sea por gestión directa o por gestión indirecta, y comporta, asimismo, un régimen de

gestión de suelo equivalente a la equidistribución mediante la técnica de la reparcelación, y la

consiguiente transformación física del terreno mediante la ejecución de las obras de urbanización.

Todo el suelo urbanizable queda englobado en sectores, salvo algunas porciones de suelo dotacional,

que no estando incluidas en sector alguno se adscribirán a alguno de los sectores a efectos de gestión,

integrando un área de reparto.

El suelo urbanizable es el que, por su magnitud y por su situación estratégica, define el modelo de

desarrollo elegido y constituye la base para poder absorber el crecimiento previsible de los distintos

usos. Su delimitación y características se apoyan en los criterios definidos en las estrategias de

evolución urbana, en la relación con los usos dominantes actuales y en su integración en la trama

formada por los elementos determinantes de la red primaria o estructural.

La superficie clasificada es mínima con respecto al planeamiento vigente, con un aumento de

población previsto también mínimo. Con todo ello se pretende que el crecimiento se realice de forma

armónica, como continuación de la trama existente, integrando nuevas tipologías sin discontinuidades

morfológicas y evitando desarrollos desequilibrados carentes de trama urbana. Cualquier modificación

posterior que clasifique nuevo Suelo Urbanizable deberá respetar este planteamiento.

Hay que indicar que el modelo urbanístico tiene una proyección en el tiempo cuya mayor o menor

velocidad de ejecución depende de múltiples variables, para el caso del municipio de Macastre se

establece un único sector de suelo residencial denominado “Cuatro Caminos”, que actualmente ya

está aprobado y que dispone de la ordenación pormenorizada, por lo que no se establece una

ordenación secuencial de los desarrollos previstos.

Suelo Urbanizable Residencial

Como ya se ha comentado el sector de suelo urbanizable residencial de “Cuatro Caminos” se sitúa

fundamentalmente en las zonas más inmediatas al Suelo Urbano, especialmente por la zona oeste

atendiendo a la demanda de crecimiento, tomando en consideración la presencia de edificaciones

diseminadas. El sector con Uso dominante residencial es el siguiente:

- Sector SUble-RE-ADO-Cuatro caminos: Situado en la zona este del casco urbano, cuenta con

una superficie computable de 67.861 m2.

Suelo Urbanizable Industrial

Se crea un Suelo Urbanizable Industrial configurando el borde urbano al otro lado de la variante de la

carretera CV-425, aprovechando la buena accesibilidad externa que posee esta zona. En este contexto,

el principal eje de comunicación es la autovía A-3, vial básico del sistema de comunicación con Madrid,

que se completa por toda una serie de infraestructuras de comunicación como el aeropuerto de

Manises, los puertos de Valencia y Sagunt, y el ferrocarril Madrid-Valencia,

Page 37: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 37

Con la creación de este foco industrial se pretende paliar la alarmante falta de suelo destinado al

asentamiento industrial y aprovechar la notable demanda de este tipo de suelo. Por otro lado,

permitirá la eliminación de la industria del casco urbano, concentrando en una zona específica y

preparada para ello la actividad industrial del municipio. En el casco urbano existen zona dedicadas a

este uso y que no parece adecuada su ubicación aunque se trate de industria de almacenaje y de

talleres artesanos, actualmente no existe ninguna zona con calificación de suelo urbanizable industrial

para otro tipo de industrias y lo que se plantea es dejar un espacio para poder ubicar estos usos

alejado del casco urbano, junto a la CV-425.

La ubicación de este suelo industrial corresponde a terrenos que han perdido en gran medida su valor

agrícola y, teniendo en cuenta su lejanía a la zona urbana, su aptitud para el uso residencial se

considera baja, además hay que considerar que presenta un relieve prácticamente llano, y unos

accesos inmediatos a los enlaces de la CV-425.

No es posible plantear otras alternativas de ubicación para el polígono industrial por la imposibilidad

de reclasificación de terrenos incendiados dadas las dimensiones del incendio del año 2012, además

por razones de accesibilidad para los vehículos que tengan que llegar al polígono industrial y también

por peligro de inundación se considera que es la única ubicación posible.

El sector con Uso dominante industrial es el siguiente:

- Sector SUble-IN-AIS/ADO: Situado en la zona noreste del municipio, cuenta con una superficie

de 33.815,08 m2.

Resumen

Los sectores de suelo urbanizable son los siguientes:

Sector Área de Reparto Superficie Sector

(SS) (m2) IEB

(m2t/m2s) Techo potencialmente

edificable (m2t)

SUble-RE-ADO-Cuatro caminos

AR-Cuatro Caminos 67.861 0,50 33.930,50

SUble-IN-AIS/ADO AR4 33.815,08 0,60 20.289,05

TABLA 13: Aprovechamientos Suelo Urbanizable planeamiento propuesto

SUELO NO URBANIZABLE

Respecto al Suelo No Urbanizable se pretenden dos objetivos fundamentales. Por una parte, definir

claramente los suelos que son objeto de protección, ya sea por su carácter estructurante dentro del

territorio o por su interés natural, ambiental, cultural o paisajístico y, por otra parte, en el Suelo No

Urbanizable Común. Se potencian las vías pecuarias y los caminos existentes, además se considera el

paisaje como un patrimonio común de todos los ciudadanos y elemento fundamental de su calidad de

vida.

También se intentan minimizar los impactos ambientales en suelo no urbanizable generados por los

núcleos de viviendas que se han ido ubicando a lo largo del tiempo en este tipo de suelo sin apenas

control, por tratarse de una tipología constructiva de gran aceptación y de uso indiscriminado

aprovechando parcelaciones del catastro de rústica sin la necesaria legalización, el Plan General

Estructural delimitará zonas urbanísticas donde la Ordenación Pormenorizada vendrá definida por

Planes Especiales.

Page 38: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 38

En el apartado 3.7 de la presente Memoria se indica la Clasificación del suelo y la Ordenación del Suelo

No Urbanizable, se adjunta a continuación un resumen de superficies:

CLASIFICACIÓN / CALIFICACIÓN SUPERFICIES

Suelo No Urbanizable Común

14.384.239 m2 (con superposición de categorías)

14.219.414 m2 (sin superposición de categorías)

Suelo No Urbanizable Común (SNUC) 4.033.492 m2

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG) 863.161 m2

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados (SNUC-AG-NVC)

164.825 m2

Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO) 9.322.761 m2

Suelo No Urbanizable Protegido

23.488.202 m2 (con superposición de categorías)

22.558.941 m2 (sin superposición de categorías)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E) 20.510.137 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales (SNUP-NA-AM)

316 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C) 95.039 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU) 9.993 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP) 323.103 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S) 47.361 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Dotacional Zonas verdes (SNUP-NA-ZV)

52.077 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V) 757.458 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) 768.222 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT)

13.873 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Eléctricas (SNUP-AF-E) 28.388 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Riesgos Inundación (SNUP-RI-IN) 882.235 m2

TABLA 14: Superficies Suelo No Urbanizable planeamiento propuesto

Hay zonas en las que se solapan varias Protecciones por lo que a continuación se distinguen los

distintos ámbitos:

Suelo No Urbanizable sin computar solapes 36.778.355 m2

Suelo No Urbanizable computando solapes 37.872.441 m2

Las redes viarias, vías pecuarias y otras redes están computadas dentro de la clasificación del suelo

donde se ubican.

1.4.3. TABLAS COMPARATIVAS

Se adjunta a continuación una tabla comparativa de los indicadores municipales para la Alternativa 0

(Normas vigentes) y Alternativa 1 (propuesta Plan General), gráficamente se puede observar en los

planos adjuntos:

Page 39: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 39

Alternativa 0 Alternativa 1

Superficie término municipal 37.000.000 m2 37.658.468 m2

Suelo Urbano 608.028 m2 (obtenidos de las NNSS, de la medición

topográfica actual se obtienen 723.029 m2)

778.438 m2

Suelo Urbanizable 67.861 m2 101.676 m2

Suelo No Urbanizable Común 22.579.781 m2 (obtenidos

de las NNSS)

14.219.414 m2 (sin superposición de

categorías)

Suelo No Urbanizable Protegido 13.812.191 m2 (obtenidos

de las NNSS)

22.558.941 m2 (sin superposición de

categorías)

Número de nuevas Viviendas SU-RE: no calculado en planeamiento vigente,

estimación 948 viv (calculado en Doc. nº6,

solares vacantes)

SUble-RE-ADO: 271 viv

SU-RE: 948 viv (vacantes) + 100 viv (propuestas) = 1.048

viv

SUble-RE-ADO: 271 viv

*Techo poblacional: actual y prevista SU-RE: no calculado en planeamiento vigente, estimación: 1.262 hab

(actual) + 2.369 hab (vacantes) = 3.631 hab (calculado en Doc nº6)

SUble-RE-ADO: 678 hab

SU-RE: 1.262 hab (actual) + 2.369 hab (vacantes) + 251 hab (propuestas) = 3.882

hab

SUble-RE-ADO: 678 hab

Población estacional - 58,4%

Volumen de recursos hídricos necesarios SU-RE: no calculado en planeamiento vigente,

estimación 159.636 m3 / año (consumo actual)

SUble-RE-ADO: 49.690 m3 / año

SU-RE: 159.636 m3 / año (consumo actual) + 18.324

(propuestas) = 177.961 m3 / año

SUble-RE-ADO: 49.690 m3 / año

Volumen aguas residuales, se estiman en un 80% de los recursos hídricos necesarios

167.460 m3 / año (incluido SUble aprobado)

182.120 m3 / año

Capacidad Depuradora 400 m3/día 400 m3/día (aumentará con

la conexión a la EDAR de Alborache)

Residuos Sólidos Urbanos (1,28 kg/hab/día) 7.527 kg/día 7.849 kg/día

TABLA 15: Comparativa superficies planeamiento Alternativa 0 y Alternativa 1

Nota: Las superficies obtenidas de las NNSS no se corresponden con la realidad topográfica actual.

En el planeamiento propuesto en la Alternativa 1 se realiza una estimación con 2,5 personas por

vivienda.

En el Anejo 1 de la presente Memoria se incluye una tabla comparativa de cada una de las superficies

de suelo en el Planeamiento vigente y en la propuesta de Plan General.

Page 40: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 40

2. JUSTIFICACIÓN DE LA RED GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS

2.1. COMUNICACIONES

RED VIARIA

Dadas las características del municipio se considera adecuada la red viaria de carácter supramunicipal

y en cuanto a la red local se plantean varias ampliaciones de la sección viaria en distintas calles.

ITINERARIOS PEATONALES Y CICLISTAS

Se plantean a lo largo del municipio varios senderos como itinerarios peatonales y ciclistas, con las

características indicadas en el apartado 5.9.13. y 5.9.14. de la Memoria Informativa.

2.2. RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE

La implantación de nuevos usos que impliquen un incremento del consumo de agua, requerirá la

previa obtención de informe favorable del organismo de cuenca competente, o entidad colaboradora

autorizada para el suministro, sobre su disponibilidad y compatibilidad de dicho incremento con las

previsiones hidrológicas sin menoscabo de otros usos existentes legalmente implantados; en el

Documento independiente nº 7 se incluye la información necesaria para la obtención de dicho

informe.

En el apartado 4.4.3.1 de la Memoria Informativa se comenta el funcionamiento de la red que se

encuentra gestionada por Aguas de Valencia.

2.3. RED DE SANEAMIENTO

En el apartado 4.4.3.3 de la Memoria Informativa se comentan las características de la red y en el

Plano de Información I.6.2 se puede observar la distribución de la red actual, está gestionada por

Aguas de Valencia y la capacidad hidráulica de la red de colectores es suficiente.

En el apartado 4.4.3.4 de la Memoria Informativa se indican las características de la depuradora,

estando dimensionada para (Fuente EPSAR. Entitat Pública de Sanejament d'Aigües Residuals de la

Comunitat Valenciana):

- Caudal diario del proyecto: 400 (m3/d)

- Municipios servidos: Macastre

- Caudal anual (2012): 90.296 (m3/año)

- Actualmente (2012): 343 m3/día

Para solucionar los problemas comentados en el apartado 4.4.3.4 de la Memoria Informativa se ha

realizado un estudio de alternativas (realizado por la empresa Auraval), en el que se concluye que se

deberá utilizar la EDAR Buñol-Alborache que está dimensionada para tratar 7.000 m3/día y

Page 41: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 41

actualmente entran en la depuradora 3.556 m3/día, por lo que podría tratar las aguas del municipio de

Macastre.

Será necesaria la construcción de un bombeo en la EDAR de Macastre con una impulsión de 1.188

metros, una rotura de carga y un tramo por gravedad de 1.203 metros. El nuevo polígono industrial

planteado en el Plan General se conectaría en el tramo por gravedad directamente.

Sería necesario otro bombeo en el último tramo del colector de 449 metros hasta la EDAR de Buñol-

Alborache.

También es necesario conectar la urbanización de El Bolot mediante un bombeo hasta la actual EDAR

de Macastre y una tubería de 857 metros.

Se establece el incremento del volumen de aguas residuales que implicará el desarrollo de los nuevos

desarrollos previstos, como un 80% del agua potable estimada para estos desarrollos y cuantificado en

499 m3/día (Unidades de Ejecución en Suelo Urbano, Suelo Urbanizable Residencial e Industrial), este

incremento será depurado de acuerdo a la solución planteada en párrafos anteriores.

En cuanto a la zona de Llanorel actualmente no se dispone de EDAR y las viviendas están utilizando

fosas sépticas.

2.4. RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS

Se analizan en el presente apartado los siguientes aspectos:

- Generación de residuos en el municipio

- Estimación de la generación de residuos urbanos año horizonte plan general

- Descripción del sistema actual de recogida y transporte

1.- GENERACIÓN DE RESIDUOS EN EL MUNICIPIO

Las instalaciones del Consorcio Valencia Interior se describen en el apartado 5.9.7 de la Memoria

Informativa, con el que se alcanza el 50% de la provincia de Valencia, y da servicio a más de 250.000

habitantes, que generan cerca de 108.000 toneladas de residuos urbanos al año, que se distribuyen de

la siguiente forma:

Residuos Consorcio Valencia Interior (Tn/año)

Municipio Año 2011 Año 2012 Año 2013

Alborache 905,99 805,12 713,64

Benaguasil 4.212,70 3.898,94 3.919,85

Benisanó 1.100,63 1.012,06 786,41

Bétera (incluido Mas Camarena) 9.451,32 9.368,82 9.248,87

Buñol 3.760,02 3.586,00 3.488,74

Chera 257,36 232,23 221,36

Cheste 3.976,09 3.363,12 3.434,98

Chiva 7.602,64 7.476,97 7.169,51

Cortes de Pallás 333,54 326,12 290,24

Page 42: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 42

Residuos Consorcio Valencia Interior (Tn/año)

Municipio Año 2011 Año 2012 Año 2013

Domeño 313,95 335,79 257,04

Gátova 280,18 382,16 393,45

Godelleta 2.593,24 2.625,93 2.291,05

L’Eliana 7.215,23 7.044,51 6.799,78

La Pobla de Vallbona 9.573,51 9.455,55 9.333,52

Llíria 10.316,20 9.975,88 9.478,32

Loriguilla 705,20 665,14 628,84

Macastre 721,20 697,04 665,20

Manc. Ademuz 1.107,14 1.050,46 1.016,14

Manc. Alto Túria 1.980,68 1.903,68 1.802,00

Manc. Serranía 6.787,79 6.441,70 6.035,40

Manc. Tierra del Vino 7.825,22 7.305,99 7.125,36

Marines 1.093,36 1.052,32 719,24

Millares 167,40 147,60 139,82

Náquera 4.562,76 4.184,10 3.883,46

Olocau 1.594,19 1.288,71 1.275,08

Requena 8.796,44 8.321,74 8.078,39

Ribarroja del Túria 10.118,41 9.572,66 9.135,50

Serra 2.054,85 1.816,53 1.905,17

Siete Aguas 797,05 782,29 818,07

Vilamarxant 5.752,62 5.374,71 5.056,40

Yátova 1.016,23 1.020,86 976,51

Total 116.973,14 111.514,73 107.087,34

TABLA 16: Cantidad residuos gestionados por el Consorcio Valencia Interior

La cantidad de residuos gestionados por el Consorcio para el municipio de Macastre ha disminuido en

los últimos años pasando de 721,20 Tn/año en el 2011 a 665,20 Tn/año en el 2013. De acuerdo con el

padrón del año 2012 se ha dado servicio a 1.308 habitantes.

2.- ESTIMACIÓN DE LA GENERACIÓN DE RESIDUOS URBANOS AÑO HORIZONTE PLAN GENERAL

Se realiza a continuación una estimación de la cantidad de residuos que se generarían como

consecuencia de la aprobación del Plan General.

Las previsiones de generación de residuos urbanos (residuos en masa más los residuos procedentes de

la recogida separada de envases), para el año horizonte del Plan General, se realizan de acuerdo a las

siguientes estimaciones:

- Estimación de la carga de población.

- Estimación de la tasa de generación.

- Estimación de la generación del total RU.

Page 43: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 43

a.- Estimación de la carga de población.

Para la determinación de la carga de población actual se realizaría mediante la siguiente fórmula:

Carga de población = Población empadronada + Población no residente + Población turística

Cada uno de los componentes de la carga poblacional se estimarían según se indica a continuación:

- Población empadronada: a partir de las estimaciones de la población empadronada del

Instituto Valenciano de Estadística (IVE).

- Población no residente: se parte del supuesto de que el porcentaje de variación provincial que

supone la población no residente respecto a la población censada del 2001 se mantiene

constante.

- Población turística: se calcula el promedio del porcentaje de variación de la población turística

para el periodo 2002 – 2007 respecto de la población empadronada del mismo periodo y se

considera que esta variación se mantendrá constante en el periodo considerado.

Sin embargo no se realiza la estimación puesto que se dispone de datos facilitados por el Consorcio,

donde la cantidad de residuos gestionados para el municipio de Macastre son de 665,20 Tn/año en el

año 2013. De acuerdo con el padrón del año 2012 se ha dado servicio a 1.308 habitantes.

En cuanto al Plan General se ha realizado una estimación de viviendas y habitantes para el año

horizonte del mismo, sin hacer distinción entre población residente y no residente (en el municipio de

Macastre el porcentaje de estacionalidad es del 41,6%) y el número de habitantes estimado es de

4.560, como se ha calculado en el apartado 3.3.7.1.

b.- Estimación de la tasa de generación (kg/hab.día)

Se considera que los ratios promedios obtenidos para el 2002-2004 se mantienen constantes en el

periodo 2008-2013, ya que aunque es de esperar un incremento del nivel de vida de los ciudadanos, y

consecuentemente de su potencial de generación de residuos urbanos, este efecto se ha de equilibrar

con la aplicación de políticas de prevención orientadas específicamente a la ciudadanía.

De acuerdo con el PIR para la provincia de Valencia la tasa de generación de residuos urbanos para el

periodo 2008-2013 es de 1,28 kg/hab.día.

c.- Estimación de la generación del total RU

A partir de los datos estimados de la carga de población y los ratios promediados, podemos estimar la

tendencia en la generación de residuos urbanos (residuos en masa más los residuos procedentes de la

recogida separada de envases).

Para el municipio de Macastre la generación total de RU es la siguiente:

4.560 hab x 1,28 kg/hab.día = 5.837 kg/día

d.- Infraestructuras

Las infraestructuras necesarias para garantizar una adecuada gestión (recogida y tratamiento) serán

las establecidas en el Plan Zonal para este incremento de población.

Page 44: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 44

Se reservará una zona que se clasificará como Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones

Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT) y se permitirá su utilización para instalaciones dedicadas a

la gestión de residuos y se ubicará en la zona donde actualmente se encuentra el Punto de recogida de

voluminosos. En esta zona será posible la implantación de un ecoparque, aunque en el Plan Zonal no

se tiene previsto. La clasificación (tipo A, B, C ó D) del ecoparque se definirá cuando se proyecte.

En atención al número de usuarios potenciales a los que se dirige la instalación, se establecen cinco

modelos de Ecoparque: tipo A, tipo B, tipo C, tipo D y Ecoparque móvil.

ECOPARQUE POBLACIÓN POTENCIAL

DISPOSICIÓN SUPERFICIE

(m2) NÚMERO

CONTENEDORES TAMAÑO

CONTENEDORES

TIPO A Hasta 1.000 1 cota 300-500 4-6 9 m3

TIPO B 1.001 – 5.000 1 cota 500-1.000 6-8 9/18 m3

TIPO C 5.001- 10.000 2 cotas 1.500-3.000 8-10 18/26 m3

TIPO D Más de 10.001 2 cotas 2.500-5.000 10-15 18/26 m3

Móvil Según

necesidades --- (Camión) --- Según gestores

TABLA 17: Tipos de ecoparques

3.- DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA ACTUAL DE RECOGIDA Y TRANSPORTE

El Consorcio, a través de su concesionario, mantiene y recoge una red de 768 contenedores de

envases ligeros y 842 contenedores de papel y cartón. Estos contenedores están equipados con

identificadores por radiofrecuencia, al tiempo que los camiones recolectores disponen de células de

pesaje dinámico, de modo que podemos conocer con exactitud la cantidad que recogemos cada vez

que levantamos un contenedor, y así optimizar la recogida.

Para los envases de vidrio el Consorcio ha encomendado a Ecovidrio la recogida y mantenimiento de

los 800 contenedores de envases de vidrio que hay repartidos en los 52 municipios.

2.5. JUSTIFICACIÓN DE LA SUFICIENCIA DE RESERVA DE SUELO PARA CEMENTERIO

De acuerdo con el Decreto 39/2005, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento

por el que se regulan las prácticas de policía mortuoria en el ámbito de la Comunidad Valenciana, se

redacta en la Memoria Informativa, en su apartado 5.8, un estudio sobre las necesidades de superficie

en función del número de defunciones previsibles que, en relación con el servicio de cementerio, se

pueden prever en el ámbito del planeamiento redactado, del apartado de la Memoria Informativa se

concluye que el número de enterramientos será de 88 en los próximos 20 años y de 73 en los

siguientes 25 años.

El Plan General prevé un suelo perteneciente a la red primaria de dotaciones (PQI-1 ”Cementerio”), de

2.755 m2, situado al este del casco, y dividido en tres áreas, tal como se indica a continuación:

Page 45: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 45

ÁREA SUPERFICIE OCUPACIÓN

Cementerio histórico 1.261 m2 100%

Ampliación cementerio 1.066 m2 34%

Reserva suelo PG 468 m2 0%

TOTAL 2.795 m2 -

TABLA 18: Superficies cementerio

El cementerio histórico está ocupado, el recinto de la ampliación está ejecutado y tiene realizada la

primera fase con una capacidad para 144 nichos ocupando una superficie de 362 m2, aunque no se ha

realizado se dispone de espacio suficiente para 622 nichos nuevos.

La superficie destinada por el Plan General a este uso es suficiente.

3. ELEMENTOS DEFINITORIOS DE LA ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

De acuerdo con el artículo 21 de la LOTUP son determinaciones que integran la ordenación

estructural:

- Objetivos e indicadores de sostenibilidad y de capacidad territorial y directrices estratégicas

del desarrollo previsto.

- Delimitación y caracterización de la infraestructura verde.

- Red primaria.

- Delimitación de zonas de ordenación estructural para todo el territorio municipal.

- Delimitación de perímetros de afección y protección, exigidos por la legislación sectorial.

- Clasificación del suelo.

- Ordenación del suelo no urbanizable, que incluye la zonificación y la normativa reguladora

propia de los distintos usos y aprovechamientos admisibles excepcionalmente en esta clase de

suelo.

- Delimitación de ámbitos de planeamiento urbanístico diferenciado.

- Condiciones de desarrollo de cada uno de los sectores de planeamiento urbanístico.

- Criterios generales para la delimitación de las áreas de reparto y para el establecimiento del

aprovechamiento tipo.

- Política pública de suelo y vivienda.

En los apartados siguientes se recogen las determinaciones de la Ordenación Estructural.

Page 46: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 46

3.1. OBJETIVOS, UMBRALES E INDICADORES DE SOSTENIBILIDAD TERRITORIAL Y DIRECTRICES ESTRATÉGICAS DEL DESARROLLO PREVISTO

El contenido de este apartado se realiza de acuerdo con el artículo 22 de la LOTUP y se estructura de la

siguiente forma:

- Umbrales.

- Objetivos e indicadores de sostenibilidad territorial.

- Directrices estratégicas del desarrollo del plan general estructural.

3.1.1. UMBRALES

Se establecen los siguientes umbrales, con referencia a tres escenarios, con un horizonte a cuatro, diez

y veinte años:

- Proyección de población que sirva como referencia para la fijación de las determinaciones del

plan general estructural.

- Índices máximos de ocupación sostenible de suelo para usos residenciales y de actividades

económicas, de acuerdo a la ETCV.

- Recursos hídricos necesarios, en función de los recursos disponibles o de los susceptibles de

reasignación o de nueva generación mediante las infraestructuras oportunas.

3.1.1.1. PROYECCIÓN DE LA POBLACIÓN

Se analiza a continuación la situación actual y la proyección de la población para los tres escenarios

cuatro, diez y veinte años.

3.1.1.1.1. ESTADO ACTUAL

La población del municipio de Macastre se ha mantenido estable en los últimos años. La evolución

poblacional en los últimos años es la siguiente:

Año Población

2000 1.050

2001 1.068

2002 1.066

2003 1.105

2004 1.137

2005 1.162

2006 1.201

2007 1.299

2008 1.293

2009 1.331

2010 1.331

2011 1.341

Page 47: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 47

Año Población

2012 1.308

2013 1.208

2014 1.262

TABLA 19: Evolución poblacional. Fuente IVE

La población de Macastre según el Instituto Valenciano de Estadística (IVE) del año 2014 es de 1.262

habitantes.

De acuerdo con el artículo 22 de la LOTUP en ausencia de previsión específica para el ámbito del plan

General, se considerará que el número total de habitantes será el resultante de aplicar 2,5 habitantes

por el número de viviendas y el tamaño medio de vivienda es de 100 m2t.

3.1.1.1.2. POBLACIÓN POTENCIAL

Se considera población potencial la estimada a partir de los datos de crecimiento natural e inmigración

registrados durante los últimos diez años en un municipio.

Para el estudio de la población potencial estimada se considera como año inicial de la proyección el

2003, en el apartado 4.7.5 de la Memoria Informativa se realizan distintos tipos de proyecciones,

donde se han obtenido los siguientes resultados:

Proyecciones población

Proyección lineal 1.450

Proyección logarítmica 1.366

Proyección potencial 1.370

Proyección exponencial 1.467

TABLA 20: Proyecciones población

Se obtienen dos estimaciones del crecimiento de población optimistas, la lineal y la exponencial y dos

pesimistas la logarítmica y la potencial.

Dado que los últimos datos nacionales para el crecimiento demográfico son tendentes al

decrecimiento, y que las previsiones de crecimiento para el municipio de Macastre anteriormente

expuestas presentan dos tendencias optimistas y dos pesimistas, se opta por hacer una media de

estas, de manera que se recojan todas las previsiones, desde la más optimista a la más pesimista con

el fin de englobar todos los posibles factores durante el periodo de tiempo de desarrollo previsto para

el modelo territorial del municipio de Macastre. Por lo tanto, el crecimiento de población que se prevé

para el municipio de Macastre en el horizonte del Plan General es la que sigue a continuación:

Page 48: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 48

MEDIA PROYECCIONES

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

Año

200

5

Año

200

7

Año

200

9

Año

201

1

Año

201

3

Año

201

5

Año

201

7

Año

201

9

Año

202

1

Año

202

3

Año

202

5

Año

202

7

Año

202

9

Año

203

1

Año

203

3

Año

203

5

Año proyección

Po

bla

ció

n

Población

FIGURA 2: Media proyecciones población

Media proyecciones población

Año proyección

Año Población

1 Año 2005 1162

2 Año 2006 1201

3 Año 2007 1299

4 Año 2008 1293

5 Año 2009 1331

6 Año 2010 1331

7 Año 2011 1341

Media proyecciones población

Año proyección

Año Población

8 Año 2012 1308

9 Año 2013 1208

10 Año 2014 1262

15 Año 2019 1336

20 Año 2024 1361

25 Año 2029 1385

31 Año 2035 1413

TABLA 21: Media proyecciones población

De acuerdo a las indicaciones anteriores se puede concluir que en el municipio de Macastre se estima

una población para el año horizonte de 1.413 habitantes, por lo que existirá una necesidad de

viviendas surgidas por el incremento poblacional y además se considera una demanda para viviendas

de segunda residencia.

Hay que indicar que un modelo de crecimiento equilibrado debería permitir al menos un crecimiento

residencial desde el punto de vista del planeamiento, de nuevas viviendas para un pequeño aumento

de población.

A partir del desarrollo de las Unidades de Ejecución que se encuentran en Suelo Urbano y no se han

ejecutado y del Suelo Urbanizable residencial existente y que se ha completado con una pequeña

superficie para mejorar las condiciones de conexión del municipio en esa zona, se cubrirán las

necesidades de vivienda para el municipio de Macastre tanto de primera como de segunda residencia.

Page 49: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 49

3.1.1.2. ÍNDICES MÁXIMOS DE OCUPACIÓN SOSTENIBLE DEL SUELO SEGÚN ESTRATEGIA TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Será de aplicación el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba la Estrategia

Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV). Establece 25 objetivos y principios rectores que tienen

carácter vinculante. Igualmente establece criterios de ordenación del territorio (contenidos en parte

de sus directrices) que tienen carácter recomendatorio, pero que no obstante al apartarse de su

contenido debe realizarse previa justificación basada en los mencionados objetivos o principios

rectores.

La justificación del modelo de crecimiento se basa en el Capítulo III “Criterios de crecimiento para el

suelo residencial” en su Título IV “Ocupación racional y sostenible del suelo”.

En la Directriz 78 de la ETCV se indican los principios directores para la ocupación del suelo con uso

residencial, donde hay que resaltar que hay que compatibilizar el crecimiento urbanístico con el

mantenimiento de la funcionalidad de la infraestructura verde del territorio.

En este sentido, la propuesta para el Plan General de Macastre, no rompe la funcionalidad de la

infraestructura verde del territorio, pues los desarrollos previstos se plantean en zonas del territorio

específicas sin valores a proteger y además se mantiene en un alto porcentaje la propuesta planteada

por las Normas Subsidiarias vigentes. La propuesta no plantea reclasificaciones de ningún tipo en

suelos con valores merecedores de ser protegidos y que formen parte de la infraestructura verde.

El crecimiento previsible de la población en el horizonte temporal del plan, como criterio para la

determinación del índice máximo de ocupación de suelo racional y sostenible para uso residencial, se

corregirá tomando en consideración los siguientes tres factores:

- Un factor determinado por el distinto tamaño de los municipios.

- Un factor determinado por los objetivos de vertebración territorial.

- Un factor determinado por la flexibilización del suelo residencial.

El crecimiento del empleo en los sectores industrial y terciario se corregirá tomando en consideración

los siguientes tres factores:

- Un factor relacionado con el número de empleos actuales del municipio.

- Un factor relacionado con los objetivos de vertebración territorial.

- Un factor relacionado con la flexibilización del suelo para actividades económicas.

Se adjuntan a continuación diferentes características del municipio de Macastre:

CARACTERÍSTICAS

Área Funcional (AF) Valencia

Comarca Hoya de Buñol

Área Urbana Integrada (AUI) Alborache-Macastre

Sistema Nodal de Referencia NO

Ámbito Territorial Franja intermedia

Población (año 2010) 1.331 habitantes

Page 50: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 50

CARACTERÍSTICAS

Población empleada (año 2010) sector industrial y terciario

224 empleos

TABLA 22: Características municipio

Se entiende como suelo artificial o sellado aquel que se utiliza para albergar los usos residenciales,

económicos y de infraestructuras en el territorio, los siguientes valores se obtienen del SIOSE del año

2010.

SUELO SELLADO

RESIDENCIAL

USO m2 % Municipio

Casco urbano 96.940 0,26%

Ensanche 179.627 0,48%

Discontinuo 834.615 2,22%

Total 1.111.182 2,95%

ACTIVIDADES ECONÓMICAS

USO m2 % Municipio

Primario 0 0,00%

Industrial 38.173 0,10%

Terciario 0 0,00%

Total 38.173 0,10%

SISTEMAS GENERALES

USO m2 % Municipio

Infraestructuras 195.601 0,52%

Equipamiento 0 0,00%

Total 195.601 0,52%

PORCENTAJE SUELO SELLADO EN EL MUNICIPIO

Suelo sellado en el municipio 1.344.956 m2

Superficie del término municipal 37.657.638 m2

Porcentaje de suelo sellado en el municipio 3,57%

TABLA 23: Porcentaje de suelo artificial o sellado. Fuente SIOSE

El porcentaje de suelo artificial o sellado en el Plan General de Macastre es del 3,57 %, porcentaje que

dadas las características del municipio se considera adecuado. El factor población es determinante

para poder analizar correctamente los crecimientos de suelo, por ello la ETCV habla del indicador que

relaciona suelo con habitantes.

Page 51: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 51

PORCENTAJE DE SUELO SELLADO POR HABITANTE

Total suelo artificial o sellado 1.344.956 m2

Habitantes (año 2012) 1.308 hab

Total 1.028 m2/hab

TABLA 24: Proporción de suelo sellado por habitante

De acuerdo con el Texto del Objetivo 23, la intensidad de urbanización está por debajo de la media

europea. El indicador más correcto para efectuar comparaciones es la referencia de suelo por

habitante, indicador para el que el último dato disponible es el del Corine Land Cover 2000. En esa

fecha, la proporción de suelo sellado por habitante en la Comunidad Valenciana era de 216 m2/hab.,

comparable a la media española (206 m2/hab.), y muy por debajo de territorios como Aragón (249

m2/hab.), Castilla-La Mancha (322 m2/hab.) o Murcia (256 m2/hab.). Si la comparación se realiza con

países europeos, Bélgica (609 m2/hab.), Dinamarca (581 m2/hab.), Reino Unido (303 m2/hab.) o Francia

(457 m2/hab.) están muy por encima de la intensidad de urbanización de la Comunidad Valenciana,

siendo la media europea de unos 300 m2/hab. El caso extremo de urbanización de las sociedades

avanzadas son los Estados Unidos con tasas de artificialización en torno de los 800 metros cuadrados

por habitante.

Por todo lo anterior entendemos que el Indicador para el modelo de Macastre se encuentra dentro de

unos valores altos, si lo comparamos con otros países como se comenta en la ETCV.

Dentro del objetivo 23 de la ETCV está el de alcanzar modelos urbanísticos que, al igual que los

ecosistemas, sean sostenibles en el tiempo. Para conseguir esta sostenibilidad se debe optar, en

primer lugar, por la diversificación urbana, entendida como mezcla de usos, de rentas, de

comunidades diversas, de proximidad residencia-trabajo, etc., bajo formas de urbanismo compacto. En

segundo lugar, hay que potenciar las masas críticas, el tamaño como garantía de rentabilización de

infraestructuras urbanas y transporte público. En tercer lugar, la centralidad. El territorio no es

homogéneo, cada nodo tiene un valor por sí mismo y por su posición relativa en el territorio. Hay que

potenciar las polaridades del territorio, tanto las actuales como las futuras, las cuales permiten una

mejor distribución de bienes y servicios para el conjunto de la población y optimizan la implantación

de equipamientos e infraestructuras. Esta opción es aún más necesaria si cabe por la riqueza y

diversidad del sistema de ciudades valenciano y la necesidad de alcanzar una mayor eficiencia en el

territorio en el contexto de crisis económica actual.

En este sentido, el modelo que presenta el municipio de Macastre, es el de un núcleo compacto.

De acuerdo a lo expuesto en el Objetivo 23 de la ETCV, hay una preferencia por los modelos

polinucleares, frente a otros esquemas urbanísticos de tipo axial, de máximo equilibrio territorial, o de

concentración metropolitana, presenta varias ventajas. En primer lugar, son modelos que facilitan

extraordinariamente la permeabilidad de la Infraestructura Verde y el mantenimiento de los paisajes

rurales, evitan conurbaciones no deseadas y mitigan los riesgos del territorio. Pero también permiten

el funcionamiento del territorio en red, en la que las ciudades son los nodos de una densa malla de

relaciones e intercambios de flujos, puestos al servicio del conjunto espacial, de la mejora de la calidad

de vida de sus ciudadanos y de los procesos de innovación que se producen en el territorio. La

adecuada gestión de esta red urbana es, precisamente, uno de los objetivos clave de esta Estrategia

Territorial.

Page 52: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 52

De acuerdo a los planteamientos de crecimiento racional y sostenible expuestos en la ETCV el cálculo

de las nuevas propuestas de crecimiento podría estimarse de la siguiente forma, según sea

crecimiento del suelo residencial o del suelo de actividades económicas:

3.1.1.2.1. CÁLCULO DEL ÍNDICE DE OCUPACIÓN DEL SUELO RESIDENCIAL

Dentro del Capítulo III “Criterios de crecimiento para el suelo residencial” del Título IV “Ocupación

Racional y Sostenible del Suelo” se indica que el planeamiento determinará el índice máximo de

ocupación de suelo para uso residencial.

1.- En la Directriz 82 “Fórmula para el cálculo del índice de ocupación de suelo para usos residenciales”

del ETCV, se indica lo siguiente:

El índice máximo de ocupación de suelo para satisfacer las demandas municipales y territoriales para uso

residencial propuesto por la estrategia territorial, se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula

empírica:

IMOS = TCD x FCTM x FCVT

Siendo:

- IMOS el índice máximo de ocupación de suelo para uso residencial;

- TCD la tasa de crecimiento demográfico;

- FCTM el factor de corrección por tamaño municipal;

- FCVT el factor de corrección por vertebración territorial.

2.- De acuerdo con la Directriz 83 “El factor de corrección por tamaño municipal”:

La tasa de crecimiento demográfico se corregirá, a los efectos de calcular el índice máximo de ocupación

de suelo, por un factor que refleje el tamaño municipal que se calculará de acuerdo con la siguiente

fórmula:

FCTM = - 0,1914 x Ln (X) + 3,007

Siendo:

- X la población actual del municipio

- Ln (X) el logaritmo neperiano de X.

Para el municipio de Macastre se obtiene el siguiente factor, considerando la población del año

2010:

FCTM = - 0,1914 x Ln (X) + 3,007 = - 0,1914 x Ln (1.331) + 3,007 = 1,63

3.- De acuerdo con la Directriz 84 “El factor de corrección por vertebración territorial”.

La tasa de crecimiento demográfico se corregirá igualmente con un factor de vertebración territorial

aplicable a los núcleos urbanos constituyentes del Sistema Nodal de Referencia, previstos por la estrategia

territorial en los siguientes términos:

- En los núcleos urbanos situados en el ámbito de la Plan Litoral Cota 100 se aplicará un

incremento del 10 %.

Page 53: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 53

- En los núcleos urbanos situados en el ámbito de la Franja Intermedia del territorio se aplicará un

incremento del 25 %.

- En los núcleos urbanos pertenecientes al sistema rural se aplicará un incremento del 50 %.

El municipio de Macastre no pertenece al Sistema Nodal de Referencia, por lo que no se aplica el

factor de corrección por vertebración territorial. Por lo que FCVT será 1.

4.- De acuerdo con la Meta 23.2 “Adecuar el crecimiento de suelo para la actividad residencial al

crecimiento de la población”, el crecimiento de suelo para la actividad residencial en 2.030 será como

máximo del 30% de la población.

- Tasa de crecimiento de la población para el periodo 2010-2030, en Macastre (Hoya Buñol):

1,3

- Población año 2010: 1.331 habitantes

Estimación población Año

1.331,00 2010

1.348,30 2011

1.365,83 2012

1.383,59 2013

1.401,57 2014

1.419,79 2015

1.438,25 2016

1.456,95 2017

1.475,89 2018

1.495,08 2019

1.514,51 2020

1.534,20 2021

Estimación población Año

1.554,14 2022

1.574,35 2023

1.594,81 2024

1.615,55 2025

1.636,55 2026

1.657,82 2027

1.679,38 2028

1.701,21 2029

1.723,32 2030

TABLA 25: Estimación población

- IMOS (escenario 20 años) = TCD x FCTM x FCVT = 29,48 x 1,63 x 1 = 48,05 %

5.- De acuerdo con la Directriz 85. Suelo computable a los efectos de la aplicación del índice de

ocupación de suelo para uso residencial

1. El índice máximo de ocupación de suelo resultante de la ponderación de los factores de crecimiento

demográfico, tamaño municipal y vertebración territorial, se aplicará tomando como base de cálculo los

tejidos urbanos en los que predomine la categoría de centro histórico y ensanche definido según la

cartografía SIOSE del Instituto Cartográfico Valenciano, incluyendo la superficie de infraestructuras, zonas

verdes urbanas, equipamientos y dotaciones integradas en esas tramas urbanas. Este suelo es el existente

a la fecha de aprobación de la estrategia territorial.

2. Como margen de seguridad para el cálculo del suelo computable a los efectos de la aplicación del índice

máximo de ocupación de suelo para uso residencial, se recomienda el trazado de una envolvente al suelo

correspondiente a las categorías de centro histórico y ensanche definido según la cartografía SIOSE, de 500

metros de ancho, contabilizando los tejidos urbanos residenciales existentes correspondientes a cualquier

categoría de las definidas según la cartografía SIOSE del Instituto Cartográfico Valenciano en dicho

Page 54: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 54

perímetro, incluyendo la superficie de infraestructuras, zonas verdes urbanas y equipamientos y

dotaciones integradas en la trama urbana.

El suelo computado de acuerdo con la regla anterior, dentro de la envolvente de 500 metros, no podrá

aumentar en más de un 50 por ciento el suelo resultante de la aplicación de la regla establecida en el

apartado primero.

3. Los municipios que cuenten con varios núcleos urbanos computarán la superficie de éstos y podrán

aplicar los mismos criterios que al núcleo principal.

Se realiza a continuación el cálculo del suelo computable a los efectos de la aplicación del índice de

ocupación de suelo para uso residencial, de acuerdo a las superficies recogidas en el SIOSE del año

2010, fecha de aprobación de la Estrategia Territorial:

SUELO COMPUTABLE

SUELO SELLADO EN NÚCLEOS URBANOS

USO m2

Casco urbano 96.940

Ensanche 179.627

Total 276.567

SUELO SELLADO EN ENVOLVENTES DE 500 METROS

USO m2

Discontinuo 167.472

Total 167.472

TABLA 26: Suelo computable para uso residencial

La superficie de la envolvente no podrá aumentar en más de un 50% el suelo resultante de la

aplicación del suelo sellado en núcleos urbanos, en este caso el 50% de los 276.567 m2 son 138.283

m2, por lo tanto el suelo computable residencial se obtiene sumando 276.567 m2 y 138.283 m2, con lo

que el suelo computable es de 414.850 m2.

6.- De acuerdo con la Directriz 86 “Factor de corrección de flexibilidad del suelo residencial”:

Los resultados que arroje el cálculo del índice máximo de ocupación de suelo para uso residencial, se podrá

incrementar hasta un 25 % en función de las necesidades de cada municipio u ámbito territorial específico,

para evitar rigideces en el mercado de suelo y la aparición de procesos especulativos sobre el mismo.

El coeficiente corrector de flexibilidad del suelo residencial, no será de aplicación a los municipios de la

Comunidad Valenciana cuya tasa de suelo sellado, definido según la cartografía SIOSE del Instituto

Cartográfico Valenciano, supere el 10 % de la superficie de su término municipal.

Puesto que el suelo sellado en Macastre no supera el 10% del término municipal (se ha obtenido un

valor del 3,57%), como se ha calculado en apartados anteriores, el Incremento de Suelo Total podría

obtenerse como:

- IMOS = 48,05 %

- Suelo computable = 414.850 m2

- Crecimiento máximo residencial = 414.850 x 0,4805 = 199.335 m2

Page 55: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 55

3.1.1.2.2. CÁLCULO DEL ÍNDICE DE OCUPACIÓN DEL SUELO ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Dentro del Capítulo IV “Criterios de crecimiento del suelo para actividades económicas” del Título IV

“Ocupación Racional y Sostenible del Suelo” se indica que el planeamiento determinará el índice

máximo de ocupación de suelo para uso industrial.

1.- En la Directriz 97 “Fórmula para el cálculo del índice de ocupación de suelo para actividades

económicas” del ETCV, se indica lo siguiente:

El índice máximo de ocupación de suelo para satisfacer las demandas municipales y territoriales para el

desarrollo de actividades económicas propuesto por la estrategia territorial, se calculará de acuerdo con la

siguiente fórmula:

IMOSE = TCE x FCEA x FCVT

Siendo:

- IMOSE el índice máximo de ocupación de suelo para actividades económicas;

- TCE la tasa de crecimiento del empleo industrial y terciario;

- FCEA el factor de corrección por empleos municipales actuales;

- FCVT el factor de corrección por vertebración territorial.

2.- De acuerdo con la Directriz 98 “El factor de corrección por el número de empleos industriales y

terciarios actuales del municipio”:

La tasa de crecimiento del empleo se corregirá, a los efectos de determinar el índice máximo de ocupación

de suelo para actividades económicas, por un factor que refleje los empleos municipales actuales que se

calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:

FCEA = - 0,2957 x Ln (X) + 3,9719

Siendo:

- X los empleos en los sectores industrial y terciario del municipio actualmente existentes

- Ln (X) el logaritmo neperiano de X.

Para el municipio de Macastre se obtiene el siguiente factor, considerando los empleos del año

2010:

FCEA = - 0,2957 x Ln (X) + 3,9719 = - 0,2957 x Ln (224) + 3,9719 = 2,37

3.- De acuerdo con la Directriz 99 “El factor de corrección por vertebración territorial para actividades

económicas”.

La tasa de crecimiento del empleo industrial y terciario se ha de corregir igualmente con un factor de

vertebración territorial aplicable en el cálculo del índice máximo de ocupación de suelo para actividades

económicas en los siguientes términos:

- En los núcleos urbanos situados en el ámbito de la Plan Litoral - Cota 100 se aplicará un

incremento del 10 por ciento.

- En los núcleos urbanos situados en el ámbito de la Franja Intermedia del territorio se aplicará un

incremento del 25 por ciento.

Page 56: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 56

- En los núcleos urbanos pertenecientes al sistema rural se aplicará un incremento del 50 por

ciento.

El municipio de Macastre no pertenece al Sistema Nodal de Referencia, por lo que no se aplica el

factor de corrección por vertebración territorial. Por lo que FCVT será 1.

4.- De acuerdo con la Meta 24.2 “Acompasar el crecimiento del suelo para actividades económicas con

el de la ocupación y el PIB”, el crecimiento de suelo para la actividad industrial y terciario en 2.030 será

como máximo del 30%.

- Tasa de crecimiento empleo para el periodo 2010-2030, en Macastre (Hoya Buñol): 1,6

- Empleos año 2010: 224 empleos

- Empleos estimados año 2030: 308 empleos

Estimación empleo Año

224,00 2010

227,58 2011

231,23 2012

234,92 2013

238,68 2014

242,50 2015

246,38 2016

250,32 2017

254,33 2018

258,40 2019

262,53 2020

266,73 2021

Estimación empleo Año

271,00 2022

275,34 2023

279,74 2024

284,22 2025

288,77 2026

293,39 2027

298,08 2028

302,85 2029

307,70 2030

TABLA 27: Estimación empleo

- TCE para los 20 años de periodo de aplicación: 37,50% (307,70 / 224 empleos)

- IMOSE = TCE x FCEA x FCVT = 37,50 x 2,37 x 1 = 88,87 %

5.- De acuerdo con la Directriz 100. Suelo computable a los efectos de la aplicación del índice de

ocupación de suelo para actividades económicas

El índice máximo de ocupación de suelo para actividades económicas resultante de la ponderación de los

factores de crecimiento del empleo en los sectores industrial y terciario, número de empleos municipales

actuales en estos sectores y vertebración territorial, se aplicará tomando como base de cálculo todo el

suelo industrial y terciario determinado según la cartografía SIOSE del Instituto Cartográfico Valenciano a

fecha de aprobación de la estrategia territorial, correspondiente a cada municipio u ámbito territorial

específico, incluyendo la superficie de infraestructuras, zonas verdes y equipamientos integrados en la

trama urbana en que el uso prioritario sea el industrial o terciario.

Se realiza a continuación el cálculo del suelo computable a los efectos de la aplicación del índice de

ocupación de suelo para actividades económicas, de acuerdo a las superficies recogidas en el SIOSE del

año 2009, siendo la fecha de aprobación de la Estrategia Territorial el año 2010:

Page 57: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 57

SUELO COMPUTABLE

SUELO SELLADO TOTAL ACTIVIDADES ECONÓMICAS

USO m2

Primario 0

Industrial 38.173

Terciario 0

Total 38.173

TABLA 28: Suelo computable para actividades económicas

De acuerdo a los cálculos anteriores el suelo computable para actividades económicas es de 38.173 m2

(industrial y terciario).

6.- De acuerdo con la Directriz 101 “Factor de corrección de flexibilidad del suelo para actividades

económicas”:

1. A los resultados que arroje el cálculo del índice máximo de ocupación de suelo para actividades

económicas de acuerdo con las reglas anteriores, se le podrá añadir un incremento de hasta un 25 por

ciento en función de las necesidades de cada municipio, u ámbito territorial específico, para evitar

rigideces en el mercado de suelo y la aparición de procesos especulativos sobre el mismo.

2. De forma justificada este factor de corrección podrá alcanzar hasta el 50 por ciento en los municipios

localizados en la Franja Intermedia del territorio, aumentando hasta el 100 por ciento en aquellos

municipios que no superen una tasa de suelo artificial del 2,5 por ciento de la superficie de su término

municipal.

3. Este coeficiente no será de aplicación a los municipios de la Comunitat Valenciana cuya tasa de suelo

sellado, definido según la cartografía SIOSE del Instituto Cartográfico Valenciano, supere el 10 por ciento

de la superficie de su término municipal.

Puesto que el suelo sellado en Macastre no supera el 10% del término municipal, como se puede

observar en apartados anteriores y pertenece a la Franja Intermedia, el Incremento de Suelo Total

podría obtenerse como:

- IMOSE = 88,62 %

- Suelo computable = 38.173 m2

- Crecimiento máximo actividades económicas = 38.173 x 0,8862 = 33.829 m2

3.1.1.2.3. JUSTIFICACIÓN DEL MODELO DE CRECIMIENTO SEGÚN LA ESTRATEGIA TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Será de aplicación el Decreto 1/2011, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba la Estrategia

Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV). La justificación del modelo de crecimiento se basa en el

Capítulo III “Criterios de crecimiento para el suelo residencial” en su Título IV “Ocupación racional y

sostenible del suelo”.

Las superficies previstas por el presente Plan General son las que se recogen a continuación:

Page 58: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 58

SUPERFICIES ORDENADAS POR EL PLAN GENERAL

Superficie Porcentaje

Suelo urbano residencial (UE-1, UE-2 y UE-3) 61.945 m2 37,86 %

Suelo urbano industrial y terciario 00,00 m2 0,00 %

Suelo urbanizable residencial (Cuatro Caminos) 67.861 m2 41,47 %

Suelo urbanizable industrial 33.815 m2 20,67 %

Total suelo urbano y urbanizable propuesto 163.621 m2 100,00 %

TABLA 29: Superficies ordenadas por el Plan General

Se realiza a continuación la justificación de los crecimientos propuestos en base a los indicadores

calculados a través de las formulas previstas en la ETCV.

- Se compara el Suelo Urbanizable Residencial propuesto por el Plan General 67.861 m2 con el

valor de crecimiento de la ETCV.

- Se compara el Suelo Urbanizable Industrial propuesto por el Plan General 33.815,08 m2 con el

valor de crecimiento de la ETCV.

CRECIMIENTOS MÁXIMOS SEGÚN ETCV

Superficie

Plan General Crecimiento máximo

ETCV

Crecimiento máximo suelo residencial 67.861 m2 < 199.335 m2

Crecimiento máximo actividades económicas 33.815 m2 < 33.829 m2

TABLA 30: Crecimientos máximos según ETCV

Observamos que los valores propuestos son inferiores a los valores medios de referencia que se

obtienen de los cálculos que propone la ETCV. En consecuencia, se considera que se cumplen los

criterios de la ETCV.

3.1.1.3. RECURSOS HÍDRICOS NECESARIOS

Los recursos hídricos necesarios, en función de los recursos disponibles o de los susceptibles de

reasignación se especifican en el Documento nº 7 “Documento para informe organismo de Cuenca”.

Los criterios generales de ordenación de los recursos hídricos en el territorio, de acuerdo con el

artículo 9 de la LOTUP, son los siguientes:

Artículo 9 Criterios generales de ordenación de los recursos hídricos en el territorio

La planificación territorial y urbanística, en el marco de una gestión racional e integral de los recursos

hídricos:

a) Identificará las masas de agua, superficiales y subterráneas, y las zonas más vulnerables a la

contaminación de las aguas subterráneas, regulando perímetros de protección en torno a las

captaciones para el consumo humano.

b) Adaptará los nuevos desarrollos territoriales a la disponibilidad de recursos hídricos, previendo,

en su caso, medidas de reasignación de los recursos hídricos o de construcción de las

infraestructuras que permitan obtenerlos.

Page 59: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 59

c) Ubicará espacios libres de edificación junto al dominio público hidráulico y a lo largo de toda su

extensión, y preservará y valorizará los paisajes del agua y su patrimonio hidráulico.

d) Respetará el régimen de escorrentías y la morfología de los cauces, salvo que existan causas

justificadas de interés general.

e) Preverá infraestructuras de saneamiento y de depuración que eviten vertidos contaminantes al

dominio público hídrico o marítimo y aseguren la calidad mínima de los efluentes según la

normativa aplicable.

f) Evitará los nuevos desarrollos en las zonas de riesgo de inundación significativo, salvo que, a

falta de alternativas de localización, puedan implementarse medidas correctoras suficientes y

se evite el incremento significativo del riesgo de inundación a terceros.

En los Planos de Información y en la Memoria Informativa se han identificado las masas de agua,

superficiales y subterráneas, y las zonas más vulnerables a la contaminación de las aguas subterráneas,

y en los Planos de Ordenación se han regulado los perímetros de protección de 300 metros en torno a

las captaciones para el consumo humano y se han establecido como Suelo No Urbanizable Protección

por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) un círculo de 10 metros de radio centrado en el propio pozo.

Los nuevos desarrollos territoriales son adecuados a la disponibilidad de recursos hídricos, de acuerdo

a lo indicado en el Documento nº 7 “Documento para informe organismo de Cuenca”.

Junto al río Magro se establece Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-

H), quedando espacios libres de edificación junto al dominio público hidráulico, y el patrimonio

hidráulico con características adecuadas se ha incorporado al Catalogo de Protecciones.

Se respetará el régimen de escorrentías y la morfología de los cauces, se justifica en el Documento

nº7.

Los nuevos desarrollos no se ubican en las zonas de riesgo de inundación.

Para los problemas actuales del municipio en cuanto a la red de saneamiento se han previsto

infraestructuras de saneamiento y de depuración.

3.1.2. OBJETIVOS E INDICADORES DE SOSTENIBILIDAD

De acuerdo con el artículo 22 de la LOTUP los indicadores de sostenibilidad territorial con un horizonte

temporal de veinte años y serán vinculantes para la evaluación y seguimiento del plan, sin perjuicio de

que la vigencia del plan sea indefinida.

El empleo de indicadores tiene la virtud de comparar la realidad antes del plan con la situación

prevista. Los indicadores son elaborados respecto a la Alternativa Cero y respecto a la versión

preliminar del plan.

3.1.2.1. OBJETIVO/CRITERIO 1: UTILIZACIÓN RACIONAL DEL SUELO

Uso racional del recurso suelo. Promover el uso de territorios que ya hayan sido previamente

utilizados, evitando que los desarrollos se realicen sobre áreas naturales.

Page 60: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 60

DECISIÓN: NUEVOS CRECIMIENTOS URBANÍSTICOS

Indicador: % de suelo planificado (m2s) en relación con la demanda de suelo (m2s) diferenciando usos

urbanísticos (residencial, industrial, terciario).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Suelo Urbano

Residencial 0 m2s 61.945 m2s

Industrial 0 m2s 0 m2s

Terciario 0 m2s 0 m2s

Suelo Urbanizable

Residencial 67.861 m2 67.861 m2s

Industrial 0 m2s 33.815 m2s

Terciario 0 m2s 0 m2s

Comentarios Se calcula como el Suelo Urbano y Urbanizable planificado.

En la Alternativa 0 se mantiene el Suelo Urbanizable planteado como Modificación Normas Subsidiarias vigentes.

En la Alternativa 1 (Plan General) se consideran tres nuevas Unidades de Ejecución de Suelo Urbano. También se plantea una nueva superficie de suelo industrial para dar servicio a la demanda de este uso cumpliendo con las limitaciones establecidas por la ETCV.

En cuanto al Suelo Urbanizable Residencial en la Alternativa 1 se mantiene el Suelo Urbanizable planteado en la Alternativa 0 (Modificación Normas Subsidiarias vigentes).

En el planteamiento de la alternativa 1 se cumple con las limitaciones en cuanto a la ampliación de superficies establecida en la ETCV.

Indicador: Incremento de consumo de suelo por crecimiento urbanístico

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Consumo de suelo por crecimiento urbanístico

0,018 % 0,022 %

Incremento de consumo de suelo por crecimiento urbanístico

0 % 0,004 %

Page 61: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 61

Comentarios Se considera como consumo de suelo por crecimiento urbanístico como el cociente entre el Suelo Urbano y Urbanizable total y el total del territorio (%), y el incremento se indica sobre la Alternativa 0 que se corresponde con el planeamiento vigente.

En la propuesta de la Alternativa 1, la cantidad de suelo sellado resultante con la ejecución total de la propuesta, es un poco mayor que la propuesta en la Alternativa 0, la planificación vigente.

Indicador: Intensidad de uso – IEB (m2s/m2t)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

- UE1: 0,45 m2t/m2s

- UE2: 0,45 m2t/m2s Suelo Urbano

- UE3: 0,45 m2t/m2s

Suelo Urbanizable

Residencial Sector Cuatro Caminos: 0,5 m2t/m2s Sector Cuatro Caminos: 0,5 m2t/m2s

Industrial - Sector: 0,60 m2t/m2s

Comentarios Las Unidades de Ejecución de Suelo Urbano de la Alternativa 0 no coinciden superficialmente con las de la Alternativa 1, se ubican sobre superficies distintas.

Los Índices de Edificabilidad Bruta en la Alternativa 1 se mantienen como en la alternativa 0 ó no superan un valor de 1.

La densidad se considera que está por debajo de 35 viv/Ha, es decir densidad baja.

DECISIÓN: GRADO DE DESARROLLO Y A LA SECUENCIA LÓGICA. REGENERACIÓN URBANA

Indicador: % de suelo urbano – urbanizable desarrollado, urbanizado y consolidado

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

SU total: 608.028 m2 obtenidos de las NNSS (de

la medición topográfica actual se obtienen 723.029

m2)

SU total: 778.438 m2

UE propuestas: 28.930 m2 UE propuestas: 61.945 m2

UE pendientes por desarrollar: 0 m2 (0%)

UE a desarrollar: 61.945 m2 (0 % )

% de suelo urbano desarrollado, urbanizado y consolidado

SU consolidado: 608.028 m2 (100%)

SU consolidado: 716.493 m2 (92,04%)

Page 62: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 62

% de suelo urbanizable desarrollado, urbanizado y consolidado

0% desarrollado 0% desarrollado

Comentarios La consolidación indicada se define a nivel de urbanización, puesto que quedan solares vacantes en estas zonas sin edificar.

De la alternativa 0 correspondiente a las NNSS de las Unidades de Ejecución existentes en Suelo Urbano se han desarrollado todas.

En la alternativa 1 se plantean 3 Unidades de Ejecución en Suelo Urbano una de ellas recoge las zonas que quedan pendientes de la Alternativa 0 y que no se encuentran desarrolladas y las otras dos en zonas nuevas.

El Suelo Urbanizable de la Alternativa 0 no está desarrollado y en la Alternativa 1 se mantiene y se plantea un nuevo suelo urbanizable industrial.

DECISIÓN: INCREMENTO POBLACIONAL-TECHO POBLACIONAL

Indicador: Nº Viviendas (a razón de 2,5 hab/viv y 100 m2t residencial / viv)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Nº Viviendas

Incremento de viviendas: 271 viv (incluido PP

Cuatro Caminos y sin contar los solares vacantes de Suelo

Urbano)

Incremento de viviendas: 371 viv (incluido PP

Cuatro Caminos y sin contar los solares vacantes de Suelo

Urbano)

Comentarios En la alternativa 1 la estimación de nuevas viviendas es de 100 viv.

Indicador: Incremento poblacional en relación a la proyección de población y capacidad de carga

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

- 1,3% anual (ETCV)

- Incremento para el año

horizonte: 251 habitantes Incremento poblacional en relación a la proyección de población y capacidad de carga 4.309 habitantes (Techo

poblacional: actual y vacantes)

4.560 habitantes (Techo poblacional: actual y

prevista del Plan General)

Comentarios Macastre presenta una distribución de la población en la que los habitantes empadronados representan una minoría con respecto a los habitantes estacionales 58,4%.

En la Alternativa 0 se desconocen los datos de crecimiento que utilizaron las Normas Subsidiarias, y no utilizaron una estimación de población para el año horizonte.

Page 63: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 63

En la Alternativa 1, atendiendo a lo prescrito en el Documento de Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana, la Tasa de crecimiento de la población para el periodo 2010-2030, en Macastre es del 1,3%.

De los cálculos obtenidos a partir de la estimación de viviendas para el año horizonte del Plan General (año 2033) se obtienen 4.560 habitantes (actuales y previstos).

3.1.2.2. OBJETIVO/CRITERIO 2: PROTECCIÓN DEL MEDIO NATURAL

Ordenar y regular el medio rural y natural atendiendo a sus valores y diversidad de funciones.

DECISIÓN: TIPOS DE PROTECCIÓN DEL SNU PROTEGIDO Y ZONIFICACIÓN DEL SNU COMÚN

Indicador: % de superficie afectada por figuras de protección medioambiental en relación con el % de

superficie municipal clasificada como SNUP.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

% de superficie afectada por figuras de protección ambiental en relación con el % de superficie municipal clasificada como SNUP

Porcentaje desconocido puesto que no se

corresponde con las figuras ambientales

actuales

Superficie de SNUP: 19.931.473 m2

92,4 % Superficie de SNUP:

22.558.941 m2

Comentarios En la alternativa 0 existen muchas superficies que no se encuentran protegidas y que actualmente se encuentran incluidas en figuras ambientales vigentes.

Con la Alternativa 1 se realiza un aumento de suelo sujeto a protección especial y se reduce el SNUC respecto a la Alternativa 0.

Una parte importante del término municipal de Macastre se encuentra sometido a la afección de alguna figura de protección. Las más extensivas son las debidas a los LICs y ZEPA´s, siendo el resto de protecciones para la red viaria, superficie agraria, patrimonio cultural y vías pecuarias.

No se alcanza el 100% porque cuando se declara la ZEPA Llanorel ya estaba construida.

Indicador: % de SNU sujeto a zona de ordenación diferenciada en uso y aprovechamiento.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

% de SNU sujeto a zona de ordenación diferenciada en uso y aprovechamiento.

El SNU no se asocia a Zonas de Ordenación

100 %

Comentarios Con la Alternativa 1 se definen zonas de Ordenación diferenciadas en el SNU.

Page 64: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 64

Indicador: % del término municipal clasificado como SNUP.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

% del término municipal clasificado como SNUP.

36,7 % (Superficie de SNUP: 13.812.191 m2)

59,9 % (Superficie de SNUP: 22.558.941 m2)

Comentarios Con la Alternativa 1 se realiza un aumento de suelo sujeto a protección especial y se reduce el SNUC respecto a la Alternativa 0.

3.1.2.3. OBJETIVO/CRITERIO 3: PREVENCIÓN DE RIESGOS NATURALES E INDUCIDOS

Protección zonas que presenten riesgos naturales o de accidente grave.

DECISIÓN: ZONIFICACIÓN DEL TERRITORIO, LOCALIZACIÓN DE USOS, COMPATIBILIDAD Y DISTANCIAS

Indicador: Necesidad de infraestructuras cuyo fin sea evitar y/o disminuir los riesgos, en particular, el

riesgo de inundación en el término municipal.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Necesidad de infraestructuras cuyo fin sea evitar y/o disminuir los riesgos de inundación.

Es necesaria la ejecución de un muro de

contención, de acuerdo a lo indicado en el Documento nº7

Es necesaria la ejecución de un muro de

contención, de acuerdo a lo indicado en el Documento nº7

Necesidad de infraestructuras cuyo fin sea evitar los riesgos de desprendimiento y deslizamiento.

No son necesarias No son necesarias

Necesidad de infraestructuras cuyo fin sea evitar los riesgos de incendios

Plan de emergencia Plan de emergencia

Elementos cuyo fin sea evitar los riesgos sísmicos

Ejecución edificaciones e infraestructuras de

acuerdo a la legislación de riesgo sísmico

Ejecución edificaciones e infraestructuras de

acuerdo a la legislación de riesgo sísmico

Comentarios Con las medidas adoptadas en el Documento nº7 no hay riesgo de inundación en el Suelo Urbano y Urbanizable del municipio, de acuerdo a PATRICOVA.

Indicador: Porcentaje de suelo urbano-urbanizable afectado por niveles de riesgo.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Porcentaje de suelo urbano-urbanizable afectado por niveles de riesgo

0 % 0 %

Page 65: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 65

Comentarios Con las medidas adoptadas en el Documento nº7 no hay riesgo de inundación en el Suelo Urbano y Urbanizable del municipio, de acuerdo a PATRICOVA.

3.1.2.4. OBJETIVO/CRITERIO 4: USO SOSTENIBLE Y PROTECCIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS

Uso racional del recurso agua

DECISIÓN: DEMANDA DE AGUA POTABLE A CORTO PLAZO Y DISPONIBILIDAD DEL RECURSO EN

CANTIDAD, CALIDAD Y ORIGEN

Indicador: Dotación de suministro (l/heq.día)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Dotación de suministro (l/heq.día) - 308 l/heq.día

Comentarios Según los estudios para el Plan Hidrológico de Cuenca 2009-2015, dado que para el municipio de Macastre no se dispone de un valor real de dotación, se establece un valor promedio para municipios de menos de 10.000 habitantes de 308 l/heq.día, para la Alternativa 1.

Indicador: Demanda estimada (m3/día) < Derecho de aprovechamiento (m3/año)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Demanda estimada (m3/año)

159.636 m3 / año (consumo actual)

227.651 m3 / año (consumo previsto,

incluido consumo actual y Sector de Cuatro

Caminos)

Comentarios El municipio de Macastre dispone de una concesión, se trata de un aprovechamiento de aguas subterráneas del que se dispone de un volumen de 167.000 m3/año.

En la Alternativa 1 la demanda total para el año horizonte del Plan General es de 227.651 m3 / año, por lo que cuando se desarrollen las Unidades de Ejecución se comprobará la disponibilidad del recurso.

En la demanda de la Alternativa 1 se ha tenido en cuenta el Suelo Urbanizable Residencial de Cuatro Caminos ya aprobado por Plan Parcial.

Page 66: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 66

DECISIÓN: INCREMENTO Y GESTIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES

Indicador: Caudal de servicio (m3/día) < Caudal de diseño (m3/día en EDAR).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Caudal de servicio (m3/día)

343 m3/día (actualmente)

499 m3/día

(80% de la demanda de agua potable estimada)

Comentarios La depuradora actual se encuentra dimensionada para (Fuente EPSAR. Entitat Pública de Sanejament d'Aigües Residuals de la Comunitat Valenciana):

- Caudal diario del proyecto: 400 (m3/d)

- Municipios servidos: Macastre

- Caudal anual (2012): 90.296 (m3/año)

- Actualmente (2012): 343 m3/día

Se encuentra en redacción una conexión a la depuradora de Buñol-Alborache para la depuración de las aguas residuales de Macastre.

La EDAR Buñol-Alborache está dimensionada para tratar 7.000 m3/día y actualmente entran en la depuradora 3.556 m3/día, por lo que podría tratar las aguas del municipio de Macastre.

Se considera que para la población y el sector de suelo industrial estimado por la Alternativa 1 (Plan General) es necesaria la conexión a la depuradora Buñol-Alborache.

DECISIÓN: VERTIDO Y/O REUTILIZACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

Indicador: Cumplimiento de los parámetros de vertido, como mínimo, según el Modelo de Ordenanzas

de Vertido de la EPSAR.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Cumplimiento de los parámetros de vertido, como mínimo, según el Modelo de Ordenanzas de Vertido de la EPSAR

Sin ordenanza municipal Ordenanza municipal en

tramitación

Comentarios El municipio de Macastre dispone de una Ordenanza de vertidos a la red municipal de saneamiento de acuerdo a las indicaciones de la EPSAR, y será de aplicación al vertido de aguas residuales a las conducciones municipales.

Page 67: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 67

Indicador: Superficie de Zona Verde autorizadas para riego con aguas depuradas.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Superficie de Zona Verde autorizadas para riego con aguas depuradas

0 m2 0 m2

Comentarios Las superficies de zonas verdes disponen de especies autóctonas y no es necesario su riego.

3.1.2.5. OBJETIVO/CRITERIO 5: CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y REVITALIZACIÓN DEL PATRIMONIO RURAL

Conservación del patrimonio cultural y revitalización del patrimonio rural.

DECISIÓN: PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y RURAL

Indicador: Identificación del patrimonio cultural y rural.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Identificación del patrimonio cultural y rural No dispone de Catálogo de protecciones

Catálogo de protecciones

Comentarios La Alternativa 1 redacta un Catálogo de protecciones que permite proteger el patrimonio cultural.

Indicador: Nº de actuaciones realizadas cuyo fin sea la protección, conservación y/o restauración del

patrimonio cultural.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Nº de actuaciones realizadas No dispone de Catálogo de protecciones

Catálogo de protecciones

Comentarios La Alternativa 1 redacta un Catálogo de protecciones que permite proteger el patrimonio cultural.

Page 68: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 68

Indicador: Suelo rural de uso agrícola (m2) por tipo de cultivo (%)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Cítricos 582.387 582.387

Cultivos herbáceos distintos de arroz 396.618 396.618

Frutales no cítricos 8.012.899 8.012.899

Olivar 1.326.213 1.326.213

Pastizal 13.368.211 13.368.211

Viñedo 1.033.058 1.033.058

Agrícola ganadero 23.575 23.575

Comentarios Se mantienen las superficies de cultivos en las dos alternativas, se han obtenido del SIOSE.

Indicador: Suelo en desuso, parcelas agrícolas sin explotar (%)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Suelo en desuso, parcelas agrícolas sin explotar (%)

280 Ha (7,4%) 280 Ha (7,4%)

Comentarios Se obtiene el porcentaje respecto a la superficie del término municipal.

3.1.2.6. OBJETIVO/CRITERIO 6: ADECUADA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS

Gestionar los residuos fomentando la minimización, el reciclaje y la reutilización de los residuos por

tipología.

DECISIÓN: GESTIÓN MUNICIPAL DE RESIDUOS DE TODO TIPO

Indicador: Volumen de RSU (Tn/hab.día).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Volumen de RSU (Tn/hab.día)

5.516 kg/día (4.309 habitantes)

1,28 kg/hab.día

5.837 kg/día

(4.560 habitantes)

1,28 kg/hab.día

Comentarios El municipio de Macastre pertenece al Consorcio Valencia Interior, el consorcio da servicio a los 61 municipios y fue constituido en el año 2005, para ejecutar el proyecto de gestión de residuos urbanos del plan zonal, es decir construir y gestionar las instalaciones necesarias para el tratamiento y eliminación de los residuos.

Page 69: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 69

El aumento de suelo es reducido, puesto que las expectativas de crecimiento demográfico son escasas, el aumento de viviendas viene asociado a la población estacional, por lo que se considera un aumento dentro de los límites del Consorcio.

De acuerdo con el PIR para la provincia de Valencia la tasa de generación de residuos urbanos para el periodo 2008-2013 es de 1,28 kg/hab.día.

Indicador: Capacidad de las Infraestructuras de gestión, tratamiento y/o eliminación de los residuos

generados.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Infraestructuras de gestión, tratamiento y/o eliminación de los residuos generados

Plan Zonal de las Zonas II, IV y V

Plan Zonal de las Zonas II, IV y V

Comentarios El municipio de Macastre pertenece al Consorcio Valencia Interior y la infraestructuras son las planteadas en el Plan Zonal.

Indicador: Ecoparque tipo, A, B ó C.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Ecoparque tipo, A, B ó C No No

Comentarios El Ecoparque no está previsto en el Plan Zonal y dadas las características del municipio no se considera necesario

3.1.2.7. OBJETIVO/CRITERIO 7: IMPLEMENTACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS Y CONSIDERACIÓN DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS

Reducir el consumo energético, el consumo de recursos no renovables y las emisiones, como

contribución al cambio climático. Prevención y corrección de los efectos de la contaminación y calidad

del ambiente atmosférico, aire y ruido.

DECISIÓN: ABASTECIMIENTO Y DEMANDA ENERGÉTICA DEL MUNICIPIO. CONSUMO DE ENERGÍA

PRIMARIA Y EMISIONES DE CO2

Indicador: Consumo de energía (Tep/año).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Consumo de energía (Tep/año) - -

Page 70: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 70

Comentarios Dadas las características del municipio (tamaño, nivel de actividad económica) es difícil evaluar este apartado.

Se fomenta la reducción del consumo energético, el consumo de recursos no renovables y las emisiones, como contribución a la disminución del cambio climático.

Indicador: Distribución del consumo (% residencial, servicios, industrial, etc.).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Distribución del consumo (% residencial, servicios, industrial, etc)

- -

Comentarios Dadas las características del municipio (tamaño, nivel de actividad económica) es difícil evaluar este apartado.

Indicador: Distribución de las emisiones de CO2 (% vehículos, % actividades, etc.)

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Distribución de las emisiones de CO2 - -

Comentarios Dadas las características del municipio (tamaño, nivel de actividad económica) es difícil evaluar este apartado.

DECISIÓN: CALIDAD DE VIDA DE LOS CIUDADANOS

Indicador: Zonas con niveles sonoros de recepción externos adecuados.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Nivel sonoro en Uso Sanitario y Docente, Leq día < 45 dBA, Leq noche < 35 dBA

Centro de salud y docente solo funcionan de día. Se cumplen los objetivos de

Calidad.

Centro de salud y docente solo funcionan de día. Se cumplen los objetivos de

Calidad.

Nivel sonoro en Uso Residencial, Leq día < 55 dBA, Leq noche < 45 dBA

Se cumplen los objetivos diurnos y nocturnos

Se cumplen los objetivos diurnos y nocturnos

Nivel sonoro en Uso Terciario, Leq día < 65 dBA, Leq noche < 55 dBA

No hay uso terciario Se cumplen los objetivos

diurnos y nocturnos

Nivel sonoro en Uso Industrial y de servicios, Leq día < 70 dBA, Leq noche < 60 dBA

Se cumplen los objetivos diurnos y nocturnos

Se cumplen los objetivos diurnos y nocturnos

Page 71: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 71

Comentarios En el estudio acústico se comprueba que se cumplen los objetivos de calidad en las zonas que van a sufrir cambios debido al planeamiento.

3.1.2.8. OBJETIVO/CRITERIO 8: MEJORA DEL ENTORNO URBANO

Mejora del entorno urbano.

DECISIÓN: CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

Indicador: % población expuesta a niveles sonoros superiores a los recomendados por la OMS. (65 dBA

diurnos y 55 dBA nocturnos).

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

% población expuesta a niveles sonoros superiores a los recomendados por la OMS.

0% 0%

Comentarios En el municipio de Macastre no existen infraestructuras (ni de comunicaciones, ni industriales, ni de ocio) que generen sobe la población las exposiciones a nivel sonoro citadas por la OMS.

Indicador: % de áreas degradadas en el Suelo Urbano.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Áreas degradadas en el Suelo Urbano Zona núcleo histórico medieval

Zona núcleo histórico medieval

Comentarios En la Alternativa 1 mediante la delimitación y protección del casco histórico se garantiza la mejora de la calidad del espacio urbano; así mismo, al limitar los nuevos crecimientos se potencia la renovación y rehabilitación de las edificaciones de la ciudad existente, la edificación en solares vacantes y la creación de espacios libres de calidad reduciendo las zonas degradas.

3.1.2.9. OBJETIVO/CRITERIO 9: INTEGRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE

Establecer como elemento básico y vertebrador de la ordenación territorial un sistema de espacios

libre físicamente continuos interconectado con los espacios urbanos y los espacios exteriores, rurales y

naturales. Proteger, ordenar y gestionar el paisaje.

DECISIÓN: INFRAESTRUCTURA VERDE DEL TERRITORIO

Indicador: Superficie (m2) de la infraestructura verde, excluyendo la de los espacios de valor ambiental

o cultural que tienen alguna figura de protección definida en la legislación vigente.

Page 72: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 72

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Superficie (m2) de la infraestructura verde sin figura de protección definida en la legislación vigente.

0 m2 5.472.883,77 m2

Comentarios Se incluyen en la infraestructura verde los espacios de valor ambiental o cultural que tienen alguna figura de protección definida en la legislación vigente. Además de éstos, se han incluido las UP y RP de Valor Alto o Muy Alto, Zonas de Afección visual de las carreteras, etc.

3.1.2.10. OBJETIVO/CRITERIO 10: EFICIENCIA DE LA MOVILIDAD URBANA Y FOMENTO DEL TRANSPORTE PÚBLICO

Movilidad sostenible.

DECISIÓN: DISTRIBUCIÓN MODAL DEL ESPACIO PÚBLICO. RED VIARIA

Indicador: % para vehículo privado, transporte público, peatón, bici.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

% para vehículo privado, transporte público, peatón, bici

100% vehículo privado, peatón y bici, no existe

transporte público

100% vehículo privado, peatón y bici, no existe

transporte público

Comentarios Existen viales donde coexisten los vehículos y los peatones y viene explicado por el entramado urbano del casco histórico de Macastre: calles estrechas, sin apenas aceras, tienen como consecuencia que el transporte a pie o en vehículos motorizados compartan el espacio viario.

Sobre la movilidad en vehículos privados, se explica básicamente a las cortas distancias entre los puntos más alejados del casco urbano, y la inviabilidad económica de servicios de transporte público intraurbano.

En el casco urbano no existen ni se plantean carriles bici dadas las características del municipio en cuanto a tráfico y población.

Indicador: Longitud de viales de coexistencia y reservados al transporte público intraurbano.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Longitud de viales de coexistencia y reservados al transporte público

0 metros 0 metros

Comentarios No existe transporte público

Page 73: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 73

Indicador: Longitud de itinerarios peatonales y ciclistas.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Longitud de itinerarios peatonales y ciclistas - Aproximadamente 25 Km.

Comentarios En el casco urbano no existen ni se plantean carriles bici dadas las características del municipio en cuanto a topografía y población.

En cuanto al término municipal se plantean senderos para la circulación de bicicletas y peatones.

- Sendero PR-CV-191

- Camino Piedra Micaela

3.1.2.11. OBJETIVO/CRITERIO 11: MEJORA DE LA ORDENACIÓN E IMPLANTACIÓN DE EQUIPAMIENTOS Y DOTACIONES

DECISIÓN: EQUILIBRIO ENTRE EL ASENTAMIENTO DE LA POBLACIÓN Y SU DOTACIÓN DE SERVICIOS

Indicador: Superficie dotacional en relación al potencial de población propuesto.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Superficie dotacional en relación al potencial de población propuesto

Superficie establecida en NNSS

Incremento de población 251 hab, incremento de

dotaciones 6.930 m2

Comentarios La superficie dotacional prevista en la Alternativa 1 es superior a la Alternativa 0, puesto que se amplía la superficie dedicada a espacios deportivos al este del casco urbano de Macastre, como red primaria.

También se producirán aumentos de suelo en las nuevas Unidades de Ejecución planteadas en la Alternativa 1.

3.1.2.12. OBJETIVO/CRITERIO 12: PROTECCIÓN DEL PAISAJE

Protección del paisaje.

DECISIÓN: ACTUACIONES EN MATERIA DE PAISAJE

Indicador: Presupuesto municipal anual dedicado a actuaciones relacionadas con el paisaje.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Presupuesto municipal anual 50.000 € 50.000 €

Page 74: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 74

Comentarios Se ha realizado una estimación de gasto anual medio en función de los tres programas de paisaje planteados. Dados los recursos del municipio, algunas de los programas están siendo financiados vía subvenciones, con una inversión real anual media en el periodo 2012-2015 de 50.000 €/año.

3.1.2.13. OBJETIVO/CRITERIO 13: EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Participación ciudadana favoreciendo la transparencia.

DECISIÓN: TOMA DE DECISIONES PARTICIPATIVA Y FOMENTO DE LA TRANSPARENCIA

Indicador: Número de actividades para fomentar la participación pública en las decisiones del

planeamiento y/o el desarrollo de proyectos urbanos y % de la población participante.

Indicador Alternativa 0 Alternativa 1

Número de actividades para fomentar la participación pública

0

01 Publicación en el DOCV

02 Recopilación de Encuestas

03 Fase de Consultas EAE

04 Información Pública del PG y del EATE.

Comentarios Se realizará la exposición al público del Plan General y la documentación ambiental.

3.1.3. DIRECTRICES ESTRATÉGICAS DE DESARROLLO DEL PLAN GENERAL

Las directrices estratégicas de desarrollo del Plan General Estructural atienden a los principios

generales de crecimiento territorial y urbano, indicados en el artículo 7 de la LOTUP:

Artículo 7 Criterios generales de crecimiento territorial y urbano

1. La planificación urbanística y territorial clasificará suelo urbano y suelo urbanizable en una dimensión

suficiente para satisfacer las demandas que lo justifiquen e impedir la especulación, basándose en

necesidades reales, previstas o sobrevenidas, y se justificará mediante parámetros objetivos que

analicen las expectativas y posibilidades estratégicas de cada municipio en su contexto supramunicipal,

de acuerdo con la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

2. Con el fin de procurar un desarrollo territorial y urbanístico sostenible, la planificación territorial y

urbanística:

a) Priorizará la culminación de los desarrollos existentes y las actuaciones de rehabilitación y

renovación urbana frente a las nuevas ocupaciones del territorio.

b) Fomentará la implantación de modelos urbanos diversos y eficientes desde el punto de vista del

consumo de recursos, de la generación de emisiones y de residuos, y del coste de

mantenimiento de sus infraestructuras y servicios.

Page 75: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 75

c) Incorporará la prevención de riesgos y peligros para la seguridad y salud pública y mitigará

cualquier forma de contaminación.

d) Optará de manera preferente por los tejidos urbanos compactos frente a los dispersos, salvo

que la realidad territorial y su adecuación paisajística no lo permitan.

e) Ordenará la secuencia espacial y la secuencia temporal de los desarrollos urbanísticos,

dotándola de coherencia con las áreas urbanas ya existentes y con la estructura territorial

supramunicipal.

f) Evitará los continuos urbanizados y la conurbación de municipios, preservando corredores libres

de edificación y de urbanización entre los distintos núcleos urbanos.

g) Favorecerá la calidad de los tejidos urbanos, mediante la imbricación coherente de usos,

actividades y tipologías urbanas, que generen unas estructuras y paisajes urbanos engarzados

en la ciudad mediterránea tradicional.

h) Garantizará la estructura y el mantenimiento de la funcionalidad de la infraestructura verde en

el tratamiento de los tejidos diseminados en el medio rural.

i) Favorecerá el uso del transporte público y la movilidad no motorizada, coordinando la

planificación de las infraestructuras de comunicación con la de los suelos de nueva

transformación.

Atendiendo a los principios generales indicados se establecen las siguientes directrices estratégicas de

desarrollo:

1.- Los objetivos fundamentales que persigue el Plan General, a nivel general, son por un lado adecuar

las Normas Subsidiarias al nuevo régimen normativo y por otro lado ajustar a la realidad de los hechos,

(proyecciones demográficas, realidad sociológica, económicas...etc.) una propuesta de suelo urbano y

urbanizable.

2.- Uno de los objetivos del Plan General es el establecimiento de un modelo racional de ocupación del

territorio que haga compatible el desarrollo económico y social del municipio con el respeto de sus

valores naturales, de forma que conforme a los principios inspiradores de la LOTUP, se debe alcanzar

un deseable equilibrio entre el desarrollo económico, la cohesión social y la preservación de recursos,

evitando crecimientos dispersos que implican un mayor consumo de infraestructuras y, por tanto,

resultan medioambientalmente menos recomendables.

3.- Durante el sometimiento a información pública del Plan se dará audiencia a particulares y

entidades interesadas, además del trámite de consulta con las administraciones implicadas y con los

municipios colindantes, con lo que se garantiza así la participación activa de los ciudadanos y de las

administraciones en todo el proceso.

4.- Se define una red primaria de dotaciones públicas y privadas ajustada al potencial demográfico del

Plan y de acuerdo a los estándares indicados en el artículo 24 de la LOTUP, que se complementará con

la red de dotaciones propia de los sectores de nuevo desarrollo previstos, que aseguren un buen

servicio a la población.

5.- En cuanto al suelo destinado a dotaciones, se pretende potenciar las ya existentes y mejorar el

acceso a las mismas, habilitando itinerarios peatonales que favorezcan su conexión.

Page 76: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 76

6.- La ordenación pormenorizada se ha desarrollado entorno a los caminos ya existentes y siguiendo

las curvas de nivel del entorno, procurando que el movimiento de tierras, en la urbanización, sea el

mínimo posible, principio que es fundamental para entender la ordenación y su estructuración.

7.- Limitación del crecimiento, mediante un adecuado dimensionado del suelo urbano y urbanizable,

ajustándose a las nuevas necesidades y a las expectativas de crecimiento de la población.

En cuanto a la ubicación de nuevos desarrollos residenciales, el crecimiento urbano del municipio se

traza con un modelo más compacto y denso dando prioridad a la cercanía y proximidad del actual

núcleo urbano tradicional, lejos de un modelo de ocupación dispersa del territorio.

También se priorizará la culminación de los desarrollos existentes frente a las nuevas ocupaciones del

territorio.

Los desarrollos urbanísticos se tratan de forma coherente con las áreas urbanas ya existentes y con la

estructura territorial supramunicipal.

Favorecerá la calidad de los tejidos urbanos, mediante la imbricación coherente de usos, actividades y

tipologías urbanas, que generen unas estructuras y paisajes urbanos engarzados en la ciudad

tradicional.

8.- También se plantea la reforma y ampliación de viales ya existentes, y la ejecución de nuevos viales

que doten de infraestructura viaria a las nuevas zonas residenciales.

9.- La preservación del paisaje, entendido en sentido amplio, y la mejora de los entornos urbanos

degradados debe ser uno de sus principales objetivos, tendente a ampliar y potenciar el atractivo

turístico del municipio. Se identifican y protegen los hitos geográficos que constituyan referentes del

paisaje del territorio. En el Estudio de Paisaje que forma parte del Plan General, se incluyen los

recursos paisajísticos del municipio.

10.- Con el fin de asegurar la protección de los recursos hídricos, el Plan adopta las siguientes medidas:

- Identifica y caracteriza las masas de agua superficiales, artificiales y subterráneas.

- Previene la contaminación de las masas de agua mediante la delimitación de zonas y

perímetros de protección y su incorporación al régimen de protección del suelo no

urbanizable.

- Establece los perímetros de protección de las captaciones de agua destinadas a consumo

humano con un régimen de protección.

El área fluvial de mayor importancia se ubica en el río Magro que cruza transversalmente el término

municipal.

Por otra parte, el Plan cuenta con un documento específico (Documento nº 7) en el que se justifica la

suficiencia de recursos hídricos para los usos previstos, sin perjuicio del preceptivo informe que deberá

ser emitido en su momento por el organismo de cuenca competente.

11.- Las actuaciones urbanísticas establecerán sistemas que permitan una máxima reutilización de las

aguas residuales.

Page 77: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 77

12.- Respecto al Suelo No Urbanizable se pretenden dos objetivos fundamentales. Por una parte,

definir claramente los suelos que son objeto de protección, ya sea por su carácter estructurante

dentro del territorio o por su interés natural, ambiental, cultural o paisajístico y, por otra parte, en el

Suelo No Urbanizable Común. Se potencian las vías pecuarias y los caminos existentes, además se

considera el paisaje como un patrimonio común de todos los ciudadanos y elemento fundamental de

su calidad de vida.

13.- Se clasifica como Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO), dado que en el municipio no

existen Montes de Utilidad Pública, todos aquellos suelos que engloban masas arbóreas (de acuerdo

por el Plano de Información I.5 “Usos del Suelo”, realizado de acuerdo al “Sistema de Información

sobre Ocupación del Suelo de España”, SIOSE y al Plano de Información I.10 donde se incluye el suelo

forestal ordinario del PATFOR).

14.- El Plan protege los espacios naturales que albergan ecosistemas, hábitats de especies y elementos

naturales significativos, frágiles, limitados o amenazados mediante la clasificación del suelo No

Urbanizable en distintos niveles de Protección. En concreto, dentro del suelo no urbanizable de

especial protección se incluye una categoría de suelo denominada Suelo No Urbanizable Protección

Natural Ecológica (SNUP-NA-E) que abarca los terrenos incluidos en el ámbito del Lugar de Interés

Comunitario (LIC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) que incluye el municipio. Los

Suelos No Urbanizables de Protección no son modificables, salvo que exista resolución contraria de los

órganos administrativos con competencia en la materia.

15.- En cuanto a las Vías Pecuarias se clasificarán como Red Primaria y Suelo No Urbanizable Protegido.

16.- Se establece un perímetro de protección definido por un círculo de una hectárea de superficie

(equivalente a un radio de 56´40 m), centrado en la boca de la cavidad y se establece como Suelo No

Urbanizable protegido la cueva catalogada del municipio.

17.- En cuanto a los bienes de dominio público se establecen las reservas necesarias; respetándose las

diferentes afecciones a infraestructuras y elementos naturales impuestas por la legislación sectorial de

obligado cumplimiento, por ejemplo se establecen los perímetros de protección de las captaciones de

agua destinadas a consumo humano.

18.- El suelo no urbanizable es susceptible de albergar actividades sujetas a declaración de interés

comunitario (DIC) en las condiciones que se establecen en la LOTUP, y teniendo en cuenta las

limitaciones que se establecen en las normas urbanísticas del Plan General.

19.- Forma parte de la documentación del Plan General el Catálogo de protecciones y delimitación de

zonas de vigilancia arqueológica y entornos de protección de los bienes con el contenido exigido en la

normativa urbanística aplicable y en la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano y

en sus modificaciones. Por otra parte, en la normativa concreta de las zonas con un mayor valor

arquitectónico se establecen unos aprovechamientos acordes con los dominantes, de forma que se

desincentiven la propuestas de renovación urbana, además de fijar unas condiciones que aseguren

que la posibles reconstrucciones sean acordes al ambiente en que se encuentran. Con ello queda

garantizada la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural.

20.- Para proteger la tipología edificatoria tradicional y la trama del casco urbano, se delimita el núcleo

histórico de Macastre, diferenciándolo como Zona de Ordenación Urbanística a los efectos de impedir

Page 78: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 78

la sustitución incontrolada de los edificios existentes y estableciendo medidas de conservación de la

tipología histórica.

Se pretende regenerar la morfología urbana tradicional y conseguir una mejor integración urbanística

en el conjunto del municipio. Se busca la recuperación del casco histórico, poner de manifiesto el valor

cultural de este conjunto, y establecer la protección adecua para impedir que se degrade.

Se definirán dos nuevas zonas de protección, en donde se impondrán unas condiciones de

composición y estéticas. La primera recoge el conjunto de edificaciones que se protegerán como zona

medieval, y la segunda recoge el conjunto de edificaciones que se protegerán como zona del siglo XVIII

y XIX.

21.- Se delimitan aquellas zonas que en razón de sus valores agrícolas, y en el criterio de la defensa del

medio natural y agroforestal se establecen como Suelo No Urbanizable Protegido.

Se establece una imposibilidad de actuaciones urbanísticas en suelos afectados o pendientes de serlo

por acciones de modernización de las estructuras agrarias, salvo que se garantice el reintegrar a la

Administración Autonómica de las cantidades invertidas más el interés legal que corresponda y

conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 8/2002 de Modernización de las Estructuras

Agrarias de la Comunidad Valenciana y la Orden de 17 de octubre de 2005 de la Consellería de

Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se regula la emisión de informes de carácter territorial y

urbanístico.

22.- El establecimiento de recorridos peatonales contribuye a disminuir la dependencia del transporte

motorizado individual para recorridos de corto y medio alcance.

Se favorecerá el uso de la movilidad no motorizada, coordinando la planificación de las

infraestructuras de comunicación con la de los suelos de nueva transformación.

La ordenación de usos y el diseño urbano atenderán a los principios de accesibilidad universal y de

movilidad sostenible, y asegurando la comodidad para el tránsito peatonal y ciclista, mediante una

adecuada estructura y morfología de las calles, espacios públicos y secciones viarias.

23.- Minimización de impactos ambientales en el suelo no urbanizable.

Se intentan minimizar los impactos ambientales en suelo no urbanizable generados por los núcleos de

viviendas que se han ido ubicando a lo largo del tiempo en este tipo de suelo sin apenas control, por

tratarse de una tipología constructiva de gran aceptación y de uso indiscriminado aprovechando

parcelaciones del catastro de rústica sin la necesaria legalización, el Plan General Estructural delimitará

zonas urbanísticas donde la Ordenación Pormenorizada vendrá definida por Planes Especiales.

En lo que se refiere a la proliferación indiscriminada de viviendas, que coloniza buena parte del

término municipal, y sobre todo la comprendida en Fuente de la Cuerna y Fuente del Polito, el criterio

inicial del Plan ha sido claramente restrictivo, sin recurrir a la clasificación de suelo urbanizable en

estas zonas.

En segundo lugar, y sobre todo, la densidad de urbanización, en general, calificarse el ambiente de

“rústico”. Así, el desarrollo de una actuación de semejante proporción y cualidad, vendría a modificar

significativamente la naturaleza de este territorio sin que de ello derivasen las ventajas de

recalificación que necesariamente se producirán en el entorno.

Page 79: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 79

La implantación del Plan General ha de suponer necesariamente una oportunidad para la regeneración

y mejora del complejo tejido de los núcleos de vivienda ya existentes.

3.2. DELIMITACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE

De acuerdo con el artículo 4 de la LOTUP la infraestructura verde es el sistema territorial básico

compuesto por los siguientes espacios: los ámbitos y lugares de más relevante valor ambiental,

cultural, agrícola y paisajístico; las áreas críticas del territorio cuya transformación implique riesgos o

costes ambientales para la comunidad; y el entramado territorial de corredores ecológicos y

conexiones funcionales que pongan en relación todos los elementos anteriores.

La infraestructura verde se extenderá también a los suelos urbanos y urbanizables, comprendiendo,

como mínimo, los espacios libres y las zonas verdes públicas más relevantes, así como los itinerarios

que permitan su conexión.

Las funciones de la infraestructura verde son las siguientes:

- Preservar los principales elementos y procesos del patrimonio natural y cultural, y de sus

bienes y servicios ambientales y culturales.

- Asegurar la conectividad ecológica y territorial necesaria para la mejora de la biodiversidad, la

salud de los ecosistemas y la calidad del paisaje.

- Proporcionar una metodología para el diseño eficiente del territorio y una gradación de

preferencias en cuanto a las alternativas de los desarrollos urbanísticos y de la edificación.

- Orientar de manera preferente las posibles alternativas de los desarrollos urbanísticos hacia

los suelos de menor valor ambiental, paisajístico, cultural y productivo.

- Evitar los procesos de implantación urbana en los suelos sometidos a riesgos naturales e

inducidos, de carácter significativo.

- Favorecer la continuidad territorial y visual de los espacios abiertos.

- Vertebrar los espacios de mayor valor ambiental, paisajístico y cultural del territorio, así como

los espacios públicos y los hitos conformadores de la imagen e identidad urbana, mediante

itinerarios que propicien la mejora de la calidad de vida de las personas y el conocimiento y

disfrute de la cultura del territorio.

- Mejorar la calidad de vida de las personas en las áreas urbanas y en el medio rural, y fomentar

una ordenación sostenible del medio ambiente urbano.

De acuerdo con el artículo 5 de la LOTUP forman la infraestructura verde de la Comunitat Valenciana,

los siguientes elementos y que se comentan para el ámbito de actuación:

1.- Red Natura 2000: Los espacios que constituyen la Red Natura 2000, en el municipio de Macastre

son el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) denominado “Sierras de Martés y el Ave” que se

encuentra en la parte sur del municipio y la Zona de especial protección para las aves (ZEPA)

denominada “Sierra de Martés - Muela de Cortes” en la zona sur también, se incluyen como

infraestructura verde.

Page 80: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 80

2.- Espacios naturales protegidos: En el término municipal de Macastre no existe ningún espacio

protegido de las categorías establecidas.

3.- Áreas protegidas por instrumentos internacionales en la legislación del Estado sobre el patrimonio

natural y la biodiversidad: No hay afección al ámbito de actuación por áreas protegidas designadas por

instrumentos internacionales.

4.- Ecosistemas húmedos y masas de aguas, continentales y superficiales: No hay afección al ámbito de

actuación.

5.- Espacios de la zona marina: No hay afección al ámbito de actuación.

6.- Espacios costeros de interés ambiental y cultural: No hay afección al ámbito de actuación.

7.- Montes de dominio público y de utilidad pública o protectores: No existen Montes de Utilidad

Pública catalogados en el municipio de Macastre, en cuanto al PATFOR no existen Terrenos Forestales

Estratégicos (TFE) en el municipio de Macastre, que serían las zonas a incluir como Infraestructura

Verde, sin embargo por considerarlo adecuado se incluyen los Terrenos Forestales Ordinarios (TFO)

como Infraestructura Verde del municipio.

8.- Áreas agrícolas con elevada capacidad agrológica: Las áreas agrícolas que se consideran con

elevada capacidad agrológica se ubican en la zona del río y en las huertas junto al casco urbano y se

han incluido como parte de la Infraestructura Verde.

9.- Espacios de interés paisajístico incluidos: En el municipio de Macastre no existen espacios de

interés paisajístico incluidos o declarados como tales en la Estrategia Territorial de la Comunitat

Valenciana, sin embargo si que existe un paisaje de relevancia hídrica según la documentación

elaborada para el PAT de Infraestructura Verde y Paisaje.

Las Unidades de Paisaje de mayor valor determinadas en el Estudio de Paisaje del Plan General, así

como las áreas de afección visual de las carreteras.

10.- Espacios de elevado valor cultural: En el término municipal de Macastre se encuentra el Castillo

como espacio de elevado valor cultural puesto que se considera Bien de Interés Cultural (BIC).

11.- Zonas críticas por la posible incidencia de riesgos naturales, directos e inducidos:

En el término municipal de Macastre tiene la zona con riesgo de inundación nivel 2 indicada por

PATRICOVA, en el río Magro que se incluye como Infraestructura Verde, y distintas zonas de

peligrosidad geomorfológica, estas últimas no son incluidas como Infraestructura Verde.

No se consideran en el término de Macastre zonas con riesgo significativo de erosión o contaminación

de acuíferos, por lo tanto no se incluye ninguna zona de este tipo como infraestructura verde.

En cuanto a las zonas críticas respecto a cualquier riesgo natural e inducido significativo, hay que

indicar:

- Los terrenos forestales clasificados como suelo no urbanizable que hayan sufrido los efectos

de un incendio recogidos en el Plano de Información I.12. no se clasificarán como urbano o

urbanizable.

- Las actuaciones urbanísticas previstas no afectan a masas arbóreas, arbustivas o a

Page 81: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 81

formaciones vegetales de interés.

- El Consell de la Generalitat todavía no ha aprobado un Plan de Acción Territorial contra el

Riesgo Sísmico que tendrá por objeto prevenir daños sobre bienes y personas.

- Dadas las características del municipio y las previsiones de suelo urbano o urbanizable, no se

producirá erosión del suelo.

- Los futuros desarrollos urbanísticos no afectan a los cauces públicos.

- El planeamiento urbanístico orienta los futuros desarrollos urbanísticos hacia las zonas no

inundables.

- Como medio para la prevención de accidentes graves en los que intervengan sustancias

peligrosas las industrias se ubicarán en el sector de suelo industrial.

12.- Las áreas que el planeamiento territorial, ambiental y urbanístico, con valor actual o por su valor

potencial:

Áreas que por su interés para la conservación y disfrute del paisaje, para la protección de terrenos que

presenten especiales valores agrarios cuya preservación sea conveniente para el medio rural o para la

protección de espacios naturales que, sin haber sido declarados expresamente como protegidos,

reúnan valores naturales merecedores de protección.

En el municipio de Macastre se definen algunas áreas de huerta y también la zona de parque de El

Castillo.

13.- Ámbitos que garanticen la adecuada conectividad territorial entre los diferentes elementos

constitutivos de la infraestructura verde:

El área fluvial de mayor importancia se ubica en el río Magro que cruza transversalmente el término

municipal.

En este caso son barrancos, senderos, vías pecuarias, y el entramado forestal que enlaza los distintos

espacios de valor.

14.- Espacios ubicados en el suelo urbano y en el suelo urbanizable que la planificación municipal

considere relevantes:

Se plantea la Unidad de Ejecución de Suelo Urbano de la Balsa Grande para favorecer la conexión e

integración paisajística de este espacio urbano, permitiendo un recorrido desde el casco urbano, se

planteará en esta Unidad una gran zona verde y un paseo arbolado, que pertenecerán a la

Infraestructura Verde.

En el entorno urbano se consideran Infraestructura Verde a escala urbana las zonas verdes y las plazas

conectadas por viario urbano.

3.3. RED PRIMARIA

De acuerdo con el artículo 24 de la LOTUP forman la Red Primaria los siguientes elementos y también

son necesarios unos estándares de zonas verdes:

Page 82: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 82

Artículo 24 Red primaria y estándar global de zonas verdes y parques públicos

1. La red primaria es el conjunto de infraestructuras, dotaciones y equipamientos, públicos y privados, que

tienen un carácter relevante en la estructura urbanística municipal. Los elementos que integran la red

primaria estarán interconectados y distribuidos de manera equilibrada en el territorio, y comprenderán, al

menos, los siguientes:

a) Red interurbana de comunicaciones viarias, ferroviarias, portuarias y aeroportuarias.

b) Red viaria estructurante de calles, avenidas o plazas de primer rango.

c) Parques públicos, con una extensión mínima de cinco metros cuadrados por habitante, con relación al

total de población prevista en el plan.

d) En su caso, red de transporte público, urbano o metropolitano, y red de circulación no motorizada.

e) Dotaciones y equipamientos cuyo ámbito de servicio supere su entorno inmediato.

2. La previsión total de reservas de suelo para la implantación de los elementos de la red primaria se

establecerá para todo el territorio, cualquiera que sea su clasificación urbanística, y cubrirá las necesidades

previsibles por la planificación.

3. El estándar global de zonas verdes y parque públicos incluidos en la ordenación estructural y en la

ordenación pormenorizada, en cada municipio, no será inferior a 10 metros cuadrados por habitante, con

relación al total de población prevista en el plan. Este estándar se cumplirá de modo global para todo el

municipio, pero no es exigible que se cumpla en cada uno de los sectores o ámbitos de planeamiento.

4. Las categorías y la nomenclatura para designar las dotaciones se ajustarán a los criterios de unificación

dispuestos en el anexo IV de esta ley.

En el presente apartado se define la red primaria y se justifica el cumplimiento de los estándares.

En el Plano de Ordenación O.3. se representa la Red Primaria del Término Municipal de Macastre y en

el Plano de Ordenación O.4. se representa la Red Primaria del Casco Urbano.

3.3.1. COMUNICACIONES (PCV)

De acuerdo con el Anexo IV apartado III y punto 2 de la LOTUP, la red viaria se define de la siguiente

forma:

2.1. Se entiende por red viaria interurbana la conformada por los elementos lineales de las vías de

transporte supramunicipales o interurbanas. Se consideran incluidas dentro de esta red lineal las zonas

ajardinadas tales como rotondas, medianas, setos separadores, isletas y otras análogas necesarias para la

ordenación del tráfico viario, comprendidas dentro de las zonas de dominio público.

2.2. Se entiende por red viaria urbana la conformada por los elementos lineales de las vías que discurren

por el interior de la zona urbana, así como los elementos ajardinados tales como rotondas, medianas,

setos separadores, isletas y otras análogas necesarias para la ordenación del tráfico viario que no cumplan

los requisitos para ser computadas como zonas verdes según este anexo. Se admitirá el acceso a

edificaciones a través de viario privado siempre que quede garantizado el acceso de vehículos de

emergencia en las condiciones técnicas definidas en la normativa aplicable en esta materia.

En los apartados siguientes se comentan los tres tipos de viarios para el municipio de Macastre.

Page 83: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 83

3.3.1.1. RED INTERURBANA DE COMUNICACIONES

El Dominio Público de las carreteras CV-425 y CV-429 se considera Red Primaria y además se tendrá en

cuenta su zona de protección de 25 metros a ambos lados de la carretera.

La Avenida del País Valenciano también se considera Red Primaria.

3.3.1.2. RED VIARIA URBANA

El tramo de suelo urbano de la CV-425, se denomina CV-4252 y tiene consideración de vial municipal,

por lo que no serán de aplicación las zonas de protección para carreteras de Diputación y tendrá la

consideración de Red Primaria.

3.3.2. RED DE TRANSPORTE PÚBLICO, URBANO O METROPOLITANO

El municipio de Macastre dispone de servicio de autobús, que comunica el municipio con la ciudad de

Valencia.

3.3.3. RED DE CIRCULACIÓN NO MOTORIZADA

3.3.3.1. CARRIL BICI

El municipio de Macastre no dispone de carril bici en el término municipal, dado el reducido volumen

de tráfico de vehículos motorizados los ciclistas circulan por la calzada de forma compartida.

3.3.3.2. VÍAS PECUARIAS

En el término municipal existen tres vías pecuarias cuya denominación y ancho legal vienen indicadas a

continuación y grafiadas en los planos de ordenación y que se definen como Red Primaria:

1.- Colada de Socaña y Alto de Don Pedro: cruza de este a oeste el término municipal y atraviesa

la Urbanización de Llanorel, con una anchura legal de 15 metros y una longitud de 8.000 metros.

2.- Colada de la Umbría de Rovira y la Moratilla: trazado de norte a sur y sin llegar al casco

urbano de Macastre, con una anchura legal de 15 metros y una longitud clasificada de 8.100

metros.

3.- Tramo de la Vereda del paso de la Cuerna a Dos Aguas: pequeño tramo al suroeste del

término municipal, con una anchura legal de 20,89 metros y una longitud de 400 metros.

3.3.3.3. SENDEROS

En el término municipal existen dos senderos cuya denominación viene indicada a continuación y

grafiadas en los planos de ordenación y que se definen como Red Primaria:

- PR-CV-191

- Sendero Peña Micaela

3.3.4. ZONAS VERDES (PVP)

Se indican a continuación las zonas verdes que forman parte de la red primaria, en el apartado 3.3.7 se

incluye la justificación de que las superficies cumplen los estándares dotacionales.

Page 84: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 84

3.3.4.1. CONDICIONES DIMENSIONALES

De acuerdo con el Anexo IV apartado III y punto 3.2 de la LOTUP, se consideran zona verde las

siguientes tipologías:

a) El área de juego (VA): es un espacio que siempre debe tener una superficie mínima de 200 metros

cuadrados, en el que quepa inscribir un círculo de 12 metros de diámetro. Si no cumplen esas

condiciones, se considerarán elementos de la red viaria (CV). En un sector, no podrán representar más

del 20 por ciento de la superficie total de la red secundaria de zonas verdes.

b) El jardín (VJ): es un espacio que siempre debe tener una superficie mínima de 1.000 metros cuadrados,

en el que sea inscribible un círculo de 25 metros de diámetro, en posición tangente a todo y cualquier

punto de su perímetro, siendo computables a estos efectos aquellas áreas lindantes con la anterior

cuyo perímetro exterior diste menos de 6 metros del perímetro del círculo definidor de la superficie

mínima.

c) El parque (VP): es un espacio que siempre debe tener una superficie mínima de 2,5 hectáreas, en la que

se pueda inscribir un círculo de 150 metros de diámetro.

Como zona verde de la red primaria, se encuentra la del Castillo que cuenta con una superficie de

52.077 m2, se denomina PVP-1.

Se califica como parque puesto que su superficie es superior a 25.000 m2, y además permite inscribir

un círculo de 150 metros de diámetro.

También se dispone de otros 4 jardines:

- PVJ-1: Plaza Federico García Lorca cuenta con una superficie de 1.934 m2.

- PVJ-2: Jardín Balcón de Macastre cuenta con una superficie de 2.916 m2.

- PVJ-3: Urbanización Llanorel cuenta con una superficie de 7.807 m2.

- PVJ-4: Urbanización Llanorel cuenta con una superficie de 5.031 m2.

Todos ellos permiten inscribir un círculo de diámetro superior a 25 metros y su superficie es superior a

los 1.000 m2.

3.3.4.2. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS ZONAS VERDES

De acuerdo con el Anexo IV apartado III y punto 3.1 de la LOTUP, las zonas verdes deberán cumplir:

a) Poseer condiciones apropiadas para la plantación de especies vegetales, en al menos un 50% de su

superficie. Su posición será la que preste mejor servicio a los residentes y usuarios, estando prohibidas

las localizaciones de difícil acceso peatonal o cuya falta de centralidad no se compense con otras

ventajas para aquellos.

b) Nunca se destinarán a zona verde porciones residuales de la parcelación, ni se considerarán como tales

las superficies de funcionalidad viaria estricta. A estos efectos, las rotondas no podrán computar como

parte de las zonas verdes, pero sí podrán hacerlo las áreas lineales ajardinadas de bulevares y

avenidas, únicamente para la calificación de jardín, con los límites de superficie mínima definidos en el

apartado III.3.2.b, excepto el diámetro de círculo inscribible, que podrá ser de un mínimo de 20 metros,

en vez de los 25 metros exigidos con carácter general.

Page 85: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 85

c) Solo se destinarán a usos generales y normales que no excluyan ni limiten la utilización pública

conforme a su destino, admitiéndose el uso deportivo y pequeñas instalaciones de hostelería y quioscos

de una sola planta y de superficie inferior a un 5 por ciento del total. En todo caso, de acuerdo con la

legislación de carreteras, la zona de protección de las carreteras no computará como zona verde.

d) Su emplazamiento evitará aquellas zonas de topografía natural que encarezcan en exceso la

urbanización, o impliquen desmontes de impacto paisajístico inadecuado.

La zona verde de la zona del Castillo se encuentra en el entorno más alto del casco urbano y con unas

vistas privilegiadas de la zona y además dicha zona servirá como protección del propio Castillo,

actualmente la vegetación de la que dispone es la natural del entorno.

3.3.5. EQUIPAMIENTOS (PQI)

Dentro de las distintas dotaciones que tiene la población, se definen los siguientes equipamientos

existentes:

Deportivo-Recreativo (PQD)

- El polideportivo están situados al este del casco urbano, con 16.568 m². Se denomina PQD-1.

- La piscina municipal se encuentra junto al centro escolar y ocupa una superficie de 1.159 m2 y

se denomina PQD-2.

- La zona deportiva de Llanorel ocupa una superficie de 8.633 m2 y se denomina PQD-3

Educativo-Cultural (PQE)

- Educativo:

- Colegio Público, situado en la C/ Buen Aire ocupa una superficie de 3.690 m². Se

denomina PQE-1.

- Cultural:

- La casa de la cultura y música, ocupa una superficie de 354 m2. Se denomina PQE-2.

- La biblioteca y el hogar el jubilado se encuentra en el edificio del ayuntamiento

ocupando una superficie de 315 m2. Se denomina PQE-3.

Sanitario-Asistencial (PQS)

- Religioso:

- La Iglesia Parroquial, dispone de una superficie de 774 m2. Se denomina PQS-1.

- Sanitario:

- El Consultorio Médico, ocupa 187 m² de superficie. Se denomina PQS-2.

Administrativo-Institucional (PQA)

- El Ayuntamiento está emplazado en el centro la población, ocupando una superficie de 316

m². Se denomina PQA-1.

Page 86: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 86

Infraestructura-Servicio Urbano (PQI)

- Fuera del ámbito del Suelo Urbano se encuentra el cementerio municipal, ocupando una

superficie de 2.795 m². Se denomina PQI-1.

- Fuera del ámbito del Suelo Urbano se encuentra la depuradora municipal, ocupando una

superficie de 325 m². Se denomina PQI-2.

- Fuera del ámbito del Suelo Urbano se encuentran las líneas eléctricas. Se denomina PQI-3.

3.3.6. RESUMEN SUPERFICIES

Se adjunta a continuación dos tablas resumen de las superficies de la Red Primaria tanto del casco

urbano como del término municipal:

SUELO DOTACIONAL. CASCO URBANO

ZONAS VERDES

Denominación Superficie (m2)

PVJ-1 1.934

PVJ-2 2.916

PVJ-3 7.807

PVJ-4 5.031

TOTAL 17.688

EQUIPAMIENTOS

Recreativo-Deportivo Superficie (m2)

PQD-1 (Polideportivo) 16.568

PQD-2 (Piscina) 1.159

PQD-3 (Llanorel) 8.633

Administrativo-Institucional Superficie (m2)

PQA-1 (Ayuntamiento) 316

Educativo-Cultural Superficie (m2)

PQE-1 (Colegio) 3.690

PQE-2 (Casa cultura) 354

PQE-3 (Biblioteca y Hogar jubilado) 315

Sanitario-Asistencial Superficie (m2)

PQS-1 (Iglesia) 774

PQS-2 (Consultorio médico) 187

TOTAL 31.996

RED VIARIA

Denominación Superficie (m2)

PCV-V 17.568

PCV-S (Senderos) 1.208

TOTAL 18.776

TOTAL 68.460

TABLA 31: Superficies Red Primaria. Casco urbano

Page 87: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 87

Los suelos dotacionales que se encuentran en Suelo No Urbanizable son los siguientes:

SUELO DOTACIONAL TÉRMINO MUNICIPAL

ZONAS VERDES

Denominación Superficie (m2)

PVP-1 (Castillo) 52.077

TOTAL 52.077

EQUIPAMIENTOS

Servicio Urbano-Infraestructuras Superficie (m2)

PQI-1 (Cementerio) 2.795

PQI-2 (Depuradota) 325

PQI-3 (Red eléctrica) 28.388

TOTAL 31.508

RED VIARIA

Denominación Superficie (m2)

PCV-V 757.458

PCV-VP (Vías pecuarias) 323.103

PCV-S (Senderos) 47.361

TOTAL 1.127.922

TOTAL 1.211.507

TABLA 32: Red Primaria. Término municipal

La superficie dedicada a Red Primaria en suelo no urbanizable es de 1.211.507 m2.

3.3.7. JUSTIFICACIÓN RED PRIMARIA Y ESTÁNDAR GLOBAL DE ZONAS VERDES Y PARQUES PÚBLICOS

3.3.7.1. CÁLCULO DE LA POBLACIÓN POTENCIAL DEL PLAN GENERAL

De acuerdo con el artículo 22 de la LOTUP en ausencia de previsión específica para el ámbito del plan

general, se considerará que el número total de habitantes será el resultante de aplicar 2,5 habitantes

por el número de viviendas y el tamaño medio de vivienda es de 100 m2t.

A continuación se obtiene la población potencial para el cálculo de las zonas verdes de red primaria.

SUELO URBANO CONSOLIDADO

La población actual en el municipio de Macastre es de 1.262 habitantes (año 2014), con un total de

1.253 viviendas obtenidas del Censo del año 2011.

SUELO URBANO A DESARROLLAR POR UNIDADES DE EJECUCIÓN

Se trata de las demandas situadas en suelo urbano a desarrollar por las Unidades de Ejecución UE-1,

UE-2 y UE-3, y que cuentan con una ocupación de 2,5 habitantes por vivienda.

Al tratarse de viviendas aisladas el número de viviendas se ha obtenido a partir del tamaño de parcela

mínima permitida, que en este caso es de 300 m2:

Page 88: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 88

UE Superficie

(m2s)

Suelo lucrativo

(m2s)

Techo residencial

(m2t) Tipología

Parcela mínima

(m2s)

Nº max viviendas

Habitantes

UE1 15.949,26 7.521,00 7.177,17 Aisladas (AIS) 300 25 63

UE2 27.545,87 12.928,00 12.395,64 Aisladas (AIS) 300 43 108

UE3 18.450,18 9.566,66 8.302,58 Aisladas (AIS) 300 32 80

TOTAL 61.945,31 30.015,66 27.875,39 - 100 251

TABLA 33: Estimación población Suelo Urbano

SUELO URBANIZABLE

El Suelo Urbanizable Residencial se sitúa en el Sector Cuatro Caminos. Se trata de nuevas demandas

situadas en suelo urbanizable que dispone de ordenación pormenorizada, y que no se ha desarrollado.

Se considera una ocupación de 2,5 habitantes por vivienda, en el Plan Parcial aprobado se indican los

siguientes datos:

Superficie Tipología Nº máximo viviendas

Habitantes

67.861 Viviendas

Adosadas (ADO) 271 678

TABLA 34: Estimación población Suelo Urbanizable

RESUMEN

En la tabla siguiente se puede observar un resumen de la estimación de población realizada para el

municipio de Macastre, el desarrollo de las zonas vacantes se encuentra en el Documento nº6.

ESTIMACIÓN POBLACIÓN

Nº Viviendas Habitantes

POBLACIÓN ACTUAL 1.253 1.262

POBLACIÓN FUTURA 1.319 3.298

Suelo Urbano (zonas vacantes) 948 2.369

Suelo Urbano (UE) 100 251

Suelo Urbanizable 271 678

TOTAL POBLACIÓN 2.572 4.560

TABLA 35: Estimación población

Observando la tabla anterior se puede concluir que en el municipio de Macastre no se espera un

incremento de población importante, por lo que no existen unas necesidades residenciales elevadas

surgidas por el incremento poblacional y se considera que la principal demanda será para viviendas de

segunda residencia. Siendo el coeficiente de estacionalidad de 41,6%.

Hay que indicar que la mayoría de viviendas a construir en zonas vacantes se encuentran en Llanorel

donde no existe demanda, sin embargo en el casco urbano de Macastre el número de viviendas a

desarrollar en suelos vacantes son mucho más reducidas.

Page 89: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 89

Hay que indicar que un modelo de crecimiento equilibrado debería permitir al menos un crecimiento

residencial desde el punto de vista del planeamiento, de nuevas viviendas para un pequeño aumento

de población.

A partir del desarrollo de las Unidades de Ejecución y del Suelo Urbanizable residencial recogido en el

planeamiento vigente y no desarrollado, se cubrirán las necesidades de vivienda para el municipio de

Macastre tanto de primera como de segunda residencia.

3.3.7.2. JUSTIFICACIÓN RED PRIMARIA

De acuerdo con el artículo 24.1.c de la LOTUP se deberá incluir como Red Primaria un Parque Público

(PVP) con una extensión mínima de cinco metros cuadrados por habitante, con relación al total de

población prevista en el plan.

En el presente Plan General se califican como Red Primaria de zonas verdes las siguientes superficies:

SUPERFICIES RED PRIMARIA ZONAS VERDES

Superficie

PVP-1 52.077 m2

PVJ-1 1.934 m2

PVJ-2 2.916 m2

PVJ-3 7.807 m2

PVJ-4 5.031 m2

Total 69.765 m2

TABLA 36: Superficies Red Primaria de zonas verdes

Siendo la población potencial para Macastre de 4.560 habitantes será necesaria una Red Primaria de

Parque (PVP) en proporción no inferior a 5 metros cuadrados por habitante, es decir es necesaria una

superficie de 22.802 m2 de PVP, por lo que se puede comprobar que la superficie de PVP y PVJ

establecida en el Plan General es adecuada para el casco urbano de Macastre y para la Urbanización

de Llanorel.

3.3.7.3. JUSTIFICACIÓN ESTÁNDAR GLOBAL DE ZONAS VERDES Y PARQUES PÚBLICOS

De acuerdo con el artículo 24.3 de la LOTUP el estándar global de zonas verdes y parque públicos

incluidos en la ordenación estructural y en la ordenación pormenorizada, en cada municipio, no será

inferior a 10 metros cuadrados por habitante, con relación al total de población prevista en el plan.

Este estándar se cumplirá de modo global para todo el municipio, pero no es exigible que se cumpla en

cada uno de los sectores o ámbitos de planeamiento.

Contando con los jardines y parques de Red Primaria únicamente, se obtiene un total de 69.765 m2

como se puede observar en el apartado anterior.

Siendo la población potencial para Macastre de 4.560 habitantes será necesaria una superficie de

zonas verdes en una proporción no inferior a 10 m2 de zona verde por habitante, es decir es necesaria

una superficie de 45.600 m2 de zonas verdes, por lo que se puede comprobar que la superficie

establecida en el Plan General es adecuada (para la justificación de este estándar se podría haber

Page 90: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 90

computado la superficie de red secundaria pero no se ha considerado necesario puesto que se cumple

con la red primaria únicamente).

3.3.8. JUSTIFICACIÓN DE LA SUPERFICIE DE PARCELA ESCOLAR

Se adjunta como Anejo nº 2 la justificación de la reserva de equipamiento docente.

3.4. DELIMITACIÓN DE ZONAS DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

El presente Plan General Estructural delimita, en función de las características del territorio, de sus

valores y de los usos a implantar, las siguientes zonas de ordenación estructural que abarcan la

totalidad del término municipal.

3.4.1. ZONAS URBANIZADAS (ZUR)

El Plan General Estructural de Macastre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la LOTUP

establece para las zonas urbanizadas los usos dominantes, distinguiendo entre: Residencial, Industrial,

Terciario y Dotacional.

En las fichas de zona de las zonas urbanizadas se definen las normas a aplicables en cada zona, los

usos, intensidades, grados de protección y criterios de integración paisajística, de acuerdo con las

características zonales y los objetivos del plan.

En las zonas de uso dominante residencial, el plan distingue, entre zonas de alta, media y baja

densidad, limita la población máxima que pueden acoger y fija la edificabilidad y criterios tipológicos

que permitan su posterior regulación pormenorizada.

En las zonas industriales el plan diferencia, entre zonas según los usos y las características de las

actividades en función de su compatibilidad con otros usos, fijando la edificabilidad, los criterios

tipológicos que permitan su posterior regulación pormenorizada y los usos dominantes.

El núcleo histórico se ha distinguido como una zona diferenciada sujeta a ordenaciones específicas

tendente a preservar sus características morfológicas tradicionales.

- Zona urbanizada residencial Casco Antiguo (ZUR-CA).

- Zona urbanizada residencial Ampliación de casco (ZUR-RE-AC).

- Zona urbanizada residencial Ensanche uno (ZUR-RE-ENS-1).

- Zona urbanizada residencial Ensanche dos (ZUR-RE-ENS-2).

- Zona urbanizada residencial Ensanche tres (ZUR-RE-ENS-3).

- Zona urbanizada residencial Viviendas Aisladas Macastre (ZUR-RE-AIS-Macastre).

- Zona urbanizada residencial Viviendas Aisladas Llanorel (ZUR-RE-AIS-Llanorel).

- Zona urbanizada industrial Ensanche tolerancia industrial (ZUR-IN-ETI).

Page 91: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 91

3.4.2. ZONAS NUEVOS DESARROLLOS (ZND)

El Plan General Estructural de Macastre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la LOTUP

establece para las zonas de nuevo desarrollo el uso dominante. Se delimitan dos zonas de nuevo

desarrollo una de uso industrial y otra de uso residencial que ya se encuentra aprobada (Cuatro

Caminos):

En las fichas de zona de las zonas de nuevo desarrollo y en las fichas de gestión se definen las normas a

aplicables en cada zona, los usos, intensidades, grados de protección y criterios de integración

paisajística, de acuerdo con las características zonales y los objetivos del plan.

- Zona de nuevo desarrollo residencial adosada (ZND-RE-ADO).

- Zona de nuevo desarrollo industrial aislada/adosada (ZND-IN-AIS/ADO).

3.4.3. ZONAS RURALES COMUNES (ZRC)

Las zonas rurales comunes incluyen la totalidad del suelo agrícola del municipio, con excepción del que

ha sido clasificado como zonas rurales protegidas por algún motivo especial. Se distinguen las

siguientes subzonas:

Zona Rural Común agropecuaria (ZRC-AG)

Se ubican en este ámbito las zonas de cultivo de regadío, que se encuentran antropizadas.

Zona Rural Común agropecuaria núcleos de viviendas consolidados (ZRC-AG-NVC)

La problemática urbanística de Macastre se caracteriza por la existencia de un término municipal

extenso (37,66 km2) en el que existen numerosas viviendas diseminadas de crecimiento no planificado,

en total suman alrededor de 260 viviendas aisladas y de 18 núcleos de población en el Suelo No

Urbanizable. No hay red de saneamiento en ninguna de estas urbanizaciones, funcionado en base de

pozos negros y fosas sépticas, con una importante problemática medioambiental. Solo algunos de

ellos cuentan con infraestructuras básicas como agua potable y energía eléctrica, y otros muchos no.

También se ha señalado que los territorios en que han tenido lugar estos procesos de colonización al

margen de las leyes, son muy vulnerables en términos ambientales, y por su riqueza paisajística.

Se trata de contener y acotar estas zonas, en la actualidad muy numerosas aunque no demasiado

extensas y que ofrecen limites bien definidos. Esta ordenación de los núcleos de población habrá de

definir la delimitación de los perímetros y cuidar la calidad entre lo ya existente y el entorno natural

inmediato, la ejecución de los servicios básicos, evitando cuando menos el vertido de aguas residuales

al subsuelo con una depuradora de aguas residuales por cada núcleo de población, y la dotación de

accesos adecuados desde la red primaria de carreteras, con la garantía de que habrán de tenerse en

consideración las afecciones ambientales que de ellos deriven.

Hay algunos núcleos en suelo protegido, a los que les sería de aplicación la normativa especifica de

protección y la normativa derivada de la protección de los Espacios Naturales Protegidos.

La zona de ordenación es discontinua y engloba los núcleos de viviendas consolidados que deben

minimizar su impacto territorial y cuya implantación se ha efectuado al margen de los procesos

formalizados de urbanización y edificación.

Page 92: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 92

Los núcleos de viviendas se han delimitado con los criterios del artículo 201.2 de la LOTUP

“A los efectos de la delimitación a que se refiere el apartado anterior, se consideran núcleos de viviendas

consolidados las agrupaciones de viviendas implantadas sobre ámbitos en suelo no urbanizable que

conserven una parcelación de características rurales propias del ámbito territorial, y con una densidad

igual o superior a tres viviendas por hectárea, sobre las que no quepa la realización de medidas de

restauración de la legalidad urbanística o hayan quedado fuera de ordenación.”

La ordenación pormenorizada de esta zona se realizará por medio de un plan especial que podrá

comprender fases de ejecución de las obras de urbanización, y que deberá redelimitar dichos núcleos

para adaptarlos a lindes de propiedad real y cumplir las densidades exigidas. En las zonas afectadas

por peligro de inundabilidad serán de aplicación las condiciones establecidas en la normativa del

PATRICOVA.

Zona Rural Común forestal (ZRC-FO)

El ámbito de este tipo de suelo son los terrenos que engloban masas forestales de una cierta entidad y

los que reúnen las condiciones necesarias para ser incluidos.

3.4.4. ZONAS RURALES PROTEGIDAS (ZRP)

Se califican en el presente Plan General Estructural como zonas rurales protegidas los LIC y ZEPAS, a los

que les de aplicación la normativa sectorial.

Son áreas rurales protegidas los cauces de barrancos y las vías pecuarias. También lo son los

elementos del patrimonio arquitectónico, arqueológico, etnológico o arbóreo sitos en suelo no

urbanizable.

Son también áreas rurales protegidas las infraestructuras de comunicación de carreteras y sus zonas

de servidumbre y protección, a las que les son de aplicación la normativa sectorial de las mismas.

También lo son las infraestructuras de transporte de electricidad a las que también les es de aplicación

su propia normativa sectorial. También lo son los perímetros de protección de las captaciones de agua

para consumo humano.

Son áreas rurales protegidas las dotaciones existentes en la zona rural, así como las reservas de suelo

dotacional previstas en dicha clase de suelo por ser más convenientes para el mejor servicio público.

Son áreas rurales protegidas las sometidas a determinados niveles de riesgo (inundabilidad,

deslizamientos, etc).

En las fichas de zona se establecen los usos y aprovechamientos permitidos en cada una de estas

zonas.

Zona rural protegida natural (ZRP-NA)

Terrenos con valores ambientales, paisajísticos, culturales o económicos que se deban conservar,

recuperar o mejorar, porque así lo recoja el plan general estructural o derivados de declaraciones

formales o administrativas de rango superior.

En el municipio de Macastre se incorporan a esta zona los LICs y ZEPAs, los árboles singulares y

monumentales, las cuevas catalogadas, las vías pecuarias y los senderos de valor para los vecinos.

Page 93: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 93

También se incluyen las dotaciones de zonas verdes como la de El Castillo, en la que se mantendrá la

vegetación actual.

Zona rural protegida por afecciones (ZRP-AF)

Terrenos en los que algún tipo de afección determina el uso principal de una zona y tiene una entidad

superficial suficiente para definir un área diferenciada del resto de zonas.

En el municipio de Macastre se incorporan a esta zona las afecciones viarias por carreteras de

Diputación, las afecciones hidráulicas por cauces, barrancos, fuentes, etc. las afecciones por líneas

eléctricas y por dotaciones en Suelo No Urbanizable.

Zona rural protegida por riesgos (ZRP-RI)

Terrenos en los que esté acreditada la presencia de un importante riesgo de erosión,

desprendimiento, inundaciones u otros riesgos naturales o inducidos que desaconsejen su

transformación.

En el caso de Macastre se definen las zonas de riesgo de inundación recogidas en PATRICOVA.

3.5. DELIMITACIÓN DE PERÍMETROS DE AFECCIÓN Y PROTECCIÓN, EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN SECTORIAL

Los bienes de dominio público no municipal están sujetos a las determinaciones de la normativa

sectorial que les resulta de aplicación.

3.5.1. CARRETERAS

En el apartado 5.9.3 de la Memoria Informativa se recogen los condicionantes y la legislación

aplicables a las carreteras pertenecientes a la Red Comunitaria y en el apartado 1.2.2.3 de la Memoria

Justificativa la delimitación de las mismas.

Para todas ellas tendrá la consideración de Red Primaria “Red Viaria Supramunicipal” el Dominio

Público y de Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V) hasta la zona de

protección.

El tramo de suelo urbano de la CV-425, se denomina CV-4252 y tiene consideración de vial municipal,

por lo que no serán de aplicación las zonas de protección para carreteras de Diputación.

La CV-429 pasa por una zona de Suelo Urbano al norte del casco urbano y que ya se encuentra

consolidada y por el Sector de Suelo Urbanizable de Cuatro Caminos al que en su aprobación ya se le

aplicó la legislación de carreteras.

3.5.2. ENERGÍA ELÉCTRICA

En el apartado 5.9.4 de la Memoria Informativa se recogen los condicionantes y la legislación

aplicables a las redes de energía eléctrica. En el término municipal de Macastre no existen líneas de

alta tensión que puedan tener edificaciones a su alrededor, se aplicará la legislación a las redes de

media tensión.

Page 94: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 94

3.5.3. DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO

En el Documento independiente nº 7 y en el 5.9.9 de la Memoria Informativa se recogen los

condicionantes y la legislación aplicables al dominio público hidráulico.

En el Plan General de Macastre tienen la consideración de Suelo No Urbanizable Protección por

Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) la zona de dominio público y zona de servidumbre de todos los

cauces naturales que discurren por el término municipal, además de las fuentes y los manantiales.

El río Magro, además, atraviesa todo el término municipal, con un recorrido encañonado que forma

hoces hasta llegar al valle de las Huertas del Río. Además del río Magro se encuentran los siguientes

cauces:

- Barranco de La Hortera

- Barranco del Valenciano

- Barranco del Burro

- Barranco del cortesano

- Barranco de Antonia

- Rambla Chevera

- Rambla Llamoret Barranco Simón

- Barranco del Regajo

- Barranco del Rosel

- Etc.

En cuanto a las fuentes o manantiales del municipio de Macastre hay que indicar las siguientes:

- Fuente de la Moratilla

- Fuente del Polito

- Fuente de la Cuerna

- Fuente del Río

- Fuente de Santa Bárbara

- Fuente Grande

- Fuente del Bolot

- Fuente Cara Castellana

- Fuente San Chil

En el barranco de La Horteta o Regajo encontramos una fuente de agua salada con balsas, utilizada

para extraer sal en tiempos remotos.

3.5.4. DOMINIO PÚBLICO FORESTAL

En el apartado 5.9.11 de la Memoria Informativa se recogen los condicionantes y la legislación

aplicable al Dominio Público Forestal, en el municipio no existen Montes de Utilidad Pública ni montes

gestionados por la CITMA.

3.5.5. VÍAS PECUARIAS

De acuerdo con lo indicado en el apartado 5.9.13 de la Memoria Informativa según el Proyecto de

Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Macastre, aprobado por Orden Ministerial

de 15 julio 1977, siendo publicada en el BOE el 15 de septiembre 1977, existen tres vías pecuarias en el

término municipal de Macastre.

1.- Colada de Socaña y Alto de Don Pedro: cruza de este a oeste el término municipal y atraviesa

la Urbanización de Llanorel

- Anchura legal (m): 15 metros.

Page 95: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 95

- Anchura necesaria (m): 15 metros.

- Longitud clasificada: 8.000 metros.

- Superficie clasificada: 120.000 m2.

2.- Colada de la Umbría de Rovira y la Moratilla: trazado de norte a sur y sin llegar al casco

urbano de Macastre

- Anchura legal (m): 15 metros.

- Anchura necesaria (m): 15 metros.

- Longitud clasificada: 8.100 metros.

- Superficie: 121.500 m2.

3.- Tramo de la Vereda del paso de la Cuerna a Dos Aguas: pequeño tramo al suroeste del

término municipal

- Anchura legal (m): 20,89 metros.

- Anchura necesaria (m): 20,89 metros.

- Longitud: 400 metros.

- Superficie: 8.356 m2.

En el Plano de Información I.10 se pueden observar las vías pecuarias, tanto en la zona urbana como

en el resto del término municipal.

Para el tramo de la Colada de Socaña y Alto de Don Pedro que discurre por Suelo Urbano (zona de

Llanorel) se mantiene su trazado en toda su extensión y en cuanto a su anchura se clasifica con la real

que le permiten las calles del casco urbano y que será variable dependiendo de la zona, además se

establece como Red Primaria.

En cuanto a la Colada de la Umbría de Rovira y la Moratilla no llegan al Suelo Urbano.

En cuanto a los tramos de las dos vías pecuarias que discurren por Suelo No Urbanizable se mantiene

su trazado en toda su extensión y con la anchura de la clasificación y se calificarán como Suelo No

Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP), además se establecerán como Red

Primaria.

Ninguna de las vías pecuarias pasa por un Sector de Suelo Urbanizable o Unidad de Ejecución de Suelo

Urbano, por lo tanto no es necesario descontar la superficie de la vía pecuaria del ámbito del sector o

unidad de ejecución. Ni tampoco computarán como suelo dotacional a los efectos del cumplimiento

de los estándares previstos en la legislación urbanística.

No es necesaria la alteración del trazado de ninguna vía pecuaria, y por lo tanto no es necesario un

trazado alternativo, ni mantener la integridad superficial, en caso de que hubiera sido necesario los

terrenos no podrían tener servidumbres de carreteras, etc., ya que la propiedad de los terrenos debe

ser plena y libre de toda carga.

Page 96: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 96

3.6. CLASIFICACIÓN DEL SUELO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la LOTUP, el suelo se clasifica como urbano, urbanizable y

no urbanizable, ajustándose a los criterios establecidos en dicha ley.

3.6.1. SUELO URBANO

El suelo urbano engloba aquellos terrenos que han adquirido un cierto grado de consolidación por la

urbanización y que el Plan prevé ejecutar conforme al régimen de actuaciones aisladas por estar

dotados total o parcialmente de los servicios urbanísticos, y el que careciendo de consolidación por la

urbanización, su ejecución se prevé en régimen de actuaciones integradas.

De acuerdo con el artículo 75 de la LOTUP en los núcleos urbanos tradicionales de municipios de

escaso crecimiento, podrán delimitarse pequeñas zonas con la amplitud necesaria para acoger las

demandas de la población residente, prolongando la morfología tradicional de calles y edificación y

legitimando exigencias más sencillas de urbanización derivadas de su densidad moderada, su entorno

agrario y su escasa motorización. Estos ámbitos se podrán desarrollar como actuaciones aisladas según

el artículo 72.3.b de esta ley.

En el municipio de Macastre se definen pequeños crecimientos delimitados como Unidades de

Ejecución, que parcialmente podrán ser desarrolladas como actuaciones aisladas.

En resumen las unidades de suelo urbano son los siguientes:

Uso dominante residencial:

- UE-1 (Balcón de Macastre): Situado en la zona oeste del casco urbano y cuenta con una

superficie de 15.949,26 m2.

- UE-2 (Fuente Grande): Situado en la zona oeste del casco urbano y cuenta con una superficie

de 27.545,87 m2.

- UE-3 (Campo de fútbol): Situado en la zona este del casco urbano y cuenta con una superficie

de 18.450,18 m2.

3.6.2. SUELO URBANIZABLE

Como suelo urbanizable, con carácter general, se clasifica el que engloba los ámbitos de nuevos

desarrollos y cuya ejecución, obviamente, se prevé en régimen de actuaciones integradas. Este

régimen, comporta la obra pública de urbanización conjunta de un ámbito, realizado de una sola vez o

por fases. El régimen de actuación integrada queda vinculado a la programación de un determinado

ámbito de actuación, ya sea por gestión directa o por gestión indirecta, y comporta, asimismo, un

régimen de gestión de suelo equivalente a la equidistribución mediante la técnica de la reparcelación,

y la consiguiente transformación física del terreno mediante la ejecución de las obras de urbanización.

Todo el suelo urbanizable queda englobado en sectores, salvo algunas porciones de suelo dotacional,

que no estando incluidas en sector alguno se adscribirán a alguno de los sectores a efectos de gestión,

integrando un área de reparto.

El suelo urbanizable es el que, por su magnitud y por su situación estratégica, define el modelo de

desarrollo elegido y constituye la base para poder absorber el crecimiento previsible de los distintos

Page 97: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 97

usos. Su delimitación y características se apoyan en los criterios definidos en las estrategias de

evolución urbana, en la relación con los usos dominantes actuales y en su integración en la trama

formada por los elementos determinantes de la red primaria o estructural.

En el municipio de Macastre se dispone de un Suelo Urbanizable Residencial ya aprobado en la zona

de Cuatro Caminos y que no se encuentra desarrollado actualmente y que cuenta con una superficie

de 67.861 m2.

Se propone la creación de un suelo urbanizable industrial, se pretende paliar la falta de suelo

destinado al asentamiento industrial. Por otro lado, eliminar la industria del casco urbano,

concentrándola en una zona específica y preparada para ello. Estos terrenos se sitúan al otro lado de la

variante de la carretera CV-425, aprovechando la buena accesibilidad externa que posee esta zona. Se

trata de una superficie de 33.815,08 m2.

En resumen los sectores de suelo urbanizable son los siguientes:

Uso dominante residencial:

- Sector SUble-RE-ADO-Cuatro caminos: Situado en la zona oeste del municipio y cuenta con

una superficie de 67.861 m2.

Uso dominante industrial:

- Sector SUble-IN-AIS/ADO: Situado en la zona este del municipio y cuenta con una superficie de

33.815 m2.

3.6.3. SUELO NO URBANIZABLE

El suelo no urbanizable comprende aquellos terrenos de naturaleza rústica que, reuniendo valores,

riesgos o riquezas naturales y aquellos inadecuados para su desarrollo urbano de conformidad con los

objetivos y criterios establecidos en la legislación sobre ordenación del territorio o en los instrumentos

de ordenación del territorio previstos en aquélla.

En el apartado siguiente se especifican más ampliamente.

3.6.4. CLASIFICACIÓN DEL SUELO SEGÚN ZONAS DE ORDENACIÓN

De acuerdo a las zonas de ordenación definidas en el apartado 3.4 de la presente Memoria

Justificativa, se distingue la siguiente clasificación del suelo:

Page 98: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 98

ZONA DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL CLASIFICACIÓN DEL SUELO

ZONAS URBANIZADAS (ZUR) SUELO URBANO

Zona urbanizada residencial Casco antiguo (ZUR-CA) Suelo Urbano residencial Casco Antiguo (SU-CA)

Zona urbanizada residencial Ampliación de casco (ZUR-RE-AC) Suelo Urbano residencial Ampliación de casco (SU-RE-AC)

Zona urbanizada residencial Ensanche uno (ZUR-RE-ENS-1) Suelo Urbano residencial Ensanche uno (SU-RE-ENS-1)

Zona urbanizada residencial Ensanche dos (ZUR-RE-ENS-2) Suelo Urbano residencial Ensanche dos (SU-RE-ENS-2)

Zona urbanizada residencial Ensanche tres (ZUR-RE-ENS-3) Suelo Urbano residencial Ensanche tres (SU-RE-ENS-3)

Zona urbanizada residencial Viviendas aisladas Macastre (ZUR-RE-AIS-Macastre)

Suelo Urbano residencial Viviendas aisladas (SU-RE-AIS-Macastre)

Zona urbanizada residencial Viviendas aisladas Llanorel (ZUR-RE-AIS-Llanorel)

Suelo Urbano residencial Viviendas aisladas (SU-RE-AIS-Llanorel)

Zona urbanizada industrial Ensanche tolerancia industrial (ZUR-IN-ETI)

Suelo Urbano industrial Ensanche tolerancia industrial (SU-IN-ETI)

ZONAS NUEVOS DESARROLLOS (ZND) SUELO URBANIZABLE

Zona de nuevo desarrollo residencial vivienda adosada (ZND-RE-ADO)

Suelo Urbanizable (SUble-RE-ADO-Cuatro caminos)

Zona de nuevo desarrollo industrial aislada/adosada (ZND-IN-AIS/ADO)

Suelo Urbanizable (SUble-IN-AIS/ADO)

ZONA RURAL COMÚN (ZRC) SUELO NO URBANIZABLE COMÚN

Zona rural común (ZRC) Suelo No Urbanizable Común (SNUC)

Zona rural común agropecuaria (ZRC-AG) Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG)

Zona rural común agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados. (ZRC-AG-NV)

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados. (SNUC-AG-NV)

Zona rural común forestal (ZRC-FO) Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO)

ZONA RURAL PROTEGIDA (ZRP) SUELO NO URBANIZABLE PROTEGIDO

Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales (SNUP-NA-AM)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S)

Zona rural protegida natural (ZRP-NA)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Dotacional Zonas verdes (SNUP-NA-ZV)

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V)

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H)

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT)

Zona rural protegida por afecciones (ZRP-AF)

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Eléctricas (SNUP-AF-E)

Zona rural protegida por riesgos (ZRP-RI) Suelo No Urbanizable Protección por Riesgos Inundación (SNUP-RI-IN)

TABLA 37: Clasificación del suelo por zonas de ordenación

Page 99: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 99

3.6.5. RESUMEN SUPERFICIES

Se adjuntan a continuación las superficies incluidas en cada clase de suelo, Sector y Unidad de

Ejecución y la división del suelo no urbanizable se realiza en el apartado siguiente:

SUPERFICIES

CLASIFICACIÓN / CALIFICACIÓN SUPERFICIES PORCENTAJES

SUELO URBANO

Suelo urbano residencial

Suelo Urbano residencial Casco Antiguo (SU-CA) 15.623 m2 0,04 %

Suelo Urbano residencial Ampliación de casco (SU-RE-AC) 14.257 m2 0,04 %

Suelo Urbano residencial Ensanche uno (SU-RE-ENS-1) 31.629 m2 0,08 %

Suelo Urbano residencial Ensanche dos (SU-RE-ENS-2) 72.780 m2 0,19 %

Suelo Urbano residencial Ensanche tres (SU-RE-ENS-3) 81.373 m2 0,22 %

Suelo Urbano residencial Viviendas aisladas_Macastre (SU-RE-AIS-Macastre)

201.749 m2 0,54 %

Unidad de Ejecución UE-1 (Balcón de Macastre) 15.949 m2

Unidad de Ejecución UE-2 (Fuente Grande) 27.545 m2

Unidad de Ejecución UE-3 (Campo de fútbol) 18.450 m2

Suelo Urbano residencial Viviendas aisladas_Llanorel (SU-RE-AIS-Llanorel)

319.831 m2 0,85 %

Suelo urbano industrial

Suelo Urbano industrial Ensanche tolerancia industrial (SU-IN-ETI) 41.195 m2 0,11 %

SUELO URBANIZABLE

Suelo urbanizable residencial

Suelo urbanizable residencial Viviendas adosadas (SUble-RE-ADO)

Sector SUble-RE-ADO (Cuatro caminos, aprobado) 67.861 m2 0,18 %

Suelo urbanizable industrial

Suelo urbanizable industrial edificación aislada/adosada (SUble-IN-AIS/ADO)

Sector SUble-IN-AIS/ADO 33.815 m2 0,09 %

TABLA 38: Superficies según clases de suelo

Se indican a continuación las superficies clasificadas como urbano, urbanizable y no urbanizable en el

término municipal de Macastre, dicha clasificación viene determinada en los planos de ordenación,

especialmente en el Plano O.2. “Clasificación del Suelo en el término municipal” y Plano O.4

“Clasificación del suelo y red primaria suelo dotacional en el casco urbano”.

SUPERFICIES

CLASIFICACIÓN SUPERFICIES PORCENTAJES

SUELO URBANO 778.438 m2 2,07 %

SUELO URBANIZABLE 101.676 m2 0,27 %

SUELO NO URBANIZABLE 36.778.354 m2 97,66 %

TOTAL 37.658.468 m2 100,00 %

TABLA 39: Superficies clasificación suelo

Page 100: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 100

3.7. ORDENACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE

De acuerdo con la LOTUP, se distinguen las siguientes zonas de ordenación diferenciada:

Suelo No Urbanizable Común

El suelo no urbanizable común comprende aquellos terrenos de naturaleza rústica que, reuniendo

valores, riesgos o riquezas naturales no sean merecedores de una especial protección y aquellos

inadecuados para su desarrollo urbano de conformidad con los objetivos y criterios establecidos en la

legislación sobre ordenación del territorio o en los instrumentos de ordenación del territorio previstos

en aquélla.

En el Plan General se distinguen las siguientes zonas en Suelo No Urbanizable Común:

- Suelo No Urbanizable Común (SNUC): Son zonas cuyos terrenos son idóneos para

aprovechamientos agropecuarios, forestales o cinegéticos. Se permite la construcción de

vivienda aislada y familiar y las declaraciones de interés comunitario en estas zonas, de

acuerdo con la LOTUP.

- Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG): incluye los terrenos que merecen ser

preservados del proceso urbanizador por ser base de explotaciones agrícolas o agropecuarias

que desean mantenerse.

- Suelo No Urbanizable Común Agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados (SNUC-AG-

NVC): incluye terrenos discontinuos y engloba los núcleos de viviendas consolidados que

deben minimizar su impacto territorial y cuya implantación se ha efectuado al margen de los

procesos formalizados de urbanización y edificación.

- Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO): se recogen todos aquellos suelos que

engloban masas forestales de una cierta entidad (de acuerdo con el Plano de Información I.5

“Usos del Suelo”, realizado de acuerdo al “Sistema de Información sobre Ocupación del Suelo

de España”, SIOSE y al Plano de Información I.10 donde se incluye el suelo forestal ordinario

del PATFOR).

Suelo No Urbanizable Protegido

Se califica y ordena como suelo no urbanizable protegido, los siguientes terrenos:

- Los que tengan la condición de bienes del dominio público marítimo e hidráulico, de

conformidad con su legislación reguladora.

- Los sujetos a un régimen específico de protección o mejora conforme a la correspondiente

legislación administrativa, incluidas las limitaciones y servidumbres así como las declaraciones

formales o medidas administrativas, que, de conformidad con dicha legislación tengan por

objeto la conservación de la naturaleza, flora, fauna, agua o del territorio.

- Los que alberguen bienes incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural

Valenciano.

- Los comprendidos en espacios forestales, paisajísticos y ecológicos que estén sujetos a

medidas de conservación o regeneración aprobadas conforme a su legislación protectora.

Page 101: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 101

- Aquellos que estén sometidos a algún régimen de protección incompatible con su

transformación de acuerdo con la legislación sectorial aplicable o con los planes de

ordenación territorial.

- En los que esté acreditada la presencia de un importante riesgo de erosión, desprendimiento,

inundaciones u otros riesgos naturales que desaconseje su transformación.

También reciben esta calificación los terrenos que alberguen valores naturales, paisajísticos o

culturales cuya restauración, conservación o mantenimiento convenga al interés público local.

Igualmente, se califica como suelo no urbanizable protegido, los terrenos que presenten valores

rústicos o agrarios considerados definitorios de un ambiente rural digno de singular tratamiento por su

importancia social, paisajística o cultural o de productividad agrícola.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E): se recogen el LIC y la ZEPA

que afectan al municipio.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales (SNUP-NA-AM): se recogen

los árboles singulares y monumentales que afectan al municipio.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C): se incluyen edificaciones y

yacimientos arqueológicos incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU): se recogen las cuevas que

afectan al municipio.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP): incluye la anchura

legal de cada uno de los cordeles y coladas existentes en el término municipal.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S): incluye la anchura de los

senderos con valor en el término municipal.

- Suelo No Urbanizable Protección Natural Dotacional Zonas verdes (SNUP-NA-ZV): se incluyen

las zonas verdes como la de El Castillo, etc.

- Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V): incluye la zona de

dominio público y zona de protección de las carreteras CV-425 y CV-429.

- Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H): se incluyen las

fuentes y manantiales, cauces (zona de dominio público y servidumbre), acequias, depósitos y

los pozos de captación.

- Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT): se

incluyen los equipamientos como depuradora, etc.

- Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Eléctricas (SNUP-AF-E): se incluyen las líneas

eléctricas de alta tensión.

- Suelo No Urbanizable Protección por Riesgos Inundación (SNUP-RI-IN): se incluyen las zonas

con riesgo de inundación.

Page 102: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 102

CLASIFICACIÓN / CALIFICACIÓN SUPERFICIES

Suelo No Urbanizable Común

14.384.239 m2 (con superposición de categorías)

14.219.414 m2 (sin superposición de categorías)

Suelo No Urbanizable Común (SNUC) 4.033.492 m2

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG) 863.161 m2

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados (SNUC-AG-NVC)

164.825 m2

Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO) 9.322.761 m2

Suelo No Urbanizable Protegido

23.488.202 m2 (con superposición de categorías)

22.558.941 m2 (sin superposición de categorías)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E) 20.510.137 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales (SNUP-NA-AM)

316 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C) 95.039 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU) 9.993 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP) 323.103 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S) 47.361 m2

Suelo No Urbanizable Protección Natural Dotacional Zonas verdes (SNUP-NA-ZV)

52.077 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V) 757.458 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) 768.222 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT)

13.873 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Eléctricas (SNUP-AF-E) 28.388 m2

Suelo No Urbanizable Protección por Riesgos Inundación (SNUP-RI-IN) 882.235 m2

TABLA 40: Superficies Suelo No Urbanizable planeamiento propuesto

Hay zonas en las que se solapan varias Protecciones por lo que a continuación se distinguen los

distintos ámbitos:

Suelo No Urbanizable sin computar solapes 36.778.355 m2

Suelo No Urbanizable computando solapes 37.872.441 m2

Las redes viarias, vías pecuarias y otras redes están computadas dentro de la clasificación del suelo

donde se ubican.

3.8. DELIMITACIÓN DE ÁMBITOS DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO DIFERENCIADO

3.8.1. CRITERIOS GENERALES

De acuerdo con el Anexo IV apartado IV y punto 1 de la LOTUP, se tendrán en cuenta las siguientes

consideraciones:

Page 103: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 103

1. Superficie computable del sector

1.1. Se define la superficie computable del sector (SCS) como el ámbito superficial al que se le aplican los

índices de edificabilidad bruta para obtener la edificabilidad bruta del sector. En determinados supuestos, la

superficie computable del sector se aplicará también para el cálculo de los estándares dotacionales

expresados en porcentajes superficiales.

1.2. Como regla general, la superficie computable del sector coincide con la superficie del sector. Sin

embargo, la superficie computable del sector será inferior a la superficie del sector cuando se dé alguna o

varias de las siguientes circunstancias: red primaria incluida en el sector que no se ejecuta a cargo de la

actuación; actuaciones aisladas que se excluyen de la actuación integrada por aplicación del régimen

establecido para las áreas semiconsolidadas; zonas de protección derivadas de la legislación sectorial; o

dotaciones públicas existentes (no viarias) que se integren en el nuevo plan.

Los terrenos que quedan fuera del ámbito de un sector (Red Primaria adscrita al mismo) no computan

a efectos de determinar su techo edificable.

Aplicando este criterio a la Red Primaria supone que aquellos elementos que están dentro de los

límites del sector, que se ceden y ejecutan con cargo al sector, sí que generan techo edificable y

pueden computar como red secundaria (a efectos de dotaciones) ya que discurre por el sector y puede

ser de utilidad para sus comunicaciones internas. Por el contrario la Red Primaria adscrita no generan

techo edificable y no pueden computar como red secundaria (a efectos de dotaciones) al no discurrir

por el sector.

- Los elementos de la Red Primaria de Viario incluida en el sector: generan techo edificable y

pueden computar como red secundaria ya que discurre por el sector y puede ser de utilidad

para sus comunicaciones internas. Debe ser cedido y ejecutado con cargo al sector.

- Los elementos de la Red Primaria de Viario no incluida en el sector: no generan techo

edificable y no pueden computar como red secundaria. Si estuviesen adscritos al sector deben

ser cedidos pero no ejecutados con cargo al sector, salvo previsión expresa del Plan General o

propuesta de mejora en el Programa de Actuación Integrada.

- Los elementos de la Red Primaria de Zonas Verdes incluida en el sector: generan techo

edificable y pueden computar como red secundaria, si no lo han sido para cumplir el estándar

de Parque Publico de Plan General. Debe ser cedido y ejecutado con cargo al sector.

- Los elementos de la Red Primaria de Zonas Verdes no incluido en el sector: no generan techo

edificable y no pueden computar como red secundaria. Si estuviesen adscritos al sector,

deberían ser cedidos y ejecutados con cargo al sector (ya que así lo prevé en este caso el Plan

General).

- Los elementos de la Red Primaria de Equipamiento incluido en el sector: generan techo

edificable y no pueden computar como red secundaria. Deben ser cedidos pero no ejecutados

con cargo al sector.

- Los elementos de la Red Primaria de Equipamiento no incluido en el sector: no generan techo

edificable y no pueden computar como red secundaria. Si estuviesen adscritos al sector,

deberían ser cedidos aunque no ejecutados con cargo al sector.

Page 104: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 104

3.8.2. SUELO URBANO

El Plan General no establece sectores a desarrollar por Planes de Reforma Interior en el Suelo Urbano.

Se definen tres zonas a desarrollar por Unidades de Ejecución:

- UE-1 (Balcón de Macastre): Situado en la zona oeste del casco urbano y cuenta con una

superficie de 15.949,26 m2.

- UE-2 (Fuente Grande): Situado en la zona oeste del casco urbano y cuenta con una superficie

de 27.545,87 m2.

- UE-3 (Campo de fútbol): Situado en la zona este del casco urbano y cuenta con una superficie

de 18.450,18 m2.

3.8.3. SUELO URBANIZABLE

Todos los sectores previstos se encuentran clasificados como suelo urbanizable. Con carácter general,

el suelo urbanizable es el que, por su magnitud y por su situación estratégica, define el modelo de

desarrollo elegido y constituye la base para poder absorber el crecimiento previsible de los distintos

usos. Su delimitación y características se apoyan en los criterios definidos en las estrategias de

evolución urbana, en la relación con los usos dominantes actuales y en su integración en la trama

formada por los elementos determinantes de la red primaria o estructural.

La extensión gráfica de cada uno de los sectores viene reflejada en el Plano de Ordenación O.5. Para

cada sector se ha redactado una ficha de planeamiento y de gestión.

El sector de suelo urbanizable de Cuatro Caminos se delimitó con los criterios establecidos en los

artículos 47 y 54 de la LUV, pues su desarrollo se inició al amparo de dicha normativa.

Se ha buscado orientar los futuros desarrollo hacia zonas que no linden con espacios que presenten

valores y riquezas significativos.

No se ha buscado zonas con vulnerabilidad muy alta y riesgo de erosión muy alto.

En torno a los cauces se estable una franja de protección que recoge sus características

geomorfológicas y las ecológicas, garantizando de esta forma su función como corredor verde.

SUPERFICIE COMPUTABLE SECTOR SUELO URBANIZABLE RESIDENCIAL “CUATRO CAMINOS”

La ordenación pormenorizada definida para el Sector SUble-RE-ADO-Cuatro Caminos viene

determinada por la Homologación y Plan Parcial del Sector Residencial Cuatro caminos, con

aprobación de la Comisión Territorial de Urbanismo de fecha 25 de julio de 2008, y que se ha

modificado en su ordenación pormenorizada para adaptarse de forma más adecuada a la realidad

actual, no se ha modificado ningún valor de la ordenación estructural.

En esta zona se asumen todas las indicaciones del Plan Parcial para el Plan General, en cuanto a sus

ordenanzas, ordenación estructural, etc.

Con esto resulta que la superficie computable del sector a efectos de edificabilidad es de 67.861 m2s.

SUPERFICIE COMPUTABLE SECTOR SUELO URBANIZABLE INDUSTRIAL

Page 105: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 105

Se considera como superficie computable del suelo urbanizable industrial la superficie delimitada por

el sector.

RESUMEN SECTORES URBANIZABLES

Los sectores de suelo urbanizable son los siguientes:

SECTORES

Sector Uso dominante Superficie

total Superficie

computable Red Primaria

adscrita

Sector SUble-RE-ADO-Cuatro caminos Residencial 67.861 67.861 0,00

Sector SUBle-IN-AIS/ADO Industrial 33.815 33.815 0,00

TOTAL 101.676 101.676 0,00

TABLA 41: Sectores Suelo Urbanizable

3.9. CONDICIONES DE DESARROLLO DE CADA UNO DE LOS SECTORES DE PLANEAMIENTO URBANÍSTICO

El artículo 31 de la LOTUP establece que los planes generales estructurales determinarán la secuencia

lógica de su desarrollo territorial mediante el establecimiento justificado de las condiciones objetivas

que han de cumplirse para que sea posible la incorporación de cada sector, unidad o tramo de

urbanización al contexto global del territorio, definiendo así un orden básico de prioridades para la

ejecución de las actuaciones integradas y regulando las condiciones que estas han de satisfacer para

que sea posible su programación. Asimismo, establecerán las condiciones bajo las que sea posible la

delimitación de nuevos sectores y su incorporación al proceso de transformación urbanística. Estas

determinaciones se ajustarán a los criterios generales de crecimiento territorial y urbano establecidos

en el artículo 7 de esta ley.

Para los desarrollos previstos en el Plan General Estructural no se establece una prioridad en la

ejecución de las actuaciones integradas puesto que no están en las mismas zonas y además no tienen

Red Primaria adscrita que influya en la prioridad de su ejecución, en cuanto a las condiciones de

conexión con el territorio se indican en las fichas de planeamiento y gestión.

Los criterios de delimitación para nuevos sectores serán los indicados en la LOTUP.

3.10. CRITERIOS GENERALES PARA LA DELIMITACIÓN DE LAS ÁREAS DE REPARTO Y PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL APROVECHAMIENTO TIPO

En los apartados siguientes se delimitan las Áreas de Reparto tanto en suelo Urbano como en

Urbanizable. El Aprovechamiento Tipo se obtiene dividiendo el aprovechamiento objetivo total del

área de reparto entre la superficie de ésta, excluyendo los suelos dotacionales existentes afectos a su

destino. El presente documento no calcula el aprovechamiento tipo puesto que forma parte de la

Ordenación Pormenorizada.

De acuerdo con el artículo 32 de la LOTUP el Plan General define en los apartados siguientes las Áreas

de Reparto y el criterio para el establecimiento del Aprovechamiento Tipo.

Page 106: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 106

Artículo 32 Criterios para la determinación de áreas de reparto y para el establecimiento del

aprovechamiento tipo

El plan general estructural establecerá, como mínimo, los criterios precisos para delimitar las áreas de

reparto y calcular el aprovechamiento tipo de los sectores de planeamiento parcial. A tal efecto, fijará las

directrices para calcular las cesiones de suelo de red primaria que deba asumir cada sector. En su caso,

indicará qué infraestructuras de dicha red primaria deben ser ejecutadas con cargo a sectores concretos,

para satisfacer sus respectivas necesidades funcionales, así como las consecuencias económicas o

equidistributivas que se deriven de la posible ejecución anticipada de la correspondiente infraestructura por

la administración.

3.10.1. CRITERIOS GENERALES

3.10.1.1. LEGISLACIÓN

Los criterios utilizados en la delimitación de las Áreas de Reparto serán los que vienen definidos en el

artículo 75 de la LOTUP:

Artículo 75 Reglas generales de equidistribución para los ámbitos de actuaciones integradas

1. En el suelo urbanizable, cada área de reparto estará formada, preferentemente, por cada uno de los

sectores completos de planeamiento o, en su caso, por varios sectores completos del mismo uso global o

dominante y, en el caso de uso residencial, del mismo rango de densidad, junto a la proporción de terrenos

externos de la red primaria adscritos por el planeamiento. La adscripción de cesiones de red primaria a áreas

de reparto se establecerá justificadamente para compensar con mayores cesiones las de mayor

aprovechamiento, valor o rendimiento, de forma equitativa.

No podrá haber una diferencia superior al treinta por cien, respecto del menor valor, entre el

aprovechamiento tipo de las áreas de reparto con igual uso global o dominante y con una densidad

residencial del mismo rango, según los rangos de densidad establecidos en el artículo 27 de esta ley.

2. Cada sector de los planes de reforma interior constituirá un área de reparto, excepto aquellos terrenos

para los que el plan establezca un régimen de actuaciones aisladas, según la regulación establecida en el

artículo 72.3 de esta ley. Excepcionalmente, cuando la disparidad de la situación urbanística así lo justifique,

la delimitación de las áreas de reparto podrá ajustarse a una o varias unidades de ejecución del sector o a

varias actuaciones aisladas. La adscripción de cesiones de Red Primaria a estos ámbitos de reforma interior

se establecerá justificadamente en función del incremento de aprovechamiento que el nuevo planeamiento

pudiera suponer respecto del anterior y de las necesidades de mayores dotaciones que dicho incremento

genere.

3. En los terrenos incluidos en unidades de ejecución en suelo urbano, el plan de ordenación pormenorizada

establecerá para cada una de ellas un área de reparto junto con el suelo que le sea adscrito, de modo que el

aprovechamiento de cada unidad de ejecución tenga un valor similar, sin que exista una diferencia, en más o

en menos, superior al quince por ciento, respecto al aprovechamiento urbanístico medio del área urbana

homogénea en que se hallen incluidos. El valor del aprovechamiento tipo se calculará conforme al apartado

1 del artículo anterior.

3.10.1.2. CÓMPUTO DE LAS DOTACIONES PÚBLICAS EXISTENTES

De acuerdo con el Anexo IV apartado IV y punto 5 de la LOTUP, se tendrán en cuenta las siguientes

consideraciones:

5. Cómputo de las dotaciones públicas existentes

Page 107: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 107

5.1. Las dotaciones públicas existentes (no viarias) que se integren y mantengan en la ordenación

establecida por el plan no formarán parte de la superficie computable del sector.

5.2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, las citadas dotaciones computarán a efectos de

cumplir las reservas dotacionales mínimas.

Los suelos dotacionales ya existentes (no viarios) afectos a su destino, son aquellos que ya cumplen

con la finalidad prevista por el Plan, como por ejemplo el dominio público proveniente de caminos y

vías pecuarias de uso público histórico y tradicional afectado por la actuación.

De acuerdo con el artículo 37.3 de la LOTUP la ordenación urbanística podrá prever nuevos suelos

dotacionales privados, que no podrán computar a efectos de cumplir los estándares mínimos de

dotaciones públicas. Cuando estas dotaciones privadas estén en suelo urbano, su edificabilidad no

computará a efectos del índice de edificabilidad bruta máximo del ámbito de actuación en el que se

incluyan; y, a efectos de reparcelaciones, computarán como aprovechamiento lucrativo privado, con

los coeficientes correctores que correspondan según el artículo 74 de la LOTUP.

En los Sectores y Unidades de Ejecución definidos en el Plan General Estructural no existen dotaciones

públicas actualmente ejecutadas y que no sean de viario.

3.10.1.3. CÓMPUTO DE LAS ZONAS DE PROTECCIÓN DE LA LEGISLACIÓN SECTORIAL

De acuerdo con el Anexo IV apartado IV y punto 4 de la LOTUP, se tendrán en cuenta las siguientes

consideraciones:

4. Cómputo de las zonas de protección de la legislación sectorial

4.1. A efectos del cómputo de la edificabilidad, el tratamiento urbanístico de las zonas de protección

establecidas en la legislación sectorial será, salvo que dicha legislación establezca expresamente otra

regulación, el que se indica a continuación:

a) Las zonas de dominio público quedarán excluidas de la superficie computable del sector.

b) Las zonas de servidumbre, zonas de protección o similares, quedarán incluidas en la superficie

computable del sector siempre que se cedan y se necesite ejecutar a cargo del sector su

urbanización, en las condiciones que establezca la legislación correspondiente.

c) Las zonas de afección o similares quedarán incluidas, en todos los casos, en la superficie

computable del sector. Debe precisarse que se considerarán, a estos efectos, los terrenos situados

a partir del límite exterior de la zona de servidumbre o de protección.

d) Los terrenos afectados por la imposibilidad de construir edificaciones, derivada de la fijación de

una línea límite de edificación o regulación similar, y que no pertenezcan a las zonas indicadas en

los apartados a y b anteriores, quedarán incluidos, en cualquier caso, en la superficie computable

del sector.

4.2. La regulación general establecida en el apartado anterior podrá ser modificada por el organismo titular

del bien de dominio público afectado, siempre que se justifiquen, en el informe sectorial que necesariamente

deberá emitirse en estos casos, las razones de interés público que justifican esa modificación.

La CV-429 pasa por una zona de Suelo Urbano al norte del casco urbano y que ya se encuentra

consolidada y por el Sector de Suelo Urbanizable de Cuatro Caminos al que en su aprobación ya se le

aplicó la legislación de carreteras.

Page 108: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 108

3.10.1.4. CÓMPUTO DE LA RED PRIMARIA A EFECTOS DE LA EDIFICABILIDAD

De acuerdo con el Anexo IV apartado IV y punto 2 de la LOTUP, se tendrán en cuenta las siguientes

consideraciones:

2. Cómputo de la red primaria a efectos de la edificabilidad

2.1. Los elementos de red primaria que, estando adscritos a un sector, no están incluidos en la delimitación

del sector, por así establecerlo el plan general estructural o por su situación exterior al mismo, no se

incluirán en la superficie computable del sector.

2.2. Los elementos de red primaria que estén incluidos en la delimitación del sector se incluirán en la

superficie computable del sector siempre que se cedan y se ejecuten con cargo al sector. En caso contrario,

la superficie computable del sector se obtendrá restando de la superficie del sector la superficie de las

dotaciones de red primaria que no se cedan o no se ejecuten a costa de la actuación.

2.3. En los supuestos en los que una dotación de red primaria esté situada en una posición adyacente a la

actuación urbanística, la decisión sobre la inclusión o no de esa dotación en la delimitación del sector

dependerá de si la citada dotación está o no vinculada funcionalmente a la actuación y de que sea

aconsejable su diseño conjunto con el plan parcial o de reforma interior correspondiente, para lograr una

adecuada coherencia urbanística.

No existe red primaria adscrita a los sectores y Unidades de Ejecución definidos en el Plan General

Estructural, por lo que no se producirá afección a la edificabilidad por este aspecto.

Los elementos de la red primaria no vinculados funcionalmente a ningún sector o aislados, tendrán la

clasificación de suelo no urbanizable, como ocurre con la depuradora, depósitos, pozos y balsas.

3.10.1.5. COEFICIENTES CORRECTORES DEL APROVECHAMIENTO TIPO

De acuerdo con el artículo 74 “Cálculo del aprovechamiento tipo” de la LOTUP. Para el cálculo del

aprovechamiento tipo se considera:

- Cuando dentro de un área de reparto, la ordenación urbanística prevea usos tipológicamente

diferenciados que puedan dar lugar, por unidad de edificación, a rendimientos económicos

muy diferentes, en el cálculo del aprovechamiento tipo se podrán ponderar coeficientes

correctores de edificabilidad, a fin de compensar con más aprovechamiento subjetivo la

menor rentabilidad unitaria de éste.

- Los coeficientes correctores definitivos serán fijados en el Proyecto de Reparcelación o

contendrá una ratificación de la validez de los previstos por el planeamiento justificados según

un estudio de mercado.

Se ha establecido un coeficiente K de ponderación, que se aplica a la edificabilidad de cada sector

obteniendo unidades de aprovechamiento, en función de la tipología edificatoria:

- Residencial 1ª vivienda: K = 1,00

- Terciario: K = 0,70

- Industrial: K = 0,60

- Vivienda de protección pública: K = 0,50

Page 109: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 109

3.10.1.6. CÁLCULO DEL APROVECHAMIENTO TIPO

Para el cálculo del aprovechamiento tipo en el Plan de Ordenación Pormenorizada, se tendrán en

cuenta las consideraciones indicadas en el artículo 74 de la LOTUP que se recoge a continuación:

Artículo 74 Cálculo del aprovechamiento tipo

1. El plan de ordenación pormenorizada determinará el aprovechamiento tipo en función del

aprovechamiento objetivo de los terrenos incluidos en el área de reparto prevista en dicho plan,

homogeneizado por la aplicación, a la superficie edificable correspondiente a cada uso, de coeficientes

correctores, que expresen la relación entre los diferentes valores de repercusión de cada uso, justificados

según un estudio de mercado; el aprovechamiento objetivo total, así homogenizado, se dividirá por la

superficie total del área de reparto, incluyendo las superficies exteriores al mismo que sean adscritas para la

obtención de elementos de la red primaria y excluyendo las superficies de suelo público preexistentes en el

área de reparto y que ya se encuentren destinadas al uso asignado por el plan, salvo las que consten

obtenidas de forma onerosa por la administración, que darán lugar a la correspondiente adjudicación de

aprovechamiento a su favor, en los términos previstos en el artículo 83 de esta ley. El resultado obtenido de

la división indicada será el aprovechamiento tipo del área de reparto.

2. Para el cálculo del aprovechamiento tipo en régimen de actuaciones integradas, la ordenación

pormenorizada, sobre la base de los criterios establecidos en la ordenación estructural, tal y como regula el

artículo 32 de esta ley, delimitará áreas de reparto y calculará sus correspondientes aprovechamientos tipo.

En todo caso, deberá quedar garantizado el justo reparto de beneficios y cargas, a materializar en las

reparcelaciones, y se justificará la viabilidad de las áreas de reparto y las medidas adoptadas para su mayor

equidad.

3. El cálculo del aprovechamiento tipo se concretará en la ordenación pormenorizada en metros cuadrados

homogeneizados de edificabilidad de uso y tipología característicos por cada metro cuadrado de suelo.

3.10.2. SUELO URBANO

Se definen a continuación las Áreas de Reparto ubicadas en el Suelo Urbano.

3.10.2.1. DELIMITACIÓN

El área de reparto coincide con la delimitación de la Unidad de Ejecución, no se adscriben suelos

dotacionales públicos de la Red Primaria.

En las áreas de reparto en suelo urbano no consolidado no es obligada la adscripción de suelos

dotacionales públicos de la Red Primaria.

Art.32: indicará qué infraestructuras de dicha red primaria deben ser ejecutadas con cargo a sectores

concretos, para satisfacer sus respectivas necesidades funcionales, así como las consecuencias económicas o

equidistributivas que se deriven de la posible ejecución anticipada de la correspondiente infraestructura por

la administración

Con todo esto, se delimitan tres unidades de ejecución, con el fin de completar la trama urbana. Cada

unidad de ejecución forma un área de reparto al objeto de programar ese suelo con Actuaciones

Integradas o aisladas.

- AR-1. Formada por la Unidad de Ejecución UE-1 de suelo urbano residencial.

- AR-2. Formada por la Unidad de Ejecución UE-2 de suelo urbano residencial.

Page 110: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 110

- AR-3. Formada por la Unidad de Ejecución UE-2 de suelo urbano residencial.

El cálculo del aprovechamiento tipo se llevará a cabo en el Plan de Ordenación Pormenorizada,

debiéndose llevar a cabo su definitivo cálculo en la reparcelación.

3.10.2.2. LÍMITES A LA POTESTAD DE PLANEAMIENTO DE SUELO URBANO

La LOTUP en su art. 36.4 habla de los límites a la potestad de planeamiento que deben observar los

ayuntamientos cuando ordenan el suelo urbano consolidado con el fin de limitar el constante

incremento de densidad de población, que los sucesivos planes van acumulando.

Se recoge a continuación el artículo 36.4 “Red secundaria de dotaciones y estándares de calidad

urbana” de la LOTUP:

Artículo 36 Red secundaria de dotaciones y estándares de calidad urbana

4. En suelo urbano sujeto a actuaciones aisladas o integradas, cuando la edificabilidad residencial media

preexistente en una subzona de ordenación pormenorizada ya supere el metro cuadrado edificable, por

metro cuadrado de suelo, el nuevo planeamiento no podrá aumentar la edificabilidad aplicable a cada

parcela con respecto a las previsiones del planeamiento anterior ni alcanzar la media preexistente.

En el presente Plan General Estructural se establecen edificabilidades brutas inferiores a un metro

cuadrado de techo por metro cuadrado de suelo.

PLAN GENERAL

UE Superficie

(m2) IEB

(m2t/m2s)

UE-1 15.949,26 0,45

UE-2 27.545,87 0,45

UE-3 18.450,18 0,45

TABLA 42: Aprovechamiento Suelo Urbano planeamiento propuesto

En el municipio de Macastre las Unidades de Ejecución definidas en las Normas Subsidiarias ya se han

desarrollado y las nuevas Unidades de Ejecución no se ubican sobre zonas definidas en las NNSS.

No se modifica ninguna zona industrial o terciaria para darle un uso residencial.

Se ha mantenido el criterio de zonificación de las Normas Subsidiarias quedando las Unidades de

Ejecución en zonas de ordenación urbanística de características similares a las del planeamiento

vigente; no aumentando la edificabilidad.

3.10.2.3. APROVECHAMIENTO SUBJETIVO EN SUELO URBANO

En el artículo 77 de la LOTUP se indica lo siguiente sobre el aprovechamiento subjetivo en Suelo

Urbano:

1. El excedente de aprovechamiento resultante del porcentaje de aprovechamiento tipo que corresponde a

la administración se materializará en terrenos cedidos a esta, libres de cargas de urbanización:

c.- En el suelo urbano incluido en unidades de ejecución, el porcentaje de aprovechamiento que

corresponde a la administración es del cinco por cien del aprovechamiento tipo.

Page 111: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 111

d.- En el suelo urbano incluido en actuaciones aisladas o en planes de reforma interior, el

aprovechamiento tipo coincide con el aprovechamiento subjetivo. Se exceptúan de esta regla los

ámbitos que tengan un incremento de aprovechamiento respecto del planeamiento anterior, en los

que el porcentaje de aprovechamiento que corresponde a la administración actuante será del cinco por

cien respecto del incremento del aprovechamiento tipo. En este caso, la cesión podrá realizarse

preferentemente mediante cesión de suelo, libre de cargas de urbanización, en el que pueda

materializarse el aprovechamiento público, o, en su defecto, mediante la cesión de superficie edificada

de valor económico equivalente integrada en edificios en régimen de propiedad horizontal, o mediante

compensación económica.

En el caso de las Unidades de Ejecución definidas para el Plan General Estructural corresponde a la

administración el 5% del aprovechamiento tipo.

3.10.2.4. GESTIÓN

En el Suelo Urbano de acuerdo con el artículo 72.3 de la LOTUP se podrán realizar actuaciones aisladas

que consisten en la edificación de solares o la rehabilitación de edificios mediante licencia de obras.

También son actuaciones aisladas las que se desarrollan mediante programa, cuando no sea posible

realizarlas directamente mediante licencia de obras. El programa de actuación aislada puede conllevar,

como fin complementario:

a) La realización de obras accesorias de urbanización adyacentes a la parcela para completar los

servicios urbanísticos existentes, convirtiéndola en solar.

b) La urbanización y edificación de parcelas incluidas en pequeñas áreas urbanas de municipios de

carácter rural con escasa población, en los términos previstos en el artículo 25.4 de esta ley.

Esto es nuevo de la LOTUP para Macastre

c) La reparcelación horizontal de la finca, en los supuestos de programa de actuación aislada en

que sea necesaria.

La elección entre actuaciones aisladas o integradas se realizará de acuerdo con el artículo 73 de la

LOTUP.

1. Los documentos de planeamiento seguirán los siguientes criterios para incluir terrenos en una

actuación integrada o en una actuación aislada:

a) En las manzanas con urbanización preexistente completa, procede la actuación aislada, salvo

cuando concurran las circunstancias que aconsejen la formulación de un plan de reforma

interior para realizar una actuación de renovación o regeneración sobre el medio urbano.

b) En las manzanas con urbanización preexistente parcial, procederá su inclusión como actuación

aislada, siempre que sea viable conectar con la urbanización existente los frentes no

urbanizados. En caso contrario, se incluirá en actuaciones integradas el terreno imprescindible

para transformarlo en solar. La delimitación de la actuación integrada se realizará con un criterio

funcional y proporcionado.

c) En las manzanas sin ningún grado de urbanización preexistente, procede la actuación integrada.

Page 112: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 112

d) En los pequeños núcleos rurales, el plan general estructural podrá incluir en el área de

actuaciones aisladas manzanas completas, para su urbanización en este régimen de actuación,

con el fin regulado en los artículos 25.4 y 72.3.b de esta ley.

2. El grado de urbanización de la manzana correspondiente se ponderará en función de las

alineaciones del planeamiento vigente a ejecutar.

3.10.2.5. DOTACIÓN SERVICIOS EXISTENTES

Existen dos facetas de las áreas semiconsolidadas, la primera se refiere a la edificación (consolidación

del aprovechamiento materializado por la construcción) y la situación de su correspondiente ámbito

vial al que la parcela da frente.

La segunda faceta del área semiconsolidada viene referida a la dotación de servicios, de forma que la

consolidación por servicios equivale a la dotación de infraestructuras y la falta de consolidación a la

falta de servicios.

Por eso se distingue entre consolidación por la urbanización (en función del grado de servicios de la

zona o parcela) y consolidación por la edificación (en función del porcentaje de colmatación por la

edificación de una determinada área concreta) o la situación de una edificación compatible con la

ordenación en un ámbito de gestión.

En alguna de las Áreas de Reparto de Suelo Urbano existen edificaciones consolidadas, las

edificaciones consolidadas pueden ser incluidas en Actuaciones Integradas, y en las actuaciones

urbanizadoras que no supongan primera implantación de servicios para edificios o instalaciones

preexistentes, sino mera renovación, ampliación o reestructuración de dichos servicios, no cabrá

imponer a la propiedad de los referidos edificios el pago de cuotas por los costes de urbanización de

los mismos. Las edificaciones preexistentes abonarán, en todo caso, los costes de urbanización

correspondientes a los nuevos servicios implantados.

De las parcelas incluidas en las Áreas de Reparto no se dispone de información precisa sobre la

dotación de servicios existentes, en el Proyecto de Reparcelación se deberá realizar un estudio

exhaustivo de los servicios urbanísticos a repercutir a cada una de las parcelas.

3.10.3. SUELO URBANIZABLE

Se definen a continuación las Áreas de Reparto ubicadas en Suelo Urbanizable.

3.10.3.1. DELIMITACIÓN

El área de reparto coincide con la delimitación de los sectores, no se adscriben suelos dotacionales

públicos de la Red Primaria.

Con todo esto, se han establecido dos Áreas de Reparto en el suelo urbanizable (una ya existe del

planeamiento modificativo anterior):

- AR-Cuatro Caminos. Formada por el sector de suelo urbanizable residencial Sector SUble-RE-

ADO (Cuatro caminos).

- AR-4. Formada por el sector de suelo urbanizable industrial Sector SUBle-IN-AIS/ADO.

Page 113: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 113

El cálculo del aprovechamiento tipo se llevará a cabo en el Plan de Ordenación Pormenorizada,

debiéndose llevar a cabo su definitivo cálculo en la reparcelación.

3.10.3.2. APROVECHAMIENTO SUBJETIVO EN SUELO URBANIZABLE

El aprovechamiento subjetivo en suelo Urbanizable se recoge en el artículo 77 de la LOTUP donde se

indica lo siguiente:

1. El excedente de aprovechamiento resultante del porcentaje de aprovechamiento tipo que corresponde a

la administración se materializará en terrenos cedidos a esta, libres de cargas de urbanización:

a) En el suelo urbanizable previsto en el plan general estructural, el porcentaje de aprovechamiento

que corresponde a la administración es del diez por cien del aprovechamiento tipo.

b) En los sectores de planeamiento parcial que se desarrollen sin estar previstos en el plan general

estructural, el porcentaje de aprovechamiento que corresponde a la administración es del quince

por cien del aprovechamiento tipo. En este caso, un diez por cien será para la administración

actuante y un cinco por cien para la Generalitat con la finalidad destinar los ingresos derivados de

dicho patrimonio a la mejora de la infraestructura verde.

3.10.3.3. DOTACIÓN SERVICIOS EXISTENTES

Será de aplicación lo indicado en el apartado 3.10.2.5 para Suelo Urbano.

3.11. POLÍTICA PÚBLICA DE SUELO Y VIVIENDA

De acuerdo con el artículo 33 de la LOTUP será necesaria una previsión de suelo para promover

viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, siendo para Suelo Urbanizable del 30% de

la edificabilidad prevista y para Suelo Urbano del 10% del incremento de la edificabilidad.

Artículo 33 Política pública de suelo y vivienda

1. Conforme a la legislación estatal de suelo, el plan general estructural deberá respetar la previsión de

suelo para promover viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, en un mínimo del treinta

por cien de la edificabilidad residencial prevista, en los suelos urbanizables, y del diez por cien del

incremento de edificabilidad residencial que se genere sobre la edificabilidad residencial del planeamiento

vigente, en suelo urbano. No obstante, dicha reserva no podrá ser inferior a lo que resulte de un estudio de

demanda que se realice con motivo de la redacción del plan, en los términos que reglamentariamente se

determinen.

2. Cuando la nueva edificabilidad se plantee en zonas turísticas de ocupación estacional o de segunda

residencia, el plan podrá prever el emplazamiento de parte o la totalidad de dicha reserva en otras áreas

de su territorio, justificando su innecesaridad en la población permanente prevista y las necesidades de la

población activa de la zona.

Sin embargo de acuerdo a la Disposición Transitoria Sexta no será necesaria una reserva de suelo para

vivienda protegida por estar suspendida temporalmente está exigencia.

Disposición Transitoria Sexta. Suspensión temporal de la reserva mínima de suelo para vivienda protegida

1. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2013, de 16 de

junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, se deja en suspenso hasta el 28 de junio de

Page 114: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 114

2017 la aplicación de la reserva mínima de suelo para vivienda protegida prevista en la legislación

urbanística, en los términos previstos en la citada ley estatal.

2. En el caso de planes generales, planes parciales o de planes de reforma interior en tramitación y que no

hayan alcanzado su aprobación definitiva antes de la entrada en vigor de esta ley, la administración

promotora podrá eliminar la reserva prevista para vivienda de protección pública, siempre que se

justifique el cumplimiento de lo previsto en el apartado b de la disposición transitoria segunda de la ley

citada en el apartado anterior.

3. En el caso de planes parciales o planes de reforma interior aprobados definitivamente y con su

correspondiente programa de actuación aprobado antes del 28 de junio de 2013, pero que no cuenten, en

la fecha de entrada en vigor de esta ley, con la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, podrá

dejarse sin efecto la reserva de suelo para vivienda de protección pública prevista en el plan, siempre que

se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se justifique el cumplimiento de lo previsto en el apartado b de la disposición transitoria

segunda de la Ley 8/2013, de 16 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas.

b) Que se tramite y apruebe la correspondiente modificación puntual del plan.

En el apartado b de la Disposición Transitoria Segunda “Regla temporal de aplicación excepcional de la

reserva mínima de suelo para vivienda protegida” de la Ley 8/2013, se indica lo siguiente:

b) Que dichos instrumentos de ordenación no hayan sido aprobados definitivamente antes de la entrada

en vigor de esta Ley o que, en el caso de haber sido aprobados, no cuenten aún con la aprobación

definitiva del proyecto o proyectos de equidistribución necesarios.

Por lo tanto para el Plan General de Macastre no se establece una reserva de suelo para promover

viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, puesto que no se encuentra aprobado

definitivamente.

Valencia, Marzo de 2.016

Autor del Plan General

VIELCA INGENIEROS S.A.

Vicente Manuel Candela Canales

Page 115: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 115

ANEJO 1. COMPARACIÓN CLASIFICACIÓN SUELO SEGÚN NORMAS SUBSIDIARIAS Y PLAN GENERAL

Se adjunta a continuación la tabla comparativa del suelo de las Normas Subsidiarias y el Plan General:

Page 116: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 116

CLASIFICACIÓN DEL SUELO

CLASIFICACIÓN / CALIFICACIÓN NORMAS

SUBSIDIARIAS PLAN GENERAL DIFERENCIA

SUELO URBANO

Suelo urbano Residencial 694.138 m2 737.242 m2 + 43.104 m2

Macastre 375.208 m2 417.411 m2 + 42.203 m2

Llanorel 318.930 m2 319.831 m2 + 901 m2

Suelo urbano Industrial 28.891 m2 41.195 m2 + 12.304 m2

Macastre 28.891 m2 28.891 m2 + 0 m2

Llanorel 0 m2 12.304 m2 (zona

consolidada) + 12.304 m2

Total Suelo Urbano 723.029 m2

(valores medición topográfica)

778.437 m2 + 55.408 m2

SUELO URBANIZABLE Suelo urbanizable residencial Sector Cuatro Caminos 67.861 m2 67.861 m2 + 0 m2

Suelo urbanizable industrial Sector Industrial 0,00 m2 33.815 m2 + 33.815 m2

Total Suelo Urbanizable 67.861 m2 (valores

medición topográfica)

101.676 m2 + 33.815 m2

SUELO NO URBANIZABLE

Suelo No Urbanizable Común 16.936.105 m2

(valores medición topográfica)

14.384.239 m2 (con superposición de

categorías) 14.219.414 m2 (sin superposición de

categorías)

Suelo No Urbanizable Común (SNUC) - 4.033.492 m2 -

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario (SNUC-AG) - 863.161 m2 -

Suelo No Urbanizable Común Agropecuario - Núcleos de viviendas consolidados (SNUC-AG-NVC)

- 164.825 m2 -

Suelo No Urbanizable Común Forestal (SNUC-FO) - 9.322.761 m2 -

Suelo No Urbanizable Protegido 19.931.473 m2

(valores medición topográfica)

23.488.202 m2 (con superposición de

categorías) 22.558.941 m2 (sin superposición de

categorías)

Suelo No Urbanizable Protección Natural Ecológica (SNUP-NA-E) - 20.510.137 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Árboles Monumentales (SNUP-NA-AM)

- 316 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cultural (SNUP-NA-C) - 95.039 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Cuevas (SNUP-NA-CU) - 9.993 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Vías Pecuarias (SNUP-NA-VP) - 323.103 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Senderos (SNUP-NA-S) - 47.361 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección Natural Dotacional Zonas verdes (SNUP-NA-ZV)

- 52.077 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Viarias (SNUP-AF-V) - 757.458 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Hidráulicas (SNUP-AF-H) - 768.222 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Dotacional Equipamientos (SNUP-AF-DOT)

- 13.873 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección por Afecciones Eléctricas (SNUP-AF-E) - 28.388 m2 -

Suelo No Urbanizable Protección por Riesgos Inundación (SNUP-RI-IN) - 882.235 m2 -

Total Suelo No Urbanizable 36.867.578 m2

(valores medición topográfica)

36.778.354 m2 (sin superposición

categorías) - 89.224 m2

TOTAL TÉRMINO MUNICIPAL 37.658.468 m2 37.658.468 m2 + 0 m2

TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.

Nota: Las mediciones indicadas en las NNSS no coinciden con la medición topográfica real, como por ejemplo con el Suelo

Urbano donde en las NNSS se indican 608.028 m2, mientras que la realidad nos indica cifras muy superiores. La superficie de

término municipal indicada por las NNSS es de 37.000.000 m2.

Page 117: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 117

ANEJO 2. RESERVAS DE EQUIPAMIENTO DOCENTE

Se trata de determinar la reserva de equipamiento docente que debe contemplar el Plan General para

atender a las necesidades escolares de la población, tanto las actuales como las que puedan derivarse

del incremento poblacional que comporta la nueva ordenación propuesta, garantizando así el servicio

público de enseñanzas escolares de régimen general, excluidos otro tipo de centros como pueden ser

conservatorios, guarderías, centros de idiomas…etc.

El cálculo de puestos escolares requeridos se ha realizado según el Decreto 104/2014, de 4 de julio, del

Consell, por el que se aprueba la norma técnica en materia de reservas dotacionales educativas.

En las previsiones municipales de parcelas educativas no se incluyen los centros de educación infantil

de primer ciclo 0-3 años (escuela infantil), centros de formación de personas adultas, extensiones

universitarias, centros de enseñanzas especiales deportivas, de idiomas y artísticas, de acuerdo a lo

indicado en el citado Decreto.

A2.0. INTRODUCCIÓN

En la redacción del presente Plan General es necesario seguir el Procedimiento de solicitud y emisión

de informes y contenido documental mínimo del mismo.

De acuerdo al artículo 14 del Decreto 104/2014, se seguirá el siguiente contenido documental:

- La solicitud del informe preceptivo sobre la materia educativa irá acompañada de la

documentación del Plan General, debidamente diligenciada por el secretario del

ayuntamiento.

- Se presentará en el registro de la sede central de la consellería que ostente las competencias

en materia de educación, dirigiéndose al órgano directivo que ejerza la función de emitir

informes sobre todos aquellos documentos urbanísticos referentes a la reserva de suelo

dotacional de uso escolar, de conformidad con la normativa vigente.

De acuerdo al artículo 15 del Decreto 104/2014, los planes generales, dispondrán de un anexo en la

memoria justificativa referente a las reservas de equipamiento docente, que incluirá:

1. Justificación de la posible adecuación o ampliación de los centros docentes actuales a los

perfiles establecidos en el momento de la redacción del instrumento de planeamiento por el

órgano directivo de la consellería que ejerza la función de coordinar el estudio de las

necesidades educativas y la planificación, coordinación, gestión y supervisión de los recursos

educativos correspondientes, para lo que se estará a las superficies mínimas a las que se refiere

el artículo 9 de la presente norma técnica.

2. Determinación mediante tabla, concisa y clara, del número de viviendas potenciales en suelo

urbano y en suelo urbanizable, desglosado por sectores y, en su caso, por unidades de

ejecución, basándose en el crecimiento estimado en el horizonte del plan. En dicho análisis se

tendrá en cuenta las viviendas existentes en el municipio, incluyéndose las ubicadas en suelo no

Page 118: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 118

urbanizable, las viviendas principales, vacías, secundarias y previstas en solares vacantes

existentes en el suelo urbano.

3. Justificación de la suficiencia del suelo calificado como de uso educativo-cultural (ED) que

estará incluido en las fichas de planeamiento y gestión, para atender la demanda prevista,

contando para ello con las parcelas escolares existentes y su posible ampliación, las reservas

existentes en suelo urbano y las nuevas reservas a prever en los sectores de suelo urbanizable

residencial, a fin de atender la demanda sobrevenida en su desarrollo y el déficit registrado en

el sistema existente.

4. Un apartado referente a normas urbanísticas de las parcelas de equipamiento docente, en el

que se incluirá extracto de las normas urbanísticas del plan reguladoras de las condiciones de la

edificación en las parcelas dotacionales docentes, que deberán cumplir lo establecido en el

anexo I de este decreto.

5. En municipios dónde los ámbitos de segunda residencia sean relevantes, justificación de la

delimitación de dichos ámbitos. El Ayuntamiento deberá aportar informe firmado por un

técnico competente y diligenciado por el secretario del ayuntamiento, justificando la proporción

de viviendas secundarias con respecto al total de las viviendas y la delimitación de dichos

ámbitos.

En el caso de municipios declarados turísticos con la tipología de destino vacacional se deberá aportar

un certificado expedido por el órgano pertinente de la Consellería competente en materia de turismo,

que acredite tal circunstancia, para que el coeficiente de minoración se reduzca a 0,20, según lo

dispuesto en el artículo 6 de la presente norma técnica.

Los planes generales contendrán un conjunto de planos que comprenderá al menos:

- Plano de clasificación y calificación.

- Plano indicativo de la ubicación del sector o sectores en el ámbito territorial del municipio.

- Plano de calificación del suelo, con indicación de las parcelas calificadas de uso educativo-

cultural (ED) y expresión de su superficie, denominación de los centros docentes existentes y

su perfil actual, distinguiendo su carácter público o privado.

- Planos de ordenación pormenorizada, en su caso.

- Plano topográfico.

A2.1. JUSTIFICACIÓN DE LA POSIBLE ADECUACIÓN O AMPLIACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES

Justificación de la posible adecuación o ampliación de los centros docentes actuales a los perfiles

establecidos.

A2.1.1. SITUACIÓN ACTUAL

La demanda educativa se corresponde con los puestos escolares a prever, que son el porcentaje de

niños de edades correspondientes a cada etapa escolar con respecto a la población total del

municipio.

Page 119: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 119

Las etapas escolares son:

- Segundo Ciclo de Infantil, de 3 a 6 años;

- Primaria, de 6 a 12 años;

- Secundaria Obligatoria, de 12 a 16 años;

- Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio, de 16 a 18 años.

La población de Macastre según datos del padrón, en el año 2014, fue de 1.262 habitantes, por lo que

los puestos escolares necesarios, de acuerdo con los criterios del Decreto 104/2014, se reflejan a

continuación:

PUESTOS ESCOLARES NECESARIOS POBLACIÓN ACTUAL

Población Infantil y Primaria (9% Población) Secundaria (6% Población)

1.262 hab 114 76

TABLA 44: Puestos escolares población actual

El Centro Escolar de Macastre se denomina “9 de octubre”, que se encuentra situado en la Calle Buen

Aire S/N. Macastre pertenece al Colegio Rural Agrupado (CRA) de Alborache-Macastre.

PUESTOS ESCOLARES EXISTENTES AULARIO MACASTRE

Educación Unidades

autorizadas Puestos

autorizados

Infantil Segundo ciclo (3 a 6 años) 3 75

Primaria (6 a 12 años) 2 50

Total PP.EE. 5 125

TABLA 45: Puestos escolares existentes en el municipio de Macastre

En cuanto a la Educación Secundaria se desplazan al Instituto de Educación Secundaria La Hoya De

Buñol (ubicado en Buñol), con la siguiente distribución:

- Bachillerato: las Unidades autorizadas son 6

- Ciclos formativos: las Unidades autorizadas son 5

- Educación secundaria obligatoria: las Unidades autorizadas son 17

Hay que indicar que de acuerdo a las estimaciones realizadas de acuerdo al Decreto 104/2014 los

puestos escolares de Macastre no son suficientes, sin embargo los niños se encuentran escolarizados,

por lo que la estimación del Decreto está sobredimensionada.

La superficie ocupada por la parcela del centro actual de Infantil y Primaria es de 3.690 m2.

A2.1.2. JUSTIFICACIÓN

De acuerdo con el Decreto 104/2014 es necesaria una justificación de la posible adecuación o

ampliación de los centros docentes actuales a los perfiles establecidos; para lo que se estará a las

superficies mínimas que se desprenden de la aplicación de la norma reglamentaria vigente en cada

momento:

Page 120: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 120

- Decreto 2/2009, de 9 de enero, del Consell, por el que se establecen los requisitos mínimos

que deben cumplir los centros que impartan el Primer Ciclo de la Educación Infantil en la

Comunitat Valenciana.

- Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de

los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la

educación primaria y la educación secundaria.

Las superficies indicadas en estos decretos se refieren al aula en concreto o a las instalaciones

necesarias de comedor, etc., por lo que se considera mejor la comparación con las siguientes

superficies globales de parcela:

Colegios de Educación Infantil - Primaria

Para colegios de Educación Infantil - Primaria son necesarias las superficies siguientes:

COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL - PRIMARIA

LÍNEAS PERFIL PP.EE. SUPERFICIE (m2)

1 unidad de educación infantil y 2 de primaria 1 I + 2 P 33-54 1.500-2.000

2 unidades de educación infantil y 4 de primaria 2 I + 4 P 150 2.500-5.500

1 3 unidades de educación infantil y 6 de primaria 3 I + 6 P 225 5.500-8.000

2 6 unidades de educación infantil y 12 de primaria 6 I + 12 P 450 9.500-11.000

3 9 unidades de educación infantil y 18 de primaria 9 I + 18 P 675 12.000-13.500

TABLA 46: Superficies necesarias colegios de Educación Infantil-Primaria

El colegio del municipio de Macastre tiene actualmente una superficie de 3.690 m2 y dispone de 3

unidades de infantil y 2 de primaria.

El colegio de Macastre es muy fácil poder ampliarlo puesto que en la misma manzana existen

equipamientos deportivos que se están trasladando a otra zona del municipio; por lo que si fuera

necesario ampliar el centro escolar se podría disponer de un espacio de 1.678 m2 para ampliarlo, con

lo que se alcanzaría una superficie total de 4.849 m2 y que ocuparía la manzana en su conjunto.

A2.2. NÚMERO DE VIVIENDAS POTENCIALES

De acuerdo con el artículo 4 del Decreto 104/2014 el número de viviendas será el que determine el

planeamiento urbanístico, se han obtenido en el apartado 3.3.7.1 de la Memoria Justificativa y en el

Documento nº6.

Se adjunta a continuación una tabla con el número de viviendas potenciales en suelo urbano y en

suelo urbanizable, desglosado por sectores y, en su caso, por unidades de ejecución, basándose en el

crecimiento estimado en el horizonte del plan.

En dicho análisis se tienen en cuenta las viviendas existentes en el municipio, incluyéndose las

ubicadas en suelo no urbanizable, las viviendas principales, vacías, secundarias y previstas en solares

vacantes existentes en el suelo urbano.

Page 121: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 121

Viviendas

Viviendas existentes (Suelo Urbano y SNU) 1.253

Viviendas previstas solares vacantes (obtenido en Documento nº6)

948

UE-1 (Suelo Urbano) 25

UE-2 (Suelo Urbano) 43

UE-3 (Suelo Urbano) 32

Sector Cuatro caminos (Suelo Urbanizable) 271

Total 2.572

TABLA 47: Desglose número de viviendas

A2.2.1. VIVIENDAS VACÍAS

Se sumará al cálculo de la población prevista, la que resulte de la posible ocupación de viviendas vacías

existentes.

Las viviendas vacías se tendrán en cuenta a efectos del cálculo de reservas educativas de la siguiente

manera:

a) En municipios cuyo porcentaje (%) de viviendas vacías sobre el total de viviendas sea > 5 % se

contabilizarán según el siguiente producto:

X = Y * (Z% - 5 %)

Siendo:

X = viviendas vacías a tener en cuenta a efectos del cálculo de reservas educativas

Y = total de viviendas del municipio

Z = % de viviendas vacías del municipio

b) En municipios cuyo porcentaje (%) de viviendas vacías sobre el total de viviendas sea ≤ 5 % no se

contabilizarán las viviendas vacías.

En el caso de Macastre se determinan las viviendas vacías a partir del Censo de población y vivienda

del año 2011, que se recoge a continuación:

Censo de población y viviendas año 2011

Edificios 973

Hogares 502

Viviendas %

Viviendas 1.253 100,00%

Principales 502 40,06%

Secundarias 521 41,58%

Vacías 230 18,36%

TABLA 48: Censo de población y viviendas año 2011

Page 122: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 122

El porcentaje de viviendas vacías es superior al 5%, por lo tanto se compatibilizan de la siguiente

forma:

X = Y * (Z% - 5 %) = 1.253 * (18,36% - 5%) = 1.253 * 0,1336 = 167 viviendas vacías a efectos

cálculo

El municipio de Macastre se encuentra en el ámbito de la franja intermedia del territorio, en el caso de

que al aplicar la fórmula establecida anterior, el porcentaje de viviendas vacías a tener en cuenta a

efectos del cálculo de reservas educativas fuera > 80 % de las mismas, se contabilizaría a estos efectos

un máximo del 80 % de las viviendas vacías. No es el caso de Macastre que dispone de un porcentaje

del 18,3 % de viviendas vacías.

A2.2.2. VIVIENDAS EN ZONAS DE SEGUNDA RESIDENCIA

Se entenderá por ámbitos de segunda residencia aquellos municipios o zonas del municipio en las que,

de acuerdo con los datos estadísticos oficiales, predominen las viviendas secundarias. En el caso de

Macastre las viviendas secundarias son superiores en porcentaje a las principales, como se puede

observar en los datos del Censo de población y vivienda del apartado anterior.

En los ámbitos de segunda residencia, al número de viviendas previstas en el planeamiento, se les

aplicará un coeficiente corrector de minoración de entre 0,50 y 0,20, en función de la proporción de

viviendas secundarias con respecto al total de las viviendas del ámbito, con el objetivo de ajustar las

reservas dotacionales educativas a la realidad poblacional de la zona. En el caso de Macastre se aplica

un coeficiente corrector del 0,35 a la determinación de viviendas del Plan General.

A2.2.3. NÚMERO DE HABITANTES POR VIVIENDA

El número de habitantes por vivienda a considerar para el cálculo de la demanda educativa como

consecuencia de los nuevos instrumentos de planeamiento o de sus modificaciones será de 2,5 hab/

viv.

A2.2.4. TABLA RESUMEN

De acuerdo a lo indicado en los párrafos anteriores se obtienen los siguientes valores para el municipio

de Macastre.

VIVIENDAS Y HABITANTES PARA CÁLCULO DEMANDA

Zonas Viviendas previstas

PG

Coeficiente reductor viv

Viviendas calculo

demanda

Habitantes (hab.)

Viviendas principales 502 502,0 1.255,0

Viviendas vacías a efectos cálculo 167 167,0 417,5

Viviendas previstas solares vacantes

948 0,35 331,8 829,5

UE-1 (urbano) 25 0,35 8,8 21,9

UE-2 (urbano) 43 0,35 15,1 37,6

UE-3 (urbano) 32 0,35 11,2 28,0

Page 123: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 123

VIVIENDAS Y HABITANTES PARA CÁLCULO DEMANDA

Zonas Viviendas previstas

PG

Coeficiente reductor viv

Viviendas calculo

demanda

Habitantes (hab.)

Sector cuatro caminos (urbanizable)

271 0,35 94,9 237,1

Total 1.988 - 1.130,6 2.826,6

TABLA 49: Viviendas potenciales y población para el cálculo de la demanda educativa

A2.3. JUSTIFICACIÓN DE LA SUFICIENCIA DEL SUELO CALIFICADO COMO DE USO EDUCATIVO-CULTURAL (ED)

A2.3.1. ESTIMACIÓN PUESTOS ESCOLARES

La determinación del número de puestos escolares a prever se hará como sigue:

1. Los puestos escolares correspondientes a niños de 3 a 12 años, a prever en Colegios de

Educación Infantil-Primaria en el ámbito de la Comunitat Valenciana corresponden al 9 % de la

población prevista, 3 % Segundo Ciclo de Infantil y 6 % Primaria.

2. Los puestos escolares correspondientes a jóvenes de 12 a 18 años, necesarios en Institutos de

Educación Secundaria, en el ámbito de la Comunitat Valenciana corresponden al 6 % de la

población prevista, 4 % Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica y 2 % Bachillerato

y resto de enseñanzas de secundaria postobligatoria.

A partir de los habitantes potenciales obtenidos en el apartado A2.2.4 los puestos escolares necesarios

son los establecidos en la tabla siguiente:

PUESTOS ESCOLARES

Zonas Viviendas previstas

PG

Coeficiente reductor viv

Viviendas calculo

demanda

Habitantes (hab.)

Infantil-primaria

3-12 años 9% de hab.

Secundaria 12-18 años 6% de hab.

Viviendas principales 502 502,0 1.255,0 113,0 75,3

Viviendas vacías a efectos cálculo 167 167,0 417,5 37,6 25,1

Viviendas previstas solares vacantes

948 0,35 331,8 829,5 74,7 49,8

UE-1 (urbano) 25 0,35 8,8 21,9 2,0 1,3

UE-2 (urbano) 43 0,35 15,1 37,6 3,4 2,3

UE-3 (urbano) 32 0,35 11,2 28,0 2,5 1,7

Sector cuatro caminos (urbanizable)

271 0,35 94,9 237,1 21,3 14,2

Total 1.988 - 1.130,6 2.826,6 254,4 169,6

TABLA 50: Puestos escolares

Page 124: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 124

Por lo tanto, serán necesarios 254 puestos escolares para Infantil y Primaria, y 169 puestos para

Secundaria, que servirán tanto para la población actual para la prevista en el Plan General.

A2.3.2. JUSTIFICACIÓN SUFICIENCIA

Se justifica a continuación la suficiencia del suelo calificado como de uso educativo-cultural, para

atender la demanda prevista, contando para ello con las parcelas escolares existentes.

COMPARACIÓN PUESTOS ESCOLARES

Educación PP.EE. existentes PP.EE. necesarios PP.EE. previstos

Infantil y Primaria 125 254 254

Secundaria, Bachillerato y Centros Formativos

Centro adscrito 169 Centro adscrito

Total PP.EE. 423 -

TABLA 51: Comparación puestos escolares

Se dispone de una parcela escolar de 3.690 m2 y que es posible ampliar otros 1.159 m2 donde

actualmente se ubican instalaciones deportivas, con lo que se dispondría de la manzana completa.

Con respecto a los centros escolares de Secundaria, Bachillerato y Ciclos Formativos, los puestos

necesarios serían un total de 169 plazas, consideramos que los alumnos de Macastre cursarán la

Educación Secundaria fuera del municipio, como lo están realizando actualmente.

A2.4. NORMAS URBANÍSTICAS DE LAS PARCELAS DE EQUIPAMIENTO DOCENTE

De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 104/2014 las parcelas que alberguen centros públicos

deberán cumplir las siguientes condiciones de edificabilidad:

Artículo 11 Normas urbanísticas

Las normas urbanísticas establecidas por el planeamiento, de aplicación a las parcelas que alberguen

centros públicos deberán cumplir las siguientes condiciones de edificabilidad:

- Coeficiente de edificabilidad máximo ≥ 1,00 m2t/m2s.

- Coeficiente de ocupación de parcela máximo ≥ 50 por ciento.

- Distancias a lindes o fachadas, sin limitación alguna.

- Número máximo de plantas 3, sin limitación del número mínimo de plantas.

- Altura de cornisa ≤ 12 m.

- Formas de los edificios y sus cubiertas, sin limitación.

- Número de plazas de aparcamiento: el que se determine en el programa de necesidades.

En suelo urbano consolidado o semiconsolidado en el que exista déficit educativo o requiera la reposición

de centros existentes a su perfil o perfil mayor, se podrán aceptar parcelas, previo estudio de viabilidad,

que no cumpliendo las condiciones de edificabilidad para las parcelas de reserva, permitan número de

plantas, máximo 3 en Infantil y Primaria, y 5 en Secundaria y altura de cornisa ≤ 15.

Page 125: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 125

Lo comentado se recogerá en el Plan de Ordenación Pormenorizada en sus Normas Urbanísticas

Pormenorizadas.

A2.5. PLANOS

De acuerdo con el Decreto 104/2014 los planes generales contendrán un conjunto de planos que

comprenderá al menos:

PLANO A2.1. PLANO DE CLASIFICACIÓN

Se adjunta Plano de Clasificación de Suelo con delimitación de los sectores de suelo urbanizable

residencial, y determinación del número de viviendas potenciales a establecer en cada uno de ellos,

sobre plano topográfico.

PLANO A2.2. PLANO DE CALIFICACIÓN

Se adjunta Plano de Calificación de Suelo, del suelo urbano, con indicación de las parcelas calificadas

de uso educativo-cultural (ED) y expresión de su superficie, denominación de los centros docentes

existentes y su perfil actual, distinguiendo su carácter público o privado.

Page 126: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 126

Page 127: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA
Page 128: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA
Page 129: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 127

ANEJO 3. JUSTIFICACIÓN RED ELÉCTRICA

A3.1. RESPECTO A LAS PREVISIONES ELÉCTRICAS A INCLUIR EN LOS PROYECTOS DE URBANIZACIÓN

Grado de electrificación

Viviendas

Iberdrola indica que para los Proyectos de urbanización, en cuanto al suministro de energía eléctrica,

se aconseja una estimación máxima de 80 m2/viv para la obtención del número máximo de viviendas.

De acuerdo con el Objetivo de Utilización racional del suelo para el incremento poblacional establecido

por la Generalitat, se tendrá en cuenta un número de viviendas a razón de 2,1 hab/viv y un tamaño de

vivienda de 100 m2t útiles /viv; los cálculos del Plan General se realizan con estos valores que se

consideran más realistas para un municipio rural. Se trata de viviendas de segunda residencia además

se utiliza una tipología de vivienda adosada y aislada en su mayor parte y que tendrán una superficie

superior a los 100 m2t útiles /viv.

Según el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico

para baja tensión. ITC-BT-10, se distinguen los siguientes grados de electrificación:

ITC_BT_10

2. GRADO DE ELECTRIFICACIÓN Y PREVISIÓN DE LA POTENCIA EN LAS VIVIENDAS

La carga máxima por vivienda depende del grado de utilización que se desee alcanzar.

Se establecen los siguientes grados de electrificación.

2.1 Grado de electrificación

2.1.1 Electrificación básica

Es la necesaria para la cobertura de las posibles necesidades de utilización primarias sin necesidad de obras

posteriores de adecuación.

Debe permitir la utilización de los aparatos eléctricos de uso común en una vivienda.

2.1.2 Electrificación elevada

Es la correspondiente a viviendas con una previsión de utilización de aparatos electrodomésticos superior a la

electrificación básica o con previsión de utilización de sistemas de calefacción eléctrica o de

acondicionamiento de aire o con superficies útiles de la vivienda superiores a 160 m², o con cualquier

combinación de los casos anteriores.

2.2 Previsión de la potencia

El promotor, propietario o usuario del edificio fijará de acuerdo con la Empresa Suministradora la potencia a

prever, la cual, para nuevas construcciones, no será inferior a 5 750 W a 230 V, en cada vivienda,

independientemente de la potencia a contratar por cada usuario, que dependerá de la utilización que éste

haga de la instalación eléctrica.

En las viviendas con grado de electrificación elevada, la potencia a prever no será inferior a 9 200 W.

Page 130: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 128

En todos los casos, la potencia a prever se corresponderá con la capacidad máxima de la instalación, definida

ésta por la intensidad asignada del interruptor general automático, según se indica en la ITC-BT-25.

Es decir, grado de electrificación básico (5,75 Kw) para viviendas inferiores a 160 m2, sin circuito de

climatización o calefacción y para viviendas superiores a 160 m2, se deberá asignar un grado de

electrificación elevado (9,2 Kw).

Por otro lado se hace referencia al Código Técnico de la Edificación en su artículo 15.2 se indica lo

siguiente:

15.2. Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas

Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico

de sus ocupantes. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones

Térmicas en los Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida en el proyecto del edificio.

En el municipio de Macastre hay que indicar que por las características climáticas del entorno en las

viviendas actuales no se utiliza aire acondicionado y tampoco calefacción eléctrica, siendo el sistema

de calefacción utilizado mayoritariamente las chimeneas de leña y las calderas con depósitos de gasoil.

De acuerdo a las indicaciones del informe de Iberdrola se considera que para viviendas nuevas se tiene

que realizar el cálculo con un grado de electrificación elevado (9,2 Kw), salvo justificación en contra

(viviendas que no posean instalación o preinstalación de aparatos de climatización o calefacción).

Otro tipo de suministros

Para otro tipo de suministros (industrial, servicios y edificios / suministros singulares) se atenderá a lo

establecido en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, en concreto a su apartado 4 de la ITC-

BT-10, que establece:

4. CARGA TOTAL CORRESPONDIENTE A EDIFICIOS COMERCIALES, DE OFICINAS O DESTINADOS A UNA O

VARIAS INDUSTRIAS

En general, la demanda de potencia determinará la carga a prever en estos casos que no podrá ser nunca

inferior a los siguientes valores.

4.1 Edificios comerciales o de oficinas

Se calculará considerando un mínimo de 100 W por metro cuadrado y planta, con un mínimo por local de 3450

W a 230 V y coeficiente de simultaneidad 1.

4.2 Edificios destinados a concentración de industrias

Se calculará considerando un mínimo de 125 W por metro cuadrado y planta, con un mínimo por local de 10

350 W a 230 V y coeficiente de simultaneidad 1.

Como se desconoce lo que se va a instalar en las parcelas de equipamiento se adoptara el criterio más

desfavorable de 125 W por metro cuadrado.

Las unidades de ejecución precisaran además alumbrado para las calles, así como de alumbrado para

las zonas verdes, por lo que tendrá que realizarse una previsión de potencia. En el REBT no existen

criterios para la determinación de estas cargas por lo que es preciso realizar un proyecto específico de

alumbrado público. Para poder realizar una previsión de potencia en este plan general se ha tenido en

cuenta el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de

Page 131: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 129

eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas

complementarias EA-01 a EA-07, que establece unos niveles de iluminación y unos requisitos mínimos

de eficiencia energética. Se ha tomado como referencia unos niveles de iluminancia media en servicio

de 50 lux y el requisito de eficiencia energética mínima, calificación energética D.

En el Artículo 11.1.2 en el subapartado “9.- Suministro de energía eléctrica” de las Normas

Urbanísticas Estructurales del Plan General de Macastre se añaden las indicaciones anteriores sobre el

grado de electrificación necesario tanto para las viviendas como para otros suministros.

Reserva superficie Centros Transformación

En el Plan General Estructural de Macastre se establece Suelo Urbano sin Ordenación Pormenorizada,

por lo que la reserva de suelo para Centros de Transformación definida como SID* (privado) se

concretará en documentos posteriores, a continuación se realiza una estimación de los Centros de

Transformación que serían necesarios con la información de que se dispone en el presente

documento.

En el momento en que se desarrollen las Unidades de Ejecución de Suelo Urbano se solicitará un

informe a Iberdrola en el que proporcionará más información del punto de suministro y de la

Infraestructura necesaria, y de acuerdo a dicho informe se calcularán de forma definitiva los Centros

de Transformación necesarios y su ubicación.

En el Plan General se realiza una estimación tanto del número de Centros de Transformación

necesarios como de su ubicación, se definen como SID*, se consideran pertenecientes a la Red

Secundaria por si fuera necesaria su reubicación en función del desarrollo y disponibilidad del resto de

Centros de Transformación existentes actualmente en el municipio y que se concretará en el Proyecto

de Reparcelación.

Para los Centros de Transformación, disponiendo espacio para dos transformadores, se establecen las

siguientes dimensiones para el CT de 6,1 x 2,4 metros y para la parcela en la que se ubicará de 9,1 x

3,9 metros.

Se realiza a continuación una estimación de los Centros de Transformación necesarios para las

Unidades de Ejecución de Suelo Urbano del municipio de Macastre y el Sector de Suelo Urbanizable

industrial, considerando que tanto el número de viviendas como la superficie de equipamientos y

zonas verdes es una estimación.

UE-1 (Balcón de Macastre) Criterios de

potencia Potencia (kW)

Potencia KVA necesaria

Transformadores propuestos

Viviendas (nº) 25 9,2 kW/vivienda 230 102,22

Equipamiento (m2) 679 125 W/m2 84,87 56,58

Zona verde (m2) 926 5,56 W/m2 5,15 5,72

Calles (m2) 6.717,43 2,73 W/m2 18,34 20,38

Suelo industrial (m2) - 125 W/m2 - -

TOTAL 338,36 184,90

400 kVA

TABLA 52: Estimación Centros de Transformación de la UE-1

Page 132: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 130

UE-2 (Fuente Grande) Criterios de

potencia Potencia (kW)

Potencia KVA necesaria

Transformadores propuestos

Viviendas (nº) 43 9,2 kW/vivienda 395,6 175,82

Equipamiento (m2) 1.240 125 W/m2 155 103,33

Zona verde (m2) 504 5,56 W/m2 2,80 3,11

Calles (m2) 9.962,87 2,73 W/m2 27,20 30,22

Suelo industrial (m2) 125 W/m2

TOTAL 580,6 312,48

400 kVA

TABLA 53: Estimación Centros de Transformación de la UE-2

UE-3 (Campo de fútbol) Criterios de

potencia Potencia (kW)

Potencia KVA necesaria

Transformadores propuestos

Viviendas (nº) 32 9,2 kW/vivienda 294,4 130,84

Equipamiento (m2) 830 125 W/m2 103,75 69,17

Zona verde (m2) 1247 5,56 W/m2 6,93 7,70

Calles (m2) 8.884,12 2,73 W/m2 24,25 26,95

Suelo industrial (m2) 125 W/m2

TOTAL 429,33 234,66

400 kVA

TABLA 54: Estimación Centros de Transformación de la UE-3

SECTOR INDUSTRIAL Criterios de

potencia Potencia (kW)

Potencia KVA necesaria

Transformadores propuestos

Viviendas (nº) 9,2 kW/vivienda

Equipamiento (m2) 125 W/m2

Zona verde (m2) 3.378 5,56 W/m2 18,78 20,87

Calles (m2) 17.952 2,73 W/m2 49,01 54,45

Suelo industrial (m2) 12.426 125 W/m2 1.553,25 862,92

TOTAL 1.621,04 938,24

3 x 400 kVA

TABLA 55: Estimación Centros de Transformación del Sector Industrial

Como se ha comentado anteriormente de acuerdo con el Objetivo de Utilización racional del suelo

para el incremento poblacional establecido por la Generalitat, se tendrá en cuenta un número de

viviendas a razón de 2,1 hab/viv y un tamaño de vivienda de 100 m2t útiles /viv; los cálculos del Plan

General se realizan con estos valores que se consideran más realistas para un municipio rural. Se trata

de viviendas de segunda residencia además se utiliza una tipología de vivienda adosada y aislada en su

mayor parte y que tendrán una superficie superior a los 100 m2t útiles /viv.

A continuación se comentan las posibles alternativas de Centros de Transformación estudiadas, sin

contar con los existentes:

Opción UE-1 UE-2 UE-3 Sector industrial

A 1 CT (1 transformador) 1 CT (1 transformador) 1 CT (1 transformador) 1 CT (2 transformadores) + 1 CT (1 transformador)

B 1 CT (1 transformador) 1 CT (1 transformador) 1 CT (1 transformador) 1 CT (2 transformadores)

De las alternativas estudiadas la opción B es la que se considera como óptima, al emplear un único CT

con dos transformadores (630 + 400 kVA) y la opción A es la más probable si se quiere dar todo el

Page 133: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 131

suministro en baja tensión. Para elegir la opción adecuada es necesario un análisis pormenorizado de

la infraestructura de BT, y es necesario disponer del informe de Iberdrola que se solicitará en el

momento de desarrollo de las Unidades de Ejecución y el Sector.

En el caso de que fueran necesarias nuevas reservas de suelo SID* para el desarrollo de las zonas se

planteará en los Proyectos de Reparcelación de las Unidades de Ejecución.

Interconexión eléctrica

La interconexión eléctrica dependerá de las condiciones de suministro establecidas por la compañía

suministradora por lo que se tendrá que solicitar las condiciones de suministro a la compañía

suministradora y desarrollar la infraestructura eléctrica necesaria para la interconexión.

A3.2. RESPECTO A LA INTERCONEXIÓN DE LOS SECTORES DEL PGOU CON LOS SISTEMAS EXTERNOS

Informe técnico económico

En el caso de que sean necesarios nuevos alimentadores desde la red existente (servidumbre

asociada), el número y alcance de las líneas necesarias se reflejará en el correspondiente informe

técnico económico a emitir por Iberdrola cuando se solicite la concreta electrificación de las Unidades

de Ejecución a desarrollar, la servidumbre asociada se definirá en función del diseño realizado.

Compatibilización red eléctrica en Suelo No Urbanizable

En el artículo 2.4.11 de las Normas Urbanísticas Estructurales del Plan General se compatibiliza el

Suelo No Urbanizable con la infraestructura eléctrica, con determinados condicionantes.

Además se indica que tanto para las redes existentes como para las nuevas serán de aplicación las

servidumbres establecidas en los artículos 158 y 159 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,

por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y

procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, para líneas aéreas y subterráneas

y el artículo 162 del citado Decreto y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se

aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de

alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

También es de aplicación la Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 07 Líneas Aéreas con

Conductores Desnudos incluida en el Real Decreto 223/2008, en su artículo 5.12 Paso por zonas.

En el Plano de Información I.6 se puede observar el trazado de las líneas eléctricas existentes y a las

que se aplicará lo indicado anteriormente.

Licencia obras administraciones públicas

Por lo que respecta a la necesidad o no de contar con licencia urbanística, de acuerdo con la LUV en su

art. 191.1.r), prevé expresamente como uno de los actos sujetos a licencia urbanística, y sin perjuicio

de las demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo a la legislación urbanística y sectorial

aplicable, la instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas

o dispositivos de comunicación de cualquier clase, con la única excepción, contemplada en el apartado

segundo de dicho artículo, de que la actuación haya sido previamente autorizada como consecuencia

Page 134: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 132

de la aprobación de un proyecto de urbanización o de obra pública de iguales efectos según la

legislación urbanística (art. 191.2 LUV).

Igual previsión se contempla en el art. 470 del ROGTU, que concreta lo establecido en la LUV,

calificando, entre otras, a las licencias otorgadas para autorizar la instalación de tendidos eléctricos

como licencias de otras actuaciones urbanísticas estables, definidas como aquellas que no implican ni

urbanización ni edificación pero tienen carácter permanente o duración indeterminada (art. 470.1.g

ROGTU), y que tienen por finalidad comprobar que la transformación y uso del suelo se ajusta a la

legislación urbanística y sectorial, así como a los instrumentos de planeamiento aplicables (art. 470.2

ROGTU).

Por último, mencionar que el art. 27.2. f de la LSNU, sujeta a previa declaración de interés comunitario

a las obras e instalaciones propias de las redes de suministros y comunicaciones de titularidad privada,

de necesario emplazamiento en suelo no urbanizable, cuya autorización no proceda tramitarse como

servicios o actividades de interés general o esencial en ejecución de las obras públicas, declaradas de

utilidad pública o sean autorizables conforme a lo previsto en el art. 29, referido éste último a las

actuaciones promovidas por las distintas administraciones públicas territoriales, directamente o bajo

su control, mediante sus concesionarios o agentes, para la ejecución de obras públicas o

construcciones e instalaciones de servicio público esencial o actividades de interés general, que

precisen ubicarse en el suelo no urbanizable, se observará lo previsto en la legislación urbanística, en

la legislación reguladora del servicio o actividad a implantar y en la legislación de régimen local.

No estarán sujetas a licencia municipal aquellas obras, servicios e instalaciones que conforme a su

legislación sectorial estén exentas de la misma.

Las indicaciones en cuanto a la necesidad de licencia municipal se recogerán en el Plan de Ordenación

Pormenorizada.

Reserva superficie Centros Transformación

Será necesaria la reserva de superficie para Centros de Transformación en el caso de que sea de

aplicación el artículo 26 del RD 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología

para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.

Artículo 26. Reserva de uso de locales.

1.Cuando se trate de suministros sobre suelos en situación básica de urbanizados por contar con las

infraestructuras y los servicios a que se refiere el artículo 12.3.b del texto refundido de la Ley de Suelo,

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, incluidos los suministros de alumbrado público,

y la potencia solicitada para un local, edificio o agrupación de éstos sea superior a 100 kW, o cuando la

potencia solicitada de un nuevo suministro o ampliación de uno existente sea superior a esa cifra, el solicitante

deberá reservar un local, para su posterior uso por la empresa distribuidora, de acuerdo con las condiciones

técnicas reglamentarias y con las normas técnicas establecidas por la empresa distribuidora y aprobadas por

la Administración Pública competente, cerrado y adaptado, con fácil acceso desde la vía pública, para la

ubicación de un centro de transformación cuya situación corresponda a las características de la red de

suministro aérea o subterránea y destinado exclusivamente a la finalidad prevista. El propietario del local

quedará obligado a registrar esta cesión de uso, corriendo los gastos correspondientes a cargo de la empresa

distribuidora.

Page 135: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 133

2. Si el local no fuera utilizado por la empresa distribuidora transcurridos seis meses desde la puesta a su

disposición por el propietario, desaparecerá la obligación de cesión a que se refiere el apartado anterior.

3. La empresa distribuidora, cuando haga uso del mencionado local deberá abonar al propietario una

compensación que se establecerá por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo acuerdo de la

Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la Comisión Nacional de los

Mercados y la Competencia.

En el caso de que la potencia del centro de transformación instalado sea superior a la solicitada, con la

finalidad de suministrar energía a otros peticionarios, la empresa distribuidora abonará a la propiedad del

inmueble en el que recaiga la instalación en el momento de la concesión de la autorización de explotación del

centro de transformación, una cantidad que se establecerá por orden del Ministro de Industria, Energía y

Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta de la

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Lo anterior será así mismo de aplicación ante cualquier

ampliación de la potencia instalada en el referido centro de transformación. A estos efectos no se considerará

la diferencia de potencias que pudiera existir entre la potencia solicitada y la potencia normalizada del

transformador inmediatamente superior a la solicitada.

El artículo anterior se recoge en el artículo 11.1.2 de las Normas Urbanísticas Estructurales del Plan

General.

A3.3. RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA

Fichas de planeamiento

No se ha establecido en el Plan General un orden de desarrollo para las Unidades de Ejecución puesto

que se encuentran en Suelo Urbano y se ubican alrededor del Suelo Urbano Consolidado, y no es

posible definir que unidad es la prioritaria.

Cuando se desarrolle una Unidad de Ejecución se solicitará informe a Iberdrola y se procederá de

acuerdo a sus indicaciones.

Las condiciones que las Unidades de Ejecución han de satisfacer para que sea posible su programación

se recogen en las fichas de planeamiento y gestión de cada una de ellas.

Situación en el tiempo y financiación

Las infraestructuras necesarias se repercutirán a cada propietario de la Unidad de Ejecución

correspondiente de acuerdo a lo indicado en el Proyecto de Reparcelación y según los costes indicados

en el Proyecto de Urbanización. En el caso de los Centros de Transformación en las fichas de gestión

de las Unidades de Ejecución se pondrá la repercusión correspondiente a cada UE debida a la

ejecución de un nuevo Centro de Transformación.

Page 136: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 134

A3.4. RESPECTO A LAS SALIDAS DE LÍNEAS DE MEDIA TENSIÓN DE LAS SUBESTACIONES TRANSFORMADORAS Y DE LOS DISEÑOS INTERIORES DE LOS SECTORES

Definición líneas media tensión por el Plan General en suelo urbano o urbanizable

La ejecución de líneas de Media Tensión en Suelo Urbano se realizará por viario público a definir de

acuerdo a informe de Iberdrola, a solicitar en el momento de desarrollo, puesto que pueden cambiar

las prioridades dependiendo de las Unidades de Ejecución se desarrollen primero.

La ejecución de líneas de Media Tensión se realizará de forma que por un mismo trazado no discurran

más de 4 líneas si son subterráneas (ejecución compartiendo zanja) o dos líneas si son aéreas

(ejecución mediante doble circuito).

Cuando se ejecute una línea en viales de infraestructuras primarias se deberán dejar tubos de reserva,

para evitar apertura y cierre de zanjas.

Se diseñarán las infraestructuras de forma que las redes de Media y Baja Tensión, ejecutadas durante

el proceso de urbanización, transcurran a una distancia mínima del borde del vial público con

propiedad particular de 1 metro, para evitar que las futuras construcciones puedan dañar las citadas

líneas al realizar excavaciones.

Se añade lo comentado en este apartado en el Artículo 11.1.2 de las Normas Urbanísticas Estructurales

del Plan General.

A3.5. SERVIDUMBRES DE LA RED AÉREA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Líneas eléctricas existentes

Las Líneas eléctricas existentes se mantienen las servidumbres actuales y en caso de desvío o

soterramiento será costeado por la entidad solicitante.

Las servidumbres se establecen en los artículos 158 (Servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica) y

159 (Servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica) del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y el artículo 162 del

citado Decreto y la Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 07 Líneas Aéreas con Conductores

Desnudos incluida en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el

Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y

sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 en su artículo 5.12 Paso por zonas.

Se añade lo comentado en este apartado en el artículo 2.4.11 de las Normas Urbanísticas Estructurales

del Plan General.

Parcelas afectadas por líneas de alta tensión

De acuerdo con el artículo 162.1 del RD 1955/2000 es necesaria la autorización por parte de la

Administración competente, para construir en parcelas afectadas por líneas de alta tensión, la consulta

será previa a la concesión de licencias e inicio de obras. Las limitaciones se encuentran recogidas en el

artículo 162.3 del citado RD.

Page 137: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 135

Se añade lo comentado en este apartado en el artículo 2.4.11 de las Normas Urbanísticas

Estructurales del Plan General.

Área de influencia

El área de influencia se calcula de acuerdo a la Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 07 Líneas

Aéreas con Conductores Desnudos incluida en el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se

aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de

alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, en su artículo 5.12 se indica

el paso por zonas.

A3.6. RESPECTO A LAS NORMAS URBANÍSTICAS

Documentación de las licencias de obras mayores de edificación

Las licencias de obras mayores de edificación deberán cumplir el artículo 26 del RD 1048/2013, de 27

de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de

distribución de energía eléctrica.

También se aplica la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la

Calidad de la Edificación (LOFCE), en cuanto a la obtención de licencia municipal.

El Plan General recogerá las indicaciones sobre la Licencia municipal de edificación en el Plan de

Ordenación Pormenorizada.

Exigencias Proyecto Básico

En el Anejo I del Código Técnico de la Edificación, se indica el contenido del proyecto básico incluyendo

los planos de acometidas que previamente habrá consensuado con la empresa suministradora.

El proyecto básico de edificación deberá contener la siguiente información y documentación:

a) Reserva local para Centro de Transformación, según artículo 25 y 26 del RD1048/2013.

b) Ubicación C.G.P (Cajas generales de protección) respetando la normativa establecida en la ITC-

BT-13.1.1 y Normativa Iberdrola aprobada, con acceso directo desde la vía pública.

c) Ubicación de la centralización de contadores, respetando la normativa establecida en ITC-BT-

16.1, ITC-BT-16.2 y Normativa Iberdrola aprobada.

d) Acometida de suministro, consensuada e informada por la empresa suministradora.

Se incluirá en el Plan de Ordenación Pormenorizada.

Respecto al Certificado final de obra

En cuanto al Certificado final de obra es de aplicación el Decreto 1/2015, de 9 de enero, del Consell, por

el que se aprueba el Reglamento de Gestión de la Calidad en Obras de Edificación.

Artículo 13. Contenido del certificado

El certificado final de obra expresará el cumplimiento de las siguientes condiciones:

3. La conexión de los servicios con las redes de infraestructuras correspondientes.

Page 138: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 136

4. La viabilidad para ser destinada al fin para el que se construyó, siempre que sea conservada según la

correspondiente documentación de uso y mantenimiento.

Artículo 14. Suscripción y visado

3. Las administraciones competentes exigirán el certificado final de obra para la concesión de cédulas,

licencias y demás autorizaciones. Asimismo, se exigirá este certificado por notarios y registradores, para la

autorización e inscripción, respectivamente, de las escrituras de declaración de obra nueva terminada y las

actas de terminación de obra.

Se incluirá en el Plan de Ordenación Pormenorizada.

Condiciones de suministro de energía eléctrica

Los Centros de transformación, Centros de entrega de energía o Centros de Seccionamiento

Independientes para instalaciones de clientes en Media y Alta Tensión se instalarán directamente a

linde de parcela preferentemente, o accesibles directamente desde vía pública, al igual que el vallado

cuando sean de dimensiones adecuadas, no siendo necesario el cumplimiento del retranqueo

correspondiente.

Se añade lo comentado en este apartado en el artículo 11.1.2 de las Normas Urbanísticas Estructurales

del Plan General.

A3.7. RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURAS ELÉCTRICAS

Se incluye la compatibilización con el Suelo No Urbanizable en el artículo 2.4.11 de las Normas

Urbanísticas Estructurales del Plan General.

En este mismo artículo del Plan General se indica que tanto para las redes existentes como para las

nuevas serán de aplicación las servidumbres establecidas en los artículos 158 y 159 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,

para líneas aéreas y subterráneas y el artículo 162 del citado Decreto y el Real Decreto 223/2008, de

15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de

seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01

a 09.

A3.8. RESPECTO A LAS VARIACIONES DE LÍNEAS EXISTENTES

Respecto a las variaciones de líneas existentes es de aplicación el Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,

suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica

Artículo 154 Variación del tendido de la línea como consecuencia de proyectos o planes aprobados por la

Administración

1. En la elaboración por parte de las distintas Administraciones públicas de proyectos o planes que puedan

variar el tendido de una línea ya existente, se dará audiencia a la entidad titular de la línea, con objeto de que

Page 139: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 137

formule las alegaciones pertinentes sobre los aspectos técnicos, económicos y de cualquier otro orden

respecto a la variación que se proyecte.

2. En el expediente a que se refiere el apartado anterior deberá emitir informe la Dirección General de Política

Energética y Minas o el órgano autonómico que resulte competente.

3. La Administración competente sobre el proyecto o plan del que derive la necesidad de variación de la línea,

una vez que éste haya sido aprobado, abonará al titular de la línea el coste de la variante y los perjuicios

ocasionados.

También será de aplicación el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el

Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y

sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

5.12.2 Edificios, construcciones y zonas urbanas

Se evitará el tendido de líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos en terrenos que

estén clasificados como suelo urbano, cuando pertenezcan al territorio de municipios que tengan plan de

ordenación o como casco de población en municipios que carezcan de dicho plan. No obstante, a petición del

titular de la instalación y cuando las circunstancias técnicas o económicas lo aconsejen, el órgano competente

de la Administración podrá autorizar el tendido aéreo de dichas líneas en las zonas antes indicadas.

Se podrá autorizar el tendido aéreo de líneas eléctricas de alta tensión con conductores desnudos en las zonas

de reserva urbana con plan general de ordenación legalmente aprobado y en zonas y polígonos industriales

con plan parcial de ordenación aprobado, así como en los terrenos del suelo urbano no comprendidos dentro

del casco de la población en municipios que carezcan de plan de ordenación.

Las líneas aéreas de tensión inferior a 66 kV deberán ser enterradas, integrándolas en el diseño

urbanístico de la actuación por la que quede afecta, discurriendo por viales públicos.

Preferentemente se mantendrán en aéreo el resto de líneas de tensión igual o superior a 66 kV

respetando y/o estableciendo las servidumbres dispuestas en los artículos 158 y 159 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y

57 y 58 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.

Se indica todo lo anterior en el artículo 11.1.2 en el subapartado “9.- Suministro de energía eléctrica”

de las Normas Urbanísticas Estructurales del Plan General de Macastre.

En cuanto al riesgo de las personas al trabajar en la proximidad de líneas eléctricas será de aplicación

el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de

seguridad y de salud en las obras de construcción y el Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre

disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo

eléctrico, que se deberá recoger en el Proyecto Constructivo de la Urbanización a realizar, no

corresponde al Plan General la indicación de estos aspectos.

Las instalaciones de baja tensión existentes en Suelo Urbano, podrán ser atendidas con redes aéreas

trenzadas de baja tensión y en modificaciones no significativas en zonas con este tipo de red instalada.

Las Cajas Generales de Protección a instalar en las nuevas construcciones o reformas de las existentes

deberían estar acondicionadas para alimentarse, en caso de ser necesario, mediante redes

subterráneas de baja tensión.

Page 140: Macastre · TABLA 43: Cuadro comparativo superficies clasificación del suelo en Normas subsidiarias y Plan General.....116 TABLA 44: Puestos escolares población actual.....119 TABLA

MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ESTRUCTURAL DE MACASTRE

- 138

Se añade lo comentado en el párrafo anterior en el artículo 11.1.2 de las Normas Urbanísticas

Estructurales del Plan General.

A3.9. RESPECTO A LA CONDICIÓN DE SOLAR EN SUELO URBANO

Para las parcelas incluidas en Unidades de Ejecución en Suelo Urbano, para la edificabilidad adicional

derivada del aprovechamiento tipo y los proyectos de edificación nuevos o ampliación de los

existentes deberá solicitarse informe previo a Iberdrola Distribución Eléctrica, SAU a los efectos de

determinar la infraestructura eléctrica necesaria para adquirir la condición de solar.

Lo comentado en el párrafo anterior se indica en el 70 en el subapartado “9.- Suministro de energía

eléctrica” de las Normas Urbanísticas Estructurales del Plan General de Macastre.

A3.10. RESPECTO A LAS SUBESTACIONES Y LÍNEAS DE MAT DE TENSIÓN IGUAL O MAYOR A 132 KV

Los planes y proyectos de subestaciones y líneas MAT de tensión igual o mayor a 132 kV prevalecerán

sobre cualquier instrumento de planificación u ordenación territorial o urbanística. En el municipio de

Macastre no existen actualmente líneas de esta tensión.