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Page 1: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

PRESIDENGiADi~LAREPOBuumlCA1 n A ~--------------------------------------------------~~

Repuacuteblica dI ColOmbia

Revisoacute g L 1 _ ~ Aproboacute lt2 ~ C J __ ~~_iexcliexcliexcliexcliexcl1lt1 iexclX~J

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

DECRETO NUacuteMERO 8 4 9 DE

Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1

del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren Jos numerales 11 y 20 del artiacuteculo 189 Ide la Constitucioacuten Polftica yen desarrollo del

numeral 2 del artiacuteculo 235-2 y del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario y

CONSIDERANDO

Que el Gobierno nacional expidioacute el Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria para compilar y racionalizar las normas de caraacutecter reglamentario y contar con instrumentos juriacutedicos uacutenicos sin perjuicio de las compilaciones realizadas en otros decretos uacutenicos

Que el artiacuteculo 91 de la Ley 2010 de 2019 modificoacute el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario particularmente el numeral 2 relativo a la renta exenta para el desarrollo del campo colombiano y dispusomiddot ((Incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano Las rentas provenientes de inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario por un teacutermino de diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural emita el acto de conformidad siempre que cumplan los siguientes requisitos

a) Las sociedades deben tener por objeto social alguna de las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades comprendidas son

GD-FM-017V3

2 middot DECRETO NUumlMERO __ de ____ Hoja Ndeg84g~__

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos articulas al Capftulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

aquellas sentildealadas en la Clasificacioacuten Industrial Internacional Uniforme (CIU) Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 y divisioacuten 11 adoptada en Colombia mediante Resolucioacuten de la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

b Las sociedades deben constituirse a paacutertir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 e iniciar su actividad econoacutemica antes del 31 de diciembre de 2022

c Los beneficiarios de esta renta exenta deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades de que trata este artiacuteculo El nuacutemero miacutenimo de empleos requerido tendraacute relacioacuten directa con los ingresos brutos obtenidos en el respectivo antildeo gravable y se requeriraacute de una inversioacuten miacutenima en un periodo de seis (6) antildeos en propiedad planta y equipo Lo anterior de conformidad con la reglamentacioacuten que expida el Gobierno Nacional dentro los paraacutemetros fijados en la siguiente tabla

Monto miacutenimo de Ingresos en UVT I inversioacuten en UVT durante durante el respectivo Miacutenimo de

Grupo los seis (6) primeros antildeos antildeo gravable empleos directos

Desde Desde Hasta 1 1500 O 40000 1 a 10 2 25000 40001 80000 11 a 24 3 50000 80001 170000 25 a 50 4 80000 170001 290000 Maacutes de 51

Los anteriores requisitos deben cumplirse por los contribuyentes en todos los periodos gravables en los que se aplique el beneficio de renta exenta quienes deben de estar inscritos en el Registro Uacutenico Tributario como contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta

El beneficio al que se refiere este artiacuteculo no seraacute procedente cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica o procedan de procesos de fusioacuten o escisioacuten que efectuacutee el contribuyente

Para acceder a la renta exenta de que trata este artiacuteculo el contribuyente deberaacute acreditar que el miacutenimo de empleados directos requeridos no ostentan la calidad de administradores de la respectiva sociedad ni son miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o canSar ciados de la misma

Para efectos de determinar la vocacioacuten de permanencia miacutenima de empleos se deberaacute acreditar los empleos directos a 30 de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto del beneficio establecido en este artiacuteculo y poder demostrar que se han mantenido a 31 de diciembre del mismo antildeo

GD-FM-017 V3

3 DECRETO NUacuteMERO --J~---gt=8lt-11 9=--__ de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

d Las sociedades deben presentar su proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural justificando su viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y el Ministerio debe emitir un acto de conformidad y confirmar que las inversiones incrementan la productividad del sector agropecuario antes del 31 de diciembre d) 2022

e Las sociedades deben cumplir con los montos miacutenimos de inversioacuten en los teacuterminos que defina el Gobierno nacional que en ninguacuten caso puede ser inferior a mil quinientas (1500) UVT yen un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos gravables En caso de que no se logre el monto de inversioacuten se pierde el beneficio a partir del sexto antildeo inclusive

f El beneficio de renta exenta aquiacute contemplado se aplicaraacute incluso en el esquema empresarial de inversioacuten o de negocios se vincule a entidades de economiacutea solidaria cuyas actividades u objetivos tengan relacioacuten con el sector agropecuario a las asociaciones de campesinos o grupos individuales de estos

Que de conformidad con lo previsto en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario citado resulta necesario establecer el nuacutemero miacutenimo de empleos que deberaacuten generar las empresas del sector agropecuario para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

I Que de conformidad con el inciso 4 del literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario es necesario precisar que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementariosque apliquen la renta exenta de que trata la norma citada deben acreditar la contratacioacuten del monto miacutenimo de empleos exigido a treinta (30) de junio y a treinta y uno (31) de diciembre de cada antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto del beneficio tributario

Que de acuerdo con el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario se requiere establecer el plazo maacuteximo que tienen los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios para presentar los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y realizar las inversiones e iniciar la aplicacioacuten de la renta exenta

Que asiacute mismo se requiere establecer el procedimiento para la presentacioacuten de los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y establecer el procedimiento para la expedicioacuten del acto de conformidad que expediraacute el respectivo ministerio para que inicie la aplicacioacuten del incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano

Que conforme con lo previsto en el literal e) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario resulta necesario desarrollar la naturaleza de las inversiones con las que se daraacute cumplimiento a la exigencia del monto miacutenimo de inversioacuten arriba mencionado

Que adicionalmente se requiere precisar cuaacuteles son los ingresos que computan para efectos del cumplimiento del requisito del artiacuteculo en cita considerando que son los ingresos brutos de caraacutecter fiscal sobre los cuales se determina la renta exenta a tendiendo lo dispuesto en el artiacuteculo 26 del Estatuto Tributario y desarrollar los requisitos de procedencia de la renta exenta para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios como lo dispone el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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middot DECRETO NOMERO _-------gttJ-S- __ de ____ Hoja Ndeg 4t=9br-----------____________________________________________________________~

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Que asiacute mismo se requiere reglamentar el procedimiento que deben aplicar los contribuyentes para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que deben cumplir al sexto (6) antildeo de aprobado el proyecto de inversioacuten asiacute como precisar que las inversiones se deben realizar en propiedad planta y equipo dentro de las cuales se encuentran los activos bioloacutegicos productores conforme lo dispuesto en el numeral 1 del artiacuteculo 93 del Estatuto Tributario

Que el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario modificado por el artiacuteculo 11 de la Ley 2010 de 2019 lista los servicios que se excluyen del impuesto sobre las ventas shyIVA siempre que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos

Que seguacuten el inciso final del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario referido los usuarios de los servicios excluidos por el presente numeral deberaacuten expedir una certificacioacuten a quien preste el servicio en donde conste la destinacioacuten el valor y el nombre e identificacioacuten del mismo Quien preste el servicio deberaacute conservar dicha certificacioacuten durante el plazo sentildealado en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario la cual serviraacute como soporte para la exclusioacuten de los servicios

Que en virtud de los considerandos anteriores es necesario desarrollar las condiciones previstas en la norma en cita para la aplicacioacuten de la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en los servicios destinados a la adecuacioacuten de tierras la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento del Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 270 de 2017 y los artiacuteculos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 el proyecto de Decreto fue publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten de los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenense los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 121226912122701212271 Y1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

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5 DECRETO NUacuteMERO --------liI8 de ____19-=--__

~-------------------------------------------------------------------- Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 1212259 Inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario Las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario son aquellas inversiones que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural califique mediante acto de conformidad

Las inversiones de que trata el presente artiacuteculo se deberaacuten realizar en un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos contados inclusive a partir de la expedicioacuten del acto de conformidad expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue La inversioacuten deberaacute generar el monto miacutenimo de nuevos empleos directos requerido a partir del primer antildeo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten

No se consideran inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario aquellas que fueren el resultado de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten empresarial o de inversiones

Para la procedencia de la renta exenta deberaacute cumplirse lo dispuesto en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Las inversiones deben corresponder a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores relacionados con la actividad generadora de renta La inversioacuten se determinaraacute con base en su costo fiscal de adquisicioacuten conforme con lo previsto en el Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212260 Inversionistas Son inversionistas para efectos de la aplicacioacuten del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario las personas juriacutedicas contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta que se encuentren inscritas en el Registro Uacutenico Tributario -RUT constituidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 es decir desde el veintiocho (28) de diciembre de 2018 que inicien sus actividades econoacutemicas antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 y que tengan dentro de su objeto social las actividades descritas en el literal a) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

Artiacuteculo 1212261 Actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario son las sentildealadas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme shyCIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

Artiacuteculo 1212262 Teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios El teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios que establece el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto son diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo gravable en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue emita el acto de conformidad a traveacutes del cual se califica el

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6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

GD-FMmiddot017 V3

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

GD-FM-017 V3

------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

GD-FM-017 V3

9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 2: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

2 middot DECRETO NUumlMERO __ de ____ Hoja Ndeg84g~__

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos articulas al Capftulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

aquellas sentildealadas en la Clasificacioacuten Industrial Internacional Uniforme (CIU) Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 y divisioacuten 11 adoptada en Colombia mediante Resolucioacuten de la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

b Las sociedades deben constituirse a paacutertir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 e iniciar su actividad econoacutemica antes del 31 de diciembre de 2022

c Los beneficiarios de esta renta exenta deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades de que trata este artiacuteculo El nuacutemero miacutenimo de empleos requerido tendraacute relacioacuten directa con los ingresos brutos obtenidos en el respectivo antildeo gravable y se requeriraacute de una inversioacuten miacutenima en un periodo de seis (6) antildeos en propiedad planta y equipo Lo anterior de conformidad con la reglamentacioacuten que expida el Gobierno Nacional dentro los paraacutemetros fijados en la siguiente tabla

Monto miacutenimo de Ingresos en UVT I inversioacuten en UVT durante durante el respectivo Miacutenimo de

Grupo los seis (6) primeros antildeos antildeo gravable empleos directos

Desde Desde Hasta 1 1500 O 40000 1 a 10 2 25000 40001 80000 11 a 24 3 50000 80001 170000 25 a 50 4 80000 170001 290000 Maacutes de 51

Los anteriores requisitos deben cumplirse por los contribuyentes en todos los periodos gravables en los que se aplique el beneficio de renta exenta quienes deben de estar inscritos en el Registro Uacutenico Tributario como contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta

El beneficio al que se refiere este artiacuteculo no seraacute procedente cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica o procedan de procesos de fusioacuten o escisioacuten que efectuacutee el contribuyente

Para acceder a la renta exenta de que trata este artiacuteculo el contribuyente deberaacute acreditar que el miacutenimo de empleados directos requeridos no ostentan la calidad de administradores de la respectiva sociedad ni son miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o canSar ciados de la misma

Para efectos de determinar la vocacioacuten de permanencia miacutenima de empleos se deberaacute acreditar los empleos directos a 30 de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto del beneficio establecido en este artiacuteculo y poder demostrar que se han mantenido a 31 de diciembre del mismo antildeo

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3 DECRETO NUacuteMERO --J~---gt=8lt-11 9=--__ de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

d Las sociedades deben presentar su proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural justificando su viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y el Ministerio debe emitir un acto de conformidad y confirmar que las inversiones incrementan la productividad del sector agropecuario antes del 31 de diciembre d) 2022

e Las sociedades deben cumplir con los montos miacutenimos de inversioacuten en los teacuterminos que defina el Gobierno nacional que en ninguacuten caso puede ser inferior a mil quinientas (1500) UVT yen un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos gravables En caso de que no se logre el monto de inversioacuten se pierde el beneficio a partir del sexto antildeo inclusive

f El beneficio de renta exenta aquiacute contemplado se aplicaraacute incluso en el esquema empresarial de inversioacuten o de negocios se vincule a entidades de economiacutea solidaria cuyas actividades u objetivos tengan relacioacuten con el sector agropecuario a las asociaciones de campesinos o grupos individuales de estos

Que de conformidad con lo previsto en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario citado resulta necesario establecer el nuacutemero miacutenimo de empleos que deberaacuten generar las empresas del sector agropecuario para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

I Que de conformidad con el inciso 4 del literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario es necesario precisar que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementariosque apliquen la renta exenta de que trata la norma citada deben acreditar la contratacioacuten del monto miacutenimo de empleos exigido a treinta (30) de junio y a treinta y uno (31) de diciembre de cada antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto del beneficio tributario

Que de acuerdo con el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario se requiere establecer el plazo maacuteximo que tienen los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios para presentar los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y realizar las inversiones e iniciar la aplicacioacuten de la renta exenta

Que asiacute mismo se requiere establecer el procedimiento para la presentacioacuten de los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y establecer el procedimiento para la expedicioacuten del acto de conformidad que expediraacute el respectivo ministerio para que inicie la aplicacioacuten del incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano

Que conforme con lo previsto en el literal e) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario resulta necesario desarrollar la naturaleza de las inversiones con las que se daraacute cumplimiento a la exigencia del monto miacutenimo de inversioacuten arriba mencionado

Que adicionalmente se requiere precisar cuaacuteles son los ingresos que computan para efectos del cumplimiento del requisito del artiacuteculo en cita considerando que son los ingresos brutos de caraacutecter fiscal sobre los cuales se determina la renta exenta a tendiendo lo dispuesto en el artiacuteculo 26 del Estatuto Tributario y desarrollar los requisitos de procedencia de la renta exenta para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios como lo dispone el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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middot DECRETO NOMERO _-------gttJ-S- __ de ____ Hoja Ndeg 4t=9br-----------____________________________________________________________~

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Que asiacute mismo se requiere reglamentar el procedimiento que deben aplicar los contribuyentes para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que deben cumplir al sexto (6) antildeo de aprobado el proyecto de inversioacuten asiacute como precisar que las inversiones se deben realizar en propiedad planta y equipo dentro de las cuales se encuentran los activos bioloacutegicos productores conforme lo dispuesto en el numeral 1 del artiacuteculo 93 del Estatuto Tributario

Que el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario modificado por el artiacuteculo 11 de la Ley 2010 de 2019 lista los servicios que se excluyen del impuesto sobre las ventas shyIVA siempre que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos

Que seguacuten el inciso final del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario referido los usuarios de los servicios excluidos por el presente numeral deberaacuten expedir una certificacioacuten a quien preste el servicio en donde conste la destinacioacuten el valor y el nombre e identificacioacuten del mismo Quien preste el servicio deberaacute conservar dicha certificacioacuten durante el plazo sentildealado en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario la cual serviraacute como soporte para la exclusioacuten de los servicios

Que en virtud de los considerandos anteriores es necesario desarrollar las condiciones previstas en la norma en cita para la aplicacioacuten de la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en los servicios destinados a la adecuacioacuten de tierras la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento del Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 270 de 2017 y los artiacuteculos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 el proyecto de Decreto fue publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten de los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenense los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 121226912122701212271 Y1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

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5 DECRETO NUacuteMERO --------liI8 de ____19-=--__

~-------------------------------------------------------------------- Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 1212259 Inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario Las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario son aquellas inversiones que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural califique mediante acto de conformidad

Las inversiones de que trata el presente artiacuteculo se deberaacuten realizar en un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos contados inclusive a partir de la expedicioacuten del acto de conformidad expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue La inversioacuten deberaacute generar el monto miacutenimo de nuevos empleos directos requerido a partir del primer antildeo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten

No se consideran inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario aquellas que fueren el resultado de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten empresarial o de inversiones

Para la procedencia de la renta exenta deberaacute cumplirse lo dispuesto en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Las inversiones deben corresponder a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores relacionados con la actividad generadora de renta La inversioacuten se determinaraacute con base en su costo fiscal de adquisicioacuten conforme con lo previsto en el Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212260 Inversionistas Son inversionistas para efectos de la aplicacioacuten del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario las personas juriacutedicas contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta que se encuentren inscritas en el Registro Uacutenico Tributario -RUT constituidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 es decir desde el veintiocho (28) de diciembre de 2018 que inicien sus actividades econoacutemicas antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 y que tengan dentro de su objeto social las actividades descritas en el literal a) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

Artiacuteculo 1212261 Actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario son las sentildealadas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme shyCIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

Artiacuteculo 1212262 Teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios El teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios que establece el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto son diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo gravable en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue emita el acto de conformidad a traveacutes del cual se califica el

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6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

GD-FMmiddot017 V3

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

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------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

GD-FM-017 V3

11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

GD-FM-017 V3

de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 3: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

3 DECRETO NUacuteMERO --J~---gt=8lt-11 9=--__ de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

d Las sociedades deben presentar su proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural justificando su viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y el Ministerio debe emitir un acto de conformidad y confirmar que las inversiones incrementan la productividad del sector agropecuario antes del 31 de diciembre d) 2022

e Las sociedades deben cumplir con los montos miacutenimos de inversioacuten en los teacuterminos que defina el Gobierno nacional que en ninguacuten caso puede ser inferior a mil quinientas (1500) UVT yen un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos gravables En caso de que no se logre el monto de inversioacuten se pierde el beneficio a partir del sexto antildeo inclusive

f El beneficio de renta exenta aquiacute contemplado se aplicaraacute incluso en el esquema empresarial de inversioacuten o de negocios se vincule a entidades de economiacutea solidaria cuyas actividades u objetivos tengan relacioacuten con el sector agropecuario a las asociaciones de campesinos o grupos individuales de estos

Que de conformidad con lo previsto en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario citado resulta necesario establecer el nuacutemero miacutenimo de empleos que deberaacuten generar las empresas del sector agropecuario para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

I Que de conformidad con el inciso 4 del literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario es necesario precisar que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementariosque apliquen la renta exenta de que trata la norma citada deben acreditar la contratacioacuten del monto miacutenimo de empleos exigido a treinta (30) de junio y a treinta y uno (31) de diciembre de cada antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto del beneficio tributario

Que de acuerdo con el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario se requiere establecer el plazo maacuteximo que tienen los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios para presentar los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y realizar las inversiones e iniciar la aplicacioacuten de la renta exenta

Que asiacute mismo se requiere establecer el procedimiento para la presentacioacuten de los proyectos de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y establecer el procedimiento para la expedicioacuten del acto de conformidad que expediraacute el respectivo ministerio para que inicie la aplicacioacuten del incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano

Que conforme con lo previsto en el literal e) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario resulta necesario desarrollar la naturaleza de las inversiones con las que se daraacute cumplimiento a la exigencia del monto miacutenimo de inversioacuten arriba mencionado

Que adicionalmente se requiere precisar cuaacuteles son los ingresos que computan para efectos del cumplimiento del requisito del artiacuteculo en cita considerando que son los ingresos brutos de caraacutecter fiscal sobre los cuales se determina la renta exenta a tendiendo lo dispuesto en el artiacuteculo 26 del Estatuto Tributario y desarrollar los requisitos de procedencia de la renta exenta para los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios como lo dispone el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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middot DECRETO NOMERO _-------gttJ-S- __ de ____ Hoja Ndeg 4t=9br-----------____________________________________________________________~

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Que asiacute mismo se requiere reglamentar el procedimiento que deben aplicar los contribuyentes para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que deben cumplir al sexto (6) antildeo de aprobado el proyecto de inversioacuten asiacute como precisar que las inversiones se deben realizar en propiedad planta y equipo dentro de las cuales se encuentran los activos bioloacutegicos productores conforme lo dispuesto en el numeral 1 del artiacuteculo 93 del Estatuto Tributario

Que el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario modificado por el artiacuteculo 11 de la Ley 2010 de 2019 lista los servicios que se excluyen del impuesto sobre las ventas shyIVA siempre que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos

Que seguacuten el inciso final del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario referido los usuarios de los servicios excluidos por el presente numeral deberaacuten expedir una certificacioacuten a quien preste el servicio en donde conste la destinacioacuten el valor y el nombre e identificacioacuten del mismo Quien preste el servicio deberaacute conservar dicha certificacioacuten durante el plazo sentildealado en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario la cual serviraacute como soporte para la exclusioacuten de los servicios

Que en virtud de los considerandos anteriores es necesario desarrollar las condiciones previstas en la norma en cita para la aplicacioacuten de la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en los servicios destinados a la adecuacioacuten de tierras la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento del Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 270 de 2017 y los artiacuteculos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 el proyecto de Decreto fue publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten de los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenense los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 121226912122701212271 Y1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

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5 DECRETO NUacuteMERO --------liI8 de ____19-=--__

~-------------------------------------------------------------------- Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 1212259 Inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario Las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario son aquellas inversiones que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural califique mediante acto de conformidad

Las inversiones de que trata el presente artiacuteculo se deberaacuten realizar en un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos contados inclusive a partir de la expedicioacuten del acto de conformidad expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue La inversioacuten deberaacute generar el monto miacutenimo de nuevos empleos directos requerido a partir del primer antildeo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten

No se consideran inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario aquellas que fueren el resultado de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten empresarial o de inversiones

Para la procedencia de la renta exenta deberaacute cumplirse lo dispuesto en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Las inversiones deben corresponder a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores relacionados con la actividad generadora de renta La inversioacuten se determinaraacute con base en su costo fiscal de adquisicioacuten conforme con lo previsto en el Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212260 Inversionistas Son inversionistas para efectos de la aplicacioacuten del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario las personas juriacutedicas contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta que se encuentren inscritas en el Registro Uacutenico Tributario -RUT constituidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 es decir desde el veintiocho (28) de diciembre de 2018 que inicien sus actividades econoacutemicas antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 y que tengan dentro de su objeto social las actividades descritas en el literal a) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

Artiacuteculo 1212261 Actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario son las sentildealadas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme shyCIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

Artiacuteculo 1212262 Teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios El teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios que establece el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto son diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo gravable en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue emita el acto de conformidad a traveacutes del cual se califica el

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6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

GD-FMmiddot017 V3

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

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------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 4: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

middot DECRETO NOMERO _-------gttJ-S- __ de ____ Hoja Ndeg 4t=9br-----------____________________________________________________________~

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Que asiacute mismo se requiere reglamentar el procedimiento que deben aplicar los contribuyentes para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que deben cumplir al sexto (6) antildeo de aprobado el proyecto de inversioacuten asiacute como precisar que las inversiones se deben realizar en propiedad planta y equipo dentro de las cuales se encuentran los activos bioloacutegicos productores conforme lo dispuesto en el numeral 1 del artiacuteculo 93 del Estatuto Tributario

Que el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario modificado por el artiacuteculo 11 de la Ley 2010 de 2019 lista los servicios que se excluyen del impuesto sobre las ventas shyIVA siempre que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos

Que seguacuten el inciso final del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario referido los usuarios de los servicios excluidos por el presente numeral deberaacuten expedir una certificacioacuten a quien preste el servicio en donde conste la destinacioacuten el valor y el nombre e identificacioacuten del mismo Quien preste el servicio deberaacute conservar dicha certificacioacuten durante el plazo sentildealado en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario la cual serviraacute como soporte para la exclusioacuten de los servicios

Que en virtud de los considerandos anteriores es necesario desarrollar las condiciones previstas en la norma en cita para la aplicacioacuten de la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA en los servicios destinados a la adecuacioacuten de tierras la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario

Que en cumplimiento del Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 270 de 2017 y los artiacuteculos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 el proyecto de Decreto fue publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1 Adicioacuten de los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenense los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 121226912122701212271 Y1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

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5 DECRETO NUacuteMERO --------liI8 de ____19-=--__

~-------------------------------------------------------------------- Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 1212259 Inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario Las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario son aquellas inversiones que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural califique mediante acto de conformidad

Las inversiones de que trata el presente artiacuteculo se deberaacuten realizar en un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos contados inclusive a partir de la expedicioacuten del acto de conformidad expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue La inversioacuten deberaacute generar el monto miacutenimo de nuevos empleos directos requerido a partir del primer antildeo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten

No se consideran inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario aquellas que fueren el resultado de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten empresarial o de inversiones

Para la procedencia de la renta exenta deberaacute cumplirse lo dispuesto en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Las inversiones deben corresponder a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores relacionados con la actividad generadora de renta La inversioacuten se determinaraacute con base en su costo fiscal de adquisicioacuten conforme con lo previsto en el Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212260 Inversionistas Son inversionistas para efectos de la aplicacioacuten del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario las personas juriacutedicas contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta que se encuentren inscritas en el Registro Uacutenico Tributario -RUT constituidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 es decir desde el veintiocho (28) de diciembre de 2018 que inicien sus actividades econoacutemicas antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 y que tengan dentro de su objeto social las actividades descritas en el literal a) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

Artiacuteculo 1212261 Actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario son las sentildealadas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme shyCIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

Artiacuteculo 1212262 Teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios El teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios que establece el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto son diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo gravable en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue emita el acto de conformidad a traveacutes del cual se califica el

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6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

GD-FMmiddot017 V3

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

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------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

GD-FM-017 V3

DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3

Page 5: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

5 DECRETO NUacuteMERO --------liI8 de ____19-=--__

~-------------------------------------------------------------------- Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 1212259 Inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario Las inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario son aquellas inversiones que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural califique mediante acto de conformidad

Las inversiones de que trata el presente artiacuteculo se deberaacuten realizar en un plazo maacuteximo de seis (6) antildeos contados inclusive a partir de la expedicioacuten del acto de conformidad expedido por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue La inversioacuten deberaacute generar el monto miacutenimo de nuevos empleos directos requerido a partir del primer antildeo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten

No se consideran inversiones que incrementen la productividad en el sector agropecuario aquellas que fueren el resultado de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten empresarial o de inversiones

Para la procedencia de la renta exenta deberaacute cumplirse lo dispuesto en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Las inversiones deben corresponder a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores relacionados con la actividad generadora de renta La inversioacuten se determinaraacute con base en su costo fiscal de adquisicioacuten conforme con lo previsto en el Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212260 Inversionistas Son inversionistas para efectos de la aplicacioacuten del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario las personas juriacutedicas contribuyentes del reacutegimen general del impuesto sobre la renta que se encuentren inscritas en el Registro Uacutenico Tributario -RUT constituidas a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 es decir desde el veintiocho (28) de diciembre de 2018 que inicien sus actividades econoacutemicas antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 y que tengan dentro de su objeto social las actividades descritas en el literal a) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

Artiacuteculo 1212261 Actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario Las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario son las sentildealadas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme shyCIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

Artiacuteculo 1212262 Teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios El teacutermino de aplicacioacuten de la renta exenta del impuesto sobre la renta y complementarios que establece el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto son diez (10) antildeos contados inclusive a partir del antildeo gravable en que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue emita el acto de conformidad a traveacutes del cual se califica el

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6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

GD-FMmiddot017 V3

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

GD-FM-017 V3

------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

GD-FM-017 V3

de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

GD-FM-017 V3

11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

GD-FM-017 V3

de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 6: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

6 DECRETO NUacuteMERO 9 Hoja Ndeg-----------=----

de ---shy~--------------------------------------------------------------------Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del

artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al CapItulo 22 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al CapItulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

proyecto como inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo Durante el periodo de realizacioacuten de las inversiones en un tiempo maacuteximo de seis (6) antildeos contado desde el momento de la expedicioacuten del acto de conformidad el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios aplicaraacute la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

El plazo mencionado en este paraacutegrafo computa dentro del teacutermino de diez (1 O) antildeos al que se refiere el presente artiacuteculo

Artiacuteculo 1212263 Montos miacutenimos de empleo De acuerdo con el literal c del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata este Decreto deberaacuten acreditar la contratacioacuten directa a traveacutes de contrato laboral de un miacutenimo de empleados con vocacioacuten de permanencia que desempentildeen funciones relacionadas directamente con las actividades descritas en el literal a del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

El total de ingresos brutos fiscales percibidos por el inversionista durante cada antildeo gravable provenientes de las actividades econoacutemicas que clasifican para la procedencia de la renta exenta definiraacute el rango de empleos miacutenimos conforme con la siguiente tabla

Grupo 1 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo aiacuteo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta O 4000 1

4001 8000 2 8001 12000 3 12001 16000 4 16001 20000 5 20001 24000 6 24001 28000 7 28001 32000 8 32001 36000 9 36001 40000 10

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo gravable

Miacutenimo de empleos directos

Desde Hasta 40001 44000 11 44000 46000 12

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DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

GD-FM-017 V3

------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

GD-FM-017 V3

11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 7: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

DECRETO NUacuteMERO ~--a8-t1Jroi9~__ de ____ Hoja Ndeg 7

~~----------------------------------------------------------------~ Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capitulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 2 Ingresos brutos fiscales

en UVT durante el respectivo antildeo Miacutenimo de empleos gravable directos

Desde Hasta 46001 48000 I 13 48001 50000 14 50001 53000 15 53001 56000 16 56001 59000 17 59001 62000 18 62001 65000 19 65001 68000 20 68001 71000 21 70001 74000 22 74001 77000 23 77001 80000 24

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales enUVT

Miacutenimo de empleos durante el respectivo antildeo gravable Desde 80001 82001 84001 86001 88001 90001 92001 96001 100001 102001 106001 110001 114001 118001 122001 126001 130001 134001 138001 142001 146001 150001 154001 158001 162001

directosHasta

2582000 2684000

86000 27 2888000 2990000

92000 30 3194000 32100000 33102000

106000 = 34 35110000 36114000 37118000 38122000 39126000 40130000 41134000 42138000

=f 43142000 44146000 45150000 46154000 47158000 48162000

166000 49

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------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 8: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

------- 8 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13113 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Grupo 3 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

166001 170000 50

Grupo 4 Ingresos brutos fiscales en UVT

durante el respectivo antildeo gravable Miacutenimo de empleos directosDesde Hasta

170001 290000 Maacutes de 51

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen la renta exenta de que trata el numeral 2 el artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario deberaacuten acreditar que los empleados directos contratados con viacutenculo laboral no ostentan de acuerdo con la normatividad vigente la calidad de administradores de la respectiva sociedad como representante legal o gerente representante legal suplente o subgerente entre otros ni pertenezcan a la junta directiva en calidad de titulares o suplentes ni sean miembros socios accionistas copartiacutecipes asociados cooperados comuneros o consorciados de la misma

Paraacutegrafo 1 Para efectos de demostrar la permanencia mlnlma de los empleos directos de que trata el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute acreditar el monto miacutenimo de empleos directos exigidos a treinta (30) de junio del antildeo en el cual estaacute obligado a presentar la declaracioacuten objeto de la renta exenta y a treinta uno (31) de diciembre de ese mismo antildeo demostrando que a esta uacuteltima fecha se mantuvo el monto miacutenimo de empleos

El requisito de que trata el inciso anterior del presente paraacutegrafo deberaacute acreditarse mediante copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social que soporten el nuacutemero de empleos directos generados y su perman~ncia el cual deberaacute estar a disposicioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN cuando esta lo requiera

Paraacutegrafo 2 La renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto no procederaacutemiddot cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos directos generados hayan laborado durante el antildeo de su contratacioacuten yo el antildeo inmediatamente anterior a eacuteste en empresas con las cuales el contribuyente tenga vinculacioacuten econoacutemica salvo que los cargos que ocupaban dichos trabajadores hayan sido ocupados por nuevos empleados en el respectivo antildeo

Tampoco seraacute procedente la renta exenta cuando los trabajadores que se incorporen a los nuevos empleos procedan de procesos de fusioacuten escisioacuten o reorganizacioacuten empresarial

Artiacuteculo 1212264 Presentacioacuten del proyecto de inversioacuten ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue

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9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

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Page 9: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

9 DECRETO NUacuteMERO 849 de ____

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios interesados en solicitar en las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto deberaacuten presentar de manera fiacutesica o a traveacutes de la plataforma en liacutenea cuando esta se habilite el proyecto de inversioacuten para incrementar la productividad en el sector agropecuario ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue especificando su implementacioacuten teacutecnica justificando sumiddot viabilidad financiera y conveniencia econoacutemica y la propuesta de generacioacuten de empleo y de inversioacuten en propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores

Los contribuyentes deberaacuten presentar la respectiva solicitud a maacutes tardar el catorce (14) de octubre del antildeo 2022 para la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten en los teacuterminos establecidos en el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212265 de este Decreto

Paraacutegrafo El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten determinaraacute el procedimiento para la inscripcioacuten y presentacioacuten de los proyectos con indicacioacuten de los documentos para acreditar el cronograma de inversioacuten la viabilidad financiera y los contenidos miacutenimos y caracteriacutesticas de los documentos asociados a la implementacioacuten teacutecnica y conveniencia econoacutemica

Artiacuteculo 1212265 Procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten El procedimiento para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad del proyecto de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue seraacute el siguiente

Una vez recibida la solicitud del proyecto de inversioacuten de que trata el literal d) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dispone de un teacutermino de diez (10) diacuteas para solicitar la informacioacuten faltante si hay lugar a ello y permitir al contribuyente subsanar el incumplimiento de las especificaciones de que trata el artiacuteculo 1212264 del presente Decreto Una vez la solicitud cumpla con todas las especificaciones el Ministerio dispondraacute de un (1) mes para aceptar rechazar o declarar desistido el proyecto presentado

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue solicite subsanar o complementar las especificaciones del proyecto el inversionista tendraacute plazo de un (1) mes para subsanary allegar la informacioacuten faltante al Ministerio Cuando dentro del plazo antes sentildealado no se subsane o se complementen las especificaciones del proyecto o no se atiendan los requerimientos efectuados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue se entenderaacute que el inversionista desiste de la solicitud de expedicioacuten del acto de conformidad sin perjuicio de que la presente nuevamente

Una vez subsanada y allegada la informacioacuten el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue dispondraacute del teacutermino de un (1) mes para aceptar y expedir el acto de conformidad si se cumplen los requisitos establecidos

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de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

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11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

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de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3

Page 10: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

de ____middotDECRETO NUacuteMERO 8 4 9 Hoja Ndeg 10

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del articulo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

en el numeral 2 del artiacuteculo 235middot2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto o para expedir el acto de no conformidad por incumplimiento de requisitos

Si perjuicio de lo establecido anteriormente el teacutermino maacuteximo para la aprobacioacuten y expedicioacuten del acto de conformidad de los proyectos de inversioacuten por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue para que proceda la exencioacuten de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario de los proyectos de inversioacuten radicados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o ante la dependencia que el Ministerio delegue es antes del treinta y uno (31) de diciembre del antildeo 2022

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante Resolucioacuten estableceraacute el mecanismo para la expedicioacuten del acto de conformidad a traveacutes del cual se califique la inversioacuten que incrementaraacute la productividad en el sector agropecuario

El acto de conformidad que expida el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que este delegue antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022 deberaacute contener como miacutenimo el cronograma de las inversiones del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que efectuacutea la solicitud previa verificacioacuten de la viabilidad financiera conveniencia econoacutemica y confirmacioacuten que las inversiones a realizar incrementaraacuten la productividad en el sector agropecuario

Paraacutegrafo 2 Los actos administrativos que se expidan de conformidad con lo previsto en este artiacuteculo seraacuten notificados personalmente al contribuyente conforme con lo previsto en el artiacuteculo 67 y siguientes del Coacutedigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) De igual manera se podraacuten notificar los actos a traveacutes de medios electroacutenicos siempre que el administrado haya aceptado la notificacioacuten electroacutenica

Contra los actos administrativos de que trata el presente artiacuteculo procederaacuten los recursos en sede administrativa en los teacuterminos de la Ley 1437 de 2011 o las disposiciones que la modifiquen adicionen o sustituyan

En firme el acto administrativo de conformidad o no conformidad el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural enviaraacute copia a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN dentro del mes siguiente para los fines relacionados con la competencia atribuida a la mencionada entidad en los teacuterminos del artiacuteculo 1 del Decreto 4048 de 2008 o la norma que lo modifique adicione o sustituya

Artiacutecu lo 1212266 Acreditacioacuten de cumplimiento de los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a lo que les hayan expedido el acto de conformidad deberaacuten acreditar el cumplimientode los requisitos de inversioacuten y empleo ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue asiacute

GD-FM-017 V3

11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

GD-FM-017 V3

de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

GD-FM-017 V3

13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

GD-FM-017 V3

DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3

Page 11: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

11 DECRETO NUacuteMERO L 8ti 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

1 Las inversiones realizadas antildeo a antildeo de conformidad con el plan de inversioacuten aprobado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue

2 El cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo antildeo a antildeo de acuerdo con lo previsto en el artiacuteculo 1212263 de este Decreto

Al finalizar el sexto (6) antildeo previsto para la realizacioacuten de las inversiones el inversionista radicaraacute ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural una certificacioacuten firmada por el representante legal de la sociedad y por el contador puacuteblico o el revisor fiscal seguacuten sea el caso en donde se certifique el cumplimiento del monto total de la inversioacuten realizada de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y lo previsto en el artiacuteculo 1212267 de este Decreto

Cuando el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o la dependencia que el Ministerio delegue determine el incumplimiento de los compromisos de inversioacuten yo empleo deberaacute informarlo de manera inmediata a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria o el aacuterea que haga sus veces en la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando el material probatorio recaudado

Paraacutegrafo 1 El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedicioacuten del presente Decreto mediante ResoluCioacuten estableceraacute los mecanismos para la verificacioacuten de lo dispuesto en este artiacuteculo con indicacioacuten de los documentos que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben presentar y conservar

Artiacuteculo 1212267 Determinacioacuten del monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al sexto (6) antildeo Para determinar el monto miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al terminar el sexto (6) antildeo de conformidad con el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacute aplicar el siguiente procedimiento

1 Tomaraacute los ingresos brutos fiscales asociados a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto calculados en unidades de valor tributario -UVT para cada uno de los antildeos esto es desde el antildeo fiscal uno correspondiente al periodo de aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten hasta el antildeo fiscal cinco (5)

2 Sumaraacute los ingresos brutos fiscales en unidades de valor tributario -UVT de los cinco (5) antildeos y calcularaacute el promedio de los mismos

3 El promedio de ingreso obtenido definiraacute el rango miacutenimo de inversioacuten que se debe acreditar al finalizar el sexto (6) antildeo de conformidad con la tabla establecida en el literal c) del numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

GD-FM-017 V3

de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

GD-FM-017 V3

13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3

Page 12: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

de ____ middot DECRETO NUacuteMERO-l_~8Lt~~9L--_ Hoja W 12

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Ingresos en UVT durante el Monto miacutenimo de inversioacuten en UVT respectivo antildeo gravable durante los seis (6) primeros antildeos

Desde Hasta Desde O 40000 1500

40001 80000 25000 80001 170000 50000 170001 290000 80000

Paraacutegrafo Si finalizado el sexto (6) antildeo el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios no cumple con la inversioacuten miacutenima requerida determinada bajo el procedimiento previsto en el presente artiacuteculo se entiende que el contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios incumplioacute el requisito miacutenimo de inversioacuten para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 1212268 Condiciones para la procedencia de la renta exenta Para la procedencia de la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario asociada a las actividades que incrementen la productividad en el sector agropecuario de que trata el Artiacuteculo 1212261 de este Decreto los contribuyentes personas juriacutedicas del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten tener a disposicioacuten de la Unidad administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DJAN cuando lo requiera lo siguiente

1 Indicacioacuten del nuacutemero de identificacioacuten tributaria -NIT para consulta en el registro uacutenico empresarial y social -RUES mediante la cual se compruebe

11 Que el objeto social de la sociedad comprende alguna de las actividades econoacutemicas definidas en la clasificacioacuten industrial internacional uniforme - CIIU Seccioacuten A divisioacuten 01 divisioacuten 02 divisioacuten 03 Seccioacuten C divisioacuten 10 Y divisioacuten 11 adoptada mediante la Resolucioacuten 0139 de 2012 por la Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN o la que la modifique adicione o sustituya

12 Que la persona juriacutedica fue constituida despueacutes del veintiocho (28) de diciembre de 2018 y antes del treinta y uno (31) de diciembre de 2022

2 Copia de las planillas de pago de los aportes al sistema de la seguridad social para acreditar el cumplimiento de los montos miacutenimos de empleo de que trata el artiacuteculo 1212263 del presente Decreto

3 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal cuando se tenga la obligacioacuten de tenerlo del contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios que aplica la renta exenta en la que se establezca

31 El valor de los ingresos obtenidos provenientes de las inversiones que incrementan la productividad en el sector agropecuario durante el respectivo antildeo gravable

32 El nuacutemero de empleos contratados con corte a treinta (30) de junio y la permanencia de los mismos a treinta y uno (31) de diciembre del mismo antildeo gravable en que se aplica la renta exenta

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

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13 DECRETO NUacuteMERO 81 9 de ____ Hoja Ndeg

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 13 1 13 17 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

33 El monto de la inversioacuten realizada en el antildeo y que corresponda a la adquisicioacuten de propiedad planta y equipo yo activos bioloacutegicos productores de conformidad con el compromiso de inversioacuten que conste en el acto de conformidad

4 Certificacioacuten del representante legal y del contador puacuteblico o revisor fiscal seguacuten el caso donde conste

41 Que el valor de la renta exenta solicitada en el respectivo antildeo gravable corresponde a las actividades que incrementan la productividad en el sector agropecuario de que trata el artiacuteculo 1212261 de este Decreto

42 Que la informacioacuten contable y financiera del contribuyente permite identificar separadamente los ingresos costos y gastos asociados a la actividad que da lugar a la renta exenta de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten mantener a disposicioacuten de la administracioacuten tributaria todos los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos y condiciones para la procedencia de la renta exenta en cada uno de los antildeos gravables correspondientes

Artiacuteculo 1212269 Improcedencia de la renta exenta Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deberaacuten cumplir con los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto durante cada uno de los antildeos gravables desde la aprobacioacuten del proyecto de inversioacuten por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

El incumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto conlleva a la improcedencia de la renta exenta a partir del antildeo gravable del respectivo incumplimiento

Artiacuteculo 1212270 Claacuteusula antielusioacuten El incremento del patrimonio de la sociedad beneficiaria de la renta exenta resultante de procesos de fusioacuten absorcioacuten escisioacuten o cualquier tipo de reorganizacioacuten no es viable para acreditar el cumplimiento de los requisitos de inversioacuten miacutenima de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y el presente Decreto

Artiacuteculo 1212271 Facultades de verificacioacuten y seguimiento por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Para efectos de la verificacioacuten y seguimiento del cumplimiento de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario yen este Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podraacute adelantar las visitas de verificacioacuten a los contribuyentes beneficiarios del incentivo tributario cuando lo estime pertinente

Cuando se evidencie el incumplimiento de los requisitos de que trata el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y este Decreto para la procedencia de la renta exenta el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural informaraacute a la Subdireccioacuten de Gestioacuten de Fiscalizacioacuten Tributaria de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN adjuntando los elementos materiales probatorios para que se adelanten las investigaciones a que haya lugar conforme con

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

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DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

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El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

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DECRETO NUacuteMERO 849 de ____ Hoja Ndeg 14--------=---- shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artiacuteculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentariacutea en Materia Tributariacutea

lo previsto en el artiacuteculo 684 del Estatuto Tributario y demaacutes disposiciones legales y reglamentarias aplicables

Artiacuteculo 1212272 Facultades de verificacioacuten e inspeccioacuten de la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Para efectos de la verificacioacuten de los requisitos sentildealados en el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario y en este Decreto la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN podraacute adelantar visitas de verificacioacuten a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen el numeral 2 del artiacuteculo 235-2 del Estatuto Tributario

Artiacuteculo 2 Adicioacuten del articulo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria Adicioacutenese el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria asiacute

Artiacuteculo 1311317 Contenido de la certificacioacuten porservicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos El contenido de la certificacioacuten que deben expedir los usuarios de los servicios excluidos que se destinen a la adecuacioacuten de tierras a la produccioacuten agropecuaria y pesquera y a la comercializacioacuten de los respectivos productos de que trata el numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario es el siguiente

1 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del receptor del servicio

2 Nuacutemero de identificacioacuten tributaria y nombre o razoacuten social del prestador del servicio

3 Fecha de prestacioacuten del servicio

4 Descripcioacuten y destinacioacuten del servicio prestado y objeto de exclusioacuten

5 NLlmero de matriacutecula inmobiliaria del predio en el cual se prestoacute el servicio En el caso de las actividades de que trata el literal t) del numeral 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se deberaacute indicar el lugar donde se prestaron los servicios

6 Valor del servicio

7 Firma del receptor del servicio

La certificacioacuten de que trata el presente artiacuteculo que se expide bajo la gravedad del juramento deberaacute ser entregada al prestador del servicio para acreditar la exclusioacuten del impuesto sobre las ventas -IVA por el servicio prestado

Paraacutegrafo Los documentos descritos en este artiacuteculo deberaacuten ser conservados como soporte para ser presentados ante la Unidad Administrativa Especial Direccioacuten de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en los teacuterminos establecidos en el artiacuteculo 632 del Estatuto Tributario o la norma que lo modifique o adicione

GD-FM-017 V3

DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3

Page 15: , 'n República dI! ColOmbia g!. 1..: Aprobó ,C J...del Libro 1 y el artículo 1.3.1.13.17. al Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único

DECRETO NUacuteMERO - 849 de ____ Hoja Ndeg 15----=-------shy

Continuacioacuten del Decreto Por el cual se reglamentan los numerales 2 del artfculo 235-2 y 24 del artiacuteculo 476 del Estatuto Tributario se adicionan unos artiacuteculos al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 yel artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

Artiacuteculo 3 Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y adiciona los artiacuteculos 1212259 1212260 1212261 1212262 1212263 1212264 1212265 1212266 1212267 1212268 1212269 1212270 1212271 Y 1212272 al Capiacutetulo 22 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 1 y el artiacuteculo 1311317 al Capiacutetulo 13 del Tiacutetulo 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Uacutenico Reglamentario en Materia Tributaria

PUBLIacuteQUESE y CUacuteMPLASE

Dado en Bogotaacute DC

El MINISTRO DE HACIENDA Y CREacuteDITO PUacuteBLICO

ALBERTO CARRASQUlllA BARRERA

El MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROllO RURAL

ODOlFO ENRIQUE ZEA

GD-FM-017 V3