Í n d i c e administraciÓn pÚblica de la ciudad de...

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México VIGÉSIMA ÉPOCA 09 DE MARZO DE 2018 No. 278 Í N D I C E Este Ejemplar se acompaña de un anexo digital ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Jefatura de Gobierno Acuerdo por el que se delega en la persona servidora pública titular de la Dirección del Seguro de Desempleo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, las facultades que se indican 3 Secretaría de Movilidad Aviso por el que se da a conocer el estudio del balance entre la oferta y la demanda de Transporte Público Colectivo de Pasajeros en el corredor concesionado “Chapultepec, Paseo de la Reforma – Satélite, Valle Dorado” 5 Secretaría de Seguridad Pública Aviso por el que se da a conocer el cambio de domicilio de diversas Unidades Administrativas de la Secretaría de Seguridad Pública 33 Aviso por el que se da a conocer el Calendario Presupuestal de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, para el Ejercicio Fiscal 2018, comunicado por la Secretaría de Finanzas 36 Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades Aviso por el que se modifican las Reglas de Operación 2018 del Programa Social de Cultura Alimentaria, Artesanal, Vinculación Comercial y Fomento de la Interculturalidad y Ruralidad, 2018, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de enero de 2018 37 Continúa en la Pág. 2

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Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México

VIGÉSIMA ÉPOCA 09 DE MARZO DE 2018 No. 278

Í N D I C E Este Ejemplar se acompaña de un anexo digital

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Jefatura de Gobierno

Acuerdo por el que se delega en la persona servidora pública titular de la Dirección del Seguro de Desempleo de la

Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, las facultades que se indican 3

Secretaría de Movilidad

Aviso por el que se da a conocer el estudio del balance entre la oferta y la demanda de Transporte Público Colectivo de

Pasajeros en el corredor concesionado “Chapultepec, Paseo de la Reforma – Satélite, Valle Dorado” 5

Secretaría de Seguridad Pública

Aviso por el que se da a conocer el cambio de domicilio de diversas Unidades Administrativas de la Secretaría de

Seguridad Pública 33

Aviso por el que se da a conocer el Calendario Presupuestal de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad

de México, para el Ejercicio Fiscal 2018, comunicado por la Secretaría de Finanzas 36

Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades

Aviso por el que se modifican las Reglas de Operación 2018 del Programa Social de Cultura Alimentaria, Artesanal,

Vinculación Comercial y Fomento de la Interculturalidad y Ruralidad, 2018, publicadas en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México, el 31 de enero de 2018 37

Continúa en la Pág. 2

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Consejería Jurídica y de Servicios Legales

Lineamientos para otorgar el visto bueno previamente al Ejercicio de los Recursos Autorizados para cubrir los gastos

por Conciliaciones de Juicios en Trámite o para el cumplimiento de Sentencias Definitivas favorables a las personas

físicas o morales, en los Procesos Judiciales de Carácter Civil, Mercantil, Agrario y Contencioso - Administrativo,

promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta, para el año 2018 39

Lineamientos para otorgar el visto bueno previo al Ejercicio de los Recursos Autorizados para cubrir los gastos por

Conciliaciones de Juicios en Trámite promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por

liquidaciones de Laudos emitidos o Sentencias Definitivas dictados por Autoridad competente favorables a los

trabajadores al servicio de la administración pública de la Ciudad de México, para el año 2018 43

Delegación Azcapotzalco

Aviso por el cual se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de Desarrollo Social, para el Ejercicio

Fiscal 2018 47

Delegación Cuajimalpa de Morelos

Aviso por el cual se da a conocer la Relación de Beneficiarios de los Programas Sociales, para el Ejercicio Fiscal 2017 136

Aviso por el cual se dan a conocer la Convocatoria abierta de las Acciones Institucionales, para el Ejercicio Fiscal

2018 137

Delegación Cuauhtémoc

Aviso por el cual se dan a conocer los Padrones de Beneficiarios de los Programas de Desarrollo Social, durante el

Ejercicio Fiscal 2017 149

Delegación Miguel Hidalgo

Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles los que se indican y en consecuencia, se suspenden

los Términos Inherentes para la Orientación, Información, Recepción, Integración, Registro, Gestión, Resolución,

Entrega y Notificación de Documentos que se relacionen con Solicitudes de Acceso a la Información Pública; de

Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de Datos Personales; Atención de Recursos de Revisión, Resoluciones

y Denuncias por Incumplimiento a las Obligaciones de Transparencia; así como la Recepción, Registro, Control,

Seguimiento, Turno y Despacho de la Correspondencia que se reciba en las Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo Adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en

Miguel Hidalgo, correspondientes al año 2018 y al mes de enero de 2019 151

Acuerdo por el que se declaran días inhábiles y en consecuencia se suspenden Términos para los Trámites Inherentes a

los Procedimientos Administrativos del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo 154

Delegación Xochimilco

Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en

los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Gregorio Atlapulco de

la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 156

Acuerdo por el que se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en

los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende el Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan de

la Delegación Xochimilco, durante los días indicados 158

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

Oficialía Mayor.- Licitación Pública Nacional Número LPN/OM/DGRMSG/01/2018.- Enajenación de diversos

desechos de bienes muebles 160

Delegación Miguel Hidalgo.- Licitación Pública Nacional Número DMH/LP/002/2018.- Convocatoria

DMH/LPN/002/2018.- Continuación de los trabajos de construcción 162

Delegación Tláhuac.- Licitaciones Públicas Nacionales Números 30001121-01-18 y 30001121-02-18.- Convocatoria

001-18.- Presupuesto participativo 2018 y obras complementarias a la escuela 164

Edictos 167

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JEFATURA DE GOBIERNO

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto

por los artículos 122, Apartado A, Base III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Transitorios

Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8° fracción II, 12

fracciones I, IV y VI, 67 fracciones II y XXXI, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5° primer párrafo, 7°, 12

primer párrafo, 14 párrafo tercero, 15 fracción XVIII y 23 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la

Ciudad de México; 7 fracción XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la

Administración Pública de la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno promulgará, publicará y ejecutará las Leyes y Decretos

que expida la Asamblea Legislativa, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia, mediante la expedición

de Reglamentos, Decretos y Acuerdos.

Que el Jefe de Gobierno es el titular de la Administración Pública de la Ciudad de México, correspondiéndole originalmente

todas las facultades establecidas en los ordenamientos jurídicos relativos a la Ciudad de México, quien podrá delegarlas a

las personas servidoras públicas subalternas mediante Acuerdos que se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Que la organización administrativa de la Ciudad de México debe atender, en los procedimientos y actos administrativos en

general, los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e

imparcialidad.

Que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, es una Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de

México, a la que corresponde el despacho de las materias relativas al trabajo, previsión social y protección al empleo, que

específicamente, cuenta con facultades para programar, dirigir y ejecutar el Seguro de Desempleo en la Ciudad de México;

promover la generación de nuevas fuentes de empleo y consolidar las existentes en la Ciudad de México; promover y

observar que los programas y acciones de capacitación local y/o de regulación federal fortalezcan y eleven la calidad y

productividad de la fuerza de trabajo y economía; fomentar una cultura emprendedora entre las clases, grupos y personas

más desprotegidos y vulnerables de la sociedad a fin de que accedan a mejores niveles de bienestar, a través de programas y

acciones de carácter laboral, económico y educativo de contenido social; determinar, expedir, coordinar y gestionar la

convocatoria para acceder al seguro de desempleo; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 5 de la Ley de

Protección y Fomento al Empleo para el Distrito Federal.

Que para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxilia de la Dirección del Seguro de Desempleo, Unidad

Administrativa de Apoyo Técnico Operativo, encargada de la operación del Programa Social “Seguro de Desempleo”.

Que para efectos de lograr una administración ágil, eficiente y oportuna, es preciso dictar las medidas necesarias que

permitan el mejoramiento administrativo de los procesos y procedimientos que desarrollan al interior la Dirección del

Seguro de Desempleo de la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo, a través de la delegación de atribuciones; por lo

que, con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas, tengo a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGA EN LA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA TITULAR DE LA

DIRECCIÓN DEL SEGURO DE DESEMPLEO DE LA SECRETARÍA DE TRABAJO Y FOMENTO AL

EMPLEO, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN

PRIMERO.- Se delega en la persona servidora pública titular de la Dirección del Seguro de Desempleo de la Secretaría de

Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, la facultad de suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus

atribuciones, celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios, escrituras públicas y demás actos jurídicos de carácter

administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

y en su caso de las unidades administrativas que le estén adscritas; así como la facultad de certificar y expedir copias

certificadas de los documento que obren en sus archivos y de aquellos que expidan, en el ejercicio de sus funciones, los

servidores públicos que les estén subordinados.

SEGUNDO.- La delegación de las facultades a que se refiere este Acuerdo se entenderá hecha sin perjuicio del ejercicio

directo del suscrito.

TERCERO.- La Contraloría General acompañará y vigilará el cumplimiento del presente Acuerdo.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Dado en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a los quince días del mes de febrero de dos mil

dieciocho.- EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA.-

FIRMA.- LA SECRETARIA DE GOBIERNO, DORA PATRICIA MERCADO CASTRO.- FIRMA.- LA

SECRETARIA DE TRABAJO Y FOMENTO AL EMPLEO, AMALIA DOLORES GARCÍA MEDINA.- FIRMA.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTUDIO DEL BALANCE ENTRE LA OFERTA Y LA

DEMANDA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL CORREDOR

CONCESIONADO “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATÉLITE, VALLE DORADO”.

CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo

dispuesto por los artículos 28 párrafo décimo primero y 122 apartado C, inciso a) de la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos; 1°, 2°, 8° fracción II, 12 fracciones I, II, IV y VI, 67 fracción XXVI, 87, 93, 115 fracción VI y 118

fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3° fracciones, I, VIII y XIV, 5° párrafo primero, 12

párrafo segundo, 15 fracción IX, 16 fracción IV y 31 fracciones I, II, IV, VII, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XX de la Ley

Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; así como en los Transitorios Tercero y Quinto de su

Reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 2 fracción I; 5, 6 7, 9 fracción XXIV,

12 fracciones I, V,VI,VII, IX, XVI, XX, XXII, XXV, XXVI y XXVII, 55 fracción I, 56 fracción I inciso b), 61, 84, 85

fracción I, 87 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, así como en los Transitorios Cuarto, Quinto y Sexto de su

Decreto publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 72, 75, 153, 157, 158 y 159 numeral 2

del Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, y,

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, la prestación de los

servicios públicos de transporte en esta Ciudad son de utilidad pública e interés general, cuya obligación de proporcionarlos

corresponde originalmente a la Administración Pública, ya sea a través de empresas de participación estatal u organismos

descentralizados, o bien, por conducto de personas físicas o morales mediante concesiones.

Que es política del Gobierno de la Ciudad de México emprender acciones a corto y mediano plazo tendientes a simplificar

la regulación y mejorar los mecanismos de control para la prestación del Servicio de Transporte Público Colectivo de

Pasajeros, al amparo de un marco jurídico eficiente, dotado de legalidad y transparencia, pero sobre todo bajo los principios

de confianza y buena fe.

Que para tales efectos, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México se auxilia de la Secretaría de Movilidad, a la que

corresponden entre otras facultades la de fomentar, impulsar, ordenar y regular el desarrollo del Servicio de Transporte

Público Colectivo de Pasajeros en la Ciudad de México, con objeto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las

necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad e higiene.

Que la Ciudad de México necesita contar con un sistema de transporte público de pasajeros basado en el diseño de

corredores estratégicos en las principales vialidades, que de manera individual representan soluciones que coadyuvan a

resolver problemas viales y urbanos para un sector de la Ciudad, pero que de manera conjunta son una alternativa que

contribuye a la mejora del sistema de transporte público y del medio ambiente metropolitano.

Que para el mejoramiento del servicio de transporte público colectivo de pasajeros, es indispensable la renovación del

parque vehicular obsoleto y contaminante con que operan actualmente los prestadores de este servicio, así como la

aplicación de nuevas tecnologías y esquemas de operación para mejorar la atención de los usuarios, con calidad, eficiencia y

cuidado del medio ambiente.

Que se llevan a cabo acciones para avanzar hacia un solo sistema integrado de transporte, que mejore la experiencia de viaje

de los usuarios, realizando estudios que indican la forma de estructurar e integrar gradualmente el sistema de transporte

público, con condiciones óptimas de operación.

Que el 15 de octubre de 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa Integral de Movilidad 2013-

2018, que señala como objetivos, el avanzar hacia un sistema integrado de transporte público que articule los diferentes

modos de transporte, física, operativa y tecnológicamente, así como la información y comunicación hacia los usuarios, con

un esquema tarifario que garantice la prestación de un servicio confiable, eficiente, cómodo y seguro.

6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Que tratándose del servicio público de transporte de pasajeros, la Secretaría debe publicar previamente a la emisión de la

Declaratoria de Necesidad, el estudio que contiene el balance entre la oferta y la demanda, que debe incluir los resultados

del estudio de ascenso –descenso, el inventario de servicios de transporte que participan en la vialidad de la que se trate y el

estudio de frecuencia de paso y ocupación en las secciones de mayor demanda y en el periodo de máxima demanda, la

oferta de unidades equivalentes para cada modalidad que se pretenda concesionar, la demanda atendida, para cada

modalidad y prestadores de servicio que actualmente se encuentren en operación y ocupación promedio de los vehículos

para cada modalidad.

Que en los Corredores de Transporte, la Secretaría otorgará preferentemente la concesión correspondiente a la persona

moral que integre como socios a los concesionarios individuales de transporte colectivo que originariamente prestan los

servicios en las vialidades significativas señaladas en los estudios respectivos.

Que existe la imperiosa necesidad de mejorar el servicio de transporte colectivo de pasajeros que se presta en la zona

norponiente, estableciendo un Corredor de Transporte Público de Pasajeros, con el objeto de que cumpla eficientemente su

función, atendiendo con eficiencia y de manera sustentable la demanda de transporte público de pasajeros por dichas

vialidades, así como dotar de la infraestructura adecuada para la prestación del servicio, mejorar el entorno urbano y reducir

la emisión de contaminantes a la atmósfera.

Que se debe impulsar una transformación del transporte público concesionado que propicie la conformación de empresas

prestadoras del servicio que cumplan con estándares establecidos por la autoridad y que funcionen en el marco de una clara

regulación, control y transparencia, privilegiando la eficiencia, bajas emisiones, accesibilidad, confiabilidad, seguridad,

comodidad e integración con otros modos de transporte.

Que de conformidad con el artículo 12 fracción XXVI de la Ley de Movilidad del Distrito Federal y 159 numeral 2 del

Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, el día siete de marzo de dos mil dieciocho, se publicó en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México, AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE

IMPLEMENTARÁ EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL

CORREDOR “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATELITE, VALLE DORADO”. Por lo que el

presente estudio del balance entre la oferta y la demanda, precisa los diversos itinerarios en la Ciudad de México del

corredor de transporte, las descripciones de los mismos, la longitud de cada uno de ellos y tiempos de ciclo, así como la

demanda del servicio que atenderán, no obstante que el mismo tiene diversos destinos en el Estado de México. Debiéndose

ajustar en algunos casos sus derroteros, con motivo del cambio en la infraestructura para el servicio de transporte en sus

diferentes modalidades de la Ciudad de México, así como por los cambios en la operación de la movilidad y el sentido de

circulación de las vialidades.

Que fueron seleccionadas diferentes vialidades con características particulares de oferta y demanda, y por requerir de bajas

inversiones en infraestructura y ante la necesidad de mejorar el Servicio Público de transporte Colectivo de Pasajeros que

prestan los actuales concesionarios, la renovación de su parque vehicular y la aplicación de nueva tecnología sustentable

para una mejor atención de sus usuarios.

Que se realizó el presente estudio técnico del balance de oferta – demanda en la zona de influencia de los servicios de Ruta

02, el cual presenta los siguientes resultados, por lo que he tenido a bien emitir el:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTUDIO DEL BALANCE ENTRE LA OFERTA Y LA

DEMANDA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL CORREDOR

CONCESIONADO “CHAPULTEPEC, PASEO DE LA REFORMA – SATÉLITE, VALLE DORADO”.

La Ruta 2 ofrece servicios de carácter metropolitano, cuyos orígenes en la Ciudad de México, son del Metro Chapultepec y

Av. Oaxaca – Av. Insurgentes, y los destinos, son los autorizados por las autoridades del Estado de México, en la zona de

Valle Dorado, Municipio de Tlalnepantla, Satélite y Municipio de Naucalpan, los cuales benefician de manera directa las

delegaciones Cuauhtémoc, Azcapotzalco, Miguel Hidalgo así como los Municipios de Naucalpan y Tlalnepantla en el

Estado de México.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7

CONDICIONES ACTUALES DEL SERVICIO

Actualmente el servicio es atendido por la Ruta 02 y presta los siguientes servicios:

DERROTERO PARQUE VEHICULAR

1. Metro Chapultepec –Satélite - Valle Dorado

214 UNIDADES 2. Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) – Valle Dorado

3. Metro Chapultepec – Suburbia Plaza Satélite

4. Metro Chapultepec – Av. Cinco – Av. 1° de Mayo

La demanda del servicio que en promedio se atiende y transporta diariamente es de 44,589 pasajeros, demanda que fue

analizada y estudiada en tiempo y forma individual, de tal manera que los resultados obtenidos de estos estudios sean más

precisos. Las características generales y los parámetros operativos de cada uno de ellos se muestran más adelante. En

cumplimiento a la Ley de Movilidad del Distrito Federal y al Reglamento de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, se

estructura el presente estudio con el fin de establecer como producto final el balance entre la oferta y la demanda del

servicio.

Cabe señalar que se ajustarán los derroteros anteriormente señalados, con motivo del cambio en la infraestructura para el

servicio de transporte en sus diferentes modalidades de la Ciudad de México, así como por los cambios en la operación de la

movilidad y el sentido de circulación de las vialidades.

DESCRIPTIVOS DE ITINERARIOS PUNTOS FIJOS DE ASCENSO Y DESCENSO PARÁMETROS DE

OPERACIÓN:

1.- METRO CHAPULTEPEC - SATÉLITE - VALLE DORADO

DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.

Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur

Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación

Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México

Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos,

Límite con la Ciudad de México

Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho

Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma

Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos

Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma

Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior

Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite

con el Estado de México.

Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM

Chapultepec

Finaliza CETRAM Metro Chapultepec

2.- GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO

DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.

Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur

Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación

Inicia Oaxaca Inicia Proviene del Estado de México

Derecha Puebla Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos,

Límite con la Ciudad de México

Derecha Monterrey Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho

continua Florencia Derecha Av. Paseo de la Reforma

8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Derecha Rio Ródano Vuelta en "U" Montes Escandinavos

Continúa Leibnitz Continua Av. Paseo de la Reforma (lateral)

Izquierda Tolstoi Derecha Sevilla

Derecha Av. Paseo de la Reforma Izquierda Av. Chapultepec

Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite

con el Estado de México.

Derecha

Oaxaca

Finaliza Oaxaca

3.- METRO CHAPULTEPEC – SUBURBIA PLAZA SATÉLITE

DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.

Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur

Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación

Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México

Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos,

Límite con la Ciudad de México

Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho

Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma

Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos

Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma

Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior

Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite

con el Estado de México.

Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM

Chapultepec

Finaliza CETRAM Metro Chapultepec

4.- METRO CHAPULTEPEC – AV. CINCO – AV. 1° DE MAYO

DESCRIPCIÓN DE ITINERARIO.

Sentido: Sur - Norte Sentido: Norte - Sur

Movimiento Vialidad de Circulación Movimiento Vialidad de Circulación

Inicia CETRAM Metro Chapultepec Inicia Proviene del Estado de México

Izquierda Lieja Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos,

Límite con la Ciudad de México

Continúa Río Ródano Continua Blvd. Manuel Ávila Camacho

Continúa Leibnitz Derecha Av. Paseo de la Reforma

Izquierda Tolstoi Vuelta en "U" Montes Escandinavos

Derecha Av. Paseo de la Reforma Continua Av. Paseo de la Reforma

Continua Av. Paseo de la Reforma Derecha Circuito Interior

Continua Boulevard Manuel Ávila Camacho a la

altura del Toreo de Cuatro Caminos. Límite

con el Estado de México.

Continúa Puente vehicular de acceso a CETRAM

Chapultepec

Finaliza CETRAM Metro Chapultepec

ESTUDIO DE ASCENSO – DESCENSO (EAD) Y TIEMPOS DEL ITINERARIO

ESTUDIO DE ASCENSO – DESCENSO

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9

Estudios que se realizaron abordo de las unidades durante turnos completos en ambos sentidos, de base origen a base de

destino, registrándose principalmente el número de pasajeros que abordan y descienden de las unidades en horas y puntos

determinados a lo largo de cada ramal, así como la localización y ubicación de todas las paradas que realiza la unidad

determinándose las secciones, puntos y horas de máxima demanda. Es importante señalar, que únicamente se presentan en

la presente publicación los datos correspondientes a los recorridos en la Ciudad de México, sin embargo para la

determinación del parque vehicular proyectado, se tienen considerados los datos de la oferta y la demanda conforme al

estudio completo que implica recorridos en el Estado de México.

1.- METRO CHAPULTEPEC - VALLE DORADO

Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1 Metro Chapultepec Circuito Interior 339 0 339 16 0 16

2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano

Escobedo 6 2 343 0 0 16

3 Paseo de la

Reforma Avenida Grutas 12 2 353 1 0 17

4 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma

Gandhi (Museo de

Antropología I)

9 10 352 0 0 17

5 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma

Gandhi (Museo de

Antropología II)

0 11 341 0 1 16

6 Paseo de la

Reforma Rubén Darío 12 15 338 1 1 16

7 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 165 23 480 8 1 23

8 Paseo de la

Reforma Calle Julio Verne 18 17 481 1 1 23

9 Paseo de la

Reforma

Av. Moliere(Fuente de

Petróleos ) 23 59 445 1 3 21

10 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Calle Monte Elbruz 31 22 454 1 1 22

11 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Campos Elíseos

(Honda Polanco) 14 31 437 1 1 21

12 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Av. Presidente

Masaryk 3 4 436 0 0 21

13 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Privada de Horacio

(McDonald's) 22 37 421 1 2 20

14 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Avenida Horacio 18 45 394 1 2 19

15 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Avenida Homero 3 10 387 0 0 18

16 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ejercito

Nacional 7 11 383 0 1 18

17 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Boulevard Miguel de

Cervantes

Saavedra(Legaría)

6 14 375 0 1 18

18 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ingenieros

Militares(SEAT) 10 7 378 0 0 18

10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

19 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Lic. Rafael Reyes

Espíndola (Carso

Periférico, en

construcción)

5 27 356 0 1 17

20 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Antonio Velázquez(El

Portón) 34 104 286 2 5 14

Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura

del Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el

Estado de México.

VALLE DORADO - METRO CHAPULTEPEC

Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1 Proviene del Estado

de México

Av. Parque de

Chapultepec

(Cinépolis Hollywood)

59 73 347 3 3 17

2 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Centro Israelita 28 16 359 1 1 17

3 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Av. del Conscripto 44 40 363 2 2 17

4 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Av. Industria Militar

(Calzada Legaría) 12 24 351 1 1 17

5 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Gral. Juan Cabral

(Ejército Nacional) 9 13 347 0 1 17

6 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Gral. García Conde

Palomas (Escuela

Médico Militar)

15 16 346 1 1 16

7 Blvd. Manuel Ávila

Camacho San Isidro 43 23 366 2 1 17

8 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Sierra Candela ( Paseo

de las Palmas) 27 25 368 1 1 18

9 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Lomas Plaza (Bahía) 30 14 384 1 1 18

10 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Privada del

Castillo(Edificio

MetLife)

20 9 395 1 0 19

11 Paseo de la

Reforma

Avenida Prado

Norte(Montes

Escandinavos)

3 3 395 0 0 19

12 Paseo de la

Reforma Anatole France 14 17 392 1 1 19

13 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 27 244 175 1 12 8

14 Paseo de la

Reforma

Avenida Acuario

(Zoológico) 18 2 191 1 0 9

15 Paseo de la

Reforma

Avenida Grutas (Lago

de Chapultepec ) 4 7 188 0 0 9

16 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma

Gandhi(Museo de Arte

Moderno)

2 15 175 0 1 8

17 Circuito Interior

José Vasconcelos Metro Chapultepec 0 175 0 0 8 0

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11

339

481

356

219

96

0

100

200

300

400

500

600

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Auditorio Nacional

M. Chapultepec

ValleDorado

114

302

395

175

0

50

100

150

200

250

300

350

400

450

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Prado Norte

M. Chapultepec

ValleDorado

2.- GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO

Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1 Oaxaca (Glorieta

de Insurgentes) Puebla 25 0 25 3 0 3

2 Puebla Monterrey 1 0 26 0 0 3

3 Monterrey Av. Chapultepec 2 0 28 0 0 3

4 Florencia Londres 2 0 30 0 0 3

5 Florencia Paseo de la Reforma 17 0 47 2 0 5

6 Paseo de la

Reforma Río Misisipi 11 2 56 1 0 6

7 Paseo de la

Reforma Río Ródano 17 1 72 2 0 8

8 Paseo de la

Reforma

Calz. Gral. Mariano

Escobedo 5 1 76 1 0 8

12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

9 Paseo de la

Reforma Tolstoi 8 4 80 1 0 9

10 Paseo de la

Reforma Avenida Grutas 7 1 86 1 0 10

11 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma

Gandhi (Museo de

Antropología I)

1 1 86 0 0 10

12 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma

Gandhi (Museo de

Antropología II)

1 0 87 0 0 10

13 Paseo de la

Reforma Rubén Darío 4 4 87 0 0 10

14 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 114 5 196 13 1 22

15 Paseo de la

Reforma Calle Julio Verne 7 1 202 1 0 22

16 Paseo de la

Reforma

Av. Moliere(Fuente de

Petróleos ) 6 35 173 1 4 19

17 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Calle Monte Elbruz 7 5 175 1 1 19

18 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Campos Eliseos

(Honda Polanco) 4 9 170 0 1 19

19 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Av. Presidente

Masaryk 0 12 158 0 1 18

20 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Privada de Horacio

(McDonald's) 9 11 156 1 1 17

21 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Avenida Horacio 8 14 150 1 2 17

22 Blvd. Manuel Ávila

Camacho Avenida Homero 5 0 155 1 0 17

23 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ejercito

Nacional 1 0 156 0 0 17

24 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Boulevard Miguel de

Cervantes Saavedra

(Legaria)

2 8 150 0 1 17

25 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ingenieros

Militares(SEAT) 4 1 153 0 0 17

26 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Lic. Rafael Reyes

Espíndola (Carso

Periférico, en

construcción)

4 24 133 0 3 15

27 Blvd. Manuel Ávila

Camacho

Antonio Velázquez(El

Portón) 7 29 111 1 3 12

Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura

del Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el

Estado de México.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13

VALLE DORADO - GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA)

N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1

Proviene del

Estado de

México. Blvd.

Manuel Ávila

Camacho

Centro Israelita 9 9 54 2 2 9

2 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Av. del Conscripto 4 8 50 1 1 8

3 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Av. Industria Militar (Calzada

Legaria) 4 4 50 1 1 8

4 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Gral. Juan Cabral (Ejército

Nacional) 5 0 55 1 0 9

5 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Gral. García Conde Palomas

(Escuela Médico Militar) 9 0 64 2 0 11

6 Blvd. Manuel

Ávila Camacho San Isidro 9 5 68 2 1 11

7 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Sierra Candela (Palmas) 9 8 69 2 1 12

8 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Lomas Plaza (Bahía) 10 3 76 2 1 13

9 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Privada del Castillo (MetLife) 14 3 87 2 1 15

10 Paseo de la

Reforma

Avenida Prado Norte(Montes

Escandinavos) 1 1 87 0 0 15

11 Paseo de la

Reforma Anatole France 5 2 90 1 0 15

12 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 9 50 49 2 8 8

13 Paseo de la

Reforma Avenida Acuario (Zoológico) 6 1 54 1 0 9

14 Paseo de la

Reforma

Avenida Grutas (Lago de

Chapultepec ) 1 7 48 0 1 8

15 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi(Museo

de Arte Moderno) 3 15 36 1 3 6

16

Circuito Interior

José

Vasconcelos

Av. Chapultepec 0 11 25 0 2 4

17 Av. Chapultepec Av. Sonora 0 23 2 0 4 0

18 Av. Chapultepec Valladolid 0 1 1 0 0 0

19 Av. Chapultepec Monterrey 0 0 1 0 0 0

20 Av. Chapultepec Oaxaca 0 1 0 0 0 0

14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

30

87

202

153

78

45

0

50

100

150

200

250

1 3 5 7 9 11 13 15 17 19 21 23 25 27 29 31 33 35 37 39 41 43 45 47 49 51 53 55

Polígono de Carga Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Julio Verne

GlorietaInsurgentes

Valle Dorado

2016

48

46 47

90

54

25

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Valle Dorado GlorietaInsurgentes

Anatole France

3.- METRO CHAPULTEPEC - SUBURBIA PLAZA SATÉLITE

N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1 Metro

Chapultepec Circuito Interior 78 0 78 20 0 20

2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano Escobedo 0 0 78 0 0 20

3 Paseo de la

Reforma Avenida Grutas 0 0 78 0 0 20

4 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi (Museo

de Antropología I) 0 2 76 0 1 19

5 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi (Museo

de Antropología II) 0 4 72 0 1 18

6 Paseo de la

Reforma Rubén Darío 2 6 68 1 2 17

7 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 21 8 81 5 2 20

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15

8 Paseo de la

Reforma Calle Julio Verne 0 4 77 0 1 19

9 Paseo de la

Reforma Av. Moliere(Fuente de Petróleos ) 4 14 67 1 4 17

10 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Calle Monte Elbruz 4 4 67 1 1 17

11 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Campos Elíseos (Honda Polanco) 4 12 59 1 3 15

12 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Av. Presidente Masaryk 0 0 59 0 0 15

13 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Privada de Horacio (McDonald's) 0 8 51 0 2 13

14 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Avenida Horacio 0 9 42 0 2 11

15 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Avenida Homero 0 2 40 0 1 10

16 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Avenida Ejercito Nacional 0 4 36 0 1 9

17 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Boulevard Miguel de Cervantes

Saavedra(Legaría) 0 4 32 0 1 8

18 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Avenida Ingenieros

Militares(SEAT) 4 4 32 1 1 8

Boulevard Manuel Ávila Camacho a la altura del

Toreo de Cuatro Caminos. Límite con el Estado de

México.

SUBURBIA PLAZA SATÉLITE - METRO CHAPULTEPEC

N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1

Proviene del

Estado de

México. Blvd.

Manuel Ávila

Camacho

Centro Israelita 11 4 41 3 1 10

2 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Av. del Conscripto 10 5 46 3 1 12

3 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Av. Industria Militar (Calzada

Legaría) 4 4 46 1 1 12

4 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Gral. Juan Cabral (Ejército

Nacional) 3 4 45 1 1 11

5 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Gral. García Conde Palomas

(Escuela Médico Militar) 4 3 46 1 1 12

6 Blvd. Manuel

Ávila Camacho San Isidro 15 4 57 4 1 14

7 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Sierra Candela ( Paseo de las

Palmas) 10 4 63 3 1 16

8 Blvd. Manuel

Ávila Camacho Lomas Plaza (Bahía) 3 4 62 1 1 16

9 Blvd. Manuel

Ávila Camacho

Privada del Castillo(Edificio

MetLife) 5 0 67 1 0 17

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

10 Paseo de la

Reforma

Avenida Prado Norte(Montes

Escandinavos) 0 0 67 0 0 17

11 Paseo de la

Reforma Anatole France 4 6 65 1 2 16

12 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 7 29 43 2 7 11

13 Paseo de la

Reforma Avenida Acuario (Zoológico) 4 0 47 1 0 12

14 Paseo de la

Reforma

Avenida Grutas (Lago de

Chapultepec) 0 3 44 0 1 11

15 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi(Museo

de Arte Moderno) 0 4 40 0 1 10

16 Cto. Interior José

Vasconcelos Metro Chapultepec 0 39 1 0 10 0

11

25 34

67

4340

0

10

20

30

40

50

60

70

80

1 2 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Surburbia Plaza Satelite

M. Chapultepec

Av. Prado Norte

7881

51

32

1610

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Auditorio Nacional

Surburbia Plaza SateliteM. Chapultepec

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17

4.- METRO CHAPULTEPEC – AV. CINCO - AV PRIMERO DE MAYO

N° Circula por: Calle más próxima Pasajeros Totales Pasajeros Promedio

Ascenso Descenso Abordo Ascenso Descenso Abordo

1 Metro

Chapultepec Circuito Interior 121 0 121 30 0 30

2 Tolstoi Calzada Gral. Mariano Escobedo 0 0 121 0 0 30

3 Paseo de la

Reforma Avenida Grutas 0 0 121 0 0 30

4 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi (Museo

de Antropología I) 0 1 120 0 0 30

5 Paseo de la

Reforma

Calzada Mahatma Gandhi (Museo

de Antropología II) 0 0 120 0 0 30

6 Paseo de la

Reforma Rubén Darío 4 7 117 1 2 29

7 Paseo de la

Reforma Auditorio Nacional 16 3 130 4 1 33

8 Paseo de la

Reforma Calle Julio Verne 0 4 126 0 1 32

9 Paseo de la

Reforma Av. Moliere(Fuente de Petróleos ) 4 15 115 1 4 29

10

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Calle Monte Elbruz 1 18 98 0 5 25

11

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Campos Elíseos (Honda Polanco) 2 10 90 1 3 23

12

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Av. Presidente Masaryk 3 5 88 1 1 22

13

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Privada de Horacio (McDonald's) 3 17 74 1 4 19

14

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Avenida Horacio 1 20 55 0 5 14

15

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Avenida Homero 0 3 52 0 1 13

16

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ejercito Nacional 0 14 38 0 4 10

17

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Boulevard Miguel de Cervantes

Saavedra(Legaría) 1 16 23 0 4 6

18

Boulevard

Manuel Ávila

Camacho

Avenida Ingenieros

Militares(SEAT) 1 8 16 0 2 4

18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

121 130

88

16

0

20

40

60

80

100

120

140

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros Totales por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de

Maxima Demanda

M. Chapultepec

Av. Cinco - Blvd. Toluca

Auditorio Nacional

47

90

78

68

36

0

10

20

30

40

50

60

70

80

90

100

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

Poligono de Carga (Sección de Maxima Demanda)Pasajeros por Parada y Sentido

Ascenso Descenso Abordo

Sección de Maxima

Demanda

Av. 1° de Mayo

M. Chapultepec

Parque Chapultepec

ESTUDIO DE TIEMPO DE ITINERARIO VELOCIDAD EN H.M.D. EN LOS RECORRIDOS

a.- Tiempos de itinerario

Registro que se efectúa abordo de una unidad y durante turnos completos para conocer el tiempo de itinerario que una

unidad tarda en viajar de terminal, permitiendo evaluar las condiciones que afectan la circulación en el derrotero como son:

desperfectos viales , falta de infraestructura y señalamientos viales , congestionamientos, puntos de transferencia, etc.

Determinándose así mismo las secciones más conflictivas del itinerario en horas de máxima demanda. La presente

información contempla el total del recorrido conforme al estudio de la oferta y la demanda.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19

Recorrido Sentido Tiempo en

Terminal

Tiempo de

Recorrido

Tiempo de Ciclo Velocidad de

Operación en

HMD

Metro

Chapultepec -

Valle Dorado

Sur - Norte

00:05

01:14

03:02 19.7

Norte - Sur 00:05 01:38

Recorrido Sentido Tiempo en

Terminal

Tiempo de

Recorrido

Tiempo de Ciclo Velocidad de

Operación en

HMD

Glorieta de

Insurgentes

(Oaxaca) - Valle

Dorado

Sur - Norte 00:26 02:14

04:25 16.6 Norte - Sur

00:26 01:19

Recorrido Sentido Tiempo en

Terminal

Tiempo de

Recorrido Tiempo de Ciclo

Velocidad de

Operación en

HMD

Metro

Chapultepec –

Suburbia Plaza

Satélite

Sur - Norte

5

00:55 02:04 15.0

Norte - Sur 4 01:00

Recorrido Sentido Tiempo en

Terminal

Tiempo de

Recorrido Tiempo de Ciclo

Velocidad de

Operación en

HMD

Metro

Chapultepec -

Calle 5 y Av.

Primero de Mayo

Sur - Norte

00:56 01:56 15.0

Norte - Sur 01:00

b.- Pasajeros transportados por viaje. (La presente información contempla el total del recorrido conforme al estudio de la

oferta y la demanda).

Después de llevar a cabo estudios de transporte en campo, se pudieron identificar los siguientes promedios de usuarios que

utilizan nuestros servicios por viaje, en cada uno de los recorridos en día laborable, se muestra a continuación

Metro Chapultepec- Valle Dorado

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7 64 10 640

7 - 8 55 13 719

8 - 9 51 10 509

9 - 10 45 18 801

10 - 11 37 26 962

11 - 12 48 26 1,248

12 - 13 43 24 1,037

13 - 14 48 24 1,146

14 -15 49 24 1,165

15 - 16 36 24 873

16 - 17 55 30 1,657

17 -18 60 43 2,563

18 - 19 65 29 1,887

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Valle Dorado- Glorieta de Insurgentes

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7

7 - 8

8 - 9

9 - 10 48 19 910

10 - 11 35 17 597

11 - 12 32 13 411

12 - 13 33 6 195

13 - 14 29 4 114

14 -15 27 8 214

15 - 16 41 6 243

16 - 17 27 7 189

17 -18 22 7 154

18 - 19 21 7 145

19 -20 39 6 235

20 - 21 47 4 188

399 104 3,595

Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7 35 2 97

7 - 8 33 9 323

8 - 9 38 19 749

9 - 10 39 19 768

10-11 30 2 87

175 51 2,024

19 -20 57 28 1,609

20 - 21 54 22 1,189

597 318 18,005

Valle Dorado - Metro Chapultepec

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7 40 5 269

7 - 8 39 6 303

8 - 9 34 10 409

9 - 10 35 9 384

10 - 11 37 8 365

11 - 12 37 19 772

12 - 13 53 34 1,871

13 - 14 33 21 762

14 -15 49 21 1,098

15 - 16 45 19 924

16 - 17 59 20 1,249

17 -18 68 20 1,429

18 - 19 71 14 1,063

19 -20 65 3 264

20 - 21 60 3 249

725 212 11,411

Glorieta de Insurgentes- Valle Dorado

Hora Ascensos Salidas Total

6-7

7-8

8-9

9-10 37 8 295

10 - 11 37 11 407

11 - 12 34 15 515

12 - 13 33 10 325

13 - 14 39 9 349

14 -15 51 5 254

15 - 16 63 5 314

16 - 17 32 5 159

17 -18 51 5 254

18 - 19 64 4 255

19 -20 45 4 179

20 - 21 45 2 89

529 83 3,395

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21

Metro Chapultepec- Calle 5 y Av. Primero de Mayo Calle 5 y Av. Primero de Mayo - Metro Chapultepec

Metro Chapultepec- Valle Dorado Valle Dorado - Metro Chapultepec

Sur - Norte Norte - Sur

Servicio Nocturno Servicio Nocturno

ESTUDIO DE FRECUENCIA DE PASO Y OCUPACIÓN ((EFPO)

a.- DETERMINACIÓN DE LA HORA DE MÁXIMA DEMANDA (HMD) Y VOLUMEN DE PASAJEROS POR HORA

DE MÁXIMA DEMANDA (VHMD)

Se determinaron 3 estaciones maestras de aforo, mismas que fueron seleccionadas con base en los estudios de ascensos y

descensos de pasajeros.

En dichos puntos el personal aforador identificó la hora, el número de unidades que pasaban y la ocupación de las mismas,

durante el periodo del servicio ofrecido.

Los resultados de estos estudios son:

Determinación de la hora de máxima demanda.

Número de unidades que pasan por hora

Nivel de ocupación de las unidades

Demanda horaria

Intervalo de paso de las unidades

Variación Horaria

Estación Maestra: Circuito Arquitectos - Autopista México – Querétaro Sentido: Norte-Sur

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7

7-8

8-9 16 560 209 37% 4

9-10 13 455 165 36% 5

10-11 27 945 213 23% 2

11-12 22 770 169 22% 3

12-13 24 840 129 15% 3

13-14 30 1,050 206 20% 2

Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7 30 6 208

7 - 8 52 12 652

8 - 9 30 12 389

9 - 10 52 10 549

164 40 1,798

Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Hora Ascensos Salidas Total

6 - 7 41 21 889

7 - 8 34 18 648

8 - 9 37 16 621

9 - 10 30 8 269

10 - 11 30 4 149

11 - 12 25 2 79

197 69 2,655

Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Hora Ascensos Salidas Total

22 - 23 16 19 296

23 - 24 19 13 251

24 -1 18 13 234

1 - 2 16 13 208

69 58 989

Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Hora Ascensos Salidas Total

22 - 23 14 18 255

23 - 24 11 19 202

24 -1 12 12 141

1 - 2 9 13 119

46 62 717

22 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

14-15 26 910 188 21% 2

15-16 31 1,085 181 17% 2

16-17 36 1,260 265 21% 2

17-18 33 1,155 230 20% 2

18-19 25 875 304 35% 2

19-20 21 735 135 18% 3

20-21

10,640 2,394 23%

Estación Maestra: Satélite (Plaza Satélite ) Sentido: Sur-Norte

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7

7-8

8-9 9 315 124 39% 7

9-10 24 840 196 23% 3

10-11 24 840 100 12% 3

11-12 19 665 91 14% 3

12-13 19 665 91 14% 3

13-14 17 595 128 22% 4

14-15 20 700 81 12% 3

15-16 24 840 89 11% 3

16-17 22 770 110 14% 3

17-18 15 525 257 49% 4

18-19 22 770 368 48% 3

19-20 18 630 221 35% 3

20-21 6 210 96 46% 10

8,365 1,952 23%

368

0

50

100

150

200

250

300

350

400

Psa

jero

s

Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23

Estación Maestra: Ings. Militares - Periférico Sentido Norte – Sur

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 4 140 135 96% 15

7-8 51 1,785 1,504 84% 1

8-9 53 1,855 1,733 93% 1

9-10 37 1,295 887 68% 2

10-11 41 1,435 781 54% 1

11-12 25 875 494 56% 2

12-13 14 490 256 52% 4

13-14 26 910 388 43% 2

14-15 30 1,050 540 51% 2

15-16 33 1,155 503 44% 2

16-17 15 525 222 42% 4

17-18 34 1,190 477 40% 2

18-19 13 455 210 46% 5

19-20 4 140 72 51% 15

20-21 3 105 60 57% 20

13,405 8,262 62%

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 4 140 135 96% 15

7-8 51 1,785 1,504 84% 1

8-9 53 1,855 1,733 93% 1

9-10 37 1,295 887 68% 2

10-11 41 1,435 781 54% 1

11-12 25 875 494 56% 2

12-13 14 490 256 52% 4

13-14 26 910 388 43% 2

14-15 30 1,050 540 51% 2

15-16 33 1,155 503 44% 2

16-17 15 525 222 42% 4

17-18 34 1,190 477 40% 2

18-19 13 455 210 46% 5

24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 13 455 50 11% 5

7-8 71 2,485 207 8% 1

8-9 55 1,925 229 12% 1

9-10 50 1,750 245 14% 1

10-11 47 1,645 211 13% 1

11-12 46 1,610 314 20% 1

12-13 41 1,435 434 30% 1

13-14 26 910 383 42% 2

14-15 9 315 75 24% 7

15-16 29 1,015 687 68% 2

16-17 26 910 764 84% 2

17-18 30 1,050 953 91% 2

18-19 26 910 903 99% 2

19-20 6 210 248 118% 10

20-21 5 175 183 105% 12

16,800 5,886 35%

19-20 4 140 72 51% 15

20-21 3 105 60 57% 20

13,405 8,262 62%

953

0

200

400

600

800

1000

1200

Pas

aje

ros

Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25

Estación Maestra: Calle Horacio y Blvd. Ávila Camacho Sentido: Sur-Norte

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 7 245 103 42 9

7-8 32 1,120 554 49 2

8-9 58 2,030 956 47 1

9-10 52 1,820 979 54 1

10-11 33 1,155 457 40 2

11-12 29 1,015 488 48 2

12-13 27 945 393 42 2

13-14 14 490 215 44 4

14-15 28 980 552 56 2

15-16 28 980 500 51 2

16-17 31 1,085 584 54 2

17-18 26 910 609 67 2

18-19 18 630 481 76 3

19-20 8 280 231 83 8

20-21 9 315 260 83 7

14,000 7,362 53%

Estación Maestra: Auditorio Nacional Sentido: Norte-Sur

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 16 560 78 14% 4

7-8 60 2,100 242 12% 1

8-9 110 3,850 256 7% 1

9-10 72 2,520 141 6% 1

10-11 88 3,080 124 4% 1

11-12 69 2,415 84 3% 1

12-13 55 1,925 136 7% 1

13-14 45 1,575 89 6% 1

14-15 41 1,435 83 6% 1

15-16 54 1,890 153 8% 1

16-17 59 2,065 83 4% 1

17-18 51 1,785 187 10% 1

979

0

200

400

600

800

1000

1200

Pas

aje

ros

Título del eje

Determinación de la Hora Máxima DemandaSur - Norte

26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

18-19 43 1,505 289 19% 1

19-20 32 1,120 158 14% 2

20-21 22 770 91 12% 3

28,595 2,193 8%

Estación Maestra: Auditorio Nacional Sentido: Sur-Norte

Hora Unidades Oferta Demanda Ocupación Intervalo

6-7 13 455 260 57 5

7-8 34 1,190 907 76 2

8-9 35 1,225 930 76 2

9-10 34 1,190 836 70 2

10-11 41 1,435 908 63 1

11-12 32 1,120 614 55 2

12-13 42 1,470 625 43 1

13-14 28 980 614 63 2

14-15 21 735 595 81 3

15-16 32 1,120 656 59 2

16-17 35 1,225 874 71 2

17-18 24 840 570 68 3

18-19 17 595 455 76 4

19-20 16 560 435 78 4

20-21 13 455 248 55 5

14,595 9,527 65%

Distribución del Parque vehicular propuesto.

Una vez determinado el dimensionamiento de los servicios a continuación se describen la distribución de unidades con base

en la demanda registrada en los estudios técnicos para el inicio de operaciones, mismas que de acuerdo al comportamiento

de la demanda futura en los recorridos previstos se verá incrementada.

N° Recorrido Flota

Laborable Sábado Domingo

1 Metro Chapultepec - Valle Dorado 67 48 38

2 Glorieta de Insurgentes - Satélite - Valle Dorado 13 10 8

3 Metro Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite 4 3 2

4 Metro Chapultepec - Av. Cinco - 1° de Mayo 9 6 5

Total 93 67 53

Indicadores de Dimensionamiento

Con el fin de disponer con parámetros operativos que nos permitan tomar elementos de juicio para la adecuada operación y

rentabilidad del servicio, se ilustran en las tablas siguientes los indicadores de: Total de ascensos promedio por recorrido,

ocupación máxima, captación de usuarios por kilómetro, velocidad de operación, índice de rotación de los usuarios,

distancia promedio recorrida de los usuarios, el total de pasajeros por kilómetro y la ocupación por kilómetro.

METRO CHAPULTEPEC - VALLE DORADO

Indicador

Total de Ascensos (pas) 46

Ocupación Máxima (pas) 23

Captación por Km (pas/km) 2

Velocidad de Operación (km/h) 23.50

Velocidad Comercial (km/h) 19.98

Índice de Rotación 2.00

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27

Distancia promedio recorrida por usuario 5.40

Suma PAS-KM 248

Ocupación por kilómetro 12.24

VALLE DORADO - METRO CHAPULTEPEC

Indicador

Total de Ascensos (pas) 45

Ocupación Máxima (pas) 19

Captación por Km (pas/km) 2

Velocidad de Operación (km/h) 17.26

Velocidad Comercial (km/h) 14.67

Índice de Rotación 2.37

Distancia promedio recorrida por usuario 5.17

Suma PAS-KM 231

Ocupación por kilómetro 10.92

GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA) - VALLE DORADO

Indicador

Total de Ascensos (pas) 37

Ocupación Máxima (pas) 22

Captación por Km (pas/km) 2

Velocidad de Operación (km/h) 16.58

Velocidad Comercial (km/h) 14.09

Índice de Rotación 1.66

Distancia promedio recorrida por usuario 4.77

Suma PAS-KM 178

Ocupación por kilómetro 8.90

VALLE DORADO - GLORIETA DE INSURGENTES (OAXACA)

Indicador

Total de Ascensos (pas) 39

Ocupación Máxima (pas) 15

Captación por Km (pas/km) 2

Velocidad de Operación (km/h) 20.21

Velocidad Comercial (km/h) 17.18

Índice de Rotación 2.58

Distancia promedio recorrida por usuario 3.64

Suma PAS-KM 141

Ocupación por kilómetro 6.66

METRO CHAPULTEPEC - SUBURBIA PLAZA SATÉLITE

Indicador

Total de Ascensos (pas) 35

Ocupación Máxima (pas) 20

Captación por Km (pas/km) 2

Velocidad de Operación (km/h) 19.08

Velocidad Comercial (km/h) 16.22

Índice de Rotación 1.70

28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Distancia promedio recorrida por usuario 3.42

Suma PAS-KM 118

Ocupación por kilómetro 7.84

SUBURBIA PLAZA SATÉLITE - METRO CHAPULTEPEC

Indicador

Total de Ascensos (pas) 41

Ocupación Máxima (pas) 17

Captación por Km (pas/km) 3

Velocidad de Operación (km/h) 19.58

Velocidad Comercial (km/h) 16.64

Índice de Rotación 2.43

Distancia promedio recorrida por usuario 3.48

Suma PAS-KM 142

Ocupación por kilómetro 8.86

METRO CHAPULTEPEC - CALLE 5 - AV PRIMERO DE MAYO

Indicador

Total de Ascensos (pas) 39

Ocupación Máxima (pas) 33

Captación por Km (pas/km) 4

Velocidad de Operación (km/h) 17.23

Velocidad Comercial (km/h) 14.65

Índice de Rotación 1.21

Distancia promedio recorrida por usuario 3.90

Suma PAS-KM 153

Ocupación por kilómetro 15.25

CALLE 5 - AV PRIMERO DE MAYO - METRO CHAPULTEPEC

Indicador

Total de Ascensos (pas) 41

Ocupación Máxima (pas) 30

Captación por Km (pas/km) 4

Velocidad de Operación (km/h) 17.48

Velocidad Comercial (km/h) 14.86

Índice de Rotación 1.37

Distancia promedio recorrida por usuario 4.47

Suma PAS-KM 183

Ocupación por kilómetro 18.10

PROPUESTA DE DIMENSIONAMIENTO DEL SERVICIO (HMD)

El dimensionamiento del servicio considera los resultados de la obtención de los parámetros operativos con base en la

demanda registrada en los estudios de campo en la totalidad de los recorridos de la Ciudad de México y Estado de México, a

través de los cuales se determinó el número de unidades que se requieren para el servicio y la obtención de la reserva

técnica de mantenimiento. Tal como se muestra a continuación:

Metro Chapultepec - Valle Dorado

Parámetros Operativos

a) Capacidad vehicular (pas) 60

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 29

b) Volumen de diseño (pas/h) 1,209

c) Factor de ocupación 85%

d) Tiempo de recorrido O - D (min) 76.3

e) Tiempo de recorrido D - O (min) 76.3

f) Tiempo en terminal (min) 15.4

g) Tiempo de ciclo (min) 168

h) Intervalo de servicio (min) 2.5

i) Número de unidades en operación 67

j) Número de unidades en reserva 4

Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) - Satélite - Valle Dorado

Parámetros Operativos

a) Capacidad vehicular (pas) 60

b) Volumen de diseño (pas/h) 272

c) Factor de ocupación 85%

d) Tiempo de recorrido O - D (min) 79.3

e) Tiempo de recorrido D - O (min) 79.3

f) Tiempo en terminal (min) 15.4

g) Tiempo de ciclo (min) 174

h) Intervalo de servicio (min) 13

i) Número de unidades en operación 13

j) Número de unidades en reserva 1

Metro Chapultepec - Suburbia Plaza Satélite

Parámetros Operativos

a) Capacidad vehicular (pas) 60

b) Volumen de diseño (pas/h) 79

c) Factor de ocupación 85%

d) Tiempo de recorrido O - D (min) 57.6

e) Tiempo de recorrido D - O (min) 57.6

f) Tiempo en terminal (min) 11.8

g) Tiempo de ciclo (min) 127

h) Intervalo de servicio (min) 32

i) Número de unidades en operación 4

j) Número de unidades en reserva 1

Metro Chapultepec - Av. Cinco - 1° de Mayo

Parámetros Operativos

a) Capacidad vehicular (pas) 60

b) Volumen de diseño (pas/h) 173

c) Factor de ocupación 85%

d) Tiempo de recorrido O - D (min) 44.5

e) Tiempo de recorrido D - O (min) 44.5

f) Tiempo en terminal (min) 9

g) Tiempo de ciclo (min) 98

h) Intervalo de servicio (min) 11

i) Número de unidades en operación 9

j) Número de unidades en reserva 1

30 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Dimensionamiento de los Parámetros Operativos de los Servicios de la Ruta 2 Satélite

N° Recorrido

Demand

a

Registra

da (Pas)

Longitud

de

Operación

(km)

Tiempo

de

Ciclo

Velocidad

Comercial

(km/h)

VHMD

(pas/h)

Intervalo de

servicio

Flota Vehicular

Requerida

1 Metro Chapultepec

- Valle Dorado 31,122 41.41 168 15 1,209 2.50 55

2

Glorieta de

Insurgentes -

Satélite - Valle

Dorado

6,990 43.40 174 15 272 13 9

3

Metro Chapultepec

- Suburbia Plaza

Satélite

2,024 31.07 127 15 79 32 4

4

Metro Chapultepec

- Av. Cinco - 1° de

Mayo

4,453 18.53 98 15 173 11 7

44,589 1,733 75

Flota vehicular

de reserva 20%

90

PROGRAMACIÓN DEL SERVICIO

1.- Metro Chapultepec – Satélite - Valle Dorado

Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 41.41

Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 168

Rango

Horario

Volumen de

Pasajeros Frecuencia

Tiempo de

Ciclo Salidas

Intervalo

Óptimo

Total de Kilómetros

Recorridos

6 -7 909 18 29.4 9 3.4 361.9

7 -8 1,022 20 32.4 11 3.0 448.8

8 -9 918 18 36.0 11 3.3 447.8

9 - 10 1,185 23 38.5 15 2.6 617.2

10 -11 1,327 26 41.4 18 2.3 742.6

11 - 12 2,020 40 36.0 24 1.5 984.1

12 -13 2,908 57 31.8 30 1.1 1251.7

13 -14 1,908 37 37.9 24 1.6 978.5

14 -15 2,263 44 31.4 23 1.4 960.7

15 -16 1,797 35 37.6 22 1.7 914.5

16 -17 2,906 57 26.8 25 1.1 1053.4

17 -18 3,992 78 24.0 31 0.8 1295.5

18 -19 2,950 58 22.5 22 1.0 897.8

19 -20 1,873 37 25.0 15 1.6 633.3

20 -21 1,438 28 26.8 13 2.1 522.1

29,416 292

Metro Chapultepec- Valle Dorado (Servicio Nocturno)

Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 41.41

Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 99

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 31

Rango

Horario

Volumen de

Pasajeros Frecuencia

Tiempo de

Ciclo Salidas

Intervalo

Óptimo

Total de Kilómetros

Recorridos

22 - 23 551 11 101.4 18 5.6 756.4

23 - 24 453 9 103.3 15 6.8 632.8

24 -1 375 7 102.9 13 8.2 522.0

1 - 2 327 6 121.7 13 9.4 538.3

1,706 59

2.- Glorieta de Insurgentes (Oaxaca) - Valle Dorado

Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 44.47

Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 174

Rango

Horario

Volumen de

Pasajeros Frecuencia

Tiempo de

Ciclo Salidas

Intervalo

Óptimo

Total de Kilómetros

Recorridos

6 -7

7 -8

8 -9

9 - 10 1,205 4 36.1 14 2.5 632.1

10 -11 1,004 4 42.4 14 3.0 619.1

11 - 12 926 4 46.4 14 3.3 624.4

12 -13 520 8 47.1 8 5.9 355.8

13 -14 463 9 45.5 7 6.6 306.0

14 -15 468 10 39.5 6 6.5 268.4

15 -16 557 11 29.6 5 5.5 239.8

16 -17 348 10 52.0 6 8.8 263.2

17 -18 408 11 42.0 6 7.5 249.2

18 -19 400 13 36.2 5 7.7 210.6

19 -20 414 12 36.5 5 7.4 219.4

20 -21 277 20 33.4 3 11.0 134.6

6,990 93

3.- Metro Chapultepec- Suburbia Plaza Satélite

Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 31.07

Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 127

Rango

Horario

Volumen de

Pasajeros

Frecuenc

ia

Tiempo de

Ciclo

Salid

as

Intervalo

Óptimo

Total de Kilómetros

Recorridos

6 -7 97 30 63.1 2 31.5 62.1

7 -8 323 7 85.3 9 9.5 279.6

8 -9 749 3 77.6 19 4.1 590.3

9 - 10 768 3 75.7 19 4.0 590.3

10 -11 87 30 70.3 2 35.2 62.1

2,024 51

4.- Metro Chapultepec- Calle 5 y Av. 1° de Mayo

Capacidad de la Unidad 60 Longitud de Ruta (Vuelta) 18.53

Factor de Ocupación 0.85 Tiempo de Ciclo 98

32 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Rango

Horario

Volumen de

Pasajeros

Frecuenc

ia

Tiempo de

Ciclo

Salid

as

Intervalo

Óptimo

Total de Kilómetros

Recorridos

6 -7 1,097 4 43.0 15 2.8 286.3

7 -8 1,300 4 35.6 15 2.4 280.1

8 -9 1,010 4 45.7 15 3.0 279.3

9 - 10 818 6 37.3 10 3.7 184.8

10 -11 149 78 15.8 1 20.5 14.2

11 - 12 79 19 122.0 3 38.7 58.6

4,453 60

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México, Distrito Federal a los ocho días del mes de marzo de dos mil dieciocho.

SECRETARIO DE MOVILIDAD

(Firma)

LIC. CARLOS AUGUSTO MENESES FLORES

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 33

SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA, Secretario de Seguridad Pública de la Ciudad de México, con

fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 15, fracción X y último párrafo, 16 fracción IV y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal; 3, 4, 8, fracciones I, II, III y XIX, y 24 de la Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del

Distrito Federal; 7, fracción X, y 26, fracciones V y XVII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal; 1, 5, 6, 7, 8, fracciones I y II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México es una Dependencia de la Administración Pública

Centralizada de la Ciudad de México a la que corresponde entre otras cuestiones, realizar en el ámbito territorial y material

de la Ciudad de México, las acciones dirigidas a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la

comisión de delitos e infracciones, así como a preservar las libertades, el orden y la paz públicos.

Que con motivo del sismo ocurrido el 19 de septiembre del 2018, diversas instalaciones de esta Dependencia resultaron

dañadas, por lo que fue necesaria su reubicación.

Que el día 20 de septiembre del 2017, se publicó la DECLARATORIA DE EMERGENCIA CON MOTIVO DEL

FENÓMENO SÍSMICO OCURRIDO EL DÍA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE EN LA

CIUDAD DE MÉXICO, emitida por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, en cuyo artículo Sexto se estableció la

suspensión de todos los términos y procedimientos administrativos a cargo de las Dependencias, Entidades, Órganos

Desconcentrados y Delegaciones de la Ciudad de México, hasta en tanto se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México el término de la misma.

Que con fecha 26 de septiembre del 2017, se publicó el DECRETO POR EL QUE SE INSTRUYE LA ELABORACIÓN

DEL PROGRAMA Y SE CREA EL ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO A LAS ACTIVIDADES DEL JEFE DE

GOBIERNO DENOMINADO COMISIÓN PARA LA RECONSTRUCCIÓN, RECUPERACIÓN Y

TRANSFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN UNA CDMX CADA VEZ MÁS RESILIENTE, emitido por el

Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Que las Unidades Administrativas que se señalan están en posibilidad de desahogar sin riesgo alguno para la seguridad de

los servidores públicos, trabajadores y usuarios, diversos trámites y servicios a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública

de la Ciudad de México.

Que en virtud de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE DIVERSAS UNIDADES

ADMINISTRATIVAS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

ÚNICO.- Se establece como nuevo domicilio para las Unidades Administrativas de la Secretaría de Seguridad pública de la

Ciudad de México que se señalan más adelante, tanto para la recepción y atención de las solicitudes de trámites y servicios

que le competa, así como para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el ubicado en:

ÁREA DOMICILIO ESTADÍA

Oficina de la Oficialía Mayor Berna número 18, colonia Juárez, Delegación

Cuauhtémoc, código postal 06600, Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección General de Recursos

Financieros

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

34 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Dirección Ejecutiva de Rendición

de Cuentas

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección Ejecutiva de Desarrollo

Organizacional y Administrativo

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección General de

Mantenimiento y Servicios

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección de Construcción y

Mantenimiento

Subdirección de Obras

Dirección de Servicios

Subdirección de Mantenimiento de

Bienes

Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica

Militar, Delegación Venustiano Carranza, código

postal 15900, Ciudad de México

PERMANENTE

Jefatura de Unidad Departamental de

Mantenimiento de Bienes Muebles

Jefatura de Unidad Departamental de

Mantenimiento de Inmuebles

Dirección General de

Administración de Personal

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección de Recursos Humanos

Dirección de Remuneraciones,

Prestaciones y Cumplimientos

Oficina de Credencialización Calle Doctor Atl número 50, colonia Santa María La

Ribera, Delegación Venustiano Carranza, código postal

15900, Ciudad de México

PERMANENTE

Oficina de Control Documental y

Módulo de Recepción de Incidencias

Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica

Militar, Delegación Venustiano Carranza, código

postal 15900, Ciudad de México

PERMANENTE

Centro de Desarrollo Infantil

Balbuena

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 35

Centro de Desarrollo Infantil

Iztapalapa

Calle 71 sin número, Unidad Habitacional Santa Cruz

Meyehualco, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección General de Recursos

Materiales

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección de Transportes Calle Cecilio Robelo sin número, colonia Aeronáutica

Militar, Delegación Venustiano Carranza, código

postal 15900, Ciudad de México

PERMANENTE

Subdirección de Almacenes y

Aseguramiento

Avenida Apaches y Tlahuicas, P.B., colonia San

Francisco Culhuacán, Delegación Coyoacán, Ciudad de

México

PERMANENTE

Dirección Ejecutiva de Salud y

Bienestar Social

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección de Servicios Médicos

Dirección General de Prevención

del Delito

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

Dirección General de Participación

Ciudadana

Calzada México Xochimilco número 4985, colonia

Guadalupe, Delegación Tlalpan, código postal 14388,

Ciudad de México

PERMANENTE

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación.

Dado en la Sede de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México, el 22 de febrero de 2018.

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(Firma)

SUPERINTENDENTE GENERAL

LICENCIADO HIRAM ALMEIDA ESTRADA

36 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lic. Eric Larios Wong, Director de Administración y Finanzas de la Caja de Previsión de la Policía Auxiliar de la Ciudad de

México, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 21, 44, 47 y 117 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente del Distrito Federal, 2° fracción I, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del

Distrito Federal, y en cumplimiento a la Circular Número JG/MAM/0099/2014, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, el 10 de noviembre de 2014, se emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CALENDARIO PRESUPUESTAL DE LA CAJA DE PREVISIÓN

DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018,

COMUNICADO POR LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

MES MONTO

ENERO 80’700,700.00

FEBRERO 79’905,196.00

MARZO 79’416,690.00

ABRIL 73’934,912.00

MAYO 73’642,788.00

JUNIO 74’794,579.00

JULIO 75’342,394.00

AGOSTO 75’982,912.00

SEPTIEMBRE 77’146,394.00

OCTUBRE 76’027,912.00

NOVIEMBRE 68’482,403.00

DICIEMBRE 151’269,225.00

TOTAL 986’646,105.00

TRANSITORIO

ÚNICO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México, a 22 de febrero de 2018

(Firma)

LIC. ERIC LARIOS WONG

DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA

CAJA DE PREVISIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

__________________________________________________________________________

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 37

SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES

MTRO. ADOLFO ALBERTO SAVIN CRAVIOTO, Director General de Desarrollo Rural de la Secretaría de Desarrollo

Rural y Equidad para las Comunidades, con fundamento en los artículos 15 Fracción XX y 23 Quintus de la Ley Orgánica

de la Administración Pública de la Ciudad de México; los artículos 6, 33 y 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito

Federal; 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 37 fracción I y XVIII del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Acuerdo número COPLADE/SO/I/06/2018 del Comité de

Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México de fecha 25 de enero de 2018, y el acuerdo CTI-SEDEREC/SO-

1/07/2018 del 15 de enero de 2018 emite el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACIÓN 2018 DEL PROGRAMA SOCIAL DE

CULTURA ALIMENTARIA, ARTESANAL, VINCULACIÓN COMERCIAL Y FOMENTO DE LA

INTERCULTURALIDAD Y RURALIDAD, 2018 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO

RURAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES,

PUBLICADAS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 31 DE ENERO DE 2018.

EN LA PÁGINA 682, IV.3 ALCANCES, PRIMER PÁRRAFO DICE:

Este programa proporciona ayudas económicas, en especie y/o servicios para apoyar a las personas productoras de la zona

rural de la Ciudad de México a difundir y comercializar los productos agroalimentarios cosechados y/o transformados por

ellos contribuyen al ejercicio del derecho a la alimentación, a través del fortalecimiento y promoción de los procesos de

comercialización y la cultura agroalimentaria para impulsar el consumo local y la gastronomía tradicional entre los

habitantes de la Ciudad de México.

EN LA PÁGINA 682, IV.3 ALCANCES, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:

Este programa proporciona ayudas económicas, en especie y/o servicios para apoyar a las personas productoras

preferentemente de la zona rural de la Ciudad de México a difundir y comercializar los productos agroalimentarios

cosechados y/o transformados, y productos artesanales, a través del fortalecimiento y promoción de los procesos de

comercialización y la cultura agroalimentaria para impulsar el consumo local y la gastronomía tradicional entre los

habitantes de la Ciudad de México.

EN LA PÁGINA 682, V. METAS FÍSICAS, PRIMER PÁRRAFO DICE:

Con el programa se espera otorgar al menos 764 ayudas económicas y/o en especie y/o servicios a productoras y

productores para el impulso a la comercialización y capacitación, que beneficien al menos a 200 mil personas, desglosadas

de la siguiente forma:

EN LA PÁGINA 682, V. METAS FÍSICAS, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:

Con el programa se espera otorgar al menos 764 ayudas económicas y/o en especie y/o servicios a productoras y

productores preferentemente de la zona rural, para el impulso a la comercialización y capacitación, que beneficien al

menos a 200 mil personas, desglosadas de la siguiente forma:

EN LA PÁGINA 683, PRIMER PÁRRAFO DICE:

Realizar acciones para favorecer el

incremento del consumo local y la

gastronomía tradicional, con productos

agroalimentarios cultivados y

transformados en la Ciudad de México.

265475S032 Espacios de Impulso

Agroalimentario

Al menos 500 personas productoras

participantes en espacios de impulso

agroalimentario por medio de eventos de

Consume Local CDMX con la afluencia de 199

mil 200 personas asistentes.

Al menos 200 personas productoras

participantes en espacio de impulso

agroalimentario Consume Local CDMX de

productos agroalimentarios preparados.

Al menos 700 personas

productoras y 199 mil 200

asistentes.

38 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

EN LA PÁGINA 683, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:

Realizar acciones para favorecer el

incremento del consumo local y la

gastronomía tradicional, con productos

agroalimentarios cultivados y

transformados en la Ciudad de México.

265475S032 Espacios de Impulso

Agroalimentario y artesanal

Al menos 500 personas productoras

participantes en espacios de impulso

agroalimentario y artesanal por medio de

eventos de Consume Local CDMX con la

afluencia de 199 mil 200 personas asistentes.

Al menos 200 personas productoras

participantes en espacio de impulso

agroalimentario y artesanal Consume Local

CDMX de productos agroalimentarios

preparados y artesanales.

Al menos 700 personas

productoras y 199 mil

200 asistentes.

EN LA PÁGINA 683 ÚLTIMO PÁRRAFO y 684, PRIMER PÁRRAFO DICE:

265475S032 Espacios de Impulso Agroalimentario

Al menos 500 personas productoras participantes en espacios de

impulso agroalimentario por medio de eventos de Consume Local

CDMX con la afluencia de 199 mil 200 personas asistentes.

Al menos 200 personas productoras participantes en espacio de

impulso agroalimentario Consume Local CDMX de productos

agroalimentarios preparados.

$8,013,290.00 en servicios al año.

EN LA PÁGINA 683 ÚLTIMO PÁRRAFO y 684, PRIMER PÁRRAFO DEBE DECIR:

265475S032 Espacios de Impulso Agroalimentario

Al menos 500 personas productoras participantes en

espacios de impulso agroalimentario y artesanal por medio

de eventos de Consume Local CDMX con la afluencia de

199 mil 200 personas asistentes.

Al menos 200 personas productoras participantes en

espacio de impulso agroalimentario y artesanal Consume

Local CDMX de productos agroalimentarios preparados y

artesanales.

$8,013,290.00 en servicios al año.

ÚNICO.- Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a 06 de marzo de 2018

(Firma)

________________________________

MTRO. ADOLFO ALBERTO SAVIN CRAVIOTO

Director General de Desarrollo Rural de la Secretaría de Desarrollo Rural

y Equidad para las Comunidades

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 39

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS

AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE O PARA

EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS FÍSICAS O

MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y

CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO O EN CONTRA DE ÉSTA, PARA EL AÑO 2018.

EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Civiles de

la Comisión de Estudios Jurídicos de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, Base III,

transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8°,

fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14 y

15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, y 35, fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII, 115, fracciones I, II, VIII y X, y 116,

fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y el “Acuerdo por el que se

delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar

el visto bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite

o para el cumplimiento de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de

carácter civil, mercantil, agrario y contencioso- administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de

México o en contra de ésta, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles, de la Comisión de Estudios Jurídicos de

la Ciudad de México”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el cinco de marzo del año dos mil dieciocho;

y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición

de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes.

Que el artículo 34 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio

Fiscal 2018, prevé que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades previo

al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra

de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de sentencias definitivas dictados por autoridad

competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán contar

con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,

debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, con

atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la

adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.

Que fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 5 de marzo de 2018, el Acuerdo por el que se delega en el

Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto bueno

previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el

cumplimiento de las sentencias definitivas dictadas por autoridad competente favorables a las personas física o morales, en

los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-administrativo, promovidos por la Administración

Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Civiles de la Comisión de

Estudios Jurídicos de la Ciudad de México.

Que para la defensa de los intereses de la Ciudad de México, el pago de las conciliaciones de juicios en trámite promovidos

por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta y el cumplimiento de sentencias definitivas

favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso-

administrativo, es necesario establecer los lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

40 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Órganos Político-Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México para solicitar el

otorgamiento del Visto Bueno, en la materia de competencia de esta Unidad Administrativa, he tenido a bien expedir los

siguientes:

LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIAMENTE AL EJERCICIO DE LOS

RECURSOS AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN

TRÁMITE O PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS FAVORABLES A LAS PERSONAS

FÍSICAS O MORALES, EN LOS PROCESOS JUDICIALES DE CARÁCTER CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO

Y CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO, PROMOVIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA

CIUDAD DE MÉXICO O EN CONTRA DE ÉSTA, PARA EL AÑO 2018.

PRIMERO. Los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político–Administrativos y Entidades

de la Administración Pública de la Ciudad de México, a través del Área Jurídica o Área de Administración correspondiente,

deberán presentar por oficio ante la Dirección General de Servicios Legales, solicitud de visto bueno previamente al

ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento

de sentencias definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil,

agrario y contencioso-administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de

ésta, debiendo señalar con precisión el monto por el cual se solicita el Visto Bueno, y si éste constituye el pago total de la

condena o pago parcial.

SEGUNDO. A la solicitud señalada en el punto anterior, se deberá acompañar la documentación que a continuación se

precisa:

I. “Estado Procesal” en el que se describa detalladamente el trámite del asunto desde el inicio (actos o prestaciones

reclamadas) hasta su conclusión, señalando los recursos interpuestos en defensa de los intereses de la Administración

Pública, de los cuales se desprenda que fueron agotados todos los medios de defensa, hasta llegar a la sentencia definitiva,

incluyendo los conceptos, cantidades líquidas y periodos a cubrir como cumplimiento de la condena. Debiendo ser firmado

por el área jurídica solicitante.

II. Copia simple de la demanda, documentos base de la acción o del acto reclamado, contestación a la demanda, de las

resoluciones definitivas emitidas en el juicio, de las resoluciones dictadas en los recursos interpuestos, así como de las

resoluciones incidentales de liquidación que condene al pago de cantidades líquidas, y de los requerimientos realizados por

el órgano jurisdiccional, constancias que deberán estar debidamente foliadas cronológicamente.

III. Acreditar mediante documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que se cuenta con la

suficiencia presupuestal autorizada y comprometida para el ejercicio fiscal 2018, por la cantidad total a cubrir.

IV. “Justificación de Pago o Conciliación”, en la que se señalen los motivos y las consideraciones legales por las que se

propone realizar el pago o conciliar el mismo, y el beneficio que representa para la Administración Pública de la Ciudad de

México. Debiendo ser firmado por el área jurídica solicitante.

V. Para el caso de que exista una modalidad en el cumplimiento de la condena o para la conciliación, deberá adjuntarse el

proyecto de convenio para dar por concluido el juicio.

VI. En caso de que se le haya otorgado anteriormente visto bueno a la autoridad obligada, en relación con el juicio y

expediente por el que se está solicitando el visto bueno, se deberá informar y anexar las constancias que acrediten por qué

no se dio cumplimiento o si se realizó algún pago parcial.

TERCERO. En caso de considerarse necesario, se citará a las partes en el juicio a efecto de corroborar las condiciones en

que se llevará a cabo el cumplimiento de la sentencia y en su caso el convenio respectivo.

CUARTO. Considerando que en términos de la normatividad aplicable las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones y Entidades son las responsables del manejo y aplicación de su presupuesto autorizado, en caso de no contar

con suficiencia en la partida específica, deberán cancelar o disminuir el alcance de las acciones programadas con base en su

presupuesto, salvo las orientadas al concepto de servicios personales, con la finalidad de que tramiten las correspondientes

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 41

Adecuaciones Presupuestarias Compensadas que les permitan asignar los recursos suficientes para el cumplimiento de sus

compromisos económicos derivados de conciliaciones de juicios en trámite o para el cumplimiento de sentencias definitivas

favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y contencioso -

administrativo, promovidos por la Administración Pública de la Ciudad de México o en contra de ésta.

QUINTO. La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo y en los presentes

lineamientos será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno. Si la omisión se refiere al requisito contenido en

la fracción III del Lineamiento Segundo, la Dirección General de Servicios Legales dará vista al Órgano de Control

correspondiente.

SEXTO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la Administración

Pública de la Ciudad de México, deberán informar por oficio al Director General de Servicios Legales, del ejercicio de los

recursos que les fueron autorizados mediante el visto bueno otorgado.

SÉPTIMO. Las solicitudes de visto bueno deberán presentarse con la finalidad de dar cumplimiento total a las sentencias

definitivas favorables a las personas físicas o morales, en los procesos judiciales de carácter civil, mercantil, agrario y

contencioso-administrativo, dictadas por autoridad competente; excepcionalmente se podrá otorgar el visto bueno para

pagos parciales, sólo cuando sea necesario para proteger el patrimonio de la Administración Pública de la Ciudad de

México, la libertad o permanencia de los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-

Administrativos y Entidades.

OCTAVO.- De conformidad con lo establecido en el punto OCTAVO del Acuerdo Delegatorio publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, la Mesa de Asuntos Civiles está facultada para otorgar el visto

bueno únicamente en estricto acatamiento a lo ordenado mediante acuerdo emitido por los Juzgados de Distrito, Tribunales

Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, aún

y cuando la autoridad directamente obligada no cumpla con los requisitos de forma establecidos en dicho Acuerdo y en los

presentes Lineamientos. Sin embargo, será exclusiva responsabilidad de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Órganos Políticos Administrativos y Entidades a las que se les otorgue el visto bueno, que el pago que se realice a favor de

la parte quejosa, esté apegado conforme a las directrices establecidas por el Órgano Jurisdiccional.

NOVENO.- En caso de que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades

de la Administración Pública de la Ciudad de México, omitan alguna información o documentación relevante, o manifiesten

hechos falsos con el propósito de que la Mesa de Asuntos Civiles les otorgue de manera favorable un visto bueno, serán los

únicos responsables del ejercicio de los recursos autorizados, así como de las responsabilidades administrativas y legales

que de ello surjan; toda vez, que el otorgamiento de visto bueno se efectúa con base en la información y documentación

proporcionada por la autoridad solicitante. Lo anterior, con independencia de las acciones legales que procedan para

deslindar responsabilidades.

DÉCIMO. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades de la

Administración Pública de la Ciudad de México, tendrán como fecha límite para presentar solicitud de visto bueno el 13 de

diciembre de 2018, para cumplir los compromisos económicos derivados de las conciliaciones de juicios en trámite y el

cumplimiento de sentencias definitivas, con el presupuesto autorizado y comprometido para el ejercicio fiscal 2018.

DÉCIMO PRIMERO.- Los presentes lineamientos se emiten para proteger, el patrimonio de la Ciudad de México, así

como a los servidores públicos del Gobierno de la Ciudad de México en su respectivo carácter de autoridades responsables,

vinculadas y superiores jerárquicos, así como para garantizar el cumplimiento total y trasparente de los juicios que se

encuentran en trámite o sentencias dictados por autoridad jurisdiccional, sin que su emisión impliquen dilación, en virtud de

que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración

Pública de la Ciudad de México, son los únicos responsables de su oportuno y cabal cumplimiento.

42 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México.

TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en los

presentes lineamientos.

Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES

(Firma)

EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 43

LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS

AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE

PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO O POR

LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD

COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL AÑO 2018.

EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO, Director General de Servicios Legales y Presidente de la Mesa de Asuntos Laborales

de la Comisión de Estudios Jurídicos de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122, Apartado A, Base III,

transitorios Primero y Segundo del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México; 8°,

fracción II, 12, fracciones I, II, IV y VI, 67, fracción II, y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2°, 5°, 7°, 14 y

15, fracción XVI, 16, fracciones I y IV, y 35, fracciones I, VII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal; 7°, fracción XV, numeral 2, 37, fracciones I, VIII, XV y XVIII, 115, fracciones I, II, VIII y X, y 116,

fracciones VI y XI, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y el “Acuerdo por el que se

delega en el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar

el visto bueno previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite

promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o

sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración

Pública de la Ciudad de México, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios

Jurídicos de la Ciudad de México”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el cinco de marzo del año dos

mil dieciocho; y

C O N S I D E R A N D O

Que de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal, se deben instrumentar acciones tendentes a simplificar los procedimientos administrativos mediante la expedición

de reglamentos, decretos y acuerdos, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna con las atribuciones correspondientes.

Que el artículo 34 del Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio

Fiscal 2018, prevé que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Político-Administrativos y Entidades previo

al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra

de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de sentencias definitivas dictados por autoridad

competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán contar

con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

Que la Comisión de Estudios Jurídicos es un órgano colegiado a cargo de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales,

debidamente establecido en el artículo 115 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, con

atribuciones para preparar y en su caso expedir las interpretaciones y homologación de criterios jurídicos que permitan la

adecuada protección de los intereses generales y del patrimonio de la Ciudad de México.

Que fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, el “Acuerdo por el que se delega en

el Director General de Servicios Legales, de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, la facultad de otorgar el visto

bueno, previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite

promovidos en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o

sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración

Pública de la Ciudad de México, y por el que se constituye la Mesa de Asuntos Laborales de la Comisión de Estudios

Jurídicos de la Ciudad de México”.

Que para la defensa de los intereses de la Ciudad de México, el pago por las conciliaciones de juicios en trámite promovidos

en contra de la Administración Pública de la Ciudad de México y el cumplimiento de las resoluciones judiciales dictadas

por autoridad competente, es necesario establecer lineamientos que deberán cumplir las Dependencias, Órganos

Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México para

solicitar el otorgamiento del visto bueno, en la materia de competencia de esta Unidad Administrativa, he tenido a bien

expedir los siguientes:

44 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

LINEAMIENTOS PARA OTORGAR EL VISTO BUENO PREVIO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS

AUTORIZADOS PARA CUBRIR LOS GASTOS POR CONCILIACIONES DE JUICIOS EN TRÁMITE

PROMOVIDOS EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO O POR

LIQUIDACIONES DE LAUDOS EMITIDOS O SENTENCIAS DEFINITIVAS DICTADOS POR AUTORIDAD

COMPETENTE FAVORABLES A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN

PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PARA EL AÑO 2018.

PRIMERO.- Los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y

Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, a través de su Área Jurídica o de Administración

correspondientes, deberán presentar mediante oficio ante la Dirección General de Servicios Legales su solicitud de visto

bueno.

SEGUNDO.- A la solicitud de visto bueno, se deberá anexar la documentación que a continuación se precisa:

I. “Estado Procesal”, desde el inicio hasta su conclusión, del cual se desprenda que fueron agotados todos los medios de

defensa hasta llegar al laudo o sentencia definitiva, mencionando los juicios, recursos e incidentes interpuestos, así como las

últimas actuaciones y acuerdos relevantes del juicio. En caso de que el actor y/o quejoso haya promovido más de un juicio

se deberá señalar los antecedentes y el estatus en que se encuentran.

II. Copia simple de la resolución administrativa y/o acto impugnado, sentencia definitiva o laudo firme, así como de las

resoluciones dictadas en los juicios, recursos e incidentes interpuestos, acuerdos y constancias relevantes de los juicios

promovidos por el actor y/o quejoso y últimos requerimientos emitidos por la autoridad jurisdiccional.

III. Copia simple de la identificación oficial, CURP y RFC del actor y/o quejoso.

IV. Documento expedido por el titular del área administrativa correspondiente, que acredite que se cuenta con la suficiencia

presupuestal en la partida 1521 “Liquidaciones por indemnizaciones y por sueldos y salarios caídos” o 1522 “Liquidaciones

por haberes caídos”, autorizada y comprometida para el Ejercicio Fiscal 2018, señalando nombre del actor y/o quejoso,

importe bruto e importe neto a pagar.

V. Planilla de liquidación firmada por el área correspondiente, con la cuantificación desglosada de los conceptos, cantidades

y períodos a cubrir como cumplimiento total de la condena, así como las deducciones y retenciones de ley. Anexando las

constancias respectivas que acrediten el período inicial y final que se está cuantificando.

VI. Constancia de aplicación del cese o sanción, donde deberá estar señalado en forma precisa la fecha de inicio y término

de la misma, debiendo estar firmada por el titular de la Unidad Administrativa que la ejecutó.

VII. Documento alimentario y/o acta circunstanciada en caso de existir reinstalación y/o renivelación.

VIII. “Proyecto de convenio”, para el cumplimiento total de la condena o conciliación, que contenga las partes que lo

suscriben, esto es, el actor y/o quejoso y el funcionario facultado para celebrar dicho convenio; los antecedentes del juicio;

las cláusulas correspondientes en las que se especifique la situación laboral del actor y/o quejoso; las prestaciones materia

de la condena que se pretenden pagar o se han pagado; indicando período, importe bruto, las retenciones correspondientes y

el líquido a pagar.

IX. “Justificación de conciliación”, donde se señale los motivos y las consideraciones legales por los que se propone

negociar, el costo real de la condena y el beneficio que representa para la Administración Pública de la Ciudad de México,

debiendo ser firmado por el titular del área jurídica solicitante.

X. En caso de que se le haya otorgado anteriormente visto bueno a la autoridad obligada, en relación con el juicio y

expediente por el que se está solicitando el visto bueno, se deberá informar y anexar las constancias que acrediten porque no

se dio cumplimiento o si se realizó algún pago parcial.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 45

TERCERO.- La falta de cualquier requisito o presentación de documentos establecidos en el Acuerdo Delegatorio y en los

presentes Lineamientos, será causa de devolución sin el correspondiente visto bueno. Si la omisión se refiere al requisito

contenido en la fracción IV del Lineamiento Segundo, la Dirección General de Servicios Legales dará vista al Órgano de

Control correspondiente.

CUARTO.- Considerando que en términos de la normatividad aplicable, las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Órganos Políticos Administrativos y Entidades son las responsables del manejo y aplicación de su presupuesto autorizado,

en caso de no contar con suficiencia en la partida específica, deberán cancelar o disminuir el alcance de las acciones

programadas con base en su presupuesto, salvo las orientadas al concepto de servicios personales, con la finalidad de que

tramiten las correspondientes Adecuaciones Presupuestarias Compensadas que les permitan asignar los recursos suficientes

para el cumplimiento de sus compromisos económicos derivados de conciliaciones de juicios en trámite promovidos en

contra de la Administración Pública de la Ciudad de México o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas

dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública de la Ciudad de

México.

QUINTO.- Las solicitudes de visto bueno deberán presentarse con la finalidad de dar cumplimiento total a las

conciliaciones o liquidaciones de laudos y sentencias dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al

servicio de la Administración Pública de la Ciudad de México; excepcionalmente se podrá otorgar el visto bueno para pagos

parciales, sólo cuando sea necesario para proteger el patrimonio de la Administración Pública de la Ciudad de México, la

libertad o permanencia de los Titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos

y Entidades.

SEXTO.- De considerarse necesario, se citará a los Titulares del Área Jurídica o Administrativa de las Dependencias,

Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades, encargados de la atención a los asuntos

presentados ante la Dirección General de Servicios Legales para el otorgamiento de visto bueno, a efecto de corroborar las

condiciones en que se pretende dar cumplimiento a la sentencia definitiva, resolución o laudo firme, o el juicio que se

encuentra en trámite.

SÉPTIMO.- De conformidad con lo establecido en el punto OCTAVO del Acuerdo Delegatorio publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México el 05 de marzo de 2018, la Mesa de Asuntos Laborales está facultada para otorgar el visto

bueno únicamente en estricto acatamiento a lo ordenado mediante acuerdo emitido por los Juzgados de Distrito, Tribunales

Colegiados de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación para dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, aún

y cuando la autoridad directamente obligada no cumpla con los requisitos de forma establecidos en dicho Acuerdo y en los

presentes Lineamientos. Sin embargo, será exclusiva responsabilidad de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Órganos Políticos Administrativos y Entidades a las que se les otorgue el visto bueno, que el pago que se realice a favor de

la parte quejosa, esté apegado conforme a las directrices establecidas por el Órgano Jurisdiccional.

OCTAVO.- En caso de que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades

de la Administración Pública de la Ciudad de México, omitan alguna información o documentación relevante, o manifiesten

hechos falsos con el propósito de que la Mesa de Asuntos Laborales les otorgue de manera favorable un visto bueno, serán

los únicos responsables del ejercicio de los recursos autorizados, así como de las responsabilidades administrativas y legales

que de ello surjan; toda vez, que el otorgamiento de visto bueno se efectúa con base en la información y documentación

proporcionada por la autoridad solicitante. Lo anterior, con independencia de las acciones legales que procedan para

deslindar responsabilidades.

NOVENO.- Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la

Administración Pública de la Ciudad de México, tendrán como fecha límite para presentar solicitud de visto bueno el 13 de

diciembre del 2018, para cumplir los compromisos económicos derivados de las conciliaciones o liquidaciones de laudos y

sentencias con el presupuesto autorizado y comprometido para el Ejercicio Fiscal 2018.

DÉCIMO.- Los presentes lineamientos se emiten para proteger los derechos de los trabajadores al servicio de la

Administración Pública de la Ciudad de México, el patrimonio de la Ciudad de México, así como a los servidores públicos

del Gobierno de la Ciudad de México en su respectivo carácter de autoridades responsables, vinculadas y superiores

jerárquicos, así como para garantizar el cumplimiento total y trasparente de los juicios que se encuentran en trámite, laudos

46 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

o sentencias dictados por autoridad jurisdiccional, sin que su emisión impliquen dilación, en virtud de que las

Dependencias, Órganos Desconcentrados, Órganos Políticos Administrativos y Entidades de la Administración Pública de

la Ciudad de México, son los únicos responsables de su oportuno y cabal cumplimiento.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México.

TERCERO. Se dejan sin efectos todas aquellas disposiciones administrativas que se opongan a lo establecido en los

presentes lineamientos.

Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES

(Firma)

EMMANUEL NÉQUIZ CASTRO

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 47

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN, Jefe Delegacional en Azcapotzalco, con fundamento en lo dispuesto por el

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39, fracción XIII, XXXI, XXXVII, XLI, XLIII, XLV y LXXVII en los

artículos 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; artículos 102 y 102 Bis de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 117, fracciones I, II y XI, de la Ley Orgánica de la Administración

Pública de la Ciudad de México; 120, 121, 122 Bis, fracción II, inciso E, 50 y 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo

Social del Distrito Federal; del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México y artículo 21 del

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2018, Emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE

DESARROLLO SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, QUE A CONTINUACIÓN SE ENLISTAN:

* Apoyo a Estudiantes de Secundaria Azcapotzalco 2018.

* Apoyo Económico a Adultos Mayores 60 – 64.

* Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos.

* Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento.

* Multiplicadores de Asistencia Social para la Salud.

* Apoyo Económico Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.

CONSIDERANDO

I. Que los programas sociales que las Delegaciones lleven a cabo deben estar elaborados y publicados de conformidad con

lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, atendiendo los criterios contenidos en

la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y en congruencia

con el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013- 2018, así como los Programas Sectoriales que de éste se

desprenden, y, en su caso, los Programas Delegacionales de Desarrollo Social; y

II.- Que la Delegación Azcapotzalco es un Órgano Político Administrativo de la Administración Pública del Distrito

Federal con autonomía funcional en acciones de gobierno en los términos que establecen la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

III.- Que la Delegación Azcapotzalco tiene personalidad jurídica y patrimonio para el desarrollo de sus propias actividades y

funciones.

IV.- Que la Delegación Azcapotzalco tiene competencia dentro de su jurisdicción en materia de servicios, actividades

sociales y demás que señalen las leyes. Que, además, el ejercicio de tales atribuciones se realiza siempre de conformidad

con las leyes y demás disposiciones normativas aplicables a cada materia y respetando las asignaciones presupuestales.

V.- Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas en relación con los trámites y procedimientos sustanciados

a cargo de la Dirección General de Desarrollo Social, se hace del conocimiento del público en general la

determinación del titular de la Delegación Azcapotzalco respecto de las Reglas de Operación de los Programas Sociales,

mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

VI.- Que los Actos de la Administración Pública de la Ciudad de México, darán atención a los principios de simplificación,

agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad.

VIII. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento establecen que las Delegaciones deberán

publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el treinta y uno de enero de cada año, las reglas de

operación de los programas sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas.

48 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018.

I. NOMBRE DE PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.

1.1 Programa de Apoyo a Estudiantes de Secundaria AZCAPOTZALCO 2018

1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y

ejecutor del gasto.

1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social).

1.4 Dirección de Educación y Cultura (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).

1.5 Subdirección de Educación (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social, concentración y

sistematización de documentación y datos).

II. Alineación Programática

El presente programa se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa de

Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018, conforme a lo siguiente

Eje Programático Problemáticas Objetivos Metas Líneas de Acción

Equidad e inclusión

social

3. La calidad aun

indeficiente de la

educación y la

persistencia de

inequidad en el acceso

a la misma.

2. Aumentar la

equidad en el acceso a

una educación formal,

consolidando los

derechos asociados a

la educación y

programas de apoyo

institucional, con

estándares de calidad

y abatir la deserción

escolar, con especial

atención hacia las

personas en

desventaja y

condiciones de

vulnerabilidad.

1. Generar

mecanismos e

instrumentos para que

las personas en edad

de estudiar a lo largo

de su ciclo de vida,

así como las personas

en situación de

vulnerabilidad por su

origen étnico,

condición jurídica,

social o económica,

condición migratoria,

estado de salud, edad,

sexo capacidades,

apariencia física,

orientación o

preferencia sexual,

forma de pensar,

situación de calle u

otra, accedan a una

educación con

calidad, con énfasis

en la educación básica

y media superior.

1. Consolidar los

programas de apoyo

institucional que

cubren los derechos

asociados a la

educación,

asegurando la equidad

en el acceso y

permanencia a la

educación pública de

calidad en el Distrito

Federal. 2. Promover

una oferta cultural de

calidad en espacios

públicos, que

favorezca la

apreciación estética,

el goce y disfrute del

tiempo libre y el

sentido de comunidad.

4. El insuficiente

acceso a los

servicios y bienes

culturales

1. Consolidar a la

ciudad de México

como un espacio de

multiculturalidad

abierto al mundo,

equitativo, incluyente,

creativo y diverso,

donde se promueva la

implementación de

políticas culturales, y

participativas al

servicio de la

ciudadanía, del

desarrollo sostenible y

del mejoramiento de

1. Aumentar el acceso

y la participación de

la población del

Distrito Federal en los

servicios y bienes

culturales y naturales

y promover el

bienestar a partir de la

gestión de patrimonio

y la diversidad

cultural de sus

habitantes.

Favorecer a través de

la iniciación artística

desde la niñez, la

creación y el

desarrollo de las artes

escénicas, visuales y

plásticas, como

componentes

indispensables de

acceso a la cultura y

la participación.-

Promover el fomento

a la lectura, a partir de

diferentes estrategias

didácticas que

4. El insuficiente

acceso a los servicios

y bienes culturales

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 49

la calidad de vida y

del bienestar de sus

habitantes.

que contribuyan a la

formación integral de

las personas

En relación al Programa de Desarrollo Delegacional el cual contempla implementar políticas públicas que incluyan

programas sociales que beneficien a la mayoría de la población, especialmente a los grupos más vulnerables y que tiene

como objetivo general: Implementar programas y acciones de desarrollo social con equidad que promuevan la acción

colectiva para la solución de las necesidades de los habitantes de Azcapotzalco donde la cultura, la salud, la educación y el

deporte sean prioridad. Se alinea con los 43 puntos del programa, específicamente con el punto número 12, el cual

establece: “administración honesta, eficiente y responsable, con total transparencia y amplia información hacia la población.

Ayudas económicas a estudiantes, jefas de familia, personas de capacidad diferente y tercera edad. “

El programa también contribuye al objetivo específico 9.1. Promover la igualdad y no discriminación en el acceso y

permanencia del alumnado en los diferentes niveles educativos y extraescolares del Programa de Derechos de la Ciudad de

México, el cual incluye como estrategia 137. Continuar la operación y ampliar la cobertura de los programas sociales de

apoyo a la educación, como los de entrega de útiles y uniformes escolares, becas y otros programas que promuevan el

acceso y permanencia del alumnado en los diferentes niveles educativos.

Por otro lado dentro de la Agenda 2030, el numeral 4” Educación de Calidad” establece que de manera anual se atienden a

mas de 34 mil niñas, niños y adolecentes derecho habientes de los programas de Educación Garantizada y Becas Escolares y

la delegación contribuirá en atender a 1000 beneficiados en Azcapotzalco.

III. Diagnóstico

El presente programa inició en el año 2016 en la administración del Jefe Delegacional, Pablo Moctezuma Barragán, con el

nombre de Programa de apoyo Económico a Estudiantes de 1° y 2 ° de Secundaria otorgando apoyos de $400.00

(cuatrocientos pesos 00/100) bimestrales a cada estudiante.

En el 2017 el nombre del programa cambia a Programa de Apoyos para Estudiantes de Secundaria, toda vez que los

estudiantes al momento del registro están cursando el primero o segundo año pero cuando pasan a tercero de secundaria aún

se les otorga el apoyo, otorgando apoyos de $420.00 (cuatrocientos veinte pesos 00/100) bimestrales a cada estudiante y

Para el año 2018 el programa actualiza su nombre especificando la demarcación y ejercicio fiscal al que pertenece con el

nombre de “PROGRAMA APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018”.

III. 2 Programa Social Atendido por el Programa Social

Las y los jóvenes de entre 12 y 14 años que cursan el nivel escolar básico se encuentran en condiciones vulnerables debido a

las condiciones sociales en las que habitan, pues, de acuerdo al Índice de Desarrollo Social de la Ciudad de México 2010 del

Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en Azcapotzalco 330 154 personas de 414 516,

habitan en colonias donde su índice de desarrollo es medio, bajo y muy bajo y de las 87 colonias que enlistan todas se

encuentran con alto rezago educativo.

Aunque no hay datos específicos de Azcapotzalco, en la Ciudad de México se refleja que el abandono escolar se presenta

mayormente en el nivel básico secundaria, en el año 2014-2015 el número de alumnos en nivel primaria era de 431 026,

disminuyendo en nivel secundaria a 193 235 alumnos y para la educación media superior sólo se encontraban 146, 825.

Según estadísticas del INEA realizadas en el año 2010, en el Distrito Federal hay 6,715 516 personas mayores de 15 años y

un total de 140,199 de analfabetas, 437,748 con primaria y 117,770 con secundaria sin terminar dando esto un rezago total

de 1,695,717 personas mayores de 15 años. A nivel Delegacional, existen 5,325 analfabetas, 17,584 personas sin primaria y

53,102 sin secundaria.

En Azcapotzalco habitan 46,420 personas de 6 a 14 años de las cuales 21,837 son mujeres y 24,583 son hombres. De

acuerdo al INEGI 5,663 alumnos egresan de las secundarias de Azcapotzalco.

El PROGRAMA APOYO A ESTUDIANTES DE SECUNDARIA AZCAPOTZALCO 2018, busca atender a 1000

beneficiarios ya que el problema que se detecto fue el rezago educativo con el que cuenta Azcapotzalco y en los dos años

50 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

anteriores se priorizo a niños que vivieran en colonias de menor índice de desarrollo como lo establece EVALUA ,cuidando

la paridad de género y no discriminando de acuerdo a su edad, es por eso que la Delegación Azcapotzalco busca disminuir

el rezago educativo en el que se encuentran los adolecentes y jóvenes que viven y estudian dentro de la demarcación tomado

en cuenta que el mejor caso de éxito con el que se puede contar es el del programa de PREPA SI.

De las personas atendidas durante el desarrollo del programa el 91% de las personas beneficiarias habitan en colonias de

bajo y medio índice de desarrollo y se han beneficiado a más hombre que mujeres. Los datos utilizados fueron obtenidos

por encuestas realizadas por la unidad administrativa involucrada (Subdirección de Educación).

III.3 Definición de la Población Objetivo del Programa Social

La Población Potencial del programa son las y los estudiantes que habitan en Azcapotzalco y cursan sus estudios en alguna

de las escuelas secundarias públicas dentro de la demarcación o que por diversos motivos acuden a las demarcaciones que

limitan con la delegación, en promedio son 5,663 alumnos que se encuentran en las escuelas secundarias de Azcapotzalco.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 51

La Población Objetivo son todos aquellos estudiantes de secundaria, residentes prioritariamente en las colonias de menor índice de desarrollo social o en los bolsones de pobreza que están definidos en zonas de evidente condición de marginación ubicadas en colonias de alto índice de desarrollo social en Azcapotzalco. Con fundamento en el artículo 11 de la Constitución Política de la Ciudad de México en el que se establecen los grupos de atención prioritaria, como Ciudad Incluyente, la Población Beneficiaria será de hasta 1137 estudiantes de secundaria, que estudien en escuelas públicas, que habiten en las colonias, pueblos o barrios de menor índice de desarrollo social en Azcapotzalco o en las escuelas colindantes de la demarcación. IV. Objetivos y Alcances IV.1 Objetivo General Otorgar apoyos económicos para las y los estudiantes de nivel básico de secundaria para evitar el abandono escolar por falta de recursos. IV.2 Objetivos específicos - Otorgara ayudas económicas en dos exhibiciones a cada una de las y los beneficiarios del programa. - Promover la participación de adolescentes y jóvenes en programas sociales. - Fomentar el desarrollo escolar de adolescentes y jóvenes de Azcapotzalco - Garantizar el derecho a la educación IV.3 Alcances El presente programa busca reconocer a un sector social en crecimiento y desarrollo que requiere la atención inmediata y eficiente para disminuir el abandono escolar de las y los jóvenes que cursan la secundaria. La Delegación Azcapotzalco, por medio del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria de Azcapotzalco 2018, busca evitar el abandono escolar, promoviendo el derecho a la educación a través de transferencias monetarias. V. Metas físicas: Se Otorgarán apoyos económicos de $2,100.00 (dos mil cien pesos 00/100 M.N) a cada una de las y los beneficiarios del programa en dos ministraciones de $1,050.00 (un mil cincuenta pesos 00/100 M.N) cada una, durante el ejercicio fiscal 2018. Con este programa se beneficiarán hasta 1137 jóvenes de secundaria que vivan en las colonias, barrios o pueblos de esta demarcación con menores índices de desarrollo social y estén inscritos en alguna escuela secundaria pública, como lo establece el artículo 27 de la ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y articulo 47. La meta física que se espera alcanzar para el ejercicio fiscal 2018, será cuantificable, medible y verificable. VI. Programación presupuestal: Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, la cantidad de $2,387,700.00(dos millones trescientos ochenta y siete mil setecientos pesos 00/100) para su ejecución en el ejercicio fiscal 2018. Bajo los lineamientos ya previstos será distribuido de la siguiente forma:

Total de beneficiarias/os Monto unitario anual Frecuencia de Ministración Presupuesto Total Anual

1137 $2,100.00

$ 1,050.00 (un mil cincuenta pesos 00/100 M.N) por ministración. Que será entregado en efectivo, en los meses de Mayo y Septiembre periodos establecidos por la Subdirección de Educación.

$2,387,700.00

VII. Requisitos y Procedimiento de Acceso VII.3 Procedimientos de acceso.

52 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

VII.1 Difusión.

7.1 El programa se dará a conocer a la población, así como los cambios realizados a éste, a través de los siguientes medios:

- A través de las redes sociales y paginas oficiales de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) y de la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx).

7.2 - En las colonias, pueblos, barrios, secundarias publicas dentro de la demarcación a través del periódico Hormiguero

Informativo.

7.3 Para solicitar información del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria las y los interesados pueden acudir a

la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo s/n Col. Centro de Azcapotzalco o llamar al teléfono 53 52 51 88,

en un horario de 9:00 a 20:00 horas de lunes a domingo. El periodo de acceso al programa será del 01 al 30 de marzo del

2018.

VII. Requisitos de Acceso

7.4 Las y los solicitantes, deberán reunir los siguientes requisitos:

-Residir en la Delegación Azcapotzalco, preferentemente en alguna de las colonias, barrios o pueblos de menores índices de

desarrollo social.

-Al momento de realizar el registro el estudiante deberá estar cursando el primero o segundo año de secundaria en una

escuela pública de la delegación o que limite con la demarcación.

-No solicitar o recibir más apoyos económicos de transferencia monetaria de los programas sociales de la Delegación

Azcapotzalco.

-El registro sólo lo podrá realizar el padre, madre, tutor o algún familiar directo del estudiante. NO se recibirán solicitudes

de vecinos, conocidos o una persona ajena a la familia de la o el estudiante que no demuestre ser tutor del menor.

- No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.

7.5 Las y los solicitantes deberán de presentar en la Subdirección de Educación copia y original (únicamente para cotejo)

de los siguientes documentos:

Requisitos generales:

-Dos copias de identificación oficial con fotografía vigente del padre, madre o tutor (INE, IFE, Pasaporte, INAPAM, cedula

profesional o Licencia de conducir)

-Dos copias de la Cedula Única de Registro Poblacional (CURP) de padre, madre o tutor.

-Dos copias de la Cedula Única de Registro Poblacional (CURP) del alumno.

-Dos copias del comprobante de domicilio vigente con una antigüedad no mayor a tres meses (boleta predial, recibo de

agua, recibo de teléfono TELMEX, recibo de gas, recibo de luz).

Requisitos específicos del programa:

- Llenar Solicitud de inscripción al programa

- Constancia de estudios o credencial que acredite que la o el menor se encuentra inscrito en alguna escuela pública de la

Delegación Azcapotzalco o colindante con la demarcación.

- Carta de protesta de decir verdad firmada por el padre, madre o tutor a través de la cual manifiesten que no recibe o

solicitará más apoyos económicos de transferencia monetaria de los programas sociales de la Delegación Azcapotzalco

que serán entregadas en la Subdirección de Educación y que se compromete a dar seguimiento a la solicitud ingresada.

7.6 En caso de de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión social, puede variar, en cuyo caso, se emitirá lineamientos

específicos.

VII.3 Procedimientos de Acceso

7.7. El acceso al presente programa será por demanda mediante la convocatoria pública que se emitirá en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México, en el periódico Hormiguero Informativo, convocatoria impresa y medios de comunicación

electrónica (Redes sociales de la Delegación). El periodo de inscripción al programa será del 01 al 30 de marzo del 2018.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 53

Las Reglas de Operación del presente Programa se podrán consultar en los medios electrónicos de la Delegación, medios

impresos y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, misma que estará abierta para la población de Azcapotzalco.

7.8 Se dará prioridad a jóvenes que, cumplan con los requisitos, que no haya sido beneficiado en el ejercicio fiscal 2017,

que vivan en las colonias, barrios o pueblos o bolsones de pobreza iniciando con las de menor índice de desarrollo social en

la Delegación, de acuerdo a lo establecido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México

(Evalúa D.F.) de acuerdo a la presentación de su solicitud, hasta completar 1137 beneficiarios

7.9 Los requisitos, formas de acceso y criterios de selección establecidos por el programa son públicos y se encontraran de

manera visible dentro de las instalaciones de la Subdirección de Educación.

7.10 Todas las solicitudes recibidas serán analizadas de igual manera dando cumplimiento a los requisitos y documentos

solicitados buscando tener igualdad de oportunidades cuidando las acciones afirmativas de hombre y mujer.

7.11 Una vez que sea autorizado el programa, las y los interesados deberán solicitar por cuenta propia su inclusión, en las

oficinas de la Subdirección de Educación, ubicada en el Jardín Hidalgo s/n (frente al quiosco), Colonia Azcapotzalco

Centro, de lunes a domingo de 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 20:00 horas, con los documentos solicitados para el cotejo y

llenado del formato de solicitud y firma de la carta bajo protesta de decir verdad.

7.12El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente.

7.13 No ser familiar directo del personal de estructura de la delegación.

- Presentarse en la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo para la entrega de la documentación establecida.

- El periodo de acceso al programa será del 01 al 28 de febrero del 2018.

- El registro se realizará de 9:00 a 14:00 y de 15:30 a 20:00 horas, de lunes a domingo.

- El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México y hasta agotar la metafísica.

- Solo se realizará el registro a las personas que presenten documentación completa y actualizada. En caso de que no contar

con algún documento solicitado, actualizado como lo establecen las presentes Reglas de Operación o que no cumpla con

los requisitos establecidos en la convocatoria se informara de manera inmediata la baja del solicitante.

7.13 En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad tomando como referencia el

artículo 11 “Ciudad Incluyente”. La Ciudad de México garantizara la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los

derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación exclusión, maltrato, abuso,

violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales, a los siguientes casos y

en ese orden:

-A las y los jóvenes que cumplan con los requisitos, que no hayan sido beneficiados en el ejercicio fiscal 2017

-Que habiten en las colonias iniciando con las de menor índice de desarrollo social en la Delegación, de acuerdo al

comprobante de domicilio presentado y de acuerdo a lo establecido por Evalúa CDMX.

-Fecha de ingreso.

7.14 Para saber el estado que guarda su trámite, podrá llamar a la Subdirección de Educación y preguntar por el avance de

su solicitud, al teléfono 53 52 51 88. La lista de las y los jóvenes beneficiados del Programa, se publicará en la página

electrónica de la Delegación Azcapotzalco y demás conforme a la normatividad aplicable.

7.15 La Delegación, por medio de la Subdirección de Educación, entregará a las y los solicitantes un comprobante de haber

completado su registro al programa y se le asignará un número de folio con el cual la o el solicitante podrá dar seguimiento

a su solicitud.

7.16 En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la ciudad de México, los

procedimientos de acceso al programa social, puede variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.17 Las y los beneficiarios del Programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria, formarán parte de un padrón que será

publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, será de carácter público, siendo reservados los datos

personales de acuerdo a la normatividad vigente.

7.18 En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

presentes Reglas de Operación.

VII.4 Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal.

7.19 Requisitos de permanencia: La temporalidad de este programa quedará establecida sólo para el ejercicio fiscal 2018 y

la permanencia de las personas beneficiarias quedará sujeta a los siguientes criterios: una vez conformado el padrón de

beneficiarias/os, éstos permanecerán dentro del programa hasta que concluya la vigencia del mismo, siempre y cuando

54 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

continúen acudiendo a la escuela. Las y los beneficiarios deberán entregar cuando así se les solicite evidencias

documentales de su permanencia en la escuela secundaria.

7.20 Causas de Baja. Falta de interés del solicitante que se podrá manifestar de diversas formas como:

-No presentar documentación que acredite la totalidad de los requisitos o proporcionar datos falsos o documentación

apócrifa.

-No presentar la evidencia de que permanece estudiando en la escuela secundaria.

-No acudir en tiempo y forma para recibir el apoyo en el periodo establecido.

-Por defunción de él o la beneficiaria.

-No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos.

-En caso de baja, se repetirá el proceso de selección para cubrir el espacio vacante. El apoyo se entregara a partir de su

incorporación.

VIII. Procedimientos de Instrumentación:

VIII.1 Operación.

8.2Subdirección de Educación:

-Atiende y recibe e informa a todos los solicitantes del programa

-Recaba la documentación e información pertinente de las y los solicitantes.

-Elabora y envía el padrón de beneficiarios a la Dirección General de Desarrollo Social

-Integra la lista de espera de los solicitantes.

-Informar a las y los beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones.

-Aplica los indicadores correspondientes del programa e informa de los resultados a la Dirección General de Desarrollo

Social.

Dirección General de Desarrollo Social:

-Supervisar el desarrollo del Programa, desde la publicación de las Reglas de Operación

-Gestiona la publicación del padrón de beneficiados.

-Gestiona y supervisa el desarrollo del programa en todas las áreas correspondientes.

Dirección General de Administración

-Recibe padrón por el área de la Dirección General de Desarrollo Social

-Establece y Genera el pago de los beneficiados al programa.

8.3 Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se

regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos

Personales del Distrito Federal.

8.4 De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo

material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán

impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de

México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

8.5 Los formatos y trámites a realizar para el Programa de Apoyo a Estudiantes de Secundaria de Azcapotzalco 2018 son

gratuitos.

8.6 Se invitara a las personas beneficiadas del programa social a diversas actividades de formación e información.

8.7 Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin

embargo atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos

electorales, los beneficiados del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el

principio de equidad en la contienda electoral.

8.8 La ejecución del programa social se ajustara al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con

fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su

vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 55

VIII.2 Supervisión y control

8.6 La supervisión y control de este Programa Social se realizará a través de la base de datos de las y los beneficiarios, así

como mediante evidencias documentales de la permanencia de los alumnos en la escuela secundaria, cuando así se requiera.

La permanencia en el programa se llevará a través de la firma en padrones de la recepción de la ayuda.

8.7 La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Educación.

IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana.

9.1 La ciudadanía podrá interponer una queja o mediante escrito libre directamente ante la Subdirección de Educación,

ubicada en Jardín Hidalgo o llamar al teléfono 53525188 donde se solicitará la siguiente información Nombre, domicilio,

número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de la solicitante que presenta la queja, motivo de la queja,

descripción precisa del hecho.

9.2 En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,

sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán

presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC, o acudir a las oficinas de la Contraloría

Interna ubicadas en el Edificio delegacional tercer piso.

9.3 Asimismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social del Distrito

Federal o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social del Distrito Federal y a la Contraloría General.

9.4 Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras publicas

en la implantación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada conforme

al marco jurídico vigente en la ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la

Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.

Para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).

X. Mecanismos de Exigibilidad.

10.1 La Subdirección de Educación garantiza la difusión y distribución de las presentes reglas de operación, que estará

disponible para su consulta en el CESAC de la Delegación, ubicada en planta baja del edificio Delegacional, así como en las

oficinas de la Subdirección a partir de la fecha de publicación de las mismas.

10.2 En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de

este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Educación ubicada en Jardín Hidalgo, frente al

quiosco, Col. Azcapotzalco Centro, en un horario de 9:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo la cual investigará, atenderá,

analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días

hábiles.

10.3 Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:

“Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos pueden ocurrir en al

menos los siguientes casos:

a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho

(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.

b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de

manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.

c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas

exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”

10.4 Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

“Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a)

A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de

sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en

los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia

del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de

56 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Datos Personales; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. 10.5 La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores. XI.1 Evaluación 11.1 Como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. 11.2 La evaluación interna se realizara en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación Interna del Desarrollo Social de la Ciudad de México y los resultado serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. 11.3 La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Educación. 11.4 Los indicadores del presente programa será evitar el abandono escolar de las y los beneficiarios, solicitando evidencia de la permanencia de los mismos, a si mismo se levantara una encuesta de satisfacción del la implementación del programa. X1.2 Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5 Para la construcción de los indicadores se seguirá la metodología de Marco lógico de acuerdo a las características del programa. 11.6 Tal como lo indica la metodología de Marco Lógico (MML), se integra la matriz de indicadores.

Nivel de Objetivo

Objetivo

Indicador

Fórmula de Cálculo

Tipo de Indicador

Unidad de medida

Desagregación

Medios de Verificación

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09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 57

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58 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

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11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de indicadores del programa Social serán reportados de forma acumulada a la

Dirección General de Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados, por

medio de la Subdirección de Educación.

XII. Formas de Participación Social.

Como lo menciona la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y de acuerdo a lo establecido por la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar activamente en la planeación, programación, implementación y

evaluación de los programas y acciones de Desarrollo Social, por lo cual: Podrán participar a través de propuestas

formuladas a la Dirección General de Desarrollo Social de la Delegación Azcapotzalco, las y los residentes de

Azcapotzalco, las organizaciones civiles y sociales, las instituciones médicas y todas aquellas cuyos objetivos estén

dirigidos a la atención y mejoramiento en la calidad de vida de los estudiantes de secundaria.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 59

Modalidad de participación

Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad

Residentes de la

Delegación

Azcapotzalco, que

cursen la secundaria,

que tengan hijos o sean

parte del consejo de

padres de familia.

Implementación y Evaluación

Formular propuestas a la

Dirección General de

Desarrollo Social,

Contestando encuestas en los

niveles de Satisfacción a la

Subdirección de Educación.

Expresando la satisfacción

y mejoramiento del

programa.

XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales.

13.1 El programa de Apoyo para Estudiantes de Secundaria forma parte de la política social que la Delegación

Azcapotzalco, implementada a través de la Subdirección de Educación y se articula con otros programas como el

Programa Guardianes de la Paz.

13.2

Programa o Acción Social con

el que se articula

Dependencia o Entidad

responsable

Acciones en las que

colaboran

Etapas del programa

comprometidas

Programa Guardianes de la

Paz.

Delegación Azcapotzalco Apoyo a jóvenes en

situaciones vulnerables

Ninguna

XIV. Mecanismos de Fiscalización

14.1 El Programa de Apoyo para estudiantes de Secundaria fue aprobado por el comité de planeación de la Ciudad de

México (COPLADE), en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.

14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la secretaría de finanzas de la Ciudad de México, se enviaran los avances

en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados la distribución según sea

el caso, por delegación y colonia.

14.3 La contraloría de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificara que el gasto guarde congruencia con

lo dispuesto en la ley de presupuesto y gasto eficiente de la Ciudad de México y en el presupuesto de la Ciudad de México.

14.4 Se proporcionara la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos del control interno, a fin de que

estas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5 Las personas contraloras ciudadanas de la red de contralorías ciudadanas que coordina y supervisa la contraloría

general, vigilaran en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la ley de participación ciudadana del Distrito

Federal y en los lineamientos del programa de contraloría ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de operación,

a si como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el ejercicio de los

recursos públicos.

XV. Mecanismos de rendición de cuentas

15.1 De acuerdo con las obligaciones de trasparencia en materia de programas sociales, de ayudas, subsidios estímulos y

apoyos establecidos en el artículo 122 de la Ley de trasparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas de

la ciudad de México la síguete información se mantendrá impresa para consulta directa se difundirá y mantendrá actualizada

en formatos y bases abiertas en la plataforma de trasparencia e indicar el sitio de internet http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/

de la entidad o en la Subdirección de Educación.

XVI. Criterios para la integración de la unificación del padrón universal d personas beneficiadas o derecho

habientes

16.1 La Delegación Azcapotzalco tiene a su cargo el programa de apoyo para estudiantes de secundaria publicara en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primer quincena del mes de marzo del 2019,

el padrón de beneficiados del ejercicio fiscal 2017.

60 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

16.2 A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las

Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Dependencia, Órgano Desconcentrado,

Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate y que tiene a su cargo el programa

social en cuestión, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de

Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la

versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al

Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de

beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.

16.3 La Delegación Azcapotzalco tiene a su cargo el programa social, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría

General de la Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de

padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad

de México e implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano

Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.

16.4 En la página http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/ y en la Plataforma Nacional de Transparencia

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio, de manera trimestral, la actualización de los avances de la

integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación , el

cual deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial,

Demarcación Territorial, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo

122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

16.5 El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

16.6 Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los

mismos.

APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 – 64.

I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.

1.1.1. Apoyo Económico a Adultos Mayores 60 - 64.

1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.

1.2.1. Delegación Azcapotzalco.

1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.

1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):

1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.

1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de

Equidad Social.

1.3.1.3 Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de dos días

hábiles a partir del ingreso.

1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social:

1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Equidad Social.

1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación

Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.

1.3.3. Subdirección de Equidad Social.

1.3.3.1. Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa Apoyo Económico a Adultos Mayores

de 60 a 64

1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a

los criterios establecidos.

1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las y los solicitantes.

1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y beneficiarios y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias y

beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones mensuales (apoyos).

1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.

1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.

1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 61

1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de Desarrollo Social. 1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales. 1.3.4. JUD de Equidad Social. 1.3.4.1. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos. 1.3.5. La Dirección General de Administración. 1.3.5.1. Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa. II. Alineación programática 2.1El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas de Acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.

Eje Programático Problemáticas (Áreas de

Oportunidad)

Objetivos Metas Líneas de acción

1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano.

-Insuficientes oportunidades de ocupación y empleo en condiciones de equidad, así como discriminación en el ámbito laboral hacia los adultos mayores.

1. Impulsar la reincorporación de la población de 60 a 64 años de edad en la vida productiva, a través de la enseñanza a la comunidad de Azcapotzalco de los conocimientos que han adquirido a lo largo de su vida.

1. Promover la creación de empleos adecuados para los adultos mayores, considerando sus conocimientos y capacidades.

1. Ampliar las oportunidades de ocupación para la población de 60a 64 años, recibiendo un apoyo económico bimestral de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.).

-La permanencia de conductas discriminatorias que llevan a la exclusión y al maltrato de personas que por su edad se vuelven vulnerables.

2. Fomentar el ejercicio pleno de los derechos humanos a través de acciones para combatir el aislamiento social de los adultos mayores, que permitan su inclusión en la actividad cotidiana y que sensibilicen a la comunidad.

2. Eliminar las prácticas discriminatorias que generan exclusión y maltrato hacia los adultos mayores.

2. Promover campañas para difundir los derechos de los adultos mayores en la Ciudad de México.

Se alinea con el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018.

EJE ÁREA DE OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Eje 2. Salud integral a niñas y mujeres.

Salud Promover una vida saludable a lo largo del ciclo de vida de las mujeres, a través de considerar los riesgos de salud que enfrentan, promover acciones de prevención y atención de enfermedades de mayor incidencia y fortaleciendo el

Favorecer el desarrollo de las mujeres, así como impulsar la incorporación de la perspectiva de género en los planteamientos de los servicios de salud.

Favorecer la salud física de mujeres y niñas. Promover y coadyuvar en el conocimiento y uso de los derechos sexuales y reproductivos.

62 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

acceso a sus derechos

sexuales y

reproductivos.

2.2. Así mismo, se alinea con el Programa de Desarrollo de la Delegación Azcapotzalco 2015-2018, publicado en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México No 70 Tomo I del 12 de mayo de 2016.

Eje Diagnóstico Objetivo General Metas Líneas de acción

Desarrollo social

incluyente y

equitativo.

b) Adultas/os

mayores: El 13.9% de

la población de la

demarcación cuenta

con 60 y más años

cumplidos, por lo que

se van a atender de

manera integral las

necesidades de las y

los adultos mayores,

con acciones que

incluyen actividades

recreativas, culturales

y de integración

social, campañas,

talleres, pláticas y

cursos en materia de

salud, programas

sociales que

coadyuvarán al

bienestar económico y

a la participación

comunitaria de este

sector.

Implementar

programas y acciones

de desarrollo social

con equidad que

promuevan la acción

colectiva para la

solución de las

necesidades de los

habitantes de

Azcapotzalco donde

la cultura, la salud, la

educación y el deporte

sean prioridad.

Combatir las prácticas

discriminatorias que

generan exclusión y

maltrato a fin de

lograr su erradicación.

Reforzar el diseño, la

legislación e

implementación de las

políticas, programas y

servicios de apoyo a

la población para

evitar la exclusión,

maltrato y/o la

discriminación hacia

las personas.

Reforzar y

desarrollar

programas sociales

de atención para las

personas excluidas,

maltratadas o

discriminadas debido

a su origen étnico,

condición jurídica,

social o económica,

migratoria, de salud,

de edad,

discapacidad, sexo,

orientación o

preferencia sexual,

Estado civil,

nacionalidad,

apariencia física,

forma de pensar o

situación de calle,

entre otras.

Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:

ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN

Discriminación y Derechos

Humanos

1. Disminuir de manera

sustancial el 2.2% de la

población que se encuentra

en pobreza extrema en la

Ciudad de México.

1. Aplicar estrategias para

disminuir de manera

sustancial el 2.2% de la

población que se encuentra

en pobreza extrema,

aplicando programas

integrales que atiendan a

todos los grupos de edad

con la corresponsabilidad de

la sociedad civil organizada.

- Determinar los lugares

específicos para aplicar los

programas de combate a la

pobreza de manera

conjunta por tiempo

determinado. –Diseñar e

implementar programas

integrales contundentes en

contra de la pobreza en las

colonias de más alto índice

de marginalidad.

- Establecer indicadores

para evaluar la eficacia,

pertinencia e impacto de

los programas de combate

a la pobreza, en el corto y

mediano plazo.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 63

Se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en su capítulo 15. Derecho al trabajo y derechos

humanos, en los siguientes rubros:

EJE ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Eje 1. Equidad

e inclusión

social para el

desarrollo

humano

7. Empleo con

equidad

Ampliar el acceso de la población

del Distrito Federal a trabajos

dignos, con protección social,

pleno respeto a los derechos

laborales y sin discriminación por

su origen étnico, condición

jurídica, social o económica,

migratoria, de salud, de edad,

discapacidad, sexo, embarazo,

orientación o preferencia sexual,

estado civil, nacionalidad,

apariencia física, forma de pensar

o situación de calle, entre otras.

busca crear e incentivar

políticas de desarrollo

para la Ciudad de

México que tengan

sostenibilidad

económica, es decir que

promuevan proyectos

de largo aliento capaces

de generar rentabilidad

económica y

distribuirla de forma

que la ciudadanía en su

conjunto experimente

beneficios en su calidad

de vida

III. Diagnóstico.

III.I. Antecedentes.

3.1. Inicio del programa y características. Este programa inicia en marzo de 2016, otorgando 300 apoyos bimestrales a

adultos mayores de 60 a 64 años, por la cantidad de $1,650,000.00 (un millón seiscientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.);

el presente busca combatir la exclusión de la vida productiva de las personas Adultas Mayores de entre 60 a 64 años seis

meses de edad que, vivan en la Delegación Azcapotzalco y recibiendo un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien pesos

00/100 M.N.) bimestrales. La población beneficiaria será de hasta 772 personas adultas mayores, pertenecientes a las

diferentes colonias, barrios y pueblos de la demarcación.

3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.

Las modificaciones relevantes del programa: se dio inicio en el 2016 con 300 beneficiarias y beneficiarios, en el 2017 se

otorgaron hasta 752 beneficiarias y beneficiarios, para el 2018 se espera una meta de 772 beneficiarias y beneficiarios.

III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.

3.3 Problema social que se atiende. Según el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en la Ciudad

de México existen alrededor de 315,793 personas adultas mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno

y a oportunidades de ocupación para el desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor

debiera gozar. Sin embargo, factores sociales, culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre

el tema, han dificultado que la población adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades,

vivencias y conocimientos adquiridos a lo largo de su vida.

La edad mediana en la demarcación es de 33 años; para las mujeres es de 35 años y para los hombres de 31 años de edad,

edades que se encuentran por arriba del promedio nacional y del DF.

Un aspecto importante que requiere atención rápida y de manera enfática es el proceso de envejecimiento. Azcapotzalco es

una de las demarcaciones con un índice de envejecimiento alto (69.41 personas de 60 años y más por cada 100 habitantes).

Respecto a este indicador, la Delegación ocupa el quinto lugar entre las delegaciones más envejecidas. Esto es de

importancia, debido a que cada vez más adultos mayores se encuentran en situaciones desempleo y van en aumento, lo que

da justificación al programa que pretende abonar que adultos mayores tengan alguna posibilidad económica y mejora su

calidad de vida.

3.4. Causas centrales del problema social. No proveer a las personas adultas mayores de oportunidades de ocupación

provoca su aislamiento social y su alejamiento del círculo familiar, ya que muchas de ellas se consideran a sí mismas como

cargas para sus allegados, merma su salud física y mental, deteriorando especialmente su autoestima, y aumenta su

vulnerabilidad haciéndolas objeto de diversos tipos de maltrato. La falta de motivación, en este caso por falta de fuentes de

empleo, genera problemáticas físicas, emocionales, etc., en las personas adultas mayores; muchas personas adultas mayores

que no cuentan con fuentes de empleo ni de esparcimiento se desgastan más rápido, adquieren enfermedades que tienen que

ver con procesos emocionales, perjudicando su calidad de vida.

64 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

3.5 Efectos centrales del problema social.

El desempleo y la desocupación en las personas adultas mayores tienen severas consecuencias en su bienestar y calidad de

vida, entendiéndose con dicho término y según la Organización Mundial de la Salud como “la satisfacción que

experimentan los individuos como resultado de su participación en las actividades que realizan en el medio familiar, en el

centro de trabajo y en el ámbito comunal y nacional, en relación con las cuales se ejercitan sus capacidades humanas y

desarrollan su personalidad”.

El no atacar el problema de falta de fuentes de empleo en personas adultas mayores es discriminación, y genera una suerte

de segmentación social en donde las personas con condiciones socioeconómicas desfavorables parecieran estar condenadas

a vivir en entornos territoriales inseguros e insalubres, carentes de servicios o con servicios deficientes, mientras que las

personas de niveles socioeconómicos altos generan sus propios entornos y pagan sus propios servicios; una dinámica que

limita la interacción e impide la convivencia y conocimiento mutuo, lo que profundiza prejuicios y estereotipos que impiden

la visibilización y aceptación de lo diverso como una posibilidad de enriquecimiento, de aprendizaje mutuo y de

reconocimiento recíproco de la dignidad de todas y todos.

3.6. Derechos vulnerados.

Según el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el Distrito Federal existen alrededor de

315,793 adultos mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno y a oportunidades de ocupación para el

desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor debiera gozar. Sin embargo, factores sociales,

culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre el tema, han dificultado que la población

adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades, vivencias y conocimientos adquiridos a lo largo

de su vida, por lo que sus derechos a un nivel de vida adecuado se ven afectados. Ante esto, el programa social busca que

con el apoyo económico que se les otorga a las personas adultas mayores, puedan acercarse un nivel de vida adecuado, al

tener recursos económicos para acceder a la cultura, la salud, etc.

Se consideran estos derechos como el acceso al trabajo, ya que es un derecho que repercute de manera exponencial en una

continuidad de derechos que son vulnerados al no contar con fuentes de empleo las personas adultas mayores, la falta de

ingresos económicos, muchas veces les impide tener acceso a salud, alimentación, cultura, etc.

3.7. Pertinencia.

El Programa social Pensión Alimentaría para Adultos Mayores de 68 años que Residen en la CDMX, impulsado por la

SEDESO busca de manera similar que los adultos mayores tengan acceso a un nivel de vida adecuado, pero por medio de la

alimentación, lo que indica que este sector de la población se encuentra en vulnerabilidad y son necesarios estos tipos de

programas. Este programa se empara con el de Apoyo económico a adultos mayores de 60-64, ya que ambos buscan

mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores al otorgarles apoyos que les permiten mejorar sus condiciones,

por un lado en cuestiones de alimentación, por el otro en acceso a recurso económico.

3.8 Línea de base. La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal (Publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo del 2000, última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18

de diciembre de 2014) establece que los adultos mayores tienen derecho, entre otros, a expresar su opinión libremente,

conocer sus derechos y a participar en el ámbito familiar y comunitario, a participar en la vida cultural, deportiva y

recreativa de su comunidad y a gozar, en igualdad de oportunidades, de acceso al trabajo o de otras posibilidades de obtener

un ingreso propio. Según la el censo del 2010 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el Distrito Federal

existen alrededor de 315,793 adultos mayores de entre 60 y 64 años de edad. El acceso al trabajo digno y a oportunidades de

ocupación para el desarrollo de una vida plena es un derecho del que toda persona adulta mayor debiera gozar. Sin embargo,

factores sociales, culturales y económicos, así como la insuficiencia de políticas públicas sobre el tema, han dificultado que

la población adulta mayor se inserte en la vida productiva de acuerdo a las capacidades, vivencias y conocimientos

adquiridos a lo largo de su vida.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 65

Pirámide de población por edad en Azcapotzalco.

III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.

3.9. Población Potencial: Corresponde a 68,096 personas adultas mayores de 60 años y más, que habitan en las 111

Unidades Territoriales de la demarcación.

3.10. Población Objetivo: Está compuesta por aproximadamente 20,008 personas adultas mayores de 60 a 64 años con seis

meses de edad (Encuesta Ínter censal 2015, INEGI) que habitan en la demarcación y que soliciten su inclusión al programa.

3.11. Población Beneficiaria: Estará comprendida por 1041 personas adultas mayores de 60 a 64 años con seis meses de

edad, de escasos recursos y que vivan en las colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo

social, que soliciten ser beneficiarios y que cumpla con todos los requisitos de acceso.

3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de

México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención

prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan

discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y

libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,

las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,

personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión

de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de

asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.

IV. Objetivos y Alcances.

IV.I. Objetivo General:

4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.

4.2. La población a la que va dirigido el programa: estará comprendida por 772 personas adultas mayores de 60 a 64 años

con seis meses de edad, que recibirán un apoyo bimestral de $1,100.00(un mil cien pesos 00/100 M.N), estas personas serán

de escasos recursos y con alto grado de vulnerabilidad o en situación de excepción, que vivan en las colonias, pueblos y

barrios del territorio Delegacional, que soliciten ser beneficiarias y beneficiarios y que cumpla con todos los requisitos de

acceso.

4.3. Objetivo. Este programa busca atender a personas adultas mayores de 60 a 64 años, que por no estar económicamente

activas, pueden sentirse aisladas y poco útiles, debido a que su edad no les permite competir en el ámbito laboral con la

población más joven, causándoles esto problemas emocionales, físico.

IV.2. Objetivos Específicos.

4.4. Acciones:

a) Coadyuvar con la economía de las y los adultos mayores de la Delegación Azcapotzalco.

b) Garantizar a las y los adultos mayores el derecho a una vida digna.

66 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

c) Combatir permanentemente la discriminación, la exclusión y el maltrato hacia las personas adultas mayores.

d) Impulsar la reincorporación de las personas de 60 a 64 años seis meses de edad en la vida productiva de la Delegación

Azcapotzalco, proporcionándoles a setecientos setenta y dos adultos mayores de ambos sexos, que habiten en la

demarcación en colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo social, un apoyo económico

bimestral de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) con la finalidad de que cuenten con un apoyo que les ayude a

mejorar su calidad de vida y se les reconozca su condición de personas adultas mayores.

4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.

Este programa busca incluir a las personas adultas mayores a generar un proceso de reintegración social, mediante un

apoyo económico, para mejorar la calidad de vida de estos, mejorando sus condiciones de riesgo como la falta de empleo,

alimentación, esparcimiento, etc., por medio del apoyo mensual que reciben pueden generarse mejores condiciones. No se

hará distinción alguna por la condición social, económica, de género, etc., al ingresar al programa.

La manera en que este programa social busca contribuir a la resolución del problema identificado. El desempleo y la

desocupación en las personas adultas mayores tienen severas consecuencias en su bienestar y calidad de vida, entendiéndose

con dicho término y según la Organización Mundial de la Salud como “la satisfacción que experimentan los individuos

como resultado de su participación en las actividades que realizan en el medio familiar, en el centro de trabajo y en el

ámbito comunal y nacional, en relación con las cuales se ejercitan sus capacidades humanas y desarrollan su personalidad".

No proveer a las personas adultas mayores de oportunidades de ocupación puede provocar su aislamiento social y

alejamiento del círculo familiar, ya que muchas de ellas se consideran a sí mismas como cargas para sus allegados,

mermando su salud física y mental, deteriorando especialmente su autoestima, y aumenta su vulnerabilidad haciéndolas

objeto de diversos tipos de maltrato; es por ello que con este apoyo económico se prende abonar en la construcción de una

vida útil para las personas adultas mayores.

Ante esto, el programa social busca que con el apoyo económico que se les otorga a las personas adultas mayores, puedan

acercarse un nivel de vida adecuado, al tener recursos económicos para acceder a la cultura, la salud, etc.

IV.3. Alcances

4.6. Derechos sociales que buscan garantizarse. La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito

Federal (Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo del 2000, última reforma publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 18 de diciembre de 2014) establece que las personas adultas mayores tienen derecho, entre

otros, a expresar su opinión libremente, conocer sus derechos y a participar en el ámbito familiar y comunitario, a participar

en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad y a gozar, en igualdad de oportunidades, de acceso al trabajo o

de otras posibilidades de obtener un ingreso propio.

A través del programa “APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 – 64” se busca combatir la exclusión de la

vida productiva de las personas adultas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad que vivan en la Delegación

Azcapotzalco y recibiendo un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien pesos 00/100 M.N.) bimestrales, en cuatro

entregas bimestrales. La población beneficiaria será de hasta 772 personas adultas mayores, que habiten en colonias barrios

y pueblos de la demarcación.

4.7. Trascendencia y repercusión del programa. Este programa social busca que las y los adultos mayores puedan tener otras

posibilidades de obtener un ingreso propio, mejorando su calidad de vida, al otorgarles un apoyo a sus ingresos, que pueden

utilizar para moverse, disfrutar la ciudad, acceder a otros espacios; también el programa abona a mejorar la calidad de vida

de las y los adultos mayores al sentirse parte de una demarcación y que su trabajo y trayectoria tienen importancia para la

sociedad, por lo que se les retribuye de alguna manera con este tipo de programas.

V. Metas Físicas.

5.1. Meta de cobertura. Se beneficiará hasta 772 adultos mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos,

que habiten en la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad.

5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el

presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a las personas adultas mayores que se encuentren en

colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de desarrollo social.

5.3. Metas físicas. Para el año 2018 se harán cuatro entregas bimestrales de un apoyo económico de $1,100.00 (un mil cien

pesos 00/100 M.N.) a hasta 772 personas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos, que habiten en

la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en colonias, pueblos y barrios con muy alto, alto y medio índice de

desarrollo social. El total por beneficiario es de $4,400.00 (cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.).

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 67

5.4. Resultados esperados. Para el año 2018 se harán cuatro entregas bimestrales de un apoyo económico de $1,100.00 (un

mil cien pesos 00/100 M.N.) a hasta 772 personas mayores de entre 60 a 64 años seis meses de edad, de ambos sexos, que

habiten en la Delegación Azcapotzalco, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad. El total por beneficiario es de

$4,400.00 (cuatro mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.).

V.I. Programación Presupuestal

6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la

administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia.

Total de beneficiarios Monto unitario bimestral Frecuencia de Ministración Presupuesto Total Anual

772

$1,100.00 (un mil cien pesos

00/100 M.N) por

beneficiario

Cuatro exhibiciones

bimestrales Marzo-Abril,

Mayo-Junio y Julio-Agosto

y Septiembre-Octubre.

$3,396,800.00 (tres

millones trescientos

noventa y seis mil

ochocientos pesos 00/100

M.N.)

1er Bimestre

Marzo-Abril.

2° Bimestre Mayo-

Junio.

3er Bimestre

Julio- Agosto.

4to Bimestre

Septiembre-

Octubre.

TOTAL

$849,200.00 $849,200.00 $849,200.00 $849,200.00 $3,396,800.00

Calendario de apoyo por bimestre, El apoyo se entregará a las y los beneficiarios, mediante pago en efectivo o por medio de

una transferencia electrónica.

Monto bimestral por

beneficiario $1,100.00

Total por beneficiario

$4,400.00

VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso

VII.1. Difusión

7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer el programa social y sus

probables cambios a través de los siguientes medios:

- Publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

- Redes Sociales oficiales (FB: /Azcapotzalco MX).

- Periódico impreso oficial (Hormiguero Informativo).

- Sitio web oficial de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/).

7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha

afluencia, así como el periódico mensual de la Delegación (Hormiguero).

7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la J.U.D. de Equidad Social al

5354-9994 ext. 1161 y 1162 en un horario de 9:00 a 15 horas.

VII.2. Requisitos de Acceso.

7.4. Requisitos.

- Tener de 60 a 64 años seis meses de edad al momento de solicitar la incorporación al programa.

- No pertenecer a otro Programa Social de la Delegación Azcapotzalco.

- No recibir pensión u otro apoyo económico por este concepto

- No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.

- Ser residente de la Delegación Azcapotzalco.

7.5. Documentación y tiempos.

La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas por escrito, donde se registre el nombre completo de la

solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que

desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua. boleta predial, teléfono, recibo de gas natural

o luz). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del

Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en

Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00

horas.

Deberá presentar los siguientes documentos:

68 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

- Presentar comprobante de edad al momento de solicitar la incorporación al programa: copia de la Clave Única de Registro

de Población (CURP).

- Presentar copia del comprobante de domicilio con un máximo de tres meses de antigüedad (agua. boleta predial, teléfono,

recibo de gas natural o luz).

- Copia de identificación oficial vigente (INE ó IFE, INAPAM, Licencia de conducir o Cedula profesional)

Un(a) promotor(a) social de la Subdirección de Equidad Social asistirá al domicilio de las personas adultas mayores o

podrán ser convocadas vía telefónica a las oficinas de la Subdirección de Equidad Social, únicamente para realizar un

estudio socioeconómico y posteriormente se le notificará si fueron aceptadas, aceptados o no en el programa.

Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se

regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales

y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México y el artículo 60 de su Reglamento,

todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos,

llevarán impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,

electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la

Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”

7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo

caso, se emitirán lineamientos específicos.

VII.3. Procedimientos de Acceso

7.7. Forma de acceder al programa social. Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página

electrónica de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/), dichas reglas estarán al alcance de la población y se

podrán consultar por medios electrónicos o en las oficinas de la delegación.

Una vez que sea autorizado el programa, las interesadas deberán solicitar por propia cuenta su inclusión al mismo en las

oficinas de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio

Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00

a 14:00 hrs. y de 15:00 a18:00 hrs.

7.8. El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:

Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso mencionada

en el apartado 7.4 de las presentes Reglas. El CESAC remitirá las solicitudes a la Dirección General de Desarrollo Social,

quien las turnará a la Subdirección de Equidad Social, quien determinará la elegibilidad de los solicitantes.

7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos

documentos, además de estar publicados en la gaceta oficial vigente, estarán pegados a la vista en las oficinas de la

Subdirección de Equidad Social.

7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se

tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni revictimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las

personas que solicitan acceso al programa. En caso de recibir petición de acceso de población vulnerada se le dará prioridad

y se le dará acompañamiento en todo el proceso por parte de la subdirección de Equidad Social.

7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;

señalando las unidades administrativas responsables. La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas

por escrito, donde se registre el nombre completo de la solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o

un correo electrónico personal y programa en el que desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente

(agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas natural o CFE). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en

Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en

la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a

viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00 horas.

7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de

atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los

derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,

violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos

de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas

jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 69

internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,

personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y

personas de identidad indígena.

Para saber el estado que guarda su trámite podrá hablar a la JUD de Equidad Social y preguntar por el avance de su solicitud

a los teléfonos 5354 9994 ext.1161 y 1162.

7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al

programa social

7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.15. Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas

Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo

reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para

propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de

Operación del programa social.

7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

Reglas de Operación.

VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal

7.17. Requisitos de permanencia. Para permanecer como beneficiarias y beneficiarios del programa, deberá acudir a la JUD

de Equidad Social cada que se les solicite vía correo electrónico, vía telefónica o mediante oficio para tramitar su

supervivencia.

Causas de baja: falsear información, el fallecimiento del beneficiario o beneficiaria o que alguna o alguno de estos cambie

de domicilio a otra delegación de la CDMX u otro lugar de residencia.

No hay suspensión temporal.

7.18. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.

La solicitud de acceso se hará a petición de las personas beneficiadas por escrito, donde se registre el nombre completo de la

solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que

desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas

natural o CFE). El escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación

del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio

en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a

19:00hrs.

a) El solicitante deberá proporcionar en el CESAC un número telefónico donde se le pueda contactar.

b) Al momento de solicitar el ingreso al programa en el CESAC, la persona adulta mayor deberá presentar copia del

comprobante de edad (CURP), copia del comprobante de domicilio (agua. luz, boleta predial, teléfono, recibo de gas

natural o CFE) y copia de su identificación oficial vigente.

c) Una vez ingresada la solicitud en el CESAC, se entregará a la persona adulta mayor un acuse sellado con número de

folio.

d) Un Promotor o promotora Social acudirá a su domicilio o se comunicará vía telefónica para la entrevista, en caso de

cubrir los requisitos.

e) Después de que la o el solicitante haya sido entrevistada o entrevistado por la o el Promotor Social, se le notificará en su

domicilio o por vía telefónica si fue aceptada, aceptado o no al programa. El listado de las personas aceptadas se dará a

conocer también en el sitio web oficial de la Delegación, www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx Dicho Padrón de Beneficiarios

será de carácter público, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México.

f) El trámite será gratuito y deberá realizarse de manera individual y directa.

g) Los datos personales recabados en el procedimiento de acceso serán reservados de acuerdo a la Ley de Protección de

Datos Personales de la Ciudad de México.

h) En caso de que las solicitudes superen el presupuesto asignado, se dará prioridad para su inscripción al programa

conforme al orden de prelación.

i) Para información sobre el programa, las y los interesados se pueden comunicar a la Jefatura de Unidad Departamental de

Equidad Social a los teléfonos 53-54-99-94 Ext. 1161 y1162.

j) En ningún caso, las personas involucradas en este programa podrán proceder de manera diferente a lo establecido en estas

Reglas de Operación.

En caso de presentar inconformidad con la causal de baja, deberá presentarse a la JUD de Equidad Social para conocer su

estatus.

70 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

VIII. Procedimientos de Instrumentación VIII. I. Operación 8.1. Actividades, acciones y gestiones. a) Una vez conformado el Padrón de Beneficiarios por la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social, se enviará para su autorización a la Subdirección de Equidad Social y a la Dirección General de Desarrollo Social. b) Autorizado lo anterior, se hará la difusión de las y los beneficiarios. c) El apoyo económico bimestral se realizará mediante pago en efectivo, en ventanilla o transferencia electrónica, hecha por la Delegación Azcapotzalco. d) La Subdirección de Equidad Social supervisará constantemente la operación del presente programa. e) Los datos personales de las personas adultas mayores beneficiarias del programa “APOYO ECONÓMICO A ADULTOS MAYORES 60 - 64”, y la información adicional generada y administrada, se regirán por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. f) Todos los trámites de ingreso al programa y los formatos utilizados en el proceso son gratuitos. 8.2. Unidades administrativas responsables. 1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC): a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa de acuerdo al apartado VII.2 numeral 7.5 y asignación de folio por solicitud. b) Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de Equidad Social. c) Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso a la J.U.D. de Equidad Social. 2. J.U.D. de Equidad Social: a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las solicitantes seleccionadas. b) Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes, de acuerdo a lo establecido en el apartado VII.2. de este documento. c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo Social. d) Autorizado lo anterior, se hará la difusión de las y los beneficiarios. 3. Subdirección de Equidad Social: a) Supervisar el desarrollo del Programa. b) Informar de manera bimestral a la Dirección General de Desarrollo Social, de los avances del Programa, así como de los resultados de los indicadores. 4. Dirección General de Desarrollo Social: a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Equidad Social. b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, etc. 8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. 8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México, y artículo 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, deben llevar impresa la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. 8.5. Los formatos y los trámites a realizar para el ingreso al programa son gratuitos. 8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión, relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México). 8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral. 8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 71

VIII.2. Supervisión y Control

8.9. Para supervisar y controlar adecuadamente el funcionamiento del presente programa, se utilizarán las siguientes

herramientas:

a) se realizará una encuesta trimestral a las y los beneficiarios por la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social,

para conocer si las personas adultas mayores se sienten satisfechas con el programa y cómo ha mejorado su vida.

b) Con la información obtenida de lo anterior, la Jefatura de Unidad Departamental de Equidad Social hará un análisis que

será enviada a la Subdirección de Equidad Social y a la Dirección General de Desarrollo Social.

8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la J.U.D. de Equidad Social.

IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana

9.1.La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención

Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00

hrs. y de 15:00 a 19:00 hrs., con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, (53549994 Ext. 1134 y

1135) o directamente en la Subdirección de Equidad Social, sita en PB del Edificio Delegacional, Col. Azcapotzalco centro,

mediante escrito libre o llamando a los tels. 5354-99-94 Ext. 1161 y1162.

Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:

- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de las y los solicitantes que presenta la queja.

- Motivo de la queja.

- Descripción precisa del hecho que motivo la queja.

La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por

escrito o por correo electrónico.

9.2.En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,

sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán

presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.

Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de

México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General.

En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Equidad Social deberá emitir respuesta a la queja presentada, si

cumple con los requisitos establecidos.

9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas

beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas

sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México

o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la

Contraloría General de la Ciudad de México.

9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas

en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada

conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir para

Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.

9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica

INETEL (01800 433 2000).

X. Mecanismos de Exigibilidad

10.1. En la Dirección General de Desarrollo Social se garantizará la difusión y distribución de las presentes reglas de

operación, así como el padrón de beneficiarias y beneficiarios, de la población de la Delegación Azcapotzalco, mismas que

estará disponibles para su consulta en el CESAC de la Delegación, sita planta baja del edificio Delegacional, a partir de la

fecha de publicación de las mismas.

10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de

este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Equidad Social con domicilio en PB del Edificio

Delegacional, Col. Azcapotzalco centro, en un horario de 9:00 a 15:00 hrs., la cual investigará, atenderá, analizará y

determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días hábiles.

10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:

a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho

(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.

72 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con lo dicho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa. c) Cuando no se puede satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación. 10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá de señalar de manera textual que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. 10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores XI.1. Evaluación 11.1.Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. 11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. 11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la J.U.D. de Programas Sociales, mediante los indicadores establecidos en el presente programa y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México. 11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios y de la población potencial, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de beneficiarios. De las cuales en la primera entrega se aplicará el cuestionario de apoyo, en la segunda y tercera entrega se aplicará las encuestas de evaluación de satisfacción, a una muestra del 25% a las y los beneficiarios para medir el impacto del programa. XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico, así como cuestionarios de entrega de apoyo, encuestas de satisfacción. 11.6. La presentación de los indicadores en las Reglas de Operación del programa debe realizarse como se muestra en la siguiente Matriz de Indicadores:

Niv

el

de

Ob

jeti

vo

Objetivo

Indicador

Fórmula de

Cálculo

Tipo de Indicador

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(Adultos mayores de 60-64 años que

Eficacia Adultos mayores de 60-64 años

La desagregación será

Encuesta de satisfacción.

J. U. D. de Programa s

Las personas adultas mayores

772 adultos mayores beneficia

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 73

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74 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

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64

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entre

60 y

64

años

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edad.

Registro

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ómicos.

Entreg

a de

772

apoyos

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micos

a

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entre

60 y

64

años

de

edad.

Registros

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ómico.

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09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 75

Act

ivid

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de 60 a

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de 60 a

64 años

de edad.

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periodo

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de 772

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60 y 64

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condicio

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encuesta

de

satisfacci

ón

Cumplir

con la

muestra

de los

beneficia

rios

11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al

Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,

señalando el área o unidad responsable de realizarlo.

XII. Formas de Participación Social

Como lo establece el Artículo 39 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, “la sociedad podrá participar

activamente en la planeación, programación, implementación y evaluación de los programas y acciones de Desarrollo

Social, de acuerdo a lo establecido por la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México. Las organizaciones

civiles y sociales, las instituciones académicas, las organizaciones empresariales y todas aquellas cuyos objetivos se

comprendan en el concepto de Desarrollo Social, podrán participar con el Gobierno en la ejecución de políticas de

Desarrollo Social, sin perjuicio de las obligaciones que la ley impone a la Administración, así como generar iniciativas de

proyectos y programas que serán presentadas a la Secretaría.”

12.1. Indicar la forma como participan en la planeación, programación, implementación y evaluación de los programas y

acciones de desarrollo social la población: de manera individual y/o colectiva; a través de algún órgano de representación

como: Consejos, Comités Vecinales, Comités de seguimiento de Administración, de Supervisión, de control, entre otros.

Las y los adultos mayores de 60 a 64 años de edad que son beneficiarios, participan en la implementación del programa al

recibir el apoyo económico.

También a través de la inclusión de manera aleatoria para el llenado de cuestionarios y encuestas de satisfacción para la

evaluación del programa.

76 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

12.2. Además señalar cuál es la modalidad de participación social: información, consulta, decisión, asociación, deliberación,

entre otras.

Se debe incluir lo anterior en un cuadro como el siguiente:

Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad

Adulto Mayor de 60 a 64

años de edad

Ejecución del programa Llenar encuesta de

satisfacción

Beneficiarias y

beneficiarios del programa

XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales

13.1. El presente programa social no se articula con oro programa.

13.2. No aplica.

XIV. Mecanismos de Fiscalización

La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes

Lineamientos. En este apartado se debe:

14.1. El programa Apoyo económico a Adultos Mayores 60-64 fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo de

la Ciudad de México (COPLADE) en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.

14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los

avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,

según sea el caso, por delegación y colonia.

14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde

congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de

Egresos de la Ciudad de México.

14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos de control interno, a fin de que

éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría

General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de

operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el

ejercicio de los recursos públicos.

XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas

En este apartado se deberá indicar que:

15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,

Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se

difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio

de internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información:

- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto

público destinado para ello;

- La siguiente información del programa social será actualizada: a) Área; b) Denominación del programa; c) Periodo de

vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado,

modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de

acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de

evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de

cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)

Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o

Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados

de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la

persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado

para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y

- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes

16.1. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, demarcación territorial o Entidad de la Administración Pública local de que

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 77

se trate y que tiene a su cargo el programa social en cuestión, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más

tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de beneficiarios correspondiente,

indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán

ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas

Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México

ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación

territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal

como lo establece el artículo 34 de la LDSDF.

16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas, la

Delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la

Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así

como la versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de

incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón

unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo

Social para la Ciudad de México.

16.3. La Delegación Azcapotzalco, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda

la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas

sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la

Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México,

salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.

16.4. Se publicará en formato y bases abiertas, la actualización de los avances de la integración de los padrones de

beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación Azcapotzalco, el cual deberá estar

conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial,

beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en la página:

www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx. Así como en la Plataforma Nacional de Transparencia:

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio.

16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de

México será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.

16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los

mismos.

APOYO ECONÓMICO A NIÑAS Y NIÑOS CHINTOLOLOS.

I. NOMBRE DE PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.

1.1 Programa de Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos

1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y

ejecutor del gasto.

1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social).

1.4 Dirección del Deporte (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).

1.5 Subdirección de Fomento al Deporte (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social, concentración

y sistematización de documentación y datos).

1.6 JUD de Fomento y Difusión al Deporte (operación e instrumentación del programa, atención a las solicitudes de las

personas interesadas en ser beneficiarias, estadística aplicable social y resguardo de la documentación de las personas

interesadas en ser beneficiarias del programa social) Dirección General de Administración, a través de la Dirección de

Recursos Financieros (transferencias monetarias a las personas beneficiarias del programa) y Subdirección de Tesorería e

Ingresos Autogenerados (concentración y sistematización de información bancaria de las personas beneficiarias del

programa).

II. Alineación Programática.

El programa está relacionado con los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y en el

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, al contribuir al ejercicio del derecho a la práctica del

deporte para contribuir a un mejor desarrollo humano; como se aprecia a continuación:

PROGRAMA GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL.

78 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Eje 1.-Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano.

ÁREA DE OPORTUNIDAD 1. Discriminación y Derechos Humanos.

Línea de Acción. Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los

programas sociales.

ÁREA DE OPORTUNIDAD 2. Salud

OBJETIVO 5. Reducir el sedentarismo físico en la población del Distrito Federal.

Línea de Acción.- Promover el aumento de la oferta y los espacios para la práctica de actividades físicas, recreativas

y deportivas.

Línea de Acción.- Promover el conocimiento de los beneficios de la cultura física y el deporte.

PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO

Eje “Desarrollo Social Equitativo e Incluyente”

La función del desarrollo social es lograr que la población ejerza su derecho al buen vivir, a fin de mejorar las

condiciones de vida de la población, propiciar el goce de sus derechos básicos como educación, salud, alimentación,

identidad, deporte, esparcimiento, vivienda y seguridad social.

PROGRAMA PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO 2016-

2018.

1.4.2 Factores socioculturales y desigualdad de trato y oportunidades

La discriminación repercute finalmente en la desigualdad de trato social a los grupos que se encuentran en situación

de mayor vulnerabilidad; en la restricción y violación de los derechos humanos de personas y grupos, así como en la

negación de oportunidades para su desarrollo. De acuerdo con el Diagnóstico de Derechos Humanos de la Ciudad de

México (DDHCDMX) elaborado en 2008, en la Ciudad de México se observa:

Las personas y grupos que componen una comunidad o una sociedad; se excluye porque a menudo se siente que

estas diferencias amenazan la propia identidad, sin comprender que esta diversidad es la que lleva al

enriquecimiento mutuo; se discrimina por el miedo que provoca lo desconocido, lo otro, lo diferente a las

costumbres, tradiciones, ideología, formas de pensar y de sentir de un grupo social. Se discrimina por los prejuicios,

los estereotipos y los estigmas que se han aprendido.

Derivado de lo anterior, es necesario implementar una política contra la discriminación, a partir de tres núcleos

problemáticos, a saber:

1. Mecanismos de exigibilidad y efectivo acceso a la justicia;

2. Políticas públicas con enfoque de igualdad y derechos humanos; y

3. Educación, promoción y cultura de no discriminación.

Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México, 2015-2018.

OBJETIVO 1.- PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Y

NIÑAS.

Desarrollar acciones que amplíen el acceso y permanencia de las mujeres y las niñas en la educación (básica, media y

superior), en igualdad de condiciones para su desarrollo social, económico y político. Promover el conocimiento y

ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas así como combatir todas de las formas de

discriminación que se presenten en espacios de participación ciudadana, desarrollo sustentable, cultura y

esparcimiento, así como ampliar el acceso a nuevas tecnologías de la información y comunicación.

III. Diagnóstico.

3.1. Antecedentes.

En la presente administración delegacional se ha implementado el programa de apoyo económico a niñas y niños

chintololos que practican alguna actividad deportiva dentro de los centros deportivos con los que cuenta la demarcación,

con lo cual se ha venido fortaleciendo la participación activa de niñas y niños de Azcapotzalco en actividades que los

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 79

beneficien de manera directa y además generen en la comunidad una mejor cohesión y convivencia social. En este sentido,

es importante señalar que en dos años de ejercicio de gobierno, se han beneficiado a poco más de mil cien niñas y niños

deportistas, los cuales practican actividades como futbol, basquetbol, atletismo, artes marciales, entre otras disciplinas más.

Durante el ejercicio fiscal 2016, se apoyaron a cerca de 400 niñas y niños que llevaron a cabo la práctica de algún deporte

en los centros deportivos con los que cuenta Azcapotzalco, sin embargo el apoyo económico no fue suficiente, por lo que se

ajustó la cantidad de dinero y de esta manera fue posible entregar en el ejercicio fiscal 2017, la cantidad de $1,650.00 (un

mil seiscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) a por lo menos 300 niñas y niños y posteriormente fue posible integrar a cien

beneficiarios más, por la alta demanda que se tuvo durante dicho ejercicio, por parte las personas interesadas e ser

beneficiarios del presente programa de desarrollo social.

3.2. Problema social atendido por el Programa Social.

El compromiso de la presente administración delegacional en su último año de ejercicio de gobierno, es el de seguir

fomentando la práctica deportiva entre la población de la demarcación y en especial de los más pequeños, coadyuvando con

la sana recreación de ese grupo poblacional y masificando la realización de actividades deportivas.

A pesar de que la delegación Azcapotzalco presenta un índice de desarrollo Alto, de acuerdo al Índice de Desarrollo Social

de la Ciudad de México por Colonias y Manzanas 2016, elaborado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la

Ciudad de México (EVALUA CDMX), aún presenta ciertas deficiencias el ejercicio de uno o varios derechos sociales, por

parte de la población que habita en Azcapotzalco, entre ellos se encuentran el derecho a la cultura física y el deporte.

En la delegación Azcapotzalco, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la población infantil

con una edad de entre 6 y 16 años, se considera que poco más de la mitad de ellos, no realiza ningún deporte fuera de las

actividades físicas que desarrollan en la escuela, por lo tanto, niñas, niños y adolescentes, aún presentan carencias de

satisfactores para una vida digna; según una investigación a cargo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de

Desarrollo Social (CONEVAL), en la Ciudad de México, donde residen cerca de un millón novecientos treinta y nueve mil

quinientas ochenta y un niñas y niños de 0 a 16 años de edad, el 41.3% de ésta población carece de las condiciones mínimas

para garantizar la práctica deportiva de manera gratuita en las zonas donde residen, esto se debe a la falta de espacios

públicos para el desarrollo de dichas actividades, así como la impartición de disciplinas deportivas que no generen

erogación alguna por parte de los habitantes; en el caso de las personas que si llevan a cabo algunas actividades deportivas,

un porcentaje sustancial de ellos las realiza dentro de clubes privados y un porcentaje menor, desarrolla sus actividades de

manera gratuita.

De igual manera, existen factores de riesgo para la población mexicana que se han acentuado en los últimos años, dentro de

estos se encuentra el sedentarismo y la obesidad. La obesidad según cálculos de la Organización Mundial para la Salud, es

una pandemia que afecta a poco más de 3500 millones de personas en el mundo, en México se estima que poco más de 70

millones de personas padecen este mal, en el caso de las niñas y niños, uno de cada tres menores padece de sobrepeso u

obesidad infantil; la delegación Azcapotzalco se encuentra en el segundo lugar de las demarcaciones de la Ciudad de

México que presentan este problema de acuerdo al Censo de Obesidad y Sobrepeso del año 2012.

La cultura física y el deporte son herramientas de transformación social, las cuáles no deben estar exentas de las políticas

públicas que emprende la administración pública para beneficio de la población, aunque debe reconocerse que hacen falta

mecanismos que articulen una política pública efectiva para esta área.

Una preocupación de la presente administración es el combate al sedentarismo, así como emprender un efectivo fomento y

promoción a la práctica y al desarrollo del deporte como estrategias imprescindibles para mejorar el bienestar individual y

colectivo de la sociedad, y de esta manera cimentar las condiciones para una vida digna de los habitantes en comunidad.

Por tal motivo la delegación Azcapotzalco considera que la promoción y difusión al deporte es de vital importancia para el

beneficio del individuo en el seno de la sociedad y contribuye a mejorar las relaciones sociales, además de ser un factor de

integración social.

Por ello, el gobierno delegacional ha tenido a bien desarrollar programas sociales que contribuyan a garantizar el ejercicio

pleno de los derechos sociales de su población, facilitando el acceso a la práctica del deporte y estimulando la participación

constante y activa de niñas y niños en las diferentes disciplinas que existen y se imparten en los centros deportivos con los

que cuenta Azcapotzalco. Por lo anterior, se ha resuelto continuar con la implementación del programa social de Apoyo

Económico a Niñas y Niños Chintololos con el cual se busca que las niñas y niños deportistas no abandonen la práctica

deportiva por cuestiones de índole económica y estimularlos a que sigan desarrollando sus actividades deportivas en

categorías subsecuentes por medio de competencias a nivel Ciudad de México, nacionales e inclusive a nivel internacional,

poniendo en alto sus metas y el nombre de Azcapotzalco, la cual se ha distinguido como una delegación con una tradición

deportiva importante y destacada en la Ciudad.

3.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.

El objetivo del programa social en cuestión se desglosa e indica de la siguiente manera:

80 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

La Población Potencial: 64,030 niñas, niños que habitan las 111 unidades territoriales (colonias, pueblos, barrios y

unidades habitacionales) que componen a la delegación Azcapotzalco.

La Población Objetivo: 1,360 niñas y niños que habitan en Azcapotzalco y que llevan a cabo la práctica de alguna

disciplina deportiva en cualquiera de los parques y centros deportivos adscritos a la delegación Azcapotzalco.

La Población Beneficiada: Hasta 363 niñas y niños, que habitan en la delegación Azcapotzalco, y que practiquen una

disciplina deportiva en alguno de los parques y centros deportivos adscritos a la delegación Azcapotzalco durante el

ejercicio fiscal 2018 y cuenten con el aval del entrenador o entrenadora de la disciplina a la que pertenezcan.

IV. OBJETIVOS Y ALCANCES.

4.1. Objetivo General:

Estimular el desarrollo de actividades deportivas por parte de niñas y niños que habitan en la delegación Azcapotzalco,

contribuyendo a mejorar la calidad de vida de los mismos, impulsando su participación y talento en actividades físicas y

deportivas, otorgando apoyos económicos de $1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 363 niñas y niños

deportistas, éste estímulo económico tiene la finalidad de evitar la deserción de la disciplina deportiva que practican y el

mejoramiento constante en sus actividades deportivas.

4.2. Objetivos Específicos:

Fomentar el ejercicio del derecho al deporte entre la infancia y juventud de los habitantes de la demarcación, como medida

preventiva en el cuidado a la salud, que mejore su desarrollo físico, intelectual y su capacidad para integrarse en una vida en

comunidad.

Garantizar el ejercicio del derecho social al deporte y a la recreación, por parte de niñas y niños y jóvenes que demuestren la

práctica constante de alguna disciplina, evitando su deserción de estas actividades debido a diversos factores, entre ellos los

de índole económica.

Contribuir para que niñas, niños y jóvenes deportistas continúen su permanencia en las actividades deportivas de los

equipos que representan a nuestra demarcación en diversas competencias estatales y nacionales.

4.3 Alcances.

Con la implementación del programa social de transferencia monetaria se busca contribuir a garantizar el derecho al deporte

e incrementar la calidad de vida de las niñas, niños y jóvenes chintololos de entre 6 y 18 años de edad, generando así un

progreso óptimo y de competencia en las diversas actividades deportivas en las cuales participarán a lo largo de la duración

del programa, coadyuvando a elevar el desarrollo de actividades deportivas en las instalaciones de la demarcación y de esta

forma, acercar al deporte a un sector importante de la sociedad, para contener los niveles de vulnerabilidad social al que

pueden verse sujetos y desarrollando así una mejor convivencia social entre niñas y niños propiciando condiciones de

igualdad y no discriminación.

V. METAS FÍSICAS.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y el artículo 47 de

su Reglamento, se indica que en el Ejercicio Fiscal 2018, por cuestiones de índole presupuestal, el programa de desarrollo

social no está en condiciones de alcanzar la universalidad, por tanto, las metas físicas del mismo, son las siguientes:

5.1. De Operación:

Apoyar con $1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 363 niñas y niños que practiquen alguna disciplina

deportiva en las instalaciones deportivas de la Delegación Azcapotzalco.

5.2. De Resultados:

Coadyuvar con la realización de actividades deportivas por parte de las personas que resulten beneficiarias, garantizando el

ejercicio del derecho a la salud, deporte y el desarrollo físico de las niñas y niños de la delegación; estimulando así la

participación activa en competencias oficiales que recompensen el esfuerzo y estimulen la práctica deportiva, contribuyendo

al restablecimiento del tejido social y lograr una mejor cohesión social.

VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 81

Monto total autorizado: Hasta $653,400.00 (seiscientos cincuenta y tres mil cuatrocientos pesos 00/100 M. N.), con cargo

a la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El cual podrá sufrir modificaciones de acuerdo a lo autorizado en

el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, y al gasto autorizado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la

Ciudad de México.

Monto unitario anual por beneficiario:$1,800.00 (un mil ochocientos pesos 00/100 M. N.); que se entregarán hasta 363

niñas, niños y jóvenes deportistas que resulten beneficiarios del programa social, los cuales se entregaran en dos

ministraciones a razón de $900.00 (novecientos pesos 00/100 M.N.) en los meses de abril y agosto del Ejercicio Fiscal

2018.

Primera ministración Abril Segunda ministración Agosto Total

$326,700.00 $326,700.00 $653,400.00

El apoyo económico se entregará a los beneficiarios o a su tutor o tutora, mediante pago en efectivo o por medio de una

transferencia monetaria.

VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.

7.1. Difusión

La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, a partir de la fecha de publicación de las

presentes reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), diseñará y

elaborará un extracto que se tornará en convocatoria, la cual contendrá los requisitos, documentación, lugares, fechas de

registro y criterios de selección de las personas beneficiarias del programa.

La convocatoria del programa se publicará para conocimiento de la población en general y, a través de materiales

elaborados por el área ejecutora, tales como: medios impresos (carteles, mantas, volantes, trípticos, en el periódico de

difusión a través de la Delegación “El Hormiguero, Informativo”.), así como colocados en los centros o espacios deportivos

de la Delegación Azcapotzalco (Deportivo Azcapotzalco, Deportivo 20 de Noviembre, Deportivo Victoria de las

Democracias, Deportivo Ceylán, Deportivo Renovación y Deportivo Xochinahuac), en la página oficial de Internet

(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), y en las redes sociales de la Delegación.

Las personas interesadas en recibir información sobre cualquier aspecto relacionado con la implementación del programa,

podrán acudir de lunes a domingo, en un horario de 10 a 17 horas a las oficinas de la Dirección del Deporte, ubicadas en

Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México, o

comunicarse al teléfono 53824554.

7.2. Requisitos de Acceso:

* Ser habitante de Azcapotzalco.

* Practicar una disciplina deportiva en algún Centro Deportivo adscrito a la Delegación Azcapotzalco o espacio público

deportivo de la demarcación.

* Tener entre 6 y 18 años de edad.

* No ser beneficiario de algún otro programa social de esta Demarcación.

* Sólo podrán ser hasta dos beneficiarios por familia.

* No ser hijo o hija de personal de estructura de la Delegación Azcapotzalco.

Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deberán presentar la siguiente documentación en original y en

una copia fotostática simple para la creación del expediente respectivo:

*Acta de nacimiento;

*Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.);

*Comprobante de domicilio expedido en 2018. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de

derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta de cobro de servicio telefónico doméstico

TELMEX, boleta de cobro de suministro de gas doméstico, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica, no mayor a

tres meses, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia vigente expedida por la Delegación Azcapotzalco.

* Carta del profesor o entrenador que imparte la disciplina deportiva, que avale y de constancia que la niña o niño lleva cabo

sus actividades deportivas de manera invariable, así como el lugar y horarios donde las lleva a cabo.

82 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

* Identificación con fotografía del menor. Puede ser credencial vigente de la escuela a la que asiste.

En caso de tratarse de menores de edad las personas interesadas en ser beneficiarias del programa social, será la madre,

padre o tutor responsable del o la menor quien deba entregar todos los documentos del solicitante anteriormente

mencionados, con excepción de aquellos con los que no cuente por su minoría de edad; y, además, deberá presentar en

original para cotejo y en una copia fotostática simple para anexarlo al expediente del menor.

* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el

Instituto Federal Electoral (IFE) o Instituto Nacional Electoral (INE), Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de

Educación Pública, Tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) o Pasaporte, expedido por la

Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, expedida por la Secretaría de Movilidad de la CDMX.

* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.), del padre, madre o tutor.

A ninguna persona se le solicitarán mayores o menores requisitos que los contenidos en las reglas de operación del

programa de desarrollo social. En ningún caso, las o los servidores públicos, podrán solicitar o proceder de manera diferente

a lo establecido en las presentes reglas de operación.

En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo

caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.3. Procedimiento de Acceso

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento,

el acceso al programa será a través de convocatoria, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

(www.consejeria.cdmx.gob.mx), en el Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx),

a través de medios impresos, en la página oficial de Internet y en redes sociales de la Delegación Azcapotzalco

(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx).

• Sólo podrán ser beneficiarias, las personas que cumplan con todos los requisitos y aporten la documentación completa

solicitada.

• No podrán ser beneficiarios hijos o familiares directos de personal de estructura de la delegación Azcapotzalco.

• Sólo podrá ser beneficiario hasta dos integrante de cada familia, con el fin de dar oportunidades de acceso a mayor número

de población.

7.4. Criterios de Selección.

Los criterios de selección de las personas que serán beneficiarias del programa de desarrollo social, serán los siguientes:

1.- Se dará prioridad a las personas que cumplan con los requisitos estipulados en las presentes reglas de operación de

manera cronológica.

2.- La información proporcionada por la persona solicitante estará sujeta a comprobación por parte de la Dirección del

Deporte, por medio de visitas domiciliarias y de verificación al área que donde práctica sus actividades deportivas.

3.- Asimismo en caso de no haber sido seleccionado durante el proceso para ser beneficiario del programa, ingresará a una

lista de espera que será enlistada en el orden que se entreguen los documentos para de ser el caso de alguna baja en el

programa, podrán ingresar de manera escalonada basándose en la lista de espera antes mencionada.

Los requisitos, documentos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias del programa, son públicos,

podrán ser consultados en la Dirección del Deporte, sita en Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa

Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México y en el teléfono 5382 4554.

El padrón de personas beneficiarias será publicado en la página oficial de Internet de la Delegación Azcapotzalco y en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), así como en el Sistema de Información del

Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx) de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento.

7.5. Restricciones.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 83

La recepción de la documentación y el proceso de registro al programa, no garantiza la entrega del apoyo económico,

exclusivamente le permiten a la persona solicitante, participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la

revisión de la documentación y la valoración de la situación social, económica y de vulnerabilidad de la persona solicitante,

para determinar si se ajusta o no al programa.

El programa de desarrollo social puede ser suspendido por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.

7.6. Causales de Baja

Las causales de baja del listado de beneficiarias y beneficiarios del programa de desarrollo social, y por lo tanto el retiro del

apoyo económico, aplicarán cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:

* Cuando se compruebe la duplicidad como beneficiaria o beneficiario en este programa.

* Cuando se verifique que la beneficiaria o beneficiario no cumple con los requisitos señalados en las reglas de operación

del programa.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario abandone la práctica deportiva.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso, deberá firmar el formato de

baja establecido para tal fin.

* Cuando se compruebe que la beneficiaria o beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario no de continuidad con los trámites que permitan la entrega del apoyo económico.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario fallezca.

VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.

8.1. Registro:

La Dirección del Deporte a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,

estará encargada del registro y recepción de documentación de las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a

las cuales les entregará un comprobante impreso con un número de folio único que acreditará su registro y con el cual

podrán dar seguimiento a su solicitud.

Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas

Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo

reservados sus datos personales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los

cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro

fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del programa social.

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, todos los formatos

utilizados en la implementación del programa de desarrollo social, llevarán impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de

México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Todos los trámites a realizar y los formatos creados para la implementación del programa de desarrollo social, son gratuitos.

8.2. Operación:

Una vez concluido el periodo de registro de la población objetivo, y habiendo alcanzado la meta programada, se procederá

de la siguiente manera:

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,

sistematizará la documentación proporcionada por las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a efecto de

determinar si cumplen con los requisitos y entregaron la documentación completa solicitada, con lo cual, procederá a

elaborar una lista preliminar de las personas beneficiarias.

84 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Una vez concluida la lista de personas beneficiarias, ésta será remitida por la Subdirección de Fomento al Deporte a la

Dirección del Deporte, quien le dará validez al cumplimiento de las reglas de operación del programa, posteriormente

enviará la lista a la Dirección General de Desarrollo Social, para su validación final y para su publicación en la página

oficial de Internet de la Delegación; también para la continuación de los trámites administrativos a que haya lugar para la

entrega del apoyo.

La Dirección General de Desarrollo Social, enviará a la Dirección de Recursos Financieros, el listado de personas

beneficiarias del programa, mismo que incluirá el nombre de la persona, el del padre, madre o tutor así como su Clave

Única de Registro de Población.

La Dirección de Recursos Financieros, llevarán a cabo los trámites necesarios, a efecto de que se entreguen los apoyos

económicos a las personas beneficiarias del programa.

La Dirección de Recursos Financieros, será responsable de realizar las transferencias monetarias correspondientes, así como

de programar la fecha en que éstas se realizarán.

Previo a cada ministración, la Dirección General de Desarrollo Social, remitirá a la Dirección de Recursos Financieros, el

listado de personas beneficiarias del programa, a efecto de que puedan ser transferidos los apoyos económicos.

La Subdirección de Tesorería e Ingresos Autogenerados, será responsable de concentrar y sistematizar la información

bancaria de las personas beneficiarias del programa, misma que le remitirá de manera periódica a la Dirección del Deporte,

a efecto de comprobar y garantizar que las personas beneficiarias han recibido el apoyo económico.

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, informará a las personas beneficiarias a través

de llamadas telefónicas, o mensajes en plataformas electrónicas sobre los lugares, fechas y horarios en los que se les

entregará el apoyo económico; así como los mecanismos que se aplicarán en caso de que no puedan recogerlos en las fechas

estipuladas para tal efecto. Se hará de conocimiento del Órgano de Control Interno en la Delegación Azcapotzalco, sobre la

realización de eventos en los cuales se haga la entrega del apoyo económico.

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, será la responsable de resguardar la

información, la Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte será la responsable de resguardar los

expedientes de las personas solicitantes, así como de las beneficiarias; a la par de realizar uninforme sobre el estado de

ejecución del programa de desarrollo social.

8.3. Supervisión y Control:

La Dirección General de Desarrollo Social, será la responsable de la validación final de cada una de las etapas que den

cumplimiento a la implementación del programa.

La Subdirección de Fomento al Deporte, será la instancia encargada de llevar a cabo el seguimiento, la supervisión y control

del cumplimiento de los procedimientos dispuestos en las reglas de operación del programa.

La Dirección del Deporte, será la encargada de la evaluación interna del programa, a que hace referencia la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Las personas participantes o beneficiarias del programa social serán invitadas a diversas actividades de formación e

información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de

género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,

relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para

mayor información y atención, en caso necesario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Bis, de la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal.

Durante los procesos electorales a desarrollarse durante el año 2018, en particular en las campañas electorales, no se

suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben

observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o

modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.

Por lo tanto, la ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su

utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo

momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA.

Si alguna persona considera que ha sido perjudicada en la aplicación del programa de desarrollo social, ya sea por una

acción u omisión de una o un servidor público, podrá, en primera instancia, presentar una queja o inconformidad, ya sea de

manera verbal o por escrito, ante la Dirección del Deporte, ubicada en Avenida San Pablo Xalpa sin número, esquina Eje 5

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 85

Norte, colonia Santa Barbará, código postal 02230, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00

horas, donde será atendida personalmente y de ser necesario, se emitirá respuesta por escrito en un plazo máximo de diez

días hábiles.

En caso de que la Dirección del Deporte, no resuelva con base en las pretensiones del quejoso, la persona interesada podrá

presentar una queja ante la Procuraduría Social del Distrito Federal, sita en Calle Jalapa, número 15, Colonia Roma,

Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la Delegación Azcapotzalco, sito en calle Castilla

Oriente, sin número, esquina 22 de Febrero, planta baja del edificio delegacional, colonia Azcapotzalco Centro, código

postal 02008, Ciudad de México. También podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica

“LOCATEL”, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social de la Ciudad de México y en su caso a la instancia

correspondiente, para su debida investigación.

Queda estrictamente prohibido cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas

servidoras públicas durante la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta

disposición, será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas beneficiarias podrán

acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación.

En caso de que el presente programa social sea utilizado de manera indebida y dolosa en la consecución de algún beneficio

de índole electoral por parte de las personas servidoras públicas, las personas beneficiarias podrán denunciar cualquier

delito electoral ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); además, podrá registrar su

queja en la línea telefónica del Instituto Nacional Electoral (INE): 01800 433 2000 (INETEL).

X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD.

Se garantiza que todas las personas que cumplan con los requisitos a que hacen referencia las reglas de operación del

programa de desarrollo social, podrán solicitar el registro. Para la elaboración del padrón de beneficiarias y beneficiarios, no

se aplicarán favoritismos, ni discriminación; las condiciones serán claras, transparentes, equitativas y calendarizadas.

Con los mecanismos implementados para la elaboración del padrón se fomenta la equidad social, de género, logrando

igualdad en la diversidad.

Cualquier persona que cumpla con los requisitos y criterios de selección dispuestos en las reglas de operación del programa,

podrá ser incorporada como beneficiaria del mismo.

Cualquier persona puede exigir a la Delegación Azcapotzalco, que las incorporaciones al listado de personas beneficiarias

del programa, sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.

Cualquier persona podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, que en todo momento sean respetadas las reglas de operación

del programa de desarrollo social.

Cualquier persona beneficiaria podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, sean cumplidos en tiempo y forma, los plazos

establecidos para la entrega de los apoyos económicos.

Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal: “Las personas derechohabientes o

beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de

sus derechos;

b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de

la normativa aplicable;

c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;

de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;

d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas

en apego a la normatividad aplicable;

e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que

cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;

f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;

g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información

proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la

Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

con al menos 10 días hábiles de anticipación.

h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada

programa social.

86 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

La Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, sita en Avenida Tlaxcoaque, número 8, edificio “Juana de

Arco”, colonia Centro, Teléfono 5627-9700; es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e

incumplimiento de derechos en materiade desarrollo social.

XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES.

11.1. Evaluación.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa

del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social

de la Ciudad de México (EVALUA CDMX), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones

Externas.

En el caso de la Evaluación Interna del programa social, ésta se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para

la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad

de México y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

La Dirección del Deporte en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas

Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, realizará la evaluación

interna del programa.

11.2. Indicadores de Gestión y de Resultados.

Para la realización de la evaluación interna, se empleará información generada en campo, tal como encuestas y entrevistas,

información generada por el propio programa.

Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico; es decir, se medirán indicadores de

cumplimiento de metas asociadas a los objetivos, que permitan la evaluación del cumplimiento de los objetivos, su

desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo administrativo de su operación; además se emplearán

instrumentos complementarios de evaluación cuantitativa y/o cualitativa.

Lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:

Nivel de Objetivo: Fin

Objetivo: Al término del ejercicio fiscal, haber entregado apoyo económico a los beneficiarios del programa

Indicador: Reporte estadístico

Fórmula de Cálculo: Número de personas a las que no se les pudo entregar apoyo por cien entre el número total de

personas a las que se les puede ayudar con la implementación del programa

Tipo de Indicador: Cuantitativo

Unidad de Medida: Porcentaje

Medios de Verificación: Reporte de entrega de apoyos y comprobantes de entrega de apoyos

Unidad Responsable de la Medición: Subdirección de Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Propósito

Objetivo: Coadyuvar a la consecución de seguridad económica básica

Indicador: Encuestas

Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran haber conseguido seguridad económica básica por cien entre el

número de personas que recibieron el apoyo económico

Tipo de Indicador: Cuantitativo

Unidad de Medida: Porcentaje

Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Componentes

Objetivo: Establecimiento de un sistema de protección social básico.

Indicador: Encuestas.

Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuada la implementación del programa por cien entre el

número de personas que recibieron el apoyo económico.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 87

Tipo de Indicador: Cualitativo.

Unidad de Medida: Porcentaje.

Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios.

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Actividades.

Objetivo: Diseñar reglas de operación, Elaborar y publicar convocatoria, Establecer punto de registro de beneficiarios,

sistematizar información proporcionada, Seleccionar beneficiarios, Realizar gestiones ante la institución bancaria y Entregar

apoyos económicos.

Indicador: Encuesta.

Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuado el procedimiento de implementación del programa por

cien entre el número de personas que recibieron el apoyo económico

Tipo de Indicador: Cualitativo.

Unidad de Medida: Porcentaje.

Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios.

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo

de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los

indicadores diseñados, señalando el área o unidad responsable de realizarlo.

XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

Con base en lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar

activamente en el programa de desarrollo social.

Podrán participar en la modalidad de información, consulta y evaluación, ya sea de manera individual o colectiva; a través

de algún órgano de representación ciudadana.

La participación se hará efectiva en cualquier momento, a petición de la persona interesada; las propuestas realizadas, serán

tomadas en cuenta por la Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, quien determinará la

forma en la que han de aplicarse en la implementación del programa, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en las

reglas de operación del programa de desarrollo social.

XIII. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES Y PROGRAMAS SOCIALES.

El programa de desarrollo social se articula con los diferentes programas y actividades institucionales que implementa la

Dirección General de Desarrollo Social, para la atención de niñas y niños, en materia de fomento deportivo, implementados

en los diferentes centros deportivos con los que cuenta la delegación Azcapotzalco, en el Ejercicio Fiscal 2018.

XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN.

La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes

Lineamientos. En este apartado se debe:

14.1. El programa Apoyo Económico a Niñas y Niños Chintololos fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo

de la Ciudad de México (COPLADE) en Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.

14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los

avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,

según sea el caso, por delegación y colonia.

14.3 La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde

congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de

Egresos de la Ciudad de México.

14.4 Se proporcionará toda información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que

éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5 Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría

General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de

88 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el

cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y

ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.

XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS.

De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y

Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá

actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia

(http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio) y en el apartado de transparencia de la página oficial de

internet de la delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) , en la que también se podrá disponer de esta

información:

Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto

público destinado para ello;

La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)

Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto

aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos

de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de

evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de

cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)

Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o

Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados

de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la

persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado

para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y

El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

XVI. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN UNIVERSAL DE PERSONAS

BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES.

Con base en la Ley de Desarrollo para el Distrito Federal, se entiende por padrón de beneficiarios a la relación oficial de

personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social y que cumplen los requisitos de

la normatividad correspondiente, en este caso, lo establecido en las presentes Reglas de Operación. En este sentido, los

elementos con que cuenta la delegación Azcapotzalco, ejecutor del presente programa social, para la adecuada integración

de los datos respectivos al padrón de sus beneficiarios, son los siguientes:

La delegación Azcapotzalco, responsable de la ejecución del programa de desarrollo social, publicará en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de

beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que

dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de

Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo

Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo,

unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de

desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las

Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo

padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y

Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como la versión electrónica de los mismos a la

Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo

Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de

acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 89

APOYO ECONÓMICO A DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO.

I. DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE.

1.1 Programa de Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento. 1.2 Delegación Azcapotzalco, órgano político-administrativo directamente responsable de la ejecución del programa y

ejecutor del gasto.

1.3 Dirección General de Desarrollo Social (coordinación para la implementación del programa de desarrollo social)

1.4 Dirección del Deporte (verificación, supervisión, control del programa y evaluación interna).

1.5 Subdirección de Fomento al Deporte (seguimiento a la operación e instrumentación del programa social,

concentración y sistematización de documentación y datos).

1.6 JUD de Fomento y Difusión al Deporte (operación e instrumentación del programa, atención a las solicitudes de las

personas interesadas en ser beneficiarias, estadística aplicable social y resguardo de la documentación de las personas

interesadas en ser beneficiarias del programa social); Dirección General de Administración, a través de la Dirección de

Recursos Financieros (transferencias monetarias a las personas beneficiarias del programa) y Subdirección de Tesorería e

Ingresos Autogenerados (concentración y sistematización de información bancaria de las personas beneficiarias del

programa).

II. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA.

El programa está relacionado con los Derechos Humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal;

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018; el Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en

la Ciudad de México 2016-2018 y el Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de

México, 2015-2018, al contribuir al ejercicio del derecho a la práctica del deporte para contribuir a un mejor desarrollo

humano; como se aprecia a continuación:

PROGRAMA GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL.

Eje 1.-Equidad e Inclusión Social para el Desarrollo Humano.

ÁREA DE OPORTUNIDAD 1. Discriminación y Derechos Humanos.

Línea de Acción. Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los

programas sociales.

ÁREA DE OPORTUNIDAD 2. Salud

OBJETIVO 5. Reducir el sedentarismo físico en la población del Distrito Federal.

Línea de Acción.- Promover el aumento de la oferta y los espacios para la práctica de actividades físicas, recreativas

y deportivas.

Línea de Acción.- Promover el conocimiento de los beneficios de la cultura física y el deporte.

PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO

Eje “Desarrollo Social Equitativo e Incluyente”

La función del desarrollo social es lograr que la población ejerza su derecho al buen vivir, a fin de mejorar las

condiciones de vida de la población, propiciar el goce de sus derechos básicos como educación, salud, alimentación,

identidad, deporte, esparcimiento, vivienda y seguridad social.

PROGRAMA PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN LA CIUDAD DE MÉXICO 2016-

2018.

1.4.2 Factores socioculturales y desigualdad de trato y oportunidades

La discriminación repercute finalmente en la desigualdad de trato social a los grupos que se encuentran en situación

de mayor vulnerabilidad; en la restricción y violación de los derechos humanos de personas y grupos, así como en la

negación de oportunidades para su desarrollo. De acuerdo con el Diagnóstico de Derechos Humanos de la Ciudad de

México (DDHCDMX) elaborado en 2008, en la Ciudad de México se observa:

90 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Las personas y grupos que componen una comunidad o una sociedad; se excluye porque a menudo se siente que

estas diferencias amenazan la propia identidad, sin comprender que esta diversidad es la que lleva al

enriquecimiento mutuo; se discrimina por el miedo que provoca lo desconocido, lo otro, lo diferente a las

costumbres, tradiciones, ideología, formas de pensar y de sentir de un grupo social. Se discrimina por los prejuicios,

los estereotipos y los estigmas que se han aprendido.

Derivado de lo anterior, es necesario implementar una política contra la discriminación, a partir de tres núcleos

problemáticos, a saber:

1. Mecanismos de exigibilidad y efectivo acceso a la justicia;

2. Políticas públicas con enfoque de igualdad y derechos humanos; y

3. Educación, promoción y cultura de no discriminación.

Programa Especial de Igualdad y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México, 2015-2018.

OBJETIVO 1.- PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES Y

NIÑAS.

Desarrollar acciones que amplíen el acceso y permanencia de las mujeres y las niñas en la educación (básica, media y

superior), en igualdad de condiciones para su desarrollo social, económico y político. Promover el conocimiento y

ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y las niñas así como combatir todas de las formas de

discriminación que se presenten en espacios de participación ciudadana, desarrollo sustentable, cultura y

esparcimiento, así como ampliar el acceso a nuevas tecnologías de la información y comunicación.

III. DIAGNÓSTICO.

3.1. Antecedentes.

Dentro de la estrategia que ha impulsado la presente administración delegacional para seguir apoyando a las mujeres y

hombres habitantes de Azcapotzalco para que desarrollen actividades deportivas, en 2016 a través de la Dirección General

de Desarrollo Social se llevó a cabo el “Programa de Apoyo Económico a Deportistas de Alto Rendimiento”, el cual

inicialmente, benefició a 20 atletas de alto rendimiento de diferentes disciplinas, contribuyendo a garantizar el derecho

social al deporte y el impulso al talento deportivo, a través de la entrega de $12,600.00 (doce mil seiscientos pesos 00/100

M.N.) divididos en dos trimestres, para que adquirieran materiales deportivos, cubrir los costos de traslado e incentivar la

práctica profesional del deporte y la participación activa en competencias oficiales. Durante el año 2017, se logró apoyar a

30 deportistas de alto rendimiento con $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) aumentando el número de

beneficiarios así como del monto económico. En este sentido, es importante señalar que en dos años de ejercicio de

gobierno se han beneficiado a poco más de cincuenta deportistas, los cuales practican diferentes disciplinas deportivas a

nivel profesional.

3.2. Problema social atendido por el Programa Social.

El compromiso del gobierno delegacional en su último año de ejercicio de gobierno, es el de seguir apoyando el talento de

nuestros deportistas para que sigan participando en competencias oficiales de forma profesional, fomentando así, la práctica

deportiva entre la población de la demarcación, garantizando y promoviendo el acceso pleno al ejercicio de los derechos

sociales de las y los habitantes de la demarcación.

Azcapotzalco es una delegación que tiene una tradición deportiva significativa, cuenta con una infraestructura deportiva

importante y perceptible, muchos de sus habitantes se han distinguido por su gran profesionalismo y destacada trayectoria

deportiva. Por ejemplo, en el medallero nacional, la delegación ocupaba los primeros lugares con más preseas y una

cantidad considerable de deportistas de alto rendimiento; sin embargo, en los últimos años se ha presentado un rezago

deportivo, considerando que en el registro de rendimiento deportivo, ésta demarcación ocupa actualmente la posición

número nueve en el medallero de la Ciudad de México.

El deporte de alto rendimiento en nuestro país ha tenido serias desventajas, por ejemplo, el financiamiento público es

insuficiente, no existe una articulación de programas y proyectos que ayuden a desarrollar nuevos y mejores talentos

deportivos, además, hace falta un orden jurídico que establezca de manera precisa, las atribuciones de los institutos

encargados de la promoción y fomento al deporte, entre otros más.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 91

Consciente de la situación que atraviesa el deporte de alto rendimiento en nuestro país, la presente administración

delegacional ha venido maximizando esfuerzos para fortalecer la cultura deportiva entre sus habitantes, coadyuvando con la

formación de talentos deportivos, y de esta manera, optimizar la formación, selección y desarrollo de talentos deportivos a

través de distintas estrategias centradas en el fomento de las actividades deportivas en las colonias y en los centros

destinados para la práctica del deporte como son, los deportivos, parques, módulos deportivos y todo espacio público que se

encuentre en el territorio de la demarcación.

Los deportistas de alto rendimiento además del entrenamiento rígido y la gran disciplina con la que deben contar, necesitan

recursos en materia de alojamiento y alimentación, medicina del deporte, artículos y ropa de última generación y adelantos

tecnológicos aplicados al deporte de acuerdo con cada especialidad. Esto sin tomar en cuenta lo que pueden ser pagos o

estímulos a deportistas, así como viáticos para asistir a justas deportivas. En este sentido, resulta indispensable apoyar a los

deportistas de alto rendimiento para que no abandonen la práctica del deporte por múltiples factores, entre ellos las

dificultades económicas de familias en situación de vulnerabilidad, que limitan el acceso a los derechos sociales entre los

que se encuentra el del deporte. Lo anterior, debido al incremento de los requerimientos a cubrir cuando un deportista entra

en un nivel competitivo.

Lo anterior, obliga a desarrollar programas que contribuyan a garantizar a deportistas de alto rendimiento la posibilidad de

continuar desarrollándose en su respectiva disciplina y no se deserte por falta de apoyo; además, el presente programa busca

retomar la atención y apoyo a deportistas de alto rendimiento y re direccionar los mecanismos de seguimiento para lograr un

mejor desempeño y competitividad.

Por ello es primordial la búsqueda de acciones que no solo promuevan el deporte, sino que garanticen la permanencia y

competitividad de sus deportistas talentosos, así como establecer como prioridad la mayor participación de las mujeres en

actividades deportivas de alto rendimiento y por consecuente, puedan ser beneficiarias del presente programa social.

3.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.

El objetivo del programa social en cuestión se desglosa e indica de la siguiente manera:

La Población Potencial: 238 niñas, niños y jóvenes que habitan en las 111 unidades territoriales (pueblos, colonias, barrios

y unidades habitacionales) que componen a la delegación Azcapotzalco.

La Población Objetivo: 110 niñas, niños y jóvenes que habitan en Azcapotzalco y que practican alguna disciplina deportiva

de alto rendimiento.

La Población Beneficiada: 30 niñas, niños, jóvenes y deportistas paralímpicos, pertenecientes a alguna de las 111 colonias,

pueblos, barrios y unidades habitacionales de Azcapotzalco, que lleven a cabo la práctica de alguna disciplina deportiva de

alto rendimiento y que representen a la demarcación en las justas deportivas de tales disciplinas.

IV. OBJETIVOS Y ALCANCES.

4.1. Objetivo General:

Contribuir al desarrollo de deportistas de alto rendimiento de la delegación Azcapotzalco, impulsando su participación,

permanencia y desarrollo deportivo competitivo, otorgando apoyos económicos de $15,400.00 (quince mil cuatrocientos

pesos 00/100 M.N.) hasta 30 deportistas de alto rendimiento que sean habitantes de la Delegación Azcapotzalco y

representen a la demarcación en justas deportivas oficiales; éste estímulo tiene la finalidad de mejorar su grado de

competitividad y permanencia en la práctica de la disciplina que desempeñen.

4.2. Objetivos Específicos:

Elevar la competitividad deportiva de los deportistas habitantes de Azcapotzalco, buscando así su participación en más

competencias profesionales, que por cuestiones de índole económica, en ocasiones dejan de participar.

Fomentar el ejercicio del derecho social al deporte entre la infancia y las personas jóvenes de nuestra demarcación, como

medida preventiva en el cuidado a la salud, que mejore su desarrollo físico, intelectual y su capacidad para integrarse en una

vida en comunidad.

Generar un espíritu de identidad de los deportistas de alto rendimiento con Azcapotzalco, al lograr representar a la

Delegación y ser reconocidos en diversos ámbitos, entre ellos el social.

Garantizar el ejercicio del derecho social al deporte por parte de niñas, niños y jóvenes que demuestren un talento deportivo

para la práctica de alguna disciplina, evitando su deserción de estas actividades debido a factores de vulnerabilidad social,

evitando de esta manera la discriminación por motivos de género, situación económica entre otros.

4.3 Alcances.

92 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Con la implementación del programa social de transferencia monetaria se busca contribuir a garantizar el derecho al deporte

e impulsar el talento deportivo de hasta 30 deportistas de alto rendimiento de entre 12 y 25 años de edad que habiten en la

delegación Azcapotzalco, además de estimular su participación más activa en competencias oficiales y evitando así la fuga

de los deportistas de la Delegación Azcapotzalco a otras zonas o estados, que en busca de apoyos, han tenido que dejar su

lugar de origen. Por lo tanto el presente programa de desarrollo social, pretende la participación activa de mujeres y

hombres que puedan alcanzar mejores lugares dentro del ranking nacional en las competencias oficiales, inter

delegacionales e inter estatales que estarán por desarrollarse durante el ejercicio fiscal 2018

V. METAS FÍSICAS.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y el artículo 47 de

su Reglamento, se indica que en el Ejercicio Fiscal 2018, por cuestiones de índole presupuestal, el programa de desarrollo

social no está en condiciones de alcanzar la universalidad, por tanto, las metas físicas del mismo, son las siguientes:

5.1. De Operación:

Apoyar con $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) hasta 30 deportistas de alto rendimiento que sean

habitantes de la delegación Azcapotzalco, que demuestren ser de alto rendimiento y que participen en competencias

deportivas profesionales.

5.2. De Resultados:

Contribuir en la mejora del ingreso económico de los deportistas de alto rendimiento que resulten beneficiarios del presente

programa de desarrollo social, con la finalidad de poder aminorar los gastos que conllevan, debido a la práctica del deporte

de alto rendimiento, garantizando de esta manera, el ejercicio pleno del derecho al desarrollo físico y al de la salud; además

de coadyuvar con el desarrollo integral del deportista en su disciplina respectiva, para que de esta manera, puedan estar en

condiciones de participar en justas profesionales a nivel estatal, nacional e internacional representando a Azcapotzalco,

mejorando de esta manera el lugar de la demarcación en el medallero nacional.

VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL.

Monto total autorizado: Hasta $462,000.00 (Cuatrocientos sesenta y dos mil pesos00/100 M. N.), con cargo a la partida

4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”. El cual podrá sufrir modificaciones de acuerdo a lo autorizado en el

Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, y al gasto autorizado por la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la

Ciudad de México.

Monto unitario anual por beneficiario: $15,400.00 (quince mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.); que se entregarán a 30

niñas, niños, mujeres y hombres jóvenes deportistas que resulten beneficiarios del programa social, los cuales se entregaran

en dos ministraciones a razón de $7,700.00 (siete mil setecientos pesos 00/100 M.N.) en los meses de abril y agosto del

Ejercicio Fiscal 2018.

Primera ministración

Abril

Segunda ministración

Agosto

Total

$231,000.00 $231,000.00 $462,000.00

El apoyo económico se entregará a las personas beneficiarias, a través de la emisión de órdenes de pago o cheque

nominativo a favor del beneficiario o del tutor que este registrado o por medio de una combinación de alguno de los

anteriores instrumentos de transferencia monetaria.

VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO.

7.1. Difusión

La Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, a partir de la fecha de publicación de las

presentes reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (www.consejeria.cdmx.gob.mx), diseñará y

elaborará un extracto que se tornará en convocatoria, la cual contendrá los requisitos, documentación, lugares, fechas de

registro y criterios de selección de las personas beneficiarias del programa.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 93

La convocatoria del programa se publicará para conocimiento de la población en general y, a través de materiales

elaborados por el área ejecutora, tales como: medios impresos (carteles, mantas, volantes, trípticos, en el periódico de

difusión a través de la Delegación “El Hormiguero Informativo”.), así como colocados en los centros o espacios deportivos

de la Delegación Azcapotzalco (Deportivo Azcapotzalco, Deportivo 20 de Noviembre, Deportivo Victoria de las

Democracias, Deportivo Ceylán, Deportivo Renovación y Deportivo Xochinahuac), en la página oficial de Internet

(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), y en las redes sociales de la Delegación.

Las personas interesadas en recibir información sobre cualquier aspecto relacionado con la implementación del programa,

podrán acudir de lunes a domingo, en un horario de 10 a 17 horas a las oficinas de la Dirección del Deporte, ubicadas en

Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México, o

comunicarse al teléfono 53824554.

7.2. Requisitos de Acceso:

Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa de desarrollo social, deberán observar los siguientes requisitos:

* Ser habitante de Azcapotzalco;

* Practicar una disciplina deportiva de alto rendimiento y representar exclusivamente a la delegación Azcapotzalco en todos

los eventos y competencias deportivas profesionales estatales o nacionales a los que sean convocados por la demarcación,

federación o asociación deportiva, previo conocimiento de la Dirección del Deporte en Azcapotzalco;

* Tener entre 12 y 25 años de edad; para atleta paralímpico no hay restricción de edad;

* No ser beneficiario de algún otro programa social de esta Demarcación; y

* No ser hijo o hija de personal de estructura de la Delegación Azcapotzalco.

7.3. Documentación:

Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, deberán presentar la siguiente documentación en original y en

una copia fotostática simple para la creación del expediente respectivo:

* Acta de nacimiento;

* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.).

* Comprobante de domicilio expedido en 2018. Puede ser cualquiera de los siguientes documentos: Boleta de cobro de

Derechos por el Suministro de Agua, boleta de cobro del Impuesto Predial, boleta de cobro de servicio telefónico

doméstico, boleta de cobro de suministro de gas doméstico, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica, no mayores

a tres meses, contrato de arrendamiento vigente o constancia de residencia vigente expedida por la Delegación

Azcapotzalco.

* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el

Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de Educación

Pública, Pasaporte, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o Licencia de conducir vigente, expedida por la

Secretaría de Movilidad de la CDMX; en el caso de ser menor de edad podrá presenta credencial de la escuela a la que

asiste.

* Carta del entrenador, profesor que imparte la disciplina deportiva o asociación deportiva a la que pertenece, que avale y de

constancia que la o el deportista lleva cabo sus actividades deportivas de entrenamiento o competencias de manera

habitual, así como el lugar y horarios donde las lleva a cabo.

* Currículo deportivo.

* Programa de actividades o competencias que desarrollará en el primer semestre del año 2018.

En caso de que la persona interesada en ser beneficiaria del programa social sea menor de edad, será la madre, el padre o el

tutor responsable del menor quien deba entregar todos los documentos del solicitante anteriormente mencionados, con

excepción de aquellos con los que no cuente por su minoría de edad; y además, deberá presentar en original para cotejo y en

una copia fotostática simple para anexarlo al expediente del menor:

* Identificación oficial vigente con fotografía. Puede ser cualquiera de las siguientes: Credencial para Votar, emitida por el

Instituto Federal Electoral (IFE) o Instituto Nacional Electoral (INE), Cédula Profesional, emitida por la Secretaría de

Educación Pública, Tarjeta del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) o Pasaporte, expedido por la

Secretaría de Relaciones Exteriores, Licencia de conducir vigente, expedida por la Secretaría de Movilidad de la CDMX; y

* Clave Única de Registro de Población (C.U.R.P.), del padre, madre o tutor.

A ninguna persona se le solicitarán mayores o menores requisitos que los contenidos en las reglas de operación del

programa de desarrollo social. En ningún caso, las o los servidores públicos, podrán solicitar o proceder de manera diferente

a lo establecido en las presentes reglas de operación.

94 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo

caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.3. Procedimiento de Acceso.

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 50 de su Reglamento,

el acceso al programa será a través de convocatoria, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México

(www.consejeria.cdmx.gob.mx), en el Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO www.sideso.cdmx.gob.mx),

a través de medios impresos, en la página oficial de Internet y en redes sociales de la Delegación Azcapotzalco

(www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx).

*Sólo podrán ser beneficiarias, las personas que cumplan con todos los requisitos y aporten la documentación completa

solicitada.

*No podrán ser beneficiarios hijos o familiares directos de personal de estructura de la delegación Azcapotzalco.

*Sólo podrán ser beneficiarios hasta dos integrantes de cada familia, con el fin de dar oportunidades de acceso a mayor

número de población.

7.4. Criterios de Selección.

Los criterios de selección de las personas que serán beneficiarias del programa de desarrollo social, serán los siguientes:

1.- Se dará prioridad a las personas que cumplan con los requisitos estipulados en las presentes reglas de operación de

manera cronológica.

2.- La información proporcionada por la persona solicitante estará sujeta a comprobación por parte de la Dirección del

Deporte, por medio de visitas domiciliarias y de verificación al área donde practica sus actividades deportivas.

3.- Así mismo en caso de haber entregado documentos y no haber sido seleccionado como beneficiario al programa, pasará

a una lista de espera generada en el orden como se entregó la documentación, que podrá ser utilizada en caso de alguna

baja del padrón de beneficiarios.

Los requisitos, documentos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias del programa, son públicos,

podrán ser consultados en la Dirección del Deporte, sita en Avenida San Pablo Xalpa, esquina eje 5 Norte, colonia Santa

Bárbara, código postal 02230, Ciudad de México y en el teléfono 5382 4554.

El padrón de personas beneficiarias será publicado en la página oficial de Internet de la Delegación Azcapotzalco y en la

Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el

Distrito Federal y 50 de su Reglamento.

7.5. Restricciones.

La recepción de la documentación y el proceso de registro al programa, no garantiza la entrega del apoyo económico,

exclusivamente le permiten a la persona solicitante, participar en el inicio del trámite. Dicha solicitud estará sujeta a la

revisión de la documentación y lavaloración de la situación social, económica y de vulnerabilidad de la persona solicitante,

para determinar si se ajusta o no al programa.

El programa de desarrollo social puede ser suspendido por la Delegación sin incurrir en responsabilidad alguna.

7.6. Causales de Baja

Las causales de baja del listado de beneficiarias y beneficiarios del programa de desarrollo social, y por lo tanto el retiro del

apoyo económico, aplicarán cuando se de alguno de los siguientes supuestos:

* Cuando se compruebe la duplicidad como beneficiaria o beneficiario en este programa.

* Cuando se verifique que la beneficiaria o beneficiario no cumple con los requisitos señalados en las reglas de operación

del programa.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario abandone la práctica deportiva.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario renuncie a la ayuda por voluntad propia. En este caso, deberá firmar el formato de

baja establecido para tal fin.

* Cuando se compruebe que la beneficiaria o beneficiario haya proporcionado información o documentación falsa.

* Cuando la beneficiaria o beneficiario no de continuidad con los trámites que permitan la entrega del apoyo económico.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 95

* Cuando la beneficiaria o beneficiario fallezca.

VIII. PROCEDIMIENTOS DE INSTRUMENTACIÓN.

8.1. Registro.

La Dirección del Deporte a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,

estará encargada del registro y recepción de documentación de las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a

las cuales les entregará un comprobante impreso con un número de folio único que acreditará su registro y con el cual

podrán dar seguimiento a su solicitud.

Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas

Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo

reservados sus datos personales, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los

cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro

fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del programa social.

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, todos los formatos

utilizados en la implementación del programa de desarrollo social, llevarán impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de

México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Todos los trámites a realizar y los formatos creados para la implementación del programa de desarrollo social, son gratuitos.

8.2. Operación.

Una vez concluido el periodo de registro de la población objetivo, y habiendo alcanzado la meta programada, se procederá

de la siguiente manera:

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte y la JUD de Fomento y Difusión al Deporte,

sistematizará la documentación proporcionada por las personas interesadas en ser beneficiarias del programa, a efecto de

determinar si cumplen con los requisitos y entregaron la documentación completa solicitada, con lo cual, procederá a

elaborar una lista preliminar de las personas beneficiarias.

Una vez concluida la lista de personas beneficiarias, ésta será remitida por la Subdirección de Fomento al Deporte a la

Dirección del Deporte, quien le dará validez al cumplimiento de las reglas de operación del programa, posteriormente

enviará la lista a la Dirección General de Desarrollo Social, para su validación final y para su publicación en la página

oficial de Internet de la Delegación; también para la continuación de los trámites administrativos a que haya lugar para la

entrega del apoyo.

La Dirección General de Desarrollo Social, enviará a la Dirección de Recursos Financieros, el listado de personas

beneficiarias del programa, mismo que incluirá el nombre de la persona, el del padre, madre o tutor así como su Clave

Única de Registro de Población.

La Dirección de Recursos Financieros, llevarán a cabo los trámites necesarios, a efecto de que se entreguen los apoyos

económicos a las personas beneficiarias del programa.

La Dirección de Recursos Financieros, será responsable de realizar las transferencias monetarias correspondientes, así como

de programar la fecha en que éstas se realizarán.

Previo a cada ministración, la Dirección General de Desarrollo Social, remitirá a la Dirección de Recursos Financieros, el

listado de personas beneficiarias del programa, a efecto de que puedan ser transferidos los apoyos económicos.

La Subdirección de Tesorería e Ingresos Autogenerados, será responsable de concentrar y sistematizar la información

bancaria de las personas beneficiarias del programa, misma que le remitirá de manera periódica a la Dirección del Deporte,

a efecto de comprobar y garantizar que las personas beneficiarias han recibido el apoyo económico.

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, informará a las personas beneficiarias a través

de llamadas telefónicas, o mensajes en plataformas electrónicas sobre los lugares, fechas y horarios en los que se les

entregará el apoyo económico; así como los mecanismos que se aplicarán en caso de que no puedan recogerlos en las fechas

estipuladas para tal efecto. Se hará de conocimiento del Órgano de Control Interno en la Delegación Azcapotzalco, sobre la

realización de eventos en los cuales se haga la entrega del apoyo económico.

96 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

La Dirección del Deporte, a través de la Subdirección de Fomento al Deporte, será la responsable de resguardar la

información, la Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte será la responsable de resguardar los

expedientes de las personas solicitantes, así como de las beneficiarias; a la par de realizar un informe sobre el estado de

ejecución del programa de desarrollo social.

8.3. Supervisión y Control.

La Dirección General de Desarrollo Social, será la responsable de la validación final de cada una de las etapas que den

cumplimiento a la implementación del programa.

La Subidrección de Fomento al Deporte, será la instancia encargada de llevar a cabo el seguimiento, la supervisión y control

del cumplimiento de los procedimientos dispuestos en las reglas de operación del programa.

La Dirección del Deporte, será la encargada de la evaluación interna del programa, a que hace referencia la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Las personas participantes o beneficiarias del programa social serán invitadas a diversas actividades de formación e

información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de

género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,

relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para

mayor información y atención, en caso necesario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Bis, de la Ley de Desarrollo

Social para el Distrito Federal.

Durante los procesos electorales a desarrollarse durante el año 2018, en particular en las campañas electorales, no se

suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben

observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o

modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.

Por lo tanto, la ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su

utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo

momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

IX. PROCEDIMIENTO DE QUEJA O INCONFORMIDAD CIUDADANA.

Si alguna persona considera que ha sido perjudicada en la aplicación del programa de desarrollo social, ya sea por una

acción u omisión de una o un servidor público, podrá, en primera instancia, presentar una queja o inconformidad, ya sea de

manera verbal o por escrito, ante la Dirección del Deporte, ubicada en Avenida San Pablo Xalpa sin número, esquina Eje 5

Norte, colonia Santa Barbará, código postal 02230, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 18:00

horas, donde será atendida personalmente y de ser necesario, se emitirá respuesta por escrito en un plazo máximo de diez

días hábiles.

En caso de que la Dirección del Deporte, no resuelva con base en las pretensiones del quejoso, la persona interesada podrá

presentar una queja ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, sita en Calle Jalapa, número 15, Colonia Roma,

Delegación Cuauhtémoc; y/o ante el Órgano de Control Interno de la Delegación Azcapotzalco, sito en calle Castilla

Oriente, sin número, esquina 22 de Febrero, planta baja del edificio delegacional, colonia Azcapotzalco Centro, código

postal 02008, Ciudad de México. También podrá registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica

“LOCATEL”, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social del Distrito Federal y en su caso a la instancia correspondiente,

para su debida investigación.

Queda estrictamente prohibido cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas

servidoras públicas durante la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta

disposición, será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas beneficiarias podrán

acudir al Consejo Para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación.

En caso de que el presente programa social sea utilizado de manera indebida y dolosa en la consecución de algún beneficio

de índole electoral por parte de las personas servidoras públicas, las personas beneficiarias podrán denunciar cualquier

delito electoral ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE); además, podrá registrar su

queja en la línea telefónica del Instituto Nacional Electoral (INE): 01800 433 2000 (INETEL).

X. MECANISMOS DE EXIGIBILIDAD.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 97

Se garantiza que todas las personas que cumplan con los requisitos a que hacen referencia las reglas de operación del

programa de desarrollo social, podrán solicitar el registro. Para la elaboración del padrón de beneficiarias y beneficiarios, no

se aplicarán favoritismos, ni discriminación; las condiciones serán claras, transparentes, equitativas y calendarizadas.

Con los mecanismos implementados para la elaboración del padrón se fomenta la equidad social, de género, logrando

igualdad en la diversidad.

Cualquier persona que cumpla con los requisitos y criterios de selección dispuestos en las reglas de operación del programa,

podrá ser incorporada como beneficiaria del mismo.

Cualquier persona puede exigir a la Delegación Azcapotzalco, que las incorporaciones al listado de personas beneficiarias

del programa, sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.

Cualquier persona podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, que en todo momento sean respetadas las reglas de operación

del programa de desarrollo social.

Cualquier persona beneficiaria podrá exigir a la Delegación Azcapotzalco, sean cumplidos en tiempo y forma, los plazos

establecidos para la entrega de los apoyos económicos.

Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal: “Las personas derechohabientes o

beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de

sus derechos;

b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de

la normativa aplicable;

c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;

de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;

d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas

en apego a la normatividad aplicable;

e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que

cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;

f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;

g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información

proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la

Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con

al menos 10 días hábiles de anticipación.

h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada

programa social.

La Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, sita en Avenida Tlaxcoaque, número 8, edificio “Juana de

Arco”, colonia Centro, Teléfono 5627-9700; es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e

incumplimiento de derechos en materiade desarrollo social.

XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES.

11.1. Evaluación. De acuerdo a lo establecido en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa

del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social

de la Ciudad de México (EVALUA CDMX), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones

Externas.

En el caso de la Evaluación Interna del programa social, ésta se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para

la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad

de México y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de

Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

La Dirección del Deporte en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas

Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, realizará la evaluación interna

del programa.

11.2. Indicadores de Gestión y de Resultados.

98 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Para la realización de la evaluación interna, se empleará información generada en campo, tal como encuestas y entrevistas,

información generada por el propio programa.

Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico; es decir, se medirán indicadores de

cumplimiento de metas asociadas a los objetivos, que permitan la evaluación del cumplimiento de los objetivos, su

desempeño e impacto en la población beneficiaria, así como el costo administrativo de su operación; además se emplearán

instrumentos complementarios de evaluación cuantitativa o cualitativa.

Lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:

Nivel de Objetivo: Fin

Objetivo: Al término del ejercicio fiscal, haber entregado apoyo económico a los beneficiarios del programa

Indicador: Reporte estadístico

Fórmula de Cálculo: Número de personas a las que no se les pudo entregar apoyo por cien entre el número total de

personas a las que se les puede ayudar con la implementación del programa

Tipo de Indicador: Cuantitativo

Unidad de Medida: Porcentaje

Medios de Verificación: Reporte de entrega de apoyos y comprobantes de entrega de apoyos

Unidad Responsable de la Medición: Subdirección de Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Propósito

Objetivo: Coadyuvar a la consecución de seguridad económica básica

Indicador: Encuestas

Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran haber conseguido seguridad económica básica por cien entre el

número de personas que recibieron el apoyo económico

Tipo de Indicador: Cuantitativo

Unidad de Medida: Porcentaje

Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Componentes

Objetivo: Apoyo económico como parte medular del programa social

Indicador: Encuestas

Fórmula de Cálculo: Número de apoyos económicos programados en el periodo, por el número de apoyos económicos que

pretende entregar el programa.

Tipo de Indicador: Eficacia

Unidad de Medida: Apoyos económicos

Medios de Verificación: Padrón de beneficiarios.

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Nivel de Objetivo: Actividades

Objetivo: Diseñar reglas de operación, Elaborar y publicar convocatoria, Establecer punto de registro de beneficiarios,

sistematizar información proporcionada, Seleccionar beneficiarios, Realizar gestiones ante la institución bancaria y Entregar

apoyos económicos

Indicador: Encuesta

Fórmula de Cálculo: Número de personas que consideran adecuado el procedimiento de implementación del programa por

cien entre el número de personas que recibieron el apoyo económico

Tipo de Indicador: Cualitativo

Unidad de Medida: Porcentaje

Medios de Verificación: Análisis estadístico sobre las opiniones vertidas por los beneficiarios

Unidad Responsable de la Medición: Jefatura de Unidad Departamental de Difusión y Fomento al Deporte.

Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo

de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los

indicadores diseñados, señalando el área o unidad responsable de realizarlo.

XII. FORMAS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 99

Con base en lo dispuesto por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la sociedad podrá participar

activamente en el programa de desarrollo social.

Podrán participar en la modalidad de información, consulta y evaluación, ya sea de manera individual o colectiva; a través

de algún órgano de representación ciudadana.

La participación se hará efectiva en cualquier momento, a petición de la persona interesada; las propuestas realizadas, serán

tomadas en cuenta por la Dirección General de Desarrollo Social, a través de la Dirección del Deporte, quien determinará la

forma en la que han de aplicarse en la implementación del programa, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en las

reglas de operación del programa de desarrollo social.

XIII. ARTICULACIÓN CON OTRAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES Y PROGRAMAS SOCIALES.

El programa de desarrollo social se articula con los diferente programas y actividades institucionales que implementa la

Dirección General de Desarrollo Social, para la atención de niñas, niños, mujeres y hombres jóvenes habitantes de

Azcapotzalco, en materia de fomento deportivo implementados en los diferentes centros deportivos con los que cuenta la

delegación Azcapotzalco, en el Ejercicio Fiscal 2018.

XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN.

La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes

Lineamientos. En este apartado se debe:

14.1. El programa Apoyo a Deportistas de Alto Rendimiento fue aprobado por el Comité de Planeación del Desarrollo de la

Ciudad de México (COPLADE) en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de febrero de 2018.

14.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los

avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,

según sea el caso, por delegación y colonia.

14.3 La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde

congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de

Egresos de la Ciudad de México.

14.4 Se proporcionará toda información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que

éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5 Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría

General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el

cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y

ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.

XV. MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS.

De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y

Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá

actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia y en el apartado de transparencia de la

página oficial de internet de la delegación Azcapotzalco, en la que también se podrá disponer de esta información:

Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto

público destinado para ello;

La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)

Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto

aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos

de acceso; i)Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de

evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de

cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)

Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o

Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados

de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la

persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado

para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

100 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

XVI. CRITERIOS PARA LA INTEGRACIÓN Y UNIFICACIÓN DEL PADRÓN UNIVERSAL DE PERSONAS

BENEFICIARIAS O DERECHOHABIENTES.

Con base en la Ley de Desarrollo para el Distrito Federal, se entiende por padrón de beneficiarios a la relación oficial de

personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social y que cumplen los requisitos de

la normatividad correspondiente, en este caso, lo establecido en las presentes Reglas de Operación. En este sentido, los

elementos con que cuenta la delegación Azcapotzalco, ejecutor del presente programa social, para la adecuada integración

de los datos respectivos al padrón de sus beneficiarios, son los siguientes:

La delegación Azcapotzalco, responsable de la ejecución del programa de desarrollo social, publicará en la Gaceta Oficial

de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de

beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que

dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de

Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo

Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo,

unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de

desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las

Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo

padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y

Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como la versión electrónica de los mismos a la

Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo

Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de

acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal

será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.

MULTIPLICADORES DE ASISTENCIA SOCIAL PARA LA SALUD.

I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.

1.1. Nombre del Programa Social.

1.1.1. Multiplicadores de asistencia social para la salud.

1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.

1.2.1. Delegación Azcapotzalco.

1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.

1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).

1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.

1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de

Enlace y Seguimiento de la DGDS.

1.3.1.3. Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de tres días

hábiles a partir del ingreso.

1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social.

1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Enlace y

Seguimiento de la DGDS

1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación

Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.

1.3.3. Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.

1.3.3.1. Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa.

1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a

los criterios establecidos.

1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 101

1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y beneficiarios y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias y

beneficiarios el mecanismo y calendario de ministraciones mensuales (apoyos).

1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.

1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.

1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación, de acuerdo a lo establecido en los numerales 11, 12 y

13 del apartado 6.1 de las presentes reglas.

1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de

Desarrollo Social.

1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y

control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales.

1.3.3.10. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos.

1.3.4. La Dirección General de Administración.

1.3.4.1 Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa.

Los formatos y trámites a realizar para el Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud son gratuitos.

II. Alineación programática.

2.1. El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas

de Acción del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.

EJE ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Eje 1. Equidad

e Inclusión

Social, para el

desarrollo

Humano.

2. Salud 1. Reducir la

incidencia de

enfermedades

crónico-

degenerativas.

1. Mejorar la calidad de

los servicios de salud

para la atención de las

enfermedades crónico-

degenerativas.

1. Fortalecer las acciones

anticipatorias,

promocionales,

preventivas y

restaurativas de los

programas de

prevención, detección y

atención de

enfermedades crónico-

degenerativas dirigidos a

las personas, las familias

y las comunidades.

2. Promover y acordar

con organizaciones

comunitarias y de la

sociedad civil una

estrategia para el

ejercicio de la

corresponsabilidad en

acciones anticipatorias,

promocionales y

preventivas.

Se alinea con el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de

México 2015-2018.

EJE ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Eje 2. Salud

integral a niñas

y mujeres.

Salud Promover una vida

saludable a lo largo

del ciclo de vida de

las mujeres, a través

de considerar los

riesgos de salud que

enfrentan, promover

acciones de

Favorecer el desarrollo

de las mujeres, así como

impulsar la

incorporación de la

perspectiva de género en

los planteamientos de los

servicios de salud.

- Favorecer la salud

física de mujeres y

niñas.- Promover y

coadyuvar en el

conocimiento y uso de

los derechos sexuales y

reproductivos.

102 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

prevención y

atención de

enfermedades de

mayor incidencia y

fortaleciendo el

acceso a sus

derechos sexuales y

reproductivos.

También se alinea con el Programa para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México 2016-2018.

EJE ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Eje 5. Medidas

de inclusión en

la Ciudad de

México

No discriminación 5. Llevar a cabo

medidas de

inclusión para las y

los habitantes de la

Ciudad de México

con la finalidad de

transitar a la

eliminación de

obstáculos,

mecanismos o

desventajas para las

personas que se

encuentran en

situación de

discriminación

Contar con al menos 500

personas informadas en

materia de no

discriminación.

5.9. Llevar a cabo

procesos informativos en

materia de no

discriminación con

población en general, a

través de promotores/as

ciudadanos/as.

Se alinea con el Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México en los siguientes rubros:

EJE ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META LÍNEAS DE ACCIÓN

Capítulo 7.

Derecho a la

Alimentación.

Alimentación 7.4. Fomentar una

cultura de estilos de

vida saludable,

actividad física y

alimentación

adecuada

117. Fortalecer una

cultura de la

alimentación adecuada

mediante la difusión

masiva, que incluya los

beneficios de la

alimentación tradicional

mexicana.

117.1. Campañas

mediante dípticos, folletos

y anuncios sobre una

cultura de alimentación

adecuada, que incluya los

beneficios de la

alimentación tradicional

mexicana.

En relación al Programa de Gobierno de la Delegación Azcapotzalco, éste contempla, en su punto 40. Impulsar la

prevención de la salud. Desarrollar brigadas de salud en vecindades y colonias, educadoras para la salud en zonas

marginadas y campañas de salud, fomentar hábitos y alimentación sana desde la niñez.

El Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud se apega con el Programa Delegacional Azcapotzalco

publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 70 tomo I publicado el 12 de mayo de 2016.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 103

Eje Objetivo

General

Objetivos Específicos Metas Líneas de acción

40.

Impulsar la

prevención

de la salud.

Fomentar el

cuidado de la

salud en la

población

Desarrollar brigadas de

salud en vecindades y

colonias, educadoras para la

salud en zonas marginadas

y campañas de salud,

fomentar hábitos y

alimentación sana desde la

niñez.

Coadyuvar en el

desarrollo comunitario y

la reintegración del

tejido social en la

Delegación a partir de

la prevención en salud.

Formar talleres y

capacitaciones en materia

de salud en las colonias,

pueblos, barrios y unidades

habitacionales de la

demarcación.

Asimismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:

ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN

Salud y Alimentación 2. Lograr el ejercicio pleno

y universal del derecho a la

salud.

3. ampliar la cobertura de la

atención a la salud de

calidad.

Asegurar a las personas el

derecho a la protección de

su salud,

independientemente de su

situación económica y/o

laboral.

III. Diagnóstico.

III.I. Antecedentes.

3.1. Inicio del programa y características. Este programa inició en Marzo de 2017 con 50 multiplicadores de asistencia

social para la salud, quienes replicaron talleres con temas de alimentación, economía solidaria, herbolaria, prevención de la

salud, coescucha, etc., se realizaron talleres en colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco con la intención de beneficiar a

la mayor población posible en materia de salud.

3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.

Este año 2018 el programa ampliará sus metas a 47 beneficiarias y beneficiarios.

III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.

3.3 Problema social que se atiende. La salud y la enfermedad son el resultado de una compleja interacción que involucra

condiciones geográficas, culturales, políticas y económicas que caracterizan a cada sociedad, de tal manera que la

promoción de la salud y la prevención de enfermedades requieren del trabajo conjunto del sector público, social y privado,

ya que muchos de los factores que determinan la salud de la población se encuentran fuera del sector salud, por lo que no

dependen directamente del mismo.

Por lo anterior, es necesario fortalecer la vinculación con todos los sectores cuyas actividades influyen de manera directa en

las condiciones de salud, y con quienes inciden en las condiciones de la vivienda, las escuelas, los sitios de trabajo, los

municipios y las ciudades para lograr que estos entornos favorezcan las prácticas saludables de las personas y las familias.

3.4. Causas centrales del problema social.

De acuerdo a la OCDE, México tiene la esperanza de vida más baja en relación a los otros países de esta Organización.

Mientras que la esperanza de vida se incrementó en promedio tres años entre el 2000 y el 2012 en otros países (de 77.1 años

a 80.2 años), la esperanza de vida en México se incrementó solamente un año durante el mismo periodo (de 73.3 a 74.4

años). Por lo tanto, la brecha de longevidad entre México y otros países miembros de la OCDE se ha ampliado de

aproximadamente cuatro a cerca de seis años.

De acuerdo a esta Organización, el lento progreso en la esperanza de vida en México se debe a los dañinos comportamientos

relacionados con la salud, incluyendo la poca prevención, malos hábitos de nutrición y las muy altas tasas de obesidad,

como también, al incremento en las tasas de mortalidad debido a la diabetes y a la no reducción en la mortalidad por

enfermedades cardiovasculares, la falta de cultura de prevención y autocuidado, así como a las persistentes barreras en el

acceso de cuidado de alta calidad.

104 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

En la Ciudad de México, la mayor parte de la población se encuentra entre los 20 y 44 años de edad, mientras que, a nivel

nacional, el grueso de la población se concentra en las edades de la niñez, adolescencia y juventud, de los cuales 49% son

mujeres. La esperanza de vida para las mujeres es de 78.4 años promedio mientras que para los hombres es de 73.6 años. El

acceso a servicios médicos e Instituciones de asistencia médica en el DF según cifras del INEGI (2010) es el siguiente:

Tabla. Población por sexo afiliada o no afiliada a servicios de salud pública.

POBLACIÓN TOTAL SIN AFILIACIÓN CON AFILIACIÓN NO ESPECIFICADO

Hombres 4´161,618 1´187,321 (28.5%) 2´972,806 (71.4%)

1,491

Mujeres 4´729,751 1´124,991 (23.8%) 3´604,760 (76.2%) 0

Estos datos muestran que muchas mujeres y hombres no cuentan con acceso a la salud, lo que representa un problema para

la ciudad. Principalmente para las mujeres en la ciudad de México, la falta de empleo, el no poder afiliarse a alguna

institución de salud, salario mal remunerado tan solo por ser mujeres, la violencia laboral y de género que existe, repercuten

en el acceso de estas a una salud y vida digna.

Las problemáticas anteriores tienen efectos negativos en el desarrollo integral de las mujeres; en un sentido económico, se

ven más vulneradas por un salario desigual o falta de empleo, impidiendo que estas mujeres tengan acceso a otros derechos

como el de una alimentación adecuada, a la cultura, etc. En la Ciudad de México han aumentado los hogares con jefas de

familia, quienes al ser discriminadas por cuestiones de género, se ven vulneradas. Estas mujeres son las encargadas de la

salud de la familia, y al no poder cubrirla, toda la familia se ve vulnerada.

3.5 Efectos centrales del problema social. La falta de prevención y atención en la salud de la población en México, deriva

en problemas de salud, tales como la diabetes y enfermedades cardiovasculares, así como en costos de salud más elevados

en el futuro. Por poner un ejemplo, en México, la tasa de obesidad en la población adulta, basada en medidas reales de talla

y peso, fue de un 32.4% en el 2012 (en comparación con una tasa de 24.2% en el 2000), la cual representa la segunda tasa

más alta de los países de la OCDE, después de los Estados Unidos (35.3% en 2012).

Por otro lado, según datos del INEGI y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las principales enfermedades en

México son las siguientes: enfermedades del corazón, diabetes, cáncer, enfermedades cerebrovasculares, enfermedades del

hígado, enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfermedades del riñón y obesidad, cuyo común denominador, es que

pueden ser prevenidas mediante el ejercicio de una vida saludable y la cultura del autocuidado.

Así, la manera en que este programa social busca contribuir a la resolución del problema identificado, es reconociendo,

después de muchos años de poca atención hacia la medicina tradicional o alternativa y sus recursos naturales, la importancia

de generar, especialmente en el ámbito de la medicina preventiva y la cultura del autocuidado, herramientas en la población

que permitan visibilizar la riqueza de las plantas medicinales del país que, desde hace unos años de investigación, han

dejado de ser vistas como un folclore, y ahora son vistas como una relevante actividad científica, ya que son una alternativa

viable en el desarrollo de nuevas técnicas terapéuticas, incluso en los países de primer mundo, quienes invierten grandes

cantidades de dinero en la investigación farmacológica de plantas medicinales. Prueba de ello es que en 1990, la

Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoció la importancia de este recurso terapéutico y generó un programa de

reconocimiento y promoción de la medicina herbolaria, promoviendo una serie de recomendaciones para la regularización

de medicamentos herbolarios. A su vez, la Secretaría de Salud en México, reconoce que muchas de las plantas medicinales

ampliamente conocidas por la población, están siendo utilizadas por fitofármacos y que esta práctica cada día tiene mayor

relevancia, por lo que ha constituido el marco para la regulación de estos productos (medicamentos herbolarios).

3.6 Derechos vulnerados. El problema social identificado impide el acceso al derecho a la salud de miles de personas que

no cuentan con seguro, con un empleo o fuentes de ingreso que les permita tener una calidad de vida al mantener su salud.

3.7. Pertinencia: El programa “El médico en tu casa” que realiza la SEDESO de la CDMX y cuyos objetivos son localizar

e identificar a personas que por su condición de salud no pueden trasladarse a la unidad médica para su atención en las 16

delegaciones de la CDMX, es un programa que ha tenido éxito debido a la demanda de salud que hay en la ciudad, miles de

mujeres, sobre todo adultas mayores, se han visto beneficiadas; este programa ha tenido tal impacto que diversas

universidades han buscado colaborar e investigar el impacto del mismo, como lo muestra una publicación electrónica del

periódico Excélsior del 28 de octubre del 2017 visitada en la página:

http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2017/10/28/1197740.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 105

3.8. Línea de base. Dentro de las 91 Unidades Territoriales y 111 unidades territoriales de Azcapotzalco, existen 400,161

habitantes, de los cuales 12,845 son derechohabientes de servicios de salud en PEMEX, SEDENA y/o SEMAR, 36,345 de

Seguro Popular y 301,040 de otros servicios de salud, lo que deja a 49,931 personas sin seguridad en salud, lo que

representa casi un 20% de la población de la demarcación. (INEGI, 2010-2015). Aunado a lo anterior, de acuerdo a las

estadísticas sobre la salud de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) 2014, la esperanza

de vida en México es la que ha incrementado más lentamente en los últimos diez años, en comparación con cualquier otro

país de esta Organización, lo cual se relaciona con una pobre cultura de la prevención y el autocuidado. Esto, ha impactado

a su vez, en la economía familiar por aumentos significativos en el gasto en salud, particularmente en el sector hospitalario

(2012, OCDE).

El Instituto Nacional de Geriatría en su Propuesta para un Plan de Acción en Envejecimiento y Salud 2013, basado en una

encuesta de percepción, reporta que más de la mitad de los adultos mayores de 60 años conserva su salud y no tiene

discapacidad alguna, el 20% se encuentra en alguna condición de fragilidad, y uno de cada 5 cursa con discapacidad por lo

que son totalmente dependientes, es decir, necesitan un cuidador de tiempo completo. Así mismo hasta el 27% no acude a

buscar atención formal por cuestiones económicas. Con respecto a los servicios de salud, 1 de cada 6 no tiene

aseguramiento, la mitad acude al sector privado y 1 de cada 5 se atiende en farmacias.

La misma fuente señala que los hogares con adultos mayores consumen hasta 50% o más de los recursos en salud. Así

mismo del total de la población que estuvo hospitalizada en 2012, la mitad correspondía a personas adultas mayores. Por

último la ENSANUT 2012 reportó las principales causas de alteración funcional de éste grupo, integrándolas en tres rubros:

En el primer grupo destacan las enfermedades crónicas como Diabetes Mellitus, eventos Cerebro Vasculares, Cardiopatías e

Hipertensión Arterial; en el segundo se identifican los Síndromes Geriátricos, como Caídas, Anorexia/Sarcopenia,

Trastornos Neurosensoriales, Polimedicación, Dependencia y Depresión, y el último grupo está integrado por las

Pluripatologías.

III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.

3.9. Población Potencial. 49,931 personas sin seguridad en salud. de acuerdo al Banco de Datos de INEGI 2010-2015.

3.10. Población Objetivo. 500 habitantes de la demarcación.

3.11. Población Beneficiaria. 39 promotoras y promotores de salud y 8 coordinadoras y coordinadores.

3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de

México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención

prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan

discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y

libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,

las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,

personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión

de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de

asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.

IV. Objetivos y Alcances.

IV.I. Objetivo General:

4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.

4.2. La población a la que va dirigido el programa. Habitantes mayores de edad que deseen promover la salud alternativa

y la cultura del autocuidado y así, insertarse en el mercado laboral, mediante el trabajo en su comunidad y/o brindando

capacitación a otros multiplicadores para la adquisición de conocimientos y habilidades en el uso de plantas medicinales, en

ambos casos con una beca de la Delegación, por medio de Talleres de Salud y Naturaleza.

4.3. Objetivo. Contribuir a recuperar tradiciones curativas, armonizar la sabiduría con la ciencia, recuperar la memoria

ancestral y las tradiciones en el uso de la herbolaria, elevar la calidad de vida y capacitar promotoras y promotores de la

salud popular y el auto cuidado, brindándoles herramientas para el trabajo, el auto conocimiento y la promoción de la

cultura y tradición de la herbolaria.

IV.2. Objetivos Específicos.

4.4. Acciones:

- Brindar servicios con calidad y calidez que permitan a mujeres y hombres conocer las tradiciones herbolarias.

- Fomentar en la población la cultura del auto cuidado.

106 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

- Coadyuvar con acciones afirmativas que permitan a la comunidad a empoderarse, auto conocerse, auto cuidarse y

contar con herramientas para el auto empleo.

4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.

La Delegación Azcapotzalco, por medio del Programa Talleres de Salud y Naturaleza, busca promover y garantizar el

derecho a un nivel de vida adecuado, el desarrollo humano, el ejercicio pleno de derechos, promover la cultura de la

prevención en salud y autocuidado, mediante procesos de participación social que reintegren a la comunidad en la

demarcación, eliminando prácticas discriminatorias.

IV.3. Alcances

4.6. Este programa busca promover y garantizar el derecho a un nivel de vida adecuado, el desarrollo humano, el ejercicio

pleno de derechos, promover la cultura de la prevención en salud y autocuidado.

4.7. Se pretende que, mediante una beca mensual y el fomento a la generación del autoempleo, se promueva la cultura de la

prevención y el autocuidado en la salud de la población de Azcapotzalco, mediante cursos y talleres dirigidos a la población

en general, sin ninguna distinción.

V. Metas Físicas.

5.1. Meta de cobertura. 500 hombres y mujeres que residan en la demarcación de Azcapotzalco.

5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el

presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a las personas que hayan participado en el programa

social de multiplicadores de asistencia social para la salud 2017, o que hayan tomado los talleres de salud y naturaleza

implementados por dicho programa.

5.3. Metas físicas. El Programa otorgará hasta 47 apoyos mensuales, un monto de $2,100.00 (dos mil cien pesos 00/100

M.N) para 39 promotoras y promotores de salud; y un monto mensual de $4,200.00 (cuatro mil doscientos pesos 00/100

M.N) para 8 coordinadoras y coordinadores. El apoyo se dará en ocho exhibiciones, a través de una tarjeta electrónica,

cheque a favor del beneficiario, efectivo o dispersión automática de pago, beneficiando a 47 habitantes de Azcapotzalco,

que sean mayores de edad y que deseen promover la salud alternativa y la cultura del autocuidado.

Se realizarán al menos 30 talleres en diferentes espacios de la demarcación de Azcapotzalco.

5.4. Resultados cualitativos esperados. Se pretende beneficiar a 47 hombres y mujeres de la demarcación con una beca

mensual, además de beneficiar a la población en general al realizar talleres de salud y naturaleza en las unidades

habitacionales, colonias, pueblos y barrios de Azcapotzalco

Se pretende realizar actividades en al menos 30 colonias.

V.I. Programación Presupuestal

6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la

administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia.

Total de beneficiarias Monto unitario anual Frecuencia de

Ministración

Presupuesto Total Anual

39 Promotoras y

promotores

$16,800.00 (Dieciséis

mil ochocientos pesos

00/100 M.N.)

Ocho exhibiciones

mensuales de $2,100.00

(Dos mil cien pesos

00/100 M.N.)

$655,200.00 (Seiscientos

cincuenta y cinco mil

doscientos pesos 00/100

M.N.)

8 Coordinadoras y

coordinadores

$33,600.00 (treinta y tres

mil seiscientos pesos

00/100 MN)

Ocho exhibiciones

mensuales de $4,200.00

(Cuatro mil doscientos

pesos 00/100 MN)

$268,800.00 (Doscientos

sesenta y ocho mil

ochocientos pesos 00/100

MN)

Total 47

Total $924,000.00

(Novecientos veinticuatro

mil pesos 00/100 M.N.)

Calendario del apoyo económico por mes. El apoyo se entregara a los beneficiarios y beneficiarias, mediante pago en

efectivo o por medio de una transferencia electrónica

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 107

MES MONTO

MARZO $115,000.00

ABRIL $115,000.00

MAYO $115,000.00

JUNIO $115,000.00

JULIO $115,000.00

AGOSTO $115,000.00

SEPTIEMBRE $115,000.00

OCTUBRE $115,000.00

TOTAL $924,000.00

VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso

VII.1. Difusión

7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer a la población que cuenta

con este Programa Social, y en su caso, los cambios realizados a éste, se hará a través de los siguientes medios:

- A través de la publicación de las reglas de operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México durante 2018.

- Por medio de las redes sociales oficiales de la Delegación Azcapotzalco

- Por medios impresos y/o electrónicos para el conocimiento de la población de la Delegación Azcapotzalco, en el sitio web

www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.

7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha

afluencia, así como el periódico mensual de la Delegación (Hormiguero).

7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la Subdirección de Enlace y

Seguimiento de la DGDS 5354 9994 ext. 1353 y 1355 de 9:00 a 14:00 hrs y al 5561 8431

VII.2. Requisitos de Acceso.

7.4. Requisitos.

Las y los solicitantes, deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Residir en la Delegación Azcapotzalco.

b) Ser mayor de edad.

c) No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.

d) No ser trabajador activo de la delegación Azcapotzalco.

e) No ser beneficiarios en algún otro programa social ni tener familiares directos, que sean beneficiarios en otro Programa

Social en 2018.

e) Haber cursado el taller propedéutico cubriendo el 80% de asistencia.

f) Haber participado en el programa Multiplicadores de asistencia Social para la Salud 2017.

7.5. Documentación y tiempos. Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se

hará a petición de los ciudadanos por escrito, donde se registre el nombre completo de las y los solicitantes, el domicilio, un

número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar. El escrito

deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y

Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n,

Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00hrs.

Las y los solicitantes deberán de presentar una copia y el original (únicamente para cotejo) de los siguientes documentos:

a) Copia de identificación oficial con fotografía vigente (INE, cartilla militar, pasaporte o cédula Profesional).

b) Copia del CURP.

108 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

c) Copia de comprobante de domicilio vigente no mayor a tres meses de antigüedad (Boleta predial, agua o teléfono).

d) Llenar formato de registro del Programa.

e) Llenar carta compromiso de servicio a la comunidad, mientras permanezcan en el Programa.

Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se

regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia, Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales

y Rendición de cuentas de la Ciudad de México.

De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo

material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán

impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,

electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la

Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo

caso, se emitirán lineamientos específicos.

VII.3. Procedimientos de Acceso

7.7. Forma de acceder al programa social.

La solicitud de acceso se hará a petición de las personas interesadas por escrito, donde se registre el nombre completo del o

la solicitante, el domicilio, un número telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que

desea participar, anexando copia de comprobante de domicilio vigente (agua, teléfono, boleta predial). El escrito deberá ser

dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención

Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia

Azcapotzalco, Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00 horas.

Para solicitar información de este programa pueden llamar la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, a los tels.

5354 9994 ext. 1353 y1355 y al 5561 8431, en un horario de 9:00 a 14 horas, para recibir asesoría.

7.8. Procedimientos de acceso.

Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página electrónica de la Delegación, misma que

estará abierta para la población en general.

Una vez que sea autorizado el programa, las y los interesados deberán solicitar por propia cuenta su inclusión al mismo en

las oficinas de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del

edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, de lunes a viernes en un horario

de 9:00 a 19:00 horas.

Se dará prioridad a aquellas personas que habiten en colonias de medio, bajo y muy bajo índice de desarrollo social de la

Delegación, de acuerdo al comprobante de domicilio presentado y de acuerdo a lo establecido por Evalúa de la Ciudad de

México, hasta completar 47 beneficiarias y/o beneficiarios.

El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:

a) Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso

mencionada en el apartado 5.2 de las presentes Reglas. El CESAC remitirá las solicitudes a la Dirección General de

Desarrollo Social, quien a su vez las remitirá a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS..

b) Una vez ingresada, personal de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS se comunicará con la persona al

teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal registrado, donde se le programará una cita para la

entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5. de este documento.

c) Una vez programada la cita, las y los solicitantes deberán presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la

DGDS ubicado en Castilla Oriente s/n col. Azcapotzlco Centro para la entrega de la documentación, el cotejo

correspondiente y la requisición del formato de registro.

d) El horario para el registro será de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00 horas de lunes a viernes

e) El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, hasta agotar el número de beneficiarias y beneficiarios.

En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad a los siguientes casos y en ese

orden:

- Se dará preferencia a las personas que hayan participado en el programa social de multiplicadores de asistencia social para

la salud 2017, o que hayan tomado los talleres de salud y naturaleza implementados por dicho programa en 2017.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 109

- De acuerdo a la fecha de registro.

7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos

documentos, además de estar publicados en la Gaceta Oficial vigente de la Ciudad de México, estarán pegados a la vista en

las oficinas de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y en la página de la Delegación Azcapotzalco:

www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.

7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se

tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni re victimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las

personas que solicitan acceso al programa.

7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;

señalando las unidades administrativas responsables. Una vez ingresada la solicitud, se seleccionará a las y los candidatos para ingresar al programa, conforme a lo establecido en

los numerales 7.4 y 7.5 de las presentes reglas de operación. El personal de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la

DGDS se comunicará con las y los seleccionados al teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal

registrado, donde se le programará una cita para la entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5 de este

documento.

Una vez programada la cita, las y los solicitantes deberán presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la

DGDS ubicado en Castilla Oriente s/n col. Azcapotzalco Centro, para la entrega de la documentación, el cotejo

correspondiente y la requisición del formato de registro.

El período de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México, y hasta cubrir la meta física.

En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad de acuerdo a la fecha de registro.

Las demás solicitudes integrarán la lista de espera.

Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección Enlace y Seguimiento de la DGDS al 5354

9994 ext. 1355 y 1353 y al 5561 8431 La lista de las personas beneficiadas con el Programa, se publicará en la página

electrónica de la Delegación Azcapotzalco, así como en listados expuestos en el CESAC.

La Delegación Azcapotzalco, por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, entregará a las personas

beneficiarias una carta de aceptación a los participantes del Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud.

Las personas beneficiarias formarán parte de un padrón que será publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social del

Distrito Federal, será de carácter público, siendo reservados los datos personales de acuerdo a la normatividad vigente.

En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

presentes Reglas de Operación.

7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de

atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los

derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,

violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos

de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas

jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección

internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,

personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y

personas de identidad indígena.

Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y

preguntar por el avance de su solicitud, a los teléfonos 5354 9994 ext. 1353 y 1355 y 5561 84 31.

7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al

programa social.

7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.15. Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas

Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo

reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para

propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de

Operación del programa social.

7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

Reglas de Operación.

VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal

110 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

7.16. Requisitos de permanencia

Asistir a los cursos, talleres o diplomados que considere pertinentes la Subdirección de Servicios Sociales para

mejorar los conocimientos de las y los beneficiarios.

Realizar las actividades mensuales solicitadas por la Subdirección de Servicios Sociales.

Las personas beneficiarias deberán entregar informes de atención o promoción establecidos de manera mensual, sin

excepción y bajo protesta de decir verdad, por ellas y por las personas beneficiadas en la promoción de la salud

alternativa o por la capacitación brindada en talleres o en jornadas comunitarias. En ambos casos, deberá integrarse

preferentemente evidencia fotográfica en formato digital.

Causas de Baja:

- Falta de interés de las y los solicitantes que se podrá manifestar de diversas formas como:

- No presentar documentación que acredite la totalidad de los requisitos en la fecha designada o proporcionar datos falsos o

documentación apócrifa.

- No presentarse en la fecha y hora indicadas para la entrega de la documentación.

- No presentarse en el periodo establecido para la firma de la carta compromiso y la recepción de la carta de aceptación al

programa, en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la publicación del padrón de beneficiarias/os.

- En caso de que no pueda localizarse en más de tres ocasiones a la persona beneficiaria vía telefónica o por medio de correo

electrónico, durante el desarrollo del programa.

- No prestar el servicio o capacitar a habitantes de su comunidad a solicitud de la Delegación o las y los habitantes de la

demarcación, mediante el formato establecido.

- No acudir en tiempo y forma a obtener el apoyo en un periodo de 10 días hábiles posteriores a la fecha de entrega y

asignación.

- Que su domicilio esté fuera del perímetro Delegacional.

- Por defunción de la persona beneficiaria.

- Negarse a prestar el servicio en su comunidad o a capacitara otras personas de su comunidad o de la Delegación.

- No entregar el informe mensual.

- No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos y la no discriminación.

- Solicitar, durante el ejercicio del programa y dentro de las actividades realizadas en el mismo, remuneración adicional a la

población beneficiada, por la prestación del servicio o por la capacitación brindada.

En caso de baja de una persona beneficiaria, se repetirá el proceso de selección con las y los solicitantes en lista de espera

para cubrir el padrón.

No existe la suspensión temporal en ningún caso.

La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, deberá notificar de los casos anteriores a la Dirección General de

Desarrollo Social.

7.17. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.

De la permanencia. Las y los beneficiarios permanecerán en el programa al realizar las actividades estipuladas en el

apartado 7.16 de las presentes reglas. La documentación requerida será entregada a la Subdirección de Enlace y

Seguimiento de la DGDS, para su revisión y archivo.

De la baja: Se dará de baja a quien no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado 7.16 de las presentes reglas. Al

ser causal de baja se le notificará por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, quien realizará los

trámites correspondientes para dar de baja del padrón a quien no cumpla con lo establecido en el apartado 7.16.

De la suspensión temporal. No aplica.

VIII. Procedimientos de Instrumentación

VIII.1. Operación

8.1. Actividades, acciones y gestiones.

Durante la convocatoria, las personas interesadas ingresarán en el CESAC, sita en planta baja del edificio Delegacional, la

solicitud de incorporación al Programa Social Multiplicadores de asistencia social para la salud, llevando una copia de dicha

solicitud para que se le acuse de recibido.

El CESAC asignará un folio a la solicitud quedándose con un original devolviendo el otro a las y los interesados como

acuse.

El CESAC hará de conocimiento los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social, remitiendo las

solicitudes a la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 111

Una vez recibida la solicitud en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y analizada la información primaria

en relación al domicilio de la persona solicitante, ésta será convocada con cita a presentar su documentación, en la

Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, ubicada en Castilla s/n col. Azcapotzalco Centro 3er piso en la fecha y

hora programados.

La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS corroborará que las y los interesados cumplan con los requisitos y

documentos solicitados.

La Dirección General de Desarrollo Social supervisará la adecuada integración del expediente y valoración de cada caso.

Todas las personas solicitantes, sin excepción alguna, deberán acudir el día y hora asignados, ante la Subdirección de Enlace

y Seguimiento de la DGDS, con toda la documentación requerida, en original y copia (para cotejo), para la requisición del

formato de registro; en caso de faltar algún documento (cualquiera que sea este) se le informará a las y los interesados que

no cumple con los requisitos y se cancelará la solicitud.

En caso de que las y los interesados no se presenten en las oficinas de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS

en la fecha y horario asignados, se le concederá 20 minutos de tolerancia y de no presentarse dentro de este tiempo su

trámite será cancelado.

Una vez que el expediente se encuentre totalmente integrado con los documentos de las y los solicitantes, se entregará una

ficha de conclusión de trámite, la cual contendrá la siguiente información: “Se le informa que su trámite ha sido totalmente

concluido, esto no significa que sea usted beneficiaria(o), ya que su expediente quedará sujeto a revisión y validación,

debido a lo anterior le pedimos consultar el sitio web de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx), para conocer los

resultados y, en caso de resultar beneficiada, acudir dentro de los siguientes tres días hábiles a las oficinas de la

Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS para la firma de la carta compromiso como beneficiaria(o) del Programa

Multiplicadores de asistencia social para la salud de la Delegación Azcapotzalco. Es importante mencionar que de no acudir

personalmente en las fechas indicadas, su trámite quedará cancelado por falta de interés”.

La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS elaborará la propuesta del padrón de personas beneficiarias, la lista

de espera y casos desfavorables, la cual se presentará a la Dirección General de Desarrollo Social para su validación,

aprobación y publicación correspondiente, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México.

El padrón de personas beneficiarias se integrará por 47 solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable, bajo el criterio de

incorporar a los casos más vulnerables. Una vez integrado el padrón de personas beneficiarias, después de habérsele

notificado debidamente a cada una(o) de las beneficiarias(os) el resultado, se cancelará y dará de baja del mismo, a toda

aquella que no preste el servicio en su comunidad a solicitud de la Delegación o las y los habitantes de la demarcación y/o

brinde capacitación a otras personas y entregue los reportes correspondientes.

La lista de espera se integrará por las personas solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable pero que excedan el

padrón de 47 beneficiarias y beneficiarios que establece el programa. Por falta de presupuesto ya no pueden ser

beneficiarias del Programa, esto bajo el criterio de incorporar a los casos de acuerdo a la fecha de solicitud.

Las personas solicitantes que se encuentren en lista de espera podrán ingresar al padrón de personas beneficiarias cuando,

por alguna razón una o uno de los beneficiarios se haya cancelado y dado de baja del mismo; esto se hará dando prioridad a

las de mayor vulnerabilidad, de acuerdo a lo establecido en el apartado de las presentes reglas.

Los casos desfavorables serán todas las bajas, por cualquiera de los motivos expuestos en las presentes reglas.

Las personas en lista de espera que deseen conocer el estado de su trámite deberá acudir a la Subdirección de Enlace y

Seguimiento de la DGDS para solicitar dicha información, o llamar al teléfono 5354-9994 ext. 1353, 1355 y al 5561 8431.

Será una obligación de las personas beneficiarias brindar el servicio en su comunidad (prioritariamente en escuelas públicas,

centros comunitarios, en domicilios ubicados en zonas de bajos recursos, etc.) solicitados por las y los habitantes vía

CESAC o a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, así como entregar los reportes de seguimiento.

Las personas beneficiarias podrán también replicar su conocimiento, capacitando a otras personas en salud alternativa,

reportando en todos los casos, sin excepción alguna, el número de personas capacitadas, por medio del formato establecido,

para control de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS.

Las personas beneficiarias deberán entregar en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, para la recepción de

las ministraciones mensuales, los reportes de actividades.

Las personas beneficiarias percibirán una beca mensual por el servicio brindado y capacitaciones realizadas, por lo que no

solicitarán remuneración alguna a la comunidad. En caso de transgredir lo establecido en este punto, será causal de baja

definitiva.

La Dirección General de Desarrollo Social verificará y dará seguimiento de las responsabilidades de la Subdirección de

Enlace y Seguimiento de la DGDS, consistentes en:

Dar seguimiento a los avances y el grado de satisfacción de las personas beneficiarias (información que se obtendrá

mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de personas beneficiarias, así como una encuesta de

satisfacción integrada en el vale de servicio que responderá la comunidad al momento de que la persona beneficiaria

capacite o promueva la salud alternativa.)

112 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Una vez que la Dirección de Administración defina el mecanismo por el que se entregarán las ministraciones mensuales,

informar a las personas beneficiarias de dicho mecanismo y, en su caso, solicitarles presentar en los plazos, horarios y

lugares establecidos por la Dirección de Administración, la documentación adicional que se requiera.

Notificar a las personas beneficiarias el calendario de entrega de ministraciones mensuales.

La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS informará, de acuerdo los resultados, el estado de los avances y el

grado de satisfacción (información que se obtendrá mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de

personas beneficiarias, así como una encuesta de satisfacción integrada en el vale de servicio que responderá la comunidad

al momento de que la persona beneficiaria capacite o brinde el servicio), a la Dirección General de Desarrollo Social los

resultados del Programa.

La Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS podrá realizar visitas domiciliarias de seguimiento a los casos que

considere pertinentes.

En caso de considerarlo pertinente, la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, podrá convocar a las personas

beneficiarias para pláticas, cursos y talleres de desarrollo humano y crecimiento personal, prevención de violencia contra la

mujer, derechos humanos o autoempleo, siendo obligación de las personas beneficiarias asistir a estos cuando sean

convocadas o en caso de inasistencia, justificar de manera documental la causa.

8.2. Unidades administrativas responsables.

1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):

a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.

b) Informar de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social.

c) Remitir las solicitudes ingresadas a la Dirección general de desarrollo social, con una relación de los folios por fecha de

recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso de la solicitud.

2. Dirección General de Desarrollo Social.

a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de

la DGDS

b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el sitio web de la Delegación

Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.

3. Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS:

a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a los solicitantes seleccionados.

b) Recabar la documentación e información pertinente de los solicitantes.

c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo

Social del mismo.

d) Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares.

8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional

generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México y artículo 60 de su Reglamento,

todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos,

deben llevar impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos,

electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la

Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

8.5. Los formatos y los trámites a realizar son gratuitos.

8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e

información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de

género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,

relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para

mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, LDSDF).

8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin

embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos

electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el

principio de equidad en la contienda electoral.

8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con

fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su

vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 113

VIII.2. Supervisión y Control

8.9. Se realizará a través de la base de datos de las personas beneficiarias, la entrega de reportes de actividades por parte de

las y los multiplicadores de salud alternativa.

Así mismo, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de personas beneficiarias.

8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Enlace y Seguimiento

de la DGDS.

IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana

9.1. La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención

Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00

horas y de 15:00 a 19:00 horas, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1355 o

directamente en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS, cita en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco,

Centro, 53549994 ext. 1355, 1353 y 5561 8431 Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:

- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de las y los solicitantes que presentan la

queja.

- Motivo de la queja.

- Descripción precisa del hecho que motivo la queja.

La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por

escrito o por correo electrónico.

9.2. En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,

sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán

presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.

Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de

México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General de la Ciudad de México.

En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS deberá emitir respuesta a la

queja presentada, si cumple con los requisitos establecidos.

9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas

beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas

sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México

o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la

Contraloría General de la Ciudad de México.

9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas

en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada

conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir para

Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.

9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica

INETEL (01800 433 2000).

X. Mecanismos de Exigibilidad

10.1. La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS

garantizará la difusión y distribución de las presentes reglas de operación, así como el resguardo y la publicación del padrón

de beneficiarios.

10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de

este programa, la ciudadana deberá presentarse en la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS con domicilio en

Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1353- 1355 y 5561 8431, la cual investigará, atenderá,

analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo no mayor a 30 días

hábiles.

10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:

a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho

(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.

b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de

manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.

114 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas

exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”

10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá señalar de manera textual

que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y

obligaciones:

a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de

sus derechos;

b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de

la normativa aplicable;

c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;

de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;

d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas

en apego a la normatividad aplicable;

e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que

cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;

f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;

g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información

proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la

Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con

al menos 10 días hábiles de anticipación.

h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada

programa social.

10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de

violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.

XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores

XI.1. Evaluación 11.1. Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del

programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del

Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.

11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los

Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los

resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el

Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Enlace y seguimiento de la DGDS , mediante

los indicadores establecidos en el presente programa y los resultados serán publicados y entregados a las instancias que

establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social de la Ciudad de México.

11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios, mediante

la aplicación de encuestas a las 47 personas del padrón de beneficiarias y beneficiarios.

XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico.

11.6. Programa Multiplicadores de asistencia social para la salud.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 115

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09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 117

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118 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

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11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al

Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,

señalando el área o unidad responsable de realizarlo.

XII. Formas de Participación Social

12.1. Formas de participación

12.2. Modalidad de participación

Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad

Multiplicadores de

asistencia social para la

salud

Ejecución del programa Realizar talleres Beneficiaros del programa

Población en general Ejecución del programa Recibir los talleres de las y

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Beneficiarios del programa

XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales Las presentes Regla de Operación serán aplicables durante la vigencia del programa Multiplicadores de Asistencia Social

para la Salud, mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Durante el ejercicio fiscal 2018 y

hasta octubre de 2018.

13.1. El programa Multiplicadores de asistencia social para la salud forma parte de la política social de la Delegación

Azcapotzalco que implementa a través de la Subdirección de Enlace y Seguimiento de la DGDS y no se articula con otros

programas.

XIV. Mecanismos de Fiscalización

La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes

Lineamientos. En este apartado se debe:

14.1. El programa Multiplicadores de asistencia social para la salud fue aprobado por el Comité de Planeación del

Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE) Primera Sesión Extraordinaria de fecha 05de marzo 2018.

14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los

avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,

según sea el caso, por delegación y colonia.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 119

14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde

congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de

Egresos de la Ciudad de México.

14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos de control interno, a fin de que

éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría

General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de

Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el

cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y

ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.

XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas

En este apartado se deberá indicar que:

15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,

Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se

difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio

de internet de la delegación Azcapotzalco en el que también se podrá disponer de esta información:

www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx.

- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto

público destinado para ello;

- La siguiente información del programa social será actualizada mensualmente: a) Área; b) Denominación del programa; c)

Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto

aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos

de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de

evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de

cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)

Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o

Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados

de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la

persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado

para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y

- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes

16.1. La Delegación Azcapotzalco, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil

de la primera quincena del mes de marzo de 2018, el padrón de beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad,

sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e

incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de

México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde,

adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el

número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo

34 de la LDSDF.

16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las

Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Delegación Azcapotzalco, entregará el respectivo

padrón de beneficiarios en medios magnético, CD e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y

Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la versión electrónica de los mismos a la

Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo

Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo

establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.

16.3. La Delegación Azcapotzalco, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda

la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas

sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la

Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México,

salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.

120 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

16.4. Se publicará en formato y bases abiertas, la actualización de los avances de la integración de los padrones de

beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Delegación Azcapotzalco, el cual deberá estar

conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial,

beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en la página:

www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx. Así como en la Plataforma Nacional de Transparencia:

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio

16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.

16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los

mismos.

APOYO ECONÓMICO A MÚSICOS SINFÓNICA DE AZCAPOTZALCO.

I. Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable.

1.1. Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.

1.2. Dependencia o Entidad Responsable del Programa.

1.2.1. Delegación Azcapotzalco (Unidad Ejecutora de gasto).

1.3. Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social.

1.3.1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC).

1.3.1.1. Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.

1.3.1.2. Informar diariamente de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social y a la Subdirección de

Cultura.

1.3.1.3. Remitir las solicitudes ingresadas con una relación de los folios por fecha de recepción, en un máximo de tres días

hábiles a partir del ingreso.

1.3.2. Dirección General de Desarrollo Social.

1.3.2.1. Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, Subdirección de Cultura.

1.3.2.2. Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el sitio web de la Delegación

Azcapotzalco, las redes sociales oficiales y medios impresos.

1.3.3. Subdirección de Cultura.

1.3.3.1 .Supervisar la correcta aplicación de las Reglas de Operación del Programa.

1.3.3.2. Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a las personas solicitantes seleccionadas, de acuerdo a

los criterios establecidos.

1.3.3.3. Recabar la documentación e información pertinente de las solicitantes.

1.3.3.4. Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes; informar a las beneficiarias el mecanismo y

calendario de ministraciones mensuales (apoyos).

1.3.3.5. Coordinar y dirigir las actividades de las personas beneficiarias del programa.

1.3.3.6. Supervisar el desarrollo del Programa.

1.3.3.7. Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación y/o los particulares, de acuerdo a lo establecido en los

numerales 11, 12 y 13 del apartado 6.1 de las presentes reglas.

1.3.3.8. Aplicar los indicadores correspondientes del programa e informar de los resultados a la Dirección General de

Desarrollo Social.

1.3.3.9. Operar las etapas de requisitos y procedimientos de acceso, el procedimiento de instrumentación, vigilancia y

control; realizar los mecanismos de evaluación en campo y la vinculación con otros programas sociales.

1.3.3.10. Ejecutar el programa de acuerdo a los lineamientos establecidos.

1.3.4. La Dirección General de Administración.

1.3.4.1 Dispersar los apoyos para las personas beneficiarias del programa.

Todos los formatos y trámites a realizar para el Programa Apoyo económico a jóvenes, Sinfónica de Azcapotzalco son

gratuitos.

II. Alineación programática.

2.1. El presente proyecto se alinea con los siguientes Ejes Programáticos, Áreas de Oportunidad, Objetivos, Metas y Líneas

de Acción del Programa de Desarrollo del Distrito Federal 2013 – 2018.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 121

Eje Programático

Área de oportunidad

Objetivos Metas Líneas de acción

1. Equidad e inclusión social

1) Discriminación y Derechos Humanos.

1. Realizar acciones que permitan el ejercicio pleno de los derechos de las personas independientemente de su origen étnico, condición jurídica social o económica, migratoria, de salud, de edad, discapacidad, sexo, orientación o preferencia sexual, estado civil, nacionalidad, apariencia física, forma de pensar o situación de calle, entre otras, para evitar bajo un enfoque de corresponsabilidad la exclusión, el maltrato y la discriminación.

1. Eliminar las prácticas discriminatorias que generan exclusión y maltrato.

- Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los programas sociales. - Promover las acciones comunitarias y la coinversión social dentro de los programas sociales, a favor de las personas en situación de pobreza y exclusión, así como de grupos vulnerables: mujeres, adultos mayores indígenas niñas y niños, jóvenes y personas con discapacidad, entre otros.

2. Reforzar el diseño, la legislación y la implementación de las políticas, programas y servicios de apoyo a la población para evitar la exclusión, el maltrato y/o la discriminación hacia las personas bajo un enfoque de corresponsabilidad social.

- Promover una cultura de corresponsabilidad social entre las personas participantes de los programas sociales. - Promover las acciones comunitarias y la coinversión social dentro de los programas sociales, a favor de las personas en situación de pobreza y exclusión, así como de grupos vulnerables: mujeres, adultos mayores indígenas niñas y niños, jóvenes y personas con discapacidad, entre otros.

En relación al Programa de Gobierno de la Delegación Azcapotzalco, éste contempla, en sus 43 puntos, específicamente en el punto número 6. Espacios y alternativas para los jóvenes, promover la capacitación y empleos; en el punto 22. Fomentar espacios adecuados, cursos y talleres en toda la Delegación, así como recorridos turísticos en Azcapotzalco, para jóvenes, mujeres, niños, gente mayor y personas con capacidades diferentes. El Programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco, Se apega con el Programa Delegacional Azcapotzalco publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México No. 70 tomo I publicado el 12 de mayo de 2016.

Eje Objetivo General

Objetivos Específicos Metas Líneas de acción

8.3. Desarrollo Social Incluyente y Equitativo

Servicios Sociales Realizar actividades y desarrollar programas

Fomentar la participación de las personas adultas mayores mediante actividades de convivencia, recreativa y de rescate de tradiciones como lo es la

Coadyuvar en el desarrollo comunitario y la reintegración del tejido social en la Delegación

Integrar a la banda sinfónica de Azcapotzalco jóvenes músicos profesionales para incrementar el repertorio a interpretar en la

122 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

sociales que

fomenten el

desarrollo

comunitario,

eleven la

calidad de vida

de las y los

habitantes e

incrementen la

participación y

convivencia de

la comunidad.

práctica del danzón, además

de atender a un sector de la

población en situación

precaria se permite el

desarrollo de las personas

jóvenes a través de la

práctica de la música.

programación cultural de la

delegación Azcapotzalco.

Así mismo, se alinea con el Programa Sectorial de Desarrollo Social con Equidad e Inclusión en los siguientes rubros:

ÁREA DE

OPORTUNIDAD

OBJETIVO META SECTORIAL LÍNEA DE ACCIÓN

Discriminación y Derechos

Humanos

1. Realizar acciones que

permitan el ejercicio pleno de

los derechos de las personas,

independientemente de su

origen étnico, condición

jurídica, social o económica,

migratoria, de salud, de edad,

discapacidad, sexo, orientación

y/o preferencia sexual, estado

civil, nacionalidad, apariencia

física, forma de pensar o

situaciones de calle, entre otras,

para evitar bajo un enfoque de

corresponsabilidad la

exclusión, el maltrato y la

discriminación.

1. Eliminar las prácticas

discriminatorias que

generan exclusión y

maltrato.

Implementar programas y

actividades que

fortalezcan una cultura en

la que se eviten prácticas

discriminatorias en donde

los prejuicios,

estereotipos y estigmas

promuevan la exclusión y

el maltrato.

III. Diagnóstico.

III.I. Antecedentes.

3.1. Inicio del programa y características. Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco es un programa social

de nueva creación como respuesta a la necesidad de coadyuvar a promover espacios de integración social para las personas

adultas mayores e involucra a músicos de Azcapotzalco a participar a través de la integración de la Orquesta Sinfónica de

Azcapotzalco en acciones que fomenten espacios de convivencia para las personas adultas mayores y la población en

general. Actualmente la Delegación Azcapotzalco comparte los problemas que se tienen a nivel nacional, falta de

oportunidades para las y los jóvenes, que deben migrar a otras delegaciones o fuera de la Ciudad de México en busca de

oportunidades de empleo. El espacio público se ha deteriorado por la falta de servicios de calidad, la inseguridad que ha

generado un ambiente de violencia han provocado el abandono de los espacios públicos y han impedido que la población

tenga espacios para el ejercicio pleno de sus derechos. Como respuesta a esta serie de problemáticas el gobierno de la

Delegación Azcapotzalco implementó desde 2003 una acción denominada “sábados de danzón” en el Jardín Hidalgo en

dónde se establece un espacio de convivencia principalmente enfocado a las personas adultas mayores como para la

población en general y se busca promover la cultura del danzón y el baile de salón para coadyuvar a garantizar el derecho a

la recreación y al esparcimiento

3.2 Modificaciones relevantes para el diseño y operación del programa social.

Al ser un programa de nueva creación no existen modificaciones en su diseño.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 123

III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social.

3.3 Problema social que se atiende. De acuerdo a los datos estadísticos de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, la

población en la delegación Azcapotzalco es de 400,161habitantes, de los cuales el 22.11% son jóvenes de entre 15 y 29

años, aproximadamente 88,458 jóvenes (Estimadores de la Población Total en Viviendas Particulares por Delegación y

Grupos Quinquenales de Edad según Sexo de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, ), y aunque no se encuentran en su

totalidad en situación de riesgo, resulta imprescindible garantizar estrategias para su desarrollo armónico y acceso al

cumplimiento cabal de los Derechos Humanos, ya que muchos de los jóvenes no tienen acceso a educación superior, acceso

a espacios públicos para su uso y disfrute, acceso a empleos, etc., aunado a esto, vivimos en una sociedad donde la violencia

se manifiesta en todos los ámbitos, como en la familia, en las calles, etc.

3.4. Causas centrales del problema social. La Problemática de Azcapotzalco no es ajena a la problemática nacional en

donde las familias y principalmente a los jóvenes, que en ella habitan se ven afectados por el incremento de la violencia,

la falta de empleo, la desindustrialización de la zona, la deserción escolar, las adicciones, la falta de espacios públicos

lúdicos y recreativos, es decir se encuentran en un proceso que está marcado por el deterioro y la desintegración del tejido

social.

El International Journal of Security & Development da una explicación sobre los índices de criminalidad en la Ciudad de

México y su área conurbada. Mencionan que la desintegración familiar, la falta de oportunidades económicas, la

desigualdad social contribuyen a este fenómeno. Dicen que aunque hay muchas políticas centradas a apoyar a los grupos

especialmente vulnerables, éstas todavía no llegan a los más necesitados.

Las y los jóvenes, al carecer de espacios para su desarrollo como son el ingreso al sistema educativo formal, la falta de

empleos bien remunerados, la falta de oportunidades para el desarrollo los deja en situación de especial vulnerabilidad. La

criminalización, y discriminación de la que son víctimas, la desintegración y violencia sufrida en los hogares, y la amenaza

constante del crimen organizado que busca cooptar a población cada vez más joven. Son problemáticas constantes que

empujan a la población joven a caer en conductas de riesgo y de delincuencia.

El consumo de drogas (ilegales o no) en la población aún constituye un problema social de primer orden a resolver. En

Azcapotzalco, de acuerdo a la última Encuesta de Consumo de Drogas en Estudiantes de la Ciudad de México 2012 del

IAPA, el 63.3% de las y los jóvenes de secundaria han consumido alcohol alguna vez en su vida y un alarmante 86% de

preparatorianos manifestaron haber consumido alcohol. Así, en el consumo de sustancias psicoactivas, un 23.7% de las y los

jóvenes de secundaria y un 32.4% de estudiantes de preparatoria, declararon haber probado algún tipo de droga ilegal.

Derivado de lo anterior, como Delegación consideramos urgente el trabajo interinstitucional y comunitario para la

prevención y atención de las adicciones, enfocando los esfuerzos no únicamente a las y los consumidores o a la población

en riesgo de serlo, si no a su entorno familiar, con la finalidad de tejer redes de apoyo que incrementen el impacto de las

acciones preventivas y de atención.

3.5 Efectos centrales del problema social. Las y los jóvenes, al carecer de espacios para su desarrollo como son el ingreso

al sistema educativo formal, la falta de empleos bien remunerados, la falta de oportunidades para el desarrollo los deja en

situación de especial vulnerabilidad. La criminalización, y discriminación de la que son víctimas, la desintegración y

violencia sufrida en los hogares, y la amenaza constante del crimen organizado que busca cooptar a población cada vez más

joven. Son problemáticas constantes que empujan a la población joven a caer en conductas de riesgo y de delincuencia.

3.6 Derechos vulnerados. El problema social identificado violenta en los jóvenes su derecho a un nivel de vida adecuado,

su derecho a la educación, a un empleo o salario digno. Ante esto, el programa Guardianes por la paz busca coadyuvar a que

los jóvenes accedan a estos derechos al recibir un apoyo económico mensual y realizar actividades en la demarcación de

Azcapotzalco, para generar espacios de esparcimiento para jóvenes; estas acciones contribuyen a fomentar una cultura de la

no violencia, alejar a los jóvenes de algunas conductas de riesgo como el abandono escolar o las adicciones.

3.7. Pertinencia. La evidencia de otros programas similares, como el programa “Jóvenes en Impulso” que realiza el

INJUVE con la brigada de música, muestran que la participación juvenil en espacios públicos donde desarrollan diversas

actividades, incrementa el bienestar en los espacios donde se promueven y ayuda a los jóvenes a mejorar sus relaciones y a

establecer condiciones en el entorno comunitario donde se interviene para el goce de derechos de las diversas poblaciones

en situación de riesgo.

3.8. Línea de base. De acuerdo a los datos estadísticos de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, la población en la

delegación Azcapotzalco es de 400,161habitantes, de los cuales el 22.11% son jóvenes de entre 15 y 29 años,

aproximadamente 88,458 jóvenes (Estimadores de la Población Total en Viviendas Particulares por Delegación y Grupos

Quinquenales de Edad según Sexo de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI).

124 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social.

3.9. Población Potencial. 88,458 músicos de entre 18 y 40 años, habitantes de la Delegación Azcapotzalco

3.10. Población Objetivo. Principalmente las y los jóvenes de entre 18 y 40años que se encuentran en situación de riesgo,

así como las y los jóvenes que viven en la demarcación en alguna de las colonias con medio, bajo o muy bajo grado de

desarrollo social.

3.11. Población Beneficiaria.30 mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años de edad, que vivan en la Delegación

Azcapotzalco que sean profesionales de la música y el interés por integrarse en la banda sinfónica de Azcapotzalco.

3.12 Focalización territorial: En referencia al artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de

México se establecen los grupos de atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención

prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan

discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y

libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres,

las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI,

personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión

de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de

asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena.

IV. Objetivos y Alcances.

IV.I. Objetivo General:

4.1. Bienes y/o servicios. Este es un Programa de Transferencia Monetaria.

4.2. La población a la que va dirigido el programa. Mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años de edad, que vivan

en la Delegación Azcapotzalco y que sean profesionales de la música (indispensable saber leer notas musicales).

4.3. Objetivo. Brindar un apoyo económico hasta 30 músicos mujeres y hombres de entre 18 y 40 años quienes se

integrarán en la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco promoverá la música y los valores culturales musicales de nuestro país.

IV.2. Objetivos Específicos.

4.4. Acciones:

* Conformar el Padrón de beneficiarias y beneficiarios (Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco).

* Difundir el Programa Apoyo económico a jóvenes, Sinfónica de Azcapotzalco. En los sábados de danzón en el jardín

Hidalgo y promover la música y la cultura, principalmente en las colonias, pueblos y barrios con bajo índice de desarrollo

social.

* Verificar las actividades de promoción cultural.

* Otorgar un apoyo económico hasta 30 músicos mujeres y hombres integrantes de la Orquesta Sinfónica de

Azcapotzalco.

4.5. Estrategias y mecanismos previstos para fomentar la equidad social y la igualdad.

Este programa busca incluir a las y los músicos a generar un proceso de integración social, mediante el trabajo en

comunidad, por medio del apoyo mensual que reciben y pueden generarse mejores condiciones.

IV.3. Alcances

4.6. Este programa es de carácter social y tiene como finalidad lograr que cada miembro de la Orquesta Sinfónica de

Azcapotzalco, impulse y fomente la cultura desarrollando actividades, artísticas.

4.7. El Programa Apoyo Económico a Músicos, Sinfónica de Azcapotzalco, contribuirá a generar un proceso de integración

social, mediante la promoción de actividades artísticas musicales en las comunidades, colonias, pueblos y barrios de la

demarcación, que coadyuvarán a la reestructuración del tejido social y comunitario.

V. Metas Físicas.

5.1. Meta de cobertura. Hasta 30 mujeres y hombres músicos de entre 18 y 40 años que habitan en la demarcación de

Azcapotzalco, de 88,458 músicos de entre 18 y 40 años que habiten en colonias, pueblos, barrios y unidades habitacionales.

5.2. Estrategias de universalidad. El programa no podrá cumplir el principio de universalidad, mandatado en el artículo 27

de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y artículo 47 de su Reglamento, debido a que no cuenta con el

presupuesto suficiente para dicho fin, por lo que se dará preferencia a los músicos de entre18 y 40 años que habiten en la

Delegación Azcapotzalco.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 125

5.3. Metas físicas. Se otorgará un apoyo mensual de $5,300.00 (cinco mil trescientos pesos 00/100 M.N) hasta 30 músicos quienes formarán la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco, durante el ejercicio fiscal 2018. El apoyo se dará en ocho exhibiciones, a través de pago en efectivo o transferencia electrónica, beneficiando a 30 músicos de Azcapotzalco, de entre 18 y 40 años de edad y que deseen integrarse en la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco, contribuyendo a través de la práctica musical a generar un proceso de reintegración social, mediante la organización de actividades artísticas musicales en comunidad. 5.4. Resultados cualitativos esperados. Se pretende beneficiar hasta 30 músicos con un apoyo mensual para que realicen actividades encaminadas a coadyuvar a la reestructuración del tejido social y comunitario, Se pretende realizar actividades de manera permanente en los sábados de danzón así como abriendo espacios para el goce y disfrute del acervo cultural musical de México y el mundo, en las colonias, pueblos, barrios y unidades habitacionales de la demarcación priorizando a los espacios de mayor marginación. V.I. Programación Presupuestal 6.1. Y 6.2. Considerando el principio de orientación del presupuesto con responsabilidad social, que permita a la administración pública asegurar la aplicación del mismo de forma eficiente, eficaz, honrada y con transparencia, se asignó mediante la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas” de $1,7000,000.00 (un millón setecientos mil pesos 00/100 MN) de los cuales $1,272.000.00 (un millón doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M. N) para entrega mensual del apoyo económico y la cantidad de $428 000.00 (cuatrocientos veintiocho mil pesos 00/100 M. N.) para la compra de instrumentos musicales.

Total de personas beneficiarias

Monto unitario anual Frecuencia de Ministración

Presupuesto Total Anual

30 integrantes de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco

$42,400.00 (cuarenta y dos mil cuatro cientos pesos 00/100 M.N.)

Ocho exhibiciones mensuales de $5,300.00 (cinco mil trescientos pesos 00/100 M.N.)

$1’272,000.00 (un millón doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M.N.)

Total 30 $1’272,000.00 (un millón

doscientos setenta y dos mil pesos 00/100 M.N.)

Calendario del apoyo económico por mes. El apoyo se entregará a los beneficiarios, mediante pago en efectivo o por medio de una transferencia electrónica.

MES MONTO

MARZO $159,000.00

ABRIL $159,000.00

MAYO $159,000.00

JUNIO $159,000.00

JULIO $159,000.00

AGOSTO $159,000.00

SEPTIEMBRE $159,000.00

OCTUBRE $159,000.00

TOTAL $1,272,000.00

CONCEPTO MONTO

ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTOS MUSICALES

(1 flauta transversa, 1 oboe, 7 clarinetes, 2 saxofones altos, 2 saxofones tenor, 1 saxofón barítono, 1 fagot, 1 clarinete bajo, 3 cornos franceses, 3 trompetas, 2 barítonos Bb, 2 trombones, 2 tubas, diversas percusiones, 2 timbales, 1 bombo de concierto con base, 1 tarola con base, 1 juego de platos de choque, 1 atril de director y 30 atriles plegables

TOTAL $428,000.00

TOTAL PRESUPUESTO $1,700,000.00

126 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

VII. Requisitos y Procedimientos de Acceso

VII.1. Difusión

7.1. Formas de dar a conocer el programa social. La Delegación Azcapotzalco dará a conocer el programa social y sus

probables cambios a través de los siguientes medios:

- Publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

- Redes Sociales oficiales (FB: /Azcapotzalco MX).

- Periódico impreso oficial (Hormiguero Informativo).

- Sitio web oficial de la Delegación Azcapotzalco (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx/).

7.2. Se realiza la difusión del programa y los requisitos para su ingreso, se realizará en carteles en lugares de mucha

afluencia.

7.3. Solicitar información. Para solicitar información de este programa pueden llamar a la Subdirección de Cultura al

53550376.

VII.2. Requisitos de Acceso.

7.4. Requisitos.

Apoyo Económico a Músicos, Sinfónica de Azcapotzalco.

* Residir en la Delegación Azcapotzalco.

* Tener entre 18 y 40 años.

* Contar con disponibilidad de horario.

* No estar inscrito en algún otro programa de la delegación Azcapotzalco.

* No ser familiar directo de personal de estructura de la delegación.

* Acudir a la plática de inducción establecida para su primer ingreso por la Subdirección de Cultura.

* Llevar a cabo una entrevista en la en la Subdirección de Cultura y con el director de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco.

* Saber leer notas musicales.

* Se requiere el siguiente perfil de músicos:

-1 músico para flauta transversa.

-1 músico para oboe.

-7 músicos para clarinete.

-2 músicos para saxofón alto.

-2 músicos para saxofón tenor.

-1 músico para saxofón barítono.

-1 músico para fagot.

-1 músico para clarinete bajo.

-3 músicos para corno francés.

-3 músicos para trompeta.

-2 músicos para barítonos Bb.

-2 músicos para trombones.

-2 músicos para tuba.

-1 músico para percusión.

-1 músico copista, arreglista.

7.5. Documentación y tiempos. Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se

hará a petición de los músicos por escrito, donde se registre el nombre completo del solicitante, el domicilio, un número

telefónico local de contacto y/o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar, anexando copia de

comprobante de domicilio vigente (agua, boleta predial, teléfono, o recibo de gas natural). El escrito deberá ser dirigido al

Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana

(CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco

Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs. y de 15:00 a 19:00hrs.

Deberá presentar los siguientes documentos:

*Copia de identificación oficial con fotografía vigente. (IFE, INE, Pasaporte, Cedula profesional o Licencia de Conducir)

*Copia del CURP.

*Copia de comprobante de domicilio vigente, no mayor a tres meses de antigüedad (Boleta de predio, Agua, Recibo

Telefónico TELMEX, Luz, Gas Natural.).

*Llenar formato de inscripción del Programa.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 127

*Comprobante de estudios musicales y currículum vitae.

Los datos personales de las personas solicitantes y beneficiarias y la información adicional generada y administrada, se

regirá por lo establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y de Protección de Datos

Personales del Distrito Federal.

De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal y el artículo 60 de su Reglamento, todo

material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, llevarán

impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de

México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

7.6. En caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo

caso, se emitirán lineamientos específicos.

VII.3. Procedimientos de Acceso

7.7. Forma de acceder al programa social.

Una vez publicadas las reglas de operación, se podrá acceder al programa social mediante una solicitud de acceso que se

hará a petición de los interesados o interesadas por escrito, donde se registre el nombre completo del solicitante, el

domicilio, un número telefónico local de contacto o un correo electrónico personal y programa en el que desea participar. El

escrito deberá ser dirigido al Jefe Delegacional en Azcapotzalco, e ingresado a través de la Coordinación del Centro de

Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, con domicilio en Castilla

Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco Centro, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 horas. y de 15:00 a 19:00hrs.

7.8. Procedimientos de acceso.

Las Reglas de Operación del presente programa se podrán consultar en la página electrónica de la Delegación, misma que

estará abierta para la población en general.

Una vez autorizado el programa, podrán solicitar su inclusión al mismo en las oficinas delegacionales del CESAC.

El mecanismo de registro de las y los solicitantes será el siguiente:

a) Presentar en la Coordinación del Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), la solicitud de ingreso conforme a

lo establecido en el apartado 7.7 de las presentes Reglas de Operación.

b) Llenar el formato de registro correspondiente y copia de una identificación en CESAC.

7.9. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección establecidos por el programa social son públicos. Estos

documentos, además de estar publicados en la gaceta oficial vigente, estarán pegados a la vista en las oficinas de la

Subdirección de Cultura, ubicadas en el Foro Cultural Azcapotzalco, Av. Cuitláhuac s/n, esquina Pino, colonia Liberación.

7.10. Criterios y procedimientos de acceso para poblaciones vulneradas. Este programa es Universal, por lo que no se

tomará en cuenta ninguna forma de discriminación ni revictimización, de cualquiera que fueran las condiciones de las

personas que solicitan acceso al programa.

7.11. Mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención, y periodos de registro de las personas solicitantes;

señalando las unidades administrativas responsables. Una vez ingresada la solicitud, se seleccionará a las y los candidatos para ingresar al programa, conforme a lo establecido en

los numerales 7.4 y 7.5 de las presentes reglas de operación. El personal de la Subdirección de Cultura se comunicará con

las y los seleccionados al teléfono proporcionado o por medio del correo electrónico personal registrado, donde se le

programará una cita para la plática de inducción y la entrega de la documentación establecida en el apartado 7.5 de este

documento.

Una vez programada la cita, el solicitante deberá presentarse en la Subdirección de Cultura, para la entrega de la

documentación, el cotejo correspondiente y la requisición del formato de registro y la programación de su entrevista.

El horario para el registro será de 9:00 a 18:00hrs. De lunes a viernes excepto días festivos

El periodo de registro estará comprendido a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México y hasta cubrir la meta física.

En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles, se dará prioridad de acuerdo a la fecha de registro.

Las demás solicitudes integrarán la lista de espera.

Para saber el estado que guarda su trámite, podrán llamar a la Subdirección de Cultura y preguntar por el avance de su

solicitud al teléfono 53550376. La lista de las personas beneficiadas con el Programa, se publicará en la página electrónica

de la Delegación Azcapotzalco, así como en listados expuestos en el CESAC.

La Delegación Azcapotzalco, por medio de la Subdirección de Cultura le entregará a las personas beneficiarias una carta de

aceptación al Programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco.

128 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Las personas beneficiarias del programa Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco, formarán parte de un

padrón que será publicado conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público, siendo

reservados los datos personales de acuerdo a la normatividad vigente.

En ningún caso, las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

presentes Reglas de Operación.

7.12. En el artículo 11 “Ciudad Incluyente” de la Constitución Política de la Ciudad de México se establecen los grupos de

atención prioritaria, indicando que: La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los

derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso,

violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos

de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas

jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección

internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle,

personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y

personas de identidad indígena.

7.13. La Entidad responsable entregará a las personas solicitantes un comprobante de haber completado su registro al

programa social.

7.14. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los

procedimientos de acceso al programa social, pueden variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos.

7.15.Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social, formarán parte de un Padrón de Personas

Beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo

reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para

propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de

Operación del programa social.

7.16. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las

Reglas de Operación.

VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal

7.16. Requisitos de permanencia

La temporalidad de este programa quedará establecida para el ejercicio fiscal 2018 y la permanencia de las personas

beneficiarias quedará sujeta a los siguientes criterios:

a) La realización de las actividades planteadas y desarrolladas en el esquema operativo, de acuerdo a las siguientes

funciones:

Integrantes de la Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco:

Asistir con puntualidad a sus ensayos y conciertos que les sean asignados.

Causas de Baja:

a) No presentarse en el periodo establecido para la firma de la carta compromiso.

b) No realizar las actividades proyectadas en el esquema operativo

c) Falsificar información en el registro o durante la operación del presente programa.

d) Realizar conductas que pongan en riesgo o transgredan la integridad de las y los participantes, autoridades competentes y

personal de la Delegación.

e) Por inasistencia a las actividades.

f) No conducirse bajo el respeto a los derechos humanos y la no discriminación.

Suspensión temporal

a) En ningún caso.

7.17. Documentación, forma y tiempos de permanencia, baja o suspensión temporal.

De la permanencia. Los integrantes de la Banda Sinfónica de Azcapotzalco permanecerán en el programa al realizar las

actividades estipuladas en el apartado 7.16 de las presentes reglas.

De la baja: se dará de baja a quien no cumpla con los requisitos establecidos en el apartado 7.16 de las presentes reglas. Al

ser causal de baja se le notificará por medio de coordinador de la banda; la Subdirección de Cultura realizará los trámites

correspondientes para dar de baja del padrón a quien no cumpla con lo establecido en el apartado 7.16.

De la suspensión temporal. No aplica.

VIII. Procedimientos de Instrumentación

VIII.1. Operación

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 129

8.1. Actividades, acciones y gestiones.

Durante la convocatoria, las personas interesadas ingresarán en el CESAC el formato de inscripción al Programa Social

“Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco”.

El CESAC asignará un folio a la solicitud que será dado a la persona candidata a ingresar en el programa. El CESAC hará

de conocimiento los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social, remitiendo las solicitudes a la

Subdirección de Cultura para su análisis.

Una vez recibida la solicitud en la Subdirección de Cultura y analizada la información, se agendará una cita para que el

candidato presente su documentación en la Subdirección de Cultura, ubicada en av. Cuitláhuac s/n, esquina Pino, colonia

Liberación, delegación Azcapotzalco.

Todas las personas solicitantes, sin excepción alguna, deberán acudir el día y hora asignados, a la Subdirección de Cultura,

con toda la documentación requerida en original y copia (para cotejo), para la requisición del formato de registro; en caso de

faltar algún documento (cualquiera que sea este) se le informará a la persona interesada que no cumple con los requisitos y

se cancelará la solicitud.

Las y los solicitantes deberán consultar en el sitio web de la Delegación (www.azcapotzalco.cdmx.gob.mx) o bien acudir a

las oficinas del CESAC y verificar el padrón de personas beneficiarias, expuesto al público para conocer los resultados y, en

caso de resultar beneficiada/o, acudir dentro de los siguientes tres días hábiles a las oficinas de la Subdirección de Cultura,

para la firma de la carta compromiso como beneficiaria o beneficiario del Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de

Azcapotzalco. Es importante mencionar que de no acudir personalmente en las fechas indicadas, en caso de ser beneficiario

o beneficiaria su trámite quedará cancelado.

La Subdirección de Cultura elaborará la propuesta del padrón de personas beneficiarias, la lista de espera y casos

desfavorables, la cual se presentará a la Dirección General de Desarrollo Social para su validación, aprobación y

publicación correspondiente, de acuerdo a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

El padrón de personas beneficiarias se integrará por 30 solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable. Una vez

integrado el padrón de las personas beneficiarias, después de habérsele notificado debidamente a cada una de las personas

beneficiarias el resultado, se cancelará y dará de baja del mismo, a toda aquella persona beneficiaria que no realice las

actividades programadas durante la operación de este programa.

La lista de espera se integrará por las y los solicitantes cuyo trámite haya resultado favorable pero que por falta de

presupuesto ya no pueden ser integradas/os en el Programa.

Las personas solicitantes que se encuentren en lista de espera podrán ingresar al padrón de beneficiarias cuando, por alguna

razón el ingreso de una de las personas beneficiarias se haya cancelado y dado de baja del mismo.

La persona solicitante en lista de espera que deseé conocer el estado de su trámite deberá acudir a la Subdirección de

Cultura para solicitar dicha información, o llamar al teléfono 53550376.

Una vez que la Dirección de Administración defina el mecanismo por el que se entregarán las ministraciones mensuales, se

informará a las y los beneficiarios del dicho mecanismo y, en su caso, solicitarles presentar en los plazos, horarios y lugares

establecidos por la Dirección de Administración, la documentación adicional que se requiera.

Notificar a las beneficiarias el calendario de entrega de ministraciones mensuales.

Al inscribirse y resultar seleccionado en el programa las personas beneficiarias recibirán cursos de formación musical a lo

largo de la duración del programa.

8.2. Unidades administrativas responsables.

1. Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC):

a) Recibir la solicitud de ingreso al Programa y asignación de folio por solicitud.

b) Informar de los folios ingresados a la Dirección General de Desarrollo Social.

c) Remitir las solicitudes ingresadas a la Dirección general de desarrollo social, con una relación de los folios por fecha de

recepción, en un máximo de dos días hábiles a partir del ingreso de la solicitud.

2. Dirección General de Desarrollo Social.

a) Supervisar el desarrollo del Programa, desde la convocatoria, por medio de la Subdirección de Cultura.

b) Gestionar las publicaciones pertinentes en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el sitio web de la Delegación

Azcapotzalco, las redes sociales oficiales, los medios impresos, etc.

3. Subdirección de Cultura.

a) Analizar la información remitida por el CESAC y convocar a los solicitantes seleccionados.

b) Recabar la documentación e información pertinente de los solicitantes.

c) Elaborar el padrón de beneficiarias y la lista de espera de solicitantes e informar a la Dirección General de Desarrollo

Social del mismo.

d) Recibir y programar las mejoras solicitadas por la Delegación o los particulares.

130 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional

generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y artículo 60 de su Reglamento, todo

material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, deben

llevar impresa la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,

de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de

México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

8.5. Los formatos y los trámites a realizar son gratuitos, o en su caso, desglosar los costos que tiene que cubrir la persona

solicitante.

8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e

información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de

género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión,

relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para

mayor información y atención, en caso necesario (art. 38 Bis, LDSDF).

8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin

embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos

electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el

principio de equidad en la contienda electoral.

8.8. La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con

fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su

vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

VIII.2. Supervisión y Control

8.9. La supervisión se realizara a través de la remisión delas listas de asistencia que se recabaran mensualmente y la

evidencia fotográfica o audiovisual, remitida con fechas por presentaciones quedando a resguardo de la Subdirección de

Cultura.

8.10. La unidad administrativa responsable de realizar la supervisión y control es la Subdirección de Cultura.

IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana

9.1. La ciudadanía podrá interponer una queja directamente a la Coordinación del Centro de Servicios de Atención

Ciudadana (CESAC), ubicado en la planta baja del edificio Delegacional, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a

14:00hrs. y de 15:00 a 19:00hrs., con domicilio en Castilla Oriente s/n, Colonia Azcapotzalco, Centro, 53549994 ext. 1355

o directamente en la Subdirección de Cultura, ubicada en Av. Cuitláhuac s/n, esquina pino, colonia Liberación, mediante

escrito libre o llamando al tel. 53520330

Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:

- Nombre, domicilio, número(s) telefónico(s), y en su caso, correo electrónico de la solicitante que presenta la queja.

- Motivo de la queja.

- Descripción precisa del hecho que motivó la queja.

La respuesta a la queja presentada se dará en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de recepción, por

escrito o por correo electrónico.

9.2. En el caso de existir quejas, inconformidades y denuncias por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas,

sobre el trato, acto, hecho u omisión de las o los servidores públicos responsables del programa, las y los ciudadanos podrán

presentarlas personalmente por escrito al Jefe Delegacional, a través del CESAC.

Así mismo, en caso de no ser resuelta su queja o inconformidad se podrá acudir a la Procuraduría Social de la Ciudad de

México o bien podrán hablar al Servicio Público de Localización Telefónica (LOCATEL), quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social de la Ciudad de México y a la Contraloría General de la Ciudad de México.

En un plazo no mayor a 30 días hábiles, la Subdirección de Cultura deberá emitir respuesta a la queja presentada, si cumple

con los requisitos establecidos.

9.3. En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas

beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas

sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 131

o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la

Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma a la

Contraloría General de la Ciudad de México.

9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas

en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada

conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo Para Prevenir para

Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación.

9.5. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica

INETEL (01800 433 2000).

X. Mecanismos de Exigibilidad

10.1. La Dirección General de Desarrollo Social a través de la Subdirección de Cultura garantizará la difusión y distribución

de las presentes reglas de operación, así como el resguardo y la publicación del padrón de beneficiarios.

10.2. En caso de existir alguna demanda de exigibilidad por el incumplimiento de un derecho social garantizado a través de

este programa, la persona deberá presentarse en la Subdirección de Cultura en un horario de 9:00 a 18:00 horas., la cual

investigará, atenderá, analizará y determinará las acciones a implementar y/o aclarar la queja o inconformidad en un plazo

no mayor a 30 días hábiles.

10.3. Para hacer exigible el derecho por incumplimiento del programa social, será bajo los siguientes casos:

a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho

(garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo.

b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de

manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.

c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas

exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.”

10.4. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal se deberá de señalar de manera

textual que: “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y

obligaciones:

a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de

sus derechos;

b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de

la normativa aplicable;

c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes;

de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;

d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas

en apego a la normatividad aplicable;

e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que

cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;

f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;

g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información

proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de

la Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México,

con al menos 10 días hábiles de anticipación.

h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada

programa social.

10.5. La Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de

violaciones e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.

XI. Mecanismos de Evaluación e Indicadores

XI.1. Evaluación 11.1. Tal como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del

programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del

Distrito Federal, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.

11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los

Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los

resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el

Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

132 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

11.3. La encargada de realizar la evaluación interna será la Subdirección de Cultura, mediante los indicadores establecidos

en el presente programa. En apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas

Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y los resultados serán

publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal en

un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.

11.4. Los indicadores de eficacia y eficiencia del presente programa serán la percepción de las y los beneficiarios y de la

población potencial, mediante la aplicación de encuestas a una muestra del padrón de beneficiarios, así como una encuesta

de satisfacción realizada a una muestra de la población que participe en las actividades que realicen las y los guardianes por

la paz.

XI.2 Indicadores de Gestión y de Resultados

Nivel de Objetivo Objetivo Indicador Fórmula de Cálculo Tip de Indicador

Fin Contribuir a integrar

músicos de

Azcapotzalco en la

Orquesta Sinfónica.

Músicos satisfechos al

final del programa.

(Personas

beneficiarias

encuestadas, que

mencionaron una

mejora en la

comunidad /total de

personas encuestadas)

*100

Eficacia

Propósito Organizar actividades

musicales en la

comunidad

Actividades sociales

llevadas a cabo en la

demarcación

(Actividades sociales

realizadas/Actividades

sociales

programadas)*100

Eficacia

Componentes Apoyo económico

para los músicos que

sean beneficiarios del

programa

Becas económicas

autorizadas

(Becas económicas

autorizadas en el

periodo X/ apoyos

programados en el

periodo X)*100

Eficacia

Actividades Difundir el programa

en la demarcación.

Unidades Territoriales

con difusión.

(Unidades

Territoriales con

difusión/ Unidades

Territoriales en la

demarcación)*100.

Eficiencia.

Actividades Recibir solicitudes de

músicos que busquen

ingresar al programa.

Solicitudes ingresadas

por músicos para

ingresar al programa.

(Solicitudes

ingresadas en el

periodo X/ Solicitudes

aceptadas en el

periodo X)*100

Eficiencia

Actividades Entrega de becas

económicas a

músicos beneficiarios

del programa.

Becas económicas

entregadas a los

beneficiarios del

programa.

(Becas económicas

entregados en el

periodo X/ Becas

económicas

programadas en el

periodo X)*100

Eficacia

Actividades Verificar las

actividades realizadas

por los músicos

beneficiarios del

programa.

Personas solicitantes

beneficiadas con el

programa

(Número de personas

beneficiadas por el

programa/ Número de

personas solicitantes

del programa)*100

Eficacia

Actividades Verificar el impacto

que tuvo el programa

en la población.

Personas satisfechas

con el programa.

(Personas satisfechas

con el programa en el

periodo X /Personas

en la demarcación en

el periodo X)*100

Eficacia

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 133

Unidad de

Medida Desagregación Medios de

Verificación Unidad

Responsable Supuestos Metas

% de Músicos beneficiados, mujeres y hombres.

Músicos de entre 18 y 40 años

Encuestas de satisfacción

Subdirección de Cultura

Los músicos que participaron se integraron al programa cultural de la delegación.

Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia para las personas adultas mayores a partir de los Sábados de Danzón.

% de actividades sociales

Músicos de entre 18 y 40 años

Registros de actividades realizadas en la comunidad.

Subdirección de Cultura

Los vecinos disfrutaron del repertorio trabajado por la Orquesta Sinfónica de Azcapotzalco.

Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia.

% Becas económicas.

Músicos de entre 18 y 40 años

Registros de becas económicas autorizadas para el programa.

Subdirección de Cultura

La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México asigna recursos para el programa.

Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia.

% de Unidades Territoriales.

Músicos de entre 18 y 40 años

Registro de las Unidades Territoriales en donde se difundió el programa. Evidencia fotográfica.

Subdirección de Cultura

Se elaboraron en tiempo y forma los instrumentos de difusión que fueron distribuidos en la demarcación.

Coadyuvar a Reconstruir el tejido social a través de la práctica y difusión musical y fomentar un espacio de convivencia para las personas adultas mayores a partir de los Sábados de Danzón.

% de solicitudes ingresadas.

Músicos de entre 18 y 40 años

Registros de solicitudes ingresadas y aceptadas

Subdirección de Cultura

Los músicos de la demarcación, interesados en el programa, ingresaron su solicitud en tiempo y forma.

Reconstruir el tejido social mediante la práctica y difusión musical, fomentando un espacio de convivencia.

134 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

11.5. Para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico.

11.6. Banda Sinfónica de Azcapotzalco, música para la eterna juventud.

11.7 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al

Consejo de Evaluación del Desarrollo Social, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados,

señalando el área o unidad responsable de realizarlo.

XII. Formas de Participación Social

12.1. Formas de participación

12.2. Modalidad de participación

Participante Etapa en la que participa Forma de Participación Modalidad

Apoyo Económico a

Músicos Sinfónica de

Azcapotzalco.

Ejecución del programa Realizar conciertos que

serán parte de la

programación cultural de

la delegación..

Beneficiarios del programa

XIII. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales Las presentes Reglas de Operación serán aplicables durante la vigencia del programa “Apoyo Económico a Músicos

Sinfónica de Azcapotzalco.” 2018, mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Durante el

ejercicio fiscal 2018 y hasta Septiembre de 2018.

13.1. El programa de Apoyo Económico a Músicos Sinfónica de Azcapotzalco forma parte de la política social que la

Delegación Azcapotzalco, implementado a través de la Subdirección de Cultura, no se articula con ningún programa.

XIV. Mecanismos de Fiscalización

La Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de los presentes

Lineamientos. En este apartado se debe:

14.1 El Programa de Apoyo Económico a Músicos de Azcapotzalco fue aprobado por el comité de planeación de la Ciudad

de México (COPLADE), en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha de marzo de 2018.

14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los

avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución,

según sea el caso, por delegación y colonia.

14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde

congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y en el Presupuesto de Egresos

de la Ciudad de México.

14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría o los órganos de control interno, a fin de que

éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría

General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito

Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de

operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el

ejercicio de los recursos públicos.

XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas En este apartado se deberá indicar que:

15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios,

Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se

difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio

de internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información:

- Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto

público destinado para ello;

- La siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área; b) Denominación del programa;

c) Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto

aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos

de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 135

evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de

cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m)

Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o

Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados

de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la

persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado

para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

- El resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes

16.1. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, demarcación territorial o Entidad de la Administración Pública local de que

se trate y que tiene a su cargo el programa social en cuestión, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más

tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2019, el padrón de beneficiarios correspondiente,

indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán

ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas

Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México

ha diseñado. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación

territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal

como lo establece el artículo 34 de la LDSDF.

16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las

Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo la Dependencia, Órgano Desconcentrado,

Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate y que tiene a su cargo el programa

social en cuestión, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de

Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la

versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al

Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de

beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la LDSDF.

16.3. La Dependencia, Órgano Desconcentrado, Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de

que se trate y que tiene a su cargo el programa social, cuando le sea solicitado, otorgará a la Contraloría General de la

Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de

beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e

implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la

Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios.

16.4. Señalar el sitio de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia en donde se publicará en formato y bases

abiertas, http://azcapotzalco.cdmx.gob.mx/ y en la Plataforma Nacional de Transparencia

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio, de manera trimestral, la actualización de los avances de la

integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que sean operados por la Dependencia,

Órgano Desconcentrado, Demarcación Territorial o Entidad de la Administración Pública local de que se trate, el cual

deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial,

Demarcación Territorial, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo

122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

16.5. “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la LDS DF será sancionado en términos de la

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos”.

16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los

mismos.

TRANSITORIO

Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Azcapotzalco Ciudad de México, a 5 de Marzo de 2018

EL JEFE DELEGACIONAL EN AZCAPOTZALCO

(Firma)

DR. PABLO MOCTEZUMA BARRAGÁN

136 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS

Lic. Alejandro Zapata Sánchez, Director General de Desarrollo Social en Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en lo

dispuesto en los artículos 122 inciso C Base Tercera, Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 1,87, 104, 105, 112 segundo párrafo y 117, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1,2 párrafo tercero, 3

fracciones III y VII, 10 fracción V, II párrafo sexto, 37, 38 y 39 fracción LVI, de la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal; 1, 3 fracción V, 4, 32, 33 y 35, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 3,

50, 51 y 52, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción III, 120, 121 y 122

fracción V, 122 Bis Fracción V inciso E, 123 y 128 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2016; Acuerdo por el que se

delega en el Director General de Desarrollo Social del Órgano Político Administrativo de Cuajimalpa de Morelos las

facultades que se indican, publicado en la Gaceta Oficial No. 241, de fecha 17 de diciembre de 2015; emite el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS

SOCIALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO FISCAL

2017.

PRIMERO.- Se da a conocer la relación de beneficiarios de los Programas Sociales a cargo de la Delegación Cuajimalpa

de Morelos para el ejercicio fiscal 2017, que son:

1. PROGRAMA DE DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL (DESPENSA)

2. PROGRAMA DE APOYO A GRUPOS PRIORITARIOS Y VULNERABLES

DISCAPACIDAD

ADULTO MAYOR

JEFAS Y JEFES DE FAMILIA

BECAS PRIMARIA

BECAS SECUNDARIA

3. PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN SANA PARA CENDI´S

SEGUNDO.- La relación de beneficiarios de los Programas Sociales se anexa al presente en archivo digital.

TRANSITORIOS

PRIMERO.-Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.-El presente aviso entrará en vigor el día siguiente de su publicación

Cuajimalpa de Morelos, Ciudad de México, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

LIC. ALEJANDRO ZAPATA SANCHEZ

(Firma)

___________________________________________

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

EN CUAJIMALPA DE MORELOS

(Esta Relación se anexa en archivo digital)

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 137

DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS

Lic. Alejandro Zapata Sánchez, Director General de Desarrollo Social en Cuajimalpa de Morelos, con fundamento en los

artículos 87 párrafo primero y tercero, 104, 105, 112, 117 Fracciones I y XI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1,

2 párrafos primero y tercero, 3 Fracciones III y VII, 8, 9, 10 Fracción V, II párrafo quinto, 37, 39 Fracciones XLV, XLIX y

LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; 97 Fracciones I al XII, de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, 20 y 48 de la ley de Planeación y Desarrollo del Distrito Federal y 1,

2, Fracción III y 3, 120 y 122 Fracción V, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, 32,34

Fracción I, 1, del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LA CONVOCATORIA ABIERTA DE LAS ACCIONES

INSTITUCIONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS PARA EL EJERCICIO

FISCAL 2018. Las cuales son:

1. “CELEBRACIÓN DE FESTIVIDADES ESPECIALES”

2. “PINTA MÁS Y MEJORA TU INTERIOR”

3. “ENTREGA DE CALENTADORES SOLARES”

4. “ENTREGA DE TENIS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”

5. “ENTREGA DE ZAPATOS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN NIVEL PRIMARIA”

6. “ENTREGA DE TABLETAS ELECTRÓNICAS”

7. “ENTREGA DE TINACOS”

8. “ENTREGA DE LÁMINAS”

9. “ENTREGA DE COBIJAS”

10. “ENTREGA DE CHAMARRAS ESCOLARES A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN EL NIVEL

PREESCOLAR”

11. “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD MOTRIZ” (SILLAS DE RUEDAS)

12. “MÁS POR TI, APOYAMOS TU VISIÓN” (LENTES)

13. “COMPUTADORAS PARA ESCUELAS”

14. “KIT DE HERRAMIENTAS”

15. “MÁS AGUA Y MEJOR SALUD CON UNA CULTURA AMBIENTAL”

De conformidad con lo establecido por el numeral 33 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, se dan a conocer la

convocatoria del siguiente programa:

1.- “CELEBRACIÓN DE FESTIVIDADES ESPECIALES”

Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados

favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social

recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio de las niñas, niños, jóvenes; personas adultas y

adultos mayores; así como todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de

vulnerabilidad.

a) Se beneficiará aproximadamente a 62,258 niñas y niños en los eventos programados en la demarcación de

Cuajimalpa de Morelos.

b) El presupuesto total consta de, Roscas $1,104,000.00 (un millón ciento cuatro mil pesos 00/100 M.N.), Leches:

$423,000.00 (cuatrocientos veintitrés mil pesos 00/100 M.N.) Juguetes: $23,433,690.88 (veintitrés cuatrocientos

treinta y tres mil seiscientos noventa pesos. 88/100 M.N.) Dulces: $3,390,000.00 (tres millones trescientos noventa

mil pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos de acceso:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

138 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Acudir puntualmente al festejo especial programado por la Delegación Cuajimalpa, en la fecha y hora establecidas las

cuales serán difundida con anterioridad en la página WEB de la Delegación, en redes sociales y lonas informativas

colocadas en lugares de más afluencia poblacional y con los representantes vecinales de cada pueblo y colonias, además

de perifoneo.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión del programa.

2.- “PINTA MÁS Y MEJORA TU INTERIOR”

Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados

favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social

recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio de personas adultas y adultos mayores; así como

todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.

a) Se beneficiaran aproximadamente a 6000 familias con la entrega de una cubeta de 19 litros de pintura vinílica así

como una brocha y rodillo para pintar su vivienda.

b) El apoyo es una cubeta de pintura vinílica de 19 litros una brocha y un rodillo por familia, lo cual representan un

gasto anual de $10,000,000.00 (diez millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de

$1,666.66 (mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de

Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos de acceso:

Ser residente actual de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Solicitar por escrito Llenar un formato en el cual manifiesta llenar bajo protesta de decir verdad, que su interior

necesita ser pintada.

Documentación requerida:

Solicitud

Credencial de elector.

Comprobante de domicilio

Carta bajo protesta

Croquis del domicilio y Fotografía del interior de la vivienda.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la

integración del padrón de beneficiarios.

3.-ENTREGA DE CALENTADORES SOLARES

Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio

social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y

marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo

que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de

dichas acciones.

a) Otorgar 1500 calentadores solares al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos

b) El apoyo es en especie, 1 calentador por familia. Gasto total anual $15,000,000.00 (quince millones pesos 00/100

M.N.) y en lo individual de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) que será erogado por la Delegación

Cuajimalpa de Morelos.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 139

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Espacio libre de sombras

Contar con red de agua potable

Contar con cuarto de baño y regadera

El baño debe contar con loza de concreto

Contar con tinaco o tanque de almacenamiento de agua

Documentación requerida:

Solicitud

Credencial de elector

Comprobante de domicilio

Fotografía del lugar donde va a colocar el calentador

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del Programa:

4.- “ENTREGA DE TENIS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”

Que la política de Desarrollo Social de nuestra Ciudad tiene por objeto proteger, promover, y garantizar el cumplimiento de

los Derechos Sociales de sus habitantes y con ello disminuir la desigualdad y la exclusión social en sus diversas formas,

propiciando su desarrollo personal, familiar y social emprendiendo al efecto los programas y acciones necesarias para que

tengan acceso a diversos elementos, apoyos o ayudas materiales para llegar a dicho objetivo.

a) Otorgar 5,700 pares de tenis unisex para niñas y niños de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

b) El apoyo es en especie, un par de tenis por niña o niño. Gasto total anual $ 2,152,500.00 (Dos millones ciento

cincuenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) y en lo individual $377.63 (Trescientos setenta y siete pesos

63/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de

Cuajimalpa de Morelos.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.

Copia de credencial de elector del padre o tutor.

Comprobante de domicilio

Boleto, constancia de estudios o credencial que se encuentra cursando la Primaria

Indicar el número de calzado del tenis de la niña o niño.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión del programa.

140 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

5.- “ENTREGA DE ZAPATOS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN PRIMARIA”

Que la política de Desarrollo Social de nuestra Ciudad tiene por objeto proteger, promover, y garantizar el cumplimiento de

los Derechos Sociales de sus habitantes y con ello disminuir la desigualdad y la exclusión social en sus diversas formas,

propiciando su desarrollo personal, familiar y social emprendiendo al efecto los programas y acciones necesarias para que

tengan acceso a diversos elementos, apoyos o ayudas materiales para llegar a dicho objetivo.

a) Otorgar 2850 pares de zapatos a niños y 2850 pares de zapatos a niñas de la Delegación Cuajimalpa de Morelos,

con un total de 5700 pares de zapatos.

b) El apoyo es en especie, un par de tenis por niño o niña. Gasto total anual $2,152,500.00 (Dos millones ciento

cincuenta y dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) y en lo individual $377.63 (Trescientos setenta y siete pesos

63/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de

Cuajimalpa de Morelos.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Acreditar y ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de nivel Primaria dentro de la demarcación de

Cuajimalpa de Morelos.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.

Copia de credencial de elector del padre o tutor.

Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de antigüedad, donde acredite su residencia en la Delegación

Cuajimalpa.

Boleto, constancia de estudios o credencial que se encuentra cursando la Primaria

Indicar el número de calzado del tenis del niño o niña.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social quien se encargara de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión del programa.

6.- “ENTREGA DE TABLETAS ELECTRÓNICAS” Mejor Promedio MÁS Tecnología es una estrategia que impulsa el desarrollo y uso de Tecnologías de la Información y

la Comunicación en el sistema educativo mexicano de educación básica para apoyar el aprendizaje de los estudiantes,

ampliar sus competencias para la vida, desarrollar habilidades digitales y favorecer su inserción en la sociedad a través

del derecho a la tecnología.

a) La Delegación Cuajimalpa de Morelos a través de la Dirección General de Desarrollo Social tiene por objetivo

otorgar a 1200 tabletas electrónicas a niñas y niños de la Demarcación.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 141

b) El apoyo es en especie, se otorgará una tableta electrónica a cada niña o niño lo cual representan un gasto anual de

$2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), y en lo individual $1,666.66 (un mil seiscientos sesenta y seis

pesos 66/100 M.N.), que será rogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son

Requisitos:

Cursen Primaria y secundaria.

Tengan promedio mínimo de 8.5 de calificación

Habiten en la Delegación Cuajimalpa de Morelos

Se encuentren inscritos en las Escuelas Públicas en la Delegación Cuajimalpa de Morelos

El trámite para la incorporación al programa, deberá ser realizado por el padre, madre o tutor. Cuando se trate de niñas

y niños que se encuentran albergados en casas de asistencia, el trámite podrá llevarse a través de los representantes

legales de privada.

El promedio se verificará presentando la boleta oficial de calificación firmada y sellada por el Director de la escuela.

Las solicitudes de preinscripción deberán realizarse en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Delegacional

ubicadas en Av. Juárez esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa Centro C.P. 05000 Edificio Principal 1er piso, en la que

se llenará una solicitud de ingreso (preinscripción).

Posteriormente, los niños con promedio mínimo de 9 deberán presentarse con su padre, madre o tutor a las oficinas de

la Dirección General de Desarrollo Delegacional para realizar la incorporación al Programa “Mejor promedio MÁS

Tecnología, para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:

Identificación oficial (INE).

Constancia de estudios

Boleta Oficial o constancia

Copia de CURP

Copia del comprobante de domicilio

Solicitud de ingreso.

Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de desarrollo

Delegacional y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá convocar para que se presente a la

entrega de su tableta electrónica.

La Dirección General de Desarrollo Delegacional, es la que clasifica los expedientes para la integración del padrón de

beneficiarios, dicha clasificación se tendrá como cuando el expediente cuente con la documentación completa y viable para

la incorporación al Programa “Mejor Promedio, MÁS Tecnología” se procederá a solicitar la entrega de una tableta, para la

dispersión correspondiente, se clasificara como incompleto el expediente cuando falte algún documento de los antes

mencionados.

7.- “ENTREGA DE TINACOS” Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados

favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, al continuar y profundizar esos

esfuerzos en el aprovechamiento del agua y en su captación en beneficio de niñas, niños, jóvenes; personas adultas y adultos

mayores; así como todas aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.

a) Otorgar 1587 tinacos al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

142 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

b) El apoyo es 1 tinaco por familia, con un Gasto $ 5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo

individual $3,150.59 (tres mil ciento cincuenta pesos 59/100 M. N.), que será erogado por la Delegación

Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Manifestar bajo protesta de decir verdad, no tener tinaco en su hogar o que ya esté en malas condiciones.

Procedimientos de acceso: Acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el

edificio Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México sin número, colonia Cuajimalpa los días

lunes, miércoles y viernes en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la

documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud

Credencial de elector

Comprobante de domicilio

Carta bajo protesta de decir verdad

Fotografía donde actualmente acumula el agua

El área responsable de la acción es la Dirección General de Gerencia Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorial del programa.

8.- “ENTREGA DE LÁMINAS” Resulta indispensable disminuir la desigualdad social en los diversos sectores de la población, bajo los principios de la

universalidad, igualdad, equidad de género y social, justicia distributiva, diversidad, integridad, territorialidad, exigibilidad,

participación, transparencia y efectividad. Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos,

se orientan a ofrecer un mayor beneficio social entre los sectores de la población cuajimalpense de menores ingresos y en

condiciones de alta vulnerabilidad o marginación y las ayudas que se otorgan con base a criterio de selectividad, equidad,

temporalidad, el derecho a una vivienda digna con calidad de vida, así como transparencia, lo que no implica discriminación

o exclusión a otros sectores de la población que lo soliciten ser partícipes y beneficiarios de dichas acciones

a) Otorgar 5000 láminas a familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

b) El apoyo es en especie de un paquete de 5 láminas por familia, lo cual representan un gasto anual de $4,610,000.00

(cuatro millones seiscientos diez mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $4,610.00 (cuatro

mil seiscientos diez pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Manifestar bajo protesta de decir verdad, no tener láminas en su hogar o que ya esté en malas condiciones

Procedimientos de acceso acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio

Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y

viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación

requerida.

Documentación requerida:

Solicitud

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 143

Credencial de elector.

Comprobante de domicilio

Carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste el motivo por el cual solicita las láminas

Fotografía de la vivienda.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.

9.- “ENTREGA DE COBIJAS” Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio

social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y

marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo

que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de

dichas acciones.

a) Otorgar 10,000 cobijas al mismo número de familias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

b) El apoyo es en especie, 1 cobija por familia Gasto total anual $2,200,000.00 (un millón cien mil pesos 00/100

M.N.) y en lo individual $220.00 (Doscientos veinte pesos 00/100 M.N), que será erogado por la Delegación

Cuajimalpa de Morelos

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

Planeación, ejecución y supervisión del programa.

10.- “ENTREGA DE CHAMARRAS A NIÑAS Y NIÑOS QUE CURSAN EL NIVEL PREESCOLAR” La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 establece en el artículo tercero el Derecho de todos los

mexicanos a recibir educación por parte del Estado. La Educación Pública en México, además de ser gratuita y laica, a

tenido como aspiración preparar a las personas para enfrentar la vida en libertad partiendo del valor cívico de la

responsabilidad y desarrollando a plenitud las facultades humanas.

a) -Otorgar 5,500 chamarras al mismo número de niñas y niños en la Delegación Cuajimalpa de Morelos

b) -El apoyo es en especie, 1 chamarra por niña o niño, lo cual representan un gasto anual de $5,500,000.00 (cinco

millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $1,000.00 (mil pesos 00/100

M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Que los alumnos se encuentren inscritos en Escuelas Públicas de Nivel Preescolar dentro de la demarcación de

Cuajimalpa de Morelos.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

144 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.

Copia de Credencial de elector del padre o tutor.

Comprobante de domicilio

Constancia de Estudios o credencial que se encuentra en Preescolar.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.

11.- “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD MOTRIZ” (SILLAS DE RUEDAS)

Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio

social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y

marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, que

no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de dichas

acciones.

a) Otorgar 500 sillas de ruedas al mismo número de personas con discapacidad motriz en la Delegación Cuajimalpa

de Morelos.

b) El apoyo es en especie, 1 silla de ruedas, lo cual representan un gasto anual de $2,000,000.00 (dos millones de

pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $4,000.00 (cuatro mil pesos 00/100 M.N.), que será

erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Ser persona con alguna discapacidad motriz que le impide desplazarse por sus propios medios.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs, para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.

Copia de Credencial de elector (en su caso del padre o tutor).

Acta de nacimiento de la persona con discapacidad.

Comprobante de domicilio

Certificado médico de una institución pública que diagnostique el tipo de discapacidad y que contenga el nombre, firma

y cédula profesional del médico que la emite

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.

12.- “MÁS APOYO A DISCAPACIDAD VISUAL” (LENTES) Que las acciones institucionales a cargo de la Delegación Cuajimalpa de Morelos se orientan a ofrecer un mayor beneficio

social entre los sectores de población Cuajimalpense de menores ingresos y en condiciones de vulnerabilidad y

marginación; y las ayudas se otorgan con base a criterios de selectividad, equidad, temporalidad así como transparencia, lo

que no implica discriminación o exclusión a otros sectores de la población que soliciten ser partícipes y beneficiarios de

dichas acciones

a) Otorgar 1500 anteojos (lentes) al mismo número de personas con discapacidad visual en la Delegación Cuajimalpa

de Morelos.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 145

b) El apoyo es en especie, 1 anteojos (lentes), lo cual representan un gasto anual de $600,000.00 (seiscientos mil

pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), que será

erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Ser persona con alguna discapacidad visual que amerite el uso de anteojos.

Realizarse estudio de la vista previa cita con nuestros oftalmólogos una vez que acudan a solicitar el apoyo.

Procedimientos de Acceso: Acudir a la Oficina de la Dirección General de Desarrollo Social, ubicada en el edificio de

José María Morelos y Pavón (Edificio Cultural), 1er. piso, Av. Juárez esq. Con Av. México s/n, Col. Cuajimalpa, los

días Lunes, Miércoles y Viernes en un horario de 10:00 a 15:00 hrs., para llenar solicitud de inscripción, llevando

consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con su contra recibo.

Copia de Credencial de elector (en su caso del padre o tutor).

Comprobante de domicilio

Resultado de examen de la vista que amerite la solicitud de anteojos

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.

13.- “COMPUTADORAS PARA ESCUELAS”

La administración 2015-2018 de la Delegación Cuajimalpa pretende contribuir o coadyuvar con la federación y las CDMX

en la entrega de computadoras gratuitas a las escuelas a través del programa de entrega de computadoras escolares,

destinado a alumnos y alumnas inscritos en escuelas Públicas dentro de la demarcación Cuajimalpa de Morelos en el nivel

de educación básica, con él se pretende que todos los estudiantes pertenecientes a la educación primarias reciban apoyo. De

esta forma, todos los alumnos tendrán la misma oportunidad de contar con una educación de calidad y así podrán contribuir,

de manera efectiva, el derecho a la educación gratuita plasmado en la Constitución, a que por falta de Material Escolar los

alumnos dejen de participar en las actividades escolares

a) -Otorgar 200 computadoras a escuelas de la Delegación Cuajimalpa de Morelos

b) -El apoyo es en especie, 1 computadora a escuelas de nivel básico, lo cual representan un gasto anual de

$4,000,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $20,000.00 (veinte

mil pesos 00/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Solicitud por escrito de la escuela con firma de la directora, mesa directiva y sello oficial. .-Registro de SEP.

Las solicitudes de inscripción deberán realizarse en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Social en Av.

Juárez esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa Centro C.P. 05000 Edificio cultural 1er piso, en la que se llenará una

solicitud de ingreso.

Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de Desarrollo Social

y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá convocar para que se presente a la entrega de la

computadora.

146 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con contra recibo -Copia Acta de elección de mesa directiva de la escuela. Copia

Credencial de elector (INE) del presidente o integrante de la mesa directiva

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Social, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa.

14.- “KIT DE HERRAMIENTAS”

Para la Delegación Cuajimalpa, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con resultados

favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de asistencia social

recobra sentido, al continuar y profundizar esos esfuerzos en beneficio; personas adultas y adultos mayores; así como todas

aquellas personas que se encuentren en desventaja social y/o en condición de vulnerabilidad.

a) Otorgar 1250 kit de herramientas para las familias de los pueblos y colonias que forman parte de la Delegación

Cuajimalpa de Morelos

b) -El apoyo es un kit de herramienta por persona, lo cual representan un gasto anual de $10,000, 000.00 (diez

millones de pesos 00/100 M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $8,000.00 (ocho mil pesos 01/100 M.N.),

que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Ser residente de la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

Llenar un formato de solicitud del kit de herramientas y un contra recibo.

Procedimientos de acceso acudir a la oficina de la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio

Principal, primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y

viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación

requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con contra recibo

Credencial de elector.

Comprobante de domicilio

Carta bajo protesta de decir verdad donde manifieste el motivo por el cual solicita el kit de herramienta.

Fotografía del Vehículo

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la

integración del padrón de beneficiarios.

15.- “MÁS AGUA Y MEJOR SALUD CON UNA CULTURA AMBIENTAL”

En la Delegación Cuajimalpa de Morelos, es prioridad definir políticas de atención que propicien la inclusión social con

resultados favorables en lo inmediato y sentar las bases para el mediano y largo plazo; de esta manera, la política de

asistencia social surge de la necesidad de dotar de agua a las escuelas donde existen diversas dificultades técnico-

económico para ser abastecidos mediante formas “tradicionales”, siendo la captación de agua de lluvia una alternativa

viable de abasto.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 147

a) -Otorgar a 52 planteles educativos de la demarcación, 1 cisterna pluvial de 10,000 lts, un filtro pluvial, kit de

canaletas y bomba manual, Escuelas Públicas ubicadas en pueblos y colonias que forman parte de la Delegación

Cuajimalpa de Morelos.

b) -El apoyo es un cisterna pluvial de 10,000 lts, un filtro pluvial, kit de canaletas y bomba manual así como

saneamiento a cisternas, lo cual representan un gasto anual de $30,000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100

M.N.) y en lo individual tendrían un costo de $576,923.07 (quinientos setenta y seis mil novecientos veintitrés

pesos 07/100 M.N.), que será erogado por la Delegación Cuajimalpa de Morelos.

c) Los procedimientos de acceso son:

Requisitos:

Solicitud por escrito de la escuela con firma de la Directora, mesa directiva y sello oficial

Las solicitudes de inscripción deberán realizarse en las Dirección General de Desarrollo Delegacional en Av. Juárez

esq. Av. México S/N Col. Cuajimalpa, Centro 05000 Edificio Cultural 1er. Piso, en la que se llenará una solicitud de

ingreso.

Una vez que haya sido validada la solicitud de incorporación al programa por la Dirección General de Desarrollo

Delegacional y el expediente cuente con la documentación completa, se podrá programar para la entrega del material.

Procedimientos de acceso acudir a la Dirección General de Desarrollo Delegacional, ubicada en el Edificio Principal,

primer piso, sito en Av. Juárez, esquina con Av. México, S/N, colonia Cuajimalpa; los días lunes, miércoles y viernes,

en un horario de 10:00 a 15:00 horas, para llenar solicitud de inscripción, llevando consigo la documentación requerida.

Documentación requerida:

Solicitud de ingreso al programa con contra recibo -Copia de acta de elección de mesa directiva de la escuela Copia de

la Credencial de elector (INE) del presidente o integrante de la mesa directiva.

El área responsable de la acción es la Dirección General de Desarrollo Delegacional, quien se encargará de los procesos de

planeación, ejecución y supervisión en territorio del programa, así como la clasificación de los expedientes para la

integración del padrón de beneficiarios.

La presente Convocatoria se encontrará vigente a partir de su publicación y hasta el día 30 de marzo del año 2018

Procedimientos de quejas o inconformidad ciudadana

En caso de que las personas beneficiarias deseen interponer una queja, deberán acudir de manera personal a ingresar un

escrito donde señalen los motivos de su inconformidad Centro de Servicio y Atención Ciudadana CESAC, ubicado en Av.

Juárez, esquina Av. México, Colonia Cuajimalpa, Delegación Cuajimalpa de Morelos, Código Postal 05000, Ciudad de

México, en un horario de 9:00 a 14:00 horas. La oficina responsable la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a

Grupos Prioritarios, estará obligada a responder en un plazo no mayor a 8 días hábiles a partir de su recepción.

En caso de que los solicitantes o beneficiarios no queden conformes con la respuesta podrán interponer la queja o denuncia

respectiva ante la Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a lo señalado por los artículos 44 y 45 de la Ley

de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Asimismo, las y los ciudadanos podrán presentar quejas por incumplimiento

de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, o bien, registrar su queja a

través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, mismo que deberá turnarla a la Procuraduría Social

para su debida investigación y, en su caso, a la instancia correspondiente

Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas en

la implementación, seguimiento o evaluación del programa social.

148 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

El mecanismo para brindar a la Ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la Línea telefónica

INETEL (01800 433 2000)

La presente convocatoria tiene carácter informativo por lo que los interesados deberán ajustarse a lo establecido en los

lineamientos de las Acciones Institucionales a cargo de la delegación Cuajimalpa de Morelos para el ejercicio fiscal 2018

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del día 6 y 14 de febrero del 2018.

Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen

de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales

de lucro y otros distintos a los establecidos.

Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley

aplicable y ante la autoridad competente”.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese en Gaceta Oficial de la Ciudad de México

Ciudad de México, a los seis días del mes de marzo del dos mil dieciocho.

LIC. ALEJANDRO ZAPATA SANCHEZ

(Firma)

_________________________________________________

DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

EN CUAJIMALPA DE MORELOS

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 149

DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC

LIC. BENNELLY JOCABETH HERNÁNDEZ RUEDAS, DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL

EN CUAUHTÉMOC, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87,105, 106, 112, segundo párrafo; 117 fracción I y

118 fracciones II, V, VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; Artículo 6, 10, fracción VI; 36, 37, 38 y 39

fracciones I, VIII, XIII, XLV, LVI y LXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México;

Artículo 11 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal; Artículos 97 y 101 de la Ley de Presupuestos

y Gasto Eficiente del Distrito Federal; Artículos 34 fracción XI, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para Distrito

Federal; Artículo 122 Fracción II de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas;

Artículos 57 y 58 del Reglamento de la Ley Desarrollo Social para Distrito Federal; Artículos 120, 121, 122 V, 122 Bis

fracción VI, inciso e); 123 fracción IV y 128 del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México..

CONSIDERANDO

Que el Programa General de Desarrollo Social 2013-2018 del Gobierno de la Ciudad de México, se inscribe en el marco de

una política social organizada en Cinco Ejes Estratégicos, siendo el que nos compete el de Desarrollo Humano y Equidad e

Inclusión Social, en donde convergen las atribuciones y facultades de la Administración Pública de la Ciudad de México en

torno a los objetivos y estrategias de las cuales se desprenden las acciones que habrán de ordenarse en los programas

sectoriales.

Que dentro de las políticas sociales de la actual administración en Cuauhtémoc se encuentra la de incluir a todos los sectores

de la población en los Programas de Desarrollo Social, particularmente a aquellos que se encuentran en situación de alta

vulnerabilidad, motivo por el cual en el ejercicio 2017 se trabajó con programas sociales de apoyo a los sectores más

desprotegidos de la Demarcación, con el fin de colaborar e impulsar el ejercicio de los derechos sociales para disminuir las

brechas de la desigualdad.

Que los días 31 de enero de 2017 con Número 255 TOMO II, de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y 20 de junio de

2017 con Número 93 de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; fueron publicadas las Reglas de Operación de los

Programas de Desarrollo Social a cargo del Órgano Político Administrativo Cuauhtémoc para el ejercicio fiscal 2017, lo

que implicó transferencias de recursos monetarios o materiales a personas físicas que residen en la demarcación.

Que los padrones de beneficiarios difundidos deben llevar impresa la siguiente leyenda: “Los datos personales que se

recaben con este programa social y la información adicional generada y administrada serán protegidos y se regirán por lo

establecido en las Leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y de Protección de Datos

Personales del Distrito Federal”.

De ahí que con el fin de transparentar la operación de los mismos, se hacen del conocimiento público tal y como lo

establece el artículo 34, fracción II de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, los padrones de los ciudadanos

beneficiados durante el ejercicio 2017.

Por lo anterior y con base en las atribuciones que la Ley me confiere, he tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS PADRONES DE BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS

DE DESARROLLO SOCIAL, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2017, QUE A CONTINUACIÓN SE

ENLISTAN:

Becas Escolares

El Corazón de México Educa

Apoyo Económico de Corazón

Integración a Personas con Discapacidad

Adulto Mayor

Primero las Jefas de Familia

150 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

Considerando lo señalado en la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal y las Disposiciones de Racionalidad

y Austeridad del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2018, cada uno de los

Padrones de Beneficiarios de los Programas se editan en medio magnético, en archivo PDF y se anexan a la presente

publicación.

TRANSITORIOS

Primero.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Segundo.- Una vez que se hayan hecho públicos los Padrones de Beneficiarios; la Dirección General de Desarrollo Social,

deberá de enviarlos a la H. Asamblea Legislativa del Distrito federal y a la Secretaría de Desarrollo Social de la Ciudad de

México, a fin de que estén disponibles a través del Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO).

Ciudad de México a 28 de febrero de 2018

(Firma)

_______________________________________

LIC. BENNELLY JOCABETH HERNÁNDEZ RUEDAS

DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL EN CUAUHTEMOC

(Estos Padrones se anexan en archivo digital)

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 151

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER COMO DÍAS INHÁBILES LOS QUE SE

INDICAN Y EN CONSECUENCIA, SE SUSPENDEN LOS TÉRMINOS INHERENTES PARA LA

ORIENTACIÓN, INFORMACIÓN, RECEPCIÓN, INTEGRACIÓN, REGISTRO, GESTIÓN, RESOLUCIÓN,

ENTREGA Y NOTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE RELACIONEN CON SOLICITUDES DE ACCESO

A LA INFORMACIÓN PÚBLICA; DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN DE

DATOS PERSONALES; ATENCIÓN DE RECURSOS DE REVISIÓN, RESOLUCIONES Y DENUNCIAS POR

INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA; ASÍ COMO LA RECEPCIÓN,

REGISTRO, CONTROL, SEGUIMIENTO, TURNO Y DESPACHO DE LA CORRESPONDENCIA QUE SE

RECIBA EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE APOYO TÉCNICO OPERATIVO ADSCRITAS A LA

COORDINACIÓN DE GESTIÓN DELEGACIONAL EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN

MIGUEL HIDALGO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2018 Y AL MES DE ENERO DE 2019.

ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ, Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo,

con fundamento en lo dispuesto por los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y XI, del Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 7, 10 fracción XI, 36, 37, 38 y 39 fracciones XLV y LIV de la Ley

Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores

Públicos; 1, 120, 121, 122 bis fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 3,

11, 71, 72, 73, 74, y 78 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y numerales 1 y 33 de los

Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad de México, y

CONSIDERANDO

1.- Que la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 73 y 74, establece que los trabajadores no están obligados a prestar

servicios en sus días de descanso, y que son días de descanso obligatorio el 1o. de enero, el primer lunes de febrero en

conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo, el 1o. de mayo, el 16 de

septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre, el 1o. de diciembre de cada seis años,

cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de diciembre y los que determinen las leyes

federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

2.- Que el artículo 10 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de cuentas de la Ciudad de

México establece que en todo lo no previsto en esta Ley, se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Transparencia y

Acceso a la Información Pública, Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, y en orden de

preferencia la Ley de Procedimiento Administrativo local, y, a falta de disposición expresa en ella se estará a lo dispuesto

por el Código de Procedimientos Civiles local y demás ordenamientos relativos en materia de Transparencia, Acceso a la

Información y Protección de Datos Personales.

3.- Que el Artículo 126 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala que los plazos fijados

por dicha Ley en días, se entenderán como hábiles.

4.- Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 206 y 230 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y

Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, los plazos y términos de todas las notificaciones previstas en dicha Ley se

computarán en días hábiles.

5.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal,

las actuaciones y diligencias en ella previstas se practicarán en días y horas hábiles, considerando como inhábiles los días:

sábados y domingos, 1 de enero, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, el tercer lunes de marzo en

conmemoración del 21 de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20

de noviembre, el 1 de diciembre de cada 6 años, el 25 de diciembre y aquellos en que tengan vacaciones generales las

autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante

acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal.

152 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

6.- Que el numeral 33 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en

la Ciudad de México, publicados el 16 de junio de 2016 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, establece que serán

días hábiles todos los del año a excepción de los sábados, domingos e inhábiles y los que por disposición de ley se

consideren inhábiles y los que se establezcan por acuerdo del Pleno del Instituto, publicados en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México.

Asimismo, serán inhábiles los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se

suspendan las labores o los términos relativos a los procedimientos previstos en estos Lineamientos, mismos que se

publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México o en el órgano de difusión oficial que corresponda, además de darse

a conocer en el sitio de Internet del sistema electrónico.

7.- Que en términos de lo dispuesto por los Artículos 160, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 200, 203, 209, 212, 215, 227, 236,

239, 243, 244, 246, 251, 252, 257, 259, 261 y 263 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición

de Cuentas de la Ciudad de México, así como lo dispuesto por los Artículos 32, 35, 38 y 40 de la Ley de Protección de

Datos Personales para el Distrito Federal, se establecen plazos perentorios para la atención y trámite de las solicitudes de

acceso a la información pública y las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales; la

sustanciación y presentación de los informes relacionados con los recursos de revisión, resoluciones y procedimientos

relacionados con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia.

8.- Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos y

procedimientos competencia de la Coordinación de Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel

Hidalgo.

Dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en la orientación, información, recepción, integración, registro,

gestión, resolución, entrega y notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información

pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones

y procedimientos relacionados con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la

recepción, registro, control, seguimiento, turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades

administrativas de apoyo técnico operativo adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político

Administrativo en Miguel Hidalgo.

9.- Que en el ejercicio de sus atribuciones y con el objeto de atender las obligaciones de salvaguardar la legalidad, honradez,

lealtad, imparcialidad y eficiencia que deberán ser observadas en el desempeño su cargo y con la finalidad de atender los

principios de certeza eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y

transparencia, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de

Cuentas de la Ciudad de México, la Jefa Delegacional en Miguel Hidalgo, emite el Acuerdo por el que se hace del

conocimiento al público en general, los días que serán considerados como inhábiles correspondientes al año 2018 y al mes

de enero de 2019, para efecto de los actos y procedimientos atribuibles a la esfera de competencia de la Coordinación de

Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo.

ACUERDO

PRIMERO. Para efectos de los actos y procedimientos específicos y generales, competencia de la Coordinación de Gestión

Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se considerarán días inhábiles del año 2018: el 19 (en

conmemoración del 21 de marzo), 29 y 30 de marzo; el 1 de mayo (en conmemoración por el Día del Trabajo); 16, 17, 18,

19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de julio correspondientes al primer periodo vacacional; 1 y 2 de noviembre, el 19 de

noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre); 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de diciembre, así como los

días 1, 2, 3 y 4 de enero de 2019 correspondientes al segundo período vacacional.

SEGUNDO. Para efectos de orientación, información, recepción, integración, registro, gestión, resolución, entrega y

notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información pública; de acceso, rectificación,

cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones y procedimientos relacionados

con denuncias por el incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la recepción, registro, control,

seguimiento, turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades administrativas de apoyo técnico

operativo adscritas a la Coordinación de Gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se

considerarán días inhábiles los señalados en el ACUERDO PRIMERO.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 153

TERCERO. En razón de lo anterior y durante los días citados, no se computarán los términos relacionados con actos y

procedimientos atribuibles a la esfera de competencia de la Coordinación de Gestión Delegacional del Órgano Político

Administrativo en Miguel Hidalgo.

CUARTO.- Cualquier actuación o promoción realizada ante las unidades administrativas de apoyo técnico operativo

adscritas a la Coordinación de gestión Delegacional en el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, en alguno de

los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.

ARTICULO TRANSITORIO

PRIMERO.- Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles los que se indican y

en consecuencia, se suspenden los términos inherentes para la orientación, información, recepción, integración, registro,

gestión, resolución, entrega y notificación de documentos que se relacionen con solicitudes de acceso a la información

pública; de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales; atención de recursos de revisión, resoluciones

y denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia; así como la recepción, registro, control, seguimiento,

turno y despacho de la correspondencia que se reciba en las unidades administrativas de apoyo técnico operativo adscritas a

la coordinación de gestión delegacional en el órgano político administrativo en miguel hidalgo, correspondientes al año

2018 y al mes de enero de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del pasado 21 de febrero de 2018.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

TERCERO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

Ciudad de México, a 01 días del mes de marzo de 2018.

Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo

(Firma)

_____________________________________

ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ

154 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DÍAS INHÁBILES Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN

TÉRMINOS PARA LOS TRÁMITES INHERENTES A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL

ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO

Ingeniera Bertha Xochitl Gálvez Ruiz Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo de Miguel Hidalgo, de

conformidad con lo establecido por los artículos 122 apartado C, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, 87 último párrafo, 104, 105 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2º, 3º fracción

III, 10 fracción XI, 11 párrafo décimo primero, 37, 38, 39 fracciones XLV y LIV de la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal, 11 primer párrafo de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y 3 fracción

III, 120, 121 y 122 Bis fracción XI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

I. Que la Delegación Miguel Hidalgo, es un Órgano Político Administrativo Pública del Distrito Federal, con autonomía

funcional en acciones de gobierno en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y el

Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II. Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, es el ordenamiento legal que regula la actuación de la

Administración Pública de la Ciudad ante los particulares, misa en la que establece que las actuaciones y diligencias de

orden administrativo deben ser ejecutadas en días hábiles, señalando como inhábiles entre otros aquellos en que se

suspenden de manera general las labores de las Dependencias Delegacionales o Entidades de la Administración Pública del

Distrito Federal.

III. Que por lo anterior, la Administración Pública del Distrito Federal de conformidad con la Ley de Procedimiento

Administrativo del Distrito Federal debe determinar la suspensión de labores señalando los días que deberán ser

considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita y del Manual de Trámites y Servicios al Público del

Distrito Federal en consecuencia no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración

Pública Local.

IV. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 73 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, en los

plazos establecidos por períodos se computarán todos los días; cuando se fijen por mes o por año, se entenderá que el plazo

concluye el mismo número de día del mes o año de calendario que corresponda, respectivamente; cuando no exista el

mismo número de días en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de

calendario.

Si el último día del plazo o la fecha determinada son inhábiles o las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite

permanecen cerradas durante el horario normal de labores, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.

V. Que conforme a lo establecido en el artículo 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, los

términos se contarán por días hábiles, salvo disposición en contrario. Empezarán a correr a partir del día hábil siguiente al

en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas y serán improrrogables.

VI. Que durante los días declarados inhábiles se suspenderán los plazos y términos en todos aquellos asuntos, trámites y

servicios gestionados ante este Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, por lo que permanecerán las

instalaciones cerradas al público para cualquier tipo de solicitudes de trámites y servicios, gestión, entrega de resolución

administrativa y desahogo o substanciación de prevenciones a las solicitudes presentadas ante el mismo, durante el período

considerado como días inhábiles en el presente acuerdo. Asimismo, dicha suspensión de plazos y términos será aplicable en

la tramitación y recepción de documentos e informes; tramites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio,

substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos,

solicitudes de informes o documentos, recursos de revisión, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de

impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al Órgano Político

Administrativo, así como todas las áreas de atención ciudadana, trámites y gestiones administrativas en la Delegación

Miguel Hidalgo que incida o afecte la esfera jurídica de los particulares.

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 155

VII. Que con el fin de dar seguridad jurídica a todas las personas relacionadas con los trámites y procedimientos

sustanciados a cargo del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo y con el objeto de hacer del conocimiento del

público en general la determinación del titular de la Delegación Migue Hidalgo mediante su publicación en la Gaceta

Oficial de la Ciudad de México, por las consideraciones y fundamentos anteriormente expuestos, en este acto se emite el

siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN Y DAN A CONOCER LOS DIAS QUE SE INDICAN, COMO

INHABILES DEL AÑO 2018 Y DEL MES DE ENERO DE 2019, PARA LOS TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS

ADMINISTRATIVOS DEL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO EN MIGUEL HIDALGO.

PRIMERO.- Para efectos de los actos y procedimientos específicos y generales, competencia de la Coordinación de

Gestión Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo, se considerarán días inhábiles del año 2018:

el 19 (en conmemoración del 21 de marzo), 29 y 30 de marzo; el 1 de mayo (en conmemoración por el Día del Trabajo); 16,

17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de julio correspondientes al primer periodo vacacional; 1 y 2 de noviembre, el 19

de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre); 17, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 28 y 31 de diciembre, así como

los días 1, 2, 3 y 4 de enero de 2019 correspondientes al segundo período vacacional.

SEGUNDO.- Derivado de lo previsto en el punto anterior el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo,

permanecerá cerrado a los trámites administrativos realizados por el público en general durante los días señalados.

TERCERO.- Cualquier actuación o promoción ante el Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo en alguno de los

días considerados como inhábiles por el presente acuerdo, en su caso, surtirá efectos el primer día hábil siguiente.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Se deja sin efectos el Acuerdo por el que se declaran y dan a conocer como días inhábiles y en consecuencia,

se suspenden términos para los trámites inherentes a los procedimientos administrativos ante las Oficinas de la Dirección

General de Servicios Jurídicos y Gobierno, Ventanilla Única Delegacional y el Centro de Servicios y Atención Ciudadana,

publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del pasado 21 de febrero de 2018.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

TERCERO.- El siguiente acuerdo entrará en vigor y surtirá efectos a partir del primer día siguiente al de su publicación.

Ciudad de México, a 01días del mes de marzo de 2018

Jefa Delegacional del Órgano Político Administrativo en Miguel Hidalgo

(Firma)

_____________________________________

ING. BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUÍZ

156 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

DELEGACIÓN XOCHIMILCO

ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS

ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES

UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL PUEBLO DE SAN GREGORIO

ATLAPULCO DE LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.

Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el

que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,

la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,

37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3

fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en

cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.

Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos

al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,

delegados por el Jefe de Gobierno.

Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que

realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones

y obligaciones que le corresponden.

Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se

delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la

suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo

Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la

suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o

Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no

se altere el orden y la seguridad pública.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda

estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,

o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.

Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto

impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con

motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.

Que mediante oficio MX09-GDF01-02-XOCH13-JLG-0385-2018, firmado por el Jefe de Unidad de Licencias de Giros

Mercantiles y Espectáculos Públicos, informa que se llevará a cabo la celebración de la fiesta patronal del Pueblo San

Gregorio Atlapulco de la Delegación Xochimilco, por lo que en prevención de posibles actos que pudieran trastornar dicho

evento y con el fin de salvaguardar la seguridad e integridad física de participantes y público en general, he tenido a bien

expedir el siguiente:

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 157

ACUERDO

PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00

horas a las 24:00 horas durante los días , 10 y 11 de Marzo del 2018, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro

del perímetro que comprende las calles Belisario Domínguez, Cuacontle, Acueducto y Actocpan del Pueblo de San

Gregorio Atlapulco en la Delegación Xochimilco, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con

licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales, y en cualquier otro establecimiento

mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con

motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía pública; así como en los establecimientos mercantiles con

giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y III, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas,

cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier

otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de cualquier graduación, o que se instalen

temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Gregorio Atlapulco en la Delegación

Xochimilco, en la fecha señalada, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías,

kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de

Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario

de circulación nacional.

Ciudad de México al vigésimo tercer día del mes de Febrero del 2018.

ATENTAMENTE

JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO

Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal por ausencia del Jefe Delegacional en

Xochimilco firma el Director General Jurídico y de

Gobierno.

AVELINO MÉNDEZ RANGEL

(Firma)

LIC. CARLOS BOJORQUEZ HERNANDEZ

158 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

DELEGACIÓN XOCHIMILCO

ACUERDO POR EL QUE SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS

ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES

UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL PUEBLO DE SANTIAGO

TEPALCATLALPAN DE LA DELEGACIÓN XOCHIMILCO, DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.

Avelino Méndez Rangel, Jefe Delegacional en Xochimilco, en ejercicio de la facultad que me confiere el “Acuerdo por el

que se delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales,

la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales”, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México, el día 23 de junio de 2016, el artículo 5º, fracción II, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito

Federal, el artículo 55-TER, fracción VI, de la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción III, 87 párrafo primero y tercero, 104, 105 y 117 del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal; artículos 1, 2 párrafo tercero y 3 fracción III, 10 fracción I, 11 párrafo primero y segundo, 36,

37, 38, 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 1 párrafo segundo, 3

fracción III, y 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y

C O N S I D E R A N D O

Que la Administración Pública de la Ciudad de México, cuenta con Órganos Político-Administrativos desconcentrados en

cada demarcación territorial, con autonomía funcional en acciones de gobierno.

Que los Titulares de los Órganos Político-Administrativos, pueden suscribir los contratos y demás actos jurídicos relativos

al ejercicio de sus atribuciones, así como aquellos que le sean señalados por delegación o les correspondan por suplencia,

delegados por el Jefe de Gobierno.

Que es facultad del Jefe de Gobierno instrumentar acciones tendientes a simplificar los procedimientos administrativos que

realizan las diferentes áreas de la Administración Pública Local, a fin de cumplir de manera ágil y oportuna las atribuciones

y obligaciones que le corresponden.

Que con fecha 23 de junio de 2016, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el “Acuerdo por el que se

delega en los Titulares de los Órganos Políticos Administrativos la facultad de ordenar mediante acuerdos generales, la

suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles

ubicados en el territorio de sus respectivas demarcaciones territoriales.”

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, y el Acuerdo

Delegatorio antes citado, el Jefe Delegacional en Xochimilco tiene la facultad para ordenar mediante Acuerdo, la

suspensión de actividades en los establecimientos mercantiles, que operen alguno de los giros que requieran Aviso o

Permiso para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, en fechas u horas determinadas, con el objeto de que no

se altere el orden y la seguridad pública.

Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal queda

estrictamente prohibida la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, así como de bebidas en general en envase de vidrio,

o en envases similares en la feria a las que se refiere este artículo.

Que las actividades relacionadas con la venta de bebidas alcohólicas en los establecimientos mercantiles al ser de alto

impacto social, podrían traer consecuencias negativas para la seguridad pública, si se desarrollan en días en los que con

motivo de festividades populares tradicionales existen grandes concentraciones de personas.

Que mediante oficio MX09-GDF01-02-XOCH13-JLG-0384-2018, firmado por el Jefe de Unidad Departamental de

Licencias de Giros Mercantiles y Espectáculos Públicos, informa que se llevará a cabo la celebración de la fiesta patronal

de Santiago Tepalcatlalpan los días 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, y 24 de Marzo del 2018, por lo que en prevención de

posibles actos que pudieran trastornar dicho evento y con el fin de salvaguardar la seguridad e integridad física de

participantes y público en general, he tenido a bien expedir el siguiente:

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 159

ACUERDO

PRIMERO.- Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00

horas a las 24:00 horas durante los días ,17, 18,19,20,21,22,23 y 24 de Marzo del 2018, en los establecimientos mercantiles

ubicados dentro del perímetro que comprende las Calles Cuauhtémoc, Girasoles, Tepalcatlalpan, Pról. Las Cruces, Pino,

Coatetlan, Del Niño Jesús, Camino A La Herradura, Camino A la Cantera, Rio Antiguo, Camino A Santiago, Sócrates Prol.

Matamoros. Pról. Aquiles Serdán, Antiguo Camino A San Pablo, Arenal, Capulines, Av. 16 De Septiembre, Redención, Rio

Santiago Y Cerrada San Pablo Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan en la Delegación Xochimilco, que operen como

vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas

departamentales, y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, en el que se expendan bebidas alcohólicas de

cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades y tradiciones populares en la vía

pública; así como en los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal previstos en el artículo 19, fracciones II y

III, de la Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, siendo restaurantes y establecimientos de hospedaje, así

como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine

con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, en el que se expendan o consuman bebidas alcohólicas de

cualquier graduación, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

SEGUNDO.- Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Pueblo de Santiago Tepalcatlalpan en la Delegación

Xochimilco, en la fecha señalada, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías,

kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

TERCERO.- Las violaciones al presente Acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de

Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- La presente convocatoria entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de

México.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y a través de la Delegación Xochimilco, en un diario

de circulación nacional.

Ciudad de México al vigésimo tercer día del mes de Febrero del 2018.

ATENTAMENTE

JEFE DELEGACIONAL EN XOCHIMILCO

Con fundamento en el artículo 25 del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal por ausencia del Jefe Delegacional en

Xochimilco firma el Director General Jurídico y de

Gobierno.

AVELINO MÉNDEZ RANGEL

(Firma)

LIC. CARLOS BOJORQUEZ HERNANDEZ

CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

EN LA OFICIALÍA MAYOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Lic. María de la Luz Urrusquieta Navarro, Directora General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en observancia a la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 párrafo tercero y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Ley del Régimen Patrimonial y del

Servicio Público, 99 del Reglamento Interior de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como la norma 32 de las Normas Generales de Bienes

Muebles de la Administración Pública del Distrito Federal, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor de la Ciudad

de México, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN/OM/DGRMSG/01/2018, para la

Enajenación de Diversos Desechos de Bienes Muebles, mediante contrato abierto con vigencia anual y un Costo de las bases de $5,000.00 (cinco mil pesos

00/100 M.N), bajo las siguientes especificaciones:

Venta de

Bases

Verificación Física de los

Bienes

Entrega de las

Dudas o

Aclaraciones a

las Bases

Junta de

Aclaración

de Bases

Recepción,

Apertura y

Evaluación de

Ofertas

Emisión de

Fallo de la

Licitación

Pago de los Bienes

Adjudicados

Retiro de los Bienes

Adjudicados

Del 12 al 16

de marzo de

2018,

de 9:30 a

14:00 hrs.

A partir del día de compra

de bases y hasta el 20 de

marzo de 2018, de 9:00 a

15:00 hrs. (días hábiles)

21 de marzo de

2018, de 9:00 a

18:00 hrs.

26 de marzo

2018, a las

11:00 hrs.

02 de abril de

2018, a las

11:00 hrs.

06 de abril de

2018, a las

11:00 hrs.

Dentro de los 8 días

hábiles posteriores a

la fecha de fallo.

de 9:00 a 15:00 hrs.

30 días hábiles

señalados en la Orden

de Entrega de Bienes.

de 9:00 a 15:00 hrs.

DESCRIPCIÓN CANTIDAD

MÍNIMA UNIDAD

PRECIO

UNITARIO IMPORTE

LOTE UNO “Diversos Desechos”

Desecho ferroso mixto contaminado 16,895.00 Kgs. $0.3879 $6,553.57

Desecho ferroso vehicular (refacciones usadas) 5,000.00 Kgs. $2.4952 $12,476.00

Acumuladores 3,000.00 Kgs. $3.1419 $9,425.70

Balastra 22,615.00 Kgs. $1.3902 $31,439.37

Plástico 33,431.00 Kgs. $1.0658 $35,630.76

Leña común 510.00 Kgs. $0.0421 $21.47

Acero inoxidable (baleros, instrumental médico dañado y padacería); Alambre de cobre con

papel; Aluminio; Bronce; Cable de aluminio con forro; Cable cobre y forro de plástico

autosoportado; Cable cobre paralelo con forro; Cobre desnudo; Conductores eléctricos de cobre

con forro de plástico; Desecho ferroso de primera; Desecho ferroso de primera especial; Desecho

ferroso de segunda; Desecho ferroso de tercera; Desecho ferroso proveniente de compactadoras;

Desecho ferroso proveniente de motoconformadoras; Desecho ferroso proveniente de

pavimentadoras; Desecho ferroso proveniente de petrolizadoras; Desecho ferroso proveniente de

tractores; Desecho ferroso proveniente de tractores agrícolas; Fierro colado; Literas tubulares;

Latón; Plomo; Plomo con clavo y pabilo; Transformadores de corriente; Transformadores de

distribución y potencia con aceite; Transformadores de distribución y potencia sin aceite; Aceite

0.00 Kgs. / Pzas. $749.31 $749.31

quemado; Pintura caduca y gelada; Grasa diferentes especificaciones (contaminada); Tubo

fluorescente (roto); Vidrio pedacería; Aisladores de porcelana; Garrafón de plástico de 18 lts.;

Luminaria; Plástico acrílico; Poste de concreto; Poste de madera; Tambos de lamina de 200

lts.(regulares); Tambos de lamina de 200 lts.(mal estado picado o corroído); Tambos de plástico

de 200 lts.; y Trapo colchas, cobijas, sabanas, cortinas, vestuarios, campos, portacharolas, y otros

de tela provenientes de hospitales (limpio).

Suma: - - - 81,451.00 $96,296.18

DESCRIPCIÓN CANTIDAD

MÍNIMA UNIDAD

PRECIO

UNITARIO IMPORTE

LOTE DOS “Desechos de Papel”

Papel archivo; Papel de revoltura; Boleto de metro; Papel archivo con calca; Papel cesto; Papel

con tubo; Papel Kraft; Papel listado de computadora (forma continua); Papel periódico; Papel

pliego impreso; Papel proveniente de imprenta; Papel proveniente de revistas, publicaciones y

folletos; Papel viruta color; Cartón; Cartón de tapas; y Cartoncillo.

0.00 Kgs. $7.55 $7.55

Suma: - - - 0.00 $7.55

Los servidores públicos responsables de la presente licitación son Lic. María de la Luz Urrusquieta Navarro, Directora General de Recursos Materiales y Servicios

Generales; Efraín Nájera López, Director de Almacenes e Inventarios; Daniel Carranza Chávez, Subdirector de Control de Inventarios; Cruz Ibarra Morales, Jefe de

la Unidad Departamental de Desincorporación de Bienes y Jessica Jazmín Ferrer Cruz, Líder Coordinador de Proyectos, todos ellos adscritos a la Dirección General

de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México.

Es requisito indispensable para realizar la inscripción cubrir el importe de las Bases de la Licitación mediante depósito bancario a favor de la Secretaría de Finanzas

de la Ciudad de México, en el banco denominado Scotiabank Inverlat en la cuenta 00105899699, con número de referencia 12030516, y presentar el comprobante en

Avenida Tlaxcoaque número 8, Quinto piso, Colonia Centro, C.P. 06090.

Las bases podrán ser revisadas gratuitamente por las personas físicas y morales interesadas, previo a su venta.

La enajenación de los bienes de referencia se hará por lote completo, mismos que se localizan en diferentes domicilios de las Dependencias, Órganos

Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, lo cual se especifica en el Anexo 2 de las Bases de Licitación.

Los interesados podrán verificar físicamente los bienes, en los lugares donde se encuentran concentrados, previo pago de las Bases de Licitación; asimismo, la

garantía de seriedad de la oferta deberá ser por el diez por ciento del precio mínimo de venta de la suma de ambos lotes, que tendrá que ser cubierta con cheque

certificado, de caja o fianza a nombre de la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México.

Ciudad de México, a 06 de marzo del 2018

(Firma)

LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

LIC. MARÍA DE LA LUZ URRUSQUIETA NAVARRO

Administración Pública

Delegación Miguel Hidalgo

Dirección Ejecutiva de Obras Públicas

Licitación Pública Nacional Convocatoria: DMH/LPN/002/2018

Arq. José Bello Alemán, Director Ejecutivo de Obras Públicas de la Delegación Miguel Hidalgo, en cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con los artículos 3º apartado a fracciones I y IV, 23, 24 inciso A, 25 apartado A), fracción I, 26, 28 y 44

fracción I, inciso a) de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y 120, 121, 122 Bis fracción XI, inciso D) del Reglamento Interior de la Administración Pública del

Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la Licitación Pública de carácter Nacional para la contratación de Obra Pública en

la modalidad de Precios Unitarios por Unidad de Concepto de Trabajo Terminado, conforme a lo siguiente:

No. de licitación Descripción y ubicación de los trabajos Fecha de Inicio Plazo de ejecución Capital Contable

Requerido

DMH/LP/002/2018 Continuación de los Trabajos de Construcción del Nuevo

Edificio Delegacional, Sexta Etapa. 16 de Abril del 2018 100 días naturales $14’000,000.00

Clave FSC (CCAOP) Costo de

las bases

Fecha límite para

adquirir bases Visita al lugar de la obra Junta de aclaraciones

Presentación y

apertura sobre único Acto de fallo

S/C $2,000.00 13 de Marzo de

2018

14 de Marzo de 2018 22 de Marzo de 2018 02 de Abril de 2018 10 de Abril de 2018

09:00 hrs. 09:30 hrs. 09:30 hrs 18:00 hrs.

Los recursos para la realización de los trabajos relativos a la presente Licitación Pública fueron autorizados por la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, a

través de la Subsecretaría de Egresos, con oficio de inversión número SFCDMX/027/2018 de fecha 08 de enero de 2018.

Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta en el Portal de la Delegación Miguel Hidalgo. www.miguelhidalgo.gob.mx/obraspublicas y la

adquisición será en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos en Miguel Hidalgo, ubicada en General José Moran esq. Parque Lira, Col.

Ampliación Daniel Garza, C. P. 11840, Tel. 52-76-77-00 ext. 1036, Ciudad de México, en horario de 10:00 a 14:00 horas, en días hábiles y hasta la fecha límite para

adquirir bases, se entregarán en Medio Electrónicos.

Requisitos para adquirir las bases, planos, especificaciones u otros documentos:

Se deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejo.

Adquisición directa en la oficina de la Unidad Departamental de Concursos y Contratos:

1.- Solicitud por escrito de participación, en papel membretado de la empresa, indicando los datos completos del concurso en el que desea participar y comprobante de

pago de las bases para su adquisición. (Individual, uno por cada concurso que desee participar).

2.- Constancia de Registro de Concursante emitido por la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, actualizada conforme lo establece el

artículo 24 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

3.- En caso de estar en trámite el Registro. (Constancia de registro de trámite).

4.- Documentos comprobantes para el capital contable mínimo.

5.- Declaración Anual del ejercicio fiscal 2017 y parciales del ejercicio fiscal actual (Enero-Febrero 2018), donde se compruebe el capital contable mínimo requerido.

6.- Estados financieros del ejercicio fiscal inmediato anterior, avalados por contador público externo con constancia de renovación en el sistema de contadores

públicos registrados (SAT), copia de la Cédula Profesional del mismo.

7.- La forma de pago de las bases se hará en las oficinas de la J.U.D. de Concursos y Contratos, mediante cheque certificado o de caja, expedido a favor de la Secretaría

de Finanzas de la Ciudad de México, con cargo a una institución de crédito autorizada para operar en la Ciudad de México.

8.- El lugar donde se efectuarán los actos relativos a la Visita de Obra, Junta de Aclaraciones, Apertura de Sobre Único y Fallo, será en las oficinas ubicadas en General

José Moran esq. Parque Lira 3º piso, Col. Ampliación Daniel Garza, C. P. 11840, Delegación Miguel Hidalgo, Tel. 52-76-77-00 ext. 1036, Ciudad de México, y se

partirá de este lugar para realizar la visita de obra, en la Sala de Juntas de la Dirección General de Administración Delegacional se llevarán a cabo los eventos de Juntas

de aclaraciones, Apertura del sobre Único y Fallo; el día y hora indicados anteriormente. Siendo obligatoria la asistencia a los actos anteriormente mencionados, de

personal calificado (arquitecto, ingeniero o técnico en construcción), a la Visita al Sitio de los Trabajos y a la(s) junta(s) de aclaraciones, acreditándose tal calidad

con cédula profesional, certificado técnico o carta de pasante (original y copia para cotejo) y escrito de presentación en hoja membretada de la empresa, signado por el

representante legal de la misma. Se deberá considerar que para el Acto de Visita de Obra se partirá del lugar a la hora establecida en esta convocatoria

PUNTUALMENTE, por lo que deberán de llegar ANTES para su registro, persona que NO ESTE REGISTRADA no podrá asistir a la Visita (No habrá

tolerancia). La asistencia a la visita a la obra, Junta de Aclaraciones y Apertura de sobre Único será obligatoria, asimismo presentarse 15 minutos antes.

9.- No se otorgará anticipo para la ejecución de los trabajos.

10.- Las proposiciones deberán presentarse en idioma español.

11.- La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en unidades de moneda nacional.

12.- No se autoriza asociación o subcontratación en la ejecución de los trabajos, de acuerdo al artículo 47 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

13.- La Delegación Miguel Hidalgo, a través de la Dirección Ejecutiva de Obras Públicas, con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas del Distrito

Federal, efectuará el análisis comparativo de las proposiciones admitidas, formulará el dictamen y emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al

concursante, que reuniendo las condiciones establecidas en la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, su Reglamento, las Bases de Licitación y demás normatividad

en la materia, haya presentado la postura legal, técnica, económica, financiera y administrativa que garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato y presente

la postura solventemente económica, siendo los criterios generales para la adjudicación del contrato, entre otros aspectos, el cumplimiento de las condiciones legales

exigidas al licitante; que los recursos propuestos por el licitante sean los necesarios para ejecutar satisfactoriamente, conforme al programa de ejecución, las cantidades

de trabajo establecidas; que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios sean acordes con las condiciones de costos vigentes en la zona o región donde se

ejecuten los trabajos.

14.- Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los concursantes, podrán ser negociadas, de

acuerdo al Artículo 29 Fracción V de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

15.- Las condiciones de pago son mediante estimaciones de trabajos ejecutados, las que deberán realizarse por períodos quincenales o mensuales por concepto de

trabajo terminado, acompañados de la documentación que acredite la procedencia del pago.

16.-La forma de garantizar el cumplimiento del contrato será del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato incluyendo el I.V.A. a favor de la Secretaría de

Finanzas de la Ciudad de México, mediante póliza de fianza expedida por la Institución autorizada y de conformidad con la Ley de Obras Públicas Distrito Federal.

17.-Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno. La concursante que resulte Adjudicada deberá presentar previo a la firma del contrato, la

constancia de no adeudos y las contribuciones señalados en el código Fiscal del Distrito Federal.

18.-No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

Ciudad de México, a 05 de Marzo de 2018.

(Firma)

Arq. José Bello Alemán

Director Ejecutivo de Obras Públicas.

Administración Pública de la Ciudad de México

Delegación Tláhuac

Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano

Licitación Pública Nacional

Convocatoria 001-18

Ing. Arq. Gabriel Trinidad Mendoza Carrasco, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Tláhuac, en observancia a lo dispuesto

en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en

sus artículos 24 apartado A, 25 apartado A fracción I y 26. Con fundamento en los artículos; 122 fracción III y 126, del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, convoca a las personas físicas y morales interesadas en participar en la licitación pública de carácter

nacional para la contratación en la modalidad de obra pública a base de precios unitarios y por unidad de concepto de trabajos terminados, conforme a

lo siguiente:

No. Licitación Descripción de la obra Fecha de Capital

contable

requerido Inicio Terminación

30001121-01-18

Presupuesto Participativo 2018 27/03/2018 30/09/2018 $10,701,846

Costo de bases Fecha límite para

adquirir bases

Visita al lugar de la

obra los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura de Proposiciones

$3,500.00 12/03/2018 13/03/2018 16/03/2018 22/03/2018

10:00 HRS 11:00 HRS 11:00 HRS

No. Licitación Descripción de la obra Fecha de Capital

contable

requerido Inicio Terminación

30001121-02-18

Obras complementarias a la Escuela No. 126 “Tlahuizcalli” 27/03/2018 30/06/2018 $1,733,333

Costo de bases Fecha límite para

adquirir bases

Visita al lugar de la

obra los trabajos Junta de aclaraciones Presentación y apertura de Proposiciones

$3,500.00 12/03/2018 13/03/2018 16/03/2018 22/03/2018

17:00 HRS 12:00 HRS 12:00 HRS

Lineamientos generales

1.-Los recursos fueron aprobados con el oficio de autorización de inversión de la Subsecretaría de Egresos del Distrito Federal, número SFCDMX/029/2018 de

fecha 08 de enero de 2018. La ubicación del sitio de trabajo está contenida en las bases de la presente licitación.

2.-El pago deberá efectuarse mediante cheque de caja o certificado a favor de la GOB DE LA CDMX SRIA DE FINANZAS TESORERIA DE LA CDMX con

cargo a una institución de crédito autorizada a operar en la Ciudad de México, ( Debe llevar dos firmas de los funcionarios facultados del banco) en las oficinas

de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación, dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la

Delegación Tláhuac, ubicada en Av. Mar de las Lluvias N° 17 Colonia Selene, C.P. 13420, Tláhuac, Ciudad de México.

3.-Las bases y sus anexos así como el catálogo de conceptos se entregarán a los interesados, en las oficinas de la Unidad Departamental de Concursos de la

Dirección Técnica y de Planeación dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac, previa presentación del recibo

de pago, siendo responsabilidad del interesado su adquisición oportuna.

4.-El lugar de reunión para la visita de obra será en las oficinas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación dependiente de

la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac. En los días y horas indicados en esta convocatoria y las bases de la licitación.

5.-Las juntas de aclaraciones se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de Planeación

dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación Tláhuac. La empresa Concursante deberá de elaborar en papel membretado,

escrito de presentación de la persona que asistirá a la visita de obra y junta de aclaraciones, anexando copia de la cédula profesional del personal técnico

calificado y presentar original para cotejo, la asistencia a la visita de obra y junta de aclaraciones será obligatoria.

6.-El acto de presentación y apertura de propuestas; se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Unidad Departamental de Concursos de la Dirección Técnica y de

Planeación dependiente de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, de la Delegación Tláhuac, en los días y horas indicados en está convocatoria y las

bases de la licitación.

7.-La venta de bases será a partir del 08 de marzo de 2018 y la fecha límite será el 12 de marzo de 2018, en los días de oficina en el horario de 10:00 a 14:00

horas, donde:

Deberá entregar copia legible de los siguientes documentos, presentando los originales para cotejar.

A Solicitud por escrito para participar en los trabajos objeto de esta convocatoria, manifestando número de la licitación, indicando su objeto social, nombre y

domicilio completo del licitante, en papel membretado de la empresa.

B Manifiesto de estar al corriente de las obligaciones fiscales de acuerdo al Artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente, en concordancia con el

Artículo 8° y Cuarto Transitorio del Código Fiscal del Distrito Federal, correspondientes a los últimos cinco ejercicios fiscales (ANEXAR COPIA DE

CONSTANCIA DE ADEUDOS DE LA TESORERÍA DEL D.F. Y/O SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Ó DEL ACUSE).

C Constancia de registro de concursante definitivo y actualizado, expedida por la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, misma que deberá

expresar el capital contable requerido.

D Para los interesados que decidan agruparse deberán acreditar en forma individual los registros señalados, además de entregar una copia del convenio a

que se refiere el artículo 47 penúltimo párrafo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal y artículo 49 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal.E Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos del artículo 37 de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal.

8.-Los interesados en la presente licitación pública deberán comprobar experiencia y capacidad técnica mediante la relación de contratos de obras relacionado

con la misma , que tengan o hayan celebrado con la administración pública o con particulares para la ejecución de los trabajos similares a los concursados,

comprobando documentalmente su cumplimiento a satisfacción de la contratante, tales como carátulas de contratos y actas de entrega-recepción; así como

también curriculum de la empresa y del personal técnico a su servicio relativo a las obras similares a las descritas en la presente licitación pública y capacidad

financiera, administrativa y de control según la información que se solicita en las bases de la licitación pública nacional.

A Acta constitutiva y modificaciones, en su caso, cuando se trate de persona moral o acta de nacimiento para persona física y curriculum actualizado.

B Presentar identificación de carácter oficial de la persona física o representante legal, así como los poderes que deberán acreditarse.

C Documentos comprobatorios de capital contable requerido, mediante declaración anual inmediata anterior (para personas morales y físicas) y las

declaraciones parciales a la fecha, estados financieros, balance y estado de resultados como mínimo al 31 de diciembre del 2016, auditados por contador

público titulado con registro en la Administración General de Auditoria Fiscal Federal de la S.H.C.P, anexando copia legible de su cédula profesional y

constancia de su registro, en papel membretado del auditor.

9.-El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será el español.

10.-La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será en pesos mexicanos.

11.-La contratista no podrá subcontratar ningún trabajo relacionado con esta licitación, de no ser indicado en las bases de la presente licitación pública o previa

autorización por escrito de la contratante de acuerdo al artículo 47 párrafo cuarto de la Ley de Obras Publicas del Distrito Federal.

12.-No se otorgaran anticipos.

13.-Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán con base a los artículos 40, 41 y 43 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

efectuándose el análisis comparativo de las propuestas admitidas, se formulará el dictamen y se emitirá el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato al

concursante que, reuniendo las condiciones solicitadas en las bases de la licitación, haya presentado la propuesta que resulte solvente y garantice

satisfactoriamente el cumplimiento del contrato.

14.-Las condiciones de pago, serán verificativas mediante estimaciones quincenales y no mayores de un mes, las que serán presentadas por “El contratista” a la

residencia de supervisión dentro de los 4 días hábiles siguientes a la fecha de corte, que serán los días 15 y 30 de cada mes. Se pagarán dentro de los 20 días

naturales siguientes contados a partir de la fecha en las que hubiere autorizado la residencia de la supervisión, de conformidad con el Artículo 52 de la Ley de

Obras Públicas del Distrito Federal.

15.-Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, pero los concursantes podrán presentar ante el Órgano de Control Interno solicitud de

aclaración en términos del Artículo 72 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

(Firma)

Ciudad de México, 05 de marzo de 2018

Ing.Arq. Gabriel Trinidad Mendoza Carrasco

Director General de Obras y

Desarrollo Urbano

09 de Marzo de 2018 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 167

E D I C T O S

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MÉXICO

JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

TOLUCA, MÉXICO.

E D I C T O

PARA EMPLAZAR A: LUCIO SUSANO NOLASCO

En el expediente 880/2015 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL, promovido por CARLOS ALFONSO ROMERO

GALAN en contra de LUCIO SUSANO NOLASCO y MARIA DEL CARMEN SUSANO BONIFACIO, en el que les

reclama la usucapión respecto de una fracción de 133.28 metros cuadrados del inmueble denominado fracción de terreno de

labor ubicado en San Pedro Totoltepec, Toluca, México; inmueble también conocido como el ubicado en calle Ignacio

Allende sin número, Colonia San Pedro Totoltepec, Toluca, México, con una superficie de 133.28 metros cuadrados, con las

siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 16.00 metros con propiedad del señor RICARDO y HERMINIA ambos de

apellidos OCAMPO SOLORES; AL SUR: 16.00 metros con propiedad de MERCEDES MARTINEZ ROSALES ,

PATRICIA GARCIA MARTINEZ Y MARIA ELENA MARTINEZ ROSALES; AL ORIENTE: 8.33 metros con

propiedad de RICARDO REYES SUSANO BONIFACIO; AL PONIENTE: 8.33 metros con calle Ignacio Allende;

teniendo como domicilio para emplazar al primero de los codemandados el ubicado en Primera Cerrada de Tepozanco

número 1, Colonia Cuajimalpa de Morelos, México, C.P. 05000; por lo que en términos del auto de fecha catorce de

diciembre de dos mil dieciséis; se ordena la publicación del presente edicto en el periódico oficial Gaceta de Gobierno del

Estado de México, en otro de mayor circulación en esta municipalidad y en el boletín judicial, por tres veces, de siete en

siete días, haciéndole saber al demandado que debe presentarse ante este Juzgado, dentro del plazo de TREINTA DIAS,

contados a partir del siguiente al de la última publicación a dar contestación a la demanda entablada en su contra,

apercibiéndole, que si pasado dicho plazo no comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se

seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones aun las de carácter personal por lista y boletín judicial

que se lleva en este Juzgado.- Toluca, México; a 10 de Enero de 2017. DOY FE.

EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS.

(Firma)

LIC. AMADA DIAZ ATENOGENES.

SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL

DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MÉXICO.

168 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 09 de Marzo de 2018

DIRECTORIO

Jefe de Gobierno de la Ciudad de México

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA

Consejero Jurídico y de Servicios Legales

VICENTE LOPANTZI GARCÍA

Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos

CLAUDIA ANGÉLICA NOGALES GAONA

Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios

FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA

Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones

EDGAR OSORIO PLAZA

Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios

JUAN ULISES NIETO MENDOZA

INSERCIONES

Plana entera ...................................................................................... $ 1,924.00

Media plana ......................................................................................... 1,034.50

Un cuarto de plana ................................................................................. 644.00

Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo,

C.P. 15290, Delegación Venustiano Carranza.

Consulta en Internet

www.consejeria.cdmx.gob.mx

GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Impresa por Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.

Calle General Victoriano Zepeda No. 22, Col. Observatorio C.P. 11860,

Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Teléfono: 55-16-85-86 con 20 líneas.

www.comisa.cdmx.gob.mx

(Costo por ejemplar $73.00)