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'. I ",.l~'(J DE lA INVERSIÓN PARA EL DESARROUO RURAl. r /.11SEGURIP,W ALlMENTARlA~ (1)1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Resolución de Alcaldía N° B2 5 -2013-A1MPP San Miguelde PiUr¡, 22 de julio d", 2013 Visto, el Informe N° 059-2013-CEPAIMPP, de fecha 19 de julio de 2013, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Piura; y, CONSIDERANDO, Que, mediante la Resolución de Alcaldía N"683-20I3.AlMPP de fecha 11 de junio de 2013, se apertura proceso administrativo disciplinario al Abog. Walter Galecio Calle, Ex Jefe de la Oficina de Fiscalización y Control de la Municipalidad Provincial de Piura, toda vez que las publicaciones periodísticas de fecha 14 de junio de 2012 dan cuenta de presuntos actos de corrupción por presuntamente cobrarle una coima a la ejecutiva de la empresa publicitaria JMT OUTDOORS SERVICIOS CORPORATIVOS EIRL Rosario Malina Torres ascendente a la suma de S/.7,000.00 nuevos soles para no retirar los paneles de su empresa; asimismo, por presuntamente no haber notificado previamente a dicha empresa sin seguir con el procedimiento administrativo sancionador; Que, mediante expediente N°34096 de fecha 19 de junio de 2013 el ex funcionario presenta sus descargos, en los que manifiesta principalmente lo siguiente: I Que, la Oficina de Fiscalización y Control Municipal en coordinación con la-alta Gerencia dio inicio en el mes de mayo del 2012, lal operativo el cual consistia en retirar los paneles publicitarios que no cuentan con la autorización emitida por la Municipalidad Provincial de Piura, vale decir los que están ubicados en la Av. Sánchez Cerro cuadras 11, 12, 13 Y ocho avenidas de la ciudad. En la Av. Sánchez Cerro se produjo el retiro de los paneles publicitarios los cuales fueron colocados en años anteriores, cabe mencionar que dichos paneles no han obtenido ni gestionado autorización alguna ante la Municipalidad Provincial de Piura, para que sean colocados en dichos lugares. I Que, dichos operativos de retiro de paneles, se llevaron acabo de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 026-2004-C1CPP y la Ordenanza Municipal N°083-2000-C/CPP, ya que la Oficina de Control Urbano cumplió con notificar debidamente a las empresas con la finalidad de que retiren los paneles publicitarios, desde la publicación de la Ordenanza Municipal N° 083-2000-C/CPP, del mes de noviembre del año 2011, en la cual se les otorga un plazo de 03 meses para regularizar o retirarlos; por su parte la Oficina de Fiscalización 'y Control Municipal notifico a las empresas otorgándoles un plazo de 48 horas, los cuales hicieron caso omiso y por lo tanto se procedió a dar inicio con el operativo de retiro de los paneles publicitarios que no contaban con autorización. Que, como es de conocimiento público la Oficina de Fiscalización y Control Municipal casi siempre es denunciada por intervenciones hechas a los diferentes administrados, por abuso de autoridad, los cuales han quedado sin aperturar investigación con disposición fiscal declarando el archivamiento de todos los casos en los que ha sido denunciado, ya que la Oficina de Fiscalización y Control Municipal dio cumplimiento con el debido procedimiento que indican [os Ordenanzas Municipales las cuales facultan a la misma Oficina de Fiscalización y Control Municipal. I Que, mediante las publicaciones periodísticas vertidas en los diarios con fecha 14 dejunio del 2012 Y programas televisivos de noticias regionales las cuales dan cuenta de los presuntos actos de corrupción del ex Jefe de la Oficina de Fiscalización y Control Municipal Abog.

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Page 1: I ,.l~'(JDElA INVERSIÓN PARA ELDESARROUO RURAl. (1)1de que retiren los paneles publicitarios, desde la publicación de la Ordenanza Municipal N° 083-2000-C/CPP, del mes de noviembre

'. I",.l~'(JDE lA INVERSIÓN PARA EL DESARROUO RURAl. r /.11SEGURIP,W ALlMENTARlA~

(1)1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA

Resolución de AlcaldíaN° B2 5 -2013-A1MPP

San Miguelde PiUr¡, 22 de julio d", 2013

Visto, el Informe N° 059-2013-CEPAIMPP, de fecha 19 de julio de 2013, de la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Piura; y,

CONSIDERANDO,

Que, mediante la Resolución de Alcaldía N"683-20I3.AlMPP de fecha 11 de junio de 2013,se apertura proceso administrativo disciplinario al Abog. Walter Galecio Calle, Ex Jefe de la Oficinade Fiscalización y Control de la Municipalidad Provincial de Piura, toda vez que las publicacionesperiodísticas de fecha 14 de junio de 2012 dan cuenta de presuntos actos de corrupción porpresuntamente cobrarle una coima a la ejecutiva de la empresa publicitaria JMT OUTDOORSSERVICIOS CORPORATIVOS EIRL Rosario Malina Torres ascendente a la suma de S/.7,000.00nuevos soles para no retirar los paneles de su empresa; asimismo, por presuntamente no habernotificado previamente a dicha empresa sin seguir con el procedimiento administrativo sancionador;

Que, mediante expediente N°34096 de fecha 19 de junio de 2013 el ex funcionario presentasus descargos, en los que manifiesta principalmente lo siguiente:

I• Que, la Oficina de Fiscalización y Control Municipal en coordinación con la-alta Gerencia

dio inicio en el mes de mayo del 2012, lal operativo el cual consistia en retirar los panelespublicitarios que no cuentan con la autorización emitida por la Municipalidad Provincial dePiura, vale decir los que están ubicados en la Av. Sánchez Cerro cuadras 11, 12, 13 Y ochoavenidas de la ciudad.

• En la Av. Sánchez Cerro se produjo el retiro de los paneles publicitarios los cuales fueroncolocados en años anteriores, cabe mencionar que dichos paneles no han obtenido nigestionado autorización alguna ante la Municipalidad Provincial de Piura, para que seancolocados en dichos lugares. I

• Que, dichos operativos de retiro de paneles, se llevaron acabo de acuerdo a la OrdenanzaMunicipal N° 026-2004-C1CPP y la Ordenanza Municipal N°083-2000-C/CPP, ya que laOficina de Control Urbano cumplió con notificar debidamente a las empresas con la finalidadde que retiren los paneles publicitarios, desde la publicación de la Ordenanza Municipal N°083-2000-C/CPP, del mes de noviembre del año 2011, en la cual se les otorga un plazo de 03meses para regularizar o retirarlos; por su parte la Oficina de Fiscalización 'y ControlMunicipal notifico a las empresas otorgándoles un plazo de 48 horas, los cuales hicieron casoomiso y por lo tanto se procedió a dar inicio con el operativo de retiro de los panelespublicitarios que no contaban con autorización.

• Que, como es de conocimiento público la Oficina de Fiscalización y Control Municipal casisiempre es denunciada por intervenciones hechas a los diferentes administrados, por abuso deautoridad, los cuales han quedado sin aperturar investigación con disposición fiscaldeclarando el archivamiento de todos los casos en los que ha sido denunciado, ya que laOficina de Fiscalización y Control Municipal dio cumplimiento con el debido procedimientoque indican [os Ordenanzas Municipales las cuales facultan a la misma Oficina deFiscalización y Control Municipal. I

• Que, mediante las publicaciones periodísticas vertidas en los diarios con fecha 14 dejunio del2012 Y programas televisivos de noticias regionales las cuales dan cuenta de los presuntosactos de corrupción del ex Jefe de la Oficina de Fiscalización y Control Municipal Abog.

Page 2: I ,.l~'(JDElA INVERSIÓN PARA ELDESARROUO RURAl. (1)1de que retiren los paneles publicitarios, desde la publicación de la Ordenanza Municipal N° 083-2000-C/CPP, del mes de noviembre

wancr lJaJeCIO Laue, aSJ como su coormnaaor LUIS ramclOs qUlencs naOrlan SIDOdenunciados por la ejecutiva de la empresa publicitaria JMT. OUTDOORS SERVIC10SCORPORATIVOS EIRL, por presuntamente cobrarle una coima ascendente a SI. 7,000.0nuevos soles, para no retirar los paneles de su empresa, así mismo por haber notificadopreviamente a dicha empresa como exige el procedimiento administrativo sancionador.

• Menciona que las publicaciones del 14 de junio del 2012, las supuestas imputaciones hechaspor parte de la representante de la Empresa JMT OUTDOORS, la cual señala que en eseentonces como Jefe de la Oficina de Fiscalización y Control Municipal y del Coordinador dela misma Oficina, le habían solicitado dinero a la misma a cambio de no retirar los panelespublicitarios de la empresa que representa, señala que el día 13 de junio de 2012 en horas dela mañana se apersonó la Representante y dos personas más las cuales manifestaron que eransus abogados se hicieron presentes en las instalaciones de la Base SECOM especificamenteen la Oficina de Fiscalización y Control Municipal acudiendo con la prensa con la finalidadde encararle por el retiro de los paneles y de manera calumniosa y difamatoria valiéndose delos medios de comunicación lo insultó con palabras irreproducibles encarándole que la habíaestado extorsionando haciéndole llamadas telefónicas solicitándole la cantidad de dineroSI.7,000.00 nuevos soles a cambio de no retirarle los paneles de la empresa que representa,pues todo lo que se imputa es absolutamente falso ya que el día 06 de junio del año 2012 lamisma Representante se apersonó a la instalaciones del Ministerio Publico a interponer ladenuncia de parte, la cual manifestaba que mi persona la estaba extorsionado y que lehabíamos dejado poner un panel publicitario a cambio de dinero, el mismo que fue retiradopor el personal de Fiscalización y Control Municipal con el apoyo de Serenazgo.

• Que, de las tantas denuncias que se le han hecho por parte de los administrados, señalaespecíficamente que la representante de la empresa JMT OUTDOORS presentada en laPrimera Fiscalía Provincial Penal Caso N° 1306-2012 la cual versa sobre el ABUSO DEAUTORIDAD, DAÑOS AGRAVADOS, DAÑOS MATERIALES, USURPACION DEFUNCIONES, ha sido archivado de manera definitiva por haberse llevado a cabo el debidoprocedimiento sancionador.

• Con respecto a la denuncia hecha sobre la supuesta EXTORSION cabe mencionar que lecorresponde al caso N° 1305.2012 de la Segunda Fiscalia Provincial Penal Corporativa dePiura, mediante Cedula de Notificación N° 10884-2012 de fecha 28 de junio del 2012 la cualpone en conocimiento la disposición de apertura de Investigación Preliminar en base a ladenuncia formulada por Molina Torres Elizabeth contra Walter Galecio Calle y Palacios Luispor la presunta comisión del delito de CORRUPCION DE FUNCIONARIO, en agravio de laEmpresa JMT. OUTDOORS SERVICIOS CORPORATIVOS EIRL.

• Con fecha 26 de Noviembre del 2012 mediante Cedula de Notificación N° 19822-2012 lacual dispone DECLARAR NO A LUGAR A FORMALIZAR LA INVESTlGACIONPREPARATORIA, contra Walter Galecio Calle y los que resulten responsables, por lapresunta comisión del delito de corrupción de funcionarios en agravio de la empresa JMT.OUTDOORS SERVICIOS CORPORATIVOS EIRL Y en agravio de la MunicipalidadProvincial de Piura, ordenando el archivo de 10 actuado.

• Que, al verse afectado en la materia personal, familiar y laboral, pues el día 20 de junio del2012, interpone la denuncia correspondiente por los delitos de injuria, calumnia y difamacióncontra la trabajadora de la empresa 1MT OUDOORS y la misma empresa como Tercero CivilResponsable, lo cual a la fecha se viene ventilando en el Tercer Juzgado Unipersonal de Piuramediante el Expediente N° 02369-2012, Y mediante Resolución veinte cita a las partesprocesales a JUICIO ORAL para el18 de junio del 2013 a horas 3 pm, en el local de la CorteSuperior de Justicia de Pima.

Que, los miembros de la Comisión Especial de Procesos Administrativos, concluyen que alprocesado no le asiste Responsabilidad Administrativa; en atención a las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Que, mediante Informe N°522-20I3.DLyCU-OPUyRIMPP la División de Licencias yControl Urbano informa y remite copia la Notificación N°121O-2011-DLyCU-OPUyRIMPP del20/12/2011 a la Empresa JMT OUDOORS SERVICIOS CORPORATIVOS EIRL, mediante lacual se le pone en conocimiento que deberá adecuarse a la Ordenanza Municipal N°83-00-CMPP

~ente desde el 07/11/2011 y de no cumplir con la adecuación no se podrá otorgar las

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Page 3: I ,.l~'(JDElA INVERSIÓN PARA ELDESARROUO RURAl. (1)1de que retiren los paneles publicitarios, desde la publicación de la Ordenanza Municipal N° 083-2000-C/CPP, del mes de noviembre

IautOrizaCIOnes mUniCIpales para sus elememos pUDllcnanos ano '¿UI4. LOO reena ¿()/ULJ¿UI¿ laempresa 'solicita renovación de autorización de anuncio y propaganda mediante NotificaciónN°208-2012-DLyCU-OPUyRlMPP de fecha 12/03/2012 se le responde indicando que elexpediente se encuentra observado ya que no cumple con el arto 38° Paneles Publicitarios inciso ayen el anexo II y mediante RA N°1298-2012-NMPP se resuelve declarar Infundado su recurso deApelación contra la Resolución Jefatura! N~425-2012-0PUyR/MPP que declaró infundado elRecurso de Reconsideración. En consecuencia se notificó a la mencionada empresa a fin deadecuarse a la normatividad vigente así mismo se ha seguido el debido procedimientoadministrativo correspondiente dando por agotada la vía administrativa.

ISEGUNDO: Que, de lo informado por la Procuraduria Pública se tiene que el caso signado conN°lJ05w2012 seguido ante la segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura,investigación seguida contra Walter Galecio Calle por presunta comisión del delito contra laadministración Publica-Corrupción de Funcionarios en agravio de JMT OUTDOORS, seencuentra en trámite. I

TERCERO: Que, el principio de presunción de inocencia como derecho fundamental implica que---::---... "( ...) a todo procesado se le considera inocente mientras no se pruebe su culpabilidad: vale decir,

~1.-1DAUP/r'••••"} 0"" hasta que no se exhiba prueba en contrario; en consecuencia de los actuados que obran en el/ /{~~>1-~~'pediente administrativo solo se tiene las publicaciones periodísticas que dan cuenta de presuntos

{,¡;.' la tos de corrupción del ex Jefe de Fiscalización por presuntamente cobrarle una coima a la<~:. ~.;/'Jecutiva de la empresa publicitaria JMT OUTDOORS SERVICIOS CORPORATIVOS EIRL,~::'::~/Rosario Malina Torres ascendente a la suma de S/. 7,000.00 nuevos soles para no retirar los

paneles de su empresa, no existiendo elementos de prueba que acrediten fehacientemente lopublicado en los diarios de la localidad; tampoco obra expediente presentado por la empresapublicitaria JMT a ésta entidad mediante ell cual denuncie al ex funcionario por los hechospublicados en los diarios. Por lo tanto no hay indicios razonables ni evidencias que acrediten

'?~~J'J''''C'responsabilidad administrativa funcional por parte del ex funcionario.'4t¡~ Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos, a través del Informe del Visto,& ecomienda se absuelva de los cargos imputados aI ABOG. WALTER GALECIO CALLE, Ex Jefe de

la Oficina de Fiscalización y Control de la Municipalidad ProvinciaJ de Piura;

Que, en mérito a lo expuesto, de conformidad al proveído de este despacho de fecha 22 dejulio de 2013 yen uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades W27972; I

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.-Absolver de los cargos imputados al ABOG. WALTERGALECrO CALLE (Ex Jefe de la Oficina de Fiscalización y Control de la Municipalidad Provincialde Piura), en mérito a los considerandos expuestos en la presente Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Disponer quJ la Unidad de Atención al Ciudadano notifique bajoresponsabilidad, al procesado, con las formalidades de Ley, debiendo alcanzar la notificación a laOficina corre~pondiente. I

ARTICULO TERCERO.- Disponer a la Oficina de Secretaria General bajo responsabilidad,notifique a la Comisión Especial de Procesos Administrativos copia fedatada del cargo denotificación de la Resolución que se emita como consecuencia de Informe N° 059-2013-CEPAlMPP.

ARTÍCULO CUARTO.w Notifíquese la presente Resolución de Alcaldía a la ComisiónEspecial de Procesos Administrativos, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia deTecnologías y Sistemas de Información, Gerencia de Asesoría Jurídica, Oficina de Personal y a laOficina General de Control Institucional y os interesados para los fines consiguientes.

REGISTRESE, 'QUESE, CÚMPLASE y ARCHÍVESE,I

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