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Manual de funciones del Subcomité encargado del mecanismo de reducción de emisiones por deforestación y degradación forestal, Redd+

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Page 2: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

¿Por qué un Manual y no un Reglamento?

De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración, en virtud de su competencia propia. El Reglamento forma parte del ordenamiento jurídico

Un Manual, es un documento que no posee las formalidades exigidas en la elaboración de un Reglamento y por tanto permite cierta flexibilidad

Page 3: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Ventajas comparativas entre reglamento y manual

Creación y

Vigencia

Aplicación Modificación

Expiración

Reglamento

X √ X X

Manual √ X √ √

Page 4: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Estructura del documento:

I. Disposiciones preliminares, marco regulatorio, objetivos

II. Estructura organizacionalIII. Responsabilidades de los órganosIV. Convocatoria, sesiones y toma de

decisionesV. Modificación del Manual.

Disposiciones transitorias

Page 5: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

I. Disposiciones preliminares, marco regulatorio, objetivos:

SubcomitéRedd+

Ley General de Ambiente

Ley forestal

Visión de país

LGAP

Reglamento P. E.

Decreto creación

DNCC

Borrador Reglamento

CICC

Ayuda memoria Redd+

R-PP

Page 6: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Objetivos:

1. Asegurar el dialogo y consulta interinstitucional en el tema

2. Contribuir en la definición de política pública3. Definir plan estratégico (Estrategia Nacional)4. Realizar/actualizar Línea de base5. Validar planes6. Registrar proyectos7. Implementar el sistema nacional de monitoreo y reporte8. Definir indicadores de evaluación 9. Establecer mecanismo de evaluación (CICC y CTICC)10. Fomentar cultura Redd+

Page 7: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

II. Estructura organizacional:

Comité Interinstitucional de Cambio Climático

Comité Técnico Interinstitucional de Cambio Climático

Subcomité de Trabajo REDD+

Subcomité de Calidad de Aire

Subcomité de Agricultura y Seguridad Alimentaria

JD REDD+

Secretaria Técnica

Consejos Regionales de desarrollo (como apoyo al Subcomité)

Mesa Indígena

Unidades Técnicas de Planificación regionalGobiernos municipales

Organizaciones Regionales, locales

Subcomité de Recursos Hídricos

Tomado de Documento R-PP ver. 6 “working draft” (Oct. 2012)

Page 8: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

II. Estructura organizacional:

SUBCOMITÉ REDD+

Tomado de Documento R-PP ver. 6 “working draft” (Oct. 2012)

Page 9: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Nuevos miembros, retiro y expulsión: El ingreso de nuevos miembros pueda darse por vía de Ley, o por

solicitud de la entidad interesada. En el último caso el Subcomité deliberará y aprobará lo procedente, en base a la justificación que presente la entidad solicitante, llenando el formulario de registro de miembros que al efecto llevará la Secretaría Técnica

El retiro y expulsión de miembros sólo puede darse en el caso de las entidades que no forman parte de la temática por disposición de la Ley. En ese caso, la entidad interesada en el retiro deberá presentar su solicitud, la que deberá ser conocida y aprobada en la siguiente sesión ordinaria.

La expulsión de miembros puede darse en el caso de la comisión de faltas graves. Se considera falta grave: proferir palabras ofensivas contra uno de los miembros del Subcomité; interrumpir las forma establecidas en los debates

Page 10: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Órganos del subcomité:

1. Asamblea del subcomité: Es el órgano máximo de decisión del Subcomité

2. Junta Directiva: Es el órgano ejecutor de las decisiones y actividades del Subcomité. Estará compuesto por cinco miembros: 1 de SERNA, 1 de ICF (cualquiera de los dos deberá fungir como Presidente, escogido por votación de la Asamblea), 2 instituciones del sector no gubernamental del cual una de ellas será siempre miembro que represente a grupos indígenas y afro descendientes; 1 miembro representante de las organismos internacionales de cooperación. Tanto el miembro representante del sector no gubernamental como el de las entidades internacionales de cooperación deberán rotar en sus funciones ante la Junta Directiva, cada año, contado a partir del momento de su acreditación ante la Secretaría Técnica.

Page 11: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Órganos del subcomité:

3. Secretaría Técnica: Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de las regulaciones establecidas en el Manual. El órgano estará compuesto por una persona cuyo requisito es ser miembro acreditado del Subcomité. Sus funciones serán asistidas técnicamente por una comisión compuesta por personal de la DNCC e ICF.

4. Nivel de vinculación con pueblos indígenas: Miembros observadores del Subcomité

Page 12: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

Órganos del subcomité:

El periodo de los miembros que conformen los órganos de gobierno será de dos años con posibilidad de prorrogarlo por decisión de la Asamblea, salvo los casos de los puestos con carácter permanente

Page 13: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

III. Responsabilidades de los órganos: Asamblea: Como órgano máximo del Subcomité tiene la

responsabilidad de cumplir con los objetivos establecidos en la Parte I del Manual. Deliberará sus decisiones en sesiones de acuerdo al mecanismo que se plantea en este Manual en la Parte IV. Particularmente:

1. Velar por la implementación de las políticas que emanen del CICC2. Tomar decisiones sobre la implementación del R-PP y la Estrategia

Redd+3. Aprobar la planificación operativa y presupuesto propuesto por la

Secretaría Técnica para la implementación del proceso Redd+4. Elegir a los miembros de la Junta Directiva y la Secretaría Técnica5. Celebrar sesiones ordinarias mensualmente y extraordinarias

según los casos previstos en el Manual

Page 14: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

III. Responsabilidades de los órganos: Junta Directiva: Son responsabilidades de la Junta Directiva1. Ejecutar la planificación estratégica del Subcomité Redd+2. Ejecutar los acuerdos tomados por la Asamblea3. Crear comisiones especializadas de trabajo para el análisis

de asuntos específicos 4. Servir de enlace con la CICC y la CTICC5. Establecer mecanismos de comunicación con actores

externos6. Promover la vinculación con los actores clave,

implementando acciones concretas de Redd+7. Mediar en caso de conflicto entre los miembros8. Dirigir la agenda de las sesiones ordinarias y extraordinarias

del Subcomité

Page 15: De acuerdo al Derecho hondureño, un Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general y con valor subordinado a la Ley dictada por la Administración,

III. Responsabilidades de los órganos: Secretaría Técnica: Son responsabilidades de la Secretaría

Técnica:1. Vigilar la implementación y el cumplimiento del presente

Manual2. Facilitar el funcionamiento del Subcomité3. Preparar los presupuestos nacionales y planificaciones

operativas del Subcomité para su aprobación y posterior ejecución

4. Comprobar el quórum durante las sesiones ordinarias y extraordinarias. Tomar nota de las votaciones y acuerdos que se produzcan, levantar actas de las sesiones, informar de la correspondencia recibida,

5. Coordinar en forma interinstitucional e intersectorial la implementación del R-PP

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III. Responsabilidades de los órganos: Nivel de vinculación con pueblos

indígenas: Conformado por representantes de la Mesa Nacional Indígena de Cambio Climático para Redd+. Con estructura y organización propia, convocada en casos especiales por Presidente de la Asamblea, con voz y sin voto en sesiones ordinarias y extraordinarias. Dichos representantes deberán ser acreditados por Sedinafroh

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IV. Convocatoria, sesiones y toma de decisiones:

La Secretaría Técnica convoca con anticipación determinada por el Subcomité según las fechas establecidas para la realización de las sesiones

Cualquier miembro del Subcomité podrá someter puntos de agenda siempre y cuando se respete el plazo establecido por la Secretaría Técnica para el efecto

Se considera válidamente instalado el quórum en primera convocatoria, cuando estén presentes la mitad más uno de los miembros. En segunda convocatoria, la sesión se instalará con los miembros que se encuentren presentes

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IV. Convocatoria, sesiones y toma de decisiones:

Las sesiones ordinarias son las que se celebran mensualmente, previamente calendarizadas por la Secretaría Técnica y aprobadas por la asamblea en la primera sesión de cada año. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente de la Junta Directiva por conducto de la Secretaría Técnica y a solicitud de la mitad más uno de los miembros del Subcomité, únicamente para tratar los asuntos que hayan causado la convocatoria sin poder agregarse nuevos

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IV. Convocatoria, sesiones y toma de decisiones:

Las sesiones se abren siempre por el orden con: la comprobación del quórum, la aprobación del acta de la reunión anterior, lectura de la agenda con la posibilidad de modificarla por moción de cualquier miembro de la asamblea, salvo el caso que se trate de sesión extraordinaria donde la agenda no podrá modificarse

El desarrollo de la sesión será dirigido por el Presidente, quien concederá el uso de la palabra en el orden en el que fuere solicitada

Todos los miembros tienen voz y voto. Los invitados especiales tienen voz y no voto

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IV. Convocatoria, sesiones y toma de decisiones:

Presentada una moción, se debate. Concluido el debate se somete a votación. Los votos podrán ser a favor o en contra. No se permiten abstenciones

Las decisiones se toman por mayoría simple, salvo los casos de modificación del Manual que deben ser unánimes.

En caso de empate el Presidente tiene voto de calidad

Las Actas del Subcomité son información pública

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V. Modificación del Manual. Disposciones transitorias:

El Manual se podrá modificar únicamente por decisión unánime del total de miembros del Subcomité acreditados ante la Secretaría Técnica. En caso de desacuerdo se invitará a conciliador para que contribuya en la solución de las discrepancias entre los miembros divergentes

El presente Manual por compromiso de sus miembros será de obligatorio cumplimiento por el tiempo transitorio que se determine en reunión ordinaria de Subcomité, hasta que se defina el momento oportuno de convertirlo en un Reglamento.

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V. Modificación del Manual. Disposciones transitorias:

Las decisiones y acciones, así como los acuerdos tomados en reuniones de Subcomité hasta la fecha de la aprobación del presente Manual siguen siendo reconocidos. Sin embargo, una vez que el presente Manual sea aprobado deberán cumplimentarse las condiciones de forma establecidas en el Manual

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Preguntas

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Metodología de trabajo en grupo:

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Organización de los equipos de trabajo:

1. Conformación de equipos por sorteo, con auto asignación de números

2. Cada mesa contará con documento base de discusión, sobre el que se pide analizar exhaustivamente y evaluarlo bajo el criterio de factibilidad y pertinencia

3. A cada mesa se le provee una pizarra y tarjetas para la identificación de ideas principales y la construcción de mapas conceptuales que sinteticen los temas principales de análisis

4. Asimismo se proporciona una computadora por mesa para la redacción del documento que se presentará en la plenaria del día 2 del taller. Un técnico organizador acompañará el trabajo en equipo

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¿Qué sigue?

Los insumos de la mesa de trabajo se trasladarán a una versión del Manual que será compartida con los participantes para su validación el 16 de Noviembre

Los participantes deberán hacer sus aportes a más tardar el 30 de Noviembre. Los mismos deberán hacerse llegar a

Javier López Padilla [email protected]

La versión final de este proceso se presenta a más tardar el 7 de Diciembre, para que sea conocido por el

Subcomité en la primera reunión de 2013.

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Gracias