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MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCIÓru CTruERAL DE NORMAS Y TECNOI-OCÍN INDUSTRIAL REGLAMENTo rÉcNtco DGNT¡ COPANIT 73-2016 pernó¡-eos Y sus DERrvADos COMBUSTIBLES PARA MOTORES orÉsel LvrANo GRADo 2D. ESPECIFICACIONES Correspondencia: l.C.S.: 75.160.20 ffiERALDENoRMASYTECNoLoGíAlNDUSTRlAL(DGNTl) CoMISIÓN PANAMEÑA DE NoRMAS INDUSTRIALES Y TÉCNICAS (COPANIT) Apartado Postal 0819-05820 Zona 4, Rep. de Panamá E-mail: [email protected]

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MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIASDIRECCIÓru CTruERAL DE NORMAS Y TECNOI-OCÍN INDUSTRIAL

REGLAMENTo rÉcNtcoDGNT¡ COPANIT73-2016

pernó¡-eos Y sus DERrvADosCOMBUSTIBLES PARA MOTORESorÉsel LvrANo GRADo 2D.ESPECIFICACIONES

Correspondencia:l.C.S.: 75.160.20

ffiERALDENoRMASYTECNoLoGíAlNDUSTRlAL(DGNTl)CoMISIÓN PANAMEÑA DE NoRMAS INDUSTRIALES Y TÉCNICAS (COPANIT)

Apartado Postal 0819-05820 Zona 4, Rep. de PanamáE-mail: [email protected]

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P.2Reglamento Técnico DGNTT COPAN|T 73-2016

PREFACIO

Este Reglamento Técnico DGNTI COPANIT 73-2016 en su etapa de proyecto, fuesometido a un período de discusión pública de sesenta (60) días.

Este Reglamento Técnico ha sido oficializada por el Ministerio de Comercio e lndustriasmediante resolución N' 69 de 1 de aqosto de 2016, y publicada en Gaceta Oficial N'

28093A del 10 de Aqosto de 2016.

PARTIC!PANTES

Virqilio A. Jimenez Caminq Carqo Control Panamá, S.A.

Fernando Dolante Equipo Comerciales de Transporte S. A.

César Escobar Core laboratorios Panamá, S.A.

Rutilo Espinosa lnspectorate Panamá, S.A.

Luis Antonio Chonq Otilatam Panamá., S.A.

Alsín Ánqelo lntertek Caleb Brett Panamá lnc.

Bruno Reqno Compañía Chevron de Panamá, S.A.

Abdiel Quesada Tropifuels, S. A.

Carlos Guerra NMK Resources

Alberto Domínquez Petróleos Delta. S.A.

Guillermo Villeqas Puma Energy Bahamas, S. A.

Javier Arias Centro Nacional de Metroloqía de Panamá

Shaniska Johnson Secretaría de Enerqía

David Muñoz Secretaría de Enerqía

José A. Roias Ecotranstec S. A.

César Gutiérrez Autobuses Rusos

lris Barrios Autoridad nacional de AmbienteNelson Barranco Universidad Tecnolóqica de Panamá

Pedro Fuentes Petrolera Nacional, S. A.

Carlos Abadía BIOCAR S. A.

Esteban Rodriquez CANATRA

Arianne Belford Asesoría Lesal /MlClVirginia Caiar J. Coord inador DGNTI/M I Cl

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No. 28093-A Gaceta Ofcial Digital, miór@las 10 da agosto da 2016

MINISTERIO DE COMERCIO E INT}USTRIAS

RESOLUCIÓN NO 69de I dc agosro de20l6

EL J}IINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIASen uso de sus tacultades legales.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo cstablecido en cl artículo 93 del TÍtulo II de la [.ey N" 2j <te 15 dejulio de 199'1.|a Dirección General de Normas y Tecnologia tndustrial (DGNTI) del Ministeriode Comercio e lndr¡strias es el organísrno nacional de normalización. encargado ¡rr el Estado delproceso de nornralización técnica, evaluación de conformidad" certifioación de calidadmetrología y conversión al sistema intemacional dc unidades (Sl);

(.)ue entre sus funcioncs está el supervisar y garantizar que la^s práctica^r ¡racionales con relaciónal cstablecilniento de normas técnicas y reglarncntos técnicos sean acordes con las disposicioncsinternacíonales en lo retbtente a csts matéria y deberá velar porque todos los rcglamentostécnicos sean establecidos en base a objetivos legítimos, tales como la scguridad nacional, laprevención de prúcticas que puedan inducir a eror, la protecci(rn de Ia salutl o seguridadhunrana, de la vida, salud vegetal o del rnedÍo amhienre;

Que mcdiante Resolucirin No.445 tle 6 agosto de 2007 se a{gptó e}, Reglamentr¡ TécnicoDGNTI-COPANIT 73-2007.,'Pet¡óleo y, sus Dérivadoq; Corntitsiitiles paru Motores a DieselLiviano Grado 2D, cste documento há sufrido va¡jas ¡oudifroaciones y iuego de ocho (8¡ añosde vigencia sc hace necesar o su revísión, noq temas amtrfenrales, tec¡üléÉicoq y dc suministro;

Que a solicitud de revisión del Reglarnentr> Técr¡ico DGN'II COPANIfr,Ti-2007 por parte de laSecretaria Nacional de, Energia. la , DGNI:I gomo coordintdof'r'de ¡ los proccsos de

Reglamentacioncs Técnicas convocé. un comité iecdco que contó con !á participación de

miembros del scctor público y privado, el cual realizó una revisión y,:,ildecuación integral det

citado Reglamento l'écnrco y llegó a uñ.consenso eü oranto a los cambios propuestos;

Quo el carnbio principal en este documento, es el ajste de ta m$cent¡ación ,lel contenido de

a¿ul¡c a los estándares intemacionales que buscan reducir la contaminación ambicntal y a laadecuación de producto a la fi.rente dc suministroi

Que a lin de cumplir oon l«r.s tratados. leyes y reglamentaciones que regulan la materia, lapropuesta fue sometida a un periodo dé discusión pública a nivel nacional y ante Ia Organización

Mundial del Comsrcio (OMC), por cl término dc 60 días calendario. sin que se recibieranobservaciones o co¡nentarios que.lustiircaran mcxJificar el reglarnento consenst¡ado y sometido a

discusión p{rblica a nivel nacional:

Que para finalizar el proceso de reglamentación instaurado. se convocó nuevamenfe al Comité'lécnico, el cual luego de verificar el cumplimíento de los requisitos para la aprobación de los

reglamcntos técnioos, aprobó una nueva rcglamentación técnica que es acorde con las polÍticas

a¡rbie¡rtales. seguridad de suminist¡ó y cambios tecnológicos: actualiza la designación del ente

nacional competente. así como algunas deliniciones, los métodos para la toma de muestra.

ensayosr ¡nétodos de análisís, transporte, seguridad y mane.jo; e incotpora conceptos de

evaluacirin de la conformidad quc solicitó somet€r a la aprobación del Ministerio <,le Comercio e

lndustrias.

RESUELVE;

PRIMERO: ,A,prohar cl Reglamcnto Técnico DGNTI COPANTT 73-2016, lndusrías dilPetróleo ¡,

'f ecnología Relacionada. Diesel Grado 2l) como se detalla a continu¿ción :

/ ,i.¡.i...i!,:,/,,: ,¡l.iL,

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No. 28093-A Gaceta Ofcial Oigital, miármles 10 de agosto ds 2016

MTNISTERIO DE COMERCIO E INDTJSTRIAS

DIIIECCIÓN GENERAL DE NQp}{45 Y,TECNOLOGiA INDUSTRIAL

INDI]S'I'RIAS DEL PETRÓLtrO YTECNOLOGÍA XBI,TCIONADADIESEL GRAT)O 2T)

REGLAMENTol'ÉcNrcoDGNTI-COPANII' 73-2016

I. OBJETIVOEste Reglamento'lecnico tiene por objetívo establecer las especilicaciones dc calidad cleldiesel liviano como resultado de Ia revisión y actualízación dc las características cle esteproducto, fundamentado en aspectos ambicntalcs y tecnológicos.

2. CAMPO DEAPI,ICACIÓNl,os requisitos establecidos en estc Reglamcnto Técnic¿ se aplican a los combustiblesdiesel destinados para nrotores de.combustión int€ma. maquinarias industriales .v'. dc usoagrícola motores para generación eléct¡ica y oüos que requiera¡¡ dcl comhustible y/o sc

comercialicel) en o desde el territorio aduanero de Ia Repúhlica de Pananlá.

Este reglamento tócnico es de otrligalorio cumplimiénto en el tenitorio'aduanero dc laRcpública de Pan¿rmá,

3. DEFINICIONES | , ,' ' ' t., ,':':"" :

3.1. Combustibles diesel: Es un producto .obtsnidp dc la'destilacirln del petr<ileo

crudo o cualquícr otro combustible fosil, adecuado para utilíix.rse ,en nlotores de

combustión interna. . ,' :,,,3,?. Diesel lír,iar:o: Producto derivado, del pe-Eó-leo que ar-r1:parte de los llamudos

destilados medios. Se distingue de los otrtrs deslilados medíos (kerosene, gasoil) por

csta¡ fr¡rmularJo especiahnents para su usd en motores,','diesel, los cuales sc

caracterizan por alcanzar la ignicíón mediante compresión. :"'

3.3. Diesel tiviano grado 2D: los de¡ivados del petróleo, llnmados aceites. se

clasihcan tradicionalmente cn clases o,grados según su punto de ebullición. El aceite

grado No.ZD, donds la "D" sígnifica diesel, prcsentá un punto de ebullición entre I25

"tl a 400 oC y es especialmente ¿rdecuado para motores que operan a velocidad y

carga voriable.

3.4. Diesel ultra baio en azufre: Es el combustible diesel que tienen en su

composición un contenido de azufre máxinro de 50 ppm. Para los elbclos de este

reglamento récnico, la cantidad máxima del azuf¡c cs dc l5 ppm (mgikg).

3.5. Gravedad API: La gravedad APl, o grados APl, es una escala de gravedad

espccífica dcsarrollada por el lnstituüo Estadounidense de Pctróleo para rnedir ladensidad relativa de diversos líguidos expresados en graclo.s, lo que indica que en

comparación con el agua, precisa cuiin pesado o liviano es el petróleo.

3.6. indice de cctano: Representa una cstirnación del núnlero dc cetano (calidad de

ignición) para conrbustible destilados calculados a partir de la densidad o gravedad

API y de la temperatura de destilación al obtener el 5002á de fiacción de volumen de

recuperado, por rnedio de la ecuación o nomograma-

3.7. Número de cetano: Es la tiacción de volumen (% volumcn) de n-hexadecano(cetano) en mezcla con I ¡netil-naftalcno, quc protlucc un combustible con la nismacalidad de ignicíón que una muestra. Físicamente el número de cetaDo represcnta cl

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No. 28093-A Gacta Oficial Digital, miór@les 10 ds agosto de 2016

retardo de la ignición, es decir un mayor número de cctano implica un mer¡o¡ retardode la autoignición del combustil¡lc.

.1.8, Purto de inflamabilidad: Es la temperatura más baja a la cual sc inflarnanespontáneamenle los vapores que se desprenden de los produclos derivados delperóleo, cuando se les aplica una pequeña llanra balo determínatjus condiciones deprueba- El punto de inflamación varía inversamente con la volatilidatl clelcombustible. se requieren temperaturas de inf]amabilidad altas para un manejo segruode Ios cornbustibles.

3.9. Agua y Sedimento: Es la canritlad en porcentaje (%) de volurnen «lc agua ysedimcntos qu€ se encuentran en el combustible. An¡bos componentes pueden serdeterminados individualmente con pruebas diferentes. Los sedimentos puedenacumularse en los tanques de aim¿cenamiento. filtros y qucmadores, ocasionando laobstrucción del flujo. El agua puede causar emulsioncs o corrosión en tanquesdependiendo del tipo de combustible.

3.10. Viscosidad cinemática: Está relacionada con la fluidez de un ace ite ctimbustiblesometido a un gradiente de presión o gravedad. Se mide determinando el tiemporequerido para que un rloti'rmen determinado de líquido fluya por gravedad a t¡avés deun tubo capi)ar.

3.11. Azufic total: Eilacantidad total de azulieiuu. r. encucnüa presente er elcorubustible y se determina en el laboralorio bajo condiciongp,de pruebas especificas.

3.12. Contenido de cenizai: Es una medidq de' ja cantidad de metales contenidos en elcombulible. LJna Ean c¿rntidad'rle es¡os rnateiiales puede accluár la oxidacíón de l¿s

tuberias y actuar desl'avorablemellc sobre,[as pared«; de ]os hornr¡s y sus depósitos,los cuales constituyen un medío aisl¿¡¡te disminuyendo la eficiensia del intcrcarnbiocalóric<r. :" . '

3,13, Residuos dc Carbón: Es ál residuo fonnaq{r¡ por la evrrporación y la degradación

térmica dc k¡s materiales que contienen carbón. Este residuo no cstá compueslo

enteramente de c¿rbón. :

3.14. Conosión cle Tira de Cr¡b¡c: Esta prueba nos da una'idea de los posibles

problemas que se presental al contncto coh las part« de cobre, latón o bronce del

sistema de comhustible

3.15. Punto rJe flui<lez: Es un indioador dcr la temperatura a la cual el combustible sc

hace líquido. el cual indica y cvita problernas de solidificación del combustible en las

zonas de baja temperatura.

3.16. Lubricidad: Propiedad importantc quc inf'luye en la lub¡icación del sistema de

inyección y se ve afeclada por baja viscosidad ¡, birjos niveles de azufre.

3.1?. De¡xidad: Es Ia rnagnitud quc cxprcsa la relación entre la masa y el volurnen de

una susfancia, mcdida a una temperatum deñnida.

SÍNIBOLOS Y ABREVTATURAS4.1. API: American Pctroleum lnstitute (lnstituttl Americano de Petrrileo)

d.2. oAPl: grado API (Gravedad API)4.3. cSt: centÍstok = mm'is; medida de viscosidad cinemática

4.4. "Cl oF: Grado Celsius / Grado Fahrenheit4.5. GT: Gas Turbine (Turbina a gas)

4.6, h: hora. s: segundo

4.7. k{#: kilogramo por metro cúbico4.8. máx: máxi¡no4.9. mín.: mínimo4.10. m¡n: rnilimetro

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No. 28093-A Gaceta Oficial Dig¡tal, miércolos 10 ds agosto de 2016

4.1l. ¡rm: micrómctro4.17.% (ry'v): porcentaie expresado cn volumen4.13.% (pip): porcentaje exprcsado en peso4.14. pS/nr: picosicmens por nletro; unitlatl de conciuctividad

5. ENTENACIONAL COMPETEME[¿ Secrctaria Nacional de Iinergía (SNE) será la autoriüd competente para verificar yexigir el cumplimíento de este Reglamento Técnico, asi como tanrbién tendrá lasat¡ibuciones de fiscalizar y verificar la proc.rcdenci4 calidad, cantjdad y destino <le losproductos derivados de} peróleo que se comercialicen en o desde ia Repúhlica dePanamá, ct¡n fi.¡ndamento cn el nurnerii22del arrÍculo 5 del Decretr¡ tie C¿binete 36 de2003.

6, REQUISITOSé.1. Los conrbustibles diesel deberan estar constituidos esencíalmcnte porhidrocarburos líqüdos que se obtiencn a padir del proceso de refinación del petróleq,a los ct¡ales se podrrin ag,reBar pequeñas ca¡tidades de aditivos con el prerpósilo demejorar sus ca¡acterísticas dc cornportamiento y su estabilidad de almacenamiento.

6.2. El combustible dicsel deberá se¡ claro v brillante y libre dc secrimentos ocualquier matc¡ia en suspensión que pueda inkrferir cn la calidad del producto.

ó.1. La calidad del diesel'GRADO 2D exigida en el presenté.reglanrcnto técnico.debe cumplir con las siguíentes espccif-rr:aciones:

;::'¡i:i',. 'r

ENSAYO..',,,METODO:,

ASTM. ,

s50c sIsMfü '{.{{.}rt iMln Máx

Color AS I'rvt DI500, D604S Númgro 1q

Apariencia D4176 ,Claro y brillanrc Ü {JfIrple,: r'i C umple

Agua y sedimettos Dz't09 . oio(v!v) 0,0r.'.""' 0.05

Grflvedad APID287. D4052,

D12983?,0 .32.0

Punto de i¡flamáción D9]A "c (?F) 60 (r4ú) ó0 ( 110)

Azufre toalD4294,D26n,D5453, D7039,

Dr¿:0mgkB .,500 15

Cenizas rx82 %(NP) 0,ú r 0.0 |

Residuos de carMn

l0 o/o fondo

DlE9, D{530.

D524%(ptp) 0,30 0.10

Conosión a lali¡a de

cobre3HRa5oC(t22 "F)

D130 Número

Viscosidad

cinemática a 40 "CD44-5 sCt 1,9 4,1 t.9 4,t

Índíce o número de

cctuno l') D6l3 l D976 45

Temperarura de

destil¿ción

l0 % tecuperado D86 'c f F.) RUP 0rtiu Rt]portar

50 o,/o recuperado D8ó 'c ("F) r88 (ss0) Repoñar

90 7o recuperado D8ó "c ("F) 282(540) 318 (ó40) 2lt2 (54t)) 3,r8 (640)

Punto fina] de

ebulliciónD86

"c fF)Rcpr.rrtar Rcportar

Residuo D8ó o/o (v!v) 1 2

Pérdida DE6 % (viv) 1

Lubricidad IIHRR

60'cD6079, D-7ó8E pm 520 520

Conductividad D2624.4108 pVnr 75

tsiodieselD7371. D'1963.

tsN 14078o/o (vlv) 0.1

(l) §e acepta númcro o Índicc de cetano.

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No. 28093-A Ga@tá Oficial Digilá|, miércolss 10 d6 agoslo de 2016

6.4.1. Nombrecomcrcialó.4.2- Composición quimica6.4.3. Ficha [ecnica6.4,4. Ir¡nción6..1.5. Método o f0rm¡ dc ¡let€cción en cl comhusrihle6.J.6. llar8o J€ dosificac¡ón

Cada vez quc la ernpreso lmportadora,Disribuidora de

dcrivados y/o bir¡combustibls¡, cembie dc ¡ditiro o

sr¡ministrar la información antei menc¡ooada a l¡ SNE.

7. EVALUACIÓN DEI,Aii ¿r"'i q,,. rir¡"'¿;;" R;ü;ilüp;;á deberá serEl diesel que ingese a )a República dc Panamá deberá ser jntÍoducido en ias ZonasLibres de Coubustible y scrá impo*ado al tsritorio ad'.¡ané¡¡ a uatés dc persr¡nas

N0t¡s:l. Los ensalos dcben ser re¿lüa¡los dc acuerdo a l¿s oormas ASTM o su

cquivalcnto, por laboratorios autorizados por la Secretaria Nacion¡l deEnergia (SNE).

2, En coso dc que los lahorator¡os cn Panamá oo tetrgan acrcdjl¡dos krs méto.los dep¡uebas pxra los a¡álisis del biodie,rrl, se otorBárá un plazo rle un (l) año psr¡su Bcredit¡ciótr! preyi¿ solicitud por cscrifo a Ia Secreasría Nsciotral de En0ryía.[¡ cste ¡¡pso de ticmpo sc ¡cept¡Fán los ¡nllisis dc biodicscl h€chos por losl¡t¡oratorios aut¡¡riz¡rdos por la Srr-E.

3. A partir de la Iecha de publicación de €ste Regl¡mento Técuico e¡ l¡ G¡cel¡Oficial, se tendri ocho (E,¡ meses para introducir cl tliesel ultra bajo azufre a lasZo¡as Libres dc Combustibles, de $[formidad cor qste ReglrmeDfo, y dos (2)mt§es posteriores ¡rara ¡lcaoz¡tr el porcena¡je del coDtetrido dc azufre euest¡ciones de serv¡c¡o. Por lo talao, cl,mplidos diez (10) rneses, a p¡rtir de lepoblic¡cióD €tr l1 Gaceta 0ñci¡l de este RrglamÍnto, sólo s¿ podrá conercializáreo el mercado i¡terno d¡rscl ultr¡ b¡io rzufre rtr los té¡minos aqui establecidoñ,

6.4, A partir de la entrads en vigencia de €sle reglaluento técnjco, s( deberáproporciolar a la Secretffía N¿cional de Energia, documenros que detallen lainformación delllos aditjvos aiadidos al diesel. l,a informzción que deberán prcscntares la sigurcnle.

coo*rustibbs fósiles. sus

de düsilicación. deberá

Libres de Coubustible y ssrá importado al tsrito¡io aduañeto a.tra,"és dc pervrnas

naturalos o iuridicas que l.enga¡ el Permiso de lmporador - Distribvidor de CombustiblesFósiles, sus derivados X' Biocombustibles para Ia Vcnta en el Nlercado Domé¡tico. o elPermiso dc lmportador - Dísoibuidor de (-ombustibles Fósilcs. sr¡s derivados y1o

Biocombustihles ¡ara la Generacrón Eléctrica.

Antes de comercializ¿u el diesel, Las emprcsas lmpomdoras - Distribuidoras, deberán

solicita¡ ia aprobación de lü calidad del lroducio a la §ecretaria Nacional de Energía

aportando mcdiante correo elect¡ónico. €l ccrti[cado de c3]idad del producto a impofarsl mercado doméstico. emitido por uo Laboratorio de Anrílisis autori¿ado por laSccretarÍa Nacional de Encrgil. I:l certifcado de calidad dcbc conteñ€r el del¿lle delvolumen tot ü ¡ iorponar, emitido por un lnspector )ndependierrte auto¡izado pr¡¡ laSecretaria Naciooal de EIrcrgía.

A partir dc la sntrada en vigencia del presentc Rcglamento Técnico, se tendrii un plazo de

hasta ocho (8) ñeses para int¡oducir el die-scl ultra birjo en uzufte a las Zonas Lib¡es de

Combustihles y pDste.ior a esta t¡cha s€ tendlá hasta dos (2) rncscs para alcanzar el

conlcnido de aaúie establecido en el presentc rcglanento €n las €stacjones de servicio. ,A

punir de esta t'echa solo se podrii comsrcializar diesel ultr¿ bajo en azufre para el

mercfldo doméstico.

No se podrá poner a la yenta €l diescl, con destino al mercado doméstico, ¿cropuertos

nacionales e intemacionales, o pam Ia generación eiéctrica, h¿rsla taoto se obtenga laaprobación concspondicnte por parte de la Secretaría Nacional de Energia.

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No. 28093-A Gac€la OficalDigita, mrÉr@l6s 10 de agosto d6 20r6

responsabilidad del usuario.

ASTM Dl89: -StaDdard test method tbr con¡adson c¡rboo tcsidue of petroleurtproducls". Ir,létodo de pruebo e»tándar par¿ residuos de ca¡bón Con¡adson rle prodrctos

de petróleo.

ASTM D287: "standard test method for API gravity of crude f,etroleum and pcboleum

products (hydrom€ter method)". M¿todo de prueba estándar para la dele¡minación de lagravcdad API dc pctrólco quds y productos derivados dc Pctrólso (IIlétodo dcl

hidróm€tlo).

ASTr\'f D445: " l'esl method for kinematic viscosity of tansparelt and opaque liquids(and calculation ofdynamic viscosity)". Método de prueba para Ia viscosidad cinemática

de liquidos transparenles y opacos (y cálculo de la viscosidad diná,rnica).

ASTM D4E2: "Test method for ash from petroleum producl§". Método de detección de

cenizas en productos derivados de peróleo.

ASTM D524: "l'est method for Ramsbottom carbon ¡esidue of petroleurn products".

Método de prueba para residuos de carbón Ra¡rsbottom er productos dcrivados dc

pehóleo.

ASTM D6l3: "Test mcthod for cctane numbc¡ ofdicscl fi.¡el oil", Método de prueba para

el número de ceúano en aceite.s combustibles diesel,

8. I]OMA DE MUESTRAPara la toma dc ¡ruestra se debe¡á utiliar la edición vigente de la Norma AS'TMsiguicnte: AS IIVI D-4057: "standard P¡acticc for manual Sámpling fo¡ petrolcum andPetrol€um Product". Práctjc¡ estándar pa¡a üuest¡eo manual de petróleo y productosderivados del p€t¡ólco o el capí1ulo 8 de 1a NoBra Apl Mpl,1S. sec;ión I o sácój¿n 2. l,a§mtidad de la muestra dependcrá de las prucba a ¡e¿liza¡. por cada análisis sc tomaráur¡a moestra patrón.

L¿s muest¡as testigos o de rctén ss almacemrán en recípientes scllados. en un lugzLrcenado, fresco y scco y con buena ventilación, prescñando las cualidades del diesel, porun periodo de novenra (90) días.

EI dcscane de lirs rnuestr¡¡s se ha¡á de acucrdo a las mejores prácticas, o se da¡á e¡rconccsion a un proveedor debidamente autori¿ado por la Secreta¡ía Nacional de Energiaqu§ cuente con los pcmisos y registro§ para estos llnes.

9. T,NSAYOS / MÉTODOS DE ANÁLI$SLas pruebas de calidad deherán s€r realizüdas por los laboratorios autorizados por laautoridad competente, de acuerdo a las especifieacioncs selaladas en esta rcsolució¡. Seutiliz¿ná Ia ú1tima edicióo v¡ge¡te d€ las siguicntcs rlo.mas A.§TM y el uso de éstas será

ASTM D86: 'sraoda¡d tsst method lb¡ distillation of petroieur¡ prducb". Método dcprueba estándar para destilación de producurs dr¡ivarlos dé pet¡óleo a presionatmosférica.

ASTM D93r "Test mcthods for flash ¡roint by clos€d cup teser".

Pensky-Ma,-kns.

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No. 28093-A Gacsla Oficial Digital, miárcolas 10 de agoslo de 2016

ASIIT'1 D976: "Standard tcst method fr¡r calculated cerane index of disrillate fuels",Método de prueba estánda¡ para el cálculo del indice de cetano de combustiblesdestilados.

ASI'M D1298: "Standa¡d pracfice fordensity, relarive density (specific gr:avity), or Aplgravity of crude petroleum and liguid perroleum products by hydromercr method".Método de prueba estándar para densidad. densidad relativa (gravedad específica). ogravedad API de petróleo crudo y productos líquido de petróleo por el método delhid¡órnetro.

AS'IM D1500: "Standard test method for ASI'M color of petroleum products (ASTMColor Scale)". Método de prueba €stiindar para color ASTM de productos de petróleo.ASTM D2622: "Standard test method fo¡ sulfur in petroleum producrs b¡, wavelengthdispersive x-ray fluorescont spectrometry". Método dc pruebo estandar para az,ufre cnproductos de petróleo Fnr espectroscopia de fluorescencia con longitud de ondadispersiva de rayos X.

ASTM D2624: "Standard test meth<¡ds fo¡ electrical conductivity ol' aviation and

distillate fuels". Metodo de prueba éstandar para la conductividad eléctrica de

cornbustibles de aviación y destilados.

AS'l'N/t D2709: "'[est method for water afid sedinront in middle distillatc fuels hycentrifuge". Método de prueba para agua ,v scdimcntoi en combustib{cs medios destiladospor centrífuga. . ,j

ASTM D4052: "standard test method fór dcosityt áid relatire dsnsiS' of liquids by digitaldcnsity meter". Ivtétodo de prueba está,nd$ pará ta densidad y:,i:densidad relativa de

líquidr-rs metliante medidor digital de tJe¡sidad. ,. ,..

,,

ASTM D4 l7(¡: "standard test method for free water and paniculáte contaminarion rn

dislillatc luels (r,isual'inspcction procedures)". M&odo de prueba estiindar para el agua

libre y contaninación de particulas eu csmbustibles destilados (llrocesos de inspccciónvisual).

ASTIvt D4294: "standard test method for sult'uric in petroleum products by energy'

dispersive X-Ray fluorescence spectroscopy". Mótodo de prueba estándar para azufic cn

petróleo y productos de petróleo por especlroscopia de t'luorescencia con energia

dispersiva de rayos X.

ASTM D4308: "standa¡d test method lor clecmical conductivity of liquid hydrocarbons

b;- precision meteC'. Método de prueba estándar para la conductividad eléct¡ica de

hidrocarburos liquidos por precisión-mcto.

ASTM Dut530: "standard test method f,or determination of carbon resitlue (micro

meüod)". Metodo dc prueba cstándar para Ia determinación de residuo de carbono

(Tvlétodo Micto).

ASTI4 D5453: "standard test method for delcrmination of total sulfur in light

hydrocarbons. motor fuels and oils by ultraviolet fluoresccnce". Método de prueba

estánda para detcrminación de azutie total en hidrocarburos livianos, combustibles de

motor y aceites por t'luo¡escencia ultravioleta.

AS'II\4 Dói145: "StanrJa¡rJ test method lor color of pclroleum products by the aulomatic

tristirnulus method". Método de prueba eslándar para la de(erminación del color dc ltrs

productos derivados dcl petólco por cl método automático Tristimulus.

ASTI{ D6079: "1 es1 method for evaluating lubricity ol diesel fuels by the high-

tiequency rcciprocating Rig (HFRR)". Método de prueba para evaluar la lubricidad de

los combustibles diesel por la alta frecuencia altemativa RiS (HFRR).

Page 10:  · Created Date: 8/17/2016 10:06:26 AM

No. 28093 A Gacola Ofca O g la. miárcol€s 10 d€ agosto d6 2016

ASTM D6751: "Staodard speciiication fo¡ biodiesel fuel ble¡d stock (B l0ü) fo¡ middledistjll¡t€ iüels". Espccificación estándar para mezr¡a de combustibics biodicsel paracombustibles de destilados medios.

ASTM D7039: "Standard tcst melhod for sulfur in gasolinc, diesel fue), jet fue), kerosinc,biodicsel, biodiesel blends, and gasoljne-ethanol blends by nronochrorni¡tic w¡¡velsrigthi]ispe$ive X-ra) fluo¡esccncc spccttorietry". Método de pmeba esráodar pora €l azuliecn Ia gasoUna. combusliblc di€sel, combustjble de aviación. queroseno, biodiesel, rnezclade biodiesel y mezcla de gasolina-€tanol cspectiometria de fluo¡escc¡cia de longi(ud deonda dispersiva de rayos X monoc¡omática.

AS'l lv, D7220t "Standard tesl mcthod fr¡r sulfur in automorive, heating. and.lcr luels bymonochromatic energy dispersive r-ray l)uorescence spectrometry". Método de prucbaestándar parz azufre en automoción, caletacción y combustiblesjct por especúometria defluorescencia de monocro¡nálica de cnergía dispersiva de rayos X.

A§'l ñl D7l7l: 'St¿nda¡d test method fbr determination of biodiesel (fatt-v acid mcthylestors) conteflt i¡ diesel fuel oil using mid infrared spectroscopy (FT[R-A l'lt-Pt-Smethod)". Método de prueba estátrdar para la delermrnacior de hiodiesel (ésteres

metjlicos de ácidos grasc\) contcnitio en combustible diesel usa¡do especl¡oscopiainfranoia 1método FTIR-ATR-PLS,.

AS'IM D7é88: "SÍandard test method frr evaluating lubricjt! of dicsel tircls by the high-fteguency reciprocatirg Rjg (HFRR) by üsual obsewation"., ,Método dc prucba paaevalu¿¡ la lubricidad de los combustibles dibsci ¿or la alta frécu¿ncia Rig (tlFRR) porohsenacirin risual

A§TM D796-l: "Shodard te.§t msthod fo¡ deteaniBation of co¡taminatio¡ level of fattyacid methyl esters in middle disfillalc and testdual fuels using liow onalysis hy lburiertransform irúared spect¡oscopy-: rapid scre€nirB merhod". Métodúlde Érueba está¡düpar¿ la detcminación de¡ nivel depoltaminaciór¡ de ésteres n)etílicos de ácidos grasos en

dcstil¡dos medios y culbusdtilEs residuales utiliz¿odc¡ el aiÉiisis de flu.]o de

espectroscopia inlianoja dc transformada de l]ouúer-métode dc proyección rápido.

EN 14078: "Liquid petroleum pr<ducls - Deterrnioation ot. fcn¡ acid methyl estcr

(FAME) §oDtent in middle distillates - lnfrared sp€clromctry melhul". ProdLt§tos líqui(lD

dc petróleo - Dctcrminación de éster lhetilico de ácidos graso: (FAME) en destilados

múdios - mélodo de especlrometrl¿ inliarroja.

IO. SNGURIDAD Y MANEJOEl diesel ultra ba.jo en azr.rfre de grado 2D para motores dc comhu§tióD intern&

maquinarias indostliales,,'' de uso agricoia, motores para gencración y oÚos que requieran

dcl combwtible y/o se comercialicen en el terrilorio aduanerc de lu República dc

Pananrá, se disnibuirá a grancl dc fo¡ma tal que se garantice la seguridad del produato' de

liu persooas que Io manejan y la población civil aclyacenlc a ias rutas de k8n§poñe, sitio§

de slmacenajc y despacho del mismo, k¡ cual st.¡lo podrá efoctuarse por personas

¡]aturcles o juridicas que cuentcn con los permisos y autorizacione§ co¡respondientes

emitidos por las autorida¡Jcs competentes.

Se bmará en consideración la disposiciones legales dcl Benemérito Cuerpo de Bomberos

de la República de Panamá (BCRI'). a través de la Dirección Nacional dc Seguridad.

Prevcnción e Investigación de lncendio fl)INASEPI) eo cuanlo a Ia prevcnción de

incendio, mancio, almacenauie nto .v- trflnspofte de producto derivado§ de pctróleo,

contcmpl¿do en la Ley N' l0 de 16 dc marzo dc 2010.

!I. TRANSPORTEEn cuanto al tra¡1spof1e de conlbustible o mat€¡ial inllam¿ble, §e toma(in en

oorsideración las disposicicnes legalcs scñaladas por la Autoridad del l'ránsito y'l ransporte 'l enestres (.A.-ffT). rontemplado e¡ el Titulo ll Normas ds los Vehícubs.

C'apítLrlo VII "Los Vehículos para I'ransportc dc Carga Peli¡¡osa ", del Decreto Lj§culivo

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No. 28093-A

sl.

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GaGta Oflc¡al D¡g¡tal, miér@las 10 de agosto de 2016

No. 640 de 27 de diciembre dc 2006 y las Disposiciones l,egales scñaladas por laDirección Nacional de Seguridad, Prevención e Investigación dc Incendio (DINASEpI)del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de panamá.

[.as personas naturales o jurídicls que se dediquen al 0ansporte de este combustihle,debeÉn contar con los permisos y autotizacioncs conespondientes, emiti<los pxrr la.sautoridades contpctentes.

Los patios de estacionantientos y/o marlt€nimiento de los vehículos dedicados altransporte de los derivados del petrólco debenÍn cumplir con las medidas sanitarias quedetcrmine el Ministerio dc Salud.

I2. AC'I'T]ALIZACIÓN Y REVISIÓN DEL REGLAMEN'IOE.ste Reglanronto l'écnico será revisado ,v actuali¡ado cada dos años contado a partír de suenhada en vigcncia, salvo que. a solicitud debidamente jusrificada, sc requiera la revisió¡ry actualizacíón antes del periodo señalado.

13. RETER.ENCIASResolución No. l88l del l9 de <iiciembre de 201 3 de la §ccrctala Nacional de EnergÍa

"Que establece Ias especificáciones tempora¡es del diésel ultra bajo az.ufre para usoautomotor".

Ley 10 .je 16 de marzo de 2010 ':Que crea el Benernérito Cuerpo de Bombcros dc l¿

Resolución N" 45.5t8-201I-J,D. de;17 de febrero de 2011 de !g (lSS prcvcnciót: del

riesgo )ahorul.

Reglamento Técnico DCNTI-COPANIT '13.2.AÚi "Petrólco, y sus derivados,

Combustibles para motores die-sel liviano grado.2t)', :i.::":: ,t

ASI'M D 975-15: "standard Spccílication for Disset Fr¡el Oilsl:. E§¡ccificación cstándar

para combustiblcs fósilcs.

SEGUNDO: La Secreta¡{a Nacional de Errergia será lesponsable de verifica¡ y exigir el

cumplimiento de este Reglamento Técnico, así como también ...tendrá las atribuciones de

flscalizar y verificar Ia procedencia, calidad. cantidad y destino de las difetentes varicdadcs dol

tliesel liviano grado 2D que se comercialiceD en o desde la Rcpública de Panatná. con

fun<lumenro a los numerales 13 y 22 del articulo 5 del Decreto de Cabinete No. 036 dc .17

dc

septiembre de 2003 y sus modificaciones.

TERCERO: Esta resolución deroga la Resolución N0.445 de 6 cle agosto de 2007 por la cual se

arlopró el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 73-07, sus modificaciones y cualquicr otra

disposición que le sea contruria.

C¡IARI'O: Esta resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaccta Oficial.

FUNDAMENTO DE DI,RECHO¡ Ley 23 «le 1997, Ley 69 de l2 de octubre de 2012, Decrcto

cle Gabinete No. 036 dc I 7 de septiembrc de 2003.

C0ftillra qte toC'ir lii filií,rr:ir:r ts l;I cc¡:irr dc ail

Ps¡em§,--L-r!¿

Scü"ri;r,'i(,(§) Oetr*r¡!l