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=Eil Municipalidad de Santiagb de Surco CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional que celebran, de una parte, el MINISTERIO DEL AMBIENTE, que en adelante se denominara MINAM, con RUC N'20492966658, con domicilio en la Av. Javier Prado Oeste N" 1440, Distrito de San lsidro, Departamento de Lima, Per0, debidamente representado por su Ministro del Ambiente, sefior MANUEL GERARDO PEDRO PULGAR-VIDAL OTALORA, identificado con DNI No 08231664, nombrado mediante Resoluci6n Suprema No 116- 20'15-MINAM; y, de otra parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO, que en adelante se denominar6 LA MUNICIPALIDAD, con RUC No 20131367 423, con domicilio en Jr. Bolognesi No 275, Plaza de Armas del distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por su Alcalde, seffor ROBERTO HIPOLITO GOMEZ BACA, identificado con DNI No 09389655 debidamente acreditado con Credencial con Registro N0 023-2014-JEE Lima Oeste 3 de lecha 17 de noviembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 3, en los t6rminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA.. DE LOS ANTECEDENTES 1.2. Mediante Resoluci6n Legislativa No 26185, el Per[ aprob6 la Convenci6n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim6tico, en adelante denominada como "CMNUCC"; y, a su vez, mediante Decreto Supremo No 080-2002-RE del 10 de setiembre de 2002, el Per0 ratific6 el Protocolo de Kyoto de la CMNUCC. En el marco de la Reuni6n Intersesional de la D6cimo Novena Conferencia de las Partes de la CMNUCC, llevada a cabo en la ciudad de Bonn - Alemania del 01 al 14 de junio de 2013; se acord6 que la Vig6sima Conferencia de las Partes de la CMNUCC, en adelante denominado como "COP20" y la D6cima Reuni6n de las Partes del Protocolo de Kyoto, en adelante denominada como "CMP10", asi como sus actividades y eventos conexos, correspondientes al afio 2014, se realizaran en la Republica del Pero. Con fecha 20 de diciembre de 2013, el MINAM suscribi6 con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) el Documento de Proyeclo No 0087130 " Apoyo a la generaci6n y consolidaci6n de capacidades para la realizaci6n de la Vig4sima Conferencia de las Paftes de Ia Convenci6n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio ClimAtico (COP 20), la Ddcima Reuni6n de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP 10), sus activdades y eventos conexos COP20-PERU-2014", en adelante denominado ?royecto N" 0087130", el cual tiene por objeto apoyar al MINAM para aprovechar las oportunidades de desarrollo que brinda la organizaci6n y presidencia de la COP20, la CMP10, sus actividades y eventos conexos. Ademis de la organizaci6n de la COP20 y de la implementaci6n del recinto oficial de las negociaciones o "Venue", se decidi6 crear un espacio en el que las organizaciones de la sociedad civil, empresas privadas y otros actores, tuvieran un esoacio de reuni6n e intercambio en torno a la discusi6n olobal sobre cambio {ffi /66-"i;1 /-, /^\ '4\, €#'$'-.^9 \Qusl:' ffi

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=Eil Municipalidadde Santiagb de Surco

CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DELAMBIENTE Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO

Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional quecelebran, de una parte, el MINISTERIO DEL AMBIENTE, que en adelante se denominaraMINAM, con RUC N'20492966658, con domicilio en la Av. Javier Prado Oeste N" 1440,Distrito de San lsidro, Departamento de Lima, Per0, debidamente representado por suMinistro del Ambiente, sefior MANUEL GERARDO PEDRO PULGAR-VIDAL OTALORA,identificado con DNI No 08231664, nombrado mediante Resoluci6n Suprema No 116-20'15-MINAM; y, de otra parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DESURCO, que en adelante se denominar6 LA MUNICIPALIDAD, con RUC No

20131367 423, con domicilio en Jr. Bolognesi No 275, Plaza de Armas del distrito deSantiago de Surco, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por suAlcalde, seffor ROBERTO HIPOLITO GOMEZ BACA, identificado con DNI No 09389655debidamente acreditado con Credencial con Registro N0 023-2014-JEE Lima Oeste 3 delecha 17 de noviembre de 2014, expedida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste3, en los t6rminos y condiciones siguientes:

CLAUSULA PRIMERA.. DE LOS ANTECEDENTES

1.2.

Mediante Resoluci6n Legislativa No 26185, el Per[ aprob6 la Convenci6n Marco delas Naciones Unidas sobre el Cambio Clim6tico, en adelante denominada como"CMNUCC"; y, a su vez, mediante Decreto Supremo No 080-2002-RE del 10 desetiembre de 2002, el Per0 ratific6 el Protocolo de Kyoto de la CMNUCC.

En el marco de la Reuni6n Intersesional de la D6cimo Novena Conferencia de lasPartes de la CMNUCC, llevada a cabo en la ciudad de Bonn - Alemania del 01 al14 de junio de 2013; se acord6 que la Vig6sima Conferencia de las Partes de laCMNUCC, en adelante denominado como "COP20" y la D6cima Reuni6n de lasPartes del Protocolo de Kyoto, en adelante denominada como "CMP10", asi comosus actividades y eventos conexos, correspondientes al afio 2014, se realizaran enla Republica del Pero.

Con fecha 20 de diciembre de 2013, el MINAM suscribi6 con el Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) el Documento de Proyeclo No

0087130 " Apoyo a la generaci6n y consolidaci6n de capacidades para larealizaci6n de la Vig4sima Conferencia de las Paftes de Ia Convenci6n Marco delas Naciones Unidas sobre el Cambio ClimAtico (COP 20), la Ddcima Reuni6n delas Partes del Protocolo de Kyoto (CMP 10), sus activdades y eventos conexosCOP20-PERU-2014", en adelante denominado ?royecto N" 0087130", el cualtiene por objeto apoyar al MINAM para aprovechar las oportunidades de desarrolloque brinda la organizaci6n y presidencia de la COP20, la CMP10, sus actividadesy eventos conexos.

Ademis de la organizaci6n de la COP20 y de la implementaci6n del recinto oficialde las negociaciones o "Venue", se decidi6 crear un espacio en el que lasorganizaciones de la sociedad civil, empresas privadas y otros actores, tuvieran unesoacio de reuni6n e intercambio en torno a la discusi6n olobal sobre cambio

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climatico. A este espacio se le denomin6 "Voces por el Clima" y tuvo lugar entre el01 y el 12 de diciembre del 2014, en las instalaciones del Jockey Club del Per[.

1.5. "Voces por el Clima" cont6 con varios espacios, entre ellos el area de losPabellones Tematicos, donde se presentaron m6dulos para ilustrar la relaci6n delcambio climatico con las Montanas y el Agua, los Oc6anos, los Bosques, laEnergia y las Ciudades Sostenibles. Adicionalmente, un sexto Pabell6n, el Umbral,present6 m6dulos con informaci6n introductoria y general sobre cambio clim6tico.

'1.6. En el contexto de lo sefialado, el MINAM y LA MUNICIPALIDAD han coordinadolas acciones vinculadas con la suscripci6n del presente Convenio.

CLAUSULA SEGUNDA,. DE LAs PARTES

2.1. EL MINAM, es el organismo del Poder Ejecutivo cuya funci6n general es disef,ar,establecer, ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental,asumiendo la rectoria con respecto a ella. Tiene entre sus objetivos, la conservaci6ndel ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable,racional y 6tico de los recursos naturales y del medio que lo sustenta, que permitacontribuir al desarrollo integral social, econ6mico y cultural de la persona humana,en permanente armonia con su entorno y asi asegurar a las presentes y futurasgeneraciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para eldesarrollo de la vida.

2.2. LA MUNICIPALIDAD es un 6rgano de Gobiemo Local que goza de autonomiapolltica, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia. Laautonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administraci6ncon sujeci6n al ordenamiento juridico; en ese sentido, promueve el desarrollointegral de su circunscripci6n, viabilizando el crecimiento econ6mico, la justiciasocial y la sostenibilidad ambiental, logrando asi una mejor calidad de vida en unaciudad saludable, segura y ordenada.

El MINAM y LA MUNICIPALIDAD podr6n ser denominados indistintamente como laParte o las Partes en el presente Convenio, conforme se haqa referencia a ellas enforma individual o coniunta.

CLAUSULA TERCERA.- DEL MARCO LEGAL

Constituci6n Politica del Per0.C6digo Civil.Ley N' 27972, Ley Org6nica de Municipalidades.tey N' 27444, Ley del Procedimiento Adminishativo ceneral.Ley No 2861 1 , Ley General del Ambiente.Decreto Legislativo N" 1013, que aprueba la Ley de Creaci6n,Funciones del Ministerio del Ambiente.Ordenanza N" 507-2014-MSS que aprueba el Reglamento deFunciones de la Municipalidad de Santiago de Surco.

Organizaci6n

Organizaci6n v

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EEil

El MINAM, en el marco del Documentodiciembre del 2015 se compromete a:

Restaurar y acondicionar, por 0nica vez,la versi6n original de "Voces por el Clima"

Municipalidadde Santiagb de Surco

. Decreto Supremo N" 007-2008-MlNAM, que aprueba el Reglamento de Organizaci6n yFunciones del Ministerio del Ambiente.

. Resoluci6n Ministerial N'415-2014-MlNAM, que aprueba la delegaci6n de facultades yatribuciones a diversos funcionarios del Ministerio del Ambiente.

. Documento del Proyecto suscrito entre el MINAM y el Programa de las NacionesUnidas refativo al " Proyecto de apoyo a la generaci6n y consolidaci6n de capacidadespara la realizaci6n de la Vig6sima Conferencia de las Paftes de Ia Convenci6n Marcode las Naciones Unidas sobre el Cambio ClimAtico (COP 20), la D6cima Reuni6n delas Paftes del Protocolo de Kyoto (CMP 10), sus actlyrdades y eventos conexos COP20-PERU-2014' (en adelante Proyecto N" 0087130), suscrito el 20 de diciembre de2013.

CLAUSULA CUARTA.- DEL oBJETo DEL coNVENIo

El presente Convenio tiene por objeto establecer las acciones de cooperaci6n mutua entrelas partes para la implementaci6n, funcionamiento, mantenimiento y sostenibilidad delespacio tematico cuya denominaci6n sere "Voces por el Clima-Lima (VxC-L)", que se

en las instalaciones proporcionadas por LA MUNICIPALIDAD

USULA QUINTA.- DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Las Partes asumen las siguientes obligaciones:

5.1.1.

del Proyecto N" 0087130, hasta el 31 de

los m6dulos previamente identificados de, para la implementaci6n de VxC-l.

Los bienes patrimoniales relacionados con VxC podr6n ser transferidos a tltulogratuito a favor de LA MUNICIPALIDAD, de acuerdo a las normas de laSuoerintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN.

El material intelectual reflejado en los contenidos de cada uno de los m6dulospodr6n ser usados libremente por ambas partes, incluso mes allS de la vigenciadel presente Convenio.

2. Habilitar el m6dulo externo de tos seis (6) pabellones que formar6n parte de VxC-L, el m6dulo que hare las veces de un auditorio y el m6dulo que servir6 comoespacio administrativo.

3. Coordinar con LA MUNICIPALIDAD la programaci6n de los eventos a serDresentados en las locaciones de VxC-L.

5.1 .4. Contratar un (01) Coordinador de VxC-L y tres (3) Asistentes, de los cuales un (01)t6cnico - administrativo, uno (01) creativo y un (01) de cooperaci6n y auspicios.

5.1 .5. Capacitar al primer grupo de voluntarios necesarios (en un miximo de 1 00personas y por fnica vez) para guiar a los visitantes dentro de VxC-1.

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5.1.6. Asesorar a LA MUNICIPALIDAD en la administraci6n de VxC-L.

5.2. A partir del afro 2016 y hasta el aio 2019, el MINAM se compromete a asesorar enla actualizaci6n de los contenidos de los m6dulos tematicos de VxC-L. Elasesoramiento oara la actualizaci6n de los contenidos la efectuara el MINAM unavez al afio a trav6s del 6rgano correspondiente.

5.3. LA MUNICIPALIDAD se comoromete a:

5.3.1 . Proporcionar un terreno nivelado, de al menos 5000 m2, que servira para laimplementaci6n de VxC-L.

5.3.2. Dotar de personal, servicios de electricidad, agua, internet, limpieza, seguridad,servicios higi6nicos, servicio telefonia, entre otros, en la locaci6n donde seimplementar6 VXC-L. Dichos servicios deberen brindarse en forma suficiente paraatender los reouerimientos de VxC-L.

5.3.3. Conducir la programaci6n de los eventos a ser presentados en las locaciones deVxC-L.

5.3.4. Brindar facilidades para la habilitaci6n y restauraci6n de los m6dulos que serviranpara la implementaci6n de VXC-L.

5.3.5. Seleccionar y proporcionar los voluntarios necesarios para guiar a los visitantesdentro de VXC-L.

5.3.6. Brindar el espacio y el material logistico necesario para la capacitaci6n a losvoluntarios.

c-J. /. Gestionar la obtenci6n de todos los permisos necesarios para la implementaci6n yel funcionamiento del VxC-1.

Administrar VxC-L con el asesoramiento del MINAM durante el ano 2015, y enforma independiente a partir del afio 2016, asegurindose del buen mantenimiento,funcionamiento y sostenibilidad de VxC-L en lo sucesivo.

5.3.9. Brindar trato Dreferencial al MINAM oara la utilizaci6n de las instalaciones de VxC-

CLAUSULA SEXTA.- DEL FINANCIAMIENTO

Los recursos econ6micos que el MINAM requiera para la ejecuci6n del presente Conveniodurante el afio 2015, seran asumidos con cargo a los recursos transferidos y/o obtenidosde fuentes cooperantes a traves del Documento del Proyecto N' 00087130 "Apoyo a /ageneraci6n y consolidacidn de capacidades para la realizaci6n de la VigesimaConferencia de las Paftes de la Convenci6n Marco de /as Naciores Unidas sobre elCambio Climdtico (COP 20), h Decima Reuni6n de las Paftes del Protocolo de Kyoto

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(CMP 10), sus acllyldades y eventos conexos (COP 20-PERU-2014)" suscrito entre elMinisterio del Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)y, a partir del afro 2016 ser5n asumidos de acuerdo a su disponibilidad presupuestal,dentro del marco del presente convenio de coooeraci6n.

Los recursos econ6micos que LA MUNICIPALIDAD requiera para la ejecuci6n delpresente convenio, ser6n asumidos con cargo a sus recursos, a la cooperaci6ninternacional y al plan de auspicios.

CLAUSULA SEnIMA.- DEL PLAzo DE VIGENCIA

El presente Convenio tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, contados apartir de su suscripci6n, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo expreso entre LASPARTES.

CLAUSULA ocTAVA.- DE LA cooRDINAcIoN

LAS PARTES convienen que los aspectos relacionados con la coordinaci6n, el logro delobjetivo y cumplimiento de los compromisos del presente Convenio de Cooperaci6nInterinstitucional eslarAn a caroo de:

Por el MINAM:

El Viceministerio de Desarrollo Estrat6gico de los Recursos Naturales.

Por LA MUNICIPALIDAD:

Quien designe el Alcalde.

CLAUSULA NoVENA.- DE LA EVALUACI6N

Con el prop6sito de asegurar el cumplimiento del objeto del presente convenio, el MINAMen coordinaci6n con LA MUNICIPALIDAD, rcalizare una evaluaci6n de la ejecuci6n delconvenio al finalizar el afio 2015 y luego anualmente, a fin de adoptar las medidas queconsideren necesarias para el cumplimiento de su objeto.

CLAUSULA DEcIMA.- DE LA MoDIFIcAcI6N DEL coNVENIo

Cualquier modificaci6n de los t6rminos y compromisos establecidos en el presenteConvenio, asi como la(s) pr6rroga(s) del mismo, debera ser realizado mediante Adenda,la que debere constar por escrito y ser suscrita bajo la misma modalidad y con lasformalidades que se suscribe el presente Convenio.

modificaci6n estara supeditada al inter6s de las partes y a los logros obtenidos, la cualser solicitada y sustentada por el 6rgano interesado anticipadamente al t6rmino de

vrgencra.

CLAUSULA DEcIMA PRIMERA.. DE LA REsoLUcIoN DEL coNVENIo

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=EilEl presente Convenio quedar6 resuelto antes de su vencimiento en los siguientes casos:

Por acuerdo entre las partes, el mismo que deber6 ser expresado por escrito.El mandato legal expreso.El caso fortuito o la fueza mayor, que impida el cumplimiento de los acuerdosadootados.Por vencimiento de su plazo de vigencia, sin que haya sido renovado.La transferencia o cesi6n de los derechos emanados del mismo por una de las partessin autorizaci6n de la otra.

f) La aceptaci6n o acuerdo para recibir cualquier tipo de oferta(s), pago(s),remuneraci6n(es), ventaja(s) o simila(es), de forma directa o indirecta, haciendo usoo referencia al presente Convenio.

g) La transferencia total o parcial de las obligaciones asumidas en el presente Convenioa favor de terceros.

h) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presenteConvenio imputable a cualquiera de las partes.

i) Si durante la vigencia del presente Convenio, alguna de las partes consideranecesario no continuar con su ejecuci6n, sin expresi6n de causa, debera comunicarloa la otra parte por escrito con una antelaci6n no menor a treinta (30) dias calendario,manifestando su decisi6n, en concordancia con lo senalado en la Cl6usula D6cimoCuarta del oresente Convenio.

Si una de LAS PARTES considera que se est6 incumpliendo las obligaciones estipuladasen el presente Convenio deberA cursar a la otra parte, una comunicaci6n de fecha ciertaindicando la(s) cl5usula(s) del Convenio incumplida(s), con el suslento correspondiente,otorgando un plazo no menor de quince (15) dias ni mayor de treinta (30) dias habilespara que regularice el cumplimiento de la prestaci6n o compromiso debido. Vencido dichoplazo sin que se produzca la regularizaci6n, la parte interesada dara por resuelto elConvenio automaticamente.

CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.- DE LA RESOLUCION DE CONTROVERSIAS

AS PARTES acuerdan oue el oresente Convenio se celebra de acuerdo a las reolas debuena fe y la com0n intenci6n de las Partes. Con ese espiritu, resolveran, en lo posible,

ualquiera desavenencia o diferencia de criterios que se pudiera presentar durante elodel Dresente Convenio. mediante el trato directo v el com0n

CLAUSULA DECIMA TERCERA.- DEL DOMICILIO

12.1. Para los efectos del presente Convenio, LAS PARTES frjan como sus domicilioslos seflalados en la oarte introductoria del oresente documento.

Municipalidadde Santiagb de Surco

12.2. foda documentaci6n oue deba ser cursada entre LASvelidamente realizada si fuera dirigida a los domiciliosintroductoria del Dresente Convenio.

PARTES se entendera

a)b)

d)e)

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VIDAL OTALORAMinistro del Ambiente

Municipalidadde Santiagb de Surco

12.3. Cualquier cambio de domicilio durante la -vigencia del presente Convenio deberaser notificado por escrito a la otra parte, a los domicilios consignados en la parteintroductoria con una anticipaci6n no menor de quince (15) dias habiles.

CLAUSULA DECIMA CUARTA.- DE LA LIBRE ADHESI6N Y SEPARACIoN

13.1. En cumplimiento a lo establecido por el numeral 3 del articulo 77" de la Ley No27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, LAS PARTES declaranexpresamente que el presente Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional es delibre adhesi6n y separaci6n para LAS PARTES.

13.2. Cualquiera de LAS PARTES podrd separarse libremente y dar por concluido elpresente Convenio, sin exDresi6n de causa. mediante comunicaci6n escritasimple, remitida a la otra parte con una anticipaci6n no menor de treinta (30) diascalendario. Las partes se comprometen a consensuar la forma en la oue losaspectos pendientes de ejecuci6n, asi con terceros, seranresueltos.

En sef,al de conformidad con el co Convenio, losrepresentantes de las instituciones en dos (02)ejemplares originales de igual valor, en la ciudad mes deju I io de 2015.

unicipalidad de

GOMEZ BACA

Santiago de Surco

Lima, a|os A6 dias

EL GERARDO PEDRO PULGAR-

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Minrsierio delAmb€nreS,rr.mn de trn|nrl. Oc{tften1tr f,

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ambiente igual al l0olo det vator tota, d.'ll;tlT"uffI te un daio al medio

Valor agresado 726,05Tiena

19,89Mano de obra noiiiEdd- 3q;1Mano de obra cahfiiid 162.68Capital

332,08-q5 0,Recursos Naturales-

rfogares813,41

roores utDanos 67.68356,46rzv.J Iiri;ffi*@

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Servicios

*-"Jrl;tfi::1fl':*ffi'-o plazo' despuds oet pe.iooo de inversi6n, la estructura de lacalificada y Darciatment" "",,rt:::"j1,::.:imiento

demogrrifico y la inmigraci6n de mano de obra

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Municipalidad de Santiago de Surco

"Affo de la Divecificaci6n Productiva y del Fortalecimiento de la Educaci6n"

orrcro N' )/, -2015-SG-MSS

Santiago de Surco, 07 de julio de 2O1 5

SeflorMANUEL PUICAR-VIDAL OTAI,oRAMinisfro del AmbienteAv. Javier Prado Oeste No 1440 - San IsidroPresente.-

De mi consideraci6n:

Es Srato dirigirme a usted, por especial encatgo del seflor Alcalde Roberto C6mez Baca,

para expresarle mi cordial saludo y a sv vez para remitir copia certificada del Acuerdo

de Concejo N" 065-2015-ACSS del 06JUL2015, asi como un (01) ejemplar en originaldel Convenio suscrito con su representada.

Hago propicia la ocasi6n para expresarle las muestras de nuestra mayor estima yconsideraci6n.

Atentamente,

PMR/rbe

Jr. Bolognesi 275, Plaza de Armas de Sanfiago de Su.co. T.4ll-5560 www.munisurco,gob.pe

t$inidorio dol Amtisnto

qw:*:;0?.0?-2015 12:10 N" Fdios:7

\\spsCARLOS MONTECRE]ARIO GI

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EL

AcuERDo DE coNcEro "" 0 6 5 -2015-ACSSde Surco,

0 6 JUL. 2015

El Concejo de Santiago de Surco, en Sesi6n Ordinaria de la fecha,

Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y de Asuntos Juridicos, Ia Carta No 1542-20'1s-SG-MSS de la SecretariaGeneral, el Memorendum No 494-2015-GM-MSS de la cerencja t\4unicipat, el lnforme No 619-2015-GAJ-MSS de laGerencia de Asesoria Juridica, el Memorendum No 526-2015-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento vPresupuesto, el Memorandum N" 496-201s-GAF-MSS de la Gerencia de Administraci6n y Finanzas, el Informe Ni646-2015-SGLP-GAF-MSS de la Subgerencia de Logistica y Patrimonio, los Memordndums Nros.818-2015-GSC-MSSy 825-201s-GSC-MSS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Oficio No 1027-2015-MINAM/SG, registradocon DS N' 22'10112015, del Secretario General del Ministerio del Ambiente, entre otros documentos, sobre elproyecto de Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional entre el Ministerio del Ambiente - MINAM v la MunicjDalidadde Santiago de Surco; y.

CONSIDERANDO:

Que, el Articulo 194'de la Constituci6n Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional No28607 y la Ley N' 30305, en concordancia con el articulo ll del Titulo Preliminar de la Ley Org6nica deMunicipalidades - Ley N" 27972,los gobiernos locales gozan de aulonomia politica, econ6mica y administrativa enlos asuntos de su competencia. La autonomia que la Constituci6n Politica del Peru establece para tas

radica en la facultad de ejercer actos de gobiemo, administrativos y de administraci6n, con sujeci6nal ordenamiento juridico;

Que, de conformidad con el Articulo g" numeral 26) de la Ley Orgdnica de Municipalidades - Ley N. 27972, esatribuci6n del Concejo Municipal iqplobar la celebraci'n de convenios de cooperaci'n nacional e intemacionat, asicomo convenios inteinstitucionale s"

Que, mediante Oficio No 1027-201s-MINAM/SG del 25.06.20'15, registrado con DS N'2210112015, det 15.06.2015,el Secretario General del Ministerio del Ambiente, remite un Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional entre elMinisterio del Ambiente - MINAM y la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, el cual tiene por objetoestablecer las acciones de cooperaci6n mutua entre las partes para la implementaci6n, funcionamtenro,mantenimiento y sostenibilidad del espacio tem6tico cuya denominaci6n ser6 'Voces por el Clima - Lima (VxC-L)";

Que, por Memorandums No 818-201s-GSC-MSS del 30.06.2015 y No 825-2015-GSC-MSS det 02.07.20't5, taGerencia de Servicios a la Ciudad, sehala que respecto al compromiso de la municipalidad de proporcionar unteneno para la implementaci6n del parque temAtico, este podrd ser el que conesponde al denominado ComplejoEcol6gico, Centro de Acopio y Estaci6n de Transferencia de Residuos S6lidos, Urbanos, cuya ubicaci6n, areas yperimetro se encuentran detalladas en la Clilusula Segunda de la Adenda al Convenio de CooperacionInterinstitucional entre la Municipalidad de Santiago de Surco y la Fueza Aerea del Penl, cuya extensidn es superiora los 5,000 m2; por lo que considera viable la suscripcion del presente convenio, dado que el espacio tem6tico cuyadenominaci6n ser6 "Voces por el Clima - Lima (VXC-L) es una aclividad tendiente a contribuir con la mejora delmedio ambiente y calidad de vida;

Que, con lnforme No 646-2015-SGLP-GAF-MSS del 03.07.2015, la Subgerencia de Logistica y Patrimonio, senalaque es viable que, la implementaci6n del proyecto o programa: 'Voces por el Clima - Lima (VXC-L)" se lleve a caboen el teneno cedido a nuestro municipio, bajo el convenio con la Fueza Aerea del Penl - FAP, en la medida que elobjeto del Convenio de Cooperaci6n con el Ministerio del Ambiente, es el de contribuir con la conservaci6n delmedio ambiente utilizando para ello, la difusi6n general del impacto que suscita el cambio clim6tico, siendo 6stemonocorde con los fines y objetivos del Convenio y adendas suscritas con la Fueza A6rea del Peru, por los cualescedieron una extsnsi6n de 39,863.77 m2, mediante otorgamiento de derecho real de superficie por el periodo de 30anos;

Que, con Memorendum No 496-201s-GAF-MSS del 03.07.2015, la Gerencia de Administraci6n y Finanzas, seialaque en lo que respecta a la dotaci6n de personal, servicios de electricidad, agua, Inlernet, limpieza, seguridad,servicios higi6nicos, servicios de telefonia, entre otros, en la locaci6n donde se implementard el espacio temetico:"Voces por el Clima - Lima (VxC-L)", partiendo de la premisa planteada por la Gerencia de Servicios a la Ciudad,que sefrala que dichos requerimientos se encuentran cubiertos con el traslado del programa de segregaci6n enorigen a dichas instalaciones, se tiene que la Gerencia de Administraci6n y Finanzas, dispondr6 de los recursos paracubrir los mismos gastos, considerando adem6s que el parrafo final de la cldusula sexta indica que la ejecucion delconvenio, tambi6n recibird recursos de cooperaci6n inlernacional y el plan de auspicios; emitiendo en tal virtud,opini6n favorable para la suscripci6n del convenio submateria;

Jr. Bolognesi 275, Plaza de Armas de Santiago de Surco. T.41,t-5560 www,munisurco.gob.pe

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MuniclpaiiCBd dc S.r|iritgo de Surco

ES COPIA FJEL DEL CRIGINAL

ad de Santiaoo de Surco

pAGTNA N" 02 DEL AcuERDo DE coNcEJo N" 0 6 5 -rots-1"r"

del 06.07.2015 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,el Convenio se enmarcado dentro del Plan de Desanollo Concertado (PDC) del distrito de

Santiago dq Surco, especificamente en su linea 4: Distrito Ambientalmente Sostenible, Objetivo 4.'l: "Lognr unamelor de vida, reduciendo los niyeles de contaminaci'n urbana, alianzando una cultura ambiental, con unagesti6n y conceftada entrc vecinos, instituciones y municipalidad, reafimando e! lidenzgo a nivel nacionaly Objetivo 4.4 "Desanollar Sistemas de reutilizaci'n de residuos sdlidos y aguas residuales a fin de genenr ahono,disminuir la ambiental e incrementar el desarrollo social con el apoyo de la inversi6n y coopemci'ntAcnica" , se encuentra alineado al Plan Estrategico Institucional de la Municipalidad de Santiago de SurcoPeriodo 2013 - 2016; el cual en su linea Estrategica 4: Distrito Ambientalmenle Sostenible, tjene por objetivoestrategico, el fortalecer la participaci6n ciudadana en temas de gesti6n ambiental y promover una cultura deconservaci6n del ambiente; en tal virtud, opinan favorablemenle por la suscripci6n del Convenio de Cooperaci6nInterinstitucional con el Ministerio del Ambiente;

Que, Informe No 618-2015-GAJ-MSS del 06.07.2015, la Gerencia de Asesoria Juridica, sefrala que el Ministerio delAmbiente cre6 el espacio denominado "Voces por el Clima - Lima (VXC-L)' para contribuir a la toma de concienciasobre fa importancia del cambio clim6lico, su gesti6n y la relevancia de 6ste para afianzar la agenda dimetica ygenerar un debate informado a nivel nacional, regional y global; facilitando espacios de dielogo y encuentro de losdiferentes ptlblicos y actores, el cual de acuerdo a las competencias legales de las municipalidades se podreimplementar a nivel distrital, mediante la suscripci6n del presente convenio, en ese sentjdo, opina favorablementepor la aprobaci6n del Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional con el Ministerio del Ambiente para laimplementacion, funcionamiento, mantenimiento y sostenibilidad del espacio temetico cuya denominaci6n sera'Voces por el Clima - Lima (VXC-L)';

Que, mediante Memorendum No 494-2015-GM-MSS del 06.07.2015, la Gerencia Municipal expresa su conformidadal proyecto de Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional entre el Ministerio del Ambiente y la Municipalidad deSantiago de Surco;

Estando al Dictamen Coniunto N'01-2015-CGM-CSCMA-CAJ-MSS de las Comisiones de cesti6n Municipal, deServicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y de Asuntos Juridicos, al lnforme No 618-201'GAJ-MSS de la Gerenciade Asesoria Juridica, de conformidad con el Articulo go inciso 26) de la Ley Org6nica de Municipalidades - Ley No27972, el Concelo Municipal, adopt6 por UNA,NIMIDAD y con dispensa del trAmite de lectura y aprobaci6n de Acta,el siguiente:

ACUERDO:

ARTiCULO PRIMERO.- APROBAR la celebraci6n del Convenio de CooDeraci6n Interinstitucional entre el Ministeriodel Ambiente y la Municipalidad de Santiago de Surco, elparte integrante del presente Acuerdo.

(14) Cl6usulas, y que forma

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER oue la los reDresentantes delMinisterio del Ambiente, debidamente acreditados.

ARTicuLo TERcERo.- ENGARGAR a ta cerencia , ataGerencia de Administraci6n y Finanzas, a la Gerencia de de Loglstica yPatrimonio, se constituyan en los 6rganos encargados deel presente Acuerdo.

POR TANTO:

mediante

y cumpla.

ROBER'TO

del Convenio debe entenderse

a la Gerencia de Planeamiento ya la Ciudad, a la

cumplimiento del convenio,

Jr. Bolognesi 275, Plaza de Armas de Santiago de Surco. T.411-5560 www.nunisu.co.gob.pe