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 1 INTROUCCION En el presente ensayo presentaremos y analizaremos sobre la institución de catastro su evolución y función se establecerá la perspectiva social del mismo y la coordinación de este con el registro público de la propiedad El Catastro históricamente se ha conceptualizado como el inventario, censo o registro de los bienes inmuebles, llegando a una acepción más común como un registro de fincas, de sus valores y de sus propietarios. Estableciéndose en sus primeros inicios con fines exclusivamente fiscales y sin r epresentación alguna. En este presente trabajo analizaremos porque el catastro se utiliza como un término técnico, el cual es empleado par a designar una serie de registros que muestran la extensión, el valor y la propiedad (u otro fundamento del uso o de la ocupación) de la tierra. En términos estrictos, un catastro es un registro de fincas y de valores de la tierra y de los propietarios, que originalmente se compilaba con propósitos de tributación. Sin embargo, en muchos países ya no existe un impuesto sobre la tierra y en la práctica el catastro tiene otras dos finalidades igualmente importantes: facilita la descripción precisa y la identificación de determinadas parcelas y sirve de registro permanente de derechos sobre la tierra. Normalmente un catastro moderno consiste en una serie de mapas o planos a escala grande con sus correspondientes registros. Si bien el levantamiento topográfico de una determinada parcela se ha traducido en algunos países en un “mapa catastral” para esa parcela y puede no haber tenido relación con ninguna parcela adyacente, un verdadero mapa catastral abarca todas las parcelas de una determinada zona y no únicamente parcelas aisladas. Puede actuar como un índice para otros levantamientos de parcelas de tierras que muestren una información más detallada, o puede ser de una escala suficientemente grande como para poder obtener del mapa las dimensiones de cada parcela. También hablaremos sobre el Registro Público de la Propiedad el cual es una Institución administrativa, dependiente del Poder Ejecutivo Estatal, la cual tiene por objeto proporcionar seguridad jurídica al tráfico de inmuebles mediante la publicidad de la constitución, declaración, trasmisión modificación, extinción y gravamen de los derechos reales y posesión de bienes inmuebles, dándole una apariencia jurídica de legitimidad y fe pública a lo que aparece anotado y asentado en el Registro Público.

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INTROUCCION

En el presente ensayo presentaremos y analizaremos sobre la institución de

catastro su evolución y función se establecerá la perspectiva social del mismoy la coordinación de este con el registro público de la propiedad

El Catastro históricamente se ha conceptualizado como el inventario, censo oregistro de los bienes inmuebles, llegando a una acepción más común comoun registro de fincas, de sus valores y de sus propietarios. Estableciéndoseen sus primeros inicios con fines exclusivamente fiscales y sin representaciónalguna.

En este presente trabajo analizaremos porque el catastro se utiliza como un

término técnico, el cual es empleado para designar una serie de registrosque muestran la extensión, el valor y la propiedad (u otro fundamento del usoo de la ocupación) de la tierra. En términos estrictos, un catastro es unregistro de fincas y de valores de la tierra y de los propietarios, queoriginalmente se compilaba con propósitos de tributación. Sin embargo, enmuchos países ya no existe un impuesto sobre la tierra y en la práctica elcatastro tiene otras dos finalidades igualmente importantes: facilita ladescripción precisa y la identificación de determinadas parcelas y sirve deregistro permanente de derechos sobre la tierra.

Normalmente un catastro moderno consiste en una serie de mapas o planosa escala grande con sus correspondientes registros. Si bien el levantamientotopográfico de una determinada parcela se ha traducido en algunos países enun “mapa catastral” para esa parcela y puede no haber tenido relación conninguna parcela adyacente, un verdadero mapa catastral abarca todas lasparcelas de una determinada zona y no únicamente parcelas aisladas. Puedeactuar como un índice para otros levantamientos de parcelas de tierras quemuestren una información más detallada, o puede ser de una escalasuficientemente grande como para poder obtener del mapa las dimensiones

de cada parcela.También hablaremos sobre el Registro Público de la Propiedad el cual es unaInstitución administrativa, dependiente del Poder Ejecutivo Estatal, la cualtiene por objeto proporcionar seguridad jurídica al tráfico de inmueblesmediante la publicidad de la constitución, declaración, trasmisiónmodificación, extinción y gravamen de los derechos reales y posesión debienes inmuebles, dándole una apariencia jurídica de legitimidad y fe públicaa lo que aparece anotado y asentado en el Registro Público.

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Nuestro sistema registral, se encuentra inspirado en la aplicación de losprincipios registrales que serán analizados en el desarrollo del presentetrabajo

17.1 CATASTRO

Es un conjunto de datos y descripciones de inmuebles rústicos y urbanosexpresándose sus superficies y situación, linderos, cultivos oaprovechamientos, calidades, valores y cualesquiera otras circunstanciasfísicas, jurídicas y económicas1.

Es el inventario público, sistemáticamente organizado, gráfico y alfanuméricodescriptivo de los bienes inmuebles urbanos, rurales y de características

especiales de un país. El término Catastro es empleado para designar unaserie de registros que muestran la extensión, el valor y la propiedad (u otrofundamento del uso o de la ocupación) de la tierra.

17.1.1 CONCEPTO

El término catastro es aquel que se usa para designar al censo o registro quetiene el Estado de los diferentes tipos de propiedades privadas yestablecimientos existentes en su territorio. El principal objetivo del catastro

es el conocimiento de tales espacios a fin de poder aplicar de maneraadecuada y proporcional los correspondientes impuestos. El catastro puedeservir además para el control y para la organización geográfica del espacio yaque permite conocer qué espacios están libres, cuáles están ocupados,cuáles deben ser renovados, etc. La palabra catastro proviene del griegokatastikhon, que significa registro o censo.2 

17.1.2 EVOLUCION EN MEXICO

EPOCA PREHISPANICA

Los inicios del catastro en el México prehispánico se ven reflejados en losvariados sistemas de información con los que contaba el imperio azteca,respecto a su compleja organización política y social, en función de sus

1 http://www.inegi.org.mx. Página creada el día 22 de agosto de 1996 a las 06:00:08 p.m.Consultada el día 10 de mayo del año 2013. Última modificación hecha a la página el día 10 demayo de 2013.2 http://www.definicionabc.com/general/catastro. Página creada el día 10 de Junio del año2008 a las 07:22:50 p.m. Consultada el día 11 de mayo del año 2013. Última modificación hecha a

la página el día 16 de octubre del año 2012.

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diferentes relaciones tributarias, de registro y cartográficas, lo cual constituyeel antecedente principal de los mapas y planos coloniales basados en lainformación catastral mesoamericana en relación con el tipo de propiedad;

Entre los aztecas las tierras pertenecían a la comunidad y se dividían en

tierras de los calpullis; de las instituciones, templos, ejército, palacio real; delos soberanos y de los nobles. Las tierras de los pueblos o ciudades cuyosproductos se destinaban a cubrir los gastos y el pago de tributos fueronTeopantlalli para la manutención de los sacerdotes, Tlatocatlalli para losgastos del palacio, Tecpantlalli para el mantenimiento de los servidores delpalacio, Tecuhtlatoque para el pago al servicio de los jueces, Michimalli paraabastecer a los guerreros en campaña y Yotlalli, que eran tierras del enemigoy calidad de botín en las guerras.

En ese periodo, la información referente al catastro es casi nula; sin embargo,a decir de algunos historiadores existen códices pictográficos, queespecifican los procedimientos legales relacionados con la administración yuso de la tierra.

Entre ellos, el códice denominado Santa María Asunción, documentorepresentativo del sistema catastral y estadístico sobre la población y lastierras de 12 localidades de Texcoco en el Valle de México, el cual estádividido en tres partes: la primera contiene un censo por hogar que asocia acada jefe de familia con sus descendientes, la segunda está constituida por 

un listado de parcelas, relacionado con cada jefe de familia, aunque éstas sepresentan sin orden aparente y la tercera parte incorpora, otra vez, a cada jefe de familia con un listado de predios, aunque con un orden arbitrario; estecódice es un ejemplo representativo del sistema catastral de origenprehispánico, y fue actualizado durante la Colonia por las autoridades de laépoca, lo que da muestra de la información contenida en él.

EPOCA COLONIAL

 A su arribo al continente americano y, en especial, a la región queposteriormente se conocería como la Nueva España, los españolesencontraron una estructura territorial compleja, por lo que los reyes católicos,con el fin de garantizar la posesión de las tierras recién descubiertas,recurrieron al Papa español Alejandro VI, quien expidió en 1493 undocumento pontificio de carácter legal denominado bula, mediante el cual seotorgaba a la Corona España el dominio exclusivo de las indias occidentales,dotándolos así de la posesión legítima de las mismas. Dicho documentoseñalaba como condición obligatoria la instrucción cristiana para los

habitantes de estas regiones, por lo que se implantó una política denominadaencomienda, que consistió en el reparto de indígenas entre los

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conquistadores, con el propósito de cristianizarlos y de protegerlos a cambiode utilizar sus servicios

 Así, el origen legal de la propiedad territorial novohispana estuvo determinadapor el soberano español, quien concedía la donación de derechos sobre la

tierra entre particulares mediante un título llamado merced, cuyo fin erapremiar la gestión ejemplar de un vasallo sobresaliente o como pago de unvasallo sobresaliente o como pago de un compromiso, de este modo, lasmercedes de tierra eran el medio de obtención de la propiedad rural.

Durante los primeros tiempos de la consolidación de la Colonia, elrepartimiento fue la base de la administración novohispana, y se aplicaba dela siguiente manera: el oro para los conquistadores, descontándose el quintoreal, los esclavos para el dueño de la tierra y los servicios para el rey quienpodía otorgarlos, a su vez, como mercedes.

Con respecto a la organización de los asentamientos humanos, desdemediados del siglo XVI se perfeccionó la programación de los pueblosindígenas en unidades poblacionales de 300 a 400 vecinos y un espacio de500 varas (410 m aproximadamente) de tierras para vivir y sembrar, quetiempo después, por disposición de la Ordenanza de 1567 (dictada por elvirrey don Gastón Peralta, marqués de Falcés), se denominarían fundo legal.3 

 Al iniciar el siglo XVII, la tenencia de la tierra era irregular y compleja, por loque las autoridades competentes de la época implantaron una técnica jurídicallamada composición, que acreditaba la propiedad de tierras baldías orealengas adquiridas de manera ilegítima, dando sustento jurídico a lasmismas mediante un determinado pago a la Corona.12 Esta técnicapermaneció hasta mediados del siguiente siglo, cuando se dictó en España laInstrucción de los señores fiscales, aprobada en la Nueva España por la Audiencia de México en 1784, cuyo objetivo fue registrar los instrumentos decensos y tributos, rentas de bienes raíces y todos aquellos que conteníanhipoteca especial o gravamen de dichos bienes. 4 

En este mismo contexto, el rey Carlos VI, a fines del siglo XVIII, por CédulaReal ordenó se recogieran los capitales de juzgados, capellanías y obras pías(bienes raíces colectivos o gentilicios pertenecientes al clero) para ser enviados a España; asimismo, se dictaron decretos que suprimieron el pagode tributos de los indígenas y ordenaban el reparto de tierras con dotación deaguas en beneficio de los indígenas y castas de la Nueva España; estas

3 Cué Cánovas, Agustín. Historia social y económica de México (1521-1854). Distrito Federal,MéxicTrillas, 1983, p. 114.4

13 Pérez Fernández del Castillo, Bernardo. Derecho registral. Distrito Federal, México, Porrúa,1992, pp. 10-17.

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disposiciones culminaron con la promulgación de la Constitución de Cádiz del30 de septiembre de 1812. No obstante a sus ideas liberales, estaconstitución no fue aprobada en la Nueva España, iniciando así una serie decambios al interior del gobierno, entre los que se pueden mencionar la

transformación de la Audiencia en un organismo judicial, al suprimirse susfunciones administrativas, así como la creación de diputaciones provincialeselectivas.5 

 A pesar de que las anteriores reformas estaban encaminadas alfortalecimiento del Estado español frente al poder eclesiástico, la injustadistribución de la tierra y los altos índices de concentración de la propiedadrural en manos de peninsulares y criollos ocasionaron un descontentogeneral, circunstancia que influyó en la lucha de independencia y tuvo comoconsecuencia un estancamiento de las legislaciones en materia de tenencia

de la tierra.

PERIODO POSTINDEPENDISTA

Durante la primera mitad del siglo XIX e iniciado el periodo independiente en1821, se generaron disposiciones que marcaron los antecedentes legales delcatastro en México, es decir, se dictó la protección de los grandes latifundiosciviles y eclesiásticos y la promulgación de una Ley de Colonización, quefavorecía la política colonizadora y al expansionismo norteamericano.6 

 Apenas consumada la independencia, se evaluó la necesidad inaplazable yurgente de fomentar el desarrollo demográfico del país y de poblar vastasregiones del territorio, casi deshabitadas. Para tal fin, en 1823, la JuntaConstituyente expidió un decreto, creando la provincia del Istmo, referente alreparto de tierras baldías entre los individuos interesados en colonizar elterritorio nacional; estas tierras baldías se dividían en tres partes: la primerase repartiría entre los militares e individuos que hubiesen prestado servicios ala nación, así como entre pensionistas y cesantes; la segunda, entre

capitalistas nacionales y extranjeros que se establecieran en el país conformea las leyes generales de colonización, y la tercera parte sería distribuida entrelos habitantes carentes de propiedad.

Las leyes que posteriormente se dictaron en materia de baldíos ycolonización, en términos generales, se inspiraron en tres principios: comoreparto de tierras baldías a los militares en premio a sus servicios, comoconcesiones a los colonos extranjeros y como adjudicación de terrenos a loshabitantes de los pueblos; para tal efecto se promulgó la Ley sobre

5 Cué Cánovas, Agustín. Op. cit., p. 223.6 González Blackaller, Ciro E. y Luis Guevara Ramírez. Hoy en la historia. Distrito Federal, México,Herrero, 1984, p. 202.

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Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos, que promovió el poblamientode éstos a niveles nacional y estatal, además de fomentar suaprovechamiento.

Después, se dictaron disposiciones legales con fines fiscales, como el

decreto federal de 1836, en el cual se indicaba la regulación de unacontribución anual de dos pesos al millar para todas las fincas urbanas. En1838, se estableció, igualmente, una contribución sobre fincas rústicas y, eneste mismo año, se adoptó una definición de las mismas; años más tarde, en1843, se reglamentaron a nivel federal los avalúos sobre fincas urbanas yrústicas del territorio nacional. De igual modo, entre 1850 y 1851 seestableció un tipo de contribución para fincas rústicas, urbanas y demáscapitales sin que existiera un ordenamiento físico de la propiedad7 

Por otro lado, durante la presidencia de Ignacio Comonfort, se dictaron leyesreformistas encaminadas a frenar el latifundismo perteneciente al clero y, en1856, Miguel Lerdo de Tejada, en su calidad de ministro de Hacienda,promulgó la Ley de Desamortización de Bienes Eclesiásticos, que tuvo comopropósito poner en circulación comercial los bienes inmuebles tanto de lascorporaciones eclesiásticas como de las civiles, ayuntamientos y pueblos deindígenas8. Sin embargo, a pesar de que se habían dictado disposicionesreferentes al catastro rústico, al aplicarse la Ley de Desamortización deBienes se confundió la propiedad comunal de los pueblos con los bienes decomunidades religiosas, lo cual ocasionó que muchas comunidades

indígenas sufrieran el despojo de sus tierras; dicha problemática disminuyóen 1859, cuando Benito Juárez, en calidad de presidente de la SupremaCorte y vicepresidente de la República, decretó la Ley de Nacionalización deBienes Eclesiásticos, cuyo propósito fue confiscar los bienes del clero, laseparación de la Iglesia y el Estado, y el establecimiento de las bases para laocupación de dichos bienes y la forma de realizar su venta.

Con la puesta en marcha de los ideales liberales reformistas bajo el gobierno juarista, se llevó a cabo una redistribución de la tierra; esta nueva asignaciónde terrenos propició que en 1863 se expidiera una ley que implantaba elsistema métrico decimal para las medidas de tierras y aguas, fueran parariego o de potencial (uso idóneo de la tierra), la cual establecía que seríanestimadas por los ingenieros y agrimensores, teniendo para su aplicación unplazo no mayor a 10 años y reduciendo las unidades de mensura que hastaese momento se habían usado. Asimismo, estipulaba que las medidas

7 Miranda Basurto, Ángel. La evolución de México. Distrito Federal, México, Numancia, 1989, pp.287-292.

8 Aldana Rendón, Mario. Proyectos agrarios y lucha por la tierra en Jalisco 1810-1866.

Guadalajara, México, Unidad Editorial, 1986, p. 179. 6

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longitudinales, itinerarias y de superficie serían, en adelante, las fijadas por las tablas sancionadas por el Ministerio de Justicia, Fomento e Instrucción,publicadas el 10 de noviembre de 1862, relativas al sistema métrico decimalestablecido por la Ley de 15 de marzo de 1857.9 

No obstante, este proceso se vio truncado con la intervención francesa, y conésta se modificó la forma de gobierno para implantarse una monarquíamoderada, regida por el emperador Maximiliano de Habsburgo, quien en1866 proclamó dos legislaciones con repercusión nacional en el ámbito rural:la Ley sobre Terrenos de Comunidad y Repartimiento, decretada con el fin deentregar a los habitantes de los poblados tierras que les correspondían; y laLey Agraria del Imperio, con el objetivo de otorgar fundo legal y ejido –de unalegua de largo (5 572.7 m), situado en las afueras del pueblo para pastoreo yobtención de leña, piedra y agua, entre otros – a las personas que carecieran

de ello; con esto, se apoyaban las ideas liberales de Juárez; sin embargo, nose llevaron a cabo debido a la oposición del gobierno conservador 

Concluido el intervencionismo extranjero, se restableció la República y elgobierno continuó con la distribución equitativa de las tierras; de tal maneraque, bajo la administración de Manuel González, en 1883 se decretó la Leysobre Deslinde de Terrenos y Colonización, la cual estipulaba la identificaciónde las tierras que no tenían propietario para incorporarlas a la vida económicadel país mediante su deslinde, medición y venta a particulares

Con el propósito de conocer la estructura económica y política, en ese mismoaño el gobierno de la República decretó la creación de la Dirección Generalde Estadística, la cual tenía como fin primordial compilar, clasificar y publicar en forma periódica cifras estadísticas comparativas del ramo económico,llevando a cabo levantamientos censales tanto en el ámbito poblacional comode catastro de la propiedad urbana, rústica y minera, a efecto de conocer lariqueza del país.25 Por lo tanto, las bases legales de la medición catastralestaban comprendidas en la Ley Especial de Catastro y su reglamento, lascuales abarcan el territorio nacional desde la propia medición hasta losplanos municipales y la propiedad particular.

El siglo XIX culminó con los primeros trabajos técnicos y el surgimiento de lasprimeras instituciones catastrales con la promulgación en 1894 de la LeyFederal sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos de los EstadosUnidos Mexicanos, clasificando los terrenos propiedad de la nación de lamanera siguiente: baldíos, demasías y excedencias; establecía el GranRegistro Publico de la Propiedad garantizando así los derechos de losposeedores de la tierra y perfeccionando la titulación.

9 Fabila, Manuel. Cinco siglos de legislación agraria (1493-1940). Distrito Federal, MéxicoCEHAM, 1981, p. 136.

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EPOCA CONTEMPORANEA

El catastro moderno tiene inicio con el siglo XX periodo en que el país vivía

un movimiento social con raíces esencialmente agrarias; esto propició que en1902 se decretara la derogación de la clasificación de terrenos de la nación,respetándose sólo la de los baldíos los cuales el ejecutivo podría deslindar através de comisiones oficiales; se anularon las disposiciones que autorizabanla separación de baldíos por empresas deslindadoras y se preservó el GranRegistro de la Propiedad.

Todos estos hechos modifican la estructura y organización de la propiedad dela tierra en México y el presidente Venustiano Carranza consideró urgentereorganizar el catastro en toda la republica y en 1914 decretó un proyecto de

Ley Agraria fijando las bases para la conformación del catastro; en esta leyse establece una junta calificadora en cada municipio para registrar lapropiedad raíz, fijar su avalúo y el monto de los capitales.

En 1915 se dictó la Ley Agraria normando la aplicación de procedimientos enla restitución de tierras, establecimiento de límites y dotación de tierras acomunidades agrícolas y para que estas fueran aplicadas el mismoVenustiano Carranza instituye la Comisión Nacional Agraria la cual fijó laextensión del ejido en 4,190 m por lado. Al año siguiente se crea laSecretaría de Agricultura y Fomento con la finalidad de recuperar laspropiedades de la nación y reglamentando el otorgamiento y posesiónprovisional, previa autorización del poder ejecutivo.

Con la tercera Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de1917, se otorga la legitimidad necesaria para una distribución justa de latierra, creándose el ejido en México, que con la reforma al artículo 27constitucional se determina que la nación es la única propietaria de tierras yaguas comprendidas dentro del territorio nacional, y se reserva el derecho atrasmitir su dominio a particulares y legisla sobre la tenencia de la tierra y

aguas, sobre todo con núcleos de población comunal y con la pequeñapropiedad.

17.1.3 LA REALIDAD SOCIAL

El marco legal reformado en 1992 (artículo 27 y Ley Agraria respectiva)reconoce tres formas de propiedad de tierras y aguas: pública, privada ysocial; ésta última corresponde a los núcleos agrarios (ejidos y comunidadesagrarias).

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EJIDO; es la porción de tierras, bosques o aguas que el gobierno entregó aun núcleo de población campesina para su explotación. Las tierras ejidalesson inembargables, imprescriptibles e inalienables.

COMUNIDAD; es el núcleo de población formado por el conjunto de tierras,

bosques y aguas que fueron reconocidos o restituidos a dicha comunidad, yde los cuales ha tenido presuntamente la posesión por tiempo inmemorial,con costumbres y prácticas comunales.

AUTORIDADES

La legislación correspondiente contempla como autoridades u órganos de losnúcleos agrarios a la Asamblea, el Comisariado Ejidal o de Bienes

Comunales y el Consejo de Vigilancia. Asamblea; es el órgano supremo del núcleo agrario y en ella part icipan todoslos ejidatarios o comuneros.

Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales; órgano encargado de laejecución de los acuerdos de la Asamblea, así como de la representación y lagestión administrativa. Está constituido por un presidente, un secretario y untesorero.

Consejo de Vigilancia; órgano encargado de vigilar que los actos del

Comisariado se ajusten a los aspectos legales, lo dispuesto por el reglamentointerno y a los acuerdos de la Asamblea; también revisa las cuentas yoperaciones del Comisariado. Está integrado por un presidente y dossecretarios, o bien por un presidente, un secretario y un tesorero.

ESTTRUCTURA

En cuanto a su estructura territorial, el núcleo agrario está compuesto por uno

o varios polígonos ejidales o comunales. Se define como polígono ejidal ocomunal a los linderos y superficies correspondientes a cada acción agraria oconjunto de acciones agrarias mediante las cuales se dotaron tierras a unnúcleo.

La ubicación de los polígonos puede presentarse en un mismo estado ymunicipio o en varios de éstos. Los polígonos pueden estar separadosfísicamente y constituir unidades geográficas un tanto independientes, comose muestra a continuación:

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Destino de la tierra

El destino de la tierra de los polígonos puede ser de tres tipos: asentamientohumano, uso común y tierras parceladas, como muestra la siguiente figura:

Para efectos de los trabajos técnicos del PROCEDE, cada tipo de destino dela tierra que se encuentra dentro de un polígono constituye una gran área.

TIERRAS PARA EL ASENTAMIENTO HUMANO; conforme al artículo 63 de

la Ley Agraria, las tierras destinadas al asentamiento humano correspondenal área necesaria para el desarrollo de la vida comunitaria del núcleo agrario

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y están constituidas por los terrenos en que se ubique la zona deurbanización y su fundo legal.

TIERRAS DE USO COMUN; según lo establecido en el artículo 73 de la Ley Agraria, constituyen el sustento económico de la vida en comunidad del

núcleo agrario y están conformadas por aquellas tierras que no hubieren sidoreservadas por la Asamblea para el asentamiento del núcleo de población, nisean tierras parceladas.

TIERRAS PARCELADAS; son los terrenos que han sido fraccionados yrepartidos entre sus miembros y que se pueden explotar en forma individual,en grupo o colectivamente. Corresponde a los ejidatarios o comuneros elderecho de aprovechamiento, uso y usufructo de ellos.

En síntesis, un polígono puede orientarse a uno, dos o a los tres tipos dedestino de la tierra; es decir, en su interior se puede encontrar sólo tierras deuso común, parceladas o de asentamiento humano, o bien puede contener lacombinación de dos o tres tipos.10 

17.2 CATRASTRO-REGISTRO PUBLICO

Los catastros modernos han visto la utilidad de la información catastral nosimplemente en ser un instrumento11 fiscal para el cobro del impuesto, sino

además ser una herramienta valiosa que pueda utilizarse en la planeaciónurbana, dotación de servicios públicos, regulación de tenencia de la tierra, delos asentamientos humanos, de límites territoriales y de los usos del suelourbano. De ahí que lo consideran como un catastro multifinalitario.

Hoy el principal propósito del sistema catastral es principalmente el fiscal,seguida del urbanístico, del legal, histórico, socioeconómico y petrolero.

Entre otras finalidades la información catastral tiene como propósitos elDesarrollo Urbano, 12 Planeación, Administración fiscal, Desarrollo rural, Administración de Recursos Naturales y Protección del Medio Ambiente.

Entre los grupos de datos que conforman el Subsistema Nacional deInformación Geográfica y Medio Ambiente, en su componente geográfico, se

10 PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO, Bernardo. “Derecho Registral”. Ed. Porrúa. Décima

Edición. México. 2003. 

11 Luis Carral y de Teresa, Derecho Notarial y Registral, Porrua, Mexico, 1984, pp. 213.12 IBIDEM 71 Y 72.

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encuentran los datos catastrales, definidos como los atributos cualitativos ycuantitativos, relativos a la identificación, caracterización y localizacióngeográfica de los predios que conforman el territorio nacional, así como surepresentación cartográfica.

Para lograr la integración de este grupo de datos al subsistema, se hanrealizado diferentes acciones por parte del INEGI, varias de ellas de formaconjunta con Unidades del Estado de los tres ámbitos de gobierno,sobresaliendo: estudios sobre la caracterización o diagnósticos de loscatastros; trabajos encaminados a la modernización y vinculación de lainformación catastral y registral; la elaboración de una norma técnica para lageneración e integración de datos catastrales; además de realizar trabajostécnicos enfocados a la organización de los catastros.

Finalmente, es de destacar que los datos catastrales cada vez más estánsiendo utilizados para trabajos multipropósito, al emplearse como informaciónbase para estudios de planeación, ordenamiento territorial, socioeconómicos,prevención de desastres, entre otros.

El Programa de Modernización Catastral de Banobras (PMC) tiene comoobjetivo principal fortalecer los ingresos propios municipales a través delincremento en la recaudación del impuesto predial.

El PMC incluye asistencia técnica, así como apoyos de recursos norecuperables para la elaboración de los estudios y proyectos requeridos, ypara apoyar de manera parcial por la ejecución de las acciones demodernización catastral.

Los apoyos por la ejecución se entregan al Municipio mediante la modalidadde reembolso a la conclusión de las acciones de modernización,13 previodictamen técnico favorable.

En el último quinquenio, la Administración Pública Federal, Estatal y

Municipal, han realizado esfuerzos individuales o de forma conjunta, paraimpulsar la modernización de los catastros, entre los que destaca elPrograma de Modernización Catastral BANOBRAS – INEGI.

Los registros públicos se suelen clasificar en dos grandes grupos 14 ocategorías, que se conocen cómo registros jurídicos y registros

administrativos. Los primeros (registros jurídicos) son aquellos capaces decrear presunciones jurídicas, ya sean iuris tantum (admiten prueba en contra)o lo sean iuris et de iure (presunciones indestructibles). Los segundos

13 IBIDEM, PP. 337 Y 378.14 Bernardo Perez Fernandez del Castillo,, op. Cit., p. 89.

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(registros administrativos) únicamente ejercen funciones divulgativas,cognoscitivas o de transparencia.

XVIII EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y OTROS REGISTROS

18.1. REGISTROS PUBLICOS

Podemos distinguir varios tipos de registro entre los cuales se encuentran, enuna primera clasificación derivada de nuestro sistema federal de gobierno, losregistros locales y federales.

Tenemos así que el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, se hacecargo (principalmente) de dos tipos de registros, Federal y Local:

Registro público es una institución establecida con fines de dar  publicidad 

formal  a determinados hechos,15 circunstancias o derechos, que funcionabajo regulación y control de la  Administración pública nacional, provincial,local o institucional, que prestan así un servicio en pro de la transparencia jurídica. Los registros públicos se ponen en práctica para sustituir, aunquesea formalmente, a otros medios de  publicidad material  de hechos 16 yderechos.

La inscripción o registro de comerciantes es obligatorio para toda persona jurídica o administrativa que se dedique a ejercer el comercio.

Los registros públicos se suelen clasificar en dos grandes grupos 17 o

categorías, que se conocen cómo registros jurídicos y registrosadministrativos. Los primeros (registros jurídicos) son aquellos capaces decrear presunciones jurídicas, ya sean iuris tantum (admiten prueba en contra)o lo sean iuris et de iure (presunciones indestructibles). Los segundos(registros administrativos) únicamente ejercen funciones divulgativas,cognoscitivas o de transparencia.

Los registros públicos se suelen clasificar en dos grandes grupos 18 ocategorías, que se conocen cómo registros jurídicos y registros

administrativos. Los primeros (registros jurídicos) son aquellos capaces de

crear presunciones jurídicas, ya sean iuris tantum (admiten prueba en contra)o lo sean iuris et de iure (presunciones indestructibles). Los segundos(registros administrativos) únicamente ejercen funciones divulgativas,cognoscitivas o de transparencia.

18.1.1. FEDERAL

15 Enrique Gimenez Arnau, op. Cit., p. 56.

16 Ibidem, pp. 339.17 Bernardo Perez Fernandez del Castillo,, op. Cit., p. 89.18 Bernardo Perez Fernandez del Castillo,, op. Cit., p. 89.

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El Registro Público de Comercio de carácter federal tiene su regulación en elCódigo de Comercio y la legislación mercantil (Ley General de SociedadesMercantiles, Ley General de Sociedades Cooperativas, Ley de Títulos yOperaciones de Crédito, etc.) La naturaleza Federal de este registro lo

encontramos en el art. 73 fracción X de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, por lo que en términos del Código de Comerciola operación del Registro Público de Comercio está a cargo de la Secretaríade Economía y de las autoridades responsables del Registro Público de laPropiedad en los Estados.

Bernardo Pérez Fernández del Catillo nos dice al respecto: “El Registro

Público de Comercio está regulado por una ley federal, tiene como fininscribir a los comerciantes, personas morales o físicas y los hechosrealizados con ellos”.19 

18.1.2 LOCAL

El registro Público de Propiedad de carácter local tiene su regulación en lalegislación de la entidad federativa a la que corresponda (Código Civil,Reglamento o Ley del Registro Público de la Propiedad). Y está a cargototalmente de la autoridad local.

Bernardo Pérez Fernández del Castillo al respecto nos dice: “El Registro

Público de la Propiedad (local) está regulado por una ley local, tiene como findar publicidad sobre las cosas y los derechos reales”.

20 

18.1.2.1 FUNCION

En México como en los demás países del mundo la actividad del RegistroPúblico de la Propiedad es muy importante en el aspecto jurídico, por laseguridad que otorga sobre los actos y hechos jurídicos de los cuales da fe.

La función registral entraña la realización de una serie de actos, formas yformalidades en relación a las transacciones realizadas respecto de lapropiedad de bienes muebles o inmuebles, los cuales son necesarios paraque surta efectos jurídicos de manera plena, por medio de la publicidadregistral, mismos que están previstos en el Código Civil.

La palabra registro significa anotación o inscripción, por lo cual la principalfunción del Registro Público Local es inscribir los actos jurídicos regulados

19

 PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO, Bernardo. Derecho Registral. Editorial Porrúa.Cuarta Edición. México. 199920 Ibídem 

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por el Derecho Civil, cuya forma ha sido realizada por la función notarial, conel fin de facilitar el tráfico jurídico a través de un procedimiento legal, cuyaconsecuencia es, en síntesis la seguridad jurídica.21 

18.2 DIFERENCIAS DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y

OTROS REGISTROS PUBLICOS, FEDERALES Y LOCALES

Existen diversos tipos de registros públicos en México cuya función es la derecibir la inscripción de diversos actos.

Básicamente existe una importante diferencia entre los registros públicosexistentes en el país. Hay registros constitutivos de derechos y hay registrosdeclarativos de derechos. Así, hay registros públicos cuyas inscripciones

implican publicidad y causan efectos para terceros y el público en lo general;y hay inscripciones en registros públicos meramente declarativas22.

Legalmente, la publicidad de los actos inscritos es requisito de legalidad enalgunos casos. Uno de los principales registros públicos es precisamente elRegistro Público de la Propiedad en el cual se inscriben, entre otros casos,las escrituras públicas por las que se transfiere el título de propiedad debienes inmuebles o la constitución de garantías reales sobre bienesinmuebles como es el caso de la garantía hipotecaria.23 

En todos los casos de contratos de compraventa de inmuebles y de contratospor los que se constituyen garantías hipotecarias sobre inmuebles esrequisito indispensable que las escrituras notariales en las que constandichos actos jurídicos estén inscritos en el Registro Público de la Propiedaddel Estado en el cual se ubica el inmueble respectivo.

El efecto de la inscripción es el de dar publicidad al acto por lo que cualquier persona puede verificar quién vende y compra un inmueble específico o

21

Véase enhttp://books.google.com.mx/books?id=2dqDpygCIDgC&pg=PA179&lpg=PA179&dq=el+registro+publico+dela+propiedad+y+otros+registros+local+y+federal+funciones&source=bl&ots=sK6-TyZVKn&sig=_lFI4LvBKlErH9uNyMcVDO9FBXc&hl=es-419&sa=X&ei=6HeRUcmfHo2I0QHfs4HwDQ&ved=0CDoQ6AEwAzgK#v=onepage&q=el%20registro%20publico%20dela%20propiedad%20y%20otros%20registros%20local%20y%20federal%20funciones&f=false  Consultada el día 09 de Mayo del año 2013,página creada el día 13 de Mayo del 2012 y modificada el día 16 de Julio del año 2012.22 Ibídem.

23 Véase en http://escritosregistrales.blogspot.mx/ Página creada el día 05 de Enero de 2013a las 10:32:21 p.m., Consultada el día 11 de Mayo de 2013. Última modificación hecha el día

09 de Marzo de 2013.

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quién es el deudor y el acreedor de una relación de crédito soportada por unahipoteca.

 Al inscribirse el acto, todo tercero recibe una notificación implícita(constructive notice) de la existencia y legalidad del acto. Las leyes de

manera específica establecen en un listado muy preciso los actos y contratosque requieren inscripción en el Registro Público.

De requerirse la inscripción y no cumplirse con la misma, los efectos legalesde dicho incumplimiento resulta en los llamados efectos relativos del acto jurídico, es decir que se presume para efectos legales que el acto solamentese celebró entre las partes que lo suscribieron y los terceros no quedanlegalmente notificados de la existencia del contrato o acto que debió dehaberse inscrito.

Esto es relevante y trascendente para el contrato que se celebró ya que todotercero puede desconocer la existencia del acto y el adquirente de uninmueble cuya escritura pública no se inscribió no se puede considerar comoun adquirente de buena fe en cualquier juicio en el cual se discuta laprelación de derechos, efectos de prescripción y presunción de legalidad.

Existen muchos casos en los que las partes firman un contrato privado decompraventa sobre inmuebles y no lo inscriben y al mismo tiempo el mismoinmueble es vendido a otra parte por el vendedor de la propiedad.

Si el segundo contrato de compraventa del inmueble es posterior pero sí seinscribe, lo más probable es que el segundo comprador se considere como eladquirente final y legal de la propiedad. Lo mismo pasaría en el caso de crear una garantía hipotecaria sobre un inmueble cuya escritura no se inscriba enel registro público.

Si el deudor hipotecario celebra otro contrato de crédito con un tercero y elprimer acto no se inscribe y el segundo sí queda inscrito, el segundogravamen prevalecería aún y cuando se relacione con un segundo créditocelebrado con posterioridad al primer crédito.

En el caso de conflictos de duplicidad de ventas o de garantías hipotecarias,la inscripción de los actos relativos en el registro público es esencial para lavalidez y efectos del acto del que se trate. Los notarios públicos en Méxicoson los responsables de solicitar la inscripción de los actos inscribiblescuando así lo establezca la ley. También hay que pagar gastos de inscripciónde acuerdo con los aranceles de gastos establecidos por los reglamentos.

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Cada Estado de la República Mexicana establece la organización yfuncionamiento del Registro Público de la Propiedad. 24 Dichos registrospúblicos son los encargados de emitir los certificados de libertad degravámenes, los cuales hacen constar si una propiedad inmueble tiene algún

gravamen o si la propiedad está limpia de gravámenes a fin de asegurar queun comprador no adquiere un inmueble que esté sujeto a garantíashipotecarias establecidas a favor de terceros.

Si una garantía hipotecaria no está inscrita y el inmueble se vende a untercero, dicho tercero puede válidamente confiar en que la propiedad no tienegravámenes ni limitaciones de dominio y el acreedor hipotecario poco podráhacer para hacer valer su garantía hipotecaria contra el tercero que adquirióla propiedad. Los conflictos y litigios relacionados con deficiencias en lainscripción de los actos y contratos son complejos, largos y costosos.

Siempre que se realice una transferencia del título de propiedad de uninmueble o se otorguen préstamos que se garanticen con una hipoteca sobrebienes inmuebles hay que asegurarse que la escritura pública notarial emitidaal respecto quede debidamente inscrita en el Registro Público de laPropiedad.

24 Véase en www.unav.edu.RECURSOSREGISTRALES.pdf. Página creada el día 25 de

Febrero de 2012 a las 08:56:12 a.m. Consultada el día 11 de Mayo de 2013. Última

modificación el día 01 de Enero de 2013. 

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CONCLUSIONES

En la doctrina se ha discutido la naturaleza de este procedimiento, y dice que

para algunos autores se trata de un proceso en el que se ventila una

pretensión y tiene por ello naturaleza jurisdiccional. El registrador actúa en

función de órgano jurisdiccional y su actividad puede ser englobada dentro de

la categoría conocida con el nombre de “actos de jurisdicción voluntaria”. Sin

embargo, parece más acertada la opinión de quienes entienden que tanto el

Registro en cuanto servicio público, como los actos que en él se realizan,

poseen naturaleza administrativa. El procedimiento es, por ello, un

procedimiento administrativo. Sin embargo, el Poder Judicial tiene cierta

intervención en él, pues las decisiones del registrador pueden ser recurridas

 judicialmente, y los Presidentes de las Audiencias son los inspectores

permanentes de los Registros de su territorio, pudiendo practicar visitas que

consideren necesarias para conocer su estado y funcionamiento e informar a

la Dirección General de los Registros y del Notariado en cualquier momento. 

 A medida que nuestra sociedad avanza, sea con la tecnología, ideologías, los

modos de rechazar el tráfico comercial, económico y jurídico y por el hecho

de manejar grandes o pequeñas actividades, nos vemos en la necesidad de

recurrir a los diferentes medios de formalidades que la ley regula a efectos de

asegurar nuestro patrimonio y que el mismo circule para que se vaya

incrementando y poder tener una estabilidad económica relativa que es, a lo

que todas las personas (sean empresarias, personas jurídicas o naturales)

esperan.

Para el mejor  desarrollo de este trabajo mencionamos los principiosregístrales que rigen al derecho material y más específicamente en los que

se basa el notario para dar fe y dar forma al trabajo que realiza, veremos todo

lo referente al procedimiento registral como los primeros pasos que debemos

de dar.

Que estos temas son muy importantes, debido a que las personas naturales

o jurídicas no quieren perder patrimonio o quebrar ya que buscan las

formalidades y protección que las leyes conceden a través de los notarios ya

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que estos son los nexos para llegar a la inscripción del acto o contrato que se

desea tenga protección para asegurar nuestro futuro.

El registrador, también como figura y ente público facultado por el estado, así

como una persona física, tiene responsabilidades muy amplias en cuanto asu campo de trabajo, ya que las penalizaciones van desde una sanción que

puede ser puramente pecuniaria por su mal actuar, hasta la destitución del

cargo empleado o aún más grave la pena privativa de libertad, debemos de

analizar que hay diferentes tipos de daños mediante los cuales el registrador 

puede incurrir, siendo así su profesión de una forma muy delicada en cuanto

esté realizando el ejercicio de sus funciones, si bien es cierto vivimos en una

sociedad en la cual únicamente confiamos (y eso a veces) en nosotrosmismos, ya que la misma evolución de dicha sociedad nos ha llevado hasta

esos límites tan drásticos, lo importante aquí es que nos quede muy en claro

que, pese a su cargo como funcionario público, también si incurre en errores

será sancionado con penas diversas dependiendo la negligencia o

imprudencia que haya cometido dicho funcionario.

En conclusión se sabe que los Registradores responderán civilmente, en

primer lugar, con sus fianzas, y en segundo, con sus demás bienes, de todos

los daños y perjuicios que ocasionen y estas serán por no asentar en el

Diario, no inscribir o no anotar preventivamente en el término señalado en la

Ley los títulos que se presenten en el Registro ya sea por error o inexactitud

cometidos en inscripciones, cancelaciones, anotaciones preventivas o notas

marginales de igual manera por no cancelar sin fundado motivo alguna

inscripción o anotación, u omitir el asiento de alguna nota marginal, en el

término correspondiente por cancelar alguna inscripción, anotaciónpreventiva o nota marginal, sin el título y los requisitos que exige la ley.

La rectificación de los anteriores errores cometidos en asientos de cualquiera

especie, y que no traigan su origen de otros cometidos en los respectivos

títulos, no librará al Registrador de la responsabilidad en que pueda incurrir 

por los perjuicios que hayan ocasionado los mismos asientos antes de ser 

rectificados.

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BIBLIOGRAFIA

CUE CANOVAS AGUSTIN, Historia social y Económica de México, DistritoFederal, México, Tercera edición, Ed. Trillas, 1983.

GIMENEZ ARNAU, Enrique. “Derecho Notarial”. Ed. Pamplona. Primera

Edición. México.1976. 

PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO, Bernardo. “Derecho Registral”. Ed.

Porrúa. Décima Edición. México. 2003.

FUENTES CONSULTADAS

http://escritosregistrales.blogspot.mx/ Página creada el día 05 de Enero de

2013 a las 10:32:21 p.m., Consultada el día 11 de Mayo de 2013. Última

modificación hecha el día 09 de Marzo de 2013. 

www.unav.edu.RECURSOSREGISTRALES.pdf. Página creada el día 25 de

Febrero de 2012 a las 08:56:12 a.m. Consultada el día 11 de Mayo de 2013.

Última modificación el día 01 de Enero de 2013.

http://books.google.com.mx/books?id=2dqDpygCIDgC&pg=PA179&lpg=PA179&dq=el+registro+publico+dela+propiedad+y+otros+registros+local+y+federal+funciones&source=bl&ots=sK6-TyZVKn&sig=_lFI4LvBKlErH9uNyMcVDO9FBXc&hl=es-419&sa=X&ei=6HeRUcmfHo2I0QHfs4HwDQ&ved=0CDoQ6AEwAzgK#v=onepage&q=el%20registro%20publico%20dela%20propiedad%20y%20otros%20registros%20local%20y%20federal%20funciones&f=false Consultada el día 09 de Mayo del año 2013, página creada el día 13 de Mayodel 2012 y modificada el día 16 de Julio del año 2012.

http://www.inegi.org.mx. Página creada el día 22 de agosto de 1996 a las06:00:08 p.m. Consultada el día 10 de mayo del año 2013. Últimamodificación hecha a la página el día 10 de mayo de 2013.

http://www.definicionabc.com/general/catastro. Página creada el día 10 deJunio del año 2008 a las 07:22:50 p.m. Consultada el día 11 de mayo del año2013. Última modificación hecha a la página el día 16 de octubre del año2012.

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