y patrimonio. siete desarrollo
TRANSCRIPT
GUEHRE L
ES
A0O
vOLUMEN X
I-E/2014 (DECIMO SEG
UN
DO
/E/DO
SM
IL CATORCE).P.A
.ESCRITURA
PÚBLICA NÚMERO 2497 (DOS M
IL CUATROCIENTÓs NOVENTAY SIETE E
n la Localidad
de Isla Mujeres, M
unicipio de Isla M
ujeres, Estado de Q
uintana Ron, Estagos.OnidosM
exicanos,a los cinco dias del m
es de Mayo del año D
os mil C
atorce, Licenciado GER
AR
DO
iRO
BIG
UE
HERRERA
SANSORES,N
otario Público en
ejercicioen
el Estado, Titular de la N
otaria Públida Núm
ero SETEN
TA Y
CINCO, con residencia en esta Localidad, hago constar que comparecen
ante mí:---
--
I. El señor DA
VID
CAN
ALES M
END0ZA, por su propio y personal derecho.-
-- I.-E
l señor HA
NIEL IVAN
RO
SALES CANALES, porsu propio y personal derecho.
Il.- El señor WILSON ROSA
DO
MARTINEZ,
por su propio y personal derecho.-
IV.-
El señor RAU
LR
OSA
DO
RINZA
, por su propio y personal derecho. -
-V.- Elseñor BEN
ITO VAZQUEZ VALLES, por su
propio y personal derecho, V
I- Elseñor O
RLA
ND
O EM
IR B
ELLOS TU
N, por su propio y personal derecho. -
-- Y
DIJERON: Que formalizanla CONSTITUCION
de una ASOCIACIONCIVIL que han acordado,la cual se
regirá por las estipulacionesque se consignan
en los siguientes-
ES
TA
TU
TO
S-
CAPITU
LO
PRIM
ERO
. D
EL NOM
BRE, DOM
ICILIO,OBJETO,
DU
RACIO
N
Y PATRIMONIO.
ARTICU
LO
PRIM
ERO
. EI
nombre de la asociación
es "C
ENTR
O
DE
FORM
ACIO
NY DESARROLLO
DEPORTIVOVENADOS",seguida de las palabras "ASOCIACION CIV
IL"o de sus abreviaturas'A. C:".
--
AR
TIC
UL
O S
EG
UN
DO
. El d
om
icilio
de la a
socia
ció
nserá
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la C
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MU
NIC
IPIO
DE
BEN
ITO
JUAREZ, ESTA
DO
D
E Q
UIN
TAN
A
ROO, pero
podrá establecer
afiliacionesy domicilios
convencionalesen cualesquier
otro lugar de los E
stados Unidos M
exicanos. -
-- A
RTIC
ULO
TERC
ERO
.- La duración de la asoclación serà de cIEN
años, contados a partr de la presente fecha. Los ejercicios
de la asociacióndurarán un año cada uno, y corerän del prim
ero de enro al treinta y
uno de diciem
bred
e cada año, con excepción
del primeroyel
último que serán irreg
ulares.-
.
-- AR
TICU
LO cU
AR
TO
. La asociaciónes de nacionalidad
mexicana,
con todas las consecueniciasque esta
nacionalidadim
plica y las relaciones entre sus asociados se regirán por las leyes de este pais aplicablesa
Sus estatu
tos.-
AR
TIC
UL
o Q
UIN
TO.- Los asociados
extranjerosactuales o futuros de la asociación
que en este acto se
constituye y las asociaciones sin cláusula de exclusión de extranjeros que adquieran participaciónsocial en la
mism
a, se obligan formalm
entecon la Secretaria
de Relaciones
Exteriores
a considerarsecom
o nacionales,
asi como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular esta asociación,
o bien de los derechos y obligacionesque se deriven de los contratos en que sea parte la m
isma con
autoridades mexicanas, y a no invocar por lo m
ismo la protección de sus gobiernos, bajo la pena en caso
contrariode perder en
beneficiode la nación las participaciones sociales que hubieren adquirido.
-E
n los términos del articulo treinta y d
os d
e la Ley d
e Inversiónextranjera,
la asociaciónq
ued
a obligada a
inscribirseen el R
egistro Nacional de Inversiones
Extranjeras
en un término que no excederá de cuarenta
dias hábiles, contados a partir de la fecha en que cualquierpersona extranjera
adquiera participaciónen la
mism
a. -
-
--
AR
TIC
UL
O S
EX
TO
. E
l ob
jeto
de la a
socia
ció
nse
rá. --
1
1 La organización,
desarrollo,prom
oción,de todo tipo de eventos deportivos, culturales, sociales,
mu
sicales, y en
gen
era
l --..
2)- Fomentar la
participación aldeporte,
entodas sus categorias, especialidades y en todos los sectores
de la sociedad, en especial a gente de escasos recurso5 económicos.
3)- Prom
over laparticipación
activa endeportes,
cultura, arte
y demás, a las
personas de escasos
recursos en proyectos productivos que les permitan m
ejorar su calidad de vida y la conservación y desarrollo
de su
cultura.
-
4).-Impulsar proyectos productivos deportivos, sociales y culturales, para grupos vulnerables com
o jóvenes y niños,
5- La organización,
desaollo,prom
ocion,de todo tipo de com
petencias a nivel Municipal,
Estatal y
Federal e intermacional, ----
-
6)- Lagestión de
todo tipo de patrocinadores, becas, ayudas económicas, aportación
en
especie, para
incentivar a jóvenes y niños deportistas. --
-
7).- La contratación y capacitación continuadestinada
a m
aestrosen
educación fisica, fisioterapeutas, entrenadores deportivos a efecto de que im
partan las clases necesarias a jóvenesdeportistas.-
8-L
a contratación y capacitación continua
destinada a maestros
en artes, como el teatro, el canto, la
pintura, artes plásticasy dem
ás con el fin de que im
partan las clases necesarias a jóvenes, adultos y niños.
-
-9)-EI desarolo, organización,instalación,promoción
de cetros de entrenamientodeportivos.
10
)-El desarrollo, organización,instalación,prom
ociónde Clinicas de recuperación
fisica.- 1
1)- La gestión ante autoridades de gobierno en sus tres niveles, asi com
o a empresas publicas y privadas
----
para el patrocinio de terapias fisicas, masajes deportivos, operaciones con m
otivo de accidentes deportivos,
prótesis, medicam
entos y demás relacionados con el objeto de la asociación.---
-- 12)- La gestión ante autoridadesde gobieno e
n su
s tres niveles, asi com
o a em
presas publicas y privadas para
el patrocinio
de capacitaciones,
cursos, uniform
es,tenis,
equipo deportivo,
viajes con
motivos
de
competencias, entrenam
ientos y capacitación en lugares distintos a la residencia del deportista y dem
ás
actividades relacionadas con el objeto social de la asociación.
-13
)- La gestión ante autoridades de gobierno en sus tres niveles, así com
o a empresas públicas y privadas
para el patrociniode eventos culturales,
eventos sociales,eventos deporticos,
eventos de recreación familiar
-14
)- La celebración y ejecución de actos, convenios y contratos en la medida en que sean necesarios o
convenientes para la realizaciónde los fines de la asociación, con cualquier persona fisica o m
oral. --.
15)- La adquisición de bienes raíces en
la medida en que sean
necesarioso convenientes
para el
establecimiento de su
s oficinas o de sitios donde llevar a cabo las actividadescom
prendidasen
su objeto.
-16
).- La adquisición de bienes muebles en la m
edida en que sean necesarios o convenientes para la
realizaciónde las finalidades
que se propone la asociación. -
-17).-La tram
itacióny obtenciónante autoridades
locales, municipales
o federalesde perm
isos,licencias,
concesiones,patentes,
marcas, logotipos, im
áagenes graficas y nombres que se requieran tan solo en las
medidas que sea necesario
para el cumplim
ientode los fines de la asociación.-
18)-Contratar al personal necesario para el cum
plimiento de los fines de la asociación.--
-1
9)- R
ealiz
ar to
do
s los a
cto
s jurid
ico
s necesa
rios o
co
nv
en
ien
tes p
ara
la c
on
secu
ció
n d
e la fin
alidad
de la
HERRERA asociación.-
ESTAGO
20)-Destinar la totalidad de sus ingresos a los fines antes indicados.-
-
21).-En general, cualquier otra actividad relacionada
a su
objeto social. ARTICULO SEPTIMO.
La asociación n
o podrá tener representado
su capital
en
acclones noerdfa lucrativos, ni fines preponderantem
ente económicos. -
ARTICU
LO O
CTA
VO
. El patrimonio de la asociación estará
integrado por:
-
a)- Las aportaciones que en
efectivo o
en
especie realicen las personas fisicas o m
orales, racionales o extranjeras, a favor de la asociación con m
otivo de alcanzar los fines o actividades de la mism
a; -
--b).- M
ediante aportaciones que hagan los asociados actuales o futuros,
o bien mediante apotaciones de
terceros,------ -
-c).- Los bienes muebles, inm
uebles o derechos que adquierade m
aneradirecta' o que hagani e
n su
favor
personas fisicas o morales, nacionales o extranjeras;-
-- d
).- De lo
s pro
du
cto
s d
eriv
ad
os d
e lo
s pro
yecto
s qu
e p
rom
uev
a y d
esa
rrolle
la aso
cia
ció
n. -
-.
--e)- Elproducto de
las concesiones o pemisos que otorgue, incluyendo la venta de servicios, þrganización
de eventos y mateñales que edite, publique o distribuya de m
anera escrita o por cualesquier otro medio;-
-1) Los bienes, servicios
y recursos que por cualquierotro concepto o forma legal le co
rrespo
nd
a..
g) Las donaciones,
herencias,legados y dem
ás aportaciones de particulares,instituciones
u organismos
püblicos nacionaleso extranjeros.----
AR
TIC
UL
O N
OV
ENO
. La asociaciön se alegará de fondos:
-
a)-Por cuotas de su
s asociados, donativos que reciban de personas, instituciones públicas o privadas, a
de cu
alqu
ier otro
medio, -
---.
b)-Por
contribuciones que reciba del público en general,-
c)-Por el producto que le dejen las funciones sociales y otros actos sim
ilares que organide para este
efe
cto
--
-d
).-Po
r bie
nes, se
rvic
ios,
recu
rsos o
po
r cu
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to o
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a leg
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e s
e p
erc
iba y q
ue n
o
tengan finalidadlucrativa.
-
AR
TICU
LO D
ECIMO
. En apego a lo establecido en la Ley del Im
puesto Sobre la Renta:--
-L
a asociación, previa autorización de la S
ecretaria de H
acienda y Crédito P
úblico, podrá recibir donativos
deducibles del Impuesto Sobre la R
enta, en términos de los dispuesto por los A
rticulos setenta y nueve,
fracción sexta, ochenta y dos y ochenta y tres, de la Ley del Impuesto S
obre la Renta, para lo cual la
asociación deberá cumplir con lo siguiente:-.
--
a)- Laasociación,
destinará supatrim
onio incluyendo
los apoyos
y estimulos
públicos que
reciba
exclusivamente
a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente
distribuible a persona fisica alguna o a sus integrantes personas fisicas o morales, salvo que se trate, en este
úftimo caso de alguna persona m
oral autorizada para recibir donativos deducibles en teminos de la Ley del
Impuesto sobre la R
enta o se trate de la remuneración de servicios efectivam
ente recibidos. La institución no
deberá distribuir
entre su
s asociados,rem
anentesde
los apoyos
y estimulos
püblicos que
reciba. Lo
estipulado en la presente disposición es de carácter irevo
cable,-
--
b) E
n caso d
e liquidación de la asociación, la totalidad del patrim
onio de la mism
a, se destinará a otra
asociación con fines análogos o a otra que se constituya, que estén autorizadas para recibir donativos
deducibles para efectos del Impuesto S
obre la Renta, que se encuentren inscritas en el R
egistro Federal de
las Organizaciones de la S
ociedad Civil. La disposición contenida en este pårrafo es de carácter irevocable. -
-Los asociados de confom
idad con lo dispuesto en el penúltimo påafo del articulo 82 (ochenta y dos) de la
Ley del Impuesto Sobre la R
enta, establecen que las estipulaciones contenidas en esta cláusula tendrán el
caråcter de irevocables.-A
RTIC
ULO
DEC
IMO
PRIM
ER
O..
Los asociadosestán obligados a cubrir tanto las cuotas ordinarias com
o
las extraordinarias que acuerde la asamblea general de asociados.-
CAPITULO SEGU
ND
O. DE LOS
ASOCIADOS A
RTIC
ULO
DEC
IMO
SEG
UN
DO
,Serán asociados las personas
fisicasque form
en parte de la mism
a y sean
aceptadas como tales de conform
idad con estos estatutos. La asociación podrá admitir nuevos m
iembros sin
limite de núm
ero. La calidad de asociado es intransferible.
AR
TICU
LO D
ECIM
O T
ER
CE
RO
. La aceptación de asociados se llevará a cabo a propuesta de cualquier
miem
bro del Consejo D
irectivo y la resolución respecto de su ingreso deberá ser aprobada por la asamblea
de asociados por mayoria de votos,
teniendo voto de calidad para el caso de em
pate el presidente del
Consejo D
irectivo.-
AR
TICU
LO D
ECIMO
CU
AR
TO.- Los asociados se dividirán e
n:---
a) A
sociados Fundadores;---
b)
Aso
cia
do
sT
itula
res.-.
Asociados
Fundadoresserán aquellos que suscriban la presente escritura de la asociación.--
--- -
-A
scciadosT
itularesserán aquellos que ingresen posteriom
ente a la asociación, siempre y cuando su
solicitud sea
recomendada
por un asociado sea fundador
o titular, acordando el
Consejo
Directivo,
en
definitiva sobre su admisión o rechazo
AR
TICU
LO
DEC
IMO
QU
INTO
.- La asamblea general podrá a solicitud del C
onsejo Directivo, decretar la
ex
clu
sión
de u
no
o m
as a
socia
do
s, fiján
do
se c
om
o c
au
sas d
e e
xclu
sión
las s
igu
ien
tes-
--
a.- L
lev
ar a
cab
o
actos contrarios a los fines que persigue la asociación y oponerse o interferir con la realización de los mism
os;
--
b.-No cum
plir las decisiones o acuerdosdel C
onsejoD
irectivo o de la asamblea general de asociados,
según sea el caso
.
AR
TICU
LO D
ECIM
O SE
XT
O.- Los asociados podrán ser excluidos, a juicio de la asam
blea, por mayoria de
votos, teniendo voto de calidad para el caso de empate el presidente del C
onsejo Directivo, por violaciones
graves a estos estatuto
s o al reglamento interno, si llevaren
a cabo actos que contravinieren los fines de la
aso
cia
ció
n. -
---
AR
TIC
UL
O
DE
CIM
O
SE
PT
IMO
.-L
os asociados
podrán separarse d
e la asociación de form
a voluntaria,
mediante aviso escrito entregado al Consejo D
irectivo, --
AR
TIC
UL
O
DE
CIM
O
OC
TA
VO
.- L
os asociados que
voluntariamente
se separen o aquellos
que fueren
excluidos, perderán todo derecho al haber social.- .
. -CAPITU
L0 TERC
ERO
. DE LAS A
SAM
BLEA
S.--
AR
TICU
LO0
DE
CIM
O
NO
VE
NO
.. El órgano
supremo de la
asociación es la
asamb
lea general, que
se
integrarå exclusivamente
por los asociad
os
y tendrá a su
cargo la decisión de los asun
tos
relacionados co
n
4
ws actividades
--........
ARTICULO VIGESIMO..La sam
biea general se reunirà por convocatoria que ejed
ARTICULO VIGESIM
O PRIM
ERO..
Las asam
bleas generzles
de asacads
extaordinarias. Serán ordinarias las que independentemente de la época
cu
e se cere
tratar asuntos
relativos al objeto
social, nom
bramiento
y remocion
del Conseo Direc asociados,
discusión y aprobación
de balance,
e informaciön
del C
onsejo D
irectvo. Seran
asambleas
extraordinarias aquéllas que se ocupen de asuntos no incluidos en la enumeraciön anterior y partculam
ente
de la modificación de los estatutos asi c
om
o de la disolución de la asociacón
ARTICULO VIGESIM
O SEG
UN
DO
. Las
asambleas
generales ordinarias
de asociados
se reuniran
obligatoriamente cuando m
enos una vez al año dentro de los tres primeros m
eses siguientes a cada ejercicio
SOcial; las extraordinarias
se reunirán cuantas veces fuere necesarño.--
ARTICU
LO V
IGESIM
O TER
CER
O..
Las asambleas
se reuniran previa convocatoria em
itida pot el Consejo Directivo, debidam
ente fimmada por los mism
os, la cual ser� publicada en una sola ocasiön en el periödico de
mayor circulación del dom
icilio social y fjada en un lugar visible de las instalaciones de la asociaçión, cuando
menos con
ocho dias de anticipación a la
fecha de celebración de la
asamblea;
la convocaforia deberà
contener el orden del dia. .
AR
TICU
LO V
IGESIM
O C
UA
RTO
. Será quórum
válido para la instalación legal de las asambleas penerales la
asistencia de cuando menos la m
itad mas uno de los asociados. Si en la prim
era reuniòn no selobtuviere el
quónum establecido, se expedirá segunda convocatoria y la asam
blea se instalar� legalm
ente cualquiera que
sea el número de asociados presentes. En las asam
bleas generales las decisiones se tomarán pþr el vota de
la m
ayoria de los
asistentes, y las
decisiones obligarán a todos
los asociados,
aûn a lo
s ausentes o
disid
entes. -
--
--
AR
TICU
LO V
IGESIM
O Q
UIN
TO
. Presidirá la asamblea el presidente del C
onsejo Directivo, y actuarå com
o
secretario la
persona que
designe la
asamblea.
A falta
del prim
ero, la
asamblea
harà la
designación
correspondiente. El Presidente de la asamblea nom
brará de entre los asociados presentes a uno o varios
escrutadores, a efecto de que integren la lista de asistencia y certifquen la existencia del quórum, en su caso.
ARTICULO VIGESIM
O SEX
TO.
En las
asambleas
generales las
votaciones seran nom
inales
correspondiendo a cada asociado un voto. Los asociados deberán abstenerse de votar en las decisiones en
que se encuentren directam
ente interesados ellos y sus familiares. -.
-L
os a
so
cia
do
s p
od
rán
asistir a
la asam
ble
a a
trav
és d
e a
po
dera
do
desig
nad
o p
or m
ed
io d
e c
arta
po
der
firmad
a an
te d
os testig
os. -
--.
AR
TICU
LO V
IGESIM
O SEPTIM
O.- La direción y adm
inistración de los asuntos ordinarios de la asociación y
la representación judicial y extrajudicial de la mism
a estarán a cargo del CON
SEJO DIRECTIVO..
AR
TICU
LO V
IGESIM
O O
CTA
VO
. Los miem
bros del CO
NSEJO
DIRECTIV
O serán nom
brados y removidos
libremente por
la asamblea general de asociados y durarán en sus cargos el tiem
po que determine la propia
asamblea que los designe, a falta de determ
inaciónal respecto,
duraránen funciones por tiem
po indefinido.
Estos funcionarios podrán ser
reelectos y seguiránrepresentando a la asociación m
ientrasno se haga
la
designación de las personas que los substituyan. -
--
--
--
--
--
-.
AR
TIC
UL
O V
IGE
SIM
O N
OV
EN
O..
Será
n fa
cu
ltad
es d
e la a
sam
ble
ag
en
era
l:-
5
a) Conocer y aprobar en su caso
el infome del C
onseo Oirectivo y tom
ar los Cuerdos que de el se
den
ven
,
b) Conocer y aprobar en su caso el presupuesto y las cuentas correspondentes de cada ejercicio social
debiendo kos comprobantes de contablidad respectivos quedar a disposción de o
s asociados en las ofcinas
sOciales
. -c) A
cordar lo que proceda
en
matena d
e presupuestos, programas de accion general y todo lo que
refiere a la buena marcha de la asociación,-
--d) A
cordar las exclusiones de asociados a que haya lugar .
-e) Conocer y resolver todos los asuntos relativos de la asociación que le som
eta a consideracion el consejo directivo y los que de acuerdo con los presentes estatutos y la ley, correspondan a la asam
blea general, -
.-CA
PIT
UL
O C
UA
RT
O. D
E LA DISoLUCION.- A
RTICULO
TRIGESIM
O.- La asociación se extinguirà en cualquiera de los siguientes casos
--
I- Po
r acu
erd
o d
e la asamb
lea gen
eral, ---
-.- P
or h
ab
er co
nciu
ido
el pla
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ura
ció
n d
ete
rmin
ad
o e
n el articu
lo te
rcero
de e
stos e
statu
tos, o
po
r
haber sido conseguido totalmente el objeto de su constitucion;--
-l.-
Po
r hab
ers
e v
uelto
incap
az d
e re
aliz
ar e
l fin para
el q
ue fu
e c
on
stituid
a;- -
-
IV.- Por resolución que dicte la autoridad com
petente. A
RTIC
ULO
TRIG
ESIMO
PRIM
ERO
.- Llegado el caso de disolución de la asociación, será practicado el
balance final por el miem
bro que designe la asamblea general, quien tendrá el carácter de liquidador del
patrimonio de la asociación, con todas las facultades inherentes a su cargo y las que sean necesarias para
concluir las operaciones de la mism
a.-
Aprobado el balance final para los efectos de la disolución, se estará a lo establecido por el articulo
ochenta y dos, fracción Quinta de la Ley del Im
puesto Sobre la R
enta.
- - El pårrafo anterior se estipula con el carácter d
e irrev
ocab
le.-
AR
TICU
LO TR
IGESIM
OSEG
UN
DO
.-La asam
blea que apruebe la disolución de la asociación designará a
uno o varios liquidadores,quienes practicarán la liquidación con todas las facultades previstas por la ley, de
acuerdo a las siguientes bases: -
a) Concluirán los asuntos pendientes en la form
a que juzguen mas convenientes;
-- b) Formularan un balance deliquidación, celebrarán cr�ditos y pagarán deudas,
-)E
l remanente de los activos si los hubieren se entregarán en la form
a que acuerde la asamblea general
-d) Q
ue al mom
ento de su liquidación y con motivo de la m
isma, destinen la totalidad de su patrim
onio a
entidades autorizadas para recibir donativos en los téminos
de los incisos a) y b) de la fracclón primera del
articulo veinticuatro de la Ley del Impuesto sobre la renta en vigor.
CAPITULO QUINTO.- DE LA ADMINISTRACION..-
ARTICULO TRIGESIMO TERCERO- EI CONSEJO DIRECTIVO, tendfa las sigquientes facultades:
--
-a) A
sistir en representación de la asociación en los asuntos en que se le en
com
iend
en--.
b) Ejecutar los acuerdos de la asam
bleageneral
de asociados;-.
c) R
epresentar y administrar a la asociación, usando la firm
a social, tanto judicial como extrajudicialm
ente
con tod
as las facultades corresp
on
dien
tes a los ap
od
erado
s para pleitos y co
bran
zas, para los actos d
e
HE RRER adm
inistración de bienes y actos de dominio,.
-
d) Ejecutar todos los acuerdos de adm
inistraciónderivados
del programa aprobado por da asambea y
desamollar los program
as de emergencia que se requieran
-.
--e) Conferir los poderes que se
an
necesarios, asi co
no
los generales seqún sea el cas0,
t2
a
. - ) Celebrar contratos; ----
--g) Formular los program
as de actividades;--
--
h) F
om
ula
r lo
s p
resu
pu
esto
s d
e la
aso
cia
ció
n;
----.
-- i) Convocar a las asam
bleas generales, -) A
dmitir o excluir a los asociados, quedando sujeto su acuerdo a la resolución que
al efecto dicte la
asamblea general de asociados;
**
**
*
-) Form
ular el informe anual de carácter económ
ico, administrativo y técnico, relativo a las actividades de la
asociación durante el ejercicio social, y someterlo a la consideración de la asamblea general---...
-1)
Fo
rmu
lar
un
esta
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ta q
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o a
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sió
n
y ap
rob
ació
n
de
la asam
ble
a
general- m
) El presidente m
anejara los fondos de la asociación;-
n)-D
esign
ar entre los asociados a quien debe sustituir al titular de algún cargo directivo, en caso de
renuncia o cuando o
cu
rra una vacante;
-
-o) Form
ular el reglamento interior,--
p) Interpretar estos estatutos en los casos que exista duda
-q
) T
ener la representación legal de la asociación y el uso de la firma social, con todas las facultades
generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley,
sin salvedad ni limitación
alguna,
-P
OD
ER
G
EN
ER
AL
P
AR
A
PL
EIT
OS
Y
C
OB
RA
NZ
AS
: E
n el
ejercicio d
e este
Poder,
qu
eda
expresamente facultado, en form
a enunciativa y no limitativa, para exigir el cum
plimiento de obligaciones
contraidas en favor del Poderdante, aun con anterioridad al presente otorgamiento; para ejercer toda clases
de acciones y oponer cualesquiera excepciones y defensas, para interponer denuncias y querellas del Orden
Penal; parainterponer dem
andas y desistirse de ellas, para constituirse en coadyuvante del Ministerio Público
y otorgar el respectvo perdón en su case; para ofrecer, presentar y tachar toda clase de pruebas, testigos y
pertos, para articular y absolver posiciones; para transigir y recibir pagos, para comprom
eter en árbitros o
arbitradores;para interponery desistirse de toda clase de recursos y juicios; para interponer y llevar en toda
su secuela
el juicio
de am
paro, y desistirse de él
para representar al
Poderdante ante cualesquiera
Autoridades del
Orden
Federal o Com
ún, C
ivies, Penales, A
dministrativas y del Trabajo, y en asuntos
laborales de cualquier clase; para realizar cualesquiera actos administrativos.-
POD
ER PA
RA
AC
TOS D
E AD
MIN
ISTRA
CIO
N: Por virtud del cual queda facultado para adm
inistrar los
bienes inm
uebles del
mandante,
ejecutar todos los
actos que
requieranla
Conservación,
Fomento
y
Desarollo
del m
ismo
y que se
comprendan
en una
amplia
y general A
dministración,
facultándolo
expresamente a hacer y recibir pagos, celebrar toda clase de actos y contratos adm
inistrativos; firmar toda
clase de escritos y promociones ante toda clase de autoridades
y particularesderivados
de la administracióny
representar los intereses del mandante en los térm
inos expuestos.-
POD
ER
GEN
ERA
L PA
RA
AC
TOS
DE
DO
MIN
IO.
En el
ejercicio de este Poder, queda expresamente
facultado, en forma enunciativa y no lim
itativa, para celebrar toda clase de Contratos y C
onvenios, de riguroso
dominio,
como
compraventas,
fideicomisos
traslativos de
dominio,
permutas,
cesión de
Derechos,
Enajenacióny G
ravámenes de B
ienes Inmuebles, en representación del Poderdante, autorizàndole en el caso
de enajenación a recibir el importe de las m
ismas, asi com
o a firmar cualquier docum
ento público o privado
que fuere necesario para el perfeccionamiento de los anteriores actos juridicos.
FAC
ULTA
DES
PAR
A
SUSC
RIB
IR
TITULO
S EFEC
TUA
R
OPE
RA
CIO
NE
S D
E C
RED
ITO.-
Queda
expresamente facultado
para suscribir, avalar y endosar con
cualquier clase de titulos de
crédito y emitir céd
ulas hipotecarias en térm
inos del articulo
noveno de la
Ley
General de
Titulos
y O
peracio
nes
de C
rédito y tam
bién tendrá facultades
para celebrar contratos
de
crèdito
s d
e av
io
o refaccio
nario
s y co
ntrato
s d
e fideicom
iso, p
ara h
acer dep
ósito
s en
las
cuen
tas ban
carias del efectivo, cheq
ues y d
ocu
men
tos n
ego
ciables que se expidan a favor del
man
dan
te asi com
o para d
esign
ar a las
perso
nas quienes obrando solas o conjuntam
ente
pu
edan
firm
ar ch
equ
es a
nombre
del m
and
ante,
con las
limitaciones
que al
efecto han
quedado establecidas. P
od
rá llevar a cabo el trám
ite de solicitud y obtención del Cerificado de F
ima E
lectrónica Avanzada ante
el Servicio de Adm
inistración Tributaria, Secretaria de Hacienda y C
rédito Püblico, sistema de A
dministración
Tributaria,
Instituto M
exicano del
Seguro
Social, Instiuto del
Fondo N
acional para
la V
ivienda de
los
Trabajadores y cualquier autoridad
gubemam
ental mexicana ya
sea Federal, del
Distrito
Federal o sus
Delegaciones ya sean estatales o m
unicipales.
- r)
Designar las com
isiones o comités que estim
e convenientes para la realización de los fines
de la
asociación nom
brando y rem
oviendo a los
integrantes de las
mism
as, cuando lo
juzgue convenientes y
fijándole atribuciones, deberes y facutades; -
--
--
--
-s)
Enviar a
la asam
blea las
proposiciones de candidatos a
asociados de acuerdo conlo
fijado en los
----
-- -
-presentes estatutos,-
-t) P
rop
on
er a la asamblea el m
onto de las cuotas, tanto ordinarias como extraordinarias de los asociados,
---
--
--
-
asi como su form
a de pag
o-
-- u) Usar su voto de calidad en caso de em
pate en cualquier votación del consejo o de la asamblea general;
-v)
Coordinar la
ejecución de to
do
s loS acto
s administrativos
necesari0
s para la
bu
ena m
archa de l -
asociació
n.
.PAR
A CUM
PLIR CO
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PU
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BLICA
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A, A
CONTINUAcIÓN RE
SP
EC
TIV
AM
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TE
SE T
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CR
IBE
N:-
-"A
rticulo
28
10
.- En
tod
os lo
s po
deres g
enerales p
ara pleito
s y co
bra
nzas
bastará q
ue se
dig
a qu
e se
otorga co
n
todas las
facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conform
e a la
ley, para que se entiendan conferidos sin lim
itación alguna.- En los poderes generales para administrar bienes
bastará ex
presar que
se dan
co
n ese carácter,
para que el apoderado
tenga toda
clase de facultades
adm
inistrativ
as.-En
los poderes generales para ejercer
actos de dom
inio, co
n
la sola excepción
de la
BIG
UE
donación, que en
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n negocio juridico personalisim
o para ef donante y por tanto re a
representación en
cuanto a éste, bastará que
se diga que dichos poderes denerales
se dan d
ese tar para que el apoderado tenga todas las facultades
de dueño,
tanto en
ld relativo a los bienes como cara
hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos..
Cuando
se quieran lim
itar, en
los tres
caso
s antes m
encionados, las
facuitades del apoderado, se
tan
a
consignarán las limitaciones o
se otorgarän al respecto poderes especiales.
-
Los notanios insertarán este articulo en
los testimonios de los poderes que
ante elos se
otorguen. Lo
mism
o harán al calce del poder y antes de las firmas de la ratificación si e
s que en el texto del docum
ento no
lo hubieran insertado los interesados, los funcionarios ante quienes los otorgantes y los testigos ratifiquen su
S
firmas de confom
idad con
la fracción Il de articulo 2807 en
relación co
n el 218y 2811. Sin esta inserción, los
aludidos testimonios y las m
encionadas ratificaciones carecerán de todo efecto legal." -
ARTICU
LO 2554.
"En Todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que s
e
otorga co
n todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conform
e a la Ley, para que
se entiendan conferidos sin lim
itación alguna.- En los poderesgenerales, para adm
icistrár bienes,bastará
expresarque
se dan
con
ese
carácter, para
que el apoderado tenga
toda clase de facultadesS
administrativas.-
En los
poderes generales para ejercer actos de dominio,
bastará que se den con ese
carácter para que el apoderado tenga toda clase de facultades de dueños, tanto en
lo relativo a lbs bienes
co
mo
para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.-
Cuando
se quieran lim
itar en
los tres caso
s
antes mencionados
las facultades de el apoderado,
se consignarán
las limitaciones
o los poderes serán
especiales. Los Notarios insertarán este articulo en los testim
onios de los poderes que otorguen."
-
ARTICU
LO
NO
VEN
O
DE
LA
LEY G
ENERA
L D
E TITU
LOS
Y O
PERACIO
NES
DE CREDITO.La
--
representación para otorgar o suscribir titulos de crédito se confiere: -- I- M
ediante poder inscrito debidamente e
n el Registro de Com
ercio; y --
- -
Il- Por simple declaración escrita dirigida al tercero c
on
quien habrá de contratar. En el caso
de la fracción I,
la representación se entenderá conferida
respecto de cualquier persona, y en el de la fracción ll, sólo
respecto de aquella a quien la declaración escrita haya sido dirigida. ----- -- -
En ambos casos, la representación no tendrá m
ás limites que los que expresam
ente le hayan fijado el
representado en el instrumernto o declaración respectivo.-
ARTICU
LO TRIG
ESIMO
CUA
RTO.- Las estipulaciones de las cláusulas precedentes constituyen los
estatutos de "CENTRODE FORM
ACION Y DESARROLLO DEPORTIVO V
ENA
DO
s, ASOCIACION CIVIL,
y por elas se regirán. Todo lo no previsto será resueto por la asam
blea general de asociados y a lo
estipulado en
el Código Civil parael E
stado de Quintana Roo.
----.
CLA
USU
LAS TR
AN
SITOR
IAS
PRIMERA
Los señiores DAVID CANALES M
ENDOZA, HANIEL IVAN ROSALES CANALES, WILSON
RO
SAD
O
MA
RTINEZ,
RAU
L RO
SAD
O
RINZA
, O
RLA
ND
O EM
IR BELLO
S TUN
y BENITO
VA
zQU
EZ
VA
LLES, se constituyen
como socios fundadores
de la asociación
y convienenen que este acto sea
consideradocom
o la primera asam
blea general ordinariade asociados,
y de manera unánim
e tomaron los
siguientes acuerdos. - .
-L-L
a asociación será adm
inistrada po
r un CO
NSE
JO D
IREC
TIVO
,siendo designados para integrarlo las
9
siguientes personas, co
n los cargos que a continuación s
e indican:-
-.
NO
MB
RE
. .
-CA
RG
O .- . .
-
DAVID CANALES MENDOZA H
AN
IEL
IVAN ROSALES CANALES -
WILSON ROSADO M
ARTINEZ-
-- P
RE
SID
EN
TE
TE
SOR
ER
O----.
-- -SECR
ETAR
IO.
-E
n el ejercicio
de s
us fu
ncio
nes, el P
resid
en
te d
e la a
socia
ció
n g
ozará
n d
e la
s facu
ltad
es a q
ue s
e refiere
el articulo TRIG
ESIMO
TERC
ERO
de los estatutos de la asociación, las cuales podrá ejercer de manera
conjunta o separada, de los demás integrantes del C
ON
SEJO
DIR
ECTIV
O.
Las facultades para actos de
dominio las deberà ejercer únicamente el PRESIDENTE.
-- E
n e
l eje
rcic
io d
e s
us fu
ncio
nes, e
l TE
SO
RE
RO
de la a
socia
ció
n g
ozará
n d
e la
s facu
ltad
es a q
ue s
e refiere
el articulo TRIG
ESIMO
TERC
ERO
de los estatutos de la asociación, con excepción de las facultades de
Dom
inio, las cuales podrá ejercer de manera conjunta o separada, de los dem
ás integrantes del CO
NSE
JO
DIR
EC
TIV
O.
---.
-E
n el ejercicio
de su
s fun
cion
es, el SE
CR
ET
AR
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e la aso
ciación
go
zará
n d
e la
s fa
cu
ltad
es a
qu
e se
refiere el articulo TRIG
ESIMO
TE
RC
ER
O de los estatutos de la asociación, con excepción de las facultades
de Dom
inio y titulos y operaciones de crédito, las cuales podrá ejercer de m
anera conjunta o separada, de
los d
em
as in
teg
ran
tes d
el C
ON
SE
JO
DIR
EC
TIV
O.
----
-- I- Los señores DAVID CANALES MENDOZA, HANIEL IVAN ROSALES CANALES y W
ILSON ROSADO
MA
RTIN
EZ, aceptan los cargos para los cuales fueron designados y protestan el buen y fiel desempeño
de
los mism
os, por lo que desde esta fecha comenzaron en el ejercicio de su
s respectivas funciones.
-IIL
-Los com
parecientes designan como D
IREC
TOR
DE
POR
TIvO
al señor RA
UL R
OSA
D0 RIN
ZA, quien
tendrá las facultades únicamente de P
leitos y Cobranzas y acto
s de A
dministracion, com
prendidas en el
Articulo T
RIG
ESIM
O T
ER
CE
RO
de los estatutos sociales, que se tiene aqui por reproducida como si a la letra
se insertase y que los podrá ejercer de forma conjunta o indistintam
ente de los miem
bros del CO
NS
EJO
DIRECTIV
O. -
-
Los com
parecientes declaran que para la constitución de la sociedad que en este acto formalizan,
la
Secretaria de E
conomia otorgó la correspondiente A
utorización, el cual exhiben en
este acto. --
-Y
o, el Notario, hago constar q
ue los com
parecientes me han puesto a la vista constante de tres fojas la
Autorización con C
lave Unica del D
ocumento núm
ero: A201402051108016772, (A
, dos cero, uno, cuatro,
cero, dos, cero, cinco, uno, uno, cero
, ocho, cero, uno, seis, siete, siete, dos), de fecha cinco de febrero del
dos mil catorce, la cual se agrega al apéndice de esta escritura bajo la letra o num
ero que le corresponda.-
-.. . P
RE
VE
NC
ION
ES
*
**
.
PR
IME
RA
.- El
Suscrito
Notario
hace saber
a los otorgantes
respecto del
contenido del punto
nu
mero
I1.2.4.5.(segundo punto do
s punto cuatro punto cinco) de la Resolución M
iscelánea Fiscal Dos m
il Diez, de la
obligación que tienen los Fedatarios P
úblicos de estar incorporados al "Sistem
a de Inscripción y Av
isos al
Registro F
ederal de C
ontribuyentes a trav
és de fed
atariopúblico p
or m
edio
s remotos", por lo que de
acuerd
o y c
on
fundamento
en
el Articulo 27 (veintisiete)
del Codigo Fiscal de la
Fed
eración
y Articulo 19
(diecinueve) de su
Reglam
ento, se inscribe y expide el R
egistro Federal de C
ontribuyentes, de la sociedad
que en
este acto se constituye; m
anifestan
do
los comparecientes
bajo formal protesta de decir verdad que la
10
GUE HERRERA infom
ación proporcionada para dicha expedición
es fidedigna,
relevandbde cualquierte[ponsabildad, al
STAD
suscnto Notario.- --. --
--
-SEG
UN
DA
.. EI
Suscrito N
otario solicitó
a los com
parecientes ss C
lave de \Registo Federalde A
Contribuyentes
o su
Cédula de ldentificación Fiscal, m
isma que No fue exhibida por los compfecidnte
jeres encontrarse en el supuesto com
prendido en el Articulo V
eintisiete Párrafo Segundo del Código F
iscal de la
Federación, ya que de acuerdo al objeto social señalado en la Cláusula tercera de esta escritura, se trata de
un
a persona m
oral con
fines n
o lucrativos, por lo que n
o tienern la obligación depresentarlo.
GE
NE
RA
LE
S-.
-
Por sus generales, previamente advertidos de las penas
en
que incurren quienes declaran co
n falsedad,
los comparecientes manifestaron ser
-
DAVID CAN
ALES M
ENDOZA, originario de Poza Rica de Hidalgo, V
eracruz, donde nació el dia veintiocho de noviem
bre de mil novecientos setenta y tres, soltero, com
unicador y co
n dom
icilio en
clle cuarenta y ocho, lote treinta y cuatro, fraccionam
iento la luna, región quinientos cinco, en
la ciudad de cancun y de |paso por esta Localidad. --
-
HA
NIEL IVAN R
OSA
LES CANALES, originario de Cancun, Quintana Roo, donde nació el dia veinticuatro
de julio de mil novecientos ochenta y nueve, soltero, abogado y c
on
domiclio e
n C
alle Vilas Yuridia,manzana
once, lote dos, numero m
il treinta B, fraccionamiento vilas del C
aribe, región quinientos veinte, en la çiudad
de can
cun
y de p
aso por esta L
ocalidad. ---
-
WILSO
N R
OSA
DO
MARTINEZ, originario de Cancún, Q
uintana Roo, donde nació el dia dieciocho de noviem
bre de mil novecientos noventa, soltero, estudiante y con domicilio en Calle veinte poniente por ciento
Cuarenta y siete y ciento cuarenta y nueve, m
anzana ciento tres, lote veintisiete, región ciento dbs, en la
ciudad de cancun y de paso por esta Localidad.
--
RA
UL
RO
SAD
O
RIN
ZA,
originario de M
inatitlán, V
eracruz, donde nació el dia ocho de m
arzo-de mil
novecientos sesenta y siete, casad
o, entrenador y con el m
ismo dom
icilio que el anterior compareciente y d
e
paso por esta Localidad.
---.
---
--
BE
NIT
O V
AZ
QU
EZ
VA
LL
ES
, originario de T
etela Cozolapa, O
axaca, d
on
de nació el d
ia cinco de febrero
de mil novecientos setenta y uno, casado, locutor y con dom
icilio en Calle lgnacio A
ltamirano, m
anzana siete,
lote dos, num
ero treinta y tres, supermanzana doscientos veintitrés,
Fraccionamiento Los H
éroes, en la
ciudad de can
cu
n y de paso por esta L
ocalidad. ---
-O
RLA
ND
O EM
IR B
EL
LO
S TUN
, originario de Cancun, quintana R
oo, donde nació el dia quince de mayo
de mil novecientos setenta y ocho, casado, Funcionario Público y con dom
icilio en Calle Javier Rojo G
ómez,
numero trescientos
setenta y seis, en el poblado de Kantunilkin,
Municipio
de Lázaro C
árdenas,y de paso por
esta
Lo
calid
ad
. -
-Los com
parecientes son de nacionalidad m
exicana por nacim
iento, todos con capacidad legal para
obligarse y contratar, y conocidos de Mi, el N
otario. -
Yo, el notario,
hago constar: que cumplí con lo dispuesto en el articulo noventa y cinco de la ley del
notariado para el estado
de Q
uintana Roo; que los com
parecientes leyeron la presente escrituray expliqu�
a
cada uno su contenido,consecuencias
y alcances legales; que estos manifestaron
su comprensión
plena y
conformidad
con el conternidode la m
isma, y que la firm
an ante mi para debida constancia. D
oy fe.
11
Fima
de los señores DAVID C
AN
ALES M
ENDOZA, H
AN
IEL IVAN
ROSA
LES CANALES, WILSON RO
SAD
O M
ARTINEZ, RAU
L RO
SAD
O RINZA, BEN
ITO VAZQUEZ V
ALLES Y
ORLA
ND
O EM
IR BELLOS
TUN
.- Ante M
i.- Licenciado GERA
RDO
ROBIG
UE H
ERR
ERA
SANSORES Sello de autorizar c
on
el Escudo N
acional que dice: "LIC. GERA
RDO
ROBIG
UE H
ERRERA SA
NSO
RES.. N
OTA
RIO PUBLICO N
o. 75 DEL
ESTADO DE QUINTANA R
OO
.- ESTAD
OS U
NID
OS M
EXICANOS.-Zona Continental Isla M
ujeres, Municipio
de Isla Mujeres, Q
. Roo M
éxico'.
AUTORIZACION DEFINITIVA.- Autorizo definitivamente la presente escritura como consecuencia de que se
me com
probó que fueron pagados todos los impuestos y derechos que causó y se
cumplieron los demás
requisitos legales.- Zona Continental lsla M
ujeres, Q. Roo a los diecinueve dias del mes de m
ayo de dos mil
catorce.- Sello
de autorizar
con el
Escudo
Nacional
que dice:
"LIC. G
ERA
RD
O
RO
BIG
UE
HER
RER
SAN
SORES. NOTARIO
PÚBLICO No.
75 DEL ESTADO DE QUINTANA R
00- ESTADOS
UNIDOS
MEX
ICAN
OS.-
Zona Continental lsla M
ujeres, Municipio Isla M
ujeres, Q. Roo México".
DEL
APENDICE: "A
" PERM
ISO EXPEDIDO POR LA SECRETARIA DE ECONOM
A.- CONSTANTE DE CUATRO0
FOJASÚTILES.
***************
"B"
IDENTIFICACION OFICIAL DE LOS SEÑORES DAVID CANALES MENDOZA, HANIEL IVAN
RO
SALES
CA
NA
LES, W
ILSON
R
OSA
DO
M
ARTIN
EZ, RA
UL
ROSA
DO
RIN
ZA,
BENITO
V
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VALLES Y ORLANDO EM
IR BELLOS TUN- CONSTANTE DE SEIS FOJAS UTILES
C"R
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S UTILES, Q
UE EX
PIDO
A FA
VO
R D
E LA SOC
IEDA
D D
ENO
MIN
AD
A
"CENTRO DE FORMACIONY DESARROLLO DEPORTIVo VENADOS" ASOCIACION C
vIL PARA QUE
LE SIRVA
DE TITULO
JUSTIFIC
ATIV
O
ZON
A CO
NTIN
ENTA
L ISLA MU
JERES, M
UN
ICIPIO
ISLA M
UJER
ES EZTAD
O DE QUINTANA RO
O, A
LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE M
AYO DE
DOS MIL CATØRCE, -
- ELKOTARIO PÚBLICO NnM
ERO SETENTAY CINCO
DEL ESTADO DE QUINTANA RØO
HERRER B
IG
UE
DE
LE
ESTADO
LIC. GERARDO ROBIGUE HERRERA SAN
SORES
(HESG6204085T9) bilied
sta Aue
12