xix congreso internacional de investigaciÓn en … · de la informática y las telecomunicaciones...
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EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
1
XIX CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN
CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
Gestión de las Organizaciones rumbo al 3er milenio “de la
Regionalización a la Globalización”
El Gobierno Electrónico y su efecto en la
recaudación fiscal en México
Capítulo:
Contabilidad, Auditoría y Fiscal.
Lic. Clara Elena Valladares Sánchez (responsable)
Universidad Autónoma Metropolitana
Unidad Iztapalapa, Departamento de Economía
Profesora- Investigadora Titular “C” de tiempo completo.
Adscrita al Área de Investigación: Planeación Estratégica de las Empresas, y
miembro del Cuerpo Académico: Estrategia Empresarial Mexicana.
Av. San Rafael Atlixco No. 186, Edificio D-024. Col Vicentina, Del. Iztapalapa, C.P. 09340 México,
D.F.
Tel: 5804- 4774
E-mail: [email protected]
Lic. Ana Karen Carrera Márquez,
Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa,
Coordinación de Calidad, Evaluación y Mejora Continua,
Asesora fiscal.
E-mail: [email protected],
Lic. David Borja Gómez,
Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Iztapalapa,
Coordinación de Calidad, Evaluación y Mejora Continua,
Asesor fiscal.
E-mail: [email protected],
Universidad Juárez, Durango del 21 al 24 de abril de 2015.
EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
2
RESUMEN.
En los últimos tiempos, se ha venido desarrollando un discurso respecto a la aplicación
de las tecnologías de información tendiente a presentarlas como motoras del cambio,
es innegable la transformación que se ha generado a raíz de los avances tecnológicos,
la interacción que se está produciendo entre las tecnologías de la información y la
sociedad, desde cualquier ámbito (productivo, de servicios, educativo y gubernamental)
han venido a revalorar el concepto que se otorgaba a la información.
En este sentido, el impacto de las Tecnologías de la Información y Comunicación
(TIC’s) en el ámbito gubernamental, ha sido tal que actualmente se habla de la
Economía del Conocimiento y del Gobierno Electrónico. El término de Economía del
Conocimiento se aplica para las economías que están basadas en la producción,
distribución y uso del conocimiento y la información, y que se apoyan en la ciencia y en
las TIC’s. Uno de los aspectos que fortalece el desarrollo de la Economía del
Conocimiento es el Gobierno Electrónico (GE) entendido como la integración y
utilización, por parte del Estado, de las TIC’s para otorgar servicios, información y
trámites a los ciudadanos con el fin de incrementar la eficacia y eficiencia de la gestión
pública y con ello incentivar y fortalecer la transparencia del sector público y la
participación ciudadana.
El artículo está enfocado en ubicar el GE como herramienta para incrementar la
recaudación en materia impositiva en México.
Palabras clave: Gobierno electrónico, TIC’s, recaudación.
EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
3
INTRODUCCIÓN
En los últimos tiempos se ha venido desarrollando un discurso respecto a la aplicación
de las tecnologías de información, tendiente a presentarlas como motoras del cambio,
es innegable la transformación que se ha generado a raíz de los avances tecnológicos,
la interacción que se está produciendo entre las tecnologías de la información y la
sociedad, desde cualquier ámbito (productivo, de servicios, educativo y gubernamental)
han venido a revalorar el concepto que se otorgaba a la información.
En el ámbito económico y gubernamental ha sido tal el impacto de las Tecnologías de
la Información y Comunicación (TIC’s), que actualmente se habla de la Economía del
Conocimiento y del Gobierno Electrónico. El término de Economía del Conocimiento
alude a economías que están basadas en la producción, distribución y uso del
conocimiento y la información y que se apoyan en la ciencia y en las TIC’s (OCDE,
1996). Esta economía toma en cuenta cuatro factores de utilidad para evaluar el avance
y crecimiento: el sistema educativo, el régimen económico e institucional, el sistema e
innovación y la infraestructura de la información (Castillo, 2007).
Uno de los aspectos que fortalece el desarrollo de la Economía del Conocimiento es el
Gobierno Electrónico (GE). Retomando a Rivera (2006), menciona que el Banco de
México lo define como la aplicación de las TIC’s, por parte de agencias
gubernamentales, para facilitar la transformación de las relaciones con los ciudadanos,
las empresas y otras partes del gobierno. Entonces, el GE se entenderá como la
integración y utilización por parte del Estado, de las TIC’s (principalmente Internet) para
otorgar servicios, información y trámites a los ciudadanos con el fin de incrementar la
eficacia y eficiencia de la gestión pública y con ello incentivar y fortalecer la
transparencia del sector público y la participación ciudadana.
En México, el GE toma fuerza en la década de los noventa, cuando se crea el Plan de
Desarrollo Informático (1995-2000) con el gobierno Zedillista, que señalaba las líneas
de acción para utilizar las TIC´s en los diversos sectores gubernamentales en aras de
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acrecentar la productividad del país. Sin embargo, es a finales del 2000 cuando se da
mayor énfasis al uso de las TIC´s en la gestión pública, como lo presenta el Plan
Nacional de Desarrollo (PND) 2001-2006 con el gobierno Foxista, donde se cita lo
siguiente:
“...el objetivo es lograr que el Estado pueda ser un activo promotor del potencial
de la informática y las telecomunicaciones para ampliar así el acceso de los habitantes
a los servicios y al mundo globalizado, lo que implica atender varios aspectos que van
desde lo tecnológico hasta lo jurídico”.
A partir de ese momento, se comienzan a desarrollar e implementar una serie de
canales de comunicación vía remota y programas electrónicos que otorgan facilidades
para que los ciudadanos den cumplimiento a la ejecución de trámites y servicios,
coadyuvando al fomento de la transparencia gubernamental y fomentando la cultura
tributaria.
El avance que ha tenido el GE en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP),
específicamente en su órgano desconcentrado el Servicio de Administración Tributaria
(SAT), se ha reflejado en la implementación de plataformas que le facilitan a los
contribuyentes la realización de diversos trámites.
La Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico (CGSCA) del Centro de
Investigación y Estudios Avanzados del IPN (2007), identifica siete características
básicas del GE con el uso de las plataformas:
1. Facilidad de uso. Conectando a la gente con los distintos niveles de gobierno
nacional e internacional y de acuerdo a sus preferencias y necesidades.
2. Disponibilidad y acceso universal. En cualquier momento y lugar, desde la casa, el
trabajo, los centros educativos, las bibliotecas y otras localidades apropiadas a
cada comunidad.
3. Privacidad y seguridad. Generando confianza al solicitar la autenticación del usuario.
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4. Innovador y enfocado a resultados. Enfatizando velocidad y capacidad de absorber
y/o adaptar avances tecnológicos.
5. Colaboración. Utilizando soluciones desarrolladas entre aliados públicos, privados,
no- gubernamentales y centros de investigación.
6. Óptimo en costos y beneficios. A través de una estrategia de inversión que produzca
ahorros, ganancias, y beneficios a largo plazo.
7. Transformacional. Fomentando el uso de la tecnología a través de liderazgo personal
y organizacional para cambiar la forma de hacer gobierno, y no solo
automatizando las prácticas y procesos existentes.
En este contexto, el presente artículo mostrará los diversos planteamientos y acciones
que la Hacienda Pública de México ha venido realizando en materia impositiva apoyada
en las TIC’s y el efecto de estas acciones en la recaudación fiscal.
De acuerdo con el documento, Estadísticas Tributarias en América Latina (2014)
publicado por Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE),
México, en 2012, tuvo una recaudación del 19.7% respecto del PIB, cifra debajo del
promedio de los países integrantes que fue del 34.8% y señala que la baja recaudación
se debe, entre otras causas, a los elevados niveles de informalidad1, a bases
impositivas estrechas, a la elevada tasa de evasión fiscal, es decir, a una
administración tributaria débil.
Entonces, ¿La utilización de las TIC’s en este ámbito ha logrado que se incremente la
recaudación?
1 El jefe del SAT, declaró en abril del 2014 que de los 53 millones de PEA, el 55.8%, es decir, 29.6
millones se encuentran en la economía informal. Publicado en El economista, abril 23, 2014, sección sistema financiero.
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1. USO DE LAS TECNOLOGÍAS EN EL SISTEMA IMPOSITIVO MEXICANO
La Ley de Ingresos de la Federación 2015 fue aprobado por un total de ingresos de
$ 4’676,237 millones, de los cuales el 62% ($ 2’887,021 millones) serán Ingresos para
el Gobierno Federal y de estos, el 62% ($ 1’757,563.5 millones) serán captados por
concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA). A
partir de estos números, la importancia de establecer mecanismos en el sistema
impositivo que permitan la obtención de los ingresos destinados al gasto público.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la fracción IV del artículo
31, establece que “todos los ciudadanos estamos obligados a contribuir al gasto
público, tanto de la Federación como del Distrito Federal o del estado y municipio en
que se resida, de la manera equitativa y proporcional que establecen las leyes”. El
organismo encargado de recaudar los ingresos es la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público (SHCP) a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El SAT, es un órgano desconcentrado de la SHCP, que tiene la responsabilidad de
aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales
contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a los
contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de
facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la
información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.
Su misión: Recaudar los recursos tributarios y aduaneros que la Ley prevé, dotando al
contribuyente de las herramientas necesarias que faciliten el cumplimiento voluntario.
Su visión: Ser una institución moderna que promueva el cumplimiento voluntario de los
contribuyentes a través de procesos simples2.
Por lo anterior, haremos un recuento de las acciones que este organismo ha aplicado
en materia de tecnología.
2 ¿Qué es el SAT? Misión y visión. http://www.sat.gob.mx/que_sat/Paginas/default.aspx
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La entrada de las TIC´s, en el sistema impositivo mexicano se inicia en 1992, cuando
las declaraciones de impuestos comenzaron a presentarse por vía electrónica a través
del código ASCII3. Sin embargo, no hubo la respuesta que se esperaba por parte de los
contribuyentes, por ello en 1998 emitió el SAT la obligatoriedad para las personas
morales de presentar la declaración anual por medios electrónicos4. Adicionalmente,
crea el software denominado Sistema de Presentación de Dictamen 1997 (SIPRED)
que permite a las empresas presentar su dictamen fiscal.
En 2002, con el auge del llamado GE, el SAT publica en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) las disposiciones que regulan la recepción de la documentación (por
procedimientos administrativos) que por medios electrónicos fueran promovidas por las
personas morales y físicas. Así mismo, puso a disposición del contribuyente la
plataforma TramitaNet para realizar algunos trámites.
Ante tanta información generada por estos cambios, surgió un mecanismo que permitió
a las autoridades, asegurar la identidad de los contribuyentes que hicieran uso de los
medios electrónicos para llevar a cabo sus trámites. Poor ello comienza a utilizarse la
Firma Electrónica5 estableciéndose el marco jurídico que regulará su utilización.
Figura 1. Relación del Gobierno Electrónico con actores externos e internos
Fuente: Imagen tomada de http://www.sachsen.de/es/229.htm
3 Acrónimo para American Standard Code for Information Interchange — Código Estándar
Estadounidense para el Intercambio de Información. 4 Regla 2.10.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) de 1998.
5 Inicialmente se denominó Firma Electrónica Avanzada (FEA) pero el término no fue de mucha
aceptación, quedando como Firma Electrónica (FIEL).
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Actualmente, las plataformas y los mecanismos de seguridad se han fortalecido
brindando mayor certeza y confiabilidad de las operaciones que se llevan a cabo en
materia de contribuciones a los contribuyentes y a las autoridades.
A continuación, se muestran los cambios sustanciales y la funcionalidad de las
plataformas impulsadas por el SAT para dar cumplimiento a sus objetivos, enfocándose
al sistema de pagos de impuestos, los documentos fiscales electrónicos y el portal para
la realización de diversos trámites.
1.1 La evolución del sistema de pagos definido por el SAT
Como se mencionó, es en el año 1992 cuando el SAT introduce la presentación de las
declaraciones vía electrónica. Sin embargo, es hasta el año 2002 cuando se presentan
mayores regulaciones para dar cumplimiento en esta materia.
El esquema 1 muestra el Sistema de declaraciones y pagos electrónicos.
Fuente: Elaboración con base en información emitida por el SAT, 2014.
Las plataformas se abordarán por separado en los siguientes puntos.
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1.1.1 Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE)
En el año 2002, surge el Nuevo Esquema de Pagos Electrónicos (NEPE), que facilitaba
y simplificaba, el cálculo, envío y pago de contribuciones federales. Contaba con dos
modalidades de pago: a) En ventanilla bancaria con la tarjeta tributaria y b) Vía internet
por medio de transferencia bancaria.
Tabla 1.
Contribuyentes obligados a utilizar NEPE
Pago con tarjeta tributaria Pago vía Internet
¿Quiénes
estaban
obligados?
Personas físicas con
actividad empresarial cuyos
ingresos no superarán
$1,000,000.00 anual.
Personas morales que estuvieran en
alguno de los siguientes supuestos:
* Tributando en el Régimen Simplificado.
* En ejercicio de liquidación.
* Instituciones fiduciarias que efectuaban
pagos provisionales cuatrimestrales.
* Personas morales con fines no
lucrativos.
* Personas morales que opten por
presentar sus pagos en periodo distinto
del mensual.
Personas físicas con
actividades distintas de las
empresariales y con ingresos
no mayores a $300,000.00
anuales.
Personas físicas en los supuestos de que:
* Realicen actividades empresariales
cuyos ingresos en el año anterior hayan
sido mayores a $1,000,000.
* Realicen actividades diferentes de las
empresariales con ingresos mayores a
$300,000.00 anuales.
* Aquellas que inicien operaciones y
estimen ingresos mayores a $300,000.00
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para el primer año.
* Aquellas que estimen ingresos
superiores a $1,000,000.00 para el
siguiente año de operaciones.
Personas físicas con
actividades empresariales
inscritas en el Régimen de
Pequeños Contribuyentes
(Repecos).
¿Cómo se
efectuaba el
pago?
Directamente en la ventanilla
bancaria, entregando la hoja
de ayuda (donde viene la
determinación del impuesto a
pagar) y la tarjeta tributaria.
El pago se realizaba mediante
transferencia, través del portal de las
instituciones bancarias autorizadas.
Fuente: Elaboración con base en Popoca, 2002.
De las ventajas que presentaba el NEPE, se encuentran: simplificación y eliminación de
formatos en papel; mayor seguridad en las operaciones al evitar errores de captura de
los datos, generando certeza del pago de las contribuciones y la reducción en costo y
tiempo para cumplir con las obligaciones fiscales.
Cabe mencionar que la transición hacia el uso de este sistema fue lenta, ya que se
reestructuraron los procesos, la tecnología y los modelos de información con la
finalidad de que todo se aprovechará correctamente.
Conforme se fueron suscitando estos cambios, en 2003 se presentan dos programas
electrónicos que permitían la presentación de la declaración anual y declaraciones
informativas de las personas morales. Con la adición de estos programas informáticos,
las autoridades se vieron ante la necesidad de implementar un código que permitiera
identificar a los contribuyentes y así brindar mayor certeza jurídica de los procesos y
trámites que se llevaban a cabo en el SAT.
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En 2004 se introduce y regula la denominada Clave de Identificación Electrónica
Confidencial (CIEC)6 y la Firma Electrónica Avanzada (FIEL)7, para que el acceso a las
plataformas se realizara una vez que el contribuyente se hubiera identificado.
Lo anterior, se encuentra regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF) que en
la reforma de 2004 agregó un nuevo capítulo “De los medios electrónicos”, que abarca
desde los artículos del 17C al 17J, donde habla del uso y expedición de los documentos
fiscales, la firma electrónica y el certificado de sello digital.
Con todas las modificaciones, reglamentaciones, el avance y desarrollo tecnológico se
da paso a un nuevo esquema para la presentación de declaraciones llamado
“Plataforma”.
1.1.2 Esquema de Declaraciones y pagos (DYP).
En 2009, el NEPE sufre algunas modificaciones, debido a la emancipación de la banca
electrónica, y es así como el SAT presenta una nueva aplicación para que el
contribuyente presente los pagos, tanto provisionales como definitivos del ISR, IVA e
IEPS8. La plataforma se denomina Esquema de Declaraciones y Pagos y su regulación
se dio a conocer en la Resolución Miscelánea Fiscal de 2008 en las reglas II.2.14.1,
II.22.13. Este esquema era obligatorio para:
A. Grandes contribuyentes9 a partir de mayo de 2009.
6 La CIEC está compuesta por ocho dígitos, que combina letras mayúsculas, minúsculas y números. Se
utiliza para la presentación de las declaraciones mensuales y anuales 7 La FIEL incluye un certificado digital expedido por el SAT, así como una contraseña de llave privada y
sustituye la firma autógrafa de la persona. Es útil para la elaboración de comprobantes fiscales, declaraciones, dictámenes y para acceder al expediente del contribuyente. 8 Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
9 Categoría creada por el SAT que se utiliza para segmentar las medidas que se aplican en materia fiscal
e impositiva a las entidades consideradas en este nivel. En México, se considera a las: Instituciones de crédito e instituciones componentes del Sistema Financiero Mexicano, Empresas controladoras, Empresas controladas, Contribuyentes del régimen general de ISR que hayan obtenido en el ejercicio inmediato anterior una cantidad igual o superior a 500 millones de pesos, Empresas que cotizan en la bolsa de valores, Estados extranjeros, Organismos internacionales, Poder Legislativo, Poder Judicial, Administración Pública Descentralizada, PEMEX y sus subsidiarias, CFE, Luz y Fuerza, IMSS E ISSSTE.
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B. Dependencias públicas, tales como los poderes Legislativo y Judicial, la CFE,
IMSS, ISSSTE y la Administración Pública Centralizada a partir de noviembre de
2009.
C. Contribuyentes sujetos al pago de IEPS a partir de febrero de 2011.
D. Personas morales que dictaminen sus estados financieros a partir de mayo de
2011.
Lo novedoso, en ese momento, de esta plataforma fue la línea de captura que arrojaba
al presentar las declaraciones que estaba compuesta por una cadena de 20 caracteres
que asociaba la declaración presentada con el importe a pagar.
El siguiente esquema muestra un comparativo entre el NEPE y Declaraciones y pagos.
Esquema 2. Diferencia entre el NEPE y el Sistema de declaraciones y pagos
Fuente: Elaboración con base en Servicio de Administración Tributaria, 2012.
A pesar de la introducción del DYP, el NEPE continuó utilizándose de manera
simultánea ya que en los contribuyentes había confusión y cierta resistencia al cambio.
También, había que reconocer las deficiencias que presentaba el DYP ya que era
obligatorio para ciertos contribuyentes. Por ello en el 2012 surge la nueva plataforma
denominada Sistema de Pago Referenciado.
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1.1.3. Sistema de pago referenciado.
Con la entrada en vigor, enero de 2012, de esta plataforma se inhabilita el NEPE a
partir de julio de 2012 y desaparecen las declaraciones de corrección de datos y
razones (ceros). A pesar de que el Sistema de pago referenciado está en vigor, la
autoridad aplica la obligatoriedad para todas las personas morales a partir del mes de
febrero y para las personas físicas (con ingresos superiores a $1,000,000) a partir de
septiembre. La tercera Reforma Miscelánea Fiscal (RMF) en 2012, incorpora también a
las personas físicas que tuvieron ingresos superiores a $250,000 a partir del mes de
noviembre.
Cabe mencionar, que el sistema de pago referenciado y el DYP no presentan muchas
diferencias, se puede decir que el primero es el DYP mejorado, ya que el formato de las
declaraciones es electrónico y conserva la línea de captura para efectuar pagos vía
banca electrónica o por ventanilla.
Los siguientes esquemas (3 y 4) indican la estructura de las declaraciones por pago
referenciado y el contenido del formato electrónico.
Esquema 3. Estructura de las declaraciones por pago referenciado
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2012.
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La información que contiene la declaración por pago referenciado evita que haya
errores al momento de capturar los datos, tanto por parte del contribuyente como del
personal del banco.
Esquema 4. Contenido del formato electrónico de declaraciones
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2012.
Para realizar el pago por ventanilla electrónica o por internet (en los portales bancarios),
la autoridad establece ciertas condiciones a los contribuyentes:
● Personas físicas que realicen actividades empresariales y en el ejercicio
inmediato anterior obtuvieron ingresos superiores a $2’421,720.
● Quienes no realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato
anterior obtuvieron ingresos superiores a $415,150.
Este sistema de declaraciones continúa vigente para 2014 con algunas modificaciones:
● Su uso es obligatorio para todas las personas morales y para las personas
físicas, inclusive aquellas que tributen en el Régimen de Incorporación fiscal
(RIF). Respaldando esta decisión en el artículo 31 del CFF “las personas
deberán presentar las solicitudes en materia de registro federal de
contribuyentes, declaraciones, avisos o informes, en documentos digitales con
firma electrónica avanzada a través de los medios, formatos electrónicos y con la
información que señale el Servicio de Administración Tributaria”.
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● En materia de pagos de contribuciones federales, de acuerdo con las reglas
I.2.9.1., fracción II y II.2.6.5.1., fracciones V y VI de la RMF para 2014, se
establece lo siguiente:
“Las personas físicas que realicen actividades empresariales y que en el
año anterior hayan obtenido ingresos iguales o mayores a $2,421,720.00
y las que no realicen actividades empresariales y que hubiesen obtenido
en el año citado ingresos iguales o mayores a $415,150.00, deben pagar
por transferencia electrónica de fondos con la línea de captura, en el
portal de internet de los bancos autorizados”.
Con esta breve descripción de las plataformas se expone como las autoridades han ido
incorporando a todos los contribuyentes, de manera paulatina, al cambio tecnológico
que comenzó en 1992. La tarea no ha sido fácil, ni para los contribuyentes ni para las
autoridades del SAT, debido a diversas problemáticas que se han presentado, como las
señaladas a continuación:
Tabla 2. Problemáticas del uso de la plataforma de pago referenciado
Para los contribuyentes Para el SAT
Falta de infraestructura tecnológica Deficiencia de sus plataformas, fallas
constantes.
Poco capacitación en uso de medios
electrónicos dispuestos por las
autoridades
Incompatibilidad de las plataformas del
SAT con los sistemas de los
contribuyentes
Resistencia al cambio tecnológico
Fuente: Elaboración con base en Servicio de Administración Tributaría, 2012.
La falta de capacitación, es señalada como una de las problemáticas a las que más se
enfrentan los contribuyentes, a la hora de realizar el cálculo y presentación de sus
declaraciones y no únicamente en el acceso a la plataforma, sino también a ubicar cual
es la documentación con que debe realizarse el cálculo de los impuestos. Es en este
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momento que la documentación fiscal toma importancia ya que ha atravesado por una
serie de afectaciones tecnológicas, establecidas por el SAT, en aras de tener un mayor
control de la información económica y fiscal de los contribuyentes.
1.2 Facturación electrónica
Los documentos de comprobación fiscal son aquellos que permiten verificar los
ingresos y egresos de los contribuyentes y sirven fundamentalmente para el cálculo de
los impuestos, además de que dan certeza a las autoridades respecto a las actividades
y transacciones que efectúan las entidades (personas físicas y morales).
La evolución de los comprobantes fiscales ha ido a la par con la digitalización, ya que
de papel han pasado a ser electrónicos. A continuación se muestra un esquema que
ilustra la evolución de los comprobantes fiscales.
Esquema 5. Evolución de los comprobantes fiscales
Fuente: Modificado de Carrera, 2014
Antes de 2004 todos los comprobantes eran en papel y para obtenerlos el contribuyente
acudía con un impresor autorizado que estaba facultado por el SAT, para elaborar las
facturas o recibos. Con la aparición de la FIEL, llegan los comprobantes electrónicos,
siendo el primer intento los llamados Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) o factura
electrónica, que eran elaborados por los mismos contribuyentes o por un proveedor de
certificación.
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Los CFD, de acuerdo con el artículo 17D del CFF, son documentos digitales que
contienen un mensaje de datos con información o escritura generada, enviada, recibida
o archivada por medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Este tipo de
documentos tienen ciertas características que generan certeza de su emisión, tales
como: incorruptibilidad, autenticidad, singularidad y verificabilidad, y son estas mismas
características las que lo diferencian totalmente de los comprobantes en papel.
Figura 2. Principales diferencias entre los comprobantes en papel y los
CFD
Fuente: Elaboración con base en Servicio de Administración Tributaria, 2012
La implementación de los CFD comenzó en 2004, pero es hasta el 2010 cuando se
acordó su obligatoriedad para los grandes contribuyentes, esto debido a que la
transición de los documentos impresos a digitales fue lenta ya que los contribuyentes se
resistían a dejar de lado el papel. Por ello, las autoridades implementaron en 2012,
simultáneamente al uso de los CFD, otro tipo de comprobantes en papel pero con la
integración de estándares tecnológicos y que llevaba por nombre Comprobante con
Código de Barras Bidimensional (CBB).
EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
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Figura 3. Ejemplo del CBB
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2012
Este tipo de comprobante sustituyó por completo a los comprobantes en papel
(impresos por impresor autorizado). Al integrar el código de barras a la documentación
fiscal, el contribuyente tuvo la necesidad de tramitar la FIEL para poder elaborar por sus
medios electrónicos sus propios comprobantes. Con esta estrategia la autoridad pudo
incorporar a los contribuyentes a la era de la digitalización.
A la par del surgimiento de estos comprobantes, las autoridades “fortalecieron” y
“mejoraron” los CFD, dando paso a la aparición de los Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet (CFDI), que contaban con mayores niveles de seguridad tanto
para autoridades como para los contribuyentes.
A continuación se enlistan las principales diferencias entre el esquema CFD y el
esquema CFDI.
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Esquema 6. Diferencias entre los CFD y los CFDI
Fuente: Ekomercio, 2014.
1.2.1 Cambios en la facturación 2014
Finalmente, en 2014 se da por completo el salto a la digitalización de todos los
comprobantes fiscales, dando cumplimiento a la última RMF de 2013, que establecía
como fecha límite enero de 2014 para la validez de los CFDI. A pesar de ello, se expidió
en el mismo 2014, otra RMF otorgando prórroga a los contribuyentes, como lo muestra
la tabla 3.
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Tabla 3. Prórroga para la emisión de CFDI
Fuente: Resolución miscelánea fiscal en cuestión de comprobantes fiscales, 2014
En 2014, todos los contribuyentes comenzaron la emisión de CFDI, teniendo que
contratar los servicios de un proveedor autorizado por el SAT (PAC), con los costos que
esto implicaba, y que para aquellos contribuyentes de menores ingresos y bajos niveles
de facturación resultaba excesivo. Por esa razón, el SAT diseñó una aplicación gratuita
que permite realizar y timbrar las facturas electrónicas, vigente al día de hoy. Para el
acceso y certificación en la elaboración de la factura electrónica, el contribuyente
precisa contar con la FIEL.
El sistema de facturación se ubica dentro del Portal de trámites y servicios y presenta
desventajas, al no almacenar los catálogos de clientes ni agenda adendas comerciales,
pero comparativamente son mayores sus ventajas10 :
● El sistema es compatible con diversas plataformas y navegadores.
● Contempla todo el ciclo de generación de una factura electrónica.
● El proceso de certificación del SAT es en línea.
● Consultar y recuperar las facturas electrónicas.
10
Comunicado de prensa número 070/2012 emitido por el SAT.
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● Capturar los requisitos de las facturas electrónicas, la integración de las leyendas
fiscales y la integración del Comprobante Electrónico de Pago (CEP), vinculado
con el Sistema de Pago Electrónico Interbancario (SPEI).
● Genera el formato electrónico (XML) y la representación impresa.
1.3 El Portal de Trámites y servicios del SAT
El Portal de trámites y servicios es la plataforma desarrollada, por el SAT, para
simplificar y agilizar algunos de los trámites que efectúan las personas físicas y
morales, se presenta de manera personalizada y para poder ingresar solo se necesita
de la FIEL o la CIECF y el RFC.
Los trámites y servicios que se pueden efectuar son: la consulta, emisión y
recuperación de facturas electrónicas; consulta y envío de declaraciones anuales,
mensuales e informativas; inscripción y actualizaciones al RFC; solicitudes de
compensación y devolución de saldos a favor; recuperación de contraseñas y búsqueda
de obligaciones pendientes; consultas de declaraciones y de solicitudes.
La figura 3 muestra la pantalla que concentraba toda la información del contribuyente,
en 2014. En la actualidad su uso es para enviar aclaraciones, quejas, resolver dudas,
buscar información sobre créditos fiscales y solicitudes de donatarias autorizadas.
Figura 3. Página principal del Portal de trámites y servicios.
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2015.
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Del lado izquierdo de la imagen se aprecia el menú principal, al ingresar a cada uno de
los íconos se despliega un submenú con información de lo que se realiza con cada
concepto. A continuación una descripción general:
● Buzón tributario. Herramienta a través de la cual, el SAT, podrá efectuar
notificaciones y comunicados a los contribuyentes de manera electrónica de una
forma más ágil y confiable.
○ Comunicados: con información de interés como avisos, invitaciones e
información fiscal, con el propósito de que se conozcan a tiempo
programas y beneficios que se ponen a disposición del contribuyente.
○ Notificaciones electrónicas: notificaciones de los actos administrativos que
realice el SAT.
● Declaraciones. Para la elaboración y envío de las declaraciones mensuales,
anuales, informativas y aduanales. Este apartado genera un vínculo con el
Sistema de Declaraciones y Pagos.
● Factura electrónica. Aplicación que permite generar, certificar, consultar y
verificar los documentos de comprobación fiscal.
● RFC. Inscripción al RFC, actualización de la información de identificación del
contribuyente (cambio de domicilio, incremento o disminución de obligaciones,
suspensión de actividades y apertura de establecimientos), búsqueda de trámites
y reimpresión de acuses.
● Trámites. Envío de solicitudes para la devolución de impuestos, dictámenes
fiscales y registro de solicitudes para generar marbetes.
● Servicios. Para programar citas, opinión acerca del cumplimiento de obligaciones
fiscales, solicitudes de certificado y renovación de FIEL, recuperación y
obtención de la contraseña (antes CIECF), ingresos a las subastas del SAT y
encuestas de servicio.
● Consulta. Acceso al expediente del contribuyente donde consultan: las
declaraciones y trámites que ha efectuado; verificación de la autenticidad del
RFC; cartas, correos; actos de fiscalización y la veracidad de los sellos de las
declaraciones; revisión de los padrones de notarios y contadores certificados, y
por último, se puede buscar la relación de contribuyentes.
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La presentación de trámites por vía electrónica, ha logrado una simplificación y mayor
eficiencia por parte de la autoridad. Pero también existe un problema con la tecnología.
Una queja muy recurrente por parte de los usuarios, es que con frecuencia las páginas
electrónicas del SAT se encuentran en actualización o el sistema deja de funcionar.
Aunado a los requerimientos tecnológicos y al desconocimiento del uso adecuado de
las diversas plataformas, generan desconcierto e inseguridad en los contribuyentes, lo
cual les impide llevar a cabo sus trámites.
2. IMPACTO DE LA TECNOLOGÍA EN LA RECAUDACIÓN
De acuerdo con las cifras presentadas por el SAT11, la recaudación tributaria en 2014
tuvo un aumento significativo respecto del 2013, incentivado por la Reforma Fiscal y por
la implementación de las TIC´s, la siguiente gráfica muestra el crecimiento en los
ingresos tributarios obtenidos del 2005 al 2014.
Gráfica 1. Ingresos tributarios
(Millones de pesos)
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2014.
11
Informe Tributario y de Gestión al tercer trimestre de 2014.
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La gráfica indica que en el 2013, la recaudación se incrementó un 18% en relación al
2012. Al respecto el SAT instrumentó, en 2013, el programa “Ponte al Corriente” que
tenía como principal beneficio la condonación de adeudos fiscales determinados por la
autoridad y prioritariamente estaba enfocado a la regularización de obligaciones fiscales
y autocorrección de los contribuyentes.
Este programa, como parte del GE, se sustentó sobre una plataforma electrónica que
facilitaba el acceso a la información. Los contribuyentes ingresaban a la plataforma con
la FIEL y podían realizar una simulación del pago de impuestos adeudados y la
autodeterminación de créditos fiscales. Esta acción permitió recuperar más de $40
miles de millones de pesos en los tres meses que duró el programa, cabe mencionar
que en 2007, el SAT implementó un programa similar que duró 15 meses y solo logró
recuperar $14.6 miles de millones de pesos.
La Reforma Fiscal de 2014 ha traído una serie de adecuaciones fiscales y con ello una
inclusión mayor de las TIC´s, ejemplo de ello es la creación del Régimen de
Incorporación Fiscal (RIF) que sustituye al Régimen de Pequeños Contribuyentes
(REPECOS).
Actualmente, el RIF agrupa a contribuyentes que realizan actividades que no requieren
título profesional, como sería el caso de las personas que tienen una tienda, un taller
mecánico, etc., es decir, a quienes tributan y obtienen bajos niveles de ingresos y que
están obligados a llevar una contabilidad simplificada. Para ellos, se diseñó una
aplicación denominada “Mis cuentas”. En esta plataforma, se lleva el registro de
ingresos y egresos, permitiéndoles cumplir en tiempo y forma y de manera ágil y
sencilla, la presentación de sus obligaciones. Adicionalmente, tienen la facilidad de
generar de manera gratuita sus facturas electrónicas.
Los contribuyentes inscritos en el RIF, pueden ingresar a “Mis cuentas” solo con su
contraseña (antes CIECF) que pueden obtener vía Internet, por lo que no requieren
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contar con la FIEL. La tabla 4 muestra el número de contribuyentes del RIF que han
utilizado la plataforma.
Tabla 4. Utilización de “Mis cuentas”
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2014.
Es importante resaltar la utilización de “Mis cuentas”, ya que se otorgaron facilidades12
en materia impositiva para que se incorporaran las personas de la denominada
economía informal.
Como se mencionó, “Mis cuentas” es un sistema sencillo que permite realizar de
manera automática el cálculo de los impuestos y que se pueden enterar o pagar vía
banca electrónica.
El SAT también integró el Sistema de Pago Referenciado y el software para presentar
la declaración anual (personas físicas y morales), los cuales en los últimos años han
incrementado sus operaciones considerablemente, como se muestra en las siguientes
gráficas.
12
Las facilidades fueron: a) para ISR quedaron exentos el primer año de operaciones, a partir del
siguiente año el impuesto a pagar se calculará aplicando el 10% al ISR determinado, a partir de los
siguientes nueve años se incrementará en 10 puntos porcentuales, hasta llegar al año diez en donde
pagarán el 100% del ISR determinado; b) para el IVA quedaron exentos, siempre y cuando facturen
ventas al público en general, en caso contrario, deberán pagar lo correspondiente al impuesto.
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Gráfica 2. Sistema de pago referenciado
(Cifras al 2011)
Fuente: Servicio de Administración tributaria, 2012
Gráfico 3. Comparativo de declaraciones anuales (20011-2013)
Fuente: Servicio de Administración tributaria, 2014.
2011 2012 2013
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Es notoria la utilización de las plataformas electrónicas para efectuar todo tipo de
declaraciones y trámites, de acuerdo con el Reporte Anual (2013) emitido por el SAT
“poco más de un millón de contribuyentes cumplieron con sus obligaciones fiscales,
recibiéndose 22,389,198 declaraciones y 8,564,396 pagos, lo que constituye un
incremento de 125% y 130%, respectivamente, con relación al mismo periodo de 2012”.
Estos avances, también han sido confiables y seguros gracias a la introducción de la
FIEL, de la cual se han expedido 10.7 millones de certificados a 6.6 millones de
contribuyentes (85% corresponde a personas físicas y el 15% a personas morales)
desde el 2004 y hasta el 2013.
Otro elemento que ha generado confianza en los contribuyentes y que va ligado con la
FIEL y con la presentación de declaraciones, es la factura electrónica, actualmente los
únicos comprobantes fiscales válidos son los CFDI. La gráfica siguiente muestra los
datos de los comprobantes digitales emitidos.
Gráfica 4.
Fuente: Servicio de Administración Tributaria, 2014.
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Es evidente el aumento de los CFDI en 2014, año en el que comenzó su obligatoriedad
y la desaparición de cualquier otro tipo de comprobantes fiscales. Es importante resaltar
que gran parte de estos CFDI fueron emitidos por medio de la plataforma electrónica
del SAT, ya que de 2013 (año en el que inició su operación) a 2014 se dio un aumento
del 4,432%.
3. CONCLUSIONES.
En el recorrido que realizamos a partir de 1992 y hasta 2014, pudimos constatar las
diversas acciones emprendidas por el gobierno en materia impositiva buscando
fortalecer a una administración tributaria débil (producto de una baja recaudación fiscal
motivada por altos niveles de informalidad y elevada tasa de evasión fiscal).
Para alcanzar el objetivo mencionado, se apoyó en la utilización de las TIC’s, para
diseñar los medios (plataformas electrónicas) que brindaran facilidades a los
contribuyentes, en la determinación y entero de los impuestos, en la ejecución de
diversos trámites y en contar con un mayor control en la emisión de documentos de
comprobación fiscal.
Un efecto colateral del manejo de la tecnología, se ha visto reflejado en el crecimiento
del compromiso e interés por parte del contribuyente, en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias. El hecho de no asistir a realizar sus trámites a las oficinas del
SAT, les genera cierta “tranquilidad” de no sentirse “fiscalizado. Aunado a poder realizar
sus trámites por medio de herramientas tecnológicas “sencillas” y gratuitas. Todo ello
está permitiendo generar una cultura tributaria en el país.
El crecimiento en la captación de los ingresos tributarios del 36% durante los años 2012
a 2014 (gráfica 1), demuestran que la aplicación de la tecnología ha impactado.
Recordemos que en 2012 se instaura el sistema de pago referenciado y a partir de ese
año, se “endurecen” las medidas, ya que se requiere que el contribuyente cuente con
FIEL o la contraseña para tener acceso a las plataformas. Con acciones la autoridad
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alcanzó varios de sus objetivos: ampliar la base de contribuyentes, actualizar las bases
de datos y asentar los mecanismos para captar la información impositiva de los
causantes, aún antes de que presenten sus declaraciones.
Por lo pronto, para el 2015 el SAT ha anunciado, que robustecerá las acciones con
respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los causantes. Así que
seguiremos viendo cambios.
REFERENCIAS.
Cancillería del Estado de Sajonia. E-government. Recuperado el 18 de enero de 2015
de http://www.sachsen.de/es/229.htm
Carrera, A. (2014). Tipos y características de los documentos de comprobación fiscal
para Pequeñas y Medianas Empresas: A partir del 1 de julio de 2012 y para
2013. (Tesina de especialidad no publicada). Instituto Politécnico Nacional.
Castillo, J. (2007). La Economía del Conocimiento. Recuperado el 10 de enero de 2015
de
http://www.fundacionpreciado.org.mx/biencomun/bc149/%20e_conocimiento.pdf
Código Fiscal de la Federación 2004, 2008, 2013, 2014.
Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico Centro de Investigación y
Estudios Avanzados del IPN (2007). Gobierno Electrónico. Recuperado de
http://administracion.cinvestav.mx/Portals/0/SiteDocs/SPlaneacion/CGSTIC/Publi
caciones/GobiernoElectronico.pdf
Diario Oficial de la Federación (2002).
Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República (2001). Plan
Nacional de Desarrollo, 2011-2006. Recuperado de
http://www.uaemex.mx/planeacion/InfBasCon/PlanNacionaldeDesarrollo2000-
2006.pdf
Hernández, A. (2009). La revolución digital del SAT. La razón. Recuperado de
www.razon.com.mx/spip.php?page=imprimir_articulo&id_article=2649
EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
30
México, Poder Ejecutivo Federal (2009). Plan nacional de desarrollo, 1995-2000:
Programa de desarrollo informático. Texas: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
Migración de CFD a CFDI con Ekomercio (2014). Recuperado el 29 de septiembre de
2014 de www.ekomercio.com.mx/soluciones/facturacion-electronica/migracion-
de-cfd-a-cfdi-con-ekomercio/
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (2014). Estadísticas
Tributarias en América Latina. Recuperado de
http://www.latameconomy.org/es/revenue-statistics/
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (1996). The knowledge-
based economy. Recuperado el 02 de enero de 2015 de
http://www.oecd.org/sti/sci-tech/1913021.pdf
Popoca, C. (2002). Nuevo esquema de pagos electrónicos. El contribuyente, (122).
Recuperado de
www.elcontribuyente.com.mx/Editorial/Editorial.ASP?ANO=1&NUMERO=122
Resolución Miscelánea Fiscal desde 2005 hasta 2014. Recuperado el 02 de febrero de
2015 de http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/default.aspx
Resolución Miscelánea Fiscal desde 1998 hasta 2004.
Resolución miscelánea fiscal en cuestión de comprobantes fiscales (2014). Recuperado
el 01 de diciembre de 2014 de www.ekomercio.com.mx/2014/01/06/resolucion-
miscelanea-fiscal-2014-quienes-estan-obligados-a-factura-electronica-y-recibos-
de-nomina-cfdi/
Rivera, E. (2006). Concepto y Problemas de la construcción del Gobierno electrónico.
Una Revisión de la literatura. Gestión y Política Pública , XV (2). Recuperado de
http://www.gestionypoliticapublica.cide.edu/num_anteriores/Vol.XV_No.II_2dose
m/Eugenio_Rivera.pdf
Servicio de Administración Tributaria (2012). Comprobantes Fiscales Digitales. (Material
no publicado).
Servicio de Administración Tributaria (2012). Libera el SAT servicio gratuito de
Facturación Electrónica. Comunicado de prensa. 070/2012. Recuperado de
EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y SU EFECTO EN LA RECAUDACIÓN FISCAL EN MÉXICO
31
http://ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/boletines/com201
2_070.pdf
Servicio de Administración Tributaria (2014). Reporte anual 2013 y retos 2014.
Recuperado de
http://www2.sat.gob.mx/sitio_internet/informe_tributario/informe2014t3/reportean
ual.pdf
Servicio de Administración Tributaria. Informe Tributario y de Gestión 2012, 2013, 2014.
Recuperado febrero 2, 2015 de
http://www.sat.gob.mx/transparencia/transparencia_focalizada/Paginas/informe_t
ributario_gestion.aspx