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SALUD Accidentes Acuerdo mediante el cual se crea el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes.-(Organismo Desconcentrado).-Oct.4de 1990. Adicciones Acuerdo del Ejecutivo.-Por el cual se crea el Consejo Estatal contra las Adicciones en Jalisco.-Oct.15de 1987. Acuerdo.-Reforma los arts.2,3,4,5,6,7,8,9,10,11 y 12;y adiciona al art.1º.los párrafos segundo y tercero,y las denominaciones de los capítulos I,II,III y V del Acuerdo de Creación del Consejo Estatal contra las Adicciones en Jalisco.-Mar.13de 2001.Sec.XV. Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Programa de Acción para la Prevención y Tratamiento de las Adicciones).-Feb.24 de 2009.Sec.V. Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco).-Ago.20de 2009.Sec.III. Antirrábico Reglamento que debe regir en el Gabinete Antirrábico establecido en la Escuela de Medicina de esta ciudad.-Ago.12de 1903. p.301. Decreto del Ejecutivo.-Reforma el art. 5o. del Reglamento del Gabinete Antirrábico.-May.7de 1909.p.337. Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-1993, para la prevención y control de la rabia.-D.O.Ene.25de 1995. Arbitraje Médico Decreto 18936.-El Capítulo XI, Sección Segunda, se refiere al organismo público descentralizado de la administración pública estatal,Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco,contiene los artículos 91 A al 91 K. El artículo Quinto Transitorio dice:-Al Ejecutivo Estatal le corresponderá hacer la primera convocatoria al Consejo de la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente decreto.-Aprobado el 31 de enero de 2001.Publicado el 13 de marzo de 2001.Sec.XVIII.No.44.

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SALUD

Accidentes

Acuerdo mediante el cual se crea el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes.-(Organismo Desconcentrado).-Oct.4 de 1990.

Adicciones

Acuerdo del Ejecutivo.-Por el cual se crea el Consejo Estatal contra las Adicciones en Jalisco.-Oct.15 de 1987.

Acuerdo.-Reforma los arts. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12; y adiciona al art. 1º. los párrafos segundo y tercero, y las denominaciones de los capítulos I, II, III y V del Acuerdo de Creación del Consejo Estatal contra las Adicciones en Jalisco.-Mar.13 de 2001. Sec. XV.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Programa de Acción para la Prevención y Tratamiento de las Adicciones).-Feb.24 de 2009. Sec. V.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco).-Ago.20 de 2009. Sec. III.

Antirrábico

Reglamento que debe regir en el Gabinete Antirrábico establecido en la Escuela de Medicina de esta ciudad.-Ago.12 de 1903. p.301.

Decreto del Ejecutivo.-Reforma el art. 5o. del Reglamento del Gabinete Antirrábico.-May.7 de 1909. p. 337.

Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-1993, para la prevención y control de la rabia.-D.O. Ene.25 de 1995.

Arbitraje MédicoDecreto 18936.-El Capítulo XI, Sección Segunda, se refiere al organismo público

descentralizado de la administración pública estatal, Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco, contiene los artículos 91 A al 91 K. El artículo Quinto Transitorio dice:- Al Ejecutivo Estatal le corresponderá hacer la primera convocatoria al Consejo de la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente decreto.- Aprobado el 31 de enero de 2001. Publicado el 13 de marzo de 2001. Sec. XVIII. No. 44.

Autismo27038/LXI/18.- Ley para las Personas con Trastorno del Espectro del Autismo en el

Estado de Jalisco.- Nov. 17 de 2018 sec. IV.

Consejo Estatal de la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Jalisco, contenido en el Decreto 18936, artículos 91 D al 91 L, publicado el 13 de marzo de 2001. Sec. XVIII.

Atención de QuejasReglamento del Procedimiento para la Atención de Quejas. (se menciona en el artículo

91 K de la Ley Estatal de Salud (decreto 18936).-

Caravanas de la Salud

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Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Caravanas de la Salud/unidades médicas móviles $6’702,339.24).-Oct.20 de 2009. Sec. II.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Caravanas de la Salud/unidades médicas móviles $2’686,673.32).-Oct.20 de 2009. Sec. III.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Caravanas de la Salud/unidades médicas móviles $3’745,137.55).-Oct.20 de 2009. Sec. IV.

Convenio modificatorio que afecta el del 29 de enero de 2009, en materia de transferencia de recursos (Caravanas de la Salud).-May. 1 de 2010. Sec. II..

Convenio modificatorio que afecta el del 5 de enero de 2009 en materia de transferencia de recursos.-May. 1. de 2010. Sec. III.

Convenio modificatorio al convenio específico de colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestales Federales, para la operación del Programa Caravanas de la Salud DGPLADES-CARAVAS-CECTER-JAL-01/14.Enero 15 de2015. Secc. II.

Casa de SanidadDecreto No. 37 del Ejecutivo.- Crea en la capital una casa de Sanidad que dependerá del

Ayuntamiento local, reforma el Presupuesto de Egresos del Estado y los de ingresos y egresos de Guadalajara.-P. Oficial. T.79, p.117.

Centro Médico5833.-Declarando de utilidad pública la fundación de un Centro Médico en

Guadalajara.-Dic.30 de 1952.Decreto que expropia una superficie de 29-01-33 hectáreas que restan al ejido de

Oblatos, en Guadalajara, Jal., a favor del IMSS.-Ene. 5 de 1960.7726.-Se desafecta una superficie de los terrenos cedidos en favor del Patronato del

Centro Médico.-Ago.18 de 1962.7730.-Se segrega una superficie de los terrenos cedidos en favor del Patronato del

Centro Médico y se autoriza al Ejecutivo del Estado para que formalice la transmisión del usufructo vitalicio a la Asociación Médica de Jalisco, A.C.-Ago.18 de 1962.

Certificados de DefunciónDecreto del Congreso de la Unión que declara obligatorio en toda la República, el uso

del modelo anexo para certificados de defunción.-P.O. Nov.7 de 1931.Decreto del Ejecutivo Federal Pascual Ortiz Rubio, que declara obligatorio en toda la

República, el uso del modelo anexo para certificados de defunción.-P.O. Nov.28 de 1931. p.161-165.

Ciencias Forenses17152.- Ley Orgánica del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.-Feb. 7 de 1998.

Sec. II.Reglamento Interior del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.- Ago. 13 de 1998.

Sec. II. ACUERDO DIGELAGACU 065/2005 mediante el cual se autoriza la expedición del

Manual de Procedimientos de Operación de Valuación de Bienes Muebles del Instituto Jaliscienses de Ciencias Forenses.-Ene.19 de 2006. Sec. IV.

ACUERDO número DIGELAG/ACU-064/2005, mediante el cual se autoriza la expedición del Manual de Procedimientos de Operación de Constancias de no antecedentes del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses.-Ene.21 de 2006. Sec. II.

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Código Sanitario556.-Faculta al Ejecutivo para que expida el Código Sanitario.-C.D. T.15. Sep.5 de

1892. p.620.Decreto del Ejecutivo.-Código Sanitario del Estado.-C.D. T.15. Oct.11 de 1892. p.7.Reforma el art. 287.-C.D. T.15. Nov.23 de 1892. p.163.713.-Reforma el art.43.-C.D. T.16. Mar.24 de 1896. p.609. P.O. Mar.25 de 1896.Circular.-Recuerda la observancia del Código, sobre avisos al Consejo de Salubridad de

las personas que ejercen la medicina o cirugía, en todas o en algunas de las partes comprendidas en dichas ciencias.-C.D. T.17. Sep.25 de 1896. p.414.

1618.-Contiene el Código Sanitario que regirá en el Estado.-Ago.5 de 1913. p.668.Código Sanitario para el Estado de Jalisco.-Mar.8 de 1924.2395.-Ratifica el Decreto del Ejecutivo de marzo 5 de 1924 (Código Sanitario).-Jun.3 de

1924.3464.-Reforma el art.288.-Jun.21 de 1928.3679.-Concede al Ejecutivo del Estado facultades especiales y extraordinarias en el

ramo de salubridad pública.-May.30 de 1931.Código Sanitario para el Estado.-Jul.16 de 1931.8594.-Reforma el art. 306 (Vivienda multihabitacional).-Mar.21 de 1970.Fe de erratas.-Jun.13 de 1970.

Comisión Interinstitucional de Enfermeras Acuerdo No. DIGELAG/ACU 003/2000, que contiene la creación de la Comisión

Interinstitucional de Enfermeras del Estado de Jalisco.-Feb. 24 de 2000.

Comisión Interinstitucional de Investigación en SaludDecreto 18936, artículos 121 al 124.-Publicado el 13 de marzo de 2001. Sec. XVIII.

Consejo Estatal de SaludACUERDO DIGELAG ACU 034/2013.- Crea el Consejo Estatal de Salud del Estado

de Jalisco.- 29 de junio de 2013. Sección III.

Consejo Estatal de TrasplantesDecreto 18936, crea el OPD del Poder Ejecutivo, denominado Consejo Estatal de

Trasplantes, arts. 104 E al 104 L, publicado el 13 de marzo de 2001. Sec. XVIII.Criterios médicos, éticos y operativos para distribución, del Consejo Estatal de

Trasplantes de Órganos y Tejidos (consenso del 21 de junio de 2010).- Sep. 11 de 2010. Sec. III.

ContaminaciónReglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para

la prevención y control de la contaminación generada por los vehículos automotores que circulan en el Estado de Jalisco.-Jun.11 de 1991.

Consejo Estatal de Prevención y Tratamiento del CáncerACUERDO DIGELAG/ACU-049/2005 mediante el cual se crea el Consejo Estatal de

Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia.-Nov.17 de 2005. Sec. II.

Consejo Estatal para la prevención del SIDAAcuerdo del Ejecutivo.-Crea el Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de

Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).-Feb.4 de 1988. Sec.II.

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Convenio de Colaboración Interinstitucional que celebran la Secretaría General de Gobierno y la Secretaría de Salud a través del Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.-Oct.11 de 1994.

Acuerdo del Ejecutivo.- Reforma los arts. segundo incisos b), c), d), e), f), g), h), j), k), l), m), n), o); sexto, octavo último párrafo y noveno; y se adiciona el art. décimo tercero del Acuerdo de creación.-Oct.10 de 2000. Sec. II.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Consejo Estatal para la Prevención del SIDA).-Feb.12 de 2009. Sec. II.

Convenio que en materia de transferencia de insumos que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Programa de Respuesta VIH/SIDA/ITS).-Feb.12 de 2009. Sec. III.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco. Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida).-Feb.12 de 2009. Sec. II.

Convenio que en materia de transferencia de insumos que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco. (Servicios de Salud Jalisco. Programa de Respuesta VIH/SIDA/ITS).-Feb.12 de 2009. Sec. III.

Acuerdo DIGELAG ACU 028/2012.- Reglamento Interior del Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.- Jul. 28 de 2012. Sec. IV.

ConveniosConvenio específico en materia de transferencia de insumos para el programa de

Vacunación Universal que celebran por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud y por la otra, el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Jalisco.-Sep.23 de 2008. Sec. IV.

Convenio de 20 de abril de 2008 que modifica al convenio del 15 de octubre de 2007 que en materia de transferencia de recursos celebra el Ejecutivo Federal y el ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco, Caravanas de la Salud; Servicios Personales, Materias y Suministro, Servicios Generales, Servicios Oficiales.-Feb.24 de 2009. Sec. VII.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Paquete Básico Garantizado de Salud; Promoción de la mejor nutrición de la población beneficiaria, Fomento y mejoramiento del autocuidado de la salud de las familias beneficiarias; reforzamiento de la oferta de servicios de salud, Mejoramiento de la capacidad del personal de los Servicios de Salud Jalisco, y Aseguramiento de la supervisión específica del programa dirigida a la operación y desarrollo.-Feb.24 de 2009. Sec. III.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Paquete Básico Garantizado de Salud, promoción de la mejor nutrición de la población beneficiaria, fomento y mejoramiento del autocuidado de la salud de las familias beneficiarias, reforzamiento de la oferta de servicios de salud, mejoramiento de la capacitación del personal de los Servicios de Salud Jalisco, y aseguramiento de la supervisión específica del programa dirigida a la operación y desarrollo.-Feb.24 de 2009. Sec. III.

Convenio que en materia de transferencia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Programa de acción de urgencias epidemiológicas y desastres, vectores, obesidad, HTA y diabetes mellitus. Obesidad, HTA y Diabetes mellitus en población de 20 años y más. Vacunación para adultos, Tuberculosis en la entidad –búsqueda activa-, en áreas y grupos de riesgo. Quimioprofilaxis a los contactos de enfermos de tuberculosis).-Feb.28 de 2009. Sec. II. de la salud de las familias beneficiarias, reforzamiento de la oferta de servicios de salud, mejoramiento de la capacitación del personal de los Servicios de Salud Jalisco, y aseguramiento de la supervisión específica del programa dirigida a la operación y desarrollo.-Feb.28 de 2009. Sec. II.

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Convenio específico para el fortalecimiento de acciones de Salud pública en las Entidades federativas (AFASPE 2009).-Jul.16 de 2009. Sec. II.

Convenio del 5 de diciembre de 2008 que modifica al específico del 26 de mayo de 2008 (transferencia de recursos) celebrados ambos, en servicios de salubridad general, por el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco.-Ago. 1 de 2009. Sec. II.

Convenio para el fortalecimiento de acciones de salud pública que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco.-May. 20 de 2010. Sec. III.

Modifica el Convenio CM-AFASPE-JA-03/09 “TERCER CONVENIO MODIFICATORIO” celebrado el 29 de diciembre de 2009, para el fortalecimiento de acciones de salud pública en las entidades federativas.- May. 7 de 2011. Sec. III.

Convenio que modifica al de fortalecimiento de acciones de Salud pública en las entidades federativas (CM-AFASPE-JAL-01/10).-May. 7 de 2011. Sec. II.

Convenio específico para el fortalecimiento de acciones de salud pública en as entidades federativas, que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo de Jalisco.- Ago. 4 de 2011. Sec. III.

Convenio que celebran el Gobierno Federal y el Poder Ejecutivo de Jalisco, en materia de transferencia de recursos (desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las redes de servicios de salud sustitución del hospital de Huejuquilla el Alto.-Dic. 3 de 2011. Sec. II.

Convenio específico en materia de transferencia de recursos, que celebran el Gobierno Federal y el Poder Ejecutivo de Jalisco (fortalecimiento de las redes de servicios de salud, y para gastos de operación).-Feb. 9 de 2012. Sec. V.

Convenio modificatorio al convenio específico en Materia de Ministración de Subsidios para el Fortalecimiento de Acciones de Salud Pública en las Entidades Federativas..- Enero 15 de 2015.

Coordinación3920.-Autoriza al Ejecutivo del Estado a celebrar Convenio de Coordinación con el

Departamento de Salubridad Pública.-Jul.10 de 1934.Acuerdo de Coordinación entre el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado, con el

propósito de descentralizar el ejercicio de las funciones de control y regularización sanitaria en el Estado.-Sep.23 de 1986.

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado para la integración orgánica y la descentralización operativa de los servicios de salud en la Entidad.-D.O. Dic.1o.de 1986. p.51.

Acuerdo de Coordinación celebrado entre el Ejec. Fed. y el Gobierno del Edo., de fecha 29 de abril, que tiene por objeto fijar las bases para que el gobierno del Estado establezca el sistema de cuotas de recuperación por los servicios de atención médica y suministro de medicamentos que presta el Departamento de Salud de la Entidad a la población abierta, tanto en el medio rural como urbano.-May.30 de 1987.

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de Jalisco, para la descentralización operativa de los servicios de salud en la entidad. D.O. Dic.1o. de 1986. p. 46. P.O. Ene.10 de 1987.

Acuerdo de Coordinación Interinstitucional que celebran el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Salud, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en dicha entidad.-Mar. 4 de 1994.

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de la SSA y el Gobierno del Estado de Jalisco.-D.O. Feb.3 de 1995.

Acuerdo de Coordinación que celebran las Secretarías de Salud, Hacienda y Crédito Público, Contraloría y Desarrollo Administrativo, y el Estado de Jalisco, para la

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descentralización integral de los servicios de salud en la entidad.-D.O. May. 6 de 1997. P.O. Jun.28 de 1997. Sec .III.

Convenio de Coordinación para el ejercicio de facultades en Materia de Control y Fomento Sanitario que suscribe el Ejecutivo Federal y el Estado de Jalisco.-Mar. 2 de 2004.

Fe de erratas al Convenio de marzo 2 de 2004.-Oct.30 de 2004. Convenio de coordinación en materia de transferencia de recursos que celebran el

ejecutivo federal a través de la Secretaría de Salud y el Ejecutivo del Estado.-May.13 de 2008. Sec. II.

Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa Calidad, Equidad y Desarrollo en Salud, que celebran el Ejecutivo Federal y el Gobierno de Jalisco.-Ago.20 de 2009. Sec. II.

Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud Jalisco y el Ayuntamiento de San Miguel El Alto (ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores).-Julio 29 de 2014 Secc. III.

Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud Jalisco y el Ayuntamiento de Jesús María (ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores). Julio 29 de 2014. Secc. III..

Acuerdo de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores, que celebran por una parte la Secretaría de Salud Jalisco y el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, con el Municipio de Tepatitlán.- Julio 29 de 2014. Secc. II.

Acuerdo de Coordinación para el ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores, que celebran por una parte la Secretaría de Salud Jalisco y el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, con el Municipio de Yahualica de González Gallo, Jalisco.Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud Jalisco, Servicios de Salud Jalisco y el Ayuntamiento de Santa María de los Ángeles.- Abril 18 de 2015. Sec. II.

Acuerdo de Coordinación que celebran la secretaría de Salud Jalisco, Servicios de Salud Jalisco y el Ayuntamiento de San pedro Tlaquepaque.- Mayo 23 de 2015.- Sec. III.

Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión para la Protección contra riegos Sanitarios del Estado de Jalisco (Coprisjal) y el Ayuntamiento de Jocotepec (protección a no fumadores).- Mayo 23 de 2015. Sec. III.

Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco (Coprisjal) y el Ayuntamiento de Atotonilco El Alto (protección a no fumadores).- Mayo 23 de 2014. Secc. IV.

Acuerdo de Coordinación que celebran la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco (Coprisjal) y el Ayuntamiento de Jamay (protección a no fumadores).- Mayo 23 de 2014. Secc. IV.

Cruz Roja

Decreto 401 del Presidente de la República D. Porfirio Díaz.- Por el cual queda reconocida como institución de utilidad pública la Sociedad intitulada “La Cruz Roja Mexicana” y se autoriza a sus miembros para organizar los servicios que deba prestar al Ejército en tiempo de campaña.-D.O. Tomo XVII. 12 de marzo de 1910. Núm. 11. pags.155 y 156.

5427.-Autoriza al Ayto. de Guadalajara, para que ceda a título gratuito a la Delegación en esta ciudad, de la Cruz Roja Mexicana, el lote de terreno con extensión superficial de 3,164

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metros cuadrados, ubicado entre las calles San Felipe, Juan Manuel, Alameda y calle 2 del Sector Hidalgo.-Ene.1º.de 1949.

5163.-Autoriza al Ejecutivo del Estado para donar a título gratuito a la Asociación de la Cruz Roja Mexicana, Delegación Guadalajara, una fracción de terreno propiedad del Estado, ubicada al noroeste en los terrenos de la Ciudad Universitaria, destinando el terreno para la construcción de un hospital de esa propia dependencia y sus anexos.-Oct.3 de 1946.

7889.-Aut. al Ayuntamiento de Lagos de Moreno, para hacer donación a la Cruz Roja Mexicana, de un predio propiedad municipal ubicado en la calle 16 de Septiembre de aquella ciudad, con una extensión aprox. de 665.53 M2., para la construcción de un puesto de socorros.-Dic.24 de 1963.

14863.-Aprueba el contrato de Comodato entre el Ayuntamiento de Zapopan y la Cruz Roja Mexicana, Delegación Guadalajara, respecto de un inmueble de propiedad municipal ubicado en la Colonia Tuzanía INFONAVIT.-Dic.10 de 1992.

Departamento Médico Municipal

Decreto Núm.37 del Ejecutivo.-Crea una casa de sanidad en Guadalajara, dependiente del Ayuntamiento, para atender a las meretrices y dispone que el Presidente Municipal, mientras no exista Ayuntamiento, reglamente las labores de la nueva institución.-Sep.29 de 1914. T.79. p.15.

Reglamento del Departamento Médico Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara.-Oct.15 de 1963.

Descentralización de los Servicios de SaludAcuerdo de Coordinación que celebran las Secretarías de Salud, Hacienda y Crédito

Público, Contraloría y Desarrollo Administrativo, y el Estado de Jalisco, para la descentralización integral de los servicios de salud en la entidad.-D.O. May. 6 de 1997.

Dolor y Cuidados Paliativos (Instituto Jalisciense)Acuerdo del Ejecutivo.-Crea el Instituto Jalisciense de Alivio del Dolor y cuidados

paliativos.-Ene.29 de 2000.

Enfermedad de AujezkyAcuerdo que declara de interés público todas las medidas preventivas de control y

erradicación, establecidas para la campaña contra la enfermedad de Aujeszky.-Oct. 23 de 2010. Sec. III.

Escuela de MedicinaDecreto del Ejecutivo.-Crea en la Escuela de Medicina y Farmacia la clase de

Dermatología y Sifilografía y dispone que sean recibidas en el Hospital Civil las mujeres públicas que sufran males de la segunda especie mencionada.-Feb.16 de 1912. P.O. T.67. p. 22.

Expendios de MedicinasReglamento de los Expendios de Medicinas.-Dic.9 de 1924. (Suplemento).

Facultades Extraordinarias en el Ramo de Salubridad3679.-Concede al Ejecutivo del Estado facultades especiales y extraordinarias en el

ramo de Salubridad Pública.-May.30 de 1931.

Festividades PopularesReglamento de la Ley Estatal de Salud en materia de Festividades Populares.-Oct.4 de

1990.

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Formación de Recursos Humanos para la SaludREGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA

LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA SALUD.- 2 DE MARZO DE 2010. SECCIÓN II.

Fortalecimiento de Acciones de SaludConvenio modificatorio al convenio específico para el Fortalecimiento de Acciones de

Salud Pública en las Entidades Federativas, suscrito el 31 de diciembre de 2008 (CM-AFASPE-JAL-01/09).-Ene.26 de 2010. Sec. II.

HemodiálisisConvenio, que en materia de recursos celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del

Estado de Jalisco (Fortalecimiento de la Infraestructura de servicios de la salud específicamente para la Operación de la Unidad de Hemodiálisis).-Mar. 7 de 2009. Sec. III.

HOSPITAL CIVIL FRAY ANTONIO ALCALDE

Antiguo HospitalSe aprueba con ligeras adiciones el Reglamento para el Gobierno del Hospital de Belén.

Reglamento.-C.D. T.2. Sep.15 de 1826. p.389.Sobre reformas al Reglamento del Hospital de San Miguel de Belén, como consecuencia

del decreto 195 de marzo 30 de 1829 relativo a cementerios.-C.D. T.3. Abr.14 de 1829. p.436.Reglamento para el arreglo y Administración del Hospital de Belén.-C.D. T.8. Mar.4 de

1840. p.3.Decreto del Ejecutivo.-Reglamento del Hospital Civil.-C.D. T.17. Ago.28 de 1886.

p.224.Decreto del Ejecutivo.-Reforma el art.167 del Reglamento.-C.D. T.18. Ene.20 de 1898.

p.162.Decreto No. 8 del Ejecutivo.-Crea cinco plazas de jefes de clínicas del Hospital Civil

con facultades y obligaciones que determina.-Jul.31 de 1914. T.78. No.40.Decreto No.18 del Ejecutivo.-Manda que el Subdirector Administrador del Hospital

Civil desempeñe también el cargo de Subdirector de la Escuela de Medicina del Estado y cese de ser Secretario de dicha escuela y de la Dirección del Hospital, así como bibliotecario de aquélla.-Ago.21 de 1914. T.78. No.49.

Decreto No.63 del Ejecutivo.-Deroga el Decreto No.8 del 31 de julio de 1914.-Mar.2 de 1915. T.80. No.26

Reglamento Interior para el Hospital Civil de Guadalajara.-May.17 de 1975.Reglamento que establece un sistema contable-financiero presupuestal en el Hospital

Civil de Guadalajara.-Nov.3 de 1990.Decreto 16527.-Ley del Organismo Público Descentralizado Hospital Civil de

Guadalajara.-Abr.10 de 1997. Sec. II.Decreto 18973.-Reforma la Ley del Organismo Público Descentralizado Hospital

Civil de Guadalajara, contenido en el decreto número 16527, publicado el 10 de abril de 1997 (da el nombre de Fray Antonio Alcalde al antiguo Hospital Civil).-Mar.15 de 2001. Sec. XI.

23122/LIV/10.- Adiciona un art. séptimo al decreto 22748/LVIII/09 que autoriza al Hospital Civil de Guadalajara a contratar un crédito.-Ago. 7 de 2010. Sec. III.

Complejo MédicoReglamento General del Complejo Médico Hospital Civil de Guadalajara.-May.23 de

1987.

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Hospital Civil de Guadalajara

16527.-Ley del organismo público descentralizado Hospital Civil de Guadalajara.-Abr.10 de 1997. Sec.II.

18973.-Reforma el art. 1º. del decreto16527 (da el nombre de Fray Antonio Alcalde al antiguo Hospital Civil).-Mar.15 de 2001. Sec. XI.

Hospital Escuela7058.-Autoriza al Ejecutivo del Estado para celebrar operaciones jurídicas a fin de

contratar empréstitos, con garantía del inmueble de la Estación Central de Autobuses, que se destinará a la construcción del Nuevo Hospital General-Escuela de Guadalajara.-Oct.6 de 1956.

Reglamento Interior del Consejo Técnico Administrativo del Nuevo Hospital Civil (Hospital Escuela).-Mar.31 de 1990. Sec.II.

Fe de erratas.-Jun.21 de 1990.Acuerdo del Ejecutivo, mediante el cual se expide el Reglamento del Consejo Técnico

Administrativo del Hospital Civil de Guadalajara.-Jul.25 de 1995. Sec.II.

Torre de EspecialidadesReglamento Interior del Consejo Técnico Administrativo del Antiguo Hospital Civil

(Torre de Especialidades).-Mar.31 de 1990. Sec.II.Fe de erratas.-Jun.21 de 1990.Plan para la operación de la Torre de Especialidades del Hospital Civil.-Nov.3 de 1990.

Hospital Psiquiátrico (El Zapote)

Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 46-88-50 Has., al ejido del poblado denominado El Zapote, ubicado en el Municipio de Tlajomulco, Jalisco, a favor del Gobierno del Estado, para destinarse a la construcción y establecimiento del Centro de Rehabilitación Social de la Entidad.- D.O. Ago.29 de 1975. p.3.

Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 20-00-00 hectáreas de agostadero y de riego de uso común, de terrenos ejidales del poblado El Zapote, Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, para destinarse a un hospital psiquiátrico y un centro de readaptación para drogadictos.- D.O. Oct. 18 de 1995. P. 45.

NOM-025-SSA2-1994. Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica (obliga a las autoridades de Salud a expedir la reglamentación correspondiente).-Nov.16 de 1995.

Reglamento Interno del Hospital Psiquiátrico.- APROBACION: 3 DE DICIEMBRE DE 1998.

Recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.-

Influenza (Epidemias)Acuerdo DIGELAG ACU 026/2009 que ordena la clausura temporal de centros

botaneros, casinos, discotecas, bares, cantinas, cabaretes, centros nocturnos y similares, cines, teatros, centros de espectáculos, así como cualquier lugar de esparcimiento o centro de reunión en el Estado de Jalisco.-Abr.27 de 2009. EDICIÓN ESPECIAL.

Acuerdo DIGELAG ACU 028/2009 que ordena la clausura temporal de centros botaneros, casinos, discotecas, bares, cantinas, cabaretes, centros nocturnos y similares, cines, teatros, centros de espectáculos, estadios deportivos, así como cualquier lugar de esparcimiento o centro de reunión en el estado de Jalisco. De igual forma, se suspe3nderán las labores administrativas y educativas en todos los niveles educativos del Estado de Jalisco.-May. 8 de 2009. EDICIÓN ESPECIAL.

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Acuerdo DIGELAG ACU 029/2009 que modifica el artículo primero del acuerdo DIGELAG ACU 026/2009, así como el listado de los municipios en donde se exceptúa la clausura temporal de los giros que establece el artículo primero del presente acuerdo.-May.12 de 2009. III.

Acuerdo del Ejecutivo para prevenir y controlar la propagación del virus de influenza A-H1N1, que establece diversas medidas que deberán aplicar personas físicas o jurídicas propietarias, administradoras o responsables de industrias, comercios centros educativos y de servicios, públicos o privados, así como quienes organicen o convoquen a eventos o reuniones de personas.-Jul.28 de 2009. Sec. II.

Instituto Bacteriológico2304.-Crea un Instituto Bacteriológico y Gabinete Antisifilico.-Ago.16 de 1923.

Instituto DermatológicoAcuerdo del C. Gobernador del Estado mediante el cual se ordena imponer el nombre de

Instituto Dermatológico de Occidente, la denominación de Instituto Dermatológico de Jalisco, Dr. José Barba Rubio.-May.8 de 1993.

Instituto de Cirugía Reconstructiva de JaliscoEl Patronato del Instituto de Cirugía Reconstructiva de Jalisco, A.C. fue constituido por

escritura pública número 13,806 que pasó ante la fe del Lic. Manuel Parada Jiménez, Notario Público Suplente Encargado de la Notaría Pública Número 74, con fecha 26 de octubre de 1993.

Instituto Jalisciense de Cancerología4822.-Se considera de utilidad pública el funcionamiento de la Asociación Civil

denominada Instituto de Lucha contra el Cáncer.-Nov.21 de 1942.4832.-Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que destine a la Asociación Civil

denominada Instituto de Lucha Contra el Cáncer, los productos de la Lotería de Jalisco.-Dic.31 de 1942.

8020.-Autoriza al Ejecutivo del Estado a ceder en forma gratuita y condicionada el derecho real de usufructo sobre una superficie, al Patronato de Lucha Contra el Cáncer, A.C.-Dic.17 de 1964.

13979.-Crea el Instituto Jalisciense de Cancerología.-Nov.20 de 1990.Reglamento Interior del Instituto Jalisciense de Cancerología.- Abr. 15 de 2003. Sec.

III.

Instituto Jalisciense de Salud MentalAcuerdo del Ejecutivo.-Crea el Instituto Jalisciense de Salud Mental (órgano

desconcentrado).-Jul.29 de 1999.

Instituto Mexicano del Seguro SocialDecreto que expropia una superficie de 29-01-33 hectáreas que restan al ejido de

Oblatos, en Guadalajara, a favor del IMSS.-Ene.5 de 1960.

11593.-Autoriza al Ejecutivo del Estado a celebrar Convenios con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para incorporar a los trabajadores del Estado al servicio médico de dicha institución.-Ago.14 de 1984.

Junta de SalubridadReglamento de la Junta de Salubridad.-C.D. T. 8. Nov.4 de 1882. p.385.Circular.-Complemento al Reglamento de la Junta de Salubridad.-C.D. T.11. May.7 de

1887. p.79.

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Reforma el art. 1o. del Reglamento de la Junta de Salubridad.-C.D. T.12. Sep.19 de 1889. p.497.

Decreto del Ejecutivo.-Reglamento Interior de la Junta Directiva del Consejo Superior de Salubridad.-C.D. T.16. Sep.24 de 1895. p.546.

Ley Estatal de Salud (Ley de Salud para el Estado de Jalisco) 12678.-Ley Estatal de Salud (abroga el Código Sanitario del Estado, publicado el 16

de julio de 1931.).-Dic.30 de 1986. Sec.II.F. E.-Ene.31 de 1987.13871.-Reforma los arts. 4o. frac. II, 5, 6, 15, 16, 17, 18, 27, 28, 30, 31, 32, 35, 36, 44,

63, 73, 76, 83, 91, 95, 101, 103, 116, 117, 118, 121, 125, 131, 132, 136, 138, 152, 157, 159, 172, 173, 176, 197, 201 frac. III, 203, 205, 231, 237, 238, 239 y 257.-Abr.7 de 1990.

F. E.-May.31 de 1990.17908.- Se reforma el primer párrafo del artículo 128 y adicionan el segundo párrafo

del mismo dispositivo legal y el artículo 128 bis de la Ley Estatal de Salud.-Jun.12 de 1999. Sec. II. 17910.- Se adiciona el Título Tercero de la Ley Estatal de Salud del Estado de Jalisco, un Capítulo XIII De la Disposición de Órganos y Tejidos de Seres Humanos.-Jun.17 de 1999. Sec. III.

17974.- Se adiciona un párrafo al art. 74 de la Ley Estatal de Salud.- Ago.12 de 1999. Sec. V.

17975.-Se adiciona un segundo párrafo al art. 72, se reforman las fracs. I y II del art. 73 y la frac. I del art. 74, todos de la Ley Estatal de Salud.-Ago.12 de 1999. Sec. IV.

18936.-Se reforman y adicionan los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 13, 14, 15, 16, 17 18, 18 bis, 21, 23, 27, 28, 30, 31, 32, 35, 36, 39 bis, 40 bis, 43, 44, 59, 59 bis, 61 bis, 62, 63, 66, 67, 69, 73, 74, 75, 76 80 bis, 80 ter, 81, 83, 87, 89 bis, 91A, 91B, 91C, 91D, 91E, 91F, 91G, 91H 91I, 91J, 91K, 91L 95, 96, 100, 101, 102, 103, 104D, 104E, 104F, 104G, 104H, 104I, 104J, 104K, 104L, 104M, 104O, 104T, 109 bis, 115, 116, 117, 118, 121, 122, 126 bis, 126 ter, 127, 128, 128 bis, 129, 131, 132, 134 bis, 136, 137, 138, 139, 141, 146, 147, 149, 150, 151, 153 156, 157, 159, 163, 172, 173, 176, 179, 180, 181, 182, 185, 187, 189, 194, 197, 199, 199B, 199C, 199D, 199E, 199F, 203, 205, 206, 207, 208, 217, 221,225, 226, 227, 228, 229 230, 231, 236, 237, 238, 239, 246, 247, 248, 249 252, 256, 257, 259, 263, 264, 265 y 273 de la Ley Estatal de Salud.-Mar.13 de 2001. Sec. XVIII. No. 44.

19421.-Se reforman los arts. 104-A, 104-D, 104-E, 104-F y 104-I.-Ene.15 de 2002. Sec- II.

19432.-Se reforman los arts. 2 frac. V, 14 frac. III, 20 fracs. I y II; deroga la frac. XVI del artr. 3, frac. III del art. 20, frac. IX del art. 23, y los arts. 79 y 80.-Dic.29 de 2001. Sec. VII.

20426.- Se reforman la frac. II del art. 2 y los arts. 3, 19, 131, 132, 134, 134 bis, 135, 136, 137 fracs. I y III, 139, 140 frac. I, inciso a), 141, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178 y la denominación del Capítulo Séptimo del Título Noveno; se adicionan el art. 23 bis y la Sección Sexta del Título Tercero que comprende los artículos 37 A, 37 B, 37 C, 37 D y 37 E; un segundo párrafo a la frac. IV del art. 91 C, dos párrafos al art. 126 bis y uno al art. 126 Ter; y se deroga el tercer párrafo del art. 127, todos de la Ley Estatal de Salud del Estado de Jalisco.-Dic.,30 de 2003. Sec. XXI.

20516.-Adiciona la frac. VIII al art. 2.-Jun. 5 de 2004. Sec. II.20518.-Adiciona la Sección Cuarta del Capítulo III del Título Tercero.-Jun.24 de

2004. Sec. II.20560.-Reforma el párrafo último del art. 91 E.-Jul. 22 de 2004. Sec. II.20561.-Reforma el art. 5.-Jul.24 de 2004. Sec. III.20591.- Se adicionan las fracs. VII del art. 14 y XVI del art. 15, recorriéndose

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en ambos ordenamientos, las demás fracciones en su orden, de la Ley Estatal de Salud.-Sep.28 de 2004. Sec. II.

20592.- Se adicionan dos párrafos a la fracción I del art. 60 de la Ley Estatal de Salud..-Sep.28 de 2004. Sec. II.

20605.- Adiciona el art5. 18 Ter a la Ley Estatal de Salud.-Oct. 7 de 2004. Sec. II.

20606.- Adiciona los arts. 27 bis, 110 párrafo segundo, 112 párrafo segundo y 113 párrafo tercero; y reforma los arts. 100 frac. III y 112 primer párrafo de la Ley Estatal de Salud..-Oct. 7 de 2004. Sec. II.

20917.- Reforma la frac. I del art. 2º., la frac. XI del apartado A del art. 3º., el art. 37 y el art. 237.-Jul. 7 de 2005. Sec. IV.

21231/LVII/06.-Se adiciona el párrafo tercero al artículo 126 Ter de la Ley Estatal de Salud (prevención y atención de las adicciones sicológicas).-Mar. 4 de 2006. Sec. VIII.

21350/LVII/06.-Reforma los artículos 59-I y 59-J, de la Ley Estatal de Salud.-(REGRESADO POR EL EJECUTIVO CON OBSERVACIONES).

21352.-Reforma el art. 39 bis.-Jun.22 de 1006. Sec. V.21397/LVII/06.-Reforma los artículos 104-A, 104-B, 104-C, 104-D, 104-E, 104-F,

104-G, 104-H, 104-I, 104-J, 104-K, 104-L, 104-M, 104-N, 104-O, 104-P, 104-Q, 104-R, 104-S y 104-T, y se adicionan los artículos 104-U, 104-V y 104-W correspondientes al Capítulo XIII denominado De la Disposición de Órganos y Tejidos de Seres Humanos de la Ley Estatal de Salud y deroga la fracción VI del art. 40 del Código Civil del Estado de Jalisco.-Ago.26 de 2006. Sec. V. Fe de Erratas.-Sep.28 de 2006.

21462/LVII/06.- Se adiciona un párrafo segundo al artículo 28.-Oct.31 de 2006. Sec. IV.

21699/LVII/06.- Adiciona un artículo 91 bis a la Ley Estatal de Salud (Comité Hospitalario de Bioética).- Ene.11 de 2007. Sec. IV.

21705/LVII/06.- Adiciona un segundo párrafo al art. 167 y un tercer párrafo al art 248 de la Ley Estatal de Salud.- Ene.13 de 2007. Sec. XIII.

21797/LVII/07.- Adiciona el segundo párrafo al artículo 167 y un tercer párrafo al 248 de la Ley Estatal de Salud.-Feb.22 de 2007. Sec. VII.

22580/LVIII/09.- Se reforman los arts. 73 y 78 de la Ley Estatal de Salud del Estado de Jalisco.-Feb. 5 de 2009. Sec. III.

23174/LIX/10.- Reforma y deroga diversos arts. de la Ley Estatal de Salud y de la Ley del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud.-Dic. 9 de 2010. Sec. III.

23447/LIV/10.- Reforma los arts. 104-B y 104-C de la Ley Estatal de Salud y el art. 119 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco.- Ene. 27 de 2011. Sec. VI.

23448/LIV/10.- Aprueba con modificaciones las reformas y adiciones de diversos arts. del Código de Procedimientos Penales, Ley Estatal de Salud y Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco del Estado de Jalisco.- Dic. 23 de 2010. Sec. VIII.

23527/LIX/11.- Reforma el art. 39-Bis de la Ley Estatal de Salud del Estado de Jalisco.- May. 5 de 2011. Sec. II.   

23916/LIX/11.- Reforma la Fracción IV del Artículo 62 de la Ley Estatal de Salud.-Dic. 27 de 2011. Sec. V.

24087/LIX/12.-Reforma el art. 93 de la Ley Estatal de Salud.-Sep. 22 de 2012. Sec. II.

24098/LIX/12.-Reforma la Sección Cuarta del Capítulo III del Título Tercero de la Ley Estatal de Salud.-Sep. 22 de 2012. -Sec. II.

24109/LIX/12.- Reforma la denominación y el artículo 26 de la Ley Estatal de Salud, para quedar como Ley de Salud del Estado de Jalisco.-Sep. 27 de 2012. Sec. V.

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24143/LIX/12.- Reforma los artículos 128-Bis y 252 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco (esta reforma entra en vigor el 15 de febrero de 2013).- Nov. 17 de 2012. Sec. II.

24145/LIX/12.- Reforma los arts. 90, 91 y 91-Bis y la denominación de la sección segunda del Capítulo XI del Título Tercero; se adicionan los arts. 89-Ter, 90-Bis, 90-Ter, 90-Quater, 90 Quinquies, 90 Sexies, 90-Septies, 90-Octies, 91-Ter, 91-Quater, 91-Quinquies, 91-Sexies, 91-Septies, 91-Octies, 91-Nonies, 91-Decies, 91-Undecies, 91-Duodecies y una sección tercera al Capítulo XI del Título Tercero, y se eliminan los arts. 91-A, 91-B, 91-C, 91-D, 91-E, 91-F, 91-G, 91-H, 91-I, 91-J, 91-K y 91-L todos de la Ley de Salud del Estado de Jalisco..- Nov. 17 de 2012. Sec. III.

24150/LIX/12.- Deroga los arts. 128-Bis y 129-Ter; reforma los arts. 126-Bis, 126-Ter, 127, 128, 129, 129-Bis y 130; adiciona los arts. 126-Quater, 126-Quinquies y 130 Bis; y reforma los nombres de las secciones Segunda, Tercera y Cuarta y se adiciona la sección Quinta, al Título Séptimo del Capítulo Único, todos de la Ley de Salud del Estado de Jalisco. (Estas reformas entran en vigor el 1º. de enero de 2013).- Nov. 20 de 2012. Sec. III.

24465/LX/13.- Reforma los arts. 3º. frac. XV, 26 frac. III, 61 frac. II, 101 y 125 frac. l de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Sep. 24 de 2013. Sec. II.

24551/LX/13.- Adiciona un art. 83-Bis a la Ley de Salud del Estado de Jalisco.-Dic. 3 de 2’13. Sec. VI.

24552/LX/13.- Modifica la frac. I del art. 14 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. 3 de 2013. Sec. VI.

24809/LX/13.- Se derogan los artículos 72, 73, 74, 75, 76 y 77 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco (entra en vigor el 3 de febrero).- Ene. 4 de 2014. Sec. II.

24945/LX/14.- Se reforman los artículos 4, 36, 104-j, 134-bis, 136 y 205, y se adicionan los artículos 5-bis y 5-ter de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Ago. 7 de 2014 Sec. VI.

25025/LX/14.- Se reforman los artículos 248, 252 y se adiciona el artículo 78 Bis, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. II de 2014 Sec. IX.DECRETO NÚMERO 25146/LX/14.- Se reforma la fracción III del artículo 23 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. 18 de 2014 sec. LVII.

25151/LX/14.- Se reforma el artículo 5 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. 23 de 2014. sec. X.

25156/LX/14.- Se reforman los artículos 17, 89-Bis, 91-Ter, 104-G, 104-H, 104-J y 130 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. 20 de 14 sec. II

25336/LX/15.- Se reforman los artículos 3, 14, 23, 25, 26 y 28; y la denominación de la Sección Tercera, del Capítulo II, Título Tercero de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Abr. 25 de 2015 sec. VII.

25457/LX/15.- Se adiciona un artículo 5 Quáter a la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Sep 9 de 2015 Edición Especial Bis.

25433/LX/15.- Se reforman los artículos 62 y 66 y se adicionan los artículos 67 bis y 67 ter, todos de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Sep. 24 de 2015 sec. VII.

25432/LX/15.- Se reforman los artículos 25, 37A, 37B, 37C, 37D, 37E y 90 Ter; y la denominación de la sección sexta del capítulo II; y se adicionan los artículos 37F, 37G, 37H, 37I , 37J, 37K, 37L, 37M, 37N, 37 Ñ, 37O, 37P, 37Q, 37R, 37S, 37T, 37U, 37V, 37X y 37Y, de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Sep. 29 de 2015 sec. V.

25558/LX/15.- Se reforman los artículos 27 bis y 80 bis y se adiciona el artículo 80 quater de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Dic. 17 de 2015 sec. LXIII.

25840/LXI/16.- Artículo trigésimo sexto, se reforman los artículos 246, 247, 248 y 249 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Oct. 11 de 2016 sec. V.

AL-757-LXI-16 que aprueba la aclaración de error de la minuta de decreto 25840/LXI/16. Oct. 11 de 2016 sec. VI.

25889/LXI/16.- Se reforma el artículo 22 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Oct. 27 de 2016 sec III.

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TRASTORNOS ALIMENTICIOS, OBESIDAD Y DESNUTRICIÓN23164/LIV/10.- Ley Estatal para la Prevención y Control de los Trastornos

Alimenticios, la Obesidad y la Desnutrición.-VETADO POR EL EJECUTIVO.

Minusválidos (Personas con discapacidad)Reglamento para la Atención de Minusválidos en el Municipio de Zapopan. Gaceta

Municipal. Volumen II. No.1. Abril - Junio de 1993. Segunda Época. p.68.Acuerdo del Ejecutivo.-Crea la Comisión Estatal Coordinadora del Programa en favor

de las personas con discapacidad.-Mar.16 de 1996. Sec.II.Reglamento (no se ha expedido de conformidad al Acuerdo del ejecutivo)23081/LVIII/09.- Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con

Discapacidad.- Dic. 31 de 2009. Sec. VI.23176/LIX/10.- Se crea la Ley para el Desarrollo Integral del Adulto Mayor del

Estado de Jalisco; reforma el art. 5º.de la Ley Orgánica del Instituto Jalisciense de la Juventud y el art. 30 de la Ley para la atención y Desarrollo Integral de personas con Discapacidad.-REGRESADO CON OBSERVACIONES POR EL EJECUTIVO.

23938/LIX/11.- Se reforma el Transitorio Primero y se adiciona un Sexto, ambos del decreto número 23081/LVIII/09, que contiene la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco.- Ene. 19 de 2012. Sec. III.

24017/LIX/12.- Autoriza que el contrato de comodato celebrado entre el Ejecutivo del Estado y el Sistema DIF Jalisco con fecha 22 de enero de 2010, que concede el uso de dos inmuebles para destinarlos a la construcción y operación de un proyecto para la inclusión de personas con discapacidad, para que trascienda su vigencia al término de la presente administración pública, hasta por un período de treinta y tres años.- Jun. 23 de 2012. Sec. V.

24428/LX/13.-Reforma la frac. I del art. 2º de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco.-Jul. 25 de 2013. Sec. III.

24429/LX/13.-Adiciona las fracs. IX y X al art. 7º de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral

24814/LX/14.- Reforma las fracs. IV y V, y adiciona una frac. VI al art. 32 de la Ley para la Atención y Desarrollo Integral de Personas con Discapacidad del Estado de Jalisco.- Feb. 8 de 2014. Sec. VI.

PatronatosAcuerdo No. 55.-Por el que se integran Patronatos en las Unidades Hospitalarias de la

SSA y se promueve su creación en los Institutos Nacionales de Salud.-P.O. May.3 de 1986.Acuerdo del Ejecutivo.-Por el que se establece la creación de Patronatos en las Unidades

Hospitalarias e Institutos de Salud.-Ago.27 de 1988.Patronato para la Donación y el Trasplante de Órganos y Tejidos. Creado por el decreto

17910 y adicionado por los Arts. 104 Q al 104 T del Decreto 18936.-Publicado el 13 de marzo de 2001. Sec. XVIII.

Prevención y Tratamiento del CáncerACUERDO DIGELAG/ACU-049/2005 mediante el cual se crea el Consejo Estatal de

Prevención y Tratamiento del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia.-Nov.17 de 2005. Sec. II.

Protección a no FumadoresAcuerdo.-Expide el Reglamento de la Ley Estatal de Salud en materia de Protección a

no Fumadores.-Mar.13 de 2001. Sec. XV.

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Acuerdo Secretarial 01/01 por el que se determina la competencia Estatal y Municipal para la vigilancia de las disposiciones del Reglamento de la Ley Estatal de Salud en materia de protección a no fumadores.-Ago.18 de 2001.

24143/LIX/12.- Se crea la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco para el Estado de Jalisco.- Nov. 17 de 2012. Sec. II.

Reglamento de la Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco para el Estado de Jalisco.- 25 de junio de 2013. Sección III.

ACUERDO de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores que celebran la Secretaría de Salud Jalisco y Servicios de Salud Jalisco con el Ayuntamiento de Tonalá. Mar. 20 de 2014 sección VII. 

Acuerdo de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de protección a no fumadores que celebran la Secretaría de Salud Jalisco y Servicios de Salud Jalisco con el Ayuntamiento de Ocotlán. Mar. 20 de 2014 sección VIII

Protección al Infante con Leucemia

23919/LIX/11.- Autoriza al Poder Ejecutivo de la Entidad a entregar en donación un predio de propiedad estatal a favor de la asociación civil denominada “Protección al Infante con Leucemia A.C.”-

Protección Social

Acuerdo DIGELAG ACU/018/2016.- que expide el Reglamento de la Ley del Organismo Público Descentralizado denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud de Jalisco.-Julio 2 de 2016 Sec. IV.

Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del sistema de Protección Social en Salud para el ejercicio 2016, correspondiente al Estado de Jalisco.- Julio 16 de 2016.- Sec. V.

Acuerdo de Coordinación que celebra el Ejecutivo Federal y el Estado de Jalisco, para la ejecución del Sistema de Protección Social en Salud.- Julio 16 de 2016.- Sec. V.

Conceptos de gastos 2016, del Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Salud y el estado de Jalisco, para la ejecución del sistema de Protección Social en Salud.- Julio 16 de 2016.- Sec. V.

Recursos de InconformidadAcuerdo del Ejecutivo.-Por el cual delega en el Titular del Departamento de Salud del

Gobierno de la Entidad, la facultad para resolver los recursos de inconformidad que se interpongan en contra de los actos o resoluciones dictadas en materia de salubridad general o local.-Mar.28 de 1987.

Registro Estatal de Donadores del EstadoDecreto 18936, establece el Registro Estatal de Donadores del Estado de Jalisco, en sus

artículos 104 M al 104 T.-Mar. 13 de 2001. Sec. XVIII.

Reglamento Interior del Depto. de Salud

Acuerdo del Ejecutivo.-Por el cual se expidió el Reglamento Interior del Departamento de Salud del Gobierno del Estado.-Oct.27 de 1987.

Fe de erratas.-Nov.26 de 1987.

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Residencias Médicas

Convenio que celebran el Gobierno Federal y el Poder Ejecutivo de Jalisco en materia de transferencia de recursos (XXXV examen nacional de aspirantes de residencias médicas.- Jul. 23 de 2011. Sec. II.

Riesgos Sanitarios

Se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco.- Mar. 27 Sec. V

Salud Mental

Decreto 24809/LX/13 que crea la Ley de Salud, Mental para el Estado de Jalisco y deroga los, artículos 72, 73, 74, 75 y 77 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco.- Ene 4 de 2014 Secc. II

Salubridad Local

Reglamentos de la Ley Estatal de Salud en Salubridad Local, en materia de: 1).-Mercados y Centros de Abasto; 2).-Ingeniería Sanitaria; 3).-Cementerios, Crematorios y Funerarias; 4).-Aseo Público; 5).-Agua Potable y Alcantarillado; 6).-Establos, Granjas y Zahúrdas; 7).-Reclusorios; 8).-Centros de Reunión y Espectáculos; 9).-Baños Públicos;

10).-Establecimientos dedicados a la prestación de servicios como Peluquerías, Salones de Belleza y otros;11).-Establecimientos dedicados a la prestación de servicios de lavandería, tintorería y lavaderos públicos;

12).-Establecimientos de Hospedaje;13).-Transporte Estatal y Municipal;14).-Gasolineras; y15).-Rastros.Publicado en el Periódico Oficial el 26 de marzo de 1988. Sec.II.

Secretaría de Salud y Bienestar SocialReglamento Interior de la Secretaría de Salud y Bienestar Social.-May.9 de 1989. Sec.

II.Fe de erratas.-Jul.25 de 1989?Acuerdo del Ejecutivo por el que se reforma y adiciona el Reglamento.-Jul.27 de 1989.Reforma y adiciona el Reglamento (Consejo Técnico administrativo del Hospital Civil y

de cada unidad de la Secretaría de Salud).-Nov.30 de 1993. Sec. III.

Seguro Médico para una Nueva GeneraciónConvenio específico en materia de transparencia de recursos, para el apoyo económico

por el incremento en la demanda de servicios del Seguro Médico para una Nueva Generación.-Sep.15 de 2009. Sec. II.

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Convenio específico que en materia de transferencia de recursos celebran el Gobierno Federal y el Poder Ejecutivo de Jalisco (Programa del Seguro Médico para una Nueva Generación, pago de intervenciones).-Jun.12 de 2010. Sec. II.

Convenio específico que en materia de transferencia de recursos celebran el Gobierno Federal y el Poder Ejecutivo de Jalisco (Programa del Seguro Médico para una Nueva Generación, apoyo económico por incremento en la demanda de servicios).-Jun.12 de 2010. Sec. II.

Convenio específico en materia de transferencia de recursos para la ejecución del programa Seguro Médico para la nueva generación.-Abr. 9 de 2011. Sec. IX.

Convenio que celebran el Gobierno Federal y el Ejecutivo de Jalisco, en materia de transferencia de recursos (Programa Seguro Médico).- Abr. 12 de 2011. -Sec. II.

Seguro Popular de SaludAcuerdo de coordinación para la ejecución del programa salud para todos Seguro

Popular de Salud que celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud/SSA y por otra el Gobierno del Estado de Jalisco.-Sep. 6 de 2003. Sec. IV.

Servicio SocialAcuerdo que establece las disposiciones y lineamientos generales para que los

profesionistas, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social que forman parte del Sistema Estatal de Salud, puedan hacer valer la objeción de conciencia y puedan excusarse de participar en aquellos programas, actividades, prácticas, tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de conciencia, con base en sus valores, principios éticos o creencias religiosas.-May. 6 de 2006. Sec. II.

Servicios Coordinados de Salud3920.-Contrato celebrado entre el Ejecutivo del Estado y el Departamento de Salubridad

Pública Federal, para la coordinación de los Servicios Sanitarios Federal y Estatal.-Jul.10 y 12 de 1934.

Acuerdo del Ejecutivo.-Se integra el Consejo Interno de Administración de los Servicios Coordinados de Salud Pública en el Estado.-Oct.6 de 1984. Sec.II.

Servicios de Salud Jalisco16526.-Ley del organismo público descentralizado Servicios de Salud Jalisco.-Abr.10 de

1997. Sec.II.Reglamento de la Ley del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud

Jalisco.-Ago. 3 de 1999. Sección II.ACUERDO 72/2000 mediante el cual se reforma y adiciona el Reglamento de la Ley de

Creación del Organismo Público Descentralizado Servicio de Salud Jalisco.-Dic. 2 de 2000.Acuerdo del Ejecutivo.- Se reforman los artículos 38, 40 y 41 fracciones II, III, IV,

V, VI, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XX; se adicionan las fracciones XXI a XXVII al artículo 41 y los artículos 41 Bis, 41 Bis 1, 41 Bis 2, 41 Bis III, 41 Bis 4 y 41 Bis 5 del Reglamento de la Ley de Creación del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco.-Dic. 2 de 2000. Sección V.

Manual General de Organización del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco.-Oct.23 de 2003. Sec. IX.

23174/LIX/10.- Reforma el art. 3º. de la Ley Estatal de Salud y de la Ley del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud.-Dic. 9 de 2010. Sec. III.25457/LX/15.- Se modifica el artículo 3 de la Ley del Organismo Público Descentralizado “Servicios de Salud Jalisco”.- Sep. 9 de 2015 Edición Especial Bis.

26425/LXI/17.- Se reforma el artículo 10, fracción IV de la Ley del Organismo Público Descentralizado "Servicios de Salud Jalisco.- Sep. 19 de 2017. Sec. III.

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Convocatoria del Director General de Administración Servicios de Salud Jalisco.- Mayo 28 de 2015. Secc. II.

Servicios Médicos para Servidores Municipales12094.-Autoriza al Ayto. de Guadalajara, para que adquiera por compra a los señores

Roberto, Ricardo Alfredo, Javier Ramiro, José Luis, María de Lourdes y Martha Leticia de apellidos Sánchez Ramírez, un bien inmuebles (Clínica Hospital) que se localiza en la calle General Coronado 423, con todo el equipo médico que actualmente se encuentra en el edificio, debiendo destinarse al reforzamiento de los servicios médicos para los servidores públicos municipales.-Oct.17 de 1985.

Servicios de Salud ZapopanReglamento de los Servicios de Salud.-Gaceta Municipal. Vol. 8. No. 13. 19 de

septiembre de 2001.

Sindicato Nacional. Trabajadores de Salubridad Sec.28.8267.-Faculta al Ejecutivo del Estado para donar a la Sección 28 del Sindicato Nacional

de Trabajadores de Salubridad y Asistencia, un terreno de propiedad estatal, para la construcción de su edificio sindical (Calle Manzano, junto al Centro de Salud Núm.2).-Ago.26 de 1967.

Transferencia de RecursosConvenio modificatorio al convenio específico en materia de transferencia de recursos,

celebrado por el Ejecutivo Federal, el Ejecutivo del Estado de Jalisco (Servicios de Salud Jalisco) con fecha 26 de mayo de 2008.-Mar. 7 de 2009. Sec. IV.

Trasplantes21397/LVII/06.-Reforma los artículos 104-A, 104-B, 104-C, 104-D, 104-E, 104-F,

104-G, 104-H, 104-I, 104-J, 104-K, 104-L, 104-M, 104-N, 104-O, 104-P, 104-Q, 104-R, 104-S y 104-T, y se adicionan los artículos 104-U, 104-V y 104-W correspondientes al Capítulo XIII denominado De la Disposición de Órganos y Tejidos de Seres Humanos de la Ley Estatal de Salud y deroga la fracción VI del art. 40 del Código Civil del Estado de Jalisco.-Ago.26 de 2006. Sec. V. Fe de Erratas.-Sep.28

Acuerdo que emite el Reglamento de la Ley Estatal de Salud en Materia de Asignación y Distribución de Órganos y Tejidos para trasplantes con fines Terapéuticos en el Estado de Jalisco.- Jun. 4 de 2009. Sec. II.

Unidades del Sector SaludAcuerdo 020/2008, que expide los lineamientos para la Asignación de Nombre a las

Unidades del Sector Salud en el Estado dependientes del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco.-Jun. 7 de 2008. Sec. II.

VacunaDecreto del Ejecutivo.-Reglamento para la Administración de la Vacuna.-C.D. T.8.

Ene.12 de 1883. p.415.Decreto del Ejecutivo.-Modifica los arts. 7 y 8 del Reglamento para la Administración

de la Vacuna.-Mar.1o.de 1912. p.108.

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Decreto del Ejecutivo.-Contiene el Reglamento para la Administración y Conservación de la Vacuna.-Mar.11 de 1912. p.163.