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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4. Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA PROMOTOR EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA MARZO 2010 TOMO I REGLAMENTARIOS EFECTOS LOS A OFICIAL COLEGIO AUTORES: ARQUITECTOS . CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. cádiz de arquitectos 3003100102210 VISADO R.A.G. REF. A.V:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE

EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1

PAU NO2 “LA FLORIDA”

Manzana E4. Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

PROMOTOR

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA

MARZO 2010

TOMO I

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ÍNDICE (Se ajusta a lo que exige el RD. 314/2006 CTE, Anejo 1 “Contenido del Proyecto”)

TOMO I 1. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA

1.1. OBJETO DEL PROYECTO 1.2. AGENTES 1.3. INFORMACION PREVIA 1.4. DESCRIPCION DEL PROYECTO 1.5. PRESTACIONES DEL EDIFICIO

2. MEMORIA CONSTRUCTIVA

2.1. TRABAJOS PREVIOS (DEMOLICIONES Y OTROS) 2.2. SUSTENTACION DEL EDIFICIO (CARACTERISTICAS DEL

TERRENO) 2.3. ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO 2.4. SISTEMA ESTRUCTURAL 2.5. SISTEMA ENVOLVENTE 2.6. SISTEMA DE COMPARTIMENTACION 2.7. SISTEMA DE ACABADOS 2.8. SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO Y SERVICIOS

(INSTALACIONES) 2.9. EQUIPAMIENTO

3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO

TÉCNICO DE EDIFICACIÓN

3.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL. DOCUMENTO BASICO SE 3.2. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. DOCUMENTO BASICO

SI 3.3. SEGURIDAD DE UTILIZACION. DOCUMENTO BASICO SU 3.4. SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCION DEL MEDIO

AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS 3.5. PROTECCION FRENTE AL RUIDO. DOCUMENTO BASICO HR. 3.6. AHORRO DE ENERGIA. DOCUMENTO BASICO HE

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4. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DE OTROS

REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES

4.1. LISTADO NO EXHAUSTIVO DE NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS

4.2. REGLAMENTO QUE REGULA LAS NORMAS PARA LA ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. DECRETO 293/2009

4.3. REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. REAL DECRETO 401/2003

4.4. REAL DECRETO 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION

TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA

5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO DE ESTRUCTURA 5.4. MEMORIA INSTALACION SUMINISTRO DE AGUA 5.5. MEMORIA INSTALACION EVACUACIÓN DE AGUAS 5.6. MEMORIA INSTALACION DE ELECTRICIDAD 5.7. MEMORIA INSTALACION PROTECCION CONTRA INCENDIO 5.8. MEMORIA INSTALACION CLIMATIZACION 5.9. EFICIENCIA ENERGETICA 5.10. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 5.11. PLAN DE CONTROL DE CALIDAD 5.12. INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO

TERMINADO 5.13. SEGURIDAD Y SALUD

6. PLIEGO DE CONDICIONES

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6.1. PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS. PLIEGO GENERAL

6.2. PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES. PLIEGO PARTICULAR

7. MEDICIONES Y PRESUPUESTO

7.1. RESUMEN ECONÓMICO 7.2. PRESUPUESTO POR CAPÍTULOS 7.3. MEDICIONES

8. PLANOS (Ver relación de planos en este capítulo)

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE

EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1

PAU NO2 “LA FLORIDA”

Manzana E4. Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

PROMOTOR

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA

MARZO 2010

TOMO I 1. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA 1.1. OBJETO DEL PROYECTO. ANTECEDENTES El presente PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN se refiere a la construcción de dos edificios aislados e independientes pertenecientes al mismo solar para CENTRO DE DIA y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, en PLAN PARCIAL del SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA”, en Manzana E4, Calles V13, V18 y V20, en 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA. La documentación del presente PROYECTO, tanto escrita como gráfica, se redacta para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos necesarios para definir básicamente el edificio a construir y obtener la correspondiente licencia municipal de obras. Asimismo, contendrá todas las especificaciones necesarias para conseguir llevar a buen término su construcción, según la reglamentación aplicable y las reglas de la buena construcción, sin perjuicio de que la Dirección Facultativa pueda adoptar diferentes decisiones durante el proceso de construcción. El presente Proyecto para su materialización constará como mínimo de los siguientes documentos básicos: Memoria (Memoria descriptiva y justificativa, Memoria constructiva, Justificación cumplimiento del CTE, Justificación

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cumplimiento de otros reglamentos y disposiciones, Anejos a la memoria), Pliego de Condiciones, Mediciones y Presupuesto, y Planos. Dichos documentos podrán ser encuadernados en distintos volúmenes o en uno sólo. Dependiendo del tipo de Proyecto, será o no necesario incluir la totalidad de los mismos. El Proyecto se ha redactado de forma que pueda ser interpretado correctamente por personas distintas de sus autores. Se ha empleado un lenguaje claro, preciso, libre de vaguedades y términos ambiguos, coherente con la terminología empleada en los diferentes capítulos y apartados de los diferentes documentos del Proyecto y con una calidad literaria acorde para ello. 1.2. AGENTES PROMOTOR: Su redacción se realiza por encargo del EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARIA, con C.I.F. P1102700J y domicilio en PLAZA DEL POLVORISTA, número 2, en 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA. TECNICO REDACTOR: Es redactor del presente proyecto CARRASCO ARQUITECTOS S.L.P., número S036 del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz, con domicilio profesional en Calle VIRGEN DE LOS MILAGROS, Número 4 bis, 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA.

Teléfono: 956 542 680 Fax: 956 860 425 www.carrascoarquitectos.es

La sociedad designa como técnicos para la elaboración del presente Proyecto a:

- JOSE LUIS CARRASCO BLÁZQUEZ, arquitecto colegiado número 256. DIRECTOR DE OBRA: La dirección de obra se realiza por parte de CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. Por parte de CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. aún no se ha designado técnico responsable de esta parte del encargo. DIRECTOR DE EJECUCION DE LA OBRA: Se desconoce en el momento de redacción del presente Proyecto.

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OTROS TECNICOS INTERVINIENTES (PROYECTOS PARCIALES Y OTROS): ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD – COORDINADORES DE SEGURIDAD: Conforme al tipo de Proyecto que nos ocupa será necesaria la redacción de un Estudio de Seguridad y Salud, cuyo autor será CARRASCO ARQUITECTOS S.L.P., número S036 del Colegio Oficial de Arquitectos de Cádiz, con domicilio profesional en Calle VIRGEN DE LOS MILAGROS, Número 4 bis, 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA. La sociedad designa como técnicos para la elaboración del Estudio a:

- JOSE LUIS CARRASCO BLÁZQUEZ, arquitecto colegiado número 256. El Coordinador durante la elaboración del Proyecto ha sido el mismo redactor del Estudio de Seguridad y Salud. Se desconocen los técnicos que se encargarán de la coordinación durante la ejecución de la obra. PROYECTO DE TELECOMUNICACIONES: No procede. PROYECTOS PARCIALES: No existen proyectos parciales. 1.3. OTROS AGENTES INTERVINIENTES REDACTOR ESTUDIO TOPOGRAFICO: Se desconoce en el momento de redacción del presente Proyecto. Previamente a la ejecución de la obra, el Contratista llevara a cabo un levantamiento topográfico de la zona de actuación. REDACTOR INFORME GEOTÉCNICO: El ANEJO I del CTE establece los contenidos del proyecto de edificación y aclara que cuando se “desarrolle o complete con proyectos parciales u otros documentos técnicos”, la memoria debe hacer referencia a ellos y su contenido y además, dichos documentos se integrarán en el proyecto. En el caso de la información geotécnica, según lo expuesto en el párrafo anterior, el ESTUDIO GEOTÉCNICO debe integrarse como parte del Proyecto y según las

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disposiciones del DB-SE-C “Cimientos”, debe realizarse en todo tipo de edificios (apartado 1.1 “Ámbito de aplicación”), por el proyectista, otro técnico competente, o en su caso, el director de las obras y debe contar con el preceptivo visado colegial (punto 6 del apartado 3.1 “Generalidades” – Capítulo “Estudio Geotécnico”), todo ello siguiendo las directrices establecidas en el propio Documento Básico. En el momento de redacción del presente Proyecto, no se cuenta con ESTUDIO GEOTÉCNICO, el cual, esta siendo redactado actualmente por laboratorio homologado. REDACTOR DE CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA: En lo referente al Plan de Control de Calidad que cita el Anejo I de la Parte I del CTE, a incluir en el apartado correspondiente de Anejos de la Memoria, podrá ser elaborado, atendiendo a las prescripciones de la normativa de aplicación vigente, a las características del Proyecto y a lo estipulado en el Pliego de Condiciones de éste, por el Proyectista, por el Director de Obra o por el Director de la Ejecución. En este último caso se realizará, además, siguiendo las indicaciones del Director de Obra. Para el Proyecto que nos ocupa, el Promotor o el Contratista encargarán a un laboratorio o entidad de Control de Calidad, con homologación reconocida, la redacción y ejecución del Plan de Control de Calidad de la obra. El Promotor o el Contratista, antes del inicio de la obra, presentarán el Plan de Control a seguir durante las obras que tomará como base lo especificado en el apartado correspondiente del Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, así como lo indicado en el Capítulo 6. PLIEGO DE CONDICIONES, de la memoria del presente PROYECTO DE EJECUCION, que será supervisado y aprobado por parte del Director de Ejecución, con el visto bueno del Director de Obra, admitiéndose, previa justificación razonada y supervisión por parte de los técnicos indicados, modificaciones que optimicen y mejoren el control previsto, siempre que dichas modificaciones se ajusten a las exigencias normativas aplicables. En el momento de redacción del presente Proyecto se desconoce el laboratorio o entidad encargada de la redacción del CONTROL DE CALIDAD DE LA OBRA. CONTRATISTA: Se desconoce en el momento de redacción del presente Proyecto. 1.4. INFORMACIÓN PREVIA

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1.4.1. ANTECEDENTES Y CONDICIONANTES DE PARTIDA Se recibe por parte del promotor el encargo de la redacción del PROYECTO BASICO Y EJECUCION y DIRECCION DE OBRA para construcción de dos edificaciones aisladas e independientes pertenecientes al mismo solar para CENTRO DE DIA y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, en PLAN PARCIAL del SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA”, en Manzana E4, Calles V13, V18 y V20, en 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA. Los condicionantes de partida para el presente proyecto son:

- La legislación, reglamentación y normativas técnicas aplicables. - La normativa urbanística municipal a través de las ordenanzas de

aplicación correspondientes. - El emplazamiento, y su entorno socio-económico y ambiental. - Las características del solar (dimensiones, geometría, edificios

medianeros, etc...). - Los estudios realizados encaminados a la definición de las soluciones

adoptadas. El Código Técnico de la Edificación, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en adelante LOE, y el mismo se ha tenido en consideración en el presente proyecto así como otros reglamentos y disposiciones de obligado cumplimiento. Por tanto, los EDIFICIOS se proyectarán cumpliendo los requisitos esenciales de resistencia mecánica y estabilidad, seguridad en caso de incendio, higiene, salud y medio ambiente y seguridad de uso. El cumplimiento de tales requisitos se prevé satisfacer durante una vida útil de 50 años, período en el que el usuario ha de acreditar el mantenimiento cuyo manual forma parte del Libro del edificio. 1.4.2. DESCRIPCIÓN DEL EMPLAZAMIENTO Y ENTORNO FÍSICO El Puerto de Santa María es una ciudad situada en la provincia de Cádiz, en la comunidad autónoma de Andalucía. El Puerto de Santa María se ubica en la costa gaditana, en el interior de la Bahía de Cádiz, y al sur de la Sierra de San Cristóbal, sobre la ribera y desembocadura del río Guadalete; vecino a los municipios de Sanlúcar de Barrameda (carretera A-2002), Jerez de la Frontera, Rota, Puerto Real, y Cádiz a través de la bahía. El Puerto de Santa María se caracteriza por su atractivo turístico principal, la playa, de las que cuenta con alrededor de 16 km, todas de arena fina, y con más de

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3.200 horas de sol al año. Una extensión importante del suelo del término municipal pertenece al Parque Natural de la Bahía de Cádiz. El entorno donde se emplaza el solar que nos ocupa se encuentra en una zona de futuro ensanche de la ciudad, denominado “La Florida”, fuera de su núcleo urbano principal pero próximo a él. Los terrenos de “La Florida” serán objeto de desarrollo urbanístico por parte de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA) y la Entidad Pública Empresarial de Suelo (Sepes), colaborando ambas empresas con el mismo fin. Los terrenos albergarán la construcción de 2.413 viviendas, de las que en torno al 75% serán protegidas. La Consejería de Vivienda, a través de EPSA, se encargará de desarrollar un futuro parque residencial de 1.062 inmuebles, 733 de ellos protegidos, mientras que Sepes será responsable de la edificación de 1.061 viviendas, 723 protegidas. Según se conoce, las obras de urbanización comenzarán en este mismo año y tendrán un plazo de ejecución de 24 meses. La Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA) comenzará las obras precisamente en la parcela donde se ubicará los edificios que nos ocupan. Los servicios urbanísticos de electricidad, de red de alcantarillado, de abastecimiento de agua, de contenedores de superficie para la recogida de residuos sólidos urbanos así como el tratamiento de los pavimentos de tráfico rodado y acerados, vendrán con las obras de urbanización a realizar. 1.4.3. DESCRIPCIÓN ESTADO ACTUAL DEL SOLAR Para la construcción de los edificios se asigna por parte de Excmo. Ayuntamiento de EL PUERTO DE SANTA MARIA, parcela de terreno para equipamiento que asigna el Plan Parcial del Sector 1 del PAU NO-2 “La Florida”, Manzana E4. La superficie de terreno tiene planta rectangular con una superficie asignada de 1.960 m² para unas dimensiones de 70’00 x 28’00 m. Presente frente a Calle V13, lateralmente (linderos izquierdo y derecho) con las Calles V18 y V20 respectivamente, lindando al fondo con el resto de la manzana E4 (uso educativo). La diferencia de cota de un extremo a otro del solar de acuerdo con los datos que se dispone de la Calle V13 del Proyecto de Urbanización de los terrenos es de algo menos de 1’50 m aproximadamente. Tal como ya hemos indicado, actualmente los terrenos donde se ubicará el futuro solar están sin urbanizar. De acuerdo con las obras de urbanización que se realizaran, las infraestructuras proyectadas serán suficientes para el correcto funcionamiento de los edificios.

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1.4.4. DATOS DEL EDIFICIO EN CASO DE REHABILITACIÓN, REFORMA O AMPLICACIÓN. INFORMES REALIZADOS No procede para el caso que nos ocupa, ya que se trata de una obra de nueva planta. 1.4.5. PLAZO DE EJECUCIÓN PREVISTO Se estima el plazo de ejecución de las obras en SEIS MESES (6). 1.5. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 1.5.1. PROGRAMA DE NECESIDADES El programa a desarrollar en el Proyecto responde a la demanda del Promotor y tiene por objeto la construcción de un edificio destinado a CENTRO DE DIA y otro edificio destinado a CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, ambos independientes y pertenecientes al mismo solar, con objeto de cubrir las necesidades del municipio en cuanto a completar la red de centros asistenciales a personas de la tercera sin pernoctar fuera de domicilio, así como la existencia de un centro donde se pueda atender a personas más desamparadas. El programa de necesidades para cada edificio se resume a continuación, quedando perfectamente definido en documentación grafica aportada:

• Edificio Centro de Día:

Centro de una capacidad de 30 personas más trabajadores contando con los espacios de estancia, circulación, aseos, salas de atención, comedor y otros tipos de estancias requeridos para este tipo de centros.

• Edificio Centro de Emergencia Social:

Edificio con carácter polivalente con unidades de alojamiento de emergencia (apartamentos de 1 dormitorio, habitaciones dobles y habitaciones sencillas), unidades de alojamiento de emergencia para personas de alta conflictividad social alejados de la zona anteriormente descrita (con habitaciones dobles y habitaciones sencillas), zonas administrativas, núcleos de aseos, vestuarios y duchas para cubrir las necesidades de higiene personal de transeúntes, sala de estar, sala de usos múltiples, comedor social que sirva tanto a las personas

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directamente atendidas por el centro como otras no alojadas en el mismo y otros cuartos técnicos necesarios para el funcionamiento del edificio.

Las superficies útiles correspondientes a cada una de las dependencias y usos de los edificios se describen en los cuadros correspondientes de la documentación gráfica aportada. 1.5.2. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN GENERAL DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA A partir de la definición del programa por parte del Promotor se realizan diversas propuestas de organización del edificio con el departamento que finalmente administrará el edificio, adoptándose la solución final que da satisfacción al programa demandado. La necesidad de no reducir un hecho arquitectónico a la mera expresión formal de un programa, lleva a una reflexión automática de este programa y a la realización de un análisis atento y profundo acerca de que es lo queremos conseguir con el edificio a proyectar. Partiendo de estas premisas, hemos pretendido que la solución de edificio que aportamos redunde en unos edificios óptimos y adecuados para la actividad que en los mismos se pretende desarrollar así como en un mejor aprovechamiento de las instalaciones sociales a ubicar, logrando edificios que mejoran el programa exigido por el Promotor a través de la mejora de las dimensiones espaciales del edificio proyectado. Los criterios fundamentales empleados en el diseño de los edificios han sido los siguientes:

• Minimizar la repercusión de los elementos estructurales en busca de un mejor aprovechamiento de la superficie útil de los espacios interiores.

• Sencillez de composición mediante formas volumétricas puras dando lugar a una arquitectura de imagen actual y moderna.

• Sencillez de distribución y organización interior de los espacios que redunde en la funcionalidad del edificio.

• Utilización de tecnología constructiva adecuada a los usos de los edificios proyectados.

• Sencillez del sistema de fachadas y sistema estructural mediante el empleo de elementos prefabricados, para una correcta y rápida ejecución.

• Sencillez del sistema de compartimentación mediante el empleo de elementos de gran formato como bloques o piezas de pequeño tamaño prefabricadas (bloques de hormigón, bloques cerámicos o similares), tabiquería seca tipo PLADUR o similar, para una correcta y rápida ejecución.

• Adopción de cubierta plana invertida acabado en grava que garantizará escasez de mantenimiento y gran durabilidad.

• Calidades de materiales y acabados adecuados que cumplan con las exigencias del CTE en lo que respecta al ahorro de energía, protección

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frente al ruido y salubridad (estanqueidad frente al agua y al aire) y que aporten durabilidad.

Como resumen, podemos indicar que la premisa fundamental a nivel constructivo ha sido el empleo de componentes lo más prefabricados posible y montados en seco, intentando utilizar materiales reciclables y no contaminantes. Se pretende con esto que el impacto que pueda ocasionar la ejecución en el entorno sea mínimo, con una menor cantidad de residuos. La prefabricación de los elementos proyectados se realiza al mismo tiempo que los trabajos de cimentación y obra civil, lo que supone un solape de actividades que, sumado al breve plazo de montaje, supone un resultado de plazo mínimo. Así mismo, podemos manifestar que los trabajos en fábrica garantizan un control de calidad muy superior al realizado en obra. El empleo de elementos prefabricados en la mayorías de los grandes sistemas constructivos del edificio, a la hora de redactar el Proyecto, fue una herramienta más que añade a éste posibilidades, que en ningún caso han de concebirse como merma de la calidad en relación con la construcción tradicional, antes al contrario, aporta ventajas notables y no solo relacionadas, con las posibilidades de desmontaje en una circunstancia determinada o la rapidez en cuanto a la disposición y puesta en uso del conjunto (circunstancia esta nada desdeñable para el caso que nos ocupa con plazo reducido de ejecución), sino relacionadas con la propia metodología y racionalidad a que obliga el proceso. En el diseño de los edificios se ha prestado especial atención a la funcionalidad y economía del conjunto de cada uno, evitándose cualquier elemento que no sea necesario al programa. Del análisis del programa y bajo las premisas del Promotor, al ser necesarios accesos diferenciados para los usos propuestos (centro de día y centro de emergencia social) ya que las necesidades que cubren cada actividad son radicalmente diferentes y va dirigida a un sector de la población distinto, se opta por la creación de dos edificios independientes. A partir de aquí, se han generado edificios de tamaño y proporciones adecuadas al solar y a la actividad de cada uno. Ambos edificios se sitúan paralelos al lindero de fachada, cumpliendo las separaciones a linderos pertinentes. Los espacios libres resultantes alrededor de los edificios se destinan a zonas pavimentadas y zonas ajardinadas. Las fachadas de ambos edificios reciben el mismo tratamiento respecto a sus huecos exteriores, con huecos dispuestos de forma ordenada creando franjas horizontales que unifican dichos huecos, con una protección exterior mediante celosía de lamas fijas dispuestas horizontales. De este modo, ambos edificios presentan una imagen similar y homogénea dando a un conjunto unitario aunque se trate de dos volúmenes independientes. Para una mayor comprensión de los edificios proyectados, pasamos a describir a cada uno de ellos por separado: Edificio Centro de Día:

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Se trata de un edificio de planta cuadrada con una sola altura sobre rasante. Al interior del edificio se accede desde patio abierto y descubierto delimitado por las propias trazas del edificio, creando una especie de vestíbulo o patio exterior previamente como antesala del propio edificio. El edificio presenta un acceso principal a través del patio descrito mediante puerta de doble hoja corredera dentro de cerramiento acristalado de grandes dimensiones. El edificio se organiza interiormente con un espacio de grandes dimensiones destinado a vestíbulo del que parte un distribuidor en forma de L que adopta una posición prácticamente centrada en planta y que recorre la totalidad del edificio. A cada lado de este distribuidor de circulación se organizan las distintas estancias del edificio. Los espacios administrativos, las salas de atención personalizada y los aseos generales públicos se encuentran cerca del acceso del edificio mientras que los espacios de uso colectivo como comedor, sala de estar y aseos privados se encuentran alejados de las estancias descritas, proporcionando de este modo intimidad y mayor tranquilidad. La mayoría de las estancias salvo dependencias interiores y otras que no lo precisen por su uso y características funcionales, disponen de huecos de ventanas que proporcionaran iluminación y ventilación natural. Edificio Centro de Emergencia Social: Se trata de un edificio de planta en forma de U invertida con dos plantas de altura sobre rasante. Al igual que en el otro edificio, al interior del edificio se accede desde patio abierto y descubierto delimitado por las propias trazas del edificio, creando una especie de vestíbulo o patio exterior como antesala del propio edificio. El edificio presenta un acceso principal a través del patio descrito mediante puerta de doble hoja corredera dentro de cerramiento acristalado de grandes dimensiones. En planta acceso, el edificio se organiza interiormente con un espacio de grandes dimensiones destinado a vestíbulo del que parte un distribuidor que adopta una posición prácticamente centrada en planta y que recorre la totalidad de la misma. A cada lado de este distribuidor de circulación se organizan las distintas estancias del edificio. Las estancias de grandes dimensiones de utilización colectiva (comedor, sala de estar y sala de usos múltiples) se sitúan en los extremos de la planta. En esta planta, además de los grandes espacios colectivos encontramos las estancias y dependencias de carácter funcional precisas para el desarrollo de la actividad, como las zonas administrativas, los cuartos técnicos para instalaciones, núcleos húmedos como aseos y vestuarios, y zonas de servicios vinculadas al comedor. En esta misma planta, encontramos una zona destinada a habitaciones, independientes del resto del edificio mediante distribuidor y puerta de acceso. La comunicación con la planta primera se realiza mediante ascensor y escalera abierta. Se trata de una escalera de dos tramos rectos con descansillo intermedio.

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El ascensor tendrá capacidad para 6 personas y no precisará de cuarto técnico para su funcionamiento. Ambos elementos se proyectan con las dimensiones y características más adecuadas con objeto de que puedan ser utilizadas por personas con minusvalías y cumpliendo con las normativas que les son de aplicación. Una vez llegados a la planta primera del edificio, la misma se recorre de forma similar a la planta inferior, es decir, se organiza a través de distribuidor lineal central. Esta planta esta destinada en su totalidad al uso residencial propiamente dicho, con habitaciones normales y apartamentos. Esta planta es de forma rectangular y ocupa menos superficie que la planta inferior, destinando el resto a cubiertas planas no transitables (solo para mantenimiento). Las habitaciones normales son para una y dos plazas. Los apartamentos constan de una primera estancia destinada a estar-comedor, un cuarto de baño y un dormitorio para dos plazas. El resto de la planta se destina a aseos de apoyo a las habitaciones normales. La mayoría de las estancias salvo dependencias interiores y otras que no lo precisen por su uso y características funcionales, disponen de huecos de ventanas que proporcionaran iluminación y ventilación natural. En resumen, se proyectan dos edificios de formas atractiva y sugerente, estableciendo una relación directa entre forma y contenido, dando respuesta eficaz al programa funcional establecido. 1.5.3. DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA DE LA PROPUESTA (GEOMETRIA, VOLUMEN, ACCESO Y EVACUACIÓN) GEOMETRÍA DE LA EDIFICACIÓN: Ambos edificios adoptan una geometría que se adapta, respeta y no supera los límites del solar, con las separaciones a linderos pertinentes según ordenanzas. VOLUMEN DE LA EDIFICACIÓN: El volumen de los edificios surge de la ocupación en planta del programa propuesto, respetando los parámetros de ocupación y edificabilidad que para la parcela asigna el planeamiento. ACCESO AL EDIFICIO: La parcela presenta accesos peatonales y accesos para vehículos. Tal como ya se ha descrito en apartado anterior, cada edificio se configura de forma independiente. Cada edificio presenta su propio acceso principal por parte del público. En el caso del edificio destinado a Centro de Emergencia Social, se

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dispone de acceso por parte del servicio relacionado con el servicio comedor. Sin olvidarnos, de otras salidas en cumplimiento de las condiciones de evacuación. EVACUACIÓN DEL EDIFICIO: Las condiciones de evacuación de los edificios, se han analizado conforme a las condiciones de ocupación según el uso particular de cada una de sus dependencias. El número de salidas garantiza el cumplimiento del recorrido máximo de evacuación desde el origen más desfavorable. 1.5.4. USO CARACTERÍSTICO DEL EDIFICIO De acuerdo con el carácter social de ambos edificios, se considera pertenecientes a USO EQUIPAMIENTO. El edificio CENTRO DE DIA se considera por similitud, perteneciente a USO PUBLICA CONCURRENCIA con zonas de USO ADMINISTRATIVO. En lo que respecta al edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, se considera perteneciente a USO RESIDENCIAL PUBLICO con zonas de USO ADMINISTRATIVO y PUBLICA CONCURRENCIA. 1.5.5. OTROS USOS PREVISTOS No se prevén otros usos que los indicados en apartado anterior. 1.5.6. RELACIÓN CON EL ENTORNO Tal como ya se ha indicado en otros apartados de esta memoria, los terrenos donde se ubicara la parcela que nos ocupa están pendientes de las obras de urbanización, por lo tanto, en el entorno más cercano no existen construcciones actualmente. Fuera de este entorno más cercano, encontramos zonas urbanas consolidadas como LAS NIEVES, SUDAMERICA y LOS FRAILES, áreas eminentemente residenciales con edificios de tipología bloques lineales y en manzana cerrada en altura así como viviendas unifamiliares. Atendiendo al futuro uso de los terrenos donde se construirán numerosas viviendas y equipamientos, de acuerdo con la arquitectura de los edificios proyectados consideramos que su integración en el entorno no supondrá ningún impacto estético o ambiental. 1.5.7. DESCRIPCIÓN SUPERFICIES ÚTILES Y CONSTRUÍDAS

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Aunque el edificio que nos ocupa no corresponde a un edificio de viviendas, por similitud, conforme al Artículo 2 del Decreto 218/2005, de 11 de Octubre, por el que aprueba el Reglamento de Información al Consumidor en la compraventa y arrendamiento de viviendas en Andalucía, reproducimos las siguientes definiciones de cara a la determinación de las superficies útiles y construidas del edificio y sus espacios:

• Superficie útil: es la superficie del suelo de la vivienda, cerrada por el perímetro definido por la cara interior de sus cerramientos con el exterior o con otras viviendas o locales de cualquier uso. Asimismo, incluirá la mitad de la superficie del suelo de los espacios exteriores de uso privativo de la vivienda, tales como terrazas, miradores, tendederos u otros hasta un máximo del 10% de la superficie útil cerrada.

Del cómputo de superficie útil queda excluida la superficie ocupada en la planta por los cerramientos interiores de la vivienda, fijos o móviles, por los elementos estructurales verticales y por las canalizaciones o conductos con sección horizontal superior a cien centímetros cuadrados, así como la superficie de suelo en la que la altura libre sea inferior a ciento cincuenta centímetros. Cuando se trate de viviendas iguales y dispuestas en columna vertical, dentro de un mismo edificio, para el cómputo de las superficies ocupadas en planta por los elementos estructurales verticales y por las canalizaciones o conductos con sección superior a 100 cm2, se tomará la media aritmética de los valores correspondientes a las viviendas situadas en las plantas inferior y superior de la columna, siempre que la divergencia entre aquellos valores no sea superior al 100%.

• Superficie construida: es la superficie útil definida en la letra precedente, sin excluir la superficie ocupada por los elementos interiores mencionados en dicha definición e incluyendo los cerramientos exteriores al 100% o al 50%, según se trate, respectivamente, de cerramientos de fachada o medianeros, o de cerramientos compartidos con otros elementos del mismo edificio, y añadiendo, en su caso, la parte proporcional que corresponda a la vivienda según su cuota en la superficie de los elementos comunes de la edificación.

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RESUMEN SUPERFICIES UTILES EDIFICIO CENTRO DE DIA La superficie útil total del edificio es de 302’72 m², siendo la de cada una de sus dependencias las siguientes:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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EDIFICIO CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL La superficie útil total del edificio es de 775’93 m², siendo en planta acceso y planta primera 527’25 m² y 248’68 m², respectivamente. Las superficies de cada una de sus dependencias por planta son las siguientes: Planta acceso:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Planta primera:

RESUMEN SUPERFICIES CONSTRUIDAS EDIFICIO CENTRO DE DIA La superficie construida total del edificio es de 337’80 m², siendo la de cada una de sus plantas las siguientes:

Planta acceso (100%) 337’80 m²

TOTAL SUP. CONSTRUIDA 337’80 m²

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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EDIFICIO CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL La superficie construida total del edificio es de 912’89 m², siendo la de cada una de sus plantas las siguientes:

Planta acceso (100%) 603’20 m² Planta primera (100%) 309’69 m²

TOTAL SUP. CONSTRUIDA 912’89 m²

1.5.8. DECLARACIÓN CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS En el presente Proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales. Las Normas UNE, se encuentran afectadas de estas circunstancias, al no publicarse en ningún boletín y tener que adquirirlas a AENOR. A. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO DE EDIFICIACIÓN (CTE) EN FASE REDACCIÓN DE PROYECTO: En la redacción del presente Proyecto se cumplirán las disposiciones contenidas en el Código Técnico de la Edificación (CTE) aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 28 de marzo de 2.006 que da cumplimiento a los requisitos básicos de la edificación establecidos en la Ley 38/1.999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, texto modificado por la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, publicado en el BOE con fecha 23 de Abril de 2009. En lo que respecta al incumplimiento de alguno de los apartados de cualquiera de los DB del CTE y las soluciones alternativas adoptadas, el apartado 3 del artículo 5.1 de la Parte I del vigente CTE establece que: “Para justificar que un edificio cumple las exigencias básicas que se establecen en el CTE podrá optarse por:

• Adoptar soluciones técnicas basadas en los DB, cuya aplicación en el proyecto, en la ejecución de obra o en el mantenimiento y conservación del edificio, es suficiente para acreditar el cumplimiento de las exigencias relacionadas con dichos DB; o

• Soluciones alternativas, entendidas como aquellas que se aparten total o

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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parcialmente de los DB. El proyectista o el director de obra pueden, bajo su responsabilidad y previa conformidad del promotor, adoptar soluciones alternativas, siempre que justifiquen documentalmente que el edificio proyectado cumple las exigencias básicas del CTE porque sus prestaciones son, al menos, equivalentes a los (las) que se obtendrían por la aplicación de los DB.”

Por tanto, lo que establece el CTE como ineludible es que el edificio cumpla las exigencias básicas establecidas en la Parte I, existiendo la doble opción justificativa anterior, sobre la hay que hacer las siguientes consideraciones:

• La justificación prevista de forma general por el CTE es la de los DB, requiriendo para su cumplimentación la aportación de la documentación establecida en cada DB y el estudio comparado de las diversas especificaciones técnicas.

• La adopción de soluciones alternativas en aplicación de la opción b) requiere:

- La justificación documental por parte del proyectista o director de

obra de que las prestaciones del edificio son equivalentes a las que se obtendrían aplicando los DB.

- La previa conformidad del promotor. Para justificar que el edificio proyectado cumple las exigencias básicas que se establecen en el CTE se ha optado por adoptar soluciones técnicas basadas en los DB que son de aplicación para el proyecto que nos ocupa e indicados a continuación, cuya aplicación en el proyecto es suficiente para acreditar el cumplimiento de las exigencias básicas relacionadas con dichos DB:

• DB-SE: Es de aplicación en el presente Proyecto según las Secciones que se indican. Su justificación será objeto de desarrollo en el apartado 3.1. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

DB-SE: Es de aplicación. DB-SE-AE: Es de aplicación. DB-SE-C: Es de aplicación. DB-SE-A: No es de aplicación. DB-SE-F: No es de aplicación. DB-SE-M: No es de aplicación.

• DB-SI: Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación es

objeto de desarrollo en el apartado 3.2. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

• DB-SU: Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación es

objeto de desarrollo en el apartado 3.3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

• DB-HS: Es de aplicación en el presente Proyecto según las Secciones

que se indican. Su justificación será objeto de desarrollo en el apartado

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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3.4. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

DB-HS1: Es de aplicación. DB-HS2: No es de aplicación. DB-HS3: No es de aplicación. DB-HS4: Es de aplicación. DB-HS5: Es de aplicación.

• DB-HR: Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será

objeto de desarrollo en el apartado 3.5. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

• DB-HE: Es de aplicación en el presente Proyecto según las Secciones

que se indican. Su justificación será objeto de desarrollo en el apartado 3.6. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, de la presente memoria.

DB-HE1: Es de aplicación. DB-HE2: Es de aplicación. DB-HE3: Es de aplicación. DB-HE4: Es de aplicación. DB-HE5: No es de aplicación.

Las causas que justifican la aplicación o no de cada uno de los DB del CTE aparecen en cada apartado de justificación del DB correspondiente, de esta memoria. EN FASE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS: Conforme al Artículo 7. Condiciones en la ejecución de las obras, de la Parte I del CTE: Las obras de construcción del edificio se llevarán a cabo con sujeción al Proyecto y sus modificaciones autorizadas por el director de obra previa conformidad del promotor, a la legislación aplicable, a las normas de la buena práctica constructiva, y a las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra. Durante la construcción de la obra se elaborará la documentación reglamentariamente exigible. En ella se incluirá, sin perjuicio de lo que establezcan otras Administraciones Publicas competentes, la documentación del control de calidad realizado a lo largo de la obra. Durante la construcción de las obras el director de obra y el director de la ejecución de la obra realizarán, según sus respectivas competencias, los controles siguientes: Control de recepción en obra de los productos, equipos y sistemas que se suministren a las obras (artículo 7.2):

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1. El control de recepción tiene por objeto comprobar que las características técnicas de los productos, equipos y sistemas suministrados satisfacen lo exigido en el proyecto. Este control comprenderá:

a) El control de la documentación de los suministros:

1. Los suministradores entregarán al constructor, quien los facilitará al director de ejecución de la obra, los documentos de identificación del producto exigidos por la normativa de obligado cumplimiento y, en su caso, por el proyecto o por la dirección facultativa. Esta documentación comprenderá, al menos, los siguientes documentos:

a) Los documentos de origen, hoja de suministro y etiquetado. b) El certificado de garantía del fabricante, firmado por persona

física. c) Los documentos de conformidad o autorizaciones administrativas

exigidas reglamentariamente, incluida la documentación correspondiente al marcado CE de los productos de construcción, cuando sea pertinente, de acuerdo con las disposiciones que sean transposición de las Directivas Europeas que afecten a los productos suministrados.

b) El control mediante distintivos de calidad o evaluaciones técnicas de

idoneidad:

1. El suministrador proporcionará la documentación precisa sobre:

a) Los distintivos de calidad que ostenten los productos, equipos o sistemas suministrados, que aseguren las características técnicas de los mismos exigidas en el proyecto y documentará, en su caso, el reconocimiento oficial del distintivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.3.

b) Las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.5, y la constancia del mantenimiento de sus características técnicas.

2. El director de la ejecución de la obra verificará que esta documentación es

suficiente para la aceptación de los productos, equipos y sistemas amparados por ella.

c) El control de recepción mediante ensayos

1. Para verificar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE puede ser

necesario, en determinados casos, realizar ensayos y pruebas sobre algunos productos, según lo establecido en la reglamentación vigente, o bien según lo especificado en el proyecto u ordenados por la dirección facultativa.

2. La realización de este control se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en el proyecto o indicados por la dirección facultativa sobre el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo y las acciones a adoptar.

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En cuanto al control de ejecución de la obra (artículo 7.3): Durante la construcción, el director de la ejecución de la obra controlará la ejecución de cada unidad de obra verificando su replanteo, los materiales que se utilicen, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, así como las verificaciones y demás controles a realizar para comprobar su conformidad con lo indicado en el proyecto, la legislación aplicable, las normas de buena práctica constructiva y las instrucciones de la dirección facultativa. En la recepción de la obra ejecutada pueden tenerse en cuenta las certificaciones de conformidad que ostenten los agentes que intervienen, así como las verificaciones que, en su caso, realicen las entidades de control de calidad de la edificación. Se comprobará que se han adoptado las medidas necesarias para asegurar la compatibilidad entre los diferentes productos, elementos y sistemas constructivos. En el control de ejecución de la obra se adoptarán los métodos y procedimientos que se contemplen en las evaluaciones técnicas de idoneidad para el uso previsto de productos, equipos y sistemas innovadores, previstas en el artículo 5.2.5. En cuanto al control de la obra terminada (artículo 7.4): En la obra terminada, bien sobre el edificio en su conjunto, o bien sobre sus diferentes partes y sus instalaciones, parcial o totalmente terminadas, deben realizarse, además de las que puedan establecerse con carácter voluntario, las comprobaciones y pruebas de servicio previstas en el proyecto u ordenadas por la dirección facultativa y las exigidas por la legislación aplicable. Por tanto, en la documentación final de obra se dejará constancia de:

- Las verificaciones, controles y pruebas de servicio realizadas durante la ejecución de la obra para comprobar las prestaciones finales del edificio y sus resultados.

- Las modificaciones autorizadas por el Director de obra. En cuanto a la documentación de la obra ejecutada (artículo 8.1): El contenido del Libro del Edificio establecido en la LOE y por las Administraciones Públicas competentes, se completará con lo que se establezca, en su caso, en los DB para el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Se incluirá en el Libro del Edificio la documentación indicada en el artículo 7.2 de los productos equipos y sistemas que se incorporen a la obra. Contendrá, asimismo, las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado de conformidad con lo establecido en este CTE y demás normativa aplicable, incluyendo un plan de mantenimiento del edificio con la planificación de las operaciones programadas para el mantenimiento del edificio y de sus instalaciones.

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B. CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECÍFICAS Estatales: 1. Instrucción de hormigón estructural EHE-08. Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartados de MEMORIA DE CIMENTACION y MEMORIA DE ESTRUCTURA, de la presente memoria. A la entrada en vigor de este Real Decreto, quedan derogadas las disposiciones:

- Real Decreto 2661/1998, de 11 de diciembre, por la que se aprueba la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE), modificado por el Real Decreto 996/1999.

- Real Decreto 642/2002, de 5 de julio, por el que se aprueba la “Instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados (EFHE)”.

2. Norma de Construcción Sismorresistente NCSE-02. Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartados de MEMORIA DE CIMENTACION y MEMORIA DE ESTRUCTURA, de la presente memoria. 3. Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones. Real Decreto 401/2003. No es de aplicación en el presente Proyecto. 4. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Real Decreto 842/ 2002 de 2 de agosto de 2002. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA DE INSTALACION DE ELECTRICIDAD, de la presente memoria. 5. Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CODIGO TECNICO DE EDIFICACION, apartado de AHORRO DE ENERGIA. DOCUMENTO BASICO HE, de la presente memoria.

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6. REAL DECRETO 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de EFICIENCIA ENERGETICA, de la presente memoria. 7. Seguridad y Salud en las obras de construcción. REAL DECRETO 604/2006, de 19 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD, de la presente memoria. 8. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la Producción y Gestión de los residuos de Construcción y Demolición. Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación será objeto de desarrollo en el Capítulo 4. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECIFICAS, apartado de REAL DECRETO 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION, de la presente memoria. 9. Otras normativas. Según listado no exhaustivo de normativa para redacción de proyectos y ejecución de obras que se desarrolla en el Capítulo 4. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECIFICAS, apartado de LISTADO NO EXHAUSTIVO DE NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS, de la presente memoria. Autonómicas: 1. Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. Decreto 293/2009 Es de aplicación en el presente Proyecto. Su justificación es objeto de desarrollo en el Capítulo 4. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECIFICAS, apartado REGLAMENTO QUE REGULA LAS NORMAS PARA LA ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. DECRETO 293/2009, de la presente memoria. 2. Ley 7/2007, de 9 de julio (BOJA 143/2007), de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. No es de aplicación en el presente Proyecto.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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3. Decreto 297/1995, de 19 de diciembre (BOJA 3/1996), por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental. No es de aplicación en el presente Proyecto. C. CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA URBANÍSTICA Estatales: No existen para el presente Proyecto. Autonómicas: 1. Normas de disciplina urbanística: ordenanzas urbanísticas municipales. Es de aplicación al Proyecto que nos ocupa el vigente Plan General Municipal de Ordenación Urbana de EL PUERTO DE SANTA MARIA. El solar sobre la que se asienta la edificación que nos ocupa está calificado como SUELO URBANO, con ordenanza de aplicación equipamiento público.

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DECLARACION SOBRE LAS CIRCUNSTANCIAS Y NORMATIVA URBANISTICA DE APLICACION, A LOS EFECTOS DEL ARTICULO 47/1 DE REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANISTICA, DE LA LEY

SOBRE REGIMEN DEL SUELO Y ORDENACION URBANA

PROYECTO: CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL SITUACION: PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1. PAU NO2 “LA FLORIDA”. MANZANA E4 PROMOTOR: EXCMO. AYUNTAMIENTO EL PUERTO DE SANTA MARIA ARQUITECTO: CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. PLAN GENERAL: Plan General Ordenación Urbana de EL PUERTO DE SANTA MARIA PLAN PARCIAL: CALIFICACION DEL SUELO: Urbano ZONIFICACION: EQUIPAMIENTO PÚBLICO. OTROS:

NORMATIVA VIGENTE

PROYECTO

OBSERVACIONES USO

EQUIPAMIENTO PUBLICO

Cumple

PARCELA MÍNIMA

EXISTENTE

Cumple

ALINEACIONES: FACHADA RESTO LINDEROS

3 m a linderos de parcela

Cumple

ALTURA MAXIMA

II alturas sobre rasante (B+I)

Cumple

OCUPACIÓN: BAJO RASANTE

Resultante de guardar retranqueos

Igual sobre rasante

Cumple

EDIFICABILIDAD

Resultado de ocupación

máxima por número máximo de alturas

Cumple

Por todo ello, el proyecto redactado se adapta en su totalidad al planeamiento aprobado y cumple todas las condiciones exigidas.

El Puerto de Santa María, marzo de 2010

CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. José Luís Carrasco Blázquez Arquitecto

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2. Otras normas u ordenanzas municipales. No existen para el presente Proyecto. 1.5.9. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TÉCNICAS A CONSIDERAR EN EL PROYECTO A continuación describimos de forma general los sistemas y los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto:

- Al sistema estructural (cimentación y estructuras de contención, estructura portante y estructura horizontal).

- El sistema envolvente. - El sistema de compartimentación. - El sistema de acabados. - El sistema de acondicionamiento ambiental. - El sistema de servicios (instalaciones).

Se entiende por parámetros que determinan las previsiones técnicas todos aquellos que nos condicionan la elección de los concretos sistemas del edificio. Estos parámetros pueden venir determinados por las condiciones del terreno, de las parcelas colindantes, por los requerimientos del programa funcional, por condicionantes del CTE y otras normativas, etc… A. SISTEMA ESTRUCTURAL CIMENTACIÓN Y ESTRUCTURAS DE CONTENCIÓN: Descripción del sistema: El sistema de cimentación que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Se dispone de Estudio Geotécnico del terreno. Parámetros: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE del CTE y otros): La cimentación se debe determinar como mínimo y según cada caso, a partir de los siguientes parámetros (apartado 3.3.8 del DB SE-C del CTE) que debe contemplar el Estudio Geotécnico del terreno:

• Cota de apoyo de la cimentación. • Presión admisible (y de hundimiento) en valor total y, en su caso efectivo, tanto

bruta como neta. • Presión vertical admisible de servicio (asientos tolerables) en valor total y, en su

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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caso efectivo, tanto bruta como neta. • En el caso de pilotes, resistencia al hundimiento desglosada en resistencia por

punta y por fuste. • Parámetros geotécnicos del terreno para el dimensionado de elementos de

contención y determinación de empujes del terreno (activo, pasivo y en reposo). • Datos de la ley “tensiones del terreno-desplazamiento” para el dimensionado de

pantallas u otros elementos de contención. • Módulos de balasto para idealizar el terreno en cálculos de dimensionado de

cimentaciones y elementos de contención, mediante modelos de interacción suelo-estructura.

• Resistencia del terreno frente a acciones horizontales. • Asientos y asientos diferenciales, esperables y admisibles para la estructura del

edificio y de los elementos de contención que se pretende cimentar. • Calificación del terreno desde el punto de vista de su ripabilidad, procedimiento de

excavación y terraplenado más adecuado. Taludes estables en ambos casos. • Situación del nivel freático y variaciones previsibles. • Coeficiente de permeabilidad del terreno KS (cm/s) medido por la velocidad de

paso del agua a través de él. Este dato servirá para calcular el grado de impermeabilidad mínimo exigible a los muros en la Tabla 2.1 del DB HS-1 del CTE.

• Proximidad de ríos o corrientes de agua que puedan alimentar el nivel freático o dar lugar a la socavación de los cimientos, arrastres, erosiones o disoluciones:

• Agresividad del terreno y de las aguas que contenga. El método de cálculo que se utilizará para el dimensionamiento de la cimentación se adecua al DB SE-C (Seguridad Estructural - Cimientos) del CTE, comprobando el comportamiento frente a su capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud al servicio mediante el método de los estados límites últimos y de servicio:

1. ESTADOS LÍMITES ÚLTIMOS: asociados con el colapso total o parcial del terreno o con el fallo estructural de la cimentación. Dentro de éstos se han considerado los debidos a:

- Pérdida de la capacidad portante del terreno de apoyo a la cimentación

por hundimiento, deslizamiento o vuelco. - Pérdida de la estabilidad global del terreno en el entorno próximo a la

cimentación. - Pérdida de la capacidad resistente de la cimentación por fallo estructural. - Fallos originados por efectos que dependen del tiempo (durabilidad del

material de la cimentación, fatiga del terreno sometido a cargas variables repetidas).

2. ESTADOS LÍMITES DE SERVICIO: aquellos que, de ser superados, afectan al

confort y bienestar de los usuarios, al correcto funcionamiento del edificio o a la apariencia de la construcción. Dentro de éstos se han considerado los relativos a:

- Los movimientos excesivos de la cimentación que pueden inducir

esfuerzos y deformaciones anormales en el resto de la estructura que se apoya en ellos, y que aunque no lleguen a romperla afecten a la apariencia de la obra, al confort de los usuarios, o al funcionamiento de los equipos e instalaciones.

- Las vibraciones que de transmitirse a la estructura puedan producir falta de confort o reducir su eficacia funcional.

- Los daños o el deterioro que pueda afectar negativamente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra.

No se incluyen los efectos ajenos a la transmisión de cargas del edificio por el terreno circundante o zonas anejas (aceras, tráfico), así como las producidas por causas físicas en

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el terreno de cimentación y que puedan hacer variar su comportamiento, afectando a la inalterabilidad inherente a todo estrato considerable como firme. Otras condiciones: No existen. ESTRUCTURA PORTANTE Y ESTRUCTURA HORIZONTAL: Descripción del sistema: El sistema de estructura portante que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros: Los aspectos básicos que se han tenido en cuenta a la hora de adoptar el sistema estructural portante para la edificación que nos ocupa son principalmente la resistencia mecánica y estabilidad, la seguridad, la durabilidad, la economía, la facilidad constructiva, la modulación y las posibilidades de mercado. Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): Las bases de cálculo que se adoptarán y el cumplimiento de las exigencias básicas de seguridad se ajustan a los documentos básicos correspondientes del DB SE del CTE. Se ha supuesto que los materiales tienen un comportamiento elástico y para el dimensionamiento de los distintos elementos se ha comprobado el comportamiento de la estructura frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud al servicio siguiendo el método de los estados límites últimos y de servicio:

1. ESTADOS LÍMITES ÚLTIMOS: asociados con el colapso total o parcial del edificio o con el fallo estructural. Dentro de éstos se han considerado los debidos a:

- Pérdida de la capacidad portante de la estructura por hundimiento, deslizamiento o vuelco.

- Pérdida de la estabilidad global del edificio. - Pérdida de la capacidad resistente por fallo estructural. - Fallos originados por efectos que dependen del tiempo (durabilidad del

material de la estructura, fatiga de los materiales sometidos a cargas variables repetidas).

2. ESTADOS LÍMITES DE SERVICIO: aquellos que, de ser superados, afectan al

confort y bienestar de los usuarios, al correcto funcionamiento del edificio o a la apariencia de la construcción. Dentro de éstos se han considerado los relativos a:

- Los movimientos excesivos de la estructura horizontal que pueden inducir esfuerzos y deformaciones anormales en el resto de la construcción que se apoya en ellos, y que aunque no lleguen a romperla afecten a la apariencia de la obra, al confort de los usuarios, o al funcionamiento de los equipos e instalaciones.

- Las vibraciones que de transmitirse puedan producir falta de confort a los usuarios o reducir su eficacia funcional.

- Los daños o el deterioro que pueda afectar negativamente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra.

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En el caso particular del hormigón armado se ha tomado como modelo del comportamiento del hormigón los admitidos normativamente: parábola-rectángulo, diagrama rectangular, etc… El cálculo numérico se ha realizado mediante ordenador, con programas basados en la formulación matricial del método de equilibrio. El método de cálculo se adapta a la normativa vigente. Igualmente se han utilizado tablas y/o ábacos de publicaciones y autores especializados (J. Montoya, J. Calavera, F. Regalado, etc...). La verificación de los distintos estados límite se realiza mediante coeficientes parciales, según se recoge en el DB SE (Seguridad Estructural) en su apartado 4. Asimismo, para cada tipo de material y control se aplican los coeficientes de seguridad correspondientes. En los forjados y elementos de hormigón armado se ha llevado a cabo la comprobación de deformaciones según la Instrucción EHE-08, con las limitaciones indicadas en el DB SE, en su apartado 4.3.3 “Deformaciones”. El cálculo de los distintos elementos de la estructura se realiza en base a los parámetros derivados de las siguientes acciones según el DB SE-AE:

1. Cargas permanentes (G):

• Peso propio de los elementos estructurales (KN/m3): pilares, vigas y losas.

Para los elementos de hormigón se han tomado los pesos específicos medios según el Art. 10.2 de la EHE:

- Hormigón en masa: 2.300 Kg/m3 - Hormigón armado y pretensado: 2.500 Kg/m3

• Cargas muertas superficiales (kN/m2):

- Pavimentos. - Tabiquería (si no es previsible su variación en el tiempo considerar valor

marcado por norma).

• Peso propio de los cerramientos (kN/ml): - Tabiques pesados. - Muros de cerramiento.

2. Acciones del pretensado: evaluados a partir de lo establecido en la Instrucción

EHE

3. Variables (Q):

• Sobrecargas de uso: Consisten en el peso de todo lo que puede gravitar sobre el edificio por razón de su uso. Se simulan por la aplicación de una carga distribuida uniformemente. De acuerdo con el uso que sea fundamental en cada zona del mismo, como valores característicos se han adoptado los expresados en la tabla 3.1 del DB SE-AE. Dichos valores incluyen tanto los efectos derivados del uso normal, personas, mobiliario, enseres, mercancías habituales, contenido de los conductos, maquinaria y en su caso vehículos, así como las derivadas de la utilización poco habitual como acumulación de personas, o de mobiliario con ocasión de un traslado. Asimismo, para comprobaciones locales de capacidad portante, se ha considerado una carga concentrada actuando simultáneamente con la sobrecarga uniformemente distribuida en las zonas de uso de tráfico y aparcamiento para vehículos ligeros, y de forma independiente y no simultanea con ella en el resto de los casos. Dichas cargas concentradas se han considerado

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aplicadas sobre el pavimento acabado en una superficie cuadrada de 200 mm en zonas de tráfico y aparcamiento y de 50 mm de lado en el resto de los casos:

A. Zonas residenciales. B. Zonas administrativas. C. Zonas con acceso al público, no comprendidas en las superficies de A, B

y D. D. Zonas comerciales. E. Zonas de tráfico y aparcamiento para vehículos ligeros. F. Cubiertas transitables accesibles solo privadamente. G. Cubiertas accesibles únicamente para conservación. H. Balcones volados de cualquier uso. I. Zonas de almacén o biblioteca. J. Porches, aceras y espacios de tránsito

• Acciones climáticas:

- Acción del viento: según los siguientes parámetros:

Zona de velocidad básica del viento: Figura D.1. Anejo D. DB SE-AE. Presión dinámica del viento qb (kN/m2): Art. D.1. Anejo D. DB SE-AE. Grado de aspereza del entorno (Tabla D.2. del Anejo D del DB SE-AE ): posibilidades I, II, III, IV y V.

- Acciones térmicas: distancia entre juntas de dilatación. - Acción de la nieve: según los siguientes parámetros:

Altitud topográfica sobre el nivel del mar: Zona de clima invernal (Figura E.2. Anejo E. DB SE-AE): posibilidades: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. Sobrecarga de nieve sobre terreno horizontal (Tabla 3.7. del DB SE-AE): sK (kN/m2).

• Acciones accidentales:

- Acción por SISMO: según la Norma de Construcción Sismorresistente

NCSR-02 de acuerdo con los siguientes parámetros:

Aceleración sísmica básica ab (Tabla del Anejo 1 de la NCSR-02). Coeficiente de contribución del término municipal K (Tabla del Anejo 1 de NCSR-02).

- Acción debida a la agresión térmica del incendio: resistencia al fuego suficiente de los elementos estructurales:

En plantas de sótano (Tabla 3.1 del DB SI). En plantas sobre rasante (Tabla 3.1 del DB SI). En zonas de riesgo especial:

Bajo: R 90 (Tabla 3.2. del DB SI). Medio: R 120 (Tabla 3.2. del DB SI). Alto: R 180 (Tabla 3.2. del DB SI).

- Acción por impacto de vehículos en las zonas cuyo uso suponga la

circulación de vehículos.

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Page 35: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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La ejecución de todos los elementos estructurales de hormigón se llevará a cabo según especificaciones de la EHE-08, realizándose el control de los materiales correspondiente. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): La estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario (en general conforme Tabla 3.1 del DB SI y en zonas de riesgo especial según Tabla 3.2 del DB SI). Se considerarán las condiciones de reacción al fuego según apartado 4 del DB SI-1. Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos estructurales del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. B. SISTEMA ENVOLVENTE La envolvente térmica del edificio está compuesta por todos los cerramientos que limitan espacios habitables con el espacio exterior (aire, terreno u otro edificio) y por todas las particiones interiores que limitan los espacios habitables con los espacios no habitables que a su vez están en contacto con el ambiente exterior. MUROS Y HUECOS EN CONTACTO CON ESPACIOS EXTERIORES (FACHADAS Y CARPINTERIAS EXTERIORES): Descripción del sistema: La parte del sistema envolvente correspondiente a las fachadas y carpinterías exteriores que se estima se adoptará aparece descrito en los apartados correspondientes del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros: Los parámetros técnicos que condicionan la elección de estos elementos, además de la estética y la funcionalidad de los mismos, son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): El peso propio de los distintos elementos que constituyen las fachadas y carpinterías se considera al margen de las sobrecargas de uso, acciones climáticas, etc., en el diseño y cálculo del sistema estructural. Las fachadas se consideran como cargas lineales sobre la estructura. Los perfiles y vidrios de las carpinterías exteriores se dimensionan para soportar la acción del viento, además de su propio peso. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE):

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Para limitar riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de las fachadas, ya sea entre dos edificios, o bien en un mismo edificio, entre dos sectores de incendio del mismo, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera o pasillo protegido desde otras zonas, los puntos de ambas fachadas que no sean al menos EI-60 deben estar separados una distancia “d”, como mínimo, en función del ángulo α formado por los planos exteriores de dichas fachadas según apartado 1.2 del DB SI-2. Para limitar el riesgo de propagación vertical del incendio por fachada entre dos sectores de incendio o entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas más altas del edificio, dicha fachada debe ser al menos EI-60 en una franja de 1’00 m de altura, como mínimo, medida sobre el plano de la fachada. En caso de existir elementos salientes aptos para impedir el paso de las llamas, la altura de dicha franja podrá reducirse en la dimensión del citado saliente según apartado 1.3 del DB SI-2. La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3 d2 en aquellas fachadas cuyo arranque sea accesible al público, bien desde la rasante exterior o bien desde una cubierta, así como en toda fachada cuya altura exceda de 18 m. La fachada se proyecta teniendo en cuenta los parámetros necesarios para facilitar el acceso a cada una de las plantas del edificio (altura de alféizar, dimensiones horizontal y vertical, ausencia de elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio), conforme apartado 2.1 del DB SI-5. Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Conforme al DB HR, será necesario diferenciar los siguientes tipos de recintos: recinto de actividad, recinto de instalaciones, recinto habitable, recinto protegido y recinto ruidoso. Se considera unidad de uso todo edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En edificios de vivienda, cada una de las viviendas. Una zona común es la que pertenece o da servicio a varias unidades de uso. De acuerdo con el apartado 2.1 Valores límite de aislamiento (2.1.1 Aislamiento acústico a ruido aéreo), los elementos constructivos interiores de separación, así como las fachadas, las cubiertas, las medianerías y los suelos en contacto con el aire exterior que conforman cada recinto de un edificio deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: En los recintos protegidos:

• Protección frente al ruido procedente del exterior:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, entre un recinto protegido y el exterior no será menor que los valores indicados en la tabla 2.1, en función del uso del edificio y de los valores del índice de ruido día, Ld, definido en el Anexo I del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, de la zona donde se ubica el edificio.

Para el diseño y dimensionado acústico de los elementos constructivos del edificio, a priori, se elige la OPCIÓN SIMPLIFICADA (esta opción es válida para edificios con una estructura

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horizontal resistente formada por forjados de hormigón macizos o aligerados, o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero):

• De acuerdo con esta opción, para cada uno de los elementos constructivos se establecen en tablas los valores mínimos de los parámetros acústicos que los definen, para que junto con el resto de condiciones establecidas en este DB, particularmente en el punto 3.1.4 Condiciones de diseño de las uniones entre elementos constructivos, se satisfagan los valores límite de aislamiento establecidos en el apartado 2.1.

• Concretamente para las fachadas y sus huecos, se atenderá al apartado 3.1.2.5. La tabla 3.4 expresa los valores mínimos que deben cumplir los elementos que forman los huecos y la parte ciega de la fachada en contacto con el exterior, en función de los valores límite de aislamiento acústico entre un recinto protegido y el exterior indicados en la tabla 2.1 y del porcentaje de huecos expresado como la relación entre la superficie del hueco y la superficie total de la fachada vista desde el interior de cada recinto protegido.

Las soluciones de elementos de separación del apartado 3.1.2.3.4 Condiciones mínimas de los elementos de separación verticales, son válidas para los tipos de fachadas siguientes:

a) De una hoja de fábrica o de hormigón. b) De dos hojas: ventilada y no ventilada:

Con hoja exterior, que puede ser:

- pesada: fábrica u hormigón. - ligera: elementos prefabricados ligeros como panel sándwich o GRC.

Con una hoja interior, que puede ser de:

- fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados, ya sea con apoyo directo en el forjado, en el suelo flotante o con bandas elásticas.

- entramado autoportante. En cuantos a las carpinterías exteriores, el valor de aislamiento acústico del conjunto vidrio + carpintería es lo que verdaderamente define la realidad aislante del hueco, siendo tan importante uno como otro. Las transmisiones que se producen a través de los huecos son las siguientes:

• Vidrio: transmisión directa a través del vidrio. • Carpintería: transmisión directa a través de la carpintería (debilitamiento propio de

su composición material y disposición frente al exterior). Así como las siguientes transmisiones parasitas: a través de la carpintería (falta de estanqueidad al cierre del propio sistema de la carpintería) y a través de los encuentros de la carpintería con la edificación (sellados estancos).

Otros aspectos claves a considerar son las cajas de persiana y sus mecanismos, así como las aireadores o rejillas de ventilación conforme al DB HS-3 del CTE. En este caso, las transmisiones que se producen son las siguientes:

• Transmisión parásita a través de las juntas del cierre de la tapa de registro. • Transmisión directa a través de la tapa de registro. • Transmisión parásita vía unión de caja de persiana con carpintería.

Al igual que para las fachadas, a partir del valor del índice de ruido día Ld que se encuentra en el exterior recurrimos a la tabla 2.1 de valores de aislamiento acústico a ruido aéreo. Según el uso del edificio, obtenemos el aislamiento acústico a ruido aéreo D2m,nT,Atr para las estancias en cuestión. Con este valor y a partir de la tabla 3.4, en la que para un porcentaje de huecos determinado, una atenuación acústica RA concreta para el muro de

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fachada en cuestión, se determina los valores de aislamiento RA,tr de los componentes del hueco (ventana, la caja de persiana y el aireador si lo hubiera). Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): Las fachadas del edificio, agrupándolas en cada una de sus orientaciones, deben poseer unas características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad donde se ubica, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno.

• Zona climática (Tabla D.1 del Apéndice D del DB HE):

- Severidad climática de invierno SCI: posibilidades A, B, C, D Y E. - Severidad climática de verano SCV: posibilidades 1, 2, 3 y 4. - Zona climática: posibilidades A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3

y E1. Considerando la zona climática según el apéndice D del DB HE-1 para el municipio donde se halla el edificio proyectado, para la comprobación de la limitación de la demanda energética se debe tener en cuenta la transmitancia máxima definida en la tabla 2.1 del DB HE-1, la transmitancia media de los muros de cada fachada teniendo en cuenta la orientación, incluyendo en el promedio los puentes térmicos integrados en la fachada tales como contorno de huecos pilares en fachada y de cajas de persianas, y la transmitancia media de huecos de fachadas para cada orientación además del factor solar modificado medio de huecos de fachadas para cada orientación, según las tablas 2.2:

• Transmitancia térmica máxima (Tabla 2.1 del DB HE-1):

- De los muros de fachada: UM (W/m2K) - De los vidrios: UHv (W/m2K). - De los marcos: UHm (W/m2K).

• Valores límite de los parámetros característicos medios (Tabla 2.2 del DB HE-1):

- De muros de fachada: UM lim (W/m2K). - De los huecos: UH lim (W/m2K).

Los cerramientos de fachadas se diseñan para reducir el riesgo de aparición de humedades de condensación superficial e intersticial que puedan perjudicar sus características, evitando la formación de mohos en su superficie interior, que no se produzca una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil.

• La máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos y particiones interiores que puedan absorber agua (Art. 2.2 del DB HE-1): ϕi = 80%.

• Valor límite de la permeabilidad al aire de las carpinterías de los huecos y lucernarios que limitan los espacios habitables del edificio con el ambiente exterior (Art. 2.3 del DB HE-1): posibilidades 50 m3/hm2 para las zonas climáticas A y B; 27 m3/hm2 para las zonas climáticas C, D y E.

Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): Para la elección de la parte del sistema envolvente correspondiente a la fachada se tendrá en cuenta:

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• Zona pluviométrica de promedios en función del índice pluviométrico anual (Figura

2.4 del DB HS-1): posibilidades I, II, III, IV y V. • Altura de coronación del edificio. • Zona eólica del punto de ubicación (Figura 2.5 del DB HS-1). • Clase de entorno en base al grado de aspereza del entorno en la que está situado

el terreno (según Tabla D.2. del DB SE-AE): posibilidades E0 (para terrenos tipo I, II y III) y E1 (para terrenos tipo IV y V).

• Grado de impermeabilidad mínimo exigible a las fachadas (Tabla 2.5 del DB HS-1): posibilidades 1, 2, 3, 4 y 5.

Los distintos componentes de las fachadas cumplirán con las condiciones descritas para cada tipo de elemento según apartado 2.3.2 del DB HS-1. Las soluciones constructivas correspondientes a los puntos singulares (juntas de dilatación, arranque de la fachada desde la cimentación, encuentros de las fachadas con los forjados, encuentros de las fachada con los pilares, encuentros de la cámara de aire ventilada con los forjados y los dinteles, encuentro de la fachada con la carpintería, etc…) de las fachadas y carpinterías cumplirán las condiciones descritas en apartado 2.3.3 del DB HS-1. Para garantizar la estanqueidad al agua en los huecos, la colocación de alféizares debe realizarse tras la impermeabilización del antepecho y previa a la colocación de cercos. Sus entregas en jambas serán al menos de 2 cm respecto del plano lateral. La inclinación de los alféizares no será inferior a 10º. Los bordes exteriores de alféizares se separarán suficientemente del plano de fachada y dispondrán de goterón. Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Para el diseño de las barreras de protección (barandillas o similar) en los huecos de fachada se tendrá en cuenta el desnivel existente entre la cota del pavimento en cada planta con respecto a la rasante de la calle. Se garantiza la limpieza de los acristalamientos por el interior según lo establecido en el apartado 3 del DB SU-1. Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas sobre zonas de circulación estarán situados a una altura mínima de 2’20 m conforme DB SU-2. Las superficies acristaladas frágiles e insuficientemente perceptibles de huecos de fachadas cumplirán las condiciones de seguridad frente al impacto conforme al apartado 1.3 y 1.4 del DB SU-2 respectivamente. Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de muros en contacto con espacios exteriores (fachadas) y carpinterías exteriores del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. SUELOS EN CONTACTO CON EL AIRE EXTERIOR: No existen. CUBIERTAS:

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Descripción del sistema: La parte del sistema envolvente correspondiente a la cubierta que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros: Los parámetros técnicos que condicionan la elección de estos elementos son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): Se considera el peso propio de los diferentes elementos que conforman el paquete de la cubierta y el forjado sobre lo que se sustentan. Para el cálculo de las sobrecargas en cubiertas se tendrán en cuenta el uso de la misma (transitable o no transitable). La carga de nieve se considerará con el valor correspondiente a localidades con altitud inferior a 1.000 m. Se considera el peso de elementos singulares tales como estructuras portantes de paneles de energía solar, depósitos, etc… Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): La resistencia al fuego REI 60 como mínimo, en una franja de 0’50 m de anchura medida desde los edificios colindantes, así como en una franja de 1’00 m de anchura situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto (Art. 2.1 del DB SI-2). Los materiales que ocupan más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las cubiertas, incluidas las caras superiores de los voladizos cuyo saliente es mayor de 1’00 m serán de clase de reacción al fuego BROOF (Art. 2.3 del DB SI-2). Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Conforme al DB HR, será necesario diferenciar los siguientes tipos de recintos: recinto de actividad, recinto de instalaciones, recinto habitable, recinto protegido y recinto ruidoso. Se considera unidad de uso todo edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En edificios de vivienda, cada una de las viviendas. Una zona común es la que pertenece o da servicio a varias unidades de uso. De acuerdo con el apartado 2.1 Valores límite de aislamiento (2.1.1 Aislamiento acústico a ruido aéreo), los elementos constructivos interiores de separación, así como las fachadas, las cubiertas, las medianerías y los suelos en contacto con el aire exterior que conforman cada recinto de un edificio deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: En los recintos protegidos:

• Protección frente al ruido procedente del exterior:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, entre un recinto protegido y el exterior no será menor que los valores indicados en la tabla

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2.1, en función del uso del edificio y de los valores del índice de ruido día, Ld, definido en el Anexo I del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, de la zona donde se ubica el edificio.

Para el diseño y dimensionado acústico de los elementos constructivos del edificio, a priori, se elige la OPCIÓN SIMPLIFICADA (esta opción es válida para edificios con una estructura horizontal resistente formada por forjados de hormigón macizos o aligerados, o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero):

• Para cada uno de dichos elementos constructivos se establecen en tablas los valores mínimos de los parámetros acústicos que los definen, para que junto con el resto de condiciones establecidas en este DB, particularmente en el punto 3.1.4 Condiciones de diseño de las uniones entre elementos constructivos, se satisfagan los valores límite de aislamiento establecidos en el apartado 2.1.

• En lo que respecta a las cubiertas y sus huecos, se atenderá al apartado 3.1.2.5, concretamente a lo dispuesto en la tabla 3.4, donde se expresan los valores mínimos que deben cumplir los elementos que forman los huecos y la parte ciega de la cubierta en contacto con el exterior, en función de los valores límite de aislamiento acústico entre un recinto protegido y el exterior indicados en la tabla 2.1 y del porcentaje de huecos expresado como la relación entre la superficie del hueco y la superficie total de la fachada vista desde el interior de cada recinto protegido.

Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): Las cubiertas del edificio deben poseer unas características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad donde se ubica, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno.

• Zona climática (Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE-1):

- Severidad climática de invierno: SCI = posibilidades A, B, C, D Y E. - Severidad climática de verano: SCV = posibilidades 1, 2, 3 y 4. - Zona climática: posibilidades A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3

y E1 Considerando la zona climática según el apéndice D del DB HE-1 para el municipio donde se halla el edificio proyectado, para la comprobación de la limitación de la demanda energética se debe tener en cuenta la transmitancia máxima definida en la tabla 2.1 del DB HE-1 tanto en cubiertas como en los lucernarios, la transmitancia media incluyendo en el promedio los puentes térmicos de contorno de lucernarios, y el factor solar modificado de lucernarios, según las tablas 2.2:

• Transmitancia térmica máxima (Tabla 2.1 del DB HE):

- De cubiertas: UC (W/m2K). - De lucernarios: UL (W/m2K).

• Valores límite de los parámetros característicos medios (Tabla 2.2 del DB HE):

- De cubiertas: UClim (W/m2K). - Factor solar modificado de lucernarios: FLlim (W/m2K).

Las cubiertas se deben diseñar para reducir el riesgo de aparición de humedades de condensación superficial e intersticial que puedan perjudicar sus características evitando la

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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formación de mohos en su superficie interior, que no se produzca una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil.

• Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos y particiones interiores que puedan absorber agua (Art. 2.2 del DB HE-1): ϕi = 80%

• Valor límite de la permeabilidad al aire de las carpinterías de los lucernarios que limitan los espacios habitables del edificio con el ambiente exterior (Art. 2.3 del DB HE-1): posibilidades 50 m3/hm2 para las zonas climáticas A y B; 27 m3/hm2 para las zonas climáticas C, D y E.

Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): Para la elección de la parte del sistema envolvente correspondiente a la cubierta se tendrá en cuenta que el grado de impermeabilidad exigido es único e independiente de factores climáticos. Cualquier solución constructiva alcanza este grado de impermeabilidad siempre que las cubiertas dispongan de los elementos necesarios y se cumplan las condiciones establecidas para los mismos conforme a los apartados 2.4.2 y 2.4.3 del DB HS-1 respectivamente. El clima y la pluviometría de la zona determinan la dimensión de los paños de cubierta, sus pendientes y el dimensionado de las bajantes. El sistema de impermeabilización que se emplee (adherida, semiadherida, etc...) se aplicará al soporte en la totalidad de la superficie y se reforzará en todas las uniones y encuentros con paramentos verticales y elementos salientes. Este sistema garantiza la estanqueidad de la cubierta en todos sus puntos. Las soluciones constructivas correspondientes a los puntos singulares (juntas de dilatación, encuentro de la cubierta con un paramento vertical, encuentro de la cubierta con el borde lateral, encuentro de la cubierta con un sumidero o un canalón, rebosaderos, encuentro de la cubierta con elementos pasantes, anclaje de elementos, rincones y esquinas, accesos y aberturas, etc…) de las cubiertas cumplirán las condiciones descritas en apartado 2.4.4 del DB HS-1. Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Para el diseño de los pretiles o barandillas de cubierta se tendrá en cuenta el desnivel existente entre la cota del pavimento de la cubierta con respecto a la rasante de la calle. Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de cubierta y sus huecos del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. PAREDES EN CONTACTO CON EL TERRENO: No existen. Las únicas paredes en contacto con el terreno se corresponden con el foso del ascensor. SUELOS EN CONTACTO CON EL TERRENO:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Descripción del sistema: La parte del sistema envolvente correspondiente a los suelos en contacto con el terreno que se estima se adoptarán aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros: Los parámetros técnicos que condicionan estos elementos son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): Se considera el peso propio de los diferentes elementos que forman parte del elemento y el forjado sobre lo que se sustentan. Se considerarán las sobrecargas que actúan sobre estos elementos correspondientes a su uso. En caso de existencia e interferencia del nivel freático, se considerará la presión vertical ejercida por el agua. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): No existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): No existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): Los suelos en contacto con el terreno deben poseer unas características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad donde se ubica, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno.

• Zonificación climática (Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE):

- Severidad climática de invierno: SCI = posibilidades A, B, C, D Y E. - Severidad climática de verano: SCV = posibilidades 1, 2, 3 y 4. - Zona climática: posibilidades A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3

y E1 Considerando la zona climática según el apéndice D del DB HE-1 para el municipio donde se halla el edificio proyectado, para la comprobación de la limitación de la demanda energética se debe tener en cuenta la transmitancia máxima definida en la tabla 2.1 del DB HE-1, la transmitancia media de suelos (incluidos los suelos apoyados sobre el terreno) y de los cerramientos en contacto directamente con el terreno (muros y suelos a profundidad mayor 0’50 m), según las tablas 2.2:

• Transmitancia térmica máxima (Tabla 2.1 del DB HE-1):

- De los muros de fachada, particiones en contacto con espacios no habitables, primer metro del perímetro de suelos apoyados sobre el terreno y primer metro de muros en contacto con el terreno: UM (W/m2K)

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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- De los suelos: US (W/m2K).

• Valores límite de los parámetros característicos medios (Tabla 2.2 del DB HE):

- De muros de fachada y cerramientos en contacto con el terreno: UMlim (W/m2K).

- De los suelos: USlim (W/m2K). Los cerramientos y particiones interiores se diseñan para reducir el riesgo de aparición de humedades de condensación superficial e intersticial que puedan perjudicar sus características, evitando la formación de mohos en su superficie interior, que no se produzca una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil.

• Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua (Art. 2.2 del DB HE-1): ϕi = 80%

Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): En función del grado de impermeabilidad exigido se determinará la solución constructiva más adecuada conforme al apartado 2 del DB HS-1. Las soluciones constructivas de los puntos singulares cumplirán las condiciones descritas en los apartados 2.1.3 y 2.2.3. El Estudio Geotécnico confirmará la presencia o no de nivel freático de cara a considerar a impermeabilización exigida.

• Presencia de agua prevista en función del nivel freático (Art. 2.1.1.2 del DB HS-1): posibilidades Alta, Media, Baja.

• Grado de impermeabilidad mínimo exigible a los muros que estén en contacto con el terreno (Tabla 2.1 del DB HS-1): posibilidades 1, 2, 3, 4 y 5.

• Grado de impermeabilidad mínimo exigible a las fachadas (Tabla 2.5 del DB HS-1): posibilidades 1, 2, 3, 4 y 5.

Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Los acabados del suelo cumplirán las condiciones establecidas en el DB SU-1 relativo a seguridad frente el riesgo de caídas (resbaladicidad de suelos y discontinuidades en el pavimento). Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de suelos en contacto con el terreno del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. PARTICIONES VERTICALES SEPARADORAS DE ESPACIOS HABITABLES Y NO HABITABLES: Descripción del sistema: La parte del sistema envolvente correspondiente a las particiones verticales separadoras de espacios habitables y no habitables que se estima se adoptarán aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria.

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Parámetros: Los parámetros técnicos que condicionan estos elementos son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): El peso propio de estos elementos se consideran al margen de las sobrecargas de uso, acciones climáticas, etc., en el diseño y cálculo del sistema estructural. Según el valor de su peso propio, se consideran como cargas lineales sobre la estructura o incluidos en las sobrecargas de tabiquería. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): Mantendrán su resistencia al fuego durante el tiempo necesario (en general conforme Tabla 1.2 y en zonas de riesgo especial según Tabla 2.1, del DB SI-1). Se considerarán las condiciones de reacción al fuego según apartado 4 del DB SI-1. Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Conforme al DB HR, será necesario diferenciar los siguientes tipos de recintos: recinto de actividad, recinto de instalaciones, recinto habitable, recinto protegido y recinto ruidoso. Se considera unidad de uso todo edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En edificios de vivienda, cada una de las viviendas. Una zona común es la que pertenece o da servicio a varias unidades de uso. Los elementos de separación verticales son aquellas particiones verticales entre unidades de uso diferentes o entre una unidad de uso y cualquier otro recinto del edificio que no sea de instalaciones o de actividad; y entre un recinto protegido o un recinto habitable y un recinto de actividad o un recinto de instalaciones. De acuerdo con el apartado 2.1 Valores límite de aislamiento (2.1.1 Aislamiento acústico a ruido aéreo), los elementos constructivos interiores de separación, así como las fachadas, las cubiertas, las medianerías y los suelos en contacto con el aire exterior que conforman cada recinto de un edificio deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: En los recintos protegidos:

• Protección frente al ruido generado en recintos no pertenecientes a la misma unidad de uso:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto protegido y

cualquier otro recinto habitable o protegido del edificio no perteneciente a la misma unidad de uso y que no sea recinto de instalaciones o de actividad, colindante vertical u horizontalmente con él, no será menor que 50 dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas.

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Cuando sí las compartan, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas no será menor que 30 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, de cerramiento no será menor que 50 dBA.

• Protección frente al ruido generado en recintos de instalaciones y en

recintos de actividad:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto protegido y un recinto de instalaciones o un recinto de actividad, colindante vertical u horizontalmente con él, no será menor que 55 dBA.

En los recintos habitables:

• Protección frente al ruido generado en recintos no pertenecientes a la misma unidad de uso:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y

cualquier otro recinto habitable o protegido del edificio no perteneciente a la misma unidad de uso y que no sea recinto de instalaciones o de actividad, colindante vertical u horizontalmente con él, no será menor que 45 dBA, siempre que no compartan puertas o ventanas.

Cuando sí las compartan y sean edificios de uso residencial (público o privado) u hospitalario, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas no será menor que 20 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, del cerramiento no será menor que 50 dBA.

• Protección frente al ruido generado en recintos de instalaciones y en

recintos de actividad:

- El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y un recinto de instalaciones, o un recinto de actividad, colindantes vertical u horizontalmente con él, siempre que no compartan puertas, no será menor que 45 dBA. Cuando sí las compartan, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas, no será menor que 30 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, del cerramiento no será menor que 50 dBA.

De acuerdo con el apartado 2.2 Valores límite de tiempo de reverberación, en conjunto los elementos constructivos, acabados superficiales y revestimientos que delimitan un aula o una sala de conferencias, un comedor y un restaurante, tendrán la absorción acústica suficiente de tal manera que:

a) El tiempo de reverberación en aulas y salas de conferencias vacías (sin ocupación y sin mobiliario), cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0’7 s.

b) El tiempo de reverberación en aulas y en salas de conferencias vacías, pero incluyendo el total de las butacas, cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0’5 s.

c) El tiempo de reverberación en restaurantes y comedores vacíos no será mayor que 0’9 s.

Para limitar el ruido reverberante en las zonas comunes los elementos constructivos, los acabados superficiales y los revestimientos que delimitan una zona común de un edificio de uso residencial publico, docente y hospitalario colindante con recintos protegidos con los que comparten puertas, tendrán la absorción acústica suficiente de tal manera que el área de absorción acústica equivalente, A, sea al menos 0’2 m2 por cada metro cúbico del volumen del recinto.

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Para el diseño y dimensionado acústico de los elementos constructivos del edificio, a priori, se elige la OPCIÓN SIMPLIFICADA (esta opción es válida para edificios con una estructura horizontal resistente formada por forjados de hormigón macizos o aligerados, o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero):

• Para cada uno de dichos elementos constructivos se establecen en tablas los valores mínimos de los parámetros acústicos que los definen, para que junto con el resto de condiciones establecidas en este DB, particularmente en el punto 3.1.4 Condiciones de diseño de las uniones entre elementos constructivos, se satisfagan los valores límite de aislamiento establecidos en el apartado 2.1.

• En la Opción Simplificada, se contemplan los siguientes tipos de tabiquería:

- tipo 1: Elementos compuestos por un elemento base de una o dos hojas de fábrica, hormigón o paneles prefabricados pesados (Eb), sin trasdosado o con un trasdosado por ambos lados (Tr).

- tipo 2: Elementos de dos hojas de fábrica o paneles prefabricado pesados (Eb), con bandas elásticas en su perímetro dispuestas en los encuentros de, al menos, una de las hojas con forjados, suelos, techos, pilares y fachadas.

- tipo 3: Elementos de dos hojas de entramado autoportante (Ee).

Se atenderá a lo dispuesto en el apartado 3.1.2.3.4 Condiciones mínimas de los elementos de separación verticales. En la tabla 3.2 se expresan los valores mínimos que debe cumplir cada uno de los parámetros acústicos que definen los elementos de separación verticales. De entre todos los valores de la tabla 3.2, aquéllos que figuran entre paréntesis son los valores que deben cumplir los elementos de separación verticales que delimitan un recinto de instalaciones o un recinto de actividad. Las casillas sombreadas se refieren a elementos constructivos inadecuados. Las casillas con guión se refieren a elementos de separación verticales que no necesitan trasdosados.

• En cuanto a las puertas en elementos de separación vertical interior, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2.1.1, las puertas que comunican un recinto protegido de una unidad de uso con cualquier otro del edificio que no sea recinto de instalaciones o de actividad, deben tener un índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, no menor que 30 dBA y si comunican un recinto habitable de una unidad de uso en un edificio de uso residencial (público o privado) u hospitalario con cualquier otro del edificio que no sea recinto de instalaciones o de actividad, su índice global de reducción acústica, ponderado A, RA no será menor que 20 dBA. Si las puertas comunican un recinto habitable con un recinto de instalaciones o de actividad, su índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, no será menor que 30 dBA.

Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): Las particiones verticales separadoras de espacios habitables y no habitables deben poseer unas características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad donde se ubica, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno.

• Zonificación climática (Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE):

- Severidad climática de invierno: SCI = posibilidades A, B, C, D Y E. - Severidad climática de verano: SCV = posibilidades 1, 2, 3 y 4. - Zona climática: posibilidades A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3

y E1

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Considerando la zona climática según el apéndice D del DB HE-1 para el municipio donde se halla el edificio proyectado, para la comprobación de la limitación de la demanda energética se debe tener en cuenta la transmitancia máxima definida en la tabla 2.1 del DB HE-1 y la transmitancia media de los muros de fachadas en la que se incluye las particiones de separación con espacios no habitables, según las tablas 2.2:

• Transmitancia térmica máxima (Tabla 2.1 del DB HE-1):

- De particiones en contacto con espacios no habitables: UM (W/m2K) - De particiones interiores de las viviendas con calefacción proyectada con

las zonas comunes interiores no calefactadas: U = 1’20 W/m2K

• Valores límite de los parámetros característicos medios de muros de fachada (Tabla 2.2 del DB HE-1): UMlim (W/m2K).

Las particiones verticales de separación entre espacios habitables y no habitables se diseñan para reducir el riesgo de aparición de humedades de condensación superficial e intersticial que puedan perjudicar sus características, evitando la formación de mohos en su superficie interior, que no se produzca una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil.

• Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua (Art. 2.2 del DB HE-1): ϕi = 80%

Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): No existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Para limitar el riesgo de impacto, en zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2200 mm medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto, conforme DB SU-2. Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de particiones verticales separadoras de espacios habitables y no habitables del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. PARTICIONES HORIZONTALES SEPARADORAS DE ESPACIOS HABITABLES Y NO HABITABLES: Descripción del sistema: La parte del sistema envolvente correspondiente a las particiones horizontales separadoras de espacios habitables y no habitables que se estima se adoptarán aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Los parámetros técnicos que condicionan estos elementos son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): Se considera el peso propio de los diferentes elementos que forman el suelo y el forjado sobre lo que se sustentan. Se considerarán las sobrecargas que actúan sobre estos elementos correspondientes a su uso. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): Mantendrán su resistencia al fuego durante el tiempo necesario (en general conforme Tabla 1.2 y en zonas de riesgo especial según Tabla 2.1, del DB SI-1). Se considerarán las condiciones de reacción al fuego según apartado 4 del DB SI-1. Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Conforme al DB HR, será necesario diferenciar los siguientes tipos de recintos: recinto de actividad, recinto de instalaciones, recinto habitable, recinto protegido y recinto ruidoso. Se considera unidad de uso todo edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En edificios de vivienda, cada una de las viviendas. Una zona común es la que pertenece o da servicio a varias unidades de uso. Los elementos de separación horizontales son aquellas particiones horizontales entre unidades de uso diferentes o entre una unidad de uso y cualquier otro recinto del edificio que no sea de instalaciones o de actividad; y entre un recinto protegido o un recinto habitable y un recinto de actividad o un recinto de instalaciones. De acuerdo con el apartado 2.1 Valores límite de aislamiento (2.1.2 Aislamiento acústico a ruido de impactos), os elementos constructivos de separación horizontales deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: En los recintos protegidos:

• Protección frente al ruido procedente generado en recintos no pertenecientes a la misma unidad de uso:

- El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto

protegido colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con cualquier otro recinto habitable o protegido del edificio, no perteneciente a la misma unidad de uso y que no sea recinto de instalaciones o de actividad, no será mayor que 65 dB.

Esta exigencia no es de aplicación en el caso de recintos protegidos colindantes horizontalmente con una escalera.

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o.

• Protección frente al ruido generado en recintos de instalaciones o en recintos de actividad:

- El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto

protegido colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con un recinto de actividad o con un recinto de instalaciones no será mayor que 60 dB.

En los recintos habitables:

• Protección frente al ruido generado de recintos de instalaciones o en recintos de actividad:

- El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto

habitable colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con un recinto de actividad o con un recinto de instalaciones no será mayor que 60 dB.

Para el diseño y dimensionado acústico de los elementos constructivos del edificio, a priori, se elige la OPCIÓN SIMPLIFICADA (esta opción es válida para edificios con una estructura horizontal resistente formada por forjados de hormigón macizos o aligerados, o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero):

• Para cada uno de dichos elementos constructivos se establecen en tablas los valores mínimos de los parámetros acústicos que los definen, para que junto con el resto de condiciones establecidas en este DB, particularmente en el punto 3.1.4 Condiciones de diseño de las uniones entre elementos constructivos, se satisfagan los valores límite de aislamiento establecidos en el apartado 2.1.

• Los elementos de separación horizontales están formados por el forjado (F), el suelo flotante (Sf) y, en algunos casos, el techo suspendido (Ts).

Se atenderá a lo dispuesto en el apartado 3.1.2.3.5. En la tabla 3.3 se expresan los valores mínimos que debe cumplir cada uno de los parámetros acústicos que definen los elementos de separación horizontales. Entre paréntesis figuran los valores que deben cumplir los elementos de separación horizontales entre un recinto protegido o habitable y un recinto de instalaciones o de actividad.

Los forjados que delimitan superiormente una unidad de uso deben disponer de un suelo flotante y, en su caso, de un techo suspendido con los que se cumplan los valores de mejora del índice global de reducción acústica, ponderado A, ∆RA y de reducción del nivel global de presión de ruido de impactos, ∆Lw especificados en la tabla 3.3.

Los forjados que delimitan inferiormente una unidad de uso y la separan de cualquier otro recinto del edificio deben disponer de una combinación de suelo flotante y techo suspendido con los que se cumplan los valores de mejora del índice global de reducción acústica, ponderado A, ∆RA.

Además, para limitar la transmisión de ruido de impactos, en el forjado de cualquier recinto colindante horizontalmente con un recinto perteneciente a unidad de uso o con una arista horizontal común con el mismo, debe disponerse un suelo flotante cuya reducción del nivel global de presión de ruido de impactos, ∆Lw, sea la especificada en la tabla 3.3. De la misma manera, en el forjado de cualquier recinto de instalaciones o de actividad que sea colindante horizontalmente con un recinto protegido o habitable del edificio o con una arista horizontal común con los mismos, debe disponerse de un suelo flotante cuya reducción del nivel global de presión de ruido de impactos, ∆Lw, sea la especificada en la tabla 3.3.

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Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): Las particiones horizontales separadoras de espacios habitables y no habitables deben poseer unas características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad donde se ubica, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno.

• Zonificación climática (Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE):

- Severidad climática de invierno: SCI = posibilidades A, B, C, D Y E. - Severidad climática de verano: SCV = posibilidades 1, 2, 3 y 4. - Zona climática: posibilidades A3, A4, B3, B4, C1, C2, C3, C4, D1, D2, D3

y E1 Considerando la zona climática según el apéndice D del DB HE-1 para el municipio donde se halla el edificio proyectado, para la comprobación de la limitación de la demanda energética se debe tener en cuenta la transmitancia máxima definida en la tabla 2.1 del DB HE-1 y la transmitancia media de suelos en la que incluye los suelos en contacto con espacios no habitables, según las tablas 2.2:

• Transmitancia térmica máxima de suelos (Tabla 2.1 del DB HE-1): US (W/m2K). • Valores límite de los parámetros característicos medios de suelos (Tabla 2.2 del

DB HE-1): USlim (W/m2K). Las particiones horizontales de separación entre espacios habitables y no habitables se diseñan para reducir el riesgo de aparición de humedades de condensación superficial e intersticial que puedan perjudicar sus características, evitando la formación de mohos en su superficie interior, que no se produzca una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil.

• Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua (Art. 2.2 del DB HE-1): ϕi = 80%

Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): No existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Las condiciones exigidas respecto del DB SU (clase de resbaladicidad y discontinuidades) se refieren a los elementos de acabado de estas particiones horizontales, por lo que remitimos a la consulta de los parámetros correspondientes al SISTEMA DE ACABADOS. Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de particiones horizontales separadoras de espacios habitables y no habitables del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. MEDIANERAS CON OTROS EDIFICIOS: No existen.

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C. SISTEMA COMPARTIMENTACION El sistema de compartimentación incluye los elementos de cerramiento y particiones interiores. También se consideran aquellos elementos de la carpintería que forman parte de las particiones interiores (carpintería interior). Se entiende por partición interior, conforme al “Apéndice A: Terminología” del DB HE-1 del CTE, el elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos independientes, pueden ser verticales u horizontales. Descripción del sistema: El sistema de compartimentación (tabiquerías divisorias y carpinterías interiores) que se estima se adoptará aparece descrito en los apartados correspondientes del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Para el presente Proyecto, consideramos como elementos de compartimentación los siguientes tipos: tabiquería divisoria en el interior de una unidad de uso (por ejemplo, una vivienda, una habitación o apartamento en uso residencial público,...), forjados de separación en el interior de una misma unidad de uso, carpintería interior, etc… Parámetros: Los parámetros técnicos que condicionan la elección de estos elementos, además de la estética y la funcionalidad de los mismos, son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): El peso propio de las tabiquerías divisorias se consideran al margen de las sobrecargas de uso, acciones climáticas, etc., en el diseño y cálculo del sistema estructural conforme al apartado 2.1 del DB SE-AE. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): Situados bajo rasante (según usos):

- Residencial vivienda, residencial público, docente, administrativo:

posibilidad EI 120. - Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario: posibilidades EI 120 y EI

180. - Aparcamiento: posibilidades EI 120 y EI 180.

Situados sobre rasante (según usos):

- Sectores de riesgo mínimo en cualquier uso: posibilidad EI 120 - Residencial vivienda, residencial público, docente, administrativo: EI 60,

EI 90 y EI 120. - Comercial, Pública Concurrencia, Hospitalario: posibilidades EI 90, EI 120

y EI 180. - Aparcamiento: posibilidad EI 120.

En zonas de riesgo especial (Tabla 2.2. del DB SI):

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- Riesgo bajo: posibilidad EI 90. - Riesgo medio: posibilidad EI 120. - Riesgo alto: posibilidad EI 180.

Resistencia al fuego de puertas de paso:

- Entre sectores de incendio (Tabla 1.2. del DB SI). - De comunicación de las zonas de riesgo especial con el resto del edificio

(Tabla 2.2. del DB SI): posibilidades EI2 45-C5, 2 x EI2 30 – C5 y 2 x EI2 30 – C5.

Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Conforme al DB HR, será necesario diferenciar los siguientes tipos de recintos: recinto de actividad, recinto de instalaciones, recinto habitable, recinto protegido y recinto ruidoso. Se considera unidad de uso todo edificio o parte de un edificio que se destina a un uso específico, y cuyos usuarios están vinculados entre, sí bien por pertenecer a una misma unidad familiar, empresa, corporación, bien por formar parte de un grupo o colectivo que realiza la misma actividad. En edificios de vivienda, cada una de las viviendas. Una zona común es la que pertenece o da servicio a varias unidades de uso. La tabiquería está formada por el conjunto de particiones interiores de una unidad de uso. De acuerdo con el apartado 2.1 Valores límite de aislamiento (2.1.1 Aislamiento acústico a ruido aéreo), los elementos constructivos interiores de separación, así como las fachadas, las cubiertas, las medianerías y los suelos en contacto con el aire exterior que conforman cada recinto de un edificio deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: En los recintos protegidos:

• Protección frente al ruido generado en recintos pertenecientes a la misma unidad de uso en edificios de uso residencial privado:

- El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería

no será menor que 33 dBA. En los recintos habitables:

• Protección frente al ruido generado en recintos pertenecientes a la misma unidad de uso, en edificios de uso residencial privado:

- El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería

no será menor que 33 dBA. Para el diseño y dimensionado acústico de los elementos constructivos del edificio, a priori, se elige la OPCIÓN SIMPLIFICADA (esta opción es válida para edificios con una estructura horizontal resistente formada por forjados de hormigón macizos o aligerados, o forjados mixtos de hormigón y chapa de acero):

• Para cada uno de dichos elementos constructivos se establecen en tablas los valores mínimos de los parámetros acústicos que los definen, para que junto con el resto de condiciones establecidas en este DB, particularmente en el punto 3.1.4

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Condiciones de diseño de las uniones entre elementos constructivos, se satisfagan los valores límite de aislamiento establecidos en el apartado 2.1.

• En lo que respecta a la tabiquería, se atenderá al apartado 3.1.2.3.3.3. Así, en la tabla 3.1 se expresan los valores mínimos de la masa por unidad de superficie, m, y del índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, que deben tener los diferentes tipos de tabiquería:

Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): No existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): De acuerdo con el DB HS-3, para conseguir las condiciones de ventilación adecuadas en el interior de las viviendas y otros recintos del edificio que sean de aplicación:

• En las carpinterías (puertas de paso) se considerarán aberturas de paso alojada en los propios elementos (cuando no se tome como solución la holgura existente entre la hoja y el suelo) según apartado 3.2.1.

Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): Para limitar el riesgo de impacto:

• La altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo, 2100 mm en zonas de uso restringido y 2200 mm en el resto de las zonas. En los umbrales de las puertas la altura libre será 2000 mm, como mínimo (apartado 1.1.1 del DB SU-2).

• En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2200 mm medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto, conforme DB SU-2.

• La disposición de las puertas de paso situadas en pasillos cumplirá las condiciones de diseño del apartado 1.2.1 del DB SU-2.

• Las superficies acristaladas frágiles e insuficientemente perceptibles de huecos de fachadas cumplirán las condiciones de seguridad frente al impacto conforme a los apartados 1.3 y 1.4 del DB SU-2, respectivamente.

• En el diseño de las puertas correderas que puedan ocasionar atrapamientos se tendrá en cuenta el apartado 2 del DB SU-2.

• Las puertas de paso que dispongan de dispositivo para su bloqueo desde el interior, para evitar el aprisionamiento en su interior dispondrán de un sistema de desbloqueo desde el exterior (apartado 1 del DB SU-3).

Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de compartimentación del edificio debe observar

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las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. D. SISTEMA DE ACABADOS Descripción del sistema: El sistema de acabados (revestimientos exteriores y revestimientos interiores) que se estima se empleará aparece descrito en los apartados correspondientes del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Parámetros: Para una correcta ejecución, los revestimientos se ajustarán a las normas tecnológicas que correspondan (NTE-RPA, NTE-RSR, NTE-RTC, etc...) y a los catálogos técnicos de las casas comerciales consultadas a través de las especificaciones del fabricante. Los parámetros técnicos que condicionan la elección de estos elementos, además de la estética, el confort y la durabilidad, son los siguientes: Condiciones exigidas respecto a la seguridad estructural (resistencia mecánica y estabilidad) (conforme DB SE y otros): No existen otros parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto a la seguridad en caso de incendio (conforme DB SI del CTE): Reacción al fuego exigible a los revestimientos (Tabla 4.1 del DB SI):

• De techos y paredes: - De zonas ocupables salvo uso hospitalario: C-s2,d0 - De aparcamientos: A2-s1,d0 - De pasillos y escaleras protegidos y zonas ocupables de uso hospitalario:

B-s1,d0 - De recintos de riesgo especial: B-s1,d0

• De suelos:

- De zonas ocupables salvo uso hospitalario: EFL - De aparcamientos: A2FL –s1 - De pasillos y escaleras protegidos y zonas ocupables de uso hospitalario:

CFL –s1 - De recintos de riesgo especial: BFL –s1.

Para los acabados correspondientes a los revestimientos interiores de viviendas no existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): Los acabados superficiales, especialmente pinturas, aplicados sobre los elementos constructivos diseñados para acondicionamiento acústico, no deben modificar las propiedades absorbentes acústicas de éstos. De acuerdo con el apartado 2.2 Valores límite de tiempo de reverberación del DB HR, en conjunto los elementos constructivos, acabados superficiales y revestimientos que delimitan

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un aula o una sala de conferencias, un comedor y un restaurante, tendrán la absorción acústica suficiente de tal manera que:

a) El tiempo de reverberación en aulas y salas de conferencias vacías (sin ocupación y sin mobiliario), cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0’7 s.

b) El tiempo de reverberación en aulas y en salas de conferencias vacías, pero incluyendo el total de las butacas, cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0’5 s.

c) El tiempo de reverberación en restaurantes y comedores vacíos no será mayor que 0’9 s.

Para limitar el ruido reverberante en las zonas comunes los elementos constructivos, los acabados superficiales y los revestimientos que delimitan una zona común de un edificio de uso residencial publico, docente y hospitalario colindante con recintos protegidos con los que comparten puertas, tendrán la absorción acústica suficiente de tal manera que el área de absorción acústica equivalente, A, sea al menos 0’2 m2 por cada metro cúbico del volumen del recinto. Las conclusiones en lo relativo al cumplimiento de las exigencias acústicas del edificio están recogidas en el ESTUDIO ACUSTICO redactado. Condiciones exigidas respecto de la limitación de la demanda energética (conforme DB HE-1 del CTE): No existen otros parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (conforme DB HS del CTE): Los acabados exteriores del sistema envolvente correspondiente a la fachada serán los que correspondan a la solución constructiva adoptada en función del grado de impermeabilidad mínimo (Tabla 2.5 del DB HS-1) de estos elementos. Estos acabados cumplirán las condiciones descritas en el apartado 2.3.2 del DB HS-1. Para los acabados correspondientes a los revestimientos interiores no existen parámetros determinantes. Condiciones exigidas respecto de la seguridad de utilización (conforme DB SU del CTE): La clase de resbaladicidad exigible a los suelos (para usos sanitario, docente, comercial, administrativo, aparcamiento y de pública concurrencia, excluidas las de uso restringido según Tabla 1.2 del DB SU) serán:

• Zonas interiores secas: - Superficies con pendiente menor que el 6%: clase 1 - Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras: clase 2

• Zonas interiores húmedas: - Superficies con pendiente menor que el 6%: clase 2 - Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras: clase 3

• Zonas interiores donde además de agua, pueda haber agentes que reduzcan la

resistencia al deslizamiento: clase 3. • Zonas exteriores, piscinas: clase 3.

Se consideran las siguientes limitaciones respecto a las discontinuidades en los pavimentos (Art. 2 del DB SU-1) con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, excepto en zonas de uso restringido:

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• No presentarán imperfecciones o irregularidades que supongan una diferencia de

nivel de más de 6 mm. • En zonas interiores para circulación de personas, el suelo no presentará

perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 15 mm de diámetro.

Condiciones de durabilidad frente a la agresión del medio de los elementos componentes de la envolvente: El mantenimiento de todos los elementos de acabados del edificio debe observar las prescripciones del plan de mantenimiento que obligatoriamente ha de estudiar el usuario para cumplir las revisiones periódicas pertinentes. E. SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO AMBIENTAL Los materiales y sistemas constructivos a emplear se han seleccionado con objeto de que garanticen las condiciones de higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Asimismo, se dotará al edificio de instalaciones que garanticen el confort ambiental de sus usuarios, cumplimiento con las exigencias de bienestar e higiene necesarias. Para todas las instalaciones de acondicionamiento ambiental (ventilación y aire acondicionado) del edificio se tendrán en cuenta las siguientes condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE): De acuerdo con el apartado 2.3. Ruido y vibraciones de las instalaciones del DB HR del CTE, se limitarán los niveles de ruido y de vibraciones que las instalaciones puedan transmitir a los recintos protegidos y habitables del edificio a través de las sujeciones o puntos de contacto de aquellas con los elementos constructivos, de tal forma que no se aumenten perceptiblemente los niveles debidos a las restantes fuentes de ruido del edificio. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos generadores de ruido estacionario (como los quemadores, las calderas, las bombas de impulsión, la maquinaria de los ascensores, los compresores, grupos electrógenos, extractores, etc.) situados en recintos de instalaciones, así como las rejillas y difusores terminales de instalaciones de aire acondicionado, será tal que se cumplan los niveles de inmisión en los recintos colindantes, expresados en el desarrollo reglamentario de la Ley 37/2003 del Ruido. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos situados en cubiertas y zonas exteriores anejas, será tal que en el entorno del equipo y en los recintos habitables y protegidos no se superen los objetivos de calidad acústica correspondientes. Se tendrá en cuenta lo especificado en el apartado 3.3 Ruido y vibraciones de las instalaciones. Particularmente, para cada tipo de encuentro de una instalación con un elemento constructivo, se atenderá a lo siguiente:

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• Encuentros de elementos de separación verticales con los conductos de

instalaciones (apartado 3.1.4.1.2): Cuando un conducto de instalaciones colectivas se adose a un elemento de separación vertical, se revestirá de tal forma que no disminuya el aislamiento acústico del elemento de separación y se garantice la continuidad de la solución constructiva.

• Encuentros de elementos de separación horizontales con los conductos de instalaciones (apartado 3.1.4.2.2): En el caso de que un conducto de instalaciones, por ejemplo, de instalaciones hidráulicas o de ventilación, atraviese un elemento de separación horizontal, se recubrirá y se sellarán las holguras de los huecos efectuados en el forjado para paso del conducto con un material elástico que garantice la estanquidad e impida el paso de vibraciones a la estructura del edificio.

Deben eliminarse los contactos entre el suelo flotante y los conductos de instalaciones que discurran bajo él. Para ello, los conductos se revestirán de un material elástico.

Deberán utilizarse elementos elásticos y sistemas antivibratorios en las sujeciones o puntos de contacto entre las instalaciones que produzcan vibraciones y los elementos constructivos. ESTANQUEIDAD DEL AMBIENTE INTERIOR DEL EDIFICIO (DB HS-1 DEL CTE): Descripción del sistema: Las soluciones constructivas que se estima se adoptarán para garantizar la estanqueidad de muros, suelos, fachadas y cubiertas y sus puntos singulares en contacto con el terreno y con el aire exterior, aparecen descritos en los apartados correspondientes del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificaran y desarrollarán con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado 3.4. SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS, de la presente memoria. Parámetros: Para la determinación de las soluciones constructivas que garanticen la protección del ambiente interior del edificio en contacto con el terreno y con el aire exterior se han tenido en cuenta las condiciones de diseño del apartado 2 del DB HS-1 relativas a cada tipo de elemento constructivo, en función del grado de impermeabilidad exigido. GESTIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS, OTROS Y DE CONSTRUCCION (DB HS-2 DEL CTE Y RD. 105/2008): Descripción del sistema: El sistema de gestión (almacenaje, recogida y evacuación) que se adoptará para los residuos sólidos domiciliarios aparecerá descrito en el Capítulo 3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado 3.4. SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS, de la presente memoria. El sistema de gestión que se adoptará para los residuos de construcción aparece descrito en el Capítulo 4. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECIFICAS, apartado de REAL DECRETO 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL

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QUE SE REGULA LA PRODUCCION Y GESTION DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION, de la presente memoria. Parámetros: La edificación deberá disponer de espacios y medios para la gestión de los residuos ordinarios generados por la actividad, situados en el interior de la propia edificación o en el exterior de la misma (dentro del solar), conforme al DB HS-2 del CTE o normativa de aplicación correspondiente (ordenanza municipal y otros). Los espacios y medios destinados a la extracción de los residuos ordinarios generados en el edificio se determinarán de forma acorde con el sistema público de recogida de tal forma que se facilite la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión. El Real Decreto 105/2008 por el que se regula la Producción y Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, será de aplicación a los residuos de construcción y demolición, definidos como cualquier sustancia u objeto que se genere en una obra de construcción o demolición. Cumpliendo también la definición de “residuo” que figura en la Ley 10/1998 de Residuos, como cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse, perteneciente a alguna de las 16 categorías señaladas en dicha Ley. Mediante este Decreto, se estudiará la gestión de los residuos de construcción y demolición mediante operaciones de prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, asegurando que los destinados a operaciones de eliminación reciban un tratamiento adecuado, y contribuir a un desarrollo sostenible de la actividad de construcción CALIDAD DEL AIRE INTERIOR (INSTALACION DE VENTILACION): Descripción del sistema: Los sistemas de ventilación que se estima se adoptarán aparecen descritos en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificaran y desarrollarán con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado de SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS, de la presente memoria. Parámetros: El edificio y sus recintos interiores contarán con sistemas de VENTILACIÓN que garanticen la renovación de aire necesaria. Los medios que se dispongan para que los recintos del edificio puedan ventilar adecuadamente, eliminarán los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de cada uno, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes. Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de las unidades funcionales del edificio y del entorno exterior (fachadas), la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas (calefacción, refrigeración o agua caliente sanitaria) se producirá, con carácter general, por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas. Para el caso que nos ocupa, no es de aplicación el DB HS-3 del CTE. En este caso, para cada ventilación específica se tendrá en cuenta:

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Ventilación y evacuación de los productos de la combustión en los locales destinados a contener aparatos a gas: Los locales que contengan aparatos de gas deberán reunir unas condiciones determinadas, en cuanto a:

- Características propias y de los orificios de ventilación. - Sistemas de ventilación de los propios locales. - Sistemas de evacuación de los productos de la combustión de los aparatos a gas

instalados en los mismos. Para ello, se tendrá en cuenta lo establecido en:

• REAL DECRETO 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias 01 a 11.

• REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).

• Norma UNE 60670-6-2005: Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación ≤ 5 bar. Parte 6: Requisitos de configuración, ventilación y evacuación de los productos de la combustión en los locales destinados a contener los aparatos a gas.

• Así como otras normas vigentes que se consideren al efecto. Ventilación de locales no contemplados en el DB HS-3 del CTE: Al no ser de aplicación el DB HS-3 del CTE, para el análisis de las condiciones de ventilación del edificio se tendrá en cuenta el DB HE-2 (Rendimiento de las instalaciones térmicas) del CTE, el cual, conduce al Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en la Edificación (RITE), así como la CORRECCIÓN de errores. Según la IT 1.1.4.2. Exigencia de calidad de aire interior, se establece que el edificio dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite, en los distintos locales en los que se realice alguna actividad humana, la formación de elevadas concentraciones de contaminantes de acuerdo con la UNE-EN-13779:2008 Ventilación de edificios no residenciales. Requisitos de prestaciones de los sistemas de ventilación y acondicionamiento de recintos. Los edificios ventilados naturalmente están fuera del objeto y campo de aplicación de esta norma. El caudal mínimo de aire exterior de ventilación, necesario para alcanzar las categorías de calidad de aire interior que se indican en el apartado 1.1.4.2.2, en el que se recoge una clasificación de usos según el nivel de calidad del aire interior exigido para locales en los que se vaya a desarrollar alguna actividad humana, se calculará de acuerdo con alguno de los cinco métodos que se indican en la IT 1.1.4.2.3 Caudal mínimo del aire exterior de ventilación. Asimismo, se tendrá en cuenta el RD 486/1997, de 14 de Abril, “Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de Trabajo”, obligatorio en todo tipo de ambiente laboral. Esta norma, en su artículo 7 (Capítulo II) y en especial en el Anexo III, se establecen las condiciones ambientales de los lugares de trabajo, sin perjuicio de los dispuesto en el RITE (realmente hace referencia al RD 1618/1980, pero este está derogado por el RITE). Dichas condiciones hacen referencia a temperatura, humedad relativa, velocidad del aire y sobretodo fija una renovación mínima del aire en los locales de trabajo de 30 m3/h (8’30 l/s) de aire limpio por trabajador en trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco, a fin de evitar el ambiente viciado y los olores desagradables, y de 50 m3/h (13’90 l/s) en los casos restantes trabajos. El sistema de

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ventilación y, en particular, la distribución de las entradas de aire limpio y salida de aire viciado deben asegurar una afectiva renovación de aire del local de trabajo. El adecuado estudio de la ventilación natural de los espacios del edificio permitirá colaborar de forma ecológica con el consiguiente ahorro energético en el sistema de climatización evitando el sobrecalentamiento así como mejorar la calidad del aire al permitir su renovación. En el caso de que las condiciones de ventilación no queden aseguradas de forma natural, será necesaria una instalación mecánica. Esta instalación se diseñará y dimensionará de acuerdo con el RITE y para ello se tendrá en cuenta:

• Las características generales del edificio que comprenden: datos sobre la localización del edificio y las condiciones exteriores que pueden tener influencia en el diseño del sistema entre las que destacan: la calidad del aire exterior, las emisiones, los vientos dominantes, el clima exterior, etc. De igual modo es importante disponer de datos sobre los períodos de funcionamiento del edificio que permitirían establecer los esquemas de Ocupación.

• El uso de los recintos. Información que debería contener: el tipo de actividades que se van a desarrollar en los diferentes espacios; el nivel de Ocupación humana, este dato es una condición básica puesto que la tasa de ventilación debe diseñarse para ese nivel de Ocupación y la presencia de otros contaminantes que debe ser definida en términos de la concentración límite a la que esos contaminantes pueden encontrarse en el recinto.

• Los requisitos del recinto en cuanto a ambiente térmico, calidad de aire interior, iluminación y nivel de ruido. Estos serán los niveles de calidad que el sistema debe proporcionar en los diferentes recintos, según sus actividades y los objetivos especificados.

• Los requisitos generales para el mantenimiento, de modo que se facilite la inspección, limpieza, funcionamiento y mantenimiento.

En general, la instalación cumplirá las exigencias que se establecen en el RITE, a través de sus cuatro Instrucciones Técnicas (IT) que se corresponden con las fases de la instalación:

• IT 1 Diseño y dimensionamiento. • IT 2 Montaje. • IT 3 Mantenimiento y uso. • IT 4 Inspección.

INSTALACIÓN DE ACONDICIONAMIENTO DE AIRE (CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN): Descripción del sistema: El sistema de calefacción, climatización o acondicionamiento de aire que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificara y desarrollará con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado de AHORRO DE ENERGIA. DOCUMENTO BASICO HE, de la presente memoria. Parámetros: El acondicionamiento de aire es el proceso más completo de tratamiento del aire ambiente de los locales habitados; consiste en regular las condiciones en cuanto a la temperatura (calefacción o refrigeración), humedad, limpieza (renovación, filtrado) y el movimiento del

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aire dentro de los locales. A la hora de proyectar sistemas de calefacción, climatización o acondicionamiento de aire para locales habitados por personas habrá que tener en cuenta lo dispuesto en el DB HE-2 (Rendimiento de las instalaciones térmicas) del CTE, el cual, conduce al Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en la Edificación (RITE), así como la CORRECCIÓN de errores. En general, la instalación cumplirá las exigencias que se establecen en el RITE, a través de sus cuatro Instrucciones Técnicas (IT) que se corresponden con las fases de la instalación:

• IT 1 Diseño y dimensionamiento. • IT 2 Montaje. • IT 3 Mantenimiento y uso. • IT 4 Inspección.

Especialmente se atenderá a las condiciones impuestas en las IT 1.1. En particular, según la IT 1.1.4.1.2, la temperatura y humedad relativa operativas, o condiciones interiores de diseño, se definen según la actividad metabólica de las personas, u vestimenta, y el porcentaje de insatisfechos. Los valores medios normales son los que se muestran en la Tabla 1.4.1.1 del RITE. Así, la temperatura en la zona ocupada de cualquier local no debe superar los 23 ºC en invierno ni será inferior a los 23 ºC en verano. La humedad relativa se situará entre el 40% y el 60%, siendo mayor en verano. De todas formas, se permitirá variar dichas condiciones para situaciones no habituales, remitiéndose entonces a la norma UNE-EN ISO 7730. Las condiciones exteriores de temperatura y humedad deben ser convenientemente elegidas a la hora de realizar los cálculos. Estas condiciones son variables según la latitud, altitud, orientación, hora solar, día del mes y mes del año que se tome como referencia. Las condiciones pueden establecerse siguiendo la UNE 100001:1985 o bien con datos procedentes de fuentes de reconocida solvencia.

F. SISTEMA DE SERVICIOS (INSTALACIONES) Se entiende por sistema de servicios el conjunto de servicios externos al edificio necesarios para el correcto funcionamiento de éste. Se definen las instalaciones con las que va a contar el edificio, para dotarle de confort ambiental y un correcto funcionamiento. Para todo el sistema de servicios (instalaciones) del edificio se tendrán en cuenta las siguientes condiciones exigidas respecto a la protección frente al ruido (conforme Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, de la Junta de Andalucía, y DB HR del CTE):

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De acuerdo con el apartado 2.3. Ruido y vibraciones de las instalaciones del DB HR del CTE, se limitarán los niveles de ruido y de vibraciones que las instalaciones puedan transmitir a los recintos protegidos y habitables del edificio a través de las sujeciones o puntos de contacto de aquellas con los elementos constructivos, de tal forma que no se aumenten perceptiblemente los niveles debidos a las restantes fuentes de ruido del edificio. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos generadores de ruido estacionario (como los quemadores, las calderas, las bombas de impulsión, la maquinaria de los ascensores, los compresores, grupos electrógenos, extractores, etc...) situados en recintos de instalaciones, así como las rejillas y difusores terminales de instalaciones de aire acondicionado, será tal que se cumplan los niveles de inmisión en los recintos colindantes, expresados en el desarrollo reglamentario de la Ley 37/2003 del Ruido. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos situados en cubiertas y zonas exteriores anejas, será tal que en el entorno del equipo y en los recintos habitables y protegidos no se superen los objetivos de calidad acústica correspondientes. Se tendrá en cuenta lo especificado en el apartado 3.3 Ruido y vibraciones de las instalaciones. Particularmente, para cada tipo de encuentro de una instalación con un elemento constructivo, se atenderá a lo siguiente:

• Encuentros de elementos de separación verticales con los conductos de instalaciones (apartado 3.1.4.1.2): Cuando un conducto de instalaciones colectivas se adose a un elemento de separación vertical, se revestirá de tal forma que no disminuya el aislamiento acústico del elemento de separación y se garantice la continuidad de la solución constructiva.

• Encuentros de elementos de separación horizontales con los conductos de instalaciones (apartado 3.1.4.2.2): En el caso de que un conducto de instalaciones, por ejemplo, de instalaciones hidráulicas o de ventilación, atraviese un elemento de separación horizontal, se recubrirá y se sellarán las holguras de los huecos efectuados en el forjado para paso del conducto con un material elástico que garantice la estanquidad e impida el paso de vibraciones a la estructura del edificio.

Deben eliminarse los contactos entre el suelo flotante y los conductos de instalaciones que discurran bajo él. Para ello, los conductos se revestirán de un material elástico.

Deberán utilizarse elementos elásticos y sistemas antivibratorios en las sujeciones o puntos de contacto entre las instalaciones que produzcan vibraciones y los elementos constructivos. INSTALACION DE SUMINISTRO DE AGUA: Descripción del sistema: El sistema de instalación de suministro de agua que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificara y desarrollará con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado de SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS, de la presente memoria.

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Cada edificio recibirá suministro de agua potable de la red municipal de abastecimiento. Desde el punto de vista del suministro de agua, cada edificio es independiente. La instalación será para un edificio con un solo titular con su contador correspondiente e instalación interior particular (AFS y ACS). Parámetros: El diseño y dimensionado se hará de acuerdo al DB HS-4 del CTE, así como a las normas particulares de la Compañía Suministradora y ordenanzas municipales. La instalación se diseñará y dimensionará de manera que proporcione agua con la presión y el caudal adecuados a todos los locales húmedos del edificio. El dimensionado de la red se realizará en función de los parámetros de partida a proporcionar por la empresa distribuidora de agua potable del municipio. Todos los elementos de la instalación serán los adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto en cada uso del edificio de agua apta para el consumo de forma sostenible, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del caudal del agua. Al estar dotado el edificio de ACS, éste dispondrá de un sistema de ENERGÍA SOLAR para cubrir parte de la demanda de ACS, cuyo diseño y dimensionado se llevará a cabo conforme DB HE-4 del CTE y otras normativas específicas de mayor rango (ordenanzas municipales o similar). Esta instalación se calculará y diseñará en función del consumo de ACS y la radiación solar que incida en el emplazamiento. INSTALACIÓN DE EVACUACIÓN DE AGUAS: Descripción del sistema: El sistema de instalación de evacuación de aguas que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificará y desarrollará con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado de SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BASICO HS, de la presente memoria. La zona donde se ubicará el solar contara con una red de alcantarillado público (los terrenos están pendiente de urbanizar). Desde el punto de vista de la evacuación de aguas, cada edificio es independiente. La instalación de EVACUACIÓN DE AGUAS de cada edificio será separativa con una conexión final de aguas pluviales y residuales, conjunta o independiente (según la red exterior sea unitario o separativa, respectivamente), antes de su salida al exterior. Las características conceptuales de esta red se reflejan en el esquema de principio de la instalación. Parámetros: El edificio dispondrá de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en él de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías. La instalación se diseñará para cumplir las determinaciones del DB HS-5 del CTE así como las normas particulares de la Compañía Suministradora y ordenanzas municipales.

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INSTALACION DE ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO: Descripción del sistema: El sistema de instalación de electricidad y alumbrado que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. Asimismo, se justificará y desarrollará con mayor profundidad en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACION DE ELECTRICIDAD, de la presente memoria. Cada edificio contará con SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA en BAJA TENSIÓN, proporcionado por la red de la Compañía Suministradora. Desde el punto de vista del suministro de electricidad, cada edificio es independiente. Para cada edificio, la instalación será con acometida propia a red eléctrica para un solo titular, con una o varias cajas generales de protección y medida según previsión de potencia e instalación interior particular. El edificio dispondrá de una instalación eléctrica con las características conceptuales reflejadas en los esquemas unifilares de la instalación. Parámetros: La instalación eléctrica cumplirá el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto de 2002), así como a sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) BT-01 a BT-51 y normas particulares de Compañía Suministradora. Se realizará una previsión de potencia reglamentaria (instrucción ITC-BT-10) y coherente con las necesidades reales de la potencia que demandará el suministro adaptándose a las particularidades del edificio, para dimensionar correctamente los elementos de la instalación, garantizando que mientras se utilicen los receptores normales y hasta la máxima potencia prevista, no se va a producir una caída de tensión superior a la reglamentaria. Se tendrá en cuanta obligatoriamente la reserva de espacio para centro de transformación dentro del edificio cuando la potencia solicitada sea superior a 100 Kw. Su ubicación podrá ser en planta acceso, sótano o semisótano. Se preverá la red de puesta a tierra de tierra de todas las masas metálicas, las instalaciones y las partes metálicas de la estructura. Esta instalación cumplirá lo exigido en la ITC-BT-18 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Contará igualmente con una INSTALACIÓN DE ALUMBRADO, normal y de emergencia, que proporcione las condiciones adecuadas de iluminación y de seguridad en los distintos espacios y locales del edificio. Se elegirán las lámparas y luminarias con un alto rendimiento para proporcionar el mayor ahorro energético posible. En las zonas comunes del edificio y en la zona de aparcamiento se instalarán sistemas que permitan limitar el gasto energético. El diseño y la elección de los elementos del sistema se basarán en el cumplimiento de los parámetros del DB HE-3 del CTE (Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación) y DB SU-4 del CTE (Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada). INSTALACION DE TELECOMUNICACIONES – AUDIOVISUALES: Descripción del sistema: El sistema de instalación de telecomunicaciones – audiovisuales que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. El edificio solo precisa disponer de un sistema de acceso a red de telefonía y televisión

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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básica disponible en la zona. Parámetros: Las instalaciones de telecomunicaciones se rigen por el RD. 401/2003 por el que se aprueba el Reglamento Regulador de Infraestructuras comunes de Telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y de la actividad de instalación de equipos y sistemas de telecomunicaciones. Es obligatoria esta instalación en:

• Edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos, o deban acogerse, al régimen de propiedad horizontal regulado por la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, modificada por la Ley 8/1999.

• Edificios que, en todo o en parte, hayan sido objeto de arrendamiento por plazo superior a un año, salvo los que alberguen una sola vivienda.

En caso de aplicación, tal como se prescribe en dicho Reglamento, deberá realizarse el correspondiente Proyecto específico independiente del que nos ocupa (parcial), redactado por técnico competente, donde se dará justificación al Real Decreto. Para el caso que nos ocupa, la instalación de telecomunicaciones que se proyecta no tendrá que cumplir los requisitos establecidos en este Reglamento. INSTALACION DE PROTECCION CONTRA INCENDIO: Descripción del sistema: El sistema de instalación de protección contra incendio que se estima se adoptará aparece descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria, así como en el Capítulo 3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado 3.2. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. DOCUMENTO BASICO SI. Asimismo, se justificará y desarrollará con mayor profundidad en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO, de la presente memoria. Parámetros: Los medios de protección contra incendios necesarios (bocas de incendio, tomas de columna seca, extintores, sistemas de alarma, de detección e instalaciones automáticas de extinción, etc.) para el edificio se determinarán de acuerdo a las indicaciones del DB SI-4 (Tabla 1.1) del CTE. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, cumplirán lo establecido en el RD. 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación (Normas UNE de obligado cumplimiento y muy especialmente, las Normas UNE 23.007, UNE 23.008, UNE 23.110, UNE 23.500, UNE-EN 671, UNE 23.407, Reglamento de Aparatos a Presión y su Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP5). La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado Reglamento.

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INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN FRENTE AL RAYO: Descripción del sistema: El edificio contará con un sistema de protección frente el rayo si, en cumplimiento del DB SU del CTE, fuera necesario. En caso necesario, el sistema de instalación de protección frente al rayo adoptado aparecerá descrito en el apartado correspondiente del Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria y con mayor profundidad en el Capítulo 3. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DEL CTE, apartado de SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN. DOCUMENTO BASICO SU. Parámetros: La instalación de protección frente al rayo se diseñará de acuerdo al DB SU-8 del CTE y a la UNE 21185. “Protección de las estructuras frente al rayo y principios generales”. INSTALACIÓN DE TRANSPORTE VERTICAL (ASCENSORES): Descripción del sistema: Se ha previsto en uno de los edificios, en sus zonas comunes, de un espacio para la instalación de un ascensor. El sistema de instalación de transporte vertical (ascensores) adoptado aparece descrito en el apartado correspondiente del capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. El sistema de transporte vertical para el edificio estará constituido por ascensor del tipo eléctrico, también llamados electromecánicos, accionados por un motor eléctrico unido a una polea de tracción que transfiere el movimiento a los cables que suspenden la cabina. Serán ascensores de pasajeros, para el transporte exclusivo de personas. Parámetros: En esta instalación los condicionantes fundamentales para el proyecto, son los espacios a reservar para el hueco del ascensor y el cuarto de maquinas. La normativa a considerar será:

• Real Decreto 1314/1997 de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores, en vigor desde el 1 de julio de 1999.

Esta normativa obliga a suprimir cualquier disposición interna que se oponga a la misma, que en el caso español afecta tanto al Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención como su Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM 1.

• Norma Europea EN 81-1/2.

En edificios de nueva planta de pública concurrencia, donde el ascensor es obligatorio para edificios de más de una altura, y en aquellos de uso privado en que sea obligatoria la instalación del ascensor, al menos un ascensor deberá ser apto para minusválido. La obligación de instalar un ascensor en un edificio de viviendas de nueva planta se determinará conforme normativa específica (planeamiento u ordenanzas municipales o normativa VPO en su caso, normalmente son obligatorios para altura > PB+3). En el caso de aplicación, se cumplirán las condiciones descritas en el artículo 74, del Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las

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normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. La elección de una tipología de ascensor entre todas las posibles debe hacerse después de un estudio de tráfico vertical del edificio de destino del ascensor. Los principales parámetros que determinan la elección del sistema de transporte más adecuado son los que aparecen a continuación:

• Nº de plantas (recorrido) o niveles atendidos por el ascensor:

Esta variable determina la velocidad nominal del ascensor para evitar que los tiempos de espera y los tiempos de trayecto sean largos. De un modo muy general podemos establecer la siguiente correspondencia:

- Hasta 6 plantas (15 m recorrido): ascensor hidráulico. - De 7 a 10 plantas (27 m recorrido): ascensor eléctrico 2 velocidades.

• Cantidad de pasajeros a transportar:

Este punto se refiere a la cantidad de pasajeros transportados en un intervalo de tiempo determinado.

Desde un punto de vista general y para idénticas velocidad y carga nominal, los ascensores eléctricos dan servicio más rápido que los hidráulicos. Esto es debido a la propia naturaleza de transmisión del movimiento puesto que la cadena cinemática motor-polea tracción-cables-cabina es de respuesta más rápida que la de motor-presión fluido-pistón-cabina (inercia fluida). Para valores de tráfico elevados hay que recurrir a ascensores eléctricos tipo gearless de alta velocidad (> 2’00 m/s).

• Tipo de proyecto:

Por tipo de proyecto se entiende si el edificio de destino es de nueva ejecución (obra nueva), ha sido ejecutado con anterioridad al proyecto del ascensor (edificio existente) o dispone de ascensor que ha de ser sustituido o modernizado (reforma).

- Obra nueva: El edificio está proyectado y adecuado para albergar el

ascensor y no impone, en principio, limitaciones a la selección del ascensor a instalar.

- Edificio existente: En la mayoría de los casos existen importantes restricciones dimensionales, geométricas y de equipamiento para la instalación del ascensor.

En estas circunstancias los ascensores más adecuados son los hidráulicos (con y sin cuarto de máquinas) y los eléctricos sin cuarto de máquinas.

• Reforma: Se trata de la sustitución total o parcial de un ascensor por diferentes

motivos (incremento de la seguridad de la instalación, mejora de las prestaciones o renovación estética).

En este caso la elección del nuevo ascensor (o componentes) debe tener en cuenta los motivos que han originado su sustitución.

• Tipo de edificio: Se refiere al uso del edificio. Cada uso demandará un tipo de

ascensor.

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Para residencial de uso privado: Los accionamientos más utilizados son los hidráulicos y los eléctricos con reductor. Las capacidades más habituales de las cabinas son 450 y 600 kg (6-8 personas). Los ascensores de 300 kg (4 personas) tienden a desaparecer en los edificios de nueva ejecución por no ser aptos para el uso por personas de movilidad reducida.

• Tipo de carga a transportar:

Puede tratarse de personas, carga, carga acompañada, camillas hospitalarias o vehículos automóviles.

Para el caso de personas: Cualquier ascensor seleccionado según los criterios expuestos en este capítulo es capaz de desarrollar adecuadamente su función. Prevalecerán los aspectos de confort, estéticos, ergonómicos, cinemáticos y de confort sobre la robustez.

1.6. PRESTACIONES DEL EDIFICIO A. PRESTACIONES DEL EDIFICIO EN RELACION CON LAS EXIGENCIAS BÁSICAS DEL CTE El CTE es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad (higiene, salud y protección del medio ambiente), en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de la Ley Ordenación de la Edificación (LOE). El CTE establece dichas exigencias básicas para cada uno de los requisitos básicos de “seguridad estructural”, “seguridad en caso de incendio”, “seguridad de utilización”, “higiene, salud y protección del medio ambiente”, “protección contra el ruido” y “ahorro de energía y aislamiento térmico”, establecidos en el artículo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas. Los requisitos básicos relativos a la “funcionalidad” y los aspectos funcionales de los elementos constructivos se regirán por su normativa específica. Se establecen estos requisitos con el fin de garantizar la seguridad de las personas, el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente, debiendo los edificios proyectarse, construirse, mantenerse y conservarse de tal forma que se satisfagan estos requisitos básicos. A continuación se describen las prestaciones del edificio por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE: 1. REQUISITOS BÁSICOS RELATIVOS A LA FUNCIONALIDAD DE UTILIZACIÓN:

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En el Proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB SU, de tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las funciones previstas en el edificio. DE ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON MOVILIDAD Y COMUNICACIÓN REDUCIDAS: Se permite que las personas con movilidad y comunicación reducidas puedan acceder y circular por los edificios en los términos previstos en su normativa específica y de acuerdo con las zonas de acceso público. El Proyecto se ajusta a lo establecido en el DB SU del CTE y en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, de tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación reducidas el acceso y la circulación por el edificio. DE ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN Y POSTAL: Los edificios se ha proyectado de tal manera que se garanticen el acceso a los servicios de telecomunicaciones y audiovisuales, cumpliéndose todos los requisitos establecidos en su normativa específica. Además se ha facilitado el acceso de los servicios postales, dotando a cada edificio, de casilleros postales para la entrega de los envíos, según lo dispuesto en su normativa específica. 2. REQUISITOS BÁSICOS RELATIVOS A LA SEGURIDAD ESTRUCTURAL: En el Proyecto se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB SE, DB SE-AE Acciones en la edificación y DB-SE-C Cimientos y también en los DB SE-A Acero, DB SE-F Fábrica o DB-SE-M Madera según los materiales estructurales correspondientes, así como en las normas EHE-08 de Hormigón Estructural y NCSE-02 de Construcción Sismorresistente, para asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto, de modo que no se produzcan en el mismo o en alguna de sus partes, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, vigas, pilares, forjados, muros u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica, la estabilidad del edificio o que se produzcan deformaciones inadmisibles. En lo que respecta al comportamiento satisfactorio de la estructura frente al fuego se ha tenido en cuenta lo establecido en el DB SI. En consecuencia, se ha tenido en cuenta: Exigencia básica SE 1. Resistencia y estabilidad La resistencia y estabilidad de la estructura son las adecuadas para que no se generen riesgos indebidos, de forma que se mantenga la resistencia y estabilidad frente a las acciones e influencias previsibles durante las fases de construcción y uso previsto del edificio, y que un evento extraordinario no produzca consecuencias

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desproporcionadas respecto a la causa original y se facilite el mantenimiento previsto. Exigencia básica SE 2. Aptitud al servicio El uso previsto del edificio no producirá deformaciones inadmisibles y se limita a un límite aceptable la probabilidad de un comportamiento dinámico inadmisible y no se produzcan degradaciones o anomalías inadmisibles. EN CASO DE INCENDIO: El Proyecto se ajusta a lo establecido en DB SI para reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios del edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, asegurando que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. En consecuencia, se ha tenido en cuenta: Exigencia básica SI 1. Propagación interior Se ha limitado el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. Exigencia básica SI 2. Propagación exterior Se ha limitado el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. Exigencia básica SI 3. Evacuación Se dispone de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. Exigencia básica SI 4. Instalaciones de protección contra incendios Se dispone de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. Exigencia básica SI 5. Intervención de bomberos Se ha facilitado la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. Exigencia básica SI 6. Resistencia estructural al incendio La estructura portante proyectada es capaz de mantener su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas, siguiendo las directrices y parámetros de diseño que marca la normativa. DE UTILIZACIÓN: El Proyecto se ajusta a lo establecido en DB SU en lo referente a la configuración de los espacios, los elementos fijos y móviles que se instalen en el edificio, de tal

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manera que pueda ser usado para los fines previstos reduciendo a límites aceptables el riesgo de accidentes para los usuarios. En consecuencia, se ha tenido en cuenta: Exigencia básica SU 1. Seguridad frente al riesgo de caídas Se ha limitado el riesgo de que las personas resbalen, tropiecen o se dificulte su movilidad. Asimismo se ha limitado el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. Exigencia básica SU 2. Seguridad frente al riego de impacto o de atrapamiento Se ha limitado el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o móviles del edificio. Exigencia básica SU 3. Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento Se ha limitado el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos. Exigencia básica SU 4. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada Se ha limitado el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación del edificio, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal. Exigencia básica SU 5. Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación No es de aplicación. Exigencia básica SU 6. Seguridad frente al riesgo de ahogamiento No es de aplicación. Exigencia básica SU 7. Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento No es de aplicación. Exigencia básica SU 8. Seguridad frente al riesgo relacionado con la acción del rayo Se ha limitado el riesgo de electrocución causado por la acción del rayo mediante instalaciones de protección adecuadas en caso de que así lo precise el edificio según zona geográfica, características del entorno y del tipo de construcción. 3. REQUISITOS BÁSICOS RELATIVOS A LA HABITABILIDAD HABITABILIDAD (HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE): En el Proyecto se tendrá en cuenta lo establecido en el DB HS con respecto a higiene, salud y protección del medio ambiente, de tal forma que se alcancen condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos. Dispondrá de:

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- Medios para impedir la presencia de agua o humedad inadecuada

procedente de precipitaciones atmosféricas, del terreno o de condensaciones.

- Medios para impedir su penetración o, en su caso, permiten su evacuación sin producción de daños.

- De espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida.

- De medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.

- De medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua.

- De medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas.

En consecuencia, se ha tenido en cuenta: Exigencia básica HS 1. Protección frente a la humedad Se limitará el riesgo “previsible” de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior del edificio y en sus cerramientos como consecuencia del agua de precipitaciones atmosféricas, de escorrentías, del terreno o de condensaciones y se han dispuesto los medios pertinentes que impiden su penetración o, en su caso, impiden su evacuación sin producción de daños. Exigencia básica HS 2. Recogida y evacuación de residuos Aunque para el caso que nos ocupa, no corresponde su aplicación, adoptando criterios análogos, el edificio dispondrá de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en él de forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilita la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión. Exigencia básica HS 3. Calidad del aire interior Aunque para el caso que nos ocupa, no corresponde su aplicación, adoptando criterios análogos, el edificio dispondrá de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante su uso normal, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes. Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior y del entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de los productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá por la cubierta del edificio, con independencia del

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tipo de combustible y del aparato que se utilice, y de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas. Exigencia básica HS 4. Suministro de agua Se dispondrá de medios adecuados para suministrar al equipo higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alterar sus propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, e incorpora medios que permiten el ahorro y el control del caudal de agua. Los equipos de producción de agua caliente estarán dotados de sistemas de acumulación y los puntos terminales de utilización de unas características tales que evitan el desarrollo de gérmenes patógenos. Exigencia básica HS 5. Evacuación de aguas Se dispondrá de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en él de forma independiente con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías. PROTECCIÓN CONTRA EL RUIDO: En el Proyecto se tendrá en cuenta lo establecido en el DB HR del CTE y en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica, Decreto 326/2003, de la Junta de Andalucía, de tal forma que se limite dentro del edificio y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia del proyecto, su construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo todos los elementos constructivos contarán con el aislamiento acústico requerido para los usos previstos en las dependencias que delimitan, reduciendo la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio y para limitar el ruido reverberante de los recintos. AHORRO DE ENERGÍA Y AISLAMIENTO TÉRMICO: Se tendrá en cuenta lo establecido en el DB HE, de tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la adecuada utilización del edificio, reduciendo a límites sostenibles su consumo y una parte del mismo proceda de fuentes de energía renovable. Asimismo, cumplirá con el RD 47/2007 de Certificación energética de los edificios y con la UNE EN ISO 13370: 1999 “Prestaciones térmicas de edificios. Transmisión de calor por el terreno. Métodos de cálculo”. Para el cálculo de la limitación de la demanda energética, se optará en primer lugar por la opción simplificada si las condiciones establecidas en el DB HE-1 lo permiten, en caso contrario, directamente deberá aplicarse la opción general. El edificio proyectado dispondrá de una envolvente adecuada a la limitación de la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima, del uso previsto y del régimen de verano y de invierno. Las características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar,

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permiten la reducción del riesgo de aparición de humedades de condensación, superficiales e intersticiales que puedan perjudicar las características de la envolvente. La envolvente térmica del edificio se resolverá mediante elementos constructivos constituidos con materiales de características adecuadas a las exigencias requeridas. Se tendrá en cuenta especialmente el tratamiento de los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. Se dispondrán una instalación de iluminación adecuada a las necesidades de los usuarios, a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. La demanda de agua caliente sanitaria (ACS) se cubrirá en parte mediante la incorporación de un sistema de captación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. En consecuencia, se ha tenido en cuenta: Exigencia básica HE 1. Limitación de la demanda energética Se dispondrá de una envolvente de características tales que limiten adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de invierno y de verano, así como por sus características de aislamiento y de inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar reduce el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicarle y se tratan adecuadamente los puentes térmicos para limitar la pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. Exigencia básica HE 2. Rendimiento de las instalaciones térmicas Se dispondrá de instalaciones térmicas apropiadas para proporcionar el bienestar térmico a sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Exigencia básica HE 3. Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación Se dispondrá de instalaciones de iluminación que a la vez que sean adecuadas a las necesidades de sus usuarios y eficaces energéticamente, dispongan de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. Exigencia básica HE 4. Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria Al disponer los edificios de red de agua caliente sanitaria (ACS), una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de la demanda de ACS se cubrirá mediante la incorporación de un sistema de captación, almacenamiento y utilización

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de energía solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda según uso del edificio. Exigencia básica HE 5. Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica No es de aplicación para el tipo de edificio que nos ocupa. 4. OTROS ASPECTOS O REQUISITOS El edificio objeto del presente Proyecto cumple asimismo los requisitos establecidos en todas las normativas que le son de aplicación, según la relación expresada en el Capítulo 4. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECIFICAS, apartado de LISTADO NO EXHAUSTIVO DE NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS, de la presente memoria. B. LIMITACIONES DE USO DEL EDIFICIO, DE SUS DEPENDENCIAS E INSTALACIONES LIMITACIONES EN EL USO DEL EDIFICIO Y SUS DEPENDENCIAS: En el conjunto del edificio, el titular del mismo se compromete a respetar las prescripciones del presente Proyecto realizadas de acuerdo a la normativa vigente. Los cambios que durante la obra se puedan realizar se pondrán en conocimiento del autor del presente Proyecto para garantizar que no se modifican los parámetros e hipótesis adoptadas, y en el caso de que así sea, se tomen las medidas oportunas antes de la finalización de la obra. Los cambios que se lleven en el edificio una vez terminada la obra, por lo tanto, no amparados bajo este Proyecto, serán responsabilidad del titular del edificio o de la actividad. El edificio se ha proyectado teniendo en cuenta un programa de necesidades determinado definido por el Promotor para la construcción de un edificio y el desarrollo de una actividad concreta. Basándose en este programa y en dicha actividad, se han proyectado todos los elementos constructivos de acuerdo con las normas de aplicación indicadas en este Proyecto, por lo que las soluciones constructivas responden a este programa y a la justificación que se realiza respecto a dichas normas. En resumen, el edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el Proyecto. El cambio de uso del edificio requerirá de un Proyecto de reforma que será objeto de nueva licencia. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones del mismo en cuanto a estabilidad y seguridad estructural, seguridad contra incendio, ahorro de energía, protección frente al ruido, instalaciones, etc... Las dependencias que se incluyen en el edificio están clasificadas y determinadas para un uso concreto. Las dependencias solamente podrán usarse según lo reflejado en los planos de distribución y superficies, y en base a las mismas se ha determinado sus prestaciones fundamentalmente respecto al ahorro de energía,

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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protección frente al ruido y seguridad contra incendio (ocupación prevista y consideración de local de riesgo especial). El cambio de uso de estas dependencias a otro distinto del proyectado será posible cuando el nuevo destino no cambie las condiciones del resto del edificio ni se vean reducidas sus prestaciones. En caso contrario, se requerirá la redacción de un Proyecto de reforma y cambio de uso que será objeto de nueva licencia. LIMITACIÓN EN EL USO DE SUS INSTALACIONES: Las instalaciones que se proyectan para el edificio están destinadas para dar servicio a todas sus dependencias bajo los usos establecidos. El cambio de funcionamiento en las instalaciones será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere los parámetros de cálculo que han servido para dimensionar y caracterizar las mismas. En caso contrario, se requerirá la redacción de un Proyecto de reforma de la instalación correspondiente que será objeto de nueva licencia si fuese necesario.

El Puerto de Santa María, marzo de 2010 Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María Propiedad CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. José Luís Carrasco Blázquez Arquitecto

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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2. MEMORIA CONSTRUCTIVA Las soluciones constructivas (materiales y elementos seleccionados) que se mencionan en este Capítulo son las que previsiblemente se adoptarán en cumplimiento con las prescripciones del CTE, en los apartados específicos de cada Documento Básico. Con el objeto de obtener una descripción completa de las soluciones que se estima se emplearán para los distintos sistemas que componen el edificio, será necesaria una lectura conjunta de la justificación de los distintos DB que se incluyen, a los que se hará mención en cada uno de estos sistemas. La acreditación de las cualidades exigidas a los materiales será objeto del control de recepción en obra. Las prescripciones para la puesta en obra de materiales y elementos prefabricados se ajustarán a los DB que les sean de aplicación, así como a las instrucciones del fabricante. 2.1. TRABAJOS PREVIOS (DEMOLICIONES Y OTROS) No existen trabajos previos que realizar. 2.2. SUSTENTACIÓN DEL EDIFICIO (CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO) Justificación de las características del suelo y parámetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación. 1. BASES DE CÁLCULO Método de cálculo: El dimensionado de secciones se realizará según la teoría de los estados límites últimos (apartado 3.2.1 del DB SE del CTE) y los estados límites de servicio (apartado 3.2.2 del DB SE). El comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio. Verificaciones: Las verificaciones de los estados límites están basadas en el uso de un modelo adecuado para al sistema de cimentación elegido y el terreno de apoyo de la misma. Acciones:

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Se considerarán las acciones que actúan sobre el edificio soportado según el DB SE-AE del CTE y las acciones geotécnicas que transmiten o se generan a través del terreno en que se apoya según el DB SE en los apartados (4.3, 4.4 y 4.5). 2. JUSTIFICACIÓN GEOTÉCNICA POR PARTE DEL AUTOR DEL PROYECTO (ESTUDIO GEOTÉCNICO EN FASE DE REDACCIÓN ACTUALMENTE) Generalidades: El análisis y dimensionamiento de la cimentación exigen el conocimiento previo de las características del terreno de apoyo, la tipología del edificio previsto y el entorno donde se ubica la construcción. En el momento de redacción del presente Proyecto, no se cuenta con ESTUDIO GEOTÉCNICO, el cual, esta siendo redactado actualmente por laboratorio homologado. Para la determinación final de la cimentación y su dimensionado, se emplearán los parámetros definidos en el ESTUDIO GEOTÉCNICO cuando esté realizado, comprobándose la solución de cimentación adoptada y los parámetros de cálculo empleados. Para la elección del tipo de cimentación, se ha tenido en cuenta la información que se dispone de las construcciones más cercanas, adoptando un tipo de cimentación por comparación con las de estas de estas construcciones, que permita quedarnos del lado de la seguridad teniendo en cuenta la baja capacidad de carga admisible del terreno que se ha considerado y evite asientos diferenciales, así como cualquier otro fallo del terreno. Datos estimados: Se ha estimado teniendo en cuenta la presencia de abundante tierra vegetal, la existencia de un relleno de diversa naturaleza desde la actual superficie de la parcela hasta una profundidad de unos 2’00 m, sin capacidad portante y compacidad suelta. A partir de esta profundidad, se estima un nivel con capacidad portante adecuada constituido por arcillas limosas. Tipo de reconocimiento: Dado que en el momento de redacción del presente Proyecto no se dispone de ESTUDIO GEOTÉCNICO, se ha realizado un reconocimiento inicial del terreno. Parámetros geotécnicos: 1. Corte estratigráfico del terreno. Niveles geotécnicos No se conoce (ver estimación realizada). 2. Agresividad del terreno y del agua freática. Elección del tipo de ambiente: clase general y clase específica de exposición para el hormigón. Para definir la clase específica de exposición es necesario conocer varios parámetros asociados a la agresividad que presenta el terreno, como son el

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contenido en sulfatos solubles y el grado de acidez que puede presentar tanto el suelo como el agua natural que éste contenga. En principio, estimamos ataque nulo por parte del terreno. Teniendo en cuenta los elementos de cimentación en contacto directo con el terreno y según la agresividad del suelo y del agua freática, las clases generales y específicas de exposición serán:

- Clase general de exposición: IIa - Clases específicas de exposición: no hay - Tipo de ambiente: IIa

No será necesario el empleo de cemento del tipo sulforresistente. Valores máximos de la abertura de fisura (artículo 37.2.6 EHE-08): La durabilidad es, junto a consideraciones funcionales y de aspecto, uno de los criterios en los que se basa la necesidad de limitar la abertura de fisura. Los valores máximos a considerar, en función de la clase de exposición ambiental, serán los indicados en la tabla 5.1.1.2. Según tabla 5.1.1.2 de la EHE-08, para los elementos de cimentación de hormigón armado se determinará en función de la clase de exposición.

Clase de exposición IIa hormigón armado Wmáx = 0’30 mm 3. Nivel freático. Inundabilidad No se dispone de datos fiables acerca del nivel freático. Según inspección visual realizada, no se tienen indicios de que el nivel freático se encuentre a poca profundidad ya que no se han observado zonas inundables durante las lluvias recientes. Teniendo en cuenta que no se proyectan plantas enterradas, no es de prever la presencia del nivel freático en las excavaciones a realizar. Se prestará atención durante la fase de excavación. 4. Expansividad Se desconoce. 5. Sismicidad (según Norma de construcción sismorresistente: parte general y edificación NCSR-02) Municipio: EL PUERTO DE SANTA MARIA (CADIZ) Aceleración sísmica básica: ab = 0’06g Aceleración de cálculo: ac = 0’06g Coeficiente de contribución (K): 1’30 Clasificación de terreno: II-III (estimado) Coeficiente de suelo (C): 1’45 La aceleración sísmica es ≤ 0’06g, por lo tanto no es necesario adoptar medidas especiales por motivos sísmicos.

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La norma NCSE-02, recomienda en lo referente a la cimentación (apartado 4.3), entre otras reglas de buena práctica constructiva, las siguientes:

- Debe evitarse la coexistencia en una misma unidad estructural, de sistemas de cimentación superficiales y profundos.

- Es recomendable disponer la cimentación sobre un terreno de características geotécnicas homogéneas. Si el terreno de apoyo presenta discontinuidades o cambios sustanciales en sus características, se fraccionará el conjunto de la construcción de manera que las partes situadas a uno y otro lado de la discontinuidad constituyan unidades independientes.

6. Solución de cimentación. Cota de cimentación y presión admisible Tipo de cimentación: losa armada Nivel de apoyo: sobre mejora de terreno que deberá alcanzar el nivel resistente estimado por debajo del relleno existente de tierra vegetal Presión admisible: valor estimado entre 0’50-1’00 kg/cm2 Mejora de terreno: se procederá a la eliminación del relleno estimado que alcanza aproximadamente un espesor de 2’00 m desde la rasante actual de los terrenos. La mejora de terreno consistirá en:

- Realizada la excavación, se procederá a la compactación del

fondo de la misma hasta una densidad óptima, al menos el 98% de la densidad Proctor de referencia.

- Posteriormente, se extenderá una sub-base de albero o zahorra natural compactada en capas de no más de 30 cm, a una densidad no menor al 98% de la Proctor modificado.

Se deberá comprobar mediante ensayo de placa de carga el comportamiento de la explanada así formada, al nivel del vaciado y al de la coronación de la sub-base. 7. Modulo de balasto Al carecer de ensayos de placa de carga en estos terrenos, se han consultado los valores orientativos de k30 según Anejo D del DB SE-C. Para arenas y arcillas medias se recomienda tomar un valor de 30 a 90 MN/m3. El módulo de balasto deberá obtenerse para las dimensiones reales de la losa. 8. Parámetros para estructuras de contención No existen estructuras enterradas. 9. Condiciones de estanqueidad (coeficiente de permeabilidad del terreno y grado de impermeabilidad) Para poder determinar el grado de impermeabilidad (exigido en el DB HS-1 del CTE para llevar a cabo su aplicación) mínimo exigido a muros y suelos en contacto con el terreno frente a la penetración del agua de éste y de las escorrentías es necesario conocer el coeficiente de permeabilidad del terreno.

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Dado que no disponemos de este dato, existen valores típicos del coeficiente de permeabilidad para cada tipo de suelos recogidos tanto por el propio DB SE-C del CTE como en bibliografía especializada. En este caso, se determina el coeficiente para el tipo de suelo acudiendo a la Tabla D.28. Valores orientativos del coeficiente de permeabilidad del DB SE-C:

Considerando un suelo arcilloso limoso: Coeficiente de permeabilidad del terreno (Ks): 10-5 - 10-9 m/s 2.3. ACONDICIONAMIENTO DEL TERRENO Se realizará un primer replanteo de carácter general que deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa antes de cualquier trabajo para encajar los edificios en el solar, consultando con la misma cualquier discrepancia con respecto a las cotas del proyecto. En este momento se advertirán las desviaciones que pudieran observarse en cuanto a la medición del solar. Tras este primer replanteo y con el perímetro del solar encajado, se procederá a realizar un vaciado con medios mecánicos hasta llegar a la cota inferior de la cimentación (losa) y la mejora de terreno que hay que realizar (se ha estimado a falta de conocer de acuerdo con el Estudio Geotécnico, la eliminación de una capa del terreno de aproximadamente 2’00 m en previsión de rellenos de diversa naturaleza sin ninguna capacidad portante) de la planta acceso del edificio. Posteriormente, se procederá a realizar el relleno para la mejora de terreno, llevándose a cabo el replanteo de la losa y de todos los elementos de cimentación que correspondan (arranques de pilares, arranque de escalera, foso de ascensor, red de saneamiento, etc...) que deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa. En principio, al tratarse de dos edificaciones aisladas se considera que para la excavación no será necesario utilizar ninguna técnica especial como bataches. Teniendo en cuenta la profundidad de la excavación y compacidad del terreno, podrá ser necesario entibar. En caso de que la compacidad del terreno sea suelta, la entibación podrá se ligera para una protección del 20% mediante tableros, cabeceros y codales de madera; semicuajada para una protección del 50%, con los mismos tipos de elementos; y cuajada para una protección del 100% mediante paneles de chapa de acero y codales extensibles metálicos. Según datos que se dispone de la urbanización del entorno de la parcela, será necesario realizar una retirada de tierras de aproximadamente 0'70 m respecto del perfil natural a la cota de acabado previsto en el interior de dicha parcela.

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Las tierras procedentes de la excavación se irán extrayendo a la vez que se realiza esta labor, trasladando las mismas directamente a camión para su transporte a vertedero autorizado más próximo según gestor de residuos de la construcción o bien a una parte del solar que no interfiera en la zona que se excava hasta su definitivo transporte o reutilización para uso particular. Se evitará la entrada de aguas superficiales a las excavaciones, achicándola en caso de que se produzcan. 2.4. SISTEMA ESTRUCTURAL La descripción de los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo el sistema estructural, se definirán en los apartados de SEGURIDAD ESTRUCTURAL. DOCUMENTO BASICO SE, MEMORIA DE CIMENTACION y MEMORIA DE ESTRUCTURA, de la presente memoria. 2.4.1. CIMENTACIÓN En ambos edificios, se adopta una cimentación superficial directa mediante losa de hormigón armado de canto según cálculos, sobre mejora de terreno. Se procederá a la eliminación total de aproximadamente 2’00 m (estimando la presencia de rellenos) desde la rasante actual de los terrenos. La mejora de terreno consistirá en:

- Realizada la excavación, se procederá a la compactación del fondo de la misma hasta una densidad óptima, al menos el 98% de la densidad Proctor de referencia.

- Posteriormente, se extenderá una sub-base de albero o zahorra natural compactada en capas de no más de 30 cm, a una densidad no menor al 98% de la Proctor modificado.

Se deberá comprobar mediante ensayo de placa de carga el comportamiento de la explanada así formada, al nivel de la explanada del vaciado y al de la coronación de la sub-base. Para la losa se tendrá especial cuidado en la organización de las fases del hormigonado, reanudando el hormigonado de la fase contigua una vez limpia la junta de cualquier suciedad, cepillada, humedecida la superficie y con la interposición de los elementos de impermeabilización descritos. Previamente a la ejecución de la losa, se cuidará en el replanteo de la misma la situación de los elementos que correspondan (fosos, arquetas de saneamiento enterrado, arranques de pilares, arranques de escalera, etc…). La red de saneamiento deberá ejecutarse conjuntamente con la cimentación y embebida en

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la losa si las pendientes y el canto de la misma lo permiten. La unión entre los pilares prefabricados y la losa de cimentación se hará mediante anclajes tipo PEIKKO de PEIKKO SPAIN S.L. Se emplearan tornillos a modo de pernos de características según cálculos. En el dimensionado de la losa se ha tenido en cuenta las condiciones derivadas de este tipo de anclaje (canto mínimo, distancia al borde de la losa desde los tornillos, longitud de anclaje, armaduras adicionales, etc…). Puntualmente, en edificio Centro de Día, para pilar metálico situado en espacio exterior se proyecta zapata aislada y centrada atada a la losa de cimentación mediante vigas de cimentación. Esta zapata estará apoyada en dado de hormigón en masa para alcanzar el nivel del firme previsto. La conexión del pilar con la zapata se efectuara mediante la correspondiente placa de anclaje de acero laminado en caliente con sus correspondientes pernos de anclaje. Todos los suelos en contacto con el terreno cumplirán las condiciones de impermeabilización establecidas en el DB HS-1 del CTE (ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria). Las soluciones de impermeabilización adoptadas para estos elementos se describen en el apartado 2.5.5. SUELOS EN CONTACTO CON EL TERRENO, de la presente Memoria Constructiva. Los materiales de cimentación que se emplearán serán de las siguientes características:

• Hormigón de limpieza bajo elementos de cimentación: HM-20 • Hormigón en cimentación: HA-25. • Acero en elementos de hormigón: B-500S. • Acero en elementos de acero laminado S275JR.

De acuerdo con el DB HS-1, dado que el suelo se construye in situ, el hormigón a emplear ha de ser hidrófugo y de retracción moderada. Se prohíbe el empleo de cementos de alta clase resistente, debiendo la dosificación atender al contenido máximo permitido en los finos de los áridos prescrito en la EHE-08. Del mismo modo, se prohíben dosificaciones de agua superiores a 0’45 veces la parte de cemento, por lo que la consistencia adecuada para el vertido y compactación se alcanzará mediante la adición de superfluidificante. La ejecución de todos los elementos estructurales de hormigón se llevará a cabo según especificaciones de la Instrucción EHE-08, realizándose ensayos de control por laboratorio homologado. 2.4.2. ESTRUCTURA PORTANTE Y HORIZONTAL La estructura portante de ambos edificios estará constituida por pilares, vigas y forjados de hormigón armado prefabricado. Dichos elementos se fabricarán en taller, procediéndose a su montaje en obra por empresa especializada.

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Los elementos estructurales serán de las siguientes características:

• Pilares prefabricados de sección cuadrada 40x40 cm, con ménsulas en cabeza donde sea necesario para apoyo de forjados.

• Vigas prefabricadas de sección rectangular apoyadas sobre ménsulas y pilares para apoyo de forjados.

• Forjados constituido por placas alveolares de canto 30 cm y ancho 1’00-1’20 m, con capa de compresión de 5 cm de espesor, armada con mallazo electrosoldado de acero B-500T y armaduras de negativos de acero B-500S, en edificio Centro de Día; en edificio Centro de Emergencia Social, forjado constituido por placas nervadas tipo TT de 2’50 m de anchura con un canto de 50 cm y nervio de 14 cm de espesor, con capa de compresión de las mismas características que en los forjados de placas alveolares.

Conforme al DB SE del CTE, teniendo en cuenta las dimensiones del edificio no será necesario disponer de junta estructural de dilatación intermedia. Puntualmente, en edificio Centro de Día, se proyecta pilar metálico situado en espacio exterior de acero laminado en caliente mediante perfil normalizado tipo UPN formando cajón cerrado con soldadura continua. La escalera y sus descansillos, en edificio Centro de Emergencia Social, se resolverán con vigas zancas de perfiles normalizados de acero laminado en caliente tipo 2 UPN-200 cajón cerrado, con formación de piso mediante losa maciza de hormigón de 20 cm de canto, cuyas armaduras superior e inferior se soldaran al alma de los perfiles. Los perfiles de acero laminado serán del tipo S275JR conforme al apartado 4.2 del DB SE-A del CTE, comúnmente utilizado en estructuras metálicas de edificación. Los forjados se resolverán mediante placas prefabricadas (alveolares pretensadas y nervadas) de canto adecuado a las luces y cargas, con capa de compresión. Estas placas apoyarán directamente sobre las vigas jácenas correspondientes, disponiéndose en la mayoría de los casos ménsulas en los pilares para facilitar el apoyo de estas vigas. Sobre las placas alveolares se verterá una capa de compresión de hormigón de espesor 5 cm, armada con su armadura de reparto y retracción correspondiente, así como armadura de negativos en apoyos extremos e interiores. Respecto a la placa alveolar, la placa nervada TT necesita de más altura de forjado, ya que toda la resistencia de la pieza se confiere a dos nervios. A favor, tiene un menor peso propio del forjado, de ahí el empleo de este sistema en el edificio de mayor altura. Asimismo, este tipo de forjado facilita el paso de instalaciones de agua, electricidad, incendio, aire Acondicionado, etc… Dichas tipologías de forjado, permiten alcanzar unas luces más grandes con seguridad que con los sistemas convencionales, y sobre todo, facilita todo el proceso de montaje del mismo una vez ejecutados los elementos estructurales prefabricados sobre los que se apoya. El montaje de las placas es muy sencillo y repetitivo, cubriendo mucha superficie con un único elemento. Además al tratarse

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de un elemento autoportante, que no precisa de apuntalamiento como los elementos semirresistentes en el caso de forjados unidireccionales, la rapidez de ejecución en obra es extraordinaria consiguiendo un proceso limpio y seguro. Nada más colocada, las placas ofrecen una amplia superficie resistente sobre la que pisar con seguridad. El trabajo se hace más cómodo y fácil, lo que aumenta el rendimiento. No podemos olvidar que al necesitar un único componente, sin piezas de entrevigado, este tipo de forjados elimina el doble transporte y consiguiente acopio, la carga y descarga se agiliza, y por lo tanto la presencia de equipos y maquinaría de obra en el lugar se reduce. Las secciones y dimensiones de los elementos estructurales, y sus recubrimientos, permitirán alcanzar la resistencia al fuego exigida conforme DB SI del CTE, sin necesidad de elementos de protección o revestimiento. Se prevén los siguientes materiales para los elementos estructurales:

Elementos de acero laminado: • En el caso de pilar metálico, acero tipo S275JR.

Elementos de hormigón prefabricado: • En el caso de hormigón armado HA-35 y acero B-500S. • En el caso de hormigón pretensado HP-45 y acero Y 1860 S7. Elementos hormigonados “in situ” (capa de compresión de forjados): • Hormigón armado HA-25, acero B-500S en armaduras de negativos y

acero en mallazos electrosoldados B-500T. La ejecución de todos los elementos estructurales de hormigón se llevará a cabo según especificaciones de la Instrucción EHE-08, realizándose ensayos de control por laboratorio homologado. La empresa de elementos prefabricados proporcionará las fichas de características técnicas y certificados de calidad, así como todos los documentos que acrediten las características de los mismos en cuanto a resistencia al fuego. Los elementos de forjado deberán tener autorizaciones de uso, así como los elementos prefabricados. 2.5. SISTEMA ENVOLVENTE Conforme a los apéndices de terminología del CTE, la envolvente edificatoria se compone de todos los cerramientos del edificio. Asimismo, la envolvente térmica del edificio está compuesta por todos los cerramientos que limitan espacios habitables con el espacio exterior (aire, terreno u otros edificios) y por todas las particiones interiores que limitan los espacios habitables con los espacios no habitables que a su vez están en contacto con el ambiente exterior. Por cerramiento (vertical u horizontal) entendemos todo elemento constructivo del edificio que lo separa del exterior (aire, terreno u otros edificios).

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La descripción de su comportamiento frente a las acciones a las que estará sometido (peso propio, viento, sismo, etc.) y sus bases de cálculo, frente al fuego, seguridad de utilización, evacuación de agua y comportamiento frente a la humedad, aislamiento acústico, aislamiento térmico, demanda energética máxima prevista del edificio para condiciones de verano e invierno y su eficiencia energética en función del rendimiento energético de las instalaciones, se definen en el apartado 1.5.9. DESCRIPCION GENERAL DE LOS PARAMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TECNICAS DEL PROYECTO de la presente memoria. El siguiente croquis refleja el esquema de la envolvente térmica de un edificio (conforme DB-HE del CTE):

2.5.1. FACHADAS Y MEDIANERAS Las soluciones constructivas cumplirán las condiciones de impermeabilización que resulte de la aplicación directa del DB HS-1 del CTE. Asimismo, se atenderá a lo dispuesto en el DB HE-1 del CTE para garantizar el bienestar térmico exigido.

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Los distintos elementos que constituyen estas soluciones constructivas cumplirán las condiciones que para los mismos se establecen en el apartado 2.3.2 del DB HS-1 del CTE. Las soluciones constructivas para los puntos singulares de fachadas y medianeras (juntas de dilatación, arranque de fachada desde cimentación, encuentros de fachadas con forjados, encuentros de fachada con pilares, encuentros de cámara de aire ventilada con forjados y dinteles, encuentro de fachada con carpintería, etc…) que sean aplicables al Proyecto que nos ocupa cumplirán las condiciones descritas en el apartado 2.3.3 de dicho DB HS-1. La estanqueidad a la penetración de agua será objeto de las pertinentes comprobaciones para la recepción final del edificio. En particular, se observarán las debidas entregas de la carpintería a la fábrica, y la disposición e impermeabilización de los alféizares. MUROS DE FACHADA: Los muros de fachadas son cerramientos exteriores en contacto con el aire cuya inclinación es superior a 60º respecto de la horizontal. Fachadas: Los cerramientos de fachada se ejecutarán con paneles prefabricados de hormigón acabados con textura lisa en blanco de 20 cm de espesor con aislamiento interior térmico-acústico de 5 cm de poliestireno expandido o similar, cámara de aire sin ventilar y trasdosado autoportante ligero formado por una placa de cartón yeso de 15 mm, lista para imprimar, pintar o decorar. El trasdosado interior ligero sistema PLADUR o similar tipo 65/600 de ancho 15+46 mm, constituida por perfiles de chapa de acero galvanizado de 46 mm de ancho a base de montantes separados 600 mm entre ellos y canales, a cuyo lado externo, se atornilla una placa de yeso laminado de 15 mm de espesor. En caso necesario por cuestiones de aislamiento acústico, en cámara de tabique se podrá interponer aislamiento de manta de fibra de vidrio. En general, la placa será tipo N; en núcleos húmedos (aseos, vestuarios, lavandería, etc.), será tipo WA, adecuada para ambientes húmedos; y, en locales de riesgo especial (cuartos de residuos y cuartos técnicos) desde el punto de vista de incendio (ver apartado correspondiente de esta memoria), la placa será resistente al fuego tipo FOC. Se trata de una placa a la que se incorpora en su alma de yeso fibra de vidrio. Al actuar, la fibra de vidrio aumenta la protección de la placa frente al fuego. Los paneles en las franjas horizontales de huecos de ventanas (donde se dispone celosía de lamas fijas horizontales) serán de iguales características pero de 15 cm de espesor. Los paneles tendrán una anchura y longitud de acuerdo con el despiece descrito en documentación gráfica. Se colocarán horizontalmente, unos encima de otros y adosados, disponiéndose apoyados sobre los elementos estructurales correspondientes (vigas de cimentación o vigas de forjados) sobre junta de neopreno. Se asegurará que no se produzcan infiltraciones de aire a través de las

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juntas. Los paneles se fijarán al exterior de los pilares mediante anclajes auxiliares metálicos de acero laminado. Para resolver los encuentros en esquina de los paneles, se dispondrán piezas especiales con los mismos acabados que los paneles. La junta entre paneles se hará mediante machihembrado, sellándose asimismo las uniones por el interior y el exterior. En los paneles se dejarán previstos todos los huecos necesarios para puertas, ventanas, paso de instalaciones, etc…, colocándose en caso necesario un marco de acero inoxidable o galvanizado embutiendo el canto de los paneles de hormigón. Aunque no es de aplicación el DB HS-3 del CTE pues los edificios proyectados no son viviendas, en los cerramientos de fachada de algunas estancias interiores se dispondrán aberturas de admisión mediante rejilla de aluminio lacado o similar. El espesor y calidad de las fachadas proyectadas será tal que permitirá una perfecta resistencia a la acción del viento, a su propio peso y a las acciones mecánicas a que puedan estar sometidas, asegurando al mismo tiempo la perfecta estanqueidad al agua de lluvia, debiéndose sellar todas las juntas. Formación de cargaderos en huecos: Los cargaderos en los dinteles de los huecos deben ser calculados, tanto con relación a su resistencia como a la flecha efectiva que pueda tener dicho elemento. La evaluación de las cargas que reciben dichas piezas debe hacerse de manera realista, considerando el peso del muro sobre el cargadero, y el de cargas procedentes de forjados u otros elementos que se encuentren en zonas próximas a los dinteles. En los paneles de hormigón los cargaderos que sean necesarios ejecutar se resolverán con perfilería de acero laminado en caliente atornillada a estructura principal de edificio o estructura auxiliar de anclaje de paneles. Tratamiento de cantos y otras superficies de hormigón a la intemperie: La estructura prefabricada de hormigón no quedará a la intemperie ya que todos los elementos quedarán cubiertos por elementos de cerramientos (fachadas y cubiertas). MUROS MEDIANEROS: Las medianeras comprenden aquellos cerramientos que lindan con otros edificios ya construidos o que se construyan a la vez y que conformen una división común. Si el edificio se construye con posterioridad se considera fachada. Por tanto, aquellas medianeras que queden por encima de los edificios colindantes o donde éstos no existan, se ejecutarán como muro de fachada en contacto con el aire exterior, de las características descritas en apartado anterior. No existen.

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2.5.2. CARPINTERIA EXTERIOR Y VIDRIOS Las distintas tipologías y unidades se definen y detallan en los planos de Memoria de Carpintería del presente Proyecto. Los diseños aportados así como los materiales (clase, color, etc...) podrán ser objeto en todos los casos de revisión por parte de Dirección Facultativa y Propiedad, sin que ello suponga una merma en las prestaciones de estos elementos de acuerdo con los requisitos a cumplir. La carpintería exterior en huecos cumplirá las siguientes condiciones:

• Valor máximo de transmitancia térmica (para vidrios y marcos de forma conjunta) según zona climática para el proyecto que nos ocupa (DB HE-1 del CTE): para zona climática A3 U = 5’70 W/m2 K

• Valor límite de permeabilidad al aire según zona climática para el proyecto que nos ocupa (DB HE-1 del CTE): para zona climática A3 50 m3/h m2 = CLASE I

• Valor de aislamiento acústico a ruido aéreo (DB HR del CTE): según el índice de ruido día Ld en el exterior recurrimos a la tabla 2.1 para obtener el aislamiento acústico a ruido aéreo D2m,nT,Atr para las estancias en cuestión. Con este valor y la tabla 3.4, se determina los valores de aislamiento RA,tr de los componentes del hueco (ventana o puerta, caja de persiana y aireador, si los hubiera).

• Resistencia e indeformabilidad adecuadas frente a la acción del viento. • Protección de sus materiales frente a la agresividad ambiental (frente a la

radiación solar, ambientes químicamente agresivos como los marinos, etc.) y compatibilidad de los materiales para evitar la emisión de sustancias peligrosas.

• Se asegurará la estanqueidad en las uniones o juntas de las carpinterías con los muros.

• Junta de estanqueidad al agua de lluvia o nieve. Esta condición no es obligatoria según marco normativo, por ello, solo se tendrá en consideración si en la Memoria de Calidades del Promotor así se define.

• Rotura de puente térmico. Esta condición no es obligatoria según marco normativo pero es fundamental para evitar los típicos problemas de condensación debidos a la diferencia de temperatura entre el interior (cálido) y el exterior (frío), por ello, solo se tendrá en consideración si en la Memoria de Calidades del Promotor así se define.

Para establecer las prestaciones (que deberá acreditarse mediante los ensayos correspondientes) de las carpinterías de ventanas, se atenderá a las normativas que rigen la clasificación de las ventanas:

• UNE EN 1026:2000 «Ventanas. Clasificación de acuerdo con su permeabilidad al aire».

• UNE EN 1027:2000 «Ventanas. Clasificación de acuerdo con su estanqueidad al agua».

• UNE EN 12211:2000 «Ventanas. Clasificación de acuerdo con su resistencia bajo efectos de viento».

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A partir del día 1 de febrero de 2009, el marcado CE de las ventanas, es de carácter obligatorio para las ventanas, ventanas de tejados y puertas peatonales exteriores. La norma europea de producto UNE EN 14351-1 determina las características mínimas que deben cumplir las ventanas independientemente del material utilizado. Establece los ensayos a realizar en cada ventana y asegura mediante el símbolo de Marcado CE unos mínimos de calidad establecidos por la Unión Europea. Las características de tiradores en elementos de carpintería a determinar por Dirección Facultativa y Propiedad. CARPINTERÍA METÁLICA EXTERIOR: Las puertas de acceso a los edificios por parte del público serán de carpintería metálica de doble hoja corredera de accionamiento automático para acristalar, realizadas con perfiles de acero esmaltado en color a definir, colocadas sobre premarco de aluminio con patillas de fijación. Estas puertas estarán integradas en paños acristalados ejecutados con la misma perfilería y acristalamiento. La puerta de servicio en el edificio Centro de Emergencia Social, será de carpintería metálica de una hoja abatible constituida de dos chapas de acero galvanizado en caliente, con aislamiento térmico-acústico de relleno especial de poliuretano inyectado de alta densidad o similar, acabado lacado en color a definir. La puerta exterior de acceso a local técnico destinado a grupo de presión para instalación de BIES, en edificio Centro de Emergencia Social, será tipo cortafuegos homologada, EI2 45-C5, según UNE-EN 1634-1, constituida por una hoja abatible de doble chapa de acero galvanizado, acabado lacado color a definir, con dispositivo de cierre según UNE-EN 1154 y dispositivo de seguridad. No precisará de barra antipánico. Los huecos de ventanas serán de carpintería metálica constituidas por hojas correderas y/o oscilo-batientes según estancia, para acristalar, realizadas con perfiles de aluminio lacado en color a definir, colocadas sobre premarco de aluminio en caso necesario con patillas de fijación. En todas las carpinterías, se dispondrá sellado perimetral de juntas con muros y otros elementos por medio de cordón de silicona neutra. Todas las carpinterías exteriores (ver plano de instalación ventilación-climatización) dispondrán de aberturas de admisión para la entrada de aire, incorporadas en la propia carpintería. Esto significa que cuando las carpinterías exteriores correspondientes a los huecos exteriores de las estancias en las que se precise sean de clase 2, 3 ó 4 según norma UNE EN 12207:2000 deben utilizarse, como aberturas de admisión, aberturas dotadas de aireadores o aperturas fijas de la carpintería. Por otro lado, cuando las carpinterías exteriores deban ser de clase 0 ó 1 (como es nuestro caso) pueden utilizarse como aberturas de admisión las juntas de apertura, es decir, las juntas de la propia carpintería como entrada de aire. Para el caso que nos ocupa, se dispondrán aberturas de admisión en las propias carpinterías de los huecos correspondientes.

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CARPINTERIA EXTERIOR DE MADERA: No se proyecta. VIDRIOS EN HUECOS EXTERIORES: Para todas las carpinterías exteriores se empleará doble acristalamiento con objeto de conseguir un adecuado acondicionamiento térmico, acústico y de seguridad frente a riesgo de impactos. En las puertas acristaladas de acceso a los edificios se dispondrá un acristalamiento tipo SGG STADIP, de espesor 6+6 mm. El vidrio STADIP ofrece protección frente a posibles accidentes y protección de personas y bienes contra agresiones intencionadas. Un vidrio laminado STADIP se compone de dos o más vidrios unidos por un butiral de polivinilo (PVB). En caso de rotura del vidrio, los fragmentos permanecen adheridos al butiral, reduciendo los riesgos de corte e impidiendo la entrada a su través. En ventanas, se dispondrá un acristalamiento doble tipo CLIMALIT de espesor 4/6/6mm (al exterior se dispondrá un vidrio de 4 mm, cámara de aire intermedia de 6 mm y vidrio interior de 6 mm). En la elección de los vidrios se ha tenido en cuenta el cumplimiento del DB HE-1 (Ahorro de Energía), DB HR (Protección acústica) y DB SU-2 (Impacto con elementos frágiles) del CTE (ver apartados correspondientes de esta memoria). El instalador se asegurara de que, en cada caso, las dimensiones máximas de los vidrios sean compatibles con las acciones a las que va a estar sometido (viento, nieve, incendio,…) y del cumplimiento del resto de las prestaciones según CTE. 2.5.3. CERRAJERIA EXTERIOR (REJAS DE SEGURIDAD, DEFENSAS Y BARRERAS DE PROTECCION DE HUECOS, ETC…) Tanto en rejas de seguridad como en defensas y barreras de protección de huecos, balcones o similares, se asegurará su estabilidad y anclaje, así como la estanqueidad en los puntos de anclaje y una suficiente protección y compatibilidad de los materiales. Se tendrán en cuenta las condiciones de diseño establecidas en el DB SU-1 del CTE.

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Las distintas tipologías y unidades se definirán y detallarán en los planos de Memoria de Carpintería del presente Proyecto. Los diseños aportados así como los materiales que se definen (clase, color, etc...) podrán ser objeto en todos los casos de revisión por parte de Dirección Facultativa y Propiedad, sin que ello suponga una merma en las prestaciones de estos elementos de acuerdo con los requisitos a cumplir. REJAS DE SEGURIDAD EN HUECOS: No se proyectan. DEFENSAS Y BARRERAS DE PROTECCIÓN (BARANDILLAS) EN HUECOS, DESNIVELES Y ESCALERAS: No existen. OTROS ELEMENTOS: Todos los huecos de ventanas se sitúan a la misma altura respecto al suelo interior de los edificios dando lugar a franja horizontal protegida exteriormente con celosía de lamas fijas dispuestas horizontalmente de forma que eviten en lo posible la radiación directa del sol sobre los elementos acristalados, dando una imagen unitaria y homogénea apara el conjunto del edificio con independencia del tamaño y posición de los huecos. Las lamas serán de acero galvanizado acabado lacado o aluminio lacado, del mismo color que se asigne a las ventanas, fijadas a estructura auxiliar de perfilería también metálica constituida por montantes verticales, atornillados a paneles prefabricados de hormigón. 2.5.4. CUBIERTAS Formado por aquellos cerramientos superiores cuya inclinación es inferior a 60º respecto de la horizontal. CUBIERTAS EN CONTACTO CON EL AIRE EXTERIOR: Tal como se describe en el apartado 2.4 del DB HS-1 del CTE, para las cubiertas el grado de impermeabilidad exigido es único e independiente de factores climáticos. Cualquier solución constructiva alcanzará el grado de impermeabilidad siempre que se cumplan las condiciones indicadas en el apartado 2.4.2 de dicho DB. Asimismo, se atenderá a lo dispuesto en el DB HE-1 del CTE para garantizar el bienestar térmico exigido, cuyo cumplimiento determinará el espesor necesario del aislamiento térmico.

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Los distintos elementos que constituyen las soluciones constructivas adoptadas cumplirán las condiciones que para los mismos se establecen en el apartado 2.4.3 del DB HS-1 del CTE, ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria. Las soluciones constructivas para los puntos singulares de cubiertas (juntas de dilatación, encuentro de cubierta con paramento vertical, encuentro de cubierta con borde lateral, encuentro de cubierta con sumidero o canalón, rebosaderos, encuentro de cubierta con elementos pasantes, anclaje de elementos, rincones y esquinas, accesos y aberturas, etc…) que sean aplicables al Proyecto que nos ocupa cumplirán las condiciones descritas en el apartado 2.4.4 de dicho DB HS-1. Las cubiertas serán del tipo plana e invertida, constituida por las siguientes capas:

• Barrera de vapor a partir de imprimación oxiasfáltica directamente sobre el forjado de hormigón así como en paramentos verticales, regolas y cazoletas.

• Formación de pendiente con hormigón celular o aligerado de 600 kg/m3, con espesor medio 10 cm, resistencia a compresión mayor o igual a 0’2 MPa, acabada mediante capa de mortero de regularización fratasada.

• Una capa separadora bajo la impermeabilización, para evitar el contacto entre materiales químicamente incompatibles o la adherencia entre la impermeabilización y el elemento que sirve de soporte en sistemas no adheridos compuesta por imprimación mediante emulsión asfáltica, de DANOSA, TEXA o similar.

• Lámina impermeabilizante bituminosa de 4 Kg/m², de DANOSA, TEXA o similar.

• Mortero de protección de lámina. • Aislamiento térmico a base de paneles rígidos de poliestireno expandido

(XPS) tipo ROOFMATE de DOW o similar, de 50 mm de espesor, con un valor de conductividad λ = 0’034 W/m·K y una resistencia a la compresión mínima de 3 kp/cm2.

• Capa separadora antipunzonante constituida por geotextil no tejido sintético, termosoldado, de polipropileno-polietileno, imputrescible y permeable al agua, de 110 g/m2, con solapes mínimos de 20 cm.

• Capa de protección de 5 a 10 cm de espesor de grava, de 16 a 32 mm de diámetro.

Con objeto de tener en cuenta la dilatación de los materiales que forman la pendiente de la cubierta y evitar así que la fábrica sufra directamente los empujes de dichos materiales, se colocará un elemento elástico que lo proteja mediante una junta a lo largo de todo el perímetro de la cubierta de poliestireno expandido, de espesor mínimo 2 cm. Se tratarán especialmente los puntos singulares de la cubierta, como: encuentros entre faldones, encuentros de faldones con paramentos verticales, encuentros de faldones con desagües, bordes extremos de faldón, juntas, etc. En los encuentros con paramentos verticales, se entregará sobre estos una longitud de 20 cm de altura por encima de la protección de la cubierta, es decir, de la grava, adhiriéndose a éste y se doblará en ángulo una banda de refuerzo de 50 cm de ancho, sobre el faldón y sobre la entrega. El encuentro debe realizarse

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redondeándose con un radio de curvatura de 5 cm aproximadamente. El remate de la impermeabilización en su encuentro con el paramento vertical se realizará con un perfil metálico inoxidable. Deben disponerse de juntas de dilatación separadas como máximo 15 m. Siempre que exista un encuentro con un paramento vertical o una junta estructural debe disponerse una junta de dilatación coincidiendo con ellos. Las juntas deben afectar a las distintas capas de la cubierta a partir del elemento que sirve de soporte resistente. Los bordes de las juntas de dilatación deben ser romos, con un ángulo de 45º aproximadamente, y la anchura de la junta debe ser mayor de 3 cm. Hay que prestar atención también al encuentro de la cubierta con los sumideros. Estos que serán piezas prefabricadas dispondrán de un ala de 10 cm de anchura en su borde superior, y la impermeabilización se prolongará 10 cm como mínimo por encima de las alas. Dispondrán de un elemento de protección para retener los sólidos que puedan obturar la bajante. Como la cubierta es no transitable sobresaldrán de la capa de protección. Los accesos y aberturas situados en un paramento vertical se realizará disponiendo un desnivel de 20 cm de altura como mínimo por encima de la protección de la cubierta, protegido con una lamina impermeabilizante que lo cubra y ascienda por los laterales del hueco hasta una altura de 15 cm como mínimo por encima de dicho desnivel. Se garantizará la suficiente protección de los materiales de la agresión ambiental. CUBIERTAS ENTERRADAS: No existen. LUCERNARIOS: No existen. 2.5.5. SUELOS Los suelos comprenden aquellos cerramientos inferiores horizontales o ligeramente inclinados. SUELOS EN CONTACTO CON EL TERRENO: Las soluciones constructivas adoptadas para los cerramientos (suelos y paredes) en contacto con el terreno en cuanto a su protección frente a la humedad se determinarán conforme al cumplimiento de los apartados 2.1 y 2.2 del DB HS-1 del CTE. Asimismo, se atenderá a lo dispuesto en el DB HE-1 del CTE para garantizar el bienestar térmico exigido.

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Los suelos en contacto con el terreno son los siguientes:

• Suelo de planta acceso en ambos edificios. La solución constructiva que se empleará es la siguiente (descripción de cara inferior a cara superior):

• Mejora de terreno (ver descripción en apartado de Cimentación). • Capa separadora geotextil no tejido de poliéster, polipropileno o similar,

con solapes de 15 a 30 cm, actuando como capa filtrante sobre el terreno. • Capa drenante mediante lámina nodular de polietileno de alta densidad

(HDPE) o similar. • Hormigón de limpieza, de 10 cm de espesor. • Losa de hormigón armado de canto según cálculos. • En perímetro de suelo en una anchura de 1’00 m, aislamiento térmico

mediante paneles rígidos de poliestireno extruido de 30 mm de espesor, en cumplimiento del DB HE-1 del CTE (ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria).

• Solería sobre capa de arena para nivelación, tomada con mortero de cemento M5.

También podrá emplearse una lámina que reúna en un mismo elemento las dos funciones (filtrante y drenante). En las juntas de hormigonado, se dispondrá barrera impermeable mediante cordón hidrófilo expansivo en contacto con el agua, fijado mecánicamente en la parte central de la losa o muro mediante clavos de acero cada 25 cm, en conformidad con el DB HS-1 del CTE. Asimismo, se utilizarán cintas de PVC para la estanqueidad de las juntas de dilatación y trabajo en losa. Su colocación en las juntas de hormigonado o de dilatación, se realiza quedando embebidas en el hormigón en fresco durante su proceso de hormigonado. En la colocación de los perfiles se cuidará especialmente que la posición sea perpendicular a la junta y que el bulbo quede en posición centrada. Su instalación se llevará a cabo también en cualquier otra zona donde se produzcan uniones entre hormigón de dos tiempos de colocación diferente. En la colocación de todos los elementos de impermeabilización se seguirán las instrucciones del fabricante. SUELOS EN CONTACTO CON EL AIRE EXTERIOR: No existen. 2.5.6. PAREDES EN CONTACTO CON EL TERRENO

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Las soluciones constructivas adoptadas para los cerramientos (suelos y paredes) en contacto con el terreno en cuanto a su protección frente a la humedad se determinarán conforme al cumplimiento de los apartados 2.1 y 2.2 del DB HS-1 del CTE. Asimismo, se atenderá a lo dispuesto en el DB HE-1 del CTE para garantizar el bienestar térmico exigido. Aunque no se corresponde con una pared en contacto con el terreno de un espacio habitable a usar por personas, se consideran las siguientes paredes en contacto con el terreno:

• Foso de ascensor. La solución constructiva adoptada para el foso de ascensor es la siguiente: Interiormente, obturación de vías de agua con PROQUICK, formación de escocia realizada con PREMHOR, aditivado con CRYLADIT, en encuentros de paramentos verticales con paramentos horizontales, con una carga de 2 Kg/m2, y acabado a base de dos manos de impermeabilizante cementoso TECMADRY, aditivado igualmente con CRYLADIT, con una carga de 2 Kg/m2. 2.5.7. PARTICIONES DE SEPARACIÓN ENTRE ESPACIOS HABITABLES Y NO HABITABLES La descripción de su comportamiento ante el fuego, su aislamiento acústico y otras características que sean exigibles, en su caso, se definen en el apartado 1.5.9. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO, de la presente memoria. Se entiende por partición interior, conforme al “Apéndice A: Terminología” del DB HE-1 del CTE, el elemento constructivo del edificio que divide su interior en recintos independientes. Pueden ser verticales u horizontales (suelos y techos). Se entiende por espacio o recinto habitable, el recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupación y tiempo de estancia exigen unas condiciones acústicas, térmicas y de salubridad adecuadas. Se consideran recintos habitables los siguientes:

a) Habitaciones y estancias (dormitorios, comedores, bibliotecas, salones, etc.) en edificios residenciales.

b) Aulas, bibliotecas, despachos, en edificios de uso docente. c) Quirófanos, habitaciones, salas de espera, en edificios de uso

sanitario. d) Oficinas, despachos; salas de reunión, en edificios de uso

administrativo. e) Cocinas, baños, aseos, pasillos y distribuidores, en edificios de

cualquier uso. f) Zonas comunes de circulación en el interior de los edificios. g) Cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores.

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Se entiende por espacio o recinto no habitable, el recinto interior no destinado al uso permanente de personas o cuya ocupación, por ser ocasional o excepcional y por ser bajo el tiempo de estancia, sólo exige unas condiciones de salubridad adecuadas. En esta categoría se incluyen explícitamente como no habitables los garajes, trasteros, las cámaras técnicas y desvanes no acondicionados, y sus zonas comunes. PARTICIONES HORIZONTALES: En el edificio Centro de Día, no existen. En el edificio Centro de Emergencia Social, los elementos horizontales de separación entre espacios habitables y no habitables se corresponden con el forjado de planta primera (ver descripción en apartado de Elementos de Compartimentación). PARTICIONES VERTICALES: En el caso de particiones verticales de ladrillo, previamente a su colocación, los ladrillos se humedecerán convenientemente y se hará hincapié en respetar la traba entre los mismos, colocándolos “a restregón”, debiendo el mortero rellenar completamente las juntas. Los encuentros en esquina o con cerramientos se resolverán mediante enjarjes en todas las hiladas y espesor. Además tanto en los cerramientos como en la tabiquería, la última hilada se tomará con mortero a las 24 horas de ejecutarlo. Este mortero será de yeso para interiores y de cemento para exteriores. Se emplearán mallas de fibra de vidrio y poliéster tipo MALLATEX o similar para armar enfoscados o enlucidos y recibido de emparchados de ladrillo, en las zonas de encuentro entre materiales diferentes, proporcionando mayor adherencia y resistencia a la fisuración y el cuarteamiento. Se extenderá previamente una capa de material (mortero, yeso, etc…) y a continuación se colocará la malla, que quedará adherida gracias a su escaso peso. Seguidamente se aplicará una segunda capa del mismo material. Se describen en el siguiente aparatado. 2.6. SISTEMA DE COMPARTIMENTACIÓN La descripción de su comportamiento ante el fuego, su aislamiento acústico y otras características que sean exigibles, en su caso, se definen en el apartado 1.5.9. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO, de la presente memoria. 2.6.1. ELEMENTOS HORIZONTALES DE COMPARTIMENTACIÓN

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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En el edificio Centro de Día, no existen. En el edificio Centro de Emergencia Social, los elementos horizontales de compartimentación son los siguientes:

• Forjado de suelo de planta primera. La solución constructiva adoptada para este elemento es (descripción de cara superior a cara inferior):

• Solería (ver tipo en apartado correspondiente) recibida con mortero de cemento.

• Formación de suelo flotante acústico. • Forjado de placa nervada con capa de compresión de 5 cm de espesor. • Falso techo de placas de yeso de 15 mm de espesor.

Para alcanzar los niveles de aislamiento acústico a ruido de impacto, se llevara a cabo la formación de un suelo flotante sobre forjado mediante la colocación de una lámina de polietileno expandido de celda cerrada o similar de 10 mm de espesor, densidad 35 Kg/m3 y resistencia a la compresión 10 KN/m2, extendida sobre soporte plano y protegido por capa de mortero armado como mínimo de 4 cm de espesor, con un espesor total de 50 mm. Sobre esta losa, se formara el pavimento proyectado. En la colocación del aislamiento se seguirán las instrucciones del fabricante. Se dispondrán solapes de 100 mm entre láminas y remonte en todos los encuentros con paramentos verticales como mínimo del total del espesor del pavimento. Por otro lado, sobre espacios no habitables de planta acceso se dispondrá aislamiento de lana mineral de vidrio de espesor mínimo 50 mm, colocado sin adherir, oculto sobre falso techo. 2.6.2. ELEMENTOS VERTICALES DE COMPARTIMENTACIÓN TABIQUERIA: Las divisiones de los espacios internos están previstos resolver con tabiquería ligera autoportante revestidas de placas de yeso tipo Pladur o equivalente, que según los distintos gruesos y composición responderán a los requerimientos acústicos, térmicos, de compartimentación al fuego (diferentes grados) o por exigencias de estabilidad estructural (grandes alturas, sustentación de pesos, etc…). Se realizarán con tabiquería formada por estructura de perfiles de chapa de acero galvanizados de 70 mm de ancho mínimo (variable según estancias y exigencias),

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a base de montantes separados 600 mm entre ellos y canales, a cada lado de la cual se atornillan una o dos placas de cartón yeso de 15 mm de espesor cada una; anclados a techo y suelo. Donde sea necesario, se incluirá dentro de la tabiquería un aislamiento acústico de lana mineral de 4 cm de espesor. Las particiones de separación entre habitaciones y apartamentos y con zonas comunes, se resolverán con fábrica de bloques lisos macizos de 20 cm de espesor de hormigón color gris o similar, de 40x20x20 cm, con trasdosado autoportante ligero formado por una placa de cartón yeso de 15 mm, lista para imprimar, pintar o decorar, por ambas caras. En general, la placa de yeso será tipo N; en núcleos húmedos (aseos, vestuarios, lavandería, etc...), será tipo WA, adecuada para ambientes húmedos. Las particiones que delimitan recintos de riesgo especial, se resolverán del mismo modo que las particiones de habitaciones, con acabado de placa de yeso resistente al fuego tipo FOC de 15 mm de espesor. En zonas administrativas, se dispondrá partición acristalada con perfilería de aluminio lacado anclada a suelo y techo, color a definir. En los aseos (habitáculo de inodoro), se instalaran cabinas sanitarias prefabricadas fabricada con tableros de fibras fenólicas, con puerta y pared de 10 mm de espesor con una altura mínima de 2’00 m y elevadas respecto al suelo 15 cm del suelo, en color a definir, al igual que los herrajes y accesorios que serán de nylon reforzados con acero. Dispondrán de patas de acero inoxidable, con barras estabilizadoras de perfiles de aluminio. OTROS ELEMENTOS: Emparchados de pilares interiores: Sobre los pilares se dispondrá un trasdosado semidirecto ligero formado por una placa de cartón yeso de 15 mm, lista para imprimar, pintar o decorar. El trasdosado semidirecto estará constituido por maestras de chapa de acero galvanizado en forma de omega de 30 mm de altura, fijados a la cara interior de los pilares. En cubiertas: Los pretiles de la cubierta plana se ejecutarán con los mismos paneles de hormigón de las fachadas con una hoja interior de 1 pie de fabrica de ladrillo perforado tomada con mortero de cemento M5 que permitirá el recibido de la impermeabilización en el encuentro del faldón de cubierta plana. Cerramientos de paredes de conductos de ventilación de estancias interiores y bajantes (ventilación primaria), formados por citara de fábrica de ladrillo hueco doble, tomada con mortero de cemento M5. La altura de estos elementos se determinará conforme al cumplimiento del DB HS-3 (Calidad del aire interior) y DB HS-5 (Evacuación de aguas) del CTE.

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Formación de peldaños en escaleras: La formación de peldaños en escalera se llevará a cabo con ladrillo hueco, recibido con mortero de cemento M5, sobre losa inclinada de hormigón. 2.6.3. CARPINTERIA INTERIOR Las distintas tipologías y unidades se definirán y detallarán en los planos de Memoria de Carpintería del presente Proyecto. Los diseños aportados así como los materiales que se definen (clase, color, etc...) podrán ser objeto en todos los casos de revisión por parte de Dirección Facultativa y Propiedad, sin que ello suponga una merma en las prestaciones de estos elementos de acuerdo con los requisitos a cumplir. CARPINTERIA INTERIOR MADERA: En general, las puertas de paso serán de madera melaminada, formadas por precerco o contracerco de pino flandes o similar no inferior a 70x60 mm (o de anchura según espesor de pared) con garras de fijación, recercado perimetral de bastidor de madera de pino, seca y estabilizada, interior alma de aglomerado tubular, con tableros aglomerados de 5 mm melaminizados a una cara en color a definir y contracara de papel Kraft, canteado con PVC o con moldura de madera maciza, con un mínimo de seis puntos de fijación a la tabiquería. Se instalarán en obra premarcos de madera de pino imprimados, a los que irá atornillado el bastidor. Del mismo material que las puertas serán los tapajuntas, molduras y dinteles de paso. Todas las maderas estarán perfectamente rectas, cepilladas, lijadas, bien montadas a plano y escuadra, ajustando perfectamente. Estarán totalmente equipadas con cerraduras y herrajes de cuelgue y seguridad, de material no oxidable. Los mecanismos serán de manilla (o maneta), con extremo doblado hacia el interior para evitar enganches, y con placa cuadrada de protección en la zona de accionamiento. Irán provistas de mecanismos de seguridad con llave maestra, salvo en aseos y cuartos de baño. En el caso de núcleos húmedos sin ventilación natural, las puertas estarán provistas de rejilla fija para renovación de aire en su parte inferior. Aunque no es de aplicación el DB HS-3 del CTE pues los edificios proyectados no son viviendas, en el interior de los edificios las particiones situadas entre los locales con aberturas de admisión (dormitorios, sala de estar, comedores y similares) y los locales con aberturas de extracción (aseos, cocinas, baños y similares) deben disponer de aberturas de paso (abertura para ventilación que permite el paso de aire de un local a otro contiguo).

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Como abertura de paso puede utilizarse un “aireador” (elemento para dirigir adecuadamente el flujo de aire, puede ser regulable o de abertura fija) o la holgura existente entre las hojas de las puertas y el suelo. En nuestro caso, el paso de aire en las puertas interiores se hará mediante una “aireador” de abertura fija (rejilla o similar). En el caso de que el fabricante disponga de un sistema propio que permita el paso del aire a través de la propia carpintería, el mismo proporcionará documentación técnica justificativa del cumplimiento del CTE en lo relativo a esto. Por exigencias del Promotor, todas las puertas tendrán unas dimensiones mínimas de hoja de 0’725 m, salvo donde sea necesario una anchura superior por cuestiones de accesibilidad (Decreto 293/2009 de la Junta de Andalucía) y evacuación en caso de incendio. En el distribuidor de planta del edificio Centro de Día, se dispondrá pasamanos de madera para barnizar, fijado a paredes. Se colocará a una altura comprendida entre 0’70 y 1’00 m. CARPINTERIA INTERIOR METALICA: Puertas resistentes al fuego: En zonas o locales de riesgo especial: Conforme al DB SI del CTE, los armarios técnicos destinados a cuadro de mando y protección de instalación de electricidad y los cuartos técnicos, se consideran recintos de riesgo especial bajo. En este caso, las puertas de separación con el resto del edificio deberán ser del tipo cortafuegos homologada, EI2 45-C5, según UNE-EN 1634-1. Será de una o dos hojas abatibles, constituida de doble chapa de acero galvanizado, acabado lacado, con dispositivo de cierre según UNE-EN 1154 y dispositivo de seguridad. No precisan de barra antipánico y no precisan abrir hacia el exterior del local de riesgo especial tal como se indica en el DB SI. En unidades de alojamiento (acceso a habitaciones y apartamentos): Conforme al DB SI del CTE, el acceso a las unidades de alojamiento se realizará con puerta tipo cortafuegos homologada, EI2 30-C5, según UNE-EN 1634-1. Será de una hoja abatible, constituida de doble chapa de acero galvanizado, acabado lacado, con dispositivo de cierre según UNE-EN 1154 y dispositivo de seguridad. Barandillas, barreras de protección y similares: En edificio Centro de Emergencia Social, de acuerdo con la anchura de la escalera (mínimo 1’20 m), la misma dispondrá de pasamanos a ambos lados. De manera que en el hueco central, se instalará barandilla constituida por pasamanos de madera para barnizar y elementos intermedios verticales y horizontales con pletinas, cuadradillos o barrotes de acero laminado en caliente, galvanizado y pintado. En las paredes, se dispondrá pasamanos de madera para barnizar de

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iguales características. Las barandillas no tendrán interrupciones que puedan provocar lesiones por accidentes y sin barrotes horizontales que permitan subirse. La barandilla en galería de planta primera a espacio de doble altura situado sobre vestíbulo de las mismas características que la barandilla de la escalera. El anclaje de las barandillas se realizará a elementos resistentes, de manera que se garantice una fijación y seguridad adecuada. Los pasamanos adosados a la pared tendrán la fijación por la parte inferior y se separarán 5 cm de cualquier obstáculo. Además no tendrán aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 100 mm de diámetro. Se asegurara la estanqueidad en los puntos de anclaje y una suficiente protección y compatibilidad entre los materiales empleados. Otras: La puerta de acceso a la cámara será especial para cámaras frigoríficas, de acero inoxidable constituida por una hoja abatible, de diseño y características según fabricante. En zonas administrativas, puertas para acristalar con la misma perfilería de las particiones. VIDRIOS: Todas las puertas acristaladas indicadas en plano de carpintería incluidas las de zonas administrativas, dispondrán de luna flotada pulida incolora de 6 mm de espesor o similar. 2.7. SISTEMA DE ACABADOS La descripción de los parámetros que determinan las previsiones técnicas y que influyen en la elección de los acabados a fin de cumplir los requisitos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad, se definen en el apartado 1.5.9. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS PARÁMETROS QUE DETERMINAN LAS PREVISIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO, de la presente memoria. Los materiales que se describen (clase, naturaleza, dimensiones, etc...) podrán ser objeto en todos los casos de revisión por parte de Dirección Facultativa y Propiedad, sin que ello suponga una merma en las prestaciones de estos elementos. 2.7.1. REVESTIMIENTOS EXTERIORES Los morteros están sujetos a la obligatoriedad y exigencias del Marcado CE a través de Normas Europeas Armonizadas (UNE-EN). En el caso de morteros

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hechos en obra sin marcado CE, deberán realizarse los ensayos que acrediten las características especificadas en su correspondiente norma. En el caso de Morteros Industriales el Marcado CE es obligatorio. Los acabados superficiales, especialmente pinturas, aplicados sobre los elementos constructivos diseñados para acondicionamiento acústico, no deben modificar las propiedades absorbentes acústicas de éstos. Como norma general ningún revestimiento continuo (vertical y horizontal) tendrá un espesor superior a 1’50 cm en cada una de sus capas, ni más de 2’50 cm en la totalidad de las mismas. Se preverán las juntas necesarias de dilatación-retracción de forma que no se produzca fisuración de los morteros, para lo cual se ejecutarán en paños que no superarán los 3’50 m en vertical, ni los 5’00 en horizontal. Asimismo, se cuidará de que antes de aplicar una capa superpuesta de revestimiento la anterior haya secado y retraído. Todos los pavimentos, excluidas las zonas de uso restringido, tendrán una resistencia al deslizamiento en función de su localización (interior, exterior, zonas húmedas, zonas secas, etc.) según tabla 1.1 del DB SU-1 del CTE. Asimismo, salvo zonas de uso restringido, para limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, los pavimentos no presentarán imperfecciones o irregularidades, perforaciones o huecos así como desniveles inadmisibles conforme a dicho DB SU-1. Ver justificación del DB mencionado en el apartado correspondiente de esta memoria. A las piezas (suelos, paredes o techos) se les exigirán que sean homogéneas y de textura compacta y resistentes dentro de su clase, y deberán carecer de defectos como grietas, coqueras, eflorescencias o cochizos que puedan disminuir su resistencia, duración o sólo su apariencia. VERTICALES: Sobre los muros de fachadas, ejecutados con paneles vistos de hormigón, no se precisa ningún revestimiento. Los cerramientos de parcela, ejecutados con muretes de hormigón visto tampoco dispondrán de revestimiento. La cara interior de los pretiles de cubierta plana, resueltos con fábrica de ladrillo, dispondrá de un revestimiento continuo de enfoscado de mortero de cemento tipo M5, maestreado y acabado superficial fratasado, preparado para pintar. HORIZONTALES SUELOS: Los suelos exteriores a los edificios, se definen en el apartado de urbanización exterior. HORIZONTALES TECHOS:

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No existen. 2.7.2. REVESTIMIENTOS INTERIORES VERTICALES: En general, acabado pintado directamente sobre sistema de placas de tabiquería seca. En núcleos húmedos (aseos, vestuarios, cuartos de limpieza, zonas de elaboración y catering, lavandería y similares), alicatado con azulejos lisos de color a definir, formato 20x20 cm o similar, intercalando cenefas o azulejos de otras dimensiones y colores de acuerdo con el criterio de la Dirección Facultativa y la Propiedad, con junta abierta (separación entre 3 y 15 mm) sobre placa de yeso y recibidos con adhesivo de "WEBER CEMARKSA" o similar. HORIZONTALES SUELOS: En general, pavimento de gres compacto antideslizante con tratamiento superficial adecuado al grado de resbaladicidad exigido por el DB SU-1 del CTE según se trate de suelos secos o húmedos, de 40x40 cm o similar, recibidas con mortero de cemento tipo M5, sobre capa de nivelación de arena y rejuntadas con lechada de cemento y arena para junta abierta (entre 3 y 15 mm), coloreada con la misma tonalidad de las piezas. Los rodapiés serán del mismo material de 7 cm de altura. El revestimiento de escalera con huellas y tabicas también de gres compacto antideslizante. Todas las duchas, se ejecutaran in situ con pavimento de piedra natural abujardada recibida con mortero de cemento M5. Bajo la solería de las duchas así como en todos los suelos de núcleos húmedos, se dispondrán lamina impermeabilizante (tela asfáltica o similar), con solape de 15 cm en paredes. HORIZONTALES TECHOS: Todos los techos interiores dispondrán de falso techo de placa de yeso tipo PLADUR o similar de 15 mm de espesor, con estructura de cuelgue de acero galvanizado. En general, se dispondrá placa PLADUR o similar tipo TEC, especial para falsos techos, de 15 mm de espesor. Su mayor resistencia la hacen idónea para la ejecución de techos suspendidos admitiendo las modulaciones máximas de 500 y 600 mm de la estructura metálica portante que conforman estos tipos de techos. En el interior de núcleos húmedos (aseos, vestuarios, lavandería, cuartos de limpieza, etc…), la placa será resistente a la humedad tipo WA.

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En locales de riesgo especial (cuartos de residuos y cuartos técnicos) desde el punto de vista de incendio (ver apartado correspondiente de esta memoria), la placa de yeso será resistente al fuego tipo FOC. Se trata de una placa a la que se incorpora en su alma de yeso fibra de vidrio. Al actuar, la fibra de vidrio aumenta la protección de la placa frente al fuego. 2.7.3. OTROS ELEMENTOS DE REVESTIMIENTO Alféizar en huecos de ventanas: El alféizar de los huecos de ventanas será de chapa de aluminio lacado del mismo color que las carpinterías o anodizado, para evacuar el agua de lluvia. Tendrán una inclinación mínima de 10º, dispondrán de goterones en la cara inferior de los salientes separados de la fachada al menos 2 cm. Se colocará una lamina impermeable o pintura (aplicada a dos manos) debajo, a los lados y detrás del alféizar. Remates de pretiles de cubierta: El remate de los pretiles de cubierta plana se ejecutará con chapa de aluminio anodizado que cubrirá el espesor del panel más la hoja interior de fábrica de ladrillo, fijada mecánicamente al muro. 2.7.4. PINTURAS Todos los defectos superficiales, debidos a errores de ejecución, golpes, etc., deben eliminarse por el pintor, para dejar la superficie tan perfecta como requiera el tipo de acabado que se pretende utilizar y el brillo que se quiera obtener. A más brillo, más preparación, y viceversa. En elementos exteriores: De acuerdo con las soluciones adoptadas para los elementos constructivos exteriores, no se proyecta pintura. En elementos interiores: En general, se dispondrá pintura plástica de "INDUSTRIAS JUNO" o similar, con textura lisa, color a determinar, acabado mate, sobre paramentos horizontales y verticales interiores de cemento, yeso o escayola, con preparación del soporte, mano de imprimación selladora y dos manos de acabado. En carpintería de madera: No precisa de acuerdo con el acabado de la carpintería interior de madera. En carpintería metálica: En puertas y ventanas de edificios, no se precisa de acuerdo con el acabado de las mismas.

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En cancelas exteriores situadas en cerramiento de parcela, pintura al esmalte sintético, de aspecto mate, formado por rascado y limpieza de óxidos, imprimación anticorrosiva y dos manos de color. 2.7.5. TRABAJOS DE REMATE Y DECORACIÓN Todos los trabajos de remate en sus diversas clases (pavimentos, revestimientos de paredes, revestimientos de techos, etc...) se ejecutarán con arreglo a las condiciones mínimas establecidas tanto en esta Memoria Constructiva como en el Pliego de Condiciones Técnicas Particulares, del presente Proyecto. Los trabajos de decoración en piedra, yesos, escayolas, etc. se realizaran con las mejores calidades y con arreglo a las muestras y pruebas a realizar por parte del Contratista de acuerdo con el Proyecto, en base a los materiales elegidos por Dirección Facultativa y Promotor. Las obras de pintura se harán con la clase de materiales que se especifiquen, llevando como mínimo una mano de imprimación y dos de color que se designe, previa aprobación de las muestras que para cada caso se exijan. Cuantas obras se han mencionado y aquellas otras que fuese menester ejecutar, se ajustarán en su ejecución a las mejores prácticas, y siempre a las instrucciones que se dicten por la Dirección Facultativa o sus auxiliares técnicos de las obras. 2.8. SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO Y SERVICIOS (INSTALACIONES) 2.8.1. SUBSISTEMA INSTALACIÓN EVACUACIÓN DE AGUAS (SANEAMIENTO) La descripción más exhaustiva de la instalación de evacuación de aguas (saneamiento), así como su diseño y dimensionamiento aparecen en el apartado de justificación del DB HS-5 del CTE de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación las principales características de la misma. Tipo de red proyectada - acometidas: Tal como se indica en el apartado 3.2 del DB HS-5 del CTE, cuando exista una única red de alcantarillado público (red unitaria), debe disponerse un sistema MIXTO o SEPARATIVO con una conexión final de las aguas pluviales y residuales, antes de su salida a la red exterior. La red de saneamiento proyectada para cada edificio es separativa, es decir, las aguas pluviales y residuales (fecales) se conducen por separado tanto al nivel de bajantes como al nivel de colectores, funcionando cada una de ellas por gravedad. Aunque las obras de urbanización de los terrenos a los que pertenece el solar, están

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pendientes de urbanización, estimamos que la red exterior será separativa. Por ello, antes de la acometida a la red pública se colocará una arqueta sifónica enterrada por cada una de las redes de cada edificio. Estas arquetas serán registrables para limpieza y mantenimiento de la red. La acometida a la red exterior se hará siempre a través de esta arqueta sifónica, emplazada dentro del límite de la edificación. En ningún caso se podrá instalar esta arqueta en zona pública. Estará dotada de sifón y arenero, respondiendo al modelo de la Compañía Suministradora. En principio, se ha considerado que los vertidos líquidos de los edificios no serán peligrosos, considerándolos similares a los de un edificio de viviendas, por ello, no se han instalado arquetas separadoras (decantadora) de grasas con arquetas de toma de muestras, a colocar previamente a las arquetas sifónicas. Previamente a la ejecución de las redes, se consultará a Compañía Suministradora la necesidad de las mismas. Cada uno de los edificios proyectados dispondrá de sus propias acometidas, funcionando de forma independiente. La acometida se efectuará a pozo de registro existente o de nueva creación, llevándose a cabo todas las obras necesarias para el lugar de conexión indicado por la Compañía Suministradora. El criterio adoptado para la evacuación de aguas es el siguiente: todos los vertidos provenientes de aparatos o elementos situados a cotas superiores a la vía pública lo harán por gravedad. Los situados, en el caso de que existan, a cotas inferiores harán el vertido mediante bombeo a la red interior superior, aunque exista cota suficiente en la red pública. Las redes de tuberías se diseñan de tal forma que sean accesibles para su mantenimiento y reparación, para lo cuál deben disponerse a la vista o alojadas en huecos o patinillos registrables. En caso contrario, deben contar con arquetas o registros. Red vertical de evacuación: La evacuación de las aguas pluviales de cubiertas se realizará a través de un número determinado de sumideros. El número de sumideros se ha determinado conforme al apartado 4.2.1 (Tabla 4.6) del DB HS-5. Estos sumideros se conectaran a una red vertical constituida por bajantes de PVC, serie B, según UNE-EN 1329-1, que efectuarán su recorrido por los huecos previstos a tal efecto. Independientemente de su cálculo, tendrán un diámetro mínimo de 110 mm, indicándose los diámetros que deberán tener en los planos correspondientes. En el caso del edificio destinado a Centro de Emergencia Social, además existirán bajantes de aguas fecales independientes de los de aguas pluviales, que recogerán las aguas de los aseos de planta primera. El diámetro de las bajantes se mantendrá constante en toda su longitud. Para la sujeción de bajantes se tendrá en cuenta el apartado 5.3.1 del DB HS-5 (Tabla 5.1), instalándose al menos 2 puntos de sujeción como mínimo entre

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forjados con una altura entre ambos de 3’00 o cada 1’50 m como máximo. Las abrazaderas serán fijas, que bloqueen el tubo, y deslizantes para permitir movimientos debidos a dilataciones, colocadas alternativamente. De acuerdo con el DB HS-5, todas las bajantes (fecales y pluviales) dispondrán de un sistema de ventilación primaria, formado por la prolongación de la propia bajante, con el mismo diámetro, hasta la cubierta general del edificio y sobresaliendo por encima de la misma 1’30 m, al tratarse de cubiertas no transitables. Red horizontal de evacuación: El esquema general de la red de evacuación de aguas es ramificado, cuyo trazado trata de alejar las aguas generadas fuera del edificio lo antes posible, produciéndose la evacuación por gravedad con una velocidad adecuada para evitar la erosión y la sedimentación. La red deberá estar construida de forma tal que garantice su estanqueidad frente a una eventual entrada en carga por saturación de los colectores. Tanto los albañales (colectores enterrados) como los colectores colgados se ejecutarán con tuberías de PVC tipo UD y PVC tipo C respectivamente, de rigidez anular nominal 4 kN/m², de diámetros necesarios según cálculos e indicados en planos. La pendiente de los colectores enterrados y colgados será como mínimo del 2% y 1% respectivamente (en este último caso, siempre que sea posible se dará pendiente mayor en los tramos principales para facilitar la evacuación). En el caso de la red colgada, los encuentros, quiebros y cambios de dirección se realizarán mediante piezas especiales del mismo material e irán sellados mediante adhesivo especial. En los puntos donde se considere oportuno (conexión de bajante, cambios de dirección, etc…) se dispondrán tapones de registro y limpieza. En todos los cuartos técnicos, se ha instalado un sumidero o cazoleta que irá directamente a la arqueta más cercana. Este elemento será sifónico de fundición, con cierre hidráulico y rejilla desmontable del mismo material. En la red enterrada, se dispondrán arquetas de paso, de dimensiones especificadas en planos, en todos los cambios de dirección y donde sea necesario para realizar un trazado adecuado. Las arquetas de paso se situarán en los tramos rectos de los albañales cada 15 m como máximo para permitir el registro y desatasco de los conductos. Las arquetas podrán ser prefabricadas (PVC o polietileno) o de fábrica de ladrillo. Para una más fácil localización posterior, las redes enterradas y colgadas se proyectarán siguiendo un trazado lo más ortogonal posible, intentando que los conductos acometan perpendicularmente a las paredes de las arquetas. A fin de mejorar entonces el trazado hidráulico, se adoptará un tamaño de arqueta suficiente para, mediante hormigón bien bruñido, construir en su fondo los cauces para que las aguas laterales concurran oblicuamente al sentido principal.

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En los espacios exteriores pavimentados de la parcela, se dispondrán arquetas sumideros que se conectara a la red de aguas pluviales que salen de cada uno de los edificios. Los acerados o espacios pavimentados de escasa superficie verterán sus aguas a las zonas ajardinadas. En resumen, se proyectan las siguientes redes de evacuación de aguas usadas:

Edificio Centro de Día:

• Red colgada de aguas pluviales al nivel de cubierta plana desde sumideros hacia bajantes proyectadas.

• Red enterrada de aguas pluviales que recoge el agua de las bajantes de cubiertas y espacios exteriores pavimentados.

• Red enterrada de aguas residuales (fecales) de núcleos húmedos situados en planta acceso.

Edificio Centro de Emergencia Social:

• Red colgada de aguas pluviales al nivel de cubiertas planas desde

sumideros hacia bajantes proyectadas. • Red colgada de aguas residuales (fecales) de cuartos de baños y

aseos de planta primera. • Red enterrada de aguas pluviales que recoge el agua de las bajantes

de cubiertas y espacios exteriores pavimentados. • Red enterrada de aguas residuales (fecales) que recoge el agua de

las bajantes de núcleos húmedos situados en planta primera y de los de núcleos húmedos situados en planta acceso.

Pequeña red horizontal de evacuación: Todas las canalizaciones de la pequeña red (aseos y puestos de venta) serán de PVC tipo C. La pequeña red de evacuación tendrá la misión de conducir las aguas usadas desde los cierres hidráulicos hacia las bajantes o arquetas con un recorrido que, en su mayor parte, es sensiblemente horizontal. Los cierres hidráulicos (botes sifónicos o sifones individuales), sirven al propósito de aislar el aire contenido en la red de evacuación del aire a los espacios ocupados por el usuario. En el caso de aseos y cuartos de baño situados en planta primera de edificio Centro de Emergencia Social, el desagüe de los aparatos sanitarios se llevará por el falso techo de la planta inferior hasta el bote sifónico, conectándose éste en unos casos directamente a la bajante y en otros con el manguetón del inodoro. La conexión del inodoro con la bajante se realizará en unos casos de forma directa o con manguetón de longitud inferior a 1’00 m y en otros, mediante colector colgado hasta llegar a la bajante más cercana con pendiente superior a la necesaria. En los aseos y cuartos de baños, se instalarán botes sifónicos con tapa de acero inoxidable para la conexión de todos los aparatos sanitarios proyectados.

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En estancia destinada a elaboración y catering (similares a cocina), los aparatos que se instalen dispondrán de sifón individual. En el caso de los núcleos húmedos situados en planta acceso, el desagüe de los aparatos se llevará enterrado hacia las arquetas correspondientes. En el caso de que se proyecte instalación de aire acondicionado, se preverán puntos de desagüe para las máquinas, puntos que se conectarán a las bajantes o elementos de evacuación más cercanos. Los diámetros de los desagües y derivaciones individuales de los aparatos serán como mínimo los indicados en la Tabla 4.1 del DB HS-5. 2.8.2. SUBSISTEMA INSTALACIÓN DE SUMINISTRO DE AGUA La descripción más exhaustiva de la instalación de suministro de agua (fontanería), así como su diseño y dimensionamiento aparecerán en el apartado de justificación del DB HS-4 del CTE de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación las principales características de la misma. La instalación habrá de ser ejecutada por un instalador autorizado, el cual, estará obligado a realizar una prueba de resistencia mecánica y estanqueidad de la instalación. Tipo de red de suministro - acometida: La zona donde se encuentra el solar está pendiente de urbanización. El suministro de agua sanitaria a cada edificio se realizará mediante una acometida desde la red exterior con tubería de polietileno según norma UNE-EN 12201, de media o alta densidad, realizándose las uniones mediante enlaces metálicos o soldadura. La presión de trabajo de las tuberías será siempre superior a la máxima presión de servicio esperada y nunca inferior a 10 Kg/cm2. Se seguirán las instrucciones de Compañía suministradora. Esta acometida discurrirá enterrada desde la conducción de la red general hasta llegar al contador particular de cada edificio situado en cerramiento de parcela. Para el cual se debe reservar un armario de dimensiones según normativa. El sistema de instalación que se proyecta parte de la hipótesis de caudal de red suficiente, no interrumpiéndose el servicio y presión de red suficiente, para llevar el agua hasta los puntos de consumo más alejados, dada la altura desde el punto de toma de la red hasta el punto de toma más alejado de la misma. Por tanto, se diseña una red ramificada para cada edificio con presión proporcionada por red general y contador particular para un solo usuario. Se ha considerado, una acometida independiente de la general del edificio para el Centro de Emergencia Social con su contador particular a instalar también en cerramiento de parcela, para el llenado del aljibe de agua contra incendio

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(instalación de BIES). El instalador realizará las oportunas consultas a la Compañía Suministradora para confirmar el protocolo que se sigue respecto de esta instalación. Desde cada contador particular, partirá una tubería de polietileno reticulado de alta densidad hasta cada edificio. La empresa municipal de aguas deberá garantizar en la acometida una presión y caudal suficiente para las características del suministro requerido. Si así no fuera, y bajo previa consulta con dicha Compañía, deberá instalarse un grupo de presión con objeto de suministrar la presión y caudal necesarios. Se desconoce en el momento de redacción la presión de red que habrá en la zona. Red de distribución interior de AFS: La instalación interior de agua fría (AFS) servirá para dar servicio a los núcleos húmedos proyectados (aseos, vestuarios, duchas, etc...), a realizar con tuberías de polietileno reticulado WIRSBO PEX o similar. Las tuberías discurrirán horizontalmente siempre que sea posible por el interior de falsos techos de distribuidores y verticalmente, cuando deban descender hacia cada aparato o punto de abastecimiento, empotradas por el interior de la tabiquería y protegidas con PVC corrugado para una libre dilatación de las tuberías y al mismo tiempo evitar desperfectos por contacto del material de la obra con la tubería. Red de distribución interior de ACS y sistema de producción: Se proyecta instalación de agua caliente. La distribución de ACS se realizará desde el sistema de producción con tuberías de las mismas características que las de AFS y paralelas a las mismas, hasta cada punto de consumo. Salvo que las tuberías por la naturaleza del material eviten pérdidas térmicas y condensaciones, las tuberías de ACS deberán aislarse en todo su trazado (tanto tramos horizontales como verticales empotrados en particiones) mediante coquilla de calorifugación de fibra de vidrio o similar, cuyo espesor mínimo, para un coeficiente de conductividad α = 0’04 Kcal/mhºC será como mínimo de 20 mm. En relación a los espesores de aislamiento, se cumplirá lo establecido en RITE (Apéndice 03.1, Espesores mínimos de aislamiento térmico). De acuerdo con la aplicación del DB HE-4 del CTE (ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria) para la producción de ACS será necesario una instalación de aprovechamiento de la energía solar mediante colectores solares planos a ubicar en cubierta de cada edificio. Como sistema auxiliar, se emplearán termos eléctricos independientes localizados por zonas húmedas de 100 y 200 litros según núcleos húmedos a suministrar. Este equipo estará situado en lugar accesible para poder realizar con facilidad las funciones de mantenimiento necesarias. Se respetarán los condicionamientos establecidos por el REBT, respecto a su colocación fuera del volumen de prohibición, con objeto de evitar proyecciones de agua sobre la caja de conexión de los aparatos y será maniobrado con un interruptor de corte bipolar.

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Elementos de valvulería y accesorios: Las válvulas de corte que se montarán en la red de distribución de agua serán de latón cromado, para uniones diseñadas según sistema “press-fitting”, del tipo de bola para diámetros inferiores o iguales a 2“, y del tipo mariposa para diámetros superiores. Los accesorios y piezas especiales serán del mismo tipo. En todos los locales húmedos (puestos de venta y aseos) se instalarán llaves de paso, que permitan sectorizar la alimentación de agua a dichos espacios en caso de avería. 2.8.3. SUBSISTEMA INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD La descripción más exhaustiva de la instalación de electricidad, así como su diseño y dimensionamiento aparecen en el Capitulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD, de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación las principales características de la misma. La instalación eléctrica se proyectará de acuerdo con lo dictado por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y según las normas de la compañía suministradora. Dicha instalación deberá ser ejecutada por un instalador autorizado. Para evitar criterios dispares y discrepancias en cuanto a la interpretación de las normas, el instalador estará obligado a mantener con la misma el debido contacto. Características generales de la instalación: Suministro: La alimentación a cada edificio se realizará desde acometida a red de baja tensión. En función de la potencia prevista para cada edificio, será necesario reservar espacio para la instalación de un centro de transformación. Línea de acometida: la acometida corresponderá a la Compañía y será subterránea. Caja de protección y medida (C.P.M.): ubicada en el propio cerramiento de parcela para cada edificio. A partir de la misma empieza verdaderamente la instalación interior del edificio, en número según potencia demandada por cada uno. Línea general de alimentación: enlazará la caja general de protección con centralización de contadores. No existe para el caso que nos ocupa, al ser un solo titular o usuario. Derivación individual: línea que partirá de la C.P.M. hasta el cuadro de mando y protección principal de cada edificio. Esta conducción discurrirá enterrada desde el cerramiento de parcela hasta entrar en el edificio, discurriendo de forma empotrada.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Cuadros generales de mando y protección: Cada edificio dispondrá de un cuadro general con los elementos de medida, señalización, mando y protección necesarios, desde donde partirán los circuitos interiores según aparatos receptores y equipos previstos. Estos cuadros se instalaran en armarios. De los cuadros generales partirán las derivaciones secundarias que sean necesarias para alimentación de cuadros secundarios según organización y funcionamiento contemplado para la instalación de cada edificio. Características particulares de la instalación interior:

• Tensión nominal de servicio de 230/400 V. • Cada edificio, al considerarse de pública concurrencia se cumplirán las

prescripciones de la instrucción ITC-BT-28. Por otro lado, al tratarse de edificios, donde en algunas zonas pueden aparecer humedades, se deberá considerar éstas como locales húmedos por lo que también se cumplirán las prescripciones de la ITC-BT-30. Los circuitos de alumbrado, fuerza y seguridad se realizarán conforme a las instrucciones indicadas.

• Tomas de corriente: 16 A para usos generales y aseos, y 25 A para tomas de fuerza. Las tomas de corriente protegidas con toma de tierra del tipo Schuko 2P+T.

• Dispositivos de protección en cada circuito. • Mecanismos de electricidad (tomas de corriente e interruptores) de

primera calidad, marca y modelos a definir. • Separación a canalizaciones paralelas de agua o gas mayor de 30 cm y

respecto a canalizaciones de telefonía o antenas mayor de 5 cm. • Cajas de derivación y registro en los cambios de dirección o derivaciones

de la red. Será necesaria la instalación de alumbrado de emergencia en el edificio. Para prevenir fallos en el suministro de energía eléctrica por cortes, averías o reparaciones, durante el tiempo en que sea necesaria la utilización del alumbrado para la evacuación, se dispondrá de una instalación de alumbrado de emergencia y señalización que cumplirá con lo establecido al respecto en la instrucciones correspondientes del vigente REBT, y en las normas UNE 20.062.73 y UNE 20.392.75 sobre “Aparatos autónomos para alumbrado de emergencia”. Esta instalación estará compuesta por equipos autónomos de emergencia y señalización. Se instalarán luminarias de emergencia y señalización con una hora de autonomía que garantice una iluminancia de 1 lx como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación. La instalación será fija, estará provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse el fallo en el alumbrado normal y cumplirá las restantes condiciones generales definidas en la normativa. 2.8.4. SUBSISTEMA INSTALACIÓN DE PUESTA A TIERRA

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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La descripción más exhaustiva de la instalación de puesta a tierra, así como su diseño y dimensionamiento aparecen en el Capitulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACIÓN DE ELECTRICIDAD, de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación las principales características de la misma. La instalación eléctrica se proyectará de acuerdo con lo dictado por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y según las normas de la compañía suministradora. Dicha instalación deberá ser ejecutada por un instalador autorizado. Para evitar criterios dispares y discrepancias en cuanto a la interpretación de las normas, el instalador estará obligado a mantener con la misma el debido contacto. Se asegurará una tensión de contacto inferior a 24 V en cualquier masa y según se indica al respecto en la ITC-BT-26 (apartado 3.3), concretamente los puntos de puesta a tierra cumplirán:

• Puesta a tierra del edificio propiamente dicho: el valor de la resistencia será menor de 37 ohmios si carece de pararrayos, y si dispone del mismo, la resistencia máxima de la toma de tierra de los descargadores será de 10 a 15 ohmios. Estos valores no son preceptivos pero se recomiendan en las Guías de Aplicación del REBT elaboradas al respecto por el Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Sistema de puesta a tierra: El edificio contará con un sistema de puesta a tierra, realizado según lo indicado en ITC-BT-26 y constituido por los siguientes elementos: 1. Toma de tierra: En el fondo de la cimentación se instalará un cable de cobre desnudo de 35 mm2 de sección, formando un anillo cerrado que abarque a todo el perímetro del edificio. A este anillo quedará conectado un numero determinado de armaduras de la cimentación así como la estructura metálica del edificio o bien si la estructura es de hormigón armado, un cierto número de las armaduras principales y como mínimo una por pilar. Si la resistencia de puesta a tierra del anillo fuera insuficiente se conectarán a él picas de cobre acerado de 14 mm de diámetro y 2’00 m de longitud, en número suficiente hasta alcanzar el valor adecuado. Las conexiones se realizarán mediante soldadura aluminotérmica. 2. Línea de enlace con tierra: Será la línea que une el anillo y electrodos de tierra con el punto de puesta a tierra situado junto a la caja general de protección. Estará constituida por cable de cobre desnudo de 35 mm2 de sección. Se dispondrá un dispositivo que permita medir la resistencia de puesta a tierra. 3. Línea principal de tierra y derivaciones: Desde el punto de puesta a tierra, partirán la línea principal de tierra y derivaciones. Se establecerán en las mismas canalizaciones de la línea general

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de alimentación, derivación individual y líneas secundarias. Estarán constituidas por cable de cobre de secciones indicadas en la tabla 2 de la ITC-BT-19. 4. Conductores de protección: Se instalarán en todos los circuitos de alimentación a los puntos de utilización, que parten de los cuadros de mando y protección. Se establecerán en las mismas canalizaciones y serán de cobre de idéntica sección a los conductores de fase. Todos los cuadros de distribución dispondrán de pletina para la conexión de los conductores de protección con las derivaciones de la línea principal de tierra. Para la instalación de puesta a tierra se tienen en cuenta las instrucciones ITC-BT-18, ITC-BT-24 y ITC-BT-26. 2.8.5. SUBSISTEMA INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO La descripción más exhaustiva de la instalación de protección contra incendio, así como su diseño y dimensionamiento aparecen en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO, de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación brevemente las instalaciones necesarias para cada uso existente en el edificio. El edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuadas para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes conforme al apartado DB SI-4 del CTE. Para el diseño y dimensionamiento de estas instalaciones se tendrá en cuenta las prescripciones del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios y Reglas Técnicas de CEPREVEN. Se contemplan las siguientes instalaciones en cada edificio: Edificio Centro de Día:

• Extintores portátiles. • Señalización de medios y evacuación. • Alumbrado de emergencia.

Edificio Centro de Emergencia Social:

• Extintores portátiles. • Instalación de bocas de incendio (BIE). • Instalación de detección y alarma. • Señalización de medios y evacuación. • Alumbrado de emergencia.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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2.8.6. SUBSITEMA INSTALACIÓN DE TELECOMUNICACIONES (ICT) Y ESPECIALES Aunque no es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa el REAL DECRETO 401/2003, en cuyo caso, no se precisa una infraestructura de telecomunicación (ICT), cada edificio dispondrá de una red de televisión y telefonía básica a través de las tomas correspondientes. Se dispondrá una antena para TV/FM con tomas en zonas administrativas, espacios generales de utilización colectiva (comedores, salas de estar y sala de usos múltiples), estar-comedor de apartamentos y donde quede indicado en los planos de instalación de electricidad de la documentación gráfica aportada. Se realizará una instalación de red de voz y datos en zonas de administración de ambos edificios. Se colocarán en espacios previstos a este fin los cuadros distribuidores y cableado hasta los puntos de servicio donde se ubicarán las tomas de “voz-datos”. Se instalará en los edificios un sistema de pre-instalación de circuito cerrado de televisión para la vigilancia diurna y nocturna con cámaras en el perímetro de ambos edificios y accesos principales. Se colocará video portero electrónico en cerramiento de parcela junto a cada cancela exterior de acceso peatonal conectado con la zona administrativa correspondiente de cada edificio. 2.8.7. SUBSISTEMA INSTALACIÓN VENTILACIÓN Y EXTRACCIÓN DE GASES Los edificios y sus distintas dependencias dispondrán de un sistema general de ventilación que podrá ser natural, híbrida o mecánico cuya determinación y características estarán sujetas a la aplicación del DB HS-3 del CTE o normativa correspondiente según ámbito de aplicación. El RD 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), desarrollado en el DB HE-2 (Rendimiento de las instalaciones térmicas) del CTE, en el capítulo IT.1, apartado IT 1.1.4.2.1 Generalidades, se indica en el punto 2 lo siguiente: “que el resto de edificios (que no sean ni edificios de viviendas, locales habitables del interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes) dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite, en los distintos locales en los que se realice alguna actividad humana, la formación de elevadas concentraciones de contaminante de acuerdo con lo que se establece en el apartado 1.4.2.2 y siguientes”. Según la IT 1.1.4.2. Exigencia de calidad de aire interior, se establece que el edificio dispondrá de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal

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de aire exterior que evite, en los distintos locales en los que se realice alguna actividad humana, la formación de elevadas concentraciones de contaminantes de acuerdo con la UNE-EN-13779:2008 sobre “Ventilación de edificios no residenciales. Requisitos de prestaciones de los sistemas de ventilación y acondicionamiento de recintos”. Los edificios ventilados naturalmente están fuera del objeto y campo de aplicación de esta norma. El caudal mínimo de aire exterior de ventilación, necesario para alcanzar las categorías de calidad de aire interior que se indican en el apartado 1.1.4.2.2, en el que se recoge una clasificación de usos según el nivel de calidad del aire interior exigido para locales en los que se vaya a desarrollar alguna actividad humana, se calculará de acuerdo con alguno de los cinco métodos que se indican en la IT 1.1.4.2.3 Caudal mínimo del aire exterior de ventilación. Asimismo, se tendrá en cuenta el RD 486/1997, de 14 de Abril, “Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de Trabajo”, obligatorio en todo tipo de ambiente laboral. Esta norma, en su artículo 7 (Capítulo II) y en especial en el Anexo III, se establecen las condiciones ambientales de los lugares de trabajo, sin perjuicio de los dispuesto en el RITE (realmente hace referencia al RD 1618/1980, pero este está derogado por el RITE). Dichas condiciones hacen referencia a temperatura, humedad relativa, velocidad del aire y sobretodo fija una renovación mínima del aire en los locales de trabajo de 30 m3/h (8’30 l/s) de aire limpio por trabajador en trabajos sedentarios en ambientes no calurosos ni contaminados por humo de tabaco, a fin de evitar el ambiente viciado y los olores desagradables, y de 50 m3/h (13’90 l/s) en los casos restantes trabajos. El sistema de ventilación y, en particular, la distribución de las entradas de aire limpio y salida de aire viciado, deben asegurar una afectiva renovación de aire del local de trabajo. Los locales a ventilar tienen una superficie y ocupación variable, en función de estos parámetros, se ha calculado la renovación con aire exterior. Para los aseos, vestuarios, cuartos de limpieza, zona de elaboración, cuartos de residuos, almacén, zona de elaboración y preparación así como distribuidor común a estas dos estancias, se ha dispuesto un sistema de ventilación (aportación de aire del exterior mediante aberturas de admisión natural) y extracción forzada (bocas de extracción). En los recintos indicados, se instalará en falso techo un número determinado de bocas de extracción higrorregulables en PVC circular con conos fijos y compuerta de mariposa con anillo de fijación de 125 mm de cuello, conectadas a una red de conductos de sección circular formado por tubo superflexible de PVC+ALUMINIO de diámetros 125 mm, 160 mm y 200 mm según los tramos, con unión de tramos mediante manguitos que garanticen su estanqueidad, ocultos en falso techo y unidos a un extractor de aire de tipo helicocentrífugo tipo ECOWATT de S&P o similar, para el caudal de calculo según estancias ventiladas, con compuerta antirretorno incorporada, motor monofásico de corriente continua a 230v y 50hz, de dos velocidades, montado sobre anclajes elásticos (“silent blocks”) para reducir al máximo el nivel sonoro y el de las vibraciones producidas.

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El aire viciado y húmedo de estos recintos a través de la red de conductos se llevara a fachadas o cubierta, en este último caso, mediante conducto vertical de sección circular formado por tubo superflexible de PVC+ALUMINIO de diámetro 160 mm. Este conducto en cubierta dispondrá de difusor circular de 160 mm de cuello, construido con aros de aluminio entallado, anodizado. El extractor entrara en funcionamiento con el alumbrado normal de estos recintos, al estar conectado a su interruptor de encendido. El extractor contara con filtro que retendrá las posibles sustancias y partículas contaminantes a fin de que éstas no lleguen a la atmósfera. Con objeto de facilitar la renovación en el interior de cada recinto, se asegurará la entrada de aire a los mismos mediante una abertura para el paso de aire (aireador o rejilla) a instalar en la hoja de la puerta o dejando la holgura suficiente entre la propia hoja y el suelo. 2.8.8. SUBSISTEMA INSTALACIÓN EVACUACIÓN DE GASES DE COMBUSTIÓN No se proyecta esta instalación ya que se estima no se producirán gases de combustión de acuerdo con los equipos auxiliares de producción ACS a instalar. No existen otras instalaciones que precisen de alimentación por gas contempladas en este Proyecto. 2.8.9. SUBSISTEMA INSTALACIÓN CLIMATIZACIÓN (CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN) La descripción más exhaustiva de la instalación de climatización, así como su diseño y dimensionamiento aparecen en el Capitulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, apartado de MEMORIA INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN Y VENTILACIÓN, de la presente memoria, aún así mencionamos a continuación las principales características de la misma. El sistema de climatización (calefacción y refrigeración) deberá responder a las necesidades de uso y distribución del edificio, además de garantizar una optima adaptación a la demanda existente en cada momento. Se tendrá en cuenta los siguientes criterios para el diseño del sistema de climatización:

- Bajo mantenimiento. - Bajo consumo. - Flexibilidad y sectorización del sistema de climatización.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Para conseguir una estancia agradable del público independientemente de la estación climatológica, se dispondrá una instalación de climatización (refrigeración y calefacción). A la hora de proyectar sistemas de calefacción, climatización o acondicionamiento de aire para locales habitados por personas habrá que tener en cuenta lo dispuesto en el DB HE-2 (Rendimiento de las instalaciones térmicas) del CTE, el cual, conduce al Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en la Edificación (RITE), así como la CORRECCIÓN de errores. Como sabemos, existen multitud de tipos de instalaciones de aire acondicionado que intentan controlar la temperatura, humedad y calidad del aire. Cada una de ellas tiene unas características propias, y el control ejercido sobre los parámetros (temperatura, humedad, pureza del aire,…) no siempre se puede efectuar correctamente, especialmente cuando el aire se distribuye para diferentes espacios, y unos tienen carga positiva y otros negativa; o unos necesitan mayor porcentaje de aire de renovación que otros. Los tipos se clasifican en función de los fluidos que transportan la energía térmica (calor o frío) hasta los locales. Bajo este criterio, las instalaciones se agrupan en cuatro grandes grupos:

- Instalaciones todo aire. - Instalaciones agua-aire. - Instalaciones todo agua. - Instalaciones con fluido refrigerante.

Aunque es posible que en una misma instalación existan varias instalaciones. Para el caso que nos ocupa, se dispondrá de un sistema partido multi-split, con una condensadora exterior (ubicada en cubierta de cada edificio) a la que están conectadas dos o tres evaporadoras interiores (según casos). Las evaporadoras serán del tipo split cassette de techo con las frigorías adecuadas según la estancia que climatice. Las máquinas serán bombas de calor. Los equipos proyectados se localizan en las siguientes estancias:

• Edificio Centro de Día: dirección, administración, atención personalizada, comedor y salón estar.

• Edificio Centro de Emergencia Social: comedor, administración, dirección, salón estar y usos múltiples en plata baja y apartamentos en planta primera.

2.8.10. SUBSISTEMA INSTALACIÓN TRANSPORTE VERTICAL (ASCENSORES) En edificio destinado a Centro de Emergencia Social, se ha previsto la instalación de un aparato elevador, eléctrico, sin cuarto de maquinaria. Se ha previsto para un

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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máximo de 6 personas, con carga nominal de 450 Kg, velocidad de 1 m/s, adaptado a la directiva 95/16/CE y normas EN 81:1998 europeas. Acabo interior de cabina y puerta exterior conforme a Dirección Facultativa y Propiedad, con equipo de puertas automáticas, equipo de maniobra colectiva selectiva en bajada, disponiendo de indicador posicional digital en cabina. Los ascensores eléctricos actuales son también denominados ascensores de tracción (por adherencia). El movimiento se transmite de la máquina (motor eléctrico) a la cabina a través de la fricción mecánica entre una polea acanalada, según una geometría adecuada, que es solidaria a la máquina y unos cables metálicos que suspenden la cabina. En el extremo opuesto a cabina, los cables suspenden un contrapeso cuyo principal cometido es equilibrar parcialmente el peso de la cabina con el consiguiente ahorro de energía. El tipo de ascensor sin cuarto de máquinas supone la misma solución tecnológica que el ascensor eléctrico convencional en la que se elimina la sala en que se ubican la máquina, el cuadro de acometida eléctrica y el cuadro de maniobra. Estos elementos se distribuyen de acuerdo a las posibilidades siguientes:

• Máquina: - Dentro del hueco (en la parte alta o en el foso). - Dentro de un pequeño armario (de escasa profundidad)

adosado externamente a una pared lateral del hueco.

• Cuadros de acometida y maniobra (suelen ir juntos): - En armario dentro del hueco (en la parte alta o en el

foso). - En armario junto a puerta de rellano sobre techo de

cabina. La eliminación del cuarto de máquinas implica requisitos acústicos más severos que deben ser considerados:

• Necesidad de niveles de emisión sonora más bajos de máquina tractora y componentes eléctricos de maniobra. Corresponde al fabricante.

• Necesidad de niveles de aislamiento acústico más altos de los cerramientos del hueco. Corresponde al proyecto.

Previa ejecución de la losa de cimentación y los forjados de la estructura, se comprobarán las dimensiones del hueco necesario para el modelo concreto de ascensor a instalar. El ascensor proyectado permitirá su utilización por minusválidos y cumplirá todo lo referente a la normativa vigente sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas. 2.8.11. SUBSISTEMA INSTALACIÓN DE PARARRAYOS

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción de rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección. No es necesaria la instalación conforme al DB SU-8 (ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria). 2.8.12. SUBSISTEMA DE EVACUACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS Los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión, cuya determinación y características estarán sujetas a la aplicación del DB HS-2 del CTE o normativa correspondiente según ámbito de aplicación. El DB HS-2 no es de aplicación al no tratarse de un edificio de viviendas. No obstante, conforme al apartado 1.1 de dicho DB, para otros edificios la demostración de la conformidad con las exigencias básicas debe verificarse mediante un tratamiento específico adoptando criterios análogos a los que caracterizan las condiciones establecidas en esta sección. En este caso, se tendrán en cuenta las ordenanzas municipales particulares para la actividad. Teniendo en cuenta la secuencia de verificaciones que se expone en esta Sección del DB HS para el caso de edificios de viviendas, orientados para el Proyecto que nos ocupa deberán justificarse los siguientes puntos específicos: ESPACIO DE RESERVA: Aunque los terrenos en los que se encuentra la parcela que nos ocupa están pendientes de urbanización, el tratamiento de los residuos en la zona donde se encuentra el edificio se estima se realizará como en el resto de la ciudad, es decir, mediante recogida centralizada con contenedores de calle de superficie. Se desconoce si existirá recogida puerta a puerta para todos los residuos o para algunos tipos determinados. Según apartado 2.1 del DB HS-2, los edificios deben disponer como mínimo de un almacén de contenedores para las fracciones de los residuos que tengan recogida puerta a puerta, y, para las fracciones que tengan recogida centralizada con contenedores de calle de superficie, deben disponer de un espacio de reserva en el que pueda construirse un almacén de contenedores cuando alguna de estas fracciones pase a tener recogida puerta a puerta. Dado que no se trata de edificios de viviendas, estrictamente no es necesario un almacén o la reserva de espacio para su futura construcción. No obstante, en el edificio Centro de Día, de acuerdo con la actividad y el programa de necesidades planteado por el Promotor, se han proyectado dos cuartos para residuos (sólidos y tóxicos) con superficie útil muy superior a la

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estrictamente necesaria para el volumen de residuos que se estima se generarán. En el caso del edificio Centro de Emergencia Social, el Promotor no ha destinado espacio aunque existen cerca del comedor, recinto para almacén que podrá destinarse para esta tarea. ESPACIOS DE ALMACENAMIENTO INMEDIATO EN VIVIENDAS: Según apartado 2.3 del DB HS-2, las viviendas dispondrán espacios para almacenar cada una de las cinco fracciones de los residuos ordinarios generados en ella. Dado que no se trata de edificios de viviendas, estrictamente no son necesarios estos espacios. No obstante, en las estancias vinculadas a los comedores (catering, sala de elaboración y sala de preparación), similares a cocinas de viviendas, se dispondrán espacios para la instalación de recintos para el almacenamiento inmediato de los residuos generados. Además, en algunas de las estancias de uso colectivo como comedor, sala de estar, sala de usos múltiples, se dispondrán contenedores en número adecuado. La definición de estos contenedores de residuos no compete al presente Proyecto y serán objeto de instalación y definición dentro de los trabajos de amueblamiento de cada edificio. 2.9. EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO Los elementos proyectados de diseño y características conforme a Dirección Facultativa y Propiedad. 2.9.1. INTERIOR EDIFICIO EN GENERAL: Cada edificio estará dotado del mobiliario, maquinaria y equipamiento apropiado para el desarrollo de la actividad, cuya definición e instalación no compete al presente Proyecto. EN ASEOS: En aseos, se dispondrán aparatos sanitarios en porcelana vitrificada blanca con equipos de grifería monomando, modelos y calidad a determinar por Dirección Facultativa y Propiedad. De acuerdo con el DB HS-4 (apartado 3.6) del CTE, los grifos de los aseos dispondrán de pulsador temporizador.

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Entre los aseos y duchas, se proyectan piezas adaptadas en cumplimiento del Decreto 293/2009, con las dimensiones adecuadas así como dotado de los aparatos sanitarios correspondientes, con sus respectivos elementos auxiliares necesarios (barandillas y barras). Los vestuarios también estarán dotados de las correspondientes elementos auxiliares necesarios. 2.9.2. URBANIZACIÓN EXTERIOR PAVIMENTOS EXTERIORES: Todos los pavimentos exteriores en parcela así como zonas escalonadas, se resolverán con pavimento continuo de solera de hormigón HA-25/B/20/IIa, de 15 cm de espesor, armado con mallazo electrosoldada de Ø8/15x15 cm, acero B-500T, acabado impreso en relieve, de diseño y color a definir; sobre sub-base compactada (suelo seleccionado), de 30 cm de espesor. Todas las pavimentaciones se encintaran con bordillo prefabricado de hormigón, 40x20x10 cm, de separación con zonas ajardinadas, con cara superior redondeada o achaflanada, recibido con mortero de cemento tipo M5, sobre base de hormigón. Las superficies exteriores dispondrán de imbornales para recogida de aguas conectados a la red de saneamiento que proviene de cada edificio. Formación de zonas ajardinadas mediante vertido de tierra vegetal. CERRAMIENTOS DE PARCELA Y ELEMENTOS DE CARPINTERIA: Se realizará un cerramiento perimetral de la parcela, con puertas de vehículos y peatones para cada uno de los edificios, compuesto por un peto de 0’60 m de altura mínima (el cerramiento perimetral de parcela se ira adaptando al perfil de las calles limítrofes) mediante muro de hormigón armado y sobre éste 1’50 m de malla antivandálica, electrosoldada galvanizada por inmersión, de retícula 10 x 20 cm, y de espesor Ø6 mm, enmarcada con perfiles de acero (LPN 45 ó perfil en frío/40.30 cada 2’50-3’00 m, según modulo de fabricante). Con los mismos muros de hormigón, se ejecutaran los ámbitos de las puertas de acceso peatonales de la misma altura que el cerramiento de parcela, rematados superiormente con techo de losa maciza vista de hormigón armado de 15 cm de espesor, con acabado superior mediante impermeabilización autoprotegida. La losa dispondrá en sus bordes de goterón. Para el muro se empleara hormigón armado HA-25 y acero B-500S, con cimentación mediante zapata armada de canto 0’50 y 0’80 m de anchura, sobre capa de 10 cm de hormigón de limpieza.

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Las cancelas de acceso peatonales serán de perfiles metálicos y paño de chapa grecada o lisa para pintar, con hoja mínima de 0’90 m. La cancela situada entre los dos accesos peatonales al edificio será de las mismas características, con doble hoja abatible de 1’50 m cada una. Las cancelas para vehículos serán de hoja corredera fabricada a base de perfil de acero con tubo rectangular en cerco, con interior de doble chapa grecada o lisa de acero galvanizado prelacada de 1’20 mm de espesor, con guía inferior y ruedas para deslizamiento, con herrajes de colgar y de seguridad. Motorizada con equipo electromecánico y apertura a distancia. Se asegurará el anclaje adecuado de las carpinterías a los elementos del cerramiento de parcela.

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3. JUSTIFICACION CUMPLIMIENTO DEL CODIGO TECNICO DE EDIFICACION Capítulo 1. Disposiciones Generales. Artículo 1. Objeto. 1. El Código Técnico de la Edificación, en adelante CTE, es el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en adelante LOE. 2. El CTE establece dichas exigencias básicas para cada uno de los requisitos básicos de “seguridad estructural”, “seguridad en caso de incendio”, “seguridad de utilización”, “higiene, salud y protección del medio ambiente”, “protección contra el ruido” y “ahorro de energía y aislamiento térmico”, establecidos en el artículo 3 de la LOE, y proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas. 3. Los requisitos básicos relativos a la “funcionalidad” y los aspectos funcionales de los elementos constructivos se regirán por su normativa específica. 4. Las exigencias básicas deben cumplirse en el proyecto, la construcción, el mantenimiento y la conservación de los edificios y sus instalaciones. En la justificación de cada DB se relacionan aquellos apartados que recoge el CTE precisos para la determinación de decisiones en el Proyecto. Se hace hincapié en su cumplimiento, atendiendo a la opción que corresponda en cada caso, sin necesidad de comentarlos de forma particular ya que todos ellos son de aplicación. Como criterio general, solo se atenderá que un apartado no es de obligado cumplimiento si así se refleja de forma explícita a continuación del mismo.

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3.1. SEGURIDAD ESTRUCTURAL. DOCUMENTO BASICO SE (Articulo 10 de Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este documento de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Seguridad Estructural (SE) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por RD 1371/2007, de 19 de octubre (BOE 23/10/2007) y corrección de errores (BOE 25/01/2008). El objetivo del requisito básico «Seguridad estructural» consiste en asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, fabricarán, construirán y mantendrán de forma que cumplan con una fiabilidad adecuada las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. Los Documentos Básicos «DB SE Seguridad Estructural», «DB-SE-AE Acciones en la edificación», «DBSE-C Cimientos», «DB-SE-A Acero», «DB-SE-F Fábrica» y «DB-SE-M Madera», especifican parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad estructural. Contenido: SE 1 Resistencia y estabilidad. SE 2 Aptitud al servicio.

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3.2. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. DOCUMENTO BÁSICO SI (Articulo 11 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este documento de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (SI) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por RD 1371/2007, de 19 de octubre (BOE 23/10/2007) y corrección de errores (BOE 25/01/2008). El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación. Contenido: SI 1 Propagación interior. SI 2 Propagación exterior. SI 3 Evacuación de ocupantes. SI 4 Instalaciones de protección contra incendios. SI 5 Intervención de los bomberos. SI 6 Resistencia al fuego de la estructura.

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3.3. SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN. DOCUMENTO BASICO SU (Articulo 12 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este apartado de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Seguridad de Utilización (SU) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, publicado en el BOE con fecha 23 de Abril de 2009. El objetivo del requisito básico "Seguridad de utilización" consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos durante el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El Documento Básico DB-SU Seguridad de Utilización especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad de utilización. Contenido: SU 1 Seguridad frente al riesgo de caídas. SU 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento. SU 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento. SU 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada. SU 5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación. SU 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento. SU 7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento. SU 8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo.

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3.4. SALUBRIDAD: HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. DOCUMENTO BÁSICO HS (Artículo 13 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este apartado de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Salubridad (higiene, salud y protección del medio ambiente) (SE) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por RD 1371/2007, de 19 de octubre (BOE 23/10/2007) y corrección de errores (BOE 25/01/2008). El objetivo del requisito básico “Higiene, salud y protección del medio ambiente”, tratado en adelante bajo el término salubridad, consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, padezcan molestias o enfermedades, así como el riesgo de que los edificios se deterioren y de que deterioren el medio ambiente en su entorno inmediato, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de tal forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El “DB HS Salubridad” especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de salubridad. Contenido: HS 1 Protección frente a la humedad. HS 2 Recogida y evacuación de residuos. HS 3 Calidad del aire interior. HS 4 Suministro de agua. HS 5 Evacuación de aguas.

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3.5. PROTECCIÓN FRENTE AL RUIDO. DOCUMENTO BÁSICO HR (Artículo 14 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este apartado de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Protección frente al ruido (HR) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, publicado en el BOE con fecha 23 de Abril de 2009. El objetivo de este requisito básico “Protección frente al ruido” consiste en limitar dentro de los edificios, y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos. El Documento Básico "DB HR Protección frente al Ruido" especifica parámetros objetivos y sistemas de verificación cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de protección frente al ruido.

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3.6. AHORRO DE ENERGÍA. DOCUMENTO BÁSICO HE (Artículo 15 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este apartado de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Ahorro de Energía (HE) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por RD 1371/2007, de 19 de octubre (BOE 23/10/2007) y corrección de errores (BOE 25/01/2008). El objetivo del requisito básico “Ahorro de energía” consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. El Documento Básico “DB HE Ahorro de energía” especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía. Contenido: HE 1 Limitación de demanda energética. HE 2 Rendimiento de las instalaciones térmicas. HE 3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. HE 5 Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

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4. JUSTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO DE OTRAS NORMATIVAS ESPECÍFICAS 4.1. LISTADO NO EXHAUSTIVO DE NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN EN LOS PROYECTOS Y EN LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Se adjunta el presente listado no exhaustivo de la normativa técnica de aplicación en los proyectos y en la ejecución de obras, para proyectos con licencias de obra solicitadas a partir del 29-03-07 (ver disposiciones transitorias del CTE, Real Decreto 314/2006), actualizada a ABRIL 2009 (fuente: COLEGIO ARQUITECTOS DE CADIZ). En el presente proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales. Las normas UNE, se encuentran afectadas de estas circunstancias, al no publicarse en ningún boletín y tener que adquirirlas a AENOR. ÍNDICE 01. ABASTECIMIENTO DE AGUA, SANEAMIENTO Y VERTIDO 02. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN 03. AISLAMIENTO ACÚSTICO 04. APARATOS ELEVADORES 05. AUDIOVISUALES 06. BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 07. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, A.C.S. 08. CASILLEROS POSTALES 09. CONGLOMERANTES 10. CUBIERTAS 11. ELECTRICIDAD 12. ENERGÍA 13. ESTRUCTURAS DE ACERO 14. ESTRUCTURAS DE FORJADOS 15. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN 16. INSTALACIONES ESPECIALES 17. MADERA 18. MEDIO AMBIENTE 19. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 20. RESIDUOS 21. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 22. YESO 23. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN 24. PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS

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1. ABASTECIMIENTO DE AGUA SANEAMIENTO Y VERTIDO 1.1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS GENERALES PARA TUBERÍAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA. B.O.E. 236; 02.10.74 Orden de 28 de julio de 1974 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. B.O.E. 237; 03.10.74 B.O.E. 260; 30.10.74 Corrección de errores. 1.2 REGLAMENTO DEL SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUA. B.O.J.A. 81; 10.09.91 Decreto de 11 de junio de 1991 de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía. 1.3 CONTADORES DE AGUA FRÍA. B.O.E. 55; 06.03.89 Orden de 28 de diciembre de 1988 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 1.4 CONTADORES DE AGUA CALIENTE. B.O.E. 25; 30.01.89 Orden de 30 de diciembre de 1988, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 1.5 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Decreto 59/2005, de 1 de marzo, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Desarrollo. Orden de 27 de mayo de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 217; 07.11.05 Orden de 24 de octubre de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 248; 27.12.06 Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 209; 23.10.07 Modificación del Anexo del Decreto 59/2005 y Orden de 27 de mayo de 2005. Orden de 5 de octubre de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 2. ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN 2.1 NORMA DE CONSTRUCCIÓN SISMORRESISTENTE: PARTE GENERAL Y EDIFICACIÓN (NCSE-02). B.O.E. 244; 11.10.02 Real Decreto 997/2002, de 27 de septiembre, del Mº de Fomento. AISLAMIENTO ACÚSTICO 3.1 NORMA NBE-CA-81 SOBRE "CONDICIONES ACÚSTICAS EN LOS EDIFICIOS". Derogado por el R.D. 1371/2007, no obstante podrá aplicarse hasta el 24 de abril de 2009, en las condiciones establecidas en las disposiciones transitorias del R.D. 1675/2008. B.O.E. 214; 07.09.81 Real Decreto 1909/1981 de 24 de julio del Mº. de Obras Públicas y Urbanismo. 3.2 MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA NBE-CA-81, CAMBIANDO SU DENOMINACIÓN POR NBE-CA-82. Derogado por el R.D. 1371/2007, no obstante podrá aplicarse hasta el 24 de abril de 2009, en las condiciones establecidas en las disposiciones transitorias del R.D. 1675/2008. B.O.E. 211; 03.09.82 Real Decreto 2115/1982, de 12 de agosto del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. B.O.E. 240; 07.10.82 Corrección de errores. 3.3 ACLARACIÓN Y CORRECCIÓN DE DIVERSOS ASPECTOS DE LOS ANEXOS A LA NBE-CA-82, PASANDO A DENOMINARSE NBE-CA-88. Derogado por el R.D. 1371/2007, no obstante podrá aplicarse h hasta el 24 de abril de 2009, en las condiciones establecidas en las disposiciones transitorias del R.D. 1675/2008. B.O.E. 242; 08.10.88 Orden de 29 de septiembre de 1988, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 4. APARATOS ELEVADORES 4.1 REGLAMENTO DE APARATOS ELEVADORES PARA OBRAS. B.O.E. 141; 14.06.77 Orden de 23 de mayo de 1977 del Mº de Industria. B.O.E. 170; 18.07.77 Corrección de errores.

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Page 141: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 63; 14.03.81 Modificación artc. 65. Orden de 7 de marzo de 1981, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 282; 25.11.81 Modificación cap. 1º. Título 2º. Orden de 16 de noviembre de 1981, del Mº de Industria y Energía. B.O.J.A. 50; 29.04.99 Modificación artc. 96. Resolución de 24 de marzo de 1999, de la Dº Gral. de Industria, Energía y Minas, 4.2 REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN. Derogado a partir del 30.06.99 por el Real Decreto 1314/1997, con excepción de sus artículos 10,11,12,13,14,15,19 y 23 (Disposición Derogatoria Única) B.O.E. 296; 11.12.85 Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre del Mº de Industria y Energía. 4.3 REGULACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE APARATOS DE ELEVACIÓN Y SU MANUTENCIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUZA. B.O.J.A. 106; 25.11.86 Orden de 14 de noviembre de 1986 de la Consejería de Fomento y Turismo. 4.4 INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 1, REFERENTE A ASCENSORES ELECTROMECÁNICOS. Ver Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1314/1997 y Modificación posterior. B.O.E. 239; 06.10.87 Orden de 23 de septiembre de 1987 del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 114; 12.05.88 Corrección de errores. B.O.E. 223; 17.09.91 Modificación. Orden de 12 de septiembre de 1991, del Mº de Industria, Comercio y Turismo. B.O.E. 245; 12.10.91 Corrección de errores. B.O.E. 117; 15.05.92 Complemento. Resolución de 27 de abril de 1992, del Mº de Industria, Comercio y Turismo. B.O.E. 97; 23.04.97 Modificación sobre instalaciones de ascensores sin cuarto de máquinas. Resolución de 3 de abril de 1997, del Mº de Industria y Energía B.O.E. 123; 23.05.97 Corrección de errores. 4.5 INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 2, REFERENTE A GRÚAS TORRE DESMONTABLES PARA OBRAS. B.O.E. 170; 17.07.03 Real Decreto 836/2003, de 27 de junio del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 20; 23.01.04 Corrección de errores. 4.6 INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 3, REFERENTE A CARRETILLAS AUTOMOTORAS DE MANUTENCIÓN. B.O.E. 137; 09.06.89 Orden de 26 de mayo 1989, del Mº de Industria y Energía. 4.7 INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA ITC-MIE-AEM 4, REFERENTE A GRÚAS MÓVILES AUTOPROPULSADAS. B.O.E. 170; 17.07.03 Real Decreto 837/2003, de 27 de junio del Mº de Ciencia y Tecnología. 4.8 NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA, ARTÍCULO 27º . B.O.J.A. 44; 23.05.92 Decreto 72/1992 de 5 de mayo de la Consejería de la Presidencia; artc. 27º. B.O.J.A. 50; 06.06.92 Corrección de errores. 4.9 RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS. B.O.E. 51; 28.02.80 Real Decreto 355/1980 25 de enero, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo; artc.2º 4.10 CARACTERÍSTICAS DE LOS ACCESOS, APARATOS ELEVADORES Y CONDICIONES INTERIORES DE LAS VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS PROYECTADAS EN INMUEBLES DE PROTECCIÓN OFICIAL. B.O.E. 67; 18.03.80 Orden de 3 de marzo de 1980 del Mº de Obras Públicas y Urbanismo; artc. 1º, aptdo. B. 4.11 DISPOSICIÓN DE APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 95/16/CE, SOBRE ASCENSORES. B.O.E. 234; 30.09.97 Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 179; 28.07.98 Corrección de errores.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 70; 04.02.05 Modificación. Real Decreto 57/2005, de 21 de enero del Mº de Industria Turismo y Comercio. 4.12 AUTORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES CON MÁQUINAS EN FOSO. B.O.E. 230; 25.09.98 Resolución de 10 de septiembre de 1998, del Mº de Industria y Energía 4.13 REGULACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DE INSTALACIÓN DE PUERTAS DE CABINA, ASÍ COMO DE OTROS DISPOSITIVOS COMPLEMENTARIOS DE SEGURIDAD EN LOS ASCENSORES EXISTENTES B.O.J.A. 121; 24.10.98 Decreto 178/1998, de 16 de septiembre, de la Cª de Trabajo e Industria. B.O.J.A. 59; 20.05.00 Modificación. Decreto 274/1998, de 15 de diciembre, de la Cª de Trabajo e Industria. B.O.J.A. 108; 18.09.01 Modificación. Decreto 180/2001, de 24 de junio de la Cª de Desarrollo y Empleo. B.O.J.A. 141; 20.07.04 Modificación. Resolución de 26 de mayo de 2004, de la Dª General de Industria, Energía y Minas. 4.14 CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA RENOVACIÓN Y MEJORA DE LOS ASCENSORES EN SUS CONDICIONES DE SEGURIDAD B.O.J.A. 16; 06.02.99 Orden de 29 de diciembre de 1998, de la Cª de Trabajo e Industria. B.O.J.A. 41; 08.04.99 Corrección de errores. 4.15 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Decreto 59/2005, de 1 de marzo, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Desarrollo. Orden de 27 de mayo de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 217; 07.11.05 Orden de 24 de octubre de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 248; 27.12.06 Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 209; 23.10.07 Modificación del Anexo del Decreto 59/2005 y Orden de 27 de mayo de 2005. Orden de 5 de octubre de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 4.16 DISPOSICIONES DE APLICACIÓN A LA DIRECTIVA DEL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS 84/528/CEE SOBRE APARATOS ELEVADORES DE MANEJO MECÁNICO. B.O.E. 121; 20.05.88 Real Decreto 474/1988, de 20 de mayo, del Mº de Industria y Energía. 5. AUDIOVISUALES (Ver INSTALACIONES ESPECIALES) 5.1 INSTALACIÓN DE INMUEBLES DE SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN DE LA SEÑAL DE TELEVISIÓN POR CABLE. B.O.E. 116; 15.05.74 Decreto 1306/1974, de 2 de mayo, de la Presidencia del Gobierno. 5.2 REGULACIÓN DEL DERECHO A INSTALAR EN EL EXTERIOR DE LOS INMUEBLES LAS ANTENAS DE LAS ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS DE AFICIONADOS. B.O.E. 283; 26.11.83 Ley 19/1983, de 16 de noviembre, de la Jefatura del Estado. 5.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PUNTO DE TERMINACIÓN DE RED DE LA RED TELEFÓNICA CONMUTADA Y LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE CONEXIÓN DE LAS INSTALACIONES PRIVADAS DE ABONADO. B.O.E. 305; 22.12.94 Real Decreto 2304/1994, de 2 de diciembre, del Mº de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. 6. BARRERAS ARQUITECTÓNICAS 6.1 INTEGRACIÓN SOCIAL DE LOS MINUSVÁLIDOS. B.O.E. 103; 30.04.82 Ley 13/1982, de 7 de abril, de la Presidencia del Gobierno; artc. del 54º al 61º. 6.2 NORMAS SOBRE SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN LAS EDIFICACIONES PERTENECIENTES A LOS SERVICIOS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES. B.O.E. 259; 28.10.76 Resolución de la Dirección General de Servicios Sociales de la Seguridad Social, del Mº de Trabajo.

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Page 143: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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6.3 CARACTERÍSTICAS DE LOS ACCESOS, APARATOS ELEVADORES Y CONDICIONES INTERIORES DE LAS VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS PROYECTADAS EN INMUEBLES DE PROTECCIÓN OFICIAL. B.O.E. 67; 18.03.80 Orden de 3 de marzo de 1980, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 6.4 RESERVA Y SITUACIÓN DE LAS VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL DESTINADAS A MINUSVÁLIDOS. B.O.E. 51; 28.02.80 Real Decreto 355/1980, de 25 de enero, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 6.5 MEDIDAS MÍNIMAS SOBRE ACCESIBILIDAD EN LOS EDIFICIOS. B.O.E. 122; 23.05.89 Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 6.6 PROGRAMAS DE NECESIDADES PARA LA REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y ADAPTACIÓN DE CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. B.O.E. 82; 06.04.81 Orden de 26 de marzo de 1981, del Mº de Educación y Ciencia; artc. 6º. 6.7 MODIFICACIÓN DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL, PARA FACILITAR LA ADOPCIÓN DE ACUERDOS QUE TENGAN POR FINALIDAD LA ADECUADA HABITABILIDAD DE MINUSVÁLIDOS EN EL EDIFICIO DE SU VIVIENDA. B.O.E. 149; 22.06.90 Ley 3/1990, de 21 de junio, de la Jefatura del Estado. 6.8 NORMAS TÉCNICAS PARA LA ACCESIBILIDAD Y LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 44; 23.05.92 Decreto 72/1992, de 5 de mayo, de la Consejería de la Presidencia. B.O.J.A. 50; 06.06.92 Corrección de errores. B.O.J.A. 70; 23.07.92 Disposición Transitoria. (Decreto 133/1992, de 21 de julio de la Cª de Presidencia). B.O.J.A. 18; 06.02.96 Decreto 298/1995, de 26 de diciembre, de la Cª de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.J.A. 111; 26.09.96 Modelo ficha. (Orden de 5 de septiembre de 1996, de la Cª de Asuntos Sociales). 6.9 SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN LOS EDIFICIOS ESCOLARES PÚBLICOS. B.O.J.A. 5; 21.01.86 Resolución de 30 de diciembre de 1985, de la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar. B.O.J.A. 9; 01.02.86 Corrección de errores. 6.10 I PLAN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS EN LOS EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y DE SUS EMPRESAS PÚBLICAS. B.O.J.A. 14; 02.02.99 Acuerdo de 29 de diciembre de 1998 del Consejo de Gobierno 6.11 ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA B.O.J.A. 45; 17.04.99 Ley 1/1999, de 31 de marzo, de la Presidencia de la Junta de Andalucía. 6.12 CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS URBANIZADOS Y EDIFICACIONES. Ver Disposición Final Quinta. B.O.J.A. 113; 11.05.07 Decreto 505/2007, de 20 de abril, del Mº de la Presidencia. 6.13 CONDICIONES BÁSICAS DE ACCESIBILIDAD Y NO DISCRIMINACIÓN PARA EL ACCESO Y UTILIZACIÓN DE LOS MODOS DE TRANSPORTE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. B.O.J.A. 290; 04.12.07 Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, del Mº de la Presidencia. B.O.J.A. 66; 04.03.08 Corrección de errores. 7. CALEFACCIÓN, CLIMATIZACIÓN, A.C.S. 7.1 REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS (RITE) Y SUS INSTALACIONES TÉCNICAS (IT). B.O.E. 207; 29.08.07 Real Decreto 1027/2007, de 20 de Julio, del Mº de la Presidencia. B.O.E 51; 28.02.08 Corrección de errores.

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7.2 REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. B.O.E. 291; 06.12.77 Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 9; 11.01.78 Corrección de errores. B.O.E. 57; 07.03.79 Modificación arts. 3º, 28º, 29º, 30º, 31º y Dispº Adicional 3ª. (Real Decreto 394/1979 de 2 de febrero, del Mº de Industria y Energía). B.O.E. 101; 28.04.81 Modificación arts. 28º, 29º y 30º. (Real Decreto 754/1981, de 13 de marzo, del Mº de Industria y Energía.) 7.3 INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS MI-IF CON ARREGLO A LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA PLANTAS E INSTALACIONES FRIGORÍFICAS. B.O.E. 29; 03.02.78 Orden de 24 de enero de 1978, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 49; 27.02.78 Corrección de errores. B.O.E. 141; 14.06.78 Corrección de errores. B.O.E. 112; 10.05.79 Modificación MI-IF 007 y 014. B.O.E. 251; 18.10.80 Modificación MI-IF 013 y 014. B.O.E. 291; 05.12.87 Modificación MI-IF 004. B.O.E. 276; 17.11.92 Modificación MI-IF 005. B.O.E. 288; 02.12.94 Modificación MI-IF 002, 004, 009 y 010. B.O.E. 114; 10.05.96 Modificación MI-IF 002, 004, 008, 009 y 010. B.O.E. 60; 11.03.97 Modificación TABLA I MI-IF 004. B.O.E. 10; 12.01.99 Modificación MI-IF 002, MI-IF 004 y MI-IF 009. B.O.E. 293; 07.12.01 Modificación MI-IF 002, 004, 009(Orden de 29 de noviembre de 2001, del Mº de Ciencia y Tecnolog.) 7.4 ESPECIFICACIONES DE LAS EXIGENCIAS TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS SOLARES PARA AGUA CALIENTE Y CLIMATIZACIÓN. B.O.E. 99; 25.04.81 Orden de 9 de abril de 1981, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 55; 05.03.82 Corrección de errores y Prórroga de plazo. 7.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE DISEÑO Y MONTAJE DE INSTALACIONES SOLARES TÉRMICAS PARA LA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE. B.O.J.A. 29; 23.04.91 Orden de 30 de marzo, de la Cª de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía. B.O.J.A. 36; 17.05.91 Corrección de errores. 7.6 REGLAMENTO DE REDES Y ACOMETIDAS DE COMBUSTIBLES GASEOSOS E INSTRUCCIONES "MIG". Derogado por el R.D. 919/2006, en las condiciones establecidas en la disposición derogatoria única (apdo. 1) del mencionado R.D. B.O.E. 292; 06.12.74 Orden de 18 de noviembre de 1974 del Ministerio de Industria B.O.E. 39; 14.02.75 Corrección de errores. B.O.E. 267; 08.11.83 Modificación de los puntos 5.1 y 6.1. (Orden de 26 de octubre de 1983). B.O.E. 175; 23.07.84 Corrección de errores. B.O.E. 175; 23.07.84 Modificación de los puntos 5.1, 5.2, 5.5 y 6.2. del Reglamento. Orden de 6 de julio de 1984. B.O.E. 68; 21.03.94 Modificación del apartado 3.2.1. de la ITC- MIG 5.1. Orden de 9 de marzo de 1994. B.O.E. 139; 11.06.98 Modificación de la ITC- MIG-R 7.1. y ITC-MIG-R 7.2. del Reglamento. Orden de 29 de mayo de 1998. 7.7 REGLAMENTO TÉCNICO DE DISTRIBUCIÓN Y UTILIZACIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ICG 01 A 11. B.O.E. 211; 04.09.06 Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, del Mª de Industria, Turismo y Comercio. B.O.J.A. 57; 21.03.07 Normas aclaratorias para las tramitaciones. Instrucción de 22 de febrero de 2007, de la Cª de Innovación, Cienciay Empresa. 7.8 INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA MI-IP 03 � INSTALACIONES PETROLÍFERAS PARA USO PROPIO. B.O.E. 254; 23.10.97 Real Decreto 1427/1997 de 15 de septiembre del Ministerio de Industria y Energía B.O.E. 21; 24.01.98 Corrección de errores.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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7.9 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Decreto 59/2005, de 1 de marzo, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Desarrollo. Orden de 27 de mayo de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 217; 07.11.05 Orden de 24 de octubre de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 248; 27.12.06 Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 209; 23.10.07 Modificación del Anexo del Decreto 59/2005 y Orden de 27 de mayo de 2005. Orden de 5 de octubre de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 7.10 CRITERIOS HIGIÉNICO-SANITARIOS PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELA. B.O.E: 171; 18.07.03 Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, del Mº de Sanidad y Consumo. 7.11 OBTENCIÓN/CONVALIDACIÓN DEL CARNÉ PROFESIONAL EN INSTALACIONES TÉRMICAS DE EDIFICIOS (RITE-07), REQUISITOS DE ACREDITACIÓN DE ENTIDADES DE FORMACIÓN AUTORIZADAS EN INSTALACIONES TÉRMICAS DE EDIFICIOS Y NORMAS ACLARATORIAS PARA LAS TRAMITACIONES. B.O.J.A. 89; 06.05.08 Resolución de 9 de abril de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, B.O.J.A. 32; 17.02.09 Modificación apdos. 9º y 10º. (Resolución de 23 de enero de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas). 8. CASILLEROS POSTALES 8.1 REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POSTALES. B.O.E. 313; 31.12.99 Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, del Mº de Fomento B.O.E. 36; 11.02.00 Corrección de errores. B.O.E. 111; 09.05.07 Modificación de los artículos 37, 45 y 47. Real Decreto 503/2007, de 2 de abril, del Mº de Fomento. 9. CONGLOMERANTES 9.1 INSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CEMENTOS.(RC-08). B.O.E. 148; 19.06.08 Real Decreto 956/2008, de 6 de junio, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 220; 11.09.08 Corrección de errores. 9.2 DECLARACIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DE HOMOLOGACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS PARA TODO TIPO DE OBRAS Y PRO-DUCTOS PREFABRICADOS. B.O.E. 265; 04.11.8 Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 155; 30.06.89 Modificación. B.O.E. 312; 29.12.89 Modificación. B.O.E. 158; 03.07.90 Modificación del plazo de entrada en vigor. B.O.E. 36; 11.02.92 Modificación. B.O.E. 125; 26.05.97 Modificación. B.O.E. 273; 14.11.02 Modificación (Orden PRE/2829/2002). B.O.E. 301; 17.12.02 Corrección de errores. B.O.E. 298; 14.12.06 Modificación (Orden PRE/3796/2006). B.O.E. 32; 06.02.07 Corrección de errores. 9.3 CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD A NORMAS COMO ALTERNATIVA DE LA HOMOLO-GACIÓN DE LOS CEMENTOS PARA LA FABRICACIÓN DE HORMIGONES Y MORTEROS PARA TODO TIPO DE OBRAS Y PRODUCTOS PREFABRICADOS. B.O.E. 21; 25.01.89 Orden de 17 de enero de 1989, del Mº de Industria y Energía. 9.4 NSTRUCCIÓN PARA LA RECEPCIÓN DE CALES EN OBRAS DE ESTABILIZACIÓN DE SUELOS. (RCA-92). B.O.E. 310; 26.12.92 Orden de 18 de diciembre de 1992, del Mº de Obras Públicas y Transportes. 10. CUBIERTAS

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Page 146: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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10.1 DECLARACIÓN OBLIGATORIA DE LA HOMOLOGACIÓN DE LOS PRODUCTOS BITUMINOSOS PARA LA IMPERMEABILIZACIÓN DE CUBIERTAS EN LA EDIFICACIÓN. B.O.E. 70; 22.03.86 Orden de 12 de marzo de 1986, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 233; 29.09.86 Ampliación de la entrada en vigor. 11. ELECTRICIDAD 11.1 REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN. B.O.E. 224; 18.09.02 Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.J.A. 116; 19.06.03 Instrucción, de 9 de junio, de la Dª General de Industria, Energía y Minas. B.O.J.A. 8; 14.01.04 Resolución, de 1 de diciembre de 2003, de la Dª General de Industria, Energía y Minas. B.O.J.A. 120; 19.06.07 Orden de 17 de mayo de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 11.2 REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN B.O.E. 288; 1.12.82 Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, del Mº de Industria y Energía B.O.E. 15; 18.01.83 Corrección de errores. B.O.E. 152; 26.06.84 Modificación 11.3 INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS MIE-RAT DEL REGLAMENTO ANTERIOR. B.O.E. 183; 1.08.84 Orden de 6 de julio de 1984, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 256; 25.10.84 Modificación de MIE.RAT 20. B.O.E. 291; 5.12.87 Modificación de las MIE-RAT 13 y MIE-RAT 14. B.O.E. 54; 3.03.88 Corrección de errores. B.O.E. 160; 5.07.88 Modificación de las MIE-RAT 01, 02, 07, 08, 09, 15, 16, 17 y 18. B.O.E. 237; 3.10.88 Corrección de erratas. B.O.E. 5; 5.01.96 Modificación de MIE-RAT 02 B.O.E 47; 23.02.96 Corrección de errores B.O.E. 72; 24.03.00 Modificación de 01, 02, 06, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 (Orden de 10 de marzo de 2000 del Mº de Industria y Energía). B.O.E. 250; 18.10.00 Corrección de errores. 11.4 REGLAMENTO DE CONTADORES DE USO CORRIENTE CLASE 2. B.O.E. 114; 12.05.84 Real Decreto 875/1984, de 28 de marzo, de la Presidencia del Gobierno. B.O.E. 253; 22.10.84 Corrección de errores. 11.5 AUTORIZACIÓN DEL EMPLEO DEL SISTEMA DE INSTALACIÓN CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO. B.O.E. 43; 19.02.88 Resolución de 18 de enero de 1988, de la Don Gral. de Innovación Industrial y Tecnológica, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 103; 29.04.88 Corrección de errores. 11.6 BAREMOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE POTENCIA EN INSTALACIONES DE POTENCIA CONTRATADA NO SUPERIOR A 50 KW. B.O.E. 207; 29.08.79 Resolución del 17 de agosto de 1979, de la Dirección General de la Energía, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 238; 04.10.79 Corrección de errores. 11.7 EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DEL MATERIAL ELÉCTRICO DESTINADO A SER UTILIZADO EN DETERMINADOS LÍMITES DE TENSIÓN. B.O.E. 12; 14.01.88 Real Decreto 7/ 1988, de 8 de enero, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 147; 21.06.89 DESARROLLO del Real Decreto 7/ 1988. (Orden de 6 de Junio de 1989) B.O.E. 53; 03.03.95 Modificación B.O.E. 69; 22.03.95 Corrección de errores B.O.E. 275; 17.11.95 Modificación del Anexo I de la Orden de 6 de Junio del 89 B.O.E. 166; 13.07.98 Modificación del Anexo I y II de la Orden de 6 de junio del 89 11.8 SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LOS POLÍGONOS URBANIZADOS POR EL Mº DE LA VIVIENDA. B.O.E. 83; 06.04.72 Orden de 18 de marzo de 1972, del Mº de Industria.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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11.9 REGULACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE TRANSPORTES, DISTRIBUCIÓN, COMERCIALIZACIÓN, SUMINISTRO Y PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS. B.O.E. 310; 27.12.00 Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, del Mº de Economía. B.O.E. 62; 13.03.01 Corrección de errores B.O.J.A. 54; 12.05.01 ACLARACIONES. Instrucción de 27 de marzo de 2001, de la Don Gral. de Industria, Energía y Minas. B.O.J.A. 216; 05.11.04 ACLARACIONES. Instrucción de 14 de octubre de 2004, de la Don Gral. de Industria, Energía y Minas. B.O.J.A. 241; 13.12.04 ACLARACIONES. Instrucción de 17 de noviembre de 2004, de la Don Gral. de Industria, Energía y Minas. 11.10 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Decreto 59/2005, de 1 de marzo, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Desarrollo. Orden de 27 de mayo de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 217; 07.11.05 Orden de 24 de octubre de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 248; 27.12.06 Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 209; 23.10.07 Modificación del Anexo del Decreto 59/2005 y Orden de 27 de mayo de 2005. Orden de 5 de octubre de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 11.11 REGLAMENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS AÉREAS DE ALTA TENSIÓN. Derogado por el R.D. 223/2008, no obstante podrá aplicarse en las condiciones establecidas en las disposición transitoria del mencionado R.D., hasta el 19.03.10. B.O.E. 311; 27.12.68 Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, del Mº de Industria. B.O.E. 58; 08.03.69 Corrección de errores. REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-LAT 01 A 09. B.O.E. 68; 19.03.08 Real Decreto 223/2008, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 120; 17.05.08 Corrección de errores. B.O.E. 174; 19.07.08 Corrección de errores. REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS ITC-EA 01 A 07. B.O.E. 279; 19.10.08 Real Decreto 1890/2008, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. 12. ENERGÍA 12.1 FOMENTO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y DEL AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA DE ANDALUCÍA. B.O.J.A. 70; 10.04.07 LEY 2/2007, de 27 de marzo, de Presidencia. 12.2 CONSERVACIÓN DE ENERGÍA La Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del Sistema Eléctrico Nacional deroga a la presente Ley en lo que se oponga a lo dispuesto en aquella (Dispº Derogatoria única. 1). B.O.E. 23; 27.01.81 Ley 82/1980, de 30 de diciembre, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 108; 06.05.82 Ampliación de la Ley 82/1980. 12.3 NORMAS SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LAS ESPUMAS DE UREA-FORMOL USADAS COMO AISLANTES EN LA EDIFICACIÓN. B.O.E. 113; 11.05.84 Orden de 8 de mayo, de la Presidencia del Gobierno. B.O.E. 167; 13.07.84 Corrección de errores. B.O.E. 222; 16.09.87 Anulación la 6ª Disposición. B.O.E. 53; 03.03.89 Modificación. 12.4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS POLIESTIRENOS EXPANDIDOS UTILIZADOS COMO AISLANTES TÉRMICOS Y SU HOMOLOGACIÓN.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 64; 15.03.86 Real Decreto 2709/1985, de 27 de diciembre, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 134; 05.06.86 Corrección de errores B.O.E. 81; 05.04.99 Modificación. 12.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE PRODUCTOS DE FIBRA DE VIDRIO PARA AISLAMIENTO TÉRMICO Y SU HOMOLOGACIÓN. B.O.E. 186; 05.08.86 Real Decreto 1637/1986, de 13 de junio, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 257; 27.10.86 Corrección de errores. B.O.E. 34; 09.02.00 Modificación. Real Decreto 113/2000, de 28 de enero, del Mº de Industria y Energía 12.6 ESPECIFICACIONES DE LAS EXIGENCIAS TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LOS SISTEMAS SOLARES PARA AGUA CALIENTE Y CLIMATIZACIÓN. B.O.E. 99; 25.04.81 Orden de 9 de abril de 1981, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 55; 05.03.82 Prórroga de plazo. 12.7 HOMOLOGACIÓN DE LOS PANELES SOLARES. B.O.E. 114; 12.05.80 Real Decreto 891/1980, de 14 de abril, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 198; 18.08.80 Orden de 28 de julio de 1980, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 23; 26.01.07 Modificación. Orden ITC/71/2007, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. 12.8 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE DISEÑO Y MONTAJE DE INSTALACIONES SOLARES TÉRMICAS PARA LA PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE. B.O.J.A. 29; 23.04.91 Orden de 30 de marzo, de la Cª de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucia. B.O.J.A. 36; 17.05.91 Corrección de errores. 12.9 PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 27;31.01.07 Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, del Mª de la Presidencia. B.O.E. 271;27.11.07 Corrección de errores. B.O.J.A. 145;22.07.08 Orden de 25 de junio de 2008, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 12.10 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS ANDALUZAS. B.O.J.A. 80; 24.04.07 Orden de 26 de marzo de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 98; 18.05.07 Corrección de errores. Orden de 26 de marzo de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 12.11 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LAS INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 44; 04.03.08 Decreto 50/2008, de 19 de febrero, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. ESTRUCTURAS DE ACERO 13.1 RECUBRIMIENTOS GALVANIZADOS EN CALIENTE SOBRE PRODUCTOS, PIEZAS Y ARTÍCULOS DIVERSOS CONSTRUIDOS O FABRICADOS CON ACERO U OTROS MATERIALES FÉRREOS. B.O.E. 3; 03.01.86 Real Decreto 2531/1985, de 18 de diciembre, del Mº de Industria y Energía. 13.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TUBOS DE ACERO INOXIDABLE SOLDADOS LONGITUDINALMENTE. B.O.E. 12; 14.01.86 Real Decreto 2605/1985, de 20 de noviembre, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 38; 13.02.86 Corrección de errores. 13. ESTRUCTURAS DE FORJADOS

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Page 149: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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14.1 INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE). B.O.E. 203; 22.08.08 Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, del Mº de Presidencia. B.O.E. 309; 24.12.08 Corrección de errores. 14.2 FABRICACIÓN Y EMPLEO DE ELEMENTOS RESISTENTES PARA PISOS Y CUBIERTAS. B.O.E. 190; 08.08.80 Real Decreto 1630/1980, de 18 de julio, de la Presidencia del Gobierno. B.O.E. 301; 16.12.89 Modificación de los modelos de fichas técnicas. B.O.E. 56; 06.03.97 Actualización de las fichas de autorización de uso de sistemas de forjados. Resolución de 30 de Enero de 1997, de la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, del Mº de Fomento. 14.3 ALAMBRES TREFILADOS LISOS Y CORRUGADOS PARA MALLAS ELECTROSOLDADAS Y VIGUETAS SEMI-RESISTENTES DE HORMIGÓN ARMADO PARA LA CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 51; 28.02.86 Real Decreto 2702/1985, de 18 de diciembre, del Mº de Industria y Energía. 14.4 INSTRUCCIÓN PARA EL PROYECTO Y LA EJECUCIÓN DE FORJADOS UNIDIRECCIONALES DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL REALIZADOS CON ELEMENTOS PREFABRICADOS (EFHE). Derogado a partir del 01.12.08 por el Real Decreto 1247/2008. (Disposición Derogatoria Única y Transitoria Única) B.O.E. 187; 06.08.02 Real Decreto 642/2002, de 5 de julio, del Mº de Fomento. B.O.E. 287; 30.11.02 Corrección de errores. 15. ESTRUCTURAS DE HORMIGÓN 15.1 INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL (EHE). B.O.E. 203; 22.08.08 Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, del Mº de Presidencia. B.O.E. 309; 24.12.08 Corrección de errores. 15.2 ARMADURAS ACTIVAS DE ACERO PARA HORMIGÓN PRETENSADO. B.O.E. 305; 21.12.85 Real Decreto 2365/1985, de 20 de noviembre, del Mº de Industria y Energía. 15.3 CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DEL CONTROL DE PRODUCCIÓN DE LOS HORMIGONES FABRICADOS EN CENTRAL. B.O.E. 302; 18.12.01 Orden de 21 de noviembre de 2001, del Mº de Ciencia y Tecnología. 15.4 INSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN ESTRUCTURAL EHE. Derogado a partir del 01.12.08 por el Real Decreto 1247/2008. (Disposición Derogatoria Única y Transitoria Única) B.O.E. 11; 13.01.99 Real Decreto 2661/1998, de 11 de diciembre, del Mº de Fomento. B.O.E. 150; 24.06.99 Real Decreto 996/1999, de 11 de junio, del Mº de Fomento. Corrección de errores y modificación de entrada en vigor. 16. INSTALACIONES ESPECIALES 16.1 INFRAESTRUCTURAS COMUNES EN LOS EDIFICIOS PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN. B.O.E. 51; 28.02.98 Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 266; 06.11.99 Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado. (LOE). Ver disposición adicional 6ª 16.2 REGLAMENTO DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. B.O.E. 115; 14.05.03 Real Decreto 401/2003, de 4 de abril de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 126; 27.05.03 Desarrollo. Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 82; 05.04.04 Anulación. Sentencia de 22 de enero de 2004 del Tribunal Supremo. B.O.E. 80; 04.04.05 Anulación. Sentencia de 15 de febrero de 2005 del Tribunal Supremo. B.O.E. 98; 25.04.05 Anulación. Sentencia de 15 de febrero de 2005 del Tribunal Supremo.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 158; 04.07.05 Auto. Sentencia de 18 de mayo de 2005 del Tribunal Supremo. B.O.E. 158; 04.07.05 Auto. Sentencia de 31 de mayo de 2005 del Tribunal Supremo. B.O.E. 88; 13.04.06 Orden ITC/1077/2006, de 6 de abril, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. 16.3 REGLAMENTO SOBRE PROTECCIÓN SANITARIA CONTRA RADIACIONES IONIZANTES. B.O.E. 294; 06.12.08 Orden ITC/3538/2008, de 28 de noviembre, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. 16.4 REGLAMENTO SOBRE PROTECCIÓN SANITARIA CONTRA RADIACIONES IONIZANTES. B.O.E. 178; 26.07.01 Decreto 783/2001, de 6 de julio, del Mº de la Presidencia. 16.5 PARARRAYOS RADIOACTIVOS. B.O.E. 165; 11.07.86 Real Decreto 1428/1986, de 13 de junio, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 165; 11.07.87 Modificación. Real Decreto 903/1987, de 10 de julio del Mº de Industria y Energía. 16.6 PROTECCIÓN OPERACIONAL DE LOS TRABAJADORES EXTERNOS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A RADIACIONES IONIZANTES POR INTERVENCIÓN EN ZONA CONTROLADA. B.O.E. 91; 16.04.97 Real Decreto 413/1997, de 21 de marzo, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 238; 04.10.97 Creación del Registro de Empresas Externas. Resolución de 16 de julio de 1997, del Consejo de Seguridad Nuclear. 16.7 PROCEDIMIENTO PARA LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN, TRASLADO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Decreto 59/2005, de 1 de marzo, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 118; 20.06.05 Desarrollo. Orden de 27 de mayo de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 217; 07.11.05 Orden de 24 de octubre de 2005, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 248; 27.12.06 Instrucción de 9 de octubre de 2006, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. B.O.J.A. 209; 23.10.07 Modificación del Anexo del Decreto 59/2005 y Orden de 27 de mayo de 2005. Orden de 5 de octubre de 2007, de la Cª de Innovación, Ciencia y Empresa. 17. MADERA 17.1 TRATAMIENTOS PROTECTORES DE LA MADERA. B.O.E. 249; 16.10.76 Orden de 7 de octubre de 1976, del Mº de Agricultura. 18. MEDIO AMBIENTE 18.1 CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA. B.O.J.A. 275; 16.11.07 Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de la Jefatura del Estado. 18.2 TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE IMPACTO AMBIENTAL DE PROYECTOS. B.O.J.A. 23; 26.01.08 Real Decreto Ley 1/2008, de 11 de enero, del Mº de Medioambiente. 18.3 GESTIÓN INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL. B.O.J.A. 143; 20.07.07 Ley 7/2007, de 9 de julio, de la Presidencia de la Junta de Andalucía. 18.4 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Ver Disposición Transitoria 4º de la Ley 7/2007. B.O.J.A. 166; 28.12.95 Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 79; 28.04.03 Modificación. Decreto 94/2003, 8 de abril, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 107; 06.06.03 Corrección de errores. 18.5 REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL. B.O.J.A. 3; 11.01.96 Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, de la Cª de la Presidencia. 18.6 ASIGNACIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE VERTIDOS AL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE Y DE USOS EN ZONAS DE SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.J.A. 97; 28.06.94 Decreto 97/1994, de 3 de mayo, de la Cª de Cultura y Medio Ambiente. 18.7 PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE AUTORIZACIONES DE VERTIDOS AL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE Y DE USO EN ZONA DE SERVIDUMBRE DE PROTECCIÓN. Los artículos 13, 14, 23 y 25 quedan derogados por la Disposición Derogatoria Única de la Ley 7/2007. B.O.J.A. 175; 04.11.94 Decreto 334/1994, de 4 de octubre, de la Cª de Medio Ambiente. 18.8 REGLAMENTO DE CALIDAD DE LAS AGUAS LITORALES. B.O.J.A. 19; 08.02.96 Decreto 14/1996, de 16 de enero, de la Cª de Medio Ambiente. 18.9 REGLAMENTO DE LA CALIDAD DEL AIRE. Apdos. 2, 3 y 4 del art. 2 y Título III, derogados por Decreto 326/2003. Los artículos 11, 12 y 13 quedan derogados por la Disposición Derogatoria Única de la Ley 7/2007. B.O.J.A. 30; 07.03.96 Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Cª de Medio Ambinte. B.O.J.A. 48; 23.04.96 Corrección de errores. 18.10 REGLAMENTO DE LA CALIDAD DEL AIRE, EN MATERIA DE MEDICIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES. B.O.J.A. 30; 07.03.96 Orden de 23 de febrero de 1996, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 46; 18.04.96 Corrección de errores. 18.11 CLASIFICACIÓN DE LAS AGUAS LITORALES ANDALUZAS Y ESTABLECIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS AFECTADAS DIRECTAMENTE POR LOS VERTIDOS. B.O.J.A. 27; 04.03.97 Orden de 14 de febrero de 1997, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 143; 11.12.97 Corrección de errores 18.12 MODELO TIPO DE ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA RUIDOS Y VIBRACIONES. B.O.J.A. 105; 17.09.98 Orden de 3 de septiembre de 1998, de la Cª de Medio Ambiente. 18.13 LEY DEL RUIDO. B.O.E. 276; 18.11.03 Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 301; 17.12.05 Desarrollo. Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 254; 23.10.07 Desarrollo. Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, del Mº de la Presidencia. 18.14 REGLAMENTO DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 243; 18.12.03 Decreto 326/2003, de 25 de noviembre, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 125; 28.06.04 Corrección de errores. B.O.J.A. 42; 03.03.06 Corrección de errores. B.O.J.A. 133; 08.07.04 Orden de 29 de junio de 2004, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 78; 22.04.05 Corrección de errores. B.O.J.A. 144; 26.07.05 Resolución de 8 de julio de 2005, de la Don Gral. de Prevención y Calidad Ambiental. B.O.J.A. 176; 08.09.05 Corrección de errores. B.O.J.A. 59; 06.02.06 Orden de 18 de enero de 2006, de la Cª de Medio Ambiente. 19. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 19.1 REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. B.O.E. 298; 14.12.93 Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 109; 07.05.94 Corrección de errores. B.O.E. 101; 28.04.98 Orden de 16 de abril de 1998, del Mº de Industria y energía (Normas de Procedimiento y Desarrollo). 19.2 ITC-MIE-AP 5: EXTINTORES DE INCENDIO. B.O.E. 149; 23.06.82 Orden de 31 de mayo de 1982, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 266; 07.11.83 Modificación de los artículos 2º,9º y 10º. Orden de 26 de octubre de 1983, del Mº de Industria y Energía.

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B.O.E. 147; 20.06.85 Modificación de los artículos 1º,4º,5º,7º,9º y 10º. Orden de 31 de mayo de 1985, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 285; 28.11.89 Modificación de los artículos 4º,5º,7º y 9º. Orden de 15 de noviembre de 1989, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 101; 28.04.98 Modificación de los artículos 2º, 4º, 5º, 8º, 14º y otros. Orden de 10 de marzo de 1998, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 134; 05.06.98 Corrección de errores. 19.3 REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES. B.O.E. 303; 17.12.04 Real Decreto 2267/2004, de3 de septiembre, de Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 55; 05.03.05 Corrección de errores. 19.4 CLASIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS EN FUNCIÓN DE SUS PROPIEDADES DE REACCIÓN Y DE RESISTENCIA FRENTE AL FUEGO. B.O.E. 79; 02.04.05 Real Decreto 312/2005, de 18 de marzo de 2005, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 37; 12.02.08 Modificación. Real Decreto 110/2008, de 1 de febrero de 2008, del Mº de la Presidencia. 19.5 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS. B.O.E. 252; 07.11.79 Orden de 24 de octubre de 1979, del Mº de Sanidad y Seguridad Social 19.6 PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS. B.O.E. 252; 20.10.79 Orden de 25 de septiembre de 1979, del Mº de Comercio y Turismo. B.O.E. 87; 10.04.80 Modificación. Orden de 31 de marzo de 1980, del Mº de Comercio y Turismo. B.O.E. 109; 06.05.80 Circular, de 10 de abril de 1980. 19.7 NORMA BÁSICA DE AUTOPROTECCIÓN DE LOS CENTROS, ESTABLECIMIENTOS Y DEPENDENCIAS DEDICADOS A ACTIVIDADES QUE PUEDAN DAR ORIGEN A SITUACIONES DE EMERGENCIA. B.O.E. 72; 24.03.07 Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, del Mº del Interior. B.O.E. 239; 03.10.08 Modificación, Real Decreto 1468/2008, de 5 de septiembre, del Mº del Interior. 20. RESIDUOS 20.1 REGLAMENTO DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA ANDALUZA. B.O.J.A. 161; 19.12.95 Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 97; 20.08.02 Orden de 12 de julio de 2002, de la Cª de Medio Ambiente. 20.2 PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS DE ANDALUCÍA. B.O.J.A. 91; 13.08.98 Decreto 134/1998, de 23 de junio, de la Cª de Medio Ambiente. B.O.J.A. 64; 01.04.04 Decreto 99/2004, de 9 de marzo, de la Cª de Medio Ambiente. 20.3 PLAN DIRECTOR TERRITORIAL DE GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS EN ANDALUCÍA. B.O.J.A. 134; 18.11.99 Decreto 218/1999, de 26 de octubre, de la Cª de Medio Ambiente. 20.4 PLAN NACIONAL INTEGRADO DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN 2008-2015. B.O.E. 49; 26.02.09 Resolución de 20 de enero de 2009, del Mº de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. 20.5 ELIMINACIÓN DE RESIDUOS MEDIANTE DEPÓSITO EN VERTEDERO. B.O.E. 25; 29.01.02 Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, del Mº de Medio Ambiente. B.O.E. 38; 13.02.08 Modificación. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, del Mº de la Presidencia. 20.6 PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN. B.O.E. 38; 13.02.08 Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, del Mº de la Presidencia.

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Page 153: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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20.7 ORDENANZAS MUNICIPALES DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN. B.O.P. 144; 29.07.08 Ayuntamiento de El Puerto de Santa María. B.O.P. 193; 08.10.08 Ayuntamiento de Puerto Real. B.O.P. 55; 23.03.09 Ayuntamiento de Rota. 21. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 21.1 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y DE SALUD EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 256; 25.10.97 Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 274; 13.11.04 Modificación relativa a trabajos temporales en altura. Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 127; 29.05.06 Modificación. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 204; 25.08.07 Modificación. Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 219; 12.09.07 Corrección de errores. 21.2 REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN. B.O.E. 167; 15.06.52 Orden de 20 de mayo de 1952, del Mº del Trabajo. B.O.E. 356; 22.12.53 Modificación Art. 115 B.O.E. 235; 01.10.66 Modificación Art 16 21.3 ORDENANZA GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Ver disposiciones derogatorias y transitorias de: Ley 31/1995, Real Decreto 485/1997, Real Decreto 486/1997, Real Decreto 664/1997, Real Decreto 665/1997, Real Decreto 773/1997, Real Decreto 1215/1997, y Real Decreto 614/2001 B.O.E. 64; 16.03.71 Orden de 9 de marzo de 1971, del Mº de Trabajo. B.O.E. 65; 17.03.71 Orden de 9 de marzo de 1971, del Mº de Trabajo. B.O.E. 82; 06.04.71 Corrección de errores. B.O.E. 263; 02.11.89 Modificación. Real Decreto 1319/1989, de 27 de octubre, del Mº de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno. B.O.E. 295; 09.12.89 Corrección de errores. B.O.E. 126; 26.05.90 Corrección de errores. 21.4 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD APLICABLE A LOS TRABAJOS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO. B.O.E. 086; 11.05.06 Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo del Mº de Presidencia. B.O.J.A. 234; 28.11.07 Complemento. Orden de 12 de noviembre de 2007, de la Cª de Empleo. 21.5 CONDICIONES DE TRABAJO EN LA MANIPULACIÓN DEL AMIANTO. B.O.E. 191; 11.08.82 Orden de 21 de julio de 1982, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. B.O.E. 249; 18.10.82 Resolución de 30 de septiembre de 1982, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. B.O.E. 280; 22.11.84 Orden de 7 de noviembre de 1984, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. 21.6 PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE CONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE POR AMIANTO. B.O.E. 32; 06.02.91 Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, del Mº de Relaciones con las Cortes y de Sª del Gobierno. B.O.E. 43; 19.12.91 Corrección de errores. 21.7 NUEVOS MODELOS PARA LA NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO E INSTRUCCIONES PARA SU CUMPLIMIENTO Y TRAMITACIÓN. B.O.E. 311; 29.12.87 Orden de 16 de diciembre de 1987, del Mº de Trabajo y Seguridad Social. B.O.E. 57; 07.03.88 Corrección de errores. 21.8 SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO, LIMPIEZA Y TERMINACIÓN DE OBRAS FIJAS EN VÍAS FUERA DE POBLADO. B.O.E. 224; 18.09.87 Orden de 31 de agosto de 1987, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. 21.9 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. B.O.E. 269; 10.11.95 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de la Jefatura del Estado.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 224; 18.09.98 Real Decreto 1932/1998 sobre adaptación de la ley al ámbito de los centros y establecimientos militares. B.O.E. 266; 06.11.99 Ley 39/1999, de 5 de noviembre, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 271; 12.11.99 Corrección de errores. B.O.E. 298; 13.12.03 Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de la Jefatura del Estado. B.O.E. 27; 31.01.04 Real Decreto 171/2004, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.10 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. B.O.E. 27; 31.01.97 Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 159; 04.07.97 Orden de 27 de junio de 1997, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 104; 01.05.98 Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 127; 29.05.06 Modificación. Real Decreto 604/2006, de 19 de mayo, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.11 DISPOSICIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. B.O.E. 97; 23.04.97 Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.12 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO. B.O.E. 97; 23.04.97 Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 274; 13.11.04 Modificación relativa a trabajos temporales en altura. Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, del Mº de la Presidencia. 21.13 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS QUE ENTRAÑE RIESGO, EN PARTICULAR DORSOLUMBARES, PARA LOS TRABAJADORES. B.O.E. 97; 23.04.97 Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, del Mª de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.14 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS AL TRABAJO CON EQUIPOS QUE INCLUYEN PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN. B.O.E. 97; 23.04.97 Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.15 PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES CANCERÍGENOS DURANTE EL TRABAJO. B.O.E. 124; 24.05.97 Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 145; 17.06.00 Modificación. Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 82; 05.04.03 Modificación. Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo, del Mº de la Presidencia. 21.16 PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A AGENTES BIOLÓGICOS DURANTE EL TRABAJO. B.O.E. 124; 24.05.97 Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 76; 30.03.98 Orden de 25 de Marzo de 1998, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales.(adaptacion Real Decreto anterior). B.O.E. 90; 15.04.98 Corrección de errores. 21.17 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. B.O.E. 140; 12.06.97 Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 171; 18.07.97 Corrección de errores. 21.18 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO. B.O.E. 188; 07.08.97 Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 274; 13.11.04 Modificación relativa a trabajos temporales en altura. Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, del Mº de la Presidencia.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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21.19 DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL. B.O.E. 47; 24.02.99 Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. 21.20 REGISTROS PROVINCIALES DE DELEGADOS DE PREVENCIÓN Y ORGANOS ESPECÍFICOS QUE LOS SUSTITUYAN. B.O.J.A. 38; 30.03.99 Orden de 8 de marzo de 1999, de la Cª de Trabajo e Industria. 21.21 REGISTRO ANDALUZ DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y PERSONAS O ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EFECTUAR AUDITORÍAS O EVALUACIONES DE LOS SISTEMAS DE PREVENCIÓN. B.O.J.A. 38; 30.03.99 Orden de 8 de marzo de 1999, de la Cª de Trabajo e Industria. 21.22 DISPOSICIONES MÍNIMAS PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES FRENTE AL RIESGO ELÉCTRICO. B.O.E. 148;21.06.01 Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, del Mº de la Presidencia. 21.23 PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN A VIBRACIONES MECÁNICAS. B.O.E. 265; 05.11.05 Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales. B.O.E. 73; 26.03.09 Modificación. Real Decreto 330/2009, de 13 de marzo, del Mº de la Presidencia. 21.24 PROTECCIÓN DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES CONTRA LOS RIESGOS RELACIONADOS CON LA EXPOSICIÓN AL RUIDO. B.O.E. 60; 11.03.06 Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, del Mº de la Presidencia. B.O.E. 62; 14.03.06 Corrección de errores. B.O.E. 71; 24.03.06 Corrección de errores. 22. YESOS 22.1 YESOS Y ESCAYOLAS PARA LA CONSTRUCCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PREFABRICADOS DE YESOS Y ESCAYOLAS. B.O.E. 156; 01.07.86 Real Decreto 1312/1986, de 25 de abril, del Mº de Industria y Energía. B.O.E. 240; 07.10.86 Corrección de errores. 23. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN 23.1 CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN Parte I Parte 2: Habitabilidad: DB HE. Ahorro de energía DB HS. Salubridad DB HR. Protección frente al ruido Seguridad: DB SI. Seguridad en caso de incendio DB SU. Seguridad de utilización DB SE. Seguridad estructural DB SE-A Seguridad estructural - Acero DB SE-AE. Seguridad estructural - Acciones en la edificación DB SE-C. Seguridad estructural - Cimientos DB SE-F. Seguridad estructural - Fábrica DB SE-M. Seguridad estructural - Estructuras de Madera B.O.E. 74; 28.03.06 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Mª de Vivienda. B.O.E. 22; 25.01.08 Corrección de errores.(Real Decreto 314/2006). B.O.E. 254; 23.10.07 Modificación y publicación del DB HR. Real Decreto 1371/2007, de 23 de octubre, del Mª de Vivienda. B.O.E. 304; 20.12.07 Corrección de errores.(Real Decreto 1371/2007).

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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B.O.E. 252; 18.10.08 Modificación. Real Decreto 1675/2008, de 17 de octubre, del Mº de Vivienda. B.O.E. 99; 23.04.09 Modificación Documentos Básicos. Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, del Mº de Vivienda. 23.2 REGISTRO GENERAL DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN. B.O.E. 148; 19.06.08 Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, del Mº de Vivienda. 24. PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS 24.1 LIBRE CIRCULACÓN DE PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN, EN APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 89/106/CEE (MARCADO “CE”). B.O.E. 34; 09.02.93 Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, del Mº de Relaciones con las Cortes y Sª del Gobierno. B.O.E. 198; 19.08.95 Modificación. Real Decreto 1328/1995, del Mª de la Presidencia. B.O.E. 240; 07.10.95 Corrección de errores. 24.2 ENTRADA EN VIGOR DEL MARCADO CE PARA DETERMINADOS MATERIALES DE LA CONSTRUCCIÓN B.O.E. 87; 11.04.01 Orden de 3 de abril de 2001, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 293; 07.12.01 Orden de 29 de noviembre de 2001, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 129; 30.05.02 Resolución de 6 de mayo de 2002, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 223; 17.09.02 Orden CTE/2276/2002 de 4 de septiembre, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 261; 31.10.02 Resolución de 3 de octubre de 2002, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 303; 19.12.02 Resolución de 29 de noviembre de 2002, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 32; 06.02.03 Resolución de 16 de enero de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 101; 28.04.03 Resolución de 14 de abril de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 165; 11.07.03 Resolución de 12 de junio de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 261; 31.10.03 Resolución de 10 de octubre de 2003, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 36; 11.02.04 Resolución de 14 de enero de 2004, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 83; 06.04.04 Resolución de 16 de marzo de 2004, del Mº de Ciencia y Tecnología. B.O.E. 171; 16.07.04 Resolución de 28 de junio de 2004, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 287; 29.11.04 Resolución de 25 de octubre de 2004, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 43; 19.02.05 Resolución de 1 de febrero de 2005, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 153; 28.06.05 Resolución de 6 de junio de 2005, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 252; 21.10.05 Resolución de 30 de septiembre de 2005, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 287; 01.12.05 Resolución de 9 de noviembre de 2005, del Mº de Industria, Turismo y Comercio. B.O.E. 134; 06.06.06 Resolución de 10 de mayo de 2006, del Mº de Industria, Turismo y Comercio.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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4.2. REGLAMENTO PARA LA ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA. APLICACIÓN DECRETO 293/2009 En el BOJA número 140 de 21 de julio de 2009 se ha publicado el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. Este Real Decreto entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el “Boletín Oficial de la Junta de Andalucía”. El Decreto 293/2009 deroga el Decreto 72/1992, de 5 de mayo, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en este Decreto. Asimismo, en el B.O.E. se ha publicado el Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones (B.O.E.: 11-mayo-2007; Ministerio de la Presidencia), el cual, desarrolla la Ley 51/2003 de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no discriminación y Accesibilidad Universal de las personas con discapacidad (LIONDAU). Estas condiciones básicas serán obligatorias a partir del día 1 de enero de 2010 para los espacios públicos urbanizados nuevos y para los edificios nuevos, así como para las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que se realicen en los edificios existentes. Además se incorporarán antes del 1 de enero de 2009, con el carácter de exigencias básicas de accesibilidad universal y no discriminación, a la Parte I del Código Técnico de la Edificación (CTE). Simultáneamente, se incorporará a la Parte II del CTE un documento básico relativo al cumplimiento de dichas exigencias básicas. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas y criterios que sirvan de desarrollo a lo establecido en el Título VII de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las personas con discapacidad en Andalucía, en relación con la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte, con el fin de garantizar a las personas afectadas con algún tipo de discapacidad física o sensorial, permanente o circunstancial, la accesibilidad y utilización de los bienes y servicios de la sociedad, evitando y suprimiendo las barreras y obstáculos físicos o sensoriales que impidan o dificulten su normal desenvolvimiento. Para el Proyecto que nos ocupa es de aplicación el Decreto 293/2009 ya que se trata de dos edificios cuya actividad implicará pública concurrencia. RESUMEN APLICACIÓN REGLAMENTO:

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Aunque se ha realizado una lectura completa del Reglamento llevándose a cabo el cumplimiento de todas las condiciones que resultan de aplicación para el edificio que nos ocupa, a continuación se exponen solo las condiciones más significativas: ACCESO DESDE ESPACIO EXTERIOR: Desnivel respecto al exterior (articulo 64): De acuerdo con el artículo 64.1, el acceso estará al mismo nivel que la cota exterior siempre que sea posible. En caso de existir un desnivel mayor de 5 cm, el acceso se efectuará mediante rampa, tapiz rodante o ascensor, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 72, 73 y 74, respectivamente. Los desniveles inferiores o iguales a 5 cm se salvarán con un plano inclinado con una anchura mínima de 0’80 m y con una pendiente que no supere el 25%. En el edificio Centro de Día, el desnivel proyectado entre el interior del edificio y el exterior en la puerta de acceso será de 5’00 cm y se salvará con huella inclinada que cumplirá con las condiciones descritas. En el edificio Centro de Emergencia Social, el desnivel proyectado entre el interior del edificio y el exterior en la puerta de acceso será de 5’00 cm y se salvará con huella inclinada que cumplirá con las condiciones descritas. Vestíbulos y pasillos (articulo 66): Las dimensiones de los vestíbulos serán tales que pueda inscribirse en ellos una circunferencia de 1’50 m de diámetro no barrido por las hojas de las puertas. El ancho mínimo libre practicable de los pasillos será de 1’20 m permitiéndose alteraciones puntuales de longitud inferior a 50 cm debidas a soluciones estructurales que sobresalgan de los paramentos, y siempre que dichas alteraciones dejen un paso mínimo de 0’90 m de ancho. En ambos edificios, el vestíbulo de acceso reúne las condiciones establecidas. En el interior de los edificios, los pasillos y distribuidores proyectados tienen una anchura superior a 1’20 m (en general tienen 1’60 m y en la zona de acceso a la sala de estar y sala de usos múltiples en el Centro de Emergencia tiene un ancho superior a esta medida). Huecos de acceso al interior del edificio o local (articulo 67): El hueco de paso así como las puertas deberán reunir las siguientes condiciones:

- A ambos lados de la puerta de acceso, en el sentido de paso, existirá espacio libre horizontal donde pueda inscribirse un círculo de 1’20 m de diámetro, no barrido por las hojas de puerta, que deberá encontrarse al mismo nivel.

- El ángulo de apertura de la puerta no será inferior a 90º, aunque se utilicen topes.

- La anchura mínima libre de paso en las puertas situadas en los itinerarios y espacios accesibles a que se refiere el artículo 65 será, como mínimo, de 0’80 m.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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- Cuando se utilicen puertas de dos o más hojas, y éstas no dispongan de mecanismos de automatismo y coordinación que permita su apertura simultánea, al menos una de ellas dejará un paso libre de una anchura mínima de 0’80 m.

- Todas las puertas serán fácilmente identificables para personas con discapacidad visual.

Las puertas de apertura automática estarán provistas de:

- Mecanismo de minoración de velocidad programado de forma que no superen la velocidad de 0,5 metros por segundo.

- Dispositivos sensibles que impidan el cierre automático de las puertas mientras su umbral esté ocupado por una persona o elementos de que ésta se asista.

- Dispositivos sensibles que las abran automáticamente en caso de aprisionamiento.

- Mecanismo manual de parada del sistema de apertura y cierre. Las puertas con hojas totalmente transparentes dispondrán de señalización horizontal en toda su longitud situada a una altura inferior comprendida entre 0’85 y 1’10 m y a una altura superior entre 1’50 y 1’70 m que contraste con el entorno fácilmente, para hacerlo perceptible a las personas con discapacidad visual. Los sistemas de accionamiento de apertura o cierre tales como tiradores, picaportes, manillas, pulsadores u otros de análoga naturaleza, deberán ser utilizables por personas con dificultades en la manipulación y se situarán a una altura entre 0’80 y 1’00 m. Se separarán como mínimo 40 mm del plano de la puerta y se diferenciarán, de forma significativa, cromáticamente del fondo de la puerta. Quedan prohibidos los pomos. En todo caso, las puertas deberán poder abrirse y maniobrarse con una sola mano. En las puertas con hojas totalmente transparentes que sean de apertura automática o no dispongan de mecanismos de accionamiento en la misma puerta se señalizará el contorno de la puerta a modo de marco con una franja señalizadora con un ancho mínimo de 5 cm. En ambos edificios, la puerta de acceso será de doble hoja corredera automática de 0’90 m cada una. Dispondrá de señalización correspondiente para ser visibles según corresponda y no dispondrá de mecanismos de accionamiento por lo que su contorno estará señalizado con perfiles. CONDICIONES DE LOS ESPACIOS INTERIORES: Acceso a las distintas plantas o desniveles (artículo 69): 1. Todos los cambios de nivel a zonas de uso y concurrencia pública deberán contar al menos con un medio accesible, rampa, tapiz rodante o ascensor, alternativo a las escaleras que reúna las condiciones establecidas en los artículos 72, 73 y 74, respectivamente. 2. Los edificios, establecimientos e instalaciones de pública concurrencia de más de una planta contarán al menos con un ascensor accesible, sin perjuicio que su número varíe de acuerdo con lo establecido en el Anexo III.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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El edificio Centro de Día se desarrolla en una sola planta. El edificio Centro de Emergencia Social, se desarrolla en dos plantas (acceso y primera) y dispone de ascensor con capacidad para 6 personas y dimensiones y características que lo hacen accesible a minusválidos al cumplir los requisitos del artículo 74. Escaleras (artículo 70): 1. Las escaleras de comunicación entre áreas y dependencias de uso público cumplirán, además de las condiciones exigidas por el CTE, las que se establecen en el presente artículo. 2. El diseño y trazado de las escaleras habrán de cumplir los siguientes requisitos:

a) La anchura libre del tramo será como mínimo de 1’20 m. En este espacio no se descontarán los pasamanos cuando éstos sobresalgan de la pared menos de 12 centímetros. En tramos curvos, la anchura de 1’20 m debe excluir las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que 17 cm.

b) Se prohíben las escaleras sin tabica. c) No se permitirá vuelo, resalto o bocel de la huella sobre la tabica. d) Las tabicas serán verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda

de 15 grados con la vertical.

e) En escaleras descubiertas, para posibilitar la evacuación del agua, tanto los rellanos como las huellas tendrán una pendiente hacia el exterior como máximo del 1,5% y su pavimento será antideslizante, en seco y en mojado.

f) No se admitirá la disposición en las escaleras de elementos sueltos que puedan deslizarse, como alfombras u otros análogos.

3. Las mesetas habrán de cumplir los siguientes requisitos:

a) En las mesetas deberá poder inscribirse una circunferencia mínima de 1,20 metros al mismo nivel y libre de obstáculos, sin que puedan ser invadidas por puertas o ventanas. Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta.

b) Al principio y al final de las escaleras existirá un arranque y desembarco con una anchura mínima de 1’20 m medida desde la arista del último peldaño y en el mismo sentido que el recorrido de las escaleras.

c) Las mesetas no podrán formar parte de otros espacios destinados a otros usos. En dichas mesetas no habrá puertas ni pasillos de anchura inferior a 1’20 m situados a menos de 40 cm de distancia del primer peldaño de un tramo.

d) No se admitirán escalones o mesetas compensadas. e) El nivel de iluminación, medido en el suelo, será, al menos, de 150 luxes.

4. Los pavimentos cumplirán los siguientes requisitos:

a) Las huellas serán de material antideslizante y se dispondrá en el borde de la misma un material o tira antideslizante de color contrastado enrasada en el ángulo del peldaño y firmemente unida a éste.

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b) Se prohíben los pavimentos de los escalones que produzcan destellos o deslumbramientos.

c) En los arranques y desembarcos de cada planta las escaleras estarán provistas de una franja señalizadora de diferente textura y color al pavimento de éstas, y de anchura igual a la del peldaño, con una profundidad de 20 cm como mínimo.

5. Las barandillas y antepechos cumplirán los siguientes requisitos:

a) Las diferencias de nivel en las escaleras se protegerán con barandillas o antepechos coronados con pasamanos, para evitar riesgos de caídas.

b) Si las escaleras están cerradas lateralmente por muros, se dispondrán pasamanos continuos a ambos lados.

c) Los pasamanos se diferenciarán cromáticamente de las superficies del entorno.

El edificio Centro de Día se desarrolla en una sola planta y no tiene escalera. El edificio Centro de Emergencia Social, dispone de escalera para acceso a planta primera. Se trata de una escalera de 2 tramos rectos con ancho 1’20m. Tiene una meseta continua con fondo 1’20m. Los escalones tienen huella de 28 cm y tabica de 16’82 cm que forma un ángulo de 90º con la horizontal. Cada huella tendrá en el borde una tira antideslizante y de distinto color a su pavimento, enrasada en el mismo y firmemente unida a él. En el arranque y desembarco de la escalera se dispondrá una franja señalizadora de distinto color y textura que el pavimento del entorno, de ancho 1’20m (ancho del peldaño) y fondo 20 cm. Se dispondrá pasamanos a ambos lados. Ascensores (artículo 74): Las condiciones de accesibilidad que habrán de cumplir los ascensores para las personas con discapacidad serán las siguientes:

a) Independientemente de la forma de la cabina, deberá poder inscribirse un rectángulo de ancho mínimo de 1’00 m y de fondo mínimo 1’25 m salvo lo dispuesto en el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, para las dimensiones de cabinas de ascensores en edificios e instalaciones situados en los medios de transporte.

b) Las puertas del recinto y cabina serán automáticas y dejarán un hueco de paso libre mínimo de 0’80 m, contarán con un sensor de cierre en toda la altura del lateral y existirá un botón de activación de apertura desde la cabina.

c) En el exterior del ascensor, la botonera se colocará de forma que los pulsadores queden a una altura máxima de la rasante del pavimento de 1’20 m. Se colocarán en cada uno de los espacios de acceso, indicadores luminosos y acústicos de llegada, e indicadores luminosos que señalen el sentido del desplazamiento del ascensor. En las jambas deberá colocarse el número de planta en braille y con carácter arábigo en relieve a una altura máxima de 1’20 m o bien se utilizará sintetizador de voz.

d) Los criterios de colocación y morfología de los botones de mandos indicadores de funcionamiento en el interior de las cabinas cumplirán los siguientes requisitos:

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1. Estarán situados a una altura máxima de la rasante del pavimento

de la cabina de 1’20 m. 2. Estarán dotados de números en braille y arábigos. 3. Los botones de alarma estarán identificados con un triángulo

equilátero o campana en relieve. 4. Los botones correspondientes a cada piso dispondrán de una luz

interior que se iluminará al ser pulsados. 5. Dispondrán de un mecanismo que señale el tránsito por cada

planta.

e) La apertura automática de la puerta se señalará con un indicador acústico dentro de la cabina.

f) La cabina contará con un indicador sonoro de parada e información verbal de planta.

g) En las paredes de la cabina se dispondrá un pasamano a una altura comprendida entre 0’80 y 0’90 m.

h) Las características del ascensor deben garantizar que la precisión de nivelación sea igual o menor a 2 cm.

i) En los aparcamientos de utilización colectiva y con comunicación con los espacios comunes del edificio el ascensor accesible llegará a todas las plantas del aparcamiento.

El edificio Centro de Emergencia Social, dispone de ascensor con capacidad para 6 personas. Las dimensiones del hueco de puertas (1’10 cm) y de la cabina (1’10 x 1’25) y las características del ascensor cumplen lo descrito en el artículo 74. Aseos de uso público (artículo 77): Al menos uno de los aseos, sin perjuicio del número establecido en el Anexo III, que podrá ser compartido por ambos sexos, deberá cumplir las siguientes condiciones:

- Estará dotado, como mínimo, de lavabo e inodoro. - Dispondrá de un espacio libre, no barrido por las puertas, donde se

pueda inscribir una circunferencia de 1’50 m de diámetro, que permita girar para acceder a los aparatos sanitarios.

- En aseos compartimentados en aquellos espacios en los que exista un solo aparato sanitario, se permitirá reducir el diámetro de la circunferencia interior, no barrida por la puerta, a 1’20 m.

- Deberá posibilitarse el acceso frontalmente a un lavabo, para lo que no existirán obstáculos en su parte inferior, y éste estará a una altura comprendida entre 0’70 y 0’80 m.

- Igualmente, se deberá posibilitar el acceso lateral al inodoro disponiendo a este efecto de un espacio libre con un ancho mínimo de 0’70 m.

- La altura del asiento del inodoro estará comprendida entre 0’45 y 0’50 m y éste será abatible.

- El inodoro deberá llevar un sistema de descarga que permita ser utilizado por una persona con dificultad motora en miembros superiores, colocándose preferentemente mecanismos de descarga de palanca o de presión de gran superficie a una altura entre 0’70 y 1’20 m del suelo.

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- El inodoro deberá ir provisto de dos barras laterales, debiendo ser abatible la que facilite la transferencia lateral.

- Las barras serán de sección preferentemente circular, de diámetro comprendido entre 30 y 40 mm, separadas de la pared u otros elementos 45 mm y su recorrido será continuo. Las horizontales, para transferencias, se colocarán a una altura comprendida entre 0’70 y 0’75 m del suelo y su longitud será de 20 ó 25 cm mayor que la del asiento del inodoro. Las verticales que sirvan de apoyo a un inodoro se situarán a una distancia de 30 cm por delante de su borde.

- Los accesorios del aseo estarán adaptados para su utilización por personas con movilidad reducida.

- La grifería será fácilmente accesible y automática, con sistema de detección de presencia o tipo monomando con palanca de tipo gerontológico.

- El nivel mínimo de iluminación será de 100 luxes y los aparatos sanitarios se diferenciarán cromáticamente del suelo y de los paramentos verticales.

- Las puertas contarán con un sistema que permita desbloquear las cerraduras desde fuera en caso de emergencia.

- Los secadores, jaboneras, toalleros y otros accesorios, así como los mecanismos eléctricos, estarán a una altura comprendida entre 0’80 y 1’20 m. El borde inferior del espejo no deberá situarse por encima de 0’90 m de altura.

- Deberá figurar en la puerta o junto a la misma en lugar visible el Símbolo Internacional de Accesibilidad.

- Se emplearán señalizadores de libre-ocupado de comprensión universal.

- Deberán poseer, en su interior, avisador luminoso y acústico para casos de emergencia siempre que, de acuerdo con la normativa sectorial correspondiente, sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador deberá estar conectado con el sistema de alarma.

En Edificio Centro de Día: Uno de los aseos públicos será adaptado y compartido por ambos sexos, el cual, reunirá las condiciones establecidas. Se proyectan dos bloques de aseos públicos uno por cada sexo, y un aseo unisex independiente, adaptado para minusválidos. En Edificio Centro de Emergencia Social: Uno de los aseos públicos, será adaptado y compartido por ambos sexos, el cual, reunirá las condiciones establecidas. Se proyectan dos bloques de aseos públicos uno por cada sexo, y un aseo unisex independiente, adaptado para minusválidos. En los bloques de aseos públicos existen duchas. En cada uno de ellos existe una ducha adaptada para minusválidos, de dimensiones 1’20 m x 1’80 m enrasada con

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el pavimento, con una banca abatible de características según artículo 76 y barra metálica horizontal a 0’75 m y maneral ubicado a 0’90 m. Las duchas se proyectan sin puerta. En caso de disponerse una puerta, la ducha de minusválidos deberá de poder inscribirse una circunferencia de diámetro 0’70 m en el espacio interior al acceso no barrido por la puerta. En ambos edificios el aseo de minusválidos cumple todas las características citadas en el artículo 76. Vestuarios, probadores y duchas (Artículo 78): 1. En todos los edificios, establecimientos e instalaciones en los que se dispongan vestuarios, probadores y duchas de utilización colectiva, al menos uno de cada uno de ellos, sin perjuicio del número establecido en el Anexo III, reunirá las siguientes características:

a) El vestuario o el probador tendrá unas dimensiones mínimas tales que pueda inscribirse en él una circunferencia de 1’50 m de diámetro, libre de obstáculos.

b) Irán provistos de un asiento adosado a pared, con unas medidas mínimas de anchura, altura y fondo de 50, 45 y 40 cm, respectivamente, dotado de un espacio libre de 0’70 m de ancho, para facilitar el acceso lateral.

c) Las repisas, perchas y otros elementos estarán situados a una altura comprendida entre 0’40 y 1’20 m.

d) La ducha deberá ir enrasada con el pavimento y tendrá unas dimensiones mínimas de 1’80 m de largo por 1’20 m de ancho, libre de obstáculos a nivel de pavimento. Estará dotada de un asiento abatible de dimensiones mínimas iguales a las fijadas en vestuario y probador y con un espacio libre mínimo de 0’70 m de ancho, que posibilite el acceso lateral. El maneral del rociador de la ducha, si es manipulable, estará situado a una altura comprendida entre 0’80 y 1’20 m de altura. El suelo será antideslizante.

e) Tanto en los vestuarios como en las duchas se dispondrán barras metálicas

horizontales a una altura de 0’75 m. f) Se permitirá cualquier solución de puerta, siempre que deje libre un círculo

interior de 1’20 m de diámetro, no barrido por la hoja de la misma. g) Deberán poseer, en su interior, avisador luminoso y acústico para casos de

emergencia siempre que, de acuerdo con la normativa sectorial correspondiente, sea obligatoria la instalación de sistema de alarma. El avisador deberá estar conectado con el sistema de alarma.

2. Las dependencias a que se refiere el presente artículo serán de uso preferente, no exclusivo, para personas con discapacidad. En Edificio Centro de Día: No se proyectan vestuarios. En Edificio Centro de Emergencia Social: Existe un vestuario que cumple las condiciones exigidas. Dormitorios y unidades de alojamiento (artículo 79):

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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1. Los dormitorios y unidades de alojamiento que, conforme a lo establecido en el Anexo III, hayan de reservarse en los edificios, establecimientos e instalaciones destinados a alojamiento para personas con movilidad reducida o con discapacidad sensorial, cumplirán las siguientes condiciones:

a) Las puertas deberán tener una anchura mínima libre de paso de 0’80 m. b) Las dimensiones espaciales y la distribución del mobiliario permitirán un

espacio de giro de 1’50 m de diámetro, como mínimo, que permita a las personas con movilidad reducida realizar un giro de 360 grados.

c) Los espacios de aproximación lateral a la cama y frontal a armarios y mobiliario tendrán una dimensión mínima de 0’80 m. En el caso de camas dobles en un mismo dormitorio, las dimensiones de espacio de aproximación se cumplirán a ambos lados y entre camas si éstas están separadas.

d) La altura de las camas estará comprendida entre 0’45 y 0’50 m desde el suelo para facilitar la transferencia desde la silla de ruedas, debiéndose dejar un espacio libre inferior de altura mayor o igual a 25 centímetros, de fondo entre 0’60 y 0’80 m y ancho de 0’80 m, de forma que permita el paso de los reposapiés de la silla de ruedas y del pie de la grúa de transferencia en caso de que sea necesario su uso.

e) Si el cuarto de baño o aseo está integrado en el dormitorio o unidad de alojamiento será accesible desde la misma y deberá reunir las condiciones exigidas en el artículo 121.

f) Los armarios empotrados no dispondrán de rodapié en el umbral debiendo estar al mismo nivel su pavimento que el de la habitación. Las puertas de los armarios serán correderas y las baldas, cajones y percheros se colocarán de forma que se permita su alcance a una altura comprendida entre 0’40 y 1’20 m medidos desde el suelo.

g) Los cantos de los muebles serán redondeados. h) Todos los mecanismos de accionamiento, regulación y control de las

instalaciones se colocarán a una altura no superior a 1’40 m ni inferior a 40 centímetros del suelo.

i) El espacio de barrido de las ventanas, en su caso, quedará fuera de las zonas de circulación, debiéndose colocar preferentemente ventanas de hojas correderas.

j) Los sistemas de apertura y cierre de carpintería y protecciones exteriores, tales como puertas, ventanas, persianas u otros se situarán a una altura máxima del suelo de 1’20 m y libres de obstáculos en su frente.

Los antepechos de huecos de ventanas tendrán una altura máxima de 0’60 m. En cuanto a las condiciones de seguridad, se deberá contemplar lo señalado en el CTE, referidas a la seguridad frente al riesgo de caídas y la seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento.

k) Deberán poseer avisador luminoso de llamada complementario al timbre

acústico de la puerta así como dispositivo luminoso de emergencia, incluido en el aseo.

l) Desde la posición de acostada, la persona con movilidad reducida deberá poder acceder y controlar el apagado y encendido de la luz y, en su caso, del teléfono, del aire acondicionado y sistemas de llamada.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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2. En los establecimientos destinados a alojamiento que se establecen en el Anexo III se dispondrá además de, al menos, una grúa de transferencia para las personas usuarias de silla de ruedas. 3. Los dormitorios o unidades de alojamiento a que se refieren los apartados anteriores serán de uso preferente, no exclusivo, para personas con discapacidad. No obstante, no podrán ofrecerse, reservarse o ser ocupadas por personas sin discapacidad hasta que no se haya ocupado el resto de los dormitorios o unidades de alojamiento disponibles. 4. Los dormitorios de los edificios, establecimientos e instalaciones de uso hospitalario, asistencial y de servicios sociales, en el caso de que estén destinados a personas con movilidad reducida, se regirán por la normativa sectorial que resulte de aplicación. Cuando en los dormitorios referidos se incluyan aseos, salvo mayores exigencias de la normativa anteriormente mencionada, se estará a lo dispuesto en el artículo 121. En Edificio Centro de Día: No se proyectan dormitorios. En Edificio Centro de Emergencia Social: Existen 16 dormitorios y 3 apartamentos con un dormitorio cada uno. Los 3 dormitorios ubicados en planta acceso son accesibles a minusválidos y cumplen las características citadas. La habitación A se representa como dormitorio doble, no deja espacio libre de 0’80m a ambos lados de las camas, pero deja más del doble de este espacio entre ambas camas permitiendo la movilidad de cada uno. No obstante, en caso de precisar el espacio para una sola persona, el dormitorio se habilitaría como individual. Como se indica a continuación el mobiliario es orientativo, ya que no es objeto de este proyecto la disposición del mismo. Se deja por tanto constancia, mediante el proyecto, de que deben cumplirse los requisitos citados en este apartado al disponer el mobiliario. EQUIPAMIENTOS Y MOBILIARIO: Mobiliario, complementos, y elementos en voladizo (Artículo 80): No compete al presente Proyecto la definición y diseño de mobiliario. El mobiliario reflejado que aparece en algunas estancias es meramente orientativo no vinculante. Mostradores, ventanillas y puntos de información (artículo 81): Los mostradores, ventanillas y puntos de información:

- Deberán estar ubicados lo más cerca posible de los vestíbulos, salas de espera e itinerarios accesibles.

- En los mostradores de atención o información al público existirá un tramo de, al menos, 0’80 m de longitud, con una altura comprendida entre 0’70 y 0’80 m, con un hueco mínimo en su parte inferior libre de obstáculos de 0’70 m de alto y 0’50 m de profundidad.

- Cuando existan ventanillas de atención al público, al menos una de ellas, estará a una altura máxima de 1’10 m.

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En Edificio Centro de Día: No existen mostradores o ventanillas. En Edificio Centro de Emergencia Social: Existe estancia destinada a administración con mostrador hacia vestíbulo de edificio. En este mostrador, habrá tramo accesible que reunirá las condiciones descritas, se indica la zona prevista en proyecto. No obstante esta posición podrá variar en fase de obra por parte del Promotor de acuerdo con las características del mostrador a colocar (tal como hemos indicado anteriormente, el mobiliario no compete al presente Proyecto). FICHA JUSTIFICATIVA CUMPLIMIENTO REGLAMENTO: La Junta de Andalucía, desde la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y según prevé el propio Decreto, facilitará, a través de la Comisión Técnica de Accesibilidad en las Infraestructuras, el Urbanismo, la Edificación y el Transporte en Andalucía, creada al efecto, la ficha justificativa "oficial", pero hasta entonces, y para poder viabilizar la justificación en ausencia del modelo normalizado, desde el COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CADIZ se ha adaptado el modelo existente justificativo del Decreto 72/1992 con los parámetros del nuevo Reglamento. No obstante, este modelo debe entenderse como borrador que, además, no abarcando toda la casuística. Por ello, se ha realizado lectura íntegra del Decreto para su correcta aplicación al local que nos ocupa.

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4.3. REGLAMENTO REGULADOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS Y DE LA ACTIVIDAD DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES. REAL DECRETO 401/2003 Este reglamento tiene por objeto establecer la normativa técnica de telecomunicación relativa a la infraestructura común de telecomunicaciones (ICT) para el acceso a los servicios de telecomunicación; las especificaciones técnicas de telecomunicación que se deberán incluir en la normativa técnica básica de la edificación que regule la infraestructura de obra civil en el interior de los edificios para garantizar la capacidad suficiente que perita el acceso a los servicios de telecomunicación y el paso de las redes de los distintos operadores; los requisitos que debe cumplir la ICT para el acceso a los distintos servicios de telecomunicación en el interior de los edificios y determinar las condiciones para el ejercicio profesional de la actividad de instalador de telecomunicaciones, a fin de garantizar que las instalaciones y su puesta en servicio permitan el funcionamiento eficiente de los servicios y redes de telecomunicación. La normativa técnica básica de edificación deberá prever, en todo caso, que la infraestructura de obra civil disponga de la capacidad suficiente para permitir el paso de las redes de los distintos operadores, de forma tal que se facilite a éstos el uso compartido de dicha infraestructura. En el supuesto de que la infraestructura común en el edificio fuese instalada o gestionada por un tercero, en tanto éste mantenga su titularidad, deberá respetarse el principio de que aquélla pueda ser utilizada por cualquier entidad u operador habilitado para la prestación de los correspondientes servicios. Según el ámbito de aplicación (artículo 3), las normas contenidas en este Reglamento se aplicarán:

• A todos los edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos, o deban acogerse, al régimen de propiedad horizontal regulado por la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificada por la Ley 8/1999, de 6 de abril.

• A los edificios que, en todo o en parte, hayan sido o sean objeto de arrendamiento por plazo superior a un año, salvo los que alberguen una sola vivienda.

No es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa conforme al tipo de edificación proyectada ya que no se acogerá al régimen de propiedad horizontal regulado por ley.

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4.4. REAL DECRETO 105/2008, DE 1 DE FEBRERO, POR EL QUE SE REGULA LA PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN Este Real Decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, con el fin de fomentar, por este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, asegurando que los destinados a operaciones de eliminación reciban un tratamiento adecuado, y contribuir a un desarrollo sostenible de la actividad de construcción El Real Decreto también establece las condiciones que deberán cumplir, con carácter general, los gestores de residuos de construcción y demolición, así como las exigibles, en particular, para su valorización. Asimismo, establece los criterios mínimos para distinguir cuándo la utilización de residuos inertes en obras de restauración, acondicionamiento o relleno, puede considerarse una operación de valorización y no de eliminación en vertedero Este Real Decreto será de aplicación a los residuos de construcción y demolición, definidos como cualquier sustancia u objeto que se genere en una obra de construcción o demolición. Cumpliendo también la definición de “residuo” que figura en la Ley 10/1998 de Residuos, como cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse, perteneciente a alguna de las 16 categorías señaladas en dicha Ley. Con excepción de:

a. Las tierras y piedras reutilizadas en la misma obra o en otra distinta no contaminadas por sustancias peligrosas.

b. Los residuos de industrias extractivas regulados por la Directiva 2006/21/CE,

A los residuos que se generen en obras de construcción o demolición y estén regulados por legislación específica les será de aplicación dicha legislación. 1. OBJETO El objeto del presente apartado es realizar un estudio de la gestión de los residuos procedentes de la demolición y construcción del edificio que nos ocupa, según lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 105/2008, de 01 de febrero, por el que se regula la PRODUCCIÓN Y GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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En el desarrollo de este Capitulo se han tenido en cuenta las publicaciones “Plan de Gestión de Residuos en las obras de construcción y demolición” y “Manual de Minimización y Gestión de los Residuos en las obras de construcción y demolición” del Instituto de Tecnología de la Construcción de Cataluña (ITEC), Programa Life de la Comisión Europea (Proyecto Life 98/351). 2. OBLIGACIONES Conforme se indica en el artículo 4 “Obligaciones del productor de residuos de construcción y demolición” este estudio deberá incluir:

1. Una estimación de la cantidad, expresada en toneladas y en m3, de los residuos de construcción y demolición que se generarán en la obra, codificados con arreglo a la lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002.

2. Las medidas para la prevención de residuos en la obra objeto del proyecto.

3. Las operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán los residuos que se generarán en la obra.

4. Las medidas para la separación de los residuos en obra. 5. Los planos de las instalaciones previstas para el almacenamiento,

manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.

6. Las prescripciones del pliego de prescripciones técnicas particulares del proyecto, en relación con el almacenamiento, manejo, separación y, en su caso, otras operaciones de gestión de los residuos de construcción y demolición dentro de la obra.

7. Una valoración del coste por parte del contratista previsto de la gestión de los residuos de construcción y demolición que formará parte del presupuesto del proyecto en capítulo independiente.

La justificación de cada uno de estos requisitos se realiza en los apartados siguientes. En lo que respecta a las prescripciones relativas a la gestión (almacenamiento, manejo, separación, etc.) de los residuos consultar Pliego de Condiciones del presente Capítulo. El poseedor de dichos residuos, que corresponderá a quien ejecutará la obra (generalmente, al Contratista) y tiene el control físico de los que se generan en la misma (Contratista) estará obligado a la presentación a la Propiedad de la obra de un PLAN DE GESTIÓN de los residuos de construcción y demolición, adoptando el presente estudio a las características particulares de la obra y a sus medios y sistemas de ejecución, toda vez que para la redacción de este estudio se desconoce la forma en la que el constructor ejecutará la obra. En este Plan se concretará:

- Cómo se aplicará el estudio de gestión del proyecto. - Como se sufragará su coste.

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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- Facilitar al productor (Propiedad) la documentación acreditativa de la correcta gestión de tales residuos.

El PLAN DE GESTION, una vez aprobado por la DIRECCIÓN FACULTATIVA y aceptado por la Propiedad, pasará a formar parte de los documentos contractuales de la obra. Tanto la Propiedad como la Dirección Facultativa informarán al Contratista de la obra previo comienzo de la misma de este deber, quien deberá estar al tanto de sus obligaciones. 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS DE LA OBRA Se trata de dos edificios de las características ya descritas en otros apartados de esta memoria. La superficie construida del edificio CENTRO DE DIA es de 337’80 m2 (planta acceso). La superficie construida del edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL es de 603’20 m2 en planta acceso y 309’69 m2 en planta primera, con una superficie total de 912’89 m2. Para poder determinar los residuos en fase de construcción es necesario conocer las características constructivas de la edificación que se quiere construir. Las características constructivas se describen en el Capitulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. 4. NATURALEZA, ORIGEN, CARACTERISTICAS Y COMPOSICIÓN DE LOS RESIDUOS SEGUN CÓDIGOS LER (LISTA EUROPEA DE RESIDUOS) Entendemos como residuos de construcción y demolición (RCDs) aquellos procedentes de derribos, los que generamos en la construcción de nuevos edificios o rehabilitaciones (sobrantes de materiales nuevos y viejos, embalajes...), o los producidos en los trabajos de excavación y movimientos de tierras. Conforme a la legislación española marco de residuos, Ley 10/1998, de Residuos, la competencia sobre su gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, excepto los procedentes de obras menores domiciliarias, que está confiada a los Ayuntamientos. Generalmente, los residuos de construcción están considerados como inertes o asimilables a inertes, y por lo tanto su poder contaminante es relativamente bajo pero, por el contrario, su impacto visual es con frecuencia alto por el gran volumen

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que ocupan y por el escaso control ambiental ejercido sobre los terrenos sobre los que se realiza su vertido; si bien hay un pequeño número de residuos que son No Especiales e incluso hay alguno considerado Especial. Se consideran RCDs aquellos que se generan en el entorno urbano y no se encuentran dentro de los comúnmente conocidos como Residuos Sólidos Urbanos (residuos domiciliarios y comerciales, fundamentalmente, que se generaran una vez el edificio o local esté en uso), ya que su composición es cuantitativa y cualitativamente distinta. De acuerdo con el proyecto que nos ocupa, los residuos que se generaran serán los propios del proceso de construcción de dos edificios de nueva planta. Conforme al tipo de edificación y las características de los materiales que se utilizarán y a los existentes, se estima no habrá residuos peligrosos. En las siguientes tablas se INDENTIFICAN (se marca cada casilla azul) estimativamente los residuos que se generaran como consecuencia del proceso edificatorio (demolición, excavación y construcción), definiendo para cada tipo su número de Código LER (según lista europea de residuos publicada por Orden MAM/304/2002, de 8 de Febrero o sus modificaciones posteriores) según Capítulos del Anejo II: Obras de construcción y demolición (incluidos los embalajes): Los residuos de excavación serán los previos a la construcción. La composición de estos residuos será menos variable que la de los otros grupos por su composición homogénea. Serán de la naturaleza pétrea: arcillas, arenas, gravas, piedras, hormigones y obra de fábrica de los cimientos de la edificación existente, etc… Los residuos de construcción serán los que provendrán de la acción misma de construir, originados por los materiales sobrantes. Se trata de residuos básicamente inertes, constituidos por: restos de piedras, restos de hormigón, restos de pavimentos asfálticos, materiales refractarios, ladrillos, cristal, plásticos, yesos, ferrallas, maderas, etc... Son los que se originan en el proceso de ejecución material de los trabajos de construcción, tanto de nueva planta como de rehabilitación o de reparación. Así como los embalajes de los productos que llegarán a la obra: madera, papel, plásticos, etc... Sus características de forma y de material son muy diversas.

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RC: TIERRAS Y PÉTREOS PROCEDENTES DE LA EXCAVACIÓN Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03 17 05 04 Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05 17 05 06 Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07 17 05 08

RC: NATURALEZA NO PÉTREA 1. Asfalto

Mezclas bituminosas distintas a las del código 17 03 01 17 03 02

2. Madera

Madera 17 02 01 X

3. Metales (incluidas sus aleaciones)

Cobre, bronce, latón 17 04 01 Aluminio 17 04 02 Plomo 17 04 03 Zinc 17 04 04 Hierro y acero 17 04 05 X Estaño 17 04 06 Metales mezclados 17 04 07 Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10 17 04 11

4. Papel

Papel 20 01 01 X

5. Plástico

Plástico 17 02 03 X

6. Vidrio

Vidrio 17 02 02 X

7. Yeso

Materiales de construcción a partir de yeso distintos de los 17 08 01 17 08 02 X RC: NATURALEZA PÉTREA 1. Arena, grava y otros áridos

Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código 01 04 07 01 04 08

Residuos de arena y arcilla 01 04 09 X

2. Hormigón

Hormigón 17 01 01 X

Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distinta del código 17 01 06 17 01 07 X

3. Ladrillos, azulejos y otros cerámicos

Ladrillos 17 01 02 X Tejas y materiales cerámicos 17 01 03 X

Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distinta del código 17 01 06 17 01 07

4. Piedra

RC mezclados distintos de los códigos 17 09 01, 02 y 03 17 09 04

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RC: POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y OTROS 1.Basuras

Residuos biodegradables 20 02 01 Mezclas de residuos municipales 20 03 01

2. Potencialmente peligrosos y otros

Mezcla de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos con sustancias peligrosas (SP) 17 01 06

Vidrio, plástico y madera con sustancias peligrosas o contaminadas por ellas 17 02 04

Mezclas Bituminosas que contienen alquitrán de hulla 17 03 01 Alquitrán de hulla y productos alquitranados 17 03 03 Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas 17 04 09 Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras SP 17 04 10 Materiales de aislamiento que contienen amianto 17 06 01 Otros materiales de aislamiento que contienen sustancias peligrosas 17 06 03 Materiales de construcción que contienen amianto 17 06 05 Materiales de construcción a partir de yeso contaminados con SP 17 08 01 Residuos de construcción que contienen Mercurio 17 09 01 Residuos de construcción que contienen PCB 17 09 02 Otros residuos de construcción que contienen SP 17 09 03 Materiales de aislamiento distintos de los 17 06 01 y 17 06 03 17 06 04 Tierras y piedras que contienen sustancias peligrosas 17 05 03 Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas 17 05 05 Absorbentes contaminados (trapos…) 15 02 02 Aceites usados (minerales no clorados de motor..) 13 02 05 Filtros de aceite 16 01 07 Tubos fluorescentes 20 01 21 Pilas alcalinas y salinas 16 06 04 Pilas botón 16 06 03 Envases vacíos de metal contaminados 15 01 10 Envases vacíos de plástico contaminados 15 01 10 Sobrantes de pintura 08 01 11 Sobrantes de disolventes no halogenados 14 06 03 Sobrantes de barnices 08 01 11 Sobrantes de desencofrantes 07 07 01 Aerosoles vacíos 15 01 11 Baterías de plomo 16 06 01 Hidrocarburos con agua 13 07 03 RC mezclados distintos de los códigos 17 09 01, 02 y 03 17 09 04

5. ESTIMACIÓN DE LA CANTIDAD (VOLUMEN), EXPRESADA EN TONELADAS Y M3, DE CADA TIPO DE RESIDUO QUE SE GENERARA EN LA OBRA SEGÚN CARACTERIZACION ANTERIOR Fase excavación: Para obtener el volumen de los residuos de excavación debe considerarse que el volumen aparente es un 20 % superior al volumen que tenían las tierras antes de la excavación.

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Fase demolición y construcción (incluidos los embalajes): La evaluación de los residuos que van a originarse en el proceso de construcción y demolición de una obra es difícilmente previsible. De hecho, no hay un método cuantitativo tan fiable como el que evalúa el volumen de los residuos, cuantificando los volúmenes previsibles de escombros producidos, basándose en un modelo de edificio predeterminado. A fin de cuentas, se intenta cuantificar una construcción que aún está por realizar. En ausencia de datos más contrastados, para cuantificar el volumen de RC vamos a manejar una serie de parámetros estimativos con fines estadísticos. En este caso, la altura media de mezcla de residuos por m2 construido puede oscilar para cada residuo entre 0’10 y 0’60 dependiendo de los residuos, considerándose 20 cm para la fase de construcción. En el caso de que existan demoliciones, el coeficiente medio está en el entorno de 0’40 si no hay muros de carga aumentando hasta 0’60 en caso de que sí los haya. Se toma una densidad tipo entre 0’50-1’50 tn/m3, y a partir de estos valores aventurar las toneladas totales de RC:

Una vez se obtiene el dato global de toneladas totales de RC por m2 construido, a falta de otros datos utilizando los estudios realizados por la Comunidad de Madrid de la composición en peso de los RC que van a sus vertederos (Plan Nacional de RCD 2001-2006), se podría estimar el peso por tipología de residuos según tabla adjunta:

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6. MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE RESIDUOS EN LA OBRA. REDUCCIÓN DE RESIDUOS Si prevenimos y en consecuencia reducimos la producción de los residuos que habitualmente genera la construcción, disminuiremos los gastos de gestión, necesitaremos comprar menos materias primas y el balance medioambiental global será beneficioso. Las recomendaciones para la prevención de residuos en fase de redacción de Proyecto serán las siguientes:

• Optimizar las secciones resistentes de los elementos constructivos que forman el grueso de la obra.

La eficacia mecánica de una sección se consigue cuando se utiliza el mínimo material sin reducir el nivel de prestaciones (seguridad, aislamiento, durabilidad…). En ese caso, también

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desde el punto de vista medioambiental, se alcanza la máxima eficacia: menos recursos empleados y, como consecuencia, menos residuos.

• Los proyectos deben ajustarse a criterios de coordinación

dimensional respetando los formatos modulares de los materiales y elementos constructivos utilizados.

Se pueden reducir los residuos que se generan en la puesta en obra si se construye con elementos prefabricados de gran formato (losas alveolares, paneles prefabricados), que se montan en la obra sin apenas transformaciones origen de residuos.

No obstante, cuando se proyecte con elementos de pequeño formato (bloques, ladrillos, baldosas…), es conveniente que las medidas de los elementos que se vayan a construir sean múltiplos del módulo de la pieza, de forma que no se produzcan residuos innecesarios a causa del corte de las piezas en el proceso de adaptación a las medidas caprichosas del proyecto.

• Los elementos constructivos de cerramiento -exterior o interior- se

deben resolver mediante la yuxtaposición de capas de materiales adecuados.

La construcción basada en el montaje en seco de materiales dispuestos en capas sucesivas facilita la recuperación selectiva de residuos homogéneos. Gracias al desmontaje de esos elementos se obtienen materiales homogéneos, en un estado lo suficientemente bueno como para valorizarlos mediante la reutilización o el reciclado.

• Utilizar materiales ambientalmente sostenibles, que además

reduzcan los problemas ambientales derivados de los residuos originados durante el transporte a la obra y el embalaje.

No se trata solamente de utilizar materiales verdes; también se debe prever que los embalajes en los que éstos llegan a la obra no originen residuos. En consecuencia, el suministrador de los materiales debe recoger los embalajes y hacer una gestión responsable de ellos.

• Planificar las grandes obras de manera que en su ejecución se origine residuo nulo.

Se trata de que la propia obra sea el lugar de digestión de todos los residuos que origina; por ejemplo, en la construcción de rellenos de firmes, sub-bases de pavimentos, hormigones de baja resistencia, etc., se pueden incorporar áridos procedentes del reciclado mediante machaqueo de los residuos de naturaleza pétrea, que alcanzan un 85 % de los que se originan habitualmente. Estos áridos pueden proceder de una central de

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PROYECTO BÁSICO Y EJECUCIÓN CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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reciclaje o de los residuos que se van generando en la propia obra.

• Introducir en el proyecto elementos reutilizados que provienen de

construcciones anteriores.

La reutilización es la mejor forma de reciclaje. Hay numerosos elementos de las obras que, mediante una correcta deconstrucción, pueden reincorporarse, con apenas una sencilla transformación, a una obra nueva. Esta segunda vida de los elementos constructivos constituye un modo eficiente de gestión de los residuos.

• En la programación de la obra (en fase de proyecto) se debe:

Incluir las propuestas del constructor que tienen por finalidad minimizar, reutilizar y clasificar los residuos de la obra.

Fomentar el uso repetido de los medios auxiliares, como los encofrados y moldes, aumentando de manera prudente el número de veces que se ponen en obra, ya que una vez usados se convertirán en residuos. Limitar la utilización de fluidos potencialmente tóxicos, tales como fluidificantes, desencofrantes, líquidos de curado del hormigón, pinturas, etc…

En lo que respecta a la fase de diseño y redacción del Proyecto, se han tenido en consideración algunas de las recomendaciones descritas. De forma generalizada, las medidas para la prevención de residuos en obra serán las siguientes:

• La empresa constructora deberá poseer manuales y guías para la gestión racional de los residuos de construcción.

• La empresa constructora se informará sobre las posibilidades de valorización de los residuos. Consultará con el Área de Medioambiente.

• La empresa constructora debe ser conocedora de las normativas aplicables en el entorno donde se producen los residuos.

• Se dispondrá de información sobre las instalaciones de reciclaje y disposición de los desperdicios más cercanas.

• La empresa constructora conocerá la localización y titularidad de las instalaciones y vertederos.

• Evaluar la distancia a la que deben transportarse hasta las instalaciones y vertederos.

• Conocer las condiciones materiales de admisión de los residuos. • Evaluar los costes de gestión de los residuos en cada caso. • Proteger los residuos reutilizables contra las acciones que puedan

estropearlos.

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Las recomendaciones para la minimización de residuos en fase de construcción serán las siguientes:

1. Comprar solamente la cantidad de material necesario, de acuerdo con el ritmo de ejecución de la obra.

2. Los materiales deben ser almacenados de forma ordenada para no generar residuos innecesarios.

3. Un ordenado y racional proceso de ejecución de la obra mejora la gestión de los residuos.

4. Para facilitar la gestión de los residuos es necesario disponer de un Plan de gestión y de un directorio de valorizadores. Además hay que conocer la normativa vigente.

5. Separa y clasifica los residuos de la obra para facilitar su reutilización o reciclaje.

6. Los proveedores de materiales y productos deberán recoger sus propios embalajes de la obra.

7. Maneja con sumo cuidado los materiales que pueden originar residuos potencialmente peligrosos. Prevé la gestión más adecuada para ellos.

8. Reutiliza tantas veces como sea posible los medios auxiliares y los embalajes de madera.

9. La madera tratada con algunos productos químicos o con clavos es de difícil reutilización o reciclado.

10. Recupera todos los residuos metálicos: son fácilmente reciclables. 11. Aprovecha al máximo los ladrillos y bloques enteros. Los sobrantes de las

piezas rotas pueden ser machacados y reciclados como rellenos para la propia obra.

12. Utiliza preferentemente productos que contengan residuos de construcción en lugar de materiales nuevos.

13. Reduce el consumo de agua y de energía eléctrica en la obra 14. Reducir + Reutilizar + Reciclar = mejoras medioambientales y

económicas. Las recomendaciones para la minimización de residuos en fase de excavación serán las siguientes:

1. Planificar correctamente los movimientos de tierras para poder reutilizarlas en la propia obra.

2. Reciclar los asfaltos y betunes en la propia obra o en una central recicladora.

3. Los residuos pétreos se reciclarán como áridos de construcción. Teniendo en consideración las medidas y recomendaciones descritas, se conseguirá además mejoras medioambientales, disminuirá el volumen transportado al vertedero o a la central recicladora y, con ello, también la contaminación y la energía necesarias para ese transporte. Será el Contratista de la obra el que determine en su PLAN DE GESTIÓN, las medidas de prevención que adoptarán.

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7. OPERACIONES DE REUTILIZACION Y RECICLAJE Para definir las operaciones de reutilización y reciclaje más adecuadas es necesario distinguir en que consiste cada una:

• Reutilización: Es la recuperación de elementos constructivos completos con las mínimas transformaciones posibles.

La reutilización no solamente reporta ventajas medioambientales sino también económicas. Los elementos constructivos valorados en función del peso de los residuos poseen un valor bajo, pero, si con pequeñas transformaciones -o mejor, sin ellas-, pueden ser regenerados o reutilizados directamente, su valor económico es más alto. En este sentido, la reutilización es una manera de minimizar los residuos originados, de forma menos compleja y costosa que el reciclaje.

• Reciclaje: Es la recuperación de algunos materiales que

componen los residuos, sometidos a un proceso de transformación en la composición de nuevos productos.

La naturaleza de los materiales que componen los residuos de la construcción determina cuáles son sus posibilidades de ser reciclados y su utilidad potencial. Los residuos pétreos, hormigones y obra de fábrica, principalmente, pueden ser reintroducidos en las obras como granulados, una vez han pasado un proceso de criba y machaqueo. Los residuos limpios de hormigón, debido a sus características físicas, tienen más aplicaciones y son más útiles que los escombros de albañilería.

Otro impacto ambiental negativo del proceso edificatorio se deriva del despilfarro de materias primeras que implica el tipo de gestión que habitualmente se hace, que mayoritariamente no contempla el reciclaje o reutilización. Los comúnmente denominados residuos inertes pueden tener diferentes procedencias: los generados en las demoliciones de edificios, las excavaciones de suelos o ejecución de obras de reforma en calles; los originados en carreteras e infraestructuras; las excavaciones de obras de edificación; las mezclas de los escombros de construcción y los rechazos o roturas de la fabricación de piezas y elementos de construcción. La mayoría de estos residuos inertes serían reutilizables, generalmente, en otros usos en el mismo sector de la construcción, con operaciones de limpieza y preparación previas no muy complicadas, pero la realidad actualmente en nuestro país es que la mayoría se destinan a los vertederos (más o menos controlados). Por ello, se deberá ejecutar la obra bajo la premisa de cuidado del medioambiente y la máxima del reciclaje. La redacción de este proyecto tiene por objeto que el material sea reciclado mediante operaciones respetuosas con el medio ambiente, no considerando necesario un destino concreto para la reutilización de los materiales. Si los residuos se reutilizan, reduciremos asimismo la cantidad de

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materias primas necesarias, y por lo tanto no malgastaremos inútilmente recursos naturales y energía, e incluso podremos conseguir mejoras económicas. Hay materiales y elementos de construcción que son reutilizables sin ser sometidos a ningún proceso de transformación. También, en el proceso de ejecución de la obra, se generan residuos reutilizables. En efecto, los medios auxiliares pueden reutilizarse varias veces en la propia obra, incluso en varias obras; por ejemplo: los encofrados y andamios necesarios para la ejecución de la misma, o los sistemas de protección y seguridad. También los embalajes pueden reutilizarse. Sobre todo los formados por grandes contenedores que almacenan materiales amorfos (silos de morteros, etc...), que son recargables tantas veces como sea necesario y reutilizables en muchas otras obras. En el caso de los derribos, también podemos reutilizar ciertos elementos del edificio, como barandillas, mobiliario, etc… Se reutilizarán aquellos residuos que sean posibles. Los restantes serán eliminados. Gran parte de los elementos que configuran las construcciones contemporáneas pueden reutilizarse. Más concretamente, los clasificados como componentes (productos que llegan a la obra con la configuración definitiva, listos para ser montados) son los que más fácilmente pueden ser recuperados y, con una transformación poco compleja, reutilizados en otras construcciones. La lista de estos materiales puede ser muy extensa y diversificada, según las características constructivas de la obra. A continuación enumeraremos los elementos que más fácilmente pueden ser reutilizados:

• Estructura, vigas y pilares, armaduras, elementos prefabricados de hormigón.

• Fachadas, puertas y ventanas. • Revestimientos de piedra. • Revestimientos de plafones ligeros. • Elementos prefabricados de hormigón. • Cubiertas y tejas. • Soleras prefabricadas y estructuras ligeras de soporte de soleras. • Lumbreras y claraboyas. • Chapas, tableros y placas sándwich. • Divisiones interiores, mamparas, tabiques móviles y fijos. • Barandas, puertas y ventanas interiores. • Acabados interiore, falsos techos, pavimentos superpuestos en el

suelo y pavimentos flotantes. • Revestimientos verticales, revestimientos de paredes en zonas

húmedas. • Elementos de decoración y perfiles y piezas de acabados. • Instalaciones maquinaria de acondicionamiento térmico,

radiadores y otros aparatos acondicionadores. • Mobiliario fijo de cocina y mobiliario fijo de cuartos de baño. • Ascensores.

Los materiales de derribo, los escombros y demás materiales sobrantes del proceso de construcción son residuos que contienen fracciones valorizables

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susceptibles de ser transformadas y utilizadas nuevamente. El caso más conocido es el de la chatarra metálica, que se utiliza como materia prima para los productos metálicos y que reporta un significativo ahorro de energía y otros recursos minerales en la fabricación de los mismos. Asimismo, los residuos pétreos también pueden ser reciclados como granulados para rellenos, hormigones, etc… Los materiales que de forma mayoritaria caracterizan los residuos de construcción son, en general, reciclables. Los materiales de origen pétreo se pueden reincorporar a una construcción, en general por medio de un proceso de fragmentación. Pero si se trata de hormigón armado, antes debe separarse la armadura. Generalmente, los metales se pueden reincorporar en otra construcción o los puede utilizar una industria mecánica por medio de un proceso de fusión y conformación de un nuevo elemento. El reciclaje de los plásticos normalmente es más complejo, sobre todo si se pretenden transformar en productos que no son de construcción. Las maderas en general se trituran y reincorporan en forma de virutas o de granos pequeños para fabricar aglomerados de madera. Los materiales asfálticos y bituminosos se reincorporan en masa para pavimentos y secciones de firmes. A continuación, exponemos los materiales que son más fáciles de reciclar, clasificados por su naturaleza:

• De origen pétreo. • Hormigón en masa, armado o precomprimido. • Obra de fábrica cerámica y obra de fábrica de otros materiales. • Piedra natural y artificial. • Gravas y arenas. • Vidrio. • Metales, plomo, cobre, hierro, acero, fundición, zinc, aluminio y

aleaciones diversas. • Plásticos, poliestirenos, polietileno, poliuretano, poliéster,

policarbonato, polipropileno, polibutileno, PVC. • Madera, todo tipo de madera si no se ha sometido a tratamiento a

presión con determinados productos. • Asfaltos, caucho, oxiasfaltos, betunes, neopreno y caucho.

Será el Contratista de la obra el que determine en su PLAN DE GESTIÓN las medidas de reutilización, valorización o eliminación de residuos generados, indicando claramente:

- Si se prevé o no reutilización alguna. - Si se prevén o no operaciones de valorización “in situ” de los residuos

generados. - Destino previsto para los residuos no reutilizables ni valorables “in situ”.

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8. MEDIDAS PARA LA SEPARACIÓN DE RESIDUOS EN OBRA Los residuos de construcción y demolición deberán separarse en origen (en la obra) para facilitar su valorización posterior, en las siguientes fracciones, cuando, de forma individualizada para cada una de dichas fracciones, la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere las siguientes cantidades (obras posteriores a 14-02-2010):

Por comparación con los valores obtenidos en el apartado 4.5.4, en esta tabla se indican los residuos que se deben separar. La separación de los residuos podrá generar beneficio de la venta directa de dichos materiales separados para los que ya existe un mercado. La separación y recogida selectiva son acciones que tienen por objetivo disponer de residuos de composición homogénea, clasificados por su naturaleza, hormigones, obra de fábrica, metales, etc..., de manera que facilitan los procesos de valorización o de tratamiento especial. El objetivo común de estas acciones es facilitar la valorización de los residuos. Para conseguir un mejor proceso de reciclaje es necesario disponer de residuos de composición homogénea, sobre todo exentos de materiales potencialmente peligrosos. Por esta razón deben ser separados de otros materiales con los que van mezclados y clasificados por su diferente naturaleza, según las posibilidades de valorización que hayamos escogido. Es asimismo objetivo de estas acciones recuperar en el mejor estado posible los elementos de construcción que sean reutilizables. Las medidas para la separación de residuos de materiales en obra serán las siguientes:

• Planificar las operaciones de separación y de recogida selectiva. • Calcular el volumen de residuos valorizables. • Prever en el solar espacios para la separación y la recogida

selectiva de los residuos valorizables. • Definir las operaciones que deben realizarse a pie de obra para

facilitar la valorización de los residuos.

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• Prever espacios para el almacenamiento provisional de los residuos previamente clasificados.

9. PLANOS DE LAS INSTALACIONES PREVISTAS PARA EL ALMACENAMIENTO, MANEJO Y SEPARACIÓN DE LOS RESIDUOS En lo que respecta a los espacios necesarios para el almacenamiento, manejo y separación de los residuos que se van a generar durante la ejecución de la obra consideramos que no habrá ningún inconveniente en la determinación de los mismos ya que estas labores podrán realizarse perfectamente en el interior del solar en zona próxima a los edificios, sin problemas de espacio o posibles interferencias con otras actividades y procesos de la obra. En este caso, consideramos innecesario la redacción de planos que reflejen la instalación de estos espacios. Previo comienzo de la obra, el Contratista informará acerca de la ubicación exacta de estos espacios mediante la redacción de los planos correspondientes, solicitando el visto bueno de la Dirección Facultativa. El contenido de estos planos deberá reflejar como mínimo lo siguiente:

- Bajantes de escombros. - Acopios y/o contenedores de los distintos tipos de RCDs (pétreos,

maderas, plásticos, metales, vidrios,...) - Zonas o contenedor para lavado de canaletas/cubetas de hormigón. - Almacenamiento de residuos y productos tóxicos potencialmente

peligrosos. - Contenedores para residuos urbanos. - Ubicación de planta móvil de reciclaje “in situ”. - Ubicación de materiales reciclados como áridos, materiales cerámicos o

tierras a reutilizar. - Etc…

10. SISTEMA DE GESTIÓN DE LOS RESIDUOS: MODOS Y MEDIOS A EMPLEAR PARA LA RECOGIDA Y TRANSPORTE En la gestión de los residuos se distinguen varias fases que son básicamente las siguientes:

- La recogida. - El transporte. - El procesamiento de los residuos. - Su depósito.

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Aunque la forma en que se lleve a cabo la recogida y el transporte de los residuos puede afectar las posibilidades de éxito de su tratamiento posterior, en general será la elección de su destino final lo que fundamentalmente determinará la cuantía de los costes de cada una de las alternativas. La adopción de un sistema de tratamiento u otro implica la aparición de distintos costes en el corto y el largo plazo. A continuación, se resumen los posibles sistemas para la gestión de los residuos de construcción:

- Medios propios (deberá ser autorizado por la autoridad competente como Gestor de sus propios residuos y registrado como tal).

- Mediante terceros autorizados (Gestor de Residuos autorizado por la autoridad competente).

El poseedor de residuos cuando no proceda a gestionarlos por si mismo estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos (Art. 33 Ley 10/1998). Mientras se encuentran en su poder deberá mantenerlos en condiciones de seguridad, higiene y evitando las mezclas. Los residuos se destinarán preferentemente, y por este orden a su reutilización, reciclado y otras formas de valorización. Durante la ejecución de la obra, el Contratista de la obra aportará documento que acredite la aceptación de los residuos producidos por parte del GESTOR AUTORIZADO, encargado de su recogida y transporte hasta su lugar de destino final. El gestor de los residuos deberá ser el titular de las instalaciones en las que se efectúan las operaciones de valorización de los residuos y el titular de las instalaciones en las que se efectúa la disposición de los desperdicios. En realidad, deben ser los titulares de las plantas de reciclaje, de tratamiento de residuos o de vertederos. Durante la ejecución de la obra, la recogida de los RCDs se llevará a cabo depositándolos en contenedores metálicos para obra. Por las características de la parcela sobre la que se actúa, estos contenedores se podrán colocar en el interior de la misma, no siendo necesaria la ocupación de la vía pública. Consideramos que será necesario un solo contenedor con un volumen de 700 a 1.000 litros (según tamaños estándares). Durante la obra, se confirmará con Contratista el número finalmente necesario y su capacidad. Se colocarán de forma adecuada lo más cerca posible del edificio que se pretende construir para facilitar su depósito. En entornos urbanos, no obstaculizaran los accesos a viviendas o establecimientos cercanos o colindantes, perjudicando lo mínimo posible el paso de vehículos y de tal forma que los peatones puedan circular libremente por la acera.

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Con carácter general, en la instalación y retirada de los contenedores se seguirán las prescripciones siguientes:

- Deberán colocarse en el interior de los terrenos donde se desarrollen las obras. En el caso de que esta ubicación no sea posible, podrán situarse en aquellas calzadas, donde esté permitido el estacionamiento, en el lugar más próximo a la obra.

- No podrán situarse sobre los elementos de acceso de los servicios públicos municipales tales como, alcantarillado, telefonía, electricidad, ni en general sobre cualquier elemento urbanístico al que pudiera causar daños o dificultar su normal utilización. Asimismo no podrán situarse en los accesos a entidades de carácter público, municipales, sanitarias, bancos, etc., siempre y cuando la ubicación de los mismos, impidan el acceso a personas minusválidas.

- Una vez lleno el contenedor deberá taparse con lonas o lienzos de materiales apropiados de modo que queden totalmente cubiertos, evitando vertidos de materiales residuales o dispersiones por acción del viento. Igualmente, es obligatorio tapar los contenedores cada vez que finalice el trabajo.

- Ocuparán la vía pública por el tiempo estrictamente necesario para la obra y de acuerdo con la autorización municipal. Una vez lleno, deberán retirarse en el plazo máximo de 24 horas, y dejar la zona ocupada limpia.

- Las operaciones de instalación y retirada de los contenedores deberán realizarse de modo que no causen molestias a los ciudadanos.

- La maniobra de carga y descarga de un contenedor se realizará con una persona, a tierra, que dirija y facilite el tráfico, así como las mencionadas maniobras.

- Los contenedores deberán utilizarse o manipularse de modo que su contenido, o parte de él, no se vierta en la vía pública o no pueda ser levantado o esparcido por el viento.

- Cuando los contenedores deban permanecer en la vía pública durante la noche en vías insuficientemente iluminadas o en lugares que representan un peligro para el tráfico rodado, deberán llevar incorporadas las señales reflectantes o luminosas para hacerlos identificables.

- Al retirar el contenedor, el Contratista deberá dejar en perfectas condiciones de limpieza la superficie de la vía pública afectada por su ocupación. El Contratista será responsable del estado de la vía pública, así como de los daños causados en la misma.

El Contratista solicitará las autorizaciones necesarias, efectuándose el pago de la tasa correspondiente según municipio. Los contenedores serán del tipo normalizado y diseñados para ser cargados y descargados sobre vehículos de transporte especial (camiones), y destinados únicamente para la recogida de los RCDs. Serán autorizados por el transportista en su título de gestor de residuos autorizado. Aunque dependerá de cada municipio y sus ordenanzas particulares, con carácter general los contenedores para obras deberán ser retirados de la vía pública:

- Al expirar el término de concesión de la licencia de obras. - Cuando existan razones de interés público previo requerimiento de la

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Autoridad Municipal. - En cuanto estén llenos, para proceder a su vaciado y siempre dentro del

mismo día en que se ha producido el llenado. Para el Proyecto que nos ocupa, creemos que los RCDs que no puedan ser reutilizados o reciclados serán eliminados de la obra mediante un gestor de residuos autorizado. Este gestor recogerá en obra los contenedores de residuos para su tratamiento (traslado y entrega en instalaciones de reciclaje, en instalaciones de desperdicios o en depósitos controlados). En el momento de redacción del presente documento se desconoce el GESTOR AUTORIZADO ya que su elección dependerá del Contratista de la obra y por tanto, el destino final de los residuos. 11. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES EN RELACIÓN CON EL ALMACENAMIENTO, MANEJO Y SEPARACIÓN DE LOS RESIDUOS DENTRO DE LA OBRA Las siguientes prescripciones podrán modificarse y/o ampliarse con las que el técnico redactor considere oportunas durante la fase de ejecución. 1. Evacuación de residuos de construcción y demolición (RCDs). La evacuación de escombros, se podrá realizar de las siguientes formas:

- Apertura de huecos en forjados, coincidentes en vertical con el ancho de un entrevigado y longitud de 1’00 m a 1’50 m, distribuidos de tal forma que permitan la rápida evacuación de los mismos. Este sistema sólo podrá emplearse en edificios o restos de edificios con un máximo de dos plantas y cuando los escombros sean de tamaño manejable por una persona.

- Mediante grúa, cuando se disponga de un espacio para su instalación y zona para descarga del escombro.

- Mediante canales. El último tramo del canal se inclinará de modo que se reduzca la velocidad de salida del material y de forma que el extremo quede como máximo a 2’00 m por encima del suelo o de la plataforma del camión que realice el transporte. El canal no irá situado exteriormente en fachadas que den a la vía pública, salvo su tramo inclinado inferior, y su sección útil no será superior a 50 x 50 cm. Su embocadura superior estará protegida contra caídas accidentales.

- Lanzando libremente el escombro desde una altura máxima de dos plantas sobre el terreno, si se dispone de un espacio libre de lados no menores de 6’00 x 6’00 m.

- Por desescombrado mecanizado. La máquina se aproximará a la medianería como máximo la distancia que señale la documentación técnica, sin sobrepasar en ningún caso la distancia de 1’00 m y trabajando en dirección no perpendicular a la medianería.

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El espacio donde cae escombro estará acotado y vigilado. No se permitirán hogueras dentro del edificio, y las hogueras exteriores estarán protegidas del viento y vigiladas. En ningún caso se utilizará el fuego con propagación de llama como medio de demolición. Se protegerán los huecos abiertos de los forjados para vertido de escombros. Se señalizarán las zonas de recogida de escombros. El conducto de evacuación de escombros será preferiblemente de material plástico, perfectamente anclado, debiendo contar en cada planta de una boca de carga dotada de faldas. El final del conducto deberá quedar siempre por debajo de la línea de carga máxima del contenedor. El contenedor deberá cubrirse siempre por una lona o plástico para evitar la propagación del polvo. Durante los trabajos de carga de escombros se prohibirá el acceso y permanencia de operarios en las zonas de influencia de las máquinas (palas cargadoras, camiones, etc...) Nunca los escombros sobrepasarán los cierres laterales del receptáculo (contenedor o caja del camión), debiéndose cubrir por una lona o toldo o, en su defecto, se regarán para evitar propagación del polvo en su desplazamiento hacia vertedero. 2. Carga y transporte de RCDs. Toda la maquinaria para el movimiento y transporte de tierras y escombros (camión volquete, pala cargadora, dumper, etc…), serán manejadas por personal perfectamente adiestrado y cualificado. Nunca se utilizará esta maquinaria por encima de sus posibilidades. Se revisarán y mantendrían de forma adecuada. Con condiciones climatológicas adversas se extremará la precaución y se limitará su utilización y, en caso necesario, se prohibirá su uso. Si existen líneas eléctricas se eliminarán o protegerán para evitar entrar en contacto con ellas. Antes de iniciar una maniobra o movimiento imprevisto deberá avisarse con una señal acústica. Ningún operario deberá permanecer en la zona de acción de las máquinas y de la carga. Solamente los conductores de camión podrán permanecer en el interior de la cabina si ésta dispone de visera de protección. Nunca se sobrepasará la carga máxima de los vehículos ni los laterales de cierre. La carga, en caso necesario, se asegurará para que no pueda desprenderse

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durante el transporte. Se señalizarán las zonas de acceso, recorrido y vertido. El ascenso o descenso de las cabinas se realizará utilizando los peldaños y asideros de que disponen las máquinas. Éstos se mantendrán limpios de barro, grasa u otros elementos que los hagan resbaladizos. En el uso de palas cargadoras, además de las medidas reseñadas se tendrá en cuenta:

- El desplazamiento se efectuará con la cuchara lo más baja posible. - No se transportarán ni izarán personas mediante la cuchara. - Al finalizar el trabajo la cuchara deber apoyar en el suelo.

En el caso de dumper se tendrá en cuenta:

- Estarán dotados de cabina antivuelco o, en su defecto, de barra antivuelco. El conductor usará cinturón de seguridad.

- No se sobrecargará el cubilote de forma que impida la visibilidad ni que la carga sobresalga lateralmente.

- Para transporte de masas, el cubilote tendrá una señal de llenado máximo.

- No se transportarán operarios en el dumper, ni mucho menos en el cubilote.

- En caso de fuertes pendientes, el descenso se hará marcha atrás. Se organizará el tráfico determinando zonas de trabajo y vías recirculación. Cuando en las proximidades de una excavación existan tendidos eléctricos con los hilos desnudos, se deberá tomar alguna de las siguientes medidas:

- Desvío de la línea. - Corte de la corriente eléctrica. - Protección de la zona mediante apantallados. - Se guardarán las máquinas y vehículos a una distancia de seguridad

determinada en función de la carga eléctrica. En caso de que la operación de descarga sea para la formación de terraplenes, será necesario el auxilio de una persona experta para evitar que al acercarse el camión al borde del terraplén, éste falle o que el vehículo pueda volcar. Por ello es conveniente la colocación de topes, a una distancia igual a la altura del terraplén y, como mínimo, 2’00 m. Se acotará la zona de acción de cada máquina en su tajo. Cuando sea marcha atrás o el conductor esté falto de visibilidad, estará auxiliado por otro operario en el exterior del vehículo. Se extremarán estas precauciones cuando el vehículo o máquina cambie de tajo y/o se entrecrucen itinerarios. En la operación de vertido de materiales con camiones, un auxiliar se encargará de dirigir la maniobra con objeto de evitar atropellos a personas y colisiones con otros vehículos.

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Para transportes de tierras situadas a niveles inferiores a lacota 0, el ancho mínimo de la rampa será de 4’50 m, en ensanchándose en las curvas, y sus pendientes no serán mayores del 12% o del 8%, según se trate de tramos rectos o curvos respectivamente. En cualquier caso, se tendrá en cuenta la maniobrabilidad de los vehículos utilizados. Los vehículos de carga, antes de salir a la vía pública, contarán con un tramo horizontal de terreno consistente, de longitud no menor a vez y media la separación entre ejes, ni inferior a 6’00 m. Las rampas para el movimiento de camiones y/o máquinas conservarán el talud lateral que exija el terreno. La carga, tanto manual como mecánica, se realizará por los laterales del camión o por la parte trasera. Si se carga el camión por medios mecánicos, la pala a no pasará por encima de la cabina. Cuando sea imprescindible que un vehículo de carga, durante o después del vaciado, se acerque al borde del mismo, se dispondrán topes de seguridad, comprobándose previamente la resistencia del terreno al peso del mismo. 3. Almacenamiento de RCDs. Para los caballeros o depósitos de tierras en obra se tendrá en cuenta lo siguiente:

- El material vertido en caballeros no se podrá colocar de forma que represente un peligro para construcciones existentes, por presión directa o por sobrecarga sobre el terreno contiguo.

- Deberán tener forma regular. - Deberán situarse en los lugares que al efecto señale la dirección

facultativa, y se cuidará de evitar arrastres hacia la zona de excavación o las obras de desagüe y no obstaculizará las zonas de circulación.

No se acumularán terrenos de excavación junto al borde del vaciado, separándose del mismo una distancia igual o mayor a dos veces la profundidad del vaciado. Cuando el terreno excavado pueda transmitir enfermedades contagiosas, se desinfectará antes de su transporte y no podrá utilizarse, en este caso, como terreno de préstamo, debiendo el personal que lo manipula estar equipado adecuadamente. Los acopios de cada tipo de material se formarán y explotarán de forma que se evite su segregación y contaminación, evitándose una exposición prolongada del material a la intemperie, formando los acopios sobre superficies no contaminantes y evitando las mezclas de materiales de distintos tipos. Si se prevé la separación de residuos en obra, éstos se almacenarán, hasta su transporte a planta de valorización, en contenedores adecuados, debidamente protegidos y señalizados. El responsable de obra adoptará las medidas necesarias para evitar el depósito de residuos ajenos a la obra.

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12. VALORACIÓN ECONÓMICA DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS La gestión de los residuos tiene un coste económico que fundamentalmente aparece determinado por los costes de la valorización y deposición de los residuos. Los residuos destinados al abandono deben librarse a un gestor autorizado, al que se ha de abonar el coste de gestión. El COSTE TOTAL es el resultado de la suma de los costes de la separación y recogida selectiva en el lugar en que se producen más los costes de gestión debidos a la valorización y deposición de los residuos incluido el transporte. En general, la distancia desde la obra en que se producen los residuos hasta la instalación donde se efectuarán estas operaciones y las posibilidades reales de valorización de los residuos serán determinantes en el coste total de la gestión. No obstante, el análisis completo de los costes de gestión de los residuos debería tener en cuenta los costes indirectos que se originan si los residuos no se reutilizan en la propia obra. En este caso se deberá contar igualmente que el coste verdadero de la deposición de los residuos debe incluir la suma de:

- El precio de compra y transporte de los nuevos materiales que se utilizarán en lugar de los residuos despreciados.

- El coste de almacenaje, transporte y evacuación de los residuos.

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* El peso de las tierras y pétreos no contaminados de le excavación de la obra se ha calculado con los datos de extracción previstos en Proyecto (peso = volumen x densidad). Las tierras de excavación pueden no considerarse si no están contaminadas ya que distorsionan mucho las cantidades que se obtienen y normalmente si las tierras son reutilizadas en la misma obra, en una obra distinta o en una actividad de restauración, acondicionamiento o relleno siempre que así se establezca en el Estudio de Gestión que realicemos, en cuyo caso, no se consideran RCD y no se considerarán en el cálculo (art. 3 del RD 105/2008). ** Se han indicado los costes de gestión según Banco de Precios consultados. En caso se disponga de información, tomar de Ordenanza Municipal o tasas aplicadas por el Gestor Autorizado en zona de actuación. El poseedor de residuos será quién aplicará los precios reales en el Plan de Gestión. *** Estos costes dependerán en gran medida del modo de contratación y los precios finales conseguidos, con lo cual, la mejor opción sería la ESTIMACIÓN de un % para el resto de costes de gestión, de carácter totalmente ORIENTATIVO (dependerá de cada caso particular y del tipo de proyecto: obra civil, obra nueva, rehabilitación, derribo,...). Se incluirán aquí partidas tales como: alquileres y portes (de contenedores, recipientes,...); maquinaria y mano de obra (para preparación selectiva de residuos, realización de zonas de lavado de canaletas...), medios auxiliares (sacas, bidones, estructura de residuos peligrosos...). SE PUEDE ESTIMAR ESTE PORCENTAJE EN UN 0’10 – 0’20 % DEL PRESUPUESTO DE LA OBRA. **** Se incluirá como capítulo independiente en el presupuesto general del proyecto. En base a las cantidades reflejadas, el coste estimado de la gestión de los residuos generados en la obra asciende a la cantidad de ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS DE EURO (11.649’87 €).

El Puerto de Santa María, marzo de 2010 Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María El Productor de Residuos CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P. José Luís Carrasco Blázquez Arquitecto

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Page 195: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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El edificio se ha proyectado para que cumpla todos los requisitos necesarios para que no se produzcan daños que tengan su origen en la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga o cualquier otro elemento estructural, ni afecten a éstos, frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto, garantizándose así la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio La justificación de este DB se realiza conjuntamente con los apartados de MEMORIA CALCULO DE CIMENTACIÓN y MEMORIA CALCULO DE ESTRUCTURA del Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, de la presente memoria. 1. PRESCRIPCIONES APLICABLES CONJUNTAMENTE CON DB-SE Las normas que se han seguido para el cálculo de la estructura han sido:

• DB SE (Seguridad Estructural) del CTE, conjuntamente con:

DB SE-AE: Seguridad Estructural. Acciones en la edificación. DB SE-C: Seguridad Estructural. Cimentaciones.

Este DB establece los principios y los requisitos relativos a la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio, así como la aptitud al servicio, incluyendo su durabilidad. Describe las bases y los principios para el cálculo de las mismas. La ejecución, la utilización, la inspección y el mantenimiento se tratan en la medida en la que afectan a la elaboración del proyecto.

• Instrucción de hormigón estructural EHE-08. Real Decreto 1247/2008, de 18

de julio. • NCSE-02: Norma de Construcción Sismorresistente.

Se tiene también en cuenta el cumplimiento del DB SI-6. Resistencia al fuego de la estructura del CTE, desarrollado en el apartado de justificación correspondiente de esta memoria. 2. ANÁLISIS ESTRUCTURAL Y DIMENSIONADO 2.1. Proceso La comprobación estructural de un edificio requiere:

- Determinar las situaciones de dimensionado que resulten determinantes. - Establecer las acciones que deben tenerse en cuenta y los modelos

adecuados para la estructura. - Realizar el análisis estructural, adoptando métodos de cálculo adecuados a

cada problema. - Verificar que, para las situaciones de dimensionado correspondientes, no se

sobrepasan los estados límite.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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En las verificaciones se tendrán en cuenta los efectos del paso del tiempo (acciones químicas, físicas y biológicas; acciones variables repetidas) que pueden incidir en la capacidad portante o en la aptitud al servicio, en concordancia con el periodo de servicio. Las situaciones de dimensionado deben englobar todas las condiciones y circunstancias previsibles durante la ejecución y la utilización de la obra, teniendo en cuenta la diferente probabilidad de cada una. Para cada situación de dimensionado, se determinarán las combinaciones de acciones que deban considerarse. 2.2. Situaciones de dimensionado Las situaciones de dimensionado se clasifican en:

- Persistentes, que se refieren a las condiciones normales de uso. - Transitorias, que se refieren a unas condiciones aplicables durante un

tiempo limitado (no se incluyen las acciones accidentales). - Extraordinarias, que se refieren a unas condiciones excepcionales en las

que se puede encontrar, o a las que puede estar expuesto el edificio (acciones accidentales).

2.3. Periodo de servicio 50 años. 2.4. Método de comprobación Estados límites. 2.5. Definición estado límite Situaciones que de ser superadas, puede considerarse que el edificio no cumple con alguno de los requisitos estructurales para los que ha sido concebido. 2.6. Resistencia y estabilidad ESTADOS LIMITE ULTIMOS: Los estados límite últimos son los que, de ser superados, constituyen un riesgo para las personas, ya sea porque producen una puesta fuera de servicio del edificio o el colapso total o parcial del mismo. Como ESTADOS LÍMITE ÚLTIMOS deben considerarse los debidos a:

- pérdida del equilibrio del edificio, o de una parte estructuralmente independiente, considerado como un cuerpo rígido.

- fallo por deformación excesiva, transformación de la estructura o de parte de ella en un mecanismo, rotura de sus elementos estructurales (incluidos los apoyos y la cimentación) o de sus uniones, o inestabilidad de

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elementos estructurales incluyendo los originados por efectos dependientes del tiempo (corrosión, fatiga).

2.7. Aptitud de servicio ESTADOS LÍMITE DE SERVICIO: Los ESTADOS LÍMITE DE SERVICIO son los que, de ser superados, afectan al confort y al bienestar de los usuarios o de terceras personas, al correcto funcionamiento de del edificio o a la apariencia de la construcción. Los estados límite de servicio pueden ser reversibles e irreversibles. La reversibilidad se refiere a las consecuencias que excedan los límites especificados como admisibles, una vez desaparecidas las acciones que las han producido. Como estados límite de servicio deben considerarse los relativos a:

- las deformaciones (flechas, asientos o desplomes) que afecten a la apariencia de la obra, al confort de los usuarios, o al funcionamiento de equipos e instalaciones.

- las vibraciones que causen una falta de confort de las personas, o que afecten a la funcionalidad de la obra.

- los daños o el deterioro que pueden afectar desfavorablemente a la apariencia, a la durabilidad o a la funcionalidad de la obra.

3. ACCIONES 3.1. Clasificación de las acciones

• Permanentes (G): aquellas que actúan en todo instante, con posición constante y valor constante (pesos propios) o con variación despreciable: acciones reológicas.

• Variables (Q): aquellas que pueden actuar o no sobre el edificio: uso y acciones climáticas.

• Accidentales: aquella cuya probabilidad de ocurrencia es pequeña pero de gran importancia.

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Peso Propio de la estructura:

Corresponde generalmente a los elementos de hormigón armado, calculados a partir de su sección bruta y multiplicados por 25 (peso específico del hormigón armado) en pilares, paredes y vigas. En losas macizas será el canto h (cm) x 25 kN/m3.

Cargas Muertas: Se estiman uniformemente repartidas en la planta. Son elementos tales como el pavimento y la tabiquería (aunque esta última podría considerarse una carga variable, sí su posición o presencia varía a lo largo del tiempo).

Acciones Permanentes

(G): Peso propio de tabiques pesados y muros de cerramiento:

Éstos se consideran al margen de la sobrecarga de tabiquería. En el anejo C del DB-SE-AE se incluyen los pesos de algunos materiales y productos. El pretensado se regirá por lo establecido en la Instrucción EHE. Las acciones del terreno se tratarán de acuerdo con lo establecido en DB-SE-C.

La sobrecarga de uso:

Se adoptarán los valores de la tabla 3.1. Los equipos pesados no están cubiertos por los valores indicados. Las fuerzas sobre las barandillas y elementos divisorios: Se considera una sobrecarga lineal de 2 kN/m en los balcones volados de toda clase de edificios.

Las acciones climáticas:

El viento: Las disposiciones de este documento no son de aplicación en los edificios situados en altitudes superiores a 2.000 m. En general, las estructuras habituales de edificación no son sensibles a los efectos dinámicos del viento y podrán despreciarse estos efectos en edificios cuya esbeltez máxima (relación altura y anchura del edificio) sea menor que 6. En los casos especiales de estructuras sensibles al viento será necesario efectuar un análisis dinámico detallado. La presión dinámica del viento Qb = 0’50 x δ x Vb2. La velocidad del viento se obtiene del anejo E. Los coeficientes de presión exterior e interior se encuentran en el Anejo D. La temperatura: En estructuras habituales de hormigón estructural o metálicas formadas por pilares y vigas, pueden no considerarse las acciones térmicas cuando se dispongan de juntas de dilatación a una distancia máxima de 40 metros La nieve: Este documento no es de aplicación a edificios situados en lugares que se encuentren en altitudes superiores a las indicadas en la tabla 3.11. En cualquier caso, incluso en localidades en las que el valor característico de la carga de nieve sobre un terreno horizontal Sk = 0 se adoptará una sobrecarga no menor de 0’20 Kn/m2

Acciones Variables

(Q):

Las acciones químicas, físicas y biológicas:

Las acciones químicas que pueden causar la corrosión de los elementos de acero se pueden caracterizar mediante la velocidad de corrosión que se refiere a la pérdida de acero por unidad de superficie del elemento afectado y por unidad de tiempo. La velocidad de corrosión depende de parámetros ambientales tales como la disponibilidad del agente agresivo necesario para que se active el proceso de la corrosión, la temperatura, la humedad relativa, el viento o la radiación solar, pero también de las características del acero y del tratamiento de sus superficies, así como de la geometría de la estructura y de sus detalles constructivos. El sistema de protección de las estructuras de acero se regirá por el DB-SE-A. En cuanto a las estructuras de hormigón estructural se regirán por el Art.3.4.2 del DB-SE-AE.

Acciones accidentales

(A):

Los impactos, las explosiones, el sismo, el fuego.

Las acciones debidas al sismo están definidas en la Norma de Construcción Sismorresistente NCSE-02. En este documento básico solamente se recogen los impactos de los vehículos en los edificios, por lo que solo representan las acciones sobre las estructuras portantes. Los valores de cálculo de las fuerzas estáticas equivalentes al impacto de vehículos están reflejados en la tabla 4.1.

3.2. Valores característicos de las acciones

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Los valores característicos de las acciones se recogen y detallan en el apartado de MEMORIA CALCULO DE ESTRUCTURA del Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, de la presente memoria. 3.3. Datos geométricos de la estructura La definición geométrica de la estructura se refleja en los planos correspondientes del presente Proyecto. 3.4. Características de los materiales Las características de los materiales se recogen y detallan en los apartados de MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION y MEMORIA CALCULO DE ESTRUCTURA del Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, de la presente memoria. 3.5. Modelo análisis estructural Se realiza un cálculo espacial en tres dimensiones por métodos matriciales de rigidez, formando las barras los elementos que definen la estructura: muros, pilares, vigas, brochales y viguetas. Se establece la compatibilidad de deformación en todos los nudos considerando 6 grados de libertad y se crea la hipótesis de indeformabilidad del plano de cada planta, para simular el comportamiento del forjado, impidiendo los desplazamientos relativos entre nudos del mismo. A los efectos de obtención de solicitaciones y desplazamientos, para todos los estados de carga se realiza un cálculo estático y se supone un comportamiento lineal de los materiales, por tanto, un cálculo en primer orden. 4. RECONOCIMIENTO DEL TERRENO. ESTUDIO GEOTECNICO (DB SE-C) Conforme al DB SE-C, apartado 3.1: El ESTUDIO GEOTÉCNICO es el compendio de información cuantificada en cuanto a las características del terreno en relación con el tipo de edificio previsto y el entorno donde se ubica, que es necesaria para proceder al análisis y dimensionado de los cimientos de éste u otras obras. Las características del terreno de apoyo se determinarán mediante una serie de actividades que en su conjunto se denomina reconocimiento del terreno y cuyos resultados quedarán reflejados en el estudio geotécnico. El reconocimiento del terreno, que se fijará en el ESTUDIO GEOTÉCNICO en cuanto a su intensidad y alcance, dependerá de la información previa del plan de actuación urbanística, de la extensión del área a reconocer, de la complejidad del terreno y de la importancia de la edificación prevista. Salvo justificación el reconocimiento no podrá ser inferior al establecido en este DB.

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Para la realización del estudio deben recabarse todos los datos en relación con las peculiaridades y problemas del emplazamiento, inestabilidad, deslizamientos, uso conflictivo previo tales como hornos, huertas o vertederos, obstáculos enterrados, configuración constructiva y de cimentación de las construcciones limítrofes, la información disponible sobre el agua freática y pluviometría, antecedentes planimétricos del desarrollo urbano y, en su caso, sismicidad del municipio, de acuerdo con la Norma de Construcción Sismorresistente NCSE vigente. Dado que las conclusiones del ESTUDIO GEOTÉCNICO pueden afectar al proyecto en cuanto a la concepción estructural del edificio, tipo y cota de los cimientos, se debe acometer en la fase inicial de proyecto y en cualquier caso antes de que la estructura esté totalmente dimensionada. La autoría del ESTUDIO GEOTÉCNICO corresponderá al proyectista, a otro técnico competente o, en su caso, al Director de Obra y contará con el preceptivo visado colegial. Para la programación del reconocimiento del terreno se deben tener en cuenta todos los datos relevantes de la parcela, tanto los topográficos o urbanísticos y generales del edificio, como los datos previos de reconocimientos y estudios de la misma parcela o parcelas limítrofes si existen, y los generales de la zona realizados en la fase de planeamiento o urbanización. Para el Proyecto que nos ocupa, el alcance del reconocimiento del terreno se realizará a partir de los siguientes parámetros (estimados según tipo de terreno): Tipo de construcción: C-0 C-1 C-2 C-3 C-4 Nota: C-0: Construcciones de menos de 4 plantas y superficie construida inferior a 300 m2. C-1: Otras construcciones de menos de 4 plantas. C-2: Construcciones entre 4 y 10 plantas. C-3: Construcciones entre 11 a 20 plantas. C-4: Conjuntos monumentales o singulares, o de más de 20 plantas. Grupo de terreno (estimado): T-1 T-2 T-3 Nota: T-1 Terrenos favorables: aquellos con poca variabilidad, y en los que la práctica habitual en la zona es de cimentación directa mediante elementos aislados. T-2 Terrenos intermedios: los que presentan variabilidad, o que en la zona no siempre se recurre a la misma solución de cimentación, o en los que se puede suponer que tienen rellenos antrópicos de cierta relevancia, aunque probablemente no superen los 3’00 m. T-3 Terrenos desfavorables: los que no pueden clasificarse en ninguno de los tipos anteriores. De forma especial se considerarán en este grupo los siguientes terrenos: suelos expansivos, suelos colapsables, suelos blandos o sueltos, terrenos kársticos en yesos o calizas, terrenos variables en cuanto a composición y estado, rellenos antrópicos con espesores superiores a 3’00 m, terrenos en zonas susceptibles de sufrir deslizamientos, rocas volcánicas en coladas delgadas o con cavidades, terrenos con desnivel superior a 15º, suelos residuales y terrenos de marismas. Nº de puntos a reconocer (mínimo 3 puntos): Para C-0 y T-2 dmáx = 30 P =18

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Nota: Con carácter general el mínimo de puntos a reconocer será de tres. En la tabla 3.3 se recogen las distancias máximas dmáx entre puntos de reconocimiento que no se deben sobrepasar y las profundidades orientativas P bajo el nivel final de la excavación. La profundidad del reconocimiento en cada caso se fijará teniendo en cuenta el resto del articulado de este capítulo y el corte geotécnico del terreno. En el caso de que las distancias dmáx excedan las dimensiones de la superficie a reconocer del solar, deben disminuirse hasta que se cumpla con el número de puntos mínimos requeridos. Nº mínimo de sondeos mecánicos: Para C-0 y T-2 1 Porcentaje de sustitución por pruebas continuas de penetración: Para C-0 y T-2 66% Nota: En la tabla 3.4 se establece el número mínimo de sondeos mecánicos y el porcentaje del total de puntos de reconocimiento que pueden sustituirse por pruebas continuas de penetración cuando el número de sondeos mecánicos exceda el mínimo especificado en dicha tabla. Para la determinación del número necesario y las condiciones de realización de los ensayos de campo, toma de muestras, ensayos de laboratorio, etc…, se seguirán las indicaciones del DB SE-C. En el momento de redacción del presente Proyecto, no se cuenta con ESTUDIO GEOTÉCNICO, el cual, esta siendo redactado actualmente por laboratorio homologado. 5. VERIFICACIONES BASADAS EN COEFICIENTES PARCIALES En la verificación de los ESTADOS LÍMITE (estado más allá del que no se satisfacen los requisitos estructurales) mediante coeficientes parciales, para la determinación del efecto de las acciones, así como de la respuesta estructural, se utilizan los valores de cálculo de las variables, obtenidos a partir de sus valores característicos, u otros valores representativos, multiplicándolos o dividiéndolos por los correspondientes coeficientes parciales para las acciones y la resistencia, respectivamente. Los valores de cálculo no tienen en cuenta la influencia de errores humanos groseros. Estos deben evitarse mediante una dirección de obra, utilización, inspección y mantenimiento adecuados. 5.1. Verificación de la capacidad portante 1. Estabilidad Conforme al apartado 4.2.1 del DB SE, se considera que hay suficiente estabilidad del conjunto del edificio o de una parte independiente del mismo, si para todas las situaciones de dimensionado pertinentes, se cumple la siguiente condición:

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Ed,dst ≤ Ed,stb

Siendo: Ed,dst, valor de cálculo del efecto de las acciones desestabilizadoras. Ed,stb, valor de cálculo del efecto de las acciones estabilizadoras. 2. Resistencia de la estructura Se considera que hay suficiente resistencia de la estructura portante, de un elemento estructural, sección, punto o de una unión entre elementos, si para todas las situaciones de dimensionado pertinentes, se cumple la siguiente condición:

Ed ≤ Rd Siendo: Ed, valor de cálculo del efecto de las acciones. Rd, valor de cálculo de la resistencia correspondiente. 5.2. Verificación de la aptitud de servicio Conforme al apartado 4.3.1 del DB SE, se considera que hay un comportamiento adecuado, en relación con las deformaciones, las vibraciones o el deterioro, si se cumple, para las situaciones de dimensionado pertinentes, que el efecto de las acciones no alcanza el valor límite admisible establecido para dicho efecto. 6. COMBINACION DE ACCIONES 6.1. Respecto de la verificación de la capacidad portante (apartado 4.2.2 del DB SE) El valor de cálculo de las acciones correspondientes a una situación persistente o transitoria se ha obtenido de la siguiente expresión:

Es decir, considerando la actuación simultánea de:

a) todas las acciones permanentes, en valor de cálculo (γG · Gk), incluido el pretensado (γP · P).

b) una acción variable cualquiera, en valor de cálculo (γQ · Qk), debiendo adoptarse como tal una tras otra sucesivamente en distintos análisis.

c) el resto de las acciones variables, en valor de cálculo de combinación (γQ · ψ0 · Qk).

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Los valores de los coeficientes de seguridad, γ, se establecen en la tabla 4.1 para cada tipo de acción, atendiendo para comprobaciones de resistencia a si su efecto es desfavorable o favorable, considerada globalmente. Para comprobaciones de estabilidad, se diferenciará, aun dentro de la misma acción, la parte favorable (la estabilizadora), de la desfavorable (la desestabilizadora). Los valores de los coeficientes de simultaneidad, ψ, se establecen en la tabla 4.2. El valor de cálculo de las acciones correspondientes a una situación extraordinaria se ha obtenido de la siguiente expresión:

Es decir, considerando la actuación simultánea de:

a) todas las acciones permanentes, en valor de cálculo (γG · Gk), incluido el pretensado (γP · P).

b) una acción accidental cualquiera, en valor de cálculo (Ad), debiendo analizarse sucesivamente con cada una de ellas.

c) una acción variable, en valor de cálculo frecuente (γQ · ψ1 · Qk), debiendo adoptarse como tal, una tras otra sucesivamente en distintos análisis con cada acción accidental considerada.

d) el resto de las acciones variables, en valor de cálculo casi permanente (γQ · ψ2 · Qk).

En situación extraordinaria, todos los coeficientes de seguridad (γG, γP, γQ), son iguales a 0, si su efecto es favorable, o 1, si es desfavorable, en los términos anteriores. En los casos en los que la acción accidental sea la acción sísmica, todas las acciones variables concomitantes se tendrán en cuenta con su valor casi permanente, según la expresión:

6.2. Respecto de la verificación de la aptitud de servicio (apartado 4.3.2 del DB SE). Para cada situación de dimensionado y criterio considerado, los efectos de las acciones se determinarán a partir de la correspondiente combinación de acciones e influencias simultáneas, de acuerdo con los criterios que se establecen a continuación. Los efectos debidos a las acciones de corta duración que pueden resultar irreversibles, se determinan mediante combinaciones de acciones, del tipo denominado característica, a partir de la siguiente expresión:

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Es decir, considerando la actuación simultánea de:

a) todas las acciones permanentes, en valor característico (Gk). b) una acción variable cualquiera, en valor característico (Qk), debiendo

adoptarse como tal una tras otra sucesivamente en distintos análisis. c) el resto de las acciones variables, en valor de combinación (ψ0 · Qk).

Los efectos debidos a las acciones de corta duración que pueden resultar reversibles, se determinan mediante combinaciones de acciones, del tipo denominado frecuente, a partir de la expresión:

Es decir, considerando la actuación simultánea de:

a) todas las acciones permanentes, en valor característico (Gk). b) una acción variable cualquiera, en valor frecuente (ψ1 · Qk), debiendo

adoptarse como tal una tras otra sucesivamente en distintos análisis. c) el resto de las acciones variables, en valor casi permanente (ψ2 · Qk).

Los efectos debidos a las acciones de larga duración, se determinan mediante combinaciones de acciones, del tipo denominado casi permanente, a partir de la expresión:

Es decir:

a) todas las acciones permanentes, en valor característico (Gk). b) todas las acciones variables, en valor casi permanente (ψ2 · Qk).

7. METODOS DE CÁLCULO. PROGRAMA DE CÁLCULO Para la obtención de las solicitaciones y dimensionado de los elementos de cimentación y estructura, se ha dispuesto del programa informático CYPECAD, de la empresa CYPE INGENIEROS.

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INTRODUCCION 1. Objeto Este Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio. Las secciones de este DB se corresponden con las exigencias básicas SI 1 a SI 6. La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio". 2. Ámbito de aplicación Es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa ya que los dos edificios que se proyectan son de los incluidos en el ámbito general de aplicación del CTE. Se trata de dos edificios de las características ya descritas en apartados anteriores. El edificio CENTRO DE DIA se considera por similitud, perteneciente a USO PUBLICA CONCURRENCIA con zonas de USO ADMINISTRATIVO. En lo que respecta al edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, se considera perteneciente a USO RESIDENCIAL PUBLICO con zonas de USO ADMINISTRATIVO. La superficie construida del edificio CENTRO DE DIA es de 337’80 m2 (planta acceso). La superficie construida del edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL es de 603’20 m2 en planta acceso y 309’69 m2 en planta primera, con una superficie total de 912’89 m2. EXIGENCIA BÁSICA SI 1: PROPAGACIÓN INTERIOR (ARTÍCULO 11.1.) Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio. 1. Compartimentación en sectores de incendio 1. Los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio según las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de esta Sección. Las superficies máximas indicadas en dicha tabla para los sectores de incendio pueden duplicarse cuando estén protegidos con una instalación automática de extinción. 2. A los efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de riesgo especial, las escaleras y pasillos protegidos, los vestíbulos de independencia y las escaleras compartimentadas como sector de incendios, que estén contenidos en dicho sector no forman parte del mismo. El criterio de sectorización teóricamente será el siguiente:

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• La sectorización de zonas y/o dependencias de riesgo especial. • La sectorización de recintos en los que se desarrollen actividades distintas

del uso vivienda y con la densidad de ocupación elevada. • La sectorización general para limitar la superficie máxima sin sectorizar.

Edificio Centro de Día: De acuerdo con la Tabla 1.1, en pública concurrencia, la superficie construida de cada sector de incendio no debe exceder de 2.500 m2. En este caso, el edificio constituirá un solo sector de incendio al tener una superficie construida inferior a 2.500 m2. Edificio Centro de Emergencia Social: De acuerdo con la Tabla 1.1, en residencial público, la superficie construida de cada sector de incendio no debe exceder de 2.500 m2. Por otro, también se indica que toda habitación para alojamiento, así como todo oficio de planta cuya dimensión y uso previsto no obliguen a su clasificación como local de riesgo especial conforme a SI 1-2, debe tener paredes EI 60 y, en establecimientos cuya superficie construida exceda de 500 m2, puertas de acceso EI2 30-C5. El edificio constituirá en todo su conjunto un solo sector de incendio, al tener una superficie construida inferior a 2500 m2. Cabe mencionar que la planta acceso y primera al estar comunicadas entre si por escalera cuyas características permitirían considerarla como protegida, podrían formar un sector de incendio independiente al nivel de cada planta, no obstante, no se ha considerado. Las habitaciones de alojamiento de este edificio tendrán paredes EI 60 y puertas de acceso EI2 30-C5. 3. La resistencia al fuego de los elementos separadores de los sectores de incendio debe satisfacer las condiciones que se establecen en la tabla 1.2 de esta Sección. Como alternativa, cuando, conforme a lo establecido en la Sección SI 6, se haya adoptado el tiempo equivalente de exposición al fuego para los elementos estructurales, podrá adoptarse ese mismo tiempo para la resistencia al fuego que deben aportar los elementos separadores de los sectores de incendio.

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(1) Considerando la acción del fuego en el interior del sector, excepto en el caso de los sectores de riesgo mínimo, en los que únicamente es preciso considerarla desde el exterior del mismo. Un elemento delimitador de un sector de incendios puede precisar una resistencia al fuego diferente al considerar la acción del fuego por la cara opuesta, según cual sea la función del elemento por dicha cara: compartimentar una zona de riesgo especial, una escalera protegida, etc… (2) Como alternativa puede adoptarse el tiempo equivalente de exposición al fuego, determinado conforme a lo establecido en el apartado 2 del Anejo B del DB SI. (3) Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. Cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 del DB SI-2, en las que dicha resistencia debe ser REI. (4) La resistencia al fuego del suelo es función del uso al que esté destinada la zona existente en la planta inferior. Véase apartado 3 del DB SI-6. (5) EI 180 si la altura de evacuación del edificio es mayor que 28 m. (6) Resistencia al fuego exigible a las paredes que separan al aparcamiento de zonas de otro uso. En relación con el forjado de separación, ver nota (3). (7) EI 180 si es un aparcamiento robotizado. Según el RD 315/2005 “Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia al fuego”, la resistencia al fuego de los elementos constructivos se indica mediante las siguientes principales clases:

• R: Capacidad portante (resistance) • E: Integridad (integrity) • I: Aislamiento (insulation)

También contempla otras clases para algunos casos concretos como puertas:

• C: Cerramiento automático

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De la combinación de dichas clases resultan las siguientes clasificaciones de resistencia al fuego en función de lo que se exija al elemento constructivo:

• R(t): tiempo que cumple la resistencia mecánica o capacidad portante (p.e. pilares)

• E(t): tiempo que cumple la integridad al paso de las llamas y gases calientes (p.e. puerta de ascensor que comunica sectores de incendio diferentes)

• EI(t): tiempo que cumple la integridad al paso de las llamas y gases calientes y el aislamiento térmico (p.e. paredes no estructurales de separación entre viviendas o habitaciones de hotel)

• REI(t): tiempo que se cumple la resistencia mecánica, la estabilidad, la integridad al paso de las llamas y gases calientes y el aislamiento térmico (p.e. forjado de separación entre el aparcamiento y las viviendas)

Se trata de dos edificios aislados, constituyendo cada uno un solo sector de incendio. Las condiciones de resistencia al fuego serán las establecidas en el apartado en el DB SI-6. 4. Las escaleras y los ascensores que comuniquen sectores de incendio diferentes, o bien zonas de riesgo especial... Edificio Centro de día: No existen escaleras o ascensores que comuniquen sectores de incendio. Edificio Emergencia Social: Existe escalera y ascensor pero no comunican distintos sectores de incendio. 2. Locales y zonas de riesgo especial 1. Los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios se clasifican conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1. Los locales y las zonas así clasificados deben cumplir las condiciones que se establecen en la tabla 2.2.2.

(1) Las condiciones de reacción al fuego de los elementos constructivos se regulan en la tabla 4.1 del capítulo 4 de esta Sección. (2) El tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el establecido para la estructura portante del conjunto del edificio, de acuerdo con el apartado SI 6, excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras planta ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30. Excepto en los locales destinados a albergar instalaciones y equipos,

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puede adoptarse como alternativa el tiempo equivalente de exposición al fuego determinado conforme a lo establecido en el apartado 2 del Anejo B del DB SI. (3) Cuando el techo separe de una planta superior debe tener al menos la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. Cuando sea una cubierta no destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, no precisa tener una función de compartimentación de incendios, por lo que sólo debe aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 del DB SI-2, en las que dicha resistencia debe ser REI. (4) Considerando la acción del fuego en el interior del recinto. La resistencia al fuego del suelo es función del uso al que esté destinada la zona existente en la planta inferior. Véase apartado 3 del DB SI-6. (5) Las puertas de los locales de riesgo especial deben abrir hacia el exterior de los mismos. (6) El recorrido de evacuación por el interior de la zona de riesgo especial debe ser tenido en cuenta en el cómputo de la longitud los recorridos de evacuación hasta las salidas de planta. (7) Podrá aumentarse un 25% cuando la zona esté protegida con una Instalación automática de extinción. Según la tabla anterior, para cada uno de los edificios a priori pueden considerarse locales de riesgo especial los siguientes: Edificio Centro de Día: Lencería. Cuarto de limpieza. Residuos tóxicos. Residuos sólidos. Armario para cuadro de distribución principal de instalación electricidad (junto a cuarto de limpieza). A continuación analizaremos cada recinto, comprobando si definitivamente se consideran locales de riesgo especial: Lencería: Tiene una superficie de 12’57 m2, lo que arroja un volumen de 12’57 x 2’50 m2 = 31’42 m3. En este caso, para V < 100 m3 no se considera local de riesgo especial. Cuarto de limpieza: Tiene una superficie de 3’55 m2, lo que arroja un volumen de 3’55 x 2’50 m2 = 8’88 m3. En este caso, para V < 100 m3 no se considera local de riesgo especial. Residuos tóxicos y residuos sólidos: Ambos recintos, tienen una superficie superior a 5’00 m2. En este caso, para 5 < S ≤ 15 m2 local de riesgo bajo. Armario instalación electricidad: Siempre constituye local de riesgo bajo. Edificio Centro de Emergencia Social: Almacén vinculado a zona de elaboración. Lencería. Lavandería.

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Cuarto de limpieza. Cuarto técnico sin uso definido (junto a ascensor). Armario para cuadro de distribución principal de instalación electricidad (detrás de ascensor). Cuarto técnico para grupo de presión BIES (junto a lencería). A continuación analizaremos cada recinto, comprobando si definitivamente se consideran locales de riesgo especial: Almacén vinculado a zona de elaboración: Tiene una superficie de 8’51 m2, lo que arroja un volumen de 8’51 x 2’50 m2 = 21’28 m3. En este caso, para V < 100 m3 no se considera local de riesgo especial. Lencería: Tiene una superficie de 11’78 m2, lo que arroja un volumen de 11’78 x 2’50 m2 = 29’45 m3. En este caso, para V < 100 m3 no se considera local de riesgo especial. Lavandería: Tiene una superficie de 12’30 m2. En este caso, para S < 20 m2 no se considera local de riesgo bajo. Cuarto de limpieza: Tiene una superficie de 4’22 m2, lo que arroja un volumen de 4’22 x 2’50 m2 = 10’55 m3. En este caso, para V < 100 m3 no se considera local de riesgo especial. Cuarto técnicos y armarios instalación electricidad: En el caso de los armarios para electricidad, siempre constituyen local de riesgo bajo. En el caso de los cuartos técnicos, por similitud con otros cuartos técnicos y para quedarnos del lado de la seguridad, los consideraremos locales de riesgo especial. Según tabla 2.2, para los locales considerados de riesgo bajo se cumplirán las siguientes condiciones:

• Resistencia al fuego de la estructura portante: R 90 • Resistencia al fuego de las paredes que separan la zona del resto del

edificio: EI 90 • Resistencia al fuego de techos (la resistencia del suelo es función del uso

de la planta inferior) que separan la zona del resto del edificio: REI 90 • Puertas de comunicación con el resto del edificio: EI2 45–C5 • Máximo recorrido hasta alguna salida del local: ≤ 25 m

Para todos los locales de riesgo especial, tenemos: Locales para residuos: Estructura portante – estructura horizontal: La estructura de ambos edificios está constituida por elementos prefabricados de hormigón armado. La estructura portante está constituida por pilares de sección mínima 40x40 cm,

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revestidos exteriormente con panel visto de hormigón de 20 cm de espesor y trasdosado semidirecto de tabique de Pladur, con acabado pintado o alicatado según estancia. En el edificio Centro de Día, el techo (cubierta) estará resuelto con forjado de placas alveolares de canto a determinar según cálculos (espesor de 30 con 5 cm de capa de compresión) y ancho general previsto entre 1’00 m y 1’20 m, con revestimiento inferior de falso techo continuo de Pladur o similar y acabado superior de cubierta plana invertida con protección de capa de grava de 10 cm. En el caso del edificio Centro de Emergencia Social, el techo de planta acceso estará resuelto con forjado constituido por placas nervadas tipo TT de 2’50 m de anchura, con capa de compresión de las mismas características que en los forjados de placas alveolares, con revestimiento inferior de falso techo continuo de Pladur o similar y acabado superior de suelo flotante con aislamiento acústico y solería de gres antideslizante. El techo de planta primera (cubierta) estará resuelto del mismo modo pero con acabado superior de cubierta plana invertida con protección de capa de grava de 10 cm. El suelo está resuelto con losa de hormigón armado, de separación directamente con el terreno. No precisa de resistencia alguna. La justificación de la resistencia de los elementos estructurales se describe en el apartado de EXIGENCIA BÁSICA SI 6: RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA, de esta memoria. Paredes: En ambos edificios, de separación con el exterior (fachada), paneles prefabricados vistos de hormigón de 20 cm de espesor con aislamiento térmico-acústico intermedio de 5 cm de espesor, cámara de aire y trasdosado semidirecto de tabique de Pladur con placa especial resistente al fuego, acabado pintado, lo que supone como mínimo EI-120. Particiones interiores (separación con otros espacios del edificio), fabrica de bloques macizos de hormigón de 20 cm de espesor, con trasdosado semidirecto de tabique de Pladur por ambas caras, con placa especial resistente al fuego, acabado pintado, lo que supone como mínimo EI-120. Puertas: La puerta de separación con el resto del edificio será del tipo resistente al fuego para cumplir con la resistencia exigida. Máximo recorrido hasta alguna salida del local: Se cumple con la longitud máxima de evacuación hasta la salida del local (< 25’00 m). 2. Los locales destinados a albergar instalaciones y equipos regulados por reglamentos específicos, tales como transformadores, maquinaria de aparatos elevadores, calderas, depósitos de combustible, contadores de gas o electricidad, etc. se rigen, además, por las condiciones que se establecen en dichos reglamentos. Las condiciones de ventilación de los locales y de los equipos exigidas por dicha reglamentación deberán solucionarse de forma compatible con

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las condiciones de compartimentación establecidas en este DB. A los efectos de este DB se excluyen los equipos situados en las cubiertas de los edificios, aunque estén protegidos mediante elementos de cobertura. 3. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios 1. La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables debe tener continuidad en los espacios ocultos, tales como patinillos, cámaras, falsos techos, suelos elevados, etc., salvo cuando éstos estén compartimentados respecto de los primeros al menos con la misma resistencia al fuego, pudiendo reducirse ésta a la mitad en los registros para mantenimiento. 2. Se limita a tres plantas y a 10 m el desarrollo vertical de las cámaras no estancas en las que existan elementos cuya clase de reacción al fuego no sea B-s3-d2, BL-s3-d2 o mejor. 3. La resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se debe mantener en los puntos en los que dichos elementos son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc., excluidas las penetraciones cuya sección de paso no exceda de 50 cm2. Para ello puede optarse por una de las siguientes alternativas:

• Disponer un elemento que, en caso de incendio, obture automáticamente la sección de paso y garantice en dicho punto una resistencia al fuego al menos igual a la del elemento atravesado, por ejemplo, una compuerta cortafuegos automática EI t (i↔o) siendo t el tiempo de resistencia al fuego requerida al elemento de compartimentación atravesado, o un dispositivo intumescente de obturación.

• Elementos pasantes que aporten una resistencia al menos igual a la del elemento atravesado, por ejemplo, conductos de ventilación EI t (i↔o) siendo t el tiempo de resistencia al fuego requerida al elemento de compartimentación atravesado.

Cada edificio constituye un solo sector de incendio por lo que no existe paso de instalaciones entre distintos sectores. No obstante, si existen locales de riesgo especial y existen pasos de instalaciones a través de los elementos de compartimentación, clasificado como de riesgo especial bajo, se producirá el paso de conducciones de electricidad hacia los distintos puntos de suministro interior del edificio. Los puntos en los que las instalaciones descritas atraviesen suelos, paredes y techos que separen sectores de incendio o elementos que precisen de una compartimentación al fuego determinada, se interpondrán elementos que sellen el paso con material que aporte la resistencia al fuego requerida, salvo pasos inferiores a 50 cm2. 4. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario

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1. Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1 de esta sección.

En ambos edificios, dado que los revestimientos superan el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos y del conjunto de los suelos del recinto considerado, para el caso que nos ocupa la reacción al fuego de los mismos en función de la situación de los elementos constructivos según tabla 4.1 será la siguiente: Zonas ocupables: se corresponde con todo el interior de cada edificio Revestimiento de techos y paredes: C-s2, d0 Revestimiento de suelos: EFL Recintos de riesgo especial: ver recintos considerados según apartado 2 del SI-1 Revestimiento de techos y paredes: B-s1, d0 Revestimiento de suelos: BFL-s1 Espacios ocultos no estancos con instalaciones susceptibles de iniciar o propagar un incendio: falsos techos de cada edificio Revestimiento de techos y paredes: B-s3, d0 Revestimiento de suelos: BFL-s2 En suelos, techos y paredes se incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas indicadas sin recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al fuego será la que se indica, pero incorporando el subíndice. Además, en el caso de techos y paredes, se incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea EI 30 como mínimo. Las nuevas clases de reacción al fuego de los materiales (RD 312/2005 y norma UNE-EN 13501-1:2002. EUROCLASES) son A1, A2, B, C, D, E, F que se corresponden con las siguientes definiciones:

• A1: No Combustible. Sin contribución en grado máximo al fuego. • A2: No Combustible. Sin contribución en grado menor al fuego. • B: Combustible. Contribución muy limitada al fuego. • C: Combustible. Contribución limitada al fuego.

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• D: Combustible. Contribución media al fuego. • E: Combustible. Contribución alta al fuego. • F: Sin clasificar.

Asimismo, en los ensayos también cabe considerar las clasificaciones adicionales siguientes, que son de carácter obligatorio:

• s (smoke): Opacidad de los humos, con denominación s1, s2, s3, para baja, media o alta opacidad de humos.

• d (drop): Caída de gotas o partículas inflamadas, con denominación d0, d1, d2, para nula, media o alta caída de gotas o partículas inflamadas.

La clasificación no sólo depende del comportamiento ante el fuego de los materiales, sino también de la forma en que éstos se colocan sobre los soportes ya que los ensayos de un mismo material sobre diferentes aplicaciones finales pueden dar distintas clasificaciones. Consecuentemente, los materiales deben clasificarse según su aplicación final. La clasificación de los materiales para paredes y techos irán sin subíndice, para los suelos llevarán el subíndice FL (floor) y la de los productos lineales para aislamientos de tuberías llevarán el subíndice L (line). Los materiales se clasifican según la norma UNE 23727:1990 definiendo las diferentes clases según su capacidad de combustión. Los materiales de construcción y revestimientos del edificio (ver Capitulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA) serán en su mayoría piezas de arcilla cocida, pétreos, cerámicos, vidrios, morteros, hormigones y yesos, materiales de clase A1 y A1FL conforme al R.D. 312/2005 sin necesidad de ensayo. No obstante, en obra se hará un seguimiento de los materiales finalmente colocados para comprobar la necesidad de realizar ensayos y confirmar su clase de reacción al fuego. Para reacción al fuego no existen tablas que indiquen la clasificación de productos y que tengan validez a efectos de cumplimiento normativo. La clasificación, según las características de reacción al fuego o de resistencia al fuego, de los productos de construcción la tiene que justificar cada fabricante para su producto, bien mediante un certificado de ensayo por laboratorios acreditados por una entidad oficialmente reconocida conforme al Real Decreto 2200/1995 de 28 de Diciembre, modificado por el Real Decreto 411/1997 de 21 de Marzo o bien mediante marcado CE, si se trata de un producto que ya disponga de él. En general, las características de todo lo que proviene de la industria, de todo lo fabricado fuera de la obra, lo tiene que garantizar el fabricante. 2. Las condiciones de reacción al fuego de los componentes de las instalaciones eléctricas (cables, tubos, bandejas, regletas, armarios, etc...) se regulan en su reglamentación específica.

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Para los componentes eléctricos se tendrá en cuenta las condiciones de seguridad frente al fuego exigibles en el vigente REBT (ver apartado correspondiente de este Proyecto) ya que ambos edificios se consideran de pública concurrencia. 4. En los edificios y establecimientos de uso Pública Concurrencia, los elementos decorativos y de mobiliario cumplirán las siguientes condiciones:

a) Butacas y asientos fijos tapizados que formen parte del proyecto en cines, teatros, auditorios, salones de actos, etc.:

Pasan el ensayo según las normas siguientes:

- UNE-EN 1021-1:2006 “Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado - Parte 1: fuente de ignición: cigarrillo en combustión”.

- UNE-EN 1021-2:2006 “Valoración de la inflamabilidad del mobiliario tapizado - Parte 2: fuente de ignición: llama equivalente a una cerilla”.

b) Elementos textiles suspendidos, como telones, cortinas, cortinajes, etc,:

Clase 1 conforme a la norma UNE-EN 13773: 2003 “Textiles y productos textiles. Comportamiento al fuego. Cortinas y cortinajes. Esquema de clasificación”.

En ambos edificios, en las estancias destinadas a comedores estimamos no existirán asientos tapizados. En el caso de la sala de usos múltiples del edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, en el presente Proyecto se desconoce si existirán asientos tapizados. Queremos indicar que no es objeto de este Proyecto el amueblar las estancias indicadas, por lo tanto, tampoco se definen cortinas. En caso de que se instalen asientos tapizados y cortinas así como otros elementos de los indicados en este apartado, estos cumplirán las condiciones indicadas. De este deber se informara al Promotor. EXIGENCIA BÁSICA SI 2: PROPAGACIÓN EXTERIOR (ARTÍCULO 11.2.) Se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios. 1. Medianerías y fachadas 1. Los elementos verticales separadores de otro edificio deben ser al menos EI 120. Ambos edificios son aislados, por lo tanto, no existen elementos separadores de medianeria con otros edificios. Las fachadas se resuelven con paneles prefabricados vistos de hormigón de 20 cm de espesor con aislamiento térmico-acústico intermedio de 5 cm de espesor

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(de 15 cm de espesor en franja horizontal de huecos), cámara de aire y trasdosado semidirecto de tabique de Pladur, acabado pintado o alicatado según estancia, lo que supone como mínimo EI-120. 2. Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de la fachada entre dos sectores de incendio, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera protegida o pasillo protegido desde otras zonas, los puntos de ambas fachadas que no sean al menos EI 60 deben estar separados la distancia “d” en proyección horizontal que se indica a continuación, como mínimo, en función del ángulo α formado por los planos exteriores de dichas fachadas (véase figura 1.1). Para valores intermedios del ángulo “α”, la distancia d puede obtenerse por interpolación lineal. Cuando se trate de edificios diferentes y colindantes, los puntos de la fachada del edificio así considerado que no sean al menos EI-60 cumplirán el 50% de la distancia “d” hasta la bisectriz del ángulo formado por ambas fachadas.

Al tratarse de un solar con dos edificios aislados, la posibilidad de afección de un incendio por propagación exterior se puede dar entre los dos edificios. En este caso, no existen locales de riesgo especial alto, escalera o pasillos protegidos. Los puntos de cada edificio con < EI-60 se corresponden con huecos de puertas y ventanas, cumpliéndose las siguientes distancias de separación según posición:

• Con fachadas enfrentadas (0º) d = 3’00 m d proyectada = 6’00 m.

En lo que respecta a edificios pertenecientes a otros solares, la separación de ambos edificios respecto a linderos es superior a 3’00 m en todos los casos. 3. Con el fin de limitar el riesgo de propagación vertical del incendio por fachada entre... No existe riesgo de propagación vertical del incendio por fachadas conforme a las características de cada edificio y su sectorización. 4. La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupen más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas que dichas fachadas puedan tener, será B-s3,d2 hasta una altura de 3’50 m como mínimo, en aquellas fachadas cuyo arranque inferior sea accesible al público, desde la rasante exterior o desde una cubierta y en toda la altura de la fachada cuando esta exceda de 18 m, con independencia de donde se encuentre su arranque. El revestimiento del arranque de las fachadas que son accesibles al público cumple con la clase de reacción al fuego exigida (panel de hormigón visto).

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2. Cubiertas 1. Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta, ya sea entre dos edificios colindantes, ya sea en un mismo edificio, esta tendrá una resistencia al fuego REI 60, como mínimo, en una franja de 0’50 m de anchura medida desde el edificio colindante, así como en una franja de 1’00 m de anchura situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto. Como alternativa a la condición anterior puede optarse por prolongar la medianería o el elemento compartimentador 0’60 m por encima del acabado de la cubierta. No existe riesgo de propagación exterior del incendio por las cubiertas de ambos edificios conforme a las características de los mismos y su sectorización. De acuerdo con las características estructurales y constructivas de las cubiertas, la misma alcanza un valor mínimo de resistencia REI 60. 2 En el encuentro entre una cubierta y una fachada que pertenezcan a sectores de incendio o a edificios diferentes... No existe este encuentro. 3. Los materiales que ocupen más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las zonas de cubierta situadas a menos de 5 m de distancia de la proyección vertical de cualquier zona de fachada, del mismo o de otro edificio, cuya resistencia al fuego no sea al menos EI 60, incluida la cara superior de los voladizos cuyo saliente exceda de 1 m, así como los lucernarios, claraboyas y cualquier otro elemento de iluminación o ventilación, deben pertenecer a la clase de reacción al fuego BROOF (t1). Los materiales de acabado de las cubiertas cumplirán con la clase de reacción al fuego exigida. Respecto a las cubiertas y sus recubrimientos, las clases de reacción ante un fuego exterior son: BROOF (t1), FROOF (t1), BROOF (t2), FROOF (t2), BROOF (t3), CROOF (t3), DROOF (t3), FROOF (t3). La clase Broof (t1) indica la respuesta de una cubierta ante la caída de elementos ardiendo sobre ella. EXIGENCIA BÁSICA SI 3: EVACUACIÓN DE OCUPANTES (ARTÍCULO 11.3.) El edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad. 1. Compatibilidad de los elementos de evacuación

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No es de aplicación. 2. Calculo de la ocupación 1. Para calcular la ocupación deben tomarse los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 en función de la superficie útil de cada zona, salvo cuando sea previsible una ocupación mayor o bien cuando sea exigible una ocupación menor en aplicación de alguna disposición legal de obligado cumplimiento, como puede ser en el caso de establecimientos hoteleros, docentes, hospitales, etc. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar los valores correspondientes a los que sean más asimilables. 2. A efectos de determinar la ocupación, se debe tener en cuenta el carácter simultáneo o alternativo de las diferentes zonas de un edificio, considerando el régimen de actividad y de uso previsto para el mismo. Consideraremos la siguiente ocupación de acuerdo con las características del edificio y sus dependencias, así como las posibles utilizaciones especiales y circunstancias de determinadas zonas y recintos. Por otro lado, determinaremos las zonas de ocupación nula que son aquellas en las que la presencia de personas es ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc. No se consideran a efectos de la determinación del número de ocupantes. Edificio Centro de día: Recintos de ocupación nula consideramos: - Residuos tóxicos. - Residuos sólidos. - Cuarto de limpieza. - Lencería. En el Centro de Día la ocupación está limitada por el promotor a 30 personas más el personal del edificio. Por ello para el cálculo se anula la ocupación de algunos espacios debido a la simultaneidad. Es decir, si el promotor no permite que haya en el edificio más de 30 personas, estas pueden repartirse entre los distintos espacios, pero no podrán estar todos los espacios en su situación de máxima ocupación. De este modo asumimos la ocupación en la sala de usos múltiples, si todos están allí no existirá ocupación en aseos, sala de estar, distribuidores, etc. A esto sumamos el personal del edificio (administración, dirección, sala de diagnóstico –ésta la consideramos completa suponiendo incluso el paciente atendido, el cual según la hipótesis estaría en la sala de usos múltiples-, y el vestíbulo. Este último lo consideramos como margen de seguridad). Así, se adjunta a continuación una tabla con los recintos considerados, la ocupación que se estima por espacios, y la ocupación adaptada considerando la

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simultaneidad obligatoria debido al límite de ocupación establecido por el Excmo Ayuntamiento de El Puerto de Santa María:

La ocupación total prevista para el Centro de Día es de 51 personas. Edificio Centro de Emergencia Social: Recintos de ocupación nula consideramos: - Cuarto técnico (junto ascensor). - Cuarto técnico (junto a lencería). - Cámara (junto zona elaboración). - Almacén (junto zona elaboración). - Preparación (junto zona elaboración). - Cuarto de limpieza. - Lencería. - Lavandería. Se deben hacer algunas observaciones en lo relativo a la planta primera. Esta es de acceso privativo, sólo deben acceder a ellas las personas que la habitan, por ello la ocupación debe corresponderse con los usuarios máximos de los dormitorios (si estas personas están en el distribuidor no estarán en el dormitorio, por tanto al haber computado la ocupación de las habitaciones obviamos la de espacios distribuidores). No obstante, se considera ocupación de los aseos adicionalmente. En planta acceso por cálculo se obtiene una ocupación muy superior a la que se estima por parte del promotor que tenga el edificio, pero como a este edificio en esta planta pueden acceder personas que no se encuentran alojadas en él, se considerará toda la ocupación, exceptuando la zona de distribuidores que se consideran de uso excepcional (estarán ocupados por aquellas personas que esperen acceder a espacios continuos o salgan de ellos). En base a lo anterior, el cálculo de ocupación es:

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En el Centro de Emergencia la ocupación de la planta acceso es de 264 personas y en planta primera es de 47 personas. La ocupación total prevista para el Centro de Emergencia es de 311 personas. 3. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación 1. En la tabla 3.1 se indica el número de salidas que debe haber en cada caso, como mínimo, así como la longitud de los recorridos de evacuación hasta ellas.

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Edificio Centro de día: El plan de evacuación del edificio se plantea de la siguiente forma. • En planta acceso: evacuación a través de la puerta de salida a espacio exterior seguro perteneciente al solar donde el riesgo de incendio es irrelevante (no existirá riesgo de incendio). Edificio Centro de Emergencia Social: El plan de evacuación del edificio se plantea de la siguiente forma: • En planta acceso: evacuación a través de la puerta de salida a espacio exterior seguro donde el riesgo de incendio es irrelevante perteneciente al solar (donde no existirá riesgo de incendio). Se podrá salir por la puerta de acceso principal o por las dos puertas de emergencias proyectadas para este fin (una en el comedor y otra en la sala de estar). • En planta primera: evacuación descendente por escalera normal abierta. Las condiciones de evacuación se determinarán teniendo en cuenta los siguientes puntos: • La ocupación prevista en todos los recintos, plantas o sectores, descartando las zonas de ocupación nula. • La asignación de ocupantes a las escaleras, en caso de que existan. • Asignación de ocupantes a las salidas. El origen de evacuación es todo punto ocupable de un edificio, exceptuando los del interior de las viviendas, y los de todo recinto o conjunto de ellos comunicados entre sí, en los que la densidad de ocupación no exceda de 1 persona/10 m² y cuya superficie total no exceda de 50 m², como pueden ser las habitaciones de hotel, residencia u hospital, los despachos de oficinas, etc… Los puntos ocupables de todos los locales de riesgo especial y los de las zonas de ocupación nula cuya superficie exceda de 50 m2 se consideran origen de evacuación y deben cumplir los límites que se establecen para la longitud de los recorridos de evacuación hasta las salidas de dichos espacios, cuando se trate de zonas de riesgo especial, y, en todo caso, hasta las salidas de planta, pero no es preciso tomarlos en consideración a efectos de determinar la altura de evacuación de un edificio o el número de ocupantes. La longitud de los recorridos por pasillos, escaleras y rampas, se medirá sobre el eje de los mismos. Los recorridos que tengan su origen en zonas habitables no pueden atravesar las zonas de riesgo especial definidas en el DB SI 1.2. En cambio, sí pueden atravesar aparcamientos, cuando se trate de los recorridos adicionales de evacuación que precisen dichas zonas y en ningún caso de los recorridos principales. En uso aparcamiento los recorridos de evacuación deben discurrir por las calles de circulación de vehículos o bien por itinerarios peatonales protegidos frente a la invasión de vehículos, conforme se establece en el apartado 3 del DB SU-7 del CTE.

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Salidas del edificio: Edificio Centro de día: La planta acceso es la planta de salida del edificio. De acuerdo con la Tabla 3.1, la planta de salida del edificio no necesitará más de una salida ya que su ocupación es inferior a 100 personas y la longitud del recorrido de evacuación más desfavorable hasta dicha salida es inferior a 50’00 m (se considera esta longitud en lugar de 25 m ya que la salida es directa a espacio al aire libre en el que el riesgo de incendio se considera irrelevante y se trata de un edificio de una planta). Edificio Centro de Emergencia Social: De acuerdo con la Tabla 3.1, la planta primera no necesitará más de una salida ya que su ocupación es menor a 100 personas, la longitud del recorrido de evacuación más desfavorable hasta la salida proyectada es inferior a 25’00 m y la altura de evacuación se produce desde una sola planta por encima de la planta de salida a del edificio. En planta primera, se considera salida de planta el inicio de la escalera, la cual, comunica directamente con la planta acceso del edificio, de salida directa al exterior. La planta acceso es la planta de salida del edificio y dispone de más de una salida ya que su ocupación es superior a 100 personas y la longitud del recorrido de evacuación más desfavorable hasta la puerta de acceso principal es superior a 25’00 m. Se dota por ello al edificio de dos salidas de emergencias adicionales. La longitud hasta una salida de planta no excede los 50m. 4. Dimensionado de los medios de evacuación 4.1. Criterios para la asignación de los ocupantes 1. Cuando en una zona, en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, considerando también como tales los puntos de paso obligado, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. 2. A efectos del cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre ellas, cuando existan varias, no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas, de las especialmente protegidas o de las compartimentadas como los sectores de incendio, existentes. En cambio, cuando existan deban existir varias escaleras y estas sean no protegidas y no compartimentadas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. 3. En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deberá añadirse a la salida de planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo deberá estimarse, o bien en 160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera, o bien en el número de personas que utiliza la escalera en el conjunto de las plantas, cuando este número de personas sea menor que 160A.

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4.2. Cálculo 1. El dimensionado de los elementos de evacuación debe realizarse conforme a lo que se indica en la tabla 4.1. La capacidad de evacuación de las escaleras en función de su anchura se determina según tabla 4.2. 2. A efectos del cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre ellas, cuando existan varias, no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas existentes. En cambio, cuando existan varias escaleras no protegidas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. 3. En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deberá añadirse a la salida de planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo deberá estimarse, o bien en 160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera, o bien en el número de personas que utiliza la escalera en el conjunto de las plantas, cuando este número de personas sea menor que 160A. Dimensionado de escaleras: En el edificio Centro de Emergencia Social, se proyecta escalera para evacuación descendente. Escalera normal (no protegida) para evacuación descendente: La escalera se determina conforme a la expresión: A ≥ P / 160 Siendo: A, la anchura del elemento; P, el número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. La anchura mínima es la que establece el de DB SU-1 en función del uso y de la ocupación. La ocupación de la planta primera del edificio es < 100 personas, en cuyo caso, tendrá una anchura mínima de 1’00 m. No obstante, de acuerdo con el Decreto 293/2009 sobre Accesibilidad de la Junta de Andalucía, la anchura mínima será de 1’20 m. De planta primera a planta acceso de salida de edificio: A ≥ P/160 = 51/160 = 0’64

Dimensión mínima = 1’20 m También se puede determinar la capacidad de la escalera en función de su anchura según Tabla 4.2. La comparación entre la capacidad de ocupantes según anchura y el número de ocupantes asignado nos permite determinar la suficiencia o insuficiencia de la escalera en cuestión, considerando una anchura proyectada de 1’20 m, se comprueba sobradamente su cumpliendo. Dimensionado de puertas y pasos: La anchura A de las puertas y pasos se determina conforme a la expresión: P/200 ≥ 0’80 m

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Siendo, P, el número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. La anchura de toda hoja de puerta no debe ser menor que 0’60 m, ni exceder de 1’23 m. Se estudian los casos más desfavorables de acuerdo con la ocupación prevista ya que en el resto de los recintos, las dimensiones de las puertas cumplen con las dimensiones mínimas ya que por ocupación no se precisa una dimensión mayor. Edificio Centro de Día: Puerta de salida de comedor: Ocupación recinto = 30 personas Número de salidas = 1 Hipótesis: 30 personas/1 salida = 30 personas A = 30/200 = 0’15 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de acceso al comedor doble hoja abatible de 0’70 cada una). Puerta de salida de sala de estar: Ocupación recinto = 44 personas (aunque el límite de usuarios externos es 30, podría haber personal del edificio). Número de salidas = 1 Hipótesis: 44 personas/1 salida = 44 personas A = 44/200 = 0’22 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de acceso a la sala de estar de doble hoja abatible de 0’70 cada una). Puerta de salida de edificio: Ocupación total edificio = 51 personas Número de salidas = 1 Hipótesis: 51 personas/1 salida = 51 personas A = 51/200 = 0’26 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de acceso principal = puerta de salida del edificio de doble hoja corredera automática de 0’90 cada una). Edificio Centro de Emergencia Social: Puerta de salida de comedor: Ocupación recinto = 60 personas Número de salidas = 2 Hipótesis más desfavorable: 1 puerta bloqueada: 60 personas/1 salida = 60 personas A = 60/200 = 0’30 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de acceso al comedor doble hoja abatible de 0’70 cada una y puerta de emergencia de ancho 0’90 cm). Puerta de salida de sala de estar: Ocupación recinto = 54 personas Número de salidas = 2 Hipótesis más desfavorable: 1 puerta bloqueada: 54 personas/1 salida = 54 personas A = 54/200 = 0’27 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de doble hoja abatible de 0’70 cada una y puerta de emergencia de ancho 0’90 cm). Puerta de salida de usos múltiples:

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Ocupación recinto = 58 personas Número de salidas = 1 Hipótesis: 58 personas/1 salida = 58 personas A = 58/200 = 0’29 m Anchura mínima = 0’80 m. Se cumple (puerta de doble hoja abatible de 0’70 cada una). Puerta de salida de edificio: Ocupación total edificio = 311 personas Número de salidas = 3 Hipótesis 1 (todas las salidas accesibles): 311 personas/3 salidas = 104 personas A = 104/200 = 0’52 m Anchura mínima = 0’80 m Hipótesis 2 (bloqueo de una de las salidas): 311 personas/2 salidas = 156 personas A = 76/200 = 0’78 m Anchura mínima = 0’80 m Hipótesis 3: más desfavorable: 2 puertas bloqueadas: 311 personas/1 salida = 311 personas A = 311/200 = 1’56 m Anchura mínima = 1’56 m. Se cumple (puerta de doble hoja corredera automática de 0’90 cada una, total: 1’80 m). Dimensionado de pasillos: La anchura P de los pasillos se determina conforme a la expresión: P/200 ≥ 1’00 m Siendo P el número total de personas cuyo paso está previsto por el punto cuya anchura se dimensiona. En pasillos previstos para 10 personas, como máximo, y estas sean usuarios habituales, la anchura mínima es 0’80 m. Edificio Centro de Día: Distribuidor principal: Ocupación total edificio = 51 personas Hipótesis: A = 51/200 = 0’26 m Dimensión mínima = 1’00 m De acuerdo con el Decreto 293/2009 de Accesibilidad, la anchura mínima debe ser 1’20 m. Se cumple (ancho proyectado 1’80 m). No existen otros pasillos o distribuidores. Edificio Centro de Emergencia Social: Distribuidor principal de planta acceso: Ocupación de planta primera = 311 personas Hipótesis: A = 311/200 = 1’56 m Dimensión mínima = 1’00 m Según Decreto 293/2009 de Accesibilidad = 1’20 m. Se cumple (ancho mínimo proyectado 1’60 m). El resto de los pasillos y distribuidores, calculados para la ocupación correspondiente tienen una anchura superior a la estrictamente necesaria según cálculos e igual al ancho mínimo (1’00 m). Estos pasillos no son accesibles al público, por lo que no deberán cumplir el Decreto 293/2009, por ejemplo: Distribuidor principal de planta primera:

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Ocupación de planta primera = 47 personas Hipótesis: A = 47/200 = 0’24 m Dimensión mínima = 1’00 m Esta planta no es accesible por lo que no es de obligado cumplimiento el Decreto 293/2009 de Accesibilidad. Se cumple el mínimo requerido (ancho proyectado 1’40 m y ancho de tramos de distribuidor perpendicular a este en los extremos del mismo es de 1’00 m). En el caso de los distribuidores privados para personal en la zona de catering, el mínimo requerido es de 0’80m por tener una ocupación inferior a 10 personas. 5. Protección de las escaleras 1. En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacuación. En edificio Centro de Emergencia Social, se proyecta escalera: Uso residencial público altura de evacuación descendente para BAJA + I planta

ESCALERA NO PROTEGIDA La escalera para evacuación descendente no necesita ser protegida. La ventilación del recinto de estas escaleras se efectúa de forma natural mediante ventana practicable al nivel de cada planta con una superficie de ventilación de al menos 1 m². 6. Puertas situadas en recorridos de evacuación 1. Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Las anteriores condiciones no son aplicables cuando se trate de puertas automáticas. 2. Se considera que satisfacen el anterior requisito funcional los dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador conforme a la norma UNE-EN 179:2008, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como, en caso contrario, cuando se trate de puertas con apertura en el sentido de la evacuación conforme al punto 3 siguiente, los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento conforme a la norma UNE EN 1125:2003 VC1. Las puertas de salida del edificio a espacio exterior seguro serán correderas automáticas. 3. Abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida:

- Prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos.

- Prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada.

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Para la determinación del número de personas que se indica en a) y b) se deberán tener en cuenta los criterios de asignación de los ocupantes establecidos en el apartado 4.1 de esta Sección. En edificio Centro de Día, de acuerdo con la ocupación total la puerta de salida del edificio no deberá abrir en el sentido de la evacuación, en el caso de que se proyecten abatibles. No obstante se proyectan correderas automáticas. En edificio Centro de Emergencia Social, de acuerdo con la ocupación total las puertas de salidas deberán abrir en el sentido de la evacuación, en el caso de que se proyecten abatibles, pero se consideran correderas automáticas. 7. Señalización de los medios de evacuación 1. Se utilizarán las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios:

a) Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén familiarizados con el edificio.

Cada edificio dispondrá de señales de SALIDA en:

- La salida general de cada edificio a espacio exterior seguro donde el riesgo de incendio es irrelevante.

- La salida de planta primera (edificio Centro de Emergencia Social).

- La salida de recintos con superficie útil superior a 50 m². b) La señal con el rótulo “Salida de emergencia” debe utilizarse en toda

salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia.

No existe ninguna salida de emergencia. c) Deben disponerse señales indicativas de dirección de los recorridos,

visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100 personas que acceda lateralmente a un pasillo.

Cada edificio dispondrá de señales indicativas de dirección de los recorridos de evacuación que deben seguirse desde todo origen de evacuación hasta un punto desde el que sea directamente visible la salida o la señal que la indica, cumpliendo con las normas UNE 23033 y UNE 23034.

d) En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc…

No se precisa.

e) En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan

inducir a error en la evacuación debe disponerse la señal con el rótulo “Sin salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas.

No se precisa.

f) Las señales se dispondrán de forma coherente con la asignación de

ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Sección.

g) El tamaño de las señales será:

• 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m.

• 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m.

• 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

El instalador de los medios de protección contra incendio, tendrá en cuenta el tamaño necesario para las señales según la posición de las mismas y su visibilidad.

2. Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes, deben cumplir lo establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003. A priori, se estima que las señales serán del tipo fotoluminiscentes. 8. Control del humo de incendio 1. En los casos que se indican a continuación se debe instalar un sistema de control del humo de incendio capaz de garantizar dicho control durante la evacuación de los ocupantes, de forma que ésta se pueda llevar a cabo en condiciones de seguridad:

a) Zonas de uso Aparcamiento que no tengan la consideración de aparcamiento abierto.

b) Establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia cuya ocupación exceda de 1000 personas.

No es de aplicación de acuerdo con la ocupación de ambos edificios.

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EXIGENCIA BÁSICA SI 4: INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (ARTÍCULO 11.4.) El edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuadas para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes. 1. Dotación de instalaciones de protección contra incendios 1. Los edificios deben disponer de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en la tabla 1.1. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento. Los locales de riesgo especial, así como aquellas zonas cuyo uso previsto sea diferente y subsidiario del principal del edificio o del establecimiento en el que estén integradas y que, conforme a la tabla 1.1 del Capítulo 1 de la Sección 1 de este DB, deban constituir un sector de incendio diferente, deben disponer de la dotación de instalaciones que se indica para el uso previsto de la zona, cada local de riesgo especial, así como para cada zona, en función de su uso previsto, pero en ningún caso será inferior a la exigida con carácter general para el uso principal del edificio o del establecimiento. Las características, diseño y cálculo de las instalaciones de protección contra incendio del edificio aparecen descritas con profundidad en el Capítulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, de la presente memoria. Extintores portátiles: Uno de eficacia mínima 21A-113B, a 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación, y en las zonas de riesgo especial. Para estas zonas, un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual podrá servir simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instalarán además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo, o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto. En ambos edificios, si precisa esta instalación. Bocas de incendio: si la superficie construida excede de 500 m2. Los equipos serán de tipo 25 mm. Se precisa esta instalación en el edificio Centro Emergencia Social por tener previsto el alojamiento de más de 50 personas. En el Centro de Día no será preciso, ya que se estima que los usuarios serán 30 personas + los trabajadores del edificio, aproximadamente 42 personas (se han dimensionado los espacios

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considerando un margen de holgura con 9 personas más en el vestíbulo pero el Excmo Ayuntamiento de El Puerto de Santa María tiene limitada la ocupación del edificio a la cifra citada inicialmente. Columna seca: si la altura de evacuación exceda de 24 m. No se precisa esta instalación. Sistema de alarma de incendio: si la superficie construida excede de 1.000 m2. El sistema de alarma de incendio permite emitir señales acústicas y/o visuales a los ocupantes de un edificio (UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996). Su función se corresponde con la del denominado "Sistema de comunicación de alarma" según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de detección de incendios en un mismo sistema. En el Centro de Emergencia se precisa esta instalación por tener una superficie superior a 500 m². Sistema de detección de incendio: si la superficie construida excede de 2.000 m2. El sistema de detección de incendios permite detectar un incendio en el tiempo más corto posible y emitir las señales de alarma y de localización adecuadas para que puedan adoptarse las medidas apropiadas (UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996). Su función se corresponde con las de los denominados "Sistema automático de detección de incendios" y "Sistema manual de alarma de incendios" según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de alarma de incendios, en un mismo sistema. En el Centro de Emergencia se precisa esta instalación por tener una superficie superior a 500 m². Instalación automática de extinción: si la superficie total construida del área pública de ventas excede de 1.500 m y en ella la densidad de carga de fuego ponderada y corregida aportada por los productos comercializados es mayor que 500 MJ/m², contará con la instalación, tanto el área pública de ventas, como los locales y zonas de riesgo especial medio y alto conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB. En caso de que la cocina supere los 20KW de potencia instalada precisaría la instalación de detectores de incendio y rociadores. No se precisa esta instalación. Hidrantes exteriores: uno si la superficie total construida está comprendida entre 1.000 y 10.000 m2. Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción. Para el cómputo de la dotación que se establece se pueden considerar los hidrantes que se encuentran en la vía pública a menos de 100 de la fachada accesible del edificio. Los hidrantes que se instalen pueden estar conectados a la red pública de suministro de agua. No se precisa esta instalación.

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2. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios. 1. Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño sea:

a) 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m.

b) 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m.

c) 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

2. Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes, deben cumplir lo establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE 23035-3:2003. Se tiene previsto que los medios de protección a instalar se señalicen mediante señales del tipo fotoluminiscentes de tamaño según se ha descrito. EXIGENCIA BÁSICA SI 5: INTERVENCIÓN DE BOMBEROS (ARTÍCULO 11.5.) Se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios. 1. Condiciones de aproximación y entorno Se trata de unos edificios en un entorno urbano existente, con lo cual, las condiciones de aproximación y entorno a los mismos son las que hay. No obstante, los servicios de extinción de incendios podrán acceder con facilidad al solar en caso necesario. 2. Accesibilidad por fachada 1. Las fachadas a las que se hace referencia en el apartado 1.2 deben disponer de huecos que permitan el acceso desde el exterior al personal del servicio de extinción de incendios. Dichos huecos deben cumplir las condiciones siguientes:

a) Facilitar el acceso a cada una de las plantas del edificio, de forma que la altura del alféizar respecto del nivel de la planta a la que accede no sea mayor que 1’20 m.

b) Sus dimensiones horizontal y vertical deben ser, al menos, 0’80 m y 1’20 m respectivamente. La distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no debe exceder de 25 m, medida sobre la fachada.

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c) No se deben instalar en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de los elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de 9 m.

Las fachadas de los edificios disponen de distintos tipos de huecos que permiten el acceso a su interior en caso de incendio bajo las condiciones establecidas. EXIGENCIA BÁSICA SI 6: RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA (ARTÍCULO 11.6.) La estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas. 1. Generalidades La resistencia al fuego de los elementos estructurales se ha establecido comprobando las dimensiones de su sección transversal con lo indicado en las distintas tablas según el material dadas en los Anejos C (Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado) y F (Resistencia al fuego de los elementos de fábrica), para las distintas resistencias al fuego. También se ha evaluado el comportamiento de una estructura, de parte de ella o de un elemento estructural mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo. Al utilizar los métodos simplificados indicados en este DB no se ha tenido en cuenta las acciones indirectas derivadas del incendio. 2. Resistencia al fuego de la estructura 1. Se admite que un elemento tiene suficiente resistencia al fuego si, durante la duración del incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho elemento. En general, basta con hacer la comprobación en el instante de mayor temperatura que, con el modelo de curva normalizada tiempo-temperatura, se produce al final del mismo. 2. En el caso de sectores de riesgo mínimo y en aquellos sectores de incendio en los que, por su tamaño y por la distribución de la carga de fuego, no sea previsible la existencia de fuegos totalmente desarrollados, la comprobación de la resistencia al fuego puede hacerse elemento a elemento mediante el estudio por medio de fuegos localizados, según se indica en el Eurocódigo 1 (UNE-EN 1991-1-2: 2004) situando sucesivamente la carga de fuego en la posición previsible más desfavorable. 3. Elementos estructurales principales 1. Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas y soportes), es suficiente si:

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a) Alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura, o

b) Soporta dicha acción durante el tiempo equivalente de exposición al fuego indicado en el anejo.

De acuerdo con la tabla 3.1, la resistencia al fuego de los elementos estructurales será: Edificio Centro de día: Sector: edificio de uso pública concurrencia con zonas uso administrativo Planta sobre rasante < 15’00 m R-90 Edificio Centro de Emergencia Social: Sector: edificio de uso residencial publica con zonas uso administrativo Planta sobre rasante < 15’00 m R-60 No obstante, teniendo en cuenta el carácter del edificio con zonas de publica concurrencia, se considerara R-90. 2. La estructura principal de las cubiertas ligeras... No existen cubiertas ligeras. 3. Los elementos estructurales de una escalera protegida o de un pasillo protegido que estén contenidos en el recinto de éstos, serán como mínimo R-30... No existen escaleras o pasillos protegidos. 4. Elementos estructurales secundarios 1. Los elementos estructurales cuyo colapso ante la acción directa del incendio no pueda ocasionar daños a los ocupantes, ni comprometer la estabilidad global de la estructura, la evacuación o la compartimentación en sectores de incendio del edificio, como puede ser el caso de pequeñas entreplantas o de suelos o escaleras de construcción ligera, etc..., no precisan cumplir ninguna exigencia de resistencia al fuego.

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No obstante, todo suelo que, teniendo en cuenta lo anterior, deba garantizar la resistencia al fuego R que se establece en la tabla 3.1 del apartado anterior, debe ser accesible al menos por una escalera que garantice esa misma resistencia o que sea protegida. No existen entreplantas o estructuras similares. En cuanto a los cargaderos, entendemos de huecos, se considera que no pueden ocasionar daños; independientemente de ello, estos elementos se diseñarán para que soporten las cargas correspondientes. 5. Determinación de los efectos de las acciones durante el incendio Se consideran las mismas acciones permanentes y variables que en el cálculo en situación persistente, si es probable que actúen en caso de incendio. Los efectos de las acciones durante la exposición al incendio se han obtenido del DB SE. Los valores de las distintas acciones y coeficientes se han obtenido según se indica en el DB SE, apartados 3.4.2 y 3.5.2.4. Se han empleado los métodos indicados en este DB para el cálculo de la resistencia al fuego estructural tomando como efecto de la acción de incendio únicamente el derivado del efecto de la temperatura en la resistencia del elemento estructural. Como simplificación para el cálculo se ha estimado el efecto de las acciones de cálculo en situación de incendio a partir del efecto de las acciones de cálculo a temperatura normal, como: Efi,d = ηfi Ed Siendo: Ed: efecto de las acciones de cálculo en situación persistente (temperatura normal). ηfi: factor de reducción, donde el factor ηfi se puede obtener como (donde el subíndice 1 es la acción variable dominante considerada en la situación persistente):

Los valores de las distintas acciones y coeficientes se han obtenido según se indica en el DB SE, apartado 4.2.2. El valor de cálculo de los efectos de las acciones correspondiente a una situación persistente o transitoria, se determina mediante combinaciones de acciones a partir de la expresión:

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Es decir, considerando la actuación simultánea de:

• Todas las acciones permanentes, en valor de cálculo (γG · Gk), incluido el pretensado (γP · P).

• Una acción variable cualquiera, en valor de cálculo (γQ · Qk), debiendo adoptarse como tal una tras otra sucesivamente en distintos análisis.

Los valores de los coeficientes de seguridad, γ, se establecen en la Tabla 4.1 del DB SE para cada tipo de acción, atendiendo para comprobaciones de resistencia a si su efecto es desfavorable o favorable, considerada globalmente. Para comprobaciones de estabilidad, se diferenciará, aun dentro de la misma acción, la parte favorable (la estabilizadora), de la desfavorable (la desestabilizadora). Los valores de los coeficientes de simultaneidad, ψ, se establecen en la Tabla 4.2 del DB SE. Para el valor de cálculo de los efectos de las acciones no se contempla las situaciones extraordinarias. La relación entre las acciones y su efecto se ha tomado un comportamiento de forma lineal. 6. Determinación de la resistencia al fuego La resistencia al fuego de un elemento puede establecerse de alguna de las formas siguientes:

a) Comprobando las dimensiones de su sección transversal con lo indicado en las distintas tablas según el material dadas en los anejos C a F, para las distintas resistencias al fuego;

b) Obteniendo su resistencia por los métodos simplificados dados en los mismos anejos.

c) Mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo.

La estructura de ambos edificios estará constituida por elementos prefabricados de hormigón, siendo sus características las siguientes:

• Pilares prefabricados de sección cuadrada 40x40 cm, con ménsulas en cabeza donde sea necesario para apoyo de forjados.

• Vigas prefabricadas de sección rectangular apoyadas sobre ménsulas y pilares para apoyo de forjados.

• Forjados constituido por placas alveolares de canto 30 cm y ancho 1’00-1’20 m, con capa de compresión de 5 cm de espesor, armada con mallazo electrosoldado de acero B-500T y armaduras de negativos de acero B-

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500S, en edificio Centro de Día; forjado constituido por placas nervadas tipo TT de 2’50 m de anchura, con capa de compresión de las mismas características que en los forjados de placas alveolares.

Los Anejos C, D, E y F del DB SI recogen tablas y métodos para determinar la resistencia de los diferentes elementos estructurales a partir de sus dimensiones, armados y recubrimientos entre otras premisas, distinguiéndolos en función de su material: hormigón, acero, fábrica y madera, respectivamente. De acuerdo con el Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado, todos los elementos de hormigón presentarán dimensiones, armaduras y recubrimientos de armaduras que garantizarán los valores mínimos de resistencia al fuego. En este mismo Anejo, se indica que la resistencia al fuego requerida se puede alcanzar mediante la aplicación de capas protectoras cuya contribución a la resistencia al fuego del elemento estructural protegido se determinará de acuerdo con la norma UNE ENV 13381-3: 2004. En el caso de los pilares y forjados que sustentan la cubierta plana del edificio, si no se alcanzan los valores mínimos de resistencia de acuerdo con las propias características de estos elementos (dimensiones de su sección y recubrimiento de armaduras), esta resistencia se proporcionará mediante la aplicación de revestimientos apropiados. Los revestimientos con mortero de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1’8 veces su espesor real (1’00 cm de yeso = 1’80 cm hormigón). Cuando estén aplicados en techos, para valores no mayores que R-120 se recomienda que su puesta en obra se realice por proyección, y para valores mayores que R-120 su aportación solo puede justificarse mediante ensayo. Asimismo, la utilización de falsos techos resistentes al fuego (normalmente paneles compuestos por silicatos cálcicos, reforzados con fibras inorgánicas resistentes al fuego) permiten establecer una barrera eficaz entre el fuego y los elementos a proteger (propio forjado), impidiendo la propagación de aquél a otras áreas. En el caso de los pilares, no podemos olvidarnos de los emparchados tanto interiores como exteriores, que incrementan la resistencia del propio elemento. En este caso, al interior dispondrán de emparchado de tabique de ladrillo de 5 cm de espesor con acabado de enfoscado de mortero de cemento, guarnecido y enlucido de yeso o perlita o alicatado, según estancia. Exteriormente, quedarán ocultos por paneles de hormigón. Debemos indicar que la estructura será ejecutada por empresa especializada suministradora de cada uno de los elementos prefabricados, y ésta, aportará los ensayos reglamentarios que justifiquen la resistencia requerida de acuerdo con el uso del edificio así como de cuanta documentación sea necesaria relativa a los valores de resistencia al fuego alcanzados por dichos elementos.

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INTRODUCCION 1. Objeto Este Documento Básico (DB) tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad de utilización. Las secciones de este DB se corresponden con las exigencias básicas SU 1 a SU 8. La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad de utilización". No es objeto de este Documento Básico la regulación de las condiciones de accesibilidad no relacionadas con la seguridad de utilización que deben cumplir los edificios. Dichas condiciones se regulan en la normativa de accesibilidad que sea de aplicación. 2. Ámbito de aplicación Es de aplicación para el caso que nos ocupa ya que los edificios que se proyectan están incluidos en el ámbito general de aplicación del CTE. El edificio CENTRO DE DIA se considera por similitud, perteneciente a USO PUBLICA CONCURRENCIA con zonas de USO ADMINISTRATIVO. En lo que respecta al edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, se considera perteneciente a USO RESIDENCIAL PUBLICO con zonas de USO ADMINISTRATIVO. EXIGENCIA BÁSICA SU 1: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE CAÍDAS (ARTÍCULO 12.1.) Se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. 1. Resbaladicidad de los suelos 1. Con el fin de limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos de los edificios o zonas de uso Residencial Público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI, tendrán una clase adecuada conforme al punto 3 de este apartado. Los suelos de cada uno de los edificios cumplirán las exigencias relativas al riesgo de resbaladicidad salvo zonas de ocupación nula. Las zonas de ocupación nula son aquellas en las que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc…

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2. Los suelos se clasifican, en función de su valor de resistencia al deslizamiento Rd, de acuerdo con lo establecido en la tabla 1.1. 3. La tabla 1.2 indica la clase que deben tener los suelos, como mínimo, en función de su localización. Dicha clase se mantendrá durante la vida útil del pavimento. Edificio Centro de día: Zonas interiores húmedas se corresponden con aseos, cuarto de limpieza y recinto para catering: Superficies con pendiente < 6%: CLASE 2 35 < Rd ≤ 45 Zonas interiores secas resto de espacios interiores: Superficies con pendiente < 6%: CLASE 1 15 < Rd ≤ 35 Zonas exteriores duchas: CLASE 3 Rd > 45 Edificio Centro de Emergencia Social: Zonas interiores húmedas se corresponden con aseos, cuarto de limpieza y zona elaboración: Superficies con pendiente < 6%: CLASE 2 35 < Rd ≤ 45 Zonas interiores secas resto de espacios interiores: Superficies con pendiente < 6%: CLASE 1 15 < Rd ≤ 35 Zonas exteriores duchas: CLASE 3 Rd > 45 Las zonas pavimentadas exteriores dentro del solar serán de CLASE 3 (Rd > 45). Conforme a la naturaleza de los suelos proyectados (ver apartado correspondiente de Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria), se limitará el riesgo de resbalamiento. En fase de obra, se solicitará al Contratista la acreditación de la clase de resbaladicidad de cada tipo suelo finalmente colocado, bien mediante la ficha correspondiente del fabricante o mediante la realización de ensayos de laboratorio que lo acrediten. 2. Discontinuidades en el pavimento 1. Excepto en zonas de uso restringido o exteriores y con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, el suelo debe cumplir las condiciones siguientes:

a) No tendrá juntas que presenten un resalto de más de 4 mm. Los elementos salientes del nivel del pavimento, puntuales y de pequeña dimensión (por ejemplo, los cerraderos de puertas) no deben sobresalir del pavimento más de 12 mm y el saliente que exceda de 6 mm en sus caras enfrentadas al sentido de circulación de las personas no debe formar un ángulo con el pavimento que exceda de 45º.

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b) Los desniveles que no excedan de 50 mm se resolverán con una pendiente que no exceda el 25%.

c) En zonas interiores para circulación de personas, el suelo no presentará perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 15 mm de diámetro.

Los suelos se ejecutarán de modo que las discontinuidades que puedan presentar sean admisibles salvo en zonas de uso restringido (zonas o elementos de circulación limitados a un máximo de 10 personas que tienen el carácter de usuarios habituales). 3. En zonas de circulación no se podrá disponer un escalón aislado, ni dos consecutivos, excepto en los casos siguientes:

a) En zonas de uso restringido. b) En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda. c) En los accesos y en las salidas de los edificios. d) En el acceso a un estrado o escenario.

En ninguno de los edificios, existen escalones aislados en zonas de circulación. 3. Desniveles 3.1. Protección de los desniveles 1. Con el fin de limitar el riesgo de caída, existirán barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales), balcones, ventanas, etc..., con una diferencia de cota mayor que 550 mm, excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída o cuando la barrera sea incompatible con el uso previsto. Edificio Centro de día: Los huecos (ventanas de fachadas) no precisan de barreras de protección ya que la diferencia de cota es inferior a 550 mm. No obstante, estos huecos disponen en su parte inferior de peto con una altura respecto al suelo de 0’90-1’00 m. No existen desniveles ni aberturas en el interior del edificio. Edificio de Emergencia Social: Los huecos (ventanas de fachadas) tanto de planta acceso como de planta primera no precisan de barreras de protección ya que la diferencia de cota es inferior a 550 mm. No obstante, estos huecos disponen en su parte inferior de peto con una altura respecto al suelo de 0’90-1’00 m. Existe escalera y hueco en planta primera. 2. En las zonas de público (personas no familiarizadas con el edificio) se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 550 mm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante diferenciación visual y táctil. La diferenciación estará a una distancia de 250 mm del borde, como mínimo. No existen diferencias de nivel en el interior de los edificios.

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3.2. Características de las barreras de protección Altura: 1. Las barreras de protección tendrán, como mínimo, una altura de 900 mm cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 m y de 1100 mm en el resto de los casos, excepto en el caso de huecos de escaleras de anchura menor que 400 mm, en los que la barrera tendrá una altura de 900 mm, como mínimo. La altura se medirá verticalmente desde el nivel de suelo o, en el caso de escaleras, desde la línea de inclinación definida por los vértices de los peldaños, hasta el límite superior de la barrera (véase figura 3.1).

En ambos edificios, la diferencia de cota en todos los huecos es < 6’00 m. Las barreras de protección están constituidas por peto con una altura respecto al suelo de 0’90 como mínimo. En el edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, el hueco de planta primera dispondrá de barandilla así como la escalera, con una altura mínima de 0’90 m. Resistencia: 1. Las barreras de protección tendrán una resistencia y una rigidez suficiente para resistir la fuerza horizontal establecida en el apartado 3.2.1 del DB SE-AE del CTE, en función de la zona en que se encuentren. Características constructivas: 1. En cualquier zona de los edificios de uso Residencial Vivienda o de escuelas infantiles así como en las zonas de público de los establecimientos de uso Comercial o de uso Pública Concurrencia, las barreras de protección, incluidas las de escaleras y rampas, estarán diseñadas de forma que:

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a) No puedan ser fácilmente escaladas por los niños, para lo cual:

En la altura comprendida entre 300 mm y 500 mm sobre el nivel del suelo o sobre la línea de inclinación de una escalera no existirán puntos de apoyo, incluidos salientes sensiblemente horizontales con más de 5 cm de saliente.

En la altura comprendida entre 500 mm y 800 mm sobre el nivel del suelo no existirán salientes que tengan una superficie sensiblemente horizontal con más de 15 cm de fondo.

b) No tengan aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 100

mm de diámetro, exceptuándose las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 50 mm (véase figura 3.2).

Las barandillas se han diseñado conforme a las características descritas. 4. Escaleras y rampas 4.1. Escaleras de uso restringido No existen. 4.2. Escaleras de uso general En el edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, se proyecta escalera de acceso a planta primera, considerada de uso general. Peldaños: 1. En tramos rectos, la huella medirá 280 mm como mínimo. En tramos rectos o curvos, la contrahuella medirá 130 mm como mínimo y 185 mm como máximo, excepto en escuelas infantiles, centros de enseñanza primaria o secundaria y edificios utilizados principalmente por ancianos, donde la contrahuella medirá 170 mm, como máximo.

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La huella H y la contrahuella C cumplirán a lo largo de una misma escalera la relación siguiente: 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm

La escalera proyectada presenta una huella mínima de 28 cm y una contrahuella inferior a 18’50 m. 2. En las escaleras previstas para evacuación ascendente y en las utilizadas preferentemente por niños, ancianos o personas con discapacidad no se admiten los escalones sin tabica ni con bocel. Las tabicas serán verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda de 15º con la vertical (véase figura 4.2). La escalera proyectada es para evacuación descendente. Entre los usuarios de esta escalera, consideramos que no habrá preferentemente niños, ancianos y personas con discapacidad. Todos los escalones tendrán tabica y podrán llevar bocel. 4. La medida de la huella no incluirá la proyección vertical de la huella del peldaño superior. Tramos: 1. Excepto en los casos admitidos en el punto 3 del apartado 2 de esta Sección, cada tramo tendrá 3 peldaños como mínimo. La máxima altura que puede salvar un tramo es 2,50 m en uso Sanitario, 2,10 m en escuelas infantiles, centros de enseñanza primaria y edificios utilizados principalmente por ancianos y 3,20 m en los demás casos. La escalera proyectada cumple con las condiciones establecidas. 2. Los tramos podrán ser rectos, curvos o mixtos, excepto en zonas de hospitalización y tratamientos intensivos, en escuelas infantiles y en centros de enseñanza primaria o secundaria, donde los tramos únicamente pueden ser rectos. Todos los tramos de la escalera son rectos. 3. Entre dos plantas consecutivas de una misma escalera... No es de aplicación.

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4. La anchura útil del tramo se determinará de acuerdo con las exigencias de evacuación establecidas en el apartado 4 de la Sección SI 3 del DB-SI y será, como mínimo, la indicada en la tabla 4.1.

En el edificio CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL, la escalera proyectada presenta una anchura libre de 1’15 m, acorde con el mínimo exigido de acuerdo con la ocupación prevista para la planta primera, cumpliendo además con las exigencias de evacuación según DB SI (ver apartado de justificación correspondiente de esta memoria). 5. La anchura de la escalera estará libre de obstáculos. La anchura mínima útil se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos siempre que estos no sobresalgan más de 120 mm de la pared o barrera de protección. En tramos curvos, la anchura útil debe excluir las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que 170 mm. La escalera proyectada no presenta obstáculos. Mesetas: 1. Las mesetas dispuestas entre tramos de una escalera con la misma dirección tendrán al menos la anchura de la escalera y una longitud medida en su eje de 1000 mm, como mínimo. 2. Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta (véase figura 4.4). La zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos y sobre ella no barrerá el giro de apertura de ninguna puerta, excepto las de zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI del CTE. Pasamanos: 1. Las escaleras que salven una altura mayor que 550 mm dispondrán de pasamanos contínuo al menos en un lado. Cuando su anchura libre exceda de 1200 mm, o estén previstas para personas con movilidad reducida, dispondrán de pasamanos en ambos lados.

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De acuerdo a la anchura de la escalera, ésta se proyecta con pasamanos continuo a un solo lado (en hueco central entre tramos de escalera). 2. Se dispondrán pasamanos intermedios cuando la anchura del tramo sea mayor que 2400 mm... No es de aplicación. 3. El pasamanos estará a una altura comprendida entre 900 y 1.100 mm. Para usos en los que se dé presencia habitual de niños, tales como docente infantil y primario, se dispondrá otro pasamanos a una altura comprendida entre 650 y 750 mm. Los pasamanos se han proyectado con una altura mínima de 0’90 m. 4. El pasamanos será firme y fácil de asir, estará separado del paramento al menos 40 mm y su sistema de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano. 4.3. Rampas No existen. 4.4. Pasillos escalonados de acceso a localidades No existen. 5. Limpieza de los acristalamientos exteriores No es de aplicación de acuerdo con el uso de los edificios. EXIGENCIA BÁSICA SU 2: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE IMPACTO O ATRAPAMIENTO (ARTÍCULO 12.2.) Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o practicables del edificio. 1. Impacto 1.1. Impacto con elementos fijos 1. La altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo, 2100 mm en zonas de uso restringido y 2.200 mm en el resto de las zonas. En los umbrales de las puertas la altura libre será 2.000 mm, como mínimo. En ambos edificios, las zonas de circulación se han proyectado con altura superior a la mínima. Los huecos de paso y los huecos de puertas, se han diseñado con altura igual o superior a la mínima. 2. Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación, estarán a una altura de 2.200 mm, como mínimo.

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No existen. 3. En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo y que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2.200 mm medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto. No existen. 4. Se limitará el riesgo de impacto con elementos volados cuya altura sea menor que 2.000 mm, tales como mesetas o tramos de escalera, de rampas, etc..., disponiendo elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos. No existen. 1.2. Impacto con elementos practicables 1. Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de recintos que no sean de ocupación nula (definida en el Anejo SI A del DB SI) situadas en el lateral de los pasillos cuya anchura sea menor que 2’50 m se dispondrán de forma que el barrido de la hoja no invada el pasillo (véase figura 1.1). En pasillos cuya anchura exceda de 2’50 m, el barrido de las hojas de las puertas no debe invadir la anchura determinada, en función de las condiciones de evacuación, conforme al apartado 4 de la Sección SI 3 del DB SI.

Las puertas de los recintos situados en los pasillos y distribuidores de ambos edificios abren hacia el interior de estos espacios. 3. Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos... No existen. 4. Las puertas peatonales automáticas tendrán marcado CE de conformidad con la Directiva 98/37/CE sobre máquinas. En ambos edificios, la puerta peatonal principal de acceso al edificio por parte del público es de doble hoja corredera automática y dispondrá del marcado CE correspondiente.

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1.3. Impacto con elementos frágiles 1. Los vidrios existentes en las áreas con riesgo de impacto que se indican en el punto 2 siguiente de las superficies acristaladas que no dispongan de una barrera de protección conforme al apartado 3.2 de SU 1, tendrán una clasificación de prestaciones X (Y) Z determinada según la norma UNE EN 12600:2003 cuyos parámetros cumplan lo que se establece en la Tabla 1.1. Se excluyen de dicha condición los vidrios cuya mayor dimensión no exceda de 30 cm.

En los edificios, existen los siguientes elementos en los que se identifican áreas con riesgo de impacto: Centro de Día: Puerta peatonal de acceso por parte del público y zonas acristaladas adyacentes a la misma. Centro de Emergencia Social: Puerta peatonal de acceso por parte del público y zonas acristaladas adyacentes a la misma. En ambos edificios, estas puertas dispondrán de acristalamiento tipo SGG STADIP, de espesor 6+6 mm. El vidrio STADIP ofrece protección frente a posibles accidentes y protección de personas y bienes contra agresiones intencionadas. En ambos edificios, de acuerdo con las dimensiones de las ventanas y la altura a la que se sitúan respecto al nivel interior, no se identifican áreas con riesgo de impacto. 2. Se identifican las siguientes áreas con riesgo de impacto (véase figura 1.2):

a) En puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de 1.500 mm y una anchura igual a la de la puerta más 300 mm a cada lado de esta.

b) En paños fijos, el área comprendida entre el nivel del suelo y una altura de 900 mm.

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1.4. Impacto con elementos insuficientemente perceptibles 1. Las grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas o aberturas (lo que excluye el interior de viviendas) estarán provistas, en toda su longitud, de señalización situada a una altura inferior comprendida entre 850 mm y 1.100 mm y a una altura superior comprendida entre 1.500 mm y 1.700 mm. Dicha señalización no es necesaria cuando existan montantes separados una distancia de 600 mm, como máximo, o si la superficie acristalada cuenta al menos con un travesaño situado a la altura inferior antes mencionada. No existen grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas ya que estas superficies son adyacentes a las puertas y las puertas son claramente identificables frente a las mismas. 2. Atrapamiento 1. Con el fin de limitar el riesgo de atrapamiento producido por una puerta corredera de accionamiento manual, incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, la distancia a hasta el objeto fijo más próximo será 200 mm, como mínimo (véase figura 2.1).

Las puertas peatonales de acceso por parte del público son de hojas correderas automáticas. 2. Los elementos de apertura y cierre automáticos dispondrán de dispositivos de protección adecuados al tipo de accionamiento y cumplirán con las especificaciones técnicas propias.

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Las puertas peatonales automáticas de acceso por parte del público cumplirán las condiciones establecidas. EXIGENCIA BASICA SU 3: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE APRISIONAMIENTO EN RECINTOS (ARTÍCULO 12.3.) Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos. 1. Aprisionamiento 1. Cuando las puertas de un recinto tengan dispositivo para su bloqueo desde el interior y las personas puedan quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo, existirá algún sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior del recinto. Excepto en el caso de los baños o los aseos de viviendas, dichos recintos tendrán iluminación controlada desde su interior. En principio, los únicos recintos que dispondrán de dispositivos de bloqueo de las puertas serán los aseos. Es probable, que otros recintos por cuestiones de seguridad también lo puedan disponer (como determinados despachos administrativos) aunque se desconoce en el momento de redacción de este Proyecto. Estos recintos dispondrán de un sistema de desbloqueo de seguridad en el exterior. La iluminación se controlará desde el interior. 2. Las dimensiones y la disposición de los pequeños recintos y espacios serán adecuadas para garantizar a los posibles usuarios en sillas de ruedas la utilización de los mecanismos de apertura y cierre de las puertas y el giro en su interior, libre del espacio barrido por las puertas. En ambos edificios se ha tenido en cuenta el Decreto 293/2009 de la Junta de Andalucía, permitiendo que todas las zonas de circulación y estancia (incluidos aseos y vestuarios) por parte del público sean accesibles y puedan usarse en las condiciones correspondientes. 3. La fuerza de apertura de las puertas de salida será de 140 N, como máximo, excepto en las de los recintos a los que se refiere el punto 2 anterior, en las que será de 25 N, como máximo. EXIGENCIA BÁSICA SU 4: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR ILUMINACIÓN INADECUADA (ARTÍCULO 12.4.) Se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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1. Alumbrado normal en zonas de circulación 1. En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, como mínimo, el nivel de iluminación que se establece en la tabla 1.1, medido a nivel del suelo.

De acuerdo con la tabla indicada, en ambos edificios los espacios exteriores e interiores se han proyectado cumpliendo como mínimo con los valores de iluminancia indicados. El número de puntos de luz, la disposición y características de las luminarias, lámparas y equipos empleados, permitirán garantizar los niveles exigidos, tal como queda definido en los planos de electricidad y alumbrado de la documentación gráfica del presente Proyecto. 2. Alumbrado de emergencia 2.1. Dotación 1. Los edificios dispondrán de un alumbrado de emergencia que, en caso de fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que puedan abandonar el edificio, evite las situaciones de pánico y permita la visión de las señales indicativas de las salidas y la situación de los equipos y medios de protección existentes Contarán con alumbrado de emergencia las zonas y los elementos siguientes:

a) Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas. b) Los recorridos desde todo origen de evacuación hasta el espacio exterior

seguro, conforme se definen en el Anejo A de DB SI del CTE. c) Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda

de 100 m2, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan hasta el exterior o hasta las zonas generales del edificio.

d) Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección contra incendios y los de riesgo especial indicados en DB SI-1.

e) Los aseos generales de planta en edificios de uso público. f) Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de

accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas. g) Las señales de seguridad.

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De acuerdo con las zonas y elementos indicados, en el edificio se ha instalado alumbrado de emergencia, tal como queda definido en los planos de electricidad y alumbrado de la documentación gráfica del presente Proyecto. 2.2. Posición y características de las luminarias 1. Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada, las luminarias cumplirán las siguientes condiciones:

a) Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo. b) Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en los siguientes puntos:

• En las puertas existentes en los recorridos de evacuación. • En las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba

iluminación directa. • En cualquier otro cambio de nivel. • En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.

2.3. Características de la instalación 1. La instalación será fija, estará provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de emergencia. Se considera como fallo de alimentación el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal. 2. El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar al menos el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 s y el 100% a los 60 s. 3. La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indican a continuación durante una hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo:

a. En las vías de evacuación cuya anchura no exceda de 2 m, la iluminancia horizontal en el suelo debe ser, como mínimo, 1 lux a lo largo del eje central y 0’5 lux en la banda central que comprende al menos la mitad de la anchura de la vía. Las vías de evacuación con anchura superior a 2 m pueden ser tratadas como varias bandas de 2 m de anchura, como máximo.

b. En los puntos en los que estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección contra incendios de utilización manual y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia horizontal será de 5 Iux, como mínimo.

c. A lo largo de la línea central de una vía de evacuación, la relación entre la iluminancia máxima y la mínima no debe ser mayor que 40:1.

d. Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la reducción del rendimiento luminoso debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento de las lámparas.

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e. Con el fin de identificar los colores de seguridad de las señales, el valor mínimo del índice de rendimiento cromático Ra de las lámparas será 40.

2.4. Iluminación de las señales de seguridad 1. La iluminación de las señales de evacuación indicativas de las salidas y de las señales indicativas de los medios manuales de protección contra incendios y de los de primeros auxilios, debe cumplir los siguientes requisitos:

a) La luminancia de cualquier área de color de seguridad de la señal debe ser al menos de 2 cd/m2 en todas las direcciones de visión importantes.

b) La relación de la luminancia máxima a la mínima dentro del color blanco o de seguridad no debe ser mayor de 10:1, debiéndose evitar variaciones importantes entre puntos adyacentes.

c) La relación entre la luminancia Lblanca, y la luminancia Lcolor >10, no será menor que 5:1 ni mayor que 15:1.

d) Las señales de seguridad deben estar iluminadas al menos al 50% de la iluminancia requerida, al cabo de 5 s, y al 100% al cabo de 60 s.

EXIGENCIA BÁSICA SU 5: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR SITUACIONES DE ALTA OCUPACIÓN (ARTÍCULO 12.5.) Se limitará el riesgo causado por situaciones con alta ocupación facilitando la circulación de las personas y la sectorización con elementos de protección y contención en previsión del riesgo de aplastamiento. No es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa. EXIGENCIA BÁSICA SU 6: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO DE AHOGAMIENTO (ARTÍCULO 12.6.) Se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso. No es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa. EXIGENCIA BÁSICA SU 7: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR VEHÍCULOS EN MOVIMIENTO (ARTÍCULO 12.7.) Se limitará el riesgo causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas. No es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa.

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EXIGENCIA BÁSICA SU 8: SEGURIDAD FRENTE AL RIESGO CAUSADO POR LA ACCIÓN DEL RAYO (ARTÍCULO 12.8.) Se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección contra el rayo. 1. Procedimiento de verificación 1. Será necesaria la instalación de un sistema de protección contra el rayo cuando Ne (frecuencia esperada de impactos) > Na (riesgo admisible). 3. La frecuencia esperada de impactos, Ne, puede determinarse mediante la expresión:

Ne = Ng · Ae · C1 · 10-6 (nº impactos/año) Siendo: Ng = densidad de impactos sobre el terreno (nº impactos/año, km2), obtenida según la figura 1.1. Ae = superficie de captura equivalente del edificio aislado en m2, que es la delimitada por una línea trazada a una distancia 3H de cada uno de los puntos del perímetro del edificio, siendo H la altura del edificio en el punto del perímetro considerado. C1 = coeficiente relacionado con el entorno, según la tabla 1.1. Edificio Centro de Día: Ne = 1’50 · 2.329’77 · 1 · 10-6 = 3’49 · 10-3 nº impactos/año Ng = 1’50 (según emplazamiento) Ae = 2.329’77 m2 C1 = 1’00 (aislado) Edificio Emergencia Social: Ne = 1’50 · 4.998’52 · 1 · 10-6 = 7’50 · 10-3 nº impactos/año Ng = 1’50 (según emplazamiento) Ae = 4.998’52 m2 C1 = 1’00 (aislado) 4. El riesgo admisible, Na, puede determinarse mediante la expresión:

Na = 5’5 / (C2 · C3 · C4 · C5) · 10-3 Siendo: C2 = coeficiente en función del tipo de construcción, conforme a la tabla 1.2. C3 = coeficiente en función del contenido del edificio, conforme a la tabla 1.3. C4 = coeficiente en función del uso del edificio, conforme a la tabla 1.4.

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C5 = coeficiente en función de la necesidad. Edificio Centro de Día: Na = 5’50 · 10-3 / (1 · 1 · 3 · 1) = 1’83 · 10-3 nº impactos/año C2 = 1’00 (estructura de hormigón con cubierta de hormigón) C3 = 1’00 (otros contenidos) C4 = 3’00 (uso pública concurrencia) C5 = 1’00 (resto de edificios) Edificio Emergencia Social: Na = 5’50 · 10-3 / (1 · 1 · 3 · 1) = 1’83 · 10-3 nº impactos/año C2 = 1’00 (estructura de hormigón con cubierta de hormigón) C3 = 1’00 (otros contenidos) C4 = 3’00 (uso pública concurrencia) C5 = 1’00 (resto de edificios) Edificio Centro de Día: Como Ne > Na, ES NECESARIA la instalación de un sistema de protección contra el rayo. Edificio Emergencia Social: Como Ne > Na, ES NECESARIA la instalación de un sistema de protección contra el rayo. En caso de que Ne > Na, según tabla 2.1 para valores de eficiencia requerida 0 ≤ E < 0’80, la instalación de protección contra el rayo no será obligatoria (según modificaciones descritas en la Disposición final segunda, el BOE de 23 de octubre de 2007 por el que se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el CTE, respecto a este apartado del Documento Básico SU). Edificio Centro de Día: La instalación tendrá una eficiencia E = 1 - Na/Ne = 0’48. El nivel de protección correspondiente a la eficacia requerida sería 4. En este caso, NO ES OBLIGATORIA la instalación de protección frente al rayo. Edificio Emergencia Social: La instalación tendrá una eficiencia E = 1 - Na/Ne = 0’76. El nivel de protección correspondiente a la eficacia requerida sería 4. En este caso, NO ES OBLIGATORIA la instalación de protección frente al rayo.

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EXIGENCIA BASICA HS 1: PROTECCIÓN FRENTE A LA HUMEDAD (ARTÍCULO 13.1.) Se limitará el riesgo previsible de presencia inadecuada de agua o humedad en el interior de los edificios y en sus cerramientos como consecuencia del agua procedente de precipitaciones atmosféricas, de escorrentías, del terreno o de condensaciones, disponiendo medios que impidan su penetración o, en su caso permitan su evacuación sin producción de daños. 1. GENERALIDADES 1.1. Ámbito de aplicación Es de aplicación para el caso que nos ocupa ya que los edificios que se proyectan están incluidos en el ámbito general de aplicación del CTE, para el que suelos que están en contacto con el terreno y cerramientos que están en contacto con el aire exterior (fachadas y cubiertas). 1.2. Proceso de verificación Para la aplicación de esta exigencia básica se ha seguido la secuencia de verificaciones establecida en esta sección. 2. DISEÑO 2.1. Muros No existen. 2.2. Suelos 2.2.1. Grado de impermeabilidad 1. El grado de impermeabilidad mínimo exigido a los suelos que están en contacto con el terreno frente a la penetración del agua de éste y de las escorrentías se obtiene en la tabla 2.3 en función de la presencia de agua determinada de acuerdo con 2.1.1 y del coeficiente de permeabilidad del terreno. El suelo de los edificios se corresponde con su cimentación y se proyecta losa de hormigón armado, en contacto con el terreno, con las características geométricas, de armado y de materiales prescritas en la documentación gráfica y escrita del Proyecto. Para el caso que nos ocupa: Presencia de agua BAJA (según cota de cara inferior del suelo en contacto con el terreno (losa de cimentación) respecto al nivel freático que se considera no interfiere).

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Coeficiente de permeabilidad del terreno 10-5 - 10-9 cm/s (tabla D.28. Valores orientativos del coeficiente de permeabilidad del DB SE-C). De acuerdo con los datos anteriores y la tabla 2.3 grado de impermeabilidad = 1. 2.2.2. Condiciones de las soluciones constructivas 1. Las condiciones exigidas a cada solución constructiva, en función del tipo de muro, del tipo de suelo, del tipo de intervención en el terreno y del grado de impermeabilidad, se obtienen en la tabla 2.4. En nuestro caso, para muro flexorresistente, placa (losa de cimentación) y grado de impermeabilidad 1, las soluciones constructivas viables son las siguientes: Solución Sin intervención: C2+C3+D1 La descripción de las condiciones a cumplir por cada tipo de suelo es la siguiente: C Constitución del suelo: C2: Cuando el suelo se construya in situ debe utilizarse hormigón de retracción moderada. C3: Debe realizarse una hidrofugación complementaria del suelo mediante la aplicación de un producto líquido colmatador de poros sobre la superficie terminada del mismo. D Drenaje y evacuación: D1: Debe disponerse una capa drenante y una capa filtrante sobre el terreno situado bajo el suelo. En el caso de que se utilice como capa drenante un encachado, debe disponerse una lámina de polietileno por encima de ella. Como capa drenante se puede utilizar tanto un encachado de grava como una lámina drenante nodular de polietileno reticulado de alta densidad, por ejemplo, cuya función es drenar el agua que contiene el terreno evitando que entre en contacto con la impermeabilización, con el muro o con el suelo, dificultando la ascensión del agua por capilaridad. Se recomienda un espesor mínimo de 20 cm. Como capa filtrante se puede utilizar una lámina geotextil, cuya función es evitar que los finos de terreno que contienen el agua puedan llegar al interior de la capa drenante, evitando así que se puedan obstruir los espacios intersticiales de este con el paso de tiempo. La función del film de polietileno es evitar que el hormigón de la losa o solera se introduzca en los intersticios del encachado, obturándolos. No tiene función de barrera antihumedad ni de impermeabilización. Solución constructiva adoptada en cumplimiento de las condiciones descritas: Dado que el suelo se construye in situ y el hormigón a emplear ha de ser hidrófugo y de retracción moderada, se prohíbe el empleo de cementos de alta clase resistente,

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debiendo la dosificación atender al contenido máximo permitido en los finos de los áridos prescrito en la EHE-08. Del mismo modo, se prohíben dosificaciones de agua superiores a 0’45 veces la parte de cemento, por lo que la consistencia adecuada para el vertido y compactación se alcanzará mediante la adición de superfluidificante. Una vez alcanzado el nivel de excavación y realizada la mejora del terreno, el suelo estará constituido por las siguientes capas:

- Capa separadora geotextil no tejido de poliéster, polipropileno o similar, con solapes de 15 a 30 cm, actuando como capa filtrante sobre el terreno.

- Capa drenante mediante lámina nodular de polietileno de alta densidad (HDPE) o similar.

- Hormigón de limpieza, de 10 cm de espesor. - Losa de hormigón armado de canto según cálculos.

También podrá emplearse una lámina que reúna en un mismo elemento las dos funciones (filtrante y drenante). 2.2.3. Condiciones de los puntos singulares 1. Deben respetarse las condiciones de disposición de bandas de refuerzo y de terminación, las de continuidad o discontinuidad, así como cualquier otra que afecte al diseño, relativas al sistema de impermeabilización que se emplee. A continuación se describen las condiciones correspondientes al caso que nos ocupa. Encuentros del suelo con los muros: No procede. Encuentros entre suelos y particiones interiores: No procede. 2.3. Fachadas 2.3.1. Grado de impermeabilidad 1. El grado de impermeabilidad mínimo exigido a las fachadas frente a la penetración de las precipitaciones se obtiene en la tabla 2.5 en función de la zona pluviométrica de promedios y del grado de exposición al viento correspondiente al lugar de ubicación del edificio.

a) La zona pluviométrica de promedios se obtiene de la figura 2.4. b) El grado de exposición al viento se obtiene en la tabla 2.6 en función de la

altura de coronación del edificio sobre el terreno, de la zona eólica correspondiente al punto de ubicación, obtenida de la figura 2.5, y de la clase del entorno en el que está situado el edificio que será E0 cuando se

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trate de un terreno tipo I, II o III y E1 en los demás casos, según la clasificación establecida en el DB SE.

Para el caso que nos ocupa, los parámetros que se consideran son los siguientes:

- Zona pluviométrica de promedios: III (provincia de Cádiz) - Altura de coronación del edificio: ≤ 15 m - Clase del entorno: terreno tipo IV (zona urbana) E1 - Zona eólica: C (Cádiz) - Grado de exposición al viento: V3

A partir de estos parámetros, según tabla 2.5 grado de impermeabilidad = 3. 2.3.2. Condiciones de las soluciones constructivas 1. Las condiciones exigidas a cada solución constructiva en función de la existencia o no de revestimiento exterior y del grado de impermeabilidad se obtienen en la tabla 2.7. De acuerdo con las soluciones constructivas adoptadas para las fachadas, tendremos las siguientes opciones como solución: Fachadas sin revestimiento exterior y grado de impermeabilidad 3: Solución 1: B2 + C1 + J1 + N1 SE CONSIDERA Solución 2: B1 + C2 + H1 + J1 + N1 NO SE CONSIDERA Solución 3: B1 + C2 + J2 + N2 NO SE CONSIDERA Solución 4: B1 + C1 + H1 + J2 + N2 NO SE CONSIDERA En cada bloque el número de la denominación de la condición indica el nivel de prestación de tal forma que un número mayor corresponde a una prestación mejor, por lo que cualquier condición puede sustituir en la tabla a las que tengan el número de denominación más pequeño de su mismo bloque. Para las soluciones que se tienen en cuenta, la definición de las condiciones a cumplir por las fachadas son las siguientes: B Resistencia a la filtración de la barrera contra la penetración de agua: B2: Debe disponerse al menos una barrera de resistencia alta a la filtración. Se consideran como tal los siguientes elementos:

- Cámara de aire sin ventilar y aislante no hidrófilo dispuestos por el interior de la hoja principal, estando la cámara por el lado exterior del aislante.

- Aislante no hidrófilo dispuesto por el exterior de la hoja principal. C Composición de la hoja principal: C1: Debe utilizarse al menos una hoja principal de espesor medio. Se considera como tal una fábrica cogida con mortero de:

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- ½ pie de ladrillo cerámico, que debe ser perforado o macizo cuando no exista revestimiento exterior o cuando exista un revestimiento exterior discontinuo o un aislante exterior fijados mecánicamente.

- 12 cm de bloque cerámico, bloque de hormigón o piedra natural. J Resistencia a la filtración de las juntas entre las piezas que componen la hoja principal: J1: Las juntas deben ser al menos de resistencia media a la filtración. Se consideran como tales las juntas de mortero sin interrupción excepto, en el caso de las juntas de los bloques de hormigón, que se interrumpen en la parte intermedia de la hoja. N Resistencia a la filtración del revestimiento intermedio en la cara interior de la hoja principal: N1: Debe utilizarse al menos un revestimiento de resistencia media a la filtración. Se considera como tal un enfoscado de mortero con un espesor mínimo de 10 mm. Solución constructiva adoptada en cumplimiento de las condiciones descritas: Cerramiento general del edificio:

- Paneles prefabricados de hormigón de 20 y 15 cm de espesor, con aislamiento interior térmico-acústico de 5 cm de poliestireno expandido colocados horizontalmente.

- Cámara de aire sin ventilar. - Trasdosado interior ligero autoportante acabado con placas de yeso tipo

PLADUR o similar. - Revestimiento interior (pintado o alicatado con piezas cerámicas, según

estancia). Observando las soluciones constructivas de la tabla 2.7, cabe indicar que el DB HS-1 se ha desarrollado pensando principalmente en fachadas de albañilería de tradición en España. No obstante, otros tipos de fachadas como las de paneles de hormigón o acero, puede estimarse su grado de impermeabilidad teniendo en cuenta las condiciones que aparecen en la tabla 2.7 por similitud. De acuerdo con la solución adoptada, consideramos que cada uno de los elementos que constituyen esta fachada permiten alcanzar el grado de impermeabilidad requerido. Los paneles prefabricados de hormigón tienen un comportamiento adecuado frente al agua al igual que las juntas entre dichos elementos. Se trata de un sistema muy extendido y comúnmente utilizado en edificios comerciales e industriales desde hace muchos años con garantías de comportamiento adecuado frente al agua de lluvia y el aire. 2.3.3. Condiciones de los puntos singulares 1. Deben respetarse las condiciones de disposición de bandas de refuerzo y de terminación, así como las de continuidad o discontinuidad relativas al sistema de impermeabilización que se emplee.

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A continuación se describen las condiciones de los puntos singulares. Se tendrán en cuenta aquellos que correspondan a los sistemas constructivos proyectados:

Se dispondrán juntas de dilatación en la hoja principal (1), de forma que cada junta estructural coincida con una de ellas. La distancia máxima entre juntas de dilatación contiguas, en función del material componente de los elementos de la fábrica, será la que figura en la Tabla 2.1 Distancia entre juntas de movimiento de fábricas sustentadas del DB-SE-F Seguridad estructural: Fábrica.

En las juntas de dilatación de la hoja principal (1) debe colocarse un sellante sobre un relleno introducido en la junta. Tanto el relleno como el sellante estarán constituidos por materiales impermeables y resistentes a los agentes atmosféricos, y con una elasticidad y una adherencia suficientes para absorber los movimientos de la hoja previstos. Se dispondrán de acuerdo con alguno de los esquemas adjuntos, dependiendo de que en ella se vayan a utilizar chapas metálicas o no. En este último caso, si la fachada está enfoscada, el sellante debe enrasarse con el paramento de la hoja principal sin enfoscar.

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CIÓ

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El revestimiento exterior (4) debe estar provisto de juntas de dilatación de forma que la distancia entre juntas contiguas sea suficiente para evitar su agrietamiento.

Se colocará una barrera impermeable en todo el espesor de la fachada a más de 15 cm sobre el nivel del suelo exterior (2), para evitar el ascenso de agua por capilaridad. Si la fachada está constituida por un material poroso o tiene un revestimiento poroso, se dispondrá –para protegerla de las salpicaduras- un zócalo de un material cuyo coeficiente de succión sea menor del 3%, de más de 30 cm sobre el nivel del suelo exterior, y se sellará la unión con la fachada en su parte superior (ver el esquema adjunto) (2). Si no es necesario zócalo, el remate de la impermeabilización se realizará disponiendo un sellado o alguno de los siguientes sistemas (2) :

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N

Si un forjado interrumpe la hoja principal (1) y se dispone revestimiento exterior (4)

continuo (5), debe adoptarse alguna de las soluciones siguientes:

A. Disposición de una junta de desolidarización, por debajo del forjado, entre éste y la hoja principal, mediante una holgura de 2 cm que debe rellenarse después de la retracción de la hoja principal con un material de elasticidad compatible con la deformación del forjado y protegerse de la filtración mediante un goterón.

B. Refuerzo del revestimiento exterior mediante mallas dispuestas que cubran el canto del forjado hasta 15 cm por encima de su borde superior y hasta 15 cm por debajo de la primera hilada de la fábrica.

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En otros casos, toda junta de desolidarización tendrá las características anteriores.

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CU

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S Si un pilar interrumpe la hoja principal (1) y se dispone revestimiento continuo (5), éste

debe reforzarse con armaduras dispuestas a lo largo del pilar de forma que lo sobrepasen 15 cm por ambos lados. Además, si se colocan piezas de menor espesor que la hoja principal por la parte exterior de los pilares, debe disponerse una armadura (2) para conseguir la estabilidad de estas piezas:

A

B

PERFIL METÁLICO (3) ROZA ≥ 3 x 3 cmRETRANQUEO ≥ 5 cm

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Si un forjado o un dintel interrumpen una cámara, se dispondrá un sistema de recogida y evacuación del agua filtrada o condensada en ésta. Como sistema de recogida de agua se utilizará un elemento continuo impermeable (lámina, perfil especial, etc.) dispuesto a lo largo del fondo de la cámara, con pendiente hacia el exterior. Su borde superior estará a no menos de 10 cm del fondo, y de 3 cm por encima del punto más alto del sistema de evacuación. Cuando se disponga una lámina, ésta debe introducirse en la hoja interior en todo su espesor. Para la evacuación del agua al exterior se preverá alguno de los sistemas siguientes:

A. Un conjunto de tubos de material estanco, separados no más de 1’5 m entre si.

B. Un conjunto de llagas de la primera hilada, desprovistas de mortero y separadas no más de1’5 m entre si, a lo largo de las que se prolonga hasta el exterior el elemento de recogida dispuesto en el fondo de la cámara.

Si el grado de impermeabilidad exigido es 5 y las carpinterías están retranqueadas respecto al paramento exterior de la fachada, se dispondrá precerco, así como una barrera impermeable en las jambas (entre la hoja principal y el precerco, o en su caso el cerco), prolongada 10 cm hacia el interior del muro. En la junta entre el cerco y el muro se dispondrá un cordón de sellado, introducido en un llagueado en el muro de forma que quede encajado entre dos bordes paralelos.

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Si la carpintería se retranquea respecto al paramento exterior de la fachada, debe rematarse el alféizar con un vierteaguas para evacuar hacia el exterior el agua de lluvia. Además, habrá de disponerse un goterón en el dintel para evitar que el agua pueda discurrir por la parte inferior del mismo hacia la carpintería (2).

El vierteaguas tendrá las siguientes características: pendiente hacia el exterior ≥ 10º; será impermeable o estará dispuesto sobre una barrera impermeable (que, en su caso, irá fijada al cerco o al muro, se prolongará por la parte trasera y por ambos lados del vierteaguas y tendrá una pendiente hacia el exterior de, al menos, 10º); dispondrá de un goterón en la cara inferior del saliente, separado al menos 2 cm del paramento exterior de la fachada; su entrega al lateral de la jamba será de 2 cm como mínimo.

Las juntas de las piezas con goterón deben tener la forma del mismo para no crear puentes hacia la fachada.

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Los antepechos se rematarán con albardillas para evacuar el agua de lluvia que llegue a su parte superior, evitando que ésta alcance la parte de la fachada inmediatamente por debajo (2). Las albardillas tendrá las siguientes características: inclinación ≥ 10º; dispondrán de goterones en la cara inferior de los salientes hacia los que discurre el agua, separados al menos 2 cm de los paramentos del antepecho; serán impermeables o estarán dispuestas sobre una barrera impermeable con una pendiente ≥ 10º hacia el exterior; llevarán juntas de dilatación cada 2 piezas cuando sean de piedra o prefabricadas y cada 2 m cuando sean cerámicas; las juntas entre las albardillas se impermeabilizarán mediante un sellado adecuado.

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Si los anclajes de elementos tales como barandillas o mástiles se realizan en un plano horizontal de la fachada, la junta entre el anclaje y la fachada debe realizarse de forma que impida la entrada de agua, bien por medio de un sellado, un elemento de goma, una pieza metálica u otro elemento que produzca el mismo efecto.

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R Los aleros y las cornisas de constitución continua deben tener una pendiente hacia el exterior para evacuar el agua de, al menos, 10º.

A

B

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Los aleros y cornisas que sobresalgan más de 20 cm del plano de fachada deben (2): a) Ser impermeables o tener la cara superior protegida por una barrera

impermeable, para evitar que el agua se filtre a través de ellos. b) Disponer en el encuentro con el paramento vertical de elementos de

protección prefabricados o realizados in situ que se extiendan hacia arriba al menos 15 cm y cuyo remate superior se resuelva de forma similar a la descrita en "Encuentro de cubierta con paramento vertical" para evitar que el agua se filtre en el encuentro y en el remate.

c) Disponer de un goterón en el borde exterior de la cara inferior para evitar que el agua de lluvia evacuada alcance la fachada por la parte inmediatamente inferior al mismo.

Las juntas de las piezas con goterón deben tener la forma del mismo para no crear a través de ella un puente hacia la fachada.

(1) Hoja principal: hoja de una fachada cuya función es la de soportar el resto de las hojas y componentes de la fachada, así como, en su caso desempeñar la función estructural.

(2) Se podrá adoptar cualquier otra solución que produzca el mismo efecto. (3) Perfil inoxidable provisto de una pestaña al menos en su parte superior que sirva de base a un cordón de sellado entre el perfil y el muro.

Si en la parte inferior no lleva pestaña, la arista debe ser redondeada para evitar que pueda dañarse la lámina. (4) Revestimiento exterior: revestimiento de la fachada dispuesto en la cara exterior de la misma. (5) Revestimiento continuo: revestimiento que se aplica en forma de pasta fluida directamente sobre la superficie que se reviste. Puede ser

a base de morteros hidráulicos, plástico o pintura.

2.4. Cubiertas 2.4.1. Grado de impermeabilidad 1. Para las cubiertas, el grado de impermeabilidad exigido es único e independiente de factores climáticos. Cualquier solución constructiva alcanza este grado de impermeabilidad siempre que se cumplan las condiciones indicadas a continuación. 2.4.2. Condiciones de las soluciones constructivas 1. Las cubiertas deben disponer de los elementos siguientes:

a) Un sistema de formación de pendientes cuando la cubierta sea plana o cuando sea inclinada y su soporte resistente no tenga la pendiente adecuada al tipo de protección y de impermeabilización que se vaya a utilizar. Se dispondrá sobre forjado plano como formación de pendiente una capa de hormigón celular o aligerado, a base de cemento CEM II/A-P 32’5 R y aditivo aireante, con una resistencia a compresión mayor o igual a 0’20 MPa, con espesor medio de 10 cm. Tendrá una pendiente entre el 1 – 5% conforme tabla 2.9.

b) Una barrera contra el vapor inmediatamente por debajo del aislante térmico cuando, según el cálculo descrito en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía”, se prevea que vayan a producirse condensaciones en dicho elemento. No existen condensaciones, por tanto, no se precisa (ver justificación de DB HE-1 en apartado correspondiente de esta memoria).

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c) Una capa separadora bajo el aislante térmico, cuando deba evitarse el

contacto entre materiales químicamente incompatibles. Se dispondrá sobre la impermeabilización una capa separadora constituida por un mortero de protección sobre el que se dispondrá el aislamiento térmico.

d) Un aislante térmico, según se determine en la sección HE1 del DB “Ahorro de energía”.

Se dispondrá aislamiento térmico a base de paneles rígidos de poliestireno expandido (XPS) tipo ROOFMATE de DOW o similar, de 50 mm de espesor, con un valor de conductividad mínima λ = 0’034 W/m·K y una resistencia a la compresión mínima de 3 kp/cm2.

e) Una capa separadora bajo la capa de impermeabilización, cuando deba evitarse el contacto entre materiales químicamente incompatibles o la adherencia entre la impermeabilización y el elemento que sirve de soporte en sistemas no adheridos. No será necesario. La impermeabilización se colocará directamente sobre el mortero de regularización de la capa de formación de pendientes.

f) Una capa de impermeabilización cuando la cubierta sea plana o cuando

sea inclinada y el sistema de formación de pendientes no tenga la pendiente exigida en la tabla 2.10 o el solapo de las piezas de la protección sea insuficiente. La formación de pendientes tendrá la pendiente indicada, no necesitando impermeabilización. No obstante, la cubierta dispondrá una impermeabilización constituida por capa separadora para evitar el contacto entre materiales químicamente incompatibles o la adherencia entre la impermeabilización y el elemento que sirve de soporte en sistemas no adheridos compuesta por imprimación mediante emulsión asfáltica, de DANOSA, TEXA o similar y lámina impermeabilizante bituminosa de 4 Kg/m², de DANOSA, TEXA o similar.

g) Una capa separadora entre la capa de protección y la capa de impermeabilización, cuando:

• Deba evitarse la adherencia entre ambas capas. • La impermeabilización tenga una resistencia pequeña al

punzonamiento estático. • Se utilice como capa de protección solado flotante colocado sobre

soportes, grava, una capa de rodadura de hormigón, una capa de rodadura de aglomerado asfáltico dispuesta sobre una capa de mortero o tierra vegetal; en este último caso además debe disponerse inmediatamente por encima de la capa separadora, una capa drenante y sobre ésta una capa filtrante; en el caso de utilizarse grava la capa separadora debe ser antipunzonante.

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o.

Entre la capa de protección (grava) y la capa de impermeabilización se dispone el aislamiento térmico. No obstante, sobre la impermeabilización se coloca una capa de mortero de protección de cemento, de 1’50 cm de espesor mínimo.

h) Una capa separadora entre la capa de protección y el aislante térmico,

cuando:

• Se utilice tierra vegetal como capa de protección; además debe disponerse inmediatamente por encima de esta capa separadora, una capa drenante y sobre ésta una capa filtrante.

• La cubierta sea transitable para peatones; en este caso la capa separadora debe ser antipunzonante.

• Se utilice grava como capa de protección; en este caso la capa separadora debe ser filtrante, capaz de impedir el paso de áridos finos y antipunzonante.

Entre la capa de protección (grava) y el aislamiento térmico se dispone capa separadora constituida por geotextil.

i) Una capa de protección, cuando la cubierta sea plana, salvo que la capa

de impermeabilización sea autoprotegida. Se dispondrá como capa de protección 10 cm de grava.

j) Un tejado, cuando la cubierta sea inclinada.

No procede.

k) Un sistema de evacuación de aguas, que puede constar de canalones, sumideros y rebosaderos, dimensionado según el cálculo descrito en la sección HS 5 del DB-HS. Se proyectan sumideros que evacuaran las aguas a bajantes y colectores de PVC y rebosaderos.

La definición completa de las cubiertas proyectadas en cumplimiento de las condiciones anteriores se recoge en el Capítulo 2. MEMORIA CONSTRUCTIVA, de la presente memoria. 2.4.3. Condiciones de los componentes Cada componente de la cubierta cumplirá las condiciones que correspondan según lo indicado en este apartado. 2.4.4. Condiciones de los puntos singulares CUBIERTAS PLANAS:

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o.

Deben respetarse las condiciones de disposición de bandas de refuerzo y de terminación, las de continuidad o discontinuidad, así como cualquier otra que afecte al diseño, relativas al sistema de impermeabilización que se emplee. Juntas de dilatación: 1. Deben disponerse juntas de dilatación de la cubierta y la distancia entre juntas de dilatación contiguas debe ser como máximo 15 m. Siempre que exista un encuentro con un paramento vertical o una junta estructural debe disponerse una junta de dilatación coincidiendo con ellos. Las juntas deben afectar a las distintas capas de la cubierta a partir del elemento que sirve de soporte resistente. Los bordes de las juntas de dilatación deben ser romos, con un ángulo de 45º aproximadamente, y la anchura de la junta debe ser mayor que 3 cm. 2. Cuando la capa de protección sea de solado fijo, deben disponerse juntas de dilatación en la misma. Estas juntas deben afectar a las piezas, al mortero de agarre y a la capa de asiento del solado y deben disponerse de la siguiente forma:

a) Coincidiendo con las juntas de la cubierta. b) En el perímetro exterior e interior de la cubierta y en los encuentros con

paramentos verticales y elementos pasantes. c) En cuadrícula, situadas a 5 m como máximo en cubiertas no ventiladas y a

7,5 m como máximo en cubiertas ventiladas, de forma que las dimensiones de los paños entre las juntas guarden como máximo la relación 1:1,5.

3. En las juntas debe colocarse un sellante dispuesto sobre un relleno introducido en su interior. El sellado debe quedar enrasado con la superficie de la capa de protección de la cubierta. Encuentro de la cubierta con un paramento vertical: 1. La impermeabilización debe prolongarse por el paramento vertical hasta una altura de 20 cm como mínimo por encima de la protección de la cubierta. 2. El encuentro con el paramento debe realizarse redondeándose con un radio de curvatura de 5 cm aproximadamente o achaflanándose una medida análoga según el sistema de impermeabilización.

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3. Para que el agua de las precipitaciones o la que se deslice por el paramento no se filtre por el remate superior de la impermeabilización, dicho remate debe realizarse de alguna de las formas siguientes o de cualquier otra que produzca el mismo efecto:

a) Mediante una roza de 3 x 3 cm como mínimo en la que debe recibirse la impermeabilización con mortero en bisel formando aproximadamente un ángulo de 30º con la horizontal y redondeándose la arista del paramento.

b) Mediante un retranqueo cuya profundidad con respecto a la superficie externa del paramento vertical debe ser mayor que 5 cm y cuya altura por encima de la protección de la cubierta debe ser mayor que 20 cm.

c) Mediante un perfil metálico inoxidable provisto de una pestaña al menos en su parte superior, que sirva de base a un cordón de sellado entre el perfil y el muro. Si en la parte inferior no lleva pestaña, la arista debe ser redondeada para evitar que pueda dañarse la lámina.

Encuentro de la cubierta con un sumidero o un canalón: 1. El sumidero o el canalón debe ser una pieza prefabricada, de un material compatible con el tipo de impermeabilización que se utilice y debe disponer de un ala de 10 cm de anchura como mínimo en el borde superior. 2. El sumidero o el canalón debe estar provisto de un elemento de protección para retener los sólidos que puedan obturar la bajante. En cubiertas transitables este elemento debe estar enrasado con la capa de protección y en cubiertas no transitables, este elemento debe sobresalir de la capa de protección. 3. El elemento que sirve de soporte de la impermeabilización debe rebajarse alrededor de los sumideros o en todo el perímetro de los canalones (véase la figura 2.14) lo suficiente para que después de haberse dispuesto el impermeabilizante siga existiendo una pendiente adecuada en el sentido de la evacuación.

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4. La impermeabilización debe prolongarse 10 cm como mínimo por encima de las alas. 5. La unión del impermeabilizante con el sumidero o el canalón debe ser estanca. 6. Cuando el sumidero se disponga en la parte horizontal de la cubierta, debe situarse separado 50 cm como mínimo de los encuentros con los paramentos verticales o con cualquier otro elemento que sobresalga de la cubierta. 7. El borde superior del sumidero debe quedar por debajo del nivel de escorrentía de la cubierta. 8. Cuando el sumidero se disponga en un paramento vertical, el sumidero debe tener sección rectangular. Debe disponerse un impermeabilizante que cubra el ala vertical, que se extienda hasta 20 cm como mínimo por encima de la protección de la cubierta y cuyo remate superior se haga según lo descrito en el apartado 2.4.4.1.2. 9. Cuando se disponga un canalón su borde superior debe quedar por debajo del nivel de escorrentía de la cubierta y debe estar fijado al elemento que sirve de soporte. 10. Cuando el canalón se disponga en el encuentro con un paramento vertical, el ala del canalón de la parte del encuentro debe ascender por el paramento y debe disponerse una banda impermeabilizante que cubra el borde superior del ala, de 10 cm como mínimo de anchura centrada sobre dicho borde resuelto según lo descrito en el apartado 2.4.4.1.2. Rebosaderos: 1. En las cubiertas planas que tengan un paramento vertical que las delimite en todo su perímetro, deben disponerse rebosaderos en los siguientes casos:

a) Cuando en la cubierta exista una sola bajante.

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b) Cuando se prevea que, si se obtura una bajante, debido a la disposición de las bajantes o de los faldones de la cubierta, el agua acumulada no pueda evacuar por otras bajantes.

c) Cuando la obturación de una bajante pueda producir una carga en la cubierta que comprometa la estabilidad del elemento que sirve de soporte resistente.

2. La suma de las áreas de las secciones de los rebosaderos debe ser igual o mayor que la suma de las de bajantes que evacuan el agua de la cubierta o de la parte de la cubierta a la que sirvan. 3. El rebosadero debe disponerse a una altura intermedia entre la del punto más bajo y la del más alto de la entrega de la impermeabilización al paramento vertical (Véase la figura 2.15) y en todo caso a un nivel más bajo de cualquier acceso a la cubierta. 4. El rebosadero debe sobresalir 5 cm como mínimo de la cara exterior del paramento vertical y disponerse con una pendiente favorable a la evacuación.

Encuentro de la cubierta con elementos pasantes: 1. Los elementos pasantes deben situarse separados 50 cm como mínimo de los encuentros con los paramentos verticales y de los elementos que sobresalgan de la cubierta. 2. Deben disponerse elementos de protección prefabricados o realizados in situ, que deben ascender por el elemento pasante 20 cm como mínimo por encima de la protección de la cubierta. CUBIERTAS INCLINADAS No procede.

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3. DIMENSIONADO No existen elementos que dimensionar. 4. PRODUCTOS DE CONSTRUCCION Todos los materiales y productos que se vayan a utilizar en la instalación de evacuación de aguas cumplirán los requisitos descritos en el PLIEGO DE CONDICIONES incluido en esta memoria así como en este DB HS-1 (consultar directamente aparte). 5. CONSTRUCCIÓN Las obras de construcción del edificio en relación con esta sección se ejecutarán con sujeción al proyecto, a la normativa y legislación aplicable (consultar directamente DB HS-1 aparte), a las normas de la buena construcción y a las instrucciones de la Dirección Facultativa. 6. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN. Las instrucciones de mantenimiento y conservación correspondientes a los elementos descritos (muros, suelos, fachadas y cubiertas) se describen en el apartado 5.8. INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO TERMINADO de esta memoria así como en este DB HS-1 (consultar directamente aparte). EXIGENCIA BASICA HS 2: RECOGIDA Y EVACUACIÓN DE RESIDUOS (ARTÍCULO 13.2.) Los edificios dispondrán de espacios y medios para extraer los residuos ordinarios generados en ellos de forma acorde con el sistema público de recogida de tal manera que se facilite la adecuada separación en origen de dichos residuos, la recogida selectiva de los mismos y su posterior gestión. Conforme al apartado 1.1. Ámbito de aplicación, no es de aplicación para el caso que nos ocupa, al no tratarse de un edificio de viviendas. Conforme a este apartado, para locales la demostración de la conformidad con las exigencias básicas debe verificarse mediante un tratamiento específico adoptando criterios análogos a los que caracterizan las condiciones establecidas en esta sección.

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Teniendo en cuenta la secuencia de verificaciones que se expone en esta Sección del DB HS para el caso de edificios de viviendas, orientados para el proyecto que nos ocupa comentamos y justificamos los siguientes puntos específicos: 1. TIPOS DE RESIDUOS Clasificar los residuos por su procedencia y por su peligrosidad permite desarrollar estrategias de gestión adaptadas a las particularidades de cada tipo. Es muy distinto el residuo industrial que el agrícola o que el doméstico y también son totalmente diferentes los residuos gaseosos o líquidos de los sólidos, o los radiactivos. Los residuos, sólidos y líquidos, que se presume se originarán se pueden clasificar de forma general en: Aguas fecales: generadas por la actividad debido de núcleos húmedos, baldeo y limpieza, etc… En los edificios se generaran aguas fecales provenientes de aseos, vestuarios, locales técnicos y cocinas. Aguas pluviales: si se ven afectadas por la actividad tendrán la consideración de aguas fecales. Para el caso que nos ocupa, las aguas pluviales vinculadas a los edificios no presentan ninguna incidencia ya que se trata de una red separativa por lo que estas aguas no se mezclaran con las aguas fecales generadas. Residuos asimilables a urbanos: los residuos urbanos o municipales son aquellos que se generan en los domicilios particulares debido a la actividad doméstica, y los producidos en comercios, oficinas y servicios. Los materiales que forman parte de estos residuos son los siguientes:

- Materia orgánica, procedente de alimentos principalmente. - Papel y cartón: periódicos, revistas bolsas y embalajes. - Plásticos, procedente de envases y embalajes. - Vidrio: botellas, frascos, etc. - Metales: latas, botes, etc…

Para el caso que nos ocupa, consideraremos que en el interior de los edificios se generarán residuos de esta naturaleza. Residuos peligrosos: en cuanto a los posibles residuos peligrosos, que podemos decir que son todos aquellos residuos, así como los recipientes y envases que los contienen, que cumplen alguno de éstos criterios (definición de residuos peligrosos según Ley 10/199, de 21 de abril, de Residuos, y figure en la lista aprobada en el R.D. 952/1997 de Residuos Peligrosos): inflamabilidad, reactividad, corrosividad o toxicidad.

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En el edificio Centro de Día, de acuerdo con la actividad y los posibles usuarios (personas drogodependientes y similares), se ha previsto recinto para el tratamiento de residuos tóxicos derivados. 2. GESTIÓN DE LOS RESIDUOS En la actualidad, la gestión de los residuos es fundamental y deberá incluir las operaciones de recogida, transporte y disposición y tratamiento final. Una correcta gestión de los residuos debe seguir las siguientes pautas:

• Limpieza periódica de las dependencias de trabajo e instalaciones, llevando a cabo un manejo adecuado de los residuos generados.

• Retirada periódica de los residuos de la zona de producción antes de que se acumulen.

• Almacenamiento en lugar adecuado, para no interferir en el desarrollo de la actividad.

• Eliminación periódica de los residuos (por si mismo o mediante gestor autorizado).

Espacios para el almacenamiento: Según apartado 2.1 del DB HS-2, cada edificio debe disponer como mínimo de un almacén de contenedores de edificio para las fracciones de los residuos que tengan recogida puerta a puerta, y, para las fracciones que tengan recogida centralizada con contenedores de calle de superficie, debe disponer de un espacio de reserva en el que pueda construirse un almacén de contenedores cuando alguna de estas fracciones pase a tener recogida puerta a puerta. Aunque los terrenos en los que se encuentra la parcela que nos ocupa están pendientes de urbanización, el tratamiento de los residuos en la zona donde se encuentra el edificio se estima se realizará como en el resto de la ciudad, es decir, mediante recogida centralizada con contenedores de calle de superficie. Se desconoce si existirá recogida puerta a puerta para todos los residuos o para algunos tipos determinados. Según apartado 2.1 del DB HS-2, los edificios deben disponer como mínimo de un almacén de contenedores para las fracciones de los residuos que tengan recogida puerta a puerta, y, para las fracciones que tengan recogida centralizada con contenedores de calle de superficie, deben disponer de un espacio de reserva en el que pueda construirse un almacén de contenedores cuando alguna de estas fracciones pase a tener recogida puerta a puerta. Dado que no se trata de edificios de viviendas, estrictamente no es necesario un almacén o la reserva de espacio para su futura construcción. No obstante, en el edificio Centro de Día, de acuerdo con la actividad y el programa de necesidades planteado por el Promotor, se han proyectado dos cuartos para residuos (sólidos y tóxicos) con superficie útil muy superior a la estrictamente necesaria para el volumen de residuos que se estima se generarán. En el caso del

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edificio Centro de Emergencia Social, el Promotor no ha destinado espacio aunque existen cerca del comedor, recinto para almacén que podrá destinarse para esta tarea. El recorrido entre el almacén y el punto de recogida exterior debe tener una anchura libre de 1’20 m como mínimo, aunque se admiten estrechamientos localizados siempre que no se reduzca la anchura libre a menos de 1 m y que su longitud no sea mayor que 45 cm. Cuando en el recorrido existan puertas de apertura manual éstas deben abrirse en el sentido de salida. La pendiente debe ser del 12 % como máximo y no deben disponerse escalones. La superficie útil destinada a los recintos proyectados es superior a la mínima obtenida conforme al apartado 2.1.2.1. Superficie útil del almacén. El almacén de contenedores debe tener las siguientes características:

• Su emplazamiento y su diseño deben ser tales que la temperatura interior no supere 30º.

• El revestimiento de las paredes y el suelo debe ser impermeable y fácil de limpiar; los encuentros entre las paredes y el suelo deben ser redondeados.

• Debe contar al menos con una toma de agua dotada de válvula de cierre y un sumidero sifónico antimúridos en el suelo.

• Debe disponer de una iluminación artificial que proporcione 100 lux como mínimo a una altura respecto del suelo de 1 m y de una base de enchufe fija 16A 2p+T según UNE 20.315:1994.

• Satisfará las condiciones de protección contra incendios que se establecen para los almacenes de residuos en el apartado 2 de la Sección SI-1 del DB-SI Seguridad en caso de incendio.

Espacios de almacenamiento inmediato en el interior del edificio: De acuerdo con el apartado 2.3 del DB HS-2, las viviendas dispondrán espacios para almacenar cada una de las cinco fracciones de los residuos ordinarios generados en ella. Según se indica, las viviendas dispondrán espacios para almacenar cada una de las cinco fracciones de los residuos ordinarios generados en ella. Dado que no se trata de edificios de viviendas, estrictamente no son necesarios estos espacios. No obstante, en las estancias vinculadas a los comedores (catering, sala de elaboración y sala de preparación), similares a cocinas de viviendas, se dispondrán espacios para la instalación de recintos para el almacenamiento inmediato de los residuos generados. Además, en algunas de las estancias de uso colectivo como comedor, sala de estar, sala de usos múltiples, se dispondrán contenedores en número adecuado. La definición de estos contenedores de residuos no compete al presente Proyecto y serán objeto de instalación y definición dentro de los trabajos de amueblamiento de cada edificio. Estimamos que los recipientes serán de plástico rígido tipo HDPE o similar, para cada uno de los tipos de residuos, evitando la mezcla de los mismos, estableciendo algunos subgrupos (papel y cartón, plásticos, vidrios, orgánicos,

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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etc...). Estos estarán cerrados, serán fácilmente lavables, con tapas abisagradas de cierre hermético y con bolsa de plástico en su interior de volumen adecuado al recipiente. El espacio destinado al almacenamiento interior está situado de tal forma que el acceso al mismo no requiera de la utilización de ningún elemento auxiliar, a saber, el punto más alto estará a altura inferior a 1’20 m por encima del nivel del suelo. Será impermeable y fácilmente lavable. Destino final de los residuos: Según normativa, los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos para su valorización o eliminación, o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones. En todo caso, el poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En el caso de que la empresa produzca un residuo peligroso deberá darse de alta como productor de residuos peligrosos si resultara necesario y tramitar la documentación que en su caso se precise. Para el caso que nos ocupa, consideramos que todos los residuos son asimilables a urbanos y se eliminaran a través del sistema de recogida pública. En el caso, del edificio Centro de Día donde por el tipo de actividad existirán residuos tóxicos, se considera que su recogida se llevara a cabo por gestor autorizado o bien por la propia entidad administradora del centro siempre que esté dada de alta como gestora. 3. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DISPUESTAS No se proyecta instalaciones de traslado por bajante. En lo que respecta a los almacenes de contenedores, las instrucciones de mantenimiento y conservación de estos espacios se describen en el apartado de INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO TERMINADO del Capitulo 5. ANEJOS A LA MEMORIA, de la presente memoria, así como en este DB HS-2 (consultar directamente aparte de documento original). EXIGENCIA BASICA HS 3: CALIDAD DEL AIRE INTERIOR (ARTÍCULO 13.3.) Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión de aire viciado por los contaminantes.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá con carácter general por la cubierta del edificio con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, y de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas. Conforme al apartado 1.1. Ámbito de aplicación, no es de aplicación para el caso que nos ocupa, al no tratarse de un edificio de viviendas, ni contar con zonas de aparcamiento ni garajes,... No obstante, conforme a este apartado, para otros edificios o locales la demostración de la conformidad con las exigencias básicas debe verificarse mediante un tratamiento específico adoptando criterios análogos a los que caracterizan las condiciones establecidas en esta sección. Para locales de cualquier otro tipo, como resulta en nuestro caso, se considera que se cumplen las exigencias básicas si se observan las condiciones establecidas en el RD 1027/2007 de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). En este caso, el diseño y dimensionado de la instalación de climatización y ventilación se lleva a cabo en el apartado correspondientes de esta instalación. EXIGENCIA BASICA HS 4: SUMINISTRO DE AGUA (ARTÍCULO 13.4.) Los edificios dispondrán de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudales suficientes para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del caudal del agua. Los equipos de producción de agua caliente dotados de sistemas de acumulación y los puntos terminales de utilización tendrán unas características tales que eviten el desarrollo de gérmenes patógenos. En los apartados siguientes se describen las instalaciones de suministro de agua dos edificios de las características ya descritas en apartados anteriores, definiendo y detallando las prescripciones y elementos que contiene la instalación para que ésta se adapte dando solución de la manera más conveniente a los problemas técnicos, económicos y de confort, cumpliendo los requisitos que demanda el DB HS-4 del CTE. La instalación habrá de ser ejecutada por un INSTALADOR AUTORIZADO, con el fin de llevar a cabo su correcta ejecución y puesta en funcionamiento, en estricto cumplimiento de esta Sección del DB HS. Asimismo, estará obligado a realizar las pruebas que en la misma se recogen (apartado 5.6), con la emisión del boletín correspondiente así como de otros certificados (de pruebas, ensayos o verificaciones) necesarios.

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HS4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria. 1.1. Subsistema de fontanería

1.1.1. Datos de partida Se trata de dos edificios aislados, dentro de la misma parcela, el primero de ellos destinado a Unidad de Estancia Diurna U.E.D. de una sola planta de altura y el segundo destinado a ALBERGUE de dos plantas de altura; con instalación de fontanería independientes desde la conexión a red de abastecimiento registrada en acerado.

1.1.2. Objetivos a cumplir: Dotación adecuada y reducción del consumo y control del agua

1.1.3. Prestaciones: La edificación dispondrá de medios adecuados para suministrar al equipamiento higiénico previsto de agua apta para el consumo de forma sostenible, aportando caudal suficiente para su funcionamiento, sin alteración de las propiedades de aptitud para el consumo e impidiendo los posibles retornos que puedan contaminar la red, incorporando medios que permitan el ahorro y el control del agua.

1.1.4. Bases de cálculo: Cumplimiento de exigencia básica HS-4

1.1.5. Definición constructiva

- RED DE AGUA FRÍA: Compuesta de (Art. 3.2.1. del DB HS-4):

- Acometida Definición geométrica: Definición constructiva: Sistema de instalación enterrado Materiales empleados: PE-100

- Instalación general. Compuesta por los siguientes elementos: Llave de corte general (Definición constructiva): Sí Filtro de la instalación general (Definición constructiva): Armario o arqueta del contador general (Definición geométrica): Sí; (Definición constructiva):

Empotrado en monolito de cerramiento perimetral; (Materiales empleados): Tubo de alimentación (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de

polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante) Distribuidor principal (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de

polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante) Ascendentes o montantes (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de

polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante) Contadores divisionarios (Definición constructiva):

- Instalaciones particulares (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante)

- Derivaciones colectivas (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante)

- Sistemas de control y regulación de la presión Sistemas de sobreelevación. Grupos de presión (Definición constructiva): No Sistemas de reducción de la presión (Definición constructiva): No

- Sistemas de tratamiento de agua (Definición constructiva): - RED DE AGUA CALIENTE SANITARIA

- Tubo de alimentación (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante)

- Distribuidor principal (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante)

- Contadores divisionarios (Definición constructiva): No

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- Red de impulsión (Definición constructiva): - Instalaciones particulares (Definición constructiva): Cu (instalación empotrada bajo tubo de

polipropileno e instalación de superficie bajo coquilla aislante) - Red de retorno (Definición constructiva): No

1.2. Condiciones mínimas de suministro 1.2.1. Caudal mínimo para cada tipo de aparato.

Tabla 1.1 Caudal instantáneo mínimo para cada tipo de aparato

Tipo de aparato Caudal instantáneo mínimo de agua fría [dm3/s]

Caudal instantáneo mínimo de ACS [dm3/s]

Lavamanos 0,05 0,03 Lavabo 0,10 0,065 Ducha 0,20 0,10 Bañera de 1,40 m o más 0,30 0,20 Bañera de menos de 1,40 m 0,20 0,15 Bidé 0,10 0,065 Inodoro con cisterna 0,10 - Inodoro con fluxor 1,25 - Urinarios con grifo temporizado 0,15 - Urinarios con cisterna (c/u) 0,04 - Fregadero doméstico 0,20 0,10 Fregadero no doméstico 0,30 0,20 Lavavajillas doméstico 0,15 0,10 Lavavajillas industrial (20 servicios) 0,25 0,20 Lavadero 0,20 0,10 Lavadora doméstica 0,20 0,15 Lavadora industrial (8 kg) 0,60 0,40 Grifo aislado 0,15 0,10 Grifo garaje 0,20 - Vertedero 0,20 -

1.2.2. Presión mínima.

En los puntos de consumo la presión mínima ha de ser: - 100 KPa para grifos comunes. - 150 KPa para fluxores y calentadores.

1.2.3. Presión máxima.

Así mismo no se ha de sobrepasar los 500 KPa, según el C.T.E.

1.3. Diseño de la instalación. 1.3.1. Esquema general de la instalación de agua fría.

En función de los parámetros de suministro de caudal (continúo o discontinúo) y presión (suficiente o insuficiente) correspondientes al municipio, localidad o barrio, donde vaya situado el edificio se elegirá alguno de los esquemas que figuran a continuación:

Aljibe y grupo de presión. (Suministro público discontinúo y presión insuficiente).

Depósito auxiliar y grupo de presión. (Sólo presión insuficiente).

Depósito elevado. Presión suficiente y suministro público insuficiente.

Edificio con un solo titular. (Coincide en parte la Instalación Interior General con la Instalación Interior Particular).

Abastecimiento directo. Suministro público y presión suficientes.

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Aljibe y grupo de presión. Suministro público discontinúo y presión insuficiente.

Depósito auxiliar y grupo de presión. Sólo presión insuficiente. Edificio con múltiples titulares.

Abastecimiento directo. Suministro público continúo y presión suficiente.

1.4. Esquema. Instalación interior particular.

ESQUEMA UNIFILAR DE FONTANERIA EN PLANO CORRESPONDIENTE.

1.5. Dimensionado de Instalaciones y materiales utilizados 1.5.1. Reserva de espacio para el contador general

En los edificios dotados con contador general único se preverá un espacio para un armario o una cámara para alojar el contador general de las dimensiones indicadas en la tabla 4.1.

Tabla 4.1 Dimensiones del armario y de la cámara para el contador general

Diámetro nominal del contador en mm

Armario Cámara Dimensiones (mm) 15 20 25 32 40 50 65 80 100 125 150

Largo 600 600 900 900 1300 2100 2100 2200 2500 3000 3000 Ancho 500 500 500 500 600 700 700 800 800 800 800 Alto 200 200 300 300 500 700 700 800 900 1000 1000

1.5.2. Dimensionado de las redes de distribución

El cálculo se realizará con un primer dimensionado seleccionando el tramo más desfavorable de la misma y obteniéndose unos diámetros previos que posteriormente habrá que comprobar en función de la pérdida de carga que se obtenga con los mismos. Este dimensionado se hará siempre teniendo en cuenta las peculiaridades de cada instalación y los diámetros obtenidos serán los mínimos que hagan compatibles el buen funcionamiento y la economía de la misma.

Dimensionado de los tramos

El dimensionado de la red se hará a partir del dimensionado de cada tramo, y para ello se partirá del circuito considerado como más desfavorable que será aquel que cuente con la mayor pérdida de presión debida tanto al rozamiento como a su altura geométrica.

El dimensionado de los tramos se hará de acuerdo al procedimiento siguiente: a) el caudal máximo de cada tramo será igual a la suma de los caudales de los puntos de

consumo alimentados por el mismo de acuerdo con la tabla 2.1. b) establecimiento de los coeficientes de simultaneidad de cada tramo de acuerdo con un

criterio adecuado. c) determinación del caudal de cálculo en cada tramo como producto del caudal máximo por el

coeficiente de simultaneidad correspondiente. d) elección de una velocidad de cálculo comprendida dentro de los intervalos siguientes:

i) tuberías metálicas: entre 0,50 y 2,00 m/s ii) tuberías termoplásticas y multicapas: entre 0,50 y 3,50 m/s

e) Obtención del diámetro correspondiente a cada tramo en función del caudal y de la

velocidad.

Comprobación de la presión

1 Se comprobará que la presión disponible en el punto de consumo más desfavorable supera con los valores mínimos indicados en el apartado 2.1.3 y que en todos los puntos de consumo no se supera el valor máximo indicado en el mismo apartado, de acuerdo con lo siguiente:

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a) determinar la pérdida de presión del circuito sumando las pérdidas de presión total de cada tramo. Las perdidas de carga localizadas podrán estimarse en un 20% al 30% de la producida sobre la longitud real del tramo o evaluarse a partir de los elementos de la instalación.

b) comprobar la suficiencia de la presión disponible: una vez obtenidos los valores de las pérdidas de presión del circuito, se verifica si son sensiblemente iguales a la presión disponible que queda después de descontar a la presión total, la altura geométrica y la residual del punto de consumo más desfavorable. En el caso de que la presión disponible en el punto de consumo fuera inferior a la presión mínima exigida sería necesaria la instalación de un grupo de presión.

1.5.3. Dimensionado de las derivaciones a cuartos húmedos y ramales de enlace

1. Los ramales de enlace a los aparatos domésticos se dimensionarán conforme a lo que se establece en las tabla 4.2. En el resto, se tomarán en cuenta los criterios de suministro dados por las características de cada aparato y se dimensionará en consecuencia.

Tabla 3.2 Diámetros mínimos de derivaciones a los aparatos

Diámetro nominal del ramal de enlace Aparato o punto de consumo

Tubo de acero (“) Tubo de cobre o plástico (mm)

NORMA PROYECTO NORMA PROYECTO Lavamanos ½ - 12 - Lavabo, bidé ½ - 12 12 Ducha ½ - 12 12 Bañera <1,40 m ¾ - 20 20 Bañera >1,40 m ¾ - 20 - Inodoro con cisterna ½ - 12 12 Inodoro con fluxor 1- 1 ½ - 25-40 - Urinario con grifo temporizado ½ - 12 12 Urinario con cisterna ½ - 12 - Fregadero doméstico ½ - 12 - Fregadero industrial ¾ - 20 20 Lavavajillas doméstico ½ (rosca a ¾) - 12 - Lavavajillas industrial ¾ - 20 20 Lavadora doméstica ¾ - 20 - Lavadora industrial 1 - 25 25 Vertedero ¾ - 20 20

2 Los diámetros de los diferentes tramos de la red de suministro se dimensionarán conforme al

procedimiento establecido en el apartado 4.2, adoptándose como mínimo los valores de la tabla 4.3:

Tabla 3.3 Diámetros mínimos de alimentación

Diámetro nominal del tubo de alimentación

Tramo considerado

Acero (“) Cobre o plástico (mm)

NORMA PROYECTO NORMA PROYECTO

Alimentación a cuarto húmedo privado: baño, aseo, cocina. ¾ - 20 20

Alimentación a derivación particular: vivienda, apartamento, local comercial ¾ - 20 -

Columna (montante o descendente) ¾ - 20 35

Distribuidor principal 1 - 25 35

< 50 kw ½ - 12 -

50 - 250 kw ¾ - 20 -

250 - 500 kw 1 - 25 -

Alimentación equipos de climatización

> 500 kw 1 ¼ - 32 -

1.5.4. Dimensionado de las redes de ACS

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Dimensionado de las redes de impulsión de ACS

Para las redes de impulsión o ida de ACS se seguirá el mismo método de cálculo que para redes de agua fría.

Dimensionado de las redes de retorno de ACS

1 Para determinar el caudal que circulará por el circuito de retorno, se estimará que en el grifo

más alejado, la pérdida de temperatura sea como máximo de 3 ºC desde la salida del acumulador o intercambiador en su caso.

2 En cualquier caso no se recircularán menos de 250 l/h en cada columna, si la instalación responde a este esquema, para poder efectuar un adecuado equilibrado hidráulico.

3 El caudal de retorno se podrá estimar según reglas empíricas de la siguiente forma: a) considerar que se recircula el 10% del agua de alimentación, como mínimo. De

cualquier forma se considera que el diámetro interior mínimo de la tubería de retorno es de 16 mm.

b) los diámetros en función del caudal recirculado se indican en la tabla 4.4.

Tabla 3.4 Relación entre diámetro de tubería y caudal recirculado de ACS

Diámetro de la tubería (pulgadas) Caudal recirculado (l/h) ½ 140 ¾ 300 1 600

1 ¼ 1.100 1 ½ 1.800

2 3.300

Cálculo del aislamiento térmico El espesor del aislamiento de las conducciones, tanto en la ida como en el retorno, se dimensionará de acuerdo a lo indicado en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios RITE y sus Instrucciones Técnicas complementarias ITE.

Cálculo de dilatadores

En los materiales metálicos se considera válido lo especificado en la norma UNE 100 156:1989 y para los materiales termoplásticos lo indicado en la norma UNE ENV 12 108:2002. En todo tramo recto sin conexiones intermedias con una longitud superior a 25 m se deben adoptar las medidas oportunas para evitar posibles tensiones excesivas de la tubería, motivadas por las contracciones y dilataciones producidas por las variaciones de temperatura. El mejor punto para colocarlos se encuentra equidistante de las derivaciones más próximas en los montantes.

1.5.5. Dimensionado de los equipos, elementos y dispositivos de la instalación

Dimensionado de los contadores El calibre nominal de los distintos tipos de contadores se adecuará, tanto en agua fría como caliente, a los caudales nominales y máximos de la instalación.

Cálculo del grupo de presión

a) Cálculo del depósito auxiliar de alimentación El volumen del depósito se calculará en función del tiempo previsto de utilización, aplicando la siguiente expresión: 60tQV ⋅⋅= (4.1)

V es el volumen del depósito [l]; Q es el caudal máximo simultáneo [dm3/s]; t es el tiempo estimado (de 15 a 20) [min].

La estimación de la capacidad de agua se podrá realizar con los criterios de la norma UNE 100 030:1994. En el caso de utilizar aljibe, su volumen deberá ser suficiente para contener 3 días de reserva a razón de 200l/p.día.

b) Cálculo de las bombas

1 El cálculo de las bombas se hará en función del caudal y de las presiones de arranque y parada de la/s bomba/s (mínima y máxima respectivamente), siempre que no se instalen bombas de caudal variable. En este segundo caso la presión será función del caudal solicitado en cada momento y siempre constante.

2 El número de bombas a instalar en el caso de un grupo de tipo convencional, excluyendo las de reserva, se determinará en función del caudal total del grupo. Se dispondrán dos bombas para caudales de hasta 10 dm3/s, tres para caudales de hasta 30 dm3/s y 4 para más de 30 dm3/s.

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3 El caudal de las bombas será el máximo simultáneo de la instalación o caudal punta y vendrá fijado por el uso y necesidades de la instalación.

4 La presión mínima o de arranque (Pb) será el resultado de sumar la altura geométrica de aspiración (Ha), la altura geométrica (Hg), la pérdida de carga del circuito (Pc) y la presión residual en el grifo, llave o fluxor (Pr).

c) Cálculo del depósito de presión:

1 Para la presión máxima se adoptará un valor que limite el número de arranques y paradas del grupo de forma que se prolongue lo más posible la vida útil del mismo. Este valor estará comprendido entre 2 y 3 bar por encima del valor de la presión mínima.

2 El cálculo de su volumen se hará con la fórmula siguiente. Vn = Pb x Va / Pa (4.2)

Vn es el volumen útil del depósito de membrana; Pb es la presión absoluta mínima; Va es el volumen mínimo de agua; Pa es la presión absoluta máxima.

d) Cálculo del diámetro nominal del reductor de presión:

1 El diámetro nominal se establecerá aplicando los valores especificados en la tabla 4.5 en función del caudal máximo simultáneo:

Tabla 3.5 Valores del diámetro nominal en función del caudal máximo simultáneo

Caudal máximo simultáneo Diámetro nominal del reductor de presión dm3/s m3/h

15 0,5 1,8 20 0,8 2,9 25 1,3 4,7 32 2,0 7,2 40 2,3 8,3 50 3,6 13,0 65 6,5 23,0 80 9,0 32,0

100 12,5 45,0 125 17,5 63,0 150 25,0 90,0 200 40,0 144,0 250 75,0 270,0

2 Nunca se calcularán en función del diámetro nominal de las tuberías.

Dimensionado de los sistemas y equipos de tratamiento de agua

Determinación del tamaño de los aparatos dosificadores 1 El tamaño apropiado del aparato se tomará en función del caudal punta en la

instalación, así como del consumo mensual medio de agua previsto, o en su defecto se tomará como base un consumo de agua previsible de 60 m3 en 6 meses, si se ha de tratar tanto el agua fría como el ACS, y de 30 m3 en 6 meses si sólo ha de ser tratada el agua destinada a la elaboración de ACS.

2 El límite de trabajo superior del aparato dosificador, en m3/h, debe corresponder como mínimo al caudal máximo simultáneo o caudal punta de la instalación.

3 El volumen de dosificación por carga, en m3, no debe sobrepasar el consumo de agua previsto en 6 meses.

Determinación del tamaño de los equipos de descalcificación Se tomará como caudal mínimo 80 litros por persona y día.

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* U.E.D..-

ESTANCIA CAUDAL INSTALADO AGUA FRIA

CAUDAL INSTALADO AGUA CALIENTE

Cuarto de limpieza Q = 0,20 l/s. Q = 0,10 l/s. Aseo discapacitados Q = 0,20 l/s. Q = 0,065 l/s.

Aseo hombres Q = 0,45 l/s. Q = 0,065 l/s. Aseo mujeres Q = 0,40 l/s. Q = 0,13 l/s.

Aseo privado hombres Q = 0,65 l/s. Q = 0,165 l/s. Aseo privado mujeres Q = 0,60 l/s. Q = 0,23 l/s.

Qtotal = 2,50 l/s. Qtotal = 0,755 l/s. El caudal total simultaneo según el número de aparatos instalados “n” será: Qts = 1/ √(n-1) x Qt = 0,22 x 2,5 = 0,55 litros/s para el agua fria. Qts = 1/ √(n-1) x Qt = 0,33 x 0,755 = 0,249 litros/s para el agua caliente. El diámetro de las tuberías se calcula a una velocidad máxima de 1,5 m/s con el caudal simultáneo en la tubería principal y a una velocidad de 2 m/s con el caudal total en los ramales y derivaciones a cada núcleo húmedo. Ø = √(4000 x Q)/ (π x v), siendo “v” la velocidad del agua Ø = √(4000 x 0,55)/ (π x 1,5) = 21,6 mm para agua fría, se elige de 28x26 mm

Ø = √(4000 x 0,249)/ (π x 1,5) = 14,5 mm para agua caliente, se elige de 22x20 mm por defecto * ALBERGUE.-

ESTANCIA CAUDAL INSTALADO AGUA FRIA

CAUDAL INSTALADO AGUA CALIENTE

Aseo público hombres Q = 1,60 l/s. Q = 0,66 l/s. Aseo público mujeres Q = 2,20 l/s. Q = 0,66 l/s.

Cuarto de limpieza Q = 0,20 l/s. Q = 0,10 l/s. Lavandería Q = 0,80 l/s. Q = 0,50 l/s.

Aseo hombres Q = 0,45 l/s. Q = 0,065 l/s. Aseo mujeres Q = 0,40 l/s. Q = 0,13 l/s.

Aseo discapacitados Q = 0,20 l/s. Q = 0,065 l/s. Aseo personal Q = 0,20 l/s. Q = 0,065 l/s.

Cocina Q = 0,55 l/s. Q = 0,60 l/s. Baño Q = 0,60 l/s. Q = 0,33 l/s.

Aseo 1 Q = 0,20 l/s. Q = 0,065 l/s. Baño Q = 0,60 l/s. Q = 0,33 l/s. Baño Q = 0,60 l/s. Q = 0,33 l/s.

Aseo 2 Q = 0,20 l/s. Q = 0,065 l/s. Aseo 3 Q = 0,20 l/s. Q = 0,10 l/s.

Qtotal = 9,00 l/s. Qtotal = 4,065 l/s. El caudal total simultaneo según el número de aparatos instalados “n” será: Qts = 1/ √(n-1) x Qt = 0,127 x 9 = 1,143 litros/s para el agua fria. Qts = 1/ √(n-1) x Qt = 0,162 x 4,065 = 0,659 litros/s para el agua caliente.

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El diámetro de las tuberías se calcula a una velocidad máxima de 1,5 m/s con el caudal simultáneo en la tubería principal y a una velocidad de 2 m/s con el caudal total en los ramales y derivaciones a cada núcleo húmedo. Ø = √(4000 x Q)/ (π x v), siendo “v” la velocidad del agua Ø = √(4000 x 1,143)/ (π x 1,5) = 31,14 mm para agua fría, se elige de 35x33 mm

Ø = √(4000 x 0,659)/ (π x 1,5) = 23,65 mm para agua caliente, se elige de 28x26 mm

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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EXIGENCIA BASICA HS 5: EVACUACION DE AGUAS (ARTÍCULO 13.5.) Los edificios dispondrán de medios adecuados para extraer las aguas residuales generadas en ellos de forma independiente o conjunta con las precipitaciones atmosféricas y con las escorrentías. El objeto del presente apartado es justificar el cumplimiento de la EXIGENCIA BÁSICA HS-5 del CTE mediante la aplicación en fase de Proyecto de soluciones técnicas basadas en dicha Sección, que aseguran la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad de este requisito básico. En los apartados siguientes se describen las instalaciones de saneamiento de dos edificios de las características ya descritas en apartados anteriores, con el fin de llevar a cabo su correcta ejecución y puesta en funcionamiento. La instalación habrá de ser ejecutada por un instalador autorizado, el cual, llevará a cabo la ejecución de esta instalación en estricto cumplimiento de esta Sección del DB HS. Asimismo, estará obligado a realizar las pruebas que en la misma se recogen (apartado 5.6), con la emisión de los certificados pertinentes. 1. GENERALIDADES 1.1. Ámbito de aplicación Al tratarse de un proyecto de obra nueva, incluida en el ámbito de aplicación general del CTE, a la instalación de evacuación de aguas residuales y pluviales se le deberá aplicar la presente Sección 5 del DB HS. 1.2. Procedimiento de verificación Para la aplicación de esta exigencia básica se ha seguido la secuencia de verificaciones establecida en esta sección. 2. CARACTERIZACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE LAS EXIGENCIAS Las redes de saneamiento proyectadas se han diseñado de forma que cumplan con las exigencias establecidas en esta Sección a través de un trazado sencillo y funcional, con tuberías de diámetros apropiados a los caudales a transportar, disponiendo cierres hidráulicos adecuados a cada elemento de la red bajo unas condiciones de ventilación óptimas, con un mantenimiento y reparación fáciles. 3. DISEÑO

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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3.1. Condiciones generales de la evacuación 1. Los colectores del edificio deben desaguar, preferentemente por gravedad, en el pozo o arqueta general que constituye el punto de conexión entre la instalación de evacuación y la red de alcantarillado público, a través de la correspondiente acometida. 2. Cuando no exista red de alcantarillado público, deben utilizarse sistemas individualizados separados, uno de evacuación de aguas residuales dotado de una estación depuradora particular y otro de evacuación de aguas pluviales al terreno. 3. Los residuos agresivos industriales requieren un tratamiento previo al vertido a la red de alcantarillado o sistema de depuración. 4. Los residuos procedentes de cualquier actividad profesional ejercida en el interior de las viviendas distintos de los domésticos, requieren un tratamiento previo mediante dispositivos tales como depósitos de decantación, separadores o depósitos de neutralización. Tal como ya hemos indicado en esta memoria, los terrenos donde se encuentra la parcela que nos ocupa están pendientes de las obras de urbanización. Se considera que habrá una red separativa. Conforme al trazado de la red proyectada y las soluciones adoptadas, los albañales (colectores enterrados) de los edificios desaguarán por gravedad en pozo exterior (existente o de nueva creación) que constituirá el punto de conexión entre la instalación de evacuación de los edificios y la red de alcantarillado público, a través de las correspondientes acometidas desde arquetas sifónicas interiores. Las aguas que verterán a la red exterior procedente del edificio proyectado serán las pluviales y las residuales producidas por el metabolismo humano y las actividades que en el mismo se van a desarrollar, necesitando un tratamiento previo a su conexión a dicha red para que de acuerdo con la vigente normativa sobre vertidos, sean consideradas como “AGUAS RESIDUALES DOMESTICAS”. 3.2. Configuraciones de los sistemas de evacuación 1. Cuando exista una única red de alcantarillado público debe disponerse un sistema mixto o un sistema separativo con una conexión final de las aguas pluviales y las residuales, antes de su salida a la red exterior. La conexión entre la red de pluviales y la de residuales debe hacerse con interposición de un cierre hidráulico que impida la transmisión de gases de una a otra y su salida por los puntos de captación tales como calderetas, rejillas o sumideros. Dicho cierre puede estar incorporado a los puntos de captación de las aguas o ser un sifón final en la propia conexión. 2. Cuando existan dos redes de alcantarillado público, una de aguas pluviales y otra de aguas residuales debe disponerse un sistema separativo y cada red de canalizaciones debe conectarse de forma independiente con la exterior correspondiente.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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La red de alcantarillado público a la que se debe acometer es unitaria. La red de saneamiento proyectada para cada edificio es separativa, es decir, las aguas pluviales y residuales (fecales) se conducen por separado tanto al nivel de bajantes como al nivel de colectores, funcionando cada una de ellas por gravedad. Aunque las obras de urbanización de los terrenos a los que pertenece el solar, están pendientes de urbanización, estimamos que la red exterior será separativa. Por ello, antes de la acometida a la red pública se colocará una arqueta sifónica enterrada por cada una de las redes de cada edificio. Estas arquetas serán registrables para limpieza y mantenimiento de la red. La acometida a la red exterior se hará siempre a través de esta arqueta sifónica, emplazada dentro del límite de la edificación. En ningún caso se podrá instalar esta arqueta en zona pública. Estará dotada de sifón y arenero, respondiendo al modelo de la Compañía Suministradora. En principio, se ha considerado que los vertidos líquidos de los edificios no serán peligrosos, considerándolos similares a los de un edificio de viviendas, por ello, no se han instalado arquetas separadoras (decantadora) de grasas con arquetas de toma de muestras, a colocar previamente a las arquetas sifónicas. Previamente a la ejecución de las redes, se consultará a Compañía Suministradora la necesidad de las mismas. Cada uno de los edificios proyectados dispondrá de sus propias acometidas, funcionando de forma independiente. La acometida se efectuará a pozo de registro existente o de nueva creación, llevándose a cabo todas las obras necesarias para el lugar de conexión indicado por la Compañía Suministradora. El criterio adoptado para la evacuación de aguas es el siguiente: todos los vertidos provenientes de aparatos o elementos situados a cotas superiores a la vía pública lo harán por gravedad. Los situados, en el caso de que existan, a cotas inferiores harán el vertido mediante bombeo a la red interior superior, aunque exista cota suficiente en la red pública. Las redes de tuberías se diseñan de tal forma que sean accesibles para su mantenimiento y reparación, para lo cuál deben disponerse a la vista o alojadas en huecos o patinillos registrables. En caso contrario, deben contar con arquetas o registros. 3.3. Elementos que componen las instalaciones 3.3.1. Elementos en la red de evacuación 3.3.1.1. Cierres hidráulicos 1. Los cierres hidráulicos pueden ser:

a. Sifones individuales, propios de cada aparato. b. Botes sifónicos, que pueden servir a varios aparatos. c. Sumideros sifónicos.

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d. Arquetas sifónicas, situadas en los encuentros de los conductos enterrados de aguas pluviales y residuales.

2. Los cierres hidráulicos deben tener las siguientes características:

a. Deben ser autolimpiables, de tal forma que el agua que los atraviese arrastre los sólidos en suspensión.

b. Sus superficies interiores no deben retener materias sólidas. c. No deben tener partes móviles que impidan su correcto funcionamiento. d. Deben tener un registro de limpieza fácilmente accesible y manipulable. e. La altura mínima de cierre hidráulico debe ser 50 mm, para usos continuos y

70 mm para usos discontinuos. La altura máxima debe ser 100 mm. La corona debe estar a una distancia igual o menor que 60 cm por debajo de la válvula de desagüe del aparato. El diámetro del sifón debe ser igual o mayor que el diámetro de la válvula de desagüe e igual o menor que el del ramal de desagüe. En caso de que exista una diferencia de diámetros, el tamaño debe aumentar en el sentido del flujo.

f. Debe instalarse lo más cerca posible de la válvula de desagüe del aparato, para limitar la longitud de tubo sucio sin protección hacia el ambiente.

g. No deben instalarse serie, por lo que cuando se instale bote sifónico para un grupo de aparatos sanitarios, estos no deben estar dotados de sifón individual.

h. Si se dispone un único cierre hidráulico para servicio de varios aparatos, debe reducirse al máximo la distancia de estos al cierre.

i. Un bote sifónico no debe dar servicio a aparatos sanitarios no dispuestos en el cuarto húmedo en dónde esté instalado.

j. El desagüe de fregaderos, lavaderos y aparatos de bombeo (lavadoras y lavavajillas) debe hacerse con sifón individual.

Los cierres hidráulicos (botes sifónicos o sifones individuales), sirven al propósito de aislar el aire contenido en la red de evacuación del aire a los espacios ocupados por los usuarios. En los aseos y cuartos de baño, se instalará un bote sifónico con tapa de acero inoxidable para la conexión de todos los aparatos sanitarios proyectados. En estancias similares a cocina, todos los aparatos dispondrán de sifón individual. Los elementos de captación de aguas pluviales (calderetas, rejillas o sumideros) serán sifónicos disponiendo de un cierre hidráulico que impida la salida de gases desde la red de aguas residuales por los mismos. 3.3.1.2. Redes de pequeña evacuación 1. Las redes de pequeña evacuación deben diseñarse conforme a los siguientes criterios:

a. El trazado de la red debe ser lo más sencillo posible para conseguir una circulación natural por gravedad, evitando los cambios bruscos de dirección y utilizando las piezas especiales adecuada.

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b. Deben conectarse a las bajantes, cuando por condicionantes del diseño esto no fuera posible, se permite su conexión al manguetón del inodoro.

c. La distancia del bote sifónico a la bajante no debe ser mayor que 2’00 m. d. Las derivaciones que acometan al bote sifónico deben tener una longitud

igual o menor que 2’50 m, con una pendiente comprendida entre el 2 y el 4 %.

e. En los aparatos dotados de sifón individual deben tener las características siguientes:

- en los fregaderos, los lavaderos, los lavabos y los bidés la distancia a la bajante debe ser 4’00 m como máximo, con pendientes comprendidas entre un 2’5 y un 5 %.

- en las bañeras y las duchas la pendiente debe ser menor o igual que el 10 %.

- el desagüe de los inodoros a las bajantes debe realizarse directamente o por medio de un manguetón de acometida de longitud igual o menor que 1’00 m, siempre que no sea posible dar al tubo la pendiente necesaria.

f. Debe disponerse un rebosadero en los lavabos, bidés, bañeras y

fregaderos. g. No deben disponerse desagües enfrentados acometiendo a una tubería

común. h. Las uniones de los desagües a las bajantes deben tener la mayor

inclinación posible, que en cualquier caso no debe ser menor que 45º. i. Cuando se utilice el sistema de sifones individuales, los ramales de desagüe

de los aparatos sanitarios deben unirse a un tubo de derivación, que desemboque en la bajante o si esto no fuera posible, en el manguetón del inodoro, y que tenga la cabecera registrable con tapón roscado.

j. Excepto en instalaciones temporales, deben evitarse en estas redes los desagües bombeados.

Todas las canalizaciones de la pequeña red (aseos y puestos de venta) serán de PVC tipo C. La pequeña red de evacuación tendrá la misión de conducir las aguas usadas desde los cierres hidráulicos hacia las bajantes o arquetas con un recorrido que, en su mayor parte, es sensiblemente horizontal. Los cierres hidráulicos (botes sifónicos o sifones individuales), sirven al propósito de aislar el aire contenido en la red de evacuación del aire a los espacios ocupados por el usuario. En el caso de aseos y cuartos de baño situados en planta primera de edificio Centro de Emergencia Social, el desagüe de los aparatos sanitarios se llevará por el falso techo de la planta inferior hasta el bote sifónico, conectándose éste en unos casos directamente a la bajante y en otros con el manguetón del inodoro. La conexión del inodoro con la bajante se realizará en unos casos de forma directa o con manguetón de longitud inferior a 1’00 m y en otros, mediante colector colgado hasta llegar a la bajante más cercana con pendiente superior a la necesaria. En los aseos y cuartos de baños, se instalarán botes sifónicos con tapa de acero inoxidable para la conexión de todos los aparatos sanitarios proyectados.

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En estancias destinadas a elaboración y catering (similares a cocina), los aparatos que se instalen dispondrán de sifón individual. En el caso de los núcleos húmedos situados en planta acceso, el desagüe de los aparatos se llevará enterrado hacia las arquetas correspondientes. Se preverán puntos de desagüe para las máquinas de aire acondicionado, puntos que se conectarán a las bajantes o colectores colgados más cercanos. Los diámetros de los desagües y derivaciones individuales de los aparatos instalados serán como mínimo los indicados en la Tabla 4.1 de esta Sección. 3.3.1.3. Bajantes 1. Las bajantes deben realizarse sin desviaciones ni retranqueos y con diámetro uniforme en toda su altura excepto, en el caso de bajantes de residuales, cuando existan obstáculos insalvables en su recorrido y cuando la presencia de inodoros exija un diámetro concreto desde los tramos superiores que no es superado en el resto de la bajante. 2. El diámetro no debe disminuir en el sentido de la corriente. 3. Podrá disponerse un aumento de diámetro cuando acometan a la bajante caudales de magnitud mucho mayor que los del tramo situado aguas arriba. La evacuación de las aguas pluviales de cubiertas se realizará a través de un número determinado de sumideros. El número de sumideros se ha determinado conforme al apartado 4.2.1 (Tabla 4.6) del DB HS-5. Estos sumideros se conectaran a una red vertical constituida por bajantes de PVC, serie B, según UNE-EN 1329-1, que efectuarán su recorrido por los huecos previstos a tal efecto. Independientemente de su cálculo, tendrán un diámetro mínimo de 110 mm, indicándose los diámetros que deberán tener en los planos correspondientes. En el caso del edificio destinado a Centro de Emergencia Social, además existirán bajantes de aguas fecales independientes de los de aguas pluviales, que recogerán las aguas de los aseos de planta primera. El diámetro de las bajantes se mantendrá constante en toda su longitud. Para la sujeción de bajantes se tendrá en cuenta el apartado 5.3.1 del DB HS-5 (Tabla 5.1), instalándose al menos 2 puntos de sujeción como mínimo entre forjados con una altura entre ambos de 3’00 o cada 1’50 m como máximo. Las abrazaderas serán fijas, que bloqueen el tubo, y deslizantes para permitir movimientos debidos a dilataciones, colocadas alternativamente. De acuerdo con el DB HS-5, todas las bajantes (fecales y pluviales) dispondrán de un sistema de ventilación primaria, formado por la prolongación de la propia bajante, con el mismo diámetro, hasta la cubierta general del edificio y sobresaliendo por encima de la misma 1’30 m, al tratarse de cubiertas no transitables.

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3.3.1.4. Colectores 1. Los colectores pueden disponerse colgados o enterrados. 3.3.1.4.1. Colectores colgados 1. Las bajantes deben conectarse mediante piezas especiales, según las especificaciones técnicas del material. No puede realizarse esta conexión mediante simples codos, ni en el caso en que estos sean reforzados. 2. La conexión de una bajante de aguas pluviales al colector en los sistemas mixtos, debe disponerse separada al menos 3 m de la conexión de la bajante más próxima de aguas residuales situada aguas arriba. 3. Deben tener una pendiente del 1% como mínimo. 4. No deben acometer en un mismo punto más de dos colectores. 5. En los tramos rectos, en cada encuentro o acoplamiento tanto en horizontal como en vertical, así como en las derivaciones, deben disponerse registros constituidos por piezas especiales, según el material del que se trate, de tal manera que los tramos entre ellos no superen los 15 m. 3.3.1.4.2. Colectores enterrados 1. Los tubos deben disponerse en zanjas de dimensiones adecuadas, tal y como se establece en el apartado 5.4.3, situados por debajo de la red de distribución de agua potable. 2. Deben tener una pendiente del 2 % como mínimo. 3. La acometida de las bajantes y los manguetones a esta red se hará con interposición de una arqueta de pie de bajante, que no debe ser sifónica. 4. Se dispondrán registros de tal manera que los tramos entre los contiguos no superen 15 m. Tanto los albañales (colectores enterrados) como los colectores colgados se ejecutarán con tuberías de PVC tipo UD y PVC tipo C respectivamente, de rigidez anular nominal 4 kN/m², de diámetros necesarios según cálculos e indicados en planos. En el caso de la red colgada, los encuentros, quiebros y cambios de dirección se realizarán mediante piezas especiales del mismo material e irán sellados mediante adhesivo especial. En los puntos donde se considere oportuno (conexión de bajante, cambios de dirección, etc...) se dispondrán tapones de registro y limpieza. Algunos de los sumideros de cubiertas se desviaran hacia las bajantes proyectadas mediante colector colgado, que discurrirán ocultos por falso techo.

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En todos los cuartos técnicos, se ha instalado un sumidero o cazoleta que irá directamente a la arqueta más cercana. Este elemento será sifónico de fundición, con cierre hidráulico y rejilla desmontable del mismo material. 3.3.1.5. Elementos de conexión 1. En redes enterradas la unión entre las redes vertical y horizontal y en ésta, entre sus encuentros y derivaciones, debe realizarse con arquetas dispuestas sobre cimiento de hormigón, con tapa practicable. Sólo puede acometer un colector por cada cara de la arqueta, de tal forma que el ángulo formado por el colector y la salida sea mayor que 90º. 2. Deben tener las siguientes características:

• La arqueta a pie de bajante debe utilizarse para registro al pie de las bajantes cuando la conducción a partir de dicho punto vaya a quedar enterrada; no debe ser de tipo sifónico.

• En las arquetas de paso deben acometer como máximo tres colectores. • Las arquetas de registro deben disponer de tapa accesible y practicable. • La arqueta de trasdós debe disponerse en caso de llegada al pozo general

del edificio de más de un colector. • El separador de grasas debe disponerse cuando se prevea que las aguas

residuales del edificio puedan transportar una cantidad excesiva de grasa, (en locales tales como restaurantes, garajes, etc...), o de líquidos combustibles que podría dificultar el buen funcionamiento de los sistemas de depuración, o crear un riesgo en el sistema de bombeo y elevación. Puede utilizarse como arqueta sifónica. Debe estar provista de una abertura de ventilación, próxima al lado de descarga, y de una tapa de registro totalmente accesible para las preceptivas limpiezas periódicas. Puede tener más de un tabique separador. Si algún aparato descargara de forma directa en el separador, debe estar provisto del correspondiente cierre hidráulico. Debe disponerse preferiblemente al final de la red horizontal, previo al pozo de resalto y a la acometida. Salvo en casos justificados, al separador de grasas sólo deben verter las aguas afectadas de forma directa por los mencionados residuos (grasas, aceites, etc...).

3. Al final de la instalación y antes de la acometida debe disponerse el pozo general del edificio. 4. Cuando la diferencia entre la cota del extremo final de la instalación y la del punto de acometida sea mayor que 1 m, debe disponerse un pozo de resalto como elemento de conexión de la red interior de evacuación y de la red exterior de alcantarillado o los sistemas de depuración. 5. Los registros para limpieza de colectores deben situarse en cada encuentro y cambio de dirección e intercalados en tramos rectos. En la red enterrada, se dispondrán arquetas de paso, de dimensiones especificadas en planos, en todos los cambios de dirección y donde sea necesario para realizar un trazado adecuado. Las arquetas de paso se situarán en los tramos rectos de los albañales cada 15 m como máximo para permitir el registro y

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desatasco de los conductos. Las arquetas podrán ser prefabricadas (PVC o polietileno) o de fábrica de ladrillo. En los espacios exteriores pavimentados de la parcela, se dispondrán arquetas sumideros que se conectara a la red de aguas pluviales que salen de cada uno de los edificios. Los acerados o espacios pavimentados de escasa superficie verterán sus aguas a las zonas ajardinadas. Para una más fácil localización posterior, las redes enterradas y colgadas se han proyectado siguiendo un trazado lo más ortogonal posible, intentando que los conductos acometan perpendicularmente a las paredes de las arquetas. A fin de mejorar entonces el trazado hidráulico, se adoptará un tamaño de arqueta suficiente para, mediante hormigón bien bruñido, construir en su fondo los cauces para que las aguas laterales concurran oblicuamente al sentido principal. En resumen, se proyectan las siguientes redes de evacuación de aguas usadas: Edificio Centro de Día:

• Red colgada de aguas pluviales al nivel de cubierta plana desde sumideros hacia bajantes proyectadas.

• Red enterrada de aguas pluviales que recoge el agua de las bajantes de cubiertas y espacios exteriores pavimentados.

• Red enterrada de aguas residuales (fecales) de núcleos húmedos situados en planta acceso.

Edificio Centro de Emergencia Social:

• Red colgada de aguas pluviales al nivel de cubiertas planas desde sumideros hacia bajantes proyectadas.

• Red colgada de aguas residuales (fecales) de cuartos de baños y aseos de planta primera.

• Red enterrada de aguas pluviales que recoge el agua de las bajantes de cubiertas y espacios exteriores pavimentados.

• Red enterrada de aguas residuales (fecales) que recoge el agua de las bajantes de núcleos húmedos situados en planta primera y de los de núcleos húmedos situados en planta acceso.

3.3.2. Elementos especiales 3.3.2.1. Sistema de bombeo y elevación No se precisa. 3.3.2.2. Válvulas antirretorno de seguridad 1. Deben instalarse válvulas antirretorno de seguridad para prevenir las posibles inundaciones cuando la red exterior de alcantarillado se sobrecargue, particularmente en sistemas mixtos (doble clapeta con cierre manual), dispuestas en lugares de fácil acceso para su registro y mantenimiento.

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No se han considerado. Se consultará a Compañía suministradora su necesidad según características y calidad de la red exterior y su repercusión en la edificación que se proyecta. 3.3.3. Subsistemas de ventilación de las instalaciones 1. Deben disponerse subsistemas de ventilación tanto en las redes de aguas residuales como en las de pluviales. Se utilizarán subsistemas de ventilación primaria, ventilación secundaria, ventilación terciaria y ventilación con válvulas de aireación-ventilación. 3.3.3.1. Subsistema de ventilación primaria 1. Se considera suficiente como único sistema de ventilación en edificios con menos de 7 plantas, o con menos de 11 si la bajante está sobredimensionada, y los ramales de desagües tienen menos de 5 m. 2. Las bajantes de aguas residuales deben prolongarse al menos 1,30 m por encima de la cubierta del edificio, si esta no es transitable. Si lo es, la prolongación debe ser de al menos 2,00 m sobre el pavimento de la misma. 3. La salida de la ventilación primaria no debe estar situada a menos de 6 m de cualquier toma de aire exterior para climatización o ventilación y debe sobrepasarla en altura. 4. Cuando existan huecos de recintos habitables a menos de 6 m de la salida de la ventilación primaria, ésta debe situarse al menos 50 cm por encima de la cota máxima de dichos huecos. 5. La salida de la ventilación debe estar convenientemente protegida de la entrada de cuerpos extraños y su diseño debe ser tal que la acción del viento favorezca la expulsión de los gases. 6. No pueden disponerse terminaciones de columna bajo marquesinas o terrazas. Basándonos en lo establecido en este apartado, en los edificios proyectados se cumplen los requisitos (menos de 7 plantas y ramales de desagüe < 5’00 m), para poder considerar suficiente como único SISTEMA DE VENTILACIÓN EL PRIMARIO para asegurar el funcionamiento de los cierres hidráulicos (desifonado de los aparatos sanitarios), prolongando las bajantes de aguas residuales al menos 1’30 m por encima de la cubierta al ser no transitable. La salida de la ventilación debe estar convenientemente protegida de la entrada de cuerpos extraños y su diseño debe ser tal que la acción del viento favorezca la expulsión de los gases. Con las salidas de ventilación se cumplirán las distancias establecidas en el DB. 3.3.3.2. Subsistema de ventilación secundaria No se precisa.

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3.3.3.3. Subsistema de ventilación terciaria No se precisa. 3.3.3.4. Subsistema de ventilación con válvulas de aireación No se precisa. 4. DIMENSIONADO 1. Debe aplicarse un procedimiento de dimensionado para un sistema separativo, es decir, debe dimensionarse la red de aguas residuales por un lado y la red de aguas pluviales por otro, de forma separada e independiente, y posteriormente mediante las oportunas conversiones, dimensionar un sistema mixto. 2. Debe utilizarse el método de adjudicación del número de unidades de desagüe (UD) a cada aparato sanitario en función de que el uso sea público o privado. El cálculo de la red de saneamiento comienza una vez elegido el sistema de evacuación y diseñado el trazado de las conducciones desde los desagües hasta el punto de vertido. El sistema adoptado por este DB para el dimensionamiento de las redes de saneamiento se basa en la valoración de Unidades de Desagüe (UD), que es el caudal que corresponde a 0’47 l/s y representa el peso que un aparato sanitario tiene en la evaluación de los diámetros de la red de evacuación. A cada aparato sanitario instalado el DB le adjudica un cierto numero de UD, que variará si se trata de un edificio público o privado, y serán las adoptadas en el cálculo. En función de las UD o las superficies de cubierta que vierten agua por cada tramo, se fijarán los diámetros de las tuberías de la red. Además del presente apartado, de cara al dimensionado más adecuado se ha tenido en consideración bibliografía especializada así como el libro “Cálculo y Normativa Básica de las Instalaciones en los edificios” de D. Luis Jesús Arizmendi. 4.1. Dimensionado de la red de evacuación de aguas residuales 4.1.1. Red de pequeña evacuación de aguas residuales 4.1.1.1. Derivaciones individuales 1. La adjudicación de UD a cada tipo de aparato y los diámetros mínimos de los sifones y las derivaciones individuales correspondientes se establecen en la tabla 4.1 en función del uso. 2. Para los desagües de tipo continuo o semicontinuo, tales como los de los equipos de climatización, las bandejas de condensación, etc..., debe tomarse 1 UD para 0’03 dm3/s de caudal estimado.

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3. Los diámetros indicados en la tabla 4.1 se consideran válidos para ramales individuales cuya longitud sea igual a 1’50 m. Para ramales mayores debe efectuarse un cálculo pormenorizado, en función de la longitud, la pendiente y el caudal a evacuar. 4. El diámetro de las conducciones no debe ser menor que el de los tramos situados aguas arriba. Mediante esta tabla se han obtenido los diámetros y las UD para cada tipo de aparato considerando USO PUBLICO, habiéndose mayorado este diámetro en algunos casos los valores obtenidos para prevenir posibles estancamientos en la red.

5. Para el cálculo de las UDs de aparatos sanitarios o equipos que no estén incluidos en la tabla 4.1, pueden utilizarse los valores que se indican en la tabla 4.2 en función del diámetro del tubo de desagüe:

4.1.1.2. Botes sifónicos o sifones individuales 1. Los sifones individuales deben tener el mismo diámetro que la válvula de desagüe conectada. 2. Los botes sifónicos deben tener el número y tamaño de entradas adecuado y una altura suficiente para evitar que la descarga de un aparato sanitario alto salga por otro de menor altura.

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Los botes sifónicos serán de ø110 mm para 3 entradas y de ø125 mm para 4 entradas. Tendrán la altura mínima recomendada para evitar que la descarga de un aparato sanitario alto salga por otro de menor altura. 4.1.1.3. Ramales colectores 1. En la tabla 4.3 se obtiene el diámetro de los ramales colectores entre aparatos sanitarios y la bajante según el número máximo de unidades de desagüe y la pendiente del ramal colector.

Mediante esta tabla se han obtenido directamente los diámetros de cada derivación (tramos de botes sifónicos a bajantes o bien tramos a los que vierten una serie de aparatos sanitarios con sus sifones individuales). 4.1.2. Bajantes de aguas residuales 1. El dimensionado de las bajantes debe realizarse de forma tal que no se rebase el límite de ± 250 Pa de variación de presión y para un caudal tal que la superficie ocupada por el agua no sea mayor que 1/3 de la sección transversal de la tubería. 2. El diámetro de las bajantes se obtiene en la tabla 4.4 como el mayor de los valores obtenidos considerando el máximo número de UD en la bajante y el máximo número de UD en cada ramal en función del número de plantas.

El dimensionado de las bajantes se realiza a partir de esta tabla, en que se hace corresponder el número de plantas del edificio con el número máximo de UDs y el diámetro que le correspondería a la bajante, conociendo que el diámetro de la

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misma será único en toda su altura y considerando también el máximo caudal que puede descargar en la bajante desde cada ramal sin contrapresiones en éste. El dimensionado de las bajantes de aguas residuales se obtiene en función de las unidades de desagüe vertidas en toda la bajante, directamente desde cada inodoro y a través de las derivaciones de los distintos aparatos, así como en función de su altura. En el cálculo de éstas se han tenido en cuenta las siguientes recomendaciones:

- El mínimo diámetro en las que se cargan los inodoros es de 110 mm, con el fin de evitar posibles obstrucciones en el caso que sean vertidos cuerpos sólidos en ellas.

- El desagüe de inodoros se realiza directamente a la bajante o colector.

Con objeto de facilitar su cálculo e identificación, las bajantes se han numerado tal como queda indicado en planos. El proceso de dimensionado ha consistido en comprobar la bajante con más unidades de desagüe y a partir de la misma dimensionar las restantes. 3. Las desviaciones con respecto a la vertical, se dimensionan con el criterio siguiente:

a. Si la desviación forma un ángulo con la vertical menor que 45º, no se requiere ningún cambio de sección.

b. Si la desviación forma un ángulo mayor que 45º, se procede de la manera siguiente:

- El tramo de la bajante situado por encima de la desviación

se dimensiona como se ha especificado de forma general. - El tramo de la desviación, se dimensiona como un colector

horizontal, aplicando una pendiente del 4% y considerando que no debe ser menor que el tramo anterior.

- Para el tramo situado por debajo de la desviación se adoptará un diámetro igual o mayor al de la desviación.

4.1.3. Colectores horizontales de aguas residuales 1. Los colectores horizontales se dimensionan para funcionar a media de sección, hasta un máximo de tres cuartos de sección, bajo condiciones de flujo uniforme. 2. El diámetro de los colectores horizontales se obtiene en la tabla 4.5 en función del máximo número de UD y de la pendiente. REGLAMENTARIOSEFECTOSLOSA

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Colectores colgados: Las dimensiones de los colectores colgados de aguas residuales se han obtenido de esta tabla, considerando una pendiente del 1% (quedándonos del lado de la seguridad tomaremos esta pendiente con independencia de que en su ejecución se adopte una pendiente mayor (1’5%) como es de desear) y las UDs que recoge. Partiendo de los diámetros que marcan las bajantes que acometen, con un diámetro mínimo de 110 mm, se comprueba tramo a tramo la validez de dicho diámetro o cambiando a un diámetro mayor según las UDs que se van sumando en cada tramo de la red. Colectores enterrados: Las dimensiones de los colectores enterrados de aguas residuales se han obtenido de dicha tabla, obteniendo el diámetro del colector en función de la pendiente del mismo (2%) y de las UDs que recoge. Partiendo de un diámetro mínimo de 160 mm para un óptimo funcionamiento de la misma evitando obstrucciones, se comprueba tramo a tramo la validez de dicho diámetro o cambiando a un diámetro mayor según las UDs que se van sumando en cada tramo de la red. 4.2. Dimensionado de la red de evacuación de aguas pluviales 4.2.1. Red de pequeña evacuación de aguas pluviales 1. El área de la superficie de paso del elemento filtrante de una caldereta debe estar comprendida entre 1’5 y 2 veces la sección recta de la tubería a la que se conecta. 2. El número mínimo de sumideros que deben disponerse es el indicado en la tabla 4.6, en función de la superficie proyectada horizontalmente de la cubierta a la que sirven.

Los sumideros que se han colocado se han determinado conforme a la tabla anterior, en función de la superficie proyectada horizontalmente de la cubierta a la

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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que sirven. Con desniveles no mayores de 150 mm y pendientes máximas del 0’50%. 3. El número de puntos de recogida debe ser suficiente para que no haya desniveles mayores que 150 m y pendientes máximas del 0’5 %, y para evitar una sobrecarga excesiva de la cubierta. 4. Cuando por razones de diseño no se instalen estos puntos de recogida debe preverse de algún modo la evacuación de las aguas de precipitación, como por ejemplo colocando rebosaderos. 4.2.2. Canalones No procede. 4.2.3. Bajantes de aguas pluviales 1. El diámetro correspondiente a la superficie, en proyección horizontal, servida por cada bajante de aguas pluviales se obtiene en la tabla 4.8:

2. Análogamente al caso de los canalones, para intensidades distintas de 100 mm/h, debe aplicarse el factor f correspondiente. Para régimen pluviométrico de 110 mm/h determinado según Anexo B, tenemos f = 110/100 = 1’10. Factor que deberá aplicarse a los valores obtenidos en la tabla. Cada bajante proyectada sirve como máximo a dos sumideros de cubierta. Para la bajante más desfavorable, se obtiene un diámetro mínimo 110 mm. 4.2.4. Colectores de aguas pluviales 1. Los colectores de aguas pluviales se calculan a sección llena en régimen permanente. 2. El diámetro de los colectores de aguas pluviales se obtiene en la tabla 4.9, en función de su pendiente y de la superficie a la que sirve.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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Colectores colgados: Las dimensiones de los colectores colgados de aguas pluviales se han obtenido de esta tabla. Así, partiendo de los diámetros que marcan las bajantes que acometen a cada colector y considerando un diámetro mínimo de 110 mm para un óptimo funcionamiento de la red, evitando obstrucciones, se comprueba tramo a tramo la validez de dicho diámetro o cambiando a un diámetro mayor según las superficies de recogida que se van sumando. Colectores enterrados: En cada tramo de arranque de la red enterrada, se parte de un diámetro mínimo de 160 mm para tramos principales, con una pendiente mínima del 2%. Los tramos que parten de arquetas sumideros, arrancan con un diámetro inferior. Se comprueba tramo a tramo la validez de dicho diámetro o cambiando a un diámetro mayor según las superficies que se van sumando en cada tramo considerado. 4.3. Dimensionado de los colectores de tipo mixto No procede. 4.4. Dimensionado de las redes de ventilación 4.4.1. Ventilación primaria 1. La ventilación primaria debe tener el mismo diámetro que la bajante de la que es prolongación, aunque a ella se conecte una columna de ventilación secundaria. Cada bajante, tanto de pluvial como de fecal, se prolongará en cubierta la altura necesaria con el mismo diámetro de la bajante de la que es prolongación. 4.4.2. Ventilación secundaria No se precisa. 4.4.3. Ventilación terciaria No se precisa. 4.5. Accesorios

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1. En la tabla 4.13 se obtienen las dimensiones mínimas necesarias (longitud L y anchura A mínimas) de una arqueta en función del diámetro del colector de salida de ésta.

Las arquetas se ejecutarán conforme a esta tabla, basándose en criterios constructivos, que no de cálculo hidráulico, según el diámetro del colector de salida. En cada cara de la arqueta solo acometerá un colector. 4.6. Dimensionado de los sistemas de bombeo y elevación No es de aplicación. 5. CONSTRUCCIÓN La instalación de evacuación de aguas se ejecutará con sujeción al proyecto, a la normativa y legislación aplicable (consultar directamente DB HS-5 aparte), a las normas de la buena construcción y a las instrucciones de la Dirección Facultativa. 6. PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN Todos los materiales que se vayan a utilizar en la instalación de evacuación de aguas cumplirán los requisitos descritos en el PLIEGO DE CONDICIONES incluido en esta memoria así como en este DB HS-5 (consultar directamente aparte). 7. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN Las instrucciones de mantenimiento y conservación correspondientes a esta instalación se describen en el apartado de INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO DEL EDIFICIO TERMINADO de esta memoria así como en este DB HS-5 (consultar directamente aparte). REGLAMENTARIOSEFECTOSLOSA

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3.5. PROTECCION FRENTE AL RUIDO. DOCUMENTO BASICO HR (Articulo 14 de la Parte 1 del Código Técnico de Edificación) Se trata en este apartado de la justificación del cumplimiento del Documento Básico de Protección frente al ruido (HR) de acuerdo al Real Decreto 314/2006 del 17 de Marzo por el que se aprueba el Código técnico de Edificación, texto modificado por la Orden VIV/984/2009, de 15 de abril, publicado en el BOE con fecha 23 de Abril de 2009. El objetivo de este requisito básico “Protección frente al ruido” consiste en limitar dentro de los edificios, y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos. El Documento Básico "DB HR Protección frente al Ruido" especifica parámetros objetivos y sistemas de verificación cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de protección frente al ruido. El ámbito de aplicación de este DB es el que se establece con carácter general para el CTE en su artículo 2 (Parte I) exceptuándose los casos que se indican a continuación:

a) Los recintos ruidosos, que se regirán por su reglamentación específica. b) Los recintos y edificios de pública concurrencia destinados a espectáculos, tales como auditorios, salas de música, teatros, cines, etc., que serán objeto de estudio especial en cuanto a su diseño para el acondicionamiento acústico, y se considerarán recintos de actividad respecto a las unidades de uso colindantes a efectos de aislamiento acústico. c) Las aulas y las salas de conferencias cuyo volumen sea mayor que 350 m3, que serán objeto de un estudio especial en cuanto a su diseño para el acondicionamiento acústico, y se considerarán recintos protegidos respecto de otros recintos y del exterior a efectos de aislamiento acústico. d) Las obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación en los edificios existentes, salvo cuando se trate de rehabilitación integral. Asimismo quedan excluidas las obras de rehabilitación integral de los edificios protegidos oficialmente en razón de su catalogación, como

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bienes de interés cultural, cuando el cumplimiento de las exigencias suponga alterar la configuración de su fachada o su distribución o acabado interior, de modo incompatible con la conservación de dichos edificios.

Es de aplicación para el caso que nos ocupa. Se opta por realizar la justificación mediante la opción simplificada según fichas adjuntas.

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1. SISTEMA DE COMPARTIMENTACIÓN

Exigidas según Capítulo 2.1 del DB-HR: 2.1 Valores límite de aislamiento 2.1.1 Aislamiento acústico a ruido aéreo Los elementos constructivos interiores de separación, así como las fachadas, las cubiertas, las medianerías y los suelos en contacto con el aire exterior que conforman cada recinto de un edificio deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla: a) En los recintos protegidos: i) Protección frente al ruido generado en la misma unidad de uso: − El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 33 dBA. ii) Protección frente al ruido procedente de otras unidades de uso: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto protegido y cualquier otro del edificio, colindante vertical u horizontalmente con él, que pertenezca a una unidad de uso diferente, no será menor que 50 dBA. iii) Protección frente al ruido procedente de zonas comunes: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto protegido y una zona común, colindante vertical u horizontalmente con él, siempre que no comparta puertas o ventanas, no será menor que 50 dBA. Cuando sí las compartan, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas, no será menor que 30 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, del muro no será menor que 50 dBA. iv) Protección frente al ruido procedente de recintos de instalaciones y de recintos de actividad: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto protegido y un recinto de instalaciones o un recinto de actividad, colindante vertical u horizontalmente con él, no será menor que 55 dBA. v) Protección frente al ruido procedente del exterior: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, entre un recinto protegido y el exterior no será menor que los valores indicados en la tabla 2.1, en función del uso del edificio y de los valores del índice de ruido día, Ld, definido en el Anexo I del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, de la zona donde se ubica el edificio. Tabla 2.1 Valores de aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, en dBA, entre un recinto protegido y el exterior, en función del índice de ruido día, Ld.

− El valor del índice de ruido día, Ld, puede obtenerse en las administraciones competentes o mediante consulta de los mapas estratégicos de ruido. − Cuando no se disponga de datos oficiales del valor del índice de ruido día, Ld, se aplicará el valor de 60 dBA para el tipo de área acústica relativo a sectores de territorio con predominio de suelo de uso residencial. Para el resto de áreas acústicas, se aplicará lo dispuesto en las normas reglamentarias de desarrollo de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

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− Cuando se prevea que algunas fachadas, tales como fachadas de patios de manzana cerrados o patios interiores, así como fachadas exteriores en zonas o entornos tranquilos, no van a estar expuestas directamente al ruido de automóviles, aeronaves, de actividades industriales, comerciales o deportivas, se considerará un índice de ruido día, Ld, 10 dBA menor que el índice de ruido día de la zona. − Cuando en la zona donde se ubique el edificio el ruido exterior dominante sea el de aeronaves según se establezca en los mapas de ruido correspondientes, el valor de aislamiento acústico a ruido aéreo, D2m,nT,Atr, obtenido en la tabla 2.1 se incrementará en 4 dBA. b) En los recintos habitables: i) Protección frente al ruido generado en la misma unidad de uso: − El índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, de la tabiquería no será menor que 33 dBA. ii) Protección frente al ruido procedente de otras unidades de uso: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y cualquier recinto habitable colindante vertical u horizontalmente con él, que pertenezca a una unidad de uso diferente no será menor que 45 dBA. iii) Protección frente al ruido procedente de zonas comunes: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y una zona común, colindante vertical u horizontalmente con él, siempre que no comparta puertas o ventanas, no será menor que 45 dBA. Cuando sí las compartan y sean edificios de uso residencial o sanitario, el índice global de reducción acústica, RA, de éstas, no será menor que 20 dBA y el índice global de reducción acústica, RA, del muro no será menor que 50 dBA. iv) Protección frente al ruido procedente de recintos de instalaciones y de recintos de actividad: − El aislamiento acústico a ruido aéreo, DnT,A, entre un recinto habitable y un recinto de instalaciones, o un recinto de actividad, colindantes vertical u horizontalmente con él, no será menor que 45 dBA. c) En los recintos habitables y recintos protegidos colindantes con otros edificios: El aislamiento acústico a ruido aéreo (D2m,nT,Atr) de cada uno de los cerramientos de una medianería entre dos edificios no será menor que 40 dBA o alternativamente el aislamiento acústico a ruido aéreo (DnT,A) correspondiente al conjunto de los dos cerramientos no será menor que 50 dBA. 2.1.2 Aislamiento acústico a ruido de impactos Los elementos constructivos de separación horizontales deben tener, en conjunción con los elementos constructivos adyacentes, unas características tales que se cumpla para los recintos protegidos: a) Protección frente al ruido procedente de otras unidades de uso: El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con cualquier otro que pertenezcan a una unidad de uso diferente, no será mayor que 65 dB. b) Protección frente al ruido procedente de zonas comunes: El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con una zona común del edificio no será mayor que 65 dB. Esta exigencia no es de aplicación en el caso de recintos protegidos colindantes horizontalmente con una escalera situada en una zona común. c) Protección frente al ruido procedente de recintos de instalaciones o de recintos de actividad El nivel global de presión de ruido de impactos, L’nT,w, en un recinto protegido colindante vertical, horizontalmente o que tenga una arista horizontal común con un recinto de actividad o con un recinto de instalaciones no será mayor que 60 dB.

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2. PROTECCION CONTRA EL RUIDO1 FICHAS JUSTIFICATIVAS DEL CTE DB HR PROTECCIÓN FRENTE

AL RUIDO.

Opción simplificada. Las tablas siguientes recogen las fichas justificativas del cumplimiento de los valores límite de aislamiento acústico mediante la opción simplificada. Solución válida Tabiquería. (apartado 3.1.2.3.3)

Características Tipo FABRICA O PANELES PREFABRICADOS PESADOS CON APOYO DIRECTO de proyecto exigidas m (kg/m²)= 211 ≥ 70 Partición formada panel de cartón yeso de 1,5 cms + un tabicón de 19cms de espesor de BH

AL-P bloque de hormigón de aridos ligeros macizos + panel de cartón yeso de 1,5 cms. RA (dBA)= 46 ≥ 35

Separación vertical entre viviendas Este elemento no existe como tal en edificio aislado, ya que sus límites son las propias fachadas, las cuales se justifican en el apartado correspondiente, por lo tanto no es de aplicación en nuestro caso. Separación horizontal entre viviendas Este elemento no existe como tal en edificio aislado, ya que sus límites son las propias fachadas y el mismo entre sus distintas plantas. Medianeras Este elemento no existe como tal en edificio aislado, ya que sus límites son las propias fachadas y el mismo entre sus distintas plantas.

Fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior Habrá que analizar cuales son las fachadas más desfavorables, para ello se escogerán aquellas con mayor porcentaje de huecos.

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Page 306: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Descripción 1: Partición formada por panel prefabricado de 20 cm de espesor (7 cm hormigón + 6 cm poliestireno expandido + 7 cm hormigón), cámara de aire de 6 cm y panel de cartón yeso de 1 cm de espesor. (55 dBA del elemento base completo) Descripción 2: Hueco: Ventana de PVC con vidrio termoacústico de 4+6+6. Caso más desfavorable: En nuestro caso corresponde a las habitaciones 6, 7 y 12 del edificio destinado a albergue.

Ventanal de 1.20m * 1.20m = 1.44 m2 Superficie ciega = 2.00m * 3.08m = 6.16 m2

Fachadas, cubiertas y suelos en contacto con el aire exterior (apartado 3.1.2.5) Solución de fachada, cubierta o suelo en contacto con el aire exterior: Cerramiento con panel prefabricado

Características Elementos constructivos Tipo Área (1)

(m²) % Huecos de proyecto exigidas Parte ciega Ver descripción 1 6.16 =Sc RA, (dBA) = 55 ≥ 40 Huecos Ver descripción 2 1.44 =Sh

23.38 RA,tr(dBA) = 29 ≥ 28

Área de la parte ciega o del hueco vista desde el interior del recinto considerado.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

DB HE del CTE

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EXIGENCIA BASICA HE 1: LIMITACION DE DEMANDA ENERGETICA (ARTÍCULO 15.1.) Los edificios dispondrán de una envolvente de características tales que limite adecuadamente la demanda energética necesaria para alcanzar el bienestar térmico en función del clima de la localidad, del uso del edificio y del régimen de verano y de invierno, así como por sus características de aislamiento e inercia, permeabilidad al aire y exposición a la radiación solar, reduciendo el riesgo de aparición de humedades de condensación superficiales e intersticiales que puedan perjudicar sus características y tratando adecuadamente los puentes térmicos para limitar las pérdidas o ganancias de calor y evitar problemas higrotérmicos en los mismos. 1. GENERALIDADES 1.1. Ámbito de aplicación 1. Esta Sección es de aplicación en:

a) Edificios de nueva construcción. b) Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una

superficie útil superior a 1000 m2 donde se renueve más del 25% del total de sus cerramientos.

2. Se excluyen del campo de aplicación:

a) Aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.

b) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.

c) Edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas. d) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o

inferior a dos años. e) Instalaciones industriales, talleres y edificios agrícolas no residenciales. f) Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

Es de aplicación para el caso que nos ocupa. Se adjuntan las fichas justificativas correspondientes.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

DB HE del CTE

TOMO I. DB HE del CTE. Pág.2 de 10

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Provincia 10 1

Población 28 3

Higrometría 3 6Carga interna 1

Temperatura interior 20ºC

Clase de Higrometría: 3 o inferiorHumedad rel. Int. 55%

Capital de Provincia: Cádiz(0 m.)Población: Puerto De Santa Maria (El)

Altitud: 6 m

Nombre proyecto Caentro de día y centro de emergencia socialArquitecto Carrasco Arquitectos, S.L.P

Zona Climática A3 13Tabla 2.1 Transmitancia térmica máxima de cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica

1,22 W/m²K

0,69 W/m²K0,65 W/m²K5,70 W/m²K1,22 W/m²K

Tablas 2.2 Valores límite de los parámetros característicos mediosUMlim:

USlim:UClim:FLlim:

% de huecos N E/O S SE/SO N E/O S SE/SO E/O S SE/SO E/O S SE/SO

de 0 a 10 5,70 5,70 5,70 5,70 5,70 5,70 5,70 5,70 - - - - - -de 11 a 20 5,60 5,70 5,70 5,70 4,70 5,70 5,70 5,70 - - - - - -de 21 a 30 4,60 5,70 5,70 5,70 4,10 5,50 5,70 5,70 - - - 0,60 - -de 31 a 40 4,10 5,50 5,70 5,70 3,80 5,20 5,70 5,70 - - - 0,48 - 0,51de 41 a 50 3,80 5,20 5,70 5,70 3,50 5,00 5,70 5,70 0,57 - 0,60 0,41 0,57 0,44de 51 a 60 3,60 4,90 5,70 5,70 3,40 4,80 5,70 5,70 0,50 - 0,54 0,36 0,51 0,39

Psat Pe Psat/loc Hrel0 Tmed 12,74º1 Hrel 77,30 % 1477,486432 1137,664552 1471,688635 77% 77%2 Tmed 13,44º3 Hrel 75,29 % 1546,623937 1159,967952 1540,588607 75% 75%4 Tmed 14,64º5 Hrel 70,27 % 1671,767329 1170,237131 1665,305527 70% 70%6 Tmed 16,14º7 Hrel 71,27 % 1840,62296 1306,842302 1833,592284 71% 71%8 Tmed 18,64º9 Hrel 71,27 % 2155,385295 1530,32356 2147,312047 71% 71%

10 Tmed 21,44º11 Hrel 70,26 % 2562,947255 1794,063078 2553,55368 70% 70%12 Tmed 23,94º13 Hrel 69,25 % 2982,177978 2057,702805 2971,455659 69% 69%14 Tmed 24,44º15 Hrel 69,25 % 3072,851329 2120,267417 3061,845087 69% 69%16 Tmed 23,44º17 Hrel 70,25 % 2893,847838 2025,693486 2883,40324 70% 70%18 Tmed 20,04º19 Hrel 73,27 % 2351,455903 1716,562809 2342,743632 73% 73%20 Tmed 16,04º21 Hrel 76,29 % 1828,91825 1389,97787 1821,926778 76% 76%22 Tmed 13,24º23 Hrel 77,30 % 1526,586486 1175,471594 1520,619852 77% 77%

Tmed 18,18ºHrel 72,61 %

Psat/int

Transmitancia límite de suelos

Muros de fachada, particiones interiores en contacto con espacios no habitables, primer metro del perímetro de suelos apoyados sobre el terreno(1) y primer metro de muros en contacto con el terreno

Vidrios y marcos(2)

Suelos Cubiertas

Medianerías

Transmitancia límite de muros de fachada y cerramientos en contacto con el terreno

Año

Septiembre

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Octubre

Diciembre

Mayo

Noviembre

Transmitancia límite de cubiertasFactor solar modificado límite de lucernarios

Agosto

Julio

Junio

Capital de provincia

Baja carga interna Alta carga internaFactor solar modificado límite de huecos FHlim

0,94 W/m²K

0,53 W/m²K0,50 W/m²K0,29

Hrel loc

Transmitancia límite de huecos cuando UMm sea inferior a 0,67Transmitancia límite de huecos(1) UHlim

W/m2K

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Cádiz

Puerto De Santa Maria (El)

Clase de higrometría 3 o inferior (55%)

Zona de Baja Carga Interna

CARGA INTERNA:A efectos de cálculo de la demanda energética, los espacios habitablesse clasifican en función de la cantidad de calor disipada en su interior, debido a la actividad realizada y al periodo de utilización de cada espacio, en las siguientes categorías:a) espacios con BAJA CARGA INTERNA: espacios en los que se disipa pococalor. Son los espacios destinados principalmente a residir en ellos, con carácter eventual o permanente. En esta categoría se incluyen todos los

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E.1.2 Cerramientos en contacto con el terrenoCaso 1: Suelos apoyados sobre el terreno a una profundidad máxima de 0.5 m E.1

Losa Cimentación 3

Superficie 342,25 m²Perímetro 80,50 m

Grosor del Aislamiento: 2,20 cmAislamiento: 3

Resistencia térmica del aislamiento Ra 0,76 m²K/WLongitud del aislamiento D 1,00 mPrimer metro de la losa US1 1,19 W/m²K UMAX 1,22 W/m²K

Resto de la losa US 0,44 W/m²K UMAX 0,69 W/m²K

Caso 2: Suelo en contacto sobre el terreno, a más de 0.5 m de profundidad E.1

3

SuperficiePerímetro

Produndidad de la losa/solera

Solución constructiva de la losa/solera 43Resistencia térmica de la solución Rf 2,19 m²K/W

Primer metro del muro T1

Resto de la losa US UMAX 0,69 W/m²K No Cumple

Muros en contacto con el terreno E.1

2

zUM 8z1

z2

UM1

UM2

Primer metro del muro UT1 0,00 W/m²K UMAX 1,22 W/m²KUT 0,00 W/m²K

Cubiertas enterradas E.112

Espesor de la capa de tierra e

Solución constructiva de la cubiertaRTerreno

RT

UT UMAX 0,65 W/m²K No Cumple

#¡DIV/0!

B'= 8,50 m

EPS Poliestireno Expandido [ 0,029 W/[mK]]

Panel pref.al−Panel Prefabricado + Poliestireno expandido + Panel prefabricado + Cámara

Homogéneo

Heterogéneo

Losa Cimentación

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Huecos y Lucernarios

E.1.4.-Cálculo de la transmitancia de Huecos y lucernarios E.1.4

26

VENTANA Ventana Marco sin rotura de puente térmico. 4/6/6

Posición 2 UMAX

Tipo de marco 5Color del Marco 8 2

Tipo de cristal 11 1 UH,v 3,30 W/m²K g⊥ 0,75 5,70 W/m²K

Superficie de marco 0,06 m Factor solar de cálculo (g⊥)Superficie de cristal 0,90 m UMAX

UH 3,45 W/m²K S SE E O SO 5,70 W/m²KFactor solar modificado hueco: Fh 0,278 0,335 0,435 0,435 0,335

Factor de Sombra E.1.2

Factor de sombra por voladizo

LDistancia entre el voladizo y el hueco D

Altura del Hueco H

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

Factor de sombra por retranqueo

H 2,15 mAncho del hueco W 2,60 m

Profundidad del hueco R 0,60 m

Factor SombraS 0,39

SE 0,47E 0,61O 0,61

SO 0,47

Factor de sombra por lamas

Disposición de las lamas 1b

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

UH,m 5,70 W/m²K a 5,70 W/m²K0,65

Ancho del voladizo

Altura del hueco

Metálico Sin rotura de puente térmico

4-6-6

Vertical - (>60º - Ventanas)

Vidrios Normales

Gris Medio

Horizontal

VENTANA - Ventana Marco sin rotura de puente térmico. 4/6/6

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Factor de sombra por toldo

Caso 1 Caso A Caso BTipo de Tejido 1

a

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

Factor de sombra para lucernarios

Ancho X 0,00 mLargo Y 0,00 m

Alto Z 0,00 m

Factor Solar 1,00

Caso A

Tejido opaco

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Huecos y Lucernarios

E.1.4.-Cálculo de la transmitancia de Huecos y lucernarios E.1.4

27

PUERTA CorPuerta corredera acristalada

Posición 2 UMAX

Tipo de marco 5Color del Marco 8 2

Tipo de cristal 8 1 UH,v 5,40 W/m²K g⊥ 0,85 5,70 W/m²K

Superficie de marco 0,00 m Factor solar de cálculo (g⊥) 0,4Superficie de cristal 8,28 m UMAX

UH 5,40 W/m²K S SE E O SO 5,70 W/m²KFactor solar modificado hueco: Fh 0,304 0,316 0,344 0,344 0,316

Factor de Sombra E.1.2

Factor de sombra por voladizo

L 0,00 mDistancia entre el voladizo y el hueco D 0,00 m

Altura del Hueco H 0,00 m

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

Factor de sombra por retranqueo

H 2,30 mAncho del hueco W 3,60 m

Profundidad del hueco R 0,32 m

Factor SombraS 0,76

SE 0,79E 0,86O 0,86

SO 0,79

Factor de sombra por lamas

Disposición de las lamas 1b 0,00 º

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

5,70 W/m²K0,65

Ancho del voladizo

Altura del hueco

UH,m 5,70 W/m²K aMetálico Sin rotura de puente térmico

66.1a

Vertical - (>60º - Ventanas)

Vidrios Normales

Gris Medio

Horizontal

PUERTA Corredera - Puerta corredera acristalada

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Huecos y Lucernarios

E.1.4.-Cálculo de la transmitancia de Huecos y lucernarios E.1.4

24

PUERTA 01 Puerta abatible acero

Posición 2 UMAX

Tipo de marco 5Color del Marco 8 2

Tipo de cristal 1 1 UH,v 0,00 W/m²K g⊥ 0 5,70 W/m²K

Superficie de marco 1,76 m Factor solar de cálculo (g⊥) 0,4Superficie de cristal 0,00 m UMAX

UH 5,70 W/m²K S SE E O SO 5,70 W/m²KFactor solar modificado hueco: Fh 0,058 0,070 0,090 0,090 0,070

Factor de Sombra E.1.2

Factor de sombra por voladizo

L 0,00 mDistancia entre el voladizo y el hueco D 0,00 m

Altura del Hueco H 0,00 m

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

Factor de sombra por retranqueo

H 1,10 mAncho del hueco W 1,20 m

Profundidad del hueco R 0,30 m

Factor SombraS 0,39

SE 0,47E 0,61O 0,61

SO 0,47

Factor de sombra por lamas

Disposición de las lamas 1b 0,00 º

Factor SombraS 1,00

SE 1,00E 1,00O 1,00

SO 1,00

5,70 W/m²K0,65

Ancho del voladizo

Altura del hueco

UH,m 5,70 W/m²K aMetálico Sin rotura de puente térmico

Monolíticos

Vertical - (>60º - Ventanas)

Vidrios Normales

Gris Medio

Horizontal

PUERTA 01 - Puerta abatible acero

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- CONDICIONES EXIGIDAS RESPECTO DEL AHORRO ENERGÉTICO

- Zonificación climática ( Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE )• Severidad climática de invierno: SCI = A• Severidad climática de verano: SCV = 3• Zona climática: A3

- Transmitancia térmica máxima ( Tabla 2.1. del DB HE )

UM = 1,22 W/m²K• De los suelos: US = US = 0,69 W/m²K• De las cubiertas: UC = UC = 0,65 W/m²K• De los vidrios : UH,v = UH,v = 5,70 W/m²K• De los marcos: UH,m = UH,m = 5,70 W/m²K• De las medianerías: UMD = UMD = 1,22 W/m²K

1,20 W/m²K

- Valores límite de los parámetros característicos medios ( Tabla 2.2. del DB HE )

UMlim = 0,94 W/m²K• De los suelos: USlim = 0,53 W/m²K• De las cubiertas: UClim = 0,50 W/m²K• Factor solar modificado de lucernarios: FLlim = 0,29• De los huecos: % de huecos N E/O S SE/SO

de 0 a 10 5,70 5,70 5,70 5,70de 11 a 20 5,60 5,70 5,70 5,70de 21 a 30 4,60 5,70 5,70 5,70de 31 a 40 4,10 5,50 5,70 5,70de 41 a 50 3,80 5,20 5,70 5,70de 51 a 60 3,60 4,90 5,70 5,70

% de huecos N E/O S SE/SO de 0 a 10 5,70 5,70 5,70 5,70de 11 a 20 4,70 5,70 5,70 5,70de 21 a 30 4,10 5,50 5,70 5,70de 31 a 40 3,80 5,20 5,70 5,70de 41 a 50 3,50 5,00 5,70 5,70de 51 a 60 3,40 4,80 5,70 5,70

% de huecos E/O S SE/SO E/O S SE/SO de 0 a 10 - - - - - -de 11 a 20 - - - - - -de 21 a 30 - - - 0,60 - -de 31 a 40 - - - 0,48 - 0,51de 41 a 50 0,57 - 0,60 0,41 0,57 0,44de 51 a 60 0,50 - 0,54 0,36 0,51 0,39

ji = 80%

50 m³/h

• De los muros de fachada, particiones en contacto con espacios no habitables, primer metro del perímetro de suelos apoyados sobre el terreno y primer metro de muros en contacto con el terreno:

• De las particiones interiores de las viviendas con calefacción proyectada con las zonas comunes no calefactadas:

• De muros de fachada y cerramientos en contacto con el terreno:

Transmitancia límite de huecos cuando UMm sea inferior a

0,67UHlim =

Resto de casos UHlim =

Baja carga interna

- Valor límite de la permeabilidad al aire de las carpinterías de los huecos y lucernarios que limitan los espacios habitables del edificio con el ambiente exterior ( Art. 2.3. del DB HE-1 ):

Alta carga interna

Factor solar límite FHlim =

- Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua ( Art. 2.2. del DB HE-1):REGLAMENTARIOSEFECTOSLOSA

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Page 319: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 1.1. Cálculo de los parámetros característicos CATarquitectosdecadizMUROS (UMm) y (UTm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Am²

UW/m²K

A·UW/ºK

Panel pref. 75,58 0,397 29,99

Panel pref.acero 48,24 0,397 19,14

contorno de huecos ∑A 132,45 m²pilares en fachada Puente T. pilar 8,63 1,340 11,56 ∑A·U 60,70 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,46 W/m²K

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

Panel pref. 37,79 0,397 15,00

Panel pref.acero 24,12 0,397 9,57

contorno de huecos ∑A 65,61 m²pilares en fachada Puente T. pilar 3,70 1,340 4,96 ∑A·U 29,53 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,45 W/m²K

Panel pref. 42,11 0,397 16,71

Panel pref.acero 19,80 0,397 7,86

contorno de huecos ∑A 66,84 m²pilares en fachada Puente T. pilar 4,93 1,340 6,60 ∑A·U 31,17 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,47 W/m²K

∑A∑A·U

UMm = ∑A·U / ∑A

NTIPOS

E

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

O

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

S

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

Resultados

soleras o losas a una profundidadsuperior a 0.5 m

C-T

ER

muros en contacto con el terreno

cubiertas enterradas

SO

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

SE

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Page 320: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 1.2. Cálculo de los parámetros característicos CATarquitectosdecadizSUELOS (USm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Am²

UW/m²K

A·UW/ºK

342,25 0,437 149,43

∑A 342,25 m²

∑A·U 149,43 W/ºKUSm = ∑A·U / ∑A 0,44 W/m²K

CUBIERTAS Y LUCERNARIOS (UCm) Y (UH)

342,25 0,356 121,91

∑A 342,25 m²

∑A·U 121,91 W/ºKUCm = ∑A·U / ∑A 0,36 W/m²K

LUCERNARIOS (FLm)

Am²

F A·Fm²

∑A∑A·F

FLm = ∑A·F / ∑A

HUECOS (UHm) y (FHm)

Am²

UW/m²K

F A·UW/ºK

A·Fm²

8,64 3,450 29,808

∑A 8,64 m²

∑A·U 29,81 m²UHm = ∑A·U / ∑A 3,45 W/m²K

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

5,76 3,450 0,33 19,872 1,93 ∑A 5,76 m²

∑A·U 19,87 m²

∑A·F 1,93 m²UHm = ∑A·U / ∑A 3,45 W/m²KFHm = ∑A·F / ∑A 0,33 W/m²K

8,28 5,400 0,32 44,728 2,62 ∑A 8,28 m²

∑A·U 44,73 m²

∑A·F 2,62 m²UHm = ∑A·U / ∑A 5,40 W/m²KFHm = ∑A·F / ∑A 0,32 W/m²K

SUEL

OS

CU

BIE

RTA

S Y

LUC

ERN

AR

IOS

en contacto con espaciosno habitables

en contacto con el aire exterior

lucernarios

en contacto con espaciosno habitables

Forjados sanitarios

en contacto con el aire exterior

Cubierta Invertida,

NE

Resultadosapoyados sobre el terreno

z <0.5 m

TIPOS

Losa Cimentación

SO

SE

VENTANA

Resultados

lucernarios

ResultadosTIPOS

TIPOS

puente térmicocontorno de lucernarios

VENTANA

SO

PUERTA Corredera

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Page 321: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 2. Conformidad. Demanda energética CATarquitectosdecadizSUELOS (USm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica. Valores máximos totales Umax(proyecto) Umax(DB HE-1)

0,397

1,193

0,437 ≤ 0,690

0,356 ≤ 0,650

5,400

5,700

Medianerías ≤ 1,220

≤ 1,200

Muros, Huecos y Lucernarios. Valores medios por fachadas

UMm UMlim UHm UHlim FHm FHlim

Norte 0,458 3,450 ≤ 5,700 NorteEste ≤ ≤ EsteOeste ≤ ≤ OesteSur ≤ ≤ SurSureste 0,450 3,450 ≤ 5,700 0,335 ≤ - SuresteSuroeste 0,466 5,400 ≤ 5,700 0,316 ≤ - Suroeste

UTm UMlim USm USlim UCm UClim FLm FLlim

≤ 0,940 0,437 ≤ 0,530 0,356 ≤ 0,500 ≤ 0,290

1,220

5,700

Muros de fachada

Primer metro del perímetro de suelos apoyados y muros en contacto con el terreno

Particiones interiores en contacto con espacios no habitables

Cerramiento-1

Suelos

Cubiertas

Vidrios de huecos y lucernarios

Marcos de huecos y lucernarios

Particiones interiores

W/m²ºK

0,940≤

Muros de Fachada HuecosW/m²ºK

Orientación Orientación

Cerramiento en contactocon el terreno W/m²ºK

SuelosW/m²ºK

CubiertasW/m²ºK

Lucernarios

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Page 322: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 3. Conformidad. Condensaciones CATarquitectosdecadizCONDENSACIONES Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Pn≤Psat,n Capa 1 Capa 2 Capa 3 Capa 4 Capa 5 Capa 6 Capa 7 Capa 8 Capa 9

fRsi 0,901 Psat,n 1435,731 1444,602 2172,755 2185,508 2262,285 2279,663fRsmin 0,500 Pn 1146,92 1146,92 1208,925 1222,211 1284,216 1284,88

fRsi 0,901 Psat,n 1482,842 1482,859 1491,395 2183,025 2195,004 2267,034 2283,318fRsmin 0,500 Pn 1146,287 1146,287 1279,762 1282,253 1282,787 1285,279 1285,296

fRsi 0,665 Psat,n 1499,4 1526,009 1616,78 1622,232 1920,46 2111,316 2157,608 2336,951 2336,951fRsmin 0,500 Pn 1167,477 1167,477 1167,932 1169,145 1199,463 1200,069 1200,433 1285,323 1285,323

fRsi 0,911 Psat,n 1434,54 1666,805 1684,734 2180,388 2184,734 2201,177 2201,231 2234,444 2234,994fRsmin 0,500 Pn 1145,969 1145,969 1146,111 1146,122 1147,309 1147,345 1148,532 1267,274 1268,699

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

fRsi Psat,n

fRsmin Pn

CONDENSACIONES

fRsi ≥fRsminTipos

Cubierta Invertida,

Panel pref.

Intersticiales

Panel pref.acero

Puente T. pilar

Superficiales

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Page 323: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

- CONDICIONES EXIGIDAS RESPECTO DEL AHORRO ENERGÉTICO

- Zonificación climática ( Tabla D.1. del Apéndice D del DB HE )• Severidad climática de invierno: SCI = A• Severidad climática de verano: SCV = 3• Zona climática: A3

- Transmitancia térmica máxima ( Tabla 2.1. del DB HE )

UM = 1,22 W/m²K• De los suelos: US = US = 0,69 W/m²K• De las cubiertas: UC = UC = 0,65 W/m²K• De los vidrios : UH,v = UH,v = 5,70 W/m²K• De los marcos: UH,m = UH,m = 5,70 W/m²K• De las medianerías: UMD = UMD = 1,22 W/m²K

1,20 W/m²K

- Valores límite de los parámetros característicos medios ( Tabla 2.2. del DB HE )

UMlim = 0,94 W/m²K• De los suelos: USlim = 0,53 W/m²K• De las cubiertas: UClim = 0,50 W/m²K• Factor solar modificado de lucernarios: FLlim = 0,29• De los huecos: % de huecos N E/O S SE/SO

de 0 a 10 5,70 5,70 5,70 5,70de 11 a 20 5,60 5,70 5,70 5,70de 21 a 30 4,60 5,70 5,70 5,70de 31 a 40 4,10 5,50 5,70 5,70de 41 a 50 3,80 5,20 5,70 5,70de 51 a 60 3,60 4,90 5,70 5,70

% de huecos N E/O S SE/SO de 0 a 10 5,70 5,70 5,70 5,70de 11 a 20 4,70 5,70 5,70 5,70de 21 a 30 4,10 5,50 5,70 5,70de 31 a 40 3,80 5,20 5,70 5,70de 41 a 50 3,50 5,00 5,70 5,70de 51 a 60 3,40 4,80 5,70 5,70

% de huecos E/O S SE/SO E/O S SE/SO de 0 a 10 - - - - - -de 11 a 20 - - - - - -de 21 a 30 - - - 0,60 - -de 31 a 40 - - - 0,48 - 0,51de 41 a 50 0,57 - 0,60 0,41 0,57 0,44de 51 a 60 0,50 - 0,54 0,36 0,51 0,39

ji = 80%

50 m³/h

- Valor límite de la permeabilidad al aire de las carpinterías de los huecos y lucernarios que limitan los espacios habitables del edificio con el ambiente exterior ( Art. 2.3. del DB HE-1 ):

Alta carga interna

Factor solar límite FHlim =

- Máxima humedad relativa media mensual en las superficies interiores de los cerramientos que puedan absorber agua ( Art. 2.2. del DB HE-1):

UHlim =

Resto de casos UHlim =

Baja carga interna

• De los muros de fachada, particiones en contacto con espacios no habitables, primer metro del perímetro de suelos apoyados sobre el terreno y primer metro de muros en contacto con el terreno:

• De las particiones interiores de las viviendas con calefacción proyectada con las zonas comunes no calefactadas:

• De muros de fachada y cerramientos en contacto con el terreno:

Transmitancia límite de huecos cuando UMm sea inferior a

0,67

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Page 324: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 1.1. Cálculo de los parámetros característicos CATarquitectosdecadizMUROS (UMm) y (UTm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Am²

UW/m²K

A·UW/ºK

Panel pref. 278,82 0,397 110,65

Panel pref.acero 105,66 0,397 41,93

contorno de huecos ∑A 409,12 m²pilares en fachada Puente T. pilar 24,64 1,340 33,01 ∑A·U 185,59 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,45 W/m²K

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

contorno de huecos ∑Apilares en fachada ∑A·Ucajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A

Panel pref. 156,62 0,397 62,15

Panel pref.acero 27,66 0,397 10,98

contorno de huecos ∑A 191,67 m²pilares en fachada Puente T. pilar 7,39 1,340 9,90 ∑A·U 83,03 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,43 W/m²K

Panel pref. 133,24 0,397 52,88

Panel pref.acero 66,93 0,397 26,56

contorno de huecos ∑A 212,49 m²pilares en fachada Puente T. pilar 12,32 1,340 16,50 ∑A·U 95,94 W/ºKcajas de persiana UMm = ∑A·U / ∑A 0,45 W/m²K

∑A∑A·U

UMm = ∑A·U / ∑A

Resultados

soleras o losas a una profundidadsuperior a 0.5 m

C-T

ER

muros en contacto con el terreno

cubiertas enterradas

SO

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

SE

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

S

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

O

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

NTIPOS

E

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

en contacto con el aire

en contacto con espaciosno habitables

PuentesTérmicos

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Ficha 1.2. Cálculo de los parámetros característicos CATarquitectosdecadizSUELOS (USm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Am²

UW/m²K

A·UW/ºK

608,18 0,437 265,54

∑A 608,18 m²

∑A·U 265,54 W/ºKUSm = ∑A·U / ∑A 0,44 W/m²K

CUBIERTAS Y LUCERNARIOS (UCm) Y (UH)

608,18 0,356 216,63

∑A 608,18 m²

∑A·U 216,63 W/ºKUCm = ∑A·U / ∑A 0,36 W/m²K

LUCERNARIOS (FLm)

Am²

F A·Fm²

∑A∑A·F

FLm = ∑A·F / ∑A

HUECOS (UHm) y (FHm)

Am²

UW/m²K

F A·UW/ºK

A·Fm²

28,32 3,450 97,704

3,70 5,700 21,090

∑A 32,02 m²

∑A·U 118,79 m²UHm = ∑A·U / ∑A 3,71 W/m²K

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

∑A∑A·U∑A·F

UHm = ∑A·U / ∑AFHm = ∑A·F / ∑A

8,64 3,450 0,33 29,808 2,89 ∑A 12,34 m²3,70 5,700 0,07 21,090 0,26 ∑A·U 50,90 m²

∑A·F 3,15 m²UHm = ∑A·U / ∑A 4,12 W/m²KFHm = ∑A·F / ∑A 0,26 W/m²K

11,99 5,400 0,32 64,746 3,79 ∑A 33,59 m²21,60 3,450 0,33 74,520 7,23 ∑A·U 139,27 m²

∑A·F 11,02 m²UHm = ∑A·U / ∑A 4,15 W/m²KFHm = ∑A·F / ∑A 0,33 W/m²K

SO

PUERTA CorrederaVENTANA

VENTANAPUERTA 01

puente térmicocontorno de lucernarios

Resultados

lucernarios

ResultadosTIPOS

TIPOS

SE

VENTANAPUERTA 01

OS

NE

Resultadosapoyados sobre el terreno

z <0.5 m

TIPOS

Losa Cimentación

en contacto con espaciosno habitables

Forjados sanitarios

en contacto con el aire exterior

Cubierta Invertida,

SUEL

OS

CU

BIE

RTA

S Y

LUC

ERN

AR

IOS

en contacto con espaciosno habitables

en contacto con el aire exterior

lucernarios

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Ficha 2. Conformidad. Demanda energética CATarquitectosdecadizSUELOS (USm) Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Cerramientos y particiones interiores de la envolvente térmica. Valores máximos totales Umax(proyecto) Umax(DB HE-1)

0,397

1,193

0,437 ≤ 0,690

0,356 ≤ 0,650

5,400

5,700

Medianerías ≤ 1,220

≤ 1,200

Muros, Huecos y Lucernarios. Valores medios por fachadas

UMm UMlim UHm UHlim FHm FHlim

Norte 0,454 3,710 ≤ 5,700 NorteEste ≤ ≤ EsteOeste ≤ ≤ OesteSur ≤ ≤ SurSureste 0,433 4,125 ≤ 5,700 0,255 ≤ - SuresteSuroeste 0,452 4,146 ≤ 5,700 0,328 ≤ - Suroeste

UTm UMlim USm USlim UCm UClim FLm FLlim

≤ 0,940 0,437 ≤ 0,530 0,356 ≤ 0,500 ≤ 0,290

Orientación

Cerramiento en contactocon el terreno W/m²ºK

SuelosW/m²ºK

CubiertasW/m²ºK

Lucernarios

Particiones interiores

W/m²ºK

0,940≤

Muros de Fachada HuecosW/m²ºK

Orientación

Cerramiento-1

Suelos

Cubiertas

Vidrios de huecos y lucernarios

Marcos de huecos y lucernarios

1,220

5,700

Muros de fachada

Primer metro del perímetro de suelos apoyados y muros en contacto con el terreno

Particiones interiores en contacto con espacios no habitables

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Page 327: VISADO - #ElPuerto de Santa María...DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION TOMO II 5. ANEJOS A LA MEMORIA 5.1. INFORMACION GEOTECNICA 5.2. MEMORIA CALCULO DE CIMENTACION 5.3. MEMORIA CALCULO

Ficha 3. Conformidad. Condensaciones CATarquitectosdecadizCONDENSACIONES Zona Climática: A3-Puerto De Santa Maria (El)(CÁDIZ) Zona de Baja Carga Interna

Proyecto: Caentro de día y centro de emergencia social Arquitecto: Carrasco Arquitectos, S.L.P

Pn≤Psat,n Capa 1 Capa 2 Capa 3 Capa 4 Capa 5 Capa 6 Capa 7 Capa 8 Capa 9

fRsi 0,901 Psat,n 1435,731 1444,602 2172,755 2185,508 2262,285 2279,663fRsmin 0,500 Pn 1146,92 1146,92 1208,925 1222,211 1284,216 1284,88

fRsi 0,901 Psat,n 1435,731 1435,748 1444,619 2172,759 2185,512 2262,286 2279,664fRsmin 0,500 Pn 1146,92 1146,92 1279,787 1282,267 1282,799 1285,279 1285,297

fRsi 0,665 Psat,n 1499,4 1526,009 1616,78 1622,232 1920,46 2111,316 2157,608 2336,951 2336,951fRsmin 0,500 Pn 1167,477 1167,477 1167,932 1169,145 1199,463 1200,069 1200,433 1285,323 1285,323

fRsi 0,911 Psat,n 1434,54 1666,805 1684,734 2180,388 2184,734 2201,177 2201,231 2234,444 2234,994fRsmin 0,500 Pn 1145,969 1145,969 1146,111 1146,122 1147,309 1147,345 1148,532 1267,274 1268,699

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Panel pref.acero

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CONDENSACIONES

fRsi ≥fRsminTipos

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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EXIGENCIA BASICA HE 2: RENDIMIENTO DE LAS INSTALACIONES TERMICAS (ARTÍCULO 15.2.) Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), REAL DECRETO 1027/2007 del 20 de Julio, publicado en el BOE núm. 207 con fecha del 29 de Agosto de 2007, y su aplicación quedará definida en el proyecto del edificio o local. Este Reglamento constituye el marco normativo básico en el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir los aparatos de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria en los edificios y locales para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. A efectos de la aplicación del RITE, se considerarán como instalaciones térmicas las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. La aplicación del RITE se ha tenido en cuenta en el diseño y dimensionado de las instalaciones térmicas proyectadas (aire acondicionado-ventilación y agua caliente sanitaria), llevándose a cabo su justificación en los apartados correspondientes de cada una de estas instalaciones. EXIGENCIA BASICA HE 3: EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACION (ARTÍCULO 15.3.) Los edificios dispondrán de instalaciones de iluminación adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energéticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupación real de la zona, así como de un sistema de regulación que optimice el aprovechamiento de la luz natural, en las zonas que reúnan unas determinadas condiciones. 1. GENERALIDADES 1.1. Ámbito de aplicación 1. Esta sección es de aplicación a las instalaciones de iluminación interior en:

a. Edificios de nueva construcción. b. Rehabilitación de edificios existentes con una superficie útil superior a

1000 m2, donde se renueve más del 25% de la superficie iluminada. c. Reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en

los que se renueve la instalación de iluminación.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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2. Se excluyen del ámbito de aplicación:

a. Edificios y monumentos con valor histórico o arquitectónico reconocido, cuando el cumplimiento de las exigencias de esta sección pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.

b. Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a 2 años.

c. Instalaciones industriales, talleres y edificios agrícolas no residenciales. d. Edificios independientes con una superficie útil total inferior a 50 m2. e. Interiores de viviendas.

3. En los casos excluidos en el punto anterior, en el proyecto se justificarán las soluciones adoptadas, en su caso, para el ahorro de energía en la instalación de iluminación. 4. Se excluyen, también, de este ámbito de aplicación los alumbrados de emergencia. Es de aplicación para el caso que nos ocupa. Las fichas que adjuntamos al final de este apartado resumen la justificación realizada. Se indican las operaciones de mantenimiento y conservación de la instalación para conseguir el ahorro de energía a lo largo del tiempo: 1. Mantenimiento periódico de limpieza de las luminarias para asegurar una constante transparencia que garantice el mantenimiento del nivel de iluminación requerido en cada dependencia. El paso del tiempo hace que disminuya la eficiencia energética de la iluminación debido a la depreciación del flujo luminoso de las lámparas a lo largo de su vida útil y la suciedad acumulada en las luminarias. Un mantenimiento de la iluminación permite alcanzar ahorros de hasta el 50 %. Para garantizar en el transcurso del tiempo el mantenimiento de esta instalación la comunidad de propietarios del edificio se hará cargo o contratará a una empresa el mantenimiento de la misma. El mantenimiento permitirá:

• Conservar los niveles de iluminación requeridos en cada dependencia del edificio.

• No incrementar el consumo energético del diseño. El mantenimiento como mínimo atenderá a lo siguiente: 2. Conservación de superficies. Las superficies que constituyen los techos, paredes, ventanas, o componentes de las estancias, como el mobiliario que exista, serán conservadas para mantener sus características de reflexión. En cuanto sea necesario, debido al nivel de polvo o suciedad, se procederá a la limpieza de las superficies pintadas o alicatadas. En las pinturas plásticas se

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efectuará con esponjas o trapos humedecidos con agua jabonosa, en las pinturas al silicato pasando ligeramente un cepillo de nailon con abundante agua clara, y en las pinturas al temple se limpiará únicamente el polvo mediante trapos secos. Cada 5 años, como mínimo, se revisará el estado de conservación de los acabados sobre yeso, cemento, derivados y madera, en interiores. Pero si, anteriormente a estos periodos, se aprecian anomalías o desperfectos, se efectuará su reparación. Cada 5 años, como mínimo, se procederá al repintado de los paramentos por personal especializado, lo que redundará en un ahorro de energía. 3. Limpieza de luminarias. La pérdida más importante del nivel de iluminación está causada por el ensuciamiento de la luminaria en su conjunto (lámpara + sistema óptico). Será fundamental la limpieza de sus componentes ópticos como reflectores o difusores; estos últimos, si son de plástico y se encuentran deteriorados, se sustituirán. Se procederá a su limpieza general, como mínimo, 2 veces al año; lo que no excluye la necesidad de eliminar el polvo superficial una vez al mes. Realizada la limpieza observaremos la ganancia obtenida. 4. Sustitución de lámparas. Hay que tener presente que el flujo de las lámparas disminuye con el tiempo de utilización y que una lámpara puede seguir funcionando después de la vida útil marcada por el fabricante pero su rendimiento lumen/vatio puede situarse por debajo de lo aconsejable y tendremos una instalación consumiendo más energía de la recomendada. Un buen plan de mantenimiento significa tener en explotación una instalación que produzca un ahorro de energía, y para ello será necesario sustituir las lámparas al final de la vida útil indicada por el fabricante, ya que, aunque no hayan fallado, su eficacia habrá disminuido. Se tendrá en cuenta que cada tipo de lámpara (y en algunos casos según potencia) tiene una vida útil diferente. En grandes instalaciones es aconsejable sustituir las lámparas por grupos en lugar de individualmente para mantener los niveles de iluminación adecuados. 5. Revisión periódica del estado de los distintos componentes de la instalación. Se adjunta fichas justificativas.

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HE3 Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación

Valor de eficiencia energética de la instalación

uso del local índice del local

nº de puntos

considera-dos en el proyecto

factor de manteni-miento previsto

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valor de eficiencia

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117

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aparcamientos espacios deportivos

recintos interiores asimilables a grupo 1 no descritos en la lista anterior

2,11 16 0,80 1792 4,26 526 22 80

2

zonas de representación2

administrativo en general

zonas comunes en edificios residenciales

centros comerciales (excluidas tiendas) (9)

recintos interiores asimilables a grupo 2 no descritos en la lista anterior

zonas comunes tiendas y pequeño

comercio Cálculo del índice del local (K) y número de puntos (n)

Uso longitud del local

anchura del local

la distancia del plano de trabajo a

las luminarias )AL(H

ALK+×

×=

número de puntos mínimo

U L A H K N a) K < 1 4 2>K ≥1 9 3>K ≥2 16 K ≥3 25

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1 Grupo 1: Zonas de no representación o espacios en los que el criterio de diseño, la imagen o el estado anímico que se quiere transmitir al usuario con la iluminación, queda relegado a un segundo plano frente a otros criterios como el nivel de iluminación, el confort visual, la seguridad y la eficiencia energética 2 Grupo 2: Zonas de representación o espacios donde el criterio de diseño, imagen o el estado anímico que se quiere transmitir al usuario con la iluminación, son preponderantes frente a los criterios de eficiencia energética

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Sistemas de control y regulación Sistema de encendido y apagado manual

Toda zona dispondrá, al menos, de un sistema de encendido y apagado manual, cuando no disponga de otro sistema de control, no aceptándose los sistemas de encendido y apagado en cuadros eléctricos como único sistema de control.

Sistema de encendido: detección de presencia o temporización

Las zonas de uso esporádico dispondrán de un control de encendido y apagado por sistema de detección de presencia o sistema de temporización.

Sistema de aprovechamiento de luz natural

Se instalarán sistemas de aprovechamiento de la luz natural, que regulen el nivel de iluminación en función del aporte de luz natural, en la primera línea paralela de luminarias situadas a una distancia inferior a 3 metros de la ventana, y en todas las situadas bajo un lucernario. Quedan excluidas de cumplir esta exigencia las zonas comunes en edificios residenciales.

zonas con cerramientos acristalados al exterior, cuando se cumplan simultáneamente lo siguiente:

θ•>65º θ ángulo desde el punto medio del acristalamiento hasta la cota máxima del edificio obstáculo, medido en grados sexagesimales. (ver figura 2.1)

T coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de la ventana del local, expresado en tanto por uno.

Aw área de acristalamiento de la ventana de la zona [m2].

T● Aw > 0,07 A

A área total de las superficies interiores del local (suelo + techo + paredes + ventanas)[m2].

zonas con cerramientos acristalados a patios o atrios, cuando se cumplan simultáneamente lo siguiente: Patios no cubiertos: ai anchura

ai > 2 x hi hi distancia entre el suelo de la planta donde se encuentre la zona en estudio y la cubierta del edificio (ver figura 2.2)

Patios cubiertos por acristalamientos: hi distancia entre la planta donde se encuentre el local en estudio y la cubierta

del edificio (ver figura 2.3)

ai > (2 / Tc) x hi

Tc coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de cerramiento del patio, expresado en tanto por uno.

Que se cumpla la expresión siguiente:

T coeficiente de transmisión luminosa del vidrio de la ventana del local, expresado en tanto por uno.

Aw área de acristalamiento de la ventana de la zona [m2].

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A área total de las superficies interiores del local (suelo + techo + paredes + ventanas)[m2].

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La eficiencia energética de las instalaciones de iluminación se justifica mediante el cálculo del alumbrado interior según el método de índice de local “K” e iluminancia media horizontal “Em”. * Los datos de partida son los siguientes:

- Actividad a desarrollar: Uso COMEDOR ALBERGUE PÚBLICA CONCURRENCIA. - Geometría del local: Longitud = 10,00 metros / Anchura = 8,00 metros / Altura = 2,85 metros. - Características físicas de los cerramientos: Techo blanco / Paredes crema / Suelo gris claro / Plano de trabajo beige claro. - Altura del plano de trabajo: 0,75 metros. - Mantenimiento del local y luminarias: Limpio Fm = 0,8 como factor de mantenimiento.

* Los datos de partida de la luminaria a elegir son los siguientes:

- Distribución simétrica. - Flujo luminoso directo, el 100% del flujo luminoso se emite sobre la superficie a iluminar. - Reflectora extensiva, ángulo de abertura del haz luminoso entre 60º y 70º, adecuada para colocación hasta 4 metros de altura.

* Los valores reglamentarios ó exigencias para el caso que nos ocupa son los siguientes:

- El valor de la eficiencia energética de la instalación VEEI límite, según tabla 2.1. sección HE 3 del CTE para zonas de no representación y uso GENERAL es 4,5. - Según la norma europea sobre iluminación de los lugares de trabajo en interiores, UNE 12464.1, el valor mínimo de Iluminancia media horizontal mantenida “Em” en el plano de trabajo debe ser de 200 lux, el valor máximo del Índice de deslumbramiento unificado “UGR” debe ser de 22 y el valor mínimo del Rendimiento de color debe ser de 80. - La potencia total del conjunto elegido ha de ser menor o igual a la potencia total del conjunto según las tablas 3.1 y 3.2 de la sección HE 3 del CTE, ó en su caso según RD 838/2.002.

* Elección de Em, Reflectancias y Fm.-

- La iluminancia media horizontal mantenida y normalizada será de 200 lux según UNE 12464.1. - Reflectancias según tablas:

Techo: blanco 0,70 Paredes: crema 0,50 Suelo: gris claro 0,20 - Factor de mantenimiento: normal y mantenimiento cada año Fm = 0,80.

* Elección de luminarias y lámparas.-

- Se elige luminaria de distribución simétrica, de flujo luminoso directo y extensiva ó semi-extensiva, en sistema de colocación empotrado. La lámpara será del tipo fluorescente tubular con temperatura de color TCC código 840 neutra y rendimiento de color Ra de 85. La luminaria será de 4x18 w y flujo total de 4x1.350 = 5.400 lúmenes.

* Cálculos.-

- Se utiliza programa informático DIALux.

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* Obtención y comprobación de los resultados.- - Valor de eficiencia energética de la instalación VEEI:

VEEI calculado (4,26 w/m2/100lux) ≤ VEEI límite (4,5 w/m2/100lux) según tabla 2.1 HE3.

- Iluminancia media horizontal mantenida Em en el plano de trabajo:

Em calculada (526 lux) ≥ Em normalizada (200 lux) según UNE 12464.1. - Índice de deslumbramiento unificado UGR para el observador: UGR calculado (15) ≤ UGR normalizado (22) según UNE 12464.1. - Potencia eléctrica por lámpara (w): Potencia total conjunto (18 w) ≤ Potencia total conjunto Tabla RD 838/2002 (19 w). - Rendimiento de color “Ra”: Ra seleccionado (85) ≥ Ra UNE 12464.1 (80).

- No procede la instalación de sistema de regulación y control. Se calcula la zona de COMEDOR con 80,00 m2 de superficie útil y 2,80 metros de altura libre útil. T · (Aw/A) > 0,07 siendo:

T= 0,90 la transmisividad del vidrio claro Aw = Área de acristalamiento de la ventana de la zona en m2 A = Área total de las superficies interiores del local (suelo+techo+paredes+ventanas) en m2

En nuestro caso tendremos que: Aw =6,10 m2 A = 80,00 + 80,00 + (10,00 · 2,80 · 2) + (8,00 · 2,80 · 2) = 260,80 m2 0,9 · ( 6,10 / 260,80) = 0,021 < 0,07, luego no es necesario regulación. - En las zonas de uso esporádico como el distribuidor en entradas y aseos se dispondrá de un control de encendido y apagado mediante detectores - sensores infrarrojos gobernados por minutero. Además, los proyectores de iluminación acentuada en fachadas se gobiernan mediante interruptores horarios - reloj astronómico, al objeto de ahorro energético en las instalaciones de iluminación.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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EXIGENCIA BASICA HE 4: CONTRIBUCIÓN SOLAR MINIMA DE AGUA CALIENTE SANITARIA (ARTÍCULO 15.4.) En los edificios, con previsión de demanda de A.C.S. o de climatización de piscina cubierta, en los que así se establezca en este CTE, una parte de las necesidades energéticas térmicas derivadas de esa demanda se cubrirá mediante la incorporación en los mismos de sistemas de captación, almacenamiento y utilización de energía solar de baja temperatura, adecuada a la radiación solar global de su emplazamiento y a la demanda de agua caliente del edificio. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de su localización y ámbito territorial. Es de aplicación para el Proyecto que nos ocupa ya que se proyecta instalación de ACS. Se adjuntan las fichas justificativas correspondientes.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

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HE4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria.

1.1 Ámbito de aplicación

1.1.1 Edificios de nueva construcción y rehabilitación de edificios existentes de cualquier uso en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria y/o climatización de piscina cubierta.

1.1.2 Disminución de la contribución solar mínima:

a) Se cubre el aporte energético de agua caliente sanitaria mediante el aprovechamiento de

energías renovables, procesos de cogeneración o fuentes de energía residuales procedentes de la instalación de recuperadores de calor ajenos a la propia generación de calor del edificio.

b) El cumplimiento de este nivel de producción supone sobrepasar los criterios de cálculo que marca la legislación de carácter básico aplicable.

c) El emplazamiento del edificio no cuenta con suficiente acceso al sol por barreras externas al mismo.

d) Por tratarse de rehabilitación de edificio, y existan limitaciones no subsanables derivadas de la configuración previa del edificio existente o de la normativa urbanística aplicable.

e) Existen limitaciones no subsanables derivadas de la normativa urbanística aplicable, que imposibilitan de forma evidente la disposición de la superficie de captación necesaria.

f) Por determinación del órgano competente que debe dictaminar en materia de protección histórico-artística.

1.2 Procedimiento de verificación a) Obtención de la contribución solar mínima según apartado 2.1. b) Cumplimiento de las condiciones de diseño y dimensionado del apartado 3. HE

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c) Cumplimiento de la condiciones de mantenimiento del apartado 4.

2.1 Contribución solar mínima Caso general Tabla 2.1 (zona climática IV) 60 % Efecto Joule No procede Medidas de reducción de contribución solar No procede Pérdidas por orientación e inclinación del sistema generador 0 Orientación del sistema generador Sur Inclinación del sistema generador: = latitud geográfica +10 º Evaluación de las pérdidas por orientación e inclinación y sombras de la superficie de

captación S/ apdo 3.5 y

3.6 Contribución solar mínima anual piscinas cubiertas No procede Ocupación parcial de instalaciones de uso residencial turísticos, criterios de dimensionado No procede

Medidas a adoptar en caso de que la contribución solar real sobrepase el 110% de la demanda energética en algún mes del año o en más de tres meses seguidos el 100%

a) dotar a la instalación de la posibilidad de disipar dichos excedentes (a través de

equipos específicos o mediante la circulación nocturna del circuito primario). b) tapado parcial del campo de captadores. En este caso el captador está aislado del

calentamiento producido por la radiación solar y a su vez evacua los posibles excedentes térmicos residuales a través del fluido del circuito primario (que seguirá atravesando el captador).

c) pero dada la pérdida de parte del fluido del circuito primario, debe ser repuesto por un

fluido de características similares debiendo incluirse este trabajo en ese caso entre las labores del contrato de mantenimiento;

d) desvío de los excedentes energéticos a otras aplicaciones existentes.

No procede

Pérdidas máximas por orientación e inclinación del sist,

generador Orientación e inclinación Sombras Total

General 10% 10% 15% Superposición 20% 15% 30%

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Integración arquitectónica 40% 20% 50%

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3.1 Datos previos Temperatura elegida en el acumulador final 60º Demanda de referencia a 60º, Criterio de demanda: - Nº real de personas (nº mínimo según tabla CTE) -

Cálculo de la demanda real 120 L/dia 612 L/dia

Para el caso de que se elija una temperatura en el acumulador final diferente de 60 ºC, se deberá alcanzar la contribución solar mínima correspondiente a la demanda obtenida con las demandas de referencia a 60 ºC. No obstante, la demanda a considerar a efectos de cálculo, según la temperatura elegida, será la que se obtenga a partir de la siguiente expresión

No procede

Radiación Solar Global Zona climática MJ/m2 KWh/m2 IV 16,6 ≤ H < 18,00 4,6 ≤ H < 5,00 3.2 Condiciones generales de la instalación La instalación cumplirá con los requisitos contenidos en el apartado 3.2 del Documento

Básico HE, Ahorro de Energía, Sección HE 4, referidos a los siguientes aspectos: Apartado

Condiciones generales de la instalación 3.2.2 Fluido de trabajo 3.2.2.1 Protección contra heladas No procede Protección contra sobrecalentamientos 3.2.2.3.1 Protección contra quemaduras 3.2.2.3.2 Protección de materiales contra altas temperaturas 3.2.2.3.3 Resistencia a presión 3.2.2.3.4 Prevención de flujo inverso 3.2.2.3.4

3.3 Criterios generales de cálculo 1 Dimensionado básico: método de cálculo

Valores medios diarios demanda de energía contribución solar

2 Prestaciones globales anuales Demanda de energía térmica Energía solar térmica aportada Fracciones solares mensual y anual Rendimiento medio anual

3 Meses del año en los que la energía producida supera la demanda de la ocupación real

Periodo de tiempo en el cual puedan darse condiciones de sobrecalentamiento

Medidas adoptadas para la protección de la instalación

Válvula de seguridad y tapa de purga-llenado en circuito primario y antirretorno en circuito secundario.

4 Sistemas de captación El captador seleccionado posee la certificación emitida por el organismo competente en la materia según lo

regulado en el RD 891/1980 de 14 de Abril, sobre homologación de los captadores solares y en la Orden de 28 de Julio de 1980 por la que se aprueban las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los captadores solares, o la certificación o condiciones que considere la reglamentación que lo sustituya.

Los captadores que integran la instalación son del mismo modelo. 5 Conexionado La instalación se ha proyectado de manera que los captadores se dispongan en filas constituidas por

el mismo número de elementos. Conexión de las filas de captadores En serie En

paralelo En serie paralelo

Instalación de válvulas de cierre en las baterías de captadores Entrada Salida Entre bombas

Instalación de válvula de seguridad

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Tipo de retorno Invertido Válvulas de equilibrado

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6 Estructura de soporte Cumplimiento de las exigencias del CTE de aplicación en cuanto a seguridad:

Previsiones de cálculo y construcción para evitar transferencias de cargas que puedan afectar a la integridad de los captadores o al circuito hidráulico por dilataciones térmicas.

Estructura portante Perfiles de acero de 40 mm, mecanizados y galvanizados en caliente.

Sistema de fijación de captadores

Guías para perfiles de 5 mm.

Flexión máxima del captador permitida por el fabricante Número de puntos de sujeción de captadores Área de apoyo Posición de los puntos de apoyo

Se ha previsto que los topes de sujeción de los captadores y la propia estructura no arrojen sombra sobre los captadores

Instalación integrada en cubierta que hagan las veces de la cubierta del edificio, la estructura y la

estanqueidad entre captadores se ajustará a las exigencias indicadas en la parte correspondiente del Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.

7 Sistema de acumulación solar Volumen del depósito de acumulación solar (litros) 220 L --- 300 L

FÓRMULA

50 < V/A < 180

Justificación del volumen del depósito de acumulación solar (Considerando que el diseño de la instalación solar térmica debe tener en cuenta que la demanda no es simultánea con la generación),

A= dato Suma de las áreas de los captadores (m2) V= dato Volumen del depósito de acumulación solar (litros)

62,86 --- 69,77

Nº de depósitos del sistema de acumulación solar 1 --- 2 Configuración del depósito de acumulación solar Vertical Horizontal Zona de ubicación Exterior Interior

Fraccionamiento del volumen de acumulación en depósitos: nº de depósitos 1

Disposición de los depósitos en el ciclo de consumo

En serie invertida

En paralelo, con los circuitos primarios y secundarios equilibrados

Prevención de la legionelosis: medidas adoptadas nivel térmico necesario mediante el no uso de la instalación Instalaciones prefabricadas

conexionado puntual entre el sistema auxiliar y el acumulador solar, de forma que se pueda calentar éste último con el auxiliar (resto de instalaciones

Instalación de termómetro

Corte de flujos al exterior del depósito no

intencionados en caso de daños del sistema (en el caso de volumen mayor de 2 m3)

Válvulas de corte

Otro sistema (Especificar)

8 Situación de las conexiones Depósitos verticales

Altura de la conexión de entrada de agua caliente procedente del intercambiador o de los captadores al intercambiador

La conexión de salida de agua fría del acumulador hacia el intercambiador o los captadores se realizará por la parte inferior de éste

La conexión de retorno de consumo al acumulador y agua fría de red se realizarán por la parte inferior la extracción de agua caliente del acumulador se realizará por la parte superior

Depósitos horizontales: las tomas de agua caliente y fría estarán situadas en extremos diagonalmente opuestos.

Desconexión individual de los acumuladores sin interrumpir el funcionamiento de la instalación 9 Sistema de intercambio

Fórmula P ≥ 500 *A

Intercambiador independiente: la potencia P se determina para las condiciones de trabajo en las horas centrales suponiendo una radiación solar de 1.000 w/m2 y un rendimiento de la conversión de energía solar del 50%.

Intercambiador incorporado al acumulador: relación entre superficie útil de intercambio (SUi) y la superficie total de captación (STc) SUi ≥ 0,15 STc

Instalación de válvula de cierre en cada una de las tuberías de entrada y salida de agua del intercambiador de calor

10 Circuito hidráulico Equilibrio del circuito hidráulico

Se ha concebido un circuito hidráulico equilibrado en sí mismo Se ha dispuesto un control de flujo mediante válvulas de equilibrado

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Caudal del fluido portador

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El caudal del fluido portador se ha determinado de acuerdo con las especificaciones del fabricante como consecuencia del diseño de su producto. En su defecto, valor estará comprendido entre 1,2l/s y 2 l/s por cada 100 m² de red de captadores

Se cumple

Captadores conectados en serie Valor / nº de captadores 11 Tuberías

El sistema de tuberías y sus materiales se ha proyectado de manera que no exista posibilidad de formación de obturaciones o depósitos de cal para las condiciones de trabajo.

Con objeto de evitar pérdidas térmicas, se ha tenido en cuenta que la longitud de tuberías del sistema sea lo más corta posible, y se ha evitado al máximo los codos y pérdidas de carga en general.

Pendiente mínima de los tramos horizontales en el sentido de la circulación 1% Material de revestimiento para el aislamiento de las tuberías de intemperie con el objeto de proporcionar

una protección externa que asegure la durabilidad ante las acciones climatológicas Tipo de material Descripción del producto

Pintura asfáltica Poliéster reforzado con fibra de

vidrio Caucho reforzado EPDM

Pintura acrílica 12 Bombas

Caída máxima de presión en el circuito Se ha diseñado el circuito de manera que las bombas en línea se monten en las zonas más frías del mismo,

teniendo en cuenta que no se produzca ningún tipo de cavitación y siempre con el eje de rotación en posición horizontal.

Instalaciones superiores a 50 m2 de superficie: se han instalado dos bombas idénticas en paralelo, dejando una de reserva, tanto en el circuito primario como en el secundario, previéndose el funcionamiento alternativo de las mismas, de forma manual o automática.

Colocación del filtro Entre la bomba y los captadores. Sentido de la corriente bomba-filtro-captadores Impulsión del agua caliente

Por la parte inferior de la piscina.

Piscinas cubiertas: Disposición de elementos

Impulsión de agua filtrada

En superficie

13 Vasos de expansión Se ha previsto su conexión en la aspiración de la bomba. Altura en la que se sitúan los vasos de expansión

14 Purga de aire En los puntos altos de la salida de baterías de captadores y en todos aquellos puntos de la instalación

donde pueda quedar aire acumulado, se colocarán sistemas de purga constituidos por botellines de desaireación y purgador manual o automático.

Volumen útil del botellín Valor > 100 cm3 Volumen útil del botellín si se instala a la salida del circuito solar y antes del

intercambiador un desaireador con purgador automático.

Por utilizar purgadores automáticos, adicionalmente, se colocarán los dispositivos necesarios para la purga manual.

15 Drenajes Los conductos de drenaje de las baterías de captadores se diseñarán en lo posible de forma que no

puedan congelarse. 16 Sistema de energía convencional adicional

Se ha dispuesto de un Sistema convencional adicional para asegurar el abastecimiento de la demanda térmica.

El sistema convencional auxiliar se diseñado para cubrir el servicio como si no se dispusiera del sistema solar. Sólo entrará en funcionamiento cuando sea estrictamente necesario y de forma que se aproveche lo máximo posible la energía extraída del campo de captación.

Sistema de aporte de energía convencional auxiliar con acumulación o en línea: dispone de un termostato de control sobre la temperatura de preparación que en condiciones normales de funcionamiento permitirá cumplir con la legislación vigente en cada momento referente a la prevención y control de la legionelosis.

Sistema de energía convencional auxiliar sin acumulación, es decir es una fuente instantánea: El equipo es modulante, es decir, capaz de regular su potencia de forma que se obtenga la temperatura de manera permanente con independencia de cual sea la temperatura del agua de entrada al citado equipo.

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Climatización de piscinas: para el control de la temperatura del agua se dispone de una sonda de temperatura en el retorno de agua al intercambiador de calor y un termostato de seguridad dotado de rearme manual en la impulsión que enclave el sistema de generación de calor. a temperatura de tarado del termostato de seguridad será, como máximo, 10 ºC mayor que la temperatura máxima de impulsión.

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17 Sistema de Control Tipos de sistema

De circulación forzada, supone un control de funcionamiento normal de las bombas del circuito de tipo diferencial.

Con depósito de acumulación solar: el control de funcionamiento normal de las bombas del circuito deberá actuar en función de la diferencia entre la temperatura del fluido portador en la salida de la batería de los captadores y la del depósito de acumulación. El sistema de control actuará y estará ajustado de manera que las bombas no estén en marcha cuando la diferencia de temperaturas sea menor de 2 ºC y no estén paradas cuando la diferencia sea mayor de 7 ºC. La diferencia de temperaturas entre los puntos de arranque y de parada de termostato diferencial no será menor que 2 ºC.

Colocación de las sondas de temperatura para el control diferencial en la parte superior de los captadores

Colocación del sensor de temperatura

de la acumulación. en la parte inferior en una zona no influenciada por la circulación del circuito secundario o por el calentamiento del intercambiador

Temperatura máxima a la que debe estar ajustado el sistema de control (de manera que en ningún caso se alcancen temperaturas superiores a las máximas soportadas por los materiales, componentes y tratamientos de los circuitos.)

105 ºC

Temperatura mínima a la que debe ajustarse el sistema de control (de manera que en ningún punto la temperatura del fluido de trabajo descienda por debajo de una temperatura tres grados superior a la de congelación del fluido).

60 ºC

18 Sistemas de medida

Además de los aparatos de medida de presión y temperatura que permitan la correcta operación, para

el caso de instalaciones mayores de 20 m2 se deberá disponer al menos de un sistema analógico de medida local y registro de datos que indique como mínimo las siguientes variables:

temperatura de entrada agua fría de red temperatura de salida acumulador solar

Caudal de agua fría de red. 3.4 Componentes

La instalación cumplirá con los requisitos contenidos en el apartado 3.4 del Documento Básico HE, Ahorro de Energía, Sección HE 4, referidos a los siguientes aspectos:

apartado

Captadores solares 3.4.1 Acumuladores 3.4.2 Intercambiador de calor 3.4.3 Bombas de circulación 3.4.4 Tuberías 3.4.5 Válvulas 3.4.6

Vasos de expansión Cerrados 3.4.7.1 Abiertos 3.4.7.2 Purgadores 3.4.8 Sistema de llenado 3.4.9 Sistema eléctrico y de control 3.4.10

3.5 Cálculo de las pérdidas por orientación e inclinación 1 Introducción

Ángulo de acimut Angulo de inclinación Latitud Valor de inclinación máxima Valor de inclinación mínima

Corrección de los límites de inclinación aceptables Inclinación máxima Inclinación mínima

3.6 Cálculo de pérdidas de radiación solar por sombras

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Porcentaje de radiación solar perdida por sombras

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El equipo convencional para producción de A.C.S. será mediante termos eléctricos independientes y localizados por núcleo húmedo, y el aporte de energía solar térmica se efectuará mediante equipo solar compacto por termosifón. La temperatura de consumo será de 45ºC y la de acumulación mayor de 60ºC para evitar los efectos de la legionela. Se instalará una válvula termostática de tres vías a la entrada de agua fría del termo eléctrico de manera que el aporte de agua al termo eléctrico se haga desde el equipo solar, en tanto en cuanto la temperatura de agua de red sea menor; y otra válvula a la salida del termo eléctrico de manera que el agua de consumo se haga directamente desde el equipo solar sin pasar por el termo eléctrico, en tanto en cuanto la temperatura de agua procedente del equipo solar sea mayor de 45ºC. * U.E.D..- En el cálculo de la demanda de A.C.S. se ha tomado como un uso administrativo a razón de 3 L/dia a 60ºC por persona y considerando una capacidad de 10 personas equivale a 30 L/dia, ó bien como un uso vestuarios a razón de 15 L/dia a 60ºC por servicio que equivale a 90 L/dia; y se elige instalar un equipo de energía solar térmica compacto por termosifón de 220 litros de acumulación. * ALBERGUE.- En el cálculo de la demanda de A.C.S. se ha tomado como un uso de vivienda multifamiliar para los baños de planta primera a razón de 22 L/dia a 60ºC por persona y considerando una capacidad de 6 personas equivale a 132 L/dia + un uso vestuarios para los aseos de planta baja y primera a razón de 15 L/dia a 60ºC por servicio que equivale a 360 L/dia; siendo el total demandado de 492 litros/dia se elige instalar dos equipos de energía solar térmica compacto por termosifón de 300 litros de acumulación.

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EXIGENCIA BASICA HE 5: CONTRIBUCIÓN FOTOVOLTAICA MINIMA DE ENERGIA ELECTRICA (ARTÍCULO 15.5.) En los edificios que así se establezca en este CTE se incorporarán sistemas de captación y transformación de energía solar en energía eléctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia básica tendrán la consideración de mínimos, sin perjuicio de valores más estrictos que puedan ser establecidos por las administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características propias de su localización y ámbito territorial. 1. GENERALIDADES 1.1. Ámbito de aplicación 1. Los edificios de los usos indicados, a los efectos de esta sección, en la tabla 1.1 incorporarán sistemas de captación y transformación de energía solar por procedimientos fotovoltaicos cuando superen los límites de aplicación establecidos en dicha tabla.

- Hipermercado 5.000 m2 construidos. - Multitienda y centros de ocio 3.000 m2 construidos. - Nave de almacenamiento 10.000 m2 construidos. - Administrativos 4.000 m2 construidos. - Hoteles y hostales 100 plazas. - Hospitales y clínicas 100 camas. - Pabellones de recintos feriales 10.000 m2 construidos.

No procede para el Proyecto que nos ocupa conforme a este apartado ya que aunque el uso de la edificación corresponde con uno de los descritos en la Tabla 1.1, su superficie construida es inferior a la superficie indicada.

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PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL EN PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

DB HE del CTE

TOMO I. DB HE del CTE. Pág.10 de 10

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JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

REGLAMENTO QUE REGULA LAS NORMAS PARA LA ACCESIBILIDAD EN LAS INFRAESTRUCTURAS, EL URBANISMO, LA EDIFICACIÓN Y EL TRANSPORTE

EN ANDALUCÍA.

Decreto 293/2009, de 7 de julio, de la Consejería d e la Presidencia de la Junta de Andalucía. (Publicación del texto original en el BOJA n.º 140 de 21 de julio de 2009

TÍTULO: PROYECTO BASICO Y EJECUCION CENTRO DE DIA Y CENTRO DE EMERGENCIA SOCIAL

UBICACIÓN: PLAN PARCIAL DEL SECTOR 1 PAU NO2 “LA FLORIDA” Manzana E4, Calles V13, V18 y V20 11500 EL PUERTO DE SANTA MARIA

ENCARGANTE:

AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO DE SANTA MARÍA

TÉCNICOS/AS: CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P.

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ENTRADA EN VIGOR DEL DECRETO 293/2009

PUBLICACIÓN ..................................................... 21 de julio de 2009

VIGENCIA ................................................. 21 de septiembre de 2009

RÉGIMEN TRANSITORIO

No será preceptiva la aplicación del Decreto a:

a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 21 de septiembre de 2009.

b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios Profesionales antes del

21 de septiembre de 2009

c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara

antes del 21 de marzo de 2010.

d) Los proyectos de urbanización que se encuentren en redacción a la entrada en vigor del presente Decreto

deberán adaptarse al mismo, salvo que ello implique la necesidad de modificar el planeamiento urbanístico

cuyas previsiones ejecutan.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

a) Redacción de planeamiento urbanístico, o de las ordenanzas de uso del suelo y

edificación ____________________________________________________________________

Redacción de proyectos de urbanización ____________________________________________

(rellenar Anexo I)

b) Obras de infraestructura y urbanización ______________________________________________

Mobiliario urbano _______________________________________________________________

(rellenar Anexo I)

c) Construcción, reforma o alteración de uso de:

Espacios y dependencias exteriores e interiores de utilización colectiva de los edificios,

establecimientos e instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique

concurrencia de público, aunque no se realice obra alguna. __________________________________

Todas las áreas tanto exteriores como interiores de los edificios, establecimientos e instalaciones

de las Administraciones y Empresas públicas ____________________________________________

(rellenar Anexo II para interiores) (rellenar Anexo I para exteriores)

d) Construcción o reforma de:

Viviendas destinadas a personas con minusvalía (rellenar Anexo IV) ___________________________

Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso comunitario correspondientes a

viviendas, sean de promoción pública o privada ____________________________________________

(rellenar Anexo III para interiores) (rellenar Anexo I para exteriores excepto los apartados indicados *) (rellenar Anexo II para instalaciones o dotaciones complementarias de uso comunitario,

solo apartados indicados *) e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones complementarias _______________

Anexo V (No redactado)

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TIPO DE ACTUACIÓN: 1. Nueva Construcción ________________________________________________________________ 2. Reforma (ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo) _______________ 3. Cambio de uso ____________________________________________________________________ NOTAS:

— En todos los casos se refiere el reglamento tanto a obras de nueva planta como a las de reforma y cambio de uso. En los casos de reformas o cambios de uso el reglamento se aplica únicamente a los elementos o partes afectadas por la actuación.

— En el artículo 62 del reglamento se recogen los siguientes usos como de pública concurrencia: alojamientos, comerciales, sanitarios, servicios sociales, actividades culturales y sociales, hostelería, administrativos, docentes, transportes, religiosos, garajes y aparcamientos y los recogidos en el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 78/2002, de 26 de febrero.

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ANEXO I INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificaciones privadas y a todas las zonas en edificaciones públicas) 1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

ITINERARIOS PEATONALES DE USO COMUNITARIO

TRAZADO Y DISEÑO

— Ancho mínimo ≥ 1,20 mts. Aceras de ancho 1’20 m

— Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) ≤ 12 %. (tramos ≥ 3 mts.) ≤ 8 %.

Zona accesible horizontal sin

pendiente longitudinal

— Pendiente transversal ≤ 2 %. Zona accesible horizontal con

pendiente entre 1%-2% para

evacuación de aguas

pluviales.

— Altura de bordillos ≤ 14 cms., y rebajados en pasos de peatones y esquinas. Las aceras son espacios públicos fuera del proyecto.

La zona de urbanización

proyectada es el acerado merimetral

cuya cota será como máximo 14 cm. Existe zona

aterrazada que no es itinerario

exclusivo y no es exigible su

accesibilidad.

PAVIMENTOS:

— Serán antideslizantes variando la textura y color en las esquinas y en cualquier obstáculo.

Cumple. Pavimentos

antideslizantes con variación de textura

y color ante obstáculos.

— Los registros y los alcorques estarán en el mismo plano del nivel del pavimento. No se proyectan

alcorques. Los registros estarán enrasados con el

pavimento

— Si los alcorques son de rejilla la anchura máxima de la malla será de 2 cms. No existen

VADO PARA PASO VEHÍCULOS

— Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) ≤ 12 %. (tramos ≥ 3 mts.) ≤ 8 %.

No existen

— Pendiente transversal ≤ 2 %.

VADO PARA PASO PEATONES

— Se situará como mínimo uno en cada curva de calles o vías de circulación. No existen dentro del ámbito del proyecto

— Las pendientes del plano inclinado entre dos niveles a comunicar: Long ≤ 8 %. Trans. ≤ 2 %.

— Anchura ≥ 1,80 mts.

— Desnivel sin plano inclinado ≤ 2 cms.

* PASOS DE PEATONES

(No en zonas exteriores de viviendas)

— Se salvarán los niveles con vados de las características anteriores. No existen

— Dimensiones mínimas de las isletas para parada intermedia: Anchura ≥ 1,80 mts. Largo ≥ 1,20 mts.

— Prohibido salvarlos con escalones, debiendo completarse o sustituirse por rampas, ascensores o tapices rodantes.

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ESCALERAS — Cualquier tramo de escaleras se complementará con una rampa. No existen.

Solo existen zonas aterrazadas para

solucionar los desniveles del solar

que no son accesibles por

tratarse de recorridos con

otras alternativas accesibles desde la zona pública fuera

del solar. No se resuelve la solución

entre edificios como accesible por tratarse de edificios

de uso independientes, que no precisan

comunicación entre ellos, y en su caso, la tendrían resuelta desde el espacio

público.

— Quedan prohibidos los desniveles que se salven con un único escalón debiendo complementarse con una rampa.

No existen desniveles que se salven con un solo escalón en el espacio de urbanización.

— Serán preferentemente de directriz recta o ligeramente curva. No existen escaleras

— Dimensiones Huella ≥ 30 cms. (en escalones curvos se medirán a 40 cms. del borde interior) Contrahuella ≤ 16 cms. _______________________________________ Longitud libre peldaños ≥ 1,20 mts. _____________________________ Longitud descansillos ≥ 1,20 mts. _______________________________

— Tramos ≤ 16 peldaños.

— No se admiten mesetas en ángulo, ni partidas, ni escaleras compensadas.

— Pasamanos a altura ≥ 90 cms. y ≤ 95 cms.

— Barandillas no escalables si hay ojo de escalera.

— Huellas con material antideslizante..

— Disposición de bandas de diferente textura y color con 0,60 mts. de anchura, colocadas al principio y al final de la escalera.

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ANEXO I

INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO

1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva. No existen

— Anchura libre ≥ 1,20 mts.

— Pavimento antideslizante.

— Pendiente longitudinal (recorrido < 3 mts.) ____________ ≤ 12 %.(recorrido ≥ 3 mts.) ____________ ≤ 8 %.

transversal ____________________ ≤

— Pasamanos de altura entre 70 y 95 cms.

— Barandillas no escalables si existe hueco.

* 1 ASEO DE LOS OBLIGADOS POR NORMATIVA ESPECÍFICA

(No en zonas exteriores de viviendas)

— Serán accesibles. No existen. Se trata de espacio

perimetral al edificio objeto del

proyecto.

— Al menos un lavabo y un inodoro estarán adaptados. (Ver este apartado en el Anexo II Edificios de Pública Concurrencia)

* APARCAMIENTOS

(No en zonas exteriores

de viviendas)

— 1 Plaza cada 50 o fracción. No existen

— Situación próxima a los accesos peatonales.

— Estarán señalizadas.

— Dimensiones mínimas 5,00 x 3,60 mts.

2.ª Mobiliario Urbano

NORMA PROYECTO

MOBILIARIO

URBANO

— Los elementos verticales en la vía pública se colocarán: a) En el tercio exterior a la acera si la anchura libre restante es ≥ 90 cms.

b) Junto al encuentro de la fachada con la acera si la anchura libre restante es < 90 cms.

No es objeto del proyecto.

— La altura del borde inferior de elementos volados > 2,10 mts.

— No existirán obstáculos verticales en los pasos peatonales.

— Papeleras y teléfonos a altura ≤ 1,20 mts.

— Las obras que se realicen en las vías públicas se rodearán con vallas sólidamente instaladas y se señalizarán con balizas con luces rojas encendidas durante todo el

día. Estas vallas estarán sólidamente fijadas y separadas al menos 0,50 mts. de las obras.

— Donde haya asientos, al menos un 2 % tendrá estas características: Altura = 50 cms.

Anchura ≥ 40 cms. Fondo ≥ 50 cms.

— Altura de grifos y caños en bebederos 70 cms.

— Altura de boca de buzones 90 cms.

— En el caso de existir trinquetes o barreras, se habilitará un acceso libre con ancho ≥ 1 m.

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES FIJOS D E PÚBLICA CONCURRENCIA

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos) REGLAMENTO PROYECTO

RELACIÓN DE USOS AFECTADOS

Art. 62

Alojamientos – Comerciales – Sanitarios – Servicios sociales – Actividades culturales y sociales – Hostelería – Administrativos – Docentes – Transportes – Religiosos – Garajes y aparcamientos – Los recogidos en el Nomenclator y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la C.A. de Andalucía, aprobado por el Decreto 78/2002, de 26 de febrero

Edificio

Centro Social.

ESPACIOS EXTERIORES

Art. 63

Las zonas y elementos de urbanización de uso público, situadas en los espacios exteriores de los edificios, establecimientos e instalaciones, cumplirán lo indicado en el apartado de Infraestructura y Urbanización (Rellenar Impreso de Elementos de Urbanización e Infraestructura en Anexo I).

Existe urbanización exterior.

ITINERARIOS PRACTICABLES

Art 65 (Para contestar afirmativamente

a estos apartados hay que cumplir la normativa exigida en todos los apartados siguientes)

Comunicación entre exterior e interior del edificio, establecimiento o instalación.

En el caso de edificio, establecimiento o instalación de las Administraciones y Empresas Públicas, la comunicación entre un acceso y la totalidad de sus áreas o recintos .

En ambos edificio existe un solo acceso y son practicables.

En el caso del resto de los edificios, establecimientos o instalaciones (de propiedad privada), la comunicación entre un acceso y las áreas y dependencias de uso público .

Las comunicaciones entre los diferentes edificios de un mismo complejo Los edificios tienen usos

independientes. La comunicación entre los mismos no es

accesible directamente, pero

lo es desde espacio público

exterior al solar.

Para distancias en el mismo nivel ≥ 50 m ó cuando pueda darse una situación de espera se dispondrán zonas de descanso

Las distancias dentro del edificio en un mismo nivel es inferior a 50 m

ACCESO DISTINTAS PLANTAS

Art. 69

Con independencia de que existan escaleras, el acceso a las zonas destinadas a uso y concurrencia pública , situadas en las distintas plantas de los edificios, establecimientos e instalaciones y a todas las áreas y recintos en los de las Administraciones y Empresas Públicas, se realizará mediante ascensor, rampa o tapiz rodante .

El Centro de Día

tiene una sola planta y todos los

lugares son accesibles.

El Centro de emergencia se

desarrolla en dos plantas. Los

espacios de uso común y públicos están en planta acceso y son

accesibles. En planta primera hay

habitaciones no accesibles pero en planta acceso se

reservan 3 dormitorios adaptados.

Los edificios de mas de una planta contarán con la instalación de un ascensor accesible Existe un ascensor para 6 personas

accesible.

* ACCESO DESDE EL EXTERIOR

Art. 64/72/73/74 (Aplicable para inst. y dot.

comunitarias de viv.)

Al menos un acceso desde el exterior deberá cumplir: El acceso principal de ambos edificios

es accesible.

No hay desnivel Si hay, en ambos casos existe un

desnivel de 5cm.

Desnivel ≤ 5 cm. Salvado con plano inclinado Pendiente ≤ 25 %. < 25% (ver plano)

Ancho ≥ 0,80 m. >0’80 m (ver plano)

Desnivel > 5 cm.

Salvado por una rampa Art.72

Tramo recto No

Ancho ≥ 1,20 m.

Long. Máxima ≤ 9.00 m

Pendiente

≤ 10% (3 m)

≤ 8% (6 m)

≤ 6%

Salvado por un tapiz rodante según reglamento – Art.73

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Salvado por un ascensor según reglamento – Art. 74

* VESTÍBULOS Art. 66

(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.)

Se podrá inscribir una circunferencia de Ø ≥ 1,50 m. no barrida por las puertas Si Ø>1’50 m Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o

completados por rampas accesibles.

* PASILLOS Art. 66

(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.)

Anchura libre ≥ 1,20 m. Se permiten estrechamientos puntuales de longitud ≤ 0,50 m y ancho ≥ 0,90 m

1’60 m

Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o complementados por rampas accesibles.

* HUECOS DE PASO Art. 67

(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.)

Anchura de puertas de entrada de ≥ 0,80 m. Puertas de 2 hojas correderas de 0’90

cm cada una.

Angulo de apertura de las puertas ≥ 90º Hojas correderas.

A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no barrido por puertas Ø ≥ 1,20 m.

Si cumple

Las puertas serán fácilmente identificables Si cumple. En ambos edificios, la perfilería y, si fuera preciso adhesivos o tratamiento del

material, la diferenciarán de los

vidrios fijos contiguos.

En las puertas de salida de emergencia se colocará una barra a 0.90 m de altura En el Centro de emergencia se disponen dos

puertas de emergencia

(comedor y sala de estar) que deberán tener una barra a 0’90 m de altura

En puertas transparentes se dispondrán franjas señalizadoras a una altura comprendida entre 0,85 y 1,10 m y otra entre 1,50 y 1,70 m.

Si cumple (ver memoria)

Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos de paso alternativos accesibles.

No existen

Las puertas de apertura automática, estarán provistas un mecanismo de minoración de velocidad que no supere 0,5 m/s, dispositivos sensibles que abran en caso de atropamiento y mecanismo manual de parada del sistema de apertura y cierre

Si existen y estarán provistas del citado

mecanismo

La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple. Si existen y cumplen

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBL ICA CONCURRENCIA

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos)

REGLAMENTO PROYECTO

* ESCALERAS Art. 70

(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de viv.)

Longitud libre de peldaños ≥ 1,20 m. Cumple. 1’20 m

No se admiten escalones sin tabica, con bocel, vuelo o resalto Tienen tabica y no tienen bocel

La tabica será vertical o formará un ángulo con la vertical de 15º Vertical

No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras compensadas. La meseta no está partida ni en angulo. No

es escalera compensada

Fondo de las mesetas Intermedias ≥ 1,20 m. 1’20 m

De acceso ≥ 1,20 m. Se accede desde distribuidor de 1’60 m

Distancia de la arista de peldaños a puertas ≥ 40 cm. No hay puertas próximas a la arista del

peldaño

El resto de parámetros se toman del CTE DB SU 1

RAMPAS Art. 72

Directriz recta. No existen

Anchura ≥ 1,20 m.

Pavimento antideslizante.

Pendiente longitudinal Longitud ≤ 3 m. ≤ 10 %.

Longitud ≤ 6 m. ≤ 8 %.

Longitud > 6 m. ≤ 6 %.

Pendiente transversal ≤ 2 %.

Longitud máxima de tramo ≤ 9 m.

Mesetas. Ancho ≥ ancho de la rampa

Fondo ≥ 1,20 m

Distancia desde la arista de la rampa a una puerta ≥ 1,20 m

Pasamanos a una altura entre 0,90 y 1,10 m.

ESCALERAS MECÁNICAS

Art. 71

Luz libre ≥ 1,00 m. No existen

Velocidad ≤ 0,50 m./sg.

Número de peldaños enrasados a entrada y salida ≥ 2,5 peldaños.

Se dispondrá en el embarque y en el desembarque una anchura ≥ 1,20 m

TAPICES RODANTES

Art 73

Luz libre ≥ 1,00 m. No existen

Las áreas de entrada y salida se desarrollan en un plano horizontal.

La pendiente del tapiz ≤ 12 %.

— Se dispondrán pasamanos a una altura ≤ 0,90 m.

1 ASCENSOR DE LOS OBLIGADOS POR LA

NORMATIVA ESPECÍFICA Art. 74

Puertas de recinto y cabina automáticas, y con indicador acústico. Existe 1 ascensor en Centro de Emergencia.

Anchura de puertas ≥ 0,80 m. Cumple Hueco de 1’10 m

Fondo de cabina ≥ 1,25 m. Cumple 1’25 m

Ancho de cabina ≥ 1,00 m. Cumple 1’10 m

Equipamiento en interior de cabina

Pasamanos con altura ≥ 0,80 m. y ≤ 0,90 m.

Ascensor adaptado que

cumple todas estas características.

Botonera. Altura ≤ 1,20 m

Botonera interior. Números arábigos y Braille

Señal acústica de apertura automática

Señal acústica de parada y verbal de planta

Equipamiento exterior Botonera exterior. Altura ≤ 1,20 m

Indicador acústico y luminoso en cada planta

Número de planta en jamba, en braille y arábigo

Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas. No existen

MOSTRADORES Y

VENTANILLAS Art. 81

Los mostradores tendrán un tramo Ancho ≥ 0,80 m. Altura ≥ 0,70 m. y ≤ 0,80 m.

Hueco bajo mostrador. Alto /fondo ≥ 0,70 m / ≥ 0,50 m

En mostrador de acceso en Centro de emergencia existe

tramo con a=0’80 m y

h=1’00 m y hueco libre bajo mostrador de 0’70m de altura y 0’50m de fondo

Las ventanillas de atención al público tendrán una altura ≤ 1,10 m. No existen

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ANEXO II EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBL ICA CONCURRENCIA

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos)

REGLAMENTO PROYECTO

MECANISMOS ELECTRÓNICOS

Art. 83

Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio. No existen mecanismos a utilizar por el público Se situarán a una altura comprendida entre 0,90 y 1,20 m.

* 1 ASEO DE LOS OBLIGADOS POR LA

NORMATIVA ESPECÍFICA Art. 77

(Aplicable para inst. y dot. Comunitarias de las viv.)

Dotación mínima: Lavabo e inodoro. Si cumple

Espacio libre no barrido por las puertas: Si solo hay una pieza ≥ 1,20 m Si hay más de una pieza ≥ 1,50 m

Si cumple (2 piezas)

Un lavabo no tendrá obstáculos en su parte inferior. Si cumple

Altura del lavabo comprendida entre 70 y 80 cm. Si cumple

Espacio lateral al inodoro ≥ 0,70 m. Si cumple

Altura del inodoro comprendida entre 45 y 50 cm. Si cumple

Altura borde inferior del espejo ≤ 0,90 m. Si cumple

Altura de accesorios y mecanismos ≥ 0,80 m. y ≤ 1,20 m. Si cumple

Equipamiento adicional: 2 barras (1 de ellas abatible para acceso lateral al inodoro) y avisador de emergencia lumínico y acústico.

Si cumple

1 VESTUARIO, 1 DUCHA Y/O 1 PROBADOR

DE UTILIZACIÓN COLECTIVA Art. 78

Vestuario y probador con espacio libre de Ø1,50 m. Existe un vestuario en Centro de Emergencia

Vestuario y probador. Banco: Anchura ______________ ≥ 0,50 m. Altura ________________ ≤ 0,45 m. Fondo ________________ ≥ 0,40 m. Acceso lateral __________ ≥ 0,70 m.

El banco cumplirá estas

características

Vestuario y probador. Altura repisas y perchas entre ≥ 0,40 m. y ≤ 1,20 m. Se respetarán estas cotas, al menos en el 50%

de las repisas

Duchas. Dimensiones mínimas Fondo ________________ ≥ 1,80 m Ancho ________________ ≥ 1,20 m

Existe una ducha de estas dimensiones para cada

sexo.

Duchas. Estará enrasada con el pavimento, y su suelo será antideslizante Ducha de minusválidos enrasada con

el pavimento.

Duchas. Altura del maneral del rociador si es manipulable ≥ 0,80 y ≤ 1,20 m. Si cumple.

Ducha. Banco abatible: Anchura ______________ ≥ 0,50 m. Altura ________________ ≤ 0,45 m. Fondo ________________ ≥ 0,40 m. Acceso lateral __________ ≥ 0,70 m.

Si cumple.

Duchas y Vestuarios. Se dispondrán barras metálicas horizontales a 0,75 m. de altura Si cumple.

Espacio interior al acceso no barrido por la puerta ≥ 0,70 m. Ø Si cumple

Se dispondrá un avisador lumínico y acústico para casos de emergencia Si cumple

ESPACIOS RESERVADOS A USUARIOS CON SILLAS

DE RUEDAS Art. 76

(En Aulas, Salas de Reuniones, Locales de Espectáculos y

Análogos)

Reservas señalizadas en el Anexo III (D.293/2009) obligatorias con un mínimo de 2 No existen. Existe una sala de usos múltiples pero esta

es diáfana y se adaptará según el uso si fuera necesario. No existe

problema de reserva de espacios y su adecuación. En su caso, cumplirán las características del art. 76

El espacio reservado será horizontal y a nivel con los asientos

Los espacios reservados estarán integrados con el resto de asientos

En cines, las reservas se situarán o en la parte central o en la superior.

El espacio entre filas será ≥ 0,50 m

El espacio reservado para usuarios de silla de ruedas será de 0,90 x 1,20 m

Condiciones de los espacios reservados, que estarán señalizados: Con asientos en graderío: - Se situarán próximas a los accesos plazas para usuarios de sillas de ruedas - Estarán próximas a una comunicación de ancho ≥ 1,20 m - Las gradas se señalizarán mediante diferenciación cromática y de textura en los bordes - Las butacas dispondrán de señalización numerológica en altorrelieve.

APARCAMIENTOS Art. 90/29/30

1 Plaza cada 40 o fracción. No existen

Situación próxima a los accesos peatonales. Y estarán señalizadas

Dimensiones Batería: ≥ 5,00 x 3,60 m* Cordón: ≥ 3,60 x 6,50 m* *Se permite que la zona de transferencia –1,40 m ya incluida, se comparta entre dos plazas

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TABLAS EXIGENCIAS MÍNIMAS PARTICULARES SEGÚN USO, ACTIVIDA D, SUPERFICIE, CAPACIDAD O AFORO

TABLA 3

USO DE EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS E

INSTALACIONES

SUPERFICIE CAPACIDAD

AFORO

NÚMERO DE ELEMENTOS ACCESIBLES ACCESOS

Art. 64 ASCENSORES

TAPICES RODANTES Art. 69

DORMITORIOS Art. 77

ASEOS Art. 77

≤ 3 >3

SANITARIO

Hospitales y clínicas Todos 2 3 Todos 1cada núcleo 1 cada 3 aislados

Centros de atención primaria y de

especialidades Todos 2 3 Todos

1 cada 2 núcleos 1 cada 5 aislados

Centros de rehabilitación Todos Todos Todos 1 cada núcleo 1 cada 3 aislados

SERVICIOS SOCIALES

Centros residenciales para personas en situación

dependencia. Todos 2 3 Todos

Todos los destinados a

personas usuarias de silla de ruedas

Todos

Centros ocupacionales y unidades de estancia

diurna para personas en situación de dependencia

Todos 2 3 Todos 1 cada núcleo 1 cada 3 aislados

Centros de día de mayores, centros de

servicios sociales comunitarios y otros centros de servicios

sociales

Todos 2 3 1 cada 2 o fracción

Todos los destinados a

personas usuarias de silla de ruedas

1 cada núcleo 1 cada 3 aislados

Justificación para el caso que nos ocupa: Edificio Centro de día: Tipo de edificio: servicios sociales � Centros de día de mayores, centros de servicios sociales comunitarios y otros centros de servicios sociales Superficie: 337’80 m² Accesos: se proyecta 1 acceso � 1 acceso cumple las condiciones del Reglamento. Ascensores y tapices rodantes: No se proyectan ascensores o tapices Probadores: No procede Aseos: Se proyectan 3 aseos públicos, uno por cada sexo y un aseo unisex para minusválidos. � 1 aseo cumple las condiciones del Reglamento. Edificio Centro de Emergencia Social: Tipo de edificio: servicios sociales � Centros de día de mayores, centros de servicios sociales comunitarios y otros centros de servicios sociales Superficie: 912’89 m² Accesos: Se proyecta 1 acceso � 1 acceso cumple las condiciones del Reglamento. Ascensores y tapices rodantes: Se proyecta 1 ascensor adaptado a la normativa de accesibilidad. Probadores: no procede Aseos: Se proyectan 3 aseos públicos, uno por cada sexo y un aseo unisex para minusválidos. � 1 aseo cumple las condiciones del Reglamento.

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OBSERVACIONES LA JUSTIFICACIÓN DEL PRESENTE DECRETO SE LLEVA A CABO CON MAYOR PROFUNDIDAD EN LA MEMORIA DEL PROYECTO, EN LOS APARTADOS DE APLICACIÓN MÁS SIGNIFICATIVOS ASI COMO EN LA DOCUMENTACIÓN GRAFICA APORTADA.

DECLARACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INCIDEN EN EL EXPEDIENTE

Se cumplen todas las disposiciones del Reglamento.

No se cumple alguna prescripción específica del Reglamento debido a las condiciones físicas del terreno o de la propia construcción o cualquier otro condicionante de tipo histórico, artístico, medioambiental o normativo, que imposibilitan el total cumplimiento de la presente norma y sus disposiciones de desarrollo, o debido a que las obras a realizar afectan a espacios públicos, infraestructuras, urbanizaciones, edificios, establecimientos o instalaciones existentes, o alteraciones de usos o de actividades de los mismos.

En la memoria del proyecto o documentación técnica, se indican, concretamente y de manera motivada, los artículos o apartados del presente Reglamento que resultan de imposible cumplimiento y, en su caso, las soluciones que se propone adoptar. Todo ello se fundamenta en la documentación gráfica pertinente que acompaña a la memoria. En dicha documentación gráfica se localizan e identifican los parámetros o prescripciones que no se pueden cumplir, mediante las especificaciones oportunas, así como las soluciones propuestas.

En cualquier caso, aún cuando resulta inviable el cumplimiento estricto de determinados preceptos, se mejoran las condiciones de accesibilidad preexistentes, para lo cual se disponen, siempre que ha resultado posible, las ayudas técnicas recogidas en el artículo 75 del Reglamento. Al efecto, se incluye en la memoria del proyecto, además de lo previsto en el apartado 2.a) del Reglamento, la descripción detallada de las características de las ayudas técnicas adoptadas, junto con sus detalles gráficos y las certificaciones de conformidad u homologaciones necesarias que garanticen sus condiciones de seguridad. No obstante, la imposibilidad del cumplimiento de determinados artículos del Reglamento y sus disposiciones de desarrollo no exime del cumplimiento del resto de los artículos, de cuya consideración la presente ficha es documento acreditativo.

EL TÉCNICO,

fecha y firma

En EL PUERTO DE SANTA MARIA, Marzo 2010

CARRASCO ARQUITECTOS, S.L.P.

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