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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES ADMINISTRACION: Excma. Diputación Provincial de Zamora. Plaza de Viriato, s/n. Teléfono 980 559 300. D.L.: ZA. 1-1958 Imprenta Provincial. Ramos Carrión, 15. Teléfono 980 531 499. http://www.zamoradipu.es/diputacion/diputacion.htm VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 ADVERTENCIAS.–Los anuncios se enviarán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, a través de su Registro General, correspondiendo la orden de inserción de los mismos al órgano competente de la correspondiente Administración anunciante. Serán de pago anticipado todas las inserciones obligatorias y voluntarias que no estén exceptuadas por disposición legal. La correspondencia administrativa se dirigirá al Administrador del BOLETIN OFICIAL de la provincia. No serán admitidos los documentos escritos por las dos caras y todos aquellos cuya redacción o apariencia dificulten su comprensión. TARIFA DE SUSCRIPCION (PERIODOS NATURALES) UN AÑO ………………… 60 euros UN SEMESTRE ………… 35 euros UN TRIMESTRE ………… 20 euros AUTORIZACION FRANQUEO CONCERTADO 49/3 I. Administración del Estado SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA Edicto De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Au- toridad competente según la disposición adicional cuarta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a las personas o enti- dades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose in- tentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis- trativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente en el BOLETIN OFICIAL o diario oficial correspon- diente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando se trate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas en el ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan más de una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el De- legado del Gobierno en la Comunidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de este derecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se proce- derá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el re- cargo del 20% de su importe por apremio. Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico. Zamora, 29 de abril de 2005.–La Jefa Provincial de Tráfico Acctal., M.ª Luisa Avedillo Enríquez. ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

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Page 1: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

BOLETIN OFICIALDE LA PROVINCIA DE ZAMORA

SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES

ADMINISTRACION: Excma. Diputación Provincial de Zamora. Plaza de Viriato, s/n. Teléfono 980 559 300. D.L.: ZA. 1-1958

Imprenta Provincial. Ramos Carrión, 15. Teléfono 980 531 499. http://www.zamoradipu.es/diputacion/diputacion.htm

VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57

ADVERTENCIAS.–Los anuncios se enviarán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincialde Zamora, a través de su Registro General, correspondiendo la orden de inserción de los mismos alórgano competente de la correspondiente Administración anunciante.

Serán de pago anticipado todas las inserciones obligatorias y voluntarias que no estén exceptuadaspor disposición legal.

La correspondencia administrativa se dirigirá al Administrador del BOLETIN OFICIAL de la provincia.

No serán admitidos los documentos escritos por las dos caras y todos aquellos cuya redacción oapariencia dificulten su comprensión.

TARIFA DE SUSCRIPCION(PERIODOS NATURALES)

UN AÑO ………………… 60 eurosUN SEMESTRE ………… 35 eurosUN TRIMESTRE ………… 20 euros

AUTORIZACION FRANQUEO CONCERTADO 49/3

I. Administración del Estado

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORAJEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA

Edicto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992),se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en losexpedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Au-toridad competente según la disposición adicional cuarta de laLey 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamientode la Administración General del Estado, a las personas o enti-dades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose in-tentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta nose ha podido practicar.

Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse recurso de alzada dentro del plazo deun mes, contado a partir del día siguiente al de la publicacióndel presente en el BOLETIN OFICIAL o diario oficial correspon-diente, ante el Director General de Tráfico, excepto cuando setrate de sanciones de cuantía inferior a 60,10 euros recaídas enel ámbito de Comunidades Autónomas que comprendan másde una provincia, en cuyo caso la interposición será ante el De-legado del Gobierno en la Comunidad.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso de estederecho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán serabonadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientesa la firmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se proce-derá a su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el re-cargo del 20% de su importe por apremio.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Zamora, 29 de abril de 2005.–La Jefa Provincial de TráficoAcctal., M.ª Luisa Avedillo Enríquez.

ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

Page 2: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 2

R-2342

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORAJEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE ZAMORA

Edicto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOE número 285, de 27 de noviembre de1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expe-dientes sancionadores que se indica, instruidos por la JefaturaProvincial de Tráfico, a las personas o entidades denunciadasque a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentadola notificación en el último domicilio conocido ésta no se hapodido practicar.

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual lesasiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa esti-men conveniente, con aportación o proposición de las pruebasque consideren oportunas, dentro del plazo de quince días há-biles, contados desde el siguiente al de la publicación del pre-sente en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del de-recho para formular alegaciones y/o aportar o proponer prue-bas, se dictará las oportunas Resoluciones.

Zamora, 29 de abril de 2005.–La Jefa Provincial de TráficoAcctal., M.ª Luisa Avedillo Enríquez.

Page 3: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESINSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA

Don José Luis Gómez Rodríguez, Director Provincial delINSS, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 27-11-92), hace saber a la empresa Construc-ciones y Reformas Villaralbo, S.L., con sede social en calleMiguel de Unamuno, s/n - 49159 Villaralbo (Zamora), queante la imposibilidad de notificación de actuación administra-tiva, con fecha 12-4-2005 y con el n.º 5877 dictó el siguienteacuerdo en expediente n.º 2002/506.022-FMS:

Por escrito de 17-12-2002, le comunicamos el acuerdo desuspensión de la tramitación del expediente de responsabilidadempresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en eltrabajo, iniciado con motivo del accidente de trabajo sufrido eldía 29-7-2002 por D. Juan Lafuente Vega, mientras prestabaservicios para la empresa Construcciones y Reformas Villa-ralbo, S.L.

Habiendo tenido constancia con fecha 7-4-2005 de la fir-meza del acta de infracción, esta Dirección Provincial acuerdala reanudación de la tramitación del expediente de falta de me-didas de seguridad arriba referenciado, disponiendo de unplazo de diez días, contados a partir del siguiente a aquel enque reciba el presente escrito, para formular cuantas alegacio-nes estime oportunas.

El Director Provincial. P.S., el Secretario Provincial, Ci-priano Lorenzo Villar. R-2344

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTECONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO

JMH/jpmValladolid, 12 de abril de 2005

N/R: C.P. 24.928-ZA

Con esta fecha el Excmo. Sr. Presidente ha dictado la si-guiente Resolución:

Asunto: Resolución de concesión de aguas subterráneas.

Examinado el expediente C.P. 24.928-ZA, incoado a ins-tancia de don Miguel Ángel, doña María Isabel y doña MaríaEncarnación Moreta Ríos y doña María Encarnación Ríos Lo-rience, con domicilio en travesía de la Iglesia, s/n, 49700 Co-rrales del Vino (Zamora), en solicitud de concesión de un apro-vechamiento de aguas subterráneas de 5,41 l/s, en el términomunicipal de Corrales del Vino (Zamora), con destino a riegode 8,1476 hectáreas, explotadas en alternativa de cultivos, enun perímetro que delimita una superficie total de 8,1476 hectá-reas, de las que 5 hectáreas se venían regando mediante la cap-tación contemplada en el expediente PRZA054095, inscrita enel Registro de Aguas con fecha 30 de julio de 1993, y preten-

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 3

ARTº=Artículo. RDL=Real Decreto Legislativo. RD=Real Decreto. SUSP=Meses de suspensión

R-2343

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diendo utilizar esta misma captación para el riego de la totali-dad de la superficie.

Tramitada la instancia con arreglo a las disposiciones vi-gentes realizado en su caso la competencia de proyectos y so-metida la documentación técnica a información pública, no sehan presentado reclamaciones.

En consecuencia de lo expuesto y teniendo presente que sehan cumplido las prescripciones reglamentarias en la tramita-ción del expediente, siendo favorables los informes evacuados,y de acuerdo con la propuesta contenida en el emitido por elingeniero encargado del Servicio.

Esta Confederación Hidrográfica del Duero ha resueltootorgar la concesión solicitada, con sujeción a las siguientescaracterísticas y condiciones:

Características

Unidad hidrogeológica: 02.19.Clase y afección de aprovechamiento: Pozo de sondeo de

135 m de profundiad y 300 mm de diámetro.Nombre de los titulares y D.N.Is.: Don Miguel Ángel Mo-

reta Ríos, 11.724.837; doña María Encarnación Ríos Lorience,11.737.325; doña María Isabel Moreta Ríos, 11.729.741, ydoña Encarnación Moreta Ríos, 11.955.743.

Parcela, polígono, término y provincia de la toma y de lasuperficie regable: Parcelas números 273, 282 (referencia ca-tastral 282) y 283, polígono número 1 del término municipal deCorrales del Vino (Zamora).

Caudal máximo en litros por segundo: 7,93.Caudal medio equivalente en litros por segundo: 4,88.Potencia instalada y mecanismos de elevación: Electro-

bomba de 25 CV.Volumen máximo anual en metros cúbicos por hectárea:

6.000.Volumen máximo anual en metros cúbicos: 48.886.Superficie regable en hectáreas: 8,1476.Título que ampara el derecho: La presente Resolución de

la concesión administrativa.

Condiciones

PRIMERA.-Se concede a don Miguel Ángel, a doña MaríaIsabel y a doña María Encarnación Moreta Ríos y a doña MaríaEncarnación Ríos Lorience autorización para extraer del acuí-fero 02.19 un caudal total continuo equivalente de 4,88 l/s, enel término municipal de Corrales del Vino (Zamora), con des-tino a riego de 8,1476 hectáreas, explotadas en alternativa decultivos, en un perímetro que delimita una superficie total de8,1476 hectáreas (ampliación desde 5 hectáreas con que conta-ban anteriormente) y un volumen máximo anual de 48.886 m3.

SEGUNDA.-La administración se reserva el derecho deexigir al titular de la captación, las instalaciones o dispositivosde control en la toma que permitan asegurar que sólo se deriva-rán los caudales y volúmenes inscritos, siendo por cuenta deltitular las remuneraciones y gastos que se originen por esteconcepto.

En todo caso el titular deberá dar cumplimiento a lo dis-puesto en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico

Nacional, en lo referente a instalación y mantenimiento de me-dios de medición e información de los caudales utilizados, enel plazo máximo señalado (26-07-2005) en su disposición adi-cional duodécima.

El titular del aprovechamiento vendrá obligado a facilitar alpersonal de la Administración o persona autorizada por el Or-ganismo de cuenca, el control y la toma de muestras relaciona-das con la calidad de las aguas.

TERCERA.-Las obras deberán iniciarse en el plazo de tresmeses, a partir de la fecha de publicación de esta concesión enel BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora, y deberán fina-lizarse en el plazo de un año a partir de dicha fecha. El titularde la concesión deberá comunicar a la Confederación Hidro-gráfica del Duero el inicio de las obras.

Las obras se ajustarán a la documentación que ha servidode base a la petición no pudiendo variarse ninguna de las ca-racterísticas de este aprovechamiento ni modificarse sus obrase instalaciones ni dedicarse a otro uso o fin distinto del conce-dido sin obtener previamente la necesaria autorización admi-nistrativa de la Confederación Hidrográfica del Duero, incu-rriendo en caducidad en caso de incumplimiento.

CUARTA.-El caudal y volumen fijados en las característi-cas serán considerados como máximos, no respondiendo laConfederación Hidrográfica del Duero de su cantidad ni de sucalidad, sea cual sea la causa de la disminución de las mismas.

QUINTA.-La inspección de las obras e instalaciones du-rante la construcción y en el periodo de explotación del apro-vechamiento se realizará por la Confederación Hidrográfica delDuero, siendo de cuenta del concesionario las remuneracionesy gastos que por dichos conceptos se originen.

Terminadas las obras y previo aviso del concesionario serealizará el reconocimiento final de las mismas. Del citado re-conocimiento se levantará el acta correspondiente, siendo la fe-cha de aprobación del acta la que inicie el plazo concesional.

SEXTA.-Se accede a la ocupación de los terrenos de domi-nio público, necesarios para las obras. En cuanto a las servi-dumbres legales (dado que de la propia concesión no se deri-vará derecho alguno sobre bienes de propiedad privada ajenosa los contemplados en la misma), podrán ser decretadas por laautoridad competente, previa solicitud, por parte del concesio-nario, de la tramitación del correspondiente expediente parapoder proceder a la constitución del servicio de acueducto, de-biendo el concesionario indemnizar los daños y perjuicios oca-sionados, de conformidad con la legislación vigente.

SÉPTIMA.-En las concesiones para riego el agua que seconcede queda adscrita a la tierra, quedando prohibida su ena-jenación independientemente de ésta.

OCTAVA.-La Administración se reserva el derecho de to-mar de la concesión los volúmenes de agua que sean necesa-rios para toda clase de obras públicas, en la forma que estimeconveniente.

NOVENA.-Esta concesión se otorga por el tiempo que dureel servicio a que se destina, con un plazo máximo de 75 años,sin perjuicio de tercero y dejando a salvo el derecho de propie-

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dad, con la obligación de ejecutar las obras necesarias paraconservar o sustituir las servidumbres existentes.

En el caso de que las superficies a regar queden dominadasen su día por algún plan de regadío elaborado por el Estado, secaducará la concesión, pasando a integrarse dichas superficiesen la nueva zona regable y quedando sujetas a las nuevas nor-mas económico-administrativas que se dicten con carácter ge-neral, así como a integrarse en las Comunidades de Usuariosque la Administración apruebe.

DÉCIMA.-El concesionario vendrá obligado al abono delas tasas dispuestas por los Decretos de 4 de febrero de 1960,publicados en el B.O.E. del 5 de febrero del mismo año que lesean de aplicación.

Asimismo la Administración podrá establecer un canon porlas obras de recarga que sean financiadas total o parcialmentepor el Estado, a los beneficiarios de las mismas.

UNDÉCIMA.-Queda sujeta esta concesión a las disposicio-nes vigentes o que se dicten relativas a la Industria Nacional,contrato y accidentes de trabajo y demás de carácter social, in-dustrial, ambiental y de seguridad minera, en lo que se refiere alas obras de la perforación e instalaciones electromecánicas, asícomo a las derivadas de los artículos del Texto Refundido de laLey de Aguas, aprobado por RDL 1/2001, de 20 de julio(B.O.E. 24-07-2001) que le sean de aplicación.

DUODÉCIMA.-El concesionario queda obligado en la eje-cución de las obras a lo dispuesto en la Instrucción TécnicaComplementaria 06.0.07 (Orden del Ministerio de Industria yEnergía de 3 de junio de 1986, publicada en B.O.E. de 6 de ju-nio de 1986) del Reglamento General de Normas Básicas deSeguridad Minera, aprobado por el R.D. 863/1985, de 2 deabril, y una vez finalizadas dichas obras queda obligado a remi-tir a esta Confederación Hidrográfica el corte estratigráfico delos terrenos atravesados, así como los resultados del aforoefectuado y situación de niveles.

DECIMOTERCERA.-Esta concesión está sujeta a expro-piación forzosa, de conformidad con lo dispuesto en la legisla-ción general sobre la materia, a favor de otro aprovechamientoque le preceda, según el orden de preferencia establecido en elPlan Hidrológico de Cuenca o en su defecto lo estipulado en elTexto Refundido de la Ley de Aguas.

DECIMOCUARTA.-Esta concesión caducará por incum-plimiento de cualquiera de las condiciones anteriores y en loscasos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose lacaducidad, según los trámites señalados en el Texto Refundidode la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hi-dráulico de 11-4-86, modificado por el R.D. 606/2003, de 23de mayo.

Y habiendo aceptado el peticionario las preinsertas con-diciones, se publica esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL

de la provincia de Zamora, para general conocimiento y alos efectos legales correspondientes, advirtiéndole que deconformidad con lo dispuesto en el art. 22.2 del Texto Re-fundido de la Ley de Aguas, esta Resolución pone fin a lavía administrativa y contra ella puede interponer RecursoContencioso Administrativo ante la Sala correspondientedel Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede de

Valladolid) o ante la de la Comunidad Autónoma a que per-tenezca su domicilio, en el plazo de dos meses, contados apartir del día siguiente al de recepción de la presente, pu-diendo, si lo desea, entablar previamente Recurso de Repo-sición ante esta Confederación en el plazo de un mes, con-tado a partir de la misma fecha, en los lugares previstos enel art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13de enero (B.O.E. del 14).

La Presidenta. P.D., el Comisario de Aguas, Ignacio Rodrí-guez Muñoz.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos expresados.El Jefe de Servicio de G. del D.P.H., José Manuel Herrero

Ramos. R-2095

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTECONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO

JMH/jpmValladolid, 12 de abril de 2005

N/R: C.P. 24.736-ZA

Con esta fecha el Excmo. Sr. Presidente ha dictado la si-guiente Resolución:

Asunto: Resolución de concesión de aguas subterráneas.Examinado el expediente C.P. 24.736-ZA, incoado a ins-

tancia de don Miguel Ángel, doña María Isabel y doña MaríaEncarnación Moreta Ríos y doña María Encarnación Ríos Lo-rience y doña Melchora Prieto Prieto, con domicilio en travesíade la Iglesia, s/n, 49700 Corrales del Vino (Zamora), en solici-tud de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneasde 11,83 l/s, en el término municipal de Corrales del Vino (Za-mora), con destino a riego de 17,8231 hectáreas, explotadas enalternativa de cultivos, en un perímetro que delimita una super-ficie total de 17,8231 hectáreas, de las que 4,70 hectáreas sevenían regando mediante la captación contempla en el expe-diente PRZA054083, inscrita en el Registro de Aguas con fe-cha 30 de julio de 1993, y pretendiendo utilizar esta mismacaptación para el riego de la totalidad de la superficie.

Tramitada la instancia con arreglo a las disposiciones vi-gentes realizado en su caso la competencia de proyectos y so-metida la documentación técnica a información pública, no sehan presentado reclamaciones.

En consecuencia de lo expuesto y teniendo presente que sehan cumplido las prescripciones reglamentarias en la tramita-ción del expediente, siendo favorables los informes evacuados,y de acuerdo con la propuesta contenida en el emitido por elingeniero encargado del Servicio.

Esta Confederación Hidrográfica del Duero ha resueltootorgar la concesión solicitada, con sujeción a las siguientescaracterísticas y condiciones:

Características

Unidad hidrogeológica: 02.19.Clase y afección de aprovechamiento: Pozo de sondeo de

70 m de profundiad y 300 mm de diámetro.

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 5

Page 6: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

Nombre de los titulares y D.N.Is.: Don Miguel Ángel Mo-reta Ríos, 11.724.837; doña María Encarnación Ríos Lorience,11.737.325; doña María Isabel Moreta Ríos, 11.729.741, ydoña Encarnación Moreta Ríos, 11.955.743; doña MelchoraPrieto Prieto, 11.733.184.

Parcela, polígono, término y provincia de la toma y de lasuperficie regable: Parcelas números 709, 712, 713 A, 719,720, 723, 728 y 961, polígono número 1 del término municipalde Corrales del Vino (Zamora).

Caudal máximo en litros por segundo: 17,35.Caudal medio equivalente en litros por segundo: 10,69.Potencia instalada y mecanismos de elevación: Electro-

bomba de 55 CV.Volumen máximo anual en metros cúbicos por hectárea:

6.000.Volumen máximo anual en metros cúbicos: 106.939.Superficie regable en hectáreas: 17,8231.Título que ampara el derecho: La presente Resolución de

la concesión administrativa.

Condiciones

PRIMERA.-Se concede a don Miguel Ángel, a doña MaríaIsabel y a doña María Encarnación Moreta Ríos y a doña MaríaEncarnación Ríos Lorience y a doña Melchora Prieto Prieto au-torización para extraer del acuífero 02.19 un caudal total conti-nuo equivalente de 10,69 l/s, en el término municipal de Corra-les del Vino (Zamora), con destino a riego de 17,8231hectáreas, explotadas en alternativa de cultivos, en un períme-tro que delimita una superficie total de 17,8231 hectáreas (am-pliación desde 4,70 hectáreas con que contaban anteriormente)y un volumen máximo anual de 106.939 m3.

SEGUNDA.-La administración se reserva el derecho deexigir al titular de la captación, las instalaciones o dispositivosde control en la toma que permitan asegurar que sólo se deriva-rán los caudales y volúmenes inscritos, siendo por cuenta deltitular las remuneraciones y gastos que se originen por esteconcepto.

En todo caso el titular deberá dar cumplimiento a lo dis-puesto en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan HidrológicoNacional, en lo referente a instalación y mantenimiento de me-dios de medición e información de los caudales utilizados, enel plazo máximo señalado (26-07-2005) en su disposición adi-cional duodécima.

El titular del aprovechamiento vendrá obligado a facilitar alpersonal de la Administración o persona autorizada por el Or-ganismo de cuenca, el control y la toma de muestras relaciona-das con la calidad de las aguas.

TERCERA.-Las obras deberán iniciarse en el plazo de tresmeses, a partir de la fecha de publicación de esta concesión enel BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora, y deberán fina-lizarse en el plazo de un año a partir de dicha fecha. El titularde la concesión deberá comunicar a la Confederación Hidro-gráfica del Duero el inicio de las obras.

Las obras se ajustarán a la documentación que ha servidode base a la petición no pudiendo variarse ninguna de las ca-racterísticas de este aprovechamiento ni modificarse sus obrase instalaciones ni dedicarse a otro uso o fin distinto del conce-dido sin obtener previamente la necesaria autorización admi-

nistrativa de la Confederación Hidrográfica del Duero, incu-rriendo en caducidad en caso de incumplimiento.

CUARTA.-El caudal y volumen fijados en las caracterís-ticas serán considerados como máximos, no respondiendo laConfederación Hidrográfica del Duero de su cantidad ni desu calidad, sea cual sea la causa de la disminución de lasmismas.

QUINTA.-La inspección de las obras e instalaciones du-rante la construcción y en el periodo de explotación del apro-vechamiento se realizará por la Confederación Hidrográfica delDuero, siendo de cuenta del concesionario las remuneracionesy gastos que por dichos conceptos se originen.

Terminadas las obras y previo aviso del concesionario serealizará el reconocimiento final de las mismas. Del citado re-conocimiento se levantará el acta correspondiente, siendo la fe-cha de aprobación del acta la que inicie el plazo concesional.

SEXTA.-Se accede a la ocupación de los terrenos de domi-nio público, necesarios para las obras. En cuanto a las servi-dumbres legales (dado que de la propia concesión no se deri-vará derecho alguno sobre bienes de propiedad privada ajenosa los contemplados en la misma), podrán ser decretadas por laautoridad competente, previa solicitud, por parte del concesio-nario, de la tramitación del correspondiente expediente parapoder proceder a la constitución del servicio de acueducto, de-biendo el concesionario indemnizar los daños y perjuicios oca-sionados, de conformidad con la legislación vigente.

SÉPTIMA.-En las concesiones para riego el agua que seconcede queda adscrita a la tierra, quedando prohibida su ena-jenación independientemente de ésta.

OCTAVA.-La Administración se reserva el derecho de to-mar de la concesión los volúmenes de agua que sean necesa-rios para toda clase de obras públicas, en la forma que estimeconveniente.

NOVENA.-Esta concesión se otorga por el tiempo que dureel servicio a que se destina, con un plazo máximo de 75 años,sin perjuicio de tercero y dejando a salvo el derecho de propie-dad, con la obligación de ejecutar las obras necesarias paraconservar o sustituir las servidumbres existentes.

En el caso de que las superficies a regar queden dominadasen su día por algún plan de regadío elaborado por el Estado, secaducará la concesión, pasando a integrarse dichas superficiesen la nueva zona regable y quedando sujetas a las nuevas nor-mas económico-administrativas que se dicten con carácter ge-neral, así como a integrarse en las Comunidades de Usuariosque la Administración apruebe.

DÉCIMA.-El concesionario vendrá obligado al abono delas tasas dispuestas por los Decretos de 4 de febrero de 1960,publicados en el B.O.E. del 5 de febrero del mismo año que lesean de aplicación.

Asimismo la Administración podrá establecer un canon porlas obras de recarga que sean financiadas total o parcialmentepor el Estado, a los beneficiarios de las mismas.

UNDÉCIMA.-Queda sujeta esta concesión a las disposicio-nes vigentes o que se dicten relativas a la Industria Nacional,

B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 6

Page 7: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

contrato y accidentes de trabajo y demás de carácter social, in-dustrial, ambiental y de seguridad minera, en lo que se refiere alas obras de la perforación e instalaciones electromecánicas, asícomo a las derivadas de los artículos del Texto Refundido de laLey de Aguas, aprobado por RDL 1/2001, de 20 de julio(B.O.E. 24-07-2001) que le sean de aplicación.

DUODÉCIMA.-El concesionario queda obligado en la eje-cución de las obras a lo dispuesto en la Instrucción TécnicaComplementaria 06.0.07 (Orden del Ministerio de Industria yEnergía de 3 de junio de 1986, publicada en B.O.E. de 6 de ju-nio de 1986) del Reglamento General de Normas Básicas deSeguridad Minera, aprobado por el R.D. 863/1985, de 2 deabril, y una vez finalizadas dichas obras queda obligado a remi-tir a esta Confederación Hidrográfica el corte estratigráfico delos terrenos atravesados, así como los resultados del aforoefectuado y situación de niveles.

DECIMOTERCERA.-Esta concesión está sujeta a expro-piación forzosa, de conformidad con lo dispuesto en la legisla-ción general sobre la materia, a favor de otro aprovechamientoque le preceda, según el orden de preferencia establecido en elPlan Hidrológico de Cuenca o en su defecto lo estipulado en elTexto Refundido de la Ley de Aguas.

DECIMOCUARTA.-Esta concesión caducará por incum-plimiento de cualquiera de las condiciones anteriores y en loscasos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose lacaducidad, según los trámites señalados en el Texto Refundidode la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hi-dráulico de 11-4-86, modificado por el R.D. 606/2003, de 23de mayo.

Y habiendo aceptado el peticionario las preinsertas con-diciones, se publica esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL

de la provincia de Zamora, para general conocimiento y alos efectos legales correspondientes, advirtiéndole que deconformidad con lo dispuesto en el art. 22.2 del Texto Re-fundido de la Ley de Aguas, esta Resolución pone fin a lavía administrativa y contra ella puede interponer RecursoContencioso Administrativo ante la Sala correspondientedel Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede deValladolid) o ante la de la Comunidad Autónoma a que per-tenezca su domicilio, en el plazo de dos meses, contados apartir del día siguiente al de recepción de la presente, pu-diendo, si lo desea, entablar previamente Recurso de Repo-sición ante esta Confederación en el plazo de un mes, con-tado a partir de la misma fecha, en los lugares previstos enel art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13de enero (B.O.E. del 14).

La Presidenta. P.D., el Comisario de Aguas, Ignacio Rodrí-guez Muñoz.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos expresados.

El Jefe de Servicio de G. del D.P.H., José Manuel HerreroRamos. R-2094

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTECONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO

JMH/jpmValladolid, 12 de abril de 2005

N/R: C.P. 24.929-ZA

Con esta fecha el Excmo. Sr. Presidente ha dictado la si-guiente Resolución:

Asunto: Resolución de concesión de aguas subterráneas.Examinado el expediente C.P. 24.929-ZA, incoado a ins-

tancia de don Miguel Ángel, doña María Isabel y doña MaríaEncarnación Moreta Ríos y doña María Encarnación Ríos Lo-rience, con domicilio en travesía de la Iglesia, s/n, 49700 Co-rrales del Vino (Zamora), en solicitud de concesión de un apro-vechamiento de aguas subterráneas de 3,39 l/s, en el términomunicipal de Corrales del Vino (Zamora), con destino a riegode 5,1141 hectáreas, explotadas en alternativa de cultivos, enun perímetro que delimita una superficie total de 5,1141 hectá-reas, de las que 3 hectáreas se venían regando mediante la cap-tación contemplada en el expediente PRZA054034, inscrita enel Registro de Aguas con fecha 30 de julio de 1993, y preten-diendo utilizar esta misma captación para el riego de la totali-dad de la superficie.

Tramitada la instancia con arreglo a las disposiciones vi-gentes realizado en su caso la competencia de proyectos y so-metida la documentación técnica a información pública, no sehan presentado reclamaciones.

En consecuencia de lo expuesto y teniendo presente que sehan cumplido las prescripciones reglamentarias en la tramita-ción del expediente, siendo favorables los informes evacuados,y de acuerdo con la propuesta contenida en el emitido por elingeniero encargado del Servicio.

Esta Confederación Hidrográfica del Duero ha resueltootorgar la concesión solicitada, con sujeción a las siguientescaracterísticas y condiciones:

Características

Unidad hidrogeológica: 02.19.Clase y afección de aprovechamiento: Pozo de sondeo de

135 m de profundiad y 300 mm de diámetro.Nombre de los titulares y D.N.Is.: Don Miguel Ángel Mo-

reta Ríos, 11.724.837; doña María Encarnación Ríos Lorience,11.737.325; doña María Isabel Moreta Ríos, 11.729.741, ydoña Encarnación Moreta Ríos, 11.955.743.

Parcela, polígono, término y provincia de la toma y de lasuperficie regable: Parcela número 282 (referencia catastral949), polígono número 1 del término municipal de Corrales delVino (Zamora).

Caudal máximo en litros por segundo: 4,98.Caudal medio equivalente en litros por segundo: 3,06.Potencia instalada y mecanismos de elevación: Electro-

bomba de 15 CV.Volumen máximo anual en metros cúbicos por hectárea:

6.000.Volumen máximo anual en metros cúbicos: 30.685.Superficie regable en hectáreas: 5,1141.Título que ampara el derecho: La presente Resolución de

la concesión administrativa.

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Condiciones

PRIMERA.-Se concede a don Miguel Ángel, a doña MaríaIsabel y a doña María Encarnación Moreta Ríos y a doña MaríaEncarnación Ríos Lorience autorización para extraer del acuí-fero 02.19 un caudal total continuo equivalente de 3,06 l/s, enel término municipal de Corrales del Vino (Zamora), con des-tino a riego de 5,1141 hectáreas, explotadas en alternativa decultivos, en un perímetro que delimita una superficie total de5,1141 hectáreas (ampliación desde 3 hectáreas con que conta-ban anteriormente) y un volumen máximo anual de 30.685 m3.

SEGUNDA.-La administración se reserva el derecho deexigir al titular de la captación, las instalaciones o dispositivosde control en la toma que permitan asegurar que sólo se deriva-rán los caudales y volúmenes inscritos, siendo por cuenta deltitular las remuneraciones y gastos que se originen por esteconcepto.

En todo caso el titular deberá dar cumplimiento a lo dis-puesto en la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan HidrológicoNacional, en lo referente a instalación y mantenimiento de me-dios de medición e información de los caudales utilizados, enel plazo máximo señalado (26-07-2005) en su disposición adi-cional duodécima.

El titular del aprovechamiento vendrá obligado a facilitar alpersonal de la Administración o persona autorizada por el Or-ganismo de cuenca, el control y la toma de muestras relaciona-das con la calidad de las aguas.

TERCERA.-Las obras deberán iniciarse en el plazo de tresmeses, a partir de la fecha de publicación de esta concesión enel BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora, y deberán fina-lizarse en el plazo de un año a partir de dicha fecha. El titularde la concesión deberá comunicar a la Confederación Hidro-gráfica del Duero el inicio de las obras.

Las obras se ajustarán a la documentación que ha servidode base a la petición no pudiendo variarse ninguna de las ca-racterísticas de este aprovechamiento ni modificarse sus obrase instalaciones ni dedicarse a otro uso o fin distinto del conce-dido sin obtener previamente la necesaria autorización admi-nistrativa de la Confederación Hidrográfica del Duero, incu-rriendo en caducidad en caso de incumplimiento.

CUARTA.-El caudal y volumen fijados en las caracterís-ticas serán considerados como máximos, no respondiendo laConfederación Hidrográfica del Duero de su cantidad ni desu calidad, sea cual sea la causa de la disminución de lasmismas.

QUINTA.-La inspección de las obras e instalaciones du-rante la construcción y en el periodo de explotación del apro-vechamiento se realizará por la Confederación Hidrográfica delDuero, siendo de cuenta del concesionario las remuneracionesy gastos que por dichos conceptos se originen.

Terminadas las obras y previo aviso del concesionario serealizará el reconocimiento final de las mismas. Del citado re-conocimiento se levantará el acta correspondiente, siendo la fe-cha de aprobación del acta la que inicie el plazo concesional.

SEXTA.-Se accede a la ocupación de los terrenos de domi-nio público, necesarios para las obras. En cuanto a las servi-

dumbres legales (dado que de la propia concesión no se deri-vará derecho alguno sobre bienes de propiedad privada ajenosa los contemplados en la misma), podrán ser decretadas por laautoridad competente, previa solicitud, por parte del concesio-nario, de la tramitación del correspondiente expediente parapoder proceder a la constitución del servicio de acueducto, de-biendo el concesionario indemnizar los daños y perjuicios oca-sionados, de conformidad con la legislación vigente.

SÉPTIMA.-En las concesiones para riego el agua que seconcede queda adscrita a la tierra, quedando prohibida su ena-jenación independientemente de ésta.

OCTAVA.-La Administración se reserva el derecho de to-mar de la concesión los volúmenes de agua que sean necesa-rios para toda clase de obras públicas, en la forma que estimeconveniente.

NOVENA.-Esta concesión se otorga por el tiempo que dureel servicio a que se destina, con un plazo máximo de 75 años,sin perjuicio de tercero y dejando a salvo el derecho de propie-dad, con la obligación de ejecutar las obras necesarias paraconservar o sustituir las servidumbres existentes.

En el caso de que las superficies a regar queden dominadasen su día por algún plan de regadío elaborado por el Estado, secaducará la concesión, pasando a integrarse dichas superficiesen la nueva zona regable y quedando sujetas a las nuevas nor-mas económico-administrativas que se dicten con carácter ge-neral, así como a integrarse en las Comunidades de Usuariosque la Administración apruebe.

DÉCIMA.-El concesionario vendrá obligado al abono delas tasas dispuestas por los Decretos de 4 de febrero de 1960,publicados en el B.O.E. del 5 de febrero del mismo año que lesean de aplicación.

Asimismo la Administración podrá establecer un canon porlas obras de recarga que sean financiadas total o parcialmentepor el Estado, a los beneficiarios de las mismas.

UNDÉCIMA.-Queda sujeta esta concesión a las disposicio-nes vigentes o que se dicten relativas a la Industria Nacional,contrato y accidentes de trabajo y demás de carácter social, in-dustrial, ambiental y de seguridad minera, en lo que se refiere alas obras de la perforación e instalaciones electromecánicas, asícomo a las derivadas de los artículos del Texto Refundido de laLey de Aguas, aprobado por RDL 1/2001, de 20 de julio(B.O.E. 24-07-2001) que le sean de aplicación.

DUODÉCIMA.-El concesionario queda obligado en la eje-cución de las obras a lo dispuesto en la Instrucción TécnicaComplementaria 06.0.07 (Orden del Ministerio de Industria yEnergía de 3 de junio de 1986, publicada en B.O.E. de 6 de ju-nio de 1986) del Reglamento General de Normas Básicas deSeguridad Minera, aprobado por el R.D. 863/1985, de 2 deabril, y una vez finalizadas dichas obras queda obligado a remi-tir a esta Confederación Hidrográfica el corte estratigráfico delos terrenos atravesados, así como los resultados del aforoefectuado y situación de niveles.

DECIMOTERCERA.-Esta concesión está sujeta a expro-piación forzosa, de conformidad con lo dispuesto en la legisla-ción general sobre la materia, a favor de otro aprovechamiento

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que le preceda, según el orden de preferencia establecido en elPlan Hidrológico de Cuenca o en su defecto lo estipulado en elTexto Refundido de la Ley de Aguas.

DECIMOCUARTA.-Esta concesión caducará por incum-plimiento de cualquiera de las condiciones anteriores y en loscasos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose lacaducidad, según los trámites señalados en el Texto Refundidode la Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hi-dráulico de 11-4-86, modificado por el R.D. 606/2003, de 23de mayo.

Y habiendo aceptado el peticionario las preinsertas con-diciones, se publica esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL

de la provincia de Zamora, para general conocimiento y alos efectos legales correspondientes, advirtiéndole que deconformidad con lo dispuesto en el art. 22.2 del Texto Re-fundido de la Ley de Aguas, esta Resolución pone fin a lavía administrativa y contra ella puede interponer RecursoContencioso Administrativo ante la Sala correspondientedel Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (sede deValladolid) o ante la de la Comunidad Autónoma a que per-tenezca su domicilio, en el plazo de dos meses, contados apartir del día siguiente al de recepción de la presente, pu-diendo, si lo desea, entablar previamente Recurso de Repo-sición ante esta Confederación en el plazo de un mes, con-tado a partir de la misma fecha, en los lugares previstos enel art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999 de 13de enero (B.O.E. del 14).

La Presidenta. P.D., el Comisario de Aguas, Ignacio Rodrí-guez Muñoz.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos expresados.El Jefe de Servicio de G. del D.P.H., José Manuel Herrero

Ramos. R-2093

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTECONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO

JMH/jpmValladolid, 12 de abril de 2005

N/R: C.P. 24.241-ZA

Con esta fecha el Excmo. Sr. Presidente ha dictado la si-guiente Resolución:

Asunto: Resolución de concesión de aguas subterráneas.Examinado el expediente C.P. 24.421-ZA, incoado a ins-

tancia de don Santiago Sierra Palomino, don Santiago SierraSánchez y doña Esmeralda Palomino Pablos, con domicilio enplaza de España, número 2, 49440 Cañizal (Zamora), en solici-tud de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneasde 7,78 l/s, en el término municipal de Cañizal (Zamora), condestino a riego de 12,1765 hectáreas, explotadas en alternativade cultivos, de las que 3 hectáreas se venían regando mediantela captación contemplada en el expediente PCZA034034, ins-crita en el Catálogo de Aguas Prievadas, con fecha 8 de juniode 1993, y pretendiendo utilizar esta misma captación para elriego de la totalidad de la superficie, resultó que dicho aprove-

chamiento se encuentra situado en del denominado “Acuífero17” o de “Los Arenales”, a cuya tramitación resultaban de apli-cación las normas sobre otorgamiento de concesiones aproba-das por la Junta de Gobierno de esta Confederación con fecha20 de septiembre de 2001, y posteriormente las dictadas por lamisma Junta con fecha 17 de octubre de 2003, en base a lascuales se acordó tramitar las concesiones solicitadas en esteacuífero para un máximo de 10 hectáreas.

Tramitada la instancia con arreglo a las disposiciones vi-gentes realizado en su caso la competencia de proyectos y so-metida la documentación técnica a información pública, no sehan presentado reclamaciones.

En consecuencia de lo expuesto, y teniendo presente que sehan cumplido las prescripciones reglamentarias en la tramita-ción del expediente, siendo favorables los informes evacuados,y de acuerdo con la propuesta contenida en el emitido por elingeniero encargado del Servicio.

Esta Confederación Hidrográfica del Duero ha resueltootorgar la concesión solicitada, con sujeción a las siguientescaracterísticas y condiciones:

Características

Unidad hidrogeológica: 02.17.Clase y afección de aprovechamiento: Pozo de sondeo de

192 m de profundidad y 300 mm de diámetro.Nombre de los titulares y D.N.Is.: Don Santiago Sierra Pa-

lomino, 7.964.646; don Santiago Sierra Sánchez, 11.632.167, ydoña Esmeralda Palomino Pablos, 11.656.318.

Parcela, polígono, término y provincia de la toma y de lasuperficie regable: Parcelas números 192, 193, 194, 196 y 197,polígono número 1 del término municipal de Cañizal (Za-mora).

Caudal máximo en litros por segundo: 14,81.Caudal medio equivalente en litros por segundo: 7,30.Potencia instalada y mecanismos de elevación: Motobom-

bas gasóleo de 90 CV.Volumen máximo anual en metros cúbicos por hectárea:

6.000.Volumen máximo anual en metros cúbicos: 73.059.Superficie regable en hectáreas: 12,1765.Título que ampara el derecho: La presente Resolución de

la concesión administrativa.

Condiciones

PRIMERA.-Se concede a don Santiago Sierra Palomino, adon Santiago Sierra Sánchez y a doña Esmeralda Palomino Pa-blos autorización para extraer del acuífero 02,17 un caudal to-tal continuo equivalente de 7,30 l/s, en el término municipal deCañizal (Zamora), con destino al riego de 12,1765 hectáreasexplotadas en alternativa de cultivos y un volumen máximoanual de 73.059 m3.

SEGUNDA.-De acuerdo con al art. 55 del Texto Refundidode la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2002), el titular de la captaciónqueda obligado a instalar y mantener a su costa un contador deagua que permita medir los volúmenes realmente utilizados ylimitar el caudal máximo autorizado. Se establecerá un conta-

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dor para cada aprovechamiento o unidad de explotación y seinstalará siguiendo las instrucciones que se adjuntan en elAnexo de esta Resolución.

TERCERA.-Realizada la instalación del contador, el titulardeberá comunicarlo por escrito a la Confederación Hidrográ-fica del Duero adjuntando a dicha comunicación la documenta-ción descrita en el punto 9 del Anexo.

No se podrá iniciar la explotación del aprovechamiento entanto no se haya efectuado la comunicación descrita en el pá-rrafo anterior.

La eficacia de la inscripción queda condicionada a la recep-ción en este Organismo de la comunicación de instalación delcontador y surtirá efectos jurídicos a partir de dicha fecha. Deno producirse la comunicación no se procederá a la inscripcióndel aprovechamiento.

CUARTA.-El Organismo de cuenca, en el ámbito de suscompetencias, podrá inspeccionar los sistemas de medicióninstalados, siendo exigible al titular el correcto funcionamientode los mismos.

Asimismo, el titular deberá enviar anualmente a la Confe-deración Hidrográfica del Duero, antes de finalizar el año, lalectura del contador de agua efectuada el 1 de octubre del añocorrespondiente y el volumen de agua extraída desde el 1 deoctubre del año anterior.

Toda manipulación o alteración de estos sistemas podrá darlugar a la incoación del correspondiente expediente sanciona-dor y a la declaración de caducidad de la concesión o derecho.

El titular del derecho privativo vendrá obligado a permitiral personal de la Confederación Hidrográfica del Duero o per-sona autorizada por la misma, el libre acceso a cualquiera delas obras e instalaciones que componen el aprovechamiento deaguas, a efectos de poder llevar a cabo las labores de vigilanciae inspección.

QUINTA.-Las obras deberán iniciarse en el plazo de tresmeses, a partir de la fecha de publicación de esta concesión enel BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora y deberán finali-zarse en el plazo de un año a partir de dicha fecha. El titular dela concesión deberá comunicar a la Confederación Hidrográ-fica del Duero el inicio de las obras.

Las obras se ajustarán a la documentación que ha servidode base a la petición no pudiendo variarse ninguna de las ca-racterísticas de este aprovechamiento ni modificarse sus obrase instalaciones ni dedicarse a otro uso o fin distinto del conce-dido sin obtener previamente la necesaria autorización admi-nistrativa de la Confederación Hidrográfica del Duero, incu-rriendo en caducidad en caso de incumplimiento.

SEXTA.-El caudal y volumen fijados en las característicasserán considerados como máximos, no respondiendo la Confe-deración Hidrográfica del Duero de su cantidad ni de su cali-dad, sea cual sea la causa de la disminución de las mismas.

SÉPTIMA.-La inspección de las obras e instalaciones du-rante la construcción y en el periodo de explotación del apro-vechamiento se realizará por la Confederación Hidrográfica delDuero, siendo de cuenta del concesionario las remuneracionesy gastos que por dichos conceptos se originen.

Terminadas las obras y previo aviso del concesionario se

realizará el reconocimiento final de las mismas. Del citado re-conocimiento se levantará el acta correspondiente, siendo la fe-cha de aprobación del acta la que inicie el plazo concesional.

OCTAVA.-Se accede a la ocupación de los terrenos de do-minio público, necesarios para las obras. En cuanto a las servi-dumbres legales (dado que de la propia concesión no se deri-vará derecho alguno sobre bienes de propiedad privada ajenosa los contemplados en la misma), podrán ser decretadas por laautoridad competente, previa solicitud, por parte del concesio-nario, de la tramitación del correspondiente expediente parapoder proceder a la constitución del servicio de acueducto, de-biendo el concesionario indemnizar los daños y perjuicios oca-sionados, de conformidad con la legislación vigente.

NOVENA.-En las concesiones para riego el agua que seconcede queda adscrita a la tierra, quedando prohibida su ena-jenación independientemente de ésta.

DÉCIMA.-La Administración se reserva el derecho de to-mar de la concesión los volúmenes de agua que sean necesa-rios para toda clase de obras públicas, en la forma que estimeconveniente.

UNDÉCIMA.-Esta concesión se otorga por el tiempo quedure el servicio a que se destina, con un plazo máximo de 75años, sin perjuicio de tercero y dejando a salvo el derecho depropiedad, con la obligación de ejecutar las obras necesariaspara conservar o sustituir las servidumbres existentes.

En el caso de que las superficies a regar queden dominadasen su día por algún plan de regadío elaborado por el Estado, secaducará la concesión, pasando a integrarse dichas superficiesen la nueva zona regable y quedando sujetas a las nuevas nor-mas económico-administrativas que se dicten con carácter ge-neral, así como a integrarse en las Comunidades de Usuariosque la Administración apruebe.

DUODÉCIMA.-El concesionario vendrá obligado al abonode las tasas dispuestas por los Decretos de 4 de febrero de1960, publicados en el B.O.E. del 5 de febrero del mismo añoque le sean de aplicación.

Asimismo, la Administración podrá establecer un canonpor las obras de recarga que sean financiadas total o parcial-mente por el Estado, a los beneficiarios de las mismas.

DECIMOTERCERA.-Queda sujeta esta concesión a lasdisposiciones vigentes o que se dicten relativas a la IndustriaNacional, contrato y accidentes de trabajo y demás de caráctersocial, industrial, ambiental y de seguridad minera, en lo que serefiere a las obras de la perforación e instalaciones electrome-cánicas, así como a las derivadas de los artículos del Texto Re-fundido de la Ley de Aguas, aprobado por RDL 1/2001, de 20de julio (B.O.E. 24-07-2001) que le sean de aplicación.

DECIMOCUARTA.-El concesionario queda obligado en laejecución de las obras a lo dispuesto en la Instrucción TécnicaComplementaria 06.0.07 (Orden del Ministerio de Industria yEnergía de 3 de junio de 1986, publicada en B.O.E. de 6 de ju-nio de 1986) del Reglamento General de Normas Básicas deSeguridad Minera, aprobado por el R.D. 863/1985, de 2 deabril, y una vez finalizadas dichas obras queda obligado a remi-

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tir a esta Confederación Hidrográfica el corte estratigráfico delos terrenos atravesados, así como los resultados del aforoefectuado y situación de niveles.

DECIMOQUINTA.-Esta concesión está sujeta a expropia-ción forzosa, de conformidad con lo dispuesto en la legislacióngeneral sobre la materia, a favor de otro aprovechamiento quele preceda, según el orden de preferencia establecido en el PlanHidrológico de Cuenca o en su defecto lo estipulado en elTexto Refundido de la Ley de Aguas.

DECIMOSEXTA.-Esta concesión caducará por incumpli-miento de cualquiera de las condiciones anteriores y en los ca-sos previstos en las disposiciones vigentes, declarándose la ca-ducidad, según los trámites señalados en el Texto Refundido dela Ley de Aguas y Reglamento del Dominio Público Hidráulicode 11-4-86, modificado por el R.D. 606/2003, de 23 de mayo.

Y habiendo aceptado el peticionario las preinsertas condi-ciones, se publica esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de laprovincia de Zamora, para general conocimiento y a los efectoslegales correspondientes, advirtiéndole que de conformidadcon lo dispuesto en el art. 22.2 del Texto Refundido de la Leyde Aguas, esta Resolución pone fin a la vía administrativa ycontra ella puede interponer Recurso Contencioso-Administra-tivo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Jus-ticia de Castilla y León (sede de Valladolid) o ante la de la Co-munidad Autónoma a que pertenezca su domicilio, en el plazode dos meses, contados a partir del día siguiente al de recep-ción de la presente, pudiendo, si lo desea, entablar previamenteRecurso de Reposición ante esta Confederación en el plazo deun mes, contado a partir de la misma fecha, en los lugares pre-vistos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de13 de enero (B.O.E. del 14).

La Presidenta (P.D. Res. 10.1.2005, BOE 23.2.2005), ElComisario de Aguas, Ignacio Rodríguez Muñoz.

Lo que le traslado para su conocimiento y efectos expresados.El Jefe de Servicio de G. del D.P.H., José Manuel Herrero

Ramos. R-2092

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDASECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

DELEGACION DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE ZAMORAGerencia Territorial del Catastro de Zamora

Edicto

En cumplimiento de lo previsto en la Disposición Adicionaldel Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobilia-rio, se pone en conocimiento de todos los interesados que apartir del día 13 de mayo y durante un plazo de quince días há-biles se hallarán expuestas en el Ayuntamiento las característi-cas catastrales de las fincas rústicas, resultado de la renovacióndel catastro rústico que se está efectuando en el municipio deFerreras de Abajo y su anejo Litos. Durante este periodo y los

quince días siguientes, los interesados podrán presentar las ale-gaciones que consideren oportunas.

Los trabajos de renovación catastral del citado municipio seengloban dentro del Programa Integrado de la Comunidad Au-tónoma de Castilla y León incluido en la medida 2.7, Sociedadde la Información, cofinanciado con fondos europeos de des-arrollo regional (FEDER).

Zamora, 9 de mayo de 2005.–El Gerente Territorial en fun-ciones, Antonio Gonzalo. R-2387

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALESTESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORAUnidad de Recaudación Ejecutiva 01

Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603)

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01de Zamora, don Hipólito Pérez Rodríguez, hace saber:

En el expediente administrativo de apremio que se instruyeen esta Unidad a mi cargo contra el deudor Viñas DomínguezJuan Antonio, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictadopor el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguri-dad Social la siguiente providencia:

Una vez autorizada, con fecha 3 de mayo de 2005, la su-basta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia,que le fueron embargados en procedimiento administrativo deapremio seguido contra el mismo, procédase a la celebraciónde la citada subasta el día 14 de junio de 2005, a las 10:00 ho-ras, en avenida Requejo, 23, Zamora, y obsérvense en su trá-mite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad So-cial, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio(B.O.E. del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta,así como el tipo de subasta son los indicados en relación ad-junta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros pose-edores y en su ceso, a los acreedores hipotecarios y pignorati-cios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con ex-prese mención de que, en cualquier momento anterior a laadjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando elimporte total de la deuda, incluido el principal, recargo, intere-ses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá lesubasta de de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el pre-sente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar endicha subasta lo siguiente:

1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipode subasta serán los indicados en la providencia de subasta.

2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulosde propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendoderecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Re-gistro, la escritura de adjudicación es título mediante el cualpuede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidospor el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demáscasos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa,como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsisten-tes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 11

Page 12: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, con-forme al modelo oficial establecido al efecto por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presen-tación de las mismas hasta el día 13 de junio de 2005. Simultá-neamente a la presentación de la oferta el licitador deberáconstituir depósito, acompañando a cada postura cheque con-formado extendido a nombre de la Tesorería General de la Se-guridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 deltipo de subasta.

5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de lasubasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiere presen-tado previamente postura en sobre cerrado con su correspon-diente depósito.

6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberánguardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 deltipo de subasta.

7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso encuenta, cheque conformado expedido a nombre de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la di-ferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del de-pósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes alde la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Ade-más, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incu-rrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositadoorigine la no efectividad de la adjudicación.

8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anteriora la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, inte-reses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en sucaso, a la devolución de los cheques que se hubieren formali-zado para la constitución del depósito.

9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero quemejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conformeel apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en elplazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su ce-lebración.

10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podráejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión delcertificado de adjudicación o de la escritura pública de venta yen el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará elbien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario,al que se devolverá el depósito que hubiere constituido, y, ensu caso, el resto del precio satisfecho.

11.-Mediante el presente edicto, se tendrá por notificados, atodos los efectos legales, a los deudores con domicilio desco-nocido.

12.-En lo no dispuesto expresamente en el presente anunciode subasta se estará a lo establecido en el Reglamento Generalde Recaudación citado.

Zamora, 6 de mayo de 2005.–El Recaudador Ejecutivo.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN

DEUDOR: VIÑAS DOMíNGUEZ JUAN ANTONIO

FINCA NUMERO: 01

DATOS FINCA URBANA

DESCRIPCION FINCA: CASA DE 198,45 M2 EN ZAMORA.

REGISTRAL: 13.116.

TIPO VíA: CL. NOMBRE VíA: DON RAMIRO. N.º VíA: 80. COD-POST: 49027.

COD-MUNI: 49305

DATOS REGISTRO

N.º TOMO: 1.892. N.º LIBRO: 555. N.º FOLIO: 129. N.º FINCA: 13.116.

IMPORTE DE TASACION: 141.075,00 EUROS.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES

CAJA MADRID.

CARGA: HIPOTECA.

IMPORTE: 87.747,77 EUROS.

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES BARCELONA.

CARGA: HIPOTECA.

IMPORTE: 97.913,63 EUROS.

BBVA.

CARGA: ANOT. PREV. EMBAR.

IMPORTE: 0,00 EUROS.

TIPO DE SUBASTA: 7.024,51 EUROS

DESCRIPCION AMPLIADA

CASA EN ZAMORA.

CALLE DON RAMIRO, N.º 80; DE SUPERFICIE 198,45 M2.

Zamora, 6 de mayo de 2005.–El Recaudador Ejecutivo.R-2378

II. Administración Autonómica

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE FOMENTO

ZAMORA

Anuncio de la Comisión Territorial de Urbanismo

La Comisión Territorial de Urbanismo de Zamora en sesióncelebrada el día 17 de octubre de 2003 adoptó, entre otros, elsiguiente acuerdo:

Examinado el Proyecto de Normas Urbanísticas Municipa-les de Santa María de la Vega en orden a su aprobación defini-tiva al amparo de lo establecido en el artículo 54 de la Ley5/99, de Urbanismo de Castilla y León, aprobado provisional-mente por el Pleno de la Comisión Municipal en sesión cele-brada el día 9 de septiembre 2003, y

Considerando que las Normas contienen las determinacio-nes exigidas por el apartado 1 y las opcionales previstas en elapartado 2 d) del artículo 44 de la citada Ley 5/99 pero que, noobstante, se observan algunos errores, contradicciones e inde-terminaciones que deben ser subsanados, deficiencias que seseñalan a continuación ordenadas según los epígrafes del docu-mento presentado y advirtiendo que aquéllas, aunque sólo seciten en un epígrafe, en algún caso pueden repercutir en elresto de la documentación:

General.Deben presentarse dos ejemplares más del Volumen 1 (In-

formación) y otros dos del Volumen II (Ordenación), debida-mente diligenciados por el Ayuntamiento.

B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 12

Page 13: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 13

Ordenanzas y Normas Reguladoras.Título primero: Disposiciones generales.

1.1.3.-Legislación urbanística.Entre la legislación aplicable debe incluirse el Decreto

16/2003, de 30 de enero, de la Consejería de Fomento, de mo-dificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Munici-pal con Ámbito Provincial de Zamora (B.O.C. y L. de 05-02-03).

1.1.8.- Orden de prioridad de las determinaciones conteni-das en las Normas.

Dada la complejidad de la documentación normativa queconstituye estas Normas (memoria vinculante, ordenanzas contextos, gráficos y cuadros resumen, planos a distintas escalas,planos resumen de ordenanzas, etcétera) debe desglosarse almáximo el orden de prioridad entre los distintos documentos oparte de los mismos para el caso de contradicción entre ellos.

Título cuarto: Condiciones generales de la edificación. De-finiciones. Título quinto: Condiciones de los usos y la urbani-zación.

En estos títulos debe hacerse una referencia o incluir lascondiciones del Decreto 217/2001, de 30 de agosto, de la Con-sejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se aprueba elReglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras(BOCYL de 4-09-01). Título octavo: Condiciones particularesen suelo rústico.

7.3.9.- Edificaciones vinculadas a actividades recreativas yde turismo rural.

Los alojamientos de turismo rural tienen aquí un trata-miento, en cuanto a la parcela mínima, más desfavorable quelos edificios de utilidad pública o interés social (art. 7.3.6.), loque se advierte al Ayuntamiento por si estima procedente ajus-tar este aspecto, teniendo en cuenta el creciente desarrollo deeste tipo de turismo.

Planos de ordenación.Plano 0.2.2.- Clasificación, ordenación y protecciones. Este

plano se encuentra incompleto por su parte oeste.Considerando que las correcciones que han de efectuarse

no suponen la introducción de modificaciones de importancia,de conformidad con la propuesta de la Ponencia Técnica y alamparo de lo establecido en el artículo 54.2 b) de la Ley 5/99,por unanimidad se acuerda la aprobación definitiva de las Nor-mas Urbanísticas Municipales de Santa María de la Vega sus-pendiendo su ejecutividad hasta que se corrijan los defectos in-dicados, lo que deberá llevarse a cabo en el plazo de tres mesescontados a partir de la recepción del presente acuerdo, de-biendo remitir a esta Comisión tres ejemplares completos debi-damente diligenciados para que, comprobado por el Ponente yel Secretario la subsanación de las deficiencias, se proceda a lapublicación del acuerdo en la forma legalmente prevista parasu entrada en vigor. Expte. 208/03.

Habiéndose subsanado las deficiencias indicadas, una vezcomprobado por los técnicos correspondientes, de conformidadcon lo acordado por la Comisión Territorial de Urbanismo, seconsidera aprobado definitivamente el Proyecto de Normas Ur-banísticas Municipales de Santa María de la Vega, procedién-dose a la publicación del acuerdo para su entrada en vigor.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso dealzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de la Juntade Castilla y León en el plazo de un mes a partir del día en

que tenga lugar su notificación o, en su caso, a partir de lafecha de la última publicación en el “Boletín Oficial de Cas-tilla y León” o en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Za-mora, según lo dispuesto en los artículos 48, 107.1, 114 y115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, de modificación de la antes citada, en relación con elartículo 138.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismode Castilla y León, sin perjuicio de cualquier otro que se es-time pertinente.

El Secretario de la Comisión Territorial de Urbanismo, Fer-nando García Tomé.–V.º B.º, el Delegado Territorial, ÓscarReguera Acevedo. R-2341

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

ZAMORA

Nota-anuncio

Autorización administrativa de instalación eléctrica. Expte.A-45/2005/11.266.

A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedi-mientos de autorizaciones administrativas de instalaciones deenergía eléctrica en Castilla y León, se somete a informaciónpública la instalación eléctrica: Línea subterránea 13,2/20 kWy Centro de Transformación en Zamora, cuyas característicasprincipales se señalan a continuación.

a) Titular: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.b) Ubicación de la instalación: Zamora, calle Cabañales.c) Finalidad de la instalación: Atender la demanda de su-

ministro eléctrico en la zona para edificio de viviendas.d) Características principales:– Línea subterránea 13,2/20 kW doble circuito entrada y

salida al CT que se proyecta, con enlace en CT existente deno-minado “Cementerio” y entronque en apoyo de la línea 6003existente. Longitud 390 m. Conductor 2 x 3 (1 x 240) mm2, ais-lado 12/20 kW en zanja y bajo tubo.

– Centro de transformación en caseta prefabricada con cel-das SF6. Potencia 2 x 630 kWA 13,2-20 kW/400-230 V.

– Salidas en BT para la red de baja tensión en la zona.Conductor aislado RV de 3 x 240/1 50/95/50 en canalizaciónsubterránea.

e) Presupuesto: 137.562,07 euros.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado, porlos interesados, el proyecto de la instalación en el Servicio Te-rritorial de Industria, Comercio y Turismo, sito en Zamora, ca-lle Prado Tuerto, s/n, y formularse al mismo las alegacionesque se estimen oportunas en el plazo de veinte días hábiles,contados a partir del siguiente al de la publicación de esteanuncio.

Zamora, 20 de abril de 2005.–El Jefe del Servicio Territo-rial, José Bahamonde Salazar. R-2088

Page 14: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 14

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Trámite de información pública del expediente 14/04, enmateria de Constitución de Coto Privado de Caza, situado en eltérmino municipal de Galende (Zamora).

Se está tramitando en el Servicio Territorial de Medio Am-biente el expediente número 14/04 seguido por don MiguelAngel García Alvarez, con domicilio en calle Menéndez Val-dés, número 6, 1.º B, de Gijón (Asturias), con el objeto de soli-citar la Constitución de Coto Privado de Caza, que afecta a unasuperficie de 1.598,8 Has., en las localidades de Vigo de Sana-bria, perteneciente al término municipal de Galende (Zamora),de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1996, de 12 dejulio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 83/1998, de30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Tí-tulo IV “De los terrenos”, de la Ley de Caza de Castilla yLeón.

Procede ahora, de acuerdo con lo establecido en los artícu-los 18 y 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que sedesarrolla reglamentariamente el Título IV “De los terrenos”,de la Ley 1/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, laapertura de un período de información pública de veinte díashábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

El expediente podrá ser consultado por las personas intere-sadas en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Am-biente de Zamora, C/ Leopoldo Alas Clarín, n.º 4, planta 5.ª, de9:00 a 14:00 horas, pudiendo formular las alegaciones que esti-men procedentes.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Fran-cisco López. R-690

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Trámite de información pública del expediente 13/04, enmateria de Constitución de Coto Privado de Caza, situado en eltérmino municipal de Porto de Sanabria (Zamora).

Se está tramitando en el Servicio Territorial de Medio Am-biente el expediente número 13/04 seguido por don MiguelAngel García Alvarez, con domicilio en C/ Menéndez Valdés,número 6, 1.º B, de Gijón (Asturias), con el objeto de solicitarla Constitución de Coto Privado de Caza, que afecta a una su-perficie de 1.800 Has., en la localidad de Trefacio, pertene-ciente al término municipal de Porto de Sanabria (Zamora), deconformidad con lo establecido en la Ley 4/1996, de 12 de ju-lio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 83/1998, de 30de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el TítuloIV “De los terrenos”, de la Ley de Caza de Castilla y León.

Procede ahora, de acuerdo con lo establecido en los artícu-los 18 y 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que sedesarrolla reglamentariamente el Título IV “De los terrenos”,de la Ley 1/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, laapertura de un periodo de información pública de veinte díashábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

El expediente podrá ser consultado por las personas intere-sadas en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Am-biente de Zamora, C/ Leopoldo Alas Clarín, n.º 4, planta 5.ª, de9:00 a 14:00 horas, pudiendo formular las alegaciones que esti-men procedentes.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Fran-cisco López. R-691

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Trámite de información pública del expediente 12/04, enmateria de Constitución de Coto Privado de Caza, situado en eltérmino municipal de Trefacio (Zamora).

Se está tramitando en el Servicio Territorial de Medio Am-biente el expediente número 12/04 seguido por don MiguelAngel García Alvarez, con domicilio en C/ Menéndez Valdés,número 6, 1.º B, de Gijón (Asturias), con el objeto de solicitarla Constitución de Coto Privado de Caza, que afecta a una su-perficie de 870 Has., en las localidades de Murias y Cerdillo,perteneciente al término municipal de Trefacio (Zamora), deconformidad con lo establecido en la Ley 4/1996, de 12 de ju-lio, de Caza de Castilla y León y en el Decreto 83/1998, de 30de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el TítuloIV “De los terrenos”, de la Ley de Caza de Castilla y León.

Procede ahora, de acuerdo con lo establecido en los artícu-los 18 y 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que sedesarrolla reglamentariamente el Título IV “De los terrenos”,de la Ley 1/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, laapertura de un período de información pública de veinte díashábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

El expediente podrá ser consultado por las personas intere-sadas en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Am-biente de Zamora, C/ Leopoldo Alas Clarín, n.º 4, planta 5.ª, de9:00 a 14:00 horas, pudiendo formular las alegaciones que esti-men procedentes.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Fran-cisco López. R-692

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Trámite de información pública del expediente 5/03, enmateria de Adecuación y Ampliación de Coto Privado de CazaZA-10447, situado en los términos municipales de Asturianosy Espadañedo (Zamora).

Se está tramitando en el Servicio Territorial de Medio Am-biente el expediente n.º 5/03, seguido por don Daniel BarrioAnta, con domicilio en la carretera Astorga, s/n., de Rioconejos(Zamora), en representación del Coto Privado de Caza ZA-10447, denominado Asociación de Vecinos de “Rioconejos”,con el objeto de solicitar la Adecuación y Ampliación de CotoPrivado de Caza, que afecta a una superficie de 1.178 Has., enlas localidades de Rioconejos, Letrillas, Utrera de la Enco-mienda y Carbajales de la Encomienda, pertenecientes a los

Page 15: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 15

términos municipales de Asturianos y Espadañedo (Zamora),respectivamente, de conformidad con lo establecido en la Ley4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León y en el De-creto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla regla-mentariamente el Título IV “De los terrenos”, de la Ley deCaza de Castilla y León.

Procede ahora, de acuerdo con lo establecido en los artícu-los 18 y 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que sedesarrolla reglamentariamente el Título IV “De los terrenos”,de la Ley 1/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, laapertura de un período de información pública de veinte díashábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

El expediente podrá ser consultado por las personas intere-sadas en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Am-biente de Zamora, C/ Leopoldo Alas Clarín, n.º 4, planta 5.ª, de9:00 a 14:00 horas, pudiendo formular las alegaciones que esti-men procedentes.

El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Fran-cisco López. R-2049

JUNTA DE CASTILLA Y LEONSERVICIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

DELEGACION TERRITORIAL DE ZAMORA

Nota-anuncio

Autorización administrativa de instalación eléctrica. Expte.A-44/2005/11.265.

A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 127/2003,de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de au-torizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctricaen Castilla y León, se somete a información pública la instala-ción eléctrica: Variante de la línea AT. a 13,2/20 KV existenteentre apoyos 39 al 44 de la línea denominada “LAMT Toro -STR Bóveda” en Villabuena del Puente (Zamora), cuyas carac-terísticas principales se señalan a continuación.

a) Titular: “Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.”.b) Ubicación de la instalación: Término de Villabuena del

Puente; pago “La Verdugadera”.c) Finalidad de la instalación: Modificación de instalación

existente por infraestructura de regadío.d) Características principales: Variación del trazado entre

apoyos números 40 y 44 que se modifican de la línea existentecitada. Longitud 415 m. Conductor LA-110. Apoyos metálicosy de hormigón.

e) Presupuesto: 13.546,19 euros.

Lo que se hace público para que pueda ser examinado, porlos interesados, el proyecto de la instalación en el Servicio Te-rritorial de Industria, Comercio y Turismo, sito en Zamora c/Prado Tuerto, s/n., y formularse al mismo las alegaciones quese estimen oportunas en el plazo de veinte días hábiles, conta-dos a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Zamora, 20 de abril de 2005.–El Jefe del Servicio Territo-rial P.D. (Resolución de 22/01/04, B.O.C. y L. 02/02/04), JoséBahamonde. R-2214

JUNTA DE CASTILLA Y LEONCONSEJERIA DE ECONMIA Y HACIENDA

OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO

Corrección de errores

Advertido error en el anuncio de esta Oficina Territorial deTrabajo publicado en el BOLETIN OFICIAL de la provincia nú-mero 53, de 4 de mayo de 2005, referente a la modificación deestatutos de la“Asociación de Sumilleres de Zamora” (A.S.Z.),domiciliada en Zamora, calle Ronda de San Torcuato, n.º 8,bajo B, se procede por el presente a su rectificación y dondedice: “Dicha modificación afecta a los artículos siguientes: Ar-tículo 7.º, artículo 1.º, artículo 13.º y artículo 14.º de los esta-tutos”; debe decir: “Dicha modificación afecta a los artículossiguientes: Artículo 7.º, artículo 10.º, artículo 13.º y artículo14.º”.

Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 6 de mayo de 2005.–El Jefe de la Oficina Territo-

rial de Trabajo, Ricardo García de Arriba. R-2419

III. Administración Local

AYUNTAMIENTOS

ZAMORA

Anuncio

La Junta de Gobierno Local, en sesiones ordinarias celebra-das el día 11 abril 2005, y rectificación de 9 mayo 2005,acordó aprobar las listas provisionales de admitidos y exclui-dos correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2004, me-diante consolidación de empleo a través del desarrollo de unproceso extraordinario de selección y provisión de plazas deeste Excmo. Ayuntamiento:

LISTAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE UNA PLAZA DE INFORMATICO. O.E.P. 2004

ADMITIDOS:1. ASENSIO GONZÁLEZ, M.ª MILAGROSA2. BERNARDO ROSAS, ALBERTO3. BLANCO PÉREZ, RAÚL4. CARBAYO GARCÍA, ÁNGEL5. DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, JAVIER 6. GARCÍA SÁNCHEZ, LUIS7. GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, DAVID8. HUERTA LUIS, FRANCISCO-JAVIER9. MARTÍN ROBLEDO, CELIA

10. MARTÍN SIMAL, M.ª LUZ11. MARTÍNEZ ALVAREZ, JOSÉ-ANTONIO12. NAVA ANTOLÍN, ANA M.ª13. PANIZO ALONSO, JUAN-ANTONIO14. RIESCO SUTIL, JUAN-JOSÉ15. SÁNCHEZ MARTÍN, JOAQÚIN16. VARA GARCÍA, MIGUEL-ÁNGEL17. VEGA RODRÍGUEZ, ANA M.ª18. VICENTE PERNÍA, DIEGO

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B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 16

EXCLUIDOS:Ninguno.

Se concede un plazo de diez días para subsanación de posi-bles errores, contados a partir del siguiente a la publicación delpresente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia.

Lo que se hace público para general conocimiento.Zamora, 9 de mayo de 2005.–El Alcalde. R-2373

ZAMORA

Edicto

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27.1 de laLey 11/2003, de Prevención Ambiental de la Comunidad Autó-noma de Castilla y León se somete a información pública elexpediente que se tramita a instancia de don Alfredo LorenzoTejedor para la concesión de licencia ambiental de “Gimna-sio”, a instalar en calle Traviesa, n.º 7-B, de esta localidad.

Durante el plazo de veinte días, a contar desde el siguientea la inserción de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de la pro-vincia el expediente se halla a disposición del público en laOficina Municipal de Gestión Urbanística a fin de que quienesse consideren afectados por la actividad puedan examinarlo ydeducir, en su caso, las alegaciones u observaciones que tenganpor conveniente.

Zamora, 5 de mayo de 2005.–El Alcalde. R-2403

BENAVENTE

Por el presente anuncio, se notifica a las personas que acontinuación se relaciona, con expresión del último domicilioconocido, en el que ha resultado infructuoso el intento de noti-ficación, las comunicaciones relativas a los expedientes sancio-nadores incoados contra ellas por los motivos que también secita y por infracción de la normativa que igualmente se men-ciona:

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B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 17

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El texto completo de las respectivas comunicaciones se encuentra en este Ayuntamiento a disposición de los interesados, conel propósito de que en el plazo de quince días puedan presentar por escrito cuantas alegaciones consideren oportunas a su defensa.

Benavente, 27 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2287

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BENAVENTE

Anuncio

Por el presente anuncio, se notifica a las personas que a continuación se relaciona, con expresión del último domicilio cono-cido, en el que ha resultado infructuoso el intento de notificación, las comunicaciones relativas a los expedientes sancionadores in-coados contra ellas por los motivos que también se cita y por infracción de la normativa que igualmente se menciona:

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El texto completo de las respectivas comunicaciones se en-cuentra en este Ayuntamiento a disposición de los interesados.

Frente la presente Resolución puede interponer potestativa-mente recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de unmes, contado desde el día siguiente al de su notilicación, o bieninterponer directamente recurso contencioso administrativo anteel Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en elplazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recep-ción de esta notificación, de conformidad con lo preceptuado enlos artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, y 8 y siguientes y 46 dela Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la JurisdiciónContencioso-Administrativa, pudiendo interponer, no obstante,cualquier otro recurso que estime conveniente a su derecho.

Asimismo, se comunica que el pago de la multa deberá ha-cerse efectivo en un plazo de quince días, a contar desde la pu-blicación de este anuncio, procediéndose a su cobro por la víade apremio, en caso de no efectuarlo.

Benavente, 26 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2288

VILLALPANDO

Anuncio

Transcurrido el plazo de exposición pública de los acuerdosprovisionales de imposición de la tasa por la prestación del ser-vicio de guardería infantil y de aprobación de la ordenanza fis-cal reguladora de la misma, adoptado por el Pleno del Ayunta-miento en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2005, cuyoanuncio fue publicado en el tablón de anuncios del Ayunta-miento y en el BOLETIN OFICIAL de la provincia número 32, de16 de marzo de 2005, y no habiéndose presentado reclamacio-nes contra dicho acuerdo provisional, los mismos se entiendendefinitivamente adoptados, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Re-guladora de las Haciendas Locales, procediéndose, en elAnexo al presente anuncio, a la publicación del texto definitivoe íntegro de la ordenanza aprobada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 delTexto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regula-dora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 10.1.b) dela Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa, contra dichos acuerdos elevadosa definitivos podrá interponerse directamente recurso conten-cioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLE-TIN OFICIAL de la provincia.

Villalpando, 4 de mayo de 2005.–La Alcaldesa.

ANEXO

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de guardería infantil

Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de

la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régi-men Local y por el artículo 57 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relacióncon lo preceptuado en la Sección 3.ª del Capítulo III del TítuloI de la citada Ley, este Ayuntamiento establece la tasa por laprestación del servicio de guardería infantil, que se regirá porla presente Ordenanza Fiscal.

Artículo 2. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible, que origina el nacimiento

de la obligación tributaria, la prestación del servicio de asisten-cia y estancia en la Guardería Infantil Municipal de Villal-pando.

Artículo 3. Sujeto pasivo. Son sujetos pasivos de la tasa los padres, tutores o repre-

sentantes legales de los menores beneficiarios del servicio deguardería infantil.

Artículo 4. Cuota tributaria. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija señalada

mediante la aplicación de las tarifas siguientes:a) Por la asistencia y estancia en la Guardería Infantil Mu-

nicipal, por niño y mes: 35,00 euros.Artículo 5. Exenciones y bonificaciones.No se reconocerá exención ni bonificación alguna en la

exacción de la tasa.Artículo 6. Devengo. 1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir

desde el momento que se inicie la prestación del servicio. A es-tos efectos se entenderá iniciada la prestación del servicio en lafecha de la admisión del beneficiario en la Guardería InfantilMunicipal.

2. La cuota tributaria se devengará mensualmente y tendrácarácter irreductible, con independencia del número de díasque se haga uso del servicio de guardería.

Artículo 7. Normas de gestión. 1. El pago de las cuotas se efectuará mensualmente dentro

de los diez primeros días del mes devengado, mediante ingresoen la entidad bancaria que se determine por el Ayuntamiento.

2. Las bajas producirán efectos a partir del mes siguiente aaquel en que se comuniquen.

Artículo 8. Infracciones y sanciones tributarias. En todo lo relativo a la clasificación de infracciones tributa-

rías, así como de las sanciones que a las mismas correspondanen cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tribu-taría y en las disposiciones que la complementen y desarrollen.

Disposición final. La presente ordenanza fiscal entrará en vigor y comenzará a

aplicarse el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN

OFICIAL de la provincia, permaneciendo en vigor hasta su mo-dificación o derogación expresas.

R-2372

VILLALPANDO

Anuncio

Siendo definitivo el acuerdo de aprobación provisional delReglamento de la Guardería Infantil Municipal de Villalpando,adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el8 de marzo de 2005, de conformidad con lo dispuesto en los ar-

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tículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora delas Bases de Régimen Local se procede en el Anexo al presenteanuncio a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza.

Contra dicha disposición podrá interponerse recurso con-tencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Admi-nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León,en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de laprovincia.

Villalpando, 4 de mayo de 2005.–La Alcaldesa.

ANEXO

Reglamento de la Guardería Infantil Municipal de Villalpando

Artículo 1. Objeto. Es objeto del presente Reglamento la regulación del servi-

cio municipal de Guardería Infantil en virtud del título compe-tencia establecido en el artículo 25.2.n) de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, estable-ciendo los derechos y deberes de los usuarios del servicio y lasnormas de funcionamiento de la Guardería Infantil Municipalde Villalpando.

Artículo 2. Ambito de aplicación. El presente Reglamento será de aplicación para el servicio

de guardería infantil cuya gestión corresponda al Ayunta-miento de Villalpando, bien directamente, bien mediante ór-gano diferenciado o bien mediante cualquier otro sistema degestión indirecta.

Artículo 3. Prelación de fuentes. El presente Reglamento queda supeditado a las normas de

rango legal y reglamentario que la Administración del Estado ode la Comunidad Autónoma promulguen en el ejercicio de suspropias competencias.

Artículo 4. Competencias. 1. Es competencia del Pleno del Ayuntamiento:a) La aprobación, modificación o derogación de este Regla-

mento.b) La imposición, ordenación y modificación de la tasa por

la prestación del servicio.

2. Es competencia de la Junta de Gobierno Local del Ayun-tamiento:

a) La determinación del número de plazas de la GuarderíaMunicipal, su ampliación y reducción.

b) La apertura del periodo de admisión anual.c) La determinación del periodo anual de actividad de la

Guardería.d) La determinación del periodo de vacaciones.e) La determinación de las normas de funcionamiento in-

terno de la Guardería.

3. Es competencia del Alcalde:a) La dirección e inspección de la Guardería, garantizando

su normal funcionamiento y velando por el respeto de los dere-chos y el cumplimiento de los deberes de los usuarios.

b) La jefatura del personal que presta el servicio de Guar-dería.

c) La declaración de baja de los usuarios por incumpli-miento de sus obligaciones.

d) La modificación del horario de la Guardería.

Artículo 5. Derechos y deberes de los usuarios. 1. Todos los usuarios, por sí o a través de sus representan-

tes legales, ostentan los siguientes derechos en el uso del servi-cio de Guardería:

a) El acceso a la Guardería y recibir la asistencia debida enla prestación del servicio, sin discriminación por razón de sexo,raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circuns-tancia personal o social.

b) A la consideración debida en el trato, a la dignidad de lapersona, tanto por parte del personal que preste el serviciocomo de los demás usuarios.

c) A la intimidad personal. d) Al sigilo profesional acerca de los datos de su historial

educativo, social o sanitario. e) A realizar salidas al exterior, siempre y cuando cada me-

nor permanezca acompañado por un adulto responsable de suentorno familiar, y en todo caso con autorización escrita porparte de quienes ostenten legalmente la patria potestad o la re-presentación legal.

f) A dejar de utilizar los servicios o abandonar la Guarderíapor voluntad propia.

g) A ser informados por el personal encargado del serviciode los acontecimientos vividos por el menor.

2. Todos los usuarios, por sí o a través de sus representan-tes legales, tienen en el marco del presente Reglamento las si-guientes obligaciones:

a) Cumplir las normas establecidas en el presente Regla-mento y las demás normas de funcionamiento interno que seestablezcan para el buen funcionamiento de la Guardería.

b) Guardar el respeto y consideración debida al personalque preste el servicio.

c) Observar una conducta inspirada en el mutuo respeto, to-lerancia y colaboración, encaminada a facilitar una mejor con-vivencia.

d) Satisfacer puntualmente las cuotas por la prestación delservicio previstas en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasapor la prestación del servicio de Guardería Infantil.

Artículo 6. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios del servicio de Guardería Muni-

cipal, los niños y niñas que tengan cumplidos los cuatro mesesde edad en la fecha del ingreso y no tengan cumplidos los tresaños de edad a 31 de diciembre del año en que se solicita la ad-misión.

2. Podrán solicitar plaza en la Guardería Municipal de Vi-llalpando quienes tengan la patria potestad sobre los menores.

3. Podrán integrarse niños con discapacidad física, psíquicay sensorial. El ingreso de estos estará supeditado a la existenciade condiciones de infraestructura idóneas y de personal ade-cuado y suficiente.

Artículo 7. Admisión. 1. Los interesados en la prestación del servicio deberán soli-

citar la admisión dentro del plazo que se establezca cada año por

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el Ayuntamiento, mediante la presentación de la correspondientesolicitud según el modelo que se facilitará por el Ayuntamiento.

2. Junto con la solicitud se presentará la siguiente docu-mentación:

a) Documento Nacional de Identidad del solicitante. b) Fotocopia del Libro de Familia o documento que acre-

dite la patria potestad.c) Documentación acreditativa de la relación laboral de los

padres o de quienes ostenten la patria potestad.d) Certificado oficial de minusvalía, en su caso. e) Cualquier otro documento que acredite o justifique la si-

tuación económica, familiar o social del solicitante.

3. En el caso de que el número de solicitudes supere el nú-mero de plazas se llevará a cabo un proceso de selección de lassolicitudes presentadas, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Relación laboral del padre y de la madre o de las perso-nas que ostenten la patria potestad, 5 puntos.

b) Relación laboral de uno sólo de los padres o de las per-sonas que ostenten la patria potestad, 3 puntos.

c) Por ser familia numerosa, 2 puntos.d) Por estar empadronado en el Municipio de Villalpando

en la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes,1 punto.

e) Cualquier otra circunstancia sociofamiliar, debidamenteacreditada, que sea susceptible de valoración, a juicio de la Co-misión de Valoración, 5 puntos.

f) En caso de empate tendrán prioridad las solicitudes deadmisión de menores que figuren inscritos con mayor antigüe-dad en el Padrón de Habitantes.

4. La valoración y selección de las solicitudes se llevará acabo por una Comisión de Valoración constituida a tal efecto,integrada por el Alcalde, que la preside, y por los miembros dela Corporación que aquel designe.

5. Una vez efectuada la selección, la Comisión elaboraráuna lista con todos los solicitantes que reúnan los requisitos se-ñalados en el artículo 6, ordenados por orden alfabético. Dichalista se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamientopara que los interesados puedan presentar las reclamaciones yalegaciones que estimen oportunas.

6. La Comisión de Valoración informará las reclamacionesque, en su caso, se hubieran presentado, y propondrá a la Al-caldía la aprobación de la relación definitiva de admitidos, or-denada en función de la puntuación obtenida, que se publicaráen el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Artículo 8. Lista de espera. 1. Con las solicitudes presentadas y no admitidas se for-

mará una lista de espera, ordenada en función de la puntuaciónobtenida.

2. Las solicitudes que se presenten una vez transcurrido elplazo de presentación de solicitudes y hasta el siguiente pe-riodo de admisión anual se incorporarán al último lugar de lalista de espera, por estricto orden de presentación.

3. Las vacantes que se produzcan a lo largo del curso serán

cubiertas con las solicitudes de la lista de espera por el ordenen que figuran en la misma.

Artículo 9. Bajas. 1. Se causará baja en la Guardería Municipal de Villal-

pando por alguna de las siguientes circunstancias: a) Por incumplimiento de la edad máxima de permanencia. b) Por solicitud, renuncia expresa o presunta de quienes os-

tenten la patria potestad. c) Por falta de pago de las cuotas establecidas durante dos

meses consecutivos o tres alternos. d) Por comprobación de falsedad en los documentos o da-

tos aportados. e) Por falta de asistencia continuada durante un mes sin

causa justificada. f) Por incompatibilidad o inadaptación absoluta para per-

manecer en la Guardería.

2. Las bajas se resolverán por la Alcaldía, previa audiencia,en su caso, del interesado.

Artículo 10. Horario. El horario será ininterrumpido, de lunes a sábado en días no

festivos, desde las 9,30 horas de la mañana hasta las 14,30 ho-ras. El horario podrá ser modificado en función de las necesi-dades del servicio.

Artículo 11. Salidas del Centro. Cada responsable deberá especificar quién o quiénes serán

las personas encargadas de recoger al menor, para cualquier sa-lida del centro. No se autorizará la salida del menor con perso-nas que no estén expresamente autorizadas para ello.

Artículo 12.- Vacaciones. La Guardería Infantil podrá permanecer cerrada durante un

mes cada año por vacaciones.

Disposición final.La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en eL BOLETIN OFICIAL de la provincia.R-2371

CASASECA DE LAS CHANAS

Edicto

Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión cele-brada el día 9 de mayo de 2005, el proyecto de la obra denomi-nada “Reparación pista polideportiva” en Casaseca de las Cha-nas, por importe de 20.000,00 euros, a incluir en el Conveniode Colaboración suscrito por la Excma. Diputación Provincialdel Zamora con la Junta de Castilla y León 2004-2006, redac-tado por el Ingeniero de Caminos don José Luis Arranz Ramos.

Queda expuesto al público en la Secretaría de este Ayunta-miento, durante los días y horas de oficina, por espacio deveinte días a efectos de examen y reclamaciones oportunas.

Expuesto al público si no hay reclamaciones, esta aproba-ción inicial se elevará a definitiva, sin más acuerdos.

Casaseca de las Chanas, 9 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2382

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VEGA DE VILLALOBOS

Anuncio

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sehace público el presupuesto general definitivo de este Ayunta-miento para el ejercicio 2005, conforme con el siguiente

RESUMEN POR CAPÍTULOSIngresos

Capítulo Euros

A) OPERACIONES CORRIENTES1 Impuestos directos 16.0003 Tasas y otros ingresos 12.3404 Transferencias corrientes 20.893,215 Ingresos patrimoniales 5.849,86

Total ingresos 55.083,07

Gastos

Capítulo Euros

A) OPERACIONES CORRIENTES1 Gastos en personal 16.2752 Gastos en bienes corrientes y servicios 27.398,073 Gastos financieros 2504 Transferencias corrientes 3.160

B) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones reales 6.0007 Transferencias de capital 2.000

Total gastos 55.083,07

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 delR.D. legislativo 781/86, de 18 de abril, asimismo se publica se-guidamente la plantilla de personal de este Ayuntamiento:

Personal funcionario.– Secretaría-Intervención. Número de puestos: Uno. En

agrupación con Villalobos. Situación: Interino.Personal laboral.– Peón de Servicios Múltiples. Uno. Indefinido, a tiempo

parcial.– Personal de Limpieza. Uno. Temporal, a tiempo parcial.Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá inter-

ponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunalcorrespondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo dedos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Vega de Villalobos, 5 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2392

POBLADURA DEL VALLE

Anuncio de aprobación inicial

El Pleno del Ayuntamiento de Pobladura del Valle, en se-sión extraordinaria celebrada el día 20 de abril de 2005, acordó

la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de“La limpieza y vallado de terrenos y solares”, y en cumpli-miento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, y en el artículo 56 del Real Decreto legislativo781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refun-dido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régi-men Local, se somete el expediente a información pública porel plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la in-serción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia,para que pueda ser examinado y se presenten las reclamacionesque estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado ale-gaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoAcuerdo.

Pobladura del Valle, 9 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2394

POBLADURA DEL VALLE

Anuncio de aprobación provisional

El Pleno del Ayuntamiento de Pobladura del Valle, en se-sión extraordinaria celebrada el día 20 de abril de 2005, acordóla aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fis-cal reguladora de la tasa por “Ocupación de terrenos de uso pú-blico local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elemen-tos análogos con finalidad lucrativa, quioscos, puestos,barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo eindustrias callejeras y ambulantes”.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 delReal Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, se somete el expediente a información pública porel plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la in-serción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia,para que los interesados puedan examinar el expediente y pre-sentar las reclamaciones que estimen oportunas, de conformi-dad con lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tie-nen la consideración de interesados a los efectos de reclamarcontra Acuerdos provisionales:

– Los que tuvieran un interés directo o resulten afectadospor tales acuerdos.

– Los Colegios Oficiales, Cámaras Oficiales, Asociacionesy demás Entidades legalmente constituidas para velar por losintereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúenen defensa de los que les son propios.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado re-clamaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoAcuerdo.

Pobladura del Valle, a 9 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2395

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POBLADURA DEL VALLE

Anuncio de aprobación provisional

El Pleno del Ayuntamiento de Pobladura del Valle, en se-sión extraordinaria celebrada el día 20 de abril de 2005, acordóla aprobación provisional de la imposición y la Ordenanza fis-cal reguladora de la tasa por “Licencia de apertura de estableci-mientos”.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 delReal Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, se somete el expediente a información pública porel plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la in-serción de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia,para que los interesados puedan examinar el expediente y pre-sentar las reclamaciones que estimen oportunas, De conformi-dad con lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tie-nen la consideración de interesados a los efectos de reclamarcontra Acuerdos provisionales:

– Los que tuvieran un interés directo o resulten afectadospor tales acuerdos.

– Los Colegios Oficiales, Cámaras Oficiales, Asociacionesy demás Entidades legalmente constituidas para velar por losintereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúenen defensa de los que les son propios.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado re-clamaciones, se considerará aprobado definitivamente dichoAcuerdo.

Pobladura del Valle, 9 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2396

MORALINA DE SAYAGO

Anuncio

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 3de mayo de 2005, ha aprobado inicialmente el presupuesto ge-neral para el ejercicio de 2005.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 delReal Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, el expediente completo queda expuesto al públicoen la Secretaría de esta entidad, durante las horas de oficina,por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de dicho R.D.L., puedan pre-sentar las reclamaciones que se estimen, por los motivos que seindican en el punto 2.º del citado último articulo ante el Plenode este Ayuntamiento.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzaráa contar desde el día siguiente al de la inserción de este anun-cio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, no se produjeran re-clamaciones, el presupuesto se considerará definitivamenteaprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

Moralina de Sayago, 5 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2397

MANZANAL DEL BARCO

Anuncio

En uso de las facultades que me otorgan la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el RealDecreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que seaprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vi-gentes en materia de Régimen Local, y el Real Decreto2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Dispongo:

Aprobar los padrones correspondientes a los siguientes tri-butos correspondientes al segundo semestre del año 2003 y alprimer semestre del año 2004.

– Tránsito de ganado por las vías públicas.– Abastecimiento domiciliario de agua potable.– Recogida domiciliaria de residuos.– Desagües y canalones.

Los padrones correspondientes permanecerán expuestos enla Secretaría y tablón de anuncios de este Ayuntamiento porespacio de quince días hábiles contados a partir de la publica-ción del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provin-cia, al objeto de que puedan ser examinados libremente por losinteresados y presentar en su caso las reclamaciones u observa-ciones que estimen pertinentes.

Así lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidenta de esteAyuntamiento, en Manzanal del Barco a 9 de mayo de 2005.–LaAlcaldesa. R-2399

CORESES

Anuncio de autorización de uso excepcional en suelo rústicoy licencia ambiental

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.2 b) de laLey 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y artí-culo 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril de 2003 de PrevenciónAmbiental de Castilla y León, se somete a información públicael expediente que se tramita a instancia de don Angel MartínJulián, a efectos de solicitud de autorización de uso de suelorústico y ejercicio de la actividad dedicada a aprovechamientode material, sitio "Dehesa de San Pelayo", en zona de policíadel río Duero, margen derecha, en la parcela número 29 del po-lígono 1, en el paraje "Dehesa de San Pelayo", en el términomunicipal de Coreses.

Por lo que a tenor de lo establecido en dichos artículos, sehace público durante veinte días hábiles, contados desde el si-guiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETIN OFI-CIAL de la provincia y en el periódico "La Opinión-El Correode Zamora", para que quienes se consideren afectados por eluso y la actividad que se pretende, puedan examinar el expe-diente y presentar las alegaciones u observaciones que estimenoportunas, en el horario de oficina en el Ayuntamiento de Co-reses.

Coreses, 25 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2163

B.O.P. núm. 57 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 PAGINA 29

Page 30: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

TRABAZOS

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Tramitándose por este Ayuntamiento a instancia de doñaAna María Cuervas Ramírez expedientes de autorización deuso excepcional en suelo rústico y de licencia ambiental para laconstrucción de nave e instalación ganadera para la cría de po-llos en el término de Trabazos (Zamora), predio denominado"Matomalo", polígono número 506, parcela 1.290 del Catastro,y de conformidad con lo prevenido en el artículo 307.3 del Re-glamento de Urbanismo de Castilla y León, y artículo 27 de laLey 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Casti-lla y León, se abre un periodo de información pública en gene-ral por término de veinte días a contar del siguiente a la ulteriorpublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de laprovincia de Zamora o diario "La Opinión-El Correo de Za-mora" y a los efectos de que en el citado término puedan exa-minarse en este Ayuntamiento el citado expediente y documen-tación técnica aportadas y así como presentarse ante el mismolas alegaciones o reclamaciones que se tengan por oportunas.

Trabazos, 20 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2140

TRABAZOS

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Tramitándose por este Ayuntamiento a instancia de doñaMaría Remedios Faúndez López expedientes de autorizaciónde uso excepcional en suelo rústico y de licencia ambientalpara la construcción de nave e instalación ganadera para la críade pollos en el término de Trabazos (Zamora), predio denomi-nado "Los Quiñones", polígono número 506, parcela 1.475 delCatastro, y de conformidad con lo prevenido en el artículo307.3 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, y artí-culo 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Am-biental de Castilla y León, se abre un periodo de informaciónpública en general por término de veinte días a contar del si-guiente a la ulterior publicación del presente anuncio en el BO-LETIN OFICIAL de la provincia de Zamora o diario "La Opinión-El Correo de Zamora" y a los efectos de que en el citadotérmino puedan examinarse en este Ayuntamiento el citado ex-pediente y documentación técnica aportadas y así como pre-sentarse ante el mismo las alegaciones o reclamaciones que setengan por oportunas.

Trabazos, 20 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2142

MORALINA

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Don Francisco Magarzo Gonzalo, ha solicitado de esta Al-caldía licencia para la instalación de Núcleo Zoológico «PacoMateo" en el polígono 8, parcelas 15-16-17 y 19 del municipiode Moralina.

En cumplimiento del artículo 27 de la Ley 11/2003, de 8 deabril, de Prevención Ambiental de Castilla y León y artículo25.2 b) de la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León, se

abre un periodo de información pública de veinte días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio paraque todo el que se considere afectado por la actividad que sepretende ejercer pueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Secretaría de este Ayunta-miento.

Moralina, 21 de abril de 2005.–El Alcalde. R-2074

SAN JUSTO

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Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión cele-brada el día 16 de marzo de 2005, el padrón general de tasa porrecogida de basuras correspondiente al ejercicio de 2005, seexponen al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, du-rante el plazo de quince días, a efectos de que los interesadospuedan formular las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se ha producido reclamaciónalguna, dicha aprobación devengará en definitiva y el padrónexistente servirá de lista cobratoria.

San Justo de Sanabria, 27 de abril de 2005.–El Alcalde.R-2338

JUSTEL

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En cumplimiento del artículo 212 del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Re-fundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se exponeal público la cuenta general correspondiente al ejercicio 2004,informada por la Comisión Especial de Cuentas y redactadapor la Intervención, por un plazo de quince días, durante loscuales y ocho más los interesados podrán presentar reclamacio-nes, reparos u observaciones.

Justel, 3 de mayo de 2005.–El Alcalde. R-2336

BENEGILES

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Aprobado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extra-ordinaria celebrada del día 4 de mayo del 2005, se hallan ex-puestos al público los siguientes documentos:

– Tasa por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, corres-pondiente al año 2005.

Los expresados documentos estarán expuestos al públicopor plazo de quince días, contados a partir del siguiente al depublicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la pro-vincia, en la Secretaría de este Ayuntamiento, durante el cuallos interesados podrán presentar las reclamaciones u observa-ciones que estimen convenientes a su derecho, de 16,30 a20,00 horas y en días hábiles.

Benegiles, 5 de mayo de 2005.–El Alcalde. R-2332

B.O.P. núm. 57VIERNES 13 DE MAYO DE 2005PAGINA 30

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MANGANESES DE LA LAMPREANA

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Don Juan Carlos Bueno Martín, Alcalde del Ayuntamientode Manganeses de la Lampreana, hace saber:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de laLey 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Casti-lla y León y de conformidad con lo establecido en el artículo59-5 de la LRJAP y PAC 30/1992 de 26 de noviembre, se noti-fica a don Manuel Andrés Pacios que como afectado tiene a sudisposición el expediente promovido por Hermanos AndrésBodego SC para legalizar una explotación de ganado ovino deleche en la parcela 19 del polígono 1 de Manganeses de laLampreana, para que en el plazo de 20 días, contados desde elsiguiente a la aparición de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL

de la provincia, pueda examinarlo y presentar las alegacionesque consideren oportunas.

Manganeses de la Lampreana, 5 de mayo de 2005.–El Al-calde. R-2333

MANGANESES DE LA LAMPREANA

Anuncio

Don Juan Carlos Bueno Martín, Alcalde del Ayuntamientode Manganeses de la Lampreana, hace saber:

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de laLey 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Casti-lla y León, se somete a información pública el expediente pro-movido por don Cristóbal Salvador García para legalizar unaexplotación de ganado ovino en la Salud, 7, de Manganeses dela Lampreana.

Durante el plazo de 20 días, contados desde le siguiente a laaparición de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provin-cia, el expediente se halla a disposición del público en la Se-cretaría de este Ayuntamiento a fin que quienes se considerenafectados por la actividad puedan examinarlo y presentar lasalegaciones que consideren oportunas.

Manganeses de la Lampreana, 15 de abril de 2005.–El Al-calde. R-2334

CASASECA DE LAS CHANAS

Edicto

De conformidad con lo establecido en el artículo 177.2, enrelación con el 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 demarzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, se expone al público el expedientenúmero 1/05, sobre modificaciones de créditos en el presupuestodel ejercicio de 2005, mediante concesión de créditos extraordi-narios y suplementos de créditos, resumido por capítulos.

1. Créditos extraordinarios y suplementos de créditos:

Capítulo Denominación Euros6 Inversiones reales 10.800,007 Transferencias de capital 27.141,88

Total 37.941,88

2. Financiación de las expresadas modificaciones de cré-dito de la forma siguiente:

a) Con cargo al remanente líquido de Tesorería:37.941,88 euros.

Total financiación créditos extraordinarios y suplementosde créditos: 37.941,88 euros.

Contra la modificación de créditos podrá interponerse re-curso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,contador a partir del siguiente a la publicación del presenteedicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia o, en su caso, dela notificación personal a los interesados que presentaron recla-mación contra la aprobación inicial de la misma.

Casaseca de las Chanas, 4 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2337

SAMIR DE LOS CAÑOS

Edicto

El periodo de recaudación en voluntaria de las deudas tribu-tarias por valores en recibo modelo tríptico, de vencimiento pe-riódico y notificación colectiva que seguidamente se relacionan:

- ABTO. DE AGUA 1S/04.- ABTO. DE AGUA 2S/04.- TRANSITO DE GANADO 1S/04.- TRANSITO DE GANADO 2S/04.- TRANSITO DE GANADO lS/05.- IMPUESTO VEHICULOS TRACCION MECÁNICA 2005.

PLAZO DE INGRESO: 11 de abril al 30 de junio de 2005.

FORMAS DE PAGO.• Entidades colaboradoras:- CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES.- CAJA RURAL.- CAJA DUERO.- BANCO CASTILLA.- BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO.

– Servicio de Recaudación: (C/ Ramos Carrión, n.º 11), delunes a viernes, de 9 a 13 horas, todo el periodo de recaudación.

La cobranza se llevará a cabo por el Servicio de GestiónTributaria y Recaudación de la Excma. Diputación Provincialde Zamora.

Se advierte a los obligados al pago que transcurrido elplazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedi-miento de apremio y devengarán el recargo del 20 por 100, in-tereses de demora y en su caso, costas que se produzcan.

Samir de los Caños, 11 de abril de 2005.–El Alcalde.R-2391

QUINTANILLA DEL OLMO

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.2 en re-lación con el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo

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Page 32: VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 BOLETIN …PAGINA 2 VIERNES 13 DE MAYO DE 2005 B.O.P. núm. 57 R-2342 SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN ZAMORA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO

2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace pú-blico el expediente de modificación de crédito 1/2004, en lamodalidad de suplemento de crédito del Presupuesto Generalde este Ayuntamiento para el ejercicio del 2004, conforme alsiguiente resumen:

Gr. F. 1 - Artículo: 46.Crédito inicial: 1.579,90 - Total: 1.579,90.Suplemento de Crédito: 2.020,10 euros. Total: 2.020,10 euros.Crédito Definitivo: 3.600,00 euros. Total: 3.600,00 euros.

La financiación se llevará a cabo con el remanente líquidode Tesorería para gastos generales de la liquidación del Presu-puesto del año 2004, calculado de acuerdo con lo dispuesto enlos artículos 101 a 104 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril, por importe una vez deducida esta cantidad de 7.661,90euros.

Contra la aprobación definitiva de este expediente podrá in-terponerse directamente recurso contencioso-administrativo,ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Su-perior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses.

Quintanilla del Olmo, 6 de mayo de 2005.–El Alcalde.R-2393

IV. Administración de Justicia

JUZGADO DE LO SOCIALNUMERO UNO

ZAMORA

NIG 49275 4 0101412/2002.N.º de autos: Dem. 1400/2002.N.º de ejecución: 98/2003.Materia: Despido.

Don Ernesto Casado Rodríguez, Secretario Judicial del Juz-gado de lo Social número uno de Zamora.

Hago saber: Que en proceso seguido ante este Juzgado delo Social número 1 de Zamora, registrado con número 1400/02,Ejecución número 98/03, a instancia de Ángeles García Negro,contra Avedillo López Valverde, he acordado sacar a la ventaen pública subasta, por término de veinte días, los siguientesbienes embargados como propiedad de la parte demandada,cuya relación y tasación es la siguiente:

Bienes que se subasta y valoración:

1. Una quinta parte indivisa de dos terceras partes indivisasde una mitad indivisa y la nuda propiedad de otra quinta parteindivisa de una tercera parte indivisa de dicha mitad indivisade la finca n.º 31.448, del Registro de la Propiedad n.º uno deZamora, referente a casa vivienda sita en Zamora, en el arrabalde San Frontis, c/ Fermoselle n.º 42, antes calle Larga, n.º 40letra B. Mide cincuenta y dos metros cuadrados. Inscrita al fo-lio 166, tomo 1816, libro 479. Municipio de Zamora. Valoradaen 4.740,00 euros.

Tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado sitoen Zamora en primera y única subasta el día 23 de junio de

2005. Se celebrará a las 12,00 horas de la mañana. Si por causade fuerza mayor se suspendiese cualquiera de ellas, se cele-brará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lu-gar; y en días sucesivos, si se repitiera o subsistiese dicho im-pedimento.

Los edictos se encuentran expuestos en el tablón de anun-cios de este Juzgado de lo Social.-Los bienes embargados seencuentran depositados.

Y para que sirva de notificación al público en general y a laspartes en este proceso en particular, así como a los cotitularesde la finca doña Elisa Valverde Molinero, Ángel López Val-verde, María Ángeles López Valverde, María Cruz López Val-verde, una vez que haya sido publicado en el BOLETIN OFICIAL

de la provincia y en cumplimiento de lo establecido en leyesprocesales, expido el presente en Zamora, a seis de mayo de dosmil cinco.

El Secretario Judicial. R-2388

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION

ZAMORANUMERO CINCO

Juicio de faltas 108/2004.Número de identificación único: 49275 2 0500617/2004.

Edicto

Doña María Angeles Blázquez Cosmes, Secretaria del Juz-gado de Instrucción número cinco de Zamora, doy fe y testi-monio:

Que en el juicio de faltas número 108/2004 se ha acordadocitar a Gregorio Román Orcajo, a fin de que el próximo día 26de mayo de 2005, a las 10,45 horas, asista en la Sala de Vistasde este Juzgado a la celebración del juicio de faltas arriba indi-cado, seguido por hurto, en calidad de denunciado.

Se le hace saber que deberá comparecer al acto de juiciocon todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos,documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de Letrado,si bien éste no es preceptivo.

Apercibiéndole que de residir en este término municipal yno comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podráimponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lu-gar en derecho y que, en caso de residir fuera de este término,podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar aotra persona para que presente en dicho acto las pruebas dedescargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

En Zamora, a veintisiete de abril de dos mil cinco.El Agente Judicial.

Y para que conste y sirva de citación a Gregorio RománOrcajo, actualmente en paradero desconocido, y su publicaciónen el BOLETIN OFICIAL de la provincia, expido el presente enZamora, a veintisiete de abril de dos mil cinco.–La Secretaria.

R-2357

IMPRENTA PROVINCIAL-ZAMORA

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