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1 Ventajas de la S.C.P (Sociedad Civil Particular) La Sociedad Civil Particular es la más económica y práctica, y constituye la herramienta más adecuada para la sucesión de la oficina de farmacia, a pesar de las reticencias iniciales por parte de algunos Colegios, son ya cientos las oficinas de farmacia que operan bajo esta forma societaria. Tras un profundo estudio y experiencia en el manejo de este tipo de sociedades, podemos afirmar que sin duda ésta es la fórmula óptima para dar entrada a los descendientes en la propiedad de la oficina de farmacia. También las farmacias francesas pueden operar bajo una Sociedad Unipersonal de Responsabilidad Limitada. ¿Cuál es la ventaja de la S.C.P? El gran estímulo de esta forma societaria para la continuidad de los descendientes en la oficina de farmacia, es la versatilidad en cuanto a su regulación interna: se puede asignar la proporción deseada tanto en dedicación como en reparto de beneficios. Así, podemos dar entrada por prudencia, y para evitar modificaciones legislativas a los descendientes, cediendo un 1% de la oficina de farmacia, pero retribuyendo con el 80% de los beneficios, o bien el caso contrarío, cederle el 95% de la oficina de farmacia, y sólo el 1% de los beneficios. Sin embargo en la Comunidad de Bienes el reparto es proporcional al porcentaje de participación que tenga cada uno. Por lo tanto las ventajas de la S.C.P. son tres: 1. Dar entrada a los descendientes, evitando sorpresas que nos puedan deparar futuras leyes. 2. Evitar, como medida siempre prudente, que la oficina de farmacia quede totalmente en manos de los descendientes. 3. Generar un importe ahorro de impuestos, ya que mediante la retribución proporcional de cada partícipe podremos planificarnos fiscalmente de cara a minimizar la carga fiscal que soporta la oficina de farmacia año tras año.

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Page 1: Ventajas de la SCP - Compra venta de farmacias y …Ventajas de la S.C.P (Sociedad Civil Particular) La Sociedad Civil Particular es la más económica y práctica, y constituye la

 

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Ventajas de la S.C.P (Sociedad Civil Particular)

La Sociedad Civil Particular es la más económica y práctica, y constituye la

herramienta más adecuada para la sucesión de la oficina de farmacia, a pesar

de las reticencias iniciales por parte de algunos Colegios, son ya cientos las

oficinas de farmacia que operan bajo esta forma societaria.

Tras un profundo estudio y experiencia en el manejo de este tipo de sociedades,

podemos afirmar que sin duda ésta es la fórmula óptima para dar entrada a los

descendientes en la propiedad de la oficina de farmacia. También las farmacias

francesas pueden operar bajo una Sociedad Unipersonal de Responsabilidad

Limitada.

¿Cuál es la ventaja de la S.C.P?

El gran estímulo de esta forma societaria para la continuidad de los

descendientes en la oficina de farmacia, es la versatilidad en cuanto a su

regulación interna: se puede asignar la proporción deseada tanto en dedicación

como en reparto de beneficios. Así, podemos dar entrada por prudencia, y para

evitar modificaciones legislativas a los descendientes, cediendo un 1% de la

oficina de farmacia, pero retribuyendo con el 80% de los beneficios, o bien el

caso contrarío, cederle el 95% de la oficina de farmacia, y sólo el 1% de los

beneficios. Sin embargo en la Comunidad de Bienes el reparto es proporcional al

porcentaje de participación que tenga cada uno.

Por lo tanto las ventajas de la S.C.P. son tres:

1. Dar entrada a los descendientes, evitando sorpresas que nos puedan

deparar futuras leyes.

2. Evitar, como medida siempre prudente, que la oficina de farmacia quede

totalmente en manos de los descendientes.

3. Generar un importe ahorro de impuestos, ya que mediante la retribución

proporcional de cada partícipe podremos planificarnos fiscalmente de

cara a minimizar la carga fiscal que soporta la oficina de farmacia año

tras año.

Page 2: Ventajas de la SCP - Compra venta de farmacias y …Ventajas de la S.C.P (Sociedad Civil Particular) La Sociedad Civil Particular es la más económica y práctica, y constituye la

 

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Ahorro fiscal con SCP

Ejemplo: Un farmacéutico, propietario de una oficina de farmacia con unas

ventas de 360.000 euros y unos beneficios de 78.131 euros, tiene un

descendiente licenciado en farmacia. Analicemos el ahorro en carga fiscal

mediante una S.C.P.:

· Si la oficina de farmacia figura al nombre único del titular: con una

base imponible de 78.131, pagará a la Hacienda Pública 26.444.

· Si introduce a su descendiente en una S.C.P, al que le otorga el 5%

de la farmacia, pero el 50% del beneficio, cada uno declarará un

beneficio de 39065 € , y pagarán 10.217 €, cada uno, 21.636 € en

total, por lo tanto se produce un ahorro fiscal de 4.808 € anuales.

Sin embargo, con una C.B., si se asigna el 5% a nombre del descendiente, uno

tributa 117 € y otro 26.684€, por lo tanto no hay ahorro, ya que en la Comunidad

de Bienes el reparto de los beneficios ha de ser proporcional al porcentaje que

tenga cada uno.

En todo caso, esta es una reflexión genérica, cada caso tiene sus propios

condicionantes y deducciones personales; mediante simulaciones

comparativas, hay que analizar como se puede optimizar fiscalmente los

deseos del donante mediante la figura jurídica que se más interesante.