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r L A Y n j V c ROSARITO * 1'NTMHIENT0 DE PCAYAS<Oi:3ROSARI|TG B.C. © 3D [S )/^\ 12 JUN 2015 Z yV S f.fA S ',' UNIDAD CONCENTRADORA OC TRANSPARENCIA Y ACCESO A lA INFORMACION PUBlICa MUNICIPAL OFICIALIA MAYOR Oficio No. OFM-1256/2015 Asunto: EL QUE SE INDICA Playas de Rosarito, B.C., a 12 de junio del 2015 LIC. ELIZABETH ARCINIEGA CHAVEZ COORDINADORA DE TRASNPARENCIA DEL H.VI AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE PLAYAS DE ROSARITO PRESENTE.- Por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo y en relación al oficio NO. 145/2015 Me permito remitir copia del contrato de concesión del H. Ayuntamiento de Playas de Rosarito con la empresa GEN INDUSTRIAL, SA de CV. Cuyo objetivo pretende el análisis de contenidos y aportación de datos que menoscaben la presentación de un proyecto ejecutivo de infraestructura y medio ambiente a la presidencia municipal. Sin más por el momento y agradeciendo de antemano su atención brindada, quedo de usted. 'or Un Gobierno que Entiei ING. LUIS FRAN LAL MAYOR DE"PLAYAS DE ROSARITO C.c.p Archivo. ^ V J GOBIERNO QUE ENTIENDE Y ATIENDE Calle José Haroz Aguilar No. 2000, Fracc. Villa Turística, Playas de Rosarito, B.C. Atentame pCQÑ ideyAtiff i^ " AYUN1AMlENTO DE playas de rosarito, B. C ESPACHAD 12 JUN 2015 ESPACHAO CO (SALARZA oficialía m a yo r \/i AYUNT tt/m n 51.AYA ^ np ROSAR) www.rosarito.gob.

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r L A Y n j V c

ROSARITO* 1 'NTMHIENT0 DE PCAYAS<Oi:3ROSARI|TG B.C.

© 0 Ü 3 D [ S ) / ^ \

12 JUN 2015ZyV S f.fA S ','

U N ID A D CONCENTRADORA OC TRANSPARENCIA Y

ACCESO A lA INFORMACION PUBlICa MUNICIPAL

OFICIALIA MAYOR

Oficio No. OFM-1256/2015 Asunto: EL QUE SE INDICA

Playas de Rosarito, B.C., a 12 de junio del 2015

LIC. ELIZABETH ARCINIEGA CHAVEZCOORDINADORA DE TRASNPARENCIA DELH.VI AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE PLAYAS DE ROSARITOP R E S E N T E . -

Por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo y en relación al oficio NO. 145/2015 Me permito remitir copia del contrato de concesión del H. Ayuntamiento de Playas de Rosarito con la empresa GEN INDUSTRIAL, SA de CV. Cuyo objetivo pretende el análisis de contenidos y aportación de datos que menoscaben la presentación de un proyecto ejecutivo de infraestructura y medio ambiente a la presidencia municipal.

Sin más por el momento y agradeciendo de antemano su atención brindada, quedo de usted.

'or Un Gobierno que Entiei

ING. LUIS FRANLAL MAYORDE"PLAYAS DE RO SARITO

C.c.p Archivo. ^

V JG O B IE R N O QUEENTIENDEY ATIENDE

Calle José Haroz Aguilar No. 2000, Fracc. Villa Turística, Playas de Rosarito, B.C.

A t e n t a m e

pCQÑ id e y A tiff i ^ " A Y U N 1A M lE N T O DE p la y a s d e r o s a r i t o , B. C

ESPACHAD12 JUN 2015

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CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA CONCESIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIA EN SUS ETAPAS DE RECOLECCIÓN DOMICILIARIA Y TRANSPORTE AL RELLENO SANITARIO, PARA LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS PRODUCIDOS EN EL MUNICIPIO DE PLAYAS DE ROSARITO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PLAYAS DE ROSARITO; COMO CONCEDENTE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL MUNICIPIO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. JOSE ANTONIO MACIAS GARAY EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL C. MANUEL OCHOA MAGALLÓN EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO Y POR LA OTRA PARTE Y COMO CONCESIONARIA LA EMPRESA RECOLECTORA DE DESECHOS Y RESIDUOS KING KONG, S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL CONCESIONARIO”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. PABLO GUZMÁN VIERA EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, EL CUAL SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. --------

ANTECEDENTES

La facultad y obligación del Municipio para la Prestación del Servicio Público de Limpia se establece entre otros en las siguientes disposiciones legales

115 fracción III, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;82 Apartado B fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California;2, 3 fracción III, 6, 15 y 17 de ¡a Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California;8 y 137 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.136, fracción I de a Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente del Estado de Baja California > -El artículo 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

¡I. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que:

a) Para ia prevención y control de la contaminación del suelo es necesario prevenir^ reducir la generación de residuos sólidos, municipales e industriales; incorporar técnicas y procedimientos para su reuso y reciclaje, así como regular su manejo y disposición final eficientes, según el artículo 134, fracción III.

b) El criterio anterior deberá considerarse igualmente en la operación de los sistemas de limpia y de disposición final de residuos municipales en rellenos sanitarios, como señala el artículo 135 fracciones II y III.

c) En el artículo 137 establece que el funcionamiento de los sistemas de recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos

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d) Conforme a lo dispuesto en el artículo 138, la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca promoverá la celebración de acuerdos de coordinación y asesoría con los Gobiernos de los Estados y de los Municipios para la implantación y mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento, alternativas de reutilización y disposición final de residuos sólidos municipales.

III. La Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección del Medio Ambiente del Estado de Baja California establece: .......... ....... X - — — --

a) Corresponde a los Municipios operar el sistema de manejo de residuos municipales, como señala el artículo 136 fracción I.

b) Compete al Estado de Baja California y a los Ayuntamientos de sus Municipios la regulación del manejo y disposición final de los residuos sólidos municipales, según el artículo 9 fracción XXI y 136 Fracción IV.

c) Corresponde al Municipio autorizar las actividades de recolección, transporte, almacenamiento y manejo de los residuos sólidos municipales, según el artículo 136 Fracción IV.

La Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California establece que: Los Ayuntamientos tienen entre sus facultades la atribución de contratar o concesionar mediante concurso, obras y servicios públicos municipales, en términos de los dispuesto en los artículos 6 y 17 de la citada Ley. ....

La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos establece que:

a) Los municipios tendrán a su cargo las funciones de manejos integral de residuos sólidos urbanos, que consisten en la recolección, traslado, tratamiento, y su disposición final, conforme al artículo 10.

b) Los municipios prestarán por sí mismos o a través de gestores, el servicio público de manejo integral de los residuos sólidos urbanos, artículo 10 fracciónIV.

c) Los municipios podrán otorgar autorizaciones y concesiones de una o más actividades que comprende la prestación de los servicios de manejo integral de los residuos sólidos urbanos, artículo 10 fracción V.

DECLARACIONES:

Declara “ EL MUNICIPIO” :

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BAJA CALIFORNIA, es Gobernado, Administrado y Representado por el H.Ayuntamiento y este a su vez por su Presidente Municipal; que cuenta con personalidad jurídica y facultades suficientes para administrar su hacienda, y tiene la capacidad legal para celebrar contratos y convenios de acuerdo a las atribuciones que le confiere los artículos 2 y 61, Fracciones I y XI, de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de BAJA CALIFORNIA.

b) Que tiene facultades para suscribir el presente acuerdo de conformidad en ios artículos 6, 15 y 17 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, en el que se le confiere el carácter de representante legal de dichoMunicipio, con todas las prerrogativas que le corresponde, entre las que se _encuentra la de celebrar acuerdos, para el desempeño de los negocios administrativos y eficaz prestación de los servicios municipales, según consta en el acta de sesión de cabildo celebrada con fecha primero de octubre del año dosmil tres, misma que corre agregada al presente instrumento para- Ios-fines - ~ ---------- -- -----legales consiguientes. ..........

c) Comparece en su representación y acredita su respectiva personalidad con una copia certificada del Periódico Oficial del Estado correspondiente de fecha 29 de noviembre del 2004._

d) En sesión extraordinaria de cabildo realizada el 9 de febrero del 2007, en el acta numero lü-005/05, sesión 55, el Cabildo aprobó por mayoría el concesionar el servicio integral de limpia municipal.

e) En términos de las disposiciones legales invocadas en los antecedentes, el H.Ayuntamiento del Municipio de Playas de Rosarito y, está facultado para concesionar este servicio público. _

f) Para la asignación del contrato administrativo para la concesión del servicio público de limpia antes mencionado, se llevó a cabo el procedimiento de licitación publica numero 001/2007 mediante la publicación de la convocatoria de fecha 08 de enero del 2007 en los diarios de circulación nacional y estatal excélsior y el mexicano, habiéndose fallado, terminado el proceso, a favor de“EL CONCESIONARIO” en acto celebrado el 09 de Febrero del 2007,,por haber ______ ____reunido las mejores condiciones técnicas y financieras para la prestación dei servicio.

g) Tiene su domicilio en el inmueble ubicado en C. José Hároz Aguilar #2000 del Fraccionamiento Villa Turística de Playas de Rosarito, en PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA.

Declara “ EL CONCESIONARIO” que:

a) Es una empresa legalmente constituida mediante escritura pública N°. 33940 (treinta y tres mil novecientos cuarenta), de fecha 13 (trece) de Diciembre de 1989 (mi! novecientos ochenta y nueve), pasada ante la fe dei Lic. J. Eduardo

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California, e_ inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Tijuana , Baja California, bajo el Número de partida 22818, Tomo 52, Sección 2do. Auxiliar de Comercio de Fecha 18 de julio de 1990. la cual se encuentra ai corriente de sus inscripciones legales.

b) Su objeto social permite la realización de las actividades del presente contrato.

c) Comparece al presente acto representada por su Apoderado Legal C. PABLO GUZMAN VIERA, quien acredita su personalidad con el primer testimonio de la escritura pública N° 13565 (Trece mil quinientos sesenta y cinco) de fecha 25 (veinticinco) de Julio del 2006 (dos mil seis), pasada ante la fe del Lic. Ramiro A Bravo Rivera, Titular de la Notaría Pública número 18 (dieciocho) de ¡a ciudad de Monterrey, Nuevo León, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Tijuana, Baja California, bajo el número de partida 5491657, de fecha 20 de septiembre del 2006 y en la que consta que cuenta con las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas y para actos de administración.

d) Tiene establecido su domicilio en Libramiento Sur -6351 Col. Nueva Aurora, Delegación San Antonio de los Buenos C.P. 22604,_en la ciudad de Tijuana, Baja California, mismo que señala para los fines y efectos legales derivados de este contrato.

En virtud de lo anterior ambas partes convienen en someterse a las siguientes:

CLÁUSULAS:

PRIMERA: Defin ic ión de térm inos. Ambas partes convienen que para los efectos del presente contrato administrativo, los términos que se relacionan a continuación tendrán ei significado que en cada caso se indica:

1 - Desecho só iido Material de características no peligrosas, generado en los centros de población del Municipio de Playas de Rosarito, por las actividades comerciales o de servicio, casas habitación, parques, jardines, vías públicas, oficinas, sitios de reunión, mercados, instituciones educativas y en procesos de extracción, beneficio, transformacióno producción industrial, excluyendo las demoliciones y construcciones.

3 - R eco lecc ión . Acción de transferir los residuos de su sitio de almacenamiento o depósito temporal en las fuentes de origen, al equipo destinado a conducirlos a ias estaciones de transferencia, tratamiento, reuso, reciclaje a sitios para su disposición final que cumplan con la normatividad ambiental vigente.

4 - T ransporte . Acción de trasladar ios desechos sólidos a los sitios de disposición final, a su tratamiento, reuso y/o reciclaje.

5.- R utas. Recorrido autorizado previamente para realizar el barrido y Ja recolección de ios desechos sólidos.

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6.- D ispos ic ión F inal. Acción de depositar permanentemente los desechos en sitios que cumplan con la normatividad vigente y en condiciones adecuadas para evitar daños a ios ecosistemas.

7.- Relleno Sanitario. Obra de ingeniería que reúne características específicas para la disposición final que contempla la legislación y normatividad vigente, de tal manera que se asegure la debida disposición final de los desechos sólidos municipales.

8.- Estación de transferencia. Obra de ingeniería para transbordar los desechos sólidos de los vehículos de recolección a vehículos de transporte.

9.- Usuario de servicio. Personas físicas o morales que residen en el Ayuntamiento de Rosarito.

10.- Recolección habitacional. Acopio de los desechos sólidos generados en las viviendas.

1 1 - Recolección comercia!. Acopio de los desechos sólidos generados por las actividades de comercio o de servicio.

12 - Recolección industrial. Acopio de los desechos sólidos generados en Jos procesos de extracción, beneficio, construcción, transformación o producción de industrias.

13.- Arroyo de la calle. Distancia existente entre el límite exterior de las guarniciones de las banquetas de una misma calle.

14 - Caso fo rtu ito o de fuerza m ayor. Significa fenómenos de la naturaleza inevitables como tormentas, ciclones, huracanes, inundaciones, tornados u otros, asi cómo guerras, revueltas, insurrecciones, incendios escasez de combustibles, y todo aquel acontecimiento fuera del dominio de la voluntad de “EL MUNICIPIO” y de “EL CONCESIONARIO” que impidan la normal prestación del servicio.

\

SEGUNDA: Objeto. La concesión tiene por objeto la prestación del servicio integral de limpia en sus etapas de recolección domiciliaria, transferencia, tratamiento y transporte ai relleno sanitario, para la disposición final de residuos sólidos generados _en el Municipio de Playas de Rosarito. - - — — •

TERCERA: Vigencia. Ambas partes acuerdan que el presente contrato tendrá una duración de 15 (quince) años, contados a partir de la fecha de inicio de la prestación de los servicios, pudiendo ser suspendido o rescindido en los términos que más adelante se estipulan.

“EL CONCESIONARIO” se obliga a iniciar los servicios pactados en el presente contrato a más tardar el día 2 (dos) del mes de abril del 2007 (dos mil siete) en los términos y condiciones previstas en este contrato.

CUARTA: O bligaciones de “ EL CONCESIONARIO” . Durante el término del presente contrato, son obligaciones generales de “EL CONCESIONARIO1’:

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/

1. Mantener limpio el Municipio de Playas de Rosarito, para ello “EL CONCESIONARIO” se obliga a realizar las actividades objeto de este contrato durante la vigencia del mismo, así corryb el diseño, equipamiento, operación y mantenimiento de la infraestructura necesaria para la prestación deJ.servicio, en los términos y condiciones que se relacionan en los documentos que se agregan al presente debidamente firmados por ambos contratantes, los cuales formaron parte de las bases y especificaciones de la licitación y de la propuesta entregado a “EL MUNICIPIO” para su participación en la citada licitación pública, los que se relacionan a continuación:

a) Bases de licitación pública para la adjudicación de la concesión para ¡a prestación de los servicios objeto de este contrato, contenidas en el anexo 1.

b) Carta de presentación de la propuesta económica de “EL-CONCESIONARIO”, contenida en el anexo 2.

c) Paquete legal presentado por "EL CONCESIONARIO” al participar en la licitación pública para la adjudicación de los servicios objeto del presente contrato, contenido en el anexo 3.

d) Propuesta técnica presentada por “EL CONCESIONARIO” al participar en la licitación pública para la adjudicación de los servicios objeto del presente contrato, contenida en el anexo 4.

e) Propuesta económica presentada por “EL CONCESIONARIO” al participar en la licitación pública para la adjudicación de los servicios objeto de! presente contrato, contenida en el anexo 5.

f) Paquete de documentación adicional presentada por “EL CONCESIONARIO’’-^ • • al participar en la licitación pública para la adjudicación de los servicios objeto del presente contrato, contenido en el anexo 6.

g) Programa de actualización de tarifas considerando la fecha de inicio de ¡a concesión, contenido en el anexo 7. • •

V.

VI­

VI!.

VIII

IX.

Atender eficientemente a los beneficiarios en los servicios de recolección de desechos sólidos habitacionales.Cumplir con las rutas, los horarios y los procedimientos de recolección y transportación de desechos sólidos al sitio de disposición final.Depositar los desechos sólidos solo en el sitio de disposición final acordado con EL MUNICIPIO y/o en las estaciones de transferencia que EL CONCESiONARiO HegSré'a implemeritar.ReáTizaM3~conservación y reposición del equipo utilizado en la recolección de los desechos sólidos.Prestar los servicios de recolección y transportación de desechos sólidos al sitio de disposición final con el equipo suficiente y el que reúna las (•yr^cieristicas o especificaciones de higiene y seguridad previstas por la normatividad ambiental aplicable.No cobrar a ios usuarios, en efectivo o en especie, los servicios de recolección o transportación de desechos sólidos, excepto aquellos servicios a industrias, hoteles o Grandes Generadores contratados directamente con “EL CONCESiONARiO”.Apegarse a las normas ecológicas y generales aplicables al servicio contratado asícomo a la disposición de residuos sólidos en un relleno sanitario.Contratar y conservar vigentes los seguros por responsabilidad civil para cubrir los daños y perjuicios a terceros

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X.

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XIII.XIV.

XV.

^ T ~

XVIÍ.

XVIII.

Cumplir riel y puntualmente con las obligaciones laborales respecto del personal utilizado en la prestación de ios servicios objeto del presente contrato.Cubrir puntualmente con las contribuciones Federales, Estatales y Municipales que cause “EL CONCESIONARIO”.No causar reiteradamente molestias innecesarias a los beneficiarios del servicio y a ía ciudadaníaAtender inmediata y eficientemente ¡as quejas de los beneficiarios del servicio. Actualizar y mantener a disposición de “EL MUNICIPIO” los planos de infraestructura, documentación e información respecto a la mismá, así como lainformación relativa a la prestación del servicio.Tener una oficina en el Municipio de Playas de Rosarito p a ra ja_adgiinistración^de los servicios, la cual será atendida por personal dependiente de ̂EL CONCESIONARIO” y dotada de los medios necesarios para su funcionamiento y relación con los usuarios.Notificar por escrito a “EL MUNICIPIO” de las necesidades de modificar o establecer rutas, especificando a que tipo de servicio se refiere (habitaciona!, mercados, áreas y edificios públicos) e iniciarlas previa solicitud y autorización de “EL MUNICIPIO".Gestionar y obtener las autorizaciones, licencias y permisos que se requieran para la prestación de los servicios objeto de este contrato, t n aquellos casos en los que tenga injerencia “EL MUNICIPIO”, este coadyuvará a la debida obtención de losmismos. . .Utilizar los servicios y materiales que satisfagan las normas de calidad pertinentes,, por lo que responderá, por su cuenta y cargo, ante “EL MUNICIPIO”, de los defectos y vicios ocultos de los equipos, separando y reponiendo los mismos.

QUINTA. Facultades de “ EL CONCESIONARIO” . “EL CONCESIONARIO" tendrá las siguientes facultades: ................... .........

* Cobrar las tarifas estipuladas por los servicios prestados.Actualizar las tarifas de acuerdo con io previsto en el presente contrato.Proponer a “EL MUNICIPIO” las modificaciones al régimen tarifario y a cualquier aspecto que requiera su autorización o intervención para el debido desarrollo de la concesión, derivado de extensiones, modificaciones normativas o aquellos factores que llegaren a incidir en la calidad del servicio prestado.Cuando se presenten causas fortuitas o de fuerza mayor que impidan la norma prestación de los servicios u ocasionen perjuicio a terceros, EL CONCESIONARIO” podrá suspender temporalmente los servicios, reanudándolos en cuanto se resuelvan las contingencias.Ejercer todas las acciones que conforme a derecho procedan jfrente a. .hechos, regularidad, calidad y generalidad de la prestación de ¡os servicios.“EL CONCESIONARIO” podrá cambiar su razón social, sin que se afecten los derechos y obligaciones que le confiere esta concesión, previa y expresa autorización de “EL MUNICIPIO” otorgada por escrito.“EL CONCESIONARIO” podrá utüizar ¡os contenedores y papeleras instaladas en la vía pública para incluir sus logotipos y mensajes de terceros y/o de ELMUNICÌPIO, buscando en todo momento que ¡a misma evite ¡a contaminación visual de la zona.Realizar las acciones necesarias para el mejor aprovechamiento de los residuos.

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IX. Proponer a EL MUNICIPIO la instalación de un sitio para el manejo >°s resiouos de construcciones y demoliciones a fin de dar un servicio integral a la común,dad yevitar la generación de tiraderos clandestinos. . .Las demás que señalen las regulaciones aplicables para la prestación deX.servicios.

Si.

SIL

IV.

V.

Vi.

VII

SEXTA. O bligaciones de “ EL MUNICIPIO”. “EL MUNICIPIO” tendrá fas siguientes

obligaciones:

i. Cumplir con los términos y condiciones de esta “ "cestón, re d a n d ocontrol y verificación de la concesion y de los servicios que f'ONnFSIO NARIO ” preste a los usuarios.Guardar confidencialidad respecto de la información terminológica y financiera q ~obtenaa d6 UEL CONCESIONARIO . ., \qProDorcionar a “EL CONCESIONARIO" al inicio de la concesion toaa .a información de la infraestructura existente, controles, procedimientos y en gene toda la información técnica y administrativa que tenga en su poder al .meo de la

Realizarmedidas coercitivas con el fin de lograr el cumplimiento del Reglamento

s i^os^n^ond 'rse^estén depositando actualmente los residuossólidos v aue tengan el carácter de tiraderos clandestinos.C T t n p o r t s de la facturación por el servo,o prestado por EL CONCESIONARIO”, en debido tiempo y Torma. nnnmin„ DOblación a la

con ^os horados y frecuencias de

recolección y a no arrojar residuos a la vía pública. - - —

(

SÉPTIMA. Facultades de “EL MUNICIPIO"., ‘ EL MUNICIPIO" tendrá las siguientes ^

facultades:

i Vigilar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas poren vfríud de la presente Concesión y de las Leyes y Reglamentos aplicables,

lí. Requerir de “EL CONCESIONARIO” los informes que sean necesarios pa,aí=fer.*uar la supervisión y evaluación de la Concesión. ins

„1. Asumir temporalmente la prestación directa o indirecta, total o parc,„!, los servicios en los casos de terminación anticipada de este contrato.

IV El ampliar los alcances del sen/icio pactado en este contrato de acuen e c e s id a d e s que, factores como el crecimiento demográfico o de situacon económica, surjan durante la vigencia del mismo.

OCTAVA - Inversiones,- "EL CONCESIONARIO" se__ a, C e m e n t o sinmersiones necesarias para adquirir equipos y ma^ ul(n° ‘ ! ’ . ¡ e infraestructura humanos debidamente capacitados y proporcionar .a U 9 " « ^-r , necesarias para la correcta prestación de los servicios oajeto de, presan, con..» .

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N O VENA- Propiedad de Sos equipos,- Las partes .acuerdan en que los ® ^ 'P '^ maquinarias, bienes muebles e inmuebles nece s jíio s .parala presente r.nrir.esión, son propiedad _exdiiS-[va__dQ _— ~7¡~TTrrTZrZ7i^ ■¡ Municipio' desliaar-á-e->^<^4vamente los equ]pos^la_pxestación^,de! s e rv jc i< ^ _ ainUnaerequipode de Playas de Rosarito, por ¡o que no podrá trasladar ni usar e n r 9 ^ adqu¡r¡r¡impia en otro lugar distinto a la jurisdicción concesionada. Asimism - 9 ^por su cuenta las pólizas de seguros que sean necesarias, de cobert pequipo a que se refiere el presente contrato. _ r _

La propiedad de los bienes muebles que conforman la infraes^ ^ / ® S ^ Pa en ™ ^ - - de los servicios, una vez terminado el presente contra o y am ^ ^ momento se trasmitirán, de requerirlo el MUNICIPIO, al valor comercia q establezca.

En caso de rescisión del p r e s e n t e contrato por caus^s ' p a b l e s ^coN CESIO NARIO ^eiestos bienes podran ser trasmitidos al MUNICIP p 9 ai “MUNICIPIO”. Esto se importe del valor comercial de los equipos que vayan “CONCESIONARIO” enpacta por ambas partes y es aceptado expresamente por el C O N C E S IO N A K lu^^^virtud de que los equipos mencionados serán utilizados p P posterioridadpúblico, a fin de que pueda seguir s i e n d o prestado por el con pos .tenora la rescisión o terminación del presente contrato. En o t r o s casos de ter _rescisión unilateral, el "MUNICIPIO" podra adquirir los equipos

/determinado por peritos designados por ambas partes para tal etecto.

“ ó ^ ' « . mt -v e rn fe 'T a ó ^ d fp a ra ^ E ^ S Iv i c i o sresponder por la integridad y eficiencia de los m,sr^ ° sr Para ¡¿n a , argo de te rce ra s - contratar o subcontratar servicios que codifiquen la ^ e s ^ n ^ ^ ^personas, deberá ser autorizado previamente por EL MUNIC , subcontratación“CONCESIONAR1A” todas las responsabilidades que dicha contraioriginen.

DÉCIMA PRIMERA.- Programa de Ejecución “EL C0NCES' ° ^ ^ ^MUNICIPIO”, un programa de ejecución de los s^ ‘c'os ¡os para |0grar lasistemas, procesos, zonas, rutas y procedimientos que sean necesarios pmaterialización del objeto del presente contrato.

DECIMA SEGUNDA.- U tilización de sa vsa púb lica.- “EL M ^C IP IIO ^ ®n,acto a “EL CONCESIONARIO" para que durante la vigencia <de a pública y terrenos del dominio publico necesarios para realiza, J

- s S íro te n ie n d o siempre en cuenta las disposiciones mumcipaLs al respecto.

DÉCIMA TERCERA.- De la responsabilidad Laboral.- “EL CONCESIONARIO f ‘®ne ® carácter de empresa establecida, que habitualmente contrata serocicw por s P terceras personas, para prestarlos con elementos P ^ o s Por lo ^ ^incondicionalmente en la ejecución de ¡os mismos el caracíer de p^ ro% ^ n “ ^ -vamente todos ¡os trabajadores que intervengan en dicha ejecución, de ios de “EL CONCESIONARIO" quien será el único responsable oe ,o «elación y s

---------- •j¡.q(jr »jí |S}^eotRnp :setel de- los p a t io s y ue íes» ....

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\ \ A

prestaciones laborales, el pago de ¡as cuotas al Instituto Mexicano del S®9^ ° e^cjón de|instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajaaores, ae rptiro 'v los demásImpuesto sobre la Renta, aportaciones al Sistema de Ahorro para el ret,ro y los demque se causen o se pudieran causar.

El "MUNICIPIO" liquidará en su caso, al Pe n ^ÍÍAR KIT3 " t Í n d i PpTngu servicio de limpia municipal, por lo que el C O N C E S I O N A R I O n o tonara yresponsabilidad en dicho procedimiento, ni en el pago de las indemnizaciones

DÉCIMA CUARTA.- Obligaciones fiscales.- Todas l a s ^ rarqo^ dV '^EL

CONCEES10^1 ARIO^quterfserá%I único^respon^aWe ^ 'cu m p lim ie n to de las mismas ante las autoridades fiscales competentes.

)L MUNICIPIO” en forma directa o por conducto de signe, tendrá en todo momento el derecho de

DÉCIMA QUINTA- Supervisión

' realizando de acuerdo oon los términos pactados en el mismo. EL MUN C1PIO por s k , ^ través de un tercero, podrá hacer por escrito las observaciones ■5 contrato 'EL

- oportunidad las o t L ^ d u e * ¡é"

/som eteríasa la £ £ £ £ ? £ % — O " — ^ a m u n i ^ i e ¿ a en un ' plazo no mayor a cinco días hábiles, a fin de que este ultimo resuelva en definit .

“EL MUNICIPIO” a través de la Dirección de Obras y

“EL CONCESIONARIO” respecto procesos, sistemas, avances > me g prestación de Sos servicios en el mes inmediato anterior.

S S S S s i S iél, como ANEXO 5.

k DÉCIMA OCTAVA.- Lugar de pago.- L a c o n t r a p r e s t a c i o n ^ q̂ e s e ¿ e ñ e r e ^ au® ^

SS5S . 5XSS-Agregado desglosado que reúna todos los requisitos que marquenJa> k-,es su deducibilidad.

DÉCIMA NOVENA- M odificación de la contraprestacion - E L ^ c o ^ r a ^ t a c i ó n ’por e! mes de enero de cada año, hará la actualización del pago de la contrapreísta P parte de “E L MUNICIPIO”, e incrementará el monto de la contrapres acion diat0con base al índice Nacional de Precios al Consumidor, aplicado ai periodo anterior y de acuerdo con el contenido del Anexo 7.

s VIG ÉSIM A, Formas ae p a g o , "EL MUNICIPIO’ se compromete a V1 que le sean presentadas en un plazo no mayor a V1 ,q u in w u « - i s e c a u s a r á un

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interés moratorio a razón de la tasa anua! con base ai c.p .p . (cos to p o rc e n tu a l promedio) por (1.5) uno punto cinco veces.

VIGÉSIMA PRIMERA.- Situaciones extraordinarias.- “EL CONCESIONARIO’ tendrá la obligación de efectuar los servicios recolección o transportación de desechos sólidos en casos de excepción, cuando la situación de la ciudad así lo requiera p o r d e s f i le s , even os especiales, ferias, manifestaciones, mítines, aglomeraciones o por cualquier otra causa (excepto desastres naturales) que provoque el incremento de estos desechos so i os, para lo cual ambas partes definirán la cobertura necesaria y la contra^restación adiciona .

^VIGÉSIMA SEGUNDA - Irregularidad en ia prestación del servipieK- En caso de que ^ E L CONCESIONARIO” no proporcione total o parciaji iia iiíg -e ft^ ft^a grave el servicio de

recofeceióO r-^EL-M iJN+e^ [acuitado para prestar los servicios omitidosdirectamente o contratarlo con terceras personas con cargo a EL CONCESIONA . importe del costo de este servicio omitido, será descontado y retenido de a contraprestación mensual de “EL CONCESIONARIO”, así como el importe de la pena convencional prevista en la cláusula siguiente. Lo anterior con excepción de los supues os

■je establece la Cláusula Quinta de este contrato.

-“ ^V IG É S IM A T E R p E ^ ^ S a n c io n e s ^ -^ n caso de que “EL CONCESIONARIO no ejecute total o parcialrnente en forma graye'él servicio de recolección, a que se refiere la cláusu a anterior, se ob í^a -s -p aga t^E irM U N IC IP iO ” una pena convencional por u n importe igual

monto de la contraprestación que se hubiera pagado por la realización de ic o servicio. Esta pena convencional se pagará independientemente de que EL M realice o no el servicio omitido.

VIGÉSIMA CUARTA.- Extensión del térm ino de la concesión.- “EL CONCESIONARIO tendrá el derecho de solicitar una extensión en el tiempo de la concesion, presentando o por escrito a “EL MUNICIPIO”, previa a la terminación del contrato, para lo cual este último hará ¡a evaluación correspondiente y determinará lo conducente de acuerdo a os distintos parámetros de cumplimiento en los términos del presente, que haya realizado “EL CONCESIONARIO”. ___

VIGÉSIMA QUINTA- Juicios o reclamaciones.- Es obligación de EL CONCESIONARIO” indemnizar y sacar en paz y a salvo a “EL MUNICIPIO” de ¡os j u i c i o s

o reclamaciones que cualquier persona o autoridad intenten en su contra, ya sea por cuestiones laborales, de responsabilidad civil por omisión en el pago de impuestos, por daños y perjuicios, y por cualquier otra responsabilidad imputable a CONCESIONARIO” relacionada directamente con los servicios objeto del presente contrato o con el equipo, material o humano, empleado.

VIGÉSIMA SEXTA - Causas de cancelación de la concesión.- la facultad de resolver el presente contrato queda establecida para el caso de que uno de los obligados no cumpliere con sus obligaciones o responsabilidades, en cuyo caso el perjudicado^pogra

' 'exigir e l cumplimiento o la cancelación de la obligación con el resarcimiento de danos y ""perjuicios en ambos casos. lamDien poara optar por la . caducidad que podra evarse a

cabo sin necesidad de la intervención de ios I ribunales Judiciales, dejándose expe i a a vía judicial para exigir en su caso, daños y perjuicios. -

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VIGÉSIMA SÉPTIMA.- Causas de caducidad de la concesión del presente ..contrato- Además de Sas previstas en las leyes aplicables, serán causas de caducidad del presenteContrato de Concesión, las siguientes:

a) Cuando no se inicie la prestación del servicio dentro del plazo señalado en jaconcesión;

b) Por la conclusión del término de su vigencia;c) Porque el concesionario no otorgue las garantías que se le fiien; yd) Cualquier otro incumplimiento que sea causal de terminación contarme a la ley.

VIGÉSIMA OCTAVA.- Jurisdicción y competencia - Para todo lo. „relativo, .a la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes, jurisdicción y competencia de los tribunales de Playas de Rosarito, Baja California, por lo que “EL CONCESIONARIO” renuncia al fuero de su domicilio presente o futuro que pudiera corresponderles.

Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato, lo firman de conformidad, a través de sus representantes con poderes y facultades necesarias y suficientes, las cuales no les han sido modificadas, limitadas ni revocadas en forma alguna.

Playas de Rosarito, Baja California, a los (9)jiueve días del mes de febrero del (2007) dos mil siete.

“EL MUNICIPIO

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C. MANUEL ALBERTO OCHC SECRETARIO DEL AYUNT^IW

DE ROSARA

MAGALLON. !TO DE PLAYAS

C. ING. ARNOLDO OLIVARRIA DIRECTOR DE OBRAS^r SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES DE PLAYAS DE ROSARITO. B.C.

TESTIGO

C. LIC. RAUL S IN ARAGON CASTRO ILLERMO CANAL!

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Esta hoja c o r r e s p o n d e a ¡as finr.as del Contrato Adm inistrativo para ia concesion deí se iv¡cio Intsnrai d® limpia en sus etapas de. recolección dom iciliaria y transporte al relleno sanitario,

S ‘ p a ra la d ispos ic ión fina l Ji- res iduos s o lid o s p ró d ite id o s *« !V tíl» 1 ^# c ip t0 ^e Playas de Rosarito.: .'

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