usos y Áreas villao

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VILLAVICENCIO CLASES DEL SUELO (Ver mapa) El suelo de Villavicencio se clasifica en suelo urbano, suelo de expansión urbana y suelo rural. Al interior de la clase del suelo rural se establece la categoría de suelo suburbano y dentro de todas las clases y categorías anteriores, se localizan las zonas y áreas que constituyen el suelo de protección. 1 SUELO URBANO Constituido por las áreas del territorio municipal destinadas a usos urbanos por el Plan de Ordenamiento que cuentan con infraestructura vial y redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado, posibilitándose su urbanización y edificación, según sea el caso. Zonas con procesos de urbanización incompletos que se definen como áreas de mejoramiento integral. SUELO RURAL Constituyen esta categoría los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y demás actividades análogas. SUELO SUBURBANO Al interior del suelo rural se establece la categoría de suelo suburbano, constituido por aquellas áreas en las que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, diferentes a las clasificadas como áreas de 1 Ley 388 de 1997, Artículo 30. USOS DEL SUELO Y ÁREAS DE ACTIVIDAD

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VILLAVICENCIOUSOS DEL SUELO Y REAS DE ACTIVIDAD

CLASES DEL SUELO (Ver mapa)El suelo de Villavicencio se clasifica en suelo urbano, suelo de expansin urbana y suelo rural. Al interior de la clase del suelo rural se establece la categora de suelo suburbano y dentro de todas las clases y categoras anteriores, se localizan las zonas y reas que constituyen el suelo de proteccin.[footnoteRef:1] [1: Ley 388 de 1997, Artculo 30.]

SUELO URBANOConstituido por las reas del territorio municipal destinadas a usos urbanos por el Plan de Ordenamiento que cuentan con infraestructura vial y redes primarias de energa, acueducto y alcantarillado, posibilitndose su urbanizacin y edificacin, segn sea el caso. Zonas con procesos de urbanizacin incompletos que se definen como reas de mejoramiento integral.

SUELO RURALConstituyen esta categora los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinacin a usos agrcolas, ganaderos, forestales, de explotacin de recursos naturales y dems actividades anlogas.

SUELO SUBURBANOAl interior del suelo rural se establece la categora de suelo suburbano, constituido por aquellas reas en las que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, diferentes a las clasificadas como reas de expansin urbana, que pueden ser objeto de desarrollo con restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando el auto abastecimiento en servicios pblicos domiciliarios.

SUELO DE PROTECCINEst constituido por las zonas y reas de terrenos localizados dentro de cualquiera de las anteriores clases, que presenta restricciones de utilizacin bien sea por sus caractersticas geotcnicas, por requerirse para la localizacin de infraestructura de servicios pblicos, o por sus valores ambientales, naturales o paisajsticos convenientes de preservar. Incluye, entre otras, reas forestales, parques ecolgicos, rea de nacimiento, retiros de quebradas y otras fuentes de agua; as como las reas de amenaza y riesgo no mitigable por fenmenos naturales o tecnolgicos para la localizacin de asentamientos humanos, tiene restringida la posibilidad de urbanizarse. [footnoteRef:2] [2: Decreto 353 del 2000. Plan de Ordenamiento Territorial de Villavicencio.]

USOS DEL SUELOEs la destinacin que se asigna al suelo, de acuerdo con las actividades que en l se puedan desarrollar.

CATEGORAS DE LOS USOS1. Uso Principal: Es aquel que determina una funcin de un rea de Actividad y es predominante en ella. 2. Usos Complementarios: Contribuyen y sirven de soporte para el mejor desarrollo de las actividades del uso principal y se permiten en los lugares del rea de actividad que seale la norma. 3. Usos Compatibles: No son requeridos como apoyo al funcionamiento del uso principal pero que bajo determinadas condiciones puede desarrollarse, siempre que no perturben ni obstaculicen la actividad o funcin del uso principal y no ocasione peligro para la salud, seguridad, tranquilidad pblica y no entre en conflicto con los sistemas estructurantes del suelo urbano y rural. 4. Usos Prohibidos: Corresponde a los usos no permitidos como complementarios o compatibles a los usos principales que se asignan a un rea determinada.

USOS DEL SUELO URBANO (Ver mapa)Son los usos que para su desarrollo requieren de una infraestructura urbana, lograda a travs de procesos idneos de urbanizacin y de construccin, que sirven de soporte fsico. Los tipos de usos del suelo son residencial, comercial, dotacional e industrial.

USO RESIDENCIALEsta destinacin se le asigna al suelo para desarrollar actividades relacionadas con el sistema habitacional del Municipio. Uso Residencial Unifamiliar: Es el destinado para la habitacin permanente de una familia en un predio de forma independiente. Uso Residencial en Condominio: Es el destinado para la habitacin permanente de dos o ms familias, en un mismo predio. Pertenecen a este uso las edificaciones de vivienda de multifamiliares en altura, agrupaciones de vivienda y conjuntos de vivienda. Por actividad: rea residencial neta A.A.R.1: Presencia limitada de usos complementarios y compatibles en lugares especficamente sealados como ejes de actividad, calles y centros de servicios existentes como apoyo para el adecuado funcionamiento del uso principal. rea residencial con actividad comercial. A.A.R.2: Se permite una mayor ocupacin del suelo por parte del uso comercial compatible con el uso principal residencial. rea residencial con actividad productiva. A.A.R.3: Se permite una mayor ocupacin del suelo por parte del uso industrial compatible con el uso principal residencial.

USO COMERCIALEsta destinacin se le asigna al suelo para desarrollar actividades mercantiles, y de compra y venta de bienes y servicios. Los usos comerciales se clasifican segn la magnitud ascendente de los impactos ambientales, sociales, y urbanos.

GRUPO 1GRUPO 2GRUPO 3GRUPO 4

Comprende actividades mercantiles de venta de bienes y servicios de cobertura local y vecinal requeridos por la comunidad de residentes de un barrio y cuyo impacto ambiental, social y urbano puede calificarse como bajo.Comprende actividades mercantiles de venta de bienes y servicios de cobertura zonal o comunal, cuyo impacto ambiental, social, y urbano puede calificarse como medio.Comprende actividades mercantiles de venta de bienes y servicios de cobertura urbana y regional, cuyo impacto ambiental, social, y urbano puede calificarse como alto.

Comprende actividades mercantiles de venta de bienes y servicios de cobertura urbana y regional, cuyo impacto ambiental, social, y urbano puede calificarse como muy alto.

Venta de bienes de primera necesidad, que no requieren zonas especiales de exhibicin y bodegaje, no requieren zonas especializadas para cargue y descargue. El rea construida destinada a la actividad incluyendo depsitos y servicios para un establecimiento x